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Libro 2 – Actividad de Intermediación Felipe Rincón Ospina Director de Regulación Director de Regulación 02 de Diciembre de 2008

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Page 1: Libro 2 – Actividad de Intermediación€¦ · cumplir con el deber de asesoría profesional para con sus “clientes inversionistas”. Se entiende por asesoría profesional el

Libro 2 – Actividad de Intermediación

Felipe Rincón OspinaDirector de RegulaciónDirector de Regulación

02 de Diciembre de 2008

Page 2: Libro 2 – Actividad de Intermediación€¦ · cumplir con el deber de asesoría profesional para con sus “clientes inversionistas”. Se entiende por asesoría profesional el

Antecedentes Antecedentes ––Decretos 1120 y 1121 Decretos 1120 y 1121

El Ministerio de Hacienda expidió el DecretoDecreto 11211121 dede 20082008 por mediodel cual se reglamenta la actividad de intermediaciónintermediación en el mercadodel cual se reglamenta la actividad de intermediaciónintermediación en el mercadode valores. Así mismo, expidió el DecretoDecreto 11201120 dede 20082008 sobresistemas de negociación y registro de operaciones sobre valores

Entre otros, establece deberes con que deben cumplir losintermediarios, y determinadetermina queque deberándeberán adoptaradoptar políticaspolíticas yyprocedimientosprocedimientos sobre los mismosprocedimientosprocedimientos sobre los mismos.

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AntecedentesAntecedentesCE 019 de 2008 CE 019 de 2008 -- SFCSFC

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Principios tenidos en cuenta Principios tenidos en cuenta durante la gestión de regulacióndurante la gestión de regulación

1. Oportunidad de revisiones comerciales estratégicas

2. La regulación es dinámica y los estándares los establece la industria:

Rol crítico de las entidades al establecer políticas y procedimientos

3. La mejor forma de proteger a los inversionistas es contar con un

mercado competitivo de servicios

4 L t t d l b ió b l f l4. La propuesta parte de la observación sobre la forma en que las

entidades actúan

5 Protección de doble vía: Para el inversionista y para los Intermediarios5. Protección de doble vía: Para el inversionista y para los Intermediarios

6. Reconocimiento de barreras tecnológicas

7 Propósito de revisión continua del proceso de implementación7. Propósito de revisión continua del proceso de implementación

8. Seguir estructura regulatoria del Decreto de Intermediación

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Metodología InstruccionesMetodología Instrucciones

Artículo XX: Los sujetos de autorregulación, que sin estar obligados a cumplir con el deber de asesoría ofrezcan recomendaciones a sus clientes, tendrán que cumplir con el deber de asesoría profesional para con sus “clientes inversionistas”, con el alcance establecido en el artículo XX

NORMAS CONCORDANTES Ejemplos de Prácticas de Mercado

Resolución 400 de 1995 artículo 1 5 3 3

Norma Propuesta

Resolución 400 de 1995 artículo 1.5.3.3(Decreto 1121 de 2008) En adición a los deberes consagrados en el artículo anterior, los intermediarios de valores en desarrollo de las actividades de intermediación previstas en los numerales 1º y 2º del artículo 1.5.1.2 de la presente Resolución, tendrán que cumplir con el deber de asesoría profesional para con sus “clientes inversionistas”. Se entiende por asesoría profesional el brindar recomendaciones individualizadas que incluyan una explicación previa acerca de los elementos relevantes del tipo de operación, con el fin de que el cliente tome decisiones

No existe una práctica específica

Recopilación de las principales normas

Ejemplos de prácticas adoptadas por algunosinformadas, atendiendo al perfil de riesgo particular que el intermediario le haya

asignado, de acuerdo con la información suministrada por el “cliente inversionista” sobre sus conocimientos y experiencia en el ámbito de inversión correspondiente al tipo de operación a realizar. En desarrollo de este deber será responsabilidad del intermediario establecer un perfil de riesgo del cliente y actuar de conformidad con el mismo. Cuando el intermediario considere que el producto o servicio ofrecido o demandado es inadecuado para el cliente, deberá darle a conocer expresamente su concepto. El deber de asesoría a que se refiere este artículo tendrá que ser cumplido por conducto de un profesional debidamente certificado para este fin, quien deberá

Recopilación de las principales normas relacionadas

algunos intermediarios

conducto de un profesional debidamente certificado para este fin, quien deberá estar vinculado laboralmente al intermediario de valores. Parágrafo. Los intermediarios no podrán, en ningún caso, restringir, limitar o eximirse de este deber, tratándose de un “cliente inversionista”.

Importancia / explicación de la norma Brindar a todos los clientes inversionistas información personalizada, que corresponda a su perfil de riesgo,en la realización de cada transacción. ¿Cuáles son las políticas y procedimientos en materia del cumplimiento del deber de asesoría?

Explicación sobre la importancia y alcance de la norma

1 ¿Cuáles son las políticas de la entidad para establecer y actualizar el perfil de riesgo de los clientes?

