la intendencia de valladolid de michoacan,1786-1809, ivan franco caceres

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7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 1/47 IVA  N F NCO CA CER  S LA INTENDENCIA DE VA  LLADOLID DE MICHOACÁN: 1786 1809 Refotma administrativa exacción fiscal en una región de la · ueva spaña o INSTITUTO NIICHO C NO DE CULTURA FONDO DE CULTURA ECONÓ:NIICA · MÉXICO

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Estudio de caso particulas de las situaciones en la Intendencia de Valladolid de Michoacan, en la Nueva España despues de la aplicacion delas reformas borbonicas

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IVA N FR 

NCO

CA CER

  S

LA

INTENDENCIA

DE VA

 

LLADOLID

DE MICHOACÁN: 1786 1809

Refotma administrativa exacción fiscal

en

una región de

la

·ueva spaña

o

INSTITUTO

NIICHO C NO

DE CULTURA

FONDO DE CULTURA ECONÓ:NIICA

·

MÉXICO

Page 2: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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36

1N1RODUCCIÓN

en Michoacán y en general en toda la Nueva Espaiia. Era obvio

que

la

confrontación de toda su información con las obras

publ

i

cadas (antes y ahora) sobre el periodo estudiado, es decir, algo así

como los años 1760-1810, serí a un paso obligado. Ese

paso

lo di,

creo firmemente,

con

éxito,

pues produjo

finalmente

un

tra

bajo

que explica

una

acción estatal

contraria

a la hegemonía

de

la Igle

sia y

ad

versa a los intereses tradicionales de habitantes identifica

dos

en

menor

o tnay

or grado con la propia Corona,

y donde,

pa

ralelamente, tal acción también se confrontó abiertamente con los

intereses .de las comunidades indí ;enas. ·

La mayor parte de la información de los ocho apartados de este

trabajo proviene, como señalé

anteriormente,

del Archivo

Gene

r

al de

la

Nación

(salas Secretaría

del

Virreinato y Real

Hacienda)

y

de l Archivo Histórico del Ayuntamiento de la ciudad de Morelia

AHAM). El cuerpo del trabajo aborda el marco histórico, ambiente

político

y

ámbito

geográfico

de

la

reforma

administrativa en

Valladolid

de

Michoacán

capítulo

1); el pensamiento político,

incidencia

y

actuación administrativa

de los

intendentes Riaño

y

Díaz

de Ortega

capítulo u ; también

la

organización de

la

inten

dencia

y el perfil

que

le iÍnprimió el primer

intendente

(capíhllo

m ,

así

como

el impacto

social

causado por

la presencia del

nuevo

flmcionario real

de

las subdelegaciones, y los principales grupos

que se

involucraron

en la constihtción

de la

estmctura

de gobierno

a

través

del afianzamiento de

esos

cargos públicos

capítulo

IV .

También

estudié en términos generales

los conflictos

de

los

cabildos españoles (civil y religioso), con el nuevo

representante

del

Estado reformista

(capítulos v y

VI

),

para,

finalmente,

analizar

el

matiz que tuvo

la

aplicación

de

la política de extracción indi

recta mediante donativos y préstamos patrióticos),

entre

1779 y

1810 (capítulo vn). A éstos los

coruna

la

conclusión

y un apéndice

documental.

l ·

t ·,

¡

1

 

I. EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA

DE

MICHOACÁN

.

L A MO DERNIDAD BORBÓNICA

El siglo xvm del

Imperio español

se inició con el ascenso

al

trono

de la

dinastía borbónica.

A los

gobernantes

barbones los caracte

rizó

su

espíritu modernizador, ilustrado

y reformista. El

Imperio,

decaído económ

icamente por las guerras de sucesión y las

pérdi

das de

sus dominios

en Flandes e Italia a fines

del

siglo xvu,

entró

en una larga etapa de crisis administrativa y fiscal que, para

superarla

,

requería

de una nu

ev

a filosofía para ser gobernado y

dirigido.

Urgían gobernantes

con v

isión

de

estadistas

, y

no

con

reminiscencias

de

rey

es feudales

atrapados por pactos

con

el

poder

de las corporaciones

. La

realidad histórica

demandaba,

pues ,

una

adecuación del Imperio al nuevo orden mundial

mediante la modernización de sus estmcturas de poder y mando.

Y fue precisamente

la

nueva dinastía borbónica la que impulsó,

decididamente tanto

en

España como

en las colonias,

el

cambio

del viejo Estado de dominio

Habsburgo

a un Estado de

policía

moderno

.

1

El

nu e

vo ideario se

encontró

en la

vertiente

francesa de la filo

sofía política

ilustrada,

así como

en

la c:orriente española

ilustra

-.

da

de

corte nacionalista.

En

Es

paña

,

una

y

otra

estaban sustenta

das por un grupo importante de pensadores y políticos españoles

educados en su mayoría en Francia:· Campillo, Aranda,

Florida

blanca y Jovellanos eran los más destacados. Todos ellos colabo

raron estrechamente con los nuevos gobernantes barbones. Bajo

estas ideas,

los reinados de Felipe V (1701-1746) y Fernando VI

(1746-175

9

promovieron constantes

reformas

en los ámbitos eco

nómico, político y administrativo de la península ibérica; en

con

traste, sólo lograron perfilar esbozos reformistas y modernizado-

' Omar Gue rrero. as raíces or   ó i as dci st

ado

x i c a n o UNA:vl, :tvléxico, 1994,

cap

I

II.

37

Page 3: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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38

EL

PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE   í C H O

res

en

el resto

de

los territorios imperiales,

como la

Nueva Esparta,

que sin

embargo

anunciaron lo qu e

ocurriría

décadas después ,

particularmente a partir

del

ascenso al trono

del

más

radical de

los reyes barbones:

Carlos

I I

El proyecto barbón contemplaba una transformación

radical

del imperio universal

y

la

formación

de

un

Estado moderno en

todos

los territorios

españoles.

Esto

demandaba superar

la Cons

titución antigua legada por la casa de los Austria, así como la crea

ción de

una

burocracia eficiente, directamente ligada a los intere

ses del Estado y no al antiguo régimen

de

privilegios aforados. La

dinastía de los Habsburgo había heredado a sus sucesores en el

trono

una

sociedad aforada. En este tipo

de

sociedad, corporacio

nes como la Iglesia y los consulados, así como los cabildos civiles,

gozaban de

todas las

prerrogativas

sociales y políticas,

mientras

una amplia

base

social

se

encontraba

depauperada y sumida

en

la ignorancia y el fanatismo. En los territorios de ultramar, la tras

cendencia de

las

corporaciones era

aún

más

funesta. Tanto que,

en un diagnóstico temprano sobre la Nueva España elaborado por

Ramón Seijas Lovera,

uno

de los primeros

reformistas del

siglo

xvm, se llegó a afirmar que el

peligro

de separación

en

las colo

nias

era

causado por las

deficiencias

gubernamentales, la corrup

ción

y

la

falta de

idoneidad

y

nacionalismo de

la oficialidad

ad

ministrativa.3

Seijas sugirió

tomar

medidas radicales fundadas

en

la

idea

de

preservación de los territorios dominados. Medidas reformado

ras como la creación

de

una superintendencia

de

la Real Hacien

da, la

supresión de

la organización

política y territorial

vigente

en

las

colonias gobernadores,

alcaldes

mayores

y

corregidores)

y la

transformación

-mediante la educación y la cultura- del modo

y costumbres de vida de

todos

los habitantes de esos dominios

las

expuso

mucho antes de

qüe

los

ministros ilustrados

lo hicie

ran dentro del

vasto

plan de reformas impulsado por

Carlos

III.

Esto último incluía,

por

supuesto, la idea de

incorporar

a los indí-

2

Ibid., cap. rv Sobre las

características de

la

temprana corriente ilustrada que se

desarrolló en España, véase

Horst

Pietschmann,

Las reformas borbónicas

y el

sistema

de

intendencias

en

Nueva España .

Tn

estudio político-administrativo, FCE, México,

1996, pp. 16-30,

y

sobre

el

desarrollo más

tardío

de

la

Ilustración en

la

península,

véase

Jean Sarrailh, La Espm1a ilus

trada en

la segunda mitad del siglo

:<VI/1 FCE,

Méxi

co,

1981.

3

Guerrero,

op.

cit. ,

cap .

1v

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE

MICHOAC

ÁN

39

crenas a la

vida

civilizada, ciudadana, suorimiendo de

paso

el

0

L · ·

abuso que sobre ellos ejercían los c:mtiguos

funcionarios

y corpo-

raciones poderosas como la Iglesia.

 

Gran

parte de

sus ideas

y

proyectos serían desarrollados y ampliados por los reformistas

ligados a los reyes Fernando VI y Carlos III. .

La

política

gubernativa de

los

Habsburgo

respecto a las

corpo

raciones había alcanzado, por tanto,

un

carácter de legitimidad

nada fácil de suprimir. La modernidad

borbónica

implicaba inci

dir frontalmente

contra

un régimen fundado en privilegios,

fue

ros

e· inmunidades legales de instituciones que, lógicamente,

resistirían

cualquier

embate

que

amenazara

su

statfts y

privilegios

seculares. Su resistencia al cambio propuesto por la reforma

fue

acompañada por

otra

inercia,

la

social, ya que los valores y

creen

cias que daban vida y

continuidad

al régimen

antiguo

tenían

su

contraparte

en la misma sociedad. Carlos III, el más

radical

de

los reyes de esa centuria, consciente de esta situación, fue

u_r;o

de

los

aobernantes borbónicos que

más impulsaron

la

educacwn

y la

cultura durante

su

reinado. Como quiera,

desde el arribo de

los

barbones

al trono español la idea del cambio en todo el Impe

rio estaba presente y

su

gestación se puso,

de

manera rápida, en

proceso. ·

Ciertamente, desde el principio del reinado

de

Fernando VI los

planes para reformar las

estructuras económicas y de

gobierno

americanas se pusieron a debate. El virrey de

la Nueva

España,

en aquel entonces el

conde

de

Revillagigedo, padre, opt?

por

oponerse

a las reformas. Las ideas plasmadas en Nuevo sistema

de.gobierno económico para Amér ica, de José

del

Campillo y

Cosía

1742),

demandaban

la

_transformación

urgente de

la

situación

económica y de

gobierno

de los virreinatos de la Nueva España y

Perú.

El Nuevo sistema visualizaba a las indias

como

centros de

expansión

del

consumo

mercantil.

Y según esta propuesta, que

fue

finalmente la que más influyó en el

rumbo

de la

reforma

de los

territorios

ultramarinos,

éstos

debían

realmente

concebirse

como

colonias v

no como

territorios sujetos a

usufructos

patrimoniales

de corte ~ n t i g u o es decir,

como

lugares en los

que

había que ex

plotar toda su riqueza natural y r;nineral en benef}cio del b i ~ n e s -

tar

común,

y no

como

tierras de posesión y

simple

¡intercambto de

.¡ bid

.

pp

11

8-119.

Page 4: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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40

EL PROYEC

TO

BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACAN

rec ursos . En sí, la noción de  gobie

rno

econ ómic

o"

d e Camp illo y

Cosío abarcaba el fome n to económico, el arreglo del comercio y el

empleo civilizado de los hombres con el fin de

me

jorar el cu ltivo

de las tierras y

sus

frutos, así como obtener

de todo

ello el mej or

beneficio y utilidad

para

el Estado y la sociedad.s

La

situación patrimonial

y

corporativa

dominante

en

la Nueva

Espaf,a y

la consecuente oposición

virreina que

defendió este

orden

dejaron la aplicación del programa de Campillo y Cos ío

para otro momento. AqJ.tél se presentó a mediados de la década

de 1760 bajo el reinado de Carlos III, quien, después de haber e l e ~

gado toda

su

autorización a un poderoso grupo de políticos de

avanzada

(mejor conocido como visitadores), dio vía

libre

a la

ejecución de

un

amplio plan de reformas en las colonias. Dichas

reformas

contemplaban la instalación

de intendencias

.

Mediante

este régimen administrativo

se pensaba

concretar

la

idea

del "go

bierno económico 

defendida por Campillo

y Cosío y otros refor

mistas, además

de suprimir

la

antigua,

corrupta

y anquilosa<;la

estructura de gobierno colonial representada

por

el virr.ey, la

audiencia y los alcaldes mayores.

La visita de José de Gálvez (1765-1769) determinó un profundo

cambio del rumbo económico y administrativo novohispano. Las

reformas

imp

ulsadas en

su

calidad de visitador p l e n i p o t e n ~ i a r i o

implicaron la reorganización de la producción minera, el inicio de

la

apertura com

ercial, el principio

del

fin del

sistema

de alcaldías

mayores,

la

t

ransformación

de los

cabildos

españoles

existentes

en 1as ciudades coloniales, la reorganización de los sistemas de •

recaudación fiscal y la Real Hacienda,

y

el establecimiento de los

monopolios

es tatales

del

tabaco y la

pólvora. También

se

autorizó

la

operación

de un

contador

real

de diezmos con

el

que

se afectó la

sempiterna

y

autónoma

jurisdicción y fuero

administrati

vo ecle

siástico. En pocas palabras, la visita fue concebida como un

medio

de transformación de

lo

s poderes

establecidos,

para dar lugar a

un moderno y radical proyecto de

transformación

estatal conce

bido por

Carlos III y

sus

ministros.

La apertura comercial decretada

para todo

el Imperio, la rees

tructuración del circuito comercial controlado por e Consulado

de

Co

mer

cian tes de la

ciudad

de México y la mis ma supr es

ión

de

5

Ibid.

pp.

125-135.

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVíNC1A E

MICHOACÁN

41

c

ontra

tos ven tajosos p ara las corp oraciones y particú lares (entre

otras acciones est ratégicas, como la form ación del

ej

ército regular

d e milicias) an un cia ron que el nuevo o rden p olítico ganaba pre:

senci

a en toda la colonia.6El

impacto

de es tas medidas se

empez

o

a sentir contundentemente en la

Nueva

España antes de qu e ter

minar

a la visita

de Gálvez

a fines

de

la

década

de

1760.

Poco des

pués se to

una serie de medidas económicas y p o l í t i c ~ m i l i t a -

res que afectaron toda la estructura de

poder

de la Coloma y, por

consio-lüente, a todos los sectores socia les que la conformaban:

dos ellas

fueron la expulsión

de la comunidad

de religios?s

je

suitas .(que de tajo

cambió

la relación

del Estado con

Igles1a),

Y

la represión de los movimientos populares de las regwnes centro

y occidente de la Nueva Espai'la. Este hecho dio vía libre a la orga

nizaci

ón de uno

de

los brazos de gobierno más poderosos de la

dinastía borbónica: el ejército y las milicias .

Una de las primeras acciones reformistas

efectuadas por

el

poderoso

visitador

José

de

Gál

vez,

que

afectó los

intereses

de ~ m a

de las corporaciones más poderosas (el Consulado de Comeroan

tes), fue la aprobación y aplicación de un

nuevo

régimen

para

el

cobro

de alcabalas . Esto

representó

que comerciantes

ligados

al

Consulado de

la

ciudad

de México perdieran el control ad m i

nistra

tivo de un priv ilegio que detentaban desde 1747. P a r ~ _arrendar

las,

muchos miembros de esta diputación

o corporaoon comer

cial

recurrían frecuen temente al

apo

yo

de capitales

diferidos o

facilitados 

en

préstamo

por

esferas crediticias ligadas a la

pode

rosa corporación eclesiástica. Sólo así podían mantener el

pago

de las tasas alcabalatorias dispuestas

por

la Real

Hacienda

, pero

los

beneficios

que ambos grupos obtenían de

estas

transacciones

eran muy ventajosos. No

hay

que olv

idar que la

Iglesia y los co

merciantes de la

Nueva España

influían poderosamente en

la

conducta de los virreyes, y

que si éstos

se opo'nían a las r e f o r ~ a s

era

porque

expresaban básicamente su malestar contra n ~ a l q u ~ e r

cambi

o

que

implicara

reducir sus redes de

intereses patnmoma-

les en la colonia.

Con las nu

ev

as disposiciones,

un

grupo de encargado s reales o

factores

ad m

inis tradores serían los responsables de la recauda

ción alcaba1ator ia . Por ejem plo, el nombramient o de Roque Yá ñez

; l .lld.

 

cap . \•n. T C ~ m b i . 2 Da v id < ~ d i n g

e r o s y

c·omercicmtes en el

México

borbó

-

nico.

76

- i:3W

r-cE

.\

léxico,

pp

55-

i.32.

Page 5: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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42

EL

PROYECTO

BORBÓN Y

LA PROVINCIA DE M CHOACÁ.N

com o factor en la provincia

de

Michoacán

no

dejó

satisfecho

al

viejo grupo

de comerciantes

vallisoletanos

que

arrendaban

este

ra m

o; esto

se debió

a

que

Yáñez fue respaldado

por otro grupo de

comerciantes

de la

ciudad

, lo que o-eneró

desconfianza sobre

el

b

.carácter del cambio administrativo_7 Pero como el

contr

ol

de

estos

r a m ~ s es:aba

,Ya

en

m a n o ~ de

funcionarios_ reales

y no de

perso

nas

ligadas a tas

corporaoones

locales, los

mgresos

de

la

Corona

experimentaron

a

partir

de entonces incrementos innegables.s

MICHOACÁN

ANTES DE 1787

En la región

del obispado

y provi..-·1cia

de

Michoacán, la Iglesia fue

uno de

los

sectores que

mejor

sirvió

a la causa

transformadora

del

proyecto

reformista de Carlos

III; lo hizo

principalmente

mediante la elaboración y actualización de censos e

informes

eco

nómicos.

Pero, como paradoja,

fue

también el sector

que

más

resintió y se

inconformó

contra la

modernización borbónica

. No

sólo por la agresividad fiscal con que la asedió el

poder

real, sino

porque fue perdiendo el

papel

protagónico

que jtwaba

.frente a la

sociedad en

la

zona.

De

aquí

que, conforme avanzÓ

la

revolución

del gobierno y el

nuevo grupo de

jefaturas

políticas

estatales se

fue consolidando,

la Iglesia

michoacana

entró

en sucesivas p t i g ~

nas y tensiones políticas con: la autoridad real y sus representan-

tes inmediatos .

De

hecho, a partir de

que Gálvez terminó sus recorridos por

~ s t a provincia, el número

de autoridades

civiles

constituidas

(tanto fiscales como gubernativas

y

militares) se había

multipli-

cado

por

varias decenas. Hacia

1792,

por

ejemplo,

operaban

sólo

en la

estructura

de

la intendencia

de

Valladolld un total de 52

.

7

Carlos

J

uárez, La oligarquía y el poder político en Valladolid de lvfichoacán, 1785-

1810 H.

Congreso

del Estado

de

Michoacán-CNCA-INAH-IMC,

Morelia,

México,

1994, p. 51.

,

8

Un

reciente e U:teresante e s t u d ~ o sobre los beneficiarios de los ingresos es tata

tes durante el penodo

del

retormrsmo borbónico es el de Pedro Pérez Herrero

beneficiarios del reformismo borbónico: metrópoli versus élites novo i s p a ~

n ~ s . , Hzstorza Mexzcana, El Colegio de

México

vol. xu, núm. 2, I viéxico, octubre-

d l C l e ~ b r e de 1991, pp. 207-264. Ypara m acercamiento a la política administrativa

borb_?mca s o ~ r e

a l c a b a ~ a s

en Michoacán, véase Jorge Silva Riquer, La adminis-

traczon de alcaoalas y pulqttes de lv ichoacán, 1776-1821, Instituto Jos é Mtiría Luis

Mora, México, 1993, pp. 11-61.

i

I

l

¡

j

1

l t

l

¡

1 .

EL PROYE

CTO

BORBÓN Y LA

PROVINCIA DE

MICHOAC.Á.N

43

funcionarios ligados a la nueva administración;

cuando

se inició

ésta

el

número

de funcionarios

apenas

alcanzaba

las

dos

dece

nas.' Esto, sin contar al grueso

de militares ligados

a la política

modernizadora del eiército colonial del momento. Ante esa pre

sencia

creciente

de a ~ l t o r i d a d e s creadas

bajo

paternidad estatal,

las reacciones de malestar y rechazo de los obispos de la diócesis

se expresaron

año

con

año

desde

1772

h

<).sta

1804.

Incluso,

frent_e

a la amenaza de tm regalismo despótico desbordado por

sus cn -

sis financieras y por los ingresos y

"triquiñuelas"

de los

operado-

res fiscales, las

jerarquías

religiosas michoacanas

desplegara:'

pr.oyectos propios para que sus recursos se invirtieran en benefi

cio

de la comunidad

católica local y no pasaran al control de

las

arcas reales.9

Los

esfuerzos

de los

dirigentes

religiosos .fueron inútiles. Las

vacilantes

y contradictorias posturas diocesanas (qt:e fueron ? ~ s -

de

desdeñosas

posturas localistas hasta contemporaneas

o s ~ c : o -

nes regalistas y nacionalistas) que c a r a c t e r i z a r a ~ al g r u p ~ rehg10-

so

gobernante

de

Michoacán de la

segunda

mltad

del

stglo

xv:m

no evitaron que las arcas de la catedral vallisoletana fueran dis-

minuidas una y otra vez entre 1779 y 1812 por parte

de

la Corona,

tanto a través de

la

política

de

gravámenes directos como

por la

de gravámenes indirectos (donativos y p r é s t a ~ o s ) : P ~ r t i _ c u ~ ~ r -

mente opuestas a la legislación real

que

supnm1a la u n ~ ~ 1 c o o n

inmunidad y fuero religiosos

(1799),

así

como

a

la

aphcacwn

de la

Consolidación

de Vales Reales

(1804),

entre

otras

acciones reales

dirigidas

a

sus ba

ses

de

poder, fueron las

respuestas de un ~ c t ~ r

influyente de

la diócesis

michoacana en

la

etapa de mayor

mo-

dencia fiscal: 1784-1809.

La misma

ciudad de

Valladolid,

cuya

poblaCión

era cercana

a

los

20 000 habitantes una

década

antes

de

1787,

se

convirtió en

terreno de

disputa

entre

estos dos

poderes

establecidos.

La

causa:

9

áscar Mazín, En tre dos majestades. l obispo y

la

Iglesia del gran M i c ~ o ~ c á n an.te

las reformas borbónicas, 1758-1772, El Colegio de i c h ~ a c á n , Z a m ~ r a , Mex1co, 1987,

pp. 173-206. Más recientemente, véase Juvenal Jaramillo, La gestzon epzscopal de fray

Antonio

de San Miguel en Michoacán (1784-1804). Los proyectos l u s t r a d ~ s

Y las

defen

sas wnónicas El Colegio

de

Nlichoacán,

Zamora

, Mé_xico,_1996; Jar anu llo se

centra

en

la estrateaia administrativa y de crobierno

del

ob1spo ilustrado Antomo de San

I vli<>u

el,

de 1 784

a 1804, en la

d i ó c e s i ~ val

lisoletana . Ambos trabajos, los

de

Mazín Y

J a r ~ r n i l l o , analizan de hecho los gobiernos eclesiásticos michoacanos desde 1772

hasta 1804 (más

de

tres déGJ.cias).

Page 6: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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44

EL PROYECTO BORBÓN Y

LA

PROV1NCIA DE

MICHOACAN

la

enorme

masa poblacional tributaria, diezmatoria y laboral que

represer¡taba

t

an "crecido ve cindari

o

1

 ; esto

obligó incluso a las

autoridades rea

les durante la

década

de

1770

a

otorgar

nu evos

títulos

de

regidores para

la

ciudad

. Co

mo

quiera, el impacto

negativo

sobre la

población

indígena

causado

po

r

la crisis agrícola

de 1785-1786

(que

más

ad elan te a

na

lizaremos)

hizo más

difíciles

y te

ns

as las relaciones

entre

ambos

poderes

.

Las autoridades reformi

stas

entendían

mu

y

bien

la in

íluen

cia

del poder dioce

sano,

por eso se preocuparon por fortalecer a la

autoridad civil de la zona , a

partir

de los años

de

la visi

ta;

es to es

muy v i d e n t ~ c

on

el .

cambio de denomin

ación

de

alcaldía

mayor

de

Pátzcuaro y Valladolid/ a corregimiento, en 1776. Además, como

la exp losividad de la situación social de Pá tzcuaro contrastaba

con el potencial económico de

la

población pudiente concentrada

en Valladolid, sede a

su

vez de la influyente mitra/ parecía necesa

rio poner las bases

del

nuevo poder civil en la m

isma ciudad

rival

de

Pá t

zcuaro

: Valladolid.

Por

lo tanto, la elev

ación de

la alc

aldía

m a y o r ~

corregimiento

en

1776

(medida

que permitió

al

rey incidir

de

manera más

directa en

el

gobierno y

administración

del asiento

urbano), y luego el otorgamiento

de

la sede

capital de

la

inten

dencia

a la

misma

Valladolid/ dieron forma a la estructura centra

lizada con

la

que

gobernarían

desde entonces

las nuevas

autori

dades borbónicas la provincia.

O

La disputa

secular

exis

ten

te e

ntre

los

ayuntamientos de Pátz-

1

° on el

apoyo

d e

tm secto

r

de peninsular

es

del

ay tm

tam

lento de Valladolid , se

nombró primer

corr

egidor al ab og ado

de

los

real

es

Co

nse j

os

y

Cancillería

y

miembro de la tudiencia d e México, Juan Sevillano.

Este

español ya había fun gi

do como alcald e m

ayor de

Ia

zona,

y

des

d e

entonces

mo

stró inclinación por

la

ca u

sa

r

ea

l

al

ll

eva

r con

rectihtd

Ia

administración de

las cajas reales y

mmca

h aber

fallado a las sesion es

de

la

Jurlta

Subalterna de

Te

mporalidades.

Pero las cos

tt

m1

-

bres e

inclinaci

ones ilustradas de Sevillano tenían impresionados a l

os

capitulares

allisoletanos. Y es que

este abogado,

ad e

más

de impartir la

cátedra

de filosofía en

ino d e

los

colegios de la ciudad (que

debi

ó abandonar al astUnlr el cargo de corre

idor), ap ortó con regularidad. d inero

propio

para la cons trucción de la all1óndiga,

asas

consistoriales

y cá rceles de

la ciudad

.

En

lo l mico que

diferían

de su

actua

ión como gobernante los cap i tulares de la ciudad, era en el hecho de

que

otorga

a

demas

iadas

prór

rogas

a

indígenas

d e

di

ve rs

os

rumbos

de

la alcaldía

mayor

en

l pago de s

us

tribu tos; y si b ien l

os cap

itulares de la ciudad toma ban en cuen ta e l

espíri

tu

.ilustradp"

de

es te

corregidor,

qu e le profería elementos para en ten

de

r

e

l

es

tado

de

mlseria

de

los indíge

nas"

, pens

aban,

no

obs

tante, que

dic

h as dilacio

es

l

es ionaban el

t

'c

orrecto ejercicio

de

las tareas fiscal

es"

en

ln zona.

Véase

AHAM,

arta del Cabildo, ]ll sticia y Regimiento al v irrey Fr. Antoiúo

¡\lana

de Bucnreli, 1

 1 de

ayo de 1776 ·

1

¡

1

EL

PROYECTO EORBÓN

y

LA PROVINCIA DE

MIC

I-IOAC.Á.N .

45

., l l ~ d o l i d se remon taba

hasta lo

s años

i n i c i

a l e ~ de la

cuaro

v

1

< · a.

1

· ¡· ·

r o-ahsta

de

1

<

·o h a b [ ~

sido

.

rnarcado por

a

me lnacwn

eo.

.

CO OTila,

pe1

a - C l - h ·biese favoreCI-

los aru os vallisoletanos sin que la orona

os t,

. .

p . ·

t .

·d d Tncluso C tando Valladohd

fue

sede

con la mtsma m ensl a .

u .

l

; ~ e m a t u r a

de

la

po

t

estad

religiosa, el

u n t a ~ i e ~ t ~ a

~ a ¿ ~ ~ ~ = : ; a ~

empezó

a ser

reconocido como

un

orga

no a

or ello cuan-

hasta

qu

e los

barbones asumieron

el

t ~ o n

espanol , p .

d

Pá z- .

do

sucedieron

los n t e c í ~ i e n ~ w l ~ ~ t l o ~ a ~ ~ l d a o z ~ ~ ~ i s o ~ e t a n o

cu

aro

(1766), va r

ios

de

los m t e g r a ~ es a

l'a población indígena

sirvieron a la

causa

real para

apaciguar

rebe lada en la zona lacustre. . · · ·

ron

estricta-

Ahora

bien las

acciones reformistas

no se

mioa

, .

. . del m· tendente Tampoco afectaron umca y

nt

e con la presenCia • · · t

m · ·

Desde

div

ersas

oficw.as

cen

ra-

e

xclusivamente

al sector rehglOso. d

1

d .

tado

de la

les del virreinato fueron i m p u l ~ ~ d o s , desld e a n t t e s d ~ a

reforma

tos

que

antiCipaban e con em

Ordenanza

,

proyec

. .

dad

es indígenas

fueron

administra tiva.

Por

eJemlplo,_ las_

omdunlals

intendencias a consul-

t

.ct. -os antes

de

a creac10n e

s o m ~ 1 as/ an . 1 dacción

del

Reglamento real para

tas n gurosas que

c o ~ d u J e r o n adreSu

elaboración

fue

auspiciada

~ ; ~ : :

; : ~ : s ~ : ~ ; : o ; i : ~ ~ ~ ; b ~ t ; i o s

de la

ciudad

de

é x ~ c o d

Ylo

fntegr

aron 13

artículos

que

debían

c u m p l ~ r las comum a es y

g o ~ : ~ ; : ~ ~ : % : ~ g f ~ : a ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ i d o r ~ ~ a ~ ~ h o a c á n por

disposición

. . . ? f 311 -312v 341. Los 13 puntos o

capítulos

n AGN Pro

ptos

y Arbttnqs, exp.

_,

s_ Y d des

in d

ígenas seo-un

es

te

, t se a cu mplir las

co

mum a ? d 2

qu e deb tan comprom e er b el

adrón

de tributa rio s actualiza O¡

reo-lamento eran:

1

pr

ese

ntar

o ela

_

o

rar

d P

ma

en t

re l

os miembros

de

la

co mu-

evi tar en lo

posible

cualqtúer

e x a c ~ ~ 0 ~

y

~ ~ n i f

t a r las

tierras

de arriendo ·qu

_e

nldad ,

3 manif

es

tar

l

as

tterras de a de

bienes

propios d e

la

com

wu

estu

viese

n laborando, 5 

maruf

_es

tar

I lesla mu ebles, e tc.), 6 manifes

tar

el e

sta

dad

(gan

ad o, tierr

as

en donaclOn a ~ a i 7 m anifestar

la

in tro

ducci

ón d e recur

sos

d o o

balance

d el arca de la

comuru

a t

se

a no d

esfa

lcar

el

p

ósi

to d el

pu

eb

lo

a1

arca

en

p

esos

,

8

protes;ardo

c o ~ p r t ~ r ; e t ~ ~ s se

hacían

acreedores

a

sanciones

y

para

gas

tos de recaud aclOn e tn ud p d r tras

pa sa

r d o

nar

etc., tierras

de

1

·

9 rotestar

no ven

er arren

a , te

pe n

as

caree a n as,

P .

t .b t

os

y

sólo

ocurrir al vi

rr ey

en es

comtuúdad para remplazo de pagos ae n u gún individu o d e su

república

caso

para proceder a

arreglos, 10 no

despo¡ar a run do a] o tma de

ellas por mu

e

r-

, . d partimien to y que vacan o .

de

p oses io n

de

t1erras e re . . . l1

no

de

stina

r

es

tas tte

rras

d

tirí

a a qLUenes no tu

vtese

n,

1

e

de su posee

or

se

r

er .ar

. . b ías 17 no

pasar va

ras de sus emp eos a

pa r

a

fo ndos de cape

llamas m otrat o

~ ~ s p: e

Ía

e o - a y finalm

en te, 13 form

ar

los

recién electos

hasta la forma tzacwn _  d f: de,que éste la r

err

üta al Tri

cu

enta

en fu tttros aü

os para

el

;uez

corrusiOna .o, a

btmai de P

ropios

y Arbitrios .

