ley de seguridad social

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LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Ley 55 Registro Oficial Suplemento 465 de 30-nov-2001 Ultima modificación: 10-feb- 2014 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Derógase todas las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias en la parte en que se opongan a la presente ley, especialmente las que hagan referencia a la Comisión Técnica de Inversiones y a las empresas adjudicatarias administradoras de los fondos previsionales. Dado por Ley No. 1, publicada en Registro Oficial Suplemento 587 de 11 de Mayo del 2009 . El Código Orgánico Integral Penal entrará en vigencia en ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, dado por Ley No. 00, publicada en Registro Oficial Suplemento 180 de 10 de Febrero del 2014 , el mismo que modificará el artículo 54 y derogará el artículo 78 de la presente Ley. CONGRESO NACIONAL LEY DE SEGURIDAD SOCIAL LIBRO PRIMERO DEL SEGURO GENERAL OBLIGATORIO TITULO I DEL REGIMEN GENERAL CAPITULO UNO NORMAS GENERALES Art. 1.- PRINCIPIOS RECTORES.- El Seguro General Obligatorio forma parte del sistema nacional de seguridad social y, como tal, su organización y funcionamiento se fundamentan en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia. Para efectos de la aplicación de esta Ley: Solidaridad es la ayuda entre todas las personas aseguradas, sin distinción de nacionalidad, etnia, lugar de residencia, edad, sexo, estado de salud, educación, ocupación o ingresos, con el fin de financiar conjuntamente las LEY DE SEGURIDAD SOCIAL - Página 1eSilec Profesional - www.lexis.com.ec

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LEY DE SEGURIDAD SOCIALLey 55Registro Oficial Suplemento 465 de 30-nov-2001ltima modificaci!n" 10-fe#-2014 $stado" %igente&O'( )$&$R(L"*er!gasetodaslasdisposicioneslegales+ reglamentariasyestatutariasenlaparteen,ueseoponganalapresenteley+ especialmentelas,ue-aganreferenciaala.omisi!n'/cnicade0nversiones y a las empresas ad1udicatarias administradoras de los fondos previsionales2*ado por Ley &o2 1+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 534 de 11 de 5ayo del 2006 2$l .!digo Org7nico 0ntegral 8enal entrar7 en vigencia en ciento oc-enta d9as contados a partir de supu#licaci!n en el Registro Oficial+ dado por Ley &o2 00+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 130de 10 de :e#rero del 2014 + el mismo ,ue modificar7 el art9culo 54 y derogar7 el art9culo 43 de lapresente Ley2.O&)R$SO &(.0O&(LL$; *$ S$)R0*(* SO.0(LL0clusi!n"a2 $l tra#a1ador en relaci!n de dependencia estar7 protegido contra todas las contingenciasenunciadasen el art9culo 3 de esta LeyC#2 $l tra#a1ador aut!nomo+ el profesional en li#re e1ercicio+ el administrador o patrono de un negocio+eldueDodeunaempresaunipersonal+ el menor independiente+ ,uevoluntariamenteseafiliarenal0$SS+ estar7nprotegidos contra todas lascontingenciasenunciadas enelart9culo 3 deestaLey+e>cepto la de cesant9aCc2 'odos los afiliados al Seguro Social .ampesino reci#ir7n prestaciones de salud+ incluidamaternidad2$l 1efe de familia estar7 protegido contra las contingencias de ve1e=+ muerte+ e invalide= ,ue incluyediscapacidadCL$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina 5eSilec8rofesional - @@@2le>is2com2ecd2 $l 1u#ilado reci#ir7 prestaciones de salud en las unidades m/dicas del 0$SS+ en lasmismascondiciones ,ue los afiliados activos+ con cargo a la contri#uci!n financiera o#ligatoria del$stado2Sin per1uicio ,ue el $stado entregue la contri#uci!n financiera+ el 1u#ilado reci#ir7 la prestaci!nCe2 $l #eneficiario de montep9o por orfandad estar7 protegido contra el riesgo de enfermedad -astalosdiecioc-o G13H aDos de edad+ con cargo a los derec-os del causanteCf2 $l #eneficiario de montep9o por viude= ser7 amparado en un seguro colectivo contra contingenciasdeenfermedad y maternidad+ con cargo a su pensi!n+ en las condiciones ,ue determinar7 elReglamento )eneral de esta LeyC y+g2 La 1efa de -ogar estar7 protegida contra las contingencias de enfermedad y maternidad con cargoala contri#uci!n o#ligatoria del $stado2&ota"(rt9culosustituidopor Ley&o2 0+ pu#licadaenRegistroOficial Suplemento323de13de&oviem#re del 2010 2Art. 112- 5('$R0()R(%(*(2- 8araefectosdel c7lculodelasaportacionesycontri#ucionesalSeguro )eneral O#ligatorio+ se entender7 ,ue la materia gravada es todo ingreso regular+suscepti#le deapreciaci!n pecuniaria+ perci#ido por elafiliado con motivo dela reali=aci!n de suactividad personal+ en cada una de las categor9as ocupacionales definidas en el art9culo 6 de estaLey2$n elcaso delafiliado en relaci!nde dependencia+se entender7 por sueldoo salario m9nimo deaportaci!nelintegrado por elsueldo #7sico mensualm7s los valores perci#idos por concepto decompensaci!n por el incremento del costo de vida+ decimo,uinto sueldo prorrateado mensualmente ydecimose>to sueldo2 0ntegrar7n tam#i/n elsueldo o salario totalde aportaci!n los valores ,ue seperci#an por tra#a1os e>traordinarios+ suplementarios o a desta1o+ comisiones+ so#resueldos+gratificaciones+ -onorarios+ participaci!nen#eneficios+ derec-osdeusufructo+ uso+ -a#itaci!n+ ocuales,uiera otras remuneraciones accesorias ,ue tengan car7cter normal en la industria o servicio2La .ompensaci!n $con!mica para alcan=ar el salario digno no ser7 materia gravada28araefectodel aporte+ enning?ncasoel sueldo#7sicomensual ser7inferior al sueldo#7sicounificado+ al sueldo #7sico sectorial+ al esta#lecido en las leyes de defensa profesional o al sueldo#7sico determinado en la escala de remuneraciones de los servidores p?#licos+ seg?n corresponda+siempre ,ue el afiliado e1er=a esa actividad2&ota" 0nciso segundo reformado por Ley &o2 00+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 351 de 26de *iciem#re del 2010 2Concordancias:CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 117, 131, 133Art. 122- *$'$R50&(.0O&*$L(5('$R0()R(%(*(2- 8araladeterminaci!ndelamateriagravada+ el 0$SS se regir7 por los siguientes principios"a2 8rincipio de .ongruencia2- 'odos los componentes del ingreso perci#ido por el afiliado ,ueformenparte del c7lculo y entrega de las prestaciones delSeguro )eneralO#ligatorio constituyenmateria gravada para efectos del c7lculo y recaudaci!n de las aportaciones y contri#uciones2#2 8rincipiodel Fec-o)enerador2- Lareali=aci!ndecual,uier actividadremuneradapor partedelossu1etos o#ligados a solicitar la protecci!n del Seguro )eneral O#ligatorio+ seg?n el art9culo 2 deesta Ley+ es el-ec-o generador de las aportaciones y contri#uciones a cada uno de los segurossociales administrados por el 0$SS2c2 8rincipio de la *eterminaci!n O#1etiva2- $l 0$SS como ente regulador de las aportacionesycontri#uciones al Seguro )eneral O#ligatorio de#er7 determinar o#1etivamente la materia gravadaL$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina 6eSilec8rofesional - @@@2le>is2com2ecde los afiliados en relaci!n de dependencia+ y s!lo se -ar7 e>cepci!n de a,uellos componentes delingreso la#oral+ en dinero o en especie+ ,ue e>cedan los l9mites m7>imos de imposici!n esta#lecidosen esta Ley2Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 3#1CODIGO TRIBUTARIO, Arts. 16, 6&, &7Art. 132-pedici!nde reglamentos y resoluciones ,ue ser7n de aplicaci!n o#ligatoria en todos los !rganos ydependencias del 0nstituto2*ivisi!ndeSeguros2- $l 0$SSdividir7laadministraci!ndelosseguroso#ligatoriosenunidades#7sicas de negocios+ seg?n la naturale=a de los riesgos y el proceso de entrega de las prestaciones2*esconcentraci!n )eogr7fica2- $l 0$SS organi=ar7 sus actividades de afiliaci!n y recaudaci!n de losaportes y contri#uciones o#ligatorios por circunscripciones territoriales+ ,ue estar7n #a1o laresponsa#ilidaddelasdireccionesprovincialessu#ordinadasalaautoridade1ecutivadel *irector)eneral2*escentrali=aci!n Operativa2- $l 0$SSintegrar7 a las unidades m/dicas de su propiedad enentidades =onales de prestaci!n de salud a sus afiliados y 1u#ilados+ a cuyo efecto las constituir7como empresas con personer9a 1ur9dica propia2$l 0$SSpodr7contratarconempresasp?#licas+ mi>tasoprivadas+ laprestaci!ndelosserviciosau>iliares respecto del cumplimiento de sus o#1etivos primordiales+ as9 como las tareas derecaudaci!n de ingresos y pago de prestaciones+ con su1eci!n a las disposiciones de las leyes ,ueregulan estas materias2.ontrol 0nterno *escentrali=ado y Aer7r,uico2- $l control administrativo+ financiero y presupuestariode los recursos administrados por el 0$SS se -ar7 de manera previa y concurrente por cada uno delos ordenadores de ingresos y egresos+ y el control posterior a la reali=aci!n de dic-as transaccionesse e1ecutar7 a trav/s de la unidad de (uditor9a 0nterna2Rendici!n de .uentas2- Los directivos+ funcionarios+ servidores y tra#a1adores del 0$SS est7n su1etosa las reglas de responsa#ilidad propias del servicio p?#lico+ en lo relativo al mane1o y laadministraci!n de los fondos+ #ienes y recursos confiados a su gesti!n+ cual,uiera sea la naturale=a1ur9dica de su relaci!n de servicio2)arant9a de pedici!n de las normas t/cnicas y resoluciones de cumplimiento o#ligatorio por lasdem7sautoridades del 0$SSCd2 La ela#oraci!n del Reglamento )eneral de la presente Ley y sus reformas+ ,ue ser7ne>pedidospor el 8residente de la Rep?#licaCe2 La apro#aci!n de la divisi!n administrativa del 0nstituto por circunscripciones territorialesCf2 La e>pedici!n de los reglamentos internos del 0$SSCg2 La designaci!n del *irector )eneral+ Su#director )eneral+ de los miem#ros de la.omisi!n&acional de (pelaciones+ del *irector (ctuarial+ del(uditor0nterno+ del *irectordela(dministradora del Seguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar+ del *irector de la(dministradoradel Sistemade8ensiones+ del *irector del SeguroSocial .ampesino+ ydel*irector del Seguro)eneral deRiesgosdel 'ra#a1o2 Lasdesignacionesdeper9odofi1o,uecorresponden a la atri#uci!n del .onse1o *irectivo no se considerar7n terminadas con lafinali=aci!n del per9odo del 8residente de laRep?#licaC-2 La reglamentaci!n de los procesos de ad,uisici!n+ conservaci!n y ena1enaci!n de los#ienesra9ces y dem7s activos del 0$SS+ con su1eci!n a los principios de la contrataci!n p?