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Page 1: l'fÚSl~;;-€¦ · TemasqueingresandelCONASE: se consensuó que, en el caso de no mediar ning~n~~ y en las instancias anteriormente mencionadas, se envlara~ la propuesta de modificación

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-<t COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS

; REUNIÓN ORDINARIA de los días 28 y 29 de marzo de 2017 ("."Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ;:., \

eov: cJ2 ACfA N° 114 ( . . ,',

c.:;¡.\- :;;o \YY\ ~. C'a. I .: )

~ ,.-... "::> I'>l).) ¥~la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS 'AIRES, a los VEINTIOCHO (28) ~.//

días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017), con la presenciaDra. SILVIA LOPEZ '

Subg.",nle Operel;ve do de: Ing. Agr. Néstor ROULET, Ing. Agr. Mercedes NIMO, Cdor. MarceloEpidemiologia Alimentari('

O.G.H.Y.S.A .• A.G ~ TERZO, Dr. Matías DE NICOLA, Lic. Natalia JAKUBOWSKI, Dr. Pablo cq"'''''''''/IL-

1\"11 /1 MORON, Lic. lucía JORGE, Lic. Julia GERACI, Lie. Sandra UCHA, LiC~

-------L. ~~ /~. Marcia PAlAMARA, Lic. Hernán SANTUCHO, Lic. Natalia GUERRA, Lie. .~~"1)./-7 -;- Claudia VIANO, Ing. Laura DOMINGUEZ, Lie. Susana FATTORI, Lic. ~.

Jesica CHERÑAVSKY, Dr. Pablo BASSO, Ing. Mirta ZANNIER, Ing. Qca. MiliíJ,.¡ l'lBV\~c.. /1,IV. ',A<.. J /;.

María Elena ABALOS, Lic. Jorgelina AZAR, Lie. Gabriela del Valle f'<¿~(7i-;pMARCElLO, Tga. Nelsa CARMODY, Dr. Javier PARDO, Méd. Veto Silvia

... ' LÓPEZ, Ing. María José BIANCHI GIGENA, Méd. Veto Claudia Nelson

/ r~"\ OlAIMAR, Dra. Liliam Mabel PECOVICH, Méd. Veto Jorge TAYLOR, Lic.i _'. 7fl,;¡tdI>' CH\G~1 II;IC'''''f""",).!IO""I"du<''''Rosana Ruth SORIA, Bioq. María Cristina ZELAYA, Brom. Daniel{}ptO "., ~"LUO

"'fÚSl~ 1'10 o ...

l;;-:~,'o,o..",GR'RABINO, Qca. Gladys CACERES, Téc. ~eatriz ESCOBAR, Dra. Ianina

BASCUR, Bioq. Federico PAYES MONZON, Dra. Rosa NAVARRO, Ing,

~ __ José Francisco GONZALEZ, Lic. Mariana PORRO, Lie. Karina /'~' .t"",HARITCHABALET, 'Lic. Sebastián ORIOZABALA, Med. Veto Céltico ~t:/¿\J.ORODRIGUEZ, Med. Veto Fabián BENITEZ, Med. Veto Valerj¥~:;t$";:~1

\lj¡\"EC1O ti" ele lo.ONTIVEROS, Med. Vet. Eduardo ELIZALDE, Lic. Mariano MASSARI, In1ldl!•••••.~ V ~~}i4'"'--Rocío lEIVA RODRIGUEZ, Bioq. Karina MEIER, Lie. Raúl TOMBA, Lie.

María del Carmen CREMONA, Dr. Gerardo LEOTTA, Bloq. Gabriela

GOTTARDI, Lic. Victoria CHIGNOLI, Dra. Andrea CALZETTA RESIO, Lic./'

Diego SABAN, Lie. Juan Pablo LUNA, Ing. Alexia MUKDSI, Dra. Cristi á ,.

DE TORO, se desarrolló la Reunión Ordinaria.

