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LEY MARCO DE LA MADRE TIERRA Y DESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR BIEN Boletín Informativo - Unidad de Análisis Legislativo • Año 2 • No. 4 • Octubre 2012 • www.cepb.org.bo En fecha 15 de octubre de 2012, se promulgó la Ley Nº 300, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para vivir Bien, cuyo objeto es establecer la visión y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, garantizando la continuidad de la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de la vida de la Madre Tierra, recuperando y fortaleciendo los saberes locales y ancestrales, en el marco de la complementariedad de derechos, obligaciones, y deberes, así como los objetivos del desarrollo integral como medio para lograr el Vivir Bien, las bases para la planificación, gestión pública e inversiones y el marco institucional estratégico para su implementación. Esta Ley será de aplicación en todos los sectores a nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas en el marco de la CPE, Ley Marco de Autonomías y Ley Nº 71 Derechos de la Madre Tierra. Son fines de la mencionada Ley: 1. Determinar lineamientos y principios de orientación para los componentes, zonas y sistemas de la vida de la Madre Tierra. 2. Establecer los objetivos de desarrollo integral. 3. Orientar leyes específicas, políticas, normas y otros para el Vivir Bien. 4. Definir el marco institucional par a impulsar el desarrollo integral y equilibrio con la madre Tierra. Conforme dispone la Ley en análisis, el Estado Boliviano impulsará los siguientes objetivos del Vivir Bien: OBJETIVO Desarrollo de procesos y acciones priorizando la producción, transformación y comercialización de productos ecológicos y orgánicos. Fomento a la diversificación de la producción, la diversidad de productos en los mercados - Acciones evitando mercantilización de recursos genéticos, privatización del agua, biopiratería, traslado ilegal de material genético, participación de monopolios y/o oligopolios en producción de semillas y alimentos - Priorización de abastecimiento interno con producción nacional, fomentar comercio justo - Sanciones a la especulación financiera basada en la producción y comercialización de alimentos. DETALLE Saber alimentarse para Vivir Bien

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LEY MARCO DE LA MADRE TIERRA YDESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR BIEN

Boletín Informativo - Unidad de Análisis Legislativo • Año 2 • No. 4 • Octubre 2012 • www.cepb.org.bo

En fecha 15 de octubre de 2012, se promulgóla Ley Nº 300, Ley Marco de la Madre Tierra yDesarrollo Integral para vivir Bien, cuyo objetoes establecer la visión y los fundamentos deldesarrollo integral en armonía y equilibrio conla Madre Tierra, garantizando la continuidad dela capacidad de regeneración de loscomponentes y sistemas de la vida de la MadreTierra, recuperando y fortaleciendo los sabereslocales y ancestrales, en el marco de lacomplementariedad de derechos, obligaciones,y deberes, así como los objetivos del desarrollointegral como medio para lograr el Vivir Bien,las bases para la planificación, gestión públicae inversiones y el marco institucional estratégicopara su implementación. Esta Ley será deaplicación en todos los sectores a nivel centraldel Estado y entidades territoriales autónomasen el marco de la CPE, Ley Marco de

Autonomías y Ley Nº 71 Derechos de la MadreTierra.

Son fines de la mencionada Ley:

1. Determinar lineamientos y principios de orientación para los componentes, zonas y sistemas de la vida de la Madre Tierra.

2. Establecer los objetivos de desarrollo integral.

3. Orientar leyes específicas, políticas, normas y otros para el Vivir Bien.

4. Definir el marco institucional par a impulsar el desarrollo integral y equilibrio con la madre Tierra.

Conforme dispone la Ley en análisis, el EstadoBoliviano impulsará los siguientes objetivos delVivir Bien:

OBJETIVO

Desarrollo de procesos y acciones priorizando la producción,transformación y comercialización de productos ecológicos y orgánicos.Fomento a la diversificación de la producción, la diversidad de productosen los mercados - Acciones evitando mercantilización de recursosgenéticos, privatización del agua, biopiratería, traslado ilegal de materialgenético, participación de monopolios y/o oligopolios en producción desemillas y alimentos - Priorización de abastecimiento interno conproducción nacional, fomentar comercio justo - Sanciones a laespeculación financiera basada en la producción y comercialización dealimentos.

DETALLE

Saber alimentarse paraVivir Bien

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Promover hábitos deconsumo sustentables.

Promoción de conductas individuales y colectivas relacionadas al usoracional de energía, conservación del agua, reducción del consumismo.

Establecer procesos dep r o d u c c i ó n n ocontaminantes y querespetan la capacidad deregeneración de la MadreTierra, en función delInterés colectivo.