#lica+ yladecisi!ndeconstituir encargos fiduciarios ofideicomisos paraadministrar ogestionar latitularidad de sus #ienes patrimonialesCi2La apro#aci!n del presupuesto general de operaciones del 0$SS+ preparado por el *irector )eneralysometido a informe previo del 5inistro de $conom9a y :inan=as+ -asta el 31 de diciem#re de cadaaDoC12Laapro#aci!ndel fondopresupuestarioanual decadaseguro+ ysucorrespondienteevaluaci!nderesultados+ cuya proforma ser7 preparada por el *irector de cada administradoraCL$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina11eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecE2&ota" Literal derogado por Ley &o2 1+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 534 de 11 de 5ayodel 2006 2l2 $l conocimiento y apro#aci!n de los estados financieros del 0$SS y de la li,uidaci!n delpresupuestoconsolidadodel Seguro)eneral O#ligatoriopreviamentee>aminados por auditores e>ternosindependientes+ ,ue ser7n presentados semestralmente por el*irector )eneral+ -asta el30 deseptiem#re y el 30 de mar=oCm2 La autori=aci!n de los actos+ contratos+ transferencias de dominio y de toda operaci!n econ!micayfinanciera ,ue e>ceda la cuant9a m7>ima autori=ada al *irector )eneral en las *isposiciones)enerales del 8resupuesto del 0$SSCn2 $l conocimiento y apro#aci!n del informe de situaci!n general del 0$SS+ ,ue ser7presentadoanualmente por el *irector )eneral+ -asta el 31 de 1ulioCo2 $l conocimiento y apro#aci!n de los informes anuales de la#ores de los *irectores delasadministradoras del Seguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar+ del Sistema de 8ensiones+delSeguro )eneral de Riesgos del 'ra#a1o+ y del Seguro Social .ampesino+ -asta el 31 de 1ulioCp2 $l conocimiento de los #alances actuariales preparados por el *irector (ctuarial yapro#adospreviamente por actuarios e>ternos independientes+ con la periodicidad ,ue determineel Reglamento )eneral+ y la e>pedici!n oportuna de las regulaciones t/cnicas m7s convenientespara el sano e,uili#rio de los seguros sociales administrados por el 0$SSC,2 La aplicaci!n de las recomendaciones y la imposici!n de las sanciones administrativas,uedevinieren de los informes de los auditoresCr2La autori=aci!n previa a la suscripci!n de acuerdos y convenios internacionalesC y+s2 Las dem7s ,ue seDalen la .onstituci!n 8ol9tica de la Rep?#lica y la Ley2&ota" (rt9culo reformado por Ley &o2 1+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 534 de 11 de 5ayodel 2006 2Jurisprudencia:G'()t' J*+,(,'-, DISCRI$INACION DE !UNCIONES LABORALESNO EN EL IESS, %3.1*2.%##38(R()R(:O 2*$ L( 0&'$)R(.0O& *$L .O&S$AO *0R$.'0%OArt. 282- 0&'$)R(.0O&2- $l .onse1o *irectivo estar7 integrado en forma tripartita y paritaria con unrepresentante de los asegurados+ uno de los empleadores y uno de la :unci!n $1ecutiva+ ,uien lopresidir72 .ada uno de los miem#ros del .onse1o *irectivo tendr7 un alterno ,ue su#rogar7 al titularen caso de ausencia temporal o definitiva2$l representante de los asegurados y su alterno ser7n designados con1untamente por las .entralesSindicaleslegalmentereconocidas+ la.onfederaci!n&acional deServidores8?#licos+ lani!n&acional de $ducadores+ la .onfederaci!n &acional de Au#ilados+ y las organi=aciones legalmenteconstituidas de los afiliados al Seguro Social .ampesino2$l representante de los empleadores y su alterno ser7n designados con1untamente por las:ederaciones &acionales de .7maras" de 0ndustrias+ de .omercio+ de (gricultura y )anader9a+ de la.onstrucci!n+ y de la 8e,ueDa 0ndustria2$l representantedela:unci!n$1ecutivaysualternoser7ndesignadospor el 8residentedelaRep?#licaparaunper9odo,ueterminar7con1untamenteconel per9ododel 8residentedelaRep?#lica2 Sinem#argo+ continuar7enfunciones -astacuandoel 8residentedelaRep?#licaentrante realice la nueva designaci!nL$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina12eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec$l representante de los asegurados y el representante de los empleadores+ as9 como sus alternos+ser7n designados para un per9odo de cuatro G4H aDos2$l procedimiento para la designaci!n del representante de los asegurados y del representante de losempleadores+ y sus respectivos alternos+ ser7 definido en el Reglamento ,ue para el efecto e>pedir7el 8residente de la Rep?#lica2Los miem#ros del .onse1o *irectivo e1ercer7n las atri#uciones ,ue seDala esta Ley+ desempeDar7nsusfunciones a tiempo completo y no podr7n prestar otros servicios remunerados o desempeDarotros cargos+ salvo la c7tedra universitaria2 Reci#ir7n las retri#uciones fi1adas en el 8resupuesto del0nstituto+ previa apro#aci!n del 5inistro de $conom9a y :inan=as2Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 37#Art. 292- R$L0S0'OS+ 8ROF0tra1udicial+ y la titularidad para el e1ercicio de la 1urisdicci!n coactiva del 0$SS+ en todo el territorionacional+ directamente o por delegaci!n al *irector 8rovincial competente2Concordancias:CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 57#CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 9"%Art. 312- R$S8O&S(periencia profesional+,uedesempeDar7nsusfuncionesatiempocompletoencalidaddefuncionariosdel 0$SSynopodr7n e1ercer otra funci!n p?#lica o privada+ e>cepto la docencia universitaria2 Su designaci!n se-ar7 por resoluci!n un7nime del .onse1o *irectivo2 $l Reglamento 0nterno del 0$SS determinar7 loscriterios de selecci!n+ los procedimientos para su nominaci!n+ y las causales de su remoci!n2 Suduraci!n en el cargo no estar7 su1eta a per9odos fi1os2Los comisionados solicitar7n al .onse1o *irectivo la acreditaci!n de un profesional m/dico+funcionario del0$SS+para ,ue act?e con vo= informativa en las reclamaciones y ,ue1asso#re laatenci!n m/dica28(R()R(:O 2*$ L( .O50S0O& 8RO%0&.0(L *$ 8R$S'(.0O&$S ;.O&'RO%$RS0(SArt. 432- AR0S*0..0O& (*50&0S'R('0%( 8RO%0&.0(L2- $n la sede de cada *irecci!n 8rovincial-a#r7 una .omisi!n 8rovincial de 8restaciones y .ontroversias ,ue resolver7 en primera instanciaso#re"a2 Las reclamaciones y ,ue1as de los asegurados o sus derec-o-a#ientes en materia dedenegaci!nde prestaciones en dineroC y+#2 Las reclamaciones y ,ue1as de los empleadores en materia de sus derec-os y o#ligaciones2La.omisi!ndictaminar7so#relosdem7sasuntos,uelefuerenconsultados+ consu1eci!nalapresente Ley2Art. 442- 0&'$)R(.0O&2- La .omisi!n 8rovincial de 8restaciones y .ontroversias se integrar7 contres doctores en 1urisprudencia o a#ogados de reconocida solvencia y die= G10H aDos de e>perienciaprofesional+ ,ue desempeDar7n sus funciones a tiempo completo y pasar7n a ser funcionarios del0$SS2 &opodr7ne1ercer otrafunci!np?#licaoprivada+ e>ceptoladocenciauniversitaria2 Sudesignaci!n se -ar7 por acto administrativo del *irector 8rovincial2 $l Reglamento 0nterno del 0$SSdeterminar7 los criterios de selecci!n+ los procedimientos para su nominaci!n+ y las causales de suremoci!n2 Su duraci!n en el cargo no estar7 su1eta a per9odos fi1os2Los comisionados solicitar7n al *irector 8rovincial la acreditaci!n de un profesional m/dico+funcionario del0$SS+para ,ue act?e con vo= informativa en las reclamaciones y ,ue1asso#re laatenci!n m/dica2.(80'LO S$0S*$ LOS OR)(&OS *$ (S$SOR0(8(R()R(:O 1*$ L( *0R$..0O& (.'(R0(LArt. 452- R$S8O&S(cedentes financieros del0nstituto+ las previsiones de ingresos y egresos del:ondo8resupuestario de cada uno de los seguros o#ligatorios+ de Salud+ Riesgos del 'ra#a1o+ 8ensiones+ ydel r/gimen especial del Seguro Social .ampesino2$l per9odo de vigencia del 8resupuesto .onsolidado del 0$SS se inicia el 1 de enero y concluye el 31de diciem#re de cada aDo2 Su li,uidaci!n definitiva de#er7 cumplirse -asta el 31 de mar=o del aDosiguiente2Art. 542- $S'05(.0O& *$ 0&)R$SOS ; $)R$SOS2- La estimaci!n de los ingresos corrientes porconceptodelasaportacioneso#ligatorias delos empleadoresylos afiliadosylacontri#uci!nfinancierao#ligatoriadel $stadose1ustificar7nconlasprevisionesanualesdecrecimientodelamasasalarial+ ela#oradaspor el mismo0nstituto2 Lasestimacionesdeotrosingresoscorrientesprovenientes de las utilidades de inversiones y el rendimiento financiero de otras o#ligaciones a favordel 0$SS+ se a1ustar7n a las previsiones generales de la coyuntura econ!mica nacional2Las transferencias fiscales correspondientes a la contri#uci!n financiera del $stado+ para lasprestaciones asistenciales+ y los dividendos de la deuda p?#lica+ de#er7n satisfacer los compromisosesta#lecidos con cada uno de los seguros seg?n esta Ley y su Reglamento )eneral2La estimaci!n de los egresos corrientes se #asar7 en perfiles de costos unitarios por procesos y enproyecciones de demanda satisfec-aC mostrar7 por separado los gastos administrativos del 0nstitutoL$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina16eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecy los montos asignados a los programas de entrega de prestaciones por seguros+ y no podr7 e>cederel monto de las estimaciones de ingresos2Luien ordene o e1ecute la transferencia de recursos entre los fondos presupuestarios asignados acada uno de los seguros+ o transfiera recursos de los fondos de las prestaciones comunes a gastosadministrativos o imprevistos del 0$SS+ ser7 sancionado con pena de prisi!n correccional de dos G2Ha tres G3H aDos+ sin per1uicio de la responsa#ilidad civil2Art. 552- (8ROigi#les2Los cr/ditos presupuestarios se comprometer7n desde el momento en ,ue la autoridad competente+mediante acto administrativo e>preso+ decida la reali=aci!n del gasto+ siempre ,ue e>istan la partidapresupuestariaespec9ficayel saldodisponi#lesuficientealafec-adepago2 Loscompromisospresupuestarios su#sistir7n -asta ,ue las o#ras se realicen+ los #ienes se entreguen+ y los servicios yprestaciones se cumplan2La autori=aci!n para la entrega de fondos se reali=ar7 de conformidad con la programaci!n de ca1a+ ylos pagos se reali=ar7n siempre ,ue la o#ligaci!n sea legalmente e>igi#le y e>ista la disponi#ilidadde fondos2Art. 572- .O&'ROL 8R$S8$S'(R0O2- $l control presupuestario se reali=ar7 de manera previa yconcurrente durante la e1ecuci!n+ y mediante auditor9as operacionales posteriores a la e1ecuci!n2 *elos resultados del control presupuestario se informar7 peri!dicamente a las autoridades del 0nstituto+con su1eci!n a los procedimientos esta#lecidos por el .onse1o *irectivo2Art. 582- R$S8O&S(is2com2ecArt. 602- R$S8O&S(tran1erali#rementeconverti#le+ con su1eci!n a las reglas contenidas en los art9culos 265+ 266 y 264 de esta Ley+ para lasinversiones de los recursos administrados por la empresa ad1udicataria administradora de los fondosprevisionales2igi#les las o#ligaciones por pr/stamos concedidos+ sin per1uicio delas acciones civiles y penales a ,ue -u#iere lugar2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina24eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec*etodaslascantidades,uellegareaadeudar el ,ue-u#iereincurridoenafiliaci!nfraudulenta+ser7n solidariamente responsa#les el falso afiliado y la persona ,ue -u#iere figurado como patrono2Art. 812- *$.L(R(.0O&*$(:0L0(.0O&0&*$cept?a del tiempo de espera para contingencia de enfermedad al 1u#ilado y al derec-o-a#ientede orfandad en goce de pensiones2La prestaci!n de salud se reali=ar7 con tecnolog9as apropiadas a la disponi#ilidad de recursos delSeguro+ sinmenosca#odelacalidadydentrodelosrangosdesuficiencia,uedeterminenlosprotocolosdediagn!sticoytratamientoapro#adospor la(dministradoradel Seguro)eneral deSalud2.(80'LO *OS*$L (S$)R(50$&'O ; L( $&'R$)( *$ 8R$S'(.0O&$S *$ S(L*Art. 1082- L0&$(50$&'O *$ 8OL0'0.