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. v AUDIO AIMAR'. RTAlIENTO CE BROMATOU)G~D1RECCION DE EPIDEMIOlOGIAMINISTERIO DE SALUDpelA. '-'•. LA PA;~JlPA

ot.objeto de tener mayor proactividad y reducir plazos al momento del ,

debate y, continuando con esta línea, propuso que en el transcurso de~'año se trabaje en pos de agilizar los procesos administrativos, de cada _

uno de ios temas, entre los organismos del Ministerio de Salud de la

Nación y el Ministerio de Agroindustria.

CON~'~"<O".""'=r=(--0'1Se dio inicio a la Reunión NO 114 con palabras de bienvenida de la

Señora Subsecretaria de Alimentos y Bebidas -Ing. Agr. Mercedes

NIMO- recordando que el año pasado se trabajó en un nueva guía de

presentación de temas ante ia Comisión Nacional de Alimentos con el

Finalmente, el Señor Director Nacional del Instituto Nacional de

Alimentos -Dr. Matías DE NICOLA-complementado lo antedicho resaltó~

el trabajo mancomunado y coordinado entre los organismos ,lointegrantes del Sistema Nacional de Control de Alimentos y otros

organismos, 'junto con el sector materia de inocuidad

alimentaria, resaltando lo

alimentaria adecuada a las

/ A su turno, el Señor Secretario de Agregado de Valor -Ing. Agr. Néstor

ROUlET- agradeció la presencia de todos los integrantes de la CONAl

y reconoció el esfuerzo que hacen los representantes provinciales para

asistir a las reuniones ordinarias de la Comisión.

Asimismo destacó la relevancia del trabajo que se realiza en este

ámbito, debido a que hay propuestas que inciden directamente en la

producción, en las economías regionales en materia de desarroll ,

innovación y tecnología en agroalimentos, con el fin de agregar valor.

Destacó la responsabilidad que tiene el Ministerio de Agroindustria y

particularmente todos los integrantes de la CONAl en orden a trabaja

en pos de la incorporación al Código Alimentario Argentino de los

"alimentos futuros", es decir aquellos que recepten las nuevas formas"

de producción y los adelantos tecnológicos'en esta materia.

Iln I

Lf\;-...V

Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operativa de~pljomiolog¡a Alimentarla

('\G.u Y.SA . A.G.C.

Page 3: l'fÚSl~;;-€¦ · TemasqueingresandelCONASE: se consensuó que, en el caso de no mediar ning~n~~ y en las instancias anteriormente mencionadas, se envlara~ la propuesta de modificación

"

Temas que ingresan del CONASE:

se consensuó que, en el caso de no mediar ning~n~~ yen las instancias anteriormente mencionadas, se envlara~

la propuesta de modificación a trán11te administrativo, previa

~:;~~~:~~annt::. la oficina técnico ad~nis\~,a de la CONAl a los ~

~j

Por último,

observación

En ese sentido, los presentes manifestaron el acuerdo con la propuesta

presentada y, en el marco del trabajo que se está realizando junto con

todos los eslabones de la cadena del sector yerbatero para fortalecer

esta economía regional, se decidió que -de manera excepcional- se

remita el mencionado PRCal CONASE-para que se expida en un plazo

no mayor a los 30 días corridos- y a Consulta pública -por un período

de 30 días corridos- simultáneamente.

Por su parte, la Subsecretaría de Alimentos y Bebidas elaboró un

propuesta de resolución conjunta que- contempla el pedido ut supra

mencionado, el cual se remitió a los representantes de la comisión\

para su evaluación previa a su tratamiento en esta reunión. .

Nota INYM fecha de 30 ene 2017 - Ref.: Cambio de método de

análisis de la Yerba Mate Elaborada.El Instituto Nacional de la Yerba Mate, el Ministerio del Agro y la

Producción de la provincia de Misiones y ei Ministerio de Producción de

la provincia de Corrientes, solicitaron a la CONAl la modificación del

artículo 1194 del capítulo XV del C.A.A., que contemple la

incorporación del método de fibra cruda para determinar qué cantidad

de palo se encuentra en la fracción que pasa por el tamiz nO40, de ~ .-C\/ acuerdo a la norma !RAM 20511, con el fin de mejorar la genuinidad y ~

calidad del producto.

