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El régimen jurídico en la Función Pública en Venezuela Tema 4 Autor: MIGUEL ÁNGEL MORFFE PERAZA [email protected] Universidad Católica del Táchira 1

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El régimen jurídico en la Función Pública en Venezuela

Tema 4

Autor:MIGUEL ÁNGEL MORFFE [email protected]

Universidad Católica del Táchira

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El ciclo de las políticas públicas

La administración no es más que motivar a otras personas

Bernardino Rivadavia

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Definición de Función Pública

La función Publica es, por una parte el modelo genérico de cómo se

denominan las tareas que desempeña el funcionario; es además, de modo

especifico, el ensamble de normas del derecho publico o régimen jurídico

aplicable al funcionario y, por ultimo; es el término con el que se conoce a la

relación de empleo público entre funcionarios y administración.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Definición de Función Pública

Modelo de tareas del funcionario

Relación funcionario -

administración

Normas que regulan su labor

Para entender su significado

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Evolución histórica de la Función Pública en Venezuela

1958ONU

Comisión de Administración

Pública

Proyecto de Ley de Carrera Administrativa

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Evolución histórica de la Función Pública en Venezuela

Década de los 70

Modelo de gestión basado en el gasto público

Modelo burocrático-populista

Escasa vinculación entre los procesos de planificación, evaluación y formulación de políticas

Deficiencias

Débil control de las normativas, elevado crecimiento de las instituciones y del empleo. Bonanza y criterios clientelares

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Evolución histórica de la Función Pública en Venezuela

La Gran Venezuela. Los ochenta

Comisión de Reforma

Integral de la AP (CRIAP)

Eficiencia y productividad

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Evolución histórica de la Función Pública en Venezuela

Aspectos que distinguen esta propuesta:

• El acento en la necesaria rentabilidad, reconociendo las limitaciones del

Estado en este sentido.

• Se intenta separar a las empresas del Estado de las instancias donde se

define la política sectorial de las empresas.

• Se propone por primera vez, efectuar cambios en los niveles de decisión, lo

cual apuntala a desplazar a los partidos como sujetos de decisión.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Evolución histórica de la Función Pública en Venezuela

COPREComisión para la Reforma del Estado

1984

Construcción de un Estado Moderno, democrático y eficiente

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Modalidades en la función pública

Condiciones y realidades

1. Modelos abiertos

En ellos la incorporación y la gestión de los recursos humanos va a depender, tanto de la dinámica de cada unidad administrativa, como de las necesidades de personal que en un momento determinado precisen éstas. Para que este modelo funcione de forma correcta y eficaz es necesario concretar en todo momento las necesidades reales de personal que se precisa en una unidad administrativa concreta y catalogar detalladamente las características de los diferentes puestos a cubrir, con el objeto de encontrar en el mercado laboral al personal adecuado y contratarlo.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Modalidades en la función pública

Condiciones y realidades

2. Modelos cerrados o estatutarios

En ellos se otorga más importancia a la actitud personal que a la aptitud profesional, aunque ésta también debe ser comprobada y evaluada. Es indispensable que el servidor público tenga, además de la cualificación específica, una actitud de lealtad a los intereses generales del Estado en el ejercicio de sus funciones, es decir, poseer un espíritu de servicio público que haga posible mejorar la calidad de los servicios que el ciudadano recibe de la Administración.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

El modelo venezolano

La expresión del modelo de administración pública que se observa a partir de la

puesta en marcha de las transformaciones en la Constitución de 1999 son por un

lado a la expansión del aparato público y por el otro, a la creación de un

administración paralela a la ya existente, con funciones que se solapan con la

administración tradicional, ello como mecanismo para la flexibilización y

aseguramiento de la política gubernamental en materia de seguridad social y

política en general, la materialización de esta política se efectúa a partir de 2003

cuando el gobierno inicia su política de creación de las llamadas Misiones �Sociales

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

La noción de Función Pública en la Constitución de 1999

Capítulo I sección tercera:

Art. 144. La Ley establecerá el Estatuto de la función pública mediante normas

sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios o

funcionarias de la Administración Pública, y proveerá su incorporación a la

seguridad social. La Ley determinará las funciones y requisitos que deben

cumplir los funcionarios públicos y funcionarias públicas para ejercer sus

cargos.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

La noción de Función Pública en la Constitución de 1999

Capítulo I sección tercera:

Art. 145. Los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del

Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento y remoción no podrán estar

determinados por la afiliación u orientación política. quien esté al servicio de los

Municipios, de los Estados, de la República y demás personas jurídicas de

derecho público o de derecho privado estatales, no podrá celebrar contrato

alguno con ellas, ni por sí ni por interpuesta persona, ni en representación de

otro u otra, salvo las excepciones que establezca la ley.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Ley del Estatuto de la Función Pública

La Ley del Estatuto de la Función Pública de acuerdo a su artículo 1: “Regirá las

relaciones de empleo público entre los funcionarios y funcionarias públicas y las

administraciones públicas nacionales, estatales y municipales"

Párrafo único (*) Excepciones

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Ley del Estatuto de la Función Pública

Art. 3

Funcionario o funcionaria público será toda persona natural que, en virtud de

nombramiento expedido por la autoridad competente, se desempeñe en el

ejercicio de una función pública remunerada, con carácter permanente.

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Tipos de funcionarios públicos De carrera

De libre nombramiento y

remoción

De elección popular

Contratados y obreros

Ley del Estatuto de la Función Pública 2002

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

El régimen de contratación de servicios en la Administración Pública

Ley del Estatuto de la Función Pública 2002

A tiempo determinado

A tiempo indeterminado

Por obra terminada

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Regímenes de excepción del ámbito de aplicación del Estatuto de la Función Pública

Parágrafo Único: Quedarán excluidos de la aplicación de esta Ley:

1. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio del Poder Legislativo Nacional;

2. Los funcionarios y funcionarias públicos a que se refiere la Ley Orgánica del

Servicio Exterior;

3. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio del Poder Judicial;

4. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio del Poder Ciudadano;

5. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio del Poder Electoral;

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El ciclo de las políticas públicasLa Administración Pública

Regímenes de excepción del ámbito de aplicación del Estatuto de la Función Pública

Parágrafo Único: Quedarán excluidos de la aplicación de esta Ley:

6. Los obreros y obreras al servicio de la Administración Pública;

7. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio de la Procuraduría General

de la República;

8. Los funcionarios y funcionarias públicos al servicio del Servicio Nacional

Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT);

9. Los miembros del personal directivo, académico, docente, administrativo y de

investigación de las universidades nacionales.