(2- $l Seguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar dividir7administrativamente los procesos de aseguramiento+ compra de servicios m/dico - asistenciales+ yentrega de prestaciones de salud a los afiliados2$l aseguramiento del afiliado y sus familiares+ seg?n define esta Ley+ comprende la co#ertura de lascontingencias de enfermedad y maternidad+ la definici!n del contenido de las prestacionesesta#lecidasenel art9culo103deestaLey+ laevaluaci!nperi!dicadel estadodesaluddelapo#laci!n asegurada+ la formulaci!n de los programas de e>tensi!n de este Seguro a otros grupos-umanos+ y el cumplimiento de las dem7s o#ligaciones ,ue determinar7n los reglamentos internosdel 0$SS2Lacompradeserviciosm/dico- asistencialescomprendelaacreditaci!ndelosprestadores+ lacontrataci!n de los proveedores+ la vigilancia del cumplimiento de los contratos+ as9 como el controlde la calidad de la prestaci!n y la satisfacci!n del usuario+ en t/rminos de eficiencia+ oportunidad ye,uidad2La entrega de las prestaciones de salud a los afiliados se su1etar7 al sistema de referencia y contrareferencia y la efectuar7n las unidades m/dicas del 0$SS y los dem7s prestadores acreditados+ deconformidad con la reglamentaci!n de la (dministradora de este Seguro y a los t/rminos contenidosen el contrato respectivo2Art. 1092- .O&'R('(.0O& *$ 0&S5OS 5$*0.OS+ :(R5(.OS ; 5('$R0(L L0RR)0.O2Lasunidades m/dicas del 0$SS contratar7n directamente con los fa#ricantes y distri#uidores autori=ados+L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina35eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2eclaprovisi!ndeinsumos m/dicos+ f7rmacosymaterial ,uir?rgico+ mediantelos procedimientosespecialesprevistos en elReglamento ,ue para elefecto dictar7 el8residente de la Rep?#lica apedido del .onse1o *irectivo del 0$SS2Concordancias:CODIGO CIVIL (TITULO PRELI$INAR), Arts. "LE ORGANICA DEL SISTE$A NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA, Arts. "#, "3, "", 57Art. 1102- (S0)&(.0O& *$ :&.0O&$S2- Los procesos de aseguramiento y compra de serviciosestar7nacargodela*irecci!ndela(dministradoradel Seguro)eneral deSalud0ndividual y:amiliar2 La prestaci!n de servicios m/dicos estar7 a cargo de las unidades m/dicas del 0$SS y delos dem7s prestadores de servicios de salud+ p?#licos y privados+ de#idamente acreditados por la*irecci!n+ con su1eci!n a la reglamentaci!n2Art. 1112- (*50&0S'R(.0O& *$L S$)RO )$&$R(L *$ S(L*2- La *irecci!n del Seguro)eneral de Salud 0ndividual y :amiliar es el !rgano e1ecutivo encargado del aseguramiento colectivode los afiliados y 1u#ilados contra las contingencias amparadas en esta Ley2 .omprar7 servicios desaludalasunidadesm/dicasdel 0$SSyotrosprestadores+ p?#licosoprivados+ de#idamenteacreditados+ mediante convenios o contratos+ cuyo precio ser7 pagado con cargo al :ondo8resupuestario de Salud+ de conformidad con el Reglamento )eneral de esta Ley2$l :ondo 8resupuestario de 8restaciones de Salud se financiar7 con los recursos provenientes de laaportaci!n de los afiliados+ personal y patronal+ ,ue incluir7 el porcenta1e seDalado en esta Ley paragastos administrativos2 La contri#uci!n financiera o#ligatoria del $stado a este Seguro se su1etar7 alo dispuesto en el Reglamento )eneral de esta Ley2Art. 1122- *$L (S$)R(50$&'O*$LOS(:0L0(*OS2- La*irecci!ndela(dministradoradelSeguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar tendr7 la misi!n de asegurar a los afiliados y 1u#iladospara garanti=ar la entrega oportuna de las prestaciones de salud y maternidad+ mediante"a2 Laaplicaci!n de los programas depromoci!n+ prevenci!n+ recuperaci!n y re-a#ilitaci!ndelasalud+ apro#ados por el .onse1o *irectivo del 0$SSC#2 La compra de seguros colectivos ,ue cu#ran las contingencias de enfermedad ymaternidad+amparadas en esta Ley+ con cargo al:ondo 8resupuestario delSeguro )eneraldeSaludCc2 La evaluaci!n peri!dica y sistem7tica del estado de salud de los afiliados+ a trav/s deindicadoresde comportamiento de la mor#ilidad de la po#laci!n aseguradaCd2 La acreditaci!n y contrataci!n de los diferentes prestadores de servicios de saludCe2 $l control de la calidad de los servicios m/dico - asistencialesCf2 La elevaci!n de la satisfacci!n de la po#laci!n con los servicios reci#idosCg2 La entrega de su#sidios transitorios al afiliadoC y+-2 Las dem7s ,ue definir7 el Reglamento de este Seguro apro#ado por el .onse1o *irectivo2Art. 1132- ('OR0*(* R$S8O&S(periencia en econom9a o administraci!n de serviciosde salud2$l *irector dela(dministradorapodr7ser destituidopor lasmismascausalesseDaladasenelart9culo 34 de esta Ley para el *irector )eneral2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina36eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. 1142- 8R$S'(*OR$S *$ S$R%0.0OS *$ S(L*2- Son prestadores de los servicios de salud alosasegurados+ lasunidadesm/dicasdel 0$SS+ lasentidadesm/dico-asistenciales+ pu#licasyprivadas+ y los profesionales de la salud en li#re e1ercicio+ acreditados y contratados por la *irecci!ndel Seguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar+ de conformidad con la presente Ley2Art. 1152- &0*(*$S 5$*0.(S *$L 0$SS2- Las unidades m/dico - asistenciales de propiedad del0$SSser7nempresasprestadorasdeserviciosdesalud+ dotadasdeautonom9aadministrativayfinanciera+ integradas en sistemas regionales de atenci!n m/dica organi=ados por nivel decomple1idad+ de conformidad con la reglamentaci!n interna ,ue+ para este efecto+ dictar7 el .onse1o*irectivo2$nlasunidadesm/dico-asistencialesdesegundoytercernivel decomple1idadm/dica-a#r7un*irector+ ,ue de#er7 acreditar t9tulo profesional+ amplios conocimientos en econom9a oadministraci!n de salud+ y e>periencia administrativa en servicios de salud2$n todas las unidades m/dico - asistenciales+ cual,uiera sea su nivel de comple1idad m/dica+ -a#r7un director t/cnico+ ,ue ser7 profesionalm/dico+ con especiali=aci!n yMo e>periencia en gesti!n oauditor9a de servicios m/dico - asistenciales2$l .onse1o *irectivo del 0$SS apro#ar7 anualmente la escala de sueldos de los profesionales de lasalud,ueprestanserviciosenrelaci!ndedependenciaenlasunidadesm/dicasdel 0$SS+ enconcordancia con las leyes de escalaf!n sancionadas por el$1ecutivo y otras normas de car7ctero#ligatorio en materia de remuneraciones2$l .onse1o *irectivo del 0$SS apro#ar7 anualmente la escala de sueldos de los profesionales de lasalud,ueprestanserviciosenrelaci!ndedependenciaenlasunidadesm/dicasdel 0$SS+ enconcordancia con las leyes de escalaf!n a las ,ue se -allen su1etosC y+ adicionalmente+ regular7 lacuant9adeunest9mulomonetariovaria#lepor productividad+ ,uenotendr7el car7cter defi1ooautom7tico+ para premiar el rendimiento de los individuos+ de los e,uipos interdisciplinarios y de lasunidades de provisi!n de servicios como con1unto+ de acuerdo con est7ndares reglamentarios2Art. 1162- L0igir alasegurado ,ue pague total o parcialmente el costo de la prestaci!n de salud+ el cual ser7 facturadoe>clusivamente a la (dministradora de este seguro+ con su1eci!n a esta Ley y al 'arifario apro#adopor el 0$SS2Los profesionales de la salud en li#re e1ercicio+ interesados en prestar sus servicios #a1o la modalidaddeli#reelecci!ndel afiliado+ de#er7nsometersealasreglasdeselecci!npor merecimientosyoposici!n2 Los esta#lecimientos oentidades asistenciales desaludigualmenteinteresados+ sesometer7nal concursodeselecci!npormerecimientos2 $nam#oscasos+ luegodelarespectivaacreditaci!n+ los contratados de#er7n su1etarse al r/gimen de retri#uci!n por -onorarios+ al tarifario ya los protocolos de diagn!stico y terap/utica+ de conformidad con la reglamentaci!n e>pedida por el.onse1o *irectivo del 0$SS2Los profesionales de la salud ,ue ingresaren a prestar servicios en relaci!n de dependencia en lasunidades m/dicas del 0$SS+ se su1etar7n a las reglas de selecci!n por concurso de merecimientos yoposici!n2$l perfil de los m/dicos de planta ,ue se necesite contratar ser7 apro#ado por el 0$SS2 Las reglas deselecci!n del concurso las ela#orar7 la :ederaci!n 5/dica $cuatoriana2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina34eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec.(80'LO 'R$S*$L :0&(&.0(50$&'OArt. 1172- R$.RSOS *$L S$)RO )$&$R(L *$ S(L*2- $l Seguro )eneral de Salud0ndividual y :amiliar se financiar7 con una aportaci!n o#ligatoria de -asta el die= por ciento G10JHso#re la materia gravada del afiliado+ ,ue cu#rir7 la protecci!n de /ste+ su c!nyuge o conviviente conderec-o+ e-i1os-astadiecioc-oG13HaDosdeedad+ yconlasdem7sfuentesdefinanciamientodeterminadas en esta Ley2 $n el caso del tra#a1ador en relaci!n de dependencia+ la aportaci!n delafiliado ser7 compartida con su empleador+ en la forma seDalada en esta Ley2'am#i/n son recursos del Seguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar+ los ,ue por otrasdisposiciones legales o por donaciones o su#venciones+ se destinaren a financiar las prestaciones deeste Seguro2$l .onse1o *irectivo apro#ar7 las tarifas a las ,ue de#er7n su1etarse las unidades m/dicas del 0$SSy otros prestadores de salud2&ota"(rt9culosustituidopor Ley&o2 0+ pu#licadaenRegistroOficial Suplemento323de13de&oviem#re del 2010 2Art. 1182- .(L.LO *$ (8OR'$S2- 8ara efectos del c7lculo y la recaudaci!n de las aportacioneso#ligatorias+ personales y patronales+ y dem7s contri#uciones al Seguro )eneral de Salud 0ndividualy :amiliar+ se aplicar7n las normas de esta Ley so#re la materia gravada y la #ase presuntiva decontri#uci!n2Art. 1192- R$.(*(.0O& ; *$S'0&O *$ L(S (8OR'(.0O&$S2- Las aportaciones o#ligatorias alSeguro)eneral deSalud0ndividual y:amiliar+personalesypatronales+ ser7nrecaudadasporel0$SS y se acreditar7n inmediatamente en el :ondo 8resupuestario de 8restaciones de Salud2Art. 1202- :0&(&.0(50$&'O*$ L( (*50&0S'R(*OR(2- La (dministradora financiar7 susactividades de aseguramiento de los afiliados y la contrataci!n de los prestadores con los recursosasignados al :ondo 8resupuestario de 8restaciones de Salud+ con su1eci!n a las regulaciones del.onse1o *irectivo del 0$SS2 Sus gastos administrativos se financiar7n con una participaci!n en losfondos del 0$SS ,ue seDala el art9culo 52+ literal #H de esta Ley+ y no podr7 e>ceder+ en ning?n caso+del cuatro por ciento G4JH de los ingresos del :ondo 8resupuestario de este seguro2Art. 1212- :0&(&.0(50$&'O *$ L(S &0*(*$S 5$*0.