Transformar progresivamente la matriz energética de Bolivia haciafuentes renovables - Acciones para mitigar y remediar los dañoscausados por los procesos de actividad extractiva e industrial medianteutilización de mejores tecnologías - Toma de decisiones y accionesque eviten daños irreversibles a los componentes de la Madre Tierra- Acciones para sustituir y limitar la utilización de tecnologías degradantesy compuestos químicos tóxicos - Acciones para evitar la monoproducción.

C o n s e r v a r l o scomponentes, zonas ysistemas de vida de laMadre Tierra, en funcióndel interés colectivo

Planificación y regulación de la ocupación territorial y uso decomponentes de la Madre Tierra - Acciones para garantizar elaprovechamiento sustentable de la tierra y territorios bajo cualquierforma de propiedad -

Orientar la inversión ydistribución de la riquezacon just ic ia social .

Establecer equilibrio en la distribución de riqueza en base a lasnecesidades de las regiones - Prioridad en la inversión de riqueza demanera inversamente proporcional a la concentración de serviciosfinancieros y no financieros - El Estado como actor económico productivoestratégico, regulador, dinamizador de la relación económica yredistribución del excedente entre las distintas formas de organizaciónde la economía plural.

Faci l i tar e l accesoe q u i t a t i v o a l o scomponentes de laMadre Tierra.

Eliminación de la concentración de la propiedad de la tierra o latifundioy otros componentes de la Madre Tierra en manos de propietariosagrarios y empresas - Regulación y control de extranjerización de lapropiedad acceso y aprovechamiento de componentes de la madreTierra

Democratizar el acceso alos medios y factores deproducción

Democratización y diversificación del sistema financiero priorizandoel desarrollo del sector productivo y las demandas de productoresexcluidos - Promoción y financiamiento del desarrollo productivo contasas de interés, garantías, plazos y otras condiciones de financiamientoconvenientes al ciclo de producción de los sectores productivos.

Promover fuentes deempleo digno en elmarco del desarrollointegral.

Desarrollar procesos de certificación de competencias laborales.

Faci l i tar el accesouniversal del puebloboliviano a la educacióny salud.

Prevenir y disminuir lascondiciones de riesgo yvulnerabilidad del puebloboliviano.

Acciones de gestión de riesgo para el sector agropecuario - Articulaciónde entidades públicas, privadas, académicas, sociales para el desarrollode procesos de investigación

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Al referirse a los derechos, obligaciones ydeberes, la Ley de manera expresa señala queel Vivir Bien a través del desarrollo integral enarmonía y equilibrio con la Madre Tierra, debeser realizado de manera complementaria,

compatible e interdependiente de los derechosmencionados a continuación, lo que deriva enobligaciones para el Estado Plurinacional y endeberes para la sociedad y las personas.

DERECHOS OBLIGACIONES DELESTADO

DEBERES DE LA SOCIEDADY LAS PERSONAS

Derechos de la Madre Tierra,como interacción armónica yequilibrio entre seres humanosy naturaleza, reconociendo quelas relaciones económicas,soc ia les , eco lóg icas yespirituales de las personas ysociedad con la Madre Tierraestán limitadas por la capacidadde regeneración que tienen loscomponentes de vida de laMadre Tierra.

Crear las condiciones paragarantizar el sostenimientodel propio Estado en todossus ámbitos territoriales parael Vivir Bien.

Asumir conductas individualesy colectivas para cumplir con losprincipios y objetivos de lapresente Ley y los Derechos dela Madre Tierra.

Derechos co lec t i vos eindividuales de las naciones ypueblos indígena originariocampesinos, comunidadesinterculturales y afrobolivianasen el marco de la CPE,Declaración de los PueblosIndígenas y Convenio Nº 169de la OIT.

Incorporar del desarrollointegral e armonía y equilibriocon la Madre Tierra para VivirBien, políticas, normas,estrategias, planes, etc.

Participar en la priorización delas necesidades para la creaciónnecesarias para el Vivir Bien.

Derechos civiles, políticos,socia les, económicos yculturales de la sociedad através de su desarrollo integral,satisfaciendo sus necesidadesdentro de las dimensionessociales, culturales, políticas,económicas, productivas,ecológicas y espirituales.

Formular, implementar,monitorear y evaluar laspolíticas, normas, estrategiasy otros del Vivir Bien.

Promover la forma sostenida ypermanente procesos dedesmercantilización de lasrelaciones entre humanos ynaturaleza.