Page 7: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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EL

PROYECTO

BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICT-IO AC ÁN

de1 titular de d icha oficina, Antonio Pit1eyro, a Jos alcaldes mayo

res.

Cuando

menos en 20 comunida<;ies indígenas de las alcaldías

mayores de Tlalpu

jahua y Tandtaro lo aprobaron,

con tod

o y

que

pueblos con:o Q t ~ ~ r

é n d a r o

Zinapécu aro Yurécuaro

y

otros pasa

Dan

por senas d1t

1cultades por carecer de tierras,

desempleo

y

recursos

comunales.

Iv1uchos

de

los

dirigente

s

ind

ío-e

nas

vieron

en

. o

ese reglamento un a válvula de oxígeno para mejorar sus condicio-

ne_ de i ~ a . P ~ r o la realidad fue mu y distinta porque, apegá ndose

a el, funcwnanos

como

el alcalde

mayor

Domingo Vélez

de

Esca

lar;te encarcelaron a varias

autoridades indígenas.

Vélez

procedi

ó

as1

contra el gobernador indígena

de

la comunidad de Pío, por

no

pagar 22

pesos

d e ~ ramo de

tributos

,

monto

que el

gobernador

y

gente de

la

comumdad

usaron

para

beneficio

comím del pueblo.I

2

No

sabemos si

en

todas

las

corntmidades

de las alcaldías mayo

res de

Michoacán se intentó aplicar

puntualmente

este reglamento.

Pero_

es i l u s ~ r a t i v o que el22 de mayo de 1787, la real

audiencia

y

l

m_1smo

P1ñeyro

estuviesen

pidiendo

al

ya intendente

corregi

or

~ t e r m o , Juan Antonio Riaño, ponerlo en práctica. Incluso le

e n : r t i e : r ~ n 11 copias del texto

para

que las distribuyera a todos

os JUStiCias mayores

de

su jürisdicción.

Pero

Riaño no hizo mu

:ho caso; en primer u g a 1 ~ porque,

como

él mismo

informó meses

iespués, la crisis agrícola de 1785-1786 afectó mucho al sector tri

utario,

y

en

segundo, porque

ya estaba vigente

la

Ordenanza de

786.

13

De

cualquier

manera, la diferencia entre uno y otro dicta

~ s , _

al m:rgen

de

la intromisión de

la audiencia

del primero

,

era

mlffia .t.n ambas

estaba

presente la fuerte mano despótica y fis

al

de la

Corona

borbónica.

En

realidad,

o

que

la Corona

estaba

ir1augurando

con

la

serie

12

Tbid

. y exp. 21 , fs. 123-172. El r

eg

lam ento en cues tión tenia tod

as

la s c u

alida

d el

reformismo

ad_ministrativo

borb

ón

ico; goberna.ba la Nu

eva

España por

el ":trrey

M ~ t J a s

de

Galvez, estrechamente

v

inculad

o al ideario_ político

de Galvez, qmen er

a

su pnmo

.

Buena

pa r te

de

sus

ptmtos

hacía

referencia

ctudado con que

se

d ebían

mane

j

ar

los

recursos económicos

d e las comunida

s.

h . i ? _ í a cualqu

ier d on

ación

directa e

indirecta

d e és tas a la Igle

sia

, ur gía a la

tuahz_acw

n de los padrones de tnbutanos, y práctica me

nte

dejaba en ma n

os

de

alcaldes ma yores

la vig ilancia de los

bienes

y caj

as

de comunidad indígenas.

e g ~ b a r . m d u s o al punto

de

pena carcelaria - y

ya

v

imos

q

ue

así

tuo u"

representante

de

la ¡usttcta c¡v

  l -

a las co munidad es

v

<>o bernado r

es

e recurne

ran

al pósito de s u

ju

risd ic

ción para

saldar pagos cÍe

tributos,

aun

and o co

nl

tm td ades y sus dirigentes hicieran u

so

d e su

autonomía

admin.is

13

/b

id

.

fs. 149-1

.50

.

l

i

EL PROYECTO

BORBÓN

Y LA PROVJNC A DE 1-vf CHOAC.Á.N

47

de cambios irnpulsados po r las refo rm as era una

nu

eva r e ~ a c i o n

con los grupos sociales;

en

este caso, con los sectores de tvftchoa

cán. Si en ello colaborab

an

o no los núcleos más poderosos, poco

importaba. El reformismo respondía a

un

plan que, de una u

otra

manera, iba a ser aplicado en la provinc ia. D esde los a ñ ~ s 1748_y

17ó9, la

zona

de

la diócesis y la

provincia

mayor de

i

\'llchoacan

(comprendida ésta dentro del obispado) estuvieron sometidas a

continuos

censos y reconocimientos estadísticos. Dictados_ F:or las

autoridades

reales

ilustradas,

ese

conjunt

o

de censos sohcitados

por todo el virreina.to

no

tenían otro objetivo que el de conocer é}

fondo la realidad local novohispana a fin de establecer, en todo

casd, una

nu e

va relación

con

el

gobierno colonial

y

con

los gru-

pos locales de poder. . .

Ahora bien, ante la ineficacia administrativa de las mstanoas

de gobierno civil que existían

en

la zona de la provincia mayor de

Michoacán (las

alcaldías

mayores),

el conjunto

global de

esos

informes de

mediados del

siglo

xvm

fueron

realizados

_

por

el

aparato institucional eclesiástico y los curas adscrit?s a éste;

en

la

práctica,

y

con

cierto

aire de paradoja,

puede deCirse ~ u e

_hast_a

cierto momento la corporación religiosa fue en la

provmoa

ml

choacana la que mejor sirvió a la Corona en sus p l a n e ~ d_e_actua

lización

de

la administración colonial.

14

La modern:izaoon

pro

piamente

dicha estaría reserva da

a los futuros

g o b e r n a n t e ~

o

intendentes. No era

para

menos. La

importancia

de

la

corporacwn

religiosa en esta provincia era tal que elyroceso la re_forma bor

bónica,

de

por

sí agresivo hacia

la Iglesia,

no

pod1a ser

m p ~ ~ m e ~ -

tad

o por

esta

misma

institución

clerical.

Por

eso, la f o r m a o ~ n

del

nu evo

aparato

de gobierno

tomó

un

m-atiz

particularmente mten-

so y de confrontación entre ambas autoridades. .

En

el grupo ·de órdenes reales ejecutadas en gene.ral el clero

no

vohispano

durante estos años destacan

dos:

una ennt1da

antes

de

haberse iniciado

la visita de

Gálvez,

cuyo contenido

tuvo

tma

orientación

puntualmente fiscal;

1

5

y otra similar

de

17ó9

(apenas

1 1 Óscar Mazín, El gran ¡\tfichoacán,

El

Co

legio d e

M ~ c h o a c ~ n ,

Z a m o r ~ ,

M ~ x i c o

1986; e I

sabel Gonzá ez

Sánch

ez,

El obispado de f

ichoacan

en .1 65,

Co

ml te

E d l t o n ~ l

del Estado de Niichoacán, Morelia, México, 1986. ' . ,

t5 Ibid. En esta

real cédula

se

o r

de

nó qu e en

cada pueblo

q ue

es

t

uvtese

a mas qe

cuatro

leguns

de su

cabece

ra se r

,c

mbrase

u

sacerd

o te

secu

la r o _

egular,

la inasis t

enc

ia

de

la

po

bla ción (

indígen

a

y

castas) a

nusa,

no

l?enruha

que ;os

sacerd o tes " u o tras ,;utoridades" ttlliieran

una idea

más exacta de la poblac10n d e

Page 8: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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48 EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE lvfiCHOACAN

termi.'lada la labor plenipotenciar

ia

de Gálvez), que dio

cu

enta de

los

pueblos que

d

ebían ser considerados

cabeceras

para l

a mejor

y más pronta administración de las almas .l

6

De estos censos se

tomaron básicamente algunos de los criterios divisionales y de

mográficos

que

a

ños

después

dieron

o

rigen

a la

intendencia

de

Valladolid de

Michoacán,

punto

f

inal

del

cambio

admin

ist rativo

dentro del grueso de las reformas.

La visi

ta

general de José

de Gálve

z fue concebida como un

medio

para trastocar todos los

poderes

establecidos o considera

dos

inútiles al

proyectó

estatal de Carlos III, fueran

éstos

de cor

poraciones

. Los alcaldes

mayores

eran uno de éstos.

Por

ejemplo,

durante

su

recorrido

en

el virreinato

novohispano, Gálvez

llevó a

cabo

una

revisión de las listas

de

tributarios. Su rigurosidad

y

sed

implacable por someter a

una

fiscalía estri cta a los alcaldes mayo

res,

debido

a la corrupta práctica en que incurrían de

ocultar

tri

butarios, propició

que

en menos de cinco años la captación tribu

taria estatal

se duplicase

y

hasta

triplicase

en

algunas regiones de

la colonia. Michoacán no fue la excepción: a

partir

de

1766

y hasta

1788,

el volumen de esa captación tributaria fue ascendente en la

provincia.

17

Un crecimiento similar se registró en rubros

como

el

de

las alcabalas y otros ingresos directos impuestos por las me

didas de Gálvez,

ramos

fiscales que

ya

eran administrados por la

jurisdicciones. Esto,

defirútiv

ame

nt

e,

impactaba

en l

os montos

de -tribut

os

y diez

mos

cobrados

tanto por las autoridades reales como por las religiosas ,

En

el obis

pado de Michoacán, dicha orden fue ejecutada mediante la división del te

rr i

torio

diocesano

en

cinco derroteroi'L La irúormación contenida en los d erroteros segundo,

tercero y cuarto (referida a pueblos, estancias, haciendas y otras poblaciones) la

tomamos

como

base para aproximarnos

a

un

conocirrllento

de sus

r í s t i c a s

y proporci

ón

étnica,

El

resultado, segim la suma de los irúormes eclesiásticos,fue

de 82.9% de indígena s, 11.68% de españoles y 5.4% de castas. El porcentaje tan ele

vado

de

indígenas en relación con los o tros sectores se debió , quizá, a que tales

censos estuvieron precisamente dirigidos a d etectar con minuciosidad a la pobla

ción potencialme

nte

sujeta (o ya sujeta) al impuesto tributario.

16

Mazín, El

gran Michoacán

op cit., pp- 205-449, Entre los pueblos cabecera

considerados dentro de l obispado para la mejor

administración

de las almas que

daron varios

qu

e lueg?

se

convertirían en sedes

de subd

el

eg

aciones de la inten

dencia de Valladolid. Estos fueron Ctútzeo, Maravatío, Puruándiro,

Urua

pan, Pa

racho, Pátzcuaro, Ur echo,

Apatzingán

y Zirándaro, Tod

os

con

taban

con altos

índices de po blación indígena, lo que co nfirma el pa

pel

dete rminante q ue esta

población de

sempeñó

en

la

redefinición de los

nuevos

territorios fiscales

y

admi- _

nistrativos del periodo reformis ta .

17

Cla ude 'Morín, ivlichoacán en la

Nuem

España

del siglo Vil/ Crecimiento y des-

igual

dad

en una

econom[a

colonial FCE, Mé

xico, 1979, pp -

135

-13

6.

1

l

¡

1

.

¡

i

t

t

l

j

l

¡

l

¡

l

{

EL

PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICI-lOACÁN ' 9

nueva burocT3cia real. Pero a tendencia al alza de los ingresos tri

- butarios se re a

firmó en

las dos décadas

siguientes

, ya

bajo

la

intendenci

a, con

un breve

freno

previ

o

al

nu evo régimen propi

ciado

por

las secuelas de la crisis agrícola

de

1785:1786.

18

·

Ahora bien como han señalado Claude

Mo

nn y d e m anera

precisa e ~ t Klein, el nuevo programa de c o ~ r o fiscal.

d i r e ~ t o

del re

y Car1osU1

no

se limitó a

recuperar

gananoas retemdas

ile

galmente

por

recaudadores particulares c a s ~

l a ~ ~ l ~ a b a l a s ,

o

públicos

(caso

de

los trib

utos),

sino

que

tamb1en modiO en

un au

mento general

sobre la carga

de

los

contribuyentes

. Esto

redun

dó,

'para

el ·

ca

so de los tributarios, en un aumento

de

sus cuotas

tradicionales

de pago,

bien

por la ampliación

de la e ~ a d o

por la

di

ve

rsificación de los sectores tributarios introduCida con las

refonnas .I9 Y en el caso de los particulares, en ma serie de contro

les de sus lib ros administrativos, así como del manejo de sus

volúmenes mercantiles (internos y e

xt

ernos), que desembocó

operativamente en la mejoría de la captación estatal de aquellos

JS [bid. y Süva Riquer, op cit   19-26. Como pa rte del proceso o d e r n ~ a d o r

cuando en

1776

se creó la Dir

ecc10

n Genera l de Alcabalas

y Pulques

en la

~ - ~ ~ d a d

de México y tm año después se canceló a todos los

grupos

l o c ~ l la e s 1 0 n

de

arrendar

la ad m inistración

de

este ramo en sus distritos, en Michoacan se cre

aron

cinco rece pt or ías alcab ala torias , Sus sedes se ubicaron en los c

mc

o

puntos que

presentaban ma yor dinamismo P o ~ ; n c i a l

e c o ~ ó n t r ~

un cada

vez

mejor p erfilado " nue vo territono ttscal . VaUadoltd,

Züac

uaro, P a t ~ c u a r o Z a m o r a

y

Tlalpujahua estaban enclav

ad

os en zonas q

ue dominaban

y ferhles tierras de

cultivos comerciales y com unales, así como el último d e estos alb ergab a al real

de minas más importante de la jurisdicción. Un es tudw general so bre las alcaba

las illlla Nueva Esp aña es el de Juan

Carlos

G a r a v ~ g l i a _ Y _ J u a n Carlos

Grosso,

Las

alcabalas novohíspanas

1776-

1821

 ,

AG N-Banca Crenu, Mex1co, 1987. •

19 Morú

1

, op   c

it-

 

p.

137.

La ap licación de algun?s .reglament?s

apropados

por

Gálve

z tuvo,

in

evitable

m e

nt

e,

consecuenc1as conflictlVaS.

Por

¡ e m p ~

1774 el

encargado del Fiel Contraste en el ay tmtamiento de Pá tz

ct1a

ro, Joaqmn n a r t

suspendido

temporalmente de s u P.or el alc.alde

ma

yo

r,

F e : ~ ~ ~

Ordonez,

qu ie  l. a su vez respondió a tma orden v

uremal

deb1do a que u.dl

0

enas. de la

jmisdicción lo ac

usa

ron de cobrar de

sd

e

1768

tm gr?vamen

d 1 c 1 0 n a ~

so b:

 

l

de Pesas

y

Medidas. Sin embargo, al comprobar

Inart

e

que

sus c w n e fiscales

estaban ap eo-

adas

al Reglamento para el cobro del F1el Contraste d 1 s p t ~ p a r ~ la

zona

por

José de Gálvez a su paso por Pátzcuaro, las u t o r

se

vteron

ob

liga

das a reinstalarlo an te la presión ejercida en su favor por la oflona centr.al de.Pr?

pios yArb itrios , Lo que evidenció la suspensión de Iriarte L ~ e po ca d 1 s p o s l ~ 1 0 n

qu e '1enían

las

au t

oridades

c ~ o n a l e s

para_¡:JOner en p r a ~ t t c a los

administrativos y

fiscales i

nt

rod ucKios

por

el vtsttador

en

la cd om

.a, atmq

_ue,

oer

tamdnte el

ap

eo-o a la

nueva

ieo-alidild que

demostró

el

funcionano

de P a t z c t ~ a r

' o

0

· · · • · l t b y fresca Vease

era

¡:;eligroso

pa

ra t:na

zona

donde

la

1rntaoon soc1a a :nu ·

sob ré esto último AG:-- i, Oficios vendibles,

·:o

l.

16,

exp, 8, ts.

:J28-

:>31.

Page 9: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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50 E l PROYECTO BORBÓN Y

LA

PROVlNC A

DE

i\IICHOACAN

añ os. De la

misma

manera, los impuestos novedosos q ue se dic

ta ron

pagar

al sector eclesiástico se hicieron más rigurosos y

variados, o

que

desencadenó

el

malestar

de la Iglesia.

20

Tanto para autoridades

tradicionales

ligadas a los grupos de

poder

de

origen Habs

burgo

(caso del vi

rrey

Bucareli) como para

el grupo reformista de Gálvez ,

estaba

clara la

necesidad de dotar

de una autoridad efectiva a los gobernantes civiles

de

la

pro

vincia de Michoacán . No sólo

para

disminuir el p

rotagonismo

absoluto del sector religioso eh la zona, sino para consolidar la

modernización financiera, administrativa y fiscal iniciada con

la visita.

21

De hecho, ~ l o de esto se intentó después

de

que _l pro

pio Gálvez dispusiera con lujo de violencia y despotismo la re:-

presión

de las revueltas de Pátzcuaro.22

El alcance

de

estas medidas

no

encajaba con la ambicio sa lógica

modernizadora

que traía

consigo

el reformismo de Carlos III y

sus ministros .

23

A final de

cuentas

, la

"revolución del gobierno"

20

Da

vid Brading,

llna

Iglesia asediada: el obispado de

i

choacán  1749-1810 

FCE,

México, 1994,

pp.

236-25

3.

21

Gu e

rrero, op. cit .  pp. 161-176 . Ha c ia 1773, el

virrey

Bucareli

opin

ó que en

la región

de Michoacán

era prioritaria la creación d e tma g

ubernatura debido

a la

enorme

inJ:1uencia

que

ejercía el obispo y s u cabil

do

eclesiástico en la demarca

ción. Consideraba que, frente a ambos cuerpos, los alcaldes ma yo res (

en

especial

el de la

alcaldía

ma yo r

Pátzcuaro-Valladolid

) estaban francamente disminuidos

en

su

calidad de auto

ridades

reales . El visi tador Gálvez pro

bablemente

compartía

la idea sobre la situación

disminuida de

estos hmciona rios,

pero

su pro

ye

cto era

muy distinto: desaparecerlos y en su lugar crear no t

ma

gubernatnra como poder

intermedio, sino in te

nd

entes

con

gobernantes m eno res subalternos, es decir, los

subd

elegado

s.

22

AHAM, lib. 45, fs. 63-86 y 70-71. A

partir

de 1771 se impulsó el fortalecimiento

del

cab ildo civil de Va lladolid y se auspició el debilitamiento relativo

de

su con

traparte

de

Pátzc

ua ro.

Este proceso parece

haber respondido

a l

os

h1multos

popu

lares,

y

a la

decisión

definitiva

de

ubicar en

Va

llad

olid el centro del

nu

evo

gobier

no y administración de la provincia, para

limitar

el poder religioso y la influencia

de la mitra vallisoletana. Los da tos que confirman parcialmente esto último

son dos: ·el otorgamiento en 1775 del título

de

capitán a guerra a los alcaldes

ma yores de

Valladolid

, y la elevación a corregimiento de esta misma alcaldía

ma yor

en

1776. Para tm acercamiento a este aún osc ur o proceso

véase

Juárez,

op. cit.,

pp.

55-59. Exist en; a su vez, dos buenas

monografías

que dan mucha infor

mación sobre los conflictos

de

1766-1767 en Pátzc

uaro.

Una

es

de

Fel ipe Castro

Gutiérrez,

ovim ientos

populares en Nueva Espaiia. icl zoacán .1766-1767, UNAM ,

México,

19

90, v o tra es de María Ofelia Mendoza Brione s, Los tu

multos

de Pátzcua

ro

  1766-1767. Üna propuesta

de

investigación histórica tesis de licenciatura

en

histo

ria, Universidad i c h o a c ~ n a

de

San Nicolás Hidalgo, Morelia, México, 1995.

23

lbid.

La

int1uencia de •Gálvez y e l grupo reformi sta en decisiones rea les relati

  Zl

S

a títulos

y

funcio

nes

-de los corregi

dores y

a

lc

aid es ma yores se sin tió fuer te

mente

¿n Vallé dolid. En 78, dos aúos después

de hab

erse

otorg

ado a la alcaldía

't

l

'

¡

¡

j

r

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIP. DE MICHOACÁN

51

respondía más a

una prohm

da necesidad de transformación esta

tal

que

a una

po

lítica

de

concertación con la población y los pro

ductores locales. Esto lo resintió el conjunto global de la pobla

ción de la zona y en

general de

la

Nueva España pues, después

de la visita, el Estado

vino

a ocupar el

lugar

príncipe en la

con

ducción de los cambios generales en

toda

la

Nueva

España.

Las inconformidades surgidas debido al proyecto moderniza

dor de Carlos III fueron decantándose desde las instancias que

vieron amenazadas sus antiguas

bases

de

poder

y privilegios: cle

ro, comerciantes,

cuerpos

civiles capitulares , la

población

indíge

na

, etc.

Por

e

jemp

lo, los comerciantes vallisoletanos mejoraron

su

condición

de

suby

ugados del poderoso Consulado

de comercian

tes de la ciudad

de

México a partir

de la

autorización del

Regla

m

en

to

de

Comercio Libre

de

778.

Esta apertura les permitió

mayor

capacidad

de

desplazamiento

hacia los

centros

de

intercambio

más importantes

de la

colonia (Veracruz y Acapulco). También

les posibilitó establecer negocios

con

otras

casas

comerciales

(incluso extranjeras), y mejorar

y

diversificar los giros e ingresos

de sus empresas locales. Además, es

un

].:lecho que la economía

no vohispana, y por supuesto la michoacana, experimentaron a

raíz de la autorización del comercio libre,

un

crecimiento rápido

que se tradujo inevitablemente en una importante

recuperación

demográfica.

el grad

o

de

correg

im i

e

nto

y

debido

a

que

el cargo

de corregidor

de

Pátzcuaro

Valladolid

se encontraba vacante, tm miembro de la

int1uyente

Secretaría

de

Cámara

del

Virreinato, el oficial ma yor

P ~ l i c a r p o

Dá vila, recibió el

título

en cues

ti

ón,

además de

que once

días

d€spués también le fue otorgado

por el

rey el título

militar

de tenient

e

de

capitán

general en

ftmción

de que éste

consideró que

en

D

áv

ila

concmrían las

par

tes y

calidades

necesarias

para

ejercer

tal cargo

y

"a

fin

de

que

por este medio ocurra a todo lo que pueda ofrecerse de mi Real Servicio"

(f. 68 . Dávila ju ró

como

tal ante los

miembros

de la

audiencia

de

la

ciudad de Mé

.xico el3 de julio

de

1779, pero

tanto

el presidente

de

la audiencia como sus

demás

inte

g

rantes

(e

ntre

o tros , el conde

de

Moctez

uma

y Francisco

Javier

Gamboa ),

redactaron

tma

carta

dirigida

al

nu

evo ftmcionario en la

que

lo conminaban a

en

treg

ar con

agilidad (

dos

meses) todas las

obligaciones

establecidas legalmente a

l

os

alcaldes y corregido

res

para

remitirlas

a

su vez

al

Consejo

de Indias. El ma

lestar

de la

audiencia

se debía a que personas

ligad

as a

la

Secretaría de Cámara y

otras instituciones recientes estaban siendo

promovidas

para

gobernar

en la

Nueva

España. Años des

pu

és, y por Real Orden de 15 de ago

sto

de 1783, Dávila pasó a

la

alcaldía mayor de Celaya en

sustihtción

de Joaquín Gutiérrez

de

los Ríos, y lo sus

tituyó en el corregimiento Pátzcuaro-Valladolid (después de interina tos

de

los

alca

ld

es ordinar ios ), mediante o tra Real Orden de l

10

de noviembre d e 1785, el

teniente de navío de la Real Armada Juan Antonio Ria.ño y Bárcena (fs. 154-1:56v .

Page 10: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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52

EL

PROYECTO BOREÓN Y

LA

PROVINCIA

DE MICHOACÁN

Si

bien

la masa comercial

y

productiva de h provincia de

Michoacán

(

que incluía

a

un

grupo

de alcaldías mayores

en las

que se pra cticaban los repartimientos) alcanzó proporciones que

antes

no había

logrado, la

introducción del nu e

vo sistema re

colector de alcabalas generó inconformidad creciente dentro

del propio

gremio

de productores y comerciantes rnichoacanos.

El

malestar

tarnbién

se

generalizó

porque

se mantuvo la

cosh1rnbre

estatal de generar privilegios a minorías, especialmente cuando

los funcionarios nombrados por la Corona para ejercer los nu evos

cargos recurrían

necesariamente

a

grupos

selectos que les

asegu

raban

el

otorgamiento

de sus fianzas corno

servidores

públicos.

Con

esto reprodujeron, esas minorías, buenas dosis de influencia

y de

preferencias

clientelares

en

la

nu

eva

estructura de gobierno

y

administrativa .

24

Ciertamente, también resintieron a mediano

y largo plazos

lo

engorroso que

resultaba para sus intereses

los

cambios administrativos

introducidos

por la reforma.

25

El proceso reformista estatal también implicó la creación de

actores y

grupos

sociales que luego

tomaron

su propia

dinám

ic

a,

como el sector militar en Michoacán. Así, a raíz de la toma de La

Habana

por

fuerza

militar inglesa, la Corona entendió que

su

sistema defensivo

colonial

era

muy

débil

y

poco profesional.

El

rey Carlos III determinó entonces introducir una

reforma

total en

su

aparato defensivo y cedió las

atribuciones organizativas

a su

cuerpo de ministros reformistas.

Los conflictos sociales de los años

1766-1767

(rebelión

popular

y

expulsión de

la

orden

jesuita)

dieron elementos

para

que

el vi

sitador dispusiera que la

ciudad

de Valladolid y l a iglesia local

financiaran cúnjuntamen te la organización y permanencia de dos

Juárez,

op cit. p. 52 . Corno señala

mo

¡;, el primer funcionario de la Real

Adua

na

en

Michoacán fue él factor administrador Roq ue Yáüez, quien

tuvo

corno afian

zadores de su empleo a los comerciantes va llisolet

an

os·Juan Manuel de Michelena

e Isidro

Huarte, entre

otros . Por

su

parte, el hac endado José Bernardo

de

Fonce

rrada ve

ndió

a la recién creada Dirección General

de Rentas

Reales tma casa en el

centro

de

Valladoli

d para las oficinas de

esta nueva

admin.istración.

5

Tal fue el caso del rn.ismo grupo

de

personas

ligadas

al cabildo

de

Valladolid,

pues

en

1778 Juan Ma nu

el

de

Michelena

y

el m i

smo

Bernardo

de

Foncerrada,

entre

otros,

se

quejaron d e que no les conve1úa

recurrir

a la nu eva oficina recepto

ra

de

alcabalas

de

Zaf)l.ora, puesto

qu

e tenían

sus

propiedades

en

el lejano partido

de Urech.o (a 110 kilómetros). Su situación mejoró ostensiblemente sólo hasta 1785,

año

en

qu e se independizar on de la re

ceptoría

z amor

ana

para depend er e la

vaUis oletana, vé

ase

Ju<:irez, op

ci

t p. 53.

¡

·

¡

¡

.

¡

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOAC.Á.N

53

regit-nientos milicianos. Desde su

arribo

a

la

colonia Gá

lvez había

dado

pasos

concretos

para

restructurar la

administración

de

lo

s

Propios

y

Arbitrios de los cabildos españoles y hacerlos más efi

cientes. Pero, h<conforrnes

con la decisión

unilateral

del visitador

debido a

penurias

económicas en

lasque

cada cuerpo argumentó

encont

ra

rse, los dos

cuerpos capitulares vallisole tanos

se ma

ni

festaron en Lm primer momento contra

ella .

Sin embar

go,

muchos

de los grupos

y

familias de poderosos comerciantes

y

hacenda

dos ligados al ayuntam iento civi l vieron pronto que

el

espacio

abierto por

la formación

de

milicias les permitiría

y de

hecho les

permitió)

el acceso a esferas de poder político antes inéditas,

des

de

las

que

se

podía

alcanzar, sobre

todo

en beneficio

de

los

secto

res criollos

pudientes, una participac

ión pública y

administrativa

más abierta

en relación

con

las instancias

tradicionales

ahora

amenazadas en sus privilegios por

la

política

real: la Iglesia y

el

ayuntamiento mismo.

2

6

En consecuencia ,

con

todo y que

la organización miliciana

estuvo

lejos

de alcanzar

un

nivel.óptimo de profesionalización en

la Nueva España, los regimientos y divisiones castrenses se con

virtieron

en órganos

de

numerosos criollos

y españoles, aquellos

que

no

encontraban acomodo en las instituciones públicas tradicio

nales

y a

quienes

la nueva legislación también les cerraba el paso

en

las modernas

(las intendencias). El ejército se convirtió,

pues,

en

tm

factor

de movilidad

social y

económica

muy

importante

en

un

momento en el que el Estado borbónico redefinía,

violenta y

do

lorosamente, su relación con el conjunto de cuerpos y actores

sociales

de la

colonia. Redefinición que

incluyó,

como sabemos, al

propio

aparato de administración

pública

mediante su moderni

zación

y creaCión

del régimen

de

gobierno

por

intendentes,

y

con

el que

además

se concluiría, teóricamente,

el proceso de

imponer

españoles en casi toda

la

administración pública

virreina inicia

da

con

la visita

de

José

de

Gálvez a la Nueva España.27

La serie de reformas económicas, comerciales y fiscalesinicia

das con la llegada de Gálvez al virreinato transformaron la rela-

26

Ch.ri

sto

n

Archer,

El ejército en el México borbónico 1760-1810 FCE, México, 1987,

pp

. ·

23

y ss.; Josefa Vega Juanino,

La i n s t i t u c i ó n m i l i t a r

en Michoacán en el último

cuarto

del

siglo x El

Colegio

de i c h o a c á n G q b i e r n o del

Estado de

Michoacán,

Zamora, México, 1986, pp. 61-63.

1

2

7

Guerrero,

op ci t p.

158.

Page 11: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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54

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCI A DE MICHOACAN

ción de la Corona con todos los grupos

sociales

de la Nueva

España

y,

por

adición, de

la provinc

ia de

Mi

choacán

que

aquí

estudiamos.

El

nuevo orden

político

se distinguió por

la afirma

ción

ascendente del

regalismo (con un acento especial

en la

cues

tión hacendaria y fiscal), frente a los tradicionales poderes repre

sentados por el clero y los comerciantes. A partir de entonces, la

vigilancia

fiscal

se extendió

a

todos

los

ramos económicos que

eran

productores

de

rentas y, en

·

consecuencia,

identificables

como

causantes.

Con la culminación del ciclo

reformista

a través

de la

creacióh

de

las intendencias, la actividad fiscal mejoró aún

más.

Pero

aunque en este régimen se cifraron los éxitos

de1nuevo

·

Estado

en

las colonias (un

Estado preocupado

en el

papel

po r la

salud, el bienestar, las costumbres y

la

civilidad

de

sus habitan

tes), debido a que puso las bases para reducir el

enorme

poder de

las corporacio nes, sus excesos fiscales fuer on causantes de mucho

malestar entre la población de la colonia.

Recordemos

la violenta

expresión

de

lucha

de algunos sectores

sociales

michoacanos

marginados

por el

reformismo

administrativo

y fiscal borbónico:

¡Muera el mal gobierno "

LA SITUACIÓN ECONÓMICA Y LA POBLACIÓN

Las

administraciones

civiles y eclesiásticas al

arranque

del siglo

xvm en

la

provincia mayor y el obispado de Michoacán vivieron

momentos bonancibles en la economía y en provecho de la pobla

ción. El crecimiento tendió a favorecer a los núcleos

potierosos

asentados·en las ciudades y villas de la región:

hacendados,

comer

ciantes y clero alto. Sin embargo ; a todos ellos los afectó la crecien

te fiscalidad borbónica a

partir de

la

segunda mitad del

siglo.

En el

caso del

obispado, la población

registrada

dentw de

la

jurisdicción religiosa

pasó

de

150 000

a cerca

de 430 000

habitantes

entre 1700

y

1760;

es decir, un crecimiento cercano a

300%,

lo

que

represe n tó el

aumento

de la captación

del

diezmo, así éomo el

fortalecimiento de la Iglesia como institución económica en la

provincia.

Esta

riqueza también se reflejó en el

númer

o sacer

dotes

y conventos religiosos registrados·en la

zona

de inten

dencia de Valladolid

hacia 1793.

