legislaciÓn y contaminaciÓn del agua

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  • 8/17/2019 LEGISLACIÓN Y CONTAMINACIÓN DEL AGUA

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    LEGISLACION Y CONTAMINACION DEL AGUA

    INTRODUCCION

    El agua es un recurso vital para la vida y soporte del desarrollo económico ysocial de cualquier país del mundo, fundamental para los ecosistemas y

    requisito para la sustentabilidad del medio ambiente y su biodiversidad. La

    distribución natural del agua en el ámbito mundial y regional es desigual

    mientras en algunas regiones es abundante, en otras es escasa o inexistente.

    En la región Latinoamericana puede encontrarse variados ejemplos sobre la

    legislación en materia de recursos hídricos. no de ellos es el de !"xico, endonde se ha pronosticado el agotamiento de los recursos de aguas a corto

    pla#o, lo que obligará a desarrollar y obtener recursos en forma no tradicional.

    Ejemplo de estas vías será el recurrir al uso de agua de mar en servicios

    sanitarios a la desalación de las aguas para cubrir el abastecimiento de agua

    potable.

    En los diversos países de $m"rica Latina así como en los de Europa y otros

    continentes se han fijado normas relativas a la concesión del derecho de

    aprovechamiento y control del uso del agua. Estas legislaciones se ha ido

    complementando y mejorando para adecuarlas a las necesidades y t"cnicas

    modernas impuestas por el desarrollo.

    %ero a pesar de estas la contaminación del agua ya sea urbana o por desechos

    químico u otros amena#a la salud y la vida de los seres humanos asi como el

    de la fauna y la flora terrestre.

    El objetivo de este trabajo es mostrar la legislación de dos países

    Latinoamericanos y uno Europeo para llegar a algunas conclusiones sobre el

    particular.

    CAUSAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA

    Entre estas tenemos&

    • 'ontaminación %or desechos industriales, %ueden ser de dos tipos& _ En forma líquida& (cidos. $ceites y sustancias químicas

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     _ En )orma sólida& metales, vidrios y plásticos.

    •  $guas *esidualesEstas son generadas por los centros urbanos

    • +errames de %etróleo

    %rovienen de los accidentes de los buques tanques y de las fugas de los

    equipos de perforación marina.

    CONSECUENCIAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA&

    on Las siguientes&

    •  $lteración del Ecosistema• Escases del agua• uelos inf"rtil

    • Extinción de la )lora• !uerte de la )auna• *uptura de la cadena alimenticia• +esaparición de la vida

    ESCASES DEL AGUA

    En las -ltimas d"cadas, el agua se ha convertido en un recurso estrat"gico

    para el desarrollo económico y la supervivencia de los países debido a la

    escase# del agua para consumo humano y a la perdida de la calidad original.eg-n las naciones nidas dos de cada / personas en el mundo, más de dos

    mil millones de personas, carecen de fuentes de agua potable, lo que

    ocasiona que por día 3!"" ni#os $ueran por es%e pro&le$a , mientras que

    más de 0, 1// millones no cuenten con saneamiento básico.

     _ Es por eso que en el 0//2, el agua 'a sido ca%alo(ada por la ONU

    co$o un recurso )ini%o cu*o acceso se(uro es considerado co$o

    uno de los derec'os )unda$en%ales y una de las !etas del !ilenio,donde se planteaba reducir para el a3o 0/4 el porcentaje de personas

    que no tienen agua, donde se planteaba reducir para el a3o 0/4 el

    porcentaje de personas que no tienen agua.

    i+, SITUACI-N DEL AGUA EN M./ICO

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    +iversos estudios muestran que las #onas costeras mexicanas presentan

    problemas de contaminación, los cuales producen efectos nocivos sobre los

    organismos que habitan en el mar, los estuarios, las lagunas costeras y los

    humedales, produci"ndose en algunos casos da3os irreversibles a los

    ecosistemas costeros y considerables costos sociales y económicos

    LEGISLACI-N SO0RE EL AGUA EN M./ICO

    Den%ro del $arco 1urídico 2i(en%e 'a* 2arios  ordenamientos con

    disposiciones en materia de agua. En primer lugar está la 'onstitución %olítica

    de los Estados nidos !exicanos 5'%E!6, que en el artículo 07, párrafos

    primero y quinto, establece la propiedad originaria de la nación sobre lasaguas. Este derecho de propiedad es inalienable e imprescriptible, seg-n el

    párrafo sexto, y el derecho de beneficiarse de las aguas sólo será aquel que

    derive de una concesión otorgada por el %oder Ejecutivo )ederal.