Dra. SilVIA LOPE-SubgS"!30te Operativa c;E~demlo,og¡a Arimen[aria

.G.H.Y.SA • A.G.C

\

~

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Exp.: 1-0047-2110-6314-16-1 Ref.: Conserva de tomate y Art.

926.

expuso los

Dra. SILVIA LOPEZSubgerenle Operativa deEpidemiologia AHmentariaD.G.H.Y.S,A: ~ A,Q.Q.

- Mallana, 'ón\,o"o;.;.;",.~ ~

\.le.!' . . "'::;:¡,,""16~ CO N .".. ~ 7":t;", f: ~ ---;,

~ ). La Señora Darinka Anzulovich, representante del CONASE,

..?'-7rC- temas en los que el Consejo tuvo intervención,

La Comisión tomó conocimiento de las observaciones realizadas' por el

Consejo Asesor,

Al mismo tiempo, el Consejo propuso elimin

70 del PRC la siguiente frase: "Además se

A su turno, respecto del Art 2° del PRCse observó el nombre científico

del artículo 942: "Con la denominación genérica de 'Conserva de d. '\.\.,0,tomates' se entienden los productos elaborados con los frutos

maduros, sanos, limpios, libres de semillas, pedúnculo y cáliz de

Lycopersicum esculentum Mili., variedades rojas o rojizas."

En este sentido, los representantes de la Comisión acordaron -respecto

de las observaciones formuladas por el referido Consejo-, incorporar al

/PRC las modificaciones sustanciales que seguidamente se destacan,

además de aquellas meramente formales señaladas al Proyecto

remitido. . ~~

Así, respecto al Art. 1° del Proyecto de Resolución Conjunta (PRC):

"Los residuos de plaguicidas no deberán superar los valores máximos 9¡n. ~.•oAestablecidos en el presente Código y Resoluciones SENASA~

correspondientes,", "Las conservas vegetales podrán ser adicionadas

:::-,on los aditivos permitidos en el presente Código, para cada tipo de

conserva", "En el rotulado de las conservas se deberá indicar en lugar

visible, el peso neto. (incluido el líquido de cobertura cuando

corresponda) y el escurrido del producto.".

31

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CON~'~''''"6','~." . "'~" .

'~

t al incluido el líquido de tomates escurridos",

queda contemplado en el arto 926 del C.A.A..

habida cuenta que ya

No obstante ello, y en el marco de lo manifestado por la representante

. de la provincia de Rio Negro -en orden a la metodología expresada en

el arto 942 del CAA-, la CONALacordó solicitar al CONICET que realice

una investigación sobre las diferentes metodologías para medir el

recuento de mohos en estos productos y documentación científica que

respalde a las mismas.

El representante de la provincia de Mendoza manifestó el compromiso

de la CAFIM e~'tarticipar del espacio virtual de discusión en relación a.., -1

los temas pendientes de resolución (métodos analíticos,

homogeneización Y concentrados).

Finalmente, continuará el tratamiento en la próxima reunión.

Exp.: 1-0047-2110-0119-16-1 Ref.: Inclusión al C.A.A. de la

Harina de Semilla de Vinal.

La Comisión tomó conocimiento de las observaciones realizadas por el /~ ~.J..Consejo Asesor. ~

En este sentido, los representantes de la Comisión acuerdan con la

justificación que da lugar a la eliminación de la especificación del % de

humedad relativa, quedando la frase de la siguiente manera:

~;eo¡dO m',¡mode 'go>' 'ooo_'OSOO

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Finalmente, una vez que se reciba toda la información solicitada, se

remitirá a los representantes, al mismo empo que se generará un

A su turno, en relación a las notas de la COPAL mencionadas

anteriormente, la CaNAL hizo lugar a la solitud de prórroga para

cumplir con lo pedido en la reunión plenaria 112: ..." presentar

información sobre los tipos de vinagre de producción nacional que se

desviarían del parámetro que se encuentra actualmente en el Código".