28

Al

mismo tiempo

,

la

Üglesia

·;.

28

~ o r í n , op .

cit.,

pp. 47-60; Brading,

Llrza

ígle::ia asediada . ov. cit., p. : 4?

 

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACÁN

55

michoacana alcanzó

mayor importanc

ia como

inst

itución crediti

cia, convirtiéndose en la

más poderosa

financiera debido a

l

can

tidad de réditos

por

los.préstamos que otorgaba a hacendados y

comerciantes

de toda

la jurisdicción.

También la política agraria virreinal del síglo xvm tendió, en lo

general, a beneficiar a hacendados

y

comerciantes.

En

cambio,

la

población

indígena

vivió

una

serie continua

de

perjuicios a

sus

cos

hlmbres y formas de vida comunales. El desarrollo de cultivos

comerciales como el añil o el algodón, el

fomento de ganadería

menor y mayor, así como el impulso que recibió la actividad mi

nera, auspiciaron la formación de nuevas oligarquias de

origen pe

ninsular

y criollo por todo el territorio

de

la provincia

de

Michoa

cán. La

presión que

sobre los terrenos comtmales ejerció el

avance

de propiedades

españolas

expulsó

a muchos

indígenas de sus t.ie

rras

comunales

y ejidales. Estos

buscaron

acomodo

en las cm

dades y

centros mineros

del

bajío, o

bien en

el

interior de

las

mis-

. mas haciendas y ranchos

que

se extendieron

por la

región central.2

9

El

aumento

de

las actividades agrícolas y comerciales trajo consi

go

la

constitución

de

alianzas sociales

e

conómicas,

matrimoniales

y demás) entre estos gmpos, que alimentaron el

sentimiento

regio

nalista en la

región auspiciado

por la Iglesia local durante siglos.

Según

cálculos,

en 1725,

el sector

indígena

constituía

60% de

29 Por

ejemplo,

en 1784 tm total de 169 personas de la jurisdicción de Zinapé

cuaro (entre

criollos y peninsulares), cuyos ascendentes

familiares

venían arren

dando desde

1706 terrenos comtmales de la zona, fueron favorecidas por tm dicta

men de la oficina

de

Propios y Arbitrios

de

la ciudad de México, que los regularizó

como propietarios

de

las tierras

arrendadas

y ocupadas. La regularización

dictada

por

dicha oficina tuvo

que ver

con la importante carga fiscal que producían,

en

tanto

propiedades productivas

y

altamente

rentables. Los

indígenas afectados

por

la decisión

de

la oficina

de

Propios

y

Arbitrios realizaron

protestas

e invasiones

en

demanda de la restitución de sus antiguos

terrenos;

actuaban.

quizá

motivados

por

los sucesos

de Pátzcuaro.

Pero aun cua):ldo

algtmos

de los particulares

no

lograron presentar ni siquiera copias de los títulos de arrendamiento

(otros,

en

cambio

, presentaron

hasta títulos

d e

propiedad legalizados)

,

desde

la oficina

señalada y con

el aval

virreinallos 169

vecinos fueron beneficiados

con la regula

rización. El

proceso

significó, como segtuamente en otros casos simil.

ares por

toda

la

Nueva

España, una buena entrada de

ingresos

fiscales para

la oticina de

Pro

pios

y

Arbi

trios . Véase ACN, Propios y Arbitrios, vol. 5, exp. 2, fs . 170-170v. Sobre el

impacto brutal

de

la política borbónica a los pueblos y comtmidades indígenas

de

Valladolid, véase

Martha

E. Terán, ¡Muera el mal gobierno

Las

reformas borbónicas en

los pueblos michoacanos y el levantamiento indígena de 1810, tesis para optar por el

grado

de

doctora

en historia, Centro de Estudios Históricos,

El

Colegio de

Méxi

co, f,' éxico,

1995.

Page 12: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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56

EL PROY ECTO

BO

R

BÓN

Y LA

PR

OVJNC1A

DE

M

lC

HO ACÁN

la p

obla

ción

de

la p

rovincia ma

y

or

de

Michoacán respec

to a la

población

blanca y

las

castas . Sin

embargo, en 1742

esa

pr

opor

ción bajó tres puntos (a

57 )

1

y entre

1760

y

1'792 disminuyó 14

y

16 pu

n tos (a

43 

y

41 ),

respectivamente. Estos descensos

de

la

poblaci

ón

indígena

se explican

por

la emigración

constante

hacia

otros lugares

en busca

de trabajo y porque, a diferencia de la po

blación

blanca

o

europea

, los

indígenas estaban

más

expuestos

a

las

enfermedades derivadas de

las sequías y el

hambre,

y

en

ge

neral

a

las

crisis

agrícolas

y

epidemias que recurrentemente

se

presentaron en

la jurisdicción a lo largo

del

siglo xvm.

En

los años '

1714, 1736-1739, 1748-1749,1761-1763, 1779-1781

y

1785-1786

acae

cieron

en

esta

zona

agudas

crisis locales (básicamente sequías) y

crisis agrícolas regionales que afectaron mortalmente a muchas co

munidades

.

30

Todos esos fenómenos

y

sobre todo la crisis

de 1785-1786)

gol

pearon

fuertemente zonas indígenas como Puruándiro

, Cuitzeo,

Zitácuaro

,

Nahuatzen, Numarán,

Paracho, Guimeo, Zirándaro,

Apatz

i

ngán

y a la

misma

ciudad de

Valladolid. Y

aun

cuando

el

crecimiento demográfico pareció ocultar

sus

secuelas, la

realidad

fue

que

esas crisis se

encargaron

de

diezmar

la

numerosa

pobla

ción indígena; la población blanca no resultó afectada en la misma

proporción que el elemento

indígena

y el de las castas  TLAdicio

nalmente,

el

inicio

de

la

modernización

del

aparato

de

recolec

ción tributaria a partir

de la

visita general

de

José

de

Gálvez hizo

.

más

crítica la situación

de

la población nativa

de

estos territorios,

·

ya que,

desde

su

a.rranque,

empezó

a

administrar

los rec ursos de •

las cajas

de

comunidad

indígenas en

función

de las necesidades

fiscales

de

la

Corona.32 ·

Coincide que

cuando

se

inicia el

reinado de

Carlos

III e incre

menta su

gobierno las acciones fiscales

en

los

dominios

america

nos, en Michoacán se

sufrió

también esa

abrupta

secuencia

de

cri

sis

agrícolas

y

económicas cuyas

secuelas

se prolongaron hasta

.

entrado el siglo

XIX. Durante

ese lapso, el

aumento de propieda

des agrícolas

y

ganaderas,

así

coma

el

de actividades

comerciales

que desplazaron

de sus

comtmidades

a

muchos i ~ 1 d í g e n a s

estu-

·

30

Guada lupe Análisis histórico de las se

  í

as en

lv

 éx

ic

o SAR H, México,

1980.

31

Mor

ín

,

cp . cit. ,

pp

. 50-60.

32

Tbid.

pp.

74 -78. ·

EL

PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE "v lC HOAC ÁN

57

v

ieron

ac

om pañ

a

dos de suces

iv as exaccio

nes fi

sc

al

es

qu e

, así

c

om

o afe ct

aban

o los

intereses de

.las

corporaciones

,

n b i é n

lesionaban

a la

población indígena. Por ejemplo,

al inici.o

de

la

visita

de

José

de

Gálvez,

y

en general

en

la década

de 1760,

la dió

cesis michoacana

estuvo

inmersa

en una

crisis

económica

impor

tante

que

deri

v ó

en una

baja

en

la

captación

del

diezmo

;

33

esta

situación económica parecía

también

afectar a

los grupos de

co

merciantes capitulares

que

dominaban el aytmtamiento de

V a ~ a -

dolid.34 Y

ante

la

amenaza

fiscal

que representaban los

camb10s

impuestos por

el

visitador

malagueño,

el

obispo

y

la

mitra

:

así

como

el

cabildo

civil vallisoletanos,

reaccionaron

para

ev ad1rlos

(lo que no

consiguieron

) y

para

intentar fortalecerse como instan

ciasadministrativas y

políticas relativ

amente autónomas del nue-

vo régimen borbónico.

35

_ . . .

Paradójicamente,

en

este marco

de

reformas econom1cas y

mlh-

tares

galveceanas, así como por la fuerte

i n m i g ~ a c i ó n

e u r ~ p e a

motivada

por

las

reformas comerciales

de

med1ados

de

s1glo,

algtmos sectores de las oligarquías urbanas

novohispanas

conso

lidaron

su situación económica

,

política y cultural entre

1765

Y

1785.

Esta

circunstancia

les

permitió terminar el siglo con gran

poderío

e

influencia

en

sus ámbitos

locales . H_asta

a ~ o r a c?nta

mos con

un

ejemplar estudio de

la

poderosa

ohgarqma

valhsole

tana,

constituida

precisamente

en

esa

etapa de

fines del siglo xvm,

Mazín, En tre dos majestades ... , op. cit. cap. 111 .

34 Los capitulares vallisoletanos se disculparon an te el

virr

ey

en

1760 po r

no po

der

juntar

s d e

1500 pesos

con m o tivo de las ce

lebraciones por

la

to m

.a

de

posesión de Carlos III.

Argum

entaron

qu

e po r e¡;¡.tonces

pasaban ¡:;oruna

Sl:ua

ción

qu

e les

im p

e

día retmir

más donati

vo

s

y

aportaciones

economtcas

;

ve as

e

AH AM , Car ta de

18 de

agosto de 1760

di

rigida po r capztulares Va/ladolzd

al

VIrrey

Fra

n

cisco

Cagig

al de

la V

eg

a. Sin embargo, tma decada despues, y dentro del con

texto de su

pu

gna

secular con

el ayuntamiento de Pá tz:uaro

por.

de te

ntar

la ~ ~ d e

capital del dis trito y también como parte de la estrategia reforffilsta F:?r d ebüitar

la presencia de la Iglesia en la zona,

se

ocuparon

ocho

plazas d e reg1do res. en

el

avtmtamiento de Valladolid que

fueron

obtenidas por hacendados y m e r ~ l a n t e s

p-eninsulares en

su

mayoría recién avecindados

en

la

c i u d ~ d

Sobr_e est:=

u l h m ~ :

véase también A HAM, Títulos despachados a

al

caldes mayores, lib. 45, a.nos

1 76-181,,

do cum ento suelto de 3 de enero

de

1774 y Carta de

Jo

sé Velasco como ftm cwnarzo de

la Real Alm oneda dirigida al cabildo de la ciudad de Va

ll

adolid de 1770. .

35 Ma

1, op. cit.; Jaramillo, op. cit. Con el inicio de la organización d: rru.llcms,

el obispo

y

cabildo religioso de Valiad? lid mos tra ron.surdesacuerdo,

am

m o_

qu

e se

orolon

ozó

has ta muv avanzada

la

e tapa

fi

nal

de la

coloma. d clero rrudtOacan o se

L - e l o ~ ; o

de

cu¿

nu

evo ooder se constitu vera fuer teme n te en un a zo na trad t-

  • l , , .

-s

cion

almente hege

mon

izada

por ellos;

ase también, Ju

anin

o

Ve

ga,

o

p. cit.

PP

· :J

-o,.

Page 13: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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58

EL

PROYECTO

BORBÓN Y

L PROVi

NCIA DE

MIC -10.-\ CAN

realizad o por Ca rlos Juárez. Es te mism o au tor

ha

realizado sen

dos estudios

sobre dos miemb ros c

ara

cte rísticos de dicha oligar

quía: Isidro Hl l

ar

te y Arriv illaga y )Lta.. L

Manuel

de Michelena.

El primero,

Huar

te, consoli

su pujan te s i tuación después de

arribar a la región y contraer

matrimonio

con

una

criolla ri-ca. ocu

p ~ d o después cargos públicos cuya lógica operativa (acceso a

prestamos, créditos

y

demás

) le

permitió posteriormente con

for

mar

un

núcleo

importan

te de empresas

aarícolas v

comercia

les · el

o ' '

segundo, Michelena, desarrolló similarmen te una intensa activ

i-

dad

comercial que

luego

le permitió adquirir a perpetuidad (desde

1764) tm cargo público en el

ayuntamie

nto de Valladolid. También

beneficiaron con la-producción de añil,

en haciendas de

su pro

piedad

,

materi

a prima

que

se usó

en

la elaboración

de

trajes mili

tares y

en algtm

as

industrias

textiles a

se n

ta

das en

el

ba

jío,

con

las

que c

omerciaron

el prodllcto .36

Huarte

y Michelena

fu eron

la

punta de

lanza

del

desarrollo

económico

michoacano

de fines del siglo xvm. Pero, en tanto

·

miembros

de

un

a c

or

pora

ción,

entraron en

conflicto

con

la

nueva

autoridad

política

centralizada cuando sintieron

que gran parte

del poder que habían acumulado en el cabildo civil enipezó a ser

mermado

por el

intendente

a partir de 17

87.37

Originalm

en t

e, for

maron parte

del

numeroso grupo de inmigrantes

peninsulares

que arribaron a partir de 1760 a Michoacán, los cuales poco a poco

f ~ t e r o n d e s ~ l z n d o

de

las

principales

posiciones de

poder

polí

tico y economíco a los

antig

uos grupos asen tad os en la zona. Para

ello se

valieron, como

se ha señalado,

no sólo de

su ascendente

;

etmco

penmsular

que les

permitió

casarse rápidamente con crio-

lla

s

de familias

ricas),

sino de fuerte

s

ne

xos económi

co

s

con

la

~ i t r

y el

cabildo

religioso

de

la

ciudad

de Vallado

lid

que

los

h1zo desarrollar un va riado tráfico de influencias en las

institu-

cione$.38

Ahora bien, e

avance de

los grupos de poder

locales

(

inmi-

grantes

o

no)

por t

oda la

provincia se

concr

etó además

en

la con

centración de pr o

piedad es agrarias. Las

dos

cada

s

previas

a la

36

~ e z , op.

ci t.

  p. 107

 y

d el mism o

au

tor, "Los trabajos y los

día

s de un comer

Ciante v;asco en Vallado lid de Michoacán: Juan Manuel de Michelena e Ibarra",

Arquztec; tura come rcio ilustra

ción

y poder en V

alladolid

de Micho

acán.

S

iglo

X ff   JNA H,

Co

.l.

Regiones de Méx ico,

México, 1993.

37 I b i

38

juárez,

L1

ciigarqrtia .. ..

op

.

cit

. pp . 111-

12

7.

1

1

l

1

\

¡

El PROYECTO BORBÓN

Y

LA P

ROVLN

ClA DE

MJCHOA

C ÁN

59

im p

la n

t

ación del

nue

vo

r

ég imen

de inten

dencia

s p

ar

ece haber

sido Darticularment e favorable para este proceso, sobre todo

en

la

zo n

<.

central de la p

rov

incia de Michoacán. Esta

situación

fue fes

tinada por el entusiasmo de las ideas ilustradas

f i s i o c r á t i ~ a s ,

por

ejemplo

)

que

cundieron en tre los

núcleo

s u rbanos

y

capitulares

de la

z

on a

. Mi

embr

os

de

los sectores urbanos de Valladolid,

Pátz

cuaro,

Zitácuar

o,

Zamora

y Santa Cl

ara

se

ad

scribieron incluso

a

la Sociedad Vascongada de Amigos del País de la provi11.cia ha cia

1785. Éstos

eran

grupos

org3J.<

izados que promocionaban las ideas ·

ilustradas

de la época en m ateria de desarrollo económico (agríco

la y comercial) y.cult:ural, sin llegar a una organización muy d e ~ -

arrollada o extendida. La

importancia

de este grupo

fue

notona

durante la fuerte crisis agrícola

de

1785-1786 que afec tó a todo ,

el

cent

ro del

virreinato . Algunos

de

sus miembros fue

ron

activ

os

colaboradores

de las

acciones filantrópicas

y caritativas (

como

siembras extemporáneas),

impulsadas por

la también ilustrada

jerarquí

a católica del

obispado

de Michoacán.

39

Per

o a la

par

que pequeños

sectores

de

la soci

ed ad

michoacana

fes tejaban no sin

cierta

dosis de preocupación su acceso a_la

modernidad

ilustrada,

los sectores

medios

y

bajos

fueron

resm-

tiendo progresivamente los

estragos

causados por la

reforma

Y

restructuración

administrati

va y fiscal, así como por el

desarro-

llo de

la

pr opiedad y el comercio

particulares.

P.or

el

_o la g r ~ v e

dad de la situación social de Michoacán se mamfesto a plemtud

du ran te la crisis agrícola de mediados de la

década

de 1780. La

ausencia de

unapolítica

estatal de bienestar y asis tencia social en

la

colonia (acto

político

que

sólo

será retomado

por el

Es tado

moderno décadas

después) impulsó

a

la Iglesi

a m i c h o c n ~ a

retomar

su

sec

ular

a

utor

i

dad en

la

conducción moral

de

·

la

so

Cle

da d , que

había

venido

perdiendo

desde la

vi

sita de

Gálvez

a la

zona

en

1766.

La escasez de alimentos hizo que la mitra vallisole

tana destinara 288 000 pesos de

s

us arcas para

paliar los

efectos

del hambre,

miseria y muerte que causó la gran crisis de 1785-

1786.

Paradójicame

nte, sóio

un año

después, cuando

l

as secue-

las de és ta no

habían

disminuido, la Corona

instauró

un régimen

que

desde

su arranque se caracterizó

por

expoliar r g ~ n e s im

por tan tes de los recursos económicos de to

da

la

co

lonta y su s ·

> Germán Cardozo Ga lu é, V ichoacá n en el Siglo e l

as

Luce

s  E Co

legio

de Méxi- ·

ce,

Méx ic

o,

1973;

Jaramillo, op.

ci

t.

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O

EL PROYECTO -BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACAN

ab

it

an

tes, in cluidos los de aquellos más afectados por las

hela

a

s, las hambnmas y las sequbs : bs c

om t

m id ades L.

  1d

ígenas .

Ya

desd

e los a..f'tos

que

fun gió como corregid

or

el licenciado

Juan

ev illa

no,

d ejaron de practicarse en Michoacán reparti

mientos

de

ercancías en lugares de

alta

concentración indígena . A pesar

e

las secuelas d e

corrupci

ón y

abusos que esta

práctica

comer

ial traía consigo, en realidad formaba parte de tm sistema

econó

ico

que

permitía obtener

ingresos

importantes

a

la población en

u

conjtmto. Sevillano

había

deJ·ado el caro-o de correcidor

en

1779

b .

ño

en

que se inició

una

serie

de

extracciones

monetarias

a' todos

os

habitantes

con motivo de un conflicto bélico en Europa. En

::onsecuencia, puede

sugerirse que

es a partir

de

esa fecha cuando

e

agudiza,

con

la acción fiscal estatal, el desquiciamiento

real del

üvel

de

vida de

los

habitantes de

esta

pro

vincia.

Se

sucedieron

para mayor

infortunio,

a partir

de

1781

y en

enas de dos quinquenios, fenómenos como

la suspensión

del

epartirniento

en

la

zona

y el

arranque de

la exacción fiscal

indi

la proliferación de crisis agrícolas y epidemias locales

en

Guimeo-Zirándaro

en 1779), algunas convocatorias a

exagerar gastos en fiestas públicas (1781-1782 y 1784), las pri

eras

reglamentaciones de las cajas

de

comunidad

que

en algu-

10S casos representaron préstamos al fisco

real

(1784), la crisis

1grícola

de

1785-1786 y la

implantación

de la intendencia (1786).

conjunto,

todos

estos factores configuraron un final de siglo

)Otencialmente explosivo en la zona.4o

Los

últimos años del

siglo xvm

transcurrieron

con un enfrenta

niento de

la autoridad real

con

los

corporativos tradicionalmente

)bderosos

(Iglesia y cabildos),

pero

también éon

una progresiva

lisminución

de los niveles de bienestar de la población causada

JOr ~ ~ e n d u r e c i m i e n t o

de

los controles fiscales y la administra-

40

r e ~ c u p a d o s p o r l ~ :ituación

que

se v ivía en la provincia,

un

grupo de veci

_os

valhsoletanos

solicito

en

1781 al

obispo

Juan Ignacio de la Rocha que conm i

ara a todos los

alcaldes

ma y

ores

de la

jurisdicción

a

no

realizar

corridas

de toros

i fiestas

públicas

, debido a que lesionaban la eco norrúa de las comunidades

indí

enas.

:tviucho

urgí

a

es t

a so li

citud, argmnentaron

, cuando

se v

ivía

tma

época de

uerra

y la Co

rona

de

mandaba

recur

sos para

aliv

iar sus

arcas reales , resultan

o m p e r j

d i c a d

los

ind

í

genas

de las exacciones

que

se

hacían

de sus cajas de

)

mtml

d

ad

.

Como

sabem

os,

e n tre

1779

y

1783

la

of

ic

ina de Prop

ios

y Arbitrios

ov

ohts

p

an

a

fue

res po

nsabl

e d e eje

cu

tar 1a recole cción de rec

ur

sos p or divers

os

1m bos de la pr

ovincia

m

icho

acana , con

motivo de

la

o

uerr a con tra In 'lat e

rr a

;

_ D . • O O

e

ase

AGN,

i

rap

tos

y

Ar

bitri

os, vol. 5, exp. 2.

EL PROY

EC

TO BORB

ÓN

Y LA PROVIN

CT

A DE

MICH

O AC.

Á.N

61

ción p úb lica borbónica . Y aun cuando es to ú

ltim

o

r é p r e

-p unt o de parti

da

para aca bar

co

n el antiguo régimen de pnvüeg10s

heredad

o

por

la

casa

de los

Austria

,

también

puso las bases

para

la

t

ermi

na ción

de

la

eta

pa colonial en la Nu eva

Esp

aúa . ·

LA

INT

END

ENCIA Y SU REG I

ON A

LIZAC

IÓN

Tomando prácticamente como base los límites

del

obispado de

Michoacán,

la

Corona

erró tres i;ntendencias:

Valladolid, Guana

juato y

San

Luis

Potosí. En conjunto, la p o ~ l a c i ó n d : estas

tres

jurisdicciones estaba cercana a 1200

000 nabltantes

, s1endo la de

Valladolid

la de más

baja

densidad poblacional entre

las

tres.

41

Esa fractura del obispado en una tercia de instancias administra

tivas civiles no rompió del todo la relativa homogeneidad cultu

ral que

el clero

de la

diócesis

había generado

a :o

largo de la : tapa

colonial,

entre

sus

habitantes. Tampoco altero

mucho

las lmeas

económicas

y mercantiles interiores que comunicaban a una

gión

fundamentalmente

agrícola como Valladolid,

con otra

basl

camente

minera

y ganadera como Guanajuato.

Por

su

parte,

la

economía

de San

Luis

Potosí, si bien

estaba permeada

por

el

poder

econófuÍCo

impuesto desde

la mitra

de

Valladolid,_respon

día

a otra lógica interna en relación con la minería guanaJuatense

y

con

la agricultura

michoacana

. . ,

No

existía tampoco una relación biunívoca entre la reg10n de

Valladolid y la de

G u a ~ a j u a t o

Una gran

cantidad de

p r o d u ~ t o s

agrícolas (maíz, trigo y cebada), textiles (añil, paños, etc .) y mme

ros de

las

tierras

michoacanas

(de

la

tierra caliente

y

de

puntos

mineros como Tlalpujahua y Santa Clara) eran comerciados Y

consumidos en

puntos

como

Querétaro, Veracruz,

Acapulco,

Ja

la pa

y

la capital del virreinato. Pero lo que es

un e c h ~

es que ~ u e -

na parte

de

la

movilización

de esos productos se deb1a a l o ~ cime

ros y créditos salidos de ' las arcas catedralicias hacia las haoendas,

comercios mayores y menores (pulperías, lencerías, etc.), reales

mineros

y demás nego<;:, os

de

los sector

es

pudientes

todo el

obispado. Fue

éste

un   t o r

clave para la

definición

vae1lante

de

í

11 Em·iqu e fl orescan o e I Sá

 

chez

(comps

.),

  r i p

econo_:nzcns jpme ra-

 es de N11e ua Espnñ,¡   1784-1817 t

1,

SE

P-

lNAH, México, -.976_.

pp.

33-:>9, 13:J-177 Y

194-195. '

Page 15: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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62

EL P ROYECTÓ BORBÓN Y LA PRO VINCIA

DE

JV  ICI-IO AC .Á.N

la conducta política de

mu

chos

oar

ticulares de las ciu

da

des y

pueblos

de la di ócesis,

ante

la de una institución

pulsivamente fiscal como lo fue la

intendencia

. La mism a elec

ción de las ciudades sede de los nu evos poderes ref

ormis

tas

--es

decir, Valladolid,

Guanajuato

y San Luis Potosí- tomó como cri

terio básico la

presencia

importante

del

poder

religioso

en cada

una

de ellas. En

aquel en

tonces era..'1 además los asientos con ma

yor presencia

política, económica y

demográfica del

clero

de

la

diócesis, aunque descollaba

por supuesto la mitra de

la vieja ciu

dad de

Valladolid

42

t .

Esos tres aspecfos

también respondían

a

patrones

ligados a la

forma

en

que se ejecutó la colonización

en

la zona . El central fue

la cercanía relativa (o generación mediante políticas de pobla

miento), de asientos importantes de población indígena expuesta

a evangelización. Por ejemplo, aunque Pátzcuaro fue el segundo

asiento capital

de

la provincia y diócesis

de

Michoacán (el prime

o fue

Tzintzunt

zan), Valladolid logró

ser definitivamente

la

sede

iocesana

sin

alejarse

demasiado de

las principales áreas

de

asen

amien

to indígena

de

este territorio: la meseta tarasca y Pátzcua

o mismo.

43

Algo

similar

ocurrió en Guanajuato, donde

la

enorme

iqueza

de sus vetas mineras a_r?jo a

numerosa población

euro-

42

Morín,

op cit. pp. 60-74;

Mazín,

op cit.; Brading, op cit

·

43

José Bravo U

garte

, Inspección ocular en

i

choacán. Regiones central

y

sudoeste

VIéxico,

J

s, 1960.

Si

bien los

propó

s

it

os lite

rales de

e

sta

inspección fue

ron

p

ro m

o

  rel b ~ t e n g?bierno

y

policía

en la

in t

e

ndencia de

Michoac án , por los años en

¡ue

se e¡

e cuto (1804-1805

), en

r

ealidad pa r

ece habe existido

tma intenc

ión

más

Jrofunda

detrás

de

ella. Por

es t

os

moment

os, el

intend

e

nt

e Día z d e

Or t

e

ga

es t

aba

tegrando tma serie_

de

d ocumentos comprobato

rios

qu e le

au toriz

arían poder

stificar la

reducción

d e

cabeceras subdel

e

gacional

es.

En

e

ste sentid

o, no es for

uito

que

las

subdelegaci

ones

ampliadas

por

desaparición

de o tras

fueran

precisa

net;te

las

que

aparec

en censadas en esta

inspecci

ón; tal el

caso

de Cocupao, Eron

~ n c u a r o

S a n t ~ C ~ a r a

y

Ur

e

cho,

que pa saron

meses

_desp ués a la jmisdicci_ón d e

atzcuaro

. La

fmalid

ad de e

st

e cen

so pa r

ece

hab

er

stdo

la

de favo

rec

er

los

m at -

os

de

la Real

Hacienda

evitando

pa

a

ar sueldos

de subdeleaad os en ¡'misdicciones

o . o

sólo presentaban

condici

ones de

poblamiento indíg

e

na

mu y bajo, sino que

mbten demandaban (c

omo

se ve en las indicaciones su geridas a l

os

sub de

ga d

_s

de

estas

mismas

) in

ve

rsion

es

en cárceles, ca sas re

ales,

arc

hi

vos pliblicos

y

tro hpo

de

servicios

públicos

.

No pu

ede n

eo-

ar

se

qu

e ·

al

a

unas

de

la

s consi

de

racio-

es

sugeridas

por

Bravo Ug_a

rt e e

st

én

pr

ese

  t

es en la de es ta inspección .

or e¡e

mp l

o, w1a d e e lla s

tu

e el ma n

ej

o

de

· i

nf

or

ma

qi

ón eco

n

ómica

má s e xac ta

br

e e

st a

s j

ur

isdiccion es y co la t

eralme

n te, en t

an tÍ:J

cabec

eras

o

otenci

al es, la

otac

ión de infn:1e

struct

ura d e se rv ic io pú b lico. Para conocer me io t: e l (Ontex to de

ta

obse

rvación .

ase el

captt

ldo

V

re

la t

ivo al go bien

\o

de

Díaz

de

O rtega.

J

t

1

i

¡

j

EL

PRO

YECTO BORSÓ Y LA PROVINC IA

DE

MfCHO A

C iN

63

P

ea e in d. ia

en

as

V

cas tas (c

omo

fuer

za

laboral), y con ellas a

nu

merosos con tingen tes de religiosos. .

Y es que la regi

ón

más sep ten trional de la que sería r

inten

dencia de Valladolid, pero qu e a

su

vez era el áre a

neur

álgica de

la misma diócesis vallisoletana, era

du e

ña d e un patrón histórico

de

pobl

a

miento

(

primer

o

indígena

y luego

eu r

o

peo

y criollo),

con

gran continui

da d

. La

conforman

al

sur

Lma

sucesión continua de

valles y tierras fértiles lacustres (Gua yangareo, Pátzcuaro, Zaca

pu , Zamora, Puruándiro, Taretan y demás ), en los que la pobla

ción

indíg

e

na

(etnias

pur

é

pechas

y tarascas,

entre otras) se des

arrolló

histór

ica y

demográficamente;

en

tanto que

al

norte

la

atravesó

el río Lerma,

punto

al parecer clave

que

dio elementos a

los creadore s

de

estas intendencias

para

precisar los límites físicos

y demográficos entre Valladolid y Guanajuato. Ciertamente, el cri

terio rector de 300 000 habitantes

por

intendencia fue considerado

en estos casos, pues, aunque Valladolid gozó como intendencia

de mucha ma

yor

extensión

territorial

que

Guanajuato

,

ésta

con

centró

más

habitantes que aquélla. Fue

en

apariencia

un principio

compensador librado con éxito

por

el equipo reformista novohis

pano entre las variables población

  extensión territorial

y

concentra-

ción demográfica que, de alguna

forma, tuvo

como

objetivo debili

tar a la

autoridad

religiosa.

Mucho más aislados de

ese centro vital

vallisoletano estaban

otros valles y

puntos mineros

ubicados al

centro

y

sur

(Mo tines

de Or o, Coalcomán, Ario, Apatzingán, Huetamo, etc.). Estas po

blaciones,

pese

a

su importancia,

no

gozaban del volumen demo

gráfico

de sus

v

ecin

os a

grí

colas septentrionalés

de

la

intendencia

(La

Piedad

,

PurÚándiro, la

zona de

la

meseta

tarasca,

Zamora

y

demás).

Por

lo anterior,

no

fue extraño

que cuando

el

intendente

hizo

su

aparición

en

el escenario político y

administrativo

de

esta

parte del

territorio

novohispano

 _

80% de las

subde

le gaciones

se

concentraron

en

las áreas

central

y

septentrional de

las tierras

michoacanas;

tan sólo el restante 20% lo hizo en las abruptas y

poco habit

adas tierras del sur. Dicha

concentración hacia

el

norte

de 80% d e

administra

ciones

"subordinadas

 

de origen

a

Vallado

lid , tuvo,

por

tanto,

un

fuerte motivo político, así

como

los

sugeri

-

d os asp ectos étrüco

y

demo gráfic

o.

.

Como

saberrws, la

Or

denanza de intendentes

mand

aba qu e los

sub

del

egado

s recib ieran s

us

sueldos

po

r

medi

o

de

l d esc

ue n

to

de

Page 16: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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64

EL

PRO

YECTO BORBÓN Y

LA PROVINCIA

DE i'v ICI-IOA CAN

5% dei total de los cobros tribu tarios a la p oblación i_ndigena; por

lo m i

smo, la

creac

ión

de cabeceras administrativas en las regio

nes central y

septentrional

de este territorio sólo se

apegó

al

nuev

o

código legal borbónico.

