ley orgánica de precios justos (lopj 2015)

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Abogado magna cum laude, Profesor de Derecho Procesal Laboral y Derecho Tributario en la Universidad Nororiental Privada “Gran Mariscal de Ayacucho” (UGMA). Contador. Asesor Tributario de la Cámara de Comercio e Industrias del Estado Bolívar y Consultor Jurídico y Financiero de la Firma Merino & Asociados. Julio César Díaz Valdez Twitter: @juliocesadiaz 18 Noviembre 2015 Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ)

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Page 1: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

Abogado magna cum laude, Profesor de Derecho Procesal Laboral y Derecho Tributario en la

Universidad Nororiental Privada “Gran Mariscal de Ayacucho” (UGMA). Contador. Asesor

Tributario de la Cámara de Comercio e Industrias del Estado Bolívar y Consultor Jurídico y

Financiero de la Firma Merino & Asociados.

Julio César Díaz Valdez

Twitter: @juliocesadiaz

18 Noviembre

2015

Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ)

Page 2: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

“… Sólo un pueblo libre y en democracia y a quien se le proteja sus derechos

ante lo poderes públicos y las mayorías, es soberano, y el Estado cuya

organización y funcionamiento así se lo permita es democrático…”

Román Duque Corredor

Page 3: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes en la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ)

Page 4: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley (LOPJ)

Decreto: N° 2.092 de fecha 08/11/2015. Publicado: En la GO N° 6.202. Extraordinario de fecha: domingo 08/11/2015. Vigente: a partir del 10/11/2015. (Vid. Artículo 12 Ley de Publicaciones Oficiales 22/7/1941)Deroga: Decreto N° 1444 de 17/11/2014 LOPJ, publicada en la GO N° 6.156 Extraordinaria de 19/11/2014 y todas las disposiciones y normativas que colidan con éste.

Page 5: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

El Gobierno revolucionario se encuentra impulsando la continuidad de la construcción del socialismo bolivariano del siglo XXI, como alternativa al sistema capitalista y para ello tiene como premisa fundamental asegurar la reivindicación del contenido social de la democracia, lo cual ha dado pasos decisivos con la aplicación de la política en materia de Precios Justos. (…) aun cuando se han presentado ondas especulativas y explotadoras que pudieran arruinar las posibilidades adquisitivas de nuestro país, y de esta manera desmejorar su calidad de vida.

Exposición de motivos:

Page 6: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

(…) Esta situación debe evitarse y es por ello que el Gobierno revolucionario, ha detectado como terminar con los abusos fragrantes e impunes del poder monopólico de muchos sectores de la economía, que han estado en el centro de un sistema perverso de acumulación del capital, y en el que sobresalen los elevados márgenes de ganancia, así como el alza constante e injustificada de los precios. De allí la necesidad de romper los eslabones de la cadena monopólica generadora de escasez artificial y los efectos perversos de un esquema mercantilista e injusto, que durante muchos años ha sido la regla de la llamada “mano invisible del mercado”.

Exposición de motivos: Continuación

Page 7: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJAhora bien, se ha dicho que así funcionó durante décadas la simbiosis entre los gobiernos irresponsables y los “empresarios” apátridas, que en medio de la cultura especulativa, fueron incapaces de abrir espacios a la producción nacional, al trabajo productivo, diversificar la economía y generar confianza en el pueblo consumidor. Sin embargo, la política de precios justos adoptada y puesta en marcha por nuestro Comandante Hugo Chávez ha funcionado, haciendo frente a las actitudes de estos agentes de la dinámica económica.

…entre los fines del Decreto …, se orienta el desarrollo socio productivo, la equidad y el dinamismo, para crear un sistema que garantice una estructura de costos justificable, con el fin de proteger los ingresos de las ciudadanas y ciudadanos, y muy especialmente, el salario de las trabajadoras y los trabajadores.(…) La Ley, es parte del nuevo proyecto hegemónico, que se construye en paz, pero en un sociedad que todavía lleva la pesada carga de las formas de dominación económica del pasado…

Exposición de motivos-Continuación

Page 8: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

Se suprimió la Declaratoria de Utilidad Pública los bienes y servicios…!