(S *$L 0$SS2- Las unidades m/dicas del0$SSsefinanciar7nso#rela#asedepresupuestos anuales por actividad+ consu1eci!nalascondiciones estipuladas en el respectivo contrato de venta de servicios de salud a la (dministradora2La formulaci!n y la e1ecuci!n del presupuesto de cada unidad m/dica del 0$SS ser7nresponsa#ilidad de su respectivo *irector2La entrega de los recursos presupuestarios asignados en el contrato de cada unidad+ ser7responsa#ilidaddel *irector dela(dministradora+ contralafacturaci!ndelaactividadm/dicaproducida2$l contrato de compra de servicios con la respectiva unidad m/dica se su1etar7 a las tarifas vigentesencadae1ercicioecon!mico+ ,ueincluir7nloscostosdirectoseindirectosdelaprestaci!n2 .oncargo a los recursos del :ondo 8resupuestario de Salud+ la (dministradora de este seguro contratar7unreasegurocontrariesgoscatastr!ficosparacu#rir lose>cesosdegasto,ueseoriginenencontingencias e>traordinarias2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina33eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec*entro de este procedimiento de asignaci!n de recursos por actividad+ ,ue garanti=a el pago de servicios prestados so#re la #ase de la actividad asistencial producida+ las unidades m/dicas del 0$SS de cual,uier nivel de comple1idad de#er7n alcan=ar el e,uili#rio financiero en cada e1ercicio anual2$l .onse1o *irectivo del 0$SS determinar7 las normas presupuestarias a las ,ue de#er7n su1etarselas unidades m/dicas de menor grado de comple1idad+ situadas fuera de las ca#eceras provinciales+,ue no podr9an autofinanciar sus actividades con la venta de servicios de salud a la (dministradora2Art. 1222- 8ROF0ilio para funerales+ cuya cuant9a se calcular7 como proporci!n delsalario m9nimo de aportaci!n al Seguro )eneral O#ligatorio vigente a la fec-a de otorgaci!n+ de lamanera siguiente"a2 La pensi!n por invalide= total y permanente se otorgar7 s!lo al Aefe de familia+ en unacuant9ae,uivalente alsetenta y cinco por ciento G45JH del salario m9nimo de aportaci!n+ por docemensualidades durante cada aDo+ siempre ,ue -aya aportado un m9nimo de sesenta G60Himposiciones mensuales dentro de este r/gimen especialC#2 La pensi!n por ve1e= se otorgar7 s!lo al Aefe de familia+ en una cuant9a e,uivalente al setenta ycincopor ciento G45JH del salario m9nimo de aportaci!n+ por doce G12H mensualidades durante cada aDo+siempre ,ue est/ comprendido entre los sesenta y cinco G65H y setenta G40H aDos de edad y -u#ierecompletado die= G10H aDos de aportes2 8or cada aDo de diferimiento de la 1u#ilaci!n despu/s de lossetenta G40H aDos de edad+ se admitir7 una re#a1a de un G1H aDo de aportes+ pero en ning?n casomenos de cinco G5H aDos de aportesC y+c2 $l au>ilio para funerales se conceder7 al fallecimiento de cual,uier miem#ro afiliado de la familia+enuna cuant9a e,uivalente al veinticinco por ciento G25JH del salario m9nimo de aportaci!n2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina41eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecJurisprudencia:G'()t' J*+,(,'-, SEGURO DE $UERTE DE A!ILIADO AL IESS, 3#.267.1999Art. 1352- 8ROF0clusivamenteparalasprestacionesdeester/gimenespecial yenning?ncasosesumar7nalasdel Seguro)eneral O#ligatorioodeotrosreg9menes2'ampocosesumar7nlostiemposdelasaportacionessimult7neas para el reconocimiento del derec-o a las prestaciones de este Seguro28or ning?nconceptoseconceder7nprestacionesenel Seguro(gr9colaoenel SeguroSocial.ampesino ,ue de#an ser atendidas por otros Seguros2 (simismo+ pro-9#ese la concesi!n de do#lepensi!n2.(80'LO .('RO*$L :0&(&.0(50$&'OArt. 1362- R$.RSOS*$LS$)ROSO.0(L.(58$S0&O2- $l SeguroSocial .ampesinosefinanciar7 con los recursos seDalados en el art9culo 5 de la presente Ley2Art. 1372- .(L.LO *$ (8OR'$S2- 8ara el c7lculo y recaudaci!n de las aportaciones solidariaso#ligatorias+ personales y patronales+ de los afiliadas al Seguro )eneral O#ligatorio se aplicar7n lasnormas generales de esta Ley so#re la materia gravada y la #ase presuntiva de aportaci!n28arael c7lculoyrecaudaci!ndelaaportaci!ndiferenciadadeloscampesinosprotegidosporelSeguro Social .ampesino+ se estar7 a lo dispuesto en el ?ltimo inciso del art9culo 15 de esta Ley2Art. 1382- R$.(*(.0O&;*$S'0&O*$LOS(8OR'$S;L(S.O&'R0ceder+ en ning?n caso+ del cuatro por ciento G4JH de los ingresosdel :ondo 8resupuestario de este Seguro2.(80'LO .0&.O*$L (S$)R(50$&'O ; L( $&'R$)( *$ 8R$S'(.0O&$SArt. 1402- L0&$(50$&'OS *$ 8OL0'0.(2- $l Seguro Social .ampesino dividir7 administrativamentelosprocesosdeaseguramiento+ entregadeprestacionesdesaludymonetarias+ ycompradeservicios m/dico - asistenciales2$l aseguramiento comprende la especificaci!n de los riesgos cu#iertos por el contrato de seguros+ elcontenidodelasprestaciones+ lae1ecuci!ndelosprogramasdepromoci!ndelasaludydee>tensi!n de este Seguro a la po#laci!n rural+ y las dem7s actividades administrativas ,ue seDalar7la reglamentaci!n interna del 0$SS2La entrega de las prestaciones de salud se dividir7 en dos partes" los servicios de prevenci!n y deatenci!n de enfermedades no profesionales de primer nivel de comple1idad m/dica+ ,ue seentregar7n en los dispensarios rurales del Seguro Social .ampesino+ y los servicios m/dicoasistenciales de mayor comple1idad+ ,ue se entregar7n en las unidades m/dicas del 0$SS o a trav/sde los dem7s prestadores+ p?#licos y privados+ de#idamente acreditados para este efecto2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina42eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecLa compra de serviciosde salud a las unidades m/dicas del0$SS y a otros prestadores se -ar7mediantecontratoentrela(dministradoradel SeguroSocial .ampesinoyla (dministradoradelSeguro )eneral de Salud 0ndividual y :amiliar2Losdispensariosruralesdel SeguroSocial .ampesinoestar7nsu#ordinadosala*irecci!ndelSeguro Social .ampesino y prestar7n servicios a los afiliados de este r/gimen especial y+ si fuere delcaso+ aotrosusuarios#a1olamodalidaddecontrataci!n,uedeterminar7la*irecci!ndeesteSeguro2Laentregadelas prestaciones monetarias estar7acargodela*irecci!ndel SeguroSocial.ampesino2Art. 1412- (*50&0S'R(.0O& *$L S$)RO SO.0(L .(58$S0&O2- La *irecci!n del Seguro Social.ampesinoesel !rganoe1ecutivoencargadodel aseguramiento+ laprestaci!nylacompradeservicios de salud+ y la entrega de prestaciones monetarias+ con cargo al :ondo 8resupuestario delSeguro Social .ampesino2Art. 1422- ('OR0*(* R$S8O&S(perienciaendesarrollocomunitariooserviciosdesalud p?#lica2$l *irector dela(dministradorapodr7ser destituidopor lasmismascausalesseDaladasenelart9culo 34 de esta Ley para el *irector )eneral2'0'LO %*$L R$)05$& $S8$.0(L *$L S$)RO *$LOS 'R(to ,ue com#ine lasvirtudes de la solidaridad intergeneracional y las venta1as del a-orro individual o#ligatorio+ en la forma,ue determina el Li#ro Segundo de esta Ley2$l 0$SS continuar7 entregando las prestaciones de invalide=+ ve1e= y muerte del sistema anterior+ enla forma seDalada en el Li#ro Segundo de esta Ley para el r/gimen de transici!n+ para lo cual de#er7constituir un patrimonio independiente+ distinto del patrimonio de los dem7s seguros generales ,ueadministre+ y formar7 las reservas t/cnicas ,ue garanticen su e,uili#rio actuarial con las aportacioneso#ligatorias de los afiliados y empleadores y la contri#uci!n o#ligatoria del $stado2Art. 1652- 8R$S'(.0O&$S2- $n el r/gimen mi>to+ el 0$SS entregar7 las siguientes prestaciones porcontingencias de invalide=+ ve1e= y muerte"a2 8ensi!n ordinaria de ve1e=C#2 8ensi!n de ve1e= por edad avan=adaCc2 8ensi!n ordinaria de invalide=+d2 8ensiones de viude= y orfandadCe2 Su#sidio transitorio por incapacidadC y+f2 8restaci!n asistencial no contri#utiva por ve1e= o invalide=2Concordancias:LE DE SEGURIDAD SOCIAL, Arts. %#1Art. 1662- :O&*O 8R$S8$S'(R0O *$ 8$&S0O&$S2- $l:ondo 8resupuestario de 8ensionesfinanciar7lasprestaciones#7sicasde0nvalide=+ %e1e=y5uertedel r/gimende1u#ilaci!nporsolidaridad intergeneracional+ con la aportaci!n o#ligatoria de los afiliados+ personal y patronalC y+ conlos recursos provenientes de la contri#uci!n financiera o#ligatoria del $stado+ entregar7 lasprestaciones asistenciales+ no contri#utivas+ a ,ue se refiere el Li#ro Segundo de esta Ley2.(80'LO *OS*$ L( (*50&0S'R(.0O& *$L S$)ROArt. 1672- *0%0S0O& *$ :&.0O&$S2- $l Seguro )eneral de 0nvalide=+ %e1e= y 5uerte dividir7 losprocesos de afiliaci!n y recaudaci!n+ aseguramiento+ gesti!n financiera de los recursosprevisionales+ administraci!n de los patrimonios previsionales+ y entrega de las prestaciones #7sicasy complementarias a los afiliados2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina44eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecLa afiliaci!n y la recaudaci!n de las aportaciones o#ligatorias y de la contri#uci!n financierao#ligatoria del $stado+ estar7n a cargo del 0$SS2$laseguramiento+la calificaci!ndelderec-o alas prestaciones+ ylaentrega de las prestaciones#7sicas de invalide=+ ve1e= y muerte+ estar7n a cargo de la (dministradora del Seguro )eneral de8ensiones2La capitali=aci!n del a-orro individual o#ligatorio estar7 a cargo de la .omisi!n '/cnica de0nversiones del0$SS+ Ba trav/s de la empresa ad1udicataria administradora delfondo provisionalB+,ue tendr7 a su cargo la entrega de las prestaciones de invalide=+ ve1e= y muerte+ ,ue este r/gimenconcede+ de acuerdo con esta Ley2&ota" La frase entre comillas -a sido declarada 0nconstitucional de :ondo por Resoluci!n del 'ri#unal.onstitucional &o2 052-2001-R(+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 525 de 16 de :e#rero del2005 2Art. 1682- (*50&0S'R(.0O&*$L S$)RO)$&$R(L *$8$&S0O&$S2-La (dministradoradelSeguro )eneral de 8ensiones asegurar7 a los afiliados contra las contingencias de invalide=+ ve1e= ymuerteC autori=ar7 la transferencia de la aportaci!n personal correspondiente a la cuenta de a-orroindividual o#ligatorio de cada afilado y+ tendr7 a su cargo la aplicaci!n del r/gimen de 1u#ilaci!n porsolidaridad intergeneracional+ en los t/rminos ,ue esta#lece esta Ley2La (dministradora financiar7 sus gastos administrativos con el cuatro por ciento G4JH de los ingresos del fondo presupuestario de este Seguro+ en el ,ue no se incluyen los aportes personales a la cuentade a-orro individual o#ligatorio2Art. 1692- ('OR0*(* R$S8O&S(periencia en gesti!n de programas previsionales2$l *irector dela(dministradorapodr7ser destituidopor lasmismascausalesseDaladasenelart9culo 34 de esta Ley para el *irector )eneral2.(80'LO 'R$S*$L S$)RO .OL$.'0%O *$ .$S(&'0(Art.1702- L0&$(50$&'OS*$8OL0'0.(2- $lSeguro)eneralO#ligatorio proteger7 al afiliadoenrelaci!n de dependencia contra la contingencia de cesant9a"a2 ( los actuales tra#a1adores afiliados menores de cuarenta G40H aDos+ los comprendidosentrecuarentaG40Hycuarenta ynueveG46H aDos ,ue e1ercitenlaopci!npor elsistemami>to depensiones y+ los ,ue ingresaren como afiliados al 0$SS a partir de la vigencia de esta Ley+ mediantela contrataci!n de una p!li=a de seguro colectivo+ de#idamente reasegurada+ ,ue se financiar7 conuna fracci!n de los rendimientos de la inversi!n del fondo de reserva del tra#a1ador+ en los t/rminos,ue seDala esta LeyC y+#2 ( los tra#a1adores afiliados mayores de cuarenta G40H aDos ,ue no e1erciten la opci!n por elsistemami>to de pensiones+ y los mayores de cincuenta G50H aDos amparados por el r/gimen de transici!n+tendr7n derec-o a la prestaci!n de cesant9a en la forma ,ue seDalan los art9culos 233 y 234 de estaLey2 $n cuanto a los derec-o-a#ientes de este grupo de asegurados+ se estar7 a lo dispuesto en elart9culo 235 de esta misma Ley2L0is2com2ec*$L S0S'$5( *$ 8$&S0O&$S*0S8OS0.0O&$S )$&$R(L$S.