linea del tiempo explicada
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El primero de Julio publique esta Línea del Tiempo que resulto de lo que anunciaba en esas fechas la propuesta de nueva Ley de la Industria Eléctrica en sus transitorios, dicha ley quedo aprobada el 11 de Agosto de 2014 mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y es desde esa fecha que ahora podemos dar más claridad respecto al momento en el que nos encontramos y los plazos máximos en los que existe una POSIBILIDAD REAL y FACTIBLE de poder recuperar el empleo en el sector eléctrico.TRANSCRIPT
El primero de Julio publique esta Línea del Tiempo que resulto de lo que anunciaba en esas fechas
la propuesta de nueva Ley de la Industria Eléctrica en sus transitorios, dicha ley quedo aprobada el
11 de Agosto de 2014 mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y es desde esa
fecha que ahora podemos dar más claridad respecto al momento en el que nos encontramos y los
plazos máximos en los que existe una POSIBILIDAD REAL y FACTIBLE de poder recuperar el empleo
en el sector eléctrico.
Como podemos observar en el Transitorio Séptimo existe un periodo de tiempo de máximo 1 año
para que la Comisión Regulado de Energía (CRE) expida o autorice los modelos de contrato que
resulten de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y en el transitorio Octavo señala que en un periodo
que no excederá de 6 meses a partir de la expedición o autorización de dichos contratos por parte
de la CRE el Centro Nacional de Control de Energía deberá celebrar con los participantes del
mercado eléctrico los contratos y convenios respectivos y son esos modelos de contratos los que
estamos exigiendo para las 34 plantas de generación y los trabajos que mediante la Cooperativa se
realicen en Transmisión, Distribución y Comercialización.
Por lo tanto el periodo MAXIMO de tiempo para la celebración de dichos contratos es de un año y
medio lo cual se cumplirá al 11 de Febrero de 2016.
Ahora bien no doy esta fecha para que cunda el pánico, el único fin es dejar muy claramente
explicado lo que señala la propia ley en los plazos que considera para llevar a cabo el nuevo marco
regulatorio, y ahora explicare las posibilidades de que ocurra antes de las fechas máximas
señaladas explicando 2 eventos acaecidos en las últimas fechas:
1.- El 28 de Agosto de 2014 mediante publicación en el DOF, el Ejecutivo Federal emitió el Decreto
de creación del CENACE, apenas 17 días después de entrar en vigor la nueva ley, aun y cuando en
el Transitorio Quinto señalaba que tendría hasta 6 meses.
2.- A su vez el 28 de noviembre de 2014 la Comisión Federal de Electricidad (CFE) transfirió al
CENACE los recursos humanos, materiales y financieros que destinaba para el Control Operativo
del Sistema Eléctrico Nacional, para la definición de especificaciones técnicas y características
específicas de la infraestructura requerida para la interconexión de Centrales Eléctricas y Centros
de Carga y para la planificación de la ampliación y modernización de la Red Nacional de
Transmisión y de los elementos de las Redes Generales de Distribución que corresponden al nuevo
Mercado Eléctrico Mayorista exactamente 3 meses después de la fecha de creación del CENACE.
Aquí cabe señalar que en el caso del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) que
es el que tiene bajo su responsabilidad los bienes de LyFC aun no es de nuestro conocimiento que
ya haya realizado la transferencia de los bienes al CENACE.
Dicho de otro modo, estos 2 pasos que tenían contemplados un periodo MAXIMO de 9 meses en
total, sin embargo los llevaron a cabo en apenas 3 meses y 17 días, esto debido a que a los
empresarios nacionales, pero sobre todo a los extranjeros les urge empezar a realizar negocios de
cientos de miles de millones de pesos con la infraestructura eléctrica, por que como dice el dicho:
Tiempo es dinero y por lo tanto puedo asegurar que el obtener el empleo en el sector eléctrico
será mucho antes del 11 de Febrero de 2016.
Y es que esa infraestructura que tiene a su responsabilidad el SAE y desean entregar a las
empresas nacionales y transnacionales es el patrimonio de Luz y Fuerza del Centro que aun y
cuando ya fue extinta mediante sus trampas y violaciones al marco jurídico, aun no se encuentra
liquidada, sino en proceso de liquidación y esa misma infraestructura fue creada con los propios
recursos que como trabajadores hemos aportado durante décadas y esa es la razón junto con
nuestra lucha de 5 años de resistencia por la cual el Ejecutivo Federal requiere llegar a un acuerdo
con el SME.
Camaradas, por ultimo aclaro que toda la información vertida en este documento es PUBLICA, y se
desprende de la propia Ley de la Industria Eléctrica y las Bases para el proceso de
desincorporación del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, no estoy divulgando por
tanto ninguna información que ponga en peligro la negociación que tenemos en la SEGOB, no
llamo a desconocer ni desacatar los acuerdos de nuestra asamblea del día 12 de Noviembre de
2014, ni mucho menos me ostento con ningún cargo sindical que no me corresponda o realizo
alguna función que no me asigne el estatuto, el único fin que persigo es explicar a nuestros
compañeros algunas temporalidades, motivar a la lucha, fomentar la Unidad mediante el
incremento del análisis y la discusión a lo interno de nuestra organización para lograr acelerar los
tiempos y lograr nuestra anhelada victoria.
Solución al conflicto derivado de la extinción de LyFC.
Unidad entre las Bases, la Comisión de trabajo, el Comité Central y Comisiones Autónomas en un marco de Análisis, Crítica, Debate y sobre todo Propuestas por la sobrevivencia del SME.
Que viva el Sindicato Mexicano de Electricistas.
Rodrigo Almazán López
Representante Suplente Principal
Agencias Foráneas
Credencial SME: 147203
Fuentes:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5114011&fecha=11/10/2009
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIElec_110814.pdf