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La República 1 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 4 de enero del 2019 La República Corte Superior de Arequipa Viernes, 4 de enero del 2019 EDICTOS EDICTO En los autos seguidos por SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, contra JULIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 03963-2012-0-0401-JP-CI-03, el señor Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Civil Dra. MARÍA SOLEDAD BELLIDO ANGULO, Especialista Legal Dr. JUSTINO RIVERA COLLANQUI, ha emitido la Resolu- ción N° 37 de fecha 27 de agosto del 2018 - VISTOS El escrito de suspensión del proceso por fallecimiento; Y CONSIDERANDO; Primero - Que, mediante escrito pre- sentado con fecha veinte de julio del año en curso se ha puesto en conocimiento del Juzgado el fallecimiento de quien en vida fue don Juan Motta Meza, acaecido el día diez de julio del año en curso, tal como aparece del acta de Defunción que se acompaña. Segundo - Estan- do a lo dispuesto por el artículo 165 del Código Proce- sal Civil y a efecto de no causar indefensión y continuar con el séquito del proceso, la parte demandante deberá efectuar la notificación por edictos los sucesores; por lo que de conformidad con el artículo 320 del Código ad- jetivo RESUELVO: SUSPENDER el presente proceso has- ta que la parte demandante cumpla con gestionar la notificación por edictos a la sucesión procesal de JUAN MOTTA MEZA, de la demanda, anexos, auto admisorio y sentencia, a efecto se apersonen al proceso en su representación; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Demanda,- SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA interpone demanda de OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO por el pago de penalidades en la suma de SI. 15 600.00 soles por el periodo de diciem- bre del 2011 hasta mayo del 2012, por la ocupación indebida del inmueble más los intereses legales cal- culados hasta la fecha de cancelación y desocupación, reservándonos el derecho de ampliar el monto de lo pretendido en tanto avanzan nuevas cuotas Resolución admisoria.- Resolución N° 01-2012.- RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero interpuesta por la SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, contra JULIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS. Sentencia N° 727-2014.- Parte Reso- lutiva, Fallo: Declarando FUNDADA la demanda inter- puesta por la SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE AREQUIPA, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en vía del proceso abreviado en contra de JU- LIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS, en consecuencia ordeno que los demandados antes señalados cumplan con pagar de forma solidaria a los demandantes: 1) la suma quince mil seiscientos con 00/100 nuevos soles correspondiente al periodo de diciembre del dos mil once hasta mayo del dos doce.- 2) El pago de pena- lidades devengadas posterior al mes de mayo del dos mil doce hasta su devolución efectiva del bien arrendado, lo que se liquidaran en etapa de ejecución de sentencia 3) pago de interés legal. Con Costas del preceso.- JUSTINO RIVERA COLLANQUI SECRETARIO JUDICIAL.- (03-04-07 enero) B/E 031-13440. EDICTO Ante el Juzgado Civil de Istay Mollendo, Juez Ricardo Jorge Chávez Flores: Expediente: 13979-2018, sobre demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho, in- terpuesta por Mery León Monroy, con intervención de la Secretaria Judicial Stephanie Jenifer Chapilliquen Ta- son, mediante Resolución N° 01 de fecha veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: A) AD- MITIR a trámite en Vía del Proceso de Conocimiento la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, interpuesta por MERY LEON MONROY, en contra de la sucesión de CIPRIANO MAMANICCOPA. B) Notifíquese por edictos a la parte demandada por el plazo de trein- ta días a fin que absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador proce- sal, debiendo las publicaciones efectuarse tanto en el diario El Peruano, como el diario de mayor circulación. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER - Mollendo 04 de diciembre de 2018. Stephanie H. Chapilliquen Tason Secretario Judicial. (03-04-07 enero) B/E 031-13431. EDICTO Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del MILI de Paucarpata Janeth Mery Quispe Sánchez se encuentra tramitando el Expediente N° 102- 2017 con intervención del Especialista Legal Virginia Gaby Curse Choque, donde se ha resuelto admitir a tramite la demanda de cobro de alimentos interpuesta por Janeth Mery Quispe Sánchez en representación del menor José Gabriel Esteban Quispe en contra de Hoo- ver José Esteban Panta, se corre traslado al demandado por el plazo de cinco días; mediante resolución 04 se dispone notificar por edictos a la parte demandada, a defecto que se haga parte del proceso bajo apercibi- miento de nombrársele curador procesal. Arequipa. 13 de noviembre de 2018.- VIRGINIA GABY CURSE CHOQUE SECRETARIA JUDICIAL. (03-04-07 enero) B/E 031-13434 EDICTO Por ante el Primer Juzgado Civil de Paucarpata que Despacha el Doctor LINO ZÚÑIGA PORTOCARRERO, con intervención del Especialista Legal ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ. Saturnina Ignacia Mamani Soto vie- ne siguiendo un proceso judicial sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el que se viene tramitando con el número de expediente 05490-2018-0-0412-JR- CI-01 y en el que solicita se le declare propietaria del inmueble ubicado en la Avenida Umapalca, lote 5, distrito de Characato de un área de 993.08 m2 (nove- cientos cuarenta y tres punto noventa y ocho metros cuadrados), área que se estaría inscrita en la siguientes partidas regístrales 11307827, 04000217 y 04000359 del registro de inmuebles de los Registros Públicos de Arequipa. Este proceso ha sido admitido a trámite por resolución número 2 de fecha tres de diciembre del 2018, que ha resuelto: “Admitir a trámite la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la Vía de Proceso ABREVIADO, interpuesta por SATUR- NINA IGNACIA MAMANI SOTO, en contra de 1) CO- DIMSUR S.R.L., 2) MIGUEL ANGEL PINTO HERRERA, 3) SUCESION DE CELESTINA CLOTILDE HERRERA PONCE y 4) ASOCIACION IRRIGACION CHARACATO y con cita- ción de los colindantes 1) MANUEL CARLOS CORNEJO SOSA y MARIA CELESTINA SOTO ARCE, 2) NELLY LLAPA PEREZ, 3) MONICA MAMANI PAMA Y 4) LUIS FRANCIS- CO VELASQUEZ BEJARANO; debiendo notificarse a la sucesión de CELESTINA CLOTILDE HERRERA PONCE, mediante edictos electrónicos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; debiendo la parte demandante cumplir con presentar el arancel judicial correspondiente debiendo pagar por ante el Banco de la Nación el monto de 52.50 soles conforme a la Reso- lución administrativa 242-2018-CE-PJ. TRASLADO a los demandados por el plazo de diez días para que sea con- testada. DISPONGO: Se efectúe las publicaciones por el plazo de tres días, con intervalo de tres días, conforme a los artículos 506, 167 y 168 del Código Procesal Civil, en el diario encargado de los avisos judiciales y otro de amplia circulación de esta ciudad. Por ofrecidos los me- dios probatorios. A sus antecedentes los anexos acom- pañados; TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER”. ROBERTO FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL.- (27 diciembre 04-10 enero) B/E 031-13430. REMATES REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO- CATORIA En el proceso único de Ejecución de Garantías que se tramita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401- JR-CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINE- DA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALARCON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALA- GARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convo- catoria la siguiente propiedad: INMUEBLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y departa- mento de Arequipa, de propiedad de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dólares americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valori- zado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Certificado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asien- to D00003.- Hipoteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pineda, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendi- da ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víc- tor Manuel Rios Sanz y Gabi Adelina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a fa- vor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Público de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Giannetti y Bren- da Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendi- da ante Notario Público de Arequipa César Fernández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asien- to D00008.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barre- da. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Público de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMA- TE: La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HO- RAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Justicia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judi- cial por participar en remate judicial de bien inmueble (Código N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corres- ponde), debiendo consignar en el mismo el número de expediente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respecti- vo, suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudi- catario y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13424. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los au- tos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GU- TIERREZ ROJAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Mon- tesinos y Montesinos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Reso- lución N° 46 han encargado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Dis- trito Miraflores, provincia y departamento de Arequi- pa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescientos Cuarenta y Nueve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares America- nos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra contenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y depar- tamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negocia- ble” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial res- pectivo, consignando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudi- catario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MAR- TILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTACE- RO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL.- Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VA- LENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MAR- CELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Gamero Gomes Norica Am- paro (por ser la actual propietaria), con intervención del Martillero Publico de Registro Nacional Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Pro- vincia y Departamento de Arequipa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Registral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASACION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuenta y dos mil, ciento treinta y cuatro y 60/100 Soles) y con una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley), de: S/ 301,423.07 (Trescientos un mil, cuatrocientos veintitrés y 07/100 Soles).- AFECTACIONES: 1) EMBARGO.- Medi- da Cautelar en forma de Inscripción del predio inscrito en esta Partida, de Propiedad de WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, hasta por la suma de S/. 86,000.00, por orden del Octavo Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a favor BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, del Exp. N° 3028-2016-45-0401-JR-CI-08, sobre Obligación de dar Suma de Dinero (Asiento N° 000020 de la Partida N° P06015417).- DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Enero del 2019, a las 12.30 de la Tar- de.- LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubi- cada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Supe- rior de Justicia de Arequipa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Depar- tamento de Arequipa.- POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expedien- te, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo seña- lado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artí- culo 741° del acotado código.- HONORARIOS: Del Mar- tillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005- JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publico.- Inf. Al # 998084468.- JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS- Martillero Publico- Registro Nacional N° 95.- Jimmy M. LUNA MAZUELOS SECRETARIO JUDICIAL. (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031- EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL En el expediente Nº 05015-2017-0-0401-JR-CI-06, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO INTERNA- CIONAL DEL PERU INTERBANK en contra de SARCCO TAPARA, GREGORIA, como TERCERO Edward Jesús Pin- to Salas y Karla María Gonzales Villagra, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialis- ta Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los inmue- bles que a continuación se detalla: PRIMER INMUEBLE: VIVIENDA DUPLEX (DEPARTAMENTO Nº601 Sexto y Séptimo Piso) ubicada en el Conjunto Res. El Mirador de la Alameda II Etapa MZ 1R Bloque 5 Sección 21 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. 11302533, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 95.22m2.- TASA- CIÓN: US$ 62,917.71 (Sesenta y dos mil novecientos diecisiete con 71/100 Dólares americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 41,945.14 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con 14/100 Dólares ame- ricanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos (incluyendo otro mueble inscrito

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 4 de enero del 2019

La República

Corte Superior de Arequipa

Viernes, 4 de enero del 2019

EDICTOS EDICTO

En los autos seguidos por SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, contra JULIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 03963-2012-0-0401-JP-CI-03, el señor Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Civil Dra. MARÍA SOLEDAD BELLIDO ANGULO, Especialista Legal Dr. JUSTINO RIVERA COLLANQUI, ha emitido la Resolu-ción N° 37 de fecha 27 de agosto del 2018 - VISTOS El escrito de suspensión del proceso por fallecimiento; Y CONSIDERANDO; Primero - Que, mediante escrito pre-sentado con fecha veinte de julio del año en curso se ha puesto en conocimiento del Juzgado el fallecimiento de quien en vida fue don Juan Motta Meza, acaecido el día diez de julio del año en curso, tal como aparece del acta de Defunción que se acompaña. Segundo - Estan-do a lo dispuesto por el artículo 165 del Código Proce-sal Civil y a efecto de no causar indefensión y continuar con el séquito del proceso, la parte demandante deberá efectuar la notificación por edictos los sucesores; por lo que de conformidad con el artículo 320 del Código ad-jetivo RESUELVO: SUSPENDER el presente proceso has-ta que la parte demandante cumpla con gestionar la notificación por edictos a la sucesión procesal de JUAN MOTTA MEZA, de la demanda, anexos, auto admisorio y sentencia, a efecto se apersonen al proceso en su representación; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Demanda,- SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA interpone demanda de OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO por el pago de penalidades en la suma de SI. 15 600.00 soles por el periodo de diciem-bre del 2011 hasta mayo del 2012, por la ocupación indebida del inmueble más los intereses legales cal-culados hasta la fecha de cancelación y desocupación, reservándonos el derecho de ampliar el monto de lo pretendido en tanto avanzan nuevas cuotas Resolución admisoria.- Resolución N° 01-2012.- RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero interpuesta por la SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, contra JULIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS. Sentencia N° 727-2014.- Parte Reso-lutiva, Fallo: Declarando FUNDADA la demanda inter-puesta por la SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE AREQUIPA, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en vía del proceso abreviado en contra de JU-LIA AURELIA FLORES DE MOTTA, JUAN MOTTA MEZA Y TORIBIA SOLEDAD LINARES RAMOS, en consecuencia ordeno que los demandados antes señalados cumplan con pagar de forma solidaria a los demandantes: 1) la suma quince mil seiscientos con 00/100 nuevos soles correspondiente al periodo de diciembre del dos mil once hasta mayo del dos doce.- 2) El pago de pena-lidades devengadas posterior al mes de mayo del dos mil doce hasta su devolución efectiva del bien arrendado, lo que se liquidaran en etapa de ejecución de sentencia 3) pago de interés legal. Con Costas del preceso.- JUSTINO RIVERA COLLANQUI SECRETARIO JUDICIAL.- (03-04-07 enero) B/E 031-13440.

EDICTOAnte el Juzgado Civil de Istay Mollendo, Juez Ricardo Jorge Chávez Flores: Expediente: 13979-2018, sobre demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho, in-terpuesta por Mery León Monroy, con intervención de la Secretaria Judicial Stephanie Jenifer Chapilliquen Ta-son, mediante Resolución N° 01 de fecha veintisiete de noviembre del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: A) AD-MITIR a trámite en Vía del Proceso de Conocimiento la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, interpuesta por MERY LEON MONROY, en contra de la sucesión de CIPRIANO MAMANICCOPA. B) Notifíquese por edictos a la parte demandada por el plazo de trein-ta días a fin que absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador proce-sal, debiendo las publicaciones efectuarse tanto en el

diario El Peruano, como el diario de mayor circulación. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER - Mollendo 04 de diciembre de 2018. Stephanie H. Chapilliquen Tason Secretario Judicial. (03-04-07 enero) B/E 031-13431.

EDICTOPor ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del MILI de Paucarpata Janeth Mery QuispeSánchez se encuentra tramitando el Expediente N° 102-2017 con intervención del Especialista Legal Virginia Gaby Curse Choque, donde se ha resuelto admitir a tramite la demanda de cobro de alimentos interpuesta por Janeth Mery Quispe Sánchez en representación del menor José Gabriel Esteban Quispe en contra de Hoo-ver José Esteban Panta, se corre traslado al demandado por el plazo de cinco días; mediante resolución 04 se dispone notificar por edictos a la parte demandada, a defecto que se haga parte del proceso bajo apercibi-miento de nombrársele curador procesal. Arequipa. 13 de noviembre de 2018.- VIRGINIA GABY CURSE CHOQUE SECRETARIA JUDICIAL. (03-04-07 enero) B/E 031-13434

EDICTOPor ante el Primer Juzgado Civil de Paucarpata que Despacha el Doctor LINO ZÚÑIGA PORTOCARRERO, con intervención del Especialista Legal ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ. Saturnina Ignacia Mamani Soto vie-ne siguiendo un proceso judicial sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el que se viene tramitando con el número de expediente 05490-2018-0-0412-JR-CI-01 y en el que solicita se le declare propietaria del inmueble ubicado en la Avenida Umapalca, lote 5, distrito de Characato de un área de 993.08 m2 (nove-cientos cuarenta y tres punto noventa y ocho metros cuadrados), área que se estaría inscrita en la siguientes partidas regístrales 11307827, 04000217 y 04000359 del registro de inmuebles de los Registros Públicos de Arequipa. Este proceso ha sido admitido a trámite por resolución número 2 de fecha tres de diciembre del 2018, que ha resuelto: “Admitir a trámite la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en la Vía de Proceso ABREVIADO, interpuesta por SATUR-NINA IGNACIA MAMANI SOTO, en contra de 1) CO-DIMSUR S.R.L., 2) MIGUEL ANGEL PINTO HERRERA, 3) SUCESION DE CELESTINA CLOTILDE HERRERA PONCE y 4) ASOCIACION IRRIGACION CHARACATO y con cita-ción de los colindantes 1) MANUEL CARLOS CORNEJO SOSA y MARIA CELESTINA SOTO ARCE, 2) NELLY LLAPA PEREZ, 3) MONICA MAMANI PAMA Y 4) LUIS FRANCIS-CO VELASQUEZ BEJARANO; debiendo notificarse a la sucesión de CELESTINA CLOTILDE HERRERA PONCE, mediante edictos electrónicos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; debiendo la parte demandante cumplir con presentar el arancel judicial correspondiente debiendo pagar por ante el Banco de la Nación el monto de 52.50 soles conforme a la Reso-lución administrativa 242-2018-CE-PJ. TRASLADO a los demandados por el plazo de diez días para que sea con-testada. DISPONGO: Se efectúe las publicaciones por el plazo de tres días, con intervalo de tres días, conforme a los artículos 506, 167 y 168 del Código Procesal Civil, en el diario encargado de los avisos judiciales y otro de amplia circulación de esta ciudad. Por ofrecidos los me-dios probatorios. A sus antecedentes los anexos acom-pañados; TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER”. ROBERTO FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL.- (27 diciembre 04-10 enero) B/E 031-13430.

REMATESREMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO-

CATORIAEn el proceso único de Ejecución de Garantías que se tramita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401-JR-CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINE-DA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALARCON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y

terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALA-GARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convo-catoria la siguiente propiedad: INMUEBLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y departa-mento de Arequipa, de propiedad de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dólares americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valori-zado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Certificado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asien-to D00003.- Hipoteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pineda, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendi-da ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víc-tor Manuel Rios Sanz y Gabi Adelina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a fa-vor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Público de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Giannetti y Bren-da Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendi-da ante Notario Público de Arequipa César Fernández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asien-to D00008.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barre-da. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Público de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMA-TE: La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HO-RAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Justicia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de

gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judi-cial por participar en remate judicial de bien inmueble (Código N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corres-ponde), debiendo consignar en el mismo el número de expediente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respecti-vo, suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudi-catario y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTILLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13424.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los au-tos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GU-TIERREZ ROJAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Mon-tesinos y Montesinos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Reso-lución N° 46 han encargado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Dis-trito Miraflores, provincia y departamento de Arequi-pa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescientos Cuarenta y Nueve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares America-nos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra contenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y depar-tamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negocia-ble” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial res-pectivo, consignando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudi-catario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MAR-TILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTACE-RO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL.-

Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VA-LENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MAR-

CELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Gamero Gomes Norica Am-paro (por ser la actual propietaria), con intervención del Martillero Publico de Registro Nacional Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Pro-vincia y Departamento de Arequipa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Registral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASACION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuenta y dos mil, ciento treinta y cuatro y 60/100 Soles) y con una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley), de: S/ 301,423.07 (Trescientos un mil, cuatrocientos veintitrés y 07/100 Soles).- AFECTACIONES: 1) EMBARGO.- Medi-da Cautelar en forma de Inscripción del predio inscrito en esta Partida, de Propiedad de WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, hasta por la suma de S/. 86,000.00, por orden del Octavo Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a favor BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, del Exp. N° 3028-2016-45-0401-JR-CI-08, sobre Obligación de dar Suma de Dinero (Asiento N° 000020 de la Partida N° P06015417).- DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Enero del 2019, a las 12.30 de la Tar-de.- LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubi-cada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Supe-rior de Justicia de Arequipa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Depar-tamento de Arequipa.- POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expedien-te, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo seña-lado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artí-culo 741° del acotado código.- HONORARIOS: Del Mar-tillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publico.- Inf. Al # 998084468.- JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS- Martillero Publico- Registro Nacional N° 95.- Jimmy M. LUNA MAZUELOS SECRETARIO JUDICIAL. (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIALEn el expediente Nº 05015-2017-0-0401-JR-CI-06, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO INTERNA-CIONAL DEL PERU INTERBANK en contra de SARCCO TAPARA, GREGORIA, como TERCERO Edward Jesús Pin-to Salas y Karla María Gonzales Villagra, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialis-ta Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los inmue-bles que a continuación se detalla: PRIMER INMUEBLE: VIVIENDA DUPLEX (DEPARTAMENTO Nº601 Sexto y Séptimo Piso) ubicada en el Conjunto Res. El Mirador de la Alameda II Etapa MZ 1R Bloque 5 Sección 21 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. 11302533, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 95.22m2.- TASA-CIÓN: US$ 62,917.71 (Sesenta y dos mil novecientos diecisiete con 71/100 Dólares americanos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 41,945.14 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con 14/100 Dólares ame-ricanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos (incluyendo otro mueble inscrito

Page 2: La República - Amazon S3...2019/01/04  · Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Giannetti y Bren-da Barreda Neyra, hasta

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 4 de enero del 2019

en la partida nº11303642), según consta en escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. SEGUNDO INMUEBLE: ESTACIONAMIENTO (Exterior 35 PRIMER PISO) ubicado en CON.RESID. El Mirador de la Alameda III-A ETAPA BLOCK 6 SECCION EE-35 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departa-mento de Arequipa, cuyas áreas y linderos se detallan en la Partida Nro. 11303642, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 12.00m2.- TASACIÓN: US$ 4,968.00 (Cuatro mil nove-cientos sesenta y ocho con 14/100 Dólares america-nos).- PRECIO BASE DE REMATE: US$ 3,312.00 (Tres mil trescientos doce con 00/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasa-ción. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos, según escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Nota-ria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzu-naga. Asiento D00003 Anticresis a favor de la sociedad conyugal conformada por EDWARD JESUS PINTO SA-LAS y KARLA MARIA GONZALES VILLAGRA, por el plazo de un año contado a partir de la inscripción de la anti-cresis, estableciendo como renta e interés la suma de S/800.00 nuevos soles según escritura pública de fecha 27.12.2016 y fecha 02.02.2017. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Cor-te ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Arequipa, el día MARTES 15 de ENERO del año 2019, Hora de Inicio 14:00 horas y será efectuado por la Mar-tillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera. LOS POSTO-RES: los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio pos-tor, el 10% del valor de la tasación por cada inmueble, además se deberá adjuntar la tasa judicial pagada en el BN por cada inmueble por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de ex-pediente, juzgado y número de DNI del postor. En caso el postor ofrezca adquirir los inmuebles conjuntamen-te se aplicará el Art.736 del C.P.C. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Martillera Pública Pamela Alva Rivera cel. 987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal Ali-cia Dolores Trujillo Pérez. Arequipa, 14 de Diciembre de 2018.- PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PUBLICA .- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO(EXP. Nº 00234-2017-0-0407-JM-CI-01) En el proceso ju-dicial de EJECUCION DE GARANTIAS seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra FORTUNATA NILDA CALATAYUD CACERES DE JI-MENEZ y EDGAR HERMILIO OSBALDO JIMENEZ CAYPA, el JUZGADO MIXTO- Sede Islay, a cargo del Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, ha ordenado sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble denominado como Centro Poblado Las Tres Cruces, Manzana E, Lote 05, ubicado en el Distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de Are-quipa, inscrito en la Partida N° P06223440 del registro de propiedad Inmueble de SUNARP, Zona Registral Nro. XII- Sede Arequipa. CARGAS Y GRAVAMENES Asien-to 00003 Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: El Propie-tario de predio inscrito en esta partida constituyen hi-poteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, debidamente representado; hasta por la suma de US$ 40 745.00 dólares americanos, para garan-tizar el crédito asumido por la suma de US$ 27 000.00 a un plazo de 180 meses y las obligaciones asumidas con la caja que obran de la Escritura Pública Nº 476 de fecha 03/08/2012 otorgada por ante Notario Público Dr. Roberto Carlos Delgado Valdivia la ciudad de Mollendo. VALOR DE TASACION : s/. 127 772.04 soles BASE DEL REMATE: s/. 85 181,36 soles DIA Y HORA DEL REMA-TE: El día 11 de Enero del 2019 a las 15:45 horas del día LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del local del Juzgado Mixto Sede Islay- Mollendo ubicado en esqui-na calle Comercio-Plaza Grau s/n- Mollendo. LOS POS-TORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasación que en este caso sería de s/. 12 777.20 soles en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de perso-nas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al concluir el remate. Juez Dr.

CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, Ives Andrés Navarrete Castro Martillero Público Reg. 290.- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031.-

AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL

Expediente N: 04450-2017-0-0401-JR-CI-06 en los se-guidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra HUISA HUISA RUTH, CHUJUTALLI PEREZ, JORGE sobre EJECU-CION DE GARANTIAS, por orden del SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA a cargo de la Sra. Juez VALDIVIA FRANCO PATRICIA RUBY, Especialista Legal: Dra. GUTIERREZ HANCCO VERONICA, ha facultado a la Martillera Pública Dra. Nelly Isabel Gutierrez Quispe, con Registro Nº106 realizar el Remate Público en PRI-MERA CONVOCATORIA del siguiente bien: Inmueble ubicado en: PUEBLO JOVEN INDEPENDENCIA AV. LOS GUINDOS Nº. 223 Mz. 12 Lote 12 Sección Nº- 3 zona A Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás especificaciones corren anotados en la Partida Electrónica Nº P06258241, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALORIZACION: S/ 270,884.22 (DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIEN-TOS OCHENTA Y CUATRO CON 22/100 SOLES) BASE DE REMATE: S/ 180,589.48 (CIENTO OCHENTA MIL QUI-NIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 48/100 SOLES) que son las dos terceras partes de la Tasación. AFECTACIO-NES Y GRAVAMENES: Constitución de Hipoteca sobre el Bien Inmueble inscrito en la partida Nº P06258241, As 00005 hasta por la suma de US$ 46,120.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, así consta en la escritura pública Nº. 2045 del 11/06/12 otorgada ante Notario: VICTOR TINAGEROS LOZA de la ciudad de Arequipa. Hipoteca sobre el Bien Inmueble inscrito en la parti-da Nº P06258241, As 00007 hasta por la suma de S/. 137,581.60 a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., así consta en la escritura pública Nº. 1352 del 07/03/2014 otorgada ante Notario: JAVIER RODRIGUEZ VELARDE de la ciudad de Arequipa INSCRIPCION DE ANTICRE-SIS, constituyen anticresis, inscrito en la partida Nº P06258241, As 00008 a favor de los cónyuges JO-NATHAN JOEL COAGUILA COAGUILA y JUDITH MILA-GROS CHOQUEHUANCA VILCA en garantía del Mutuo por S/. 20,000 así consta en la escritura pública Nº. 425 del 06/02/2016 otorgada ante Notario: FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO de la ciudad de Arequipa INSCRIPCION DE EMBARGO sobre los DERECHOS DE COPROPIEDAD que sobre el inmueble, inscrito en la partida Nº P06258241, As 00009 hasta por la suma de S/. 20,000.00 le corresponden a JORGE CHUJUTALLI PEREZ a favor de COMPARTAMOS FINANCIERA S.A.., así consta en el PARTE JUDICIAL Nº. 813-2016 del 08/06/2016 Sec. Judicial MATILDE OLAVE LARICO del OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. de la ciudad de Arequipa INSCRIPCION DE EMBARGO en forma de Inscripción fuera de proceso a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. sobre el inmueble, inscrito en la parti-da Nº P06258241, As 00010 hasta por la suma de S/. 40,000.00, así consta por haberlo dispuesto el Juez del Sétimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, Especia-lista legal Kenia Risco Berrocal, mediante Res. Judicial Nª. 02 del 31/03/2016 Exp. Nº. 00379-2016 del Séptimo Juzgado Civil- Corte Superior De Justicia De Arequipa. de la ciudad de Arequipa DIA Y HORA DE REMATE: EL DIA 14 DE ENERO DEL AÑO 2019 A HORAS 03:30 DE LA TARDE LUGAR DEL REMATE: En la sala de remate ubica-do en el sótano de la Sede de la Corte Superior de Jus-ticia de Arequipa, Sito en la Plaza España S/N (Palacio de Justicia, Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Arequipa). LOS POSTORES: obla-rán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del Valor de la Tasación, presentaran Arancel Judicial indicando, Juzgado, No. de Expediente y DNI.- Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo a Ley.- FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: NELLY ISABEL GUTIERREZ QUISPE –MARTILLERO PUBLICO REG. NAC. Nº 106. Are-quipa, 06 de Diciembre de 2018. NELLY I. GUTIERREZ QUISPE MARTILLERO PUBLICO REG. N° 106. VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECIALISTA LEGAL.- (28-31 di-ciembre 03-04-07-08 enero) B/E 031-13437.

PRIMER REMATE PÚBLICOEn el Expediente N° 00283-2014-0-0402-JP-CI-01 sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA en contra de JASSON ALEXANDER GALDOS RODRÍGUEZ, JUAN EDUARDO CONCHA RODRÍGUEZ, EDGAR GIAN-CARLO CONCHA RODRÍGUEZ Y VECXY JERICA ANDÍA CARAZAS, la señora Jueza del Juzgado de Paz Letra-do de Camaná, Dra. María Luisa Pickmann Adriazola, Especialista Legal Dra. Leslie Eduardo Collanqui, ha

dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CON-VOCATORIA el inmueble ubicado en la manzana H’, lote 2, Asentamiento Humano Akto Buenos Aires, distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná y departamento de Arequipa; cuyas áreas, linderos y demás caracterís-ticas aparecen en la partida electrónica 12012833 del registro de propiedad inmueble de la oficina registral regional Arequipa, sede Camaná. AFECTACIONES: 1) Asiento D0002 EMBARGO hasta por la suma de S/. 29,000.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Cré-dito de Ica, por disposición del Juez del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, Dr. Rafael Aucahuaqui Porhuaya, especialista Edson Favio Macedo Astigueta, mediante resolución judicial N° 01 del 13.08.14. en el expediente N° 00283-2014-19-0402-JP-CI-01 seguido por Caja Mu-nicipal de Ahorro y Crédito de Ica en contra de Jasson Alexander Galdos Rodríguez sobre obligación de dar suma de dinero. Título inscrito el 24.11.14. VALOR DE TASACIÓN: S/ 18,000.00 (dieciocho mil y 00/100 soles) BASE DEL REMATE: S/ 12,000.00 (doce mil y 00/100 soles) equivalentes a las dos terceras partes del valor de tasación. DÍA Y HORA DEL REMATE: 18 de enero de 2019, a las 10.00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Juzgado de Paz Letrado de Camaná ubicado en la Urbanización Villa Salazar, Casa de la Justicia, Camaná, provincia de Cama-ná y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: Obla-rán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre sin el sello de “no negociable” y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y D.N.I.) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al I.G.V. Camaná, 22 de noviembre de 2018.- MAURICIO PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 236.- LESLIE E. COLLANQUI ESPECIALISTA LEGAL.- (28-31 diciembre 03-04-07-08 enero) B/E 031- 13439.

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIAExpediente N°: 05210-2015-0-040l-JP-CI-03.- Por dispo-sición de la Juez del 3o JUZGADO DEPAZ LETRADO - CIVIL DE AREQUIPA, Dra. JUEZ: MARIA SOLEDAD BELLIDO ANGULO, Especialista Legal: Dr.: JUSTINO RIVERA COLLANQUI, en los seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por CREDISCO-TIA FINANCIERA S.A. y HABITAT AREQUIPA SIGLO XXI e INDUSTRIA PLASTICA GIANNINI S.A (como acreedores en primer y segundo rango) con RENATO ROBERTO MONTALVAN CAYO y VILMA ROBERTA HUAMANI CAS-TILLO, el día 22 de enero del 2019, a las 3.00 de la tarde, en la sala de remates, ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa, se procederá a llevar a cabo el REMATE JUDICIAL EN PRI-MERA CONVOCATORIA, del bien inmueble embargado, ubicado en el Asentamiento Humano Asociación Pro- Vivienda de Interés Social Ampliación Lourdes Mz. H, Lote 21 del distrito de Mollendo, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Re-gistral N° P06224211 de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa.- Con una TASACIÓN de S/ 60,000.00 (SESEN-TA MIL CON 00/100 SOLES) y con un PRECIO BASE DE REMATE, deducido conforme a Ley, de S/ 40,000.00 (CUARENTA MIL CON00/100 SOLES); AFECTACIONES: 1. T R A S L A -DO DE LA INSCRIPCION DE HIPOTECA a favor de HA-BITAT AREQUIPA SIGLO XXI, hasta por la suma de US$ 2,000.00, inscrita en el asiento 00003; 2. TRASLADO DE LA INSCRIPCION DE HIPOTECA a favor de INDUSTRIA PLASTICA GIANNINI S.A., hasta por la suma de US$ 10,000.00, inscrita en el asiento 00004; 3. INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., hasta por la suma de S/ 15,000.00, inscrita en el asiento 00006; 4. INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., hasta por la suma de S/ 12,003.78, inscrita en el asiento 00007; POSTO-RES: Oblarán (Garantía) el 10 % del valor de Tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el Arancel Judicial respectivo (In-dicando N° de Expediente, Juzgado y DNL RUC).- Los postores al oblar el diez por ciento del valor de tasación presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del mar-tillero público son por cuenta del adjudicatario de con-formidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Informes al 992724273.- SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ .- MARTILLERO PUBLICO REGISTRO NACIONAL N° 119.- JUSTINO RIVERA CO-LLANQUI SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (31 diciembre 03-04-07-08-09 enero) B/E 031-13441.

