las reformas de los sistemas de pensiones en europa · entre individuos que sobrepasen los 80 aæos...

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C on motivo del intenso debate que a nivel mundial se estÆ produciendo sobre los medios y reformas necesa- rias para garantizar la financiación de las pensiones en un futuro no muy lejano, y de las heterogØneas circunstancias que lo rodean, hemos intentado recopilar las diversas vías y soluciones que se afrontan, con el deseo de hacerlas llegar de forma somera al lector interesado por la validez y solvencia de los sistemas sociales actuales. A lo largo y ancho de la Unión Europea, tanto los gobiernos como los agentes sociales discrepan sobre la bondad de las soluciones que se discuten, mientras que la magnitud creciente del pro- blema estÆ obligando a implementar iniciati- vas que no siempre resultan las mÆs adecua- das. A continuación, intentaremos analizar cual es la raíz œltima que ha motivado este debate en la Unión Europea y los diferentes remedios que se apuntan para solucionarlo. La tendencia al envejecimiento de la población es un hecho indudable en todos los países industrializados y ello ha supuesto que los Estados deban enfrentarse a un signi- ficativo aumento del nœmero de personas con derecho a percibir una pensión con cargo a las arcas pœblicas. Si a la baja tasa de natalidad, combinada con una mayor longevidad, le aæa- dimos el importante nœmero de individuos que deciden retirarse a edades cada vez mÆs tempranas, se hace evidente que el incremen- to del porcentaje de población pensionista sobre la población activa estÆ ejerciendo una enorme presión en los sistemas de financia- ción de los Estados. Debido a esta fuerte ten- dencia, mientras las bases impositivas que financian las pensiones se reduce por la menor cuantía de las aportaciones, cada vez son mÆs las personas que perciben las mis- mas durante periodos mÆs largos de sus vidas. Durante dØcadas, el problema de la finan- ciación de las pensiones no ha dejado de ser un tema preocupante en la mayoría de los países europeos, dado que sus poblaciones se encuentran entre las mÆs longevas del mun- do. DespuØs de la firma del tratado de Maas- tricht, la introducción del Euro, y la exigencia a los Estados miembros de limitar sus dØficit presupuestarios, la mayoría de los países de la Unión Europea han comenzado ya a refor- mar sus sistemas de pensiones. La necesidad de dar prioridad a las reformas de sus siste- mas de Seguridad Social se ha impuesto de manera determinante. Un somero anÆlisis de la experiencia euro- pea en comparación con la situación en Esta- dos Unidos, nos permitirÆ apreciar los posi- 35 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 54 ** Secretario de la Junta Directiva. CÆmara de Co- mercio Hispano-Noruega. Las reformas de los Sistemas de Pensiones en Europa ANDRÉS V`ZQUEZ MARISCAL*

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Con motivo del intenso debate que anivel mundial se está produciendosobre los medios y reformas necesa-

rias para garantizar la financiación de laspensiones en un futuro no muy lejano, y de lasheterogéneas circunstancias que lo rodean,hemos intentado recopilar las diversas vías ysoluciones que se afrontan, con el deseo dehacerlas llegar de forma somera al lectorinteresado por la validez y solvencia de lossistemas sociales actuales. A lo largo y anchode la Unión Europea, tanto los gobiernoscomo los agentes sociales discrepan sobre labondad de las soluciones que se discuten,mientras que la magnitud creciente del pro-blema está obligando a implementar iniciati-vas que no siempre resultan las más adecua-das.

A continuación, intentaremos analizarcual es la raíz última que ha motivado estedebate en la Unión Europea y los diferentesremedios que se apuntan para solucionarlo.

La tendencia al envejecimiento de lapoblación es un hecho indudable en todos lospaíses industrializados y ello ha supuestoque los Estados deban enfrentarse a un signi-ficativo aumento del número de personas conderecho a percibir una pensión con cargo a las

arcas públicas. Si a la baja tasa de natalidad,combinada con una mayor longevidad, le aña-dimos el importante número de individuosque deciden retirarse a edades cada vez mástempranas, se hace evidente que el incremen-to del porcentaje de población pensionistasobre la población activa está ejerciendo unaenorme presión en los sistemas de financia-ción de los Estados. Debido a esta fuerte ten-dencia, mientras las bases impositivas quefinancian las pensiones se reduce por lamenor cuantía de las aportaciones, cada vezson más las personas que perciben las mis-mas durante periodos más largos de susvidas.

Durante décadas, el problema de la finan-ciación de las pensiones no ha dejado de serun tema preocupante en la mayoría de lospaíses europeos, dado que sus poblaciones seencuentran entre las más longevas del mun-do. Después de la firma del tratado de Maas-tricht, la introducción del Euro, y la exigenciaa los Estados miembros de limitar sus déficitpresupuestarios, la mayoría de los países dela Unión Europea han comenzado ya a refor-mar sus sistemas de pensiones. La necesidadde dar prioridad a las reformas de sus siste-mas de Seguridad Social se ha impuesto demanera determinante.

Un somero análisis de la experiencia euro-pea en comparación con la situación en Esta-dos Unidos, nos permitirá apreciar los posi-

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** Secretario de la Junta Directiva. Cámara de Co-mercio Hispano-Noruega.

Las reformas de los Sistemasde Pensiones en Europa

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bles beneficios de estas reformas y obteneruna visión más concluyente de la situación.Aunque a primera vista pudiera parecer queel problema es global para toda Europa, sinembargo, el camino emprendido por los dife-rentes países resulta totalmente adaptado asus circunstancias particulares, por lo que,aunque las reformas parezcan inevitables, nose vislumbra a corto plazo la posibilidad deconsensuar un sistema común. Por ejemplo:Mientras el Reino Unido ha optado por per-mitir a los individuos salirse del sistema esta-tal impulsando a su vez el uso de pensionescomplementarias que ayuden a incrementarlas cuantías a percibir, Suecia ha implemen-tado un sistema de cuentas y balance auto-mático para adaptar el importe de las pensio-nes a los ingresos por cotizaciones.

La experiencia europea puede resultarinstructiva para terceros países como Esta-dos Unidos donde durante el pasado año hanestado afrontando un duro debate a nivel delCongreso para acordar el tipo de medidas quese deberían tomar y la planificación de lasreformas necesarias. Aunque sus problemasde pensiones son menos severos que en Euro-pa, puesto que cuentan con una poblaciónmenos envejecida y un porcentaje mayorentre el número de trabajadores que cotizan yel número de personas jubiladas, sin embar-go, su sistema de financiación ya se encuen-tra en apuros. De acuerdo con las proyeccio-nes de la Social Security Comision, los costesde la Seguridad Social se incrementaránrápidamente entre el 2010 y el 2030, alcan-zando los costes anuales el nivel de los ingre-sos a partir del 2016. Se estima que a partirdel 2038, en Estados Unidos, las reservas delsistema actual de pensiones estarán total-mente exhaustas.

