lectura 3 - inversiones transitorias_corregido30may2013

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Materia: Contabilidad Intermedia Profesores: Leticia Masfarré y Gerardo Perreti - 1 - Unidad 3 Inversiones transitorias 3.1 Concepto Nuestras normas (RT 9, III, a. 2.) definen como inversiones a las realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro beneficio, explícito o implícito, y que no forman parte de los activos dedicados a la actividad principal del ente, y las colocaciones efectuadas en otros entes. Incluyen entre otras: títulos valores, depósitos a plazo fijo en entidades financieras, préstamos, inmuebles y propiedades. Considerando el plazo de tiempo en que se mantienen como activos, las inversiones pueden clasificarse en temporarias (o transitorias) y permanentes. Las Inversiones Transitorias, objeto de estudio de la presente unidad, tienen su origen en la colocación temporaria de excedentes de efectivo cuyo objetivo es la obtención de un beneficio durante un corto plazo, al final del cual el ente estima liquidarlas. Las inversiones temporarias más frecuentes consisten en: Depósitos a plazo fijo en entidades financieras; Préstamos efectuados a otros entes; Títulos públicos o privados (acciones) con cotización; Inversiones en bienes diversos (por ejemplo: cuotas partes de un fondo común de inversión) Existen también las denominadas Inversiones Permanentes o de largo plazo, entre las cuales se destacan las participaciones permanentes en otros entes, las inversiones en títulos públicos que van a ser mantenidos hasta su vencimiento y las inversiones en activos de naturaleza similar a los bienes de uso. Este tipo de inversiones serán estudiadas por Usted en el Módulo 3 de esta materia. 3.2 Medición contable Bajo el siguiente título se tratarán el resto de los puntos del programa de contenidos para esta unidad ya que los mismos comprenden, en su totalidad, aspectos relacionados estrictamente con la medición contable de los componentes del rubro. Los títulos comprendidos son, según se enuncian en el programa de contenidos: 3.2 Valuación. Costo de incorporación al patrimonio. Concepto de valor contable de la acción 3.3 Títulos públicos. 3.4 Otras inversiones transitorias con rentas e intereses devengados. Medición de los resultados. Valor recuperable de los bienes.

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Page 1: Lectura 3 - Inversiones Transitorias_corregido30may2013

Materia: Contabilidad IntermediaProfesores: Leticia Masfarré y Gerardo Perreti

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Unidad 3 Inversiones transitorias 3.1 Concepto Nuestras normas (RT 9, III, a. 2.) definen como inversiones a las realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro beneficio, explícito o implícito, y que no forman parte de los activos dedicados a la actividad principal del ente, y las colocaciones efectuadas en otros entes. Incluyen entre otras: títulos valores, depósitos a plazo fijo en entidades financieras, préstamos, inmuebles y propiedades. Considerando el plazo de tiempo en que se mantienen como activos, las inversiones pueden clasificarse en temporarias (o transitorias) y permanentes.

Las Inversiones Transitorias, objeto de estudio de la presente unidad, tienen su origen en la colocación temporaria de excedentes de efectivo cuyo objetivo es la obtención de un beneficio durante un corto plazo, al final del cual el ente estima liquidarlas.

Las inversiones temporarias más frecuentes consisten en: Depósitos a plazo fijo en entidades financieras; Préstamos efectuados a otros entes; Títulos públicos o privados (acciones) con cotización; Inversiones en bienes diversos (por ejemplo: cuotas partes de un fondo común de

inversión) Existen también las denominadas Inversiones Permanentes o de largo plazo, entre las cuales se destacan las participaciones permanentes en otros entes, las inversiones en títulos públicos que van a ser mantenidos hasta su vencimiento y las inversiones en activos de naturaleza similar a los bienes de uso. Este tipo de inversiones serán estudiadas por Usted en el Módulo 3 de esta materia. 3.2 Medición contable Bajo el siguiente título se tratarán el resto de los puntos del programa de contenidos para esta unidad ya que los mismos comprenden, en su totalidad, aspectos relacionados estrictamente con la medición contable de los componentes del rubro. Los títulos comprendidos son, según se enuncian en el programa de contenidos:

3.2 Valuación. Costo de incorporación al patrimonio. Concepto de valor contable de la acción 3.3 Títulos públicos. 3.4 Otras inversiones transitorias con rentas e intereses devengados. Medición de los resultados. Valor recuperable de los bienes.