Como

también eran regiones en d on de la

población criolla y española se había asentado siguiendo sus

requerimientos de mano de obra y servicios indígenas , para el

nuevo

gobernante

o

intendente

también

resultó

menos

complica

do

encontrar

a sujetos

españoles dispuestos

a servir los nuevos

cargos públicos. Veamos algunos ejemplos.

La ciudad

de Pátzcuaro era habitada

en 1804 por 1 837 españo

les, 389 mestizos y 1113 mulatos;

es

decir, los españoles represen

taban 55  de

la

población.

44

Asimismo, 'aunque

en menor

pro

porción de población española,

cabeceras

de su

bd elegaciones

·

como

Zamora,

Tlalpujahua

y

Zitácuaro, entre

otras, a

lber

gaban a

numerosa

población española

cuya

proporción en relación con

los indígenas y las castas era superior en 30 y hasta 40%.

Ya

sabe

rnos

que

por población

española

se entendía tanto a criollos

como

peninsulares

. Así,

con

la creación

de

la

intendencia se

d

io

paso

a

una

nueva

etapa

ju r

isd i

ccional con

la

que

se pretendía

consoli

dar un

proceso de

centralización

administrativa

y fiscal local

más

eficiente,

en

que el origen social

del

funcionario era

sumamen

te

importante para

la intención

renovadora

y para la estrategia

fiscal. ·

Adicionalmente, el conjunto de distritos antiguos que se toma

ron

como

base

para

la creación de

esta mtendencia

redefinió una

nu e va noción de

identidad territorial

de Michoacán . A pa r tir

de entonces, el gran Michoacán , que hacía referencia a la divi

sión

propiamente

diocesana,

empezó a ser d

esplazado por

la

noción administrativa

civil

referente

a los límites

de

la

intenden

cia. Recordemos que, en tanto sede episcopal, la ciudad de Valla

dolid venía

siendo desde

principios del s iglo xvn el centro de la

v id a económica y cultural en la

zona.

Y aunque la c r ~ c i ó n de las

tres

intendencias

ya

señaladas

no limó en lo

inmediato

su in

fluenci

a en

todo

el

bajío,

sí complicó

las

re laciones

entre

las

jerar

quías

de l ca bildo eclesiástico directriz

con

la población

y, por

su

puesto

,

con la

s nu evas autoridades civiles surg

idas

al

amparo

de

la

Ordenanza

de mtendentes de 1786.

.;.¡ í Jid

p l

6.

1

1

EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHO. .CÁ.N

65

Porque si partimos aceptando

que

la radicalidad del proyecto

barbón de

transformación

d el

Estado

aforado

era

un

hecho

con

sumado, '5

y

que la Iglesia

michoacana representaba precisamente

en

esos años

una estructur

a local

aforada

de

gran poder

e

influencia en

la sociedad, entonces es viable reconocer que

la

creación

d e tres intendencias dentro

de

su

extensión

diocesana

fue un golpe

político contundente

de la

Corona

y

sus

ministro

s .

Un virrey conservador ante las ideas

reformistas

como lo fue

Bucareli llegó incluso a señalar, a mediados de 1770,

la

molesta

actitud contestataria

de

l

clero

de

la

zona hacia la disminuida

autoridad civil

de la alcald

ía

michoacana.

El golpe de

las tnten

dencias estuvo entonces fuertemente deterrriiTI.

ado por

la

necesi-

.

dad real

de

controlar, mediante

sus nuevos nmcionarios, la vasta

riqueza minera de Guanajuato, a la v

ez que

contrarrestar (nom

brando

a

un

intendente fiel

al

ideario reformista como

Riaño)

la

influencia

excesiva

del

cabildo er.lesiástico de Valladolid

entre

todos

los sectores pudientes de

esta sociedad.

Si

bien

el

proyecto

reformador

estatal

de

Carlos

III

y

sus

minis

tros tampoco

fue

posible llevarlo a

la

práctica como pudo pre

tenderse,

parece evidente

que renglones

contemplados en aquél

ta les como

el

debilitamiento

general

de

los

cabildos

eclesiásti

cos

fueron

alcanzados en planos

menores

y quizá hasta devi

nieron a la larga contraproducentes.

Sabemos que el sector que

más fuerte alzó la

voz

contra el código

de intendencias en

Michoacán fue precisamente el eclesiástico:

curas

y sus jerar

quías

.

Esto

no fue fortuito.

Porque,

a la letra, la

m o d e r n i ~ c i ó n

estatal que los

gobernantes reales

impulsaban, teóricamente

hacía

a

Lm

iado de casi

todas

las tareas administra tivas tradicio

nales

a la Igles

ia

y

a

su

burocracia

46

EL

FISCO

NOVOHISPANO

Inició

en

la

Nueva

España con la dinastía borbónica, lo que hoy

conocemos

como

política fiscal moderna. Desde entonces, empe

zó a entenderse por ello la

organización

eficiente de

los

s o s

y

de los

ga s

tos públicos del Estado con base en los principios yacio-

 15 Guerrero, op 

cit

46

lb

id

. .

.,

Page 17: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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66

EL

PROYECTO

BORBÓN Y LA PROVTNCL•\ DE MlCl-TOACAN

na es

de

ad

r:nirüs

tración, gobierno

y

beneficio púbhcoY Este pr o

ceso de secularización del quehacer público dio como resultado

la creación de instituciones encargadas de concen trar, organizar y

ejercer los impuestos recabados de las actividades

productivas,

comerciales y especulativas de la población. En generat a través

de

la estructura fiscal

que

se organiza, los Estados mo d ernos

influyen decisivamente, desde entonces,

en

la vi

da de

sus gober

nados.

Los barbones impusieron esa modernidad a la Nueva España.

Su concepción racionalista del ejercicio del poder los llevó a con

cebir y aplicar

un

ambicioso

plan

de reformas del

aparato est

a tal

que heredaron

delos

Austria. Se crearon así diversas secretarías o

despachos por materia (de Estado,

Marina

, Indias, etc.) , entre las

que

destacó ,

por supuesto,

la

de Hacienda. El plan más

comple

to y radical fue

elaborado

por los ministros ilustrados del rey

Ca rlos III,

ya

que los avances previos logrados por sus anteceso

res

aún

no

daban resu

ltados en los territorios coloniales.

48

Sin

embargo, hasta

el

arribo

a la

Nu e

va

España de

un

núcleo

de

fun

cionarios

reformistas -

cuyo

paso

por

Filipinas de

1787

a

1789

ha

bía sido un

rotundo

fracaso- , el

ordenamiento

del aparato fis

cal novohispano pudo entrar a tma nueva etapa, mejor ordenada y

más

eficiente.

49

Entre esos funcionarios

puede

destacarse a Fabián

de Fonseca,

autor

de

la

Historia general de la Real Hac

ie

nda de la

Nueva España hacia

1791.

La responsabilidad

en

asuntos fiscales correspondía

desde 1749

al virrey noyohispano, ya que

desde

ese año se le otorgó el título

de s'uperirúendente subdelegado

de la Real Hacienda . Pero el

desarrollo espectacular de los

ramos sujetos

al fisco .que

se

gene

raron

entre

1749

y

1765,

y

luego

entre

1765

y

1791 (94

en

total),

fue rebasando la capacidad de una oficina personal como la del

virrey en

la

necesidad de desarrollar

una

auténtica secretaría dé

Estado.

Progresivamente, con

la

ayuda del

Tribunal de Cuentas

creado desde 1605, pero

cuya mejor

suerte era

la ineficiencia (por

7

Andrés Lira González, "Aspec to fiscal de la N ue va Espai'ia en la se g tmda

mi t

ad

del

sigio

XV II I", Historia Mexicana,

vol. XVII, núm. 3, México, e

nero-mar

zo de

1968, pp 361-394.

4ll

Tbid.;

G uerrero,

op .

cit.

49

bid.;

sobre

los

func

ionarios

que fracasaron en

las

int

endencias de

Filipinas.

véase > vJa

ría

Fernanda García de

Arcos, L1

intendencia m Filip

ina

s Universidad

de

Granada,

Granada, Espa

ña, 1983.

j

1

l

1

EL

PROYECTO

BORBÓN

Y

LA

PROVINCIA DE

tv 1CHOACÁN

67

lo que

sólo vino a justificar su existencia

hasta 1789 cuando

se

descubrió

una secuencia interminable de

fraudes

po r toda la co

lonia),so la

Ha

c

ienda novohispana

fue

reforzada

a

partir de

la

dec is

ión

de implantar intendencias en . los territorios ameri

canos

.

51

La

introducción

de

las intendencias, y

debido

a

qu

e la

dec

isión

final

de

implantarlas en América respondía a la crí tica sih1ación

del erario real, acentuó la tarea fiscal co

mo

nunca en las colonias.

La fuerza del Estado español a través de sus tentáculos burocrá ti

cos

se

dejó sentir implacablemente sobre la

población

americana;

'la de la N

ue

va España, virreinato que

desde hacía

muchos años

era

el más rico ·e

importante

de l Imperio,

no

fue la excepción.

52

Así, la Ordenanza

no

vo

hispana de 1786

(cuya vigencia debió ini

ciar en

1772)

dio

paso

a la creación de la Junta Superior de la Real

Hacienda, organismo cuyo sentido original fue impulsar la unifi

cación

de criterios

relacionados

con la

materia

fiscal

de

la

colonia

,

más

aún,

cuando

la

Ordenanza de

esta

colonia

,

que empezó

a

definir Lma

nueva

relación entre el Est

ado

y sus

súbditos,

fue con

cebida a partir de un conhmdente criterio fiscal cuyo mejor ejem

plo son las decenas de artículos del ordenamiento centrados en la

razón hacendaría.

El

renovado

sistema fiscal de

1786

(cuya

estructura se

integró

por cuatro sectores de

irr1p

uestos: masa común, particulares, ajenos

y los

estancos

especiales , estuvo

directamente

conectado a una

necesidad

global y centralizada

en

la

península española

que, pese

• a

su sistematización, mu

y lejos

quedó del

servicio de la

población

novohispana.

Buena

parte de

la

recaudación directa

e

indirecta

que

a

tr a

vés

de

él

se

eje r

ció

en

esos

años

terminó

en

España,

o

bien,

en

la periferia caribeña, como

parte

de la estrategia de

soste

nimiento de la burocracia militar del Imperio, adscrita en esa

zona

por razones

de seguridad.5

3

·

so David

Bra d ing,

1fineros y comerciantes .. . op . ci t. , pp

.

84-93 . . ,

5

1

lb

id.;

Lira González,

op. cit., pp. 364-365.

Y

para entender elunpacto de la

P

<?h

tica fiscal colo

ni

al,

véase

Herbert

Klein,

Las finanzas americanas del Impeno espanol,

1680-1809 

Instituto

de

Inv

es tigaciones

José

María

Lu is Mora-UAM Iz

tapalapa

,

,;Méxi co, 1994. .

1

  5

Pedro

Pérez Herrero,

El México b

orbónico

: ¿un

'éx

ito ' fracasado?",en Josefi

  na Zoraida Vázquez (coord. ),

Interpret

acion

es del siglo

xv

mexzcano. El zmpncto

de

:las

reform as bori.>ónicas N u

eva

I

mag

en, Méx ico,

1992, pp. 109-151. . .

'

53 Ibid

.; Carlos

Marichal y '\[atiUe Souto,

"Silver and

Situados: New

Spa=

anct

Financ

y

d

the

Spanish

cm p

ire in the

Caribbean

i r1

the

Eighteentll. Cen

tury",

Page 18: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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ó8

EL PROY ECTO B()RBÓN Y LA PROVINCIA DE MlCHO ACÁN

RECAPITULACIÓN

:En el ma rco de las transformaciones

dictadas

por

el nuevo orden

político

de

los bar

bones,

la sociedad michoacana resintió una

serie

de cambios en su

din

ámica a raíz de

la

vi sita general a terri

torio

novohispano de

l

delegado

real José

de

Gálvez. Si

bien

éstos

ya se habían anuncia

do

desde años antes, el impacto de la visita

se dejó sentir en niveles como el político, militar, económico, co

mercial y fiscal. A

partir

de entonces, el poder real redefinió sus

relaciones con todos los

grupos

y actores sociales de las colonias

novohispanas

.

Uno de

estos actores era la Iglesia católica. En la

región

de

Michoacán

la Iglesia

gozaba de

una autoridad y

hegemonía que

si bien resultó operativa para la misma Corona, los alcances del

reformismo borbónico y las necesidades fiscales de la Corona

hicieron anacrónica

su

posición privilegiada. Pero

hubo

otros

actores

que también

resintieron

los

cambios

introducidos

por

el

reformismo. És tos fueron los comerciantes y los propietarios,

quienes encontraban en los

ayuntamientos

civiles las mejores tri

bunas

para

manifestar

sus aspiraciones sociales políticas.

En

términos

generales

y

debido

a las

reformas

comerciales los

o-rupos sociales adscritos a los cabildos

michoacanos

experimen

taron mejorías a raíz de la visita de Gálvez; éstas fueron sólo rela

tivas, pues a partir de entonces las

presiones

fisca les aumentaron

significativamente

sobre la

producción

y

la circulación

de mer

cancías

.

Éstas favorecieron

al erarip real primordialmen te.

En

contraparte, otro actor

social,

representado por

las

c o m u n ~ d d e s

indígenas

,

resintió fuertemente

los

estragos de la

política

refor

mista, pues

ésta sólo

les generó

inestabilidad

económica

y

social.

La exacción

tributaria

cayó, a raíz de la visita

de

Gá lvez, de ma-

nera más drástica sobre

el sector

indígena, el

que a

su vez

fue el

grupo social más

afectado

por tma serie de crisis agrícolas

desata

das

antes de

la instauración de

la

intendencia

.

Cuando la intendencia de Valladolid de Michoacán fue creada

tomando como

base

a 10 alcaldías mayores de la pr ovincia de

Michoacán, su pob laci ón atravesaba por una

situación

económica

Hisvanic

m

rica n 1-fistoricai

Review  •tol.

74, nú m . 4,

Duke

University Press,

n o ~ i e m b

de 1994, pp .

387-ó13.

EL PROYECTO BOH.BÓN Y LA PROVINCIA DE

MICHOA

CAN

69

crítica . Las secuelas de hambre y miseria de la crisís agrícola de

1785-1786 aún eran tangibles.

El nuevo gobierno vino

a agudizar

dicha situación. Su marcada tendencia a controlar la admmistra-

ción de los recursos antes en manos de las

corpor

aciones lbcales

su

profundo

acento fiscal y extractivo, plasmado en la mayor par-

te

del

articulado

del

rübro de Hacienda de

la

Ordenanza

de

1786,

crearon una atmósfera particularmente

tensa en

esta

.

jurisdicción.

Ésta pronto se expresó

en denuncias

y

quejas má

s adelante

en

rebelión política)

contra

las acciones

de la autoridad real

y

luego

contra ella misma en tanto

entidad

política que ya

no

representa-

ba a to dos los ·interese s

de

la

Nueva España. 4

54

Par ; ¡

un

seguimiento de

las acciones.

l i t i c ~

d e tod os

los grupos sociales

d e

la in tendencia de

Valladolid

a p

artir

d e 1809

contra

el de spotismo bo rbón,

véase

.

Carlos

La oligarqu ía ..

op ci

t., ca

p.

m qtúen a

btmd

a en la

cond u

c ta cultu-

ra l í t i de las élit es locales;

Martha

Terán, ¡L vfuera e mal gobierno Las reformas

borboniccl

s en

los

pueblos ... . o

p

cit., v,

qu ien sigue

de cerca la conduc ta

de los

se

e tores¡i

ndígenas

.

Page 19: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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II. LOS INTENDENTES RIAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA

EL NLJEVO PROYECTO

La instauración de intendenci

as

en

los vi rreinatos y go

biernos

americanos

era

parte de un

plan muy amplio de

reformas

econó

micas

y políticas

pensado

e

instrumentadas

,

respectivamente

,

por

la dinastía

borbónica

y sus

ministros

ilustra

dos

para

controlar

mejor

los recursos

de

sus posesiones

. Entre éstos

destacaba

José

de

Gálvez, natural de

Málaga, quien

por disposición

ex

presa del

rey Carlos III se encargó de

elaborar

y dirigir pe ro no concre

t r la ejecución

del

plan en la Nu eva España.

Su muerte,

acae

cida en

junio

de

1787, lo pr iv ó

de

d irigir su propio programa

re

formista en

este virreinato

,

después de

18

años

de haber sido

aceptada

su

aplicación

desde

1769

fue nombrado

intendente

de

Sonora

Pedro

de Corbalán), lapso similar cuyo inicio integral fue

frustrado

por

la guerra de independencia de las colonias america

nas, y

por las

críticas

antirreformistas del virrey fray Anto

nio

María de Bucareli y

Urzúa.

1

La Corona impulsó entre 1782 y 1787, después de resentir los

estragos económicos y fiscales de la guerra contra Inglaterra (1779-

1783), el nuevo modelo

de

gobierno en sus colonias americanas.

Con la creación de

las intendencias, el

monarca

borbón Carlos In

buscaba avanzar en su proyecto

de

recaudar

con más eficacia

recursos

por

la

fiscal

de

sus

colonias. Era ésta

tma

de

las tareas

primordiales

de los intendentes y sus

equipos administrativos

locales, claramente dictada en

la

causa

de

Hacienda de la Orde

nanza novohispana.

Pero,· a diferencia de las

reformas adminis-

,

trativas

anteriores,

el

de las intendencias se presentaba como

un

plan

mejor

articulado

en

el nivel local: un jefe político-adminis

trat ivo

al

mando

de un

cuerpo local de ministros subalternos .

Éstos ejecutarían localmente acciones

fi

scales más p rofundas que

l

as

realizad

as

has ta ese mo

me n

to por los a

lc

aldes

mayo

res (tr ibu-

1

Da

v id Brading, Mineros

y c:omercitmtes en

el ivféxico borbónico 1763-1810  FCE.

01íéx

ic

o . 1985, ?P · 72-:'5.

70

¡.

LOS INTE

ND

ENTES R1AÑO YDfAZ

DE

ORTEGA

71

tos) y los ofic

ia

les de la Real H aci

enda

alcabalas, tabaco,t1ieve,

etcéter

a

2

·

El gru po reformista es taba

i11.tegra

do por

un

nu tr ido seCtor de

oficiales y mi li tare s com pr

ometi

dos

con

las id eas d e in.I

  ov

aci ón

administrativa

y

de gobierno; esto se percibe en la m ayor ía de sus

in formes

ad m

in istrativos. Lo s que conocemos de los primeros

intendentes

de

Valladolid

de

Michoacán así lo aptmtan. De hecho,

la

ma

yor ía ·

de

los intendentes que

iniciar

on sus acciones de g

o

bierno

en

la Nueva España estaban directamente ligados al rey

Carlos III (a la Orden

militar

con su nombre), o bien, al núcleo

ilustrado que giraba en torno al d:mde

de

Aranda y al v isitador

malagueño José de Gálvez. Tales fueron los casos ·de los dos pri

meros intendentes de Valladolid

de

Michoaca.n: Juan An tonio

Riaño y Felipe

Díaz de Ortega

.

3

La

idea de que

detrás

de

la

reforma del gobierno

estaba tam

bién la intención de adosar un nuevo grupo

dirigente

en la Nue

v   España

no es exagerada, sobre todo

porque

iba de

por

medio

el proyecto de sustituir a los antiguos funcionarios coloniales

por

gobernantes

y

administradores identificados con las ideas y nece

sidades

del

Estado y la

sociedad contenidas

en la Ordenanza: efi

ciencia fiscal,

depuración

administrativ a, impulso económico y

fomento agrícola, etc.

4

Se trataba de formar cuadros de gobernan

tes locales y de origen y

formación

estrictamente

ilustrada

. En

realidad, esto solamente pudo

cumplirse

en el

ni

vel medio direc

tivo: el de los intendentes y los ministros de cajas reales.

Asimis

mo

, como hemos encontrado en

estudio

de la intendencia de

Valladolid (1787-1809), muchos grupos criollos lograron invo

lu

crarse er:t el nu evo cuerpo

administrativo

a

través de

las subdele

gaciones; instancias en las

que

, desde

el

origen, se

plasmó

origi

nalmente incluirlos o

definitivamente

integrarlos al servicio

público

.

5

·

2 Ibid.

p.

81.

Ha

cia 1770 ftm cio

naba

n en la Nuev a España 15 oficina s de la

Real

a c i e n todas

de pend ie

nt

es de la centra'lubicada en la ciudad de México.

3

Hors t

Pi

e tschmann, Pro tolibera lis mo, re

fo

rmas bo rbóni cas y revo lución: la

Nu

eva

España en el último tercio de l sig lo

xv  

, en J

os efina

Zo rai

da

(

coo

rd . ,

[nterp retacion

es del

siglo w mexicqno. El impacto

de

las reformas

bo

rbomcas

Méx

ico, N ueva Imagen, 1992, pp. 33-34; R

iiia rd

o Rees Jon es, El despotismo ilustrado

y

los intendentes

de la Nueva

España

l.ii'IAM, N¡féx

ico, 1983, p . 217.

Piet

schm.;uu<,

o

p.

cit.  

pp.

36-37 y Sé-65 . .

5

Ibid.

p . 64. P

or

lo que se t

ia

ia es te au tor, 'és ta

pu

do

ser una dif

erencia

sustanCial

entre el cond e d e

Arand

a y José de Gálvez.:rvfi

entras

el pri.rnero p

ens

, ba q ue c

ua

l-

Page 20: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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 7)

_

LOS INTENDENTES RJAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA

R

IA ÑO,

MILITAR

SANT. .NDERINO

El primer in

te

ndente nombrado para instaurar

a la

vez que

empezar a gobernar la intendencia de Valladolid de Michoacán,

fue el teniente de

navío

de la Real Armada Juan Antonio

Riaño

y

Bárcena.

Originario de Santander

, Es

paña,

este

peninsular se

casó

en Luisiana

con

Victoria

de

Safnt

Maxent

, hija de tm rico criollo

francés

muy influido

por las ideas ilustradas.

Una

de sus herma

nas, e l í ~ i t a s se casó con Bernardo de Gálvez, sobrino de José de

Gálvez, a quien

éste

promovió

como virrey

de

la

u ~ v a

España

con la idea de facilitar la instalación del

nue

vo régimen.

Pero

su

muerte, al igual que la de su hermano Matías, también promovi

do como virrey por

el ex v isitador y jefe

del

ministerio de Indias,

crearon desde 1786 un vacío político que fue costoso al desarrollo

del nuevo gobierno.

La

múerte del propio ministro Gálvez agudi

zaría aún más la situación de la reforma en

l

Nueva España .6

Emparentado así con

el

principal

teórico

de

1a

reforma admi

nistrativa novohispana, el teniente Ríaño integró ese

grupo

des

tacado de peninsulares que impulsaron la innovación de los

métodos de

gobierno

de la Nueva

España.

Fue uno de.los cinco

militares que el ministro José de

Gálvez

elígió para crear las 12

intendencias

novo hispanas en 1786.

Dos

militares

más

fueron el

cuñado

de Riaño,

Manuel

de

Flan

, quien

gobernó

la

intendencia

de Puebla

, y Felipe

Díaz de Ortega

,

a quien se nombró

intendente

en

Durango. Éste, sucesor

de

Riaño

en

Valladolid a

p•rtir de

ene

ro de 1792 fue,

quizá, uno

de los

gobernantes

más

polémicos

de

esta última etapa colonial novohispana.

Riaño

había arribado

a

Michoacán previamente

a

su designa

ción como

intendente . Desde el 20 de

enero de

1786 fue nombra-

qu.ier

persona

podía cumplir un

papel important

e

en

la

administra

ción

pública,

sea indígena,

mestizo,

etc., Gál

vez no

t

enía al

parecer

un

criterio

tan

laxo. Para

Aranda importaba mucho la educación e

ilustrac

ión

del

s

uj

eto,

en' tanto que

Gál

vez

fue

más

pragmático en sus decisiones; el momento crítico

del erario

español y

su

conocirniento

directo

de la re

alidad

n

ovo

hispan.a (

incluida

la sit u

ación

de los

indígenas y

las castas)

debió inilu.ir poderosamen te en

sus

juicios y,,por supuesto,

en las actitudes

de

muchos d e los intendentes.que nombró inicialrrttente para ini-

ciar

con la reforma administrati va. A

fi

.n de cuentas que ésa

er

; ¡

tna

di fe

rencia

impo

rtant

e en tre tul

ftmcionario

que conoc;ó de cerca

la

rea lidad

o n . i

y o tros

que conocían

más

bien las circunstancias de la

península

espai'lola. [

6

Brading, op .

cit. p. 326;

Pietschmann

, op.

cit . pp.

33 y 49. ;

LOS li'JTENDENTES RJAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA

73

do por el ministro Gál vez cor re

gidor de

la jurisdicción

Pátzcuaro

Va.lladolid, aunque

su llegada

ocurrió

hast

a el

mes de octubre de

ese

mismo

año. Se

presentó

ante los

cabildos de

las

dos

ciLtdades

sedes

del

corregimiento la última semana

de

ese mismo mes.?

Sustituyó

en

et'corregimiento a Po lic

arpoCrisóstomo

Dáv ila,

corregidor desde agosto de 1779, y quien fue rápidamente a b s o r ~

bido por

la

oligarquía

local al casarse

con

una

rica

heredera

crio

lla de Pátzcuaro.

8

Los reformistas

borbónicos

ya no

querían

que

siguiera

sucediendo

esto con

los

funcionarios

reales.

Sin

embar

go,

Riaño llegó

a Michoacán en circunstancias

muy diferentes

.

Para

empezar, con

ideas

políticas y estado civil

distintos

a los de

su antecesor en el corregimiento. Pero además con el apoyo direc

to del ministro de Indias, y muy probablemente

con

el conoci

miento de que pronto

sería

ratificado como jefe

político

de una

zona más amplia y distinta a la del corregimiento: la intendencia.

Tres meses después, el25 de enero

de

1787,

tomó

posesión como

intendente corregidor interino pero el21

de

julio de ese mismo año

lo

hi

zo

como

intendente propietario

ante

el

ayuntamiento

de

Valla

do lid, acto este último que liquidó, para siempre, la secular rivali

dad existente entre Pátzcuaro y Valladolid por detentar la

sede

central o capital política

y

administrativa de las jurisdicciones

reales en la zona . A partir de entonces, Valladolid

se

erigió en el

punto ejecutor de la centralización

administrativa

y fiscal plan

teada

en la

Ordenanza

a partir

de

m grupo de 10

antiguas

alcal

días mayores y corregimientos;

siendo

el intendente y

su

cuerpo

de ministros y oficinas fiscales

(asesor

letrado y funcionarios_

locales de la Real

Hacienda)

quienes

centralizarían

localmente

AGN,

In t

e

nd

e

ntes

, vol. 13, exp.

21

, fs. 239-250.

La

información recogida

en

es ta

fuente no co incide,

sin

em.bargo, con la de otro acervo, el AHAM, lib . 45,

fs

. 154-156v,

ya

que en ésta se lee que el capitán Ri

año

recibió d el re y e l título d e corregidor de

Pá tzcua ro-

Valladolid

en sustitución

de

Policarpo

C.

Dávila,

por

Real Orden de

10

de nov

iembre

de 1785. Quien firmó la ex

pedición

del qtrgo de

Justicia

ma

yo

r y

Corregido

r In t

erino

de

la

cd.

de

Valladolid de

Michoa cá

n fue el influyente Jos é

de

Gálve

z. Asimismo, en o tra

carta firmada el

21 de febrero de 1787, de

ntro

de

este

mismo

libro

(fs . 163-164

 , se

desglosan l

os

té rminos del nombrami e

nto

del

capitán Riaño

ya no

como corregidor

int

erino,

sino

co mo

co

rr  g idor i.ntend ente '>

es

d ecir,

como

ftmci o

nari

o q ue

debía go

be

rnar

·

con todas

las

tacu.ltades

premJ

nentes y exenciones que le correspo nd en, arreglándolos en todo a la Real Orde

nanza,

y a las

Ynstrucciones

y órdenes que os co

municará m Secretario

de Estado

v del

despilcho Lmiversal

de

Yndi

as, Superintendente G ral. absolu to de mi Real

Hac

i

enda

en todas e llas .

s ACN, Subdeieg¡:¡dos, vol. -lS, exp . 10, fs. 205-212.

Page 21: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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74

LOS

íNTENDENTES

RlAÑO Y

DÍAZ

DE ORTEGP..

las tareas ejecutivas, leg is lativas y administrativas a

partir

de

entonces .

Su

arribo

al c

orr

egimien to poco tiempo

de

spués

de

haber ter

mmado la fase crítica de la crisis agrícola d e 1785-1786, que asoló

va

st

a zona central

del virreinato,

le permitió observar la fuerza

de un poder cent

ralizado

y c

orpo

ra tivo exis tente en el [grupo de

alcald1as

mayo

res a

dscr

itas al]

nue

vo

terr

ito rio fiscal o

intenden

c.ia: el clero y diócesis vallisoletanos. La fue rza

de esta

j

erarq

uía

(

mcremen

t

ada entonces por

la disposici

ón ilustrada de sus

diri

g ~ n t e s la

había

impulsado a coordinar con éxit o las tareas de

apoyo social de rivadas de la mencionada crisis ag rícola: siembras

t e m p ? r

á n e a s obras públicas , etc., tareas ejecutadas bajo direc

cwn religiosa y

aval

real, tanto por particulares como oor

miem

bros de

los cabildos civiles, e incluso

por f u n c i o n a r i o ~ como

los

alcaldes mayores

de

la

zona. Un

total

de 288

000 pesos salidos de

las arcas catedralicias fue el respaldo material con que se afrontó la

crisis. Y f

ue

también

el me

jor argumento esgrimido

por

el clero

para elevar

su

autor

i

dad

directiva

ante

el

reformismo

real y den

tro

de la

sociedad michoacana y del Bajío en general.9

Dentro de

su

nu evo territorio, que comprendía varias ciudades,

villas, infinidad de pueblos y casi 300 000 habitantes, encontró de

Jacto una sociedad organizada

en

torno

a la

fuerza económica

ideológica y moral del clero, integrada a su vez por pujantes

n ú ~

deos

criollos y

peninsulares.

Algunos de estos

últimos

eran rela

tivamente recién

llegados

a la región y

por

lo mismo, dispuestos a

9

Ex

is

ten vari os trabajos s? bre la presencia y hege mmúa

del

clero y la jerarquía

g t ~ s a

e n

esta zo

na

del

vt

rr eina

to n

ovo

h

isp an

o.

Para

e

nt

e

nd

er

el

conflic

to

de

a c 1 0

con la

au t

o

rida

d rea l durante el siglo

1u

res u

lta

m uy ilu

st rad

or el t

ra

ba

JO

de

Entre dos majestades ...

(

Zamora

, 19 87), y

para

ad

e

nt rarse lm

poco mas en el

g ~ n

d e

la

cons ti tuc ión d e la

he

gem

onía de

la

instituci

ón religio

sa en la zo

na tambw

n ayuda

mu

c

ho

el de Carl

os Juárez,

El clero en Morelia durante

el szg

lo

(Morelia, 1989). As imismo, pa ra adentrarse en la

pr

esencia d e la autori

dad r.ehg tosa en la esfera ed ucativa e ideol

ógica

resultan de particular ayud a los

traba¡os de

Juvenal

Jar

amíl

l

o,

La vida académica

de

Valladolid en

la

segunda ·mitad

del

szglo XV III

(Mo re

lia

, 1989), y

J ~ s é Pérez Calama . Un clérigo ilustrado de l siglo XVI II en la

a ~ t z Valladolzd de Mzchoaca n

(Morelia, 1990). Para comprender a su

vez

la

capa

Cidad ele respuesta de la ¡erarquía

il

ustrada del obispado de

Valladolid

an te la cri

S

IS coy untu:

a, t

am bi

én res ul ta ilustrador el trabajo d e

Martha

E.

Te rán

, S

ociedad

Y po.lmca en la

qJOCa

colo

mal:

la crisis agrícola de

785

-

  786 en

Valladolid de ic

hoacán

(t

es

ts, U N México, 1982), y más recient

eme

nte de Jaramillo, L1 gestión episcopal

de fray .  t oJ iO .

 

(Zamora,

1996 j.

