la soberania de venezuela en la fachada atlantica
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I Soberanía y Jurisdicción de Venezuela en los Espacios Geográficos . Marítimos
II La Fachada Atlántica Venezolana.
III La Solicitud Guyanesa del 06SEP2011.
IV Conclusiones.Elías R. Daniels H.
Academia Nacional de Ingeniería y el HábitatCaracas 27 de Septiembre 2011
LA SOBERANIA DE VENEZUELA EN LA FACHADA ATLANTICA
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Republica
Dominicana USA Aruba, Curazao
Bonaire (Países
Bajos)
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St Kitts-Nevis
Montserrat
FranciaDominica
San VicenteSanta Lucia
Granada
Francia
BarbadosTrinidad
Guyana
Surinam
Isla de Aves
EDH OCT 2010
Antigua y Barbuda
ENTORNO GEOESTRATEGICO VENEZOLANO
Saba
Sn Eustaquio
ENTORNO GEOESTRATEGICO VENEZOLANO
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Soberanía Física‐. Control, administración y disposición de los espacios geográficos necesarios para garantizar la existencia, la reproducción y la calidad de vida de los grupos sociales organizados.(Limitada Convenciones de la ONU y Tratados Internacionales)
Soberanía Política‐. Que reclaman, proclaman y se reconocen mutuamente los Estados para crear, adoptar y desarrollar un modelo propio de organización política y de gobierno sobre los espacios geográficos que controlan. (Limitada Carta de la ONU y Carta de la OEA)
Soberanía Social‐. Para organizarse, desarrollar instituciones y normas propias que faciliten la convivencia social en los espacios geográficos controlados. (Limitada Carta ONU, Carta OEA y Art. 28 Constitución Nacional)
Soberanía Económica‐. Para desarrollar un modelo económico propio que permita usufructuar, transformar e intercambiar los recursos patrimoniales contenidos en los espacios geográficos controlados. ( Limitada Art. 153 Constitución Nacional)
NUEVAS ACEPCIONES DEL CONCEPTO DE SOBERANÍA
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PATRIMONIO GEOGRAFICO DE VENEZUELAES
PAC
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GEO
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RT.
10
CO
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AC
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. ESPACIOS GEOGRAFICOS TERRITORIALES-Continentales-Insulares
. ESPACIOS GEOGRAFICOS ACUATICOS-Marítimos-Fluviales-Lacustres
. CONFORMACION GEOGRAFICA PENDIENTE-Colombia, San Cristóbal y Nieves, Montserrat (Reino Unido), Dominica, Santa Lucia, San Vicente y Las Granadinas, Granada y Guyana (Controversia Esequiba)
5EDH FEB2010
MAPA POLÍTICO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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SOBERANÍA Y JURISDICCIÓN EN LOS ESPACIOS MARÍTIMOS
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MÁRGEN CONTINENTAL
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Posición de Venezuela III Conferencia ONU sobre Derechos del Mar 10DIC1982
“… Esta firma no significa ni puede ser interpretada como una modificación de su posición respecto de los artículos 15, 74 y 83 y el párrafo 3 del artículo 121 de la Convención. Estas disposiciones, por las razones expuestas por la Delegación de Venezuela en la Sección Plenaria del 30ABR1982, son inaceptables para Venezuela, que no está, por consiguiente, vinculada por estas normas y no está dispuesta a vincularse por ellas en modo alguno”
VENEZUELA Y LA CONVENCION DEL MAR
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• Derecho Internacional
– Articulo 11 Constitución Nacional: “….Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la Republica ejerce derechos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional publico y la ley….”
• Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos Insulares
– Deficiencias en las relaciones con otros Estados (Normas para laDelimitación)
VENEZUELA Y EL DERECHO DEL MAR
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• La Fachada Atlántica podemos representarla mediante la conformación geográfica de tres secciones:
– Sector (a) Golfo de Paria y Mar Caribe– Sector (b) Delta del Orinoco– Sector (c) Zona en Reclamación
LA FACHADA ATLANTICA VENEZOLANA
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LA FACHADA ATLANTICA VENEZOLANA
Sector de la Fachada Atlántica correspondiente al Golfo de Paria y Mar Caribe
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LA FACHADA ATLANTICA VENEZOLANA
Sector de la Fachada Atlántica correspondiente al Delta del Orinoco
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LA FACHADA ATLANTICA VENEZOLANA
Sector de la Fachada Atlántica correspondiente a la Zona en Reclamación
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• FUNDAMENTACIÓNDerecho del Mar
– Art. 76 de la Convención del Mar: “La plataforma continental de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden mas allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde la línea de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia”.