Derecho a la población rural yurbana a vivir en una sociedadjusta, equitativa y solidaria sinpobreza material, social yespiritual, en el marco del goceplano de sus derechosfundamentales.

C r e a r c o n d i c i o n e snecesarias para ejercer losderechos, obligaciones ydeberes del Vivir Bien.

Toda persona natural o jurídica,pública o privada, al momentode obtener la autorización, elpermiso o el derecho deaprovechamiento de loscomponentes de la MadreTierra, cuando se trate deactividades de alto riesgo parala Madre Tierra y las zonas dev i d a , d e b e r á a s u m i rcompromisos a través deinstrumentos económicos deregulación ambiental conformea normas específicas.

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Se encarga a las autoridades públicasadministrativas y jurisdiccionales, en función asus competencias, la protección y garantía delos derechos de la Madre Tierra para Vivir Bien,sus sistemas de vida y sus componentes.Dentro de este marco, son sujetos legitimadospara activar instancias administrativas y/o

jurisdiccionales las Autoridades Públicas,Ministerio Público, Defensoría de la Madre Tierra,Tribunal Agroambiental, personas individualeso colectivas (directamente afectadas), cualquierpersona individual o colectiva que conozca lavulneración de los derechos del a Madre Tierra.

Promover la industrializaciónde los componentes de laMadre Tierra.

Avanzar en la eliminaciónG R A D U A L d e l acontaminación de la MadreTierra.

El responsable directo del dañoocasionado a los componenteso zonas de vida de la MadreTierra está obligado a restaurarel mismo, de manera que seaproximen a las condicionespreexistentes al daño, seadirectamente o por medio delEstado, cuando corresponda. ElEstado Plurinacional de Boliviaa su vez exigirá la devolución delo erogado al responsable directoconforme a Ley específica.

Garantizar la continuidad dela capacidad de regeneraciónde los componentes de laMadre Tierra

El procedimiento a emplear es:

Sujetos legitimados interponen denunciaVía administrativa

Vía jurisdiccional(Autoridades Públicas, Ministerio Público, Defensoríade la Madre tierra y Tribunal Agroambiental o personasdirectamente afectadas)

1. Iniciada una denuncia o acción por alguno de los sujetos legitimados, no se puede interponer otras denuncias o acciones por el mismo hecho.

2. La vulneración a los derechos de la MadreTierra, en el marco del desarrollo integral para Vivir Bien, emergen responsabilidadesadministrat ivas y jur isdiccionales.

3. Las responsabilidades son independientesentre sí, no pudiendo alegarse doble sanciónpor el mismo hecho.

4. Si no se puede determinar la medida del daño de cada responsable en la vulneraciónde los derechos de la Madre Tierra, se

aplicará la responsabilidad solidaria así comoel derecho de repetición. En delitos relacionados con la Madre Tierra, no habrálugar al beneficio de la suspensión condicional de la pena. El reincidente será sancionado con la agravación de un tercio de la pena más grave.

5. Los delitos contra a Madre Tierra son imprescriptibles.

El título III de la Ley establece las bases yOrientaciones del Vivir Bien en conservación dela diversidad biológica y cultural, son:

Agricultura, pesca y ganadería:

• Desarrollar acciones de protección al

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patrimonio genético de la agro biodiversidadprohibiendo tanto la introducción como el uso,liberación al medio y comercialización de semillas genéticamente modificadas en el propio Estado;

• Desarrollar acciones que promuevan la eliminación gradual de cultivos de organismosgenéticamente modificados que ya estén autorizados en el país.

• Prohibir la comercialización de agro combustibles y de productos agrícolas para la producción de los mismos.

• Delimitar, identificar la superficie agrícola totalen base a la vocación de uso de suelo para promover mayor productividad de las actividades agropecuarias, evitando la ampliación de la frontera agrícola en el marcodela soberanía con seguridad alimentaria.

Bosques:

• Identificar y clasificar el aprovechamiento planificado de productos maderables y no maderables.

Minería e Hidrocarburos:

• La exploración, explotación, refinación, transformación, industrialización, transporte y comercialización se las realizará progresivamente con las tecnologías más adecuadas y limpias.

• Los procesos mineros e hidrocarburíferos sonsujetos a procesos de monitoreo técnico integral e interinstitucional y sujeto a auditoriasde sistemas de vida, en territorios de pueblosindígena originario campesinos se regulara la auditoría en el marco de sus normas.

• Las empresas públicas o privadas que causendaños irreversibles serán sujetos de responsabilidades de acuerdo a Ley específica.

Agua:

• Las actividades industriales y extractivas queaprovechen el agua deben implementar procesos de tratamiento que minimicen los efectos de la contaminación.