El estudio de las reformas emprendidaspor los diferentes países europeos, nos sugie-re algunas conclusiones de orden general:

� Para reducir costos, la mayoría de paíseshan acudido a realizar reformas encami-nadas a limitar el importe de las pensio-

nes a percibir de diferentes maneras:adaptando el porcentaje de aumentoanual de las pensiones al índice de subi-da de los precios en vez del índice deincremento de los salarios, subiendo laedad de jubilación o incrementando elnúmero de años requeridos para tenerderecho a una pensión.

� La gran mayoría contemplan igualmen-te como una prioridad el incentivar eluso de fondos de pensiones privados,aunque no todos los países europeos dis-ponen de un sistema de estas caracterís-ticas y en aquellos que si lo ofrecen, latendencia a su utilización es relativa-mente baja. Otras consideraciones secentran en la forma de incrementar lascotizaciones mediante la incorporaciónde la mujer al trabajo o alentando laparticipación del flujo migratorio.

� El envejecimiento de la población es unproblema importante a considerardurante los próximos años. La ComisiónEuropea ha dispuesto un sistema decooperación entre los Estados miembrosque posibilite una serie de recomenda-ciones para afrontar esta situación.

� Aunque su población es mayor, Europacuenta con una relativa ventaja con res-pecto a Estados Unidos: los costes delcuidado de la salud no están creciendode manera tan rápida como en EstadosUnidos, y en cualquier caso, la implica-ción de estos costes en una poblaciónenvejecida no es tan extrema como eneste país.

Si analizamos los costes de las pensionesen la Unión Europea, nos encontramos conque la población en edad activa para el traba-jo (15 a 65 años) del conjunto de los paísesmiembros, según las proyecciones actuales,declinará significativamente hasta el 2050 enun 20%, lo que supone unos 40 millones depersonas aproximadamente (ver tabla 1),mientras que el número de personas que

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superarán los 65 años se incrementará de 61millones en el año 2000 hasta más de 100millones en el año 2050, y dentro de este últi-mo grupo, el incremento mayor ocurriráentre individuos que sobrepasen los 80 añosde edad, segmento que llegará a triplicar suvolumen actual. Como consecuencia de estastendencias demográficas, la relación entre elnúmero de trabajadores potenciales y losmayores de 65 años, caerá del 4 a 1 actualhasta 2 a 1 en los próximos 50 años.

A pesar de que todos los países europeosafrontan el envejecimiento de sus poblaciones,existen diferencias sustanciales entre los por-centajes de envejecimiento y tasas de natalidadentre unos y otros. Estas variaciones dan comoresultado un amplio abanico en los porcentajesde dependencia entre las poblaciones mayoresde 65 años y las poblaciones en edad activa (15a 65 años). Por ejemplo, Italia y España cuen-tan con unos perfiles demográficos mayoresque el resto de países europeos (ver tabla 2).

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TABLA 1. POBLACIÓN EUROPEA (en millones de habitantes)

TABLA 2. PORCENTAJES DE DEPENDENCIA

Fuente: DECLAN COSTELLO, Demographic Challenges and Beyond in Europe.

Fuente: Economic Policy Committee and the Directorate-General for Economic and Financial Affairs of the Euro-pean Commission. Budgetary Challenges Posed by Ageing Population. October 2001.

Debido a estas variaciones, así como a fac-tores políticos, los países de la Unión Europeacomenzaron sus reformas de manera indivi-dual en diferentes fechas y con resultadosdiversos. El Reino Unido inició las reformas afinales de los 80 y es, hasta el presente, elpaís que ha obtenido mayor éxito en la reduc-ción de los costes de su sistema de pensionesde los nueve países que estamos examinando(ver tabla 3). Entre el año 2000 y el 2050, elgasto público en pensiones en el Reino Unidose espera que disminuya del 5,5% al 4% delPIB. Aunque otros países han tenido igual-mente éxito en reducir costos, sin embargodeben aún abordar importantes problemasestructurales, y los Gobiernos que no han ini-ciado los cambios necesarios, se encuentranenvueltos en profundos debates sobre el pro-blema.

Sin embargo, considerando a la UniónEuropea en su conjunto, las recientes refor-mas emprendidas por los países a título indi-vidual, no son suficientes para encauzar losproblemas derivados del envejecimiento de lapoblación. Si examinamos las proyecciones de

la tabla 3, se observa que sin afrontar nuevasreformas para paliar el decrecimiento delmercado de trabajo y los problemas de presu-puestos derivados del envejecimiento de lapoblación, el porcentaje de crecimiento econó-mico de la Unión Europea podría caer deaproximadamente 0,5 puntos porcentuales a1,75 por ciento. Las proyecciones nacionalesindican que los gastos de los Estados miem-bros en pensiones públicas, se incrementaránentre el 3 y el 5 por ciento del PIB en la mayo-ría de los países, y que el envejecimiento de lapoblación podría elevar el gasto público en unincremento medio del 5-8 por ciento del PIBtotal de la Unión Europea.

Intentaremos responder a una simple pre-gunta que posiblemente se hagan algunos denuestros lectores: ¿Por qué el envejecimientode la población constituye un problema enEuropa? Aunque el paulatino envejecimientode la población pueda parecer para muchaspersonas un hecho positivo y de hecho sea ungran logro social, el caso es que arrastra con-secuencias socioeconómicas importantes. Laredistribución de las prestaciones sociales y

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TABLA 3. GASTOS EN PENSIONES PÚBLICAS (% del PIB)

Notas: ND = No disponible. La Diferencia Máxima se refiere al mayor cambio entre el año 2000 y cualquier otroaño y no para el intervalo total entre el año 2000 y el 2050.

Fuentes: Economic Policy Committee and the Directorate-General for Economic and Financial Affairs of the Euro-pean Commission. Budgetary Challenges Posed by Ageing Population. October 2001.

el concepto del Estado de Bienestar europeoestá basado en la presunción de solidaridadentre generaciones, en el sistema denomina-do en la jerga económica como pay-as-you-go,o lo que es lo mismo, un sistema redistributi-vo donde las personas en edad activa paganlas pensiones que reciben los jubilados, y enel que esta población en edad activa, a su vez,recibirá sus pensiones de la siguiente gene-ración de trabajadores. Por tanto, en elmomento en que el desequilibrio entre larelación de personas en edad activa y perso-nas retiradas se desvíe de ciertos parámetrospreviamente establecidos haría inevitableaumentar el gravamen impositivo con el finde mantener las pensiones en un nivel acep-table.

Existe una buena razón para iniciar conurgencia estas reformas. Si no es posibleadaptar el aumento de gastos destinados alas pensiones a los ingresos, la estabilidadeconómica de la Unión Europea podría verseamenazada, especialmente en lo que respectaa la zona euro. El aumento de costes origina-do por el envejecimiento es enorme ya que enalgunos países representará más del 15% delPIB, y la cooperación económica inter-comu-nitaria hace indispensable que los Estadosmiembros hagan frente al reto que supone elenvejecimiento de la manera más homogéneaposible. En el caso de que un solo país no con-siguiera realizar esta tarea con éxito, la eco-nomía en general de la UE se vería afectada,constriñendo o perturbando la futura unióneconómica.