(80'LO &Ocepto por alimentos2Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 3%&CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 91L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina50eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. 1782- *$R$.FO *$ O8.0O& ; S0'(.0O&$S $S8$.0(L$S2- $l afiliado ,ue+ a la fec-a de suincorporaci!na estesistemadepensiones+estuviereaportandoal0$SS so#re una remuneraci!nimponi#le ,ue no supere el l9mite del primer tramo Gciento sesenta y cinco d!lares de los $stadosnidos de (m/rica+ SN 165H+ podr7 contri#uir a los dos reg9menes+ de la manera siguiente"aH 8or la mitad de su remuneraci!n imponi#le aportar7 al r/gimen de 1u#ilaci!n porsolidaridadintergeneracionalC y+ por laotramitad+ aportar7al r/gimende1u#ilaci!npor a-orroindividual o#ligatorioC#H Si conposterioridadal e1erciciodeestaopci!ninicial+ el afiliadollegareaperci#ir aumentosdesuremuneraci!n imponi#le total+ sin e>ceder el l9mite m7>imo de ciento sesenta y cinco d!lares delos $stados nidos de (m/rica GSN 165H+ pagar7 aportes so#re dic-os aumentos en partes igualesa am#os reg9menesC pero+ la aportaci!n al r/gimen de 1u#ilaci!n por a-orro individual o#ligatorio nopodr7 ser superior a un imponi#le de oc-enta y tres d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN33HC y+cH Si con posterioridad al e1ercicio de la opci!n inicial+ el afiliado llegare a perci#ir unaremuneraci!nimponi#le mensualcomprendida entre m7s de ciento sesenta y cinco d!lares de los$stadosnidosde(m/ricaGSN165H ymenosdedoscientoscuarentayoc-od!laresdelos$stados nidos de (m/rica GSN 243H+ su contri#uci!n al r/gimen de a-orro individual o#ligatorio nopodr7 e>ceder de un imponi#le de oc-enta y tres d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN33H+ y la contri#uci!n al r/gimen de solidaridad intergeneracional de#er7 aplicarse so#re el resto paracompletar el m7>imo imponi#le de -asta ciento sesenta y cinco d!lares de los $stados nidos de(m/rica GSN 165H2Lasmismasopcionespodr7reali=arel afiliado,ue+ -a#iendocomen=adoconunaremuneraci!nimponi#le superior a ciento sesenta y cinco d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 165H+pasare a perci#ir otra inferior a esa cifra2$l afiliado de cual,uier edad ,ue+ al inicio de su afiliaci!n al 0$SS con posterioridad a la vigencia deestaLey+perci#iereremuneracionesimponi#lesmensualescomprendidasentrecientosesentaycinco d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 165H y doscientos cuarenta y oc-o d!lares delos $stados nidos de (m/rica GSN 243H+ contri#uir7 al r/gimen de 1u#ilaci!n por a-orro individualo#ligatorio-astapor unm7>imoimponi#ledeoc-entaytresd!laresdelos$stadosnidosde(m/rica GSN 33H+ y aportar7 so#re el resto al r/gimen de 1u#ilaci!n por solidaridadintergeneracional2 $l mismor/gimenseaplicar7al afiliado,ue+ -a#iendocomen=adoconunaremuneraci!n imponi#le superior a doscientos cuarenta y oc-o d!lares de los$stadosnidos de(m/rica GSN 243H+ pasare a perci#ir otra inferior a esa cifra+ pero+ en ning?n caso+ inferior a cientosesenta cinco d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 165H2$l afiliado+ comprendido en el nuevo sistema+ ,ue+ a la fec-a de vigencia de esta Ley o a la fec-a desuincorporaci!nvoluntariaal mismo+ estuvierepagandoaportesal 0$SSso#reremuneracionesmensuales imponi#les superiores a ,uinientos d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 500H+se su1etar7 al l9mite m7>imo de ciento sesenta y cinco d!lares de los $stados nidos de (m/ricaGSN 165H para su contri#uci!n al r/gimen solidario y+ so#re el resto de su remuneraci!n+ aportar7 alr/gimendea-orroindividual o#ligatorio2 &oo#stante+ so#relaparte,uee>cedade,uinientosd!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 500H+ podr7 e1ercitar el derec-o de li#redisponi#ilidad so#re sus aportes2 Si el afiliado comprendido en este ?ltimo caso fuere tra#a1ador enrelaci!n de dependencia+ su empleador continuar7 pagando el aporte patronal so#re la remuneraci!ntotal+ -asta un m7>imo imponi#le de ,uinientos d!lares de los $stados nidos de (m/rica mensualesGSN 500H+ ,ue ingresar7 al r/gimen de 1u#ilaci!n por solidaridad intergeneracional2Las opciones a ,ue se refiere este art9culo son irrevoca#les2Art. 1792- 0&S'R5$&'(.0O& *$ L(S O8.0O&$S2- Las distintas formas del e1ercicio del derec-ode opci!n previstas en esta Ley+ ser7n reglamentadas por el 0$SS2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina51eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. 1802- R$:$R$&.0( ( %(LOR$S5O&$'(R0OS2-8araefectos dela aplicaci!ndeesta Ley+desde la fec-a de su vigencia y+ en lo sucesivo+ al inicio de cada aDo+ el 0$SS de#er7 actuali=ar losvaloresmonetariosmencionadosenlosart9culos precedentes deeste '9tulo+ conlavariaci!n del0ndice 5edio de Salarios+ en la forma ,ue determinar7 el Reglamento2'0'LO 000*$L R$)05$& SOL0*(R0O Opectativa de vida promedio de toda la po#laci!n de esa edad+ para ,ue el per9odo de duraci!n dela pensi!n por 1u#ilaci!n ordinaria de ve1e=+ referencialmente alcance ,uince G15H aDos en promedio2$n lo sucesivo+ cada cinco G5H aDos+ despu/s de la ?ltima modificaci!n+ se revisar7 o#ligatoriamentelaedadm9nimaderetiro+ condicionadaalosc7lculosmatem7ticosactuarialesvigentesyconelmismo criterio seDalado en el inciso anterior2Art. 1862- Aceder de un pla=o m7>imo de un G1H aDo+contadodesdelafec-adelaincapacidadodesdeel vencimientodelaco#erturadel su#sidiotransitorio por enfermedad ,ue otorgue el Seguro )eneral de Salud del 0$SS2$l #eneficiario de este su#sidio de#er7 concurrir o#ligatoriamente a los tratamientos de re-a#ilitaci!n,ue se le prescri#an+ as9 como a los cursos de reinserci!n la#oral ,ue le ofrecer7 el 0$SS+ so penade perder el derec-o al su#sidio2Si dentro del per9odo de entrega del su#sidio por incapacidad+ /sta deviniere en a#soluta ypermanente para todo tra#a1o+ se acreditar7 derec-o a la pensi!n de 1u#ilaci!n por invalide=2Art. 1902- $I.$8.0O&$S2- 8ara efectos de esta Ley no se considerar7n contingencias deincapacidad total las ,ue se originaren en"a2 (ccidentes de cual,uier 9ndole ocurridos cuando el asegurado se encontrare en estadodeem#riague=C#2 (ccidentesdecual,uier 9ndoleocurridos cuandoel aseguradoseencontrare#a1olaacci!ndealg?n psicotr!pico+narc!tico odrogaenervante+salvo,ue e>istieraprescripci!nsuscritaporm/dico especialistaCc2 Lesiones provocadas intencionalmente de acuerdo con otra persona o autoinfligidas porelaseguradoCd2 0ntento de suicidioC o+e2 *elito intencional del ,ue fuere responsa#le el asegurado+ seg?n sentencia 1udicial e1ecutoriada2Las disposiciones de este art9culo tam#i/n son aplica#les a la incapacidad total a la ,ue se refiere elart9culo 1362Concordancias:CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 36#Art. 1912- .O&*0.0O&$S 8(R( L( $&'R$)( *$L S7menes m/dicosperi!dicos+ practicados por las unidades m/dico asistenciales del 0$SS o por las ,ue /ste indi,ue+ afin de verificar la evoluci!n y pron!stico de la incapacidad a#soluta y permanente para el empleo oprofesi!n -a#itual y+ si fuere del caso+ se someter7 al e>amen definitivo ,ue certificar7 su condici!nde invalide= total2$l incumplimiento de este re,uisito traer7 consigo la inmediata suspensi!n de la prestaci!n2$l su#sidiode1ar7deentregarseal #eneficiariosi delose>7menesm/dicosseconcluye,ue-acesado la incapacidad2Art. 1922- 0&.(8(.0*(*;.58L050$&'O*$L($*(*50&05(*$Ais2com2ecArt. 1942- *$ L( 8$&S0O& *$ %0*$K2- (creditar7 derec-o a pensi!n de viude="a2 La c!nyuge del asegurado o 1u#ilado fallecidoC#2 $l c!nyuge de la asegurada o 1u#ilada fallecidaC y+c2 La persona ,ue sin -allarse actualmente casada -u#iere convivido en uni!n li#re+ monog7micay#a1o el mismo tec-o+ con el causante+ li#re tam#i/n de v9nculo matrimonial+ por m7s de dos G2HaDos inmediatamente anteriores a la muerte de /ste2 Si no -u#iere los dos G2H aDos de vida maritalal menos+ #astar7 la e>istencia de -i1o o -i1os comunes2&o tendr7 derec-o a pensi!n de viude= el c!nyuge del #eneficiario de 1u#ilaci!n de ve1e= por edadavan=ada+ si la muerte de /ste acaeciere antes de cumplirse un G1H aDo de la cele#raci!n del enlace2&o -a#r7 derec-o a pensi!n de viude= si m7s de una persona acredita ante el 0$SS su condici!n deconviviente del causante28erder7 el derec-o a pensi!n de viude= ,uien contra1era segundas nupcias o entrare en nueva uni!nli#re2Concordancias:CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 377Art. 1952- *$ L( 8$&S0O& *$ OR:(&*(*2- 'endr7 derec-o a pensi!n de orfandad cada uno de los-i1os del afiliado o 1u#ilado fallecido+ -asta alcan=ar los diecioc-o G13H aDos de edad2'am#i/n tendr7 derec-o a pensi!n de orfandad el -i1o o la -i1a de cual,uier edad incapacitado para eltra#a1o y ,ue -aya vivido a cargo del causante2Concordancias:CODIGO CIVIL (LIBRO III), Arts. 1#%&Art. 1962- O'ROSilio en dinero ,uese entrega a los deudos del 1u#ilado o afiliado+ siempre ,ue /ste ?ltimo tuviere acreditadas seis G6Himposicionesmensuales+ por lomenos+ dentrodelos?ltimosdoceG12H mesesanterioresasufallecimiento+ en la cuant9a ,ue reglamentar7 el 0$SS2Art. 1982- is2com2ecArt. 2022- .(&'0( *$ L( 8$&S0O& *$ 0&%(L0*$K ; *$L Scediera de cinco G5HaDos2$l su#sidio por incapacidad se calcular7 del mismo modo ,ue la pensi!n por invalide= total2Art. 2032- .(&'0( *$ L(S 8$&S0O&$S *$ %0*$K ; OR:(&*(*2- ( la muerte del afiliado decual,uier edadconunm9nimodesesentaG60H imposicionesmensuales+ susderec-o-a#ientesreci#ir7n una renta mensual total igual al sesenta y cinco por ciento G65JH de la #ase de c7lculo+ ,ueser7 distri#uida entre todos ellos de conformidad con esta Ley2( la muerte del 1u#ilado o del afiliado con su#sidio por incapacidad+ cada uno de susderec-o-a#ientes reci#ir7 la parte ,ue le corresponda por Ley+ de la cuant9a de la ?ltima pensi!n osu#sidio perci#idos por el causante2.(80'LO S0$'$R$)L(.0O& *$ L(S 8R$S'(.0O&$SArt. 2042- *$'$R50&(.0O& *$ 50&05OS+ 5(I05OS ; (AS'$S 8$R0O*0.OS2- $l 0$SS a1ustar7al inicio de cada e1ercicio econ!mico la cuant9a m9nima de la pensi!n+ seg?n las disponi#ilidades delfondo respectivo2'am#i/nregular7 la periodicidady la cuant9a delos a1ustes alas pensiones deve1e=+ ordinaria y por edad avan=ada+ invalide=+ viude= y orfandad+ y al su#sidio por incapacidad+ deconformidad con la evoluci!n de la Reserva '/cnica del :ondo de 8ensiones2B$n ning?n caso elm7>imo dela pensi!npodr7 superar eloc-enta y dos puntocinco por cientoG32+5JH de ciento sesenta y cinco d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 165H+ luego desumar a la pensi!n #7sica las me1oras m7>imas seDaladas en el art9culo 201B2&ota" 0ncisoSegundodel (rt9culo204*eclarado0nconstitucional de:ondopor Resoluci!ndel'ri#unal.onstitucional&o2 052-2001-R(+ pu#licada en Registro OficialSuplemento 525 de 16 de:e#rero del 2005 2.