    El servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de

    sus aguas residuales está regulado en el artículo 4 de la '%E!, en el que

    se establece que es de competencia municipal. )inalmente, creemos que en elartículo 8, párrafo quinto, cuando se habla de que& 9:oda persona tiene derecho

    a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar;

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    aguas residuales. Estos criterios deben considerarse en la expedición de

    normas? en el tipo de tratamiento que debe aplicarse a las aguas residuales? en

    el establecimiento de #onas reglamentadas, de veda o de reserva? en las

    concesiones, asignaciones y permisos? y en los trabajos hidrológicos en

    cuencas, cauces y aguas subterráneas. +e acuerdo con la L>EE%$,

    corresponde a la emarnat expedir las =ormas @ficiales !exicanas para

    prevenir y controlar la contaminación de las aguas nacionales.

    ii+, SITUACI-N DEL AGUA EN ECUADOR

    +urante muchos a3os el tema del manejo del agua se ha limitado casiexclusivamente al manejo de embalses, construcción de canales de riego,

    drenajes, obras de captación, sistemas de agua potable, y alcantarillado. Es

    decir, se han centrado en la provisión de agua para las diferentes actividades,

    concentradas en la cantidad de agua que se puede entregar a una determinada

    población o para una determinada actividad. in embargo, Ecuador tiene una

    deuda muy alta en cuanto a los esfuer#os que se reali#an para mejorar la

    calidad del agua, especialmente, del agua que se vierte producto deactividades industriales, dom"sticas y agropecuarias.

    La ciudad de Auito, por ejemplo, no posee ning-n sistema de tratamiento de

    aguas residuales de importancia, los que existen son muy peque3os o se

    encuentran al interior de algunas industrias. 'omo consecuencia, el deterioro

    de la calidad del agua se refleja en los altos índices de contaminación que se

    registran en los ríos !achángara, >uayllabamba y !onjas. Los esfuer#os para

    solucionar este problema en Auito no han dado sus frutos y a pesar de a3os de

    estudios, millones de dólares de inversión y actuali#aciones de estudios, se

    estima que en el a3o 0/2 Auito podrá contar con sus primeros sistemas de

    tramiento de aguas residuales.

    Lamentablemente esta situación no es exclusiva para la ciudad de Auito, casi

    todas las ciudades de tama3o mediano y grande en el Ecuador, con excepción

    de 'uenca y algunos sectores de >uayaquil, carecen de sistemas de

    tratamiento de agua. Las consecuencias de la contaminación del agua se

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    reflejan en los altos niveles de parasitosis, enfermedades diarreicas, y p"rdida

    de la biodiversidad acuática relacionadas a la mala calidad dal agua.

    La contaminación del agua provoca que muchos ríos a pesar de tener agua

    corriendo por su cauce, el agua no se puede utili#ar para riego, ganadería o

    generación electrica. %or tanto, se provoca una escase# de agua limitada por la

    calidad de la misma y no por la cantidad. Esto tiene consecuencias importantes

    en la gestión de los recursos hídricos ya que la falta de agua en las #onas

    bajas aumenta la presión sobre los páramos y ecosistemas de altura para suplir 

    de agua de buena calidad a las poblaciones locales.

    MARCO LEGAL SO0RE EL AGUA EN ECUADOR

    La problemática ambiental fue uno de los elementos más debatidos en la

     $samblea 'onstituyente de !ontecristi. Es cierto que la 'onstitución de B72

    ya incorporó el derecho a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación,

    pero su texto obedecía a una tendencia histórica de pensar en la naturale#a

    como la fuente de recursos y rique#as, visión antropoc"ntrica que ya había sido

    cuestionada.

    e plantea la visión de un modelo de desarrollo del 9buen vivir< o 9sumaCCaDsay

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     $demás la 'onstitución no solo se queda con esta declaración sino que la

    complementa&

    • toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad

    p-blica el cumplimiento de los derechos de la naturale#a 5art. 76.