Los funcionarios(as) de la SUNDDE, deberán contar con la debida capacitación, para ser nombrados inspectores o Fiscales

Nuevas Atribuciones de la SUNDDE

Nuevas tipificaciones de infracciones por incumplimientos de obligaciones formales

Nuevas tipificaciones de infracciones por vulneraciones de Derechos Individuales

Amplia y Agrava las Penas

Sanciones Agravadas de los llamados “Contribuyentes Especiales”

Cambios Relevantes LOPJ

Page 9: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 9.—Naturaleza de la Superintendencia.

…Los funcionarios y funcionarias que ejerzan actividades de inspección, y fiscalización deberán contar con la debida capacitación técnica para la labores que realizan. A tal efecto, los requisitos para ser nombrados en los cargos de inspector o fiscal, serán determinados en el Reglamento

Julio César Díaz Valdez

Page 10: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 11.—Funciones de Inspección y FiscalizaciónEn el ejercicio de sus funciones de inspección y fiscalización, la SUDDE, podrá:(…)3. Comprobar el cumplimiento o la infracción respecto de las formalidades establecidas a cargo de los sujetos de aplicación en el Decreto …, o en los actos de rango sublegal desarrollados con ocasión de este Decreto Ley, e imponer las sanciones a que haya lugar.  

Julio César Díaz Valdez

Page 11: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 26.—Determinación o Modificación de Precios. La SUNDDE podrá, sobre la base de la información aportada por los sujetos de aplicación o la que obtuviere de sus bases de datos o a través se terceras partes vinculadas entre si por operaciones, y de conformidad con lo dispuesto en este Decreto …, proceder a determinar cualquiera de las modalidades de precio de un bien o servicio, o efectuar su modificación, de oficio o a solicitud del interesado, con carácter general o particular.

Julio César Díaz Valdez

Page 12: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 27.— Modalidades de precio. La política de precios Justos, está dirigida a los bienes y servicios que se comercialicen en el mercado Nacional.(…)La política Nacional de precios Justos comprenderá, al menos, las categorías de Precio Justo y Precio Máximo de Venta. El Precio Justo solo podrá ser determinado y fijado por la SUNDDE. El Precio Máximo de Venta al Público podrá ser determinado y Fijado por el Productor e Importador del Bien, o por el Prestador de Servicio, pudiendo ser determinado o fijado también de oficio por la Superintendencia. Ambas modalidades de precio constituirán categorías del precio más alto que pueda asignarse a los bienes y servicios respecto de los cuales se determinaren y fijaren.

Page 13: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 31.—Margen Máximo de Ganancia.

(…) ningún margen de ganancia superará 30% de la estructura de costos del bien producido o servicio prestado.En el establecimiento del margen de Ganancias este Decreto … dará especial prevalencia al Valor Agregado y a la Producción nacional (…) la SUNDDE determinará progresivamente márgenes de ganancias sobre el Valor agregado de cada eslabón de la cadena.

Julio César Díaz Valdez

Page 14: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 33.—Tipos de Incumplimientos y sus Sanciones. (…) se entenderán infracciones: i) el incumplimiento de formalidades establecidas por este decreto Ley, o por las normas de Rango sublegal que lo desarrollaren ii) las acciones u omisiones que violen, menoscaben, desconozcan o impidan a las personas el ejercicio de los derechos. - La determinación de Infracciones y sus sanciones, corresponde a la SUNDDE- Los delitos serán determinado por la Jurisdicción Penal, a quien corresponderá además, la imposición de las respectivas sanciones

Julio César Díaz Valdez

Page 15: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 40.—Gradación de Multas. Circunstancias atenuantes:1. El reconocimiento de la comisión del ilícito2. La iniciativa … de subsanar el ilícito administrativo cometido.3. La Colaboración en el suministro de información relevante que facilite el desarrollo de los procedimientos.4. Los bajos niveles de ingreso del infractor, a través de la metodología que la SUNDDE, implemente para su verificación. 

Julio César Díaz Valdez

Page 16: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 40.—Gradación de Multas. Agravantes:

1. La reincidencia en la comisión del ilícito.2. El impacto que en materia social, económica, alimentaria, de salud entre otras se genere.3. El número de personas afectadas por la comisión del ilícito4. La obstaculización a las actuaciones de las autoridades competentes en el ejercicio de sus atribuciones.5. Los altos niveles de ingreso del infractor, a través de la metodología que la SUNDDE, implemente para su verificación.6. El volumen de bienes involucrados en la infracción.