• El agua en todos sus estado no podrá ser objeto de apropiación privada ni mercantilizada, su acceso está sujeto a un régimen de licencia (mediante Ley del AguaEspecífica)

• Se deben establecer prioridades para el usodel agua potable para el consumo humano.

• Regular, monitorear y fiscalizar parámetros de calidad de agua.

• El aprovechamiento del agua para uso industrial será sujeto de regulación específica(determinada por autoridad competente)

Tierra y Territorio:

• Establecer instrumentos institucionales, técnicos y jurídicos para la verificación del uso de tierra y territorio.

Aire y calidad ambiental:

• Regular, monitorear y fiscalizar los niveles decontaminación electromagnética y la contaminación que resultase de las actividadesextractivas de la industria.

Energía:

• Establecer políticas y medidas para realizar un cambio gradual de la matriz energética proveniente de los recursos naturales no renovables a través de la sustitución paulatinade combustibles líquidos por gas natural e incremento de energías renovables en sustitución de las provenientes de recursos no renovables.

• Garantizar la incorporación al Sistema Interconectado Nacional de un porcentaje deenergía proveniente de fuentes de energíasalternativas renovables.

• Desarrollar las políticas de importación, producción y comercialización de las tecnologías, equipos y productos de consumoenergético.

Gestión de Residuos:

• Promover la transformación de los patronesde producción en el país bajo un enfoque degestión cíclico.

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Cambio Climático

• Impulsar que los recursos financieros de losfondos orientados al cambio climático, esténdestinados al manejo integral y sustentable de todos los componentes de la Madre Tierra,promoviendo la capacidad de sostenimientoy adaptación de los sistemas de vida.

Por su parte, el Título V hace referencia a lasPolít icas Públicas, Instrumentos y laInstitucionalidad para Vivir Bien, determinandode manera específica que la inversión públicase orienta al cumplimiento de los objetivos,metas e indicadores del Vivir Bien, a través deldesarrollo integral en armonía y equilibrio conla Madre Tierra, en el marco de los instrumentosde planificación integral y participativa, y degestión pública intercultural del nivel central delEstado y de las entidades territorialesautónomas.

Para esto, la planificación de toda actividadeconómica productiva y de infraestructura, yasea pública o privada, deberá implementar unanálisis costo beneficio integral, costo beneficioambiental, previa ejecución de su planificación.

Efectuado el resumen de la Ley Nº 300, LeyMarco de la Madre Tierra y Desarrollo Integralpara vivir Bien, se concluye en lo siguiente:

1. La tierra, a quien a partir de esta Ley se ladenomina Madre Tierra y se la considera sagrada, recibe el carácter jurídico de SUJETO COLECTIVO DE INTERES PUBLICO, para la protección y tutela de susderechos.

2. Dentro de este nuevo carácter jurídico, tienemúltiples DERECHOS que están obligadosa respetar y cumplir tanto el Estado Plurinacional, como todas las personas individual o colectivamente consideradas.

3. El Estado y cualquier persona individual o colectiva, está obligada a PREVENIR o EVITAR daños a los componentes de la Madre Tierra y obligado a restaurar los dañosa los componentes y sistemas de vida de laMadre Tierra.

4. La persona que vulnere los derechos de laMADRE TIERRA, tendrá responsabilidad solidaria cuando no se pueda determinar lamedida del daño de cada responsable, al margen de las sanciones penales establecidas en la Ley de Medio Ambiente.

5. Se elimina la concentración de la propiedadde la tierra o latifundio y otros componentesde la Madre Tierra en manos de propietariosagrarios y empresas y se regula la presenciaextranjera en la propiedad, acceso y aprovechamiento de los componentes de laMadre Tierra.

6. Se promueve el financiamiento del desarrolloproductivo nacional con características de solidaridad y fomento, con tasas de interés,garantías, plazos y otras condiciones de financiamientos convenientes y acordes al ciclo de producción de los sectores productivos, y se sanciona la especulaciónfinanciera basada en la producción y comercialización de alimentos.

7. Se prohíbe la introducción, uso y comercialización de semillas transgénicas yse dispone la eliminación gradual de cultivosde organismos genéticamente modificadosautorizados en el País.

8. Se crea el Consejo Plurinacional Para VivirBien en armonía y equilibrio con la MADRETIERRA, el mismo que está presidido por elPresidente el Estado Plurinacional y conformado por representantes de la Asamblea Legislativa, el Órgano Ejecutivo,a Defensoría de la MADRE TIERRA, los Gobiernos Autónomos, los representantes de los Consejos Plurinacionales Sectorialesy los representantes de las organizacionessociales, siendo esta la instancia de seguimiento, consulta y participación en la elaboración de políticas, planes, programasy proyectos para el cumplimiento de esta ley.

