ley de ingresos del municipio de mulegé, baja california sur

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LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 H. Congreso del Estado de Baja California Sur Oficialía Mayor Departamento de Apoyo Parlamentario BOGE.64 20-12-2013 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 20 de diciembre de 2013 TEXTO VIGENTE Al margen un sello con el Escudo del Estado de Baja California Sur, al calce dice: PODER EJECUTIVO. MARCOS ALBERTO COVARRUBIAS VILLASEÑOR, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, A SUS HABITANTES HACE SABER: QUE EL H. CONGRESO DEL ESTADO, SE HA SERVIDO DIRIGIRME EL SIGUIENTE: DECRETO No. 2124 EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR D E C R E T A: LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014. ARTICULO 1°.- Los ingresos que la Hacienda Pública del Municipio de Mulegé percibirá durante el Ejercicio Fiscal comprendido del primero de Enero al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, deberán ser los que se obtengan por los conceptos que a continuación se enumeran: I.- IMPUESTOS. $21’260,002.00 1.- Predial 14,000,000.00 2.- Sobre adquisición de inmuebles 8,200,000.00 3.- Por diversiones y espectáculos públicos. 60,000.00 4.- Por juegos, rifas y loterías permitidas por la Ley. 1.00 5.- Sobre Urbanización. 1.00 6.- Adicional. 4,000,000.00 II.- DERECHOS. $58’745,004.00 1.- Por servicios del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. 2,000,000.00 2.- Por Servicios Catastrales. 550,000.00 3.- Por Licencias para construcción. 1,000,000.00 4.- Por servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales. 38’500,000.00 1

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LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

H. Congreso del Estado de Baja California SurOficialía MayorDepartamento de Apoyo Parlamentario

BOGE.64 20-12-2013

LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SURPARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 20 de diciembre de 2013

TEXTO VIGENTE

Al margen un sello con el Escudo del Estado de Baja California Sur, al calce dice: PODER EJECUTIVO.

MARCOS ALBERTO COVARRUBIAS VILLASEÑOR, GOBERNADOR CONSTITUCIONALDEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, A SUS HABITANTES HACE SABER:

QUE EL H. CONGRESO DEL ESTADO, SE HA SERVIDO DIRIGIRME EL SIGUIENTE:

DECRETO No. 2124

EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

D E C R E T A:

LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

ARTICULO 1°.- Los ingresos que la Hacienda Pública del Municipio de Mulegépercibirá durante el Ejercicio Fiscal comprendido del primero de Enero al treinta y unode diciembre de dos mil catorce, deberán ser los que se obtengan por los conceptosque a continuación se enumeran:

I.- IMPUESTOS. $21’260,002.00

1.- Predial 14,000,000.002.- Sobre adquisición de inmuebles 8,200,000.003.- Por diversiones y espectáculos públicos. 60,000.004.- Por juegos, rifas y loterías permitidas por la Ley. 1.005.- Sobre Urbanización. 1.006.- Adicional. 4,000,000.00

II.- DERECHOS. $58’745,004.00

1.- Por servicios del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. 2,000,000.002.- Por Servicios Catastrales. 550,000.003.- Por Licencias para construcción. 1,000,000.004.- Por servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales. 38’500,000.00

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LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MULEGÉ, BAJA CALIFORNIA SUR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

H. Congreso del Estado de Baja California SurOficialía MayorDepartamento de Apoyo Parlamentario

BOGE.64 20-12-2013

5.- De cooperación para obras públicas que realice el Municipio 100,000.006.- Por servicios de Registro Civil. 200,000.007.- Por la legalización de firmas, expedición de certificados, constancias y copias certificadas. 800,000.008.- Por servicios funerarios y panteones. 15,000.009.- Por prestación de servicios en el rastro Municipal. 300,000.0010.- Por depósito de animales en los corrales municipales. 1.0011.- Por alineamiento de predios, números oficiales y medición de terrenos. 150,000.0012.- Por expedición de certificados de vecindad y de morada conyugal. 1.0013.- Por servicios de seguridad y tránsito 7,800,000.0014.- Por limpia de solares. 1.0015.- Por aseo, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de la basura. 100,000.00

16.- Por servicios de inspección municipal. 30,000.00 17.- Por bienes de uso común y ocupación de la vía pública. 750,000.0018.- Por registro, licencias y permisos de giros comerciales. 1,300,000.0019.- Por expedición de licencias, refrendos y revalidaciones, permisos y autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos que expendan bebidas alcohólicas. 4,500,000.0020.- Por otorgamiento de licencias, permisos o autorizaciones para anuncios, carteles o publicidad o privada con vista al exterior. 400,000.00

III.- PRODUCTOS. $8,070,001.001.- Por la venta o explotación de bienes muebles e Inmuebles del patrimonio Municipal. 500,000.002.- Por almacenaje de vehículos en los corralones municipales de depósito. 100,000.003.- Por la venta de bienes mostrencos. 1.004.- Por la venta de solares propiedad del Municipio. 6,000,000.005.- Por la expedición de títulos de propiedad. 700,000.006.- Por la venta de papel para copias de actas del Registro Civil. 50,000.007.- Por la ocupación de locales, almacenes o el uso de cuartos fríos en los mercados y rastros municipales. 40,000.008.- Por la venta de formatos oficiales. 200,000.009.- Por estacionamiento municipal. 30,000.0010.- Por servicio de transporte público urbano. 300,000.0011.- Productos diversos 150,000.00

IV.- APROVECHAMIENTOS: $6,365,000.001.- Por recargos. 800,000.00

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H. Congreso del Estado de Baja California SurOficialía MayorDepartamento de Apoyo Parlamentario

BOGE.64 20-12-2013

2.- Por rezagos. 2,700,000.003.- Por multas. 350,000.004.- Por sanciones por desacato al bando de policía y buen gobierno, reglamento de tránsito y demás disposiciones vigentes. 2,500,000.00

V.- PARTICIPACIONES: $115,000,000.00

1.- Del Gobierno Federal. 115,000,000.00 2.- Del Gobierno Estatal. 500,000.00

VI.- FONDO DE APORTACIONES FEDERALES

Aportaciones del Gobierno Federal para finesespecíficos.