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Materia: Contabilidad IntermediaProfesores: Leticia Masfarré y Gerardo Perreti

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3.2.1. Depósitos a plazo fijo y préstamos Medición inicial: Las normas aplicables se encuentran en la RT 17, 4.5.2., bajo el título de Créditos originados en transacciones financieras. Las mencionadas normas dicen que se medirán de acuerdo con la suma de dinero entregada. Este es el caso general aplicable a créditos con tasa pactada no muy diferente a la de mercado. En cambio, cuando un crédito entre partes independientes fuera sin interés, o con una tasa de interés muy inferior a la de mercado, se medirá sobre la base de la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontada usando una tasa que refleje las evaluaciones del mercado sobre el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos del activo. Por último, en los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio (comprador) de la fecha de la transacción. Medición al cierre del ejercicio: Las normas aplicables se encuentran en la RT 17, 5.2., bajo el título de Cuentas a cobrar en moneda (originados en la venta de bienes y servicios, en transacciones financieras y en refinanciaciones, incluyendo a los depósitos a plazo fijo y excluyendo a las representadas por títulos con cotización). Para estos activos se considerará su destino probable. • Cuando existieren la intención y la factibilidad de negociarlos, cederlos o transferirlos

anticipadamente, se computarán a su valor neto de realización. • En los restantes casos, su medición contable se efectuará considerando:

a) la medición original del activo;

b) la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas;

c) las cobranzas efectuadas.

En los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuadas en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.

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Ejemplo – Plazo fijo: El 15/10/2008, la sociedad constituye un Plazo Fijo mediante transferencia bancaria en el Banco Provincia de Córdoba por un valor de $80.000 a 120 días de plazo, pactando una TNA del 25%. La sociedad cierra ejercicio económico el 31 de diciembre de cada año. Al 15 de octubre de 2008 (medición inicial) debe registrarse: Inversiones temporarias - Plazo fijo 80.000 a Banco Provincia de Córdoba c/c 80.000 Al 31 de diciembre de 2008 (medición al cierre) deben devengarse los intereses en base a las condiciones oportunamente pactadas con el banco: Inversiones temporarias - Plazo fijo 4.219 a Intereses ganados 4.219 3.2.2. Títulos públicos o privados con cotización Los casos más frecuentes son las inversiones en títulos públicos o acciones que cotizan en bolsa. Medición inicial: El criterio inicial de valuación es el costo, el cual estará dado por el precio de compra más gastos necesarios, todo sobre valores de contado (RT 17, 4.2.2.). En caso de que estas colocaciones sean en moneda extranjera, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Como se trata de un activo, el tipo de cambio aplicable es el comprador. Medición al cierre del ejercicio: Se valuarán al valor neto de realización, determinado como el valor de cotización al último día hábil del ejercicio menos los gastos directos de venta (RT 17, 5.6.). En caso de que estas colocaciones sean en moneda extranjera, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables. Como se trata de un activo, el tipo de cambio aplicable es el comprador. Ejemplo – Acciones con cotización: El 30/10/2008, la sociedad compra 50.000 acciones con cotización de la firma Alpargata S.A. por un monto de $ 51.000. Abona con transferencia bancaria. Por la compra, el agente de bolsa de cobra gastos por $4.000. Adicionalmente, se conoce que tanto el agente de bolsa como el Mercado de Valores, cobraran respectivamente un: 1,5 % y un 1% sobre el valor de venta en el momento de realizarse la misma. El 31/12/2007, fecha de cierre del ejercicio económico, el valor de cotización de las acciones de Alpargata S.A. es $1,25 cada una.

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Al 30 de octubre de 2008 (medición inicial) debe registrarse la compra de las acciones por su valor de costo: Inversiones temporarias – Acciones c/cotización 55.000 a Banco c/c 55.000 Al 31 de diciembre de 2008 (medición al cierre) deben valuarse las acciones al valor neto de realización: VNR = Precio de venta – Gastos directos de venta VNR = (50.000 x 1,25) – (50.000 x 1,25 x 0,025) VNR = 60.938 Ajuste = 60.938 – 55.000 Ajuste = 5.938 (ganancia) Inversiones temporarias – Acciones c/cotización 5.938 a Diferencia de cotización 5.938 Ejemplo – Títulos Públicos: La Sociedad adquirió de contado el 31 de Julio de 2008 Títulos Públicos emitidos por el Estado Chileno. Los mismos no serán mantenidos hasta su vencimiento, la Sociedad tiene intención de venderlos a comienzos del año 2009. Detalles de la compra: Cantidad comprada: 15.000 títulos Valor nominal (VN): $100 cada uno Costo de adquisición: $375.000 Tasa interna de retorno (TIR): 10% anual Al 31 de Diciembre de 2008 los Títulos Públicos que posee la Sociedad cotizaban al 21% de su valor nominal en el Mercado de Valores. En casos de venta debe deducirse el 5% de gastos de venta y comisiones del agente de bolsa. Al 31 de julio de 2008 (medición inicial) debe registrarse la compra de los títulos por su valor de costo: Inversiones temporarias – Títulos públicos 375.000 a Caja 375.000 Al 31 de diciembre de 2008 (medición al cierre) deben valuarse los títulos al su valor neto de realización: $ 1.500.000 VN en pesos