(80'LO O.FO*$ L( 8R$S'(.0O& (S0S'$&.0(L &O .O&'R0ceda de ciento sesenta y cinco d!lares de los $stados nidos de (m/rica GSN 165H -asta unl9mitede,uinientosd!laresdelos$stadosnidosde (m/ricaGSN500H yalos,ue-u#ierenreali=adolasopcionesprevistasenel art9culo143deestaLey+porel tramodesusrespectivasremuneraciones2Art. 2072- R$.RSOS *$L R$)05$& *$ (FORRO Oimo decuarenta y oc-o G43H -oras2&ota" 0nciso tercero reformado por Ley &o2 1+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 534 de 11 de5ayo del 2006 2.(80'LO *OS*$ L(S 8R$S'(.0O&$S 8OR %$A$K+0&%(L0*$K ; SOis2com2ecArt. 2092- .L(S0:0.(.0O& *$ L(S 8R$S'(.0O&$S2- $l r/gimen de 1u#ilaci!n por a-orro individualo#ligatorio cu#re las contingencias de ve1e= e invalide=+ con cargo a las cuentas de a-orro individual+mediantelaentregadeunarentavitaliciade1u#ilaci!npor ve1e= oinvalide= y+ cuandofuerepertinente+ de un su#sidio transitorio por incapacidad2( partir de la fec-a en ,ue el afiliado cumpla con el n?mero de imposiciones ,ue permitan ,ue+ a sumuerte+ segenereunapensi!ndeso#revivencialaempresadepositariadesua-orroindividualo#ligatoriocontratar7por cuenta de /ste+en forma o#ligatoria+ unsegurodevidaafavordesus#eneficiarios de montep9o por viude= y orfandad2$l afiliado elegir7 el monto del capital asegurado entre los l9mites m9nimo y m7>imo ,ue fi1e el 0$SSde acuerdo+ entre otros+ a criterios tales como" la edad del tra#a1ador+ sus ingresos y la e>istencia deposi#les #eneficiarios de la pensi!n2.(80'LO 'R$S*$L *$R$.FO ( L(S 8R$S'(.0O&$SArt. 2102- R$L0S0'OS2- $l reconocimiento del derec-o a las prestaciones del r/gimen de a-orroindividual o#ligatorio+ se regir7 por los mismos re,uisitos aplica#les al r/gimen solidario o#ligatorio+seg?n lo esta#lecido en los art9culos 135+ 136 y 133 de la presente Ley2Art. 2112- *$R$.FO*$L (:0L0(*OS0&R$L0S0'OS2- $nel casodel afiliado,uese-u#iereincapacitado en forma a#soluta y permanente para todo tra#a1o y no tuviere derec-o a la prestaci!nesta#lecidaenel art9culo136delapresenteLey+ el 0$SS+ proceder7areintegrarlelosfondosacumulados en su cuenta de a-orro individual o#ligatorio+ si lo -u#iere2$lmismo reintegro tendr7 elafiliado ,ue+ a la edad de setenta G40H aDos+ no -u#iere configuradocausal ordinaria de ve1e= o por edad avan=ada2Si el afiliado no -u#iere reunido los re,uisitos para la 1u#ilaci!n o+ -a#i/ndolos reunido y cesado en laactividad+ falleciere antes del reconocimiento de su derec-o a 1u#ilaci!n+ el saldo de su cuenta dea-orro individual o#ligatorio o voluntario+ si lo -u#iere+ integrar7 el -a#er -ereditario2&ota" 0nciso primero sustituido por Ley &o2 1+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 534 de 11 de5ayo del 2006 2Art. 2122- *0S'R0istentes+ cual,uiera sea suorigen o modalidad de constituci!n+ se regir7n por la misma reglamentaci!n ,ue se dicte para losfondos complementarios y+ en el pla=o ,ue a,uella determine+ de#er7n a1ustarse a sus disposiciones,ue+ en todo caso+ respetar7n los derec-os ad,uiridos por los a-orristas2Art. 2212- *$L R$)0S'RO *$ LOS :O&*OS *$ (FORRO %OL&'(R0O2- Los fondos de a-orrovoluntario,ueseconstituyandeconformidadalodispuestoenel art9culoanterior+ de#er7nserregistrados en el 0$SS+ ,ue calificar7 previo conocimiento de causa+ la cuant9a de la declaraci!n deingresos gravados seg?n esta Ley+ sin per1uicio del cumplimiento de todos los dem7s re,uisitos ,uee>i1a la reglamentaci!n2Los mismos re,uisitos y registrode#er7ncumplir los fondos privados confines de 1u#ilaci!nactualmente e>istentes+ dentro de los pla=os ,ue determine la reglamentaci!n2Art. 2222- *$8OS0'OS.O&%$&0*OS2- Los:ondos.omplementariospodr7nreci#ir dep!sitosconvenidosenimportesdecar7cter ?nicooperi!dico,uecual,uier personanatural o1ur9dicaconvenga con el afiliado en depositar en la respectiva cuenta de a-orro individual voluntario2 $stosdep!sitos tendr7n la misma finalidad ,ue la descrita en el art9culo anterior y podr7n depositarse enforma similar2Los dep!sitos convenidos de#er7n reali=arse mediante contrato por escrito+ ,ue ser7 remitido Ba laempresa ad1udicataria administradora del a-orro previsional en la ,ue se encuentre incorporado elafiliadoB+ conunaanticipaci!nde30d9asalafec-aen,uede#aefectuarseel ?nicooprimerdep!sito2BLa:unci!n$1ecutivadeterminar7+ lostopestri#utariosm7>imosal montooporcenta1edeestosdep!sitos2B&ota" Las frases entre comillas *eclaradas 0nconstitucionales de :ondo por Resoluci!n del 'ri#unal.onstitucional &o2 052-2001-R(+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 525 de 16 de :e#rero del2005 2Concordancias:CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. %#99Art. 2232- *$L *$S'0&O*$ LOS (8OR'$S $I.$*$&'$S *$L R$)05$&*$ (FORRO0&*0%0*(LOis2com2ecLapensi!nm9nimadel grupofamiliar demontep9oser7e,uivalenteal 50Jdel salario#7sicounificado2Lapensi!nm9nimadelasrentaspermanentesparcialesderiesgosdel tra#a1oydelasrentasparciales del seguro general+ ser7 proporcional al 50J del salario #7sico unificado+ manteniendo laproporcionalidad de la renta inicial2La falta de transferencia de los recursos para el pago de estas pensiones+ ser7 sancionada con ladestituci!n de la autoridad y de las servidoras y servidores p?#licos remisos de su o#ligaci!n2&ota" (rt9culo sustituido por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de 5ar=odel 2006 2&ota"(rt9culosustituidopor Ley&o2 0+ pu#licadaenRegistroOficial Suplemento323de13de&oviem#re del 2010 2Art. 2352- (5$&'O *$ 8$&S0O&$S ( Ais2com2ece2 $nel casodel aseguradosinempleador+ a,uellosserviciosyremuneracionesimponi#lesporlos,ue -aya coti=ado o coti=are+ dentro de los l9mites ,ue esta#lecer7 la reglamentaci!n2Art. 2452- SA$'OS 8(S0%OS2- Son su1etos o#ligados a presentar declaraci!n para elcorrespondiente Registro de Fistoria La#oral del (segurado+ las mismas personas o#ligadas a pagarlas aportaciones al Seguro )eneral O#ligatorio2La declaraci!n de los su1etos pasivos de#er7 presentarse dentro de los pla=os y en la forma ,ueseDale el 0$SS+ -aya o no pago de los aportes correspondientes2La falta de cumplimiento de esta o#ligaci!n ser7 sancionada por el 0$SS+ con una multa e,uivalentealcuatro por ciento G4JH de la aportaci!n causada por la ?ltima remuneraci!n imponi#le de cadaasegurado comprendido en la infracci!n+ de acuerdo con el Reglamento2Concordancias:CODIGO TRIBUTARIO, Arts. %"CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. %#7Art. 2462- *$R$.FO*$0&0.0('0%(*$L'R(ceptoenel casode,uelaseparaci!ndel cargoopuesto-ayasidoporra=ones disciplinarias+ situaci!n en la ,ue no aplica el #eneficio+ sin per1uicio de las acciones a las,ue tengan derec-o para revertir sus efectos 1ur9dicos2 $ste proceso se automati=ar7 a trav/s de lap7gina @e# del 0$SS2$l 5inisterio de :inan=as reali=ar7 la transferencia inmediata de los recursos para pagar el su#sidioprevisto+ para cuyo fin+ el 0$SS remitir7 la li,uidaci!n mensual correspondiente2&ota" (rt9culo agregado por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 de Auliodel 2006 2Art. ..2- 8ago total del :ondo de .esant9a2- Si el fondo acumulado en la cuenta individual de cesant9adel afiliadoMa+ es superior al do#le de la ?ltima remuneraci!n+ /ste reci#ir7 la totalidad del fondo2&ota" (rt9culo agregado por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 de Auliodel 2006 2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina42eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. ..2- *erec-o de la cesant9a por pensionamiento o fallecimiento2- 'endr7 derec-o al retiro total delfondo de cesant9a acumulado+ el afiliado ,ue se encuentre cesante para acceder a las prestacionesde 1u#ilaci!n o me1ora por ve1e=+ pensiones de invalide= o rentas permanentes totales o a#solutas deriesgos del tra#a1oC igual #eneficio tendr7n los derec-o-a#ientes del afiliado fallecido2 $n estos casosno se re,uiere cumplir los re,uisitos de aportaciones o tiempo de espera2&ota" (rt9culo agregado por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 de Auliodel 2006 2Art. 2842- .(&'0( *$ L( 8R$S'(.0O&2- $l .onse1o *irectivo del 0$SS regular7 la cuant9a de laprestaci!n seg?n el tiempo de imposiciones y los sueldos o salarios de aportaci!n acreditados por elasegurado2Art. 2852- *erec-o-a#ientes del seguro de cesant9a2- $n caso de fallecimiento del afiliado+ tendr7nderec-o a la devoluci!n del capital acumulado por el causante+ en el siguiente orden e>cluyente"aH Los -i1os menores de diecioc-o aDos y los -i1os de cual,uier edad con discapacidad para eltra#a1oy el c!nyuge so#reviviente o el conviviente en uni!n de -ec-o legalmente reconocidaC#H *e no e>istir derec-o-a#ientes en los casos previstos en el literal anterior+ corresponder7dic-oderec-o+ en su orden+ a sus -i1os o -i1asC y+cH ( falta de los derec-o-a#ientes anteriores+ los padres+ o uno de ellos+ de ser el caso2$n caso de ,ue concurran dos o m7s derec-o-a#ientes y o#servando el orden de e>clusi!n+ a,uellostendr7n derec-o a una distri#uci!n e,uitativa e igualitaria de dic-o capital acumulado2.uando concurran como derec-o-a#ientes el c!nyuge o el conviviente en uni!n de -ec-olegalmentereconocidaylos-i1os+ seo#servar7nlasnormas,ueso#reel derec-osucesorioseprev/n para tales casos en el .!digo .ivil28erder7 derec-o a la cesant9a el#eneficiario ,ue -u#iere sido condenado como autor+ c!mplice oencu#ridor de la muerte del causante o de la del deudo o deudos ,ue tuvieren derec-o preferencial ala prestaci!n2&ota" (rt9culo sustituido por Ley &o2 43+ pu#licada en Registro Oficial 264 de 10 de 5ayo del 2006 2Concordancias:LE DE SEGURIDAD SOCIAL, Arts. 19", 195, 196*0S8OS0.0O& )$&$R(L&0.(2- $l0nstituto $cuatoriano de Seguridad Socialsemestralmente pu#licar7 en elperi!dico demayor circulaci!nnacional+ el informeso#reel montoactuali=adodelos fondos dereservaycesant9a+ lossectoresdelaeconom9aydestinoenlos,ueest7nsiendoinvertidosylosmontosactuali=ados de renta#ilidad2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 deAulio del 2006 2*0S8OS0.0O&$S 'R(&S0'OR0(S8R05$R(2- ( partirdel messiguientedelaentradaenvigenciadelapresenteleyel empleadorpagar7 de manera mensualy directa a sus tra#a1adores o servidores+ seg?n sea el caso+ el valore,uivalente aloc-o coma treinta y tres por ciento G3+33JH de la remuneraci!n de aportaci!n+ porconcepto de fondos de reserva+ salvo ,ue el afiliado solicite por escrito ,ue dic-o pago no se realice+L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina43eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecencuyocasoesosvalorescontinuar7ningresandoasufondoindividual dereservaatrav/sdel0nstituto$cuatorianodeSeguridadSocial2 Laautoridadcompetenteverificar7,ueel empleadorcumpla con esta o#ligaci!n2$l fondo de reserva no estar7 su1eto al pago de aportaciones al 0nstituto $cuatoriano de SeguridadSocial ni al pago de impuesto+ retenciones o deducci!n alguna2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 deAulio del 2006 2&ota" 0ncluida :e de $rratas+ pu#licada en Registro Oficial 646 de 5 de (gosto del 2006 2S$)&*(2- *evoluci!n (nticipada del :ondo de Reserva2- *urante el per9odo de dos aDos contadosa partir de la fec-a de promulgaci!n de la presente ley+ los afiliados ,ue acrediten dos aportacionesanuales o veinticuatro mensuales por concepto de fondos de reserva+ podr7n solicitar la entrega dela totalidad o parte de sus fondos de reserva+ en cuyo caso+ el 0nstituto $cuatoriano de SeguridadSocial+ 0$SS+ devolver7 el 100J o el porcenta1e solicitado+ del valor acumulado por aportaciones eintereses2$l.onse1o *irectivo del0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ en un pla=o m7>imo de treintad9as+ contados desde la entrada en vigencia de la presente ley+ emitir7 el reglamento pertinente a finde cumplir las disposiciones contenidas en este cuerpo normativo+ manteniendo el fondo ygaranti=ando sus rendimientos2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 deAulio del 2006 2'$R.