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Las ocho claves en materia de fiscalidad para 2014 Son muchas las voces que desde distintos ámbitos piden una inmediata bajada de impuestos que permita reactivar el consumo. El Gobierno ha anunciado que hará realidad esta petición…en 2015, con motivo de la profunda reforma del sistema tributario español que está siendo objeto de análisis por un grupo de experto. De momento, los Presupuestos Generales presentados por el Ejecutivo para este año no contemplan nuevas subidas fiscales e incorporan alguna rebaja selectiva incluida en la ley de emprendedores. En este contexto, EFPA España ha elaborado un documento que recoge las novedades fiscales que debemos tener en cuenta de cara al año que acaba de comenzar y que nos podrán ayudar a sacar el máximo partido a nuestros ahorros. ¿Qué ventajas fiscales traerá la nueva ley de emprendedores? Se permite a las pymes y autónomos que ingresen el IVA repercutido sólo cuando lo cobren de sus clientes. En el Impuesto sobre Sociedades, las pymes podrán aplicar una deducción del 10% sobre los beneficios que reinviertan en activos empresariales. Y en el IRPF se incorpora una nueva deducción del 20% por la inversión en empresas de nueva o reciente creación. ¿Subirá otra vez el IVA en el año 2014? El Gobierno acaba de aprobar, con efectos a partir del 26 de enero, la rebaja del IVA del tipo general (21 %) al tipo reducido (10%) en las entregas de objetos de arte que realicen sus autores. Respecto a posibles subidas, cabe recordar que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de Enero de 2013 obligó al Gobierno a elevar el IVA de algunos productos sanitarios y farmacéuticos del 10% al 21%, entre los que se incluyen productos como gafas, lentillas y audífonos. La previsión es que el incremento de IVA para este tipo de productos se apruebe durante este 2014. Por último, la mencionada reforma del sistema tributario también planteará el posible incremento de los tipos del IVA a partir de 2015, si bien se trata de un tema ciertamente controvertido.

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Las ocho claves en materia de fiscalidad para 2014

Son muchas las voces que desde distintos ámbitos piden una inmediata bajada de

impuestos que permita reactivar el consumo. El Gobierno ha anunciado que hará

realidad esta petición…en 2015, con motivo de la profunda reforma del sistema

tributario español que está siendo objeto de análisis por un grupo de experto. De

momento, los Presupuestos Generales presentados por el Ejecutivo para este año no

contemplan nuevas subidas fiscales e incorporan alguna rebaja selectiva incluida en la

ley de emprendedores.

En este contexto, EFPA España ha elaborado un documento que recoge las

novedades fiscales que debemos tener en cuenta de cara al año que acaba de

comenzar y que nos podrán ayudar a sacar el máximo partido a nuestros ahorros.

¿Qué ventajas fiscales traerá la nueva ley de emprendedores?

Se permite a las pymes y autónomos que ingresen el IVA repercutido sólo

cuando lo cobren de sus clientes. En el Impuesto sobre Sociedades, las pymes

podrán aplicar una deducción del 10% sobre los beneficios que reinviertan en

activos empresariales. Y en el IRPF se incorpora una nueva deducción del 20%

por la inversión en empresas de nueva o reciente creación.

¿Subirá otra vez el IVA en el año 2014?

El Gobierno acaba de aprobar, con efectos a partir del 26 de enero, la rebaja

del IVA del tipo general (21 %) al tipo reducido (10%) en las entregas de

objetos de arte que realicen sus autores.

Respecto a posibles subidas, cabe recordar que la sentencia del Tribunal de

Justicia de la Unión Europea de 17 de Enero de 2013 obligó al Gobierno a

elevar el IVA de algunos productos sanitarios y farmacéuticos del 10% al 21%,

entre los que se incluyen productos como gafas, lentillas y audífonos. La

previsión es que el incremento de IVA para este tipo de productos se apruebe

durante este 2014.

Por último, la mencionada reforma del sistema tributario también planteará el

posible incremento de los tipos del IVA a partir de 2015, si bien se trata de un

tema ciertamente controvertido.