REG

UN

TAS

2 ¿Si se trata de una entidad no obligada a cumplir con el deber de asesoría, ha optado por ofrecer servicios de recomendación de conformidad con lo establecido

Preguntas sobre las cuales el intermediario debe dar una respuesta en

los Códigos de la entidad

PR

optado por ofrecer servicios de recomendación de conformidad con lo establecido en este artículo?

Comentarios sobre las prácticas de mercado (Escriba en este espacio sus comentarios sobre las prácticas de mercado señaladas o sugiera nuevas prácticas a ser tenidas en cuenta)

Espacio para hacer comentarios sobre las prácticas de mercado y/o para proponer

nuevas prácticas de mercado

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DEBERES, OBLIGACIONES Y REGLAS GENERALES DE LOS INTERMEDIARIOS DE VALORES Y LAS PNV

Deberes generales en la actuación de los sujetos de autorregulación

Competencia leal

Responsabilidad por actos de PNV

Inscripción en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores

Tratamiento equitativo

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CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD

Cultura de cumplimiento y control p yinterno

Políticas y procedimientos

Detección de situaciones de incumplimiento de la normatividad

li blaplicable

Capacitación a funcionarios

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DEBERES ESPECIALES

DEBER DE INFORMACIÓNDEBER DE INFORMACIÓN

• Revelación de información a clientesRevelación de información a clientes• Correcto entendimiento de los negocios• No situaciones de desinformación o mal

entendimientoClientes

• Suministro de información a AMVAMV Su st o de o ac ó a• Colaboración con AMVAMV

• Registro de operaciones realizadas en el mercado mostrador

Información al mercadoal mercado

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DEBERES ESPECIALES

CONFLICTOS DE INTERESCONFLICTOS DE INTERES

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DEBERES ESPECIALES

CONFLICTOS DE INTERESCONFLICTOS DE INTERES

• Principio de revelación de inversiones personales en valores

• La entidad a través de la cual inviertenN i d i t i

Inversiones personales

• No operaciones de signo contrario

N t li t t l i d• No tener como clientes a partes relacionadas• Principio de revelación

Partes relacionadas como clientes

• Revelación a la entidad de todas las partes vinculadas

Partes relacionadas vinculadas a un intermediario de valores

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DEBERES ESPECIALES

CONFLICTOS DE INTERESCONFLICTOS DE INTERES

• Políticas y procedimientosPisos financieros

• Una persona no puede actuar como operador por cuenta de terceros (o de distribución) y como operador por cuenta propia

Separación funcional de operadores

• Políticas sobre remuneración de operadoresRemuneración de operadores

• Políticas acerca del ofrecimiento de regalos y dádivasdádivas

• Los funcionarios deben revelar las dádivas y regalos que sean ofrecidos o recibidos de terceros

• Abstenerse cuando se afecte la objetividad

Dádivas y regalos

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DEBERES ESPECIALES DE LOS INTERMEDIARIOS

Deber de documentaciónDeber de documentación

• Políticas y procedimientos• Utilización de un medio verificable en las operaciones

realizadas en el mercado mostrador• Conocimiento del cliente

Deber de reserva y confidencialidadDeber de reserva y confidencialidad

Deber de separación de activosDeber de separación de activosebe de sepa ac ó de ac osebe de sepa ac ó de ac os

Deber de valoraciónDeber de valoración

Deber de mejor ejecución en lasDeber de mejor ejecución en lasDeber de mejor ejecución en las operacionesDeber de mejor ejecución en las operaciones

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DEBERES ESPECIALES DE LOS INTERMEDIARIOS - ASESORIA

Deber de Asesoría Profesional• Asesoría: Formulación de recomendaciones o explicaciones sobreAsesoría: Formulación de recomendaciones o explicaciones sobre

ventajas o desventajas de alternativas de inversión en valores, derivados, VART, teniendo en cuenta el perfil de riesgo del cliente.

Políticas y procedimientos sobre asesoría profesionalPolíticas y procedimientos sobre asesoría profesional• Se puede tener en cuenta la naturaleza de los productos y canales• Perfilamiento de riesgo

Asesoría sobre valores emitidos por entidades vinculadas• Revelación y aceptacióny p

Información específicaManifestación e presa sobre riesgo de comprar o ender alores• Manifestación expresa sobre riesgo de comprar o vender valores ilíquidos

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DEBERES ESPECIALES DE LOS INTERMEDIARIOS – DEBERES FRENTE A CLIENTES EN OTC

Información general

• Implicaciones de ser contraparte en OTC

Información específica

• Riesgos de comprar o vender valores en el mercado OTC

p

E t ió d l d b d í f i l

• Quienes ofrezcan asesoría deben cumplir con los estándares de la asesoría profesional