Aunque las causas del problema tienen unorigen puramente demográfico, las conse-cuencias son eminentemente económicas.Ante esta premisa surge la siguiente pregun-ta: ¿Existen soluciones reales para salva-guardar el sistema de pensiones dentro de laUE? Posiblemente ninguna a nivel global,cada Estado debe afrontar el problema deacuerdo con su idiosincrasia y peculiaridadesespecíficas teniendo en cuenta, además, quecualquier medida que se tome en este campo,siempre será políticamente sensible para los

Gobiernos. En algunos lugares se han alzadovoces apuntando al hecho de que la baja nata-lidad implica un descenso pronunciado dejóvenes y que por tanto, el sistema educativopodría resultar sobredimensionado en unfuturo próximo. Se podría por ello considerarla posibilidad de desviar recursos del sistemaeducativo para satisfacer la creciente deman-da de prestaciones entre la población mayorde 60 años, lo que podría parecer una soluciónracional, sin embargo, los manuales de econo-mía recomiendan no recortar los recursoseducativos por los efectos positivos que tienela educación en la mejora de la productividad.

Existen otras alternativas que barajan losespecialistas. Desde el punto de vista mera-mente económico, la solución más obvia pare-cería aumentar el gravamen impositivo o,claro está, rebajar el importe de las pensio-nes. En el primero de los casos, el efecto pue-de resultar nefasto para el crecimiento econó-mico y así ha sido considerado por la mayoríade los países de la UE. El coste político quesupone una rebaja de las pensiones y la opo-sición frontal de la población hacen igual-mente poco viable esta segunda alternativa.No debemos olvidar que cada vez es mayor elnúmero de personas mayores y que suinfluencia en porcentaje de votos resulta enmuchos casos decisiva. Otra alternativa seríala de privatizar las pensiones, solución consi-derada como la más eficaz desde el punto devista económico, pero esto supone pasar de unmodelo actual no dotado de fondos, a otrodotado de fondos. En este sistema, el trabaja-dor recuperaría, una vez jubilado, el importede la contribución económica realizada a lolargo de toda su vida laboral. Los sindicatosestán contra esta alternativa por cuantosupone de ruptura de la cohesión social y delderecho de igualdad de oportunidades. Efec-tivamente, este modelo resultaría injustosocialmente ya que no todos los niveles profe-sionales podrían aportar las mismas cuantíasy por tanto recibir al fin de su vida laboralcantidades equivalentes. Además, la transi-ción a este modelo supondría un alto coste

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para la población activa. En cualquier caso,no debemos descartar la posibilidad de dispo-ner un modelo mixto, donde una parte se baseen un sistema dotado parcialmente de fondos,tal como ha adoptado Suecia.

Con el fin de que el lector pueda compararambas alternativas, en el siguiente cuadrohemos querido recoger las diferencias básicasentre el sistema redistributivo tradicional yel sistema de capitalización privada.

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Bien, veamos ahora: puesto que no pode-mos aumentar los impuestos ni bajar las pen-siones, ni privatizarlas, ¿qué otras posibilida-des tenemos?. Llegados hasta aquí surgenalgunas ideas: primero, aumentar la eficaciade la población activa, ¿cómo?, reduciendo elnivel de desempleo, incentivando la incorpo-ración de la mujer al trabajo o incrementadola edad de jubilación. Por ejemplo; se estimaque si se aumentara la edad de jubilación soloen unos cinco años, sería suficiente para com-pensar las consecuencias económicas delenvejecimiento de la población. Desgraciada-mente, hasta la fecha, esta posibilidad aún nose ha hecho efectiva dentro de la Unión Euro-pea, al contrario, cada vez son más las perso-

nas que adelantan voluntariamente la edadde su jubilación. Actualmente la media euro-pea está situada alrededor de los 60 años,pero no sería una mala solución, aunque solopara intentar resolver parcialmente el pro-blema, el alargar escalonadamente durantelos años venideros la edad de jubilación esta-blecida por ley, ya que ello iría compensandopaulatinamente el aumento de la longevidad.

Queda claro pues, que una medida estruc-tural importante, como parte de la idea de unincremento de la población activa, consiste enejercer una política laboral dirigida a reducirel nivel de desempleo, o lo que es igual, aincrementar el nivel de empleo, aumentando

con ello la base impositiva y proporcionandoingresos con los que compensar los gastosdestinados a financiar las pensiones. En estesentido no debemos olvidar el factor inmigra-ción, factor capaz de modificar de manerasustancial la composición y el tamaño de lamano de obra y como resultado disminuir larelación de dependencia entre la poblaciónactiva y los pensionistas. A efectos de planifi-cación, no resulta fácil estimar de maneraobjetiva la influencia que la inmigración pue-de tener en la población activa. Este es un fac-tor altamente volátil ya que el tamaño y elalcance de la inmigración dependen demuchos factores ajenos a las circunstanciasdel país receptor, como son por ejemplo, lasguerras o la inestabilidad económica en lasáreas donde se generan los flujos migratorios.

Aunque es poco probable que la inmigra-ción por si sola sea capaz de solventar lasnecesidades financieras de los Estados, sinella la población activa futura se vería tre-mendamente reducida y los costes del enveje-cimiento se agravarían de manera alarman-te. Por ejemplo; en España, para paliar loscambios que se producirán por el incrementode la longevidad, desde el año 2000 al 2050,se ha estimado como necesario recibir un flu-jo migratorio medio constante de unas400.000 personas por año. No cabe duda deque en Europa ningún país se encuentra pre-parado para acoger a tan alto nivel de inmi-gración, y por eso, lo más razonable pareceríaadecuar el flujo migratorio a las cantidadesanuales necesarias para permitir un incre-mento cero del porcentaje de dependencia,estabilizando así la relación del número detrabajadores activos necesario por cada pen-sionista. Esto reduciría, en el caso de España,el número de inmigrantes necesarios a unos160.000 anuales, siempre y cuando esta inmi-gración fuera relativamente joven al llegar alpaís. Las cifras actuales ya se acercan a estosvalores.

Todas las soluciones apuntadas podríanayudar a mitigar las consecuencias económi-cas derivadas de los problemas del envejeci-

miento, pero ninguna afronta la causa real delos mismos. La causa principal del envejeci-miento de la población no es tanto una mayorlongevidad como las bajas tasas de natalidad,se trata de un simple problema demográfico,por lo tanto, si no se plantean solucionesencaminadas a aumentar los índices de nata-lidad, las posibilidades de resolver con efica-cia los problemas económicos de las pensio-nes se verán drásticamente afectadas.

Resulta incuestionable reseñar que unatasa de natalidad por debajo del nivel derenovación, implica inevitablemente un des-censo de la población y que sus consecuenciasdirectas sobre el crecimiento económico gene-ral serían desastrosas. Nos encontraríamosante el clásico dilema de la pescadilla que semuerde la cola: a menor crecimiento de lapoblación activa, menor crecimiento económi-co y menores posibilidades de garantizar lasprestaciones sociales de la comunidad. Nohay manera de probar que ante un descensode la población, los Estados sean capaces demantener un crecimiento económico sosteni-do, por ello, se pueden emprender políticasequivocadas si solo se considera el problemadel envejecimiento como un problema econó-mico sin tener en cuenta a su vez el problemademográfico.