$R(2- $l 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ 0$SS+ proceder7 a transferir a las0nstituciones :inancieras registradas en el 0$SS por los afiliados+ los recursos de :ondos de Reserva,ue dispone la Ley+ en un pla=o no mayor a 3 d9as la#ora#les a partir del d9a siguiente a la fec-a depresentaci!n de la solicitud correspondiente2$l pagodel :ondode.esant9aloreali=ar7el 0$SSenunpla=onomayor a3d9asla#ora#les+contados a partir de la fec-a de transferencia de los recursos su#sidiados por parte del 5inisterio de:inan=as+ o en un pla=o no mayor a treinta d9as contados a partir de la fec-a de la presentaci!n de lasolicitud+ cuando el afiliado no genera derec-o al r/gimen solidario de cesant9a2Los tr7mites de cesant9a iniciales+ de segunda o posterior prestaci!n+ ,ue se encontraren suspensospornocompletarunm9nimode60aportacionesmensualesounacesant9amayora60d9as+ seatender7n+ siempre y cuando el afiliado tuviese 24 o m7s aportaciones mensuales y un per9odo decese de al menos 60 d9as2$l incumplimientodelos pla=os previstos enel presenteart9culo+ dar7lugar alas sancionesesta#lecidasenlaley+ paralosfuncionariosresponsa#lesdelaentregadel fondodereserva+cesant9aC o+ de la transferencia del 5inisterio de :inan=as+ de los recursos del r/gimen solidario al0$SSC a solicitud del afiliado reclamante2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 deAulio del 2006 2.(R'(2- 8ago del :ondo de Reserva causado2- Los fondos de reserva causados -asta el mes deapro#aci!n de esta ley ser7n pagados en su totalidad y de#er7n ser depositados por losempleadores en el 0$SS+ con su1eci!n a las regulaciones ,ueesta#le=ca el.onse1o *irectivo2$lincumplimiento de esta o#ligaci!n patronal acarrear7 el pago de las multas e intereses dispuestas enla ley2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina44eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 644 de 26 deAulio del 2006 2*0S8OS0.0O&$S )$&$R(L$S"8R05$R(2- Luienes siendo #eneficiarios de pensiones de 1u#ilaci!n por ve1e=+ por parte del 0nstituto$cuatorianodeSeguridadSocial+ est/nosereincorporenaprestar servicios#a1orelaci!ndedependencia y perci#an por ello+ sueldo+ salario o remuneraci!n+ de1ar7n de perci#ir el cuarenta porcientoG40JHcorrespondiente al aportedel$stado+ ensupensi!n 1u#ilar+enloscasosen,ueelmonto de la misma supere el valor de una canasta #7sica familiar2&o se aplicar7 el descuento para a,uellosMas afiliadosMas cuya 1u#ilaci!n se encuentre en el rangoentre uno y uno punto cinco canasta #7sica+ siempre y cuando su sueldo+ salario o remuneraci!n enel nuevo per9odo de empleo no supere el valor de una canasta #7sica2 'am#i/n se e>cept?a a laspersonas ,ue pade=can una enfermedad catastr!fica de#idamente certificada por el 0$SS2$l valor de la canasta #7sica ser7 el determinado por el 0nstituto &acional de $stad9sticas y .ensos0&$.+ para el mes de diciem#re del aDo inmediato anterior a la fec-a de aplicaci!n de esta Ley2$ldescuento delaporte del$stado se aplicar7 ?nicamente a la diferencia ,ue supere elvalor dedic-a canasta2$n todocaso+por ning?n concepto la suma de la pensi!n pagada por el0nstituto $cuatoriano deSeguridad Social+ y el ingreso a cual,uier t9tulo ,ue perci#a en el sector p?#lico una misma persona+superar7 la remuneraci!n del 8residente .onstitucional de la Rep?#lica2nave=concluidalarelaci!nla#oral dedependencia+ el 1u#iladoMavolver7aperci#ir enformainmediata la totalidad del aporte estatal a su pensi!n 1u#ilar+ con la reli,uidaci!n ,ue correspondierepor ley+ por el ?ltimo tiempo de servicio2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 2S$)&*(2- (partir del mes siguientealavigenciadeestaLey+ el 0nstituto$cuatorianodeSeguridad Social+ el 0nstituto de Seguridad Social de las :uer=as (rmadas y el 0nstituto de SeguridadSocial de la 8olic9a &acional+ mediante cruces de informaci!n de afiliados activos y pensionistas delas tres instituciones y de la informaci!n del Servicio de Rentas 0nternas+ suspender7n el pago delcuarentapor cientoG40JH delaspensiones+ alaspersonas,uetenganlado#lecondici!ndetra#a1adores o de servidores p?#licos y de 1u#ilados o de retirados2$nlos tresmesesposterioresalavigenciadeestaLey+ lospensionistas,ueseencuentrentra#a1ando y ,ue no se les -aya descontado de su pensi!n la parte correspondiente a la contri#uci!ndel $stado+ tendr7n la o#ligaci!n de notificar por escrito de este particular al 0nstituto $cuatoriano deSeguridadSocial+ 0nstitutodeSeguridadSocial delas:uer=as (rmadase0nstitutodeSeguridadSocial dela8olic9a&acional+ seg?ncorresponda2 0gual o#ligaci!ntendr7nlospensionistas,uereingresen a la#orar a partir de la vigencia de esta Ley2$l incumplimiento de esta disposici!n originar7 la o#ligaci!n de reintegro de dic-os valores al $stado+con un recargo e,uivalente a la tasa de inter/s activa referencial del imo de noventa d9as+ el 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ 0$SS+implementar7 y entregar7 a los afiliados las cuentas individuales del :ondo de Reserva+ para lo cualel .onse1o *irectivo impartir7 las instrucciones necesarias y ar#itrar7 las medidas del caso2Laino#servanciadeestadisposici!n+ ser7causal dedestituci!ndelosmiem#rosdel .onse1o*irectivo del 0$SS2&ota" *isposici!n dada por Ley &o2 6+ pu#licada en Registro Oficial 43 de 2 de (gosto del 2005 2'$R.$R(2- $l 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social reci#ir7 o#ligatoriamente los rendimientosfinancieros so#re los saldos depositados en las instituciones delsector p?#lico financiero+ los ,uede#er7n ser pagados mensualmente2 *ic-os rendimientos financieros de#er7n ser e,uivalentes a loso#tenidos por la inversi!n de la Reserva 5onetaria+ ,ue reali=a el imo de noventa d9as y+ de determinarse presunciones de e>istencia de delitos+ iniciar7 deinmediato las acciones del caso+ de conformidad con la .onstituci!n 8ol9tica de la Rep?#lica y la ley2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina44eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecLas presunciones de responsa#ilidad civil y administrativa ser7n 1u=gadas por la .ontralor9a )eneraldel $stado2&ota" *isposici!n dada por Ley &o2 6+ pu#licada en Registro Oficial 43 de 2 de (gosto del 2005 2*0S8OS0.0O&$S 'R(&S0'OR0(S8R05$R(2- 8araelaDo 2010+ y por esta ?nica ve=+ elincremento delas pensiones de invalide=+ve1e=+ incapacidadpermanenteparcial+ incapacidadpermanentetotal eincapacidadpermanentea#soluta de riesgos del tra#a1o producto del rea1uste+ ser7n reali=adas #a1o el siguiente par7metro".L(S$ R(&)O 0&.R$5$&'OR$&'( 2006 'O'(L5enor ,ue 60 N 60+0060-120 N 54+60120-150 N 50+66150-130 N 44+43130-210 N 45+63210-240 N 44+15%$A$K+ 0&%(L0*$K 240-240 N 43+03; R0$S)OS *$ 240-300 N 42+21'R(iste relaci!n la#oral2Concordancias:CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 7, 53&, 56&, 59"Art. 2872- AR0S*0..0O&.O(.'0%(2- $l 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social se -allainvestido de 1urisdicci!n coactiva para el co#ro de aportes+ fondos de reserva+ descuentos+ intereses+multas+ responsa#ilidad patronal+aportaciones o#ligatorias del$stado+ as9 como para elco#ro decr/ditos y o#ligaciones a favor de sus empresas28or su naturale=a y fines+ la 1urisdicci!n coactiva de ,ue trata elpresente art9culo es privativa del0nstituto+ noesdecar7ctertri#utario+ puesto,uelosaportesyfondosdereservaemanandelarelaci!ndetra#a1o2 Los1uiciosdee>cepciones,uesededu1eren+ sesustanciar7nconarregloaltr7mite dispuesto en el .!digo de 8rocedimiento .ivil2 &o se admitir7n e>cepciones+ cual,uiera fuerael motivo o fundamento de estas+ sino despu/s de reali=ada la consignaci!n prevista en el .!digo deprocedimiento .ivil2 $n el caso de error evidente el propio 1ue= de coactiva puede revocar el auto depago coactivo2$l remate de los #ienes em#argados de#er7 reali=arse de acuerdo con las disposiciones del .!digode 8rocedimiento .ivil o del .!digo de .omercio+ seg?n el caso2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 9"1, 96&, 969, 97#, 971, 97%, 973, 97", 975, 976, 977, 97&CODIGO TRIBUTARIO, Arts. 157, 15&CODIGO DEL TRABAJO, Arts. 63#LE DE CO$PA4IAS, Arts. "51L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina46eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. 2882- '0'L(R$S *$ L( AR0S*0..0O& .O(.'0%(2- La 1urisdicci!n coactiva se e1ercer7 pormedio del *irector )eneral o 8rovincial del 0nstituto+ seg?n el caso+ ,uien e>pedir7 las !rdenes deco#ro e iniciar7+ sin m7s tr7mite+ los 1uicios de coactiva+ de conformidad con las disposiciones del.!digo de 8rocedimiento .ivil2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 9"%Art. 2892- S$.R$'(R0O *$ .O(.'0%(2- $n los 1uicios de coactiva ,ue su#stanciare directamente el0nstituto+ actuar7comosecretarioel a#ogado,ue+ al efecto+ designare el *irector )eneral o8rovincial2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 96%, 96"Art. 2902- 5$*0*(S 8R$%$&'0%(S2- $n el auto de pago se decretar7 cuales,uiera de las medidaspreventivas previstas en el .!digo de 8rocedimiento .ivil2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. "39, &97, 9##, 9#%Art. 2912- .O50S0O& 8(R( *0L0)$&.0(S2- Los *irectores )eneral o 8rovincial+ en los 1uicios ,ueante ellos se su#stancien+ podr7n deprecar y comisionar la pr7ctica de cuales,uiera diligencias a otraclase de funcionarios investidos de la 1urisdicci!n coactiva o a 1ueces de la 1urisdicci!n ordinaria2Art. 2922- *$8OS0'(R0OS;(L)(.0L$S2- $l 0$SSest7facultadoparanom#rar suspropiosdepositariosyalguacilesentodaslasaccionesen,ueinterviniere+ ,uienestendr7nlasmismasatri#uciones y responsa#ilidades determinadas por las leyes paraestaclasedeagentes2 Lascaucionesser7n fi1adasy aceptadaspor el*irector)eneral o8rovincial+ seg?nel caso+,uienesadem7s fi1ar7n las retri#uciones de los depositarios y alguaciles+ de conformidad con la Ley2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. "5#, 916, 9%1, 1#15CODIGO ORGANICO DE LA !UNCION JUDICIAL, Arts. 315Art.2932- $I.