lectura velasco alvarado y la industria minera

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  • 7/25/2019 Lectura Velasco Alvarado y La Industria Minera

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    VELASCO ALVARADO Y LA INDUSTRIA MINERA

    Hasta 1968, casi toda la actividad petrolera se encontraba en manos

    extranjeras. La International Petroleum Company IPC!, subsidiaria de la

    transnacional "tandard #il, $ab%a comprado en 191& los yacimientos

    petrol%'eros de la (rea y Pari)as y en 19** durante el +obierno deLe+u%a y mediante un laudo arbitral uedaba liberada de pa+ar

    impuestos a las utilidades y pa+ar s-lo * centavos de d-lar por barril

    como impuesto de exportaci-n. La disputa y desacuerdos con la IPC 'ue

    un problema +rave durante el primer +obierno de (elaunde, as% como

    tambi/n lo 'ue para su 0n. La IPC estaba convencida ue si no lle+aba

    a un acuerdo con el actual +obierno de (elaunde y debido a las

    mani'estaciones en contra de la compa)%a, era muy probable ue el

    nuevo presidente ue ser%a ele+ido al a)o si+uiente, expropiara la

    empresa.

    ras lar+as ne+ociaciones, el presidente 2ernando (elaunde 0rm- el

    3cta de alara en 1968, este acuerdo 'ue tomado por el +obierno como

    un +ran lo+ro ya ue la IPC, adem4s de reconocer la soberan%a plena del

    Per5 sobre los recursos del subsuelo de La (rea y Pari)as, ced%a sus

    instalaciones en la super0cie. Por su parte, el +obierno daba por

    cancelado los impuestos atrasados y otor+aba un contrato a trav/s del

    cual la mpresa Petrolera 2iscal del Per5 le vend%a a la IPC el 87 del

    petr-leo ue se extrajera de los yacimientos de La (rea y Pari)as,

    re0n4ndolo y distribuy/ndolo en el Per5 por cuatro d/cadas. l puntom4s 4l+ido del acuerdo 'ue lo relacionado al precio pactado y a medida

    ue la in'ormaci-n del acuerdo se $ac%a p5blica, los reproc$es al

    contrato 'ueron en aumento, ar+ument4ndose ue el precio pactado

    $ab%a sido demasiado bajo y ue iba en contra de los intereses del pa%s.

    no de los opositores era Carlos Loret de :ola, Presidente de la mpresa

    Petrolera statal, uien declaraba ue /l $ab%a 0rmado una p4+ina 0nal,

    la llamada ;P4+ina 11< en la cual se contemplaba un precio m%nimo en

    d-lares para el petr-leo, se)alando tambi/n ue esta p4+ina se $ab%a

    extraviado. ranscurrido un mes de este problema, el +eneral =uan

    >elasco 3lvarado encabe?aba un +olpe de stado contra el +obierno de(elaunde.

    n d%a despu/s ue el @eneral >elasco diera el @olpe de stado decret-

    con Aecreto Ley Bro. 1D76! la nulidad del Contrato celebrado con la

    IPC y el 3cta de alara y a trav/s del Aecreto Ley Bro. & 1D766! el

    Complejo Industrial de alara, Ee0ner%a, Instalaciones y anexos 'ueron

  • 7/25/2019 Lectura Velasco Alvarado y La Industria Minera

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    expropiados por el @obierno Eevolucionario de la 2uer?a 3rmada, con

    este decreto se encar+- a la mpresa Petrolera 2iscal la administraci-n

    de los yacimientos y del Complejo Industrial de alara. Posteriormente

    para prose+uir con la explotaci-n petrolera se cre- la entidad estatal

    PE#PE.

    n 1968 el capital extranjero dominaba la producci-n minera amparado

    por el c-di+o +eneral de miner%a dictado por #dria en 197 y ue

    permit%a ue estas empresas obten+an buenas utilidades y a su ve?

    dejen pocos dividendos al Per5. s as% ue empresas como la Cerro de

    Pasco, la "out$ern Per5, la :arcona, la IPC ten%an pr4cticamente control

    del sector de0niendo las pol%ticas de inversi-n a reali?ar.

    s por ello ue a 0nales de ese a)o las tres cuartas partes de la industria

    minera eran controladas por extranjeros. 3nte este escenario, cuando

    >elasco asume la presidencia en 1968 toma como primera +ran medidala expropiaci-n de la International Petroleum Corporation, ne+4ndose a

    darle compensaci-n al+una a la empresa norteamericana aduciendo ue

    el contrato ue ten%an no era v4lido y ue arrastraba una +ran deuda

    tributaria, a pesar ue esto conllevara problemas con stados nidos al

    amena?ar al pa%s con cortarle los cr/ditos amparados en la enmienda

    HicFenlooperG.

    sta primera iniciativa de >elasco era parte del plan ue tenia de darle

    al stado un mayor prota+onismo y $e+emon%a en la econom%a y el

    proceso de desarrollo. Con ello se buscaba darle una independenciaecon-mica al pa%s mediante marcadas acciones nacionalistas.

    l impulso esencial del pro+rama de desarrollo de >elasco era pasar de

    una econom%a de laisse? 'aire dejen $acer, dejen pasar, re0ri/ndose a

    una completa libertad en la econom%aJ libre mercado, libre manu'actura,

    bajos o nulos impuestos, libre mercado laboral y m%nima intervenci-n de

    los +obiernos! a otra mixta y reempla?ar la estrate+ia de desarrollo

    impulsada por las exportaciones por una industriali?aci-n por sustituci-n

    de importaciones.