Mientras no se activen políticas encamina-das a incentivar a las familias con dos hijos omás, no se habrán puesto los cimientos parapaliar el problema. Si tenemos en cuenta queen las condiciones actuales, las parejas sinhijos encuentran mayor incentivo económicoque las que los tienen, nos enfrentamos aldilema de que es el mismo sistema el quefomenta el problema que se intenta resolver.Los especialistas apuntan algunas posiblesopciones para atacar el inconveniente deriva-do de la escasa natalidad. En primer lugar, sedeberían introducir medidas dirigidas a ali-viar los costes asociados a la alimentación,vestido, cuidado y educación de los hijos, asícomo la implantación de subsidios por elnúmero de hijos, guarderías públicas o exen-ciones de impuestos. En segundo lugar, se

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plantean soluciones drásticas como la reduc-ción de la cuantía de las pensiones a aquellaspersonas con menos de dos hijos, y en tercerlugar una mezcla de ambas.

La primera opción ya está siendo experi-mentada principalmente en los países nórdi-cos, pero aún así, los resultados no son deltodo satisfactorios porque al final, el enfoquedel problema se ha centrado en incentivar laposibilidad de tener hijos mientras aquellasparejas sin hijos siguen manteniendo los mis-mos incentivos por no tenerlos.

De todo lo anterior, podemos deducir algu-nas posibles medidas que, consideradas demanera conjunta, podrían ayudar a imple-mentar las reformas necesarias para adecuarel coste del envejecimiento de la población ala financiación del mismo:

� Acercar la tasa de natalidad al índice derenovación e incentivar los costes deri-vados de los cuidados y la educación delos hijos eliminando los factores quehacen posible que resulte más ventajosoeconómicamente no tenerlos.

� Canalizar la inmigración a valores ade-cuados para compensar las tasas deenvejecimiento.

� Mantener la edad de jubilación en los 65años, e incluso incrementarla, eliminan-do la posibilidad de jubilaciones antici-padas.

� Apoyar una solución mixta para lafinanciación de las pensiones y no elsimple relevo generacional. Las fórmu-las para calcular y revalorizar anual-mente las pensiones están normalmenterelacionadas con la evolución de la infla-ción, sin tener en cuenta el desarrollo dela situación económica, así, si el creci-miento económico es bajo, el aumentodel coste de las pensiones en relacióncon el producto interior bruto es másalto que cuando se produce un creci-miento económico.

� Utilización de un Fondo de Reserva quese constituya en los ciclos económicosfavorables.

� Y finalmente, la aplicación de medidaslaborales dirigidas a disminuir la tasade desempleo y aumentar la participa-ción.

A continuación, hemos recogido de formasumaria las líneas generales del sistema depensiones en cuatro países que han implanta-do reformas radicales de forma exitosa hastala fecha, como son: Suecia, Alemania, Italia yel Reino Unido. Así mismo, hacemos mencióna los sistemas de pensiones y potencialesreformas prioritarias de otros países comoPortugal y España, que hasta el momentosolo han introducido reformas mínimas oestán sopesando medidas opcionales.

SUECIA

Paradigma del llamado Estado del Bienes-tar, Suecia comenzó las reformas para modi-ficar su viejo sistema en 1992 aprobando lamayoría de la legislación necesaria para elnuevo sistema en 1998. Con anterioridad aesta fecha, el sistema de pensiones en Sueciaestaba basado en una financiación víaimpuestos, el programa pay-as-you-go (siste-ma redistributivo), y en una pensión mínimagarantizada para aquellos jubilados con bajosingresos. Después de las reformas pertinen-tes, se han decantado por un sistema consis-tente en dos componentes: una parte de laspensiones se obtendrá a través de un sistemapay-as-you-go, y la otra, a través de una deno-minada notional account, algo así como unfondo individual por primas.

Naturalmente, sigue en vigor la pensiónmínima garantizada para todas aquellas per-sonas que no alcanzan una pensión contribu-tiva suficiente y que está financiada víaimpuestos. Su cuantía es independiente delos ingresos que se hayan obtenido durante lavida activa. Queremos hacer notar también,

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que «sistema redistributivo» quiere decir quelas cotizaciones alcanzadas durante un añodeben ser suficientes para pagar las pensio-nes de ese mismo año.

En el nuevo sistema, el trabajador deberetraer de sus ingresos un 18,5% para finan-ciar su pensión. De este porcentaje, un 16%son las cotizaciones que dan derecho al siste-ma redistributivo, y el 2,5% restante, generael derecho a la pensión por primas.

En Suecia, existe una edad flexible para lajubilación, lo que significa que aunque noexiste una edad máxima para jubilarse síexiste una edad mínima para tener derecho apercibir una pensión. Esta edad mínima es de61 años a partir de la cual se puede compati-bilizar trabajo parcial y pensión parcial. Deacuerdo con la llamada Ley de ProtecciónContra el Despido, todo trabajador tienederecho a trabajar hasta los 67 años comomínimo.

La determinación de la cuantía de las pen-siones es relativamente compleja, ya que setienen en cuenta los siguientes factores:

� El importe de las cotizaciones realiza-das durante toda la vida laboral. El tipode cotización es del 16% de los ingresossometidos a cotización.

� Al final de cada año el importe de lascotizaciones se acumula a la cuentaindividual del asegurado.

� El importe de las cotizaciones acumula-das individualmente se actualiza anual-mente en función de la evolución de lossalarios.

� En el momento en que se accede a lapensión se toma en cuenta el capitalindividual acumulado al que se le aplicael denominado «factor de división».

� El «factor de división» depende de laesperanza de vida en el momento en quese accede a la pensión, así como también

del crecimiento económico esperado enese momento.

En el año en que se accede a la pensión sedetermina la cuantía total de la mismateniendo en cuenta para ello la esperanzamedia de vida que fije la Oficina Nacional deEstadística. Si aumenta la esperanza de vida,aumenta también el divisor, por lo que lacuantía total de la pensión disminuye.

Una vez transcurrido el primer año, lacuantía inicial de la pensión se actualizaanualmente en función de la evolución real delos salarios. Para ello se establece la siguien-te fórmula: todos los ingresos obtenidosdurante un año por la población sueca com-prendida entre 16 y 64 años se divide por elnúmero de personas que han obtenido dichosingresos. El índice obtenido es la diferenciade porcentaje existente entre el cociente deun año respecto del siguiente. Como conse-cuencia de esta fórmula de actualización, laspensiones no están garantizadas exclusiva-mente en función de la evolución de los pre-cios, sino que los pensionistas corren el mis-mo riesgo que los trabajadores si se produceun retroceso de la actividad económica.

ALEMANIA

Tras el restablecimiento de la unidad ale-mana en octubre de 1990, este país tuvo queafrontar la excepcional situación que supusopara el sistema social de la República Federalde Alemania la unificación de los regímenesde seguros de pensiones con la hoy desapare-cida República Democrática Alemana debidoa la integración de más de cuatro millones denuevos pensionistas. Un año y medio des-pués, y a pesar de las fuertes diferenciasentre el nivel de prestaciones existente en laRDA y el nivel occidental, se habían homolo-gado todas las pensiones al derecho occiden-tal alemán.

