la nueva billetera del estado

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La nueva billetera del Estado El año 2010 se promulgó la Ley 065 la cual vendría a reemplazar a la ‘neoliberal’ Ley 1732 de 1996 en lo concerniente al Sistema de Pensiones. Antes de 1996 el sistema –denominado ‘de Reparto’- estaba al borde del colapso puesto que consistía en que los más jóvenes pagaban impuestos para sostener la jubilación de los viejos. Claramente esto tendía a empeorar puesto que las naciones a medida que se enriquecen tienden a tener menos hijos –Bolivia no es la excepción- y el resultado era pocos jóvenes gravándose mucho para sostener a una cantidad mayúscula de ancianos. Así en 1996 se crea el Sistema de Capitalización Individual (SCI) en el cual cada individuo tenía una cuenta personal donde ahorraba una fracción de su salario para la jubilación. A su vez este dinero era administrado por las famosas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) quienes los invertían en el mercado (aunque eran obligadas a prestarle una gran cantidad de ahorros al Estado) obteniendo un mayor rendimiento para los ahorristas. Así, desde 1997, una vez funcionando el nuevo sistema ¡los rendimientos eran del 18%! Cifra para nada despreciable. Sin embargo, sus críticos argumentaban que era un sistema riesgoso donde los ahorristas podían perder sus fondos, también se veía que los rendimientos habían disminuido (llegando a un 3% anual) y por último –aunque nunca se explica bien este punto- era una ley ‘neoliberal’. Es así que nace la Ley 065 para darle solución a todos los males del SCI y para este cometido crea la Gestora Pública de Seguridad Social –Institución del Estado- a la cual le serían transferidos los datos y ahorros administrados por las AFPs para que estos sean más rentables y menos riesgosos (¿cómo?). Hasta aquí el cuento parece muy esperanzador aunque en realidad la nueva ley no soluciona nada y además crea nuevos problemas. Por ejemplo, ¿cómo invertirá los fondos? ¿Seguirá asignando más de la mitad de los fondos al Estado? ¿Cómo evitará –siendo una institución estatal- ser juez y parte del problema, es decir prestarse a sí mismo los ahorros y luego invertirlos en

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La Nueva Billetera Del Estado

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Page 1: La Nueva Billetera Del Estado

La nueva billetera del Estado

El año 2010 se promulgó la Ley 065 la cual vendría a reemplazar a la ‘neoliberal’ Ley 1732 de 1996 en lo concerniente al Sistema de Pensiones.

Antes de 1996 el sistema –denominado ‘de Reparto’- estaba al borde del colapso puesto que consistía en que los más jóvenes pagaban impuestos para sostener la jubilación de los viejos. Claramente esto tendía a empeorar puesto que las naciones a medida que se enriquecen tienden a tener menos hijos –Bolivia no es la excepción- y el resultado era pocos jóvenes gravándose mucho para sostener a una cantidad mayúscula de ancianos. Así en 1996 se crea el Sistema de Capitalización Individual (SCI) en el cual cada individuo tenía una cuenta personal donde ahorraba una fracción de su salario para la jubilación. A su vez este dinero era administrado por las famosas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) quienes los invertían en el mercado (aunque eran obligadas a prestarle una gran cantidad de ahorros al Estado) obteniendo un mayor rendimiento para los ahorristas. Así, desde 1997, una vez funcionando el nuevo sistema ¡los rendimientos eran del 18%! Cifra para nada despreciable.

Sin embargo, sus críticos argumentaban que era un sistema riesgoso donde los ahorristas podían perder sus fondos, también se veía que los rendimientos habían disminuido (llegando a un 3% anual) y por último –aunque nunca se explica bien este punto- era una ley ‘neoliberal’.

Es así que nace la Ley 065 para darle solución a todos los males del SCI y para este cometido crea la Gestora Pública de Seguridad Social –Institución del Estado- a la cual le serían transferidos los datos y ahorros administrados por las AFPs para que estos sean más rentables y menos riesgosos (¿cómo?).

Hasta aquí el cuento parece muy esperanzador aunque en realidad la nueva ley no soluciona nada y además crea nuevos problemas. Por ejemplo, ¿cómo invertirá los fondos? ¿Seguirá asignando más de la mitad de los fondos al Estado? ¿Cómo evitará –siendo una institución estatal- ser juez y parte del problema, es decir prestarse a sí mismo los ahorros y luego invertirlos en cualquier cosa? Y además, ¿cómo evitará el Estado –neoliberal o no- usar los fondos para financiarse y financiar a sus secuaces?

Roger Mario López JustinianoEstudiante de Economía

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