Extensión del deber de asesoría profesional

• Políticas para negociar en condiciones de mercado

Condiciones de mercado

• Políticas para negociar en condiciones de mercado• Políticas sobre márgenes

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DEBERES ESPECIALES DE LOS INTERMEDIARIOS – SANOS USOS Y PRACTICAS

• Grabación de comunicaciones• Adecuada calidad de grabación de llamadas

Comunicaciones

Adecuada calidad de grabación de llamadas• No ingreso de dispositivos de comunicación a las mesas de

negociación• Políticas sobre ingreso de terceros

Responsabilidad por comentarios y declaraciones

Revelación de información personal

Sincronización de horarios de sistemasSincronización de horarios de sistemas

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ABUSOS DE MERCADOABUSOS DE MERCADO

Información Privilegiadag

Manipulación de mercado

Otros abusos• Defraudación• Prohibición de obtener un provecho indebido• Ingreso de ofertas en sistemas de negociación de

acciones• Operaciones cruzadas en el mercado de renta• Operaciones cruzadas en el mercado de renta

variable

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INVESTIGACIONES ECONOMICASINVESTIGACIONES ECONOMICAS

Recomendaciones d i ió

Deber de revelación frente a

lasUtilización de Términos yde inversión las

recomendaciones de inversión

Términos y condiciones

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Procesamiento de órdenes Procesamiento de órdenes y Libros Electrónicos de y Libros Electrónicos de ÓrdenesÓrdenesÓrdenesÓrdenes

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ProblemáticaProblemática

Se identificó la problemática jurídica del registro y ruteo de órdenes junto con losproblemas prácticos que ésta generaba para las Sociedades Comisionistas de Bolsa.

1. La normatividad no establecía expresamente que todas las órdenes debían serrecibidas a través de un medio verificable.

2. No había claridad sobre la aplicación y el alcance del principio “primero en tiempop y p p p pprimero en derecho”.

3. En todos los casos, las órdenes de clientes debían ingresarse al sistema de registrode órdenes previamente a su ejecución.p j

4. Las operaciones por cuenta propia debían ingresarse al sistema electrónico deregistro de órdenes previamente a su ejecución, lo cual genera una confusión prácticay conceptual si se tiene en cuenta que las operaciones por cuenta propia no implicanyuna orden en sí.

5. Había duplicidad de funciones al tener que llevar un Libro de órdenes con la mismainformación que reposaba en el Sistema Electrónico de Registro de Ordenes.

6. En muchas entidades, el contenido del Libro de órdenes era el mismo que el Libro deOperaciones, por lo que no quedaba registro de las órdenes no cerradas.

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Principios para los sistemas Principios para los sistemas del LEOdel LEO

1.TrazabilidadConsiste en la posibilidad de verificar yauditar las condiciones en las cuales sesurten cada una de las etapas para elprocesamiento de las órdenes.

2. EquidadLos sujetos de autorregulación trataránequitativamente las órdenes impartidas porequitativamente las órdenes impartidas porsus clientes.

3. Revelación del i t lsistema para el

procesamiento de órdenes

Los sujetos de autorregulación deberán informar a susclientes acerca de las características generales del sistemade registro de órdenes.

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Tipos de órdenesTipos de órdenes

OrdenOrden:: Instrucción para comprar o vender un valor.

OrdenOrden concon límitelímite:: orden impartida por un cliente en la cual se especifica elprecio mínimo o máximo, según se trate de una orden de venta o de compra,al cual puede ser ejecutada la orden. En todo caso, la operación podrá serefectuada a un precio distinto, siempre y cuando esto represente mejorescondiciones para el ordenante.

OrdenOrden condicionadacondicionada:: orden impartida por un cliente en la cual se indica unOrdenOrden condicionadacondicionada:: orden impartida por un cliente en la cual se indica unprecio específico al cual debe ser ejecutada la orden.

OrdenOrden dede mercadomercado:: orden impartida por un cliente la cual tiene que serj t d l á á id ibl l j i bt lejecutada lo más rápido posible al mejor precio que se obtenga en el

mercado.

OrdenOrden dede agresiónagresión directadirecta: orden impartida por un cliente en la cual segg p pespecifica la punta con la cual se debe cerrar la operación.

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Cuello de BotellaCuello de Botella

Sector

INTERMEDIARIOS DE VALORESINTERMEDIARIOS DE VALORES

SectorReal

SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN

OTCOTC

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Etapas para el tratamiento Etapas para el tratamiento de órdenesde órdenes

Las sociedades comisionistas de valores deberán implementar un o unos sistemas de registro de órdenes sobre cualquier valor:registro de órdenes sobre cualquier valor: “Libro(s) Electrónico(s) de Órdenes”. “Libro(s) Electrónico(s) de Órdenes”.

Etapas para el tratamiento de órdenes.Etapas para el tratamiento de órdenes.

1 • Recepción de órdenes

2• Registro de órdenes

3• Transmisión de las órdenes a un sistema de negociación o a

diferentes contrapartes cuando se trate del mercado3 diferentes contrapartes cuando se trate del mercado

4• Ejecución de órdenes

P i i l j ió5 • Procesos operativos posteriores a la ejecución