la sociedad civil

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La Sociedad Civil

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La Sociedad Civil y el Sistema Nacional de Proteccin Integral de los Derechos de Nias, Nios y Adolescentes

El 5 de diciembre de 2014 entr en vigor la Ley General de los Derechos de Nias, Nios y Adolescentes (LGDNNA). Esta ley marca el inicio de una nueva etapa para la niez y la adolescencia en Mxico en la que gobierno y sociedad trabajarn coordinadamente para garantizar sus derechos.La sociedad civil en el Sistema de Proteccin Integral y los Sistemas Locales y Municipales de proteccin.La Sociedad Civil tendr un papel muy importante en la conformacin y funcionamiento de los Sistemas de Proteccin, ya que participar en todos los procesos de dilogo y de toma de decisiones, a fin de que se incluya la diversidad de opiniones, experiencias y puntos de vista en la agenda de derechos de la niez y adolescencia.De acuerdo con la LGDNNA, la sociedad civil tendr tres niveles de intervencin:Ser integrante del Sistema Nacional de Proteccin Integral de Nias, Nios y Adolescentes y los Sistemas Locales y Municipales de Proteccin.El Sistema Nacional de Proteccin Integral, as como los Sistemas Locales y Municipales de Proteccin incorporarn la participacin de la sociedad civil a fin de que contribuya en la definicin e instrumentacin de las polticas para la garanta y proteccin integral de los derechos de nias, nios y adolescentes. Idealmente, estos Sistemas de Proteccin debern considerar a la Sociedad Civil con voz y voto. Los representantes de la Sociedad Civil sern nombrados por el propio Sistema de Proteccin en los trminos que establezcan el Reglamento de la Ley General y las Leyes Locales de Proteccin. Estos reglamentos debern prever los trminos para la emisin de una convocatoria pblica en la que se establezcan las etapas completas para el procedimiento, sus fechas lmites y plazos.Se comunicar continuamente con los Sistemas de Proteccin. Aquellos integrantes de la Sociedad Civil que no participen directamente en las sesiones del Sistema de Proteccin Nacional, y los Sistemas Locales y Municipales de Proteccin tendrn comunicacin con estos sistemas a travs de las Secretaras Ejecutivas, que tienen como atribucin el fungir como instancia de interlocucin con organizaciones de la sociedad civil.Participar en rganos consultivos que apoyen al Sistema Nacional y los Sistemas Locales y Municipales de Proteccin.La Sociedad Civil participar, junto con autoridades y el sector privado, en rganos consultivos que apoyen a losSistemas de Proteccin en la implementacin y aplicacin de los programas de proteccin de nias, nios y adolescentes.Mecanismos para asegurar la participacin de la sociedad civil de acuerdo con la LGDNNALa LGDNNA establece las bases generales para la participacin de la sociedad civil en las acciones que prev la ley para garantizar la proteccin y el ejercicio de los derechos de nias, nios y adolescentes. En este sentido, las leyes locales de derechos de nias, nios y adolescentes debern prever y desarrollar dentro de sus disposiciones los requisitos, condiciones, procedimientos y lineamientos generales bajo los cuales la Entidad Federativa de que se trate asegurar la participacin de este sector.Idealmente estos Sistemas debieran tener conformacin paritaria entre representantes de Gobierno y representantes de la Sociedad Civil, o bien contemplar frmulas diversas que aseguren un equilibrio en la toma de decisiones, dando a esta ltima la posibilidad de participar en condicin de igualdad en la elaboracin de las polticas para la proteccin de los derechos de la niez y adolescencia.El Comit de los Derechos del Nio ha sealado que la aplicacin efectiva de la Convencin sobre los Derechos del Nio exige una coordinacin intersectorial visible para reconocer y realizar los derechos de la niez en toda la administracin pblica, y entre la administracin y la sociedad civil, incluidos especialmente los propios nios, nias y adolescentes y que es necesaria una vigilancia rigurosa de la aplicacin, que debera incorporarse al proceso de gobierno a todos los niveles. Para ello es necesaria la participacin activa y genuina de la sociedad civil y el fomento de mecanismos de formulacin, monitoreo y fiscalizacin de las polticas y prcticas que impactan en los derechos de la niez.Experiencias internacionales sobre la participacin de la sociedad civil en los Sistemas de ProteccinPor lo general en Amrica Latina los Sistemas de Proteccin estn integrados por representantes de la sociedad civil organizada que son delegados de instituciones con personalidad jurdica y que estn relacionados directamente con actividades de prevencin, atencin, proteccin y defensa de los derechos de la niez y adolescencia.En algunos pases (Brasil, Ecuador, Guatemala y Venezuela) las leyes integran formalmente a las organizaciones de la sociedad civil deforma paritaria, es decir con igual representacin de miembros del gobierno y organizaciones no gubernamentales, y bajo un rgimen de igualdad en el que ambos sectores definen conjuntamente las directrices para la poltica de promocin, proteccin y defensa de los derechos de los nios, nias y adolescentes en los niveles federal, estatal y municipal.Es importante resaltar que esto implica un cambio de paradigma sin precedentes, en el que las organizaciones de la sociedad civil son percibidas como actores externos con capacidad de interactuar formalmente en el diseo, ejecucin y evaluacin de las polticas pblicas.Un ejemplo: el caso de BrasilEn 1991 se crea y reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Derechos del Nio y del Adolescente (CONANDA), rgano deliberativo que elabora las normas generales de la poltica nacional de niez y adolescencia a fin de dar cumplimiento a los derechos reconocidos en el Estatuto del Nio y el Adolescente. Este rgano tiene como funcin el promover la cooperacin entre los estados, municipios y la sociedad civil, para lo cual ha establecido y perfeccionado mecanismos de participacin.El CONANDA estintegrado en forma equitativapor 14 representantes de rganos de gobierno, entre ellos, de los ministerios de desarrollo social, cultura, educacin, hacienda, salud, relaciones exteriores, de trabajo y empleo, de justicia y representantes de la Secretaria de Derechos Humanos y de las polticas de promocin de la igualdad racial y, por el otro lado, por 14 representantes de la sociedad civil organizada.Para elegir a estos representantes, el pleno del CONANDA ha decidido establecer una Comisin Electoral para Elegir a los Representantes de la Sociedad Civil, compuesta por 3 organizaciones de la sociedad civil que estarn a cargo de organizar y llevar a cabo el proceso de seleccin.El CONANDA publica cada 2 aos la convocatoria para elegir a los representantes de la Sociedad Civil, que tienen como requisitos mnimos para postularse 1) el llevar a cabo acciones de promocin, proteccin, defensa o atencin de los derechos de nias, nios y adolescentes y 2) ser considerada una organizacin civil a nivel nacional, para lo cual debi haber llevado a cabo estas actividades durante al menos 2 aos en al menos 5 Estados distribuidos en 2 regiones del pas. Las organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en participar en las elecciones deben inscribirse en elForo Nacional de Defensa de los Derechos de Nios y Adolescentes.

La Comisin Electoral elige a 14 organizaciones de entre las 28 organizaciones ms votadas. Las primeras sern miembros del CONANDA de pleno derecho, en tanto que las 14 restantes asumen el papel de suplentes. El Ministerio Pblico de la Federacin en Brasil supervisa el proceso electoral.