TSJ.SPA. Sentencia N° 00814, Fecha: 08/7/2015. Caso Daewoo Motor de Vzla

Page 17: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 44.—Responsabilidad Penal. Los socios, los miembros de los órganos de dirección, administración, gestión, personal operativo y vigilancia de las personas jurídicas, asi como, medios de comunicación social, pagina web y otros medios publicitarios serán personalmente y solidariamente responsables por ante la Justicia Venezolana de los delitos cometidos por las empresas que representen…

Julio César Díaz Valdez

Page 18: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJInfracciones

Artículo 54.—Infracciones Genéricas. Serán sancionados con multa entre doscientas (200) y cinco mil (5.000) Unidades Tributarias

Artículo 46.—Infracciones por Incumplimientos de formalidades. Serán sancionados con cierre de almacenes, depósitos o establecimientos por un plazo de 48 horas o multa entre 500 y 10.000 UTQuien reincida en las infracciones, será sancionado con multa de 15.000 UT, sin perjuicio de la sanción de cierre, hasta por 30 días, atendiendo a la gravedad del incumplimiento,

LOPJ-Derogada LOPJ-Vigente

Page 19: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 46.—Infracciones por Incumplimientos de formalidades cierre por un plazo de 48 horas o multa entre 500 y 10.000 UT. Ejemplos:

1. Incumplir con la obligación del marcaje de precios2. Remarcar el bien o producto con incremento de su precio.3. Incumplir la obligación de inscribirse o actualizarse en el

RUPDAE.4. Omitir la colocación de avisos o carteles que se exijan en

materia de administración cambiaria.5. Falta de exhibición en lugares visibles al público de los

bienes y accesibilidad de los servicios que ofrezcan a la venta, según sus propias publicaciones, promociones u ofertas.

6. Etc.

Page 20: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 47. Infracciones por vulneración de derechos individuales. Serán sancionados con multas de 500 hasta 30.000 UT quienes violen, menoscaben, desconozcan o impidan a las personas el ejercicio de alguno de sus derechos.En cuanto a los contribuyentes especiales determinados por la legislación tributaria, las infracciones … serán calculadas con base al 12% y hasta el 20%, del valor de los ingresos netos anuales del infractor, dependiendo si concurren circunstancias agravantes … de reincidir, la multa se aumentará a 40%. …

Julio César Díaz Valdez

Page 21: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 47. Infracciones por vulneración de derechos individuales: Ejemplos:1. Acceder a la adquisición de los bienes y servicios.2. Recibir información suficiente, oportuna y veraz sobre los

bienes y servicios puestos a su disposición, con especificación de los datos de interés inherentes a su elaboración, prestación, composición y contraindicaciones, que sean necesarias.

3. Prestación de servicio de forma eficiente, equitativa y segura, en protección de sus derechos económicos y sociales, a través de medios tecnológicos adecuados.

4. La reposición o devolución del bien o resarcimiento del daño sufrido en los términos establecidos en este Decreto…

5. Etc…!Julio César Díaz Valdez

Page 22: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJDelitos

Artículo 55 Ley Derogada.—. Quien venda productos alimenticios o bienes vencidos o en mal estado, será sancionado con multa de 200 a diez mil 10.000 UT, sin menoscabo de las sanciones penales a que hubiera lugar.

Expendio de Alimentos o Bienes Vencidos

Artículo 48 Ley Vigente.— Quien comercialice productos alimenticios o bienes vencidos o en mal estado, será sancionado con multa de 500 a 10.000 UT, sin menoscabo de las sanciones penales a que hubiera lugar.Si se tratare de alimentos o medicinas vencidas que pongan en riesgo la vida o la salud de las personas, serán sancionado con prisión de 07 a 09 años.

Contribuyentes Especiales:En Caso Agravantes: 20% IB y Reincidencia: 40% IB

Page 23: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 55 Ley Derogada.—. Aquel que enajene bienes o presten servicios a precios o márgenes de ganancias superiores a los fijados o determinados, por la autoridad competente a través de fijación directa o mediante la autorregulación de acuerdo a las normas que a tal efecto dicte la Superintendencia Nacional de Precios Justos, serán sancionados con prisión de ocho (08) a diez (10) años.

Especulación

Artículo 49.— Quien compre o enajene bienes o presten servicios, con fines de lucro a precios o márgenes de ganancias o intermediación superiores a los establecidos por la SUNDDE por regulación directa … o aquellos marcados por el productor, importador, serán sancionados con prisión de ocho (08) a diez (10) años.