PRIMER REMATEEn el expediente Nº 00398-2017-0-0410-JR-CI-01, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de MOISES DEMETRIO

PARI VILCA y con intervención de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TACNA S.A, a cargo del señor Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Mariano Melgar, Dr. LUIS EDUARDO MADARIAGA CONDORI, con intervención de la Especialista Legal Dra. Silvana Ruth Pacheco Tejada, se ha facultado al Martillero Público Gonzalo Efraín Echevarría Camargo, quien llevará a cabo el día 21 De Enero de 2019 a horas 11:00 a.m. en la Sala del Juzgado Especializado en lo Civil de Mariano Melgar ubicado dentro del Módulo Básico de justicia de Mariano Melgar, sito en la esquina de la Av. Simón Bolí-var con la calle Junín s/n del distrito de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa, la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble signado registralmente como Mz. F1 Lote 3 Asociación de Vivienda Espíritu San-to, del distrito de Chiguata, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas bajo la Partida Registral No. 11289210, del Registro de Predios de la Oficina Registral Nº XII Sede Arequipa, Oficina Registral Arequipa. TASACIÓN: US $ 56,472.71; BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 37,648.47. DEPÓ-SITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TA-SACIÓN): US$ 5,647.27; GRAVÁMENES: 1.- Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la suma S/. 150,827.87. 2.- Embargo. Se dicta medida cautelar fuera de proceso en la modalidad de EMBARGO en forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A., hasta por la suma de S/. 65,000.00 sobre la propiedad del bien inscrito en esta Partida que le corresponde al demandado, Moisés Demetrio Pari Vilca. Se procede en mérito a la Resolu-ción Nº 01 de fecha 26/09/2017 en el Expediente nº 04819-2017-77-0401-JR-CI-09 del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, expedida por el Juez, José Antonio Meza Miranda, asistido por la Secretaria Judicial, Carla Villa-nueva Rosas. La documentación fue remitida mediante Oficio de fecha 18/10/2017. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nom-bre; adjuntarán Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley; mostrarán DNI y tratándose de per-sonas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente (traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso). El adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley. Arequipa, 21 de Noviembre del 2018. GONZALO E. ECHEVARRIA CAMARGO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 342.- SILVANA PACHECO TEJADA ESPECIALISTA LE-GAL.- (04-07-08-09-10-11 enero) B/E 031-13446.-

SEGUNDO REMATE JUDICIALEn los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra NESTOR MENZALA HUAHUASONCO y RENZO ALFREDO SANTILLANA ROJAS. Y ROBERTO ACHAHUI LAGOS como tercero coadyuvante; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 00186-2017-0-0410-JR-CI-01, el JUZGADO CIVIL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA MARIANO MELGAR, a cargo del Señor Juez Dr. LUIS EDUARDO MADARIAGA CONDORI, Especialista legal Dr. ARMANDO VÍCTOR VILLANUEVA JIMÉNEZ, se ha dispuesto el remate judicial en SEGUNDA CONVO-CATORIA del inmueble ubicado en el Sector II, Lote 13-I de la Manzana H, de la Asociación de Vivienda Parque Industrial Porvenir Arequipa (“APIPA”), del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequi-pa, inscrito en la Partida Registral número 01148130 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN: S/ 361,600.00 (Tres-cientos sesenta y un mil seiscientos con 00/100 Soles).BASE DE REMATE: S/ 204,906.67 (Doscientos cuatro mil novecientos seis con 67/100 Soles), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. Menos el 15%. AFECTACIO-NES: As. D0003 INSCRIPCION DE HIPOTECA constituida por su propietaria a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 361 600.00 Soles, sobre el inmueble materia de remate. Tercero con Interés: Con-forme al Artículo 690º del C.P.C. es tercero con interés el Señor Roberto Achaui Lagos actual propietario del inmueble a rematar, según consta del asiento C00004. DIA Y HORA DE REMATE: El 14 de Enero de 2019 a las 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En el local del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, sito en la Esquina de la Av. Simón Bolívar con Calle Junín s/n, distrito de Mariano Melgar, provincia y Departamento de Arequipa. LOS POSTORES: Deberán presentar antes del remate, una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate (en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre) y Arancel Judicial por de-recho de participación en remate judicial. Adjudicata-rio cancela honorarios de la Martillera Pública más IGV, conforme al D.S. N° 008-2005-JUS. Ma. ANGELA ZEBA-LLOS A. Martillera Pública Reg. 142.- ARMANDO V.

VILLANUEVA JIMENEZ ESPECIALISTA LEGAL.- (04-07-08 ENERO) B/E 031-13444.-

SEGUNDO REMATE JUDICIALNOMBRES DE LAS PARTES Y TERCEROS LEGITIMA-DOS: En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO CUSCO S.A. contra HUAMANI PACCO LUIS FERNANDO y como tercero emplazado el menor Alexis Santiago Huamaní Bedregal, debidamente re-presentado por sus padres Luis Fernando Humaní Pacco y Frida Marlene Bedregal Ururi . Expediente Nº 02253-2018-0-0412-JR-CI-02 , sobre Ejecución de Ga-rantía Hipotecaria; el Segundo Juzgado Especializado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo de la señora Jueza UCHANI SARMIENTO BERTHA, con intervención de la especialista legal AVENDAÑO CAMA CARMEN RUTH, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO JUDICIAL en SEGUNDA CONVOCATORIA el in-mueble que seguidamente se detalla: BIEN A REMATAR: Bien inmueble ubicado en el lote 1 de la Manzana N, denominado Sub Lote 1-A, de la Asociación Ampliación Socabaya, del Distrito de Socabaya, Provincia y Depar-tamento de Arequipa, cuyas Medidas Perimétricas y demás características se encuentran especificadas en la partida registral Nº11262876 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII, Sede Arequipa. AFECTA-CIONES DEL BIEN: A) Hipoteca a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A, hasta por la suma de S/ 120,000.00 (Ciento Veinte Mil con 00/100 Soles), Inscrita en el Asiento D0002 B) Anticipo de legítima, a favor del menor Alexis Santiago Huamaní Bedregal, Inscrita en el Asiento C0004 VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 61,261.23 (Sesenta y Un Mil Doscientos Sesenta y Uno con 23/100 Dólares de Estados Unidos de América) PRECIO BASE DEL REMATE: US$ 34,714.70 (Treinta y Cuatro Mil Se-tecientos Catorce con 70/100 Dólares de Estados Uni-dos de América) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. LUGAR DEL REMATE: Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata , ubicado en la esquina de la calles Alberto Laveau con Teniente Al-cantara s/n Guardia Civil III Etapa, en el distrito de Pau-carpata, provincia y departamento de Arequipa DÍA Y HORA DEL REMATE: 17 de Enero del 2019, a las Doce Horas con Treinta minutos. FUNCIONARIO QUE EFEC-TUARA EL REMATE: Martillero Público José María Pinto Vargas, con número de registro 150. PORCENTAJE QUE DEBE DEPOSITARSE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los Postores deberán depositar no menos del 10 % del valor de la tasación, equivalente a: US$ 6,126.12 (Seis Mil Ciento Veintiséis con 12/100 Dólares de Estados Unidos de América), en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial por derecho a participar en remate de bienes inmuebles, indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Los honorarios del martillero público serán a car-go del adjudicatario. Arequipa, 21 de Diciembre del 2017. Abog. Jose Ma. Pinto Vargas Martillero Publico Reg. 150 . Carmen Ruth Avendaño Cama Segundo Juzgado Civil.- (04-07-08 enero) B/E 13445

SEGUNDO REMATE PÚBLICOEn el expediente Nº 4505-2016-0-0401-JR-CI-01 sobre Ejecución de Garantías seguido por CREDICORP CA-PITAL SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. sucesor procesal del BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de DAVID FEDILBERTO CALIZAYA ROMERO con notificación a los terceros COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL PERU LTDA, y COMPARTAMOS FINANCIERA S.A., la se-ñorita Jueza del Primer Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Shelah North Galagarza Pérez, con intervención del Especialista Legal Nikola Gonzales Ramos, han dispues-to se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE signado como Asentamiento Humano Asociación de Vivien-da Villa 28 de Agosto, manzana 07, Lote 38, Distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral No P20037478 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de S/. 137,939.43, que es materia del presente proceso. 2) Embargo has-ta por la suma S/. 35,000.00 a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú en el Exp. 2016-486, seguido ante el 3° Juzgado de Paz Letrado de Tacna. 3) Embargo hasta por la suma S/. 25,000.00 a favor de Comparta-mos Financiera en el Exp. 2017-1542, seguido ante el 3° Juzgado de Paz Letrado de Tacna. VALOR DE LA TASA-CION: US$48,227.38 (CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIEN-TOS VEINTISIETE CON 38 /100 DOLARES AMERICANOS) BASE DEL REMATE: US$ 27,328.84 (VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS VENTIOCHO CON 84/100 DOLARES AME-RICANOS) equivalente a las dos terceras partes de la ta-sación menos el 15 %. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: El remate se realizará en la Sala de Remates sito en el

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 4 de enero del 2019

Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, el día 15 de enero de 2019 a horas 12:00 del mediodía en la Sala de Remates de la Corte Superior de Arequipa, ante el Martillero Público Sr. Christian Rubén Vizcarra Adriano. DE LOS POSTORES: 1) Al momento del acto del remate deberán Oblar como garantía en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor: el 10% de la Tasación del Inmueble 2) Presentar arancel Judicial consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. 3) Presentar en original y copia el documento de identi-dad: DNI y/o RUC, según corresponda. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario de conformidad con los montos establecidos en el DS. Nro. 008-2005-JUS más el IGV Arequipa, 2018 diciembre 12. Christian Ruben Vizcarra Adriano Registro 264.- CHRISTIAN R. VIZCARRA ADRIANO REG. 264. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDICIAL.- (04-07-08 enero) B/E 026-13447.-

SEGUNDO REMATEEl día 29 de enero del 2019 a las 08.15 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR EL JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO ES-PECIALIZADO CIVIL – Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA - Expediente Nº 5248-2015 - Especialista Legal Dr. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA; En el proceso de EJECUCIÓN DE GARANTÍAS que sigue BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK contra MARCO ANTONIO SUCA PAREJA, SE REMATARA: el inmueble ubicado en la calle Prolongación 27 de no-viembre # 501, Departamento N°42, del Distrito de CE-RRO COLORADO, Provincia y Departamento de Arequi-pa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PRE-DIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII – SEDE AREQUIPA, en la Partida N° 11217447; TASACIÓN= U.S.$.80,146.00 - BASE DE REMATE= U.S.$.45,416.07 - AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. hasta por U.S.$.84,903.60 (Asiento D00003). 2).- EMBARGO en forma de inscripción a favor del BAN-CO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, hasta por S/.50,000.00 (Asiento D00004). LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o che-que de gerencia girado a su nombre, suma no menor a U.S.$.8,015.00 adjuntando arancel judicial consignan-do número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) – ARMANDO G. PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLI-CO – REGISTRO N° 175 - Telef. 959692243. Arequipa 26 de diciembre del 2018. Armando G. Pérez Angulo Mar-tillero Público - Reg. Nº 175.- CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL.- (03-04-07 enero) B/E 031-13442.

EDICTO SEGUNDO REMATE JUDICIALExpediente N° 02896 - 2015 - 0 - 0401 - JR - CI - 01, FINANCIERA NUEVA VISION S.A AHORA FINANCIERA CREDINKA S.A, contra GREGORIA CCACA MAMANI DE BEJAR, Materia Ejecución de Ejecución, por orden del Primer Juzgado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Juez Dr. Shelah North Galagarza Pérez, Secretaria Judi-cial Nikola Marisol Gonzales Ramos, han facultado al señor martillero Publico Reg.: 127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a SEGUNDO REMATE JUDICIAL el bien Inmueble Ubicado en Centro Poblado Semi- Rural Pa-chacutec Grupo Zonal N° 19 Manzana 5 Sub Lote 98 Zona E del distrito de Cerro Colorado Provincia y De-partamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral P06254536 del Registro de la Pro-piedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Are-quipa, Área 165.95Mt2. TASACION: US$ 59,606.19 D.A (Cincuenta y Nueve Mil, Seiscientos Seis con 19 1100 Dólares Americanos).- BASE DE REMATE: US$ 33,776.84 D.A (Treinta y Tres Mil, Setecientos Setenta y Seis con 84/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes de la tasación, menos 1 115, por tratarse de segunda convocatoria. - GRAVÁMENES: 1. Inscripción de Hipoteca constituida por su propietaria a favor de Edpyme Nueva Visión, debidamente repre-sentado, hasta por la suma de SI 139,230.00, soles, Así consta más ampliamente de las escrituras públicas, fe-cha de inscripción 14.01.2014 As 00004; 2.- Inscripción de Hipoteca constituida por su propietario, Gregoria Ccaca Mamani, a favor de Miguel Adán Aragón Quispe, por la suma de S/1000,000.00 S/ 100,000.00, escritura pública de fecha de inscripción 04.02.2015 As 00005; 3.- Inscripción de Embargo por resolución N° 01 de fecha 04.03.2015, expediente 00774-2015-8-0401-JP-CI-01, sobre o.d.s.d; el Juez del Primer Juzgado de Paz

Letrado de Arequipa, Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, Esp. Legal Edwin Apaza Campos, se ha dictado medida cautelar de embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/ 21,000.00 soles, a favor de Caja Munici-pal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A, fecha de inscrip-ción 27.03.2015, As 00006; 4.- Inscripción de Embargo por Resolución N° 02 de fecha 18.08.2015, expediente 00221 - 2015 - 67- 0401 - JP - CI - 02, sobre o.d.s.d; la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado, Dra. Gricelda Marquez Mares Torres, Esp. Legal Denisse Núñez Cervantes, se ha dictado medida cautelar de embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/ 20,000.00 soles, a favor de Finan-ciera Proempresa S.A, fecha de inscripción 28.10.2015, As 00007. DIA Y HORA: Martes 15 de Enero del 2019 a horas: 8: 15 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicado en el sótano de la Sede Principal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Plaza España s/n, Cercado Arequipa.- LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia sin sello de no negociable y a título personal, de conformidad lo dispuesto en el Art.:735° del C.P.C; Arancel Judicial N° 07153, consignando el número de expediente, juzgado e identificación del postor; LA COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO SE CANCELARÁ CONCLUIDO EL ACTO DE REMATE, de conformidad a los rangos y tramos arancelarios del D.S. N° 008-2005-JUS PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG: 127 Cel.: 993766643 I 961654569, Arequipa, Di-ciembre del 2018. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRE-TARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESP. CIVIL. (03-04-07 enero) B/E 031-13443.