Exp. 1-47-2110-4510-16-3. Ref.: Solicitud de actualización del

Límite máximo de Dióxido de Azufre al CAA-Art. 1331-1333.

NOTA COPAL. Fecha: 7 Die 2016. Ref: Expte. 1-47-2110-4510-16-3:

Actualización del límite de máximo de azufre al CAA - Art 1333- 1335

NOTA COPAL. Fecha: 27 Die 2016. Ref: Exp. 1-47-2110-4510-16-3.

Solicitud de actualización del límite máximo de Dióxido de Azufre al

CAA-Art. 1331-1333No habiéndose recibido observaciones durante la consulta pública, la

CONAL acordó remitir a trámite administrativo el proyecto de

resolución conjunta que modifica el arto 1331 (actualización del límite

máximo de Dióxí.~ode Azufre).~

Temas que ingresan de la ConsultaPública:

Atento el acuerdo sobre el cambio mencionado ut supra, los

representantes de la CONAL decidieron remitir el PRC a Consulta

Pública por el plazo de 30 días corridos.

9<P. 1-0047-2110-2819-16-1 Ref.: Incorporación al C.A.A. del

carbohidrato Isomaltulosa -ry~No se recibieron observaciones durante la consulta pública. La~

Comisión acordó remitir el proyecto de resolución conjunta a trámite

administrativo.

Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operallva deldemíologia Alimentaria.G.H.Y.S.A. . A.G.C.

Page 7: l'fÚSl~;;-€¦ · TemasqueingresandelCONASE: se consensuó que, en el caso de no mediar ning~n~~ y en las instancias anteriormente mencionadas, se envlara~ la propuesta de modificación

nuevo número de expediente para continuar con el pedido de

modificación del artículo 1333 del Código Alimentario Argentino.

~ 2017,la CONAl tomó conocimiento de la información presentada.

Asimismo, la Secretaría de la CONAl circulará el proyecto con un plazo

de 20 días para que los representa.ntes realicen sus comentarios, y

luego remitirlo al CONASEpara que se expida en un plazo no mayor de

30 días corridos,

Exp. N° 1-0047-2110-7294-16-7, Ref.: FalsoGuayabo

• NOTA Dirección Nacional de Biodiversidad y Recursos Hídricos -

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Fecha: 12 ene de

Temas en tratamiento:

En este sentido, y habiéndose dado lugar a lo detallado anteriormente

la Comisión acordó remitir el PRCa Trámite Administrativo,

la Subsecretaría de Alimentos y Bebidas elaborará el proyecto de

resolución conjunta que contempla la inclusión del Falso Guayabo en el

Capítulo XI - Vegetales - del Código Alimentario Argentino,

Exp. 1-47-2110-4511-16-7. Ref.: Actualización artículo 270 delC.A.A. ~

• Nota de la Subsecretaría de Pescay Acuicultura de fecha 16 ene S~\,.J-..>-J.de 2017. ~

Durante el período de Consulta Pública se recibió una nota de la r'?, .-Á-Subsecretaría de Pesca y Acuicultura del Ministerio de Agroindustria, ~

en la cual manifestaron la necesidad de incluir el término "acuicultura" Q&al art, 270 del CAA, debido a que la lista de peces contempla especies./de la pesquería de medio silvestre como de cultivo por acuicultura; con

respecto al listado proponen cambios de nombres en algunas especies.

Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operativa deEpldltm¡ol~ia AlimentariaO:G:H,V • .A, • A.G.C.

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Exp. 1-47-2110-2809-16-5. Ref.: Incorporación al C.A.A. de la

Moringa Oleifera.• NOTA Paticua S.A. Fecha: 25 Nov 2016. Ref: Exp. 1-47-2110-

2809-16-5 Moringa oleífera.

Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operativa deEpldemiologla AlimentariaD.G.H.Y.S.A .• A.G.C-

8

Exp. 1-0047-2110-7297-16-8 Ref.: Incorporación del Quesillo la

C>A>A>, r:;pi¡~.