Ademas, ocupación temporal hasta por 180 dias prorrogable, más MULTA de 1.000 a 50.000 UT

Page 24: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 59.—Los sujetos de aplicación que restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes regulados por la autoridad administrativa competente, retengan los mismos, con o sin ocultamiento, serán sancionados por vía judicial con prisión de ocho (08) a diez (10) años

Acaparamiento.

Artículo 52.—

(…)Asimismo, serán sancionados con la ocupación temporal del establecimiento hasta por ciento ochenta (180) días prorrogables por una sola vez.

Contribuyentes Especiales:En Caso Agravantes: 20% IB y Reincidencia: 40% IB

OJO, esta Disposición no contempló sanciones pecuniarias

Page 25: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 60.—. Quienes conjunta o separadamente desarrollen o lleven a cabo acciones, o incurran en omisiones que impidan de manera directa o indirecta la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes, así como la prestación de servicios, serán sancionados por vía judicial con prisión de diez (10) a doce (12) años.

Boicot.

Artículo 53.—

(…)serán sancionados con prisión de doce (12) a quince (15) años.

Contribuyentes Especiales:En Caso Agravantes: 20% IB y Reincidencia: 40% IB

OJO, esta Disposición no contempló sanciones pecuniarias

Page 26: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 62.—Quien compre productos declarados de primera necesidad, con fines de lucro, para revenderlos por precios superiores a los establecidos por el Estado, por regulación directa o por lineamientos para establecimiento de precios justos, será sancionado con prisión de uno (01) a tres (03) años, multa de 200 a 10.000 UT y comiso de las mercancías.

Reventa Productos de Primera Necesidad..

Artículo 55.—Quien revenda productos … con fines de lucro, a precios superiores …, será sancionado con prisión de tres (03) a cinco (05) años, multa de 200 a 10.000 UT y comiso de las mercancías. Quien dirija un grupo estructurado o grupo asociado de personas para la comisión del delito previsto en este artículo, será sancionado de conformidad con la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo.Igualmente será sancionada la reventa a través de medios electrónicos, publicitarios o de cualquier otra índole que conlleve a la comisión de la infracción.

Page 27: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 63.—. Quienes condicionen la venta de bienes o la prestación de servicios regulados por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, serán sancionados por vía judicial con prisión de dos (02) a seis (06) años.

Condicionamiento

Artículo 56.—(…)

serán sancionados por (sic) con prisión de tres (03) a seis (06) años.

Julio César Díaz Valdez

Page 28: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 57.—Contrabando de Extracción.Incurre en delito de contrabando de extracción, y será castigado con pena de prisión de 14 a 18 años(…)Se presume incurso en el delito de contrabando de extracción el sujeto que no presentare ante la autoridad competente los documentos exigidos en materia de movilización y control de bienes.  

Julio César Díaz Valdez

Page 29: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 65.—. Quien por medio de un acuerdo o convenio, cualquiera que sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disminuirla, obtenga para sí o para un tercero, directa o indirectamente, una prestación que implique una ventaja notoriamente desproporcionada a la contraprestación que por su parte realiza, incurrirá en delito de usura y será sancionado con prisión de cuatro (04) a seis (6) años.

Usura.

Artículo 58.— (…)

incurrirá en delito de usura y será sancionado con prisión de cinco (05) a ocho (8) años.

Page 30: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 66.—Quien en las operaciones de venta a crédito de bienes, o servicios de financiamiento para tales operaciones, obtenga a título de intereses, comisiones o recargos, cualquier cantidad por encima de los máximos que sean fijados o permitidos por el Banco Central de Venezuela en atención a las condiciones existentes en el mercado financiero nacional, incurrirá en delito de usura, y será sancionado con pena de prisión de cuatro (04) a seis (6) años.

Usura en operaciones de financiamiento.

Artículo 59.—(…)

incurrirá en delito de usura, y será sancionado con pena de prisión de cinco (05) a ocho (8) años.

Page 31: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 67.—La proveedora o el proveedor que modifique o altere la calidad, cantidad, peso o medida de los bienes o calidad de los servicios, en perjuicio de las personas, será sancionado con prisión de seis (06) meses a dos (02) años

Alteración en Bienes y Servicios

Artículo 60.— (…)

será sancionado con prisión de dos (02) años a cuatro (04) años

Page 32: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 68.—. Quien difunda por cualquier medio, noticias falsas, emplee violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los bienes o servicios, será sancionado con prisión de dos (02) a seis (06) años.