    Cuando las dem4s empresas, ue no estaban de acuerdo con las

    nuevas condiciones se retrajeron en sus compromisos de inversi-n y se

    ne+aron a explotar los nuevos dep-sitos del sur se decidi- dar por

    0nali?ada su concesi-n. Con ello se dio inicio a una serie de

    expropiaciones como la I en 1969, la Peruvian Corporation y la

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    re0ner%a de Conc$an en 19D*, la cerro Corporation en 19D&, ue paso a

    llamarse Centromin y la :arcona :innin+ Company en 19D.

    stas empresas pasaron a ser estati?adas y administradas por

    :ineroper5, compa)%a estatal creada con la ley de miner%a de 19D7,

    ampliada en 19D1 con la ley +eneral de miner%a, la cual se encar+aba decomerciali?ar la producci-n de minerales en el mercado internacional y

    de explotar los nuevos dep-sitos tal como lo menciona en su discurso

    presidencial del *8 de julio de 19D1.

    KLa Ley @eneral de :iner%a consa+ra el derec$o preeminente del stado

    sobre todos los recursos mineros del pa%s. Por primera ve? se asume el

    control e'ectivo de los cuantiosos recursos mineros y se reserva la

    re0naci-n de los metales y la comerciali?aci-n de los productos.

    3simismo, la ley establece ue los recursos minerales no pueden

    permanecer inde0nidamente inexplotados mediante el tradicionalsistema de pa+o de un simple canon territorial. 3$ora, las empresas

    mineras est4n obli+adas a invertir en las 'ases de exploraci-n,

    preparaci-n e iniciaci-n de la producci-n de las minas, etapas para las

    cuales la ley establece l%mites de tiempo muy precisos en relaci-n con

    los vol5menes de mineral de cada yacimiento. Ae este modo, las minas

    no podr4n ser mantenidas improductivas por las empresas ue sol%an

    +uardarlas como reserva de acuerdo a su inter/s particular

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    liberaci-n de la inMuencia oli+4ruica por parte de los empresarios

    locales. "in embar+o la realidad 'ue opuesta y decepcionante, ya ue el

    +obierno no encontr- la aco+ida esperada por parte de las empresas

    extranjeras obli+4ndolo a desembolsar recursos y solicitar pr/stamos

    extranjeros denotando el 'racaso de su modelo de desarrollo

    nacionalista.

    LA ENMIENDA HICKENLOOPER

    Aurante el +obierno de =uan >elasco 3lvarado el +obierno de .. cort- los cr/ditos y

    amena?- al pa%s con aplicar la enmienda HicFenlooper, el si+uiente texto nos explica

    en u/ consiste dic$a enmiendaJ

    La nmienda HicFenlooper 'ue propuesta en el a)o de 196* por el senador republicano

    (ourFe (. HicFenlooper. l Con+reso de los stados nidos de 3m/rica aprob- esta

    enmienda como una +arant%a adicional ue ued- incorporada en la subsecci-n c! de

    la secci-n 6*7 de la Ley. Aice as%J ;l presidente suspender4 la ayuda al +obierno de

    cualuier pa%s al ue se le ayude de acuerdo a las disposiciones de esta ley, cuando

    dic$o +obierno o cualuier dependencia o subdivisi-n del mismo, de 'ec$a posterior al

    1N de enero de 196*J

    1. $aya nacionali?ado, expropiado o tomado una propiedad de un ciudadano de los

    stados nidos, o controlado por /l mismo, por una corporaci-n o sociedad en la ue

    no menos del 7 est/ en manos de nacionales de los Ostados nidos

    *. $aya impuesto o cobrado por la 'uer?a tasa u otras car+as discriminatorias, o

    limitado las condiciones de mantenimiento u operaci-n, ue produ?can el e'ecto de

    una nacionali?aci-n, expropiaci-n o apoderamiento de la propiedad o toma de su

    control, y tal pa%s, a+encia del +obierno subdivisi-n +ubernamental dentro de un pla?o

    ra?onable no m4s de seis meses desde tal acci-n, o de la 'ec$a de aprobaci-n de esta

    subsecci-n, cualuiera ue sea la 5ltima! no $aya tomado medidas necesarias, ue

    puedan incluir el arbitraje, para cumplir sus obli+aciones se+5n el Aerec$o

    Internacional con tal ciudadano o entidad, incluyendo compensaci-n euitativa y

    pronta por tal propiedad, en divisas convertibles, como lo reuiere el Aerec$o

    Internacional o no toma las medidas necesarias para levantar dic$as tasas, car+as o

    exacciones se+5n sea el caso, y tal suspensi-n de la ayuda continuar4 $asta ue se

    estime en 'orma satis'actoria ue dic$as medidas $an sido tomadas, y nin+una

    disposici-n de esta ley permitir4 al presidente renuncias a las disposiciones de esta

    subsecci-n.