EDICTO-TERCER REMATE JUDICIAL.- Exp. 0037-2015-0-0402-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra ISAAC JULIAN ANCO GODOY, OLIVER GERONIMO ANCO SILVA Y MARIA MAGDALENA SILVA BOLAÑOS, so-bre OBLIGACION DE DAR SUME DE DINERO. El Juzgado de Paz Letrado de Camana que Despacha la Sra. Jueza Dra. María Luisa Pickmann Adriazola, Especialista Legal Dr. Omar Valentín Villena Carpio; ha dispuesto sacar a remate en TERCERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: ----UBICACION: Pueblo Joven El Carmen, Manzana E, Lote 8, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nº 01095724, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Oficina Registral Camana. ----TASACIÓN: En la suma de S/ 218,040.00 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CERO CUARENTA Y 00/100 SOLES). ----PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la ta-sación menos las deducciones, la misma que asciende a la suma de S/ 105,022.60 (CIENTO CINCO MIL CERO VEINTIDOS Y 60/100 SOLES).-----DIA Y HORA DE REMA-TE: 08 de enero del 2019 a horas 12:00 del mediodía LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz Letrado de Camana, sito en el Jirón Comercio N° 140, Ciudad de Camana. ---CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Ins-crita en el Asiento D00008 de la Partida Nº 01095724). Se constituyen Primera y Preferencial hipoteca, hasta por la suma de US$. 20,000.00 Dólares Americanos. Así consta en Escritura Pública de fecha 17/08/2006, ante Notario Carlos Soto Coaguila.- EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00008 de la Partida Nº 01095724). Por reso-lución N° 01, de fecha 16/03/2015, suscrita por el Juez de Paz Letrado de Camana; se traba embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 18,000.00 Nuevos Soles a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. Titulo presentado el 22/04/2015.- ----POS-TORES: Presentarán en efectivo o en cheque de geren-cia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Juzgado de Paz Letrado de Camana, debiendo consig-narse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero público César Ar-mando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORA-RIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. CEL #947400080.- Camana, 04 de di-ciembre del 2018.- CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 241.- OMAR V. VILLENA CARPIO SECRETARIO JUDICIAL. (28-31 di-ciembre 03 enero) B/E 031- 13438.-

EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN TERCERA CON-VOCATORIA

Expediente N° 00324-2012-0-0402-JP-CI-01 CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A. contra NEI-CER LUCILA DONGO HUAMANI, JUANA GABRIEL EGUI-LUZ ALVARADO Y NOEL ERICO EGUILUZ EGUILUZ sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO a cargo del Señor Juez Primer Juzgado de Paz Letrado de Camaná Arequipa, a cargo del Señor Juez Dra. Maria Luisa Pick-man Adriazola Especialista Legal Dra. Denisse Katheri-ne Nuñez Cervantes se ha dispuesto se lleve a efecto

el TERCER REMATE JUDICIAL del inmueble Ubicado con Frente a la calle San José del Centro Poblado de Oco-ña, Manzana X Lote 16 Distrito de Ocoña, Provincia de Camaná, Departamento Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y además características obran inscritas en la partida registral P06171969 del registro de la propiedad inmueble de la Zona Registral N° XII-Se-de Arequipa, Área 212.36 Mt2. TASACION: S/ 53,956.33 Soles (Cincuenta y tres mil, novecientos cincuenta y seis con 33/100 Nuevos Soles). BASE DE REMATE: S/. 25,988.96 Soles (Veinticinco mil, Novecientos Ochenta y ocho con 96/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos 2/15% por ser en tercera convocatoria. GRAVAMENES: 1.-Inscripcion de embargo se resuelve dictar medida cautelar de embar-go en forma de inscripción a favor de la caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A., la misma que recaerá sobre el derecho de propiedad que tienen los demandados sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por la suma de s/. 16,000.00 nuevos soles, As 00003. DIA Y HORA: Miércoles 16 DE Enero del 2019 a Horas 11:00 a.m.- LUGAR DEL REMATE: pasadizos del Juzgado, sito en Urb. Villa Salazar B-9, Distrito y Provincia Camaná, Departamento de Arequipa.- LOS POSTORES: Entrega-ran la garantía del 10% del valor de tasación en efecti-vo o cheque de gerencia negociable a título personal, Arancel Judicial N° 07153, consignado el número de expediente, juzgado e identificación del postor DNI y copias. LA COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO SE CANCELARA CANCLUIDO EL ACTO DE REMATE, PA-BLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG: 127 Email: [email protected] cel.: 993766643 / 961654569, Camaná, Noviembre del 2018. PABLO C. ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG. 127. DENISSE K. NUÑEZ CERVANTES SECRETARIO JUDICIAL.- (28-31 diciembre 03 enero) B/E 031-13438.-

EDICTOS PENALES NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. N° 00033-2018-25-0409-JR-PE, seguido en contra de ESTELA PALOMINO MOLINA en agravio de Eduardo Urquia Tuanama y otros, por el delito Homi-cidio Culposo. Se sigue en el JUZGADO DE INVESTIGA-CIÓN PREPARATORIA DE ACARÍ, JUEZ WILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notificar por edicto a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquía Tuanama, Luis Alberto Huaraca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hussein Yelssen Flores Paico y Eduardo Laura Chiclla con el Acuerdo Provisional de Terminación Anticipada, con la Resolución Nro. 03 de fecha tres de diciembre del dos mil dieciocho que dispone señalar fecha de Audiencia de Terminación Anticipada para el DIEZ DE ENERO DEL DOS MIL DIE-CINUEVE A LAS DIEZ HORAS a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria de Acari NOTIFÍQUESE a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquia Tuanama, Luis Alberto Huaraca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hussein Yelssen Flores Paico y Eduardo Laura Chiclla, mediante edictos judiciales en el diario EI Peruano”, para lo cual debe cursarse los oficios respectivos. Especialista Legal Delcy Yvonne Retamozo Mamani; distrito de Acari, 03 de diciembre del 2018.- (31 diciembre 03-04 enero)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL – JULIACA Notificación por edicto Expediente N° 0410-2013-36-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates). - El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de los seño-res magistrados VÍCTOR ALBERTO PAREDES MESTAS, RICHARD CONDORI CHAMBI y LUIS YERSON CHARAJA CRUZ (director de debates), por medio de la presente se NOTIFICA al acusado: MARIO QUISPE PARI, como pre-sunto autor del Delito de CONTRABANDO, en agravio del Estado Peruano; Para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha ONCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias delMódulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca. TODO ELLO BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE. Suscribe la Especialista Judicial de Juzgado Vanessa Mesías Cano. Juliaca, 19 de octubre de 2018. (31 di-ciembre 03-04 enero)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOEn el Expediente N° 07550-2017-0-0401-JR-LA-06 se-guido por José Sebastián Chani Lupo en contra de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa; se ha DISPUESTO mediante Resolución N° 14 de fecha tres de diciembre del año en dos mil dieciocho: La notifica-ción por edicto de los sucesores del que en vida fue el demandante José Sebastián Chani Lupo, a fin de que se apersonen al presente proceso en el estado en el que se encuentra, bajo apercibimiento de nombrárseles cu-

rador procesal, debiendo tenerse presente que la par-te demandante se encuentra exonerada del pago de aranceles judiciales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 inciso i) de Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; para cuyo efecto cúrsese el oficio correspondiente a la Gerencia de la Administra-ción de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para la tramitación de la publicación del edicto, en la for-ma y tiempo que establece el artículo 167 del Código Procesal Civil (tres días hábiles), con conocimiento de la Segunda Sala Laboral debiendo cursársele el oficio respectivo adjuntando copias certificadas de los res-pectivos actuados judiciales.- Arletty Becerra Valdivia, Especialista Legal del Sexto Juzgado Contencioso Ad-ministrativo.- Arequipa, diez de diciembre del año dos mil dieciocho.- (31 diciembre 03-04 enero)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOEn el Expediente N° 03693-2011 -0-0401 -JR-LA-06 se-guido por Amador Oscar Duran Avalos en contra de la Oficina de Normalización Previsional; se ha DISPUESTO mediante Resolución N° 32 de fecha tres de diciembre del año dos mil dieciocho: SE DISPONE la notificación por edictos de los sucesores del que en vida fue el de-mandante Amador Oscar Duran Avalos, a fin de que se apersonen al presente proceso en el estado en el que se encuentra, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para cuyo efecto cúrsese el oficio co-rrespondiente a la Gerencia de la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para la tramita-ción de la publicación de los edictos correspondientes, en la forma y tiempo que establece el artículo 167 del Código Procesal Civil (tres días hábiles) y una vez he-cho remita a este Juzgado las publicaciones realizadas, bajo responsabilidad, debiendo tenerse presente que la parte demandante se encuentra exonerada del pago de aranceles judiciales al tratarse el presente proceso de uno de naturaleza previsional.- Arletty Becerra Val-divia, Especialista Legal del Sexto juzgado Contencioso Administrativo.- Arequipa, diez de diciembre del año dos mil dieciocho.-.-. (31 diciembre 03-04 enero)

El señor Magistrado Sustanciador de la Oficina Descon-centrada de Control de la Magistratura de Arequipa, OMAR DEL CARPIO MEDINA, en el proceso disciplinario N° 401-2018-Q, ha dispuesto la notificación por edictos a don CARLOS BENITES MACHUCA, a efecto de notifi-carle EL INFORME FINAL de fecha 19 de diciembre del 2018: que tiene el siguiente tenor: Mi opinión es por-que SE SANCIONE al servidor judicial investigado, CAR-LOS BENITES MACHUCA, en su actuación como Secreta-rio Judicial de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Acarí, SE LE IMPONGA la sanción de destitución, por los cargos contenidos en el ítem a) del acápite 4.13, del cuarto fundamento, correspondiente a la resolución N° 07, de fecha 31 de julio del año 2018, CORREGIDA mediante resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2018.- SALVO MEJOR PARECER.- OMAR DEL CARPIO MEDINA MAGISTRADO INTEGRANTE DE LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATU-RA.- (31 diciembre 03-04 enero)

EDICTOEXPEDIENTE: 04169-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisa-rías.- El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a José Sebastián Nieto Bedregal, con la siguiente reso-lución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por José Se-bastián Nieto Bedregal por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondien-tes. Tómese Razón y Hágase Saber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04716-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Sonia Quispe Huamán,con las siguientes resoluciones: Resolución N° 02. Parte resolutiva. RESUELVO: ARCHIVAR las actuacio-nes en torno al proceso seguido por Judith Marcelina Collacso Montoya por Faltas contra la Persona en la modalidad de maltrato, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. Tómese Razón y Hágase Saber. - Resolución N° 03. Parte resolutiva. RESUELVO: CORREGIR la resolución número dos de fecha veinte de setiembre de dos mil dieciocho, en el sentido que el nombre correcto de la parte agra-viada es Sonia Quispe Huamán, quedando subsistente en lo demás que contiene. Tómese razón y hágase sa-ber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04707-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Elizabeth Olivia Kana Labra y Jeanette Pinto Cusirramos, con la si-guiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Elizabeth Olivia Kana Labra ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Códi-go Penal, en agravio de Jeanette Pinto Cusirramos. 2)DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRIC-CIONES en contra de la parte imputada Elizabeth Olivia Kana Labra. 3) FIJAR fecha para la realización de la AU-DIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE MARZO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado- Turno A, ubi-cado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Are-quipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada Elizabeth Olivia Kana Labra, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agravia-da constituida en querellante particular Jeanette Pinto Cusirramos, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presen-tar sus alegatos oralmente y para la postulación pro-batoria que estimen conveniente en dicha única opor-tunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Elizabeth Olivia Kana Labra por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique de-bidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respec-to de los procesos de faltas derivados de violencia Familiar remitidos por el Ministerio Publico lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos mas próxi-mos Registrese y comuníquese.- JORGE VILLANUEVA RIVEROS JUEZ.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE 04451-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Justina Tonconi Larico, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por Justina Tonconi Larico, en contra de persona sin identificar por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de iniciar nue-vo procedimiento en caso se logre identificar al autor. Regístrese y Notifíquese.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06712-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Lourdes Mari-bel Arrazola Mamani, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada LOURDES MARIBEL ARRAZOLA MAMA-NI del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el pre-sente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06727-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pala-cio Viejo ha dispuesto se notifique a Irma Jarata Mama-ni, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada IRMA JARATA MAMANI del presente proceso por Faltas Contra la Persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31 di-ciembre 03 enero)

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 4 de enero del 2019

EXPEDIENTE : 05015-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzga-do de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Patricia Mama-ni Sulca, con la siguiente resolución N° 02. Parte reso-lutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el pri-mer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARIELA VASQUEZ PATINO y FLORENCIA ALARCON PATIÑO. 2) D I C T A R MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA .3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 17 DE ENERO DE 2019 A LAS 09:00 HORAS: en el local del Quinto Juz-gado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Pala-cio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La par-te imputada JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA , con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante parti-cular FLORENCIA ALARCON PATIÑO deberá concurrir con abogado defensor, asimismo la menor MARIELA VASQUEZ PATIÑO deberá concurrir con su representan-te legal (progenitor o progenitora) y con su abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimien-to tácito en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar la postulación probatoria que estimen con-veniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que preten-dan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JAQUELINE FRANCISCA CHIPANA MAMANI y PATRICIA MAMANI SULCA por Faltas contra la Persona, en la mo-dalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secreta-ría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace con-forme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audien-cias en tiempos más próximos. Regístrese y comuni-qúese. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 03208-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Belen Uscamayta Perez de Condori, con la siguiente resolución N° 05. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha de AUDIENCIA ÚNICA en la que se reali-zará el juicio oral, para el DIA 06 DE MARZO DE 2019, A LAS 12:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa – Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberá concurrir POR LA FUERZA PUBLICA, conforme esta ordenado en autos, el imputado Belen Uscamayta Perez de Condori con DNI 24707776 con domicilio en Los Balcones D - 03, distrito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa debien-do de asistir con su abogado defensor; si al momento de realización de la audiencia programada el referido imputado no cuenta con abogado de su elección, se le designará un defensor de oficio, en previsión de tal hecho se dispone cursar el oficio correspondiente al Ministerio de Justicia; asimismo en su condición de agraviada Miriam Paola Córdova de Ticona con su abo-gado defensor, deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 110 del Código Procesal Penal que prescribe el desistimiento tácito en caso de no concurrir a la au-diencia programada. Además se hace saber a las partes que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen convenien-te; DISPONGO: Se curse oficio a la Policía Judicial para la conducción y POR LA FUERZA PÚBLICA del inculpado y que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a

las partes en los domicilios señalados en autos y me-diante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de au-diencia se hace conforme a la carga procesal que so-porta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístre-se y comuniqúese.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06103-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a José Luis Suca Ramos, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proce-so por faltas, a las personas de JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MARUJA VALERIANO LIMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JUANA MARÍA VILLA MAYHUIRE. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRIC-CIONES en contra de la parte imputada JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MARUJA VALERIANO LIMA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS 111:001: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cerca-do de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JOSÉ LUIS SUCA RAMOS y MARUJA VALERIANO LIMA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular JUANA MARÍA VILLA MAYHUIRE, deberá concurrir con abogado defensor, bajo aperci-bimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de JUAN RAMOS LARICO por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audien-cias; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Tómese Razón y Hágase Saber.- (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 04904-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Julia Teodocia Mamani Suyo, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1)CITAR A JUICIO EN EL PROCE-SO POR FALTAS a la persona de Julia Teodocia Mamani Suyo; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMO-NIO en la modalidad de daños, previsto en el artículo cuatrocientos cuarenta y cuatro del Código Penal, en agravio de Candelaria Calisaya Tancara. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Julia Teodocia Mamani Suyo. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 20 DE MARZO DE 2019 A LAS 10:00 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada Julia Teodocia Mamani Suyo con su abogado defensor, balo aperci-bimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada constituida en querellante particular Candelaria Calisaya Tancara, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Ha-ciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir pre-parados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en

dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompaña-dos de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conoci-miento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (28-31 diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE: 05348-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzga-do de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Silvia Turpo Mamani, con la siguiente resolución N° 02. Parte reso-lutiva. SE RESUELVE: 1)CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de Arturo Miguel Paniura Gonzales ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de Silvia Turpo Mamani. 2)DICTAR MANDATO DE COMPARECEN-CIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada Arturo Miguel Paniura Gonzales. 3)FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se reali-zará el juicio oral para el DÍA 14 DE MARZO DE 2019 A LAS 11:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputa-da Arturo Miguel Paniura Gonzales, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su compa-recencia por medio de la fuerza pública en caso de in-concurrencia: y la parte agraviada constituida en quere-llante particular Silvia Turpo Mamani, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Ha-ciendo presente que los apercibimientos señalados son únicamente aplicables a las partes procesales. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir pre-parados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompaña-dos de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4)ARCHIVAR las actuaciones respecto a los daños materiales denunciados en agravio de Silvia Turpo Ma-mani por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de daños, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DECLARAR NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la de daños, ello en tor-no a la denuncia formulada por Silvia Turpo Mamani dejando a salvo su derecho de hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia se dispone el archivo de las actuaciones en este extremo, conforme a lo indicado en el punto décimo. 6) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remi-tidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita seña-lar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06635-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Carmen Huanca Rojas, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada CARMEN HERMELINDA HUANCA ROJAS del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el pre-sente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 05800-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Ceferino Chire Cama, con la siguiente resolución N°02. Parte resoluti-

va. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agravia-da Ceferino Godofredo Chire Cama del presente pro-ceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 06769-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juz-gado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Enrique Ma-nuel Zenteno Zapata , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por DESISTIDA a la parte agraviada ENRIQUE MANUEL ZENTENO ZAPATA del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio en la modalidad de hurto; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber.- (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE : 07156-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIA-LISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comi-saría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Luis Pedro Martínez Humpire, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número cuatro y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Luis Pedro Martínez Humpire con DNI 01558032 con domicilio en Pueblo Joven Los Portales de Chiguata, Manzana J, Lote 05, Zona A, distrito de Chiguata de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 30 DE ENERO DE 2019, A LAS 14:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Olga Haydee Lazaro Delgado, deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir pre-parados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en di-cha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolu-ción, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secreta-ría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audien-cias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audien-cias en tiempos más próximos. Regístrese y Comuni-quese.- (28-31- diciembre 03 enero)