9. Se crea una Autoridad Plurinacional de la MADRE TIERRA, bajo tuición del Ministeriodel Medio Ambiente y Agua.

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NORMAS APROBADAS - OCTUBRE/2012

NÚMERO FECHA RESUMEN

LEYES

DECRETOS SUPREMOS

NÚMERO

1367

1369

1383

FECHA

3/10/2012

3/10/2012

17/10/2012

RESUMEN

Reglamenta la Ley Nº 232 de 9 de abril de 2012, del fondo para laRevolución Industrial Productiva - FINPRO

Declara de uso exclusivo a favor de la COMIBOL, veintiséis áreasmineras; levanta parcialmente la Reserva Fiscal Minera; da continuidadde trámites de contrato en áreas de la COMIBOL.

Tiene por objeto ampliar los cupos de exportación para los excedentesde producción de maíz amarillo duro y sorgo.

RESOLUCIONES NORMATIVAS DE DIRECTORIO DEL SERVICIO DE IMPUESTOSNACIONALES

NÚMERO

RND Nº 10-0027-12

RND Nº 10-0028-12

RND Nº 10-0029-12

RND Nº 10-0030-12

FECHA

04/10/2012

12/10/2012

18/10/2012

30/10/2012

RESUMEN

Tratamiento para empresas petroleras con contratos vigentescon YPFB

Procedimiento Tributario para Asociaciones Accidentales

Reglamento para la liquidación y pago del Impuesto a lasSalidas Aéreas al Exterior, ISAE

Modificación de la Vigencia de la RND Nº 10-0029-12 - Apartir del 15/11/2012

300 15/10/2012 Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien

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CIRCULARES DE LA ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA

NÚMERO

234/2012

241/2012

243/2012

245/2012

246/2012

247/2012

FECHA

1/10/2012

10/10/2012

15/10/2012

16/10/2012

16/10/2012

16/10/2012

RESUMEN

Resolución de Directorio Nº RD 01-009-12 de 26/09/2012, quemodifica la unidad operativa desconcentrada denominada actualmenteAdministración de Aduana Zona Franca Industrial Patacamaya a:"Administración de Aduana Zona Franca Industrial - ComercialPatacamaya".Resolución Administrativa Nº RA-PE 02-032-12 de 09-10-2012, queaprueba el nuevo apartado relativo al departamento de gestión legalde la gerencia nacional jurídica y unidades legales de las gerenciasregionales del Manual de Organización y Funciones de la AduanaNacional.Resolución de Directorio Nº RD 01-010-12 de 09/10/2012, que apruebala nueva versión del Formulario 107 a ser utilizado en depósitosaduaneros y el formato para zonas francas SIZOF.Resolución Administrativa Nº RA-PE 01-012-12 de 09/10/2012, quemodifica el numeral 5 del Instructivo para el Despacho Aduanero devehículos automotores - Programa de Saneamiento Legal Ley Nº133 de 08/06/2011, aprobado por la RA-PE 01-005-11 de 24/06/2011,modificado por la RA-PE 01-020-11 de 28/10/2011.Resolución Bi-Ministerial Nº 009.2012 de 15/06/2012 de los Ministeriosde Desarrollo Productivo y Economía Plural y de Economía y FinanzasPúblicas, que aprueba el "Reglamento de requerimientos mínimospara las instalaciones y seguridad de las Zonas Francas Comerciales e Industriales".Resolución Ministerial: MDPYEP/DESPACHO/ Nº 149.2012 de12/09/2012 del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural,que delega, la emisión y firma de los formularios de control deltransporte y comercialización de los productos prohibidos para suexportación, así como de los productos regulados, al Viceministeriode Comercio Interno y Exportaciones.

RESOLUCIONES DE DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA

RESUMEN

Modificación Reglamento de Disposición de Bienes Recibidos por elApoyo Financiero a Procedimientos de Venta Forzosa, Solución oLiquidación de Entidades de Intermediación Financiera, así comoaquellos Activos que se Adjudique Judicialmente o Reciba en Daciónen Pago de Obligaciones Emergentes de Cartera de Créditos Cedida.Aprueba el Reglamento Específico para la Concesión del CréditoDispuesto en la Ley No. 232. (Ley FINPRO, Crédito por$us.600.000.000.-).

NÚMERO

183/2012

185/2012

FECHA

16/10/2012

17/10//2012