Difusión Fraudulenta de Precios

Artículo 61.— (…)

será sancionado con prisión de dos (02) a cuatro (04) años.

Julio César Díaz Valdez

Page 33: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 62.—Alteración Fraudulenta de Precios. Quien de manera directa o indirecta con engaño y fines de lucro, aplicare o informare, por cualquier medio, un tipo de cambio distinto al fijado por el Ejecutivo Nacional para la estimación de precios de bienes o servicios, en el territorio nacional será sancionado con prisión de ocho (08) a diez (10) años.

Julio César Díaz Valdez

Page 34: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJ

Artículo 69.—Quien por sí o por persona interpuesta prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o colaboradores de empresas, sociedades, asociaciones, fundaciones u organizaciones, un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza, para que le favorezca a él o a un tercero frente a otros, incumpliendo sus obligaciones en la adquisición o venta de mercancías o en la prestación de servicios, será castigado con la pena de prisión de dos (02) a seis (06) años.

Corrupción entre Particulares

Artículo 63.— (…)

será castigado con la pena de prisión de cuatro (04) a seis (06) años.

Page 35: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

I) Cambios Relevantes LOPJArtículo 76. Instrucción de delitos iniciada por autoridades policiales o militares.Cuando se trate de la determinación de los delitos …, y el respectivo procedimiento diere inicio mediante la actuación de los órganos policiales, militares o auxiliares de justicia, dichas actuaciones serán remitidas al Ministerio Público a los fines de su trámite ante el Poder Judicial, debiendo proceder la autoridad actuante a notificar en la misma oportunidad a la SUNDDE de tal circunstancia. En estas circunstancias no será necesaria la instrucción del procedimiento conforme a lo dispuesto en esta Sección.

TSJ.SCP. Exp. AA30-P-2014-000491, 22 de Mayo 2015, MP. MAIKEL J.MORENO

Page 36: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el Territorio Nacional

18 Noviembre

2015

Page 37: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Providencia Administrativa Mediante el cual se regulan las modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el Territorio Nacional Fecha: 25 de Octubre de 2015Publicado en la Gaceta Oficial N° 40.774Deroga todas las disposiciones que contraríen lo dispuesto en ésta providendicia. Las Providencias relativas al Precio que se fija y al marcaje para bienes y servicios destinados al usuario final deberan adaptarse a lo aquí dispuesto

Base legal:

Page 38: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 1.- Objeto:(…) establecer el régimen ordinario para la regulación sobre determinación, fijación y marcaje de precios para los bienes y servicios comercializados en el territorio nacional, la cual no limitará la capacidad esta autoridad administrativa de dictar normas técnicas generales o particulares, destinadas a regir un sector económico, a un grupo de sujetos de aplicación o a un individuo o grupos de los mismos según sea necesario para promover la producción nacional, la distribución equitativa de bienes o servicios o cualquier otra circunstancia de hecho.

Page 39: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 3.- Categorías de precios: Precio Máximo de Venta del Productor o Importador o Prestador Intermediario (PMVPI) Precio Máximo de Venta al Público (PMVP)

Precio Justo

Determinación y Fijación

Productor o Importador

Prestador del Servicio, o al Productor o Importador

SUNDDE

Page 40: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 4.- Aspectos para la determinación de precios:

(…), la SUNDDE o el sujeto de aplicación, en su caso, tomarán en cuenta la estructura de costos del bien o servicio, el Precio Máximo de Venta del Productor, Importador o Prestador Intermediario (PMVPI), el margen máximo de ganancia permitido a cada sujeto de aplicación, el margen máximo de intermediación para toda la cadena de distribución y de comercialización, y el carácter estratégico del bien para la satisfacción de los derechos esenciales del pueblo.