¿Qué ocurre con el aumento de tipos de IRPF?

El aumento de los tipos del IRPF entre el 0,75% y el 7%, en función de la renta

que aplicó el Gobierno el año pasado, se prorroga en 2014.

¿Y con la deducción en la compra de vivienda?

Las compras de inmuebles que hayan tenido lugar antes del 1 de enero de

2013 ya no darán derecho a deducirse el 15% de las cantidades abonadas

efectivamente durante el año en curso. Esta decisión, adoptada en julio de

2012, tendrá su impacto real este año 2014, cuando los contribuyentes realicen

la Declaración de la Renta de 2013.

Ahora bien, a aquellos contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda

habitual antes del 1 de enero de 2013 se les ha permitido continuar aplicando

esta deducción de manera transitoria, al menos en su declaración de este año

2013.

¿Hay algún cambio en el Impuesto de sociedades?

Sí. En cuanto a los beneficios fiscales, a las grandes empresas se les permite

aplicar deducciones por I+D+it con un mayor límite, e incluso podrán pedir el

abono de estas deducciones (aunque con un descuento del 20%); y como

medida restrictiva las grandes compañías que tengan entidades

participaciones en otras empresas, sean éstas españolas o extranjeras, o

sucursales en el extranjero ya no podrán utilizar las eventuales pérdidas

en que sus participadas o sucursales incurrieran para reducir su factura por el

Impuesto de Sociedades.

¿Se eliminará el Impuesto de Patrimonio?

De momento, no. El Impuesto sobre Patrimonio, que se recuperó en el ejercicio

2011, se prorroga también en 2014, sin perjuicio de las bonificaciones

acordadas por cada Comunidad Autónoma (así, por ejemplo, en 2013 sólo

Madrid ha mantenido la bonificación del 100 %).

De esta manera, en la norma se recoge que, con efectos desde 1 de enero de

2015, se modifica la bonificación general de la cuota íntegra de este

gravamen. Así, sobre la cuota íntegra del impuesto se aplicará una

bonificación del 100% a los sujetos pasivos por obligación personal o real de

contribuir a partir de 2015.

¿Se aplicará el impuesto autonómico a los depósitos?

El Gobierno introdujo en la Ley de Medidas Tributarias que acompañó los

Presupuestos de 2013 un impuesto a los depósitos con un tipo del 0% para

evitar que Andalucía, Extremadura y Canarias pudieran seguir recaudándolo,

puesto que dos administraciones no pueden gravar un mismo hecho imponible,

y evitar que se extendiera a otras comunidades, como Cataluña, que lo aprobó

días antes de que lo hiciera el Estado, y Asturias, que lo había incluido en sus

Presupuestos de 2013. Ahora, Hacienda parece dispuesta a cambiar el criterio

sobre este impuesto y dará vía libre para que las comunidades autónomas

apliquen el impuesto a la banca, en función del volumen de sus depósitos

bancarios.

¿Qué productos nos ofrecen ventajas fiscales interesantes?

Los fondos de inversión, los depósitos y las pensiones nos permiten atenuar la

subida impositiva en las rentas del ahorro. Con los fondos de inversión

podemos traspasar el dinero más las ganancias de un fondo a otro sin tener

que pagar. No pagamos impuestos si utilizamos el dinero de un fondo para

contratar otro, algo que gran parte de los ahorradores todavía desconoce.

Los depósitos a largo plazo, cuyos intereses se obtengan a partir del 1 de

enero de 2015, pueden ser una buena oportunidad de inversión después de

que el Gobierno haya prorrogado en 2014 el incremento de la tributación de la

renta del ahorro (que llega hasta el 27 %). A partir de 2015, se deberían

restablecer los tipos del 19 y 21%.

Las aportaciones a los planes de pensiones reducen la base general del

IRPF y no hay que pagar por los beneficios que se vayan generando, sino que

será en el momento de percibir la prestación (básicamente por jubilación,

invalidez y fallecimiento de su titular) cuando deba tributar como una renta del

trabajo.

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