Exp. 1-47-2110-6316-16-7. Ref.: Modificación arts. del Cap. VI

del CAA: "Alimentos cárneosy afines".La representante de la provincia de Jujuy realizó una presentación a fin

de acompañar la propuesta de modificación del C.A.A., señalando la

necesidad de incorporar las categorías de jamón crudo, cocido y

salchichón.

Se continuará el tema en la próxima reunión.

La CONAL tomó conocimiento de la nota referida y atento la temática

de la misma, el representante de la provincia de Misiones se ofreció a

elaborar un PRC que contemple la incorporación de las hojas de

Moringa oleífera al C.A.A.

Por otra parte, el, SENASA expuso modificaciones formales al PRC

. presentado por el INAL anteriormente, respecto de las cuales la CONAL

las consideró procedentes. La Comisión resolvió remitir el proyecto al

Consejo Asesor, para que se expida en un plazo no mayor a los 30 días

corridos.

/Asimismo, la Secretaría de la CONALcirculará el proyecto con un plazo

de 20 días para que los representantes realicen sus comentarios.

ES COPIA FIELMARIAI AUR

DIRECCION oE

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continuará con el tratamiento del tema en la próxima

la CaNAL habiendo leído toda la documentación presentada por el

solicitante en respuesta al pedido en la reunión plenaria 111, concluyó

que la información aportada es insuficiente para justificar la

incorporación solicit~da, motivo por I cual el expediente se remite a

archivo.

reunión.

Notas ingresadas:

Exp. 1-0047-2110-2810-16-7 Ref.: Inclusión en el CAA de Fonio

Descascarillado, Fonio precocido y Harina de Fonio

• NOTA Grupo INNDAR. Fecha: 23 Nov 2016. Ref: Exp. 1-0047-

2110-2810-16- 7

e, COPIA FIEL OM..l,I~IA\A.URA A

O\RECC10N DE. AG OA

Por otra parte, la provincia de Tucumán sugirió invitar a especialistas

En este sentido, y atento a las distintas inquietudes expresadas con

respecto a la categorización de este tipo de producto por parte de

representantes de la Comisión, la provincia de Tucumán junto a la

provincia de Catamarca elaborarán un proyecto de resolución que

establezca un rango de tiempo y temperatura en la etapa del hilado,

criterios microbiológicos y demás parámetros que sean determinantes

para la inocuidad del producto.

la CaNAL analizó toda la información presentada hasta el momento

por la provincia de Tucumán, con respecto al tema de la referencia.

NOTA Universidad Nacional de Tucumán. Fecha: 20 Dic

2016.Ref: Quesillo.Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operativa deEpidemiología AlImentariaD.G.H.Y.S.A. • A.G.C

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~

. ~ 10

ESMAo

para la Realización de Auditorías

Manufactura a EstablecimientosdePrácticas

Alimentos Elaborados/Industrializados.Buenas

Nota INAL: Directrices

necesidad de reconsiderar la población de destino contemplada en el

referido proyecto. El INAl presentará un proyecto resolución conjunta, 'y,la Secretaría de la CONA~l.,circulará el proyecto con un plazo de 2~ }~

dlas para que los representantes realicen sus comentarios. ~

::[W

Exp. 1-0047-2110-3246-14-2 - Fórmulas infantiles: Estado de

situación actual y necesidad de adecuación del PRC para la

incorporación en el CAA.El INAl realizó una presentación en la cual se planteó la necesidad de

revisar el PRCreferido a "Fórmulas para Lactantes Y Niños en Primera

Infancia", debido a cambios en la normativa internacional Y a la

la presentación estuvo a cargo del INAl, y refiere a una propuesta

para la incorporación de criterios microbiológicos para vegetales

congelados. ~ __~

la Comisión resolvió derivar la propuesta al grupo de trabajo ad hOC~

de la CONAl "Criterios Microbiológicos" para que avance con el análisis

de la determinación de los valores previstos.