Adicionalme

nte

, para co

mp r

ende r la

ofens

iva

r e r o r n ~ u s con tra la administració n y lo s recursos eclesiásticos,

véase

David Bra

dm g,

L na Igtesza as¿dzada: el obzspado de 11ichoacán   1/49-1810

í.México,

1994).

¡.

LOS [N

ENDENTES RIAI'

IO Y DÍ..>..Z

DE ORTEGA

75

acrecentar

su

poderío económico a través de a l i a n z ~ s p o l í t i ~ a s Y

ma t

r

imoniales

. Así, entre un a Iglesia inHuyente, dos

cabtldos

ci

vil es

inmersos en

fragorosas disputas étnicas y

un

a

po

.btación

i..Tl.dío ena

ao-obiada aún por las secue las de la crisis de me<;l.iados

b b

l d . 1

de década, el teniente Riaño inició s u ges tión de a mten enc1a e

21

de julio de

1787.

En la sesión de cabildo

de

l l a ~ o l i d

~ n l a q_L e

se

hizo

oficial

su

inicio

de

ac tiv

idades

como

au

t

ondad

o

vü,

sow

estu

v o

au sente

un regidor: el licenciado

Matí

as

An

t

onio de

los

Ríos ,

un

influy

ente

criollo y

miembro

a su vez d e

una

podero.sa

familia con ramificaciones.en el cabildo eclesiástico de Valladolid .

El

aboaado De

los Ríos se

hab

ía ausentado

temporalmente

a la

b

ciudad de México.

10

. Como probablemente les sucedió a todos los intende

ntes

de la

Nu e

v a España, los casi

dos

años que tuv ieron

para actuar

con

relativa autonomía, algunos de los renglones dispuestos en esa

dirección por la

Ordenan

za Riaño los ejecutó

con ejempl.a

r

r a p i ~

dez. Entre marzo

de 1787

y diciembre

de 1788 puso

espeoal aten

ción a cuestiones

como

el

disputado

abasto

de

la

ciudad

de

Valla

 -

dolid el estado

del

cobro

de

tributos y

la

solicitud

de informes

econÓmicos a los alcaldes

ma

yores,

cu

ya

ágil ayuda

le

permitió

crear casi d os

decenas

de subdelegaciones nombrando , por

su

propia cuent

a, a cada juez

subalterno

local. . . _ ,

Al finalizar 1788, año en que el virrey y el mov1m1ento contra-

rreformista ya habían logrado retirar a los intendentes

buena pa:

te de las atribuciones autónomas que la

Ordenanza

les

habla

dado,

nadie podía poner en du d

a la vocación reformista.de R i a ~ o

en

Valladolid. No obstante, el

mo

v

imiento antirre

form1s ta hab1a

log

rado recuperar para la enti

dad

virreinallo que la.

Ordenanza

previamente

había

dictado entregar

a

favor del

gobterno

lo.s

intendentes,

siendo

la administración

directa

de

recursos

pubh

cos como los Propios, los bienes de comunidad y el nombramien

to de subdelegados los más ilustrativos.

11

Sin embargo, esto no

10 AGN Intendentes, vo l. 13, s. n . e., Oficio qu e los ministros de

la

Tesorería

G

ene ral

'de la Real H acie

nda

Fr

an

cisco Vales

Carr

illo y

Luis

Gutiérr ez

envían al

Superintendente

Gen

eral de

la Re

al Haci

enda Fernando

Mangino",

30

de

junio de

1788 .

Pietsc

hmann , op ci t pp . 47-48. En AG N, T r ~ b u t o s , 7, fs. ~ 8 ,

·

diciembre de

1788,

se

pueden encont r

ar

c

uatro

inJ:ormes

a d a u r u t r a t ~

en tre ,os

que conviene seña

lar

en

e

ste

ptmto

una Cuenta

_

o

r

mada P.o

r el c?.rru

swna

<

:o para

la

glosa

del me d io

real

de

minis tros sob re

matnculas

de

Va

lla

do nd

,

captas

de las

.,

Page 22: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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LOS IN TENDENTES RlAí iO Y DÍAZ

DE

ORTEGA

significó que n o

se adoptaran

l2s

nu e

vas

normas

r

acionale

s de i

gobier

no económico en

esas instancias administrativas, c

omo

señalarnos más ade lante. ·

Su presidencia del cabildo civil,

durante

ese l

apso

de

2.1

meses

de 1787 a 1788, en el que tomó decisiones o n e r o s ~ s

para

el corpo

rat ivo, lo confrontó cor. el sector

más

poderoso e in fluyente del

cuerpo urbano

c

apitular:

el

grupo

vasco. Éste era

comandado por

los hacendados y comerciantes Isidro Huarte y Arrivi llaga y

Juan

Manuel de Michelena. Y aparte del puntilloso aslmto de la admi

nistración del diezmo considerada en numerosos artículos de la

causa de Hacienda, cuya aplicación parecía afectar directamente

a la catedral y cabildo de Valladolid, durante 1788 Riaño

siguió

mu y de cerca el cauce

de

la escasez de alimentos entre los indíge

nas

de la jurisdicción.

Sobre este tema informó al virrey que las hambres y

miserias

de

mediados

de década disminuyeron

el

número de contribuyen

tes

hasta

puntos

críticos en algunas cabeceras. Yque, aun cuando

ya

se

estaban

elaborando

los

nuevos

Padrones

de

Tributarios,

la

situación económica lo llevó a no realizar relaciones

juradas,

recu

rriendo

mejor a

la fuerza

de

innumerables

suaves

providencias

y

paternales prevenciones,

y

principalmente

de repetidos

pla

zos

.

Hacer

lo

contrario

implicaba

ir contra

la equidad

natural

 ,

informó,

aunque

destacó ya haber recaudado el tercio de tributos

de Navidad

y casi en

su totalidad

el

de San

Juan.l

2

A

algtmos

ca

pitulares

vallisoletanos

la

actitud

de

Riaño

les

recordaba

, d e

hecho, la de

un

corregidor ilustrado

de años recientes: Juan Sevi-

llano. ·

Si el reformismo no se inició con la intendencia, sí se intensificó

con

ésta,

más

cuando

el celo

ilustrado estaba

de

por

medio

y los

intereses

reales por delante. Riaño, por ejemplo, nombró a siete

alcaldes

mayores

como subdelegados ya que,

según

su juicio,

eran personas

rectas

y honestas ;

pensaba

que nombrar como

subdelegados a antiguos

justicias

destacados

por su

rectitud

Órdenes que precedieron

para

e cobro de tributos por la nu eva matrícula de 1788,

y una Cuenta d e lo que se d ebia cobrar sobre matrícula de Vallado lid el2 9 de jtilio

de 1782, de lo cobrad o e n 24

pu

eb los d e la jurisdicción y d e lo qu e restaba cobrar

en este rubro. Co mo se recordará , por aquel e

nt

onces la población tributaria

de

algunos p uebl os aú.n no-se recuperab a de la crisis económica c

au sad

a

por

el ham

bre y a carestía de 1785-178ó.

12

Rees Jones, .Jp. t

p . 182.

t

J

L

OS

IN TENDENTES RIAt-10 Y DÍ AZ DE ORTEGA

77

ad m

inistrativa representaba, de todas maneras , un impulso ca

bal

de ·¡a

reforma.

No actuó

ni

juzgó

así cua1'ldOno

encontró

esas

cualidades

en

esos justicias.

En 1787

fungía com o t

eniente general de

Zamora

Ju

an José

Tentori pero,

por haber

desfalcado

las arcas

de

comunidad

de

los

naturales de la zona, Riai\o lo

sometió

a juicio de residencia y lo

encarceló.l

3

Asimismo,

en

su

informe sobre repartimientós

del

22

de

diciembre

de

1789 Riaño destacó

que al

principio

de

su go

bierno

encontró

que algunos justicias

ma

yores

habían repartido

mulas

1

toros

y

otros objetos comerciales en la

demarcación

. A nin

guno de e l ~ o s lo cbnsideró para nombrarlo subdelegado, pues,

dijo, a

medida que

avanzó

su

tarea

directiva no sólo

suprimió

tan perjudicial

práctica'',

sino señaló haber dejado libre un

co

mercio que estaba en manos de un reducido y monopolista grupo

de

indiv iduos confabulado con justicias corruptos . El grupo era,

por supuesto, el poderoso sector vasco.

14

Sobre esto último también vale

una

consideración . Si

bien

el

neo-ocio

del

repartimiento era

una

confabulación grosera

entre

f u ~ c i o n r i o s y

particulares

poderosos, en

Valladolid no tenía

al

parecer alcances

ni

secuelas de corrupción de

escándalo

como las

denunciadas ·por el intendente Mora y

Peysal

en Oaxaca.

15

Mien

tras en

aquélla

los

intendentes

informaron que la práctica del

repartimiento

era

mí nima (y

si bien Díaz de

Ortega consideró

más adelante que su suspensión

estaba causando problemas

eco

nómicos en muchas zonas de la intendencia), en Oaxaca nunca

pudieron

r r a d i c a r s e ante la fuerza del gremio de comerciantes

españoles

fabricantes

de grana y cochinilla, cuya producción,

como indicamos, estaba destinada sobre todo a

la

industria textil

barcelonesa

en

boga.

Los nuevos

gobernantes de

Valladolid consideraron

que los

repartimientos eran suficientemente reducidos para

proceder

con

tanta rigidez contra

los antiguos funcionarios y sí, en cambio, les

fue viable· premiar

a los

que

destacaban

como alcaldes

mayores

con el título

de subdelegado. Por

ejem

plo,

a

todos los

alcaldes y

corregidores de la intendencia les tocó enfrentar la crisis agrícola

'1

3 .>.GN, l n t e ~ d e n c i a s vo l. 54,_exp . 7, fs: 284-285.

'

4

>.G:-J,

Subde

l

ega

d

os

, vo l. 3;),

exp

. 2,

t. 8.

, .

5

Brian

Ha

'ixmett,

Política

y c o m ~ r c i o

en el

s¡¡

r

de

México   1750

 1

82 1 

:VI

CE,

i\ilexJco,

197 1, pp. 1: 3

-t::

7.

Page 23: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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78

LOS INTENDENTES Rl.'\ÑO Y D f Z D E

de

1785-1786. Ningu

no

reci bió acusación

o-

ra

ve

sobreesoecu la-

.

.. 1

oon u otra

conducta

inmoral ante la hambruna; por el contrario,

algtmos se d i s t i n ~ u i e r por sp actuación ejemplar durante l crisis.

Fueron

os casos de

Juan de

Ormaec.hea (Guimeo), Francisco Meno

cal (Tancítaro) y el propio corregidor Dávila, entre otros. La Coro

na, la

o r g a n i z ~ ~ i ó n

de

la

intendencia y

la política fiscal

salían

por

lo tanto

benefloadas

con sus nombramientos como

subdeleo-ados

' o ,

segun procedió y comunicó Riaño, pues Menocal figuró dentro

del grupo de ministros subalternos que inauguró la intendencia.

Años

después, Menocal

se

cl.estacó como activo afianzador de

subdelegados en varios

rumbos

de la intendencia,

principalmen

te

en la

zona

lacustre

de

Pátzcuaro,

punto de

su residencia.

Siguiendo

el ideario del núcleo reformista, el intendente Riaño

no.sólo c o : r : ~ i d e r ó .perjudiciales los repartimientos, sino que, dada

la m t e r a ~ c w _ n .de

mtereses

existente entre personas poderosas y

algunos ;usboas corruptos (como Tentori), hallaba no convenir

a la Felicidad Pública los Repartimientos de esta Provincia, y si el

que se

conserve

spre.

en

su

entero vigor, y fuerza

el

artículo 12

de

Rl. r d ~ n a n z a .. . ;es decir, el articul o que le daba espacio polí

tico a un Ilustrado reformista como él, muy cercano al

sentir

de

Gálvez,

para deci

_dlr qué hacer y cómo hacerlo

en

su

territorio

administrativo. En

síntesis, la escasez de

repartimientos

y la

con

ducta

pulcra de un grupo de alcaldes mayores le

dieron

autori

dad p a ~ a

mantener corno justicias subdelegados a ese grupo que

prorneha no defraudar al

indígena,

pero tampoco al erario. Por

eso se ~ u e j ó

amargamente

en,.803 de que la supresión del artículo

12 hab1a de; a

do

en una situación fantasmal la autoridad origi

nalde

los intendentes.l6

, La

a d r n ~ i s t r a c i ó _ n borbónica

vio

cómo su

proyecto

en

Michoa

can se hab1a

consolidado

al fenecer el

año

1789. El

intendente

Ria

ño había creado cuatro nuevas subdelegaciones que elevaron a 22

el total de la jurisdicción. Tan:tbién este año fue tes ti

o o

de un reco

rrido importante del jefe político vallisoletano, el c ~ a l acompañó

a ~ o s destacados

estudiosos

alemanes (Schroeder y Fischer),

qmenes llegaron

para

estud i

ar

el volcán

Jorullo, ubicado en l

región de Ario y La u a c a n a que

había hecho

erupción en 1762.

Pero otro recorrido irnportanfe desde la p erspecti

va

a

dministra-

15

A

GN

S u b d vol. 1  exp. f Sv.

LOS

lNTENDENTES

R AÑO Y D ÍAZ

DE

ORTEGA

79

tiva fue el que Riaño hiz o

en

etL.n p limiento del artícülo 26 de la

Ordenanza; éste

ma

nd aba a todos los intendentes a reali

zar

vis i

a su jurisdicción. ALmque en realidad el virrey

conde

de Revi

llag

iged

o los convo có a hac erlas a todos,

pues

hasta

principios

de

1789 ninguno la

había

realizad o. Riaño, en apariencia,

aprovechó

la

p

resenc

ia

de

los

cient

í

fic

os

europeos

señalados para

progra

mar la su ya.

La visi ta se prolongó

por

cinco meses,

desde enero

hasta mayo

de 1790.

El asesor letrado Onésimo

Durán ocupó de

manera in

terina

el gobierno de la

intendencia.

No

encontramos,

sin

em

bargo

,

un informe real sobre

las

consecuencias

de la

visita

de

Riaño. Más bien, antes de que la llevara a cabo, Riaño

ya

había

elaborado

una

serie de informes solicitados por el virrey Revi

llagigedo, que confirmaron el control que

el

intendente y

su

cuerpo de ministros tenían

sobre

infinidad de cuestiones admi

nistrativas y de gobierno . Entre el

intendente

y su

asesor

se dis

tribuían

el

conocimiento

y coordinación

de

expedientes

relaciona

dos con

las cuatro causas de gobierno.

Además, sobre el

primero

también había recaído por

ley la

responsabilidad de

elaborar

una serie

de reglamentos relativos al

manejo

y

arreglo

de los

Pro

pios

y

Arbitrios de

las ciudades, villas y

pueblos

de

toda

la

inten

dencia. Riaño, haciendo gala de agilidad legislativa, informó

tenerlos listos.

Analicemos primero sus informes. Uno fue el que integró como

balance

general relativo a la intendencia.

Era

en realidad un lista

do

de

expedientes acumulados

y

no

r ~ s u e l t o s

sobre

diversas

cuestiones adrrünistrativas.

Segün

señaló el

mismo

Riañ<?,

una

parte de

los 199

expedientes

obraba

en

su

poder,

y

otra,

la

mayo

ría, estaba en manos del asesor letrado Durán. Los que Riaño con

centraba

estaban relacionados con asuntos relativos a los

cobros

de alcabalas en

la jurisdicción

(causa de Hacienda),

aunque

los

que tenía en su

poder

el

asesor Durán

(160 en total) abarcaban

todas las causas. Asimismo, los expedientes resguardados

por

Riaño

estaban

circunscritos

a problemas hacendarías

relaciona

dos con aytmtamientos, villas y pueblos grandes , mientras los

que archivaba Durán correspondían en general a

todo

tipo

de

poblados y lugares de la in tendencia. Existía,

en

sí, un gobierno y

adminis tración coo rdin ad a de la demarcación

entre ambos,

au n

q

ue re

caía en Riafto la res

po n

sabilidad

admini

s trati

va

y financie-

Page 24: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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.so

LOS ll'ITENDENTES RI.A.i'JO Y Dto..z DE ORTEGA

ra

de

la misma y por ley. como sabemos, sólo lo conducente a la

ciudad cap ital

en

el caso de DuránY

Si::n:rre

hacia

fines

de

1789, el

contador general

de

Propios

y

A rbltnos, A.11.tonío

de

Piñeyro, elaboró un informe

de

Expedien

tes .Pendientes" de su oficina . Éste incluyó

informes

parciales de

vanos

mtendentes

sobre

lo

que habían avanzado

en

la

materia

en

S ~ l s jurisdicciones. El intendente Riaño, por ejemplo, indicó tener

hstos los Reglamentos para el manejo de Propios y Arbitrios de las ciu-

dades

de

~ a l l a d o l i ~ i Zamora y Pátzcuaro, que ya habían sido aproba

dos, no

sm confliCtos, por

cada cuerpo

capitular de

estas

ciudades.

Sin embargo,el c a r ~ c t e r de pendientes con que calificó Piñeyro

al

g_rueso de

expedientes

en su poder, se debió a que laJunta Su

p:nor de la Real Hacienda (en

plena

reorganización por entonces)

aun

no los

aprobaba.

18

La existencia

de

los Extractos

de

Cuentas de

Propios

y

Arbitrios (1789-1802)

de

las ciudades

señaladas,

además

de los relativos a Zitácuaro, una copia

del Extracto de la matrícula de

t r i b u ~ a r i o s

practicada en

el

distrito del corregimiento

de

Valladolid

de Mzchoacán (seg(m informe de diciembre

de

1790) y los Extractos de

las Cuentas

de

los bienes

de

comunidades (1790 a 1802), relativos a

21

subdelegaciones,

son

indicadores

fieles de la aplicación relativa

mente

ordenada de los artículos 33, 34, 46 y 47 de la Ordenanza

por el intendente Riaño_I9

La_ mportancia de esos

reglamentos

y cuentas

residía en

que,

mediante ellos,

se buscaba concretar la

aspirada

homologación

la administración

y los servicios del gobierno

colonial;tam

bien, por supuesto, la disposición urgente para alcanzat

una

1 1 _ 1 a y ~ J r racionalización del

gasto

público.

Este

gas

to

permitiría,

s1gtnendo

los

señalamientos

de

cada intendente

y

según

las cir-

17 AGN, Intendencias,

vol. 54, exp. 7,

Js.

276-295.

18

N, Propios y

Arbitrios, vol:

5 . exp. 2, Is. 372-374. En Fabián

Fonseca

y

Carlos

U r r u t 1 ~ zstorza general de Real

Haczenda

t. v, Imprenta de Vicente García Torres, 6

ts.,

~ ; ~ x J C o

1851,

PP: ?43-351,

vé as e

_ r t i

c u ~ ~ r m e n t e la definición de Propios y

A r ~ 1 n o s la Instruccwn para la

Admm1stracwn

de Propws y

Arbitrios

(po. 245-

25o),

el

Reglamento J:ormado por el visitador José de

Gálvez

el1S de noviembre

de 1771_ P_ara la i u d a d de México pp. 253-259), y

subsecuentemente

la evo

lución de

la adrrurustracwn de

este

ramo desde 1773

hasta

1789.

19

A G ~ ' . í , Ayuntamientos,. vols. 181-220 (completos), y

Tributos

, vo

l.

16,

exp.

2, fs.

69-90.

Un

estud10

prehmmar sobre las tuentes referidas

a

Propios

y

Arbitrios en

Martha E. Te rán , Gobierno y

política

en

las c

iu d

ades v

villas

michoacanas hacia

con11enzos

del

sig

lo XIX

0

,

Seminario de gobierno

v politl.ca en

las ciudades

mex ica-

nas,. l S ? S - 1 ~ 1 7 del Instituto Jo

sé Ma

ria

Luis

í-. ora . ciudad de /\'léxico, 18 de

novtemo

re a e 1991 copi

de ponencia.:

Fo

nsec

y

T..Jrrutia

o

p

·cit 

LOS lNTENDENTES R At'lO Y DÍAZ DE O RTEGA

81

cunstancias

v facultades

de cada

ciudad , villa y

pueblo, la f i c i e n ~ .

cía administ.rativa, un mejor control de los impuestos y, en s L ~ t e

sis,

un mejor método de

gobierno

económico

. En

pocas

pc:Jabras,

consolidar aún más gran parte de los

av

ances

administrati

vos

dispuestos desde

la

época de

la visita de José

de Gálvez

.

Así, el análisis

de

las fuentes

anteriores permite

obser

var

que

la

administración

de

los ingresos (cargos) y egresos (

datas

o gastos)

de las ciudades, villas y p u e b l o ~ de la intendencia de Valladolid

fue sometida a la un ificación del

método

administrativo desde

1789. El rubro de ingresos

comprendió

18 d i s t i n t o ~ concet:'tos, me

diante los cuales las

ciudades

y villas podían

abrogarse

recursos;

comprendía,

por ejemplo, desde el cobro por el uso de p i ~ o Y

sombra de la

plaza

hasta multas impuestas por alcaldes y reg1do

res.2o Por su parte, el de datas abarcaba un total de 29 conceptos,

algunos llamados

comunes

y

otros especiales , a través de los

que

se ejercían gas tos y subsidios como el pago del c o r r ~ o : c o ~ n -

pra de

materiales,

reparación de

edificios públicos,

g r a t i f l c a c ~ o -

nes, hasta

4%

del sueldo del subdelegado

y

ayudas de cada

cm-

dad para el ejército.

21

En relación con

la

administración

de los cargos y

datas de las

comunidades indíaenas, los extractos correspondientes a los años

1790-1802 dejan

v:r que sus recursos eran directamente adminis

trados

por los

subdelegados,

en

años en

los que la crisis fiscal de

la

Corona

entró en una franca

caída.

La disponibilidad de la

Corona

sobre ellos era directa y no tenía que ser sometida

ne

cesariamente a la consideración de la(s) coraunidad(es) indí

"gena(s) en

cuestión,

mucho

menos en

casos de ur_gencia.

~ s í suce

dió por

lo

menos durante

los años

1798-1809

baJO

el

g ~ b 1 e : n o

de

Díaz de Ortega), cuando decenas de comunidades md1genas

michoacanas aportaron patrióticamente parte de

los

recursos

de sus cajas a

la

Corona

con

motivo de los conflictos

bélicos

eu-

ropeos.22

Adicionalmente,

las

cuentas de Propios y Arbitrios de 1791-

1802

de

las ciudades (Valladolid y Pátzcuaro) y villas (Zamora Y

Zitácuaro) de la intendencia mostraron que suljercicio patrimo- ·

nial correspondió al

intendente

y a

los

r e s p e c t ~

v o s

subdelegados

20

dem.

21

[bid

l

Idem

vol.

:22

0.

>

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7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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82

LOS iNTENDENTES RIA ÑO Y IiÍ AZ DE ORTEGA

de c

ada

asen tamiento .

23

Parece

que

las nuevas autoridades no·

h i c i e r a ~ mucho

caso, o

por

lo

menos

lograron

evadir

el

contenido

las Ordenes Reales del21 de febrero y 14 de septiembre de 1788.

Estas mandaban tomar en cuenta a los justicias tradicionales en la

aplicación de tales artículos. Antes

de la Ordenanza,

esa respon

sabilidad recayó en los regidores de Jos ayuntamientos, por lo

que

las dificultades

que

se

manifestaron

entre

tmas

y

otras

instan

cias u

autoridades estuvieron

al

día

desde 1787.

Otra tarea importante a realizar

por

los

intendentes

era,

como

ya

adelantamos, la elaboración o actualización de los

Padrones

de

Tributarios. Éstos

eran

censos actualizados de la

población

de'

indios, negros,

mulatos

y demás castas existentes

en cada juris

dicción. El

intendente debía

elaborar

uno

general a

partir de

cada

informe particular por subdelegación, según lo dispuesto en el

artículo

33

de la Ordenanza. Sobre este

punto,

el

intendente

Riaño

informó en mayo de

1791

que su

administración

tenía

listos

21

padrones

del total

de

32 subdelegaciones existentes

en su

juris

dicción.

Según

él,

aún

le faltaban

11

debido

a

que

los

subdelega

dos no

las

entregaban

por

enfermedad "o por la dificultad

que

ofrecen la extensión y naturaleza

de

sus distritos . Para abril de

1791, sus ministros informaron sobre el Estado de la recaudación de

tributos de vagos de cuatro pueblos

.

24

No

sabemos

cuáles

estaban

23

ldem vols. 181 y 220.

24

A G N ~ ~ s t o r i a vol.

5 2 ~ ~ n.

e., f. 24. Y ACN, Tributos,

vol.6

exp. 24,

fs

. 270-299,

sobre el informe

de

los nurustros locales

de

la Real Hacienda acerca del entero de

.

~ i b u t o s de

vagos

de

N

tunarán, Uruapan,

Taretan y Angamacutiro. Además,

en

este.

inforn:e se señala a las

6 jurisdicciones

que no habían

entregado

(seguramente ya

se hab1a cobrado) a l_as

c_nps

reales la

recaudación tributaria de

vagos: Valladolid,

I n d a p a r ~ p e o

Chucandiro,

Huango, Puruándiro;

Cocupao, Pátzcuaro, Urecho,

:r:rongancuaro, Paracho, Santa

Clara,

Tacámbaro; Tiripetíb, Huaniqueo, Marava

tw y

Zamora.

La

fiscalidad

borbónica,

como es manifiesto en estos datos, alcanzó

hasta los considerados por la nueva legalidad y los nuevo s funcionarios como

"vagos" de toda la j u ~ : ~ s d i c c i ó n . En Fonseca y Urrutia, op. cit.

t.

1 pp.

435-474,

se

encuentra

la legislacwn relativa a

disposiciones de

la

etapa reformista antece

dente. P?r e j e m p ~ o dispensas otorgadas en los años 1737 y

1762

a comunidades

con

o t i V o

de

p i ~ e n u a s generales. También disposiciones del virrey Bucareli

de

~ o s

anos

1772_ 1714 sobre abonos a alcaldes mayores de la zona del bajío guana

¡uatense y mtcnoacano de 9% de lo

que recaudasen de

indios tributarios,

vago

s,

a r n m ~ d o s a r r e n d a t a ~ i o s , et c . y hasta de

12%

por si conseguían nuevos

tributa-  i

n os vta empadronamiento. Y para

una

comparación entre lo dictado a

partir de

la _J

Ordenanza de

1786

(art. 137),

rebtivo

a que to

do

indio tributario debía satisfacer

anualrnente

la cuota

de

16 reales (o 2 pesos)

desde

los 18 años

hasta

los 50 (sin im- ;;

po rtar que fueran solteros_ casados, bajo potestad paterna, etc.), véase p. 441. así ;

LOS

INTENDENJES .RIAÑO Y DÍAZ

DE

ORTEGA

83

listos v cuáles no. Es posible

especular

que los que

no

tenía te:r:rr:i-

nado¿ corresoondieran a los partidos que entre 1790 y 1791

d10

de alta en la "intendencia, entre otros .

Angamacutiro,

Jiquílpan,

Paracho, Pátzcuaro, Coaguayana y demás. De hecho,

en

1792

nuevo intendente

Díaz

de Ortega informó qüe no estaban

termi-

nados

los padrones de Colima, Pátzcuaro y Charo . ·

Por

su

iniorme

sobre esta

cuestión

se

infieren

dos

cosas:

1

que

.aún sin operar, Riaño ya tenía configuradas algunas subdelega

ciones, y

2 que no

llegó a establecer

dos

subdelegaciones,

p u ~ s .a

lo

larga'

de

.

su

periodo sólo llegaron a

registrarse

hasta un maxl

mo de

30 subdelegaciones

en

la intendencia. Lo

lamentable

es n?

haber encontrado cada tmo de esos censos o padrones. La aproxi

mación a la

conformación

por sectores de la

población

permitiría

indudablemente

tener un

conocimiento sublocal

más exacto,

aunque,

como

sabemos, por otro lado, todo

ese

conjunto de. pa

drones

dio

elementos

al censo poblacional

del

vurey

Revllla

gigedo,

de

1793, a

partir

del

cual

se

supo

que

la intendencia de

Valladolid tenía

en

ese

año

una

población

poco

menor

a

las

290 000 almas.

Todo

lo

anterior daba cuenta del avance de una innovación

de la estructura administrativa en la zona. Pero

en

su

informe

de

1789 sobre expedientes

no r e s ~ t e l t o s en

la intendencia, Riaño Ysu

asesor dieron cuenta de

un

importante

número

de problemas

sociales,

como

robos, desfalcos

y crímenes

cometidos

en

la

juris

dicción. Los

primeros,

o sea, los

robos por particulares a s a l t ~

tes

aparentemente organizados)

y funcionarios

contra

las

caps

indígenas, ramos del erario, operaciones de arriendo y

compra

-

como

el cuadro

aeneral

o

Estado

de

las cuotas con qué

contribuyen

por

tributos servi-

cio real y

diezmo

l ~ s Indios y demás cas tas del reino excluyéndose los dos medzos

reales

de

ministros y hospital con distinción de las jurisdzcczones   pueblos y c a b ~ c e r ~ s ~ u e se

componen de pp. 452-453, en

donde

estos

ministros n;fieren ::>25

¡ u n s ~ I c c w n e s

indí"enas

o

"pueblos

cabezones"

de

la Nueva España (81

de éstos

';lb1cados

en

Michoacán dentro de un total de

15

jurisdicciones), y los montos precisos

quepa

gaban al

erario

real en dicha materia.

O b j e t i v a ~ e n t e d i c ~ o

Estado de las cuotas.·.

se refiere a una situación previa al régimen de m t e n d e ~ C i a s , ya ':lue ~ a ~ e c ~ r a s

michoacanas sel'i.aladas son: Ch lchota,

Coluna, Ctutzeo,

GUJmeo ~ u a n d ro,

Maravatío, Michoacán, Motines, Tancítaro-Cinagua, Tinguindín, l a ~ p u ¡ a h u a , Tla

zazalca, .Jacona-Villa de Zamora, Xaso-Teremendo,

J i q u i l p a n - P e r i ~ a n

Y Zacatll.ia.

En rvlichoacán casi todos los pueblos (65 ) pagaban

en promedto

2 ::> p e s ~ s por s:r

vicio real 4

pa"aban

2 pesos 7.5 reales, 3 pagaban 1 peso, 3 pagaban -pesos

:>.5

reales, 3

~ á s

p ~ g a

b a n

2 pesos 1 real, 2

pagaba;:

2 pesos 5 reales, y 3 más

pagaban

2 pesos 3 reales, 2 pesos 2.5 reales y 2 pesos l.:> reales cada tmo, respectivamente.

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8 1

LOS Ii 'ITENDENTES

R l ? . ~ : ; 0

Y D ÍA Z DE ORTEG A

v ~ n t a s

y

los segundos (desfalcos

y

crímenes),

en varios

puntos

de

la

jurisdicción

.

Destacaban

los ro

bos cometidos

a

ir,digenas de

Erongarícuaro

(zona

de Pátzcuaro),

Tlalpujahua

(reai minero ),

Zamora

y Timgambato (zo

nas

ag rícolas), así c

omo un

buen n ú

mero de causas criminales

(alrededor de

60

de un

total de

199

expedientes)

que

el

asesor letrado seguía en su resoluc ión

.

En

sín

tesis,

digámoslo

·así, la

corrupción

y la

violencia

(30%

de

los

pro

blemas

entre sí) eran protagonistas centrales

de

los asuntos que

debía enfrentar el nuevo grupo de gobierno de origen peninsular

y esef\cia bor]?ónica en

Va lladolid de

Michoacán.

El

paso

de Riaño po r la intendencia de Valladolid

fue

rematado

por

otro informe elaborado

en

1792 por

su

minist

ro

tesorero

Antonio de

M

ed i

n a,

en

el

cual se indicaba que el

estado

general

de 1os

ingresos fi

sca

les

durante la

etapa 1788-1792

se elevaron

a

un millón 511 269 pesos. Los rubros de tributos (311 726

pesos),

alcabalas (234 461

pesos

) y todo el cuerpo

de

impuestos que afee-

.

taran

a la

jerarquía

religiosa (a

lrededor de 804

469 pesos

proce

dentes de las vacantes

ma

yores

y

menores, bulas

de

cruzada

, etc.)

formaron la

parte fuerte de su labor al frente de la caja local de

Hacienda. Este informe parcial mostró,

así, el

perfil de la nueva

forma

de

gobierno sustentada en la Ordenanza (véase anexo vm).