El elemento central de la llamada Ley deFomento del Crecimiento y la Ocupación

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(WFG) es el adelanto de la elevación, dispues-ta para el año 2001 en la reforma de las pen-siones de 1992, de 60 y 63 años a la edadgeneral mínima de jubilación de 65 años. Sedispusieron además las siguientes medidasde ajuste de gastos:

� En materia de rehabilitación: se recortala duración de las prestaciones y seduplica la participación del aseguradoen el pago de las prestaciones.

� Menor cómputo a cuenta de periodos deformación y de desempleo y enfermedadsin cobro de prestaciones, así como en lavaloración de los primeros años de tra-bajo.

� Limitación de las pensiones no contribu-tivas.

La reforma de 1999, motivada por la largacrisis económica y el elevado desempleo,supusieron desafíos adicionales al seguropúblico de pensiones al pretender mantenerun nivel estable de cotizaciones. Varias refor-mas han comenzado a entrar en vigor a partirdel año 2000, por ejemplo:

� Introducción de un factor demográfico.

� Reforma en el área de las pensiones pordisminución de la capacidad laboral.

� Elevación de la edad mínima de retirode inválidos.

� Eliminación de la pensión de vejez debi-do a desempleo y a la jornada laboralreducida por vejez, así como la jubila-ción para mujeres a partir del año 2012.

� Elevación de la valoración de desempleoy enfermedad sin el cómputo a cuenta deperiodos destinados a la crianza de loshijos.

� Introducción de transferencias adicio-nales del Estado.

Las cotizaciones se calculan según laremuneración y son efectuadas, en principio,

en partes iguales por el asalariado y elempresario. Sólo se exceptúan a esta regla loscotizantes de la Caja de Pensiones para mine-ros y las personas cuyas remuneraciones sesitúan por debajo de un cierto límite que seestablece anualmente.

Dentro del régimen general, tienen dere-cho a percibir una pensión todos aquellos afi-liados que hayan cumplido 65 años y hayancubierto un periodo mínimo de cotización de 5años. También pueden acogerse a este régi-men de jubilación aquellos afiliados quehayan cumplido los 63 años de vida y hayancubierto un periodo de cotización de 35 años.En este caso, las prestaciones sufren unareducción de un 7,2% por cada año anticipa-do.

Existe un régimen de jubilación especialdonde pueden acogerse todas las mujeres quehayan cumplido los 60 años y tengan cubiertoun periodo de cotización de 15 años y que,después de haber cumplido los 40 años,hayan cotizado al menos 10 años al seguropúblico de pensiones por un empleo o activi-dad profesional sujeta a seguro, pero a partirdel año 2000 se comenzó a elevar gradual-mente la edad de jubilación con el fin de que afinales del 2004 ésta pase de 60 a 65 años. Apartir del año 2005, por tanto, sólo será posi-ble acogerse a este régimen sin descuentosdespués de cumplir los 65 años.

Las pensiones por fallecimiento compren-den:

� La pensión de viudedad.

� La pensión de viudedad por ex cónyuge.

� Pensión para la crianza de hijos.

� Pensión de orfandad.

� La pensión por viudedad a cónyugesdivorciados antes del 1 de julio de 1997.

En mayo de 2001, Alemania procedió asustituir su sistema de pensiones por un sis-tema doble consistente en un nuevo sistemaredistributivo reformado y un sistema priva-

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44 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 54

do de pensiones. Alemania ha afrontado unareducción de las cotizaciones debido a laparalización del crecimiento de la mano deobra activa y a que una gran mayoría de lostrabajadores optaron por convertirse en autó-nomos con el fin de obviar altas cotizacionesobligatorias. Por otra parte, esta reducción delas cotizaciones estuvo afectada por el hechode que los trabajadores con contratos de tra-bajo temporales estaban exentos de contri-buir al sistema de pensiones.

ITALIA

Italia es un claro ejemplo de los males quepueden afectar a un sistema redistributivo depensiones caracterizado por un marcadoaumento de los gastos como consecuencia deuna serie de medidas legislativas destinadasa la mejora de las prestaciones en términosreales, dentro de un marco de desigualdad yde las anomalías presentes en su sistema deseguridad. Podemos enumerar, a modo deejemplo, algunos de los factores que forzaronal Gobierno Italiano a plantear la reforma desu sistema de pensiones después de las crisisde las décadas de los 70 y 80:

� Un aumento de las pensiones de invali-dez, que se basaban, hasta 1984, en unaincapacidad para percibir ingresos másque en una incapacidad real para el tra-bajo.

� El recurso a la jubilación anticipadapara apoyar a las empresas afectadaspor crisis económicas debido al procesode reestructuración de la economíanacional.

� La posibilidad, para los empleados de lafunción pública, de percibir pensionesdespués de un limitado número de añosde cotización (15 años).

� Las pensiones de antigüedad, estableci-das como parte del sistema general obli-gatorio en 1965, en virtud de las cuales,

los trabajadores con 35 años de cotiza-ción podían jubilarse a cualquier edadcon derecho a una pensión.

Estas anomalías se tradujeron en un des-censo significativo de la edad de jubilación y,por tanto, en un aumento muy significativode los pensionistas, en contraste con la ten-dencia demográfica. Ciertas discrepancias enlas reglas del cálculo de las pensiones, juntocon las crisis financieras por las que atrave-saban los principales fondos de pensiones,convencieron a las fuerzas políticas de Italiade que la reforma del Sistema de SeguridadSocial del país no podía postergarse.

Como consecuencia de todo ello, en la déca-da de 1990, se llevaron a cabo importantesesfuerzos para resolver el problema: la refor-ma «Amato» en 1992; la reforma «Dini» en1995 y la reforma «Prodi» en 1997, cuyo obje-tivo fue limitar el gasto y al mismo tiemporeducir el alcance de la cobertura ofrecida porel sistema público.

Veamos ahora cuales fueron los principa-les aspectos de estas reformas.

La reforma «Amato», trajo a colación, porprimera vez, el principio de que el aumento enel gasto de las pensiones debería estar en con-sonancia con el desarrollo económico del país.Para estos efectos, se establecieron una seriede medidas correctivas concebidas para limi-tar los costos relacionados con las pensiones:

� Retraso progresivo de la edad de jubila-ción para los trabajadores asalariados.

� Aumento gradual del número mínimode años necesarios para obtener el dere-cho a una pensión.

� Ajuste de los incrementos anuales de laspensiones en función de los aumentosdel índice de precios al consumo y no delos salarios.

� Extensión gradual del período de refe-rencia para el cálculo de las pensiones a

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fin de cubrir toda la trayectoria laboraldel trabajador.

� Inicio de un proceso para la armoniza-ción de los diferentes regímenes de pen-siones de Italia como la contempladapara los trabajadores asalariados delsector privado.

La reforma «Dini» representó una serie demedidas legislativas más expeditivas en tér-minos de modificaciones permanentes en elsistema y modificaciones transitorias. Res-pecto de las modificaciones permanentes, lasmedidas estaban encaminadas a instaurarun nuevo enfoque para cubrir a los trabajado-res independientes y a cambiar el sistema decálculo de las pensiones, hasta entoncesbasado en los últimos salarios/ingresos, a unsistema contributivo cuyo cálculo dependíade las cotizaciones pagadas.