Nota INAL: Propuesta de Actualización del Código Alimentario

Argentino (CAA): Incorporación de criterios microbiológicos

para Vegetales Congelados.

Quedará a consideración de la coordinación del citado Grupo el./

ofrecimiento del CONICET en orden a la evaluación de riesgo para

Listeria monocytogenes. '"l' ~ \

\,/' ./\/'.

Dra. SILVIA LOPEZSubgerente Operativa deEpldemlolog1a AlimentarlaD.G.H.Y.S.A .• A.G.C

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• Vet. ,.- 10 Al MAR¡EFECEl' CEBRow,lQlCGlAD1RECCIOH DE EPIDEMIOLOGIAMINISTERIO OE SALUDpelA. CE' :. r~,,?A

para el Rotulado de alérgenos Y

producir reacciones adversas en

1

Además, se planteó la posibilidad de realizar un ,encuentro virtual para"consolidar el documento y presentarlo en la pfóxima reunión de la

y~

El INAl redactará un documento, para que sea circulado entre los

representantes de la CONAl, quienes podrán hacer observaciones Y

modificaciones en un plazo de 15 días.

El INAl estuvo a cargo de la presentación del tema, en la cuai

planteó la necesidad de elaborar directrices para el rotulado

alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas

individuos susceptibles, para armonizar criterios de interpretación en lo

establecido en el PRCque cursa por el Exp.: 1-0057-2110-2700-16-7

(en trámite administrativo) para modificar el artículo 235 séptimo del

C.A.A.

Nota INAL: Directrices

sustancias capaces de

individuos susceptibles.

CONAl.

El INAl realizó la presentación de las Directrices elaboradas en el

marco del Programa Federal de Control de Alimentos, que tienen

como objetivo armonizar criterios al momento de realizar las auditorías

de BPMa establecimientos de alimentos elaborados I industrializados. ~,-E:JEl INAl solicitó recomendar la implementación de estas directrices,

para lo cual los representantes de la Comisión contarán con 20 días

para analizar el documento Y de no mediar observaciones al mismo, se

publicará en el sitio web de la Comisión como "recomendación" de la

Dra. SILVIA LOPEZSubgarente Opgrativa deEptdemiologia AlimentariaD.G.H.Y.S.A .• A,G,C.

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'.

Se continuará con el tratamiento del tema en la próxima reunión.

Asimismo la CONAL acordó generar un expediente y comunicarle a la

Coordinadora que el representante del CONICETofreció avanzar en el

análisis de evaluación de riesgo, quedando esto último a consideración

del grupo.

La CONALacordó que se remita el tema al grupo de trabajo ad hoc de

la Comisión "Criterios Microbiológicos", con el mandato de evaluar la

viabilidad de la modificación ut supra mencionada.

monocytogenes.

NOTA Unión de la industria Cárnica Argentina -UNICA-. Fecha:

2 ene de 2017. Ref.: Criterios microbiológicos para chacinados.

NOTA Cámara Argentina de la industria de chacinados Y afines

-CAICHA. Fecha 06 Feb 2017. Ref.: Criterios Microbiológicos

para ChacinadosEmbutidos Secosy Salazonescrudas.

NOTAUnión de la Industria Cárnica Argentina -UNICA-. Fecha:

17 Nov 2016. Ref.: Protocolo técnico criterio microbiológico

productos cárnicos

-. ,..., J;; ~

~ t~cfNOTACentro de la Industria Lechera Argentina -CIL-. Fecha: e>7J tI30 Dic 2016. Ref.: Bebidas Lácteas y polvos para preparar ~ tJtBebidas Láctea.

