la lex aquilia

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LA LEX AQUILIA 1. Introducción Lex Aquilia (traducible al castellano como ley Aquilia) era la lex (ley) del derecho romano que establecía una indemnización a los propietarios de los bienes lesionados por culpa de alguien. 2. Disposiciones de la lex Aquilia La lex Aquilia (en rigor, de un plebiscito llamado a voto por el Tribuno Aquilio) fue promulgada en el siglo III a. C. aparece mencionada en el Digesto de Justiniano (D.9.2.1.1). Se refiere a los daños causados damnum iniuria datum, "daños causados ilegalmente", una especie de acto ilícito (o delito), aunque con diferencias de agravio como se conoce en los modernos sistemas de derecho común. Las disposiciones pertinentes se encontraban en los capítulos primero y tercero de la ley. Sólo un subconjunto limitado de acciones de responsabilidad civil se incluyó en la ley promulgada. La primera sección indica que una persona que ilegalmente, o incorrectamente, asesina a los esclavos de otro hombre o el animal de rebaño (pecus) debe pagar al propietario el valor más alto que el esclavo o el animal tenía el año pasado. Si alguien asesina injustamente a otro hombre o mujer esclavo o un cuatro patas del rebaño de animales, que será

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DERECHO ROMANO

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LA LEX AQUILIA1. Introduccin

Lex Aquilia (traducible al castellano como ley Aquilia) era la lex (ley) del derecho romano que estableca una indemnizacin a los propietarios de los bienes lesionados por culpa de alguien.

2. Disposiciones de la lex Aquilia

La lex Aquilia (en rigor, de un plebiscito llamado a voto por el Tribuno Aquilio) fue promulgada en el siglo III a. C. aparece mencionada en el Digesto de Justiniano (D.9.2.1.1). Se refiere a los daos causados damnum iniuria datum, "daos causados ilegalmente", una especie de acto ilcito (o delito), aunque con diferencias de agravio como se conoce en los modernos sistemas de derecho comn. Las disposiciones pertinentes se encontraban en los captulos primero y tercero de la ley.

Slo un subconjunto limitado de acciones de responsabilidad civil se incluy en la ley promulgada. La primera seccin indica que una persona que ilegalmente, o incorrectamente, asesina a los esclavos de otro hombre o el animal de rebao (pecus) debe pagar al propietario el valor ms alto que el esclavo o el animal tena el ao pasado.

Si alguien asesina injustamente a otro hombre o mujer esclavo o un cuatro patas del rebao de animales, que ser condenado a pagar al propietario lo ms alto su valor fue en el ao anterior.

El tercer captulo se refiere a los ilcitos "quema, ruptura o corropimiento" (urere, frangere, rumpere), no slo de los esclavos y ganado, sino tambin de otros bienes:

En lo que respecta a otros daos diferentes del asesinato de esclavos o ganado, si alguien causa dao a otra persona, e ilegalmente quema, rompe o corrompe algo, ser obligado a pagar al dueo el valor de la cosa en los siguientes 30 das.

La Lex Aquilia no poda obligar a un objeto de alquiler o de esclavos muertos o animal de rebao que ser reemplazado, slo podra exigir una indemnizacin monetaria.

3. ANTECEDENTES HISTRICOS

Los antecedentes histricos de la responsabilidad extracontractual tuvo sus cimientos en el Derecho Romano, precisamente en el estado de la Repblica estados de Roma: 1. Monarqua; 2. Repblica; 3. Imperio.La principal norma que se tiene como antecedente es la LEX AQUILIA, la misma que fue sancionada alrededor de los aos 286 a.C. Empero su dacin fue posterior a las XII Tablas.

4. ORIGEN ETIMOLGICO DE LEX AQUILIA

El ttulo de Lex Aquilia obedece en razn a que su creador fue un tribuno de nombre Aquilino o Aquilius.

La Lex Aquilia traducible al castellano como ley Aquilia era la lex (ley) del derecho romano que estableca una indemnizacin a los propietarios de los bienes lesionados por culpa de alguien.Esta Lex traa colacin antes de ser sancionada, primero fue sometida a un Plebiscito consulta popular. Es decir, la Lex Aquilia en rigor, de un plebiscito llamado a voto por el Tribuno Aquilio fue promulgada en el siglo III a. C. aparece mencionada en el Digesto de Justiniano (D.9.2.1.1). Se refiere a los daos causados damnum iniuria datum, daos causados ilegalmente, una especie de acto ilcito o delito, aunque con diferencias de agravio como se conoce en los modernos sistemas de derecho comn. Las disposiciones pertinentes se encontraban en los captulos primero y tercero de la ley.

Slo un subconjunto limitado de acciones de responsabilidad civil se incluy en la ley promulgada. La primera seccin indica que una persona que ilegalmente, o incorrectamente, asesina a los esclavos de otro hombre o el animal de rebao (pecus) debe pagar al propietario el valor ms alto que el esclavo o el animal tena el ao pasado.Asimismo, el tercer captulo se refiere a los ilcitos quema, ruptura o corropimiento (urere, frangere, rumpere), no slo de los esclavos y ganado, sino tambin de otros bienes: En lo que respecta a otros daos diferentes del asesinato de esclavos o ganado, si alguien causa dao a otra persona, e ilegalmente quema, rompe o corrompe algo, ser obligado a pagar al dueo el valor de la cosa en los siguientes 30 das. Del mismo modo, la Lex Aquilia no poda obligar a un objeto de alquiler o de esclavos muertos o animal de rebao que ser reemplazado, slo podra exigir una indemnizacin monetaria.5. DIVISIN DE LA LEX AQUILIA

En consecuencia, podemos colegir que esta norma comprende las siguientes normas jurdicas:

A) Damnun Uniuria Datum. Corresponde a todo tipo en general de hechos daosos; es decir, todos aquellos actos lesivos sin razn, sin derechos, ni justificacin; o sea, operaba bien el dolo o bien la culpa.B) Damnun Corpori Datum. Como su nombre lo indica estaba relacionado con todos aquellos hechos lesivos al cuerpo; vale decir concerna a todos los daos somticos.Ambas figuras ya desarrolladas enmarcaban, comprendan y encerraban obligatori quasi ex delicta (obligaciones nacidas de los cuasidelitos)

Cuasidelito: Son todos aquellos actos antijurdicos e ilcitos y que por los efectos son lesivos a los intereses particulares o comunes (intereses difusos).

Intereses Difusos: Cuando hay daos a la comunidad, cualquiera puede denunciar el acto antijurdico.LEX AQUILIA

Damnun Uniuria Datum

Damnun Corpori Datum