VII.- INGRESOS EXTRAORDINARIOS:

$39,714,124.00

39,714,124.00

$25,871.514.00

1.- Subsidios federales o estatales. 3,251,507.002.- Herencias, legados y donaciones al Municipio

de Mulegé. 1.003.- Por intereses Bancarios o de financiamientos. 1.004.- Reintegros. 1.005.- Indemnizaciones a favor del Municipio. 1.006.- Aportaciones de los Gobiernos Federal, Estatal y

Terceros para Obras y servicios públicos municipales de Mulegé. 3,000,000.00

7.- Empréstitos y financiamientos diversos. 18,000,000.008.- Depósitos. 1.009.- Gastos de Ejecución. 100,000.0010.- Intereses por prórroga de pago de créditos fiscales. 1.0011.- Ingresos por Zona Federal Marítimo Terrestre. 1.0012.- Otros conceptos no especificados 1,520,000.00

TOTAL $280’525,645.00

ARTÍCULO 2°.- Los ingresos a que se refieren los conceptos indicados en el artículoanterior, serán causados y recaudados de acuerdo con lo que dispo2rne la Ley deHacienda para el Municipio de Mulegé, Baja California Sur en lo conducente y demásleyes, reglamentos, tarifas y disposiciones relativas.

ARTICULO 3.- En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, se causaránintereses del 2.5% mensual sobre saldos insolutos.

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H. Congreso del Estado de Baja California SurOficialía MayorDepartamento de Apoyo Parlamentario

BOGE.64 20-12-2013

Cuando no se pague un crédito fiscal en la fecha o dentro del plazo señalado en lasdisposiciones respectivas, se causaran recargos a la tasa del 2% mensual sobre lascontribuciones omitidas actualizadas.

Dichos recargos se causaran por cada mes o fracción que transcurra a partir de lafecha de exigibilidad y hasta que se efectué el pago, hasta por cinco años, y secalcularan sobre el total de las contribuciones omitidas actualizadas.

En los casos en que se conceda prorroga o autorización para pagar en parcialidadeslos créditos fiscales, será sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo delpresente artículo.

Para los efectos de este articulo, la autoridad municipal deberá sujetarse estrictamentea lo ordenado por los artículos 38, 95 y 105 del Código Fiscal del Estado y Municipiosdel Estado de Baja California Sur.

ARTÍCULO 4°.- Para que tenga validez el pago de las diversas contribuciones fiscalesque establece la presente Ley, el contribuyente deberá obtener en todo caso, el ReciboOficial debidamente foliado, expedido y controlado por la Tesorería General Municipal.Las cantidades que se recauden por esos conceptos serán concentradas en la mismaTesorería General Municipal y deberán reflejarse, cualquier que sea su forma ynaturaleza, en los registros de la misma.

T R A N S I T O R I O S:

ARTICULO PRIMERO.- Esta Ley entrara en vigor el día primero de enero del año dosmil catorce y tendrá vigencia hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año, previapublicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, y suámbito territorial de validez se circunscribe a la Jurisdicción del Municipio de Mulegé,Baja California Sur.

ARTICULO SEGUNDO.- Los ingresos a que se refieren en los rubros de impuestos,derechos, productos, aprovechamientos e ingresos extraordinarios, que no seencuentren establecidos en la Ley de Hacienda vigente, no podrán ser recaudados porel Ayuntamiento de Mulegé, Baja California Sur, en tanto no se realicen lasmodificaciones pertinentes y se publiquen en el Boletín Oficial del Gobierno del Estadode Baja California Sur.

ARTÍCULO TERCERO.- Los Ingresos que se obtengan por los servicios de aguapotable, drenaje alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, previstosen el punto número 4, de la fracción II de Derechos del artículo 1 de esta Ley, seránaplicados para cubrir los costos derivados de la operación en mantenimiento yadministración de los sistemas, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructuraexistente, la amortización de la inversiones realizadas, los gastos financieros de los

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BOGE.64 20-12-2013

pasivos y las inversiones necesarias para la expansión de la infraestructura, entérminos de lo dispuesto por el artículo 108 segundo párrafo de Ley de Aguas delEstado de Baja California Sur, y por lo previsto en la fracción XXII del artículo 2 delAcuerdo de Creación del Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable,Alcantarillado y Saneamiento de Mulegé, publicado en el Boletín Oficial del Gobiernodel Estado de Baja California Sur el 25 de enero de 2012, bajo el número 05. ARTÍCULO CUARTO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lapresente Ley.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL PODER LEGISLATIVO, DEL ESTADO, ENLA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBREDEL AÑO DOS MIL TRECE. PRESIDENTA.- DIP. ADELA GONZÁLEZ MORENO.-Rubrica. SECRETARIO.- DIP. AXXEL GONZALO SOTELO ESPINOSA DE LOSMONTEROS.- Rubrica.

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