– Art. 76(10) de la Convención del Mar: “Las disposiciones de este artículo no prejuzgan la cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente”.
– Art. 83 de la Convención del Mar: “Delimitación de la plataforma continental entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente
– Art. 134 (4) de la Convención del Mar: “Ninguna de las disposiciones de este artículo afectaráal establecimiento del límite exterior de la plataforma continental de conformidad con la Parte VI ni a la validez de los acuerdos relativos a delimitación celebrados entre Estados con costas adyacentes o situados frente a frente”.
– Anexo II de la Convención del Mar: COMISION DE LIMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, en particular el artículo 9 de este anexo: “Las actuaciones de la Comisión no afectarán a los asuntos relativos a la fijación de los límites entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente”.
– Con absoluta claridad se establece que: “…..las presentaciones sometidas a consideración de la Comisión CLCS se hacen sin prejuicio a cualesquiera potenciales delimitaciones de fronteras con cualquier otro Estado que pueda llevarse a cabo en fecha posterior”.
LA SOLICITUD GUYANESA DEL 06SEP2011
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• FUNDAMENTACION
Sumario Ejecutivo
• Introducción y Objetivos• El Limite Exterior de la Plataforma Continental• Nombres de los Miembros de la CLCS que efectúan asesoramiento• Ausencia de Disputa• Instituciones Guyanesas responsables por la preparación de esta solicitud• El Limite Exterior de la Plataforma Continental
LA SOLICITUD GUYANESA DEL 06SEP2011
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• Tratado Soberanía Isla de Pato 1942•Tratado Plataforma Continental Golfo de Paria 1942•Acuerdo de Ginebra 1966•Decreto Línea Base Punta Araguapiche – Río Esequibo 1968•Tratado Delimitación Marítima Venezuela – Estados Unidos de America 1978•Tratado Delimitación Marítima Venezuela – Reino de los Países Bajos 1978•Tratado Delimitación Marítima Venezuela – Francia 1980•Convención ONU Derecho del Mar 1982•Tratado Delimitación Marítima Venezuela – Trinidad y Tobago 1990•Constitución Nacional 1999•Cuestionamiento de Guyana al Tratado de 1990, en 2002•Tratado de Cooperación Económica en la ZEE Barbados- Guyana 2003•Cuestionamiento de Barbados al Tratado de 1990, en 2004•Laudo Arbitral Fronteras Marítimas Barbados – Trinidad y Tobago 2006•Laudo Arbitral Fronteras Marítimas Guyana – Surinam 2007•Tratado Marco Unificación Yacimientos Hidrocarburos Línea Delimitación Venezuela – Trinidad y Tobago 2008•Ley Orgánica Espacios Acuáticos e Insulares 2008•Barbados y Surinam solicitan extensión del Limite Exterior de la Plataforma Continental 2008•Trinidad y Tobago, y Guyana solicitan extensión de la Plataforma Continental 2009•Granada y Trinidad y Tobago firman Tratado Delimitación Marítima 2010•Guyana actualiza y reitera solicitud extensión de la Plataforma Continental 2011
CONCLUSIONESLOS DERECHOS VENEZOLANOS DE SOBERANÍA Y JURISDICCIÓN
EN LA FACHADA ATLÁNTICA, SEP2011
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TRATADO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA EN LA ZEE BARBADOS-GUYANA
18EDH NOV 2009
EFECTOS DEL LAUDO 11ABR2006.FRONTERA MARITIMABARBADOS-TRINIDAD Y TOBAGO SOBRE LA RECLAMACION ESEQUIBA
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CONSTRUCCIÓN DE LA EQUIDISTANCIALAUDO DEL 17SEP2007 GUYANA-SURINAM
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SITUACIÓN ACTUALEL LAUDO DEL 17SEP2007 Y LAS OPCIONES DELIMITACIONES MARITIMAS
ESTADO DELTA AMACURO, ZONA EN RECLAMACIÓN Y GUYANA
22 (1990)
20 (2007)
TRINIDAD
VENEZUELA
11 (2006)
APROX 127 mn
SURINAMGUYANA
Z O N A R E C L A M A C I O N
PTA PLAYA
3 (2007)2
1
APROX 200 mn
EDH NOVIEMBRE 2007
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SOLAPAMIENTO EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL EXTENDIDA
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SOLAPAMIENTO EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL EXTENDIDA
SOLAPAMIENTO
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No podemos cambiar la historia triste de un pasado que se nos impuso por omisión o comisión; pero si debemos aspirar y conquistar la reivindicación de nuestros derechos de soberanía sobre el Esequibo, con sus correspondientes áreas marinas y submarinas, en un futuro que si podemos diseñar.
Elias R. Daniels H.