EXPEDIENTE: 04651-2018-0-0401-JP-PE-01. ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5oJUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pala-cio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Ruth Liliana Pizarro y Eufemia Gladis Perales Choquehuanca, con la siguiente resolución N°03. Parte resolutiva. RE-SUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DIS-PONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de las imputadas: 1) Ruth Liliana Pizarro con DNI 80336434 con domicilio en Avenida Andrés Avelino Cáceres, Cen-tro Comercial Pauca Peralta, Tienda 12, distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la provincia de Arequipa, y 2) Eufemia Gladis Perales Choquehuanca con DNI 29569538 con domicilio en Simón Bolívar, Calle Ricardo Pamla 105, distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la provincia de Arequipa a fin de que sean puestas a disposición de este Juzgado el DIA 25 DE ABRIL DE 2019, A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la au-diencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Estefanía Tito Pequeña, en su calidad de querellante

particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de decla-rar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artícu-lo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo orde-nado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios se-ñalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho cono-cimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (27-28 diciembre 03 enero)

Por ante el Señor Juez del Primer Juzgado de Familia del Modulo de Justicia de Paucarpata, Nolam Talavera Zapana. con la intervención id Especialista Legal Car-los Johnny Bautista Peña, se tramita el Expediente N°: 10738-2( 18-0 -0412-JR-Fd -01, sobre Violencia Familiar, seguido por Sandra Nieves Condori Bellico, en contra de Diego Elvis Vilca Apaza, donde se ha dispuesto no-tificar por edictos a ambos sujetos procesales, con el Auto Final-Resolución N°: 01, de fecha 21 de septiem-bre del 2018. que resuelve: 1) DICTAR medidas de pro-tección en forma inmediata sin convocar a audiencia, debiendo notificarse a las partes con la presente resolu-ción para su cumplimiento: en consecuencia ORDENO: a) La prohibición de todo maltrato fisico o psicológico o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado DIEGO ELVIS VILCA APAZA hacia la denun-ciante SANDRA NIEVES CONDORI BELLIDO tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado hacia la denunciante; ello bajo apercibimiento de ser denun-ciado por desobediencia a la autoridad, dejando a sal-vo el derecho de las parles a efecto de que hagan valer los derechos de su hija en las vías que correspondan: y ante el incumplimiento di: lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la detención del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Na-cional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad; c) Se dispone que la denunciante y el denunciado reciban tratamiento psicológico ante el Centro de Salud más cercano a su domicilio, debiendo presentar copias de la presente resolución para su atención. 2) DISPONGO: Que se RE-MITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondien-te para que proceda conforme a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 48 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, debiendo informar a este Juzgado ad-juntando copia certificada de la disposición de archivo de ser el caso conforme a lo dispuesto por el artículo 20-A incorporado por el D.L. N° 1386, debiendo quedar copias certificadas de todo lo actuado en el Juzgado a efecto de formar el correspondiente cuaderno Je ejecución de las medidas de protección dictadas a fin de garantizar su cumplimiento y posterior evaluación conforme a lo dispuesto por el artículo 16-B incorpo-rado por el D.L. N° 1386 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certificadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas le protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364. de-biendo elaborar un mapa gráfico y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal e comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, y cumplir con informar a este Despacito so-bre la ejecución de las medidas de protección dictadas en el plazo de Ley, bajo apercibimiento de comunicar a Inspectoría de la Policía Nacional del Peru en caso de incumplimiento, ello conforme a lo dispuesto por el artículo 23-C incorporado por el D.L. N<: 1386; asimis-mo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denun-ciante y verifique que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protección dictadas, debiendo infor-mar lo conveniente a la A Fiscalía Penal de Paucarpata correspondiente. Arequipa, 03 de diciembre del 2018.- (27-28 diciembre 03 enero)

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 4 de enero del 2019

CRONICAS JUDICIALES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CIVIL

MES DE JUNIO

VIERNES 01 DE JUNIO DEL 2018

AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez054 CR Reg. Nro. 8284-2016 Da-niela Cárdenas Córdova con Bruno Ramos Salas y otro sobre tenencia. DISPUSIERON la devolución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Ma-gistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en cono-cimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Carmen Alicia Gasca Molina, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 2 JEF – Valdivia Talavera - Gasca Molina.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez055 CR Reg. Nro. 078-2018 Ec-kerd Perú Sociedad Anónima con Gobierno Regio-nal de Arequipa sobre revisión judicial. RECHAZA-RON la demanda, DISPUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez056 FDM Reg. Nro. 002-2017 Héctor Vargas Paz Soldán con José Málaga Málaga sobre anulación de laudo arbitral. APROBARON la solicitud de desistimiento del acto procesal, DE-CLARARON la conclusión del proceso y a la devolu-ción de anexos, sin costas ni costos. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Valencia Don-go Cárdenas344 FDM Reg. Nro. 328-2017 Ofi-cina de Normalización Previsional con Juez del Quinto Juzgado Civil y otro sobre proceso de am-paro. CONCEDIERON el recurso de agravio consti-tucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tri-bunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez345 FDM Reg. Nro. 353-2017 Ci-rilo Quicara Jilapa con Corporación Global de Te-lecomunicaciones sobre convocatoria a asamblea general. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López346 CL Reg. Nro. 6717-2000 Giovana Zeballos Pinto y otro con Luis Nuñez Pa-redes y otro sobre prescripción adquisitiva. DECLA-RARON improcedente la solicitud de abstención y recusación formulada por el codemandante del Juez superior Carreón romero. 1 SC – Martínez Vil-ca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

347 CR Reg. Nro. 106-2018 Gilda Meneses de Rodríguez con Municipalidad Provin-cial de Arequipa sobre revisión judicial. DECLARA-RON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el pla-zo de tres días para subsanar, bajo apercibimiento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez349 CL Reg. Nro. 1297-2018 Alfonso Coronel Salcedo con Gobierno Regional de Arequipa sobre indemnización. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de decla-rarse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado350 FDM Reg. Nro. 823-2007 Lu-cio Manrique Salas con Mauricio Ponce Nuñez y otro sobre obligación de dar suma de dinero. DE-CLARARON fundada la abstención efectuada por el señor Juez Superior René Cervantes López; DIS-PUSIERON que se conforme Sala con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con Los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Valencia Don-go Cárdenas351 FDM Reg. Nro. 823-2007 Lu-cio Manrique Salas con Mauricio Ponce Nuñez y otro sobre obligación de dar suma de dinero. DE-CLARARON NULA la vista del causa, señalaron nue-va fecha para vista de la causa el 13 de junio del 2018 a las 9.00 horas. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza352 COLA Reg. Nro. 7909-2013 Renán Valenzuela García con Claudia Zeballos Chi-rinos sobre nulidad de acto jurídico. DEJARON sin efecto la vista de la causa, debiendo de señalarse día y hora a efecto de que se lleve a cabo la vis-ta. DISPUSIERON notificar a la demandada Grace Victoria Valenzuela Zeballos, con el nuevo señala-miento de la vista de la causa, en su domicilio real. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez353 CR Reg. Nro. 2846-2017-31 Celestina Tejada Chávez con Aníbal Valenzuela Sán-chez y otro sobre violencia familiar. DECLARARON inadmisible el recurso de apelación, NULO el con-cesorio de apelación, DISPUSIERON la devolución del expediente al juzgado de origen1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez283 (I) FDM Reg. Nro. 978-2014 Pe-dro Pinto Roberto con Gladis Moreno Durand y otro sobre divorcio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 3 JEF – Montesinos y Montesinos – Zambrano Acuña.SV JSP En discordia Con los Sres. Carreón Romero, Rivera Dueñas, Valencia Dongo Cárdenas283 (II) CR Reg. Nro. 978-2014 Pe-dro Pinto Roberto con Gladis Moreno Durand y otro sobre divorcio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundado el pedido del demandante de la pensión de alimentos. 3 JEF – Montesinos y Montesinos – Zambrano Acuña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez284 FDM Reg. Nro. 590-2013 Ed-

gar Cáceres Corrales y otro con Ministerio de Agri-cultura sobre prescripción adquisitiva de dominio. REVOCARON LA SENTENCIA que declaró fundada la demanda, reformándola, DECLARARON impro-cedente la demanda; y, los devolvieron. JM Islay – Cary Choque – Ruelas Chaucayanqui.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez505 CR Reg. Nro. 352-2018 Vi-taliano Huamaní Valdivieso y otro sobre divorcio. DIRIMIERON la competencia a favor del Primer Juz-gado de Familia de Mariano Melgar, en consecuen-cia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Primer Juzgado de Familia del Cercado. 1 JEF – Aquize Cá-ceres – Salas Becerra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez506 FDM Reg. Nro. 8596-2017-92 Jesús Larico Vilca con Ángel Zambrano Vilca sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protección. 1 JEF – Aquize Cáceres – Calderón Coronel.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez507 FDM Reg. Nro. 1514-2016-22 Tolomea Llica Cayllahua con Compañía Minas Buenaventura Sociedad Anónima Abierta sobre nulidad de acto jurídico. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la nulidad del acto de notificación, ORDENARON emitir nuevo pronunciamiento. 8 JEC – del Carpio medina – Luna Mazuelos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez508 FDM Reg. Nro. 2439-2017-40 Ministerio Público con Patricia Córdova Concha so-bre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protección. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – Torreblanca Gonzales – Cayllahua Quiróz.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez509 FDM Reg. Nro. 4015-2016-25 Ysabel López Ventura con Banco Interamericano de Finanzas sobre nulidad de acto jurídico. REVO-CARON la resolución que declara fundada en parte la oposición de los demandados, reformándola, DECLARARON fundada la oposición, DEJARON sin efecto la medida cautelar de no innovar. 5 JEC – Maraza Borda – Zegarra Cárdenas.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez510 FDM Reg. Nro. 077-2018 Cen-tral Azucarera Chucarapi con Jueces Superiores de la Tercera Sala Laboral sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la resolución; y, los devolvieron. J Constitu-cional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza511 FDM Reg. Nro. 8283-2014 Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero con Caty Apaza Flores y otro sobre nulidad de acto jurídico. DECLARARON NULA la resolución que declara el abandono del proceso, ORDENARON emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley; y, los devolvieron. 6 JEC – Valdivia Franco – Ramos Coaguila.

LUNES 04 DE JUNIO DEL 2018

S JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez006 CL Reg. Nro. 136-2017 Alac Outdoor Sociedad Anónima Cerrada con Munici-palidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero sobre revisión judicial. DECLARARON infundada la demanda. 6 JEC – Valdivia Franco – Ramos Coagui-la.AV JSP Con los Sres. Marroquín Mogrovejo, Rivera Dueñas, Cervantes López512 CL Reg. Nro. 2836-2016 Yenny Díaz Cárdenas y otra con Carlos Cary Choque sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la reso-lución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. JEC Islay – Loaiza Callata – Chapi-lliquen Tason.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez513 CR Reg. Nro. 423-2004-57 Marco Ayala Moscoso con Empresa Minera Aurífera sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la reso-lución que declara por cumplido lo ordenado en la sentencia. JM Islay – Cary Choque – Ruelas Chauca-yanqui.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez514 CR Reg. Nro. 2160-2015-50 Valentín Masco Luque con Oficina de Norma-lización Previsional sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que hace efectivo el apercibimiento de imponer multa de 5 URP a Carla Sandoval Reyes. J Constitucional – Apaza del Car-pio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez516 CL Reg. Nro. 127-2018 Agriaperú Import Export con Juez del Segundo Juzgado Civil sobre proceso de amparo. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortiz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez517 CL Reg. Nro. 216-2018-24 María Cari Cari con Sergio Pandia Molleapaza sobre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la re-solución que establece las medidas de protección. 2 JEFMBJM Melgar – Pinto flores – Mujica Hualla.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez518 CL Reg. Nro. 12604-2017-51 Flor Mendoza Pino con Rony Andía Cárdenas sobre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la re-solución dictada en audiencia del 28 de noviembre del 2017 en cuanto a las medidas de protección de los menores. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hart-ley – Mostacero Rosas.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez519 CL Reg. Nro. 3291-2017-84 Gobierno Regional de Arequipa con Pepe Vásquez Almonacín sobre nulidad de acto jurídico y otro. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la reconvención, con lo demás que contiene. 6 JEC – Valdivia Franco – Gutiérrez Hancco.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza520 CL Reg. Nro. 5307-2017 Marcos Obando Herrera con Cabildo Metropolita-no Arequipa y otro sobre nulidad de cosa juzgada fraudulenta y otro. DECLARARON NULA la resolu-

ción que declara improcedente la demanda, ORDE-NARON nueva calificación de la demanda; y, los de-volvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza521 CL Reg. Nro. 6399-2017 Asociación de Agricultores Damnificados de Maca con Sunarp sobre cancelación de asiento registral. DECLARARON NULA la resolución que declara im-procedente la demanda, ORDENARON nueva cali-ficación de la demanda; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Campos Cornejo.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez522 CR Reg. Nro. 2171-2014 Fé-lix Valdivia Cano con Elizabeth Valdivia Manrique y otro sobre división y partición de bienes. CONFIR-MARON la resolución que declara la interrupción del plazo en el proceso del día once de marzo del dos mil quince, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Ramírez Neira.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez354 FDM Reg. Nro. 105-2018 Go-bierno Regional de Arequipa con Municipalidad Distrital de Majes sobre acción contenciosa admi-nistrativa. DECLARARON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsanar, bajo apercibimiento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza285 CL Reg. Nro. 10939-2016 Maximiana López Fernández con Robert Valdez Puma y otro sobre divorcio. APROBARON LA SEN-TENCIA CONSULTADA que declara fundada la de-manda, con todo lo demás que contiene; y, los de-volvieron. 1 JEFMBJ Paucarpata – Talavera Zapana – de la Gala Orihuela.SV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza286 CL Reg. Nro. 370-2011 Wal-ter Mendoza Nuñez con Sonia Mendoza Nuñez y otro sobre interdicción civil. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. JM Islay – Cary Choque- Ruelas Chau-cayanqui.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez287 CR Reg. Nro. 2171-2014 Fé-lix Valdivia Cano con Elizabeth Valdivia Manrique y otro sobre división y partición de bienes. CONFIR-MARON LA SENTENCIA que declara fundada en par-te la demanda, sin costas y costos, la REVOCARON en cuanto declara infundada la indemnización, reformándola, DECLARARON fundada la demanda la indemnización por la administración, usufructo y demás usos, debiendo establecerse el monto a pa-garse en ejecución de sentencia; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Montañez Ludeña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez288 CL Reg. Nro. 446-2016 For-tunato Castillo Coaquira con Rímac Seguros y Rea-seguros sobre proceso de amparo. CONFIRMARON en parte la resolución que declara fundada en par-te la demanda, la REVOCARON en el extremo que ordena el pago de devengados y costas del proce-so, reformándola, declararon improcedente el pago de los reintegros y costas del proceso. J Constitu-cional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AD JSP Con los Sres. Carreón

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 4 de enero del 2019

Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez057 CL Reg. Nro. 4157-2016 Ruth Calienes Rosas con Municipalidad Provincial de Islay sobre acción contenciosa administrativa. DISPUSIERON la devolución del expediente al Juz-gado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea ele-vado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcen-trada de Control de la Magistratura para que ini-cie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Stephanie Jenifer Chapilliquen Tason, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. JEC Islay – Chávez Flores – Chapi-lliquen Tason.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez354 FDM Reg. Nro. 105-2018 Pro-curador del Gobierno Regional de Arequipa con Municipalidad Distrital de Majes sobre acción con-tenciosa administrativa. DECLARARON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsanar, bajo apercibimiento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.