$8.0O& ( L( (.5L(.0O& *$ ('OS2-$>ti/ndeseal 0$SS ladisposici!n delart9culo 115 del .!digo de 8rocedimiento .ivil+ en todos a,uellos casos en ,ue reclamare cr/ditos asu favor2Art. 2942- 8R0%0L$)0O *$ LOS .R$*0'OS *$L 0$SS2- $n los casos de prelaci!n de cr/ditos+ losdel Seguro )eneral O#ligatorio por aportes+ primas+ fondos de reserva+ convenios de purga de morapatronal+ multas+ descuentos u otros ,ue generen responsa#ilidad patronal y por cr/ditos concedidosa los asegurados o #eneficiarios+ ser7n privilegiados y se pagar7n en el orden seDalado en el art9culo2363 del .!digo .ivil2Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 3%&CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. %367CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 5"3CODIGO DEL TRABAJO, Arts. &&CODIGO TRIBUTARIO, Arts. 57L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina30eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecArt. 2952- $A$.'0%0*(**$L(SOigieree1ecutivamente el pago de pr/stamos u otras o#ligaciones en dinero+ /stas se considerar7n l9,uidas+claras+ puras+ determinadasydepla=ovencido+ sinper1uiciodelase>cepciones,uepudierenoponersealademanda2 Losinstrumentosprivadosotorgadosafavor del 0$SSprestanm/ritoe1ecutivo+ sin necesidad de reconocimiento2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 99, 193, 195, "13, "15, "19Art. 2962- R$S'0'.0O&*$cepci!ndespu/s de la entrega del#ien al 0$SS2 Los recursos y consulta se conceder7n s!lo en elefectodevolutivo2 $ntodosloscasosdesentenciacondenatoriaencontradel 0$SS+ tal sentenciaseconsultar7 o#ligatoriamente al superior2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. %&3, %&5, 331CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 933CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 163"Art. 2972- 0&'$R%$&.0O& *$ LOS A0.0OS *$ S.$S0O& '$S'(*(2- $n los 1uicios de sucesi!ntestadaen,ueel 0$SSpresumieretener inter/s+ podr7intervenir solicitandolaaperturadelasucesi!n y la formaci!n de inventarios2 $n cual,uier estado del 1uicio se nom#rar7 depositario al ,uedesigne el 0$SS+ #a1o la responsa#ilidad pecuniaria de /steC sin ,ue el 1ue= pueda admitir solicitud oincidente ,ue o#ste o difiera la entrega de los #ienes a dic-o depositario2 $l 0$SS podr7 solicitar elcam#io de depositario a?n cuando la cosa so#re la cual se considere con derec-o se encontrareem#argada+secuestrada o retenida2$l0$SS responder7 por elvalor de los #ienes entregados aldepositariodesignadopor/l y+adem7s+ indemni=ar7losper1uiciossufridospor terceros+ cuando-u#iere procedido sin derec-o en la demanda o reclamaci!n2 Las resoluciones 1udiciales respecto dedep!sitos de #ienes solicitados por el 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ s!lo ser7n apela#lesen el efecto devolutivo2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. 331, 6#3, 6#5, 613, 615CODIGO CIVIL (TITULO PRELI$INAR), Arts. 3%CODIGO CIVIL (LIBRO III), Arts. 1%"5, 1%7&, 13#5CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 157%LE NOTARIAL, Arts. 1&CODIGO ORGANICO DE LA !UNCION JUDICIAL, Arts. 315Art. 2982- *$5(&*(*$&L0*(*O:(LS$*(**$'$S'(5$&'O2- 0gual procedimientoseo#servar7 cuando el 0$SS demandare la nulidad o falsedad de un testamento+ respecto de los #ienestestamentarios+ o la reivindicaci!n de alguna especie o cuerpo cierto y+ en general+ cuando reclamarealg?n derec-oreal so#re la cosa como tercerista oterceroper1udicado2 8ropuestalademanda o-ec-alareclamaci!n+ el 1ue=+ antesdetramitarla+ ordenar7el dep!sito+ depedirloas9 el 0$SS+siempre #a1o la responsa#ilidad pecuniaria de /ste por la administraci!n del depositario ,ue designe2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina31eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ec*e encontrarse secuestrada+ em#argada o retenida la cosa so#re la cual se considere con derec-o el0$SS+ se la entregar7 en dep!sito a la persona ,ue designe dic-o 0nstituto+ su#sistiendo el em#argo+secuestro o retenci!n+ -asta ,ue se declare el dominio en ?ltima instancia2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. "%%, "%7, "39CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 595CODIGO CIVIL (LIBRO III), Arts. 1#"1, 1#"5, 1#"6, 13%%, 1369, 1"%3CODIGO ORGANICO DE LA !UNCION JUDICIAL, Arts. 31"Art. 2992-*$S0)&(.0O&*$ (8O*$R(*OS$S8$.0(L$S*$L 0$SS2-$l *irector)eneral yel*irector 8rovincial+ seg?n el caso+ podr7n encargar a los 5inistros y (gentes :iscales respectivos o aapoderadosespeciales+ larepresentaci!nydefensadetodoslosasuntosen,ueel 0$SStengainter/sopresumatenerlo2 $l oficioen,uesecomuni,ueel encargoser7t9tulosuficienteparae1ercerlo2 Los (gentes :iscales no podr7n e>cusarse de e1ercer tal representaci!n2Concordancias:CODIGO DE PROCEDI$IENTO CIVIL, Arts. "#CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. %#%7CODIGO ORGANICO DE LA !UNCION JUDICIAL, Arts. %17Art.3002- 8R$S.0&*$&.0( *$L 50&0S'$R0O 8tender7 tam#i/n a las entidades de derec-o privado+ e>clusivamente respecto a los#ienes+ rentas u otras su#venciones de car7cter p?#lico de ,ue dispongan2La Superintendencia de is2com2ecp?#licas y privadas de seguridad social+ atiendan al inter/s general y se su1eten a las normas legalesvigentes2Concordancias:CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. %13Art. 3072- .O&'R0presados en salarios m9nimos de aportaci!n se su1etar7nen su cuant9a a las reglas de aplicaci!n progresiva definidas en la *isposici!n 'ransitoria Se>ta2*$.05(2- $S'*0OS(.'(R0(L$S2- *entrode los seis G6H meses contados a partir de lapromulgaci!n de esta Ley+ el 0$SS de#er7 determinar el valor de sus activos y pasivos actuarialespara cada uno de los seguros sociales contenidos en la Legislaci!n anterior2*$.05O8R05$R(2- S$8(R(.0O& .O&'(pedir7elReglamento para la 0ntegraci!n del .onse1o *irectivo del 0$SS2*$.05OL0&'(2- R$)L(5$&'O )$&$R(L2- *entro de los sesenta G60H d9as contados a partir desu integraci!n+ el .onse1o *irectivo del 0$SS ela#orar7 el proyecto de Reglamento )eneral de estaLey+ ,ue lo someter7 a la sanci!n del 8residente de la Rep?#lica2*$.05OS$I'(2- '(S(S *$ (8OR'(.0O& ; .O&'R0is2com2ece2 *e una contri#uci!n anual e,uivalente a doscientos oc-enta y oc-o mil d!lares de los$stadosnidos de (m/rica GSN 2332000H+ ,ue de#er7 acreditar el clusivamente a la capitali=aci!n del fondo de pensiones2Los rendimientos ,ue produ=ca la inversi!n de dic-o capital se destinar7n e>clusivamente alme1oramientodelaspensionesdelos1u#iladosactualesydelosafiliados,uese1u#ilenenelr/gimen de transici!n ,ue contemple esta LeyC y de los #eneficios de montep9o2Fasta el 31 de diciem#re del presente aDo+ el 0$SS concluir7 los estudios matem7tico actuariales ,uepodr9an sustentar un incremento real y o#ligatorio de las pensiones a pagar a sus 1u#ilados a partirdel 1 de enero del 20022La .omisi!n$speciali=ada8ermanentede lo 'ri#utario:iscal yimo convencional2Si losmencionadosaportesyfondosdereservasoncanceladosentreel 1deoctu#real 30dediciem#re del 2006+ se co#rar7 un inter/s e,uivalente al m7>imo convencional permitido por el oneraci!n del dos por cientoG2JH2Los deudores podr7n -acer pagos parciales con cargo a sus o#ligaciones+ acogi/ndoseproporcionalmente a las e>oneraciones+ ,ue se tomar7n en cuenta en las li,uidaciones ,ue para elefecto se realicen28odr7nacogersealae>oneraci!ndel cuatropor cientoG4JH odospor cientoG2JH+ a,uellosdeudores ,ue suscri#an convenios de purga de mora -asta el 30 de septiem#re del 2006 o -asta el30dediciem#redel 2006+ respectivamente+ aplicandoel mismoprocedimientoesta#lecido2 $stae>oneraci!nnoseaplicar7paradividendos vencidos depr/stamos otorgados por el 0nstituto$cuatoriano de Seguridad Social2(dem7s+ e>on/rase del pago de las multas actualmente vigentes+ a ,uienes realicen el pago de losaportes y fondos de reserva adeudados o suscri#an convenios de purgade mora -astael30 dediciem#re del 20062Los convenios de purga de mora suscritos con anterioridad a la fec-a de vigencia de esta ley+ podr7nacogerse a los #eneficios antes seDalados+ suscri#iendo un nuevo convenio de purga de mora2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 28R05$R(-(2- $n aplicaci!n de la 8rimera *isposici!n 'ransitoria de la Ley Reformatoria a la Ley deSeguridad Social+ a la Ley de Seguridad Socialde las :uer=as (rmadas y a la Ley de SeguridadSocial de la 8olic9a &acional+ pu#licada en el Registro Oficial Suplemento &o2 556 de 30 de mar=odel 2006+ el 0$SSaplicar7lae>oneraci!ndelamultadel 4Jentodosloscasosdesolicitudespresentadas en las oficinas del 0$SS -asta el 30 de septiem#re del 2006 y la e>oneraci!n de la multadel 2Jentodosloscasosdesolicitudespresentadasenlasoficinasdel 0$SS-astael 31dediciem#re del 2006+ independientemente de -a#erse concluido el tr7mite correspondiente en dic-asfec-as2&ota" *isposici!n dada por Resoluci!n del 0$SS &o2 231+ pu#licada en Registro Oficial 43 de 16 deOctu#re del 2006 2L$; *$ S$)R0*(* SO.0(L- 87gina62eSilec 8rofesional - @@@2le>is2com2ecS$)&*(2- $n el pla=o de sesenta d9as contados a partir de la puesta en vigencia de la presenteley+ el .onse1o *irectivo emitir7 el reglamento de aplicaci!n y cumplimiento del art9culo 234 de Leyde Seguridad Social en vigencia2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 2'$R.$R(2- $l 0nstituto $cuatorianodeSeguridadSocial+ de maneraurgente+ esta#lecer7losmecanismos inform7ticos y administrativos para la adecuada aplicaci!n de esta Ley2$l 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ mediante resoluci!n+ dictar7 las normas internas paragaranti=arlacorrectaaplicaci!ndeestaLey+,ueincluyelaregulaci!ndel aval?odelos#ienesotorgados en garant9a y la recuperaci!n de cr/ditos concedidos en los convenios de purga de mora2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 2.(R'(2- $l .onse1o *irectivo del 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social reali=ar7 las reformaspresupuestarias ,ue garanticen la concesi!n de pr/stamos -ipotecarios al mayor n?mero posi#le deafiliados2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 2L0&'(2- 8ara los efectos de la aplicaci!n de la reforma del primer inciso del art9culo 230 de la LeydeSeguridadSocial+ previstoenlapresenteLey+cadaaDodeaportesdefondosdereservaseconsiderar7 como doce aportaciones mensuales2&ota" *isposici!n agregada por Ley &o2 0+ pu#licada en Registro Oficial Suplemento 556 de 30 de5ar=o del 2006 2R$:OR5(S ; *$RO)('OR0(S8R05$R(2- Ref!rmase las siguientes disposiciones"$nel art9culo6delaLey106+ sustitutivaalacompensaci!nal incrementodel costodelavidaGRegistro Oficial &o2 363+ de 3 de noviem#re de 1632H + supr9mese la frase Baportaciones al 0$SSB2$n el art9culo 6 de la Ley 46+ reformatoria so#re el decimo,uinto sueldo GRegistro Oficial &o2 464+ de22 de 1unio de 1660H + luego de la frase" Bno se computar7B+ supr9mese la siguiente" Bpara los efectosdel c7lculo de aportes al 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social niB2$n el art9culo 6 de la Ley 16+ ,ue instituy! el decimose>to sueldo GRegistro Oficial &o2 60+ de 13 dediciem#re de 1662H + luego de la frase" By no computar7B+ supr9mese la siguiente" Bpara los efectosdel c7lculo de aportes al 0nstituto $cuatoriano de Seguridad Social+ niB2$nlaLey)eneral deSegurosGRegistroOficial &o2 260+ de3dea#ril de1663H + sustit?yaseBSuperintendencia de