El sucesor de Riaño en Valladolid, Díaz de Ortega, mo s tró, pese a

todo, cierta preocupación

al

encontrar que

los

avances

de su ante

cesor santanderino al mando de la in.

tendencia

eran únicamente

logros parciales.

Dí  ZDE O RTEGA,

~ H U T R

MONTAÑÉS

Siete de los

primeros

12

intendentes nov

ohispanos

no duraron

más

de

cinco años

como iniciadores

de

la reforma gubernativa·en

sus

distritos

. Esta situación reflejaba

la presión sobre el

proyecto

de in-tendencias. Pero el caso de

la sustitución

de Juan Antonio

Riaño

a fines

de

1791 (de Valladolid

para su traslado

a

Gu anajua

to) o b ~ d e c i ó a causas m uy concretas. Al intendente de Guanajuato,

t e n i e ~ t e

coronel

Andrés

Ama

t

Tortosa,

víctima de una

enferme

dad mental que lo llevó a un

intento de

suic

idio, se

le o torgó su

jubilaCión e n

la

mitad

de su

sueldo de intend

ente

. Dada la deli

cade.ca

del caso

,

el

re l

evo de Amat

por

Riaño presentaba. sign

os

LOS N1E ND ENT

ES

RíA¡-'0 Y DÍAZ DE ORTEGA

85

de

prudencia y

lógica.

porque respon

d ió,

en

t

odo

casó, a un a.cali

ficación

positiva de la administración

y

alcances

de Riaño

en

Valladolid (que en u na zona mucho más

pode

rosa

no

se habían

alcanzado por

Amat

), como al

hecho

de que ambas intendencias

formaban parte

de la misma diócesis

religios a a cu

y

jerarquía

Riaño

c

onocía ya con cierta lucid

ez.

Éstos fueron con seguridad

puntos

clave

p r

a

nombrarlo sustituto

de

Amat

en

Guanajuato.

25

Hacia

fines

de diciembre de

1791,

tanto

Ri

o

como el inten

dente de

Durango,

coronel

Felipe Díaz de Ortega,

recibieron sen

das cé

dulas

reales

que

les

mandaban trasladarse

a

Guanajuato

y

Valladolid,

respect

ivamente.

2

6

Díaz de Ortega pasó de una inten

dencia cuyos recaudos

fiscal es durante el

quinquenio 1788-1792

f

ueron de

casi seis

millones de pesos

a

otra que apenas

superó

el

·

millón

y medi

o de

pesos. En

cambio,

Riaño pasó

a

una intenden

cia

cu

yos

ingresos en

ese mismo

lapso

superaron

los

seis y medio

millones

,

cinco veces más de

lo que

había representado para el

fisco su

gobierno

en Valladolid (véanse Anexos). La

diferencia

era

notoria. Pero no debió ser

mucha la

incomodidad

de

Díaz

de

Ortega ante esa situación

. Las intendencias

de

Durango,

Guana

juato

y Valladolid (como las de Oaxaca,

San

Luis Potosí y Zaca

tecas ) pertenecían a un mismo rango; quienes

las

servían eran

compensados con sueldos anuales de

6 000 pesosP El cambio re

p r e s ~ n t ó

para

ambos intendentes la culminación

de sus

carreras

administrativas en la

Nueva

España. Ambos terminaron sus días

como intendentes

en

las sedes a las que los trasladaron en 1791.

Na

tural de

B u r g ~ s

España

, el

coronel Díaz

de

Ortega arribó

a

Michoac

án ' a

principios de 1792. Formó

parte

de esa legión de

militares que fueron beneficiados con cargos de intendeJ: tes a

raíz

de

la

aprobación

de

la

Ordenanza de

1786.

A

su

nueva sede

de g

obierno

llegó acompañado de su segtmda

esposa,

Elena Pie

rres

y Miners, y

de

sus hijos José

y

Ramón Díaz de Ortega,

estos

·

últimos

,

producto de su primera

relación

matrimonial con Toma

sa López

de Séneca

en

España.

28

Su

paso por

Durango muestra

25 AG

N,

Intendencias,

vol. 5, s. n . e.; Rees Jones, op. ci t., p 147.

26 AGN, in tendencias, vol. 5.

27 Ricardo Rees Jones, Real

Ordenanza

para el

establecimiento

de

intendentes de

ejér-

ci

to

y provincia

en

el reino de la Nueva

España

  UNAM,

México, 1983,

art.

303 .

Rees

Jones, El desp

otisnio .

..

o

p.

cit.  

p  143.

28

Gab

riel

barro

 a Arriaga, Famiiia5

casas

de

la l ieja Valladolid Fimax-Publicis

tas,

iv

loreiia, ?vféxic). 1969, pp. 93 Q

4.

Page 27: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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86

LOS l?\J'TENDENTES PI AÑO YD ÍAZ

DE ORTEG

u

na

se ria

inclinación

re f

ormi

sta .

 9

Esto, al

pare

ce r, f

ue

el s

in

o

de

esa primera generación de L.'l.tendentes novohispanos .

Díaz de Ortega encon tró en Valladoli d de Michoacán una

in-

tendencia regularmente

organizada,

au nqu e no sabe

mos

cómo

dejó la de Durango . Con una base administrativa en la qu e desta-

caba

el cuemo de mL.'l.istros de Hacienda

y

tres de cenas de subde

legacione

s

~ p e r a n d o

con

no

pocos

confÚctos, a

rr ibó

a

su nu e

va

sede. Defensor

a ultranza

de

la reforma, desde su llegada a Valla

dolid asumió, sin embargo, un a actitud muy crítica de la

obra

ins

titucional y

po

lítica

de

Riaño. Su postura

debió estar

inflttida por

el clima negativo que, desde

instancias

como la audiencia,

se

ex

pr esaba por es os años contra los intendentes, atmque quizá actuó

con inteligencia ante la nula efectividad

de

jurisdicciones creadas

"al

vapor"

por

su antecesor.

Sus críticas a Riaño coincidieron coyunturalmente con dos

demandas

y dos

denuncias que presentaban

oidores influyentes

como

Francisco de Oviedo,

Baltazar Lad rón

de Guevara y

Euse-

bio Ventura Beleña

.

Las

demandas

eran

que

del

virrey dimanara

la

autoridad

jurisdiccional

que

el artículo 12 de la Ordenanza no

había logrado

conferir

a los subdelegados, y que aquél recupera-

se su liderazgo patrimonial en el virreina to. Por su parte, las de-

nuncias calificaban de ineptos a muchos subdelegados que se

habían dedicado

a

vejar

a los pueblos;

mostraban

la existencia

de

subdelegados

que

ejercían sin tener facultad

de hacerlo

,

pues

tenían

fiadores de pueblos d is tantes al que servían, y señalaban

que se

vi o

laba también (según su irlterpretación) "el código

de

obligatoriedad

sobre

el

origen peninsular" de aquéllos

,

30

La

cam

paña

de la

audiencia mostró

su efectividad.

Algunos funcionarios

cercanos

a

la

secretaría virreina criticaron

sin

pudor

la l

abor

de

Riaño

en Valladolid años

después.

Señalaron que a

su

paso por

Mithoacán

gobernó más "urgido de

recoger buena cantidad de

29

Pero

de

su

pa so como

int

end ente de Nueva

Vizcaya

(Durango)

conocemos

muy poco

. Además de ser una de las cajas

recauda

toria s loc

al

es más importa n tes

del

quinquenio 1788-1792, que ubicó a Díaz de Ortega como

tm

o de Jos intend en-

tes

más

.impo

rtantes

de la

reforma

en su fase inicial,

sabe

mos

qu

e en 1787

comba

tió en dicha ju ris d i

cción

la p l

aga

de

al

acranes

que

nor malm en te

aso

l

aba

a sus

habitantes, valiéndose

de los recursos

de

Propios y Arbitrios de la ciud ad . Y

que

en

1790 .

informó

que en la i.' ltendencia

de

Nu eva Vizca ya

no existían repartimien

t o ~ véase _Rees nes, Reai Ordenanza ... , op. cit ., pp . 161 y 170.

0

\GN,

:,ubcte egad

os, vo l. 31 s. n. e.,

fs.

44 -49v y 74-78v.

LOS INTENDENTES R A ~ i O Y DÍAZ DE ORTEGA

87

recursos, que

obligó

a su sucesor desa

parecerlas por

inoperante.s,

miserables e ineficientes .31

Preocupado

por

el rumbo de las intendencias,

un personaje

de

gran talante

reformista como el virrey Revillagigedo concib ió, a

fines

de

1791, un plan para revitalizar la

autoiidad de los

nuevos

jefes políticos.

Fue

a

partir

de

esta

decisión que solicitó in

finidad

de informes

a los

intendentes

y

por

supues

to,

éstos

a

sus

s

ubde-

legados. Pero, imposibilitado

para

ejec

utarl

o, optó por solicitar a

todas las inst

an

cias gubernati

vas

ligadas a la nu e

va

ley ir;formes

precisos sobre

cuále

s eran las v ariac iones

de

la Ordenanza

que

más habían

afectado

las téireas

de

·los intendentes .

El informe que elaboró el

intendente

Díaz de Ortega referente a

su jefatu ra

sintetizó de

manera ejem

plar

los problemas

centrale

s

ésta .

32

Díaz

de Ortega

dejó muy claro que, con

todo

y que exis

tía tm

funcionamiento

real

del

nuevo gobierno,

muchos

asuntos

seguían "o perándose y rig

iendo

en el

territorio

a la

manera

tradi-

cional". O bien, como en el

caso de

los

di e

zmos, "ni siquiera se

había

podido

poner

en práctica

el

articulado

de

la

Ordenanza

que

avalaba la autoridad del intendente".

Pero

más drástico le resultó

detectar

que los

enteros de caudales

arrendados que desde 1788

debían

ser entregados a las oficinas locales

de

Hacienda

"seguían

enviándose directamente a las oficinas centrales". Aún

no

se con-

centraban, como

se

suponía ya

debía

practicarse

por ley

en la caja

local.3

3

En

este

mismo informe se detuv o a

ana

lizar artículos

cuya

sus-

pensión causó

alteracion.es

al curso

recaudador. Por ejemplo,

en

relación

con el artículo 137 señaló

que

el hecho

de haberse man-

_dado a cobrar el impuesto tributario en los té

rminos

de

la legisla-

.

ción anterior, ocasionó

un

grave perjuicio

a

la Real

Hacienda

en la

intendencia.

La razón

: porque

creó

confusión,

argumentó,

en las

cuentas de distintas com'..midades, ya que "mientras los tributa-

rios de un pueblo

pagan

a 17 reales, otros lo hacen a 18, otros a 21,

figurando

éstas

en cacao, maíz y

ro

pa, viniéndolas a

reducir

a

31

AGN,Subdel

ega

d os, vo l 59,

fs.

52-52v. Véase supra, n. 24.

Jz El

títu

lo de l

informe

de

1 7 ~ , : : 3 - 1 7 9 4

de Felipe

Díaz

de Or

tega fue

Relación que

de las

restricciones, ampliaciones, ~ e r o g a c i o n e s o suspensiones, que han tenido algunos

artículos de Ía Real Ordenanza de 4de diciembre de 1786

deszn1és

del establecimiento

de

las Intendenóas, dirige al Exmo.

Sr

. Virrey el r z l de

VaÚadolid con

expresión de las

reflexiones

que Ee le ha

n

ofr

e

ci

do.

.,

bid .

Page 28: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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88

LOS II'ITENDENTES R AÑO Y DÍAZ

DE

ORTEGA

Rs." tv-Iatizó su comentario

cu

ando escrib ió au e el i 1di o tribu ta

rio reduc ido a un p ueblo y casado pagaba pesos, mien tras el

1a borío

sólo

dos rea l

es

, por lo qú e "éste no procura radicarse

[casarse], que estando con igualdad lo executaría, a que le a grega

los

fraudes

que

se

cometen

en la cuenta

matrícula

, así los indios

laboríos, como los mulatos, procuran ocultar su estado, con el f.n

de

no

pagar

m ás

tributo

" .

  4

Así, al

darse

dichos trib

utar

ios

"por

solteros,

o v

iudo

s, y ál tiempo de p aga rlo, el

recaudador

que pro

cura i

nformarse

les

cobr

a como

tributari

o entero qüedando el

aumento a f

avor del

subdelegado . ."

35

Al

referirse al

artículo

230,

relativo a que todos los caudales

p r o e d e n t ~ s

de las rentas admi-

nistradas y arrendadas debían ingresar a la tesorería del territo

rio,

mencionó

que en ln concerniente a la renta de la intendencia

"solo lo executa el d e esta Capital,

y

de un

año

a es ta parte, la de

Pazcuaro, ygnorando el porque

no

lo hacen las restantes de la

provin

cia"

36

Las quejas y

lamentos

del intendente

de

Valladolid en derredor

de

la

desorganización de

la tesorería

local

describían

nítidamen

te una

temprana

crisis de legitimidad

de

las

intendencias

novo

h ispanas c

omo

modelo administrativo y

organizativo. Pero

la

época

y el año (1794)

podían

justificar

en

parte la

situación

.

Para

entonces, es cierto que la intendencia de Valladolid no alcan

za

ba

:¡.¡

AGN,

-listoria, vol . 74, s. n. e , fs. 296-296v. Véase

tambi

én en AG

N,

Trib u tos,

vo l

48, exp. 8 , fs 164-417, el informe sobre la

dif

ic

ul tad

que prese

nta

la reca u

dación

de

T

ribut

os en la

jurisdi(ción de

Valladolid p or la costumbre

que

tenían l

os

i I1 dios

de p

aga

r los .

días

d e

San

Juan y Navidad.

Díaz

de se

ñala

en es te info

rm

e

que no

quenan

pagar

por tercios

anuales

en lu

ga

res como Indaparapeo, Charo,

Chucándiro,

Huan

go,

Puruándiro, N

um

arán,

Coc upa

o,

Pátzcuaro

, Tz intzuntzan,

Paracho, Erongarícuar

o, U

ruapan,

Taretan,

Ur

ec

ho, Santa Clar

a,

Tacámbaro,

Tiri

pe tío, Huaniqueo,

Zitácuaro, Mara

va ío, Zam ora,

Tlalpujahua, Zinapécua

ro, Ario,

Motine

s,

San Ag ust ín

Ca

rácuaro, Apatzingán, Tancí ta

ro, Tlaza

z

alca,

Huimeo,

Zirándaro, Colima,

Cuitzeo y Ji

qui lpan

(33 en tot

al

).

Más

de

la

mitad de és tas eran

sed es de subdelegación

habi

tadas por ind í

ge n

a s

básica

m ent e, lo que indica las

dificultades d e los subdelegad os

para cobra

r los tributos . Esto

habla

de la reacción

vigorosa

de

las comwl.idad

es indígen

as

rnichoacanas

a las nu e

vas

d isp os icion

es

adm

inis

trati

va

s.

35

fbi

d.; Brading

,

op. ci

t.,

p.

107. Es te

conte

xto i

ndica po

r

qué

el

virrey

Revillagi

ged o dedi có mucha

atenc

ión a es te as tmto, y para el ,.f de di

ciembre.

de

i79

3 ya

esta

ba lista su Ordenanza

pa

ra la formación

de los

autos de jvisitas

y

padrones,

y

tasas

de

tribu tarios de Nueva

Espa. ia. Hecha

por el excelentis imo señor Conde de

Re

vil agigedo

superintendente sttbdelegado

de R.:af.

Hacienda de

ella

en citmplimientc

del

art[cr,

 o 134

de la

Rea

l Or denanza e

lnstr;tcción

.ie

lntendmtes. '

36

AGN, His toria , vol. 74, f ? 97

LOS N-fEl\.'DEl';TES

RIAÑO

Y DÍAZ DE ORTEGA

89

status de entidad a

ut

ónoma y sobre todo legí tima . La resistencia

de todos los

grupos

sociales a creer y ac

eptar

el nu ev o

marco

le

gal era

enorme

. De

aquí que no la conside

r

ara

n o simplemente

la

ignorasen

como par te del proyecto real de modernización admi-

nistrat iv

a

Éste y otros informes de los

intendentes

novohispanos mostra-

r

on

c o ~

crúdeza

l

realidad

novoh

is

pana

y las

posibilidades del

nu evo

rég

imen

como

ma

rco ad

ministrati

vo. El optimismo inicial

de un virrey talentoso como Rev illagige do se convi r tió para

1794-1795

en

algo cercano al

pesimismo.

  7

La subordinación de la

Junta Superior

de

la

Real

Hacienda, ór

gano que asumió la direc

ción

de los asuntos

de

las

intendencias

al

abandonar

Mangino

la

Nueva Espafta, a los cr

iter

ios y prejuicios

de

viejos criollos f

ue un

factor clave en el

desorden

y falta de credibilidad

polít

ica hacia

los intendentes y sus encargos. La situación llegó a tal grado de

incertidumbre que los intendentes no encontraban excusas dig-

nas

para ocultar sus errores

e

imprudencias

en

la aplicación de

artículos ya modificados.

38

En la etapa en que el virrey Revillagigedo buscaba

conocer

más

de cerca

la

problemática global

de

la colonia,

una multitud de

inform

es se elaboraron a

lo

largo y

ancho

del territorio. Respondían

ob

v

iamente

a

solicitudes

u

órdenes suyas.

El

intendente de

Va

lladolid completó dos más. El primero, terminado el 23 de diciem

bre de 1793, fue un censo mu y amplio sobre asuntos económicos,

políticos

y

gubernativos

de la intendencia. Fue una ve

rdadera

radiografía

de la problemática social de su jurisdicción, en la que

destacó desde la enorme influencia del grupo v asco eri el cabildo

hasta

un

interesante diagnóstico sobre la urgencia de implemen-

tar

en

48

pu

eb

los

de

la

zona

ce

ntral de

la

intendencia

(17%

de

los

pueblos de la misma)

una

ur gente dotación de tierras.

39

37

Brading,

ap.

cit., pp. 121-123. .

38

AGN, Subdelegados,

vol. 74, exp. 5 ,

f

263.

39 AGN , His toria,

vo

l 72, exp. 1, fs. 1-62. Su anál.isis de la

pr

o

blemiítica

agraria de

es t

os

pueblos mostró su ve

ta ref

o rmis ta pro t

olibera

l. Por ej emp lo, seña ló qu e_

ocho

puebl os de Valladolid les

ha

cían fa

lt

a

7952

varas d e tie rras, a

cua

tro de Cul t

zeo

1 631, a cuat ro de Z inapécua ro 2 672, a 11 d e Tlaz

azalc

a 10 430, a tmo de ZJ

tácuaro 500, a tres de Jiquilpan 1S90, a uno de Chucándiro 512, a dos de Angaroa-

cutir

o 21 00, a oc ho d e

Pátzcua

ro 5 809, a

se

is de

Coc

u

pa

o

3750

y a Ta

retan

327.

En

total

pensaba que de

b

ían

rep;:¡rtirse

37573 varas

de

tie

rr;:¡s

e n 48 p ueb l

os

de la

i

nt en dencia.

P

ero tamb

ién

consideró tU l ;)

p rob lemá

ti

ca similar en C

ha

patuar

o,

Los Reyes, Chucá nd.ir o, TJJl.icho, H

ua

niq uco y Tere mendo, pu es s i bien es tos p ue-

Page 29: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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90 LOS

N ENDENTE

S RIAÑO Y

DÍAZ DE

ORTEGA

Exactamente

un añ

o

después,

el 24 de di c

iembre

de 1794, e1

intendente

vallisole tano entregó un informe similar al

an te

rior .

Sin embargo, éste fue

much

o 'rnás vol

uminoso.

Incluyó pu

nt

os

que no fuer

on

ab

ordado

s

en

el de 1793, como

reg

istros e

stad

ís- ·

ticos de

fábr

icas, molinos e ingenios existentes

en la

pr ovi

ncia

.

También dio noticias de los con ventos y colegios de religiosos

de

ambos

sexos existentes

en

la

jurisdicción, e integró

dos

i

mp o

rtan

tes instrucciones u ordenanzas reglamentarias en virtud de su

au tor idad legislativa: Lma de 46 ar tículos que sintetizaba la Orde

nanza de 1786, pues

increíblemente

muchos subdelegados no

tenían copia personat y otra de 33

artículos relati

v a al estable

cimiento de

alcaldes de

barrio en la ciudad de Valladolid.

40

El

v

oluminoso

exp ediente,

dado

a co

nocer

entre

todos

los

cuerpos

civiles capitulares de la intendencia, se completó con

una

profusa

descripción

de los problemas sociales (robos, bandas

de

asaltan

tes organizados, crímenes, etc .)

que,

a juicio

de

Díaz de

Ortega,

asolaban a

toda la

jurisdicción a mediados de la

década de 1790.

41

En

sC

los

dos

informes

de

1793

y

1794

muestran

la

intensa

acti

vidad estadística,

legislati

va y judicial desplegada por

Díaz

de

Ortega desde su arribo a Valladolid. Y dan una idea no sólo de lo

que

era su vocación

y

formación

ilustrada

de ajustar a

un

nuevo

orden a

la población no

vohispana,

sino

que

confirmaron

la con

centración

de atribuciones

gubernati

vas, legislativas y judiciales

en estos nuevos dirigentes.

En

verdad, Díaz de Ortega mostraba

preocupación

por la

poca

credibilidad

hacia la

intendencia de

Valladolid con todo y que

instituc i

onalmente

era ya un cuerpo más o menos consolidado .

Así, la Instrucción para

u d

elegados fue terminada el

18

de junio

de

1794.

Se

repartió

a todos los

subdelegados

y

alcaldes

ordina

rios de la

intendencia.

Su concepción sintética

y

elaboración ali

gerada coincide con el contexto

de

críticas contrarias a la reforma.

Además

,

su

apego a los

principios y causas de

la

Ordenanza de

1786 mostró

la

preocupación de Díaz de Ortega acerca del compor-

blos

contaban

con

sus

600 varas legales, eran éstas "más

bien

mont uosas e infruc

tuosas"

, ra zón

por

la

que señalaba

el intendente sus pobladores pasaban

por

serias crisis

f

s. 61-61v.).

La

i

nflu

encia

de

las ideas sobre el

individu

o, el

bien

gene

ra

l y del Estado de los reiormistas de la época, pa recen estar muy presentes en el

Jensamiento

de

Díaz de Ortega; véase Pietschrnann, op. cit., p p.

31

-33.

.¡o AGN, Subdelegados, vol. 64, exp. 1.

¡ dem.

-

- ¡

$

1

LOS It--.'TENDENTES

RIAÑO

Y

DÍAZ DE

ORTEGA

91

t

ami

en to

administrat

ivo

de

los

subdelegados

. El

in

fo rme com

prende,

en este sentido, una serie de

amenazantes

sai-:1ciones co

n

tra aquellos subdelegados

que mal

administrasen los b'ienes

de

su

co

munidad, no

se

comportaran

con

probidad

o cometieran

otra

clase de delitos pLmibles y comprobables en su jurisdicción,

mu

chas, por supuesto, ya contempladas en la Ordenanza.

42

Un elemento a destacar acerca del motivo

de

esa

instrucción es el

cuidadosamente

elaborado tono sóbre

la

ascendencia

irrecusable

en el ámbito local, concebida por el intendente, en todos los asun

tos y causas' tratados por los subdelegados. Esto, que m i ~ a m e n t ~

confirmaba

la pugna que por

entonces se daba

en

los más eleva

dos niveles del

gobierno

coloniat muestra de qué lado estaba el

compromiso político del coronel. De hecho, el primer

artículo

de

la instrucción

hizo

referencia a la prohibición que

por medio del

artículo 12 de la Ordenanza se hacía del repartimiento, cuya viola

ción "y en el caso de que algtma persona verifique

su

contravención

recivirán la competente sumaria yla pasarán á la Intendencia".

43

A

partir de

aquí, y

prácticamente

en

los

restantes

46

artículos,

la

referencia a la

autoridad

inminente

del intendente

es inevitable.

Díaz de Ortega,

pese

al ambiente hostil contra la figura de

los

intendentes y ya vimos

que

ni para

la

recaudación

directa se les

respetaba

por entonces), interpretó

correc t

amente su papel

de

autoridad centralizada mandada

en

el documento original.

Esta intención también se hizo presente

en

la Ordenanza para el

establecimiento de alcaldes de barrio de la ciudad de Valladolid,

elabo

rada

en 1794. La tendenci a a

centralizar

el

aparato

admWstrativo

y

legislativo (como en la Instrucción)

y

de justicia (como en esta

Ordenanza) era

tma

voluntad

más

allá de lo manifiesto en el pen

samiento

y

pluma

de

Díaz

de

Ortega,

redactor de ambos

regla

mentos,

En la referida Ordenanza

sobre alcaldes de

barrio

,

el

artículo primero decía a la letra:

El territorio de la referida ciudad

debe

quedar

sujeto

en lo

dvil

y cri

minal

al Corregidor Intendente, al

Teniente

Letrado, y a los alcaldes

Ordinarios, con exercicio acumulativo, de modo, que los

ocho alcaldes

de

Barrio, que se

nombren para igual

nümero

de quarteles

sub- .

.

42

lbid., como po r ejemplo, los artículos 5, 8,

9,

i .t, 33 y 36 de es ta Instn

 }c

ión para

S¡¡bdelegados .

43

id.

f.

30

Page 30: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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92

LOS

iNTENDENT

ESRl:\ÑO

Y DfAZ

DE

ORTEGA

divididos en los quatro

rnJiores

[ . .] sean Jue ces por el o rden d e

su

Enumerac ión i

os

referi

dos

Corregi

do

r

Intenden

te, Ten

iente

Let ra do. y

.A.lcn

ldes Ordinar ios . .. ¡.¡

· En la Ordenanza

de

Díaz

de Ort

ega, los

alcaldes de

ba

rrio eran

conceb id os

como

apo yos del trabajo de las nu evas aut

oridades

ilustrad

as. La

duración

en

el

cargo se r

ía

por

dos años,

y

se

les

elegi

ría en

el

ayuntamiento

según propuesta del procurador sín

dico.

Entre muchas de

sus tareas

harían rondas

nocturn

as

, m n i ~

festarían violaciones de horarios ventas de bebidas embria

gantes, llevarían un

libro foliado sobre

los habitantes de

cada

barrio y

cuartel

,

apoyarían

a mujeres pobres (d oncellas y viudas)

a encontrar

oc

up

adón,

debían inspeccionar

casas

de ind ígenas en

días señalados por el párroco "pa ra asegurárles beneficios espiri

tuales" y, en generat debían coadyuvar a la buena administra

ción

de

las

causas

de policía y justicia. El

intendente

sería su jefe

máximo.

45

Siempre

por

estas fechas,

el

intendente

y

sus

ministros

conti

ntlaron respondiendo

,

una

a una, las

solicitudes

virreinales

de

dar informes sobre el estado de la administración y gobierno de la

jurisdicción. El 3

de noviembre de 1793,

y

en respuesta

a

la real

orden

del

30 de octubre,

enviaron

su reporte o

Noticia

del

audal

existente en calidad de Depósito en la Tesorería de Valladolid entre

1790

y

1793.

Este breve informe sumaba la cantidad de dinero que di

versos

particulares tenían en depósito

en

dicha

Tesorería.

Corres

pondía

a

rubros

como el entero de

impuestos

tributarios y licencias

interinas,

entre

'

otros,

m.mque

prip.cipalmente

se tra ta

ba de

re

mi

siones alcabalatorias relacionadas con ventas de casas, haciendas,

etc .

La

cortedad de aquél

(apenas

5

678

pesos causados

.

en

Mara

va tío,

Pátzcuaro,

Tlalpujahua

y

Valladolid ) ejemplifica muy bien

la poca

confianza del

vecindario hacia la nueva forma institucio

nal.46 Contra

ella

también

deb

ía

actuar

Díaz de

Ortega

.

Asimismo, en

observancia

del buen gobie

rno que

se pretendía

implantar,

otro

informe fue

emitido

desde Valladolid

el 22

de

novie

mbre

de

1793.

Correspondió a

un

a de sc r

ipción

o

Estado de

las

árce les

Púb licas de

la

Intendencia de Valladolid

y fue

elaborado

4 em   r.

S9

,

¡s

: n l

fs . 63  67.

k> \G N

Su

b delegados,

vo l.

7, , <p   :1

fs

. 348-330.

'

.

l

LO S IN1ENDENTES R AÑO Y DÍAZ

DE

ORTEGA 93

en respuesta a o tra solicitud virreina . Mediante él, Dfaz de Or tega

hizo

saber

que el número de cárceles

en

la in te

nd

e

ncia

era

de

56,

pero que la

única

que operaba

con fo

nd os prop

io

s

y

caridades "

era la

de

la cap ital Valladolid . Con

excepciqn de

la cárcel ·

pública

de Pátzcuaro, que

gozaba

de una asignación de

77 pesos 6

reales,

señaló el Í11tendente

que

las demás "carecen de asignaciones y se

mantienen

po

r

sí mismas''.

47 ·

La sih1ac

ión

no

de

bía

halagar

mucho el orgullo

aün

íntegro

de

un

reformista como Díaz de O r tega. La inseguridad

públic

a ya

había sido percibida

por

él desde su arribo a Valladolid, particu

lJrmente "

por

el rumbo de las subdelegaciones

de

Jiquilpan y

Zamora". Según

-su

in

forme anterior

, por

esa

zona

occidental

de

la intendencia operaban "

band

as

de

l

adrones

" especializados en

el

rob

o de " oficinas

admin

istrativas como la del tabaco",

entre

otros lugares

con asientos

de oficinas de la Real Hacienda. Sus

descripciones sobre el traslado de "66

vagos

" y otros reos desde

la

intendencia

hacia

Mé xic o, bajo la vigilancia del comandante

Dionisia

de

la

Torre (su y

erno)

y

una

cuadrilla

de

14

guardianes

a

caballo, son muy ilustrativas. Por algún motivo, las administra

ciones locales

bajo

resguardo de agentes fiscales eran elegidas

por

los· asaltantes

en

aquel entonces .

4

s Carecemos

de

elementos para

analizar qué p asos dieron las autoridades ilustradas

para

contra

rrestar

a esas "bandas de

ladrone

s . Lo que

podemos

afirmar

es

que muchos robos

y

desfalcos a la Real

Hacienda

fueron cometi

d os,

bajo

su periodo administrativo , por los mismos funcionarios

la institución.

La situación de los repartimientos tamb ién

fue

motiv o de

un

informe

especial.

La posición

contraria

hacia este siestema que

había

adoptad

o en

1790

siendo intendente en

Durango

(con

to d

o

y

que en esta

demarcación no existía

el

reparto ) cambió

total

mente

en

1792 en su

informe sobre

Valladolid. Apoyó

un a

·especie

de restitución con trolada (como

lo

hicieron

otros intendentes

)

por la

misma

au toridad refo

r

mista por

él representada. En

gene

raC opinó q

ue

la su s pen sión

de

éstos

en

Michoacán tr ajo como

c

onsec

ue ncia serios tras tornos a trapicheros,

con1erciantes

y

liacendados

" de muchas nartes de la jurisdicción. De forma con-

. r

2ireta seii.aló que , por

ejemplo,

en el antig

uo

corregimien to de la

47

íde?n fs 381 383.

f AGN Subdeiegados ve .

fs.

i:. v  82.

Page 31: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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94 LOS ll\J TENDENTES

R T l ~ O

Y DÍAZ DE ORTEG A

capital, el go

bernad

or Jua n Sevillano

(1776-1779) ha b

ía au toriza

do algunos r epartimientos d e

mu l

as qu e ya no continu a ron sus

sucesores .

En

su

opinión , u rgía habili tar r

epar

tos en jt1risdiccio- .

nes co

mo

tzcuar

o, Cocu

pao,

Pa racho, Santa Clara, Eronga rí

cuaro, Zitácuaro,

Maravatío

, Jacon a, Zamora y Tlazazalca,

por

que, señaló, de ex

istir

un f

uerte inter

camb io comercial, ahora

estaba

constreñido

por

la falta

de mulas

y otros

medi

os

de

trans

porte.49

En

realidad,

el

cambio de

postura en fa vor de la práctica de

repartimientos afectó a casi todos los

intendentes

nombrados

1 •

desde el inicio de la reforma. Ello sólo ilustró cómo

una

posición

teórica, de

fend ida por

el principal

prómotor

de la

reforma,

José de

Gálvez, fue rebasada por

la

red de prácticas corporativas e intere

ses

productivos y

comerciales de

grupos en la Nueva

España.