MARTES 05 DE JUNIO DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez289 CR Reg. Nro. 2251-2014 Ministerio Público con Josefa Torres Valdivia y otro sobre violencia familiar. DECLARARON NULA LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, ORDENARON emitir nuevo pronunciamiento; y, los devolvieron. 4 JEF – Delgado Cárdenas – Chávez Cervantes.SV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza290 COLA Reg. Nro. 5620-2014 Entel Perú Sociedad Anónima con Municipalidad Distrital de Cayma sobre acción contenciosa ad-ministrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Galagarza Pé-rez – Gonzales Ramos.SV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza291 FDM Reg. Nro. 1676-2014 Luis Apaza Imata con Antonio Pongo Espinoza so-bre prescripción adquisitiva de dominio. CONFIR-MARON LA SENTENCIA que declara improcedente la tacha y fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JMMBJM Melgar – Madariaga Condori – Layme Llano.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez292 FDM Reg. Nro. 2716-2014 Leo Ccorahua Quispe con Anita Pacco Quispe y otro sobre negación de paternidad. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEF – Valdivia Talavera – de Amat Ca-tacora.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez523 CL Reg. Nro. 2582-2016-6 Juan Flores Mamani con César Pérez Paucar y otro sobre reconocimiento de propiedad y otro. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la medida cautelar; y, los devolvieron. 7 JEC – Po-lanco Gutiérrez – Rendón Herrera.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza524 COLA Reg. Nro. 5620-2014 Entel Perú Sociedad Anónima con Municipalidad Distrital de Cayma sobre acción contenciosa ad-ministrativa. CONFIRMARON la resolución que re-chaza el medio probatorio del demandado; y, los devolvieron. 1 JEC – Galagarza Pérez – Gonzales Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez525 CR Reg. Nro. 11278-2017-32 Flor del Carpio Huamaní con Bernardino Monte-sinos Carrasco sobre violencia familiar. CONFIRMA-RON en parte la resolución que dicta las medidas de protección en los ítems 1, 2, 6 y 7; la REVOCA-RON en cuanto dicta las medidas de los ítems 3, 4 y

5, reformándola, DEJARON sin efecto dichas medi-das, con lo demás que contiene. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez526 CR Reg. Nro. 1894-2018-78 Rosa Cayllahua Quispe y otro con José Gonzales Chambi sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de pro-tección. 1 JEF MBJ Paucarpata – Talavera Zapana – Bautista Peña.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza527 FDM Reg. Nro. 1676-2014 Luis Apaza Imata con Antonio Pongo Espinoza sobre prescripción adquisitiva de dominio. CON-FIRMARON la resolución que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar acti-va y declara la existencia de una relación jurídica procesal válida y por lo tanto saneada el proceso; y, los devolvieron. 2 JMMBJM Melgar – Madariaga Condori – Layme Llano.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López528 FDM Reg. Nro. 9232-2017 Ar-turo Vera Cala con Livia Ramos Barriga y otro sobre nulidad de matrimonio. CONFIRMARON la resolu-ción que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. 3 JEF – Zambrano Acuña – Pinto Sán-chez.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez355 CR Reg. Nro. 951-2011 Liz-beth Carpio Concha con Erick Díaz Lajo y otro sobre divorcio. ACLARARON la sentencia de vista. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez356 CL Reg. Nro. 4456-2010 Esther Gonzales Sosa y otro con Julia Sosa Veliz sobre petición de herencia. CONCEDIERON al ape-lante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez357 CL Reg. Nro. 033-2012 Ed-gar Huaynapata Condori con Gobierno Regional de Arequipa y otro sobre indemnización. DISPUSIE-RON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.

MIÉRCOLES 06 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez358 CL Reg. Nro. 534-2017 Ja-vier Alvarez Nuñez con Banco Interbank sobre pro-ceso de amparo. ADMITIR los medios probatorios extemporáneos, TRASLADO por el plazo de tres días. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez359 CR Reg. Nro. 121-2015 De-rowlands Manrique Dávila con Guillermo Gaona Talavera y otro sobre desalojo. DECLARARON IN-ADMISIBLE el recurso de apelación de la sentencia, NULO el concesorio del recurso de apelación. Con-forme al estado de la causa SEÑALARON fecha para vista de la causa el 26 de junio del 2018 a las 11: 00 horas. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez360 FDM Reg. Nro. 2409-2017-47 Rosa Vela de la Cruz con Cindy Hernández Lozada y otro sobre petición de herencia. DISPUSIERON la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen para que cumpla con subsanar la omi-sión advertida; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los actuados a la ODECMA. Debiéndose compaginar debidamente y en orden cronológico los actuados citados en el tercer consi-derando supra. Por ésta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Marien Heidy Quispe Flores, ma-yor cuidado y diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. 4 JEC – Quispe Apaza – Quispe Flores.AT JSP Con los Sres. Carreón

Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez361 CR Reg. Nro. 2829-2018-8 María Hugo Mango con María Bolaños Rodríguez sobre violencia familiar. CONCEDIERON al apelan-te el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez529 CR Reg. Nro. 603-2017 Luis Jordán Parra con Ministro de Defensa y otro sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los de-volvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Or-tíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez530 FDM Reg. Nro. 12808-2017-69 Eloy Schiaffino García con Dina Ccellccaro Toledo sobre violencia familiar. REVOCARON la resolución que no dicta las medidas de protección, reformán-dola, establecieron las medidas de protección. 2 JEF – Valdivia Talavera – Huanaco Valeriano.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez531 FDM Reg. Nro. 1576-2018-41 María Eugenia Andrade Rivas con Pastor Veliz Ara-pa sobre violencia familiar. CONFIRMARON la reso-lución que establece las medidas de protección. 2 JEF – Carlos Villán – Huanaco Valeriano.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez532 FDM Reg. Nro. 2538-1999-79 Scotiabank Perú Sociedad Anónima Abierta con Hernán Palomino Gutiérrez sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que declara infundada las observaciones al infor-me pericial y aprueba la pericia. 8 JEC – del Carpio Medina – Mamani Mamani.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez533 CL Reg. Nro. 1299-2017-48 Alfonso Valdivia Villabazo con Gobierno Regional de Arequipa sobre mejor derecho de propiedad. DECLARARON NULA la resolución que rechaza los medios probatorios de la demandante, DISPUSIE-RON que se califique nuevamente los medios pro-batorios referidos. 2 JECMBJ Paucarpata – Corrales Cuba – Yanahuaya Rosales.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez534 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que rechaza el recurso de apelación de la resolución que requiere a los demandados para que cumplan con adjuntar las copias para formar el cuaderno de apelación, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Dueñas Triviños – Gonza-les Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez535 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la nulidad del demandado, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Dueñas Triviños – Gonzales Ra-mos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez536 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara infundada la nulidad de la resolución 27, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Dueñas Triviños – Gonzales Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez537 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara infundada la nulidad de la resolución 38, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Dueñas Triviños – Gonzales

Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez538 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la re-solución que declara la conclusión de la demanda que sigue la sucesora procesal y adjudicataria, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEC – Dueñas Triviños – Gonzales Ramos.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza 539 CL Reg. Nro. 4759-2016 Banco Continental con Luis Cisneros Corzo y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la re-solución que declara infundada la contradicción y ordena el remate del bien inmueble dado en garan-tía; y, los devolvieron. 1 JECMBJ Paucarpata – San-doval Loayza.AV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza540 COLA Reg. Nro. 3006-2018 Eli-ta Alarcón Gutiérrez con Fátima Paredes Huarcaya sobre impugnación de paternidad. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolu-ción; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Paucarpata – Tito Molleapaza – Bautista Peña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez293 CR Reg. Nro. 1365-2015 Benedicta Pequeña Aguilar con Carlos Gironzini Morales sobre prescripción adquisitiva de dominio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declaró funda-da la tacha e infundada la demanda, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.

JUEVES 07 DE JUNIO DEL 2018AT JSP CON LOS SRES. CA-

RREÓN ROMERO, FERNáNDEz DáVILA MERCADO, CERVANTES LÓPEz

362 CL Reg. Nro. 501-2017 Hubert Valdivia Rojas con Contraloría General de la República sobre proceso de amparo. CONCE-DIERON el recurso de agravio constitucional, DIS-PUSIERON se remitan los autos al Tribunal Cons-titucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez363 CR Reg. Nro. 669-2017 Caja Municipal de Ahorro de Arequipa con Pedro Hanc-co Pino y otro sobre obligación de dar suma de dinero. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez364 FDM Reg. Nro. 4235-2011 Salomón Ponce Bermejo con Municipalidad Provin-cial de Arequipa sobre acción contenciosa adminis-trativa. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez365 CR Reg. Nro. 3728-2013 Luz Rivera Rivera con Maritza Mendoza Calderón de Lima sobre reivindicación. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Jus-ticia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez366 CR Reg. Nro. 118-2018 Vilma Alvarez Nuñez con Banco Interbank sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez367 FDM Reg. Nro. 2573-2012 Mo-vimiento Evangelístico Misionero con Rosalía Flo-res Hinojosa y otro sobre nulidad de acto jurídico. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la

forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez368 CL Reg. Nro. 244-2015 Víc-tor Espinoza Andrade con Rímac Seguros y Rease-guros sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez369 CR Reg. Nro. 109-2018 Sren Franz Marian Chicata Sutmller con Patricia de Cam-pos Balzano sobre exequátur. DECLARARON inad-misible la demanda, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsanar, bajo apercibimiento de recha-zar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez370 FDM Reg. Nro. 015-2018 Yaddyne Juárez Surco con Juleimy Corrales Curam-pa sobre exequátur. DECLARARON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsanar, bajo apercibimiento de rechazar la de-manda. 1 SC – Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez058 CR Reg. Nro. 099-2018 José Sisa Mamani con Municipalidad Distrital de Paucar-pata sobre revisión judicial. DECLARARON impro-cedente la demanda, DISPUSIERON el archivo del proceso y la devolución de anexos. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez541 CL Reg. Nro. 4231-2017 Saturnina Chipana Mamani de Pereira con Katty Rosado Añari sobre nulidad de cosa juzgada frau-dulenta. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda, ORDENARON nueva calificación de la demanda; y, los devolvie-ron. JEC Islay – Loaiza Callata – Chacón Carreño.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez542 CL Reg. Nro. 083-2018 Yon-ne Cyran Arizmendi con Municipalidad Provincial de Arequipa y otro sobre proceso de cumplimien-to. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda, ORDENARON nueva calificación de la demanda; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez543 FDM Reg. Nro. 667-2017 Mi-guel Castillo Zuñiga con Rosa María Ubillus Fortini y otro sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la demanda; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Car-pio – Ortíz Chávez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez294 CL Reg. Nro. 654-2017 Luz Valencia Virrueta con Sucesión de Luis Mestas Lajo sobre reconocimiento de unión de hecho. REVO-CARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, reformándola, DECLARARON fundada en parte, la CONFIRMARON en el extremo que decla-ra infundada la demanda desde el año 1982 hasta el 10 de diciembre del 2014, la REVOCARON en el extremo que declara infundada la demanda que ordena que la ONP le otorgue la pensión de sobre-vivencia por viudez y demás beneficios, reformán-dola, DECLARARON improcedente, dejando a salvo para que lo haga valer en la vía correspondiente, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 2 JEFMBJM Melgar – Pinto Flores – Vargas Gamarra.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez295 CL Reg. Nro. 2970-2016 Isidro Saico Gonzales con Sunarp sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, con lo demás que contiene, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 6 JEC – Valdivia Franco – Gutiérrez Hancco.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 4 de enero del 2019

296 CL Reg. Nro. 3709-2016 Jhonatan Huaracha Aguilar con Jhoselin Flores Machaca y otro sobre anulabilidad de acto jurídi-co. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEFMBJM Melgar – Calderón Beltrán – del Carpio Rivera.SV JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López, Córdova Lanza297 FDM Reg. Nro. 4146-2015 Renzo Cárdenas Alemán con Municipalidad Pro-vincial de Arequipa sobre acción contenciosa ad-ministrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada en parte la demanda, INFUNDA-DA en cuanto se declaró infundado el recurso de apelación de la resolución Sub Gerencial; e IMPRO-CEDENTE respecto que otorga la licencia de cons-trucción del bien inmueble, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 9 JEC – Meza Miranda – Villanueva Rosas.

VIERNES 08 DE JUNIO DEL 2018

AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez059 FDM Reg. Nro. 123-2018 Juan Carlos Llaiqui Pimentel con Banco de Materiales Sociedad Anónima Cerrada en liquidación sobre acción contenciosa administrativa. DISPUSIERON la devolución del expediente al Juzgado de ori-gen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la breve-dad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso inves-tigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Nikola Marisol Gonzales Ramos, tener mayor cuida-do en el cumplimiento de sus obligaciones. 1 JEC – Galagarza Pérez – Gonzales Ramos.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez060 CL Reg. Nro. 095-2018 Es-partaco Security Sociedad Anónima Cerrada con Gerencia Regional de Trabajo sobre revisión judi-cial. RECHAZARON la demanda, DISPUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez061 FDM Reg. Nro. 2486-2016 Jor-ge Beltrán Medina y otro con Norka Meza Beltrán y otro sobre nulidad de acto jurídico. APROBARON el desistimiento formulado por el recurrente del recurso de apelación, DISPUSIERON la devolución del presente proceso al juzgado de origen. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez371 CL Reg. Nro. 591-2016 Mi-guel Huamaní Huarhua con Aseguradora Rímac Seguros y Reaseguros sobre proceso de amparo. ADMITIR los medios probatorios extemporáneos, TRASLADO a la parte demandante por el plazo de tres días. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Cervantes López372 CL Reg. Nro. 958-2016 Mauro Herrera Mamani con Marilyn Sanz Cárdenas y otro sobre divorcio. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez Superior Javier Fernán-dez Dávila Mercado; DISPUSIERON que el Colegia-do se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez373 FDM Reg. Nro. 3055-2015 Norma Huaricallo Zapana con Municipalidad Pro-vincial de Arequipa sobre acción contenciosa ad-ministrativa. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanen-te de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva califi-cación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez374 CR Reg. Nro. 7719-2014 Asveda con Asvrama sobre acción contenciosa ad-ministrativa. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanen-

te de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva califi-cación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez375 CL Reg. Nro. 112-2018 Freddy Bejarano Flores con Osinergmin sobre revi-sión judicial. DECLARARON inadmisible la deman-da, DISPUSIERON el plazo de tres días para subsa-nar, bajo apercibimiento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez376 FDM Reg. Nro. 8367-2014 Yo-landa Turpo Araujo con Américo Alvarez Romero sobre nulidad de acto jurídico. DECLARARON INAD-MISIBLE el ofrecimiento de prueba extemporánea. Conforme al estado del proceso, SEÑALARON fecha para vista de la causa el día 28 de junio del 2018 a las nueve horas. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez377 CR Reg. Nro. 8801-2014 José Salazar Vera y otro con Julio Calderón Carpio y otro sobre nulidad de acto jurídico. 1) ADMITIR: como prueba de oficio en segunda instancia, la partida registral indicada en autos, DISPUSIERON se curse el oficio pertinente. 2) SUSPENDER: por ahora el llamado de autos para resolver. 1 SC – Mar-tínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez544 CR Reg. Nro. 1812-2016 Fi-nanciera Credinka Sociedad Anónima con Santos Pérez Pozo sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que da inicio a la eje-cución forzada; y, los devolvieron. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Risco Berrocal.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez545 FDM Reg. Nro. 934-2016 Coo-perativa de Ahorro y Crédito Arequipa con Rosario Peralta Torres y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la nulidad de todo lo actuado; y, los devol-vieron. JECMBJ Hunter – Sandoval Corimayta – Ro-dríguez Huanqui.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez546 FDM Reg. Nro. 934-2016 Coo-perativa de Ahorro y Crédito Arequipa con Rosario Peralta Torres y otro sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que declara impro-cedente la contradicción y fundada la demanda ordenándose el trémate del bien dado en garantía del inmueble; y, los devolvieron. JECMBJ Hunter – Sandoval Corimayta – Rodríguez Huanqui.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez547 FDM Reg. Nro. 3995-2012-17 César Linares Bernedo con Ministerio Público sobre proceso de cumplimiento. CONFIRMARON la reso-lución que declara improcedente la nulidad del de-mandado. 10 JEC – Salas Flores – Gutiérrez Chalco.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez548 FDM Reg. Nro. 3070-2018-23 Roxana Castillo Macedo con Willy Valdivia Yato so-bre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protección. 4 JEF – Delgado Cárdenas – Miranda Coyla.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez549 FDM Reg. Nro. 227-2014-90 Milagros Vilca Pallara con Municipalidad Distrital de Islay sobre indemnización. CONFIRMARON la re-solución que requiere el pago bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público. JEC Islay – Loaiza Callata – Chapilliquen Tason.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez550 FDM Reg. Nro. 227-2014-90 Milagros Vilca Pallara con Municipalidad Distrital de Islay sobre indemnización. CONFIRMARON la resolución que hace efectivo el apercibimiento decretado, en consecuencia DISPUSIERON remitir-se copias al Ministerio Público. IMPROCEDENTE el pedido de ejecución forzada señalado en el tercer

considerando. JEC Islay – Loaiza Callata – Chapilli-quen Tason.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez551 FDM Reg. Nro. 658-2017 Ja-vier Yanarico López y otro con Jueces Superiores de la Tercera Sala Civil sobre proceso de amparo. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Chávez Ortíz.