Específicamente, para los trabajadoresque no habían alcanzado el período mínimoque daba derecho a una pensión al 1 de enerode 1996, las medidas permanentes suponían:

� La eliminación de las pensiones de anti-güedad.

� Introducía una pensión de jubilación fle-xible a percibir desde los 57 hasta los 65años de edad.

� Estipulaba, para el derecho a prestacio-nes, un período mínimo de cotización de5 años y una cuantía mínima de pensiónen caso de jubilación antes de los 65años de edad.

� Eliminaba el complemento por pensiónmínima.

� Acordaba que las pensiones habían decalcularse en su totalidad de acuerdocon el nuevo sistema contributivo.

� Se mantenía el sistema actual de finan-ciación basado íntegramente en elreparto, es decir, las cotizaciones de lostrabajadores durante un determinado

año debían cubrir los pagos que repre-sentan las pensiones vigentes duranteel mismo año, sin ninguna acumulaciónde fondos.

En cuanto a las modificaciones transito-rias, la reforma consideraba entre otrasmedidas las siguientes:

� Una subdivisión de los pensionistas endos grupos, según el periodo cotizado al31 de diciembre de 1995. En el caso delos trabajadores con al menos 18 años,se pagaría la pensión total con arreglo alsistema de prestación definida y paralos demás se adoptaba un sistema mix-to, en base a los años acumulados antesy después del 31 de diciembre de 1995.

� Requisitos más estrictos para el derechoa la pensión fijándose, a partir de 2008,una edad mínima de 57 años siempreque se cuente con 35 años de cotización,o a cualquier edad después de 40 años decotización.

La reforma «Prodi», introducida en diciem-bre de 1997, fue necesaria para adaptar losniveles de gastos con los objetivos de la refor-ma de las finanzas públicas acordados en elTratado de Maastricht.

Las principales modificaciones consistie-ron en:

� Unos requisitos más estrictos para laspensiones de vejez con arreglo al siste-ma transitorio.

� Un incremento gradual hasta el 19 % enlas tasas de cotización para los trabaja-dores por cuenta propia y autónomos.

� Una mayor aceleración en la armoniza-ción de los regímenes de pensiones espe-ciales.

� El compromiso con los interlocutoressociales para una nueva evaluación delsistema de pensiones en 2001.

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Finalmente, el importe de las pensiones secalcula en base a la edad de jubilación, lascotizaciones pagadas, el incremento real delPIB y la tasa de mortalidad, de modo que elgasto se equilibra en función del envejeci-miento de la población y del crecimiento de laeconomía del país. Debemos puntualizar queuna reducción en la tasa de mortalidad con-duce a una disminución de los coeficientes decálculo y, por tanto, a una disminución de lascuantías de las pensiones. Por otra parte, loscoeficientes aumentarán si se da un creci-miento real del PIB.

A pesar de todas la reformas efectuadasdurante el presente año, el Gobierno hahecho continuas advertencias sobre la insos-tenibilidad del sistema de pensiones que estáfrenando el crecimiento económico de Italiaal copar un 15% del PIB, y como prueba deello aduce la entrada en recesión este añodespués de una década de crecimiento conti-nuado. Para paliar en lo posible el problema,el Gobierno propone el aumento nuevamentede la edad de jubilación hasta alcanzar en el2007 los 65 años para los hombres y 60 paralas mujeres, con al menos 40 años de cotiza-ción. Según el Gobierno ésto permitiría aho-rrar unos 14.000 millones de euros en 2015,aliviando así una deuda pública consideradala mayor de la Unión Europea.

La mayor parte del desequilibrio italianoobedece al problema básico que ya hemosanalizado: el país envejece demasiado rápido(un 24,5 por ciento de la población tiene másde 60 años) y cada vez hay menos trabajado-res para financiar el sistema de pensiones.

REINO UNIDO

Desde la aprobación de la Ley de SeguroNacional en 1946 el Reino Unido ha disfruta-do de un sistema de jubilación básica otorga-da por el Estado. Por el simple hecho de haberefectuado aportes al sistema mediante cotiza-ciones sobre la nómina, durante la vida labo-ral, cualquier persona tiene derecho a perci-

bir una pensión. Las pensiones de jubilaciónsiempre han sido financiadas por el Gobiernocon cargo a rentas tributarias, y no con fondosde inversión.

A partir de 1979 el Gobierno tuvo queafrontar una economía deprimida, un acelera-do crecimiento del presupuesto de la Seguri-dad Social y unos compromisos que excedíanampliamente la posibilidad de pagarlos.Como ejemplo, en 1950, el gasto en seguridadsocial representaba el 5,1% del PIB y para1980 el 8,4%, y concretamente en 1965 el cos-to de las pensiones era el doble de lo previsto.Es entonces, y hasta 1997, cuando se introdu-jeron una serie de reformas graduales enca-minadas a reducir los costes.

Primero, el gobierno eliminó la relaciónentre los aumentos de las pensiones y lossalarios y vinculó la jubilación básica delEstado al incremento de los precios. Estadecisión fue muy controvertida pero fue acep-tada debido a la evidente crisis que atravesa-ba la economía del Reino Unido en 1980 y por-que, en términos reales, no había perdedores.

Segundo, en 1985 el Gobierno giró su aten-ción en los problemas a largo plazo decidién-dose a ofrecer a los contribuyentes dos alter-nativas. Una opción era permanecer tal comohasta el momento, con una cuantía de la pen-sión menos generosa, proponiendo reducir elpago del 25% del promedio de los 20 mejoresaños de ingresos a un 20%. La segunda opciónconsistía en hacer un contrato fuera del régi-men de la Seguridad Social del Estado, dondeéste pagaría parte de los aportes al SeguroNacional en un fondo privado.

Y por último, el Gobierno creó una nuevapensión privada otorgando un alivio impositi-vo sobre las cotizaciones y prohibió que lasempresas obligaran a los empleados a adhe-rirse a sus propios planes. Las expectativasdel Gobierno fueron superadas ampliamenteya que la Secretaría de la Seguridad Socialesperaba una participación inicial de aproxi-madamente 500.000 personas cuando en rea-

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lidad a finales de abril de 1990 la cifra alcan-zada era de 4 millones y en el período 1993-94se elevó a 5,7 millones.

En marzo de 1998 el Gobierno inició la pre-sentación de propuestas para una nuevareforma que abarcaron una amplia temática,desde beneficios por invalidez y fallecimien-to, pasando por el desempleo, la maternidad yla situación de los divorciados hasta alcanzaruna nueva estructura para las pensiones.Finalmente el Gobierno presentó un proyectode ley que introducía asimismo algunos cam-bios en los aportes y contribuciones al SeguroNacional. Esta ley dio marco a la reforma delSistema de la Seguridad Social en Gran Bre-taña en 1999.

Los principales elementos que afectabanal régimen de pensiones fueron:

� Un nuevo marco para las pensiones deriesgo con una cuantía mínima garanti-zada y aumentos anuales a medida quelos recursos lo permitan.

� Cambios en la regulación de las jubila-ciones.