Incluida la actitud contraria

a esta realidad de intereses, similar a

la de Gálvez, de aquellos intendentes radicales directamente liga

dos a

la familia

y

núcleo

político

del

fallecido

ministro de

Indias:

Pedro de

C o r b ~ t l á n

Lucas

de

Gálvez, Felipe Cleere,

Díaz de

Salce

do y Díaz

de

Ortega, entre otros.5° En Michoacán, según los juicios

de su intendente, la situación

económ

ica de los indígenas se tor

nó crítica a

raíz

de que fueron suprimidos los repartimientos. Por

eso juzg6que con la

reautorización centralizada

del

sistema

(con

trolado

en

su

juicio

por

el

intendente)

mejoraría su

estado

y flo

recerá la

industria

, la

agricultura

y el comercio .

51

El

análisis de

las

ideas administrativas contenidas en

esta me

dia

docena

de

informes

y noticias

permite conocer

el alcance

de

Díaz de Ortega como un gobernante apegado al

reformismo

ilus

trado, pero también como un reformador y crítico del sistema

que se pretendía ya

no

implantar

sino

consolidar:

la intendencia.

Esencialmente

p o r q percibió

y corrigió

decisiones organizati

vas adoptadas por su antecesor, que, desde

su

óptica,

fueron

a d m i n i s t r a t i v a m e n t ~ erráticas y fiscalmente

innecesarias ;

con

cretamente,

en relación con el número tan elevado de

subdelega

ciones

que

Riañ

o aut o rizó que operasen en el territorio de la

intendencia.

1

¡1

9

.

.

GN , Subdelegados, l 35, exp. 15.

30

Rees Jon es, op

. cit. 

pp . 168-170.

5I ; \CN, Su

bd

elega

dos.

v;oL

33, exp. 15. f 1 ~ 3

L

OS

Il'JTENDENTES RL .

ÑO

Y DÍAZ

DE

ORTEGA

95

Ast pese a la ofensiva antirre fo rrnis ta de esos añ os, el pensa

miento de Díaz de Ortega se mantuvo entonces

en

la línga del

refo

rmism

o: a  por man tenerse apegado a la filosofía

de la

Orde

nanza b  por su disposición a aplicar bando$ correctivos, tanto al

cuerpo

de funcionarios como de las costumbres

de

la población;

e por sugerir repartos agrarios entre la

población indígena

ante

su

percepción de que

la crisis

económi

ca

por

la

que atravesaba

este

grupo

social abatía las percepci

ones

fiscales;

d)

porque bajo

su gobierno

se aplicó a

cabalidad

la política extractiva

extraordi

naria,

y, po

r

último

,

e  por su

interés en

fomentar

la

industria, la

agricultura y el comercio, así fuese mediante la posibilidad de

revivir los repartimientos. Sin

embargo, esto

lo alejaba

ciertamen

te del espíritu humanista

presente en la

Ordenanza; eso

sí, sugi

riend

o

controlar desde

la ins t

an

cia

gubernativa

la distribución

de

los recursos económicos. Una conducta y línea política

similares

adoptó Riaño como i

ntendente

en Guanajuato.s2

M INISTROS LOCALES Y ASESOR

LETRADO

El estab

lecimiento de

las

intendencias

implicó la

creación

de

nue

vos

cargos

públicos que afirmaron

el control centralizado del

ejercicio de l poder del intendente. Cada intendente debía contar

con

un

cuerpo administrativo y judicial especializado, compues

to por: a  el

ministro

tesorero de la caja reallocat b el contador

general

de

ésta

, y e  el asesor o ten

ien

te

letr

ado. Todos eran nom

brados irrestrictamente por el rey, y sólo en situaci<;mes excepcio-

52

Bradin

g,

o

p.

cit

. pp. 326-329 y 385-411. El

historiador

Horst

Pietschmar

m dis

tingue

tres

di s

t

in

tas

posturas

en el

reformismo borbónico

.

Una se ría

la

de

l

os

reformistas radicales (

como

el co

nde

de Aranda),

quienes

consideraban

im p

ortan-

. te es tablecer

Lma

ruptura comp

le ta

con

los

principios de

la soCiedad

estamental

y

pugnaban porq.ue

se

reconociera

el tale

nt

o y la

capacidad de

cualquier p erso

na

para

actuar

en el servicio público, así f

uera

indio o

miembro

de tma casta. Según

dicho

au tor,

es

ta

ve

r tiente se inserta ya

dentro

de tma

ve

rsión embrionaria del Es

tado

liberal, y a que an tic

ipa

el

principio

de igualdad de los h omb r

es

ante la ley, y

sugiere

que

e l v isitador Gálvez es t

aba influido po

r l a

postura del conde

de

Aran

da

.

En

con

secuencia

, si los

int

endentes no voh.ispanos

l l e ~ a r o n

a

estar

imbu

idos

tambié n por las id e

as

radicales del cond e , aún e c e ~ o s de e lem e n

tos

pa ra

d ete

rminar

las raíces

de

esa esencia pro toliberal en su conducta e

ideas.

Las

o t

ras

d os

po

s turas

se

rían

la

mode

rada

(re

pr

ese

ntada

por el ministro

españ

ol de

Hacienda

M tiz

qu i

z)

y

la co

nserva

dora (r

ep

rese

ntada

por e l

marqu

és

de Pi

edras

Alba

s, en

su

moment o p res ide n te de l Co nsejo de Indi

as

).

Page 32: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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96

LOS

lNTE "rcENTES RlAt':lO Y DÍAZ DE O:tfEGP..

na1es podría el superintendente

general

de

Ha

cienda

(luego

el

virrey) designar de manera provisional a

alguno

de ellos.

Sus

·

fundones

eran,

en

el caso

de

los

primeros, de apoyo ad

mi

nistra tivo hac

endí

stico v fiscal al intendente; el tercero debía

coadyuva; en ta reas relacionadas con el gobie rno y la impartición

de justicia en la ciudad capital, por l lado , así como en aspectos

más

generales

d e gob

iern

o

de

toda

la

intende

ncia,

por ot

ro. Entre

otras

obligacion

es, estos funcionarios debían elaborar informes

anuales de los estados administrati

vos

de la intendencia y sus

respec

tivo

s

partidos,

re v

isar

y aprobar

los es tado

s

de

cuenta y

data de cabildos y

comunidades

indígenas, denunciar

ante

la

autoridad superior casos de corrupción de funcionarios menores

y de

particulares

morosos, dar asesoría

legal

al intendente en la

interpretaci

ón de bandos y reales cédulas, etc. Constituían, pues,

en

pocas palabras, el equipo de gobierno del intendente, y un

apoyo central para dar credibilidad y legitimidad al nu evo go

bierno.

Cuando

Juan Antonio

Riaño asumió

su

cargo

de

intendente

de

Valladolid en ju nio de 1787, los tres funcionarios que deb ían apo

yarlo en sus funciones de gobierno ya estaban nombrados. Las

designaciones recayeron en las personas de Antonio de Medina

como ministro tesorero

,

Juan Antonio

Fernández

de

la Bu ría como

contador

, y

Onésimo

Antonio Durán como asesor letr ado de la

intendencia.

Medina, peninsular,

se desempel"taba

como adminis

trador de la

oficina del tabaco

en

Fresnillo (Zacatecas),

Fernán

dez de la Buría, también peninsular, laboraba en la Nueva España

pero desconocemos en qué dependenc ia administrativa.

Durán,

abogado

originario

de Granada, se

encon

traba en España alistan

do

sus papeles para

trasladarse

a

su nu e

vo

e

mp l

eo. En conse

cuencia, la

presencia

de estos tres funcionarios no

se dio

al

mismo

tiempo.

Mientras

los dos primeros

pronto

se

present

aro n en Valla

dolid

-informes firmados po r

·ellos así lo comprueban-,

Durán

hizo su

arribo

hasta el20 de septiembre de

1788,

17 n1.eses después

de

haber sido

nombrado

para el cargo.

53

La

constituci

ón

del equipo

fiscal

de

Riaño f

ue en ton

ces ágil,

ya

que sus

miembros se

encontraban en

la mi sma

Nue

v a

España.

No ocurri

ó lo mi

smo

c

on su contrapart

e judicial. Por ejemp lo,

su

5

-1  c ja

31tí

exp 

:2 ±.

LOS fNTE¡ fDENTES RIAÑO Y

AZ DE ORT

EGA 97

e1erpo de

ministros

fiscales lo apoyó para aclarar a

su

favq.r el .

rago de sus

i.. l.gresos

como corregidor

, intendente inteiino y lue

go p

ropi

etario. T

en í

a derec

ho,

y así lo aprobó

Fernando

-M·angino

según

el artículo 303

de

la

Ordenanza

, a

re<;:ibir

3 000

pe

sos

por su

servicio como corregidor del 20 de enero de 1786 al25 de enero

de 1787,

y

de

6 000 pes-os

como int

en d

ente

interino

prop

ietario a

partir de

esa última

fecha.

54

Pero la ausencia

prolongada

del

ase

sor

letrad

o lo obligó a

buscar entre

los

abogados

radicados

en la

provincia

a una

persona que por sus

cualidades méritos pu

diese

fungir interinamente

en el desempeño del cargo.

Su

preocupación

se la h izo

saber

a Pemand"o

Mangino

en

sep

tiembre

de

1787.

Mangi... l.o

pidió

instrucciones a

la Jtm

ta Superior

de Real

Hacienda

y en ésta se decidió

que

Riaño pr opusiera

algún sujeto competente de la pr o

vi ncia

  .

55

Durante

un

me s,

luego

de varias consultas, Riaño encontró a dos personas. Propu

so

en

primera instancia

al licenciado Manuel

Joseph

de Orve y en

seglmda

instancia al abogado

Manuel

M.

Ramírez.

El primero

era

peninsular, pero

su edad

av

anzada

y

ya

larga

residencia en

la

colonia podía

hacer

dudar a las autoridades centrales de

su

ido

neidad".

Mientras

que el

segundo

era criollo, aunque mucho

más

joven que Orve. Mangino calificó de improcedentes ambas

pro

puestas, pero

, reconociendo-

la situación

de Rial"to, acordó final

mente

que

el

licenciado Orve

fuera asesor interino hasta el día

que

se presentase

el titular granadino Durán.5

6

Orve

no duró en su empleo . Escasos 17 días después de haber

sido

nombrado presentó su

renunci¡l a Rial"to

aduciendo

una

recaída

de

salud.

Como el criollo

Manuel

Ramírez quedó

fuera

de

los n o m b r a ~ i e n t o s

de acuerdo con

la legalidad

vigente,

Riaño

no pudo

abogar

por su

incorporación

en calidad de

relevo.

57

Mangino tampoco

lo

aceptaría

. Lo cierto es

que en la renuncia del

peninsular Or ve influyó probablemente un acuerdo tomado en

reunión del cabildo de diciembre de ese año . Al anciano abo

gado se le pidió confirmar su limpieza de sangre antes de tomar

asiento para presidir las reuniones a las que no asistiese Ria ño .

El cabildo

argumentó que Orve debía confirmar su odgen aun-

 •

54

AGN,

Il1te

nd

encias, voL

l3

, exp. 21 ,.fs. 247-2:Úv.

33

Ibid. J

6

bid. .

i l i

Page 33: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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93

LOS

l NTE

NDENTES RIAÑO YDÍAZ DE ORTEGA

c

ue

sea de n oto r ia

distinción

po r ser as í

ho

no r de este ilustre

cueruo

  .

58

El.desplante del cabildo h irió probablemente la

sensibilidad

de

un

profesional con Lma

larg

a trayectoria como

abogado de

la real

audiencia y, por extensión, al servicio real. Pero la

situación

acé

fala del puesto

de

asesor

letrado

no le gustaba

mucho

a Riaño, y

por

eso

arremetió de

nuevo postu

l

ando

a otro criollo

cu

ya

t r a y e c ~

toria

en

la región

no era del

to·

do

pu lcra: Matías

Antonio

de los

Ríos. Emparentado, como vimos, con familias

prominentes

de Vá

lladolid,

'miembro

de

su cabildo, abogado de las

audiencias

de

México y Guadalajara, muy cercano al grupo vasco c'omandado

por Isidro

Hu

arte y al sector religioso

más

reacio a la ilustración y a

la

nue

va fi

gur

a

po

lítica del intendente, De los Ríos h abía

sido

seña

lado

como un prepotente especulador durante la crisis agrkola

de años an teriores. Su postulación demostraba la desesperación de

Riaño, o bien, un intento

por

conciliar su desla·vada relación con

el

propio

sector de vascos comandado por Huarte, con quien ya

tenía

enfrentamientos

en

el cabildo civil,

principalmente

porque,

conociendo

todo

lo anterior, Riaño presentó la candidatura

de De

los Ríos

diciendo que er

a un abogado de buen crédito, buena

conducta y

notorias facultades

. Pareció incluso no

importarle

que

siendo

miembro

del

cabildo

civil era--más

que

imposible la

au

torización legal de

su

designación interina.

9

El 18 de diciembre de 1787 Riaño envió

su

solicitud. Pero un

Man.gino celoso del

espíritu

regalista y anticriollo que por enton-

ces se

respiraba en

los

ni

veles directivos de la reformil rechazó

la

nueva propuesta del

intendente vallisoletano. Así,

apoyado

por

el fiscal de Hacienda, le insJ.icó

que

la persona del Lic. De los

Ríos se

contrapone

abiertamente

a lo dictado

en

la

Ordenanza de

1786 y

en

la

propia

Recopilación de Leyes

de

Indias  .

60

Si algo se

tra t

aba de impedir

con la

nueva

ley era precisamente la presencia

de criollos en niveles administrativos y de gobierno important es.

La reacción de los intendentes, en este caso Riaño, se ubicaba más

dentro de ese

margen

de a

utonom

ía ejecutiva que la Ordenanza

les confirió,

por

tan

breve

tiempo, a los nuevos jefes políticos

1

J

saCarlos Juárez,

La

o

 

garq¡¡fa

y el

peder

po

 ít co Valladolid deM

ic

hoarán   1785-1810 

H. Congreso del Es

ta

do de l i c h

a c á n

Mo relia, ;v[éxR:o, 1994, p. 78.

39 AGN

Intendencias

, vol. 13, fs. .,

w

Tbid

f. 253 .

l

OS INTENDENTES

RIAÑO

Y DÍAZ DE ORTE

GA 99

locales. Riaño intentó ap licar ia sin tener m u c h ~ éxito en Vallado

lid, aún buscando resquicios legales y acercamientos q:m los gru-

pos int1uyentes de la loc.alidad

para poder

echar a andar,

paradó-

jicamente, la reforma misma. Por ejemplo,

sus

esfuerzos

tampoco

fructif

icaron cuando

apoyó en 1787 la

candid

atura de otro regi

dor vallisoletano, Gabriel García de Obeso, quien pretendía ocu-

par

la

plaza

de

escribano

de

la intendencia. Sin

embargo,

el

virrey

y la Real H acienda apoyaron al peninsular José Antonio Aguilar

en lugar del

tamb

ién int1uyente mohtañés García de Obeso .

61

Tan

to éste como uno de sus apoyos, el minero José

María

Anzorena,

integraban el grupo opositor a Huarte y fueron quienes, más abier

tamente, se habían

opuesto

años antes al abogado Matías Antonio

de los Ríos cuando éste ingresó al cabildo civil vallisoletano.

62

El asesor titular hizo su arribo a Valladolid hasta el mes

de sep

tiembre de 1788. Riaño finalmente vio completo su cuerpo admi

nistrativo,

fiscal y de justicia . El joven abogado Durán era hijo de

Fernando

Durán y Vega y

Dionisia Fernández Benítez

,

ambos

de origen

social

distinguido en Granada

. Su hijo,

Onésimo,

reali

zó estudios en el Colegial de San Bartolomé de su ciudad

natal.

Siendo

mu y jov

en ganó

una beca

que

le permitió

estudiar

cinco

años la carrera de leyes, graduándose

en

derecho civil en la Uni

versidad de Granada . Sirv ió durante

cuatro años

en los despa

chos

del

prestigiado abogado

Pedro

de Saraytia y Goytia, lo

que

.

le valió adquirir experiencia en

asuntos

contenciosos. Por lo mis

mo

y por las buenas relaciones de

Saraytia con

la realeza borbó

nica,

se

le

promov

como

abogado de los reales consejos_y

real

cancillería de Granada en 1779. Inició así su trayectoria como fun-

cionario al servicio real. Además, desde 1777 fue aceptado como

miembro de

la Real

Academia

de

Práctica

de

la

Jurispmdencia

en

España, cuerpo colegiado adscrito a las ideas ilustradas en boga .

Finalmente

, también

actuó

en comisiones de t ~ i c i o s de residenc::ia

en la sala

del crimen

de la cancillería, y a partir de 1784 se incorpo-

ró al trabajo litigioso

en

los tribtmales de la

audiencia granadina

.

En este ültimo cargo se

desempeñaba (mayo de

1785)

cuando

des-

de

el ministerio

de

Indias

se

le

nombró

asesor de la intendencia de

Valladolid . 3

61

AGN , Oficios v

endibl

es, vo l. 12, e:<p .

,

fs. 190-217.

62

[b

id.

ó

3

AHH

,

caja 516, exp .

Page 34: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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'

,

100

LOS INTENDENTES RLA

l'

lO Y

DÍAZ

DE O

RT

EG A

Como es

de

notarse, Du rán era

un pr

ofesion al que, pese a su

cor ta ed ad (tenía 31 años cu ando ilegó a Valladolid), conta

ba

con

im

porta

nte experiencia

en

asuntos contenciosos . N o es fo rt

uito

que

en

el informe sobre as1.mtos pendientes elaborado

por

Riaño

en 1789

tuviera

el encargo de analizar una gran cantidad de casos

relacionados

con

la

administración de justicia

(civil y

criminal,

pero también h acend aría) de la intendencia. Durante el

laps

o

en

que Riaíi.o realizó

su

visita

por

la intendencia, se creó incluso

:t.ma

subdelegación más : Angamacutiro. Esto,

mostró que aun

cuando

recc;lÍa

en

el intenden te R

iaño la responsabilidad por

entonces

para

autorizar nuevos

distritos, Durán

era

ca paz de decidir en

cuestiones adminis

tra tivas y fiscales.

Los

dirigentes

reformistas, entre ellos el p

ro

pio Gálvez,

vieron

desde

España

que Durán

era un lúcido y potencial

gobernador

reformista;

de

hecho, Durán cumplió el cargo

de intendente

en

San Luis Potosí en tre 1801 y 1803. En adición, pese a

su in

tegra

ción tardía , la

mancuerna

Riaño-Durán representó mucho

para

la

reforma administrativa.

Y

sin

llegar a ser,

quizá

, los

más

pro

fundos,

la

de Valladolid fue una de las intendencias en las que

ciertos cambios se apegaron más al nuevo

marco

legal entre 1787

y 1791: proyectos de reglamentos y reglamentos en sí terminados

(legislación), elevado

número

de subdelegaciones (administra

ción

y fisco) y aplicación

de

impuestos directos (fisco), entre otros.

Sin

embargo, desde

que

Durán

tuvo

conocimiento

del traslado

de Juan

Antonio

Riaño

a Guanajuato,

consideró prudente

alejar

se

de

los ámbitos reformistas de Valladolid, así como mantenerse

alejado de su primer jefe

en

la Nueva España. Solicitó se le conce

diese una plaza en la

real Audiencia

de Guadalajara u otra que

fuese del agrado

del

v

irret'.64

Matiz

interesante

lo

del

 

agrado

del

virrey ,

pues señala

la pérdida de

control

d el reformista

ministerio de Indias

sobre

el futuro de estos funcionarios.

Su

des

empeño

como

asesor

en Valladolid era, no obstante, considerado

aceptable por no pocas personas de dentro y fuera de la intenden

cia . Lo

que

influyó, seguramente, en la tardada recompensa de

Durán.

Permaneció

como asesor letrado

hasta

1799,

año

en

que

por fin

consiguió su

traslado a

Guadalajara

,

donde cumplió el

cargo

de ministro honora rio y de teniente letrado de la intenden-

  t

ú i 

LOS INTENDENTES RTA

ÑO

y DÍAZ DE ORTEG

A

101

cia del mismo

nomb

re h a s t ~ antes d . - .

· a ' ,e ser

no

mb rad · t · d

Luis Po tosí el

21

de agosto de 1801 S l . o en ente

de

r

ea

actada desde 179l conió e · u so cltu . de traslado,

harían

' d ' ' . on una carta

de

apoyo en la que

se

arn,n .Cintes elogws sobre

su labor

en

f d

por Juan

Antonio

Riaño. Pero también 1 u ' a

ooderosos de

··T · - .

0

apoyaron

comerciantes

n Iaoon vasca y montañesa com D ·e:: · G ,

de

Carrasauedo

y Diego N.

1,

C

' '

o

l ü n i ~ l o

aroa

, - ICO

as orrea.

0  

Su deseo de abando 1 · .

rribo d 1 . nar a m tendenCia se incrementó a ra íz

del

reas . e n

ue

vo

m t e n d e n t ~

Díaz

de

Ortega. Éste lo relevó

de

ta-

l e t r a d ~ e p n r ~ a l m ~ n t e

h u ~ i e s e ejecutado en

su calidad de

asesor

tad . eJemp o _ en la mtegración

de

los

informes

sobre el es-

y

B ~ ~ ~ i ; ~ r i ~ ~ e ~ d e n o ~ s o l i

~ t a ~ o s por los virreyes Revillagigedo

Aauilar partic·

~ s e r ~

ano publico

del

ayun tamiento José Antonio

m ~ s ta

mooco

Ipo

~ ~ s _que

el

propio

Durán. El tono de esos infor

mente el trab ?ebro d ~ J a r ~ o n t e n t o a Durán, pues se criticó fuerte-

aJO

organizatrvo de

Juan

Antonio Riaño A , .

a Durán le , . e . SI, mientras

de Ort

p a r ~ o ~ excedrdos

algunos

juicios emitidos

por

Díaz

e x i s t e : c ~ :

acwn

c ~ n

las

subdelegaciones

,

éste juzgó

grave

la

·

. 1 3 ex

pedientes

acumulados y no resueltos (civiles

~ ~ ~ : ~ ~ ~ i ~ ~ ~ : . ~ l s : ~ ; ~

~ t e L ~ ~ e n c i a .

Para

Díaz

de Ortega,

señala;

tamb. , p to de arranque

en su

aobierno pew

j u ~ t i c ~ = ~ ~

~ : - : . ~ n ~ r a

calificar de

lenta

la administraciÓn de

al virrey l l l a r ~ d ~ ~ ~ o ~ y de a c u m u ~ a ~ puntos a su favor frente

bién afectaba al g g . . D Era d: la opmwn que esta lentitud tam-

. . , . . erano . e aqur que el nuevo

intendente mantu-

':'rera s_lLCntiCa, antes seí'i.alada, relativa a diversas mal .

~ ~ m ~ t r d a s por i n i s t ~ o s y ·administr

adores

de rentas : r ~ = : ~ ~ ~

~ ~ l a pero

no

atendidas por las autoridades antecedentes 67

J o s é ~ ~ ~ ~ : ~

~ u r ~ n

en el P:lesto

de

asesor letrado fue el doctor

e eran. De ongen montañés y

con

relaciones de

65 Ibid.; Durán fungió como

inten

d ente d S . ,

has ta mediados de noviembre

de

1803

a ;

Lws _Po tos t s ~ e el21 de agosto

gos

como ministro

h

onora

rio teni O I ~ e ll

ego

despu

es

a e cumplir encar

Sob re esto

últ

imo y

en

o-eneral sob en,le l

eftrau

o en la

m

te

nd

e

ncia

de

G

ua dala jara

.

V S

o •

re e re o rmt s

mo en

las · t :l

· ·

d

t

scaya

y

an

Luis Potosí, véase Oakah

L

- Jn en e en ctas e Nueva

Spa

nz

sh F

ron

tier, Univ

e

rsity of

N . · o

nes

Jr.,

Nueva Vrscaya, Heartland o  the

d L

- ew

ex

1co

AlbuGuerque

1988 M d'

e,

a m t

mdenc ia

de San Luis Pot . -

T

ll

' G , _  · ' ' Y t erce

es

M ea

Luis Po tosí, México/ 195

6

. a eres rattcos de

Ed

i t

orial Un

iver

sita

ria

,

oo

A H I-1  

leg . 826, exp . 105.

,,,

lb

.

· · ¡,,., Y

teg. 82

9,

exp. 6.

Page 35: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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102

LOS Il\o'TE

"DENTES RIAÑ O YDiAZ

DE ORTEGA

oarente

sco c

on comerciantes de

México y Valladolid,

Terá

n se

~ o n v i r t i ó

en rival acérrimo del intendente Díaz de

Orteg

a.

Pre

via

mente a su nombramiento,el cargo

de

asesor lo solicitó el promo

tor fiscal d e la

intende

ncia, licenciado José María Estévez Y Cer

va ntes,

miemb

ro también de

la

Audiencia y a quien Riaño

y logró

ub

icar

en

el

puesto que desempeñaba

. Pero

no r e o b ~ r

apoyo de

Brancif

ort

e ni

del intendente,

Estévez re

tuo

su

candl-

datura.  8

Las

desa

venencias entre Terán y Díaz

de Ortega

se

expresaron

como resultado de un pleito ocurrido en 1802, en el que estuvo

de

por medio

Isi

dro Huarte

. A

partir de

entonces,

la

pugn

.a entre

ambas

autoridades de la

intendencia

fue constante. Lo oerto es

que correspondió

a Terán recibir las

Ua_ves y_a

rcas

de la

in stitu

ción

al fallecer, a principios

de

1809, Fehpe D1az

de Orteg

a.

~ a m -

bién

fue Terán

quien

enfrentó como

autoridad máxima

las

pnme

ras

rebeliones

contra

el despotismo real a fines

de

1809,

cuando la

intendencia era ya una institución relativamente e s t a ~ l e

desde

la

óptica

estatat

pero

mu

y perniciosa desde el

punto

de

v1s

ta de los

habitantes de estos territorios michoacanos.

RECAPITULACIÓN

El

pensamiento

y acción

política de

estos

dos intendentes

guardaba mucha

dtstancia. Durante el

breve

tiempo

q t ~ ~ b e r n

la

intendenc

ia,

Ria:ñ o

fue cápaz

de desplegar

una convKclOn ~ b s -

tinada por

la

nueva

legalidad,

que

.le

p e r m i ~ i ó o r g a n i ~ a r una

titución

con

un poder ejecutivo embrionano

pero

v1goroso.

Sm

embargo,

el factor tiempo fue el

principal

obstáculo

para

conocer

su

desarrollo como aobernante

ilustrado

en

una

zona altamente

compleja

, es decir,

un

a intendencia donde

el poder

y l o ~

privi

lea-ios de las corporaciones (clero y gmpos de los aytmtam1entos)

e s ~ a b a n tan

fuertemente

ligados y

consolidados

que mu y proba

blemente la

confrontación entre

ambos poderes

iba a resultar a la

.

larga

explosiv a.

Su compo

rtamiento co

mo gobernante

en Gu

_ana-

juato así

lo indica,

ya que supo

desligar

su figura de

~ u t o n d a d

más interesada

en servir al régimen borbónico, y

no

deJarse hala-

oa

AG:--l,

Subdelegados,

voL 11

exp.

1 fs.

5-5v.

LOS lN1ENDENTES RIAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA

103

~ a r por

los

in

.

te

reses

de

las

corporaciones

y

gr

u pos

poderosos

~ _ o . m o

la Iglesia, los

hacendados

y

comerciantes de

los

ayunta-

mientos

, entre otros.

Hacia

ahí ap

unta

ba la personalidad

de su

sucesor,

Díaz de

Ortega.

A ~ b ~ s

.intendentes, a través

de sus

infor

mes y opiniones,

~ u e s t r a n mdiClOS de

estar muy influidos por las ideas

modernas

a:l

grupo

carhs ta

y

por

supuesto, del ministro

José de Gálvez.69

Sm embargo, mientras

Ria

ño

logró

mantener un

a línea

politica

transparente

en ~ l a c i ó n c?n

los

grupos de interés corporati

v os y

local

es en

Guanap.Iat?, D1az

de

Ortega f

ue cayendo progresiva-

m e n t ~

(en buerla

medida, por

la

propia

política

dictada en genera

l

a los

m t e ~ d e n t e s en

aras

de

sostener la política extractiva) en las

redes

d_ 

m t e r ~ ~ e s de

dichos cuerpos tradicionales a los

que

debía,

en

teona,

debthtar. Y

aunque

ciertamente no dejó de hac erlo,

con-

secuencia m.ás

~ i e n

las exigentes

demandas

fiscales

de

la

épo-

ca, es mu y srgmhcatlvo

que

a partir

de

los

años

1797-1798la recia

p e r s o n a

l i ~ a d

r ~ ~ o r m i s t a qlie demos tró en

la

primera década de

ad

_

n:mrstranon en

Valladolid fue

desapareciendo hasta

casi

1dent1f1carse,

plenamente,

con los intereses

de la

oligarquía valli

soletana.

La corrupción

entendida

básicamente

como

el desfalco a las

Cajas

R e ~ l e s ~

el

nepotismo

y hasta

una pérdida

parcial

del con-

trol

del eJerooo de

la justicia y la

administración

(p

ropiciado

por

un

caso extremo

de c o r n ~ p c en

una

subdelegación

serán

sig

nos elocuentes de un gob1erno que, pese a su lucidez para llevar a

cabo reorganiz

.aciones internas y a

encauzar

hacia una

le

aitimi-

dad f u n ~ i o n a l

al nue

vo

gobierno,

perdió la brújula de

su

0

papel

modermzador

de

las

relaciones

sociales en la intendencia

de

Valladolid

. La

relati

va

debacle que

el

régimen de intendencias

e

xperimentó

a

partir

de

que

fallecieron tanto

en España

como en

la

u e ~ a España 3US

principales impulsores, se

manifestó en cierto

ser;-ttdo er: Valla.dolid. La

intendencia

se convirtió por esos años

n:as en

t ~ J b u n a 1 d e a l de

las

disputas de

las

corporaciones

y

frac

ciOnes oligarcas que

en

un

elemento gestor de la economía

y

la

sociedad michoacanas

1

:1

69

Ornar ~ u ~ e r r e r

L

as

raíces úorbó nicas de Estado mexicano VN.->.M, lviéxico, 1994,

pp.

68-69, 7J-  6 v 2- 3-246. Pietschmann

op -;;

np 79

-33

; •

L

. .... r . - .

Page 36: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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III.

RJA

ÑO: LA ORGANIZACIÓN

DE LA INTENDENCIA

RI

AÑO

Y LA CONVICCIÓN

O R l v

Este capítulo

an

aliza

la problemática or

g

anizati

va y

administrati

va de las

subdelegaciones de la intendencia

de

Valladolid, y

de la

intendencia en sí, a la que se enfrentó su primer intendente , el

capitán

Juan

Antonio Ria

ño

. Depositar io de una sólida convic

ción

re formista , sus acciones corno gobernante fuer on radicales

pues creó un

gran número

de

subdelegaciones

a partir de las 10

alcaldías

mayores y

corregimientos existentes en esta pr o

vincia

mayor, en un contexto donde el clero era muy poderoso dada su

influencia política

en

la

propia

órbita

del

gobierno

civil.

Casi todas las

sedes

locales de gobierno

que

el

intendente

Ria

ño creó y le fueron

autorizadas

por las

autoridades

reform istas

entre 1788

y

1791 se

ubicaron en

asientos donde el clero rnichoa

cano

tenía sólida presencia; pero

también

creó jefaturas civiles en

pueblos y villas

donde la

presencia clerical sólo llegaba

al

ni vel

de sacristías y v icarías. Es decir, en pueblos y asientos humanos a

los que asistía ocasionalmente la atención religiosa pese a la pre

senéia

importante de almas de evangelización. Esto reflejó

la

idea

administrativa y fiscal·

del

nu evo

gobernante,

así

como

la orienta

ción que dio

a

la nueva estructura de poder

civ il,

en una

zona ·

donde

esta

autoridad

había sido

tradicionalmente

débil.