LUNES 11 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez378 CL Reg. Nro. 5185-2015-28 Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú con Geovanna Pimentel Chino sobre ejecución de garantías. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez379 CR Reg. Nro. 1700-2011-25 Nancy Esquivel Zuñiga de Pacheco con Manuel Pacheco Mesones sobre violencia familiar. CONCE-DIERON al apelante el plazo de tres días para sub-sanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apela-ción así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez380 FDM Reg. Nro. 1691-2017 Ga-briel Quispe Quispe con Soledad Mamani Mamani y otro sobre desalojo. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto adverti-do, bajo apercibimiento de declararse la inadmisi-bilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez381 FDM Reg. Nro. 637-2008 Fran-cisca Mamani Flores con Francisco Mamani Flores sobre petición de herencia. ACLARARON la senten-cia de vista. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez382 CL Reg. Nro. 431-2017 Fran-cisco Castro Chávez con Mapfre sobre proceso de amparo. RESOLVIERON rechazar el escrito 8902-2018 de foja 318. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez383 CL Reg. Nro. 6340-1981 Ma-ría Vilca Cáceres con Gumercinda Sahuanay Colque y otro sobre división y partición. DECLARARON im-procedente el recurso de casación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez384 CL Reg. Nro. 1196-2014 Humberto Salazar Choque con Victoria Pacheco Jiménez y otro sobre desalojo. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez552 CR Reg. Nro. 2300-2011 Os-car Condori Torres con Olinda Peña Vargas de Con-dori y otro sobre divorcio. DECLARARON la nulidad de todo lo actuado desde fojas 256, DISPUSIERON se emita nueva resolución. 2 JEFMBJ Paucarpata – Gonzales Enríquez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez553 CR Reg. Nro. 5654-2017 Ro-nald García García con María García García sobre petición de herencia. DECLARARON NULA la reso-lución que rechaza la demanda, ORDENARON emi-tir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley; y, los devolvieron. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Cárdenas Enchuña.AV JSP Con los Sres. Carreón

Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez554 CR Reg. Nro. 8843-2005 Juan Quillahuamán Villa con Oficina de Normaliza-ción Previsional sobre acción contenciosa adminis-trativa. CONFIRMARON la resolución que rechaza liminarmente el pedido de otorgamiento de la pen-sión de jubilación adelantada. 8 JEC – del Carpio Medina – Luna Mazuelos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez555 CR Reg. Nro. 047-2000-81 Janet Bautista Villena con José Gutiérrez Huamán y otro sobre separación convencional. CONFIRMA-RON la resolución que remite las copias certifica-das de los actuados respectivos al Fiscal. 2 JEF – Valdivia Talavera – Gasca Molina.AV JSP En discordia Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas556 FDM Reg. Nro. 403-2016-34 Empresa de Transportes Señor del Gran Poder “Monterrey C” con Municipalidad Provincial de Arequipa sobre proceso de amparo. DECLARARON NULA la resolución que declara infundada la me-dida cautelar, DISPUSIERON se expida nueva reso-lución. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez298 FDM Reg. Nro. 5360-2015 Ministerio Público con Lourdes Ghersi Cáceres de Valdivia sobre violencia familiar. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara infundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEF – Carlos Villán – Gasca Molina.

MARTES 12 DE JUNIO DEL 2018SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez299 CL Reg. Nro. 2574-2015 Pedro Alemán Martínez con Sonia Hurtado Bustos y otro sobre divorcio. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEF – Valdivia Talavera – Gasca Molina.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez385 CR Reg. Nro. 5027-2007 Ju-lio Mazeyra Chávez con Doroteo Apaza Machaca sobre reivindicación. INADMISIBLE los recursos de apelación, NULOS los concesorios que conceden apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez386 CR Reg. Nro. 5027-2007 Julio Mazeyra Chávez con Doroteo Apaza Macha-ca sobre reivindicación. INADMISIBLE los recursos de apelación, NULOS los concesorios que concede apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida. 1 SC – Martínez Vilca. AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez557 CR Reg. Nro. 055-2018 Ma-ría del Carmen Bellido Velarde de Gonzales con Juez del Séptimo Juzgado Civil sobre proceso de amparo. DECLARARON NULA la resolución que de-clara improcedente la demanda, ORDENARON nue-va calificación de la demanda; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez558 CR Reg. Nro. 5598-2017 Rosa Apaza Coaguila con Álvaro Carcausto Mayta sobre impugnación de paternidad. DECLARARON NULA la resolución que rechaza la demanda, ORDE-NARON emitir nuevo pronunciamiento con arreglo a ley; y, los devolvieron. 2 JEF – Calderón Beltrán – Tito Molleapaza.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez559 Reg. Nro. 6226-2017 Carlos Lainez Chávez con Banco de Materiales so-bre prescripción adquisitiva de dominio. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. 10 JEC – Salas Flores – Gutiérrez Chalco.AV JSP Con los Sres. Carreón

Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez561 CL Reg. Nro. 12619-2017-93 Virginia Torres Fierro y otro con Klevert Molina Paredes y otro sobre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la resolución que dicta las medidas de protección. 2 JEFMBJ Paucarpata – Calderón Bel-trán – Mejía Cáceres.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez562 CL Reg. Nro. 296-2018-26 Jessica Arotaype Castillo con Jorge Fernández Co-rrales sobre violencia de género y familiar. CON-FIRMARON la resolución que declara infundada la nulidad, con lo demás que contiene. 3 JEF – Mosta-cero Rosas – Pinto Sánchez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez563 CL Reg. Nro. 10097-2017-78 Lourdes Gutiérrez Pineda con Lourdes Gutiérrez Pineda con jean Carlos Ortiz Quispe sobre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la resolución que dicta las medidas de protección. 1 JEFMBJ Pau-carpata – Talavera Zapana – Bautista Peña.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez564 CL Reg. Nro. 4162-2013-19 Pedro Vizcarra Nuñez con Jairo Vizcarra Ruíz y otro sobre división y partición de bienes. DECLARARON NULA la resolución que hace efectivo el apercibi-miento e impone multa de ½ URP al demandado. 8 JEC – del Carpio Medina – Mamani Mamani.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López565 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. REVOCARON la resolución que concede la medida cautelar. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López566 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. REVOCARON la resolución que varia la medida cautelar, refor-mándola, DECLARARON infundada la variación. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López567 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. NULA la resolución que declara fundado el requerimiento de ampliación de la medida cautelar, con lo demás que contiene. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López568 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. NULA la re-solución que declara fundada en parte la solicitud de la parte demandante y dispone ampliar los po-deres. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López569 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. NULA la re-solución que declara fundada en parte la solicitud de la parte demandante y dispone ampliar los po-deres. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López570 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. NULA la resolución que dispone la inscripción de los actos procesales que allí se indica. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP En discordia Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López571 CL Reg. Nro. 455-2016-84 Junta de Usuarios de Riego Chili con Ministerio de Agricultura sobre proceso de amparo. CONFIRMA-RON la resolución que hace efectivo el apercibi-

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 4 de enero del 2019

miento decretado e impone 5 URP al demandante, debiendo de formar el cuaderno de multa y remi-tirlo al 4 JPL; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Por mayoría Con los Sres. Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes López572 CL Reg. Nro. 041-2013 Na-tali Fernández Loayza y otro con Roberto Chávez Escobedo y otro sobre nulidad de acto jurídico. REVOCARON la resolución que aprueba el monto aprobado y ordenado a pagar los costos procesales de S/ 10 400.00, reformándola, APROBARON en S/ 3 000.00, con lo demás que contiene; y, los devol-vieron. 6 JEC – Valdivia Franco – Trujillo Pérez.

MIERCOLES 13 DE JUNIO DEL 2018

AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez573 FDM Reg. Nro. 094-2018 Armando Corimaya Laura con Autodema sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los de-volvieron. J Constitucional – Tantaleán Odar – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez574 MAMO Reg. Nro. 652-2017 Mar-co Pérez Pleticocich con Jueces Superiores de la Primera Sala Civil sobre proceso de amparo. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez062 CL Reg. Nro. 028-2014 Hen-ry Rodríguez Arenas con Ministerio Público sobre divorcio. DISPUSIERON la devolución del expedien-te al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias cer-tificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondien-te, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Pamela Mónica Zambrano Acuña, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez063 CL Reg. Nro. 028-2014 Hen-ry Rodríguez Arenas con Asunta Ticona Quicaño y otro sobre divorcio. DISPUSIERON la devolución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Ma-gistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en cono-cimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Pamela Mónica Zambrano Acuña, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 3 JEF – Mon-tesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez387 CL Reg. Nro. 116-2018 Prodmil Sociedad Anónima Cerrada con Gerencia Regional de Trabajo sobre revisión judicial. DECLA-RARON inadmisible la demanda, DISPUSIERON el plazo de cinco días para subsanar, bajo apercibi-miento de rechazar la demanda. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez388 CR Reg. Nro. 570-2016 Ma-nuel Quilluya Condo con Rímac Seguros y Rease-guros sobre proceso de amparo. ADMITIR como medio probatorio de oficio de segunda instancia el informe a la comisión médica de incapacidad del Hospital Honorio Delgado, debiendo de remitir el informe en el plazo de cinco días, SUSPENDIERON el llamado de autos para resolver. 1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón

Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez300 FDM Reg. Nro. 7106-2017 Ro-bert Nuñez Tejada con Sandra Valcárcel Cheneau sobre variación de tenencia y otro. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Paucarpata – Talavera Zapana – de la Gala Orihuela.

JUEVES 14 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López389 FDM Reg. Nro. 4161-2014 Maruja Toledo de Portugal con Juez del Segundo Juzgado Civil y otro sobre nulidad de cosa juzgada fraudulenta. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Rome-ro; DISPUSIERON que el Colegiado se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martí-nez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez390 FDM Reg. Nro. 373-2017 Emilia Torres Riega con Essalud sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio cons-titucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tri-bunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez391 CR Reg. Nro. 851-2004 Dennis Flores Huarache con Director de la Policía Nacional del Perú y otro sobre acción contenciosa administrativa. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala de Derecho Constitucional y Social Perma-nente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez301 CL Reg. Nro. 449-2016 Ca-lixto Mollo Alhuirca con Oficina de Normalización Previsional sobre proceso de amparo. REVOCARON LA SENTENCIA que declara improcedente la de-manda, reformándola, DECLARARON fundada la demanda, con lo demás que contiene, sin costos; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Car-pio – Cuba Ramos.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez302 CL Reg. Nro. 656-2015 Hi-lario Apancho Bustinza con Municipalidad Distrital de Sachaca sobre acción contenciosa administrati-va. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara in-fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. JEFMBJ Hunter – Sandoval Corima-yta – Rodríguez Huanqui.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez575 CL Reg. Nro. 534-2017 Ja-vier Álvarez Nuñez y otra con Banco Interbank sobre proceso de amparo. DECLARARON NULA la resolución que declara nulo todo lo actuado, DIS-PUSIERON se continúe con el trámite del proceso; y, los devolvieron. J Constitucional – Tantaleán Odar – Pacheco Tejada.

VIERNES 15 DE JUNIO DEL 2018

AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez576 CL Reg. Nro. 919-2018 Sti-vens Bulnes Loaiza con Martha Olivera Chacón y otro sobre divorcio. DIRIMIERON la competencia a favor de la Jueza del Cuarto Juzgado de Familia del Cercado, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Segundo Juzgado de Familia de Paucarpata. 2 JEFMBJ Paucarpata – Calderón Bel-trán – del Carpio Rivera.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez577 CL Reg. Nro. 082-2018 Kat-ti Ramos Zevallos con Gonzalo Briceño Zegarra y otro sobre divorcio. DIRIMIERON la competencia a favor del Segundo Juzgado de Familia de Cerro Colorado, en consecuencia, DISPUSIERON que el

Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Primer Juzgado de Familia del Cer-cado. 1 JEF – Aquize Cáceres – Valdeiglesias Cham-bizea.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez578 FDM Reg. Nro. 1295-2018 Mu-nicipalidad Distrital de Mollebaya con FBC Melgar sobre resolución de contrato. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la deman-da, ORDENARON nueva calificación de la demanda; y, los devolvieron. 9 JEC – Meza Miranda – García Jurado.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez579 FDM Reg. Nro. 540-2018 Nal-dy Pinto Ticona con Leonard Huamaní Pérez y otro sobre tenencia. DIRIMIERON la competencia a fa-vor del Tercer Juzgado de Familia del Cercado, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Segundo Juzgado de Familia de Paucarpata. 2 JEFMBJ Paucarpata – Calderón Beltrán – del Carpio Rivera.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez580 CL Reg. Nro. 2479-2017 Liberata Ramos Chuquitaype con Sabino Linares Chávez sobre alimentos. DIRIMIERON la competen-cia a favor del Décimo Juzgado de Paz Letrado, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata. RECOMENDARON a los señores Jueces de Paz Le-trados la escricta observancia de lo establecido por el artículo 37 del CPC, bajo apercibimiento de remitirse copias a la ODECMA. 3 JPLMBJ Paucarpata – Téllez Fernández – Zamata Lima.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez581 FDM Reg. Nro. 437-2017 Bra-yan Ortega Gonzales con Miguel Linares Riveros sobre habeas data. DIRIMIERON la competencia a favor del Juzgado Constitucional, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Tercer Juz-gado de Paz Letrado de Paucarpata. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Risco Berrocal.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez392 FDM Reg. Nro. 706-2017 Am-paro Chilo Huanca con Luciano Luna Rodríguez y otro sobre nulidad de acto jurídico. DISPUSIERON la interpolación del folio 94-A. 1 SC – Martínez Vil-ca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez303 FDM Reg. Nro. 3812-2015 Martha Manrique Velarde con Asociación de Vivien-da Residencial Las Pymes sobre nulidad de acto jurídico. DECLARARON NULA LA SENTENCIA, DIS-PUSIERON que vía saneamiento se fije los puntos en controversia de la parte considerativa y valore la actuación oficiosa; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Mamani Mamani.

LUNES 18 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez393 CL Reg. Nro. 3118-2015 Norma Gonzales Zapata y otro con Concesionarios Sociedad Anónima Cerrada sobre resolución de contrato. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez394 CR Reg. Nro. 275-2015 Pli-nio Maldonado Mercado con María Milla Chambi y otro sobre divorcio. TENER por adherido al de-mandante del recurso de apelación a la sentencia, TRASLADO por el plazo de diez días.1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

395 CR Reg. Nro. 4193-2017 Compartamos Financiera con Consuelo Pari López sobre obligación de dar suma de dinero. DECLA-RARON improcedente el pedido de aclaración del auto de vista. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez396 FDM Reg. Nro. 233-2017 An-gel Pinto Zegarra con Hospital Honorio Delgado Espinoza sobre proceso de cumplimiento. DECLA-RARON improcedente el pedido de aclaración de la sentencia de vista. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez397 CR Reg. Nro. 1011-2015 Er-nesto Rivera Podesta con Fernando López Valencia sobre mejor derecho de propiedad. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Supre-ma de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martí-nez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez398 FDM Reg. Nro. 3087-2005-32 Julio Valdez Pino con María Valdez Cáceres y otro sobre partición de herencia. DISPUSIERON se ele-ven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez399 CR Reg. Nro. 2815-1999 Inversiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de decla-rarse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez582 CL Reg. Nro. 1084-2018 Ministerio Público con J.S.G.R sobre infracción. NULA la resolución que concede la remisión del adolescente e impone la medida socioeducativa de libertad restringida y reparación de S/ 500.00 soles, DISPUSIERON que se expida nueva resolución. 4 JEF – Delgado Cárdenas – Luque Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez583 FDM Reg. Nro. 369-2018-46 Narcisa Cutipa Pampa con Elizabeth Ramos Cutipa sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolu-ción que establece las medidas de protección. 3 JEF – Zambrano Acuña – Pinto Sánchez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez584 FDM Reg. Nro. 6638-2017-47 Laureano Rodríguez Medina con Lourdes Pérez Má-laga sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza la contestación y reconvención de la demanda. 2 JEF – Valdivia Talavera – Gasca Molina.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez585 CL Reg. Nro. 13791-2017-47 Gumercinda Valencia Calapeña con Leandro Va-lencia Calapeña sobre violencia de género y fami-liar. CONFIRMARON la resolución que no establece las medidas de protección. 1 JEF – Aquize Cáceres – Salas Becerra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez586 CL Reg. Nro. 3140-2017-88 Braulio Mamani Borda con Constructora RJ sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que rechaza la medida cautelar. 6 JEC – Valdivia Franco – Ramos Coaguila.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez304 FDM Reg. Nro. 1294-2015 Amalia Zegarra Arias con Víctor Díaz Meza y otro sobre divorcio. . DECLARARON NULA E INSUB-SISTENTE LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, ORDENARON emitir nuevo pronuncia-miento; y, los devolvieron. JEFMBJ Hunter – Soncco Valencia – Vargas Morán.

