ley de institutos y escuelas de educacion superior y la carrera de sus docentes
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LEY DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR Y LA CARRERA DE SUS DOCENTES, que será remitida al CongresoTRANSCRIPT
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DIRECCIN GENERAL DE EDUCACIN TCNICO PRODUCTIVA Y SUPERIOR TECNOLGICA Y ARTSTICA
Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior y la carrera pblica de sus docentes
POR QU UNA REFORMA Y UN NUEVO MARCO NORMATIVO?
POR QU UNA REFORMA Y UN NUEVO MARCO NORMATIVO?Buscamos que la educacin superior que brindan los institutos y escuelas, conocida como no universitaria, obtenga una alta valoracin que le permita ser una alternativa a la educacin superior universitaria.
Los programas de estudios de los institutos y escuelas pblicos deben responder a las necesidades del mercado de trabajo y produccin.
Los docentes no cuentan con una carrera pblica.
POR QU UNA REFORMA Y UN NUEVO MARCO NORMATIVO?Sobre-regulacin de institutos y escuelas pblicos y privados dificulta la innovacin, actualizacin y creacin de nuevas carreras.
Deficiencias generalizadas en la gestin regional de los institutos y escuelas: contratacin y asignacin docente a destiempo, asignacin no oportuna de los recursos ordinarios.
No incentiva el reclutamiento de los mejores tcnicos y profesionales del sector productivo.
QU PROPONE LA LEY?
QU PROPONE LA LEY?Rgimen acadmico coherente con el rgimen acadmico de las universidades y articulado a la educacin bsica.
Creacin de un organismo ejecutor especializado para una gestin eficiente de los institutos y escuelas con participacin sectorial y del sector productivo.
QU PROPONE LA LEY?Creacin de una carrera pblica meritocrtica y espacio para la contratacin como docentes de profesionales especializados del sector productivo.
Licenciamiento de institutos y escuelas bajo estndares y con procesos transparentes y giles.
RGIMEN ACADMICO
RGIMEN ACADMICOLa Ley introduce el concepto de grado acadmico en la educacin superior de institutos y escuelas .
Crea la Escuela como una institucin que otorga el grado de bachiller equivalente al universitario, realiza investigacin y forma profesionales de alta especializacin en arte, tecnologa y otras reas.
Facilita la movilidad dentro de la Educacin Superior a travs de un sistema de crditos comn con la educacin universitaria (1 crdito = 16 horas tericas, 32 de prctica).
RGIMEN ACADMICOFacilita la transitabilidad de los estudiantes en las diferentes instituciones y la progresividad en el logro de grados acadmicos.
Permite al CETPRO ofrecer el Certificado de Tcnico convalidable con el Ttulo Tcnico, siempre que el estudiante culmine la Educacin Bsica y el programa de estudios cuente con la licencia.
Fexibiliza la organizacin curricular, permitiendo la modalidad semipresencial y la dual.
RGIMEN ACADMICO
ORGANIZACIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS
ORGANIZACIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELASTanto para los institutos y escuelas pblicos como privados, requieren como mnimo: Director General: con experiencia comprobada en gestin.Consejo asesor: con participacin del sector empresarial y profesional, asesora al Director General en temas formativos e institucionales.Seguimiento de egresados para contar con informacin sobre insercin y trayectoria laboral.Se exige hacer pblico en portal electrnico informacin relevante de programas de estudios, tarifas, estudiantes y docentes.
ORGANIZACIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELASEn adicin, para los institutos y escuelas pblicos:Director GeneralSe selecciona mediante concurso pblico.Perodo: 3 aos.No forma parte de la carrera docente.Consejo asesorConformado por 3-5 representantes del sector productivo y de la DRE.Se definen cargos de Coordinadores acadmicos y coordinadores de programas.
GESTIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS POR ORGANISMO PBLICO
GESTIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS POR ORGANISMO PBLICO Planifica la provisin de la oferta en coordinacin con los sectores productivos y GR.
Optimiza la oferta formativa pblica mediante procesos de reconversin, reorganizacin, fusin o cierres de institutos y escuelas .
Gestiona del funcionamiento de los institutos y escuelas a cargo de equipo especializado, que actualmente es inexistente en las regiones.
GESTIN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS POR ORGANISMO PBLICO Crea nuevas institutos y escuelas pblicas.
Selecciona y designa a los Directores Generales de institutos y escuelas .
Asigna de manera oportuna y suficiente los recursos a los institutos y escuelas para su funcionamiento.
Cuenta con comits consultivos con representantes del sector productivo.
CARRERA PBLICA DEL DOCENTE DE INSTITUTOS Y ESCUELAS
CARRERA PBLICA DEL DOCENTE DE INSTITUTOS Y ESCUELASSe crea una carrera pblica especfica para los docentes de institutos y escuelas .
El ingreso a la carrera pblica es mediante concurso a cualquiera de las cinco categoras siempre que cumpla con requisitos. Pueden ingresar profesionales no pedagogos y promueve el ingreso de profesionales que laboran en el sector productivo.
CARRERA PBLICA DEL DOCENTE DE INSTITUTOS Y ESCUELASSe incluye evaluacin de permanencia y evaluacin de promocin.
Fuera de la carrera pblica se pueden contratar a docentes extraordinarios (con talento, autodidactas) y altamente especializados.
FISCALIZACIN Y SANCIONES: INSTITUTOS Y ESCUELAS PBLICOS Y PRIVADOS
FISCALIZACIN Y SANCIONES: INSTITUTOS Y ESCUELAS PBLICOS Y PRIVADOSEl MINEDU fiscaliza y sanciona.
Infracciones leves, graves y muy graves:
Infraccin leve: Multa hasta 20 UIT y/o amonestacin. Infraccin grave: Multa mayor a 20 UIT hasta 60 UIT y/o suspensin de la admisin de estudiantes. Infraccin muy grave: Multa mayor a 60 UIT hasta 120 UIT y/o cancelacin de la licencia de funcionamiento.
POR UNA EDUCACIN SUPERIOR DE CALIDAD Escuela
Secundaria completa
Bachiller tcnico (120c)
Bachiller (200c)
Maestro (+48c)
Doctor (+64c)
Instituto
Escuela
Universidad
Universidad
Universidad
Posgrado
Posgrado
Titulo profesional tcnico
Titulo Profesional
Titulo tcnico
PREGRADO
POSGRADO