~ D~/ '~~.I!' "'~.~ '"~ ' -;{\¡W:'~'~0BARES PIA é L EL ORIGIN~ l' ucPARli.lJ , R0IlA10l~L\.•. ," . ', .. r'roduceiOr'lMA I UI?A VA \ IREC Ir, lE EPIOEUlOLOG A",'{i,l\¡:l'Il': ..• vt: NElJOuEN 01 Ee 101\1DE "A NACORE ..M.,~I:-lTERIO O~ SALUD

•• OAL.Jf04s'NTOS ¡:'r ". .r t", F ~,MPA

~ Los representantes de la CONAL tomaron conocimiento de los~2- ~soJjcitado por UNICA y CArCHAcon respecto a modificar el parámetro

~ microbiológico definido en los artículos 286 tris (salazones crudas) y

302 (chacinados) del Código Alimentario Argentino para la Listeria

Dra. SILVIA LOPEZSubdarente Operativa deEpldemlologia AlimentariaD.G.H.Y.SA . A.G.C.

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Dra. SILVIA cUPE"~ubga~nle Opertllivec!:'eplóemlOlogia AUmentari;:>D.G.H.Y.S.A. - A.G.C .

En este sentido la Comisión acordó solicitar justificación tecnológica del

uso de emulsionantes, conservantes, antioxidantes, antiespumantes,

espumantes y normativa de referencia que lo respalde.

Se continuará con el tema en la próxima reunión.

el. .¡,UDIO AIMAR" Da'.!'l 000 rEBllO!lATOlOOI~olRECClotl DE EPIOE"'OLOGI ~"'INI.STERIO DE SALUD'pelA. e= l" ?'\MPA

de inclusíón de Ciclohexano para su uso como

envases de plástico en contacto con alimentos.

NOTABárcena y Asociados. Fecha: 17 Oct 2016. Ref.: Solicitudsolvente en

Se dio lectura a lo solicitado por el Colegio de Bioquímicos, el cual

manifiesta la necesidad de incorporar a los profesionales bioquímicos

directores técnicos de establecimientos elaboradores o

importadores de suplementos dietarios y fórmulas infantiles.

En este sentido, la CONAl ya se expidió en la reunión plenaria 110, a

continuación un extracto del acta: ..."la CONAl manifestó que en el

proyecto de resolución conjunta de suplementos dietarios que cursa

por expediente nO 1-0047-2110-1537-12-1 se contempla como

Director técnico a todos cuya incumbencia profesional así lo permita" ...

NOTAColegio de Bioquímicos de la Pcia. de Bs. As. Fecha: 7 Dic.

2016 Ref.: Exp. 1-47-2110-1537-12-1. Acta N° 110 de CONAL.

NOTAColegio de bioquímicos de la Pcia. De Bs. As. Fecha 7 Dic

2016 Ref.: Acta CONAl 110

NOTACentro de la Industria lechera Argentina -CIL-. Fecha: 29

Dic 2016. Ref.: Exp. N° 1-0047-2110- 4059-10-6. Ref.: Sueros

de lechería.la CONAl debatió el tema, se acordó dar lugar a la solicitud de la

referencia y se continuará en la próxima reunión.

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l>HOAl.IME,NIOS

la CaNAL acordó remitir la nota mencionada al grupo SGT 3 -

-Co_misiónde Alimentos del MERCaSUR.

Dra. SilVIA LOPEZSubgarente O""raUva daEpldamlologla Allm.nta~aD.G.H.'(.-6:A .• A.G.C,

4-

J~'(¡"SRIELA M. P. GOTIARDI -

6JO(¡utmica M.P Pr &3VOlfKtorl Qt 8romat0i09fl

SveSECRETARIA DE SALUD

Se acordó que la proxlma reunión de la Comisión se realizará

segunda semana de junio del año 2017.

~

~GE'" Ñ I~JOSl Siendo las 17 hs. se dio por finalizada la Reunión Plenaria de laB\~NCHI GI ""

Gcn<>ral éf! Control CaNAL cJ2-Old~CI~11'ldUSll1n¡.\~~e',':l~'A • ~.

Mintsteno de l(\dU;;~r,nrnr.(r..,Ó '/ MH'.' .1 e ;v\. Q.r{Y\~ C'R-

\--\.So-\.¡.) ~ •

~1e. _'_ AUIIEH'TOS •

SiI••• c:ratarla da AauntoaAglllno. y A1lrnenlot

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~de-~~Qt'~de-~ de- or,¿.