    • El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos,

    para que protejan la naturale#a, promoverá el respecto a todos los

    elementos que forman un ecosistema 5art.76.

    • La naturale#a tiene derecho a la restauración. Esta restauración será

    independiente a la obligación que tiene el Estado y las personas jurídicas y

    naturales a indemni#ar a los individuos colectivos que dependen de los

    sistemas naturales afectados 5art. 706.

    • El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades

    que destruyan el ecosistema o la alteración permanente de los ciclos

    naturales. 5art. 7G6

    • +eber ciudadano de respetar los derechos de la naturale#a, preservando un

    ambiente sano y utili#ando los recursos naturales de modo racional,

    sustentable y sostenible 5art. 2G6.Estos artículos reflejan el deber que tiene el Estado a garanti#ar que se cumpla

    estos derechos. $sí, el artículo / párrafo 0 establece que la naturale#a será

    sujeto de aquellos derechos que le recono#ca la 'onstitución. $ esto,

    complementa el artículo . =umeral 0 párrafo 0 que establece que el

    Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real

    a favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de

    desigualdad. H la naturale#a es sujeto de estos derechos.+e manera complementaria la Cons%i%uci4n es%a&lece el derec'o 'u$ano al

    a(ua+ +e acuerdo a la @bservación >eneral =o. 4 relativa al derecho al agua

    emitida por el 'omit" de +erechos económicos, ociales y 'ulturales de las

    Naciones Unidas este derecho comprende que el agua sea accesible, que no

    puede nadie verse discriminado, que su gestión recono#ca las prácticas y

    normas de las distintas culturas, que est" disponible en cantidad y calidad de

    manera oportuna y que se cuide su permanencia para las próximas

    generaciones.

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     $sí mismo, la Le* de A(uas vigente de B70, todos los derechos de aguas

    deben tener concesiones, a excepción de las que se usen para el servicio y uso

    dom"stico. e considera servicio, a aquella cantidad de agua que se requiere

    para subsistencia, con la condición de que no de&e ser con%a$inada

    des2iada o es%ancada+ En el caso de agua potable, y uso dom"stico, se

    permite la desviación y el tratamiento.

    El marco legal ecuatoriano, además, reconoce a las personas, el derecho a

    vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de

    contaminación? preservando el medio ambiente y garanti#ando un desarrollo

    sustentable, por lo que además cuenta con&

    a6 Ley de >estión $mbientalb6 Ley de %revención y 'ontrol de la 'ontaminación $mbiental.c6 :exto nificado de Legislación $mbiental ecundaria

    =ormas con las cuales pretenden cumplir con sus objetivos.

    III+, SITUACI-N DEL AGUA EN 5RANCIA

    En )rancia, la agricultura intensiva es responsable de dos terceras partes de la

    contaminación del agua potable, seg-n un estudio reali#ado por )' Aue'hoisir 5nión )ederal de 'onsumidores6.

     $ pesar de que )rancia cuenta con una importante política de potabili#ación y

    de prevención de la contaminación del agua, y de que la gran mayoría 5B7,4I6

    de sus habitantes tiene acceso al agua potable, existe un porcentaje que no la

    tiene. 'asi dos millones de personas se ven afectadas, principalmente en las

    peque3as ciudades de alrededor de 4// habitantes.

    Los agrotóxicos usados en la agricultura representan la mayor contaminación

    agrícola que se produce en el agua, siendo la atra#ina, un herbicida

    ampliamente utili#ado, responsable del 1/I esa contaminación. Esto se debe a

    su persistencia en el medio ambiente por largos a3os, sino d"cadas, despu"s

    de haber sido utili#ada. Ejemplo de esta situación es la propia )rancia, donde la

    atra#ina fue prohibida en el 0//G y a-n sigue presente en el agua. En el restode la nión Europea se prohibió en el 0//7.

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    Esta situación le ha creado a )rancia grandes problemas de polución agrícola

    que contamina sus ríos, por lo que en el a3o 0/0 fue sancionada por el

    'onsejo de Justicia de la nión Europea 5'JE6 con una multa de varias

    decenas de millones de euros.