21,00% Cotización -1,05% Gastos de Venta 19,95% VNR en %

$ 299.250 VNR en pesos

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Corresponde registrar una pérdida por $375.000 – $299.250 = $75.750 Diferencia de cotización 75.750 a Inversiones temporarias – Títulos públicos 75.750 3.2.3. Títulos públicos que van a ser mantenidos hasta su vencimiento Si bien esta categoría de inversiones son de largo plazo y, en general, se exponen dentro del activo no corriente, se estudian dentro de este capítulo a los fines de diferenciar el tratamiento en lo referente a medición al cierre del ejercicio económico respecto de aquellos títulos que el ente venderá antes de su vencimiento. Medición inicial: El criterio inicial de valuación es idéntico al de los títulos que no serán mantenidos hasta su vencimiento, es decir, se miden al costo, el cual estará dado por el precio de compra más gastos necesario, todo sobre valores de contado (RT 17, 4.2.2.). En caso de que estas colocaciones sean en moneda extranjera, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Como se trata de un activo, el tipo de cambio aplicable es el comprador. Medición al cierre del ejercicio: A su valor actual, calculado considerando: - la medición original del activo (costo); - la porción devengada de los intereses, calculados según la tasa interna de retorno

(TIR) de la operación, que debe determinarse en el momento de la compra, tomando en cuenta las condiciones establecidas por el ente emisor de los títulos;

- las cobranzas efectuadas y los importes que quedan por cobrar; y - el efecto de las cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de las tasas

de interés, si las hubiera. Este criterio deberá ser aplicado siempre que se cumplen una serie de requisitos, entre los cuales se puede mencionar: - que el emisor de los títulos no tenga el derecho de cancelarlos anticipadamente a un

valor menor que el valor actual determinado por el tenedor; - que los títulos no hayan sido adquiridos para cubrirse de un aumento de

determinados pasivos; y - que el tenedor no haya efectuado ventas significativas de los títulos en cartera en los

dos últimos ejercicios. El lector debe ampliar este punto con la lectura de la RT 17 Punto 17.5.7. Ejemplo – Títulos Públicos a ser mantenidos hasta su vencimiento:

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La Sociedad adquirió de contado el 31 de Julio de 2008 Títulos Públicos emitidos por el Estado Chileno. Los mismos serán mantenidos hasta su vencimiento. Detalles de la compra: Cantidad comprada: 250.000 títulos Valor nominal (VN): $10 cada uno Costo de adquisición: $1.125.000 Tasa interna de retorno (TIR): 20% anual Al 31 de julio de 2008 (medición inicial) debe registrarse la compra de los títulos por su valor de costo: Inversiones temporarias – Títulos públicos 1.125.000 a Caja 1.125.000 Al 31 de diciembre de 2008 (medición al cierre), considerando la intención manifestada por el ente, los títulos deben valuarse a su valor actual: Por una cuestión de simplicidad tomamos la TIR que está en el enunciado como la TIR de los flujos de fondos considerando el costo de adquisición. La Sociedad compró 250.000 títulos a un valor de $ 4,50 cada uno, lo que totaliza un costo de $1.125.000. Si calculamos la TIR diaria obtenemos (0,20/360) = 0,056% En función a esto, la renta devengada por cada día asciende a $625. En base al tiempo transcurrido, la renta devengada al cierre es $95.625 ($625 x 153 días transcurridos entre el 31 de julio y el 31 de diciembre de 2008). De acuerdo al criterio de medición adoptado los títulos deberían valuarse a su medición original más la renta devengada, es decir $1.125.000 + $95.625 = $1.220.625. Por lo expuesto corresponde registrar un ajuste a ganancia por la diferencia entre la valuación de los títulos al cierre ($1.220.625) y su medición original ($1.125.000) Inversiones temporarias – Títulos públicos 95.625 a Renta de títulos públicos 95.625