Page 41: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 5.- Estricta Observancia al Margen máximo de ganancias:

1.- El margen máximo de ganancias permitido a los importadores de bienes y servicios es de 20%2.- El margen máximo de ganancias permitido a los productores nacionales es de 30%

Page 42: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 6.- Margen Máximo de Intermediación:Independientemente del número que intervengan en la cadena de distribución o comercialización de un bien o servicio, el margen máximo de intermediación permitido en toda la cadena es de hasta 60%. Margen Máximo de Ganancia: Distribuidor +

Mayorista

ComercializadoraMMI = Suma de Bs

Page 43: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional

Page 44: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 7.- Distribución de Margen de Intermediación:La incidencia en el margen máximo de intermediación, de los márgenes máximo del distribuidor y el comercializador al detal, debe ajustar a los usos en la comercialización del bien o servicio del cual se trate.En ningún caso, el margen máximo de ganancia del distribuidor, por unidad del producto, puede ser mayor al margen máximo de ganancias del comercializador al detal. Julio César Díaz Valdez

Page 45: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional

Artículo 9.- Fijación de Precios Justos:La SUNDDE, establecerá los precios a los productos que considere y serán publicado a través de su pagina webSe prohíbe expresamente a los sujetos de aplicación el marcaje con la denominación “precio justo” a cualquier producto cuyo precio no haya sido fijado por la SUNDDE

Julio César Díaz Valdez

Page 46: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 11.—Obligación de fijación y marcaje. El marcaje del Precio Máximo de Venta al Público y del Precio Justo es obligatorio para todos los sujetos de aplicación, respecto de todos los productos, bienes y servicios comercializados en el territorio nacional, (…). Ningún bien o servicio podrá ser ofrecido comercialmente sin que su Precio Máximo de Venta al Público o su Precio Justo, según correspondiere, hubiere sido fijado y resultare visible y oportuno para el conocimiento de todo posible adquirente, de conformidad con lo estipulado en la presente Providencia Administrativa.

Page 47: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 12.—Modalidades de marcaje. El marcaje de PMVP o del Precio Justo se hará mediante una de las tres modalidades …, atendiendo a la naturaleza del bien o servicios, según el orden de prelación o preferencia que se indica: 1. Rotulado en el cuerpo del bien. 2. Estampado mediante etiqueta autoadhesiva. 3. Listado impreso.

Page 48: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 13.—Rotulado en el cuerpo del bien. El marcaje del PMVP o del Precio Justo en el cuerpo, empaque o envoltorio, del bien deberá ser visible y legible a los usuarios y usuarias, colocado en la parte frontal del producto a un tamaño no menor de 5 mm. Cuando las dimensiones del objeto impidan cumplir con las indicaciones ya fijadas para el troquelado o marcado de Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) o el Precio Justo, podrá excepcionalmente fijarse en un tamaño de tres milímetros (3 mm).

Page 49: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 14.—Estampado mediante Etiqueta Autoadhesiva. Cuando la naturaleza de un bien no permita el rotulado directo sobre su cuerpo o envoltorio, el PMVP o el Precio Justo deberá ser estampado mediante etiqueta autoadhesiva, adherida al cuerpo, envase, empaque o envoltorio del bien, visible y legible para los usuarios y usuarias, elaborada en un material que dificulte su remoción y con tinta indeleble, de tal manera que removerla implique su deterioro irreversible o destrucción.

Page 50: Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ 2015)

II) Modalidades para la Determinación, Fijación y Marcaje de Precios en todo el

Territorio Nacional Artículo 17.—Del marcaje o rotulado Información del marcaje. El marcaje del PMVP, o del Precio Justo, contendrá la siguiente información, en el orden expresado:1. Las siglas “PMVP”, o la expresión “PRECIO JUSTO” 2. La denominación monetaria “Bs.”, seguida del monto, en guarismos. 3. La expresión “IVA”, seguida del % correspondiente a la alícuota del

IVA aplicable, indicada en guarismos seguida del signo (%). 4. La expresión monetaria “Bs.”, seguida del valor absoluto

correspondiente al IVA, en guarismos.5. La expresión “TOTAL A PAGAR”, seguida de “Bs”, y a continuación, en

guarismos, el valor absoluto resultante. 6. La fecha del marcaje en formato que indique el mes y el año en

números, (mm/aa). Cuando no corresponda a la comercialización del bien o servicio la aplicación del Impuesto al Valor Agregado no se aplicarán las disposiciones de los numerales 3, 4 y 5 del presente artículo.

