li6-08321 edicto no. 00208-2012

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Gobernación de Boyacá Calle 20 N° 9-90 PBX: 7420150 – 7420222 http://www.boyaca.gov.co Dirección de Minas y Energía Carrera 11 N° 20 – 96 – Pisos: 5 y 6 Telefax: 7402594 Correo: direcció[email protected] EDICTO No. 00208/2012. VEINTIOCHO (28) DE AGOSTO DE 2012. SECRETARÍA DE MINAS Y ENERGÍA GRUPO DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN AL MINERO DANDO CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 269 DE LA LEY 685 DE 2001. HACE SABER: Que en la PROPUESTA DE CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. LI6-08321 se ha proferido RESOLUCIÓN No. 0270 DE FECHA OCHO (8) DE JUNIO DE 2012 , al no haberse surtido la notificación personal, se procede a fijar el presente Edicto con el fin de Notificar a la Señora IRENE SALAMANCA MUNEVAR, a continuación se transcribe el encabezado y la parte Resolutiva del Acto Administrativo; RESOLUCIÓN No. DE POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO DENTRO DE LA PROPUESTA DE CONTRATO DE CONCESIÓN No. LI6-08321 RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- REVOCAR en todas y cada una de sus partes la Resolución N° 0068 del 25 de febrero de 2011, proferida por la Secretaria de Minas y Energía del Departamento de Boyacá, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído y continúese con el trámite correspondiente. ARTICULO SEGUNDO.- Una vez ejecutoriada y en firme el presente Acto Administrativo REMITASE el expediente para la elaboración de la correspondiente minuta de contrato de concesión. ARTICULO TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución de conformidad con lo preceptuado en el artículo 269 de la Ley 685 de 2001, en forma personal a los recurrentes, señores JOSÉ VICENTE CARO SERRANO, LUIS ALBERTO FUENTES y 1RENE SALAMANCA MUNEVAR, de no ser posible su comparecencia a este Despacho, procédase a notificar por Edicto que será fijado en lugar público y visible de esta Entidad por el término de cinco (5) días hábiles. ARTÍCULO CUARTO.- Contra el artículo primero del presente Acto Administrativo no procede ningún recurso por encontrarse agotada la vía gubernativa, contra los demás artículos no procede recurso alguno por contener disposiciones de mero trámite, de conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.

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Page 1: LI6-08321 EDICTO No. 00208-2012

Gobernación de B oyacá

Calle 20 N° 9-90 PBX: 7420150 – 7420222

http://www.boyaca.gov.co

Dirección de Minas y Energía Carrera 11 N° 20 – 96 – Pisos: 5 y 6 Telefax: 7402594 Correo: direcció[email protected]

EDICTO No. 00208/2012.

VEINTIOCHO (28) DE AGOSTO DE 2012.

SECRETARÍA DE MINAS Y ENERGÍA

GRUPO DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN AL MINERO

DANDO CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 269 DE LA LEY 685 DE 2001.

HACE SABER:

Que en la PROPUESTA DE CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. LI6-08321 se ha proferido RESOLUCIÓN No. 0270 DE FECHA OCHO (8) DE JUNIO DE 2012, al no haberse surtido la notificación personal, se procede a fijar el presente Edicto con el fin de Notificar a la Señora IRENE SALAMANCA MUNEVAR, a continuación se transcribe el encabezado y la parte Resolutiva del Acto Administrativo;

RESOLUCIÓN No. DE

POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPO SICIÓN INTERPUESTO DENTRO DE LA PROPUESTA DE CONTRATO DE

CONCESIÓN No. LI6-08321

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- REVOCAR en todas y cada una de sus partes la Resolución N° 0068 del 25 de febrero de 2011, proferida por la Secretaria de Minas y Energía del Departamento de Boyacá, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído y continúese con el trámite correspondiente.

ARTICULO SEGUNDO.- Una vez ejecutoriada y en firme el presente Acto Administrativo REMITASE el expediente para la elaboración de la correspondiente minuta de contrato de concesión.

ARTICULO TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución de conformidad con lo preceptuado en el artículo 269 de la Ley 685 de 2001, en forma personal a los recurrentes, señores JOSÉ VICENTE CARO SERRANO, LUIS ALBERTO FUENTES y 1RENE SALAMANCA MUNEVAR, de no ser posible su comparecencia a este Despacho, procédase a notificar por Edicto que será fijado en lugar público y visible de esta Entidad por el término de cinco (5) días hábiles.

ARTÍCULO CUARTO.- Contra el artículo primero del presente Acto Administrativo no procede ningún recurso por encontrarse agotada la vía gubernativa, contra los demás artículos no procede recurso alguno por contener disposiciones de mero trámite, de conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.

Page 2: LI6-08321 EDICTO No. 00208-2012

Gobernación de B oyacá

Calle 20 N° 9-90 PBX: 7420150 – 7420222

http://www.boyaca.gov.co

Dirección de Minas y Energía Carrera 11 N° 20 – 96 – Pisos: 5 y 6 Telefax: 7402594 Correo: direcció[email protected]

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

WILSON E. SÁNCHEZ HERNÁNDEZ Secretario de Minas y Energía

Proyectó: Dra. Clara Peña P. Revisó: Dra. Sandra Liliana Morales G. CONSTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN DEL EDICTO No. 00208/2012.

Para Notificar la anterior Providencia, se fija el EDICTO, en un lugar visible y público de la Secretaría de Minas y Energía, por un término de CINCO (5) DÍAS HÁBILES , a partir del día VEINTIOCHO (28) DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE (2012), siendo las 8:00 A.M., y se desfija el día TRES (3) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE (2012), siendo las 6:00 P.M., con la advertencia que Contra el articulo Primero del presente Acto Administrativo no procede ningún recurso al REVOCAR en todas y cada una de sus partes la Resolución N° 0068 del 25 de febrero de 2011, y contra los demás artículos no procede recurso alguno al contener disposiciones de mero trámite, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

SANTIAGO ERNESTO GAMBA GAMBA Auxiliar Administrativo Grupo de Atención e Información al Minero

Secretaría de Minas y Energía