� Disposiciones para que los derechos dejubilación adquiridos puedan dividirsecomo parte del acuerdo de divorcio aligual que los demás bienes.

� Nuevo régimen de beneficios por falleci-miento, tanto para hombres como paramujeres, en sustitución de la pensiónexclusiva para la viuda.

� Reforma de los beneficios y subsidiospor invalidez.

� Cambios en los aportes y contribucionesal Seguro Nacional.

Así mismo, la Ley contempló la reforma delas cotizaciones introduciendo los siguientescambios:

� El umbral a partir del cual el empresa-rio comienza a pagar las contribuciones

al sistema se elevó de £66 a £83 sema-nales.

� Los trabajadores no tienen obligación decotizar sobre ingresos por debajo delMínimo Nivel de Ingresos, e inclusivelos empresarios tampoco pagan las con-tribuciones patronales por debajo deeste umbral de ingresos mínimos.

� Se reemplazaron las cuatro tasas contri-butivas por una única del 12,2%.

� Se elevó el nivel máximo de Ingresospara los aportes patronales a £535semanales para el año 2000 y £575 para2001.

� Se introdujo un nuevo umbral a partirdel cual los empleados comienzan a efec-tuar aportes al sistema.

� Se introdujeron medidas contra la eva-sión impositiva en los casos de contrata-ción de personal a través de agencias deservicios externos.

PORTUGAL

En Portugal existen dos tipos de regíme-nes contributivos: el Régimen General y elSeguro Social Voluntario.

El Régimen General incluye a todos lostrabajadores por cuenta ajena y es de tipoobligatorio siendo los empresarios los respon-sables de la inscripción de sus empleados. Lostrabajadores autónomos que, al inicio de acti-vidades no se encuentran incluidos en un sis-tema de Seguridad Social, deben inscribirseen la institución de Seguridad Social compe-tente, la cual puede afiliarlo o inscribirlo deoficio en el caso que éste no cumpla con suobligación.

El origen de los fondos procede de las coti-zaciones de los trabajadores y de las contribu-ciones patronales. El monto de las cotizacio-nes se obtiene aplicando un porcentaje total

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del 34,75% sobre las remuneraciones, delcual corresponde a los trabajadores el 11% y alas empresas el 23,75%. Los trabajadoresautónomos deben cotizar un 25,4% si sola-mente se encuentran cubiertos por el esque-ma obligatorio (maternidad, paternidad,adopción, invalidez, vejez y muerte).

El Seguro Social Voluntario es de tipo con-tributivo, y su objeto es la protección de losbeneficiarios ante las contingencias dematernidad, paternidad y adopción e invali-dez, vejez y muerte. Es aplicable a trabajado-res autónomos que no estén incluidos de for-ma obligatoria por los regímenes de protec-ción social. También pueden ser beneficiariosde este régimen, los ciudadanos nacionalesque realizan sus actividades profesionalesfuera de Portugal.

Los fondos proceden directamente del ase-gurado. La contribución es un porcentaje deun salario convencional, que en ningún casopuede ser menor al salario mínimo profesio-nal más alto, ni mayor a cuatro veces estesalario. El porcentaje, en el año 2000, para laprotección básica de las contingencias deinvalidez, vejez y muerte, era del 16%. Esteporcentaje es de tipo progresivo, ya que si lacobertura es mayor, el porcentaje se incre-menta.

Existe un Régimen no Contributivo cuyoobjetivo es el de garantizar la protecciónsocial a aquellos que carecen de recursos eco-nómicos o sociales y que no son cubiertos porel Régimen General. El otorgamiento de lasprestaciones depende de la acreditación y dela falta de recursos, no requiriéndose haberrealizado contribuciones previas. La cuantíade las prestaciones es uniforme, y se fijan deacuerdo con el salario mínimo nacional.

Con anterioridad al 1 de enero de 1994, laedad normal para obtener la pensión de jubi-lación era de 65 años para los hombres y 62años para las mujeres. A partir de dichafecha, la edad es igual para hombres y muje-res. Esta igualdad se ha producido de forma

paulatina, incrementándose por cada añotranscurrido 6 meses de retraso en la edad dela jubilación, consiguiéndose la paridad en elaño 1999.

Se contemplan situaciones especiales paraanticipar la edad de jubilación:

� Los mineros pueden rebajar un año porcada dos trabajados con un límite de 50años.

� Los marinos pueden anticipar la jubila-ción a los 55 años siempre que acreditenal menos 15 años de trabajo en el marpor parte de los marinos mercantes y 30años por parte de los pescadores.

� Los pilotos de compañías aéreas puedenanticipar la jubilación a los 60 años.

� Los desempleados que cumplan los 60años de edad y hayan agotado las pres-taciones por desempleo, pueden obtenerla jubilación siempre y cuando tuvieranal menos 55 años al solicitar el subsidio.

Para tener derecho a una pensión, el tra-bajador debe acreditar un período de cotiza-ción mínimo de 15 años civiles, seguidos ointerrumpidos, y haber accedido a la edad dejubilación. Se entiende por año civil aquél enel que se haya cotizado al menos 120 días.

La cuantía de las pensiones se actualizaperiódicamente según el IPC previsto paraese año. Algunas pensiones también son obje-to de una actualización extraordinaria enfunción de la duración de la carrera contribu-tiva o de cotización. En los meses de junio ydiciembre se abonan una paga extra de lamisma cuantía que la pensión mensual.

Hasta aquí, hemos querido dejar constan-cia del sistema de pensiones de nuestro veci-no país, cuya estructura resultará familiar amuchos de nuestros lectores. La ventaja dePortugal es que aunque su porcentaje dedependencia crecerá desde el 23% en el año2000 al 46% en 2050, el porcentaje es inferior

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a lo esperado en muchos de los otros países dela Unión Europea. Un alto nivel de empleo yun porcentaje igualmente alto de participa-ción de la fuerza laboral en relación con lospensionistas es lo que le permiten mantenertan bajo nivel de dependencia.

Las últimas reformas acordadas han esta-do encaminadas a garantizar, por parte delGobierno, las pensiones no contributivas y aconstituir un fondo de reserva, actualmentedel 3% del PIB, con incrementos anuales pro-cedentes de las cotizaciones de los trabajado-res y de los superávit del sistema. Por otraparte, se están haciendo esfuerzos considera-bles para mejorar la eficacia del sistema depensiones, de los fondos privados y paraincrementar la participación laboral de lamujer.

FINLANDIA

Hemos incluido adicionalmente el ejemplode Finlandia como contraste, ya que este paísha apostado por un método sencillo de pensio-nes acumulativas basado en una pensiónpública, abonada por el Gobierno, y un siste-ma complementario llamado pensión deempleo.