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Recomendaciones Generales

Comité de atención a FiscalizaciónConocer y documentar el proceso operativo del negocioDocumentación costos y gastos incluidos en su estructura de costos.Mantener los estados financieros ajustados por inflación (utilizando INPC estimados)Revisar constantemente que se encuentren exhibidos, todos los productos objeto de comercialización.Analizar la rotación y antigüedad de las mercancías objeto de ventas.Conciliar las informaciones financieras versus la contabilidad.Estudiar las Infracciones y Delitos establecidas en LOPJ

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“… O la Constitución es una norma superior y suprema, inalterable por medios

ordinarios, o se encuentra al mismo nivel que las leyes ordinarias, y, como

cualquieras de ellas, puede modificarse cuando el legislador le plazca. Si la primera

alternativa es verdadera, entonces una disposición legislativa contraria a la

Constitución no es derecho; si lo es la segunda, entonces las Constituciones

escritas son absurdos intentos por parte del pueblo de limitar un poder por su

propia naturaleza ilimitable…”

Sentencia de Fecha 24 de febrero de 1803, bajo ponencia del Chief Justice John Marshall

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio Justo

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

Justo

Contenido:

Objeto Técnicas de valoración Costos de varios productos Gastos ajenos a la producción Resumen del costo unitario Otras consideraciones importantes Auditorias de las estructuras de costo Sanciones

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoObjeto:

La providencia administrativa tiene por objeto establecer criterios contables generales que deberán utilizar los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos para la adecuación de sus estructuras de costos que les permitan determinar precios justos.

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

Justo

Técnicas de valoración:

Costeo Estándar

Método de Los

Minoristas

Estas técnicas podrán ser utilizadas siempre que el resultado de aplicarlas se aproxime al

costo real de producción

Las entidades podrán utilizar, Bajo la expresa autorización previa por escrita de parte de la

SUNDEE:

Técnicas alternas de medición

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II) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoAnte la fabricación simultánea de más de un producto, si los costos de cada tipo de producto no son identificables por separado, se distribuirá el costo total entre los productos y subproductos, utilizando bases uniformes y racionales . La misma fórmula de costo para todos los inventarios de

similar naturaleza y uso

Diferentes fórmulas de costo puede ser justificadas

para los inventarios con diferente naturaleza y uso

Aplicación consistente del método una vez elegido

Costos de varios productos

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoGastos ajenos a la producción:

La estructura de costos del bien o servicio incluirá gastos ajenos a la producción, hechos en el país, siempre que sean normales y necesarios para la realización de sus operaciones medulares. En ningún caso, estos gastos ajenos a la producción excederán 12.5% del costo de producción del bien o de la prestación del servicio del ejercicio, determinado antes de la incorporación de los gastos ajenos a la producción.

Los Gastos de distribución solo serán reconocidos como elemento de costos a los sujetos de aplicación que llevan a cabo esta actividad (distribuidores)

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoResumen del costo unitario:Artículo 29 de la LOPJ “Los costos y gastos informados a la SUNDDE.

Artículo 2 de la providencia 003/2004: “Los gastos ajenos a la producción no excederán el 12.5% del costo de producción.

Artículo 32 de la LOPJ: “El margen de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización no deberá exceder de 30% de la estructura de costos del bien o servicio”

Costo de adquisición/ producción

Gastos de administración/representación/ publicidad y venta

Gastos de distribución (para entidades distribuidoras)

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoOtras consideraciones importantes: Es responsabilidad de las entidades, garantizar que la contabilidad integre y conecte toda la información financiera en un único sistema de información, bajo una arquitectura informática también integrada y confiable. Los costos de producción y los gastos ajenos a la producción (gastos del período) son diferentes. La determinación de los costos de adquisición debe cumplir con la regulación establecida en materia de precios de transferencia. Los tributos, las donaciones y liberalidades, los gastos por muestras sin valor comercial y otros egresos, a criterios de la SUNDDE, no forman parte del costo. Los costos indirectos deben ser razonables con respecto a la misma estructura de costos.

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoAuditoria de las estructuras de costos

La SUNDDE tendrá la potestad de efectuar las auditorias que considere apropiadas con la finalidad de satisfacer la razonabilidad de las estructuras de costos que sustentan los precios determinados por las entidades incluidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Precios Justos.

Los requerimientos deben consignarse en un máximo de cinco días hábiles. Las estructuras de costos deben referirse a un mismo período contable. La información financiera deberá cumplir con los atributos contables:

Ocurrencia Integridad Exactitud Corte (periodo contable)

Clasificación apropiada

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III) Criterios Contables Generales para la Determinación de Precio

JustoSanciones:

El incumplimiento de la Providencia Administrativa 003/2014 será sancionado de conformidad con las previsiones del Artículo 49, Numeral 4 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Precios Justos.

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