MARTES 19 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez400 FDM Reg. Nro. 1805-1998 Ro-dolfo Bedoya Arévalo con Municipalidad Distrital de Paucarpata sobre reivindicación. LEVANTARON la suspensión del proceso, nombraron curador pro-cesal y DISPUSIERON se notifique para que acepte y jure el cargo en el plazo de tres días. 1 SC – Martí-nez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez401 CL Reg. Nro. 374-2009 Ne-lly Paulet Nuñez con Lourdes Ojeda Valdivia y otro sobre prescripción adquisitiva de dominio. LEVAN-TARON la suspensión del proceso, nombraron a la codemandada Elsa Ojeda de Loaiza. 1 SC – Martí-nez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez402 CR Reg. Nro. 951-2011 Liz-beth Carpio Concha con Erick Díaz Lajo sobre di-vorcio. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez587 CR Reg. Nro. 565-2017-29 Lisette Durand Salas con Anthony Mendizábal Co-rrales y otro sobre nulidad de acto jurídico. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la medida cautelar; y, los devolvieron. JECMBJ Hun-ter – Sandoval Corimayta – Rodríguez Huanqui.7AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez588 CR Reg. Nro. 688-2017 Ra-miro Gamarra Giraldez y otro con Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado y otro sobre proceso de amparo. CON-FIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez063 CR Reg. Nro. 064-2001 Ferry Pillón Gecchele con Pablo Quispe Mayta sobre obli-gación de dar suma de dinero. DISPUSIERON la de-volución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Ma-gistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente. 2 JEC – Dueñas Triviños – Zapata Coaguila.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez305 FDM Reg. Nro. 3831-2013 Ju-lia Romero Guinassi y otro con Asociación de Pro-pietarios Centro Comercial Mayorista “Don Carlos” y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda; y, los devolvieron. 1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Romero.

MIERCOLES 20 DE JUNIO DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez306 CL Reg. Nro. 10762-2017 María Elena Bermúdez Motta con Daniel Nuñez del Prado Justo y otro sobre variación de tenencia. REVOCARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, reformándola, declararon infundada, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Pau-carpata – Talavera Zapana – Ciriaco Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez064 FDM Reg. Nro. 015-2018 Ya-dinne Juárez Surco con Juleimy Corrales Curampa sobre exequátur. RECHAZARON la demanda, DIS-PUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes, 4 de enero del 2019

pez065 CR Reg. Nro. 109-2018 Sren Chicata Sutmller cobre Patricia de campos Balzano sobre exequátur. RECHAZARON la demanda, DIS-PUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez066 FDM Reg. Nro. 105-2018 Go-bierno Regional de Arequipa con Municipalidad Distrital de Majes sobre acción contenciosa admi-nistrativa. DECLARARON improcedente la deman-da, DISPUSIERON el archivo del proceso y la devo-lución de anexos. 1 SC – Martínez Vilca.

JUEVES 21 DE JUNIO DEL 2018

AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez067 CL Reg. Nro. 4578-2016 Alejandro Champi Chávez con Félix Champi Chávez y otro sobre declaración de herederos. DISPUSIE-RON la devolución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defec-tos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la bre-vedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso inves-tigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON al Especialista Legal Christian Omar Torreblanca Gómez, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Torre-blanca Gómez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez308 FDM Reg. Nro. 8998-2006 José Salomón Linares Cornejo con Jorge Sánchez Charcas sobre pago de frutos. DECLARARON NULA LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, DISPUSIERON se emita nueva sentencia teniendo en cuenta lo señalado en la presente resolución; y, los devolvieron. 5 JEC – Maraza Borda – Zegarra Cárdenas.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez403 CR Reg. Nro. 115-2018 Erick Velásquez Reyes con Javier Calderón Beltrán sobre proceso de amparo. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez Superior Javier Fernán-dez Dávila Mercado; DISPUSIERON que el Colegia-do se integre con el señor Juez Superior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez404 FDM Reg. Nro. 3810-2018-43 Patricia Chipana Pinto con Eleuterio Chipana Mer-ma sobre violencia familiar. CONCEDIERON al ape-lante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez405 CL Reg. Nro. 279-2017-98 Gilda Pacheco Ramos de Vizarreta con Marita Pa-checo Ramos y otro sobre división y partición de bienes. CONCEDIERON al apelante el plazo de tres días para subsanar el defecto advertido, bajo aper-cibimiento de declararse la inadmisibilidad del re-curso de apelación así como declarar la nulidad del concesorio. 1 SC – Martínez Vilca.

VIERNES 22 DE JUNIO DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez406 FDM Reg. Nro. 3995-2011 Walther Polanco Chambi con Mélida Cornejo Apaza y otro sobre nulidad de acto jurídico. LEVANTARON la suspensión del proceso, declararon la sucesión del causante, conforme al estado de causa SEÑALA-RON fecha para vista de la causa el 12 de julio del 2018 a las 9:00 horas. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Por mayoría Con los

Sres. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárde-nas407 VDC Reg. Nro. 2503-2004-7 Víctor Lucano Valdivia y otro con Universidad Na-cional de San Agustín sobre proceso de amparo. DECLARARON improcedente la abstención formu-lada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Romero, y; continúe con el conocimiento del pre-sente proceso. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Por mayoría Con los Sres. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárde-nas408 VDC Reg. Nro. 2503-2004-7 Víctor Lucano Valdivia y otro con Universidad Na-cional de San Agustín sobre proceso de amparo. DECLARARON improcedente la abstención formu-lada por el señor Juez Superior Javier Fernández Dávila Mercado, y; continúe con el conocimiento del presente proceso. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Por mayoría Con los Sres. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárde-nas409 VDC Reg. Nro. 2503-2004-7 Víctor Lucano Valdivia y otro con Universidad Na-cional de San Agustín sobre proceso de amparo. DECLARARON improcedente la abstención formu-lada por el señor Juez Superior René Cervantes Ló-pez, y; continúe con el conocimiento del presente proceso. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez410 CL Reg. Nro. 534-2017 Javier Alvarez Nuñez con Banco Interbank sobre proceso de amparo. DECLARARON improcedente el pedido de nulidad del demandado. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervan-tes López411 FDM Reg. Nro. 921-2013 Caja Municipal de Arequipa con Braulio Orosco Agra-mayo sobre ejecución de garantías. CORRIGIERON el error anotado del auto de vista. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervan-tes López412 FDM Reg. Nro. 921-2013 Caja Municipal de Arequipa con Braulio Orosco Agrama-yo sobre ejecución de garantías. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez413 FDM Reg. Nro. 10247-2016 Iván Delgado Huayta con Elizabeth Mora Ayerbe y otro sobre divorcio. DECLARARON improcedente el pedido de aclaración del auto de vista. 1 SC – Mar-tínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez414 Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. DECLARARON impro-cedente el recurso de reposición. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez415 CR Reg. Nro. 2815-1999 In-versiones RWJI con Víctor Rondón Postigo y otro sobre ejecución de garantías. DECLARARON impro-cedente el recurso de reposición. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez590 FDM Reg. Nro. 3733-2017 Per-cy Bragagnini Tapia con Promotora de Proyectos e Inversiones Arequipa sobre ejecución de acta de conciliación. REVOCARON la resolución que decla-ra infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar pasiva y declaró saneado el proceso, así como la existencia de una relación jurídica procesal válida, con lo demás que contiene; y, los devolvie-ron. 6 JEC – Valdivia Franco – Ramos Coaguila.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez591 FDM Reg. Nro. 3733-2017 Per-cy Bragagnini Tapia con Promotora de Proyectos e Inversiones Arequipa sobre ejecución de acta de conciliación. REVOCARON la resolución que decla-

ra infundada la contradicción de la demandada, reformándola, DECLARARON fundada la contradic-ción, en consecuencia improcedente la demanda, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 6 JEC – Val-divia Franco – Ramos Coaguila.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez592 CL Reg. Nro. 2822-2016 Angel Clavijo Sanz con Percy Flores Cuno sobre ejecución de acta de conciliación. CONFIRMARON la resolución que aprueba las costas del proceso y regula los costos y aprueba y además para el Cole-gio de Abogados la suma indicada. 2 JEC MBJ Pau-carpata – Corrales Cuba – Luján Antayhua.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez593 CR Reg. Nro. 1064-2016-99 Ampaca con Kelly Alvarez Tupayachi y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la reso-lución que declaró infundada las excepciones de representación defectuosa de la demandante y caducidad. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez594 CR Reg. Nro. 13613-2017-9 Oscar Gutiérrez Cuentas con Carmen Morón Gu-tiérrez sobre violencia familiar. REVOCARON la resolución que dicta las medidas de protección, reformándola DEJARON sin efecto. 1 JEF – Aquize Cáceres – Calderón Coronel.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez595 CL Reg. Nro. 2787-2017-94 Jorge Yañez Zuñiga con Carla Riveros Jihuaña so-bre variación de régimen de visitas. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la medida cautelar; y, los devolvieron. 2 JEFMBJM Melgar – Pinto Flores – Vargas Gamarra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez596 FDM Reg. Nro. 708-2016-26 Evelyn Miranda Astorga y otro con General de la Policía Nacional del Perú sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara infunda-da la medida cautelar. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez597 CL Reg. Nro. 4593-2017 Banco Interbank con José Palacios Medina y otro sobre obligación de dar suma dinero. DECLARA-RON INADMISIBLE el recurso de apelación de la sentencia, NULO el concesorio del recurso de ape-lación. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez598 CR Reg. Nro. 091-2018 An-gel Rojas Ordoñez con Juez del Segundo Juzga-do de Paz Letrado de Arequipa sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortíz Chávez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez599 CR Reg. Nro. 3400-2017 Ja-coba Aldazabal Soto con Empresa Reciclaeco sobre obligación de dar suma de dinero. DECLARARON NULA la resolución que declara improcedente la demanda, DISPUSIERON se vuelva a calificar la de-manda; y, los devolvieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Curo Umeres.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez600 CR Reg. Nro. 2847-2017 Ju-lián Gómez Carbajal con Walter Rosado Carbajal sobre declaración de maternidad. CONFIRMARON la resolución que declara infundada la contradic-ción y fundada la demanda, ORDENARON el remate del bien, con costas y costos; y, los devolvieron. 2 JEFMBJ Paucarpata – Calderón Beltrán – Mejía Cá-ceres.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez601 FDM Reg. Nro. 213-2008 Reynaldo Casaverde Casaverde con Municipalidad Distrital de Socabaya sobre acción contenciosa ad-ministrativa. CONFIRMARON la resolución que da por cumplido el mandato, declaró la conclusión del

proceso; y, los devolvieron.1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Flores Suárez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez602 FDM Reg. Nro. 1817-2017-63 Gobierno Regional de Arequipa con Empresa Mi-nera Veta sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente el abandono del proceso. 1 JECMBJ Paucar-pata – Zuñiga Portocarrero – Flores Suárez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez603 CL Reg. Nro. 1650-2013 Au-gusto Prado Patiño y otra con Giovanna Huamán Cáceres y otra sobre retracto. CONFIRMARON la re-solución que declara improcedente la solicitud de abstención por decoro. 1 JMMBJM Melgar – Mada-riaga Condori – Márquez Galarza.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez604 CL Reg. Nro. 1650-2013 Au-gusto Prado Patiño y otra con Giovanna Huamán Cáceres y otra sobre retracto. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la nulidad de admisión de la demanda. 1 JMMBJM Melgar – Ma-dariaga Condori – Márquez Galarza.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez605 CL Reg. Nro. 1650-2013 Au-gusto Prado Patiño y otra con Giovanna Huamán Cáceres y otra sobre retracto. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la excepción de caducidad. 1 JMMBJM Melgar – Madariaga Con-dori – Márquez Galarza.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez606 FDM Reg. Nro. 4971-2014-42 Irma Romero Flores con Ministerio del Interior sobre proceso de amparo. DECLARARON NULA E INSUBSISTENTE la resolución que hace efectivo el apercibimiento e impone multa de 1 URP al deman-dado. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez607 FDM Reg. Nro. 4971-2014-42 Irma Romero Flores con Ministerio del Interior sobre proceso de amparo. DECLARARON NULA E INSUBSISTENTE la resolución que hace efectivo el apercibimiento e impone multa de 2 URP al deman-dado. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez608 FDM Reg. Nro. 6404-2017-82 Timoteo Aucahuaqui Puruhuaya y otra con Fabiola Urbiola Salazar sobre cumplimiento de contrato. CONFIRMARON la resolución que hace efectivo el apercibimiento que rechaza el escrito de contesta-ción de la demanda.1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Torreblanca Gómez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez609 CL Reg. Nro. 2314-2017 Fi-nanciera Credinka Sociedad Anónima con Esther Soncco Pacci y otro sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que decla-ra infundada la contradicción y dispone se lleve adelante la ejecución forzada; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Mamani Mamani.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez610 CL Reg. Nro. 523-2015-96 Bonifacio Chávez Huamaní con Oficina de Normali-zación Previsional sobre proceso de amparo. CON-FIRMARON la resolución que declara no ha lugar el pedido de cumplimiento de la sentencia, DISPU-SIERON el archivo y conclusión de proceso, con lo demás que contiene. J Constitucional – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez611 CL Reg. Nro. 5573-2016-51 Pedro Cuadros Velásquez y otro con Cristina cuadros Velásquez sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente el pedido de la demandante. 9 JEC – Meza Miranda – Lizarzaburú Romero.

AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez612 CL Reg. Nro. 11720-2017-44 Roxana López Valdivia con Jesús Cruz Mollo so-bre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protec-ción. 1 JEF – Aquize Cáceres – Salas Becerra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez613 FDM Reg. Nro. 11929-2017-88 Maribel Martínez García con Martha García Ambor sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que hace efectivo el apercibimiento en cuanto al descerraje de los ambientes clausurados, así como la utilización de los mismos. 2 JEF – Valdi-via Talavera – de Amat Catacora.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez614 FDM Reg. Nro. 222-2011-37 Walter Valdivia Fuentes con Daniel del Carpio Lina-res y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente el ofrecimiento de medio probatorio extemporáneo. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Cárdenas Enchuña.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez615 CL Reg. Nro. 5273-2004-12 Sonia Nuñez Fuentes y otro con Manuela Fuentes Gil y otro sobre indemnización de daños y per-juicios. CONFIRMARON L resolución que declara improcedente el pedido de la demandada. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Salazar.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez616 CL Reg. Nro. 3173-2012 Blanca Luz Medina López con Essalud sobre pro-ceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la solicitud de la demanda-da, disponiéndose la devolución de los anexos; y, los devolvieron. 10 JEC – Salas Flores – Gutiérrez Chalco.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez617 CL Reg. Nro. 1058-2018 Vi-dal Teodoro Mamani con Juana Ollachica Huallpa sobre nulidad de matrimonio. DIRIMIERON la com-petencia a favor del Cuarto Juzgado de Familia del Cercado, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez continúe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Primer Juzgado de Familia de Ce-rro Colorado. 1 JEFMBJ Cerro Colorado – Loza Peña – Peralta Leonardo.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez618 CR Reg. Nro. 038-2018 Juan Valderrama Chávez con Cooperativa de Vivienda Arequipa sobre interdicto de recobrar. DIRIMIERON la competencia a favor del Segundo Juzgado Civil, en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez conti-núe conociendo el presente proceso, con aviso al Juez del Juzgado Civil de Mariano Melgar. JECMB-JM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroqui-pa.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez619 CL Reg. Nro. 2131-2016-60 Gonzalo Ichocan Llerena con José Tello Hermoza y otro sobre nulidad de acto jurídico. DECLARARON infundada el recurso de queja, el archivo del cua-derno por Secretaría de Sala. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez621 CL Reg. Nro. 1884-2013-66 Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua con Casilda Mayta Cayo sobre obliga-ción de dar suma de dinero. DECLARARON IMPRO-CEDENTE el recurso de queja. 1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez309 CR Reg. Nro. 001-2015 Car-men Ydme Huanca con Edilberto Portugal Silva y otro sobre divorcio. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. JEFMBJ Hunter – Soncco Valencia – Román Vargas.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

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