El objetivo de la pensión pública es garan-tizar una renta mínima adecuada a todos lospensionistas. Incluye la pensión de vejez, lapensión de vejez anticipada, la pensión deincapacidad anticipada, la pensión por invali-dez total y la pensión mínima de superviven-cia. Si el pensionista ha residido en Finlandiadurante menos de 40 años, la pensión devejez es proporcional al período de tiempo deresidencia del asegurado en Finlandia. Asímismo, el objetivo de la pensión de empleo esgarantizar que el nivel de poder adquisitivoalcanzado por los asalariados y los trabajado-res por cuenta propia durante su vida activase mantenga. La pensión de empleo se deter-mina sobre la base de la duración del empleoo del trabajo por cuenta propia y del salario ode los ingresos respectivamente. No existe

límite superior para la remuneración queconstituye la base de la pensión. La cantidadmáxima de la pensión equivale al 60% delsueldo y se aumenta cuando la cotizaciónsupera los 40 años. En el año 2002, el sistemaha comenzado a ser plenamente operativo.Las pensiones de empleo son obligatorias,siendo gestionadas por instituciones priva-das. Hasta finales de 1992, las pensiones delos trabajadores se financiaban en su totali-dad sobre la base de cotizaciones de losempresarios, pero a partir de 1993 los asala-riados empezaron a cotizar por sus pensiones.

En el caso de las personas que reciben unapensión de empleo, el importe de la pensiónpública se reduce proporcionalmente deacuerdo con la situación familiar y el coste dela vida en la zona en la que residen, de mane-ra que aquellos que reciben una pensión deempleo superior a una cantidad estipulada,no pueden recibir la pensión nacional.

Los asalariados de entre 58 y 64 años tie-nen derecho a una pensión parcial de jubila-ción anticipada siempre que sigan trabajandoa tiempo parcial. Todas las pensiones soningresos sujetos a impuestos, no obstante, silos únicos ingresos del pensionista son la pen-sión pública total, ésta está exenta de impues-tos.

CONCLUSIONES

De lo anteriormente expuesto podemosextraer de forma resumida las siguientes con-clusiones con respecto al sistema de pensio-nes en España:

1. Como podemos ver, dada sus implica-ciones sociales, económicas y políticas,los sistemas de pensiones, eje princi-pal del denominado Estado del Bienes-tar, constituyen el núcleo fundamen-tal de los programas de protecciónsocial no sólo en España, sino en Euro-pa.

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2. Globalmente, el envejecimiento pro-gresivo de la población europea va adesembocar irremediablemente en unaumento del coste de las pensiones,estimado entre un 3% y un 7% en lamayoría de los países miembros. EnEspaña, junto con Holanda y Grecia,será donde más aumentará el gastodebido a la evolución demográfica.Recordemos que el Reino Unido es elúnico país comunitario donde se prevéun recorte del gasto del 1,1%.

3. En el caso de España, las mejorasactuales del Sistema de SeguridadSocial responden en gran medida a labonanza económica y en menor pro-porción a la adopción de decisionesinstrumentales planteadas en el Pactode Toledo. Aún así, el sistema cuentahoy con sólidos pilares que involucranun componente asistencial financiadomayoritariamente con los impuestos,un sistema contributivo financiadocon cotizaciones sobre el trabajo y untercero complementario de fondos depensiones privados.

4. Comparativamente, el sistema de pen-siones español resulta uno de los másamplios de la Unión Europea, dadaslas mejores condiciones de acceso,como son el menor número de años exi-gidos para alcanzar la pensión plena oel menor número de años exigido paracalcular la base de la pensión y la ele-vada tasa de sustitución para salariosmedios.

5. Según las distintas proyecciones, enEspaña, los gastos crecerán a un ritmosuperior a los ingresos, debido a unatendencia creciente de la tasa dedependencia del sistema y al efectosustitución. La adopción de algunas delas recomendaciones del Pacto de Tole-

do, sumadas a la coyuntura económicafavorable, que ha generado un aumen-to sostenido del número de cotizantes(30% anual entre 1997 y el 2000),determina una situación general delsistema mucho más favorable que laimperante a principios de la pasadadécada.

6. La mayoría de las propuestas de refor-ma apuntan hacia una modificacióndesde «dentro del sistema», encamina-das a restablecer el equilibrio finan-ciero en función de las circunstanciaseconómicas y demográficas que se pre-vén y a que exista una corresponden-cia entre aportación realizada y pen-sión recibida.

7. Las reformas propuestas a los proble-mas del sistema de pensiones proce-den del Pacto de Toledo, como puntode partida de un proceso de reforma yde debate público. Estas propuestashan servido para realizar estudiosserios sobre la incidencia de sus reco-mendaciones en la viabilidad del siste-ma. Las reformas efectivas introduci-das por la Ley 24/1997 están en sinto-nía con los informes que proponencambios desde dentro del sistema,aunque aún quedan temas pendientespor resolver.

8. La revisión de lo realizado hasta ahoraa partir de los Acuerdos de 1995 y1999, así como la incorporación denuevas recomendaciones en la recien-te renovación del Pacto de Toledo hande servir para resolver temas pendien-tes y avanzar en la resolución de lassituaciones que se plantean ante loscambios habidos desde entonces y losque se están produciendo en la socie-dad española.

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RESUMEN Este artículo intenta analizar cual es la raíz última que ha motivado el debate sobre lasreformas necesarias para garantizar la financiación de las pensiones en la Unión Europeay los diferentes remedios que se apuntan para solucionarlo.La tendencia al envejecimiento de la población es un hecho indudable en todos los paísesindustrializados y ello ha supuesto que los Estados deban enfrentarse a un significativoaumento del número de personas con derecho a percibir una pensión con cargo a las arcaspúblicas. El estudio de las reformas emprendidas por los diferentes países europeos, nossugiere algunas conclusiones de orden general, por ejemplo: la realización de reformasencaminadas a limitar el importe de las pensiones, la incentivación del uso de fondos depensiones privados, el establecimiento de una normativa común para afrontar el envejeci-miento paulatino de la población.Aunque el paulatino envejecimiento de la población pueda parecer para muchas personasun hecho positivo y de hecho sea un gran logro social, el caso es que arrastra consecuenciassocioeconómicas importantes. Aunque las causas del problema tienen un origen puramen-te demográfico, las secuelas son eminentemente económicas. Si no es posible adaptar elaumento de gastos destinados a las pensiones a los ingresos, la estabilidad económica de laUnión Europea podría verse amenazada, especialmente en lo que respecta a la zona euro.La causa principal del envejecimiento de la población no es tanto una mayor longevidadcomo las bajas tasas de natalidad, se trata de un simple problema demográfico, por lo tan-to, si no se plantean soluciones encaminadas a aumentar los índices de natalidad, las posi-bilidades de resolver con eficacia los problemas económicos de las pensiones se verán drás-ticamente afectadas.Al descartar sistemáticamente algunas de las iniciativas que se proponen para afrontar elproblema, en el presente artículo se sugieren algunas alternativas para solventar el altocoste político que supondría la rebaja del importe de las pensiones o el aumento de la car-ga impositiva.Como ejemplo comparativo, se han recogido de forma sumaria las líneas generales del sis-tema de pensiones en cuatro países que han implantado reformas radicales de forma exi-tosa hasta la fecha, como son: Suecia, Alemania, Italia y el Reino Unido. Así mismo, hace-mos mención a los sistemas de pensiones y potenciales reformas prioritarias de otros paí-ses como Portugal y España, que hasta el momento, sólo han introducido reformas míni-mas o están sopesando medidas opcionales.