BUENOS AIRES,

VISTO el Expediente N° 1-0047-2110-0119-16-9 del Registro de esta

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA

MÉDICA; y

CONSIDERANDO:

Que profesionales del Departamento de Industrias de la FACULTAD DE

CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

solicitaron la inclusión de la harina de semillas de vinal en el Código Alimentario

Argentino (CAA) para lo cual presentaron estudios sobre las propiedades de los

componentes de esa semilla.

Que vinal (Prosopis ruscifolia Griseb) es una especie autóctona que

tiene antecedentes de uso como alimento en nuestro país.

Que la harina de semillas de otras especies del género Prosopis spp.

Como Prosopis alba, Prosopis nigra, Prosopis flexuosa y Prosopis chilensis, están

admitidas en el artículo 681 del CAA.

Que la recolección y consumo de los frutos de vinal forma parte de la

cultura ancestral argentina y junto con otras especies de Prosopis spp. (familia

Fabaceae, popularmente difundidos o conocidos como «algarrobos») ha sido una

fuente de subsistencia para numerosas comunidades humanas durante varios

siglos, y hasta el presente siguen siendo explotados por los habitantes de la

zona.

Que en algunas regiones de Argentina, el fruto de vinal se utiliza

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•~""~G?ecrehn'a "" ~ "" Of"ak<

desde épocas remotas en la elaboración de alimentos tradicionales como patay

(pan), aloja (bebida alcohólica) y añapa (bebida dulce no alcohólica).

Que esta especie está ampliamente distribuida en la región Noreste

del país y su inclusión en el CAA significaría un importante impulso económico y

promovería el manejo y cuidado del bosque nativo sustentable.

Que en el proyecto de resolución conjunta tomó intervención el

CONSEJOASESOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS (CONASE) y se

sometió a la Consulta Pública.

Que a tal efectQ resulta necesario incorporar el artículo 680 en el

Capítulo IX "Alimentos farináceos - cereales, harinas y derivados" del CAA.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS ha intervenido,

expidiéndose favorablemente.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos

involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N°

815/99 Y el los Decretos 357/02, sus modificatorios y complementarios y

1.344/07 Y sus modificatorios.

Por ello

EL SECRETARIODE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS Y

EL SECRETARIODE AGREGADODE VALOR

RESUELVEN

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ARTÍCULO 1°.- Incorpórase el Artículo 680 al Código Alimentario Argentino, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 680: Con el nombre

de Harina de semilla de vinal se entiende el producto de la molienda de las

semillas limpias, sanas y secas del vinal (Prosopis ruscifolia Griseb.).

Deberá cumplir con los siguientes parámetros:

Contenido máximo de agua a 100°C-105°C: 10% sobre base seca.

Contenido máximo de cenizas (500°C-550°C): 4% sobre base seca.

ARTÍCULO 2°.La presente resolución entrará en vigencia a partir del día

siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese y comuníquese a quienes corresponda. Dése a la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL para su publicación. Cumplido,

archívese.

EXPEDIENTEN° 1-0047-2110-0119-16-9

RESOLUCIÓN(S.P.R. e l.) N°

RESOLUCIÓN(S.A.V.) N°

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BUENOSAIRES,

Ret.: Exp. 1-0047-2110-0119-16-Inclusión al Código AlimentarioArgentino de la Harina de Semilla deVinal.

Por intermedio de la presente se deja constancia que el proyecto de

Resolución Conjunta, referente a la actualización del Código Alimentario Argentino

en lo que refiere al tema de Referencia, se encuentra disponible en el sitio web de

la Comisión Nacional de Alimentos (www.conal.gob.ar) por el plazo de 30 días

corridos.

El inicio de la consulta comenzó el día 03 de Mayo de 2017 y finalizará el 03

de Junio de 2017.

,- 01. f-',L\ ¡ { MORONDIRECTOk 1::"A(;HOALIMENTOS ~

NOTA CaNAL N° 31/2017