    MARCO LEGAL SO0RE EL AGUA EN 5RANCIA

    La Le* del 3 de enero de 6778, llamada 9Le* de A(uas: fijó los principios de

    una verdadera gestión integrada del agua& carácter patrimonial del agua 5el

    agua es el 9patrimonio com-n de la =aciónE 5%lan !aestro de

     $provechamiento y >estión de $guas6 para las grandes cuencas hidrográficas,

    el $>E 5%lan de $provechamiento y >estión de $guas6 para las subcuencas

    La Direc%i2a Marco Europea del A(ua ;DMA<  del 0G de octubre de 0///,

    estableciendo un marco para una política comunitaria en el ámbito del agua,

    dio una coherencia global a una legislación europea muy densa 5una treintena

    de directivas y reglamentos desde los a3os setenta6. Esta +irectiva fija

    objetivos, un calendario y un m"todo de trabajo comunes a los 07 Estados

    !iembros de la nión Europea. 'omien#a por un preámbulo muy importante&

    9El agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay

    que proteger, defender y tratar como talobierno hacia las autoridades locales& el poder ejecutivo

    local se transfirió del %refecto 5representante del Estado6 hacia los

    representantes elegidos 5consejo general y consejo regional6.

    Le* n= 78,68> del ? de )e&rero de 6778 lla$ada @le* ATR@  la ley relativa ala $dministración :erritorial de la *ep-blica creó dos nuevos Establecimientos

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    %-blicos de 'ooperación ntermunicipal 5E%'6 con fiscalidad propia& la

    'omunidad de !unicipios y la 'omunidad de 'iudades, competentes en

    materia de desarrollo económico y ordenación del territorio.

    Le* n= 73,688 del 87 de enero 6773 lla$ada @le* Sapin@  esta ley, relativa a

    la prevención de la corrupción y a la transparencia de la vida económica y de

    los procedimientos p-blicos, no se refiere exclusivamente a la gestión del agua,

    pero tuvo un impacto considerable en las prácticas de gobernabilidad de todos

    los servicios p-blicos. nstaura, en el caso de una delegación de servicio

    p-blico, la obligación de apertura a la competencia de las empresas. La

    instauración de un procedimiento de licitación puso fin a las prórrogas tácitas

    de los contratos.

    Le* n= 7>,6"6 del 8 de )e&rero de 677> lla$ada @le* 0arnier@   esta ley

    relativa al fortalecimiento  de la protección del medio ambiente instituye  la

    obligación de un informe p-blico anual  del $lcalde sobre el precio y la calidad

    de los servicios de agua potable y saneamiento. La ley Farnier fija tambi"n la

    duración de las delegaciones de servicio p-blico y prohíbe la práctica de

    los 9derechos de entrada< que eran pagados tradicionalmente por la empresa

    delegada a cambio del derecho de explotación del servicio p-blico del agua.

    Le* n=7>,68B del ! de )e&rero de 677> lla$ada @le* Maeaud@   esta ley

    relativa a las delegaciones nde servicio p-blico prev" la entrega de un informe

    por la empresa delegada, que debe describir las cuentas de todas las

    actuaciones relacionadas con la ejecución de la delegación e incluir un análisis

    de la calidad del servicio. El informe debe incluir un anexo financiero y t"cnicoque permite a la autoridad p-blica apreciar las condiciones de ejecución del

    contrato.

    I+, CONCLUSIONES

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    6 En los países desarrollados, la contaminación del agua por las aguas

    residuales dom"sticas e industriales cada ve# se controla mejor, las

    contaminaciones de origen agrícola siguen siendo preocupantes.

    06 En los países en desarrollo, las poblaciones sufren sobre todo de la falta deagua sana y de contaminaciones microbiológicas graves& el agua sigue

    siendo la primera causa de mortalidad en el mundo con 8 millones de

    muertes cada a3o seg-n la @!

    G6 %ero, si bien es cierto que en ambos contextos existe enjundiosos marcos

    legales que se encargan de imponer los castigos pertinentes para las

    personas u organi#aciones que no cumplan con estas disposiciones elproblema es que en la práctica se soslayan o se incumplen por diversas

    ra#ones. %or lo que se requiere hacer cumplir las leyes irrestrictamente con

    la finalidad de proteger de forma imperativa la vida humana, fauna y flora, o

    dicho de otra manera, hay que terminar con la falta de autoridad del Estado

    para hacer que se respeten las leyes sobre el particular y en general.