LOS SUBDELEG

ADO

S: N

UE

VOS FUNCION ARIOS REALES

Los 12 nue

vo

s gobernadores reform i

stas

no v oh ispanos d e

bían

proceder a nombrar a di versos jueces sub al te rno s en sus dis tritos

administrati

vos de sde el m omento

en

qu e asum í

an

el

mand

o eje

cu tiv o de su s jurisdi cciones . És tos se llamaron legalm ente su bd e

legad os . El número

de

sub

de

legados qu e deb ía non1brar cada in

te n de n te no se esp eci ficó expl ícit amente en

la

Ordenanza de

104

·l

RTAJ'lO:

l.-'.

O RG

ANiZACI

ÓN DE LA I

NT

ENDENCIA

1 5

F 86 . Tam poco se mand ó qt1 e s iguieran un cr i ter io .demográfico

n i

mo

para estable cer

una su

bd elegación . Más bien,

se

e5table

ció que pod í

an

nombrar su bdelegados, en función del poder eje

cu tiv o real q

ue

les aut orizaba la n ueva ley en

aquellos

lu g

ares

y

p ueb los

de indios

de s u terr

itor

io don de existieran alcaldias

ma

yo r es y co

rre

gi m ie n

tos

o,

en

su defe cto, o

pe ra ra

una su erte

de

f

un

ci

on

ar

ios auxili

ar

es

men

ores

  ,

co

múnmente

con

oc i

d os c

omo

tenien tes d e alcaldes

y

corre

gi

dores

  .

1

La gr an alcald ía

ma

yo r

Pá tzcuaro-Vallad o

lid

de s tac aba en

este

sentido,

ya

que en el la

hmg ieron hasta 10 o 12

tenienta

zgos.

· Asimismo , d e acuerdo con la Ordenanza

no

vohis

pa

na , el in

tend

ente· debía cuidar

que

su s jefes subalternos fueran de origen

español, peninsulares o criollos, pero

de pref

erencia

los

p rimeros,

según la mtención inicial del reformismo adminis tra tivo . Los sub

alternos deb ían gobernar,

como

sus je fes los

in t

en d entes, en las

cuatro causas básicas establecidas

por

la reforma

administrati

va :

justicia,

policía, hacienda y guer ra.

2

Era su obligación mantener a

los n a

turales

de

su

ju

risd

i

cción

en

buen

orden

,

obediencia

y c

iv

i

lidad,

y su nombramiento

correspondía

por

sí solo y

por

el tiem

po de su v

olun

t

ad

al intendente nombrado en la

provincia.

3

Ah

ora bien, debido a

la

polémica ocasionada por

la

reforma

admini

s trativ a en toda la sociedad novohispana ,

los

intendentes

no gozar

on por

mucho tiempo de

todos

los privilegios ejecutivos

que la Ordenanza les conced

corno gobernantes, so

br

e todo

en

aquellos puntos en que tenían legalmente autonom ía p ara nom-

1

Los

te

ni

ent es de alca ldía s e ra n ju eces que d

ese

m pe ñaban las mi sm as ta rea s

que l

os

alc

aldes

ma

yores

y

corr

egid

ores,

per

o, a d ifere

ncia de

és t

os y

m

mq u

e n o

te

ni

an t

ítul

o for

mal

de em p lea d os reales,

er

an recon o

cid os

p or las a u to

ri d

ad es

com o

hmcion

ari

os

a

ux

iliares . Por lo reg

ular

opera

ban

en pueb los, d is tr

it

os

y

ca

bece

ra s qu e e s ta

ban

lejos d e la sede origin al de la

alca

ld ía mayor,

po

r lo qu e el

titula r b usc

aba

su a poyo pa ra el gobiern o y ad rrúnis tración de su ju r

isdicc

i

ón;

sus

áreas de

gobiern

o eran con oc id

as

co

mo

tenie

nt azgo

s

  .

Véase W

oodr ow

Bo

rah

(coord .), l go

bierno

p

rov

inci

al

en n N

ue

va E

spaña

, 1570-1787, m

  NA

M   Se

ri

e H isto

ria N

ovolú

s

pa

na, nú m . 33,

xico, 1983, pp . 51 y ss. Entre l

os

lug

ar

es

do

n

de

creó

sed es de subdelegac ión el

int

en d ente Riaño y que no te

nia

n asient

os

reg ulares d e

clér igos es t

  Í

n Indaparapeo, Tlulp u

jah

ua,

Zamo

ra , P uruán diro , A

ng

a macu tiro y

Marav

atí

o entre o lros; a l respec to, vé ase

Juve

nal Jara millo, a ges tión ep iscopal de

fray A ntonio de San l\ifiguel

en

M i

cho

acán (1784-1804). Los proyect

os

ilustrados y l

as

de

f ensas ca

 

ónicns , El Coleg io de M ic

ho

a

n, Za mora, M éxico,

1996,

p p.

26

y

ss.

R:ca r

do

Rees h)ncs , Real Ordenlln:,¡ oam el c,tabledmiento de intendentes de

erérci-

to

y proz:in

  ·a ¿n e reino de ltl Nut Ucl

Espa'

11n 

l iNA; •1

1

1983 art. 12.

18. ·

; bid.

1  6

RIAÑO: U . ORGANIZACIÓN

DE LA

INTEND ENCIA

R[ A¡\: Q: LA ORGANIZACIÓN DE LA NTEJ 'DENCIA 107

Page 37: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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brar a

sus

gobernan tes de apoyo : los

su

bd e

legad

os. La Dres

iói".

e[ercida por los s

ec tor

es

opositores

1a

  de

la

~ ~ l e v a

Espar.a y con

t

ra

rios a la

autonomía ejecutiva para que

el

mlendente

nombrara po r su prop ia cuenta a sus

subdeleo-ados

(también

contra la

aplic

ación del

articulado re

l

at i

vo al

~ u e v o

todo de

c?b ro de tribu tos

y

el cobro directo

de

l diezmo por los

nuevos funcwnarios

)

obligó

a la Coro

na española

a m odific

ar

el

espír

itu

ori

gL.

la

l

de

50 artículos

de la

Ordenanza.

Las

modificac

io

nes se die

r

on entre

ma rzo de J 787 y

octub r

e de

1 7 8 ~

En muchos sentidos, es t

o afectó el

pl

an

original de

refo

rmas

a m vel l ~ c a l relativas al po der ejecutivo d el nu evo gobernante.

Pero

-

un

mtendente como Juan

Antonio

Riaño supo

afrontar

la

av

alancha c?ntrarre.fo:mis ta, y en diciembre d e 1788

operaban

ya

en

V

alladolid

18

mm1stros

subalternos en

otras

tantas

subdele

gaciones .4Toda

una hazaña

si considerarnos una serie de dificul

t a d e ~

~ d i c o n ~ l e s (falta de afianzadores,

de

sujetos dispuestos al

serviCIO, amb1ente

hostil

a la reforma, etc.)

que

rodeaban

por

en

tonces

la labor del nu evo gobernante

en

la

región

de

Valladolid

(vé

ase

el

cuadro

III.l).

Los

primeros

meses de la

reforma administrativa

propiciaron

mucha

confusión

en todos los

niveles de gobierno,

más cuando

l

as

derogaciones de decenas de artículos implicaban

mantener

o

apegarse

a las

~ t i ~ · u a s

prácticas

de

gobierno y

administrativas

, que

retrasaban

la

practica

del nu evo gobierno económico . Por ejemplo,

en marzo de 1787,

el

intendente

Riaño

dispuso que

los alcaldes

ma

y

ores,

corregidores y tenientes

adscritos

a

su jurisdicción

ela

b o r a r a ~ i n f o ~ m e ~

~ o b r e

el estado

de

sus

distritos

.

Riaño sabía qu e

'

l ~ s antiguos J U S t i ~ I a s de su

z

ona terminarían sus periodos

de

go

bierno

hasta media

dos

de 1788

unos

y a

mediados

de 1789 otros.

La

solicitud

de

los

informes

la

hizo

debido

a

la

uro-encía

de

iniciar

la

organización de la intendencia, pero también

~ r q u e

apenas en

1.785. Y 1786 habían

iniciado

sus

periodos

como autoridades. Así,

sigmendo lo dispuesto en el artículo nueve de la Ordenanza, debía

esperar que

los

carg o

s

de

alcaldes

mayores y

corregidores

queda

sen vacantes

para proceder a

nombrar subdelegados

.

La ma yor ía

de los

antiguos funci

onari

os

cump

lió a

cabalidad

la

orden de su

nuevo jefe. A pocos días

de

la determina

ción

del

4

.>.GN,

Historia,

vol

73: St:bde egados, vals. 73

y

74.

0

JAD

RO

II I 1  Subdelegac iones creadas

t

re 1787 y 1788

Intendencia de Valladolid)

· · .

Subdeleg

ac

ión

Subdelegado

Fecha de toma

de

posesión

Taretan

Ario

CarácuaroApatzingán

Cocupao

Cuitzeo

Puruándiro

Chucándiro

Huango

Erongar

ícuaro

Huaniqueo

Huetamo

Indapara

peo

Santa

Clara

Tirioet

ío

Tlalpuja

hua

Tlaza

za

lca

Urecho

Zinapécuaro

Carlos J.

Contreras

Juan

José Enciso*

Fran

cisco

Díaz

V

José M.

Argumedo*

Manuel Gutié rrez

Matías

de

Robles*

Fernando

Peralta

Francisco

Corrie

do

Domingo Ga

rcía R

Francisco

Díaz

Q.

Bernardo Peñalva*

Domingo Villegas

Juan A. Negrete

Gaspar Pardo M.

Do

mingo Vé

lez

E.

*

Juan

Zárat

e Manzo*

Domingo

Posadas

Marcos

Larrondo*

27-Il-1787

17-VI-1788

17-VIII-1 788

16-XII-1788 ·

22-V-1788

1788

1788

'17-VII-l l88

20-VII -1 788

21-VII-1788

20-IX-1788

10-IV-1788

1788

12-XII-1788

15-X-1788

26-IV-1788

1-VIII-1788

25-VIII-1788

16-XII-1788

*Alcaldes

ma

yo res que fueron nombrados su b.delegados por el

intendente

Juan

Antonio Riaño . A ni nguno

de

ellos lo confirmó la

autoridad

virreinal,

como sí

ocurriría

con

los nombrad

os

a partir de 1789,

seg ún

las

disposiciones reales

que

hteron contrarres

tand

o la autonomía relativa cedida a lo s intendentes en la

Orde

nanza de 178 6.

F

UENTE:

AGN

Subdelegados,

vo ls.

51

, 73 y 74, e Historia, vol. 73.

intendente Riaño, se dictó entonces la real orden que autorizaba a

los intendentes nombrar

a

estos justicias

como subdelegados.

Podían ser

nombrados

como

tales

en

caso

de

que

observaran bue

na conducta, es decir,

disposición

para acatar y cumplir

las

nue

vas disposiciones legales.

5

Sin

mu:chos

contratiempos aparentes,

el intendente Riaño dispuso

que ocho de

los 10 justicias de la etapa

anterior

pasaran a

gobernar como

subdelegados

cuando

se

cum

plió

el

plazo de sus gestiones dos años después

.

En consecuencia,

Domingo

Vélez

Escalante

,

GerÓnimo Girardi, Juifn José Enciso

,

Bernardo

Peñalva, Marcos

Larrondo,

José

María

Atgumedo, Luis

Gamboa

González

y el capitán Mat ías de Robles, mantuvieron

5

AGN,

Inte

nd

encias, vol.

74,

exp . 5,

fs

.

266  í Ov.

l S

RIAÑO: L

A

ORGANIZACIÓN DE LA INTENDENCIA

R I A ~ ; ¡ 0 : LA ORGANIZACIÓN DE LA

T E N D E N C J ~

109

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7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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CuADRO III.2. Su bdelegaciones

cn:adas

en tre 1789 y 17

91

(I

  endencia de

Valla

dolid

Subdelegación

Co li

ma

Uruapan

Z

amo

ra

Zitá

cua

ro

Angamacutiro

Pátz

cuar

o

Coa

guayana

Paracho

Tacámbaro

5Hbde egado

Lu

is

Ga

rnb

oa

González*

Fr

ancisco

de

Oc

ampo

José

Mar

ía Salceda*

Tosé A. Cal

de rón

Juan Vi

cente

Ar

cea

Félix Gutiérrez de

L.

Juan Francisco García

Juan

Ignacio

Román

Pedro

Monro

y

Fecha de posesión

31-V-1789

1-VII-1789

22-V

 I-1789

.23-III-1790

21-V-1 790

20-XII-1790

4-III-1791

9-V-1791

14-V-1791

· • Alcald es ma yores. Ya bajo los

lineamient

os de la rea l ? rden de 7 de o_ctubre de

1788 e

st

os subdeleo-ad os d e la int e

nd

encia de Vallado

hd

d e M1c

ho

ac

an

fu

er

on

confirmados p or los

0

v

irre

yes Manuel Antonio Flores (17 de agos to de 1787 a 16 d e

oc

tubr

e de 1789) y por el c

on d

e

de

Revillagigedo

II

(17

de

octu

br

e de 1789 a

11

.

de julio de 1794).

FuENTE:

AGN,

Subdelegados, vals.

51

, 73

y

74, e Historia, vo l. 73.

como funcionarios reales al ser nombrados subdelegados en apa

riencia

con absoluta

autonomía por el

intendente

Riaño.

6

El

cua-

dro I I I l da cuenta de las

subdelegaciones

que

sirvieron.

_ .

Que Riaño

nombrara como

subdelegados

a

estos alcaldes ma

y

ores no implicó

,

en todo

caso,

que no procediera

a

formar nue

vas jurisdicciones. Pero las

recomendaciones

de marzo

de

1787

lo

llevaron

a

proceder

con

más

cautela

en

los nombramientos.

En

enero;de 1788 recibió

de

Fe

rnando

Man

gino

la respuesta a su car

ta del11 de diciembre del año

anterior. Su

consu l ta

tenía

como

asunto la alcaldía ma yor

de Colima.

El

alcalde ma

y

or de ésta

,

adelantándose

al

parecer

al

procedimiento

,

había

presentado

su

renuncia. Así, en su oficio

fechado

el 8 de enero, el superinten

de

nte

Mangino le

señaló que mientras

se

decidía

el punto pen

diente sobre nombramientos

de

subdelegados

,

podía

designar de

manera prov isional a la persona

que mereciera

su confianza.

Sin

e

mbargo, Riaño logró co n

v

encer

al

alcalde colimense Luis Gam

boa

a

perm

a

necer en

su

empleo,

e

incluso lo no

m

br

ó

subdeleg

a

do el 26 de feb rero de 1789

7

(véa

se

el cuadro n

1.2)

.

6

AGN, Subdelegados,

vo

L

6,

exp. 9.

7

AGN, In tendenc::J.s, vol. 81, exp. 1, f. 141.

• t

LA

ORDENANZA y LA Al.JTONOMÍA DEL L J T E N D E ~ T E

La flexibilidad y rel

ativa

confianza

que

el

j f

su

perio

r

de

los

in

t

endent

es,

o Mangin

o,

pa

reció d ar a los m is

mo

s p

ara

que c

on

for mar an ágil

mente

su s d istrit os (COJ rela tiva autonomía) entra

ron

en

u

na

fase

cr

í tica

al se

r d

estituido

de

su

c

argo

en

1788.

Los

ir

ü end e

ntes

pa sa

ron

a d epen d

er

e

ntonces

de

la

Jun ta Su pe ri

or de

Real H acien

da, dominada entonces por

un criollo

op

o

sitor

a

toda

la

reforma

: Francisco Javier Gamboa,

personaje

qu e, como mu

chos criollos novohispanos, no aceptaba que la fig

ura

virreinal

perdiera

terreno

frente a la nu eva burocracia central y sus apén

dices

locales. Por

tanto

, a

los

problemas inmed ia

tos

que

éstos

enfrent

a

ron para dar cauce

a

la institución

(af

ianzadores, sujetos

españoles, etc.) se

agre

gó la serie de d i

sposiciones reales

que ~ e ~ ~

m aron la a1..ltonomía ej

ecuti

va

que

la ley u

Ordenan

za les confu10

como

orga

ni

zadores de

las

nu ev

as in

s

tituciones de go

bierno.

Una

d

isposición vi

rr

e

in a

 

de

l 25

de octubre de

1787

ob l

igó

a

todos los intendentes a dar cuenta al v

irrey de cada

uno de sus

nombramientos de subdelegados

. El virrey

se encargaría de con

firmar esto

s

nombramientos.

8

Como

el

superintendente Mangino

aún ten

ía

para entonces poder

e

influencia dentro de la

nueva

estructura administrativa, no

todos

los

intendentes

hicieron

caso

o

cumplieron esta

decisión. Riaño fue uno

de

ellos. Las primeras

dos dec

e

nas

de

subdel

e

gados que nombró no fueron al parecer

"confirmad o

s"

por la autoridad virreina

,

lo que su

g

iere

que ac

tuó con

mucha

autonomía

ejecutiva

en estos casos  9

Sin embargo,

la

tarea

organizativa de los

intendentes entró a

una

etapa

crítica

entre

los

meses

de

septiembre

y

octubre de

1788.

Para estas

fechas el

superintendente subdelegado Fernando Man

gino

ya no contaba

con

el poder

que

tenía 12 meses

antes.

Y co?lo

la lentitud

formativa de

las

subdelegaciones mostraba de por

la

dificultad que arrastraba el experimento reformista

,

la Corona dis

puso

la suspensión

temporal de los artículos

11

, 12

y

129

de la

Ordenanza, aquellos qu

e

mandaban crear nu eva

s jefaturas

loca

les de

ap

oyo en las intendencias, o

sea

, las subdeleg

aciones.

. 8

hiem, vo

l. 74, exo.

5,

fs. 266-270v. So

bre

Gamboa vé

ase

Dav id Brad

in

g,

Vlineros

y

comerciantes n

l iÍtfé:dco borb

ónico, 1763 -1810, FCE, tvféxico , 1985, pp . 103-109.

9

,_GN, Historia, vol. 73; Subdelegados, va ls. 73

y

74.

11  RIAÑO: LA ORGANlZACIÓi . DE LA INTENDENCIA

RIAÑO: LA ORGANIZACIÓN DE LA íNTENDEl'JCIA

111

Page 39: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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El ajuste

normal

en tre una y otra formas

adm irüstra

tivas habia

recmdecido y

demorado

la recepción

de

tributos, fianzas y otras

ramas fiscales

en

la

Nueva

Espafi.a. Esta situación para

nada

tenía

satisfe cha a una autoridad agobiada por sus deudas y gastos

militares.

Incluso

algunos intendentes se quejaban ya, por esas

fechas, de la ausencia de postores "precisamente

españoles"

(s

in

propiedades

u otro tipo

de

privilegios materiales)

para

las

subde

legaciones. Como resultado, una relativa relajación inicial sobre

la posibilidad de aceptar a criollos con

intereses

directos en los dis

tritos, en los nuevos cargos púbiicos locales, parecía inminente,

aunque sólo se

dio

al parecer unos meses después cuando arribó

como virrey el conde de Revillagigedo, hijo .

Mu

y lejana

quedó

la posibilidad de aplicar, ante

esta

i t u c i ó n ~

la circular virreina

del

26

de

diciembre de 1787. En

ésta

se había

hecho saber que todos los alcaldes mayores,

corregidores

e inclu

so subdelegados

en

funciones que incurrieran

en

entregas moro

sas de tributos

(violando

los artículos

126 y 127)

se

harían

acree

dores

de multas,

cárceles y destituciones;

no se

descarta que

la

morosidad .

estuviese ligada

al

uso

temporal

de

los cobros

en

ajus

tes de

deudas

o

en

negocios particulares. Y

aunque

varios inten

dentes se comprometieron a

actuar

con firmeza ante esa circuns

tancia, la verdad es que a ningún justicia (por lo menos de

Valladolid) se le aplicó castigo algtmo por tales faltas, sobre todo

si, como

apuntó

el

intendente

Riaño en oficio del 6 de mayo de

1788, había

lugares

en los que es muy difícil encontrar sujetos

españoles .dispuestos a gobernar como

subdelegados"

10

O bien,

lugares en los

que

las secuelas

de

la crisis agrí cola de 1785-1786 se

sentía

fuertemente

entre sectores tributarios

que, además,

pedían

y

demandaban

a

todo

tipo

de autoridad

real

continuamente

pró

rrogas y despensas

para

pagar este

impuesto"

11

10

AGN ,

Intendencias, vol. 81, exp.

l.

n ldem y Tributos, vol. 16, exp. 7,

fs.

46-68, núm. 4, 2 de diciembre de 1788; vol.

48,

exp.

8, fs. 164-417,

que informa sobre la dificultad que existía al'm

para 1795

y

1800 en

la recaudación

tributaria de

la jurisdicción

de

Valladolid. También

del

ramo

de

Tributos,

el vo

l.

16,

exp. 2, fs .

69-90, que

contiene

tma

copia

del

extracto

de la matrícula de tributarios

practicada

en el distrito del "corregimiento de Valla

dolid de i\tlichoacán",

qut:

incluye barrios de la ciudad capital y pueblos que pos

teriormente quedaron bwjo jurisdicción subdelegacional. Este informe es

fecha

do

el21 de diciemb

re

de 1790, lo que indica que el capitán Ri

año

lo env ió en esta

fecJ-.a

a las oficinas centrales; su elaboracién debió cor

responde

r a los at.os com-

1

1

.r

'

Una

orden

real del 7 de octubre

de

1738

anunció

que los inten-

.

de

ntes perdían un a batalla más

ante

los sectores contrarreformis

tas. Dicha

orden

obligó a los

intendentes

, como ya se

in

dicó, a

dar

cuenta al virrey

de

todos los

nombr

amientos

de

subdelegados

que realizaran a partir de esa fecha. Al

virrey

le

correspondería

aprobarlos o no , es decir, ejecutar el ma..'l.dato definitivo de apro

bación.

Unos

días después, el

22

de

octubre,

Fernándo Mangino

,

jefe de todos los intendentes novohispanos y figura

administrativa

"paralela"

al

virrey novohispano, fue excluido de toda responsa-

. bilidad político-administrativa de la colonia al pasar

como

ftmcio

narib al Consejo de Indias en ia metrópoli. A partir de

entonces,

todas las atribuciones ejecutivas

de gobierno que Mangino

tenía

en relación con la

nueva

estructura administrativa y fiscal pasa

ron

de

manera directa a la jurisdicción

de

la

Jtmta

Superior

de

la

Real

Hacienda presidida

por el vi rre

y,

pero

dominada por

el

gru

po de criollos comandado por Gamboa. En esa misma situación

se

encontraban los intendentes,

quienes

así

perdieron

capacidad

ejecutiva real

inmediata

que

la

Ordenanza

les

confería-,

frente

al

poder

ejecutivo del virrey

en

turno.

Para entonces, en Valladolid, Riaño y sus mirüstros (Medina,

Fernández de

la Buría

y parcialmente Durán) habían logrado

instalar y hacer funcionar no menos de 15 subdelegaciones, entre

las que figuraban ciertamente aquellas en las que nombró como

subdelegados a antiguos alcaldes mayores

y

corregidores. Es

muy

probable, a la vez, que en las jurisdicciones de reciente crea

ció-Q. (por

ejemplo, Taretan, Ca r

ácuaro

y

Cocupao, entre

otras,

donde

el grupo vasco tenía

muchas

haciendas)

hubiese nombra

do como subdelegados a experimentados" tenientes de alcaldes

mayores.

Pero

es

más

factible

que

hubiese hecho

esto último en

los

pueblos que integraban

la enorme

jurisdicción

del correo-i-

. o

miento y

antigua

alcaldía

mayor

Pátzcuaro-Valladolid,

es

decir,

aquellos

en

los que operaban previamente los tenientes : Huango,

Erongarícuaro,

Huaniqueo,

Tiripetío, Urecho y

demás.

12

(Véase el

mapa rn

 

1.

Pélradójicamente,

un

clima

opuesto

a la

Ordenanza se mantuvo

des1e la Junta Superior

de la

Real Hacienda

novohispana.

Éste

pren4idos en

tre

1785 y

1787, es decir,

entre

la cris is a

 >

rícola

y

elmicio de

la

oro-a-

nizaéión

de

la

intendencia.

"' ·

0

12

~ G . J , Historia,

l

73; Subdelegadn;;, vols. 73-74_ 

~ J O : LA ORGA ' IZ,>.CJÓN DE LA I

NT

ENDENCL

·\

RIAl'-:¡0:

LA ORGANIZACIÓN

DE LA IN

TEN DENCIA

113

Page 40: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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:\ .L

-\.PA

IILl Alcaldías ma

yore

s y corregimientos base de la

in tendencia de Valladolid de lv ichc cán

a P ~ ~ ·

Num

ará1 1

"Sta.

Fe

del Rio

z-,.• \ M < • • • ¡ : : : : : ; ~ : . ,

Ú

G u ~ r u q u e o •

h ~ c a n d i r o tO

Zacapu • Terer¡tendo T a r í ~ b a r o

Nahuatzen Comanja

• • Sta. Fe

de

la·

Lagu,naValla.dolid

• Paracho , Cocupao •

Ca

pula

e

Erongarícuaro

: /

Tzintzuntzan Undameo

a p á ~ a r o •

tngambato

Uruapan •

Guanajo

0Apatzmgan

Tareran.

•Urerho

Sta. Clara

del Cobre

0Ario

•Tacámbaro

sólo

logró

medianamente

contrarrestarse

con

el arribo

del

virrey

Revillagigedo

en octubre

de

1789,

un representante avanzado del

pensamiento reformista.

Riaño y

su equipo de gobierno

, pese a

todos los obstáculos, logr;ron organizar más de

20

subdelegacio-

nes

en

la

intendencia

vallisoletana. Tres de los subdelegados (Co

Úma, Uruapan y Zamora) fueron ya confirmados y aprobados por

la

Junta

Superior

y el

virrey Manuel

Antonio

Flores.

Después

de

la

defensa del nüevo

sistema l1echo por

Revíllagigedo, el equipo refor

mista vallisoletano creó entre 1790 y 1791 nu eve subdelegaciones

más: Zitácuaro, Angamacutiro, Pátzcuaro, Coaguayana, Paracho,

Tacámbaro,

Jiquilpan

,

Puruándiro

y Motines. To

dos

los

subde-

l

egados

fueron

entonces

aprobados

por

el virrey Revillagigedo.l

3

El marco

de

las ideas

Hustradas de este virre

y fue clave

para

que el cuérpo

administ:radjvo y

de

gobierno m

~ d a d o por

Riaño

1

id   Sobr ta defensa e

R12 Yil Iagi

ge

do

al pian

de

ir

  tendencius novohispanas

véase

Brading,

o

p. cit . pp .

11:3

-110.

1

1

1

corrrpletara su programa orga..'lizativo local. iniciado al parecer con

par

ti

cular au t

onomía

entre 1787 y 1788.

El

programa comprendía,

por la actitud decidida de Riar'\o, la creación de tres

decenas

de

subdelegaciones

en la intendencia. Las

autoridades

reformistas,

primero

,

pero

ta

mbién

la virreinal

con

Rev

illagigedo, después,

coincid ier

on

decididamente

en

sosten

er

a este aparatoso

cuerpo

de

funcionarios

en

la

nueva

jurisdicción.

Originalmente ni Fernando

Mangino ni

el virrey

Manuel

A

Flores opusieron

alguna

resistencia a las primeras

decisiones

de

Ríaño,

pues

la Orde

nanza

así lo

mandaba.

Y

Revillagigedo

,

por

ejemplo, llegó incluso a la confrontación abierta con el clero novo-

hispano,

por

el celo que

mostró

en la aplicación cabal

de

los prin-

cipios

de

la Ordenanza, así como al

defender

a

intendentes

que,

como Riaño, siguieron el espíritu reformista.

14

Y

aunque

al final

de su periodo

de

gobierno cambió, por ejemplo, el curso de su opi

nión

sobre los

repartimientos

y el papel

que cumplían en

la eco

nomía indígena, sus

acciones coincidieron

con

la necesidad

de

sanear

el déficit fiscal

de

la Corona.

15

Sin

importarle

mucho qué

grupos eran perjudicados en beneficio de la autoridad real,

ni

si

esta

postura

af

ectaría

el espíritu "

galveceano

de la

reforma

ad-

ministrativa.

L AS RAZONES DE RlAÑO

Analicemos

entonces

el criterio

que

aplicó el intendente Riaño

para crear

en

Valladolid, en tan pocc: tiempo, tan

elevado

núme-

ro de jurisdicciones locales . En

primera

instancia parece estar claro

que su lectura

de

la Ordenanza era

en

éste y otros púntos algo

más

que

literal. La

reforma del

gobierno local

estaba determinada

por una

exigencia fiscal aunque la

Ordenanza otorgara muchas

más

facultades

a los intendentes,

pero Riaño

mismo

fue testigo

de que

su

territorio recién salía del impacto de la crisis agrícola

HEs in1presión general

del

autor que alg

unos

de los intendentes que iniciaron

sus

gobiernos

en 1786-1787

tuvieron ese

margen

de

autononúa

q ue les

otorgaba

la

ley, y que poco caso hiciero n de las presiones

de

los

grupos

de poder Locales para

la designación

de

sus nuevos ftmcionarios. ·

ts Brading, op.

ci

t.:

Carlos

Marichal, la

bancarrota del

virreinato: finanzas,

gue-

rra y

po lítica en la N ueva

España

,

1770-1

808

,

en Josefina Z? ra id a q u e z

(coord.),

Interpr

et

acio

nes d

ei siglo XV

mexicano. El ;mpacto de

las

reformas borbomcas

:-J

ucva Irnagen,

rvJéxi

co_

1992,

p.

171.

114

RfAÑO: LA ORGANIZACIÓ N DE LA INTENDENCiA

RI

Al'

iO:

lA

ORGANIZACIÓN

DE

LA

INTENDENCIA

Page 41: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 41/47

b : - o - . A n a

' 1·-

S

' 1786 .,,·¡e t·:nn f1.1ertemente go1neo ata PO 1aoo"' - •

oe :;¡- , '-1- <

-

• · , • · • •

Él mis

mo

aludió con

preocupación de

las se

cu

elas d e esta cns1s

en el campo michoacano,

y

estaba conscien te de que, con _ a _ s ~ en

su poder

tradicionat la

jer-

arquía

ilustrada

del cabildo ecles1asnco

jugó

un

papel central para contrarrestar sus e f e c t o s ~ .

Parecería,

pues,

contradictorio

que un

ilustrado cor:

S l ~

racto Y

sensibilidad auspiciara

en menos

de

dos

aftas el surg1m1e:cto

de

una veintena de puestos

públicos; esto es,

c a r g o ~

_

que e b 1 ~ ~ ser

remunerados

restando 5%

del

total

de larecoletGon

t ~ I ? u t a

:a de

cada sub delegación, en una zona

agobiada

por una cns1s a g n c ~ l a

reciente, y

con

grupos poderOS f)S retice-ntes

a n ~ e

la ola

de c a ~ b ~ o s

en la zona. Pero no era todo. A partir

de

esos anos, la p o b ~ a c ~ o n m

dígena no debía

incurrir más

en el negocio

de

los r ~ ~ a r t 1 m 1 e n t o s .

Y, ciertamente, éstos, atmque practicados en una mm1ma parte de

las alcaldías mayores

michoacanas hasta poco antes de

la

c r ~ a

ción de la intendencia, eran, indiscutiblemente, tma f

uente

de m

gresos

para algunas c o m u n i d a d e s . ~

Si a

e s t ~ agregamos

e;

pano-

rama en

general depr

i

mente

descnto

en l o ~

:n ormes de a.caldes

mayores

y

subdelegados que

él

mismo s o h c ~ ~ o e n t o n c ~ , s p ~ r e c e , ~

ría haber

pesado

en su ánimo más una cuestw:' legal Y ~ o h t 1 c a

(el golpe a la influyente diócesis), que una es tnc_tamente_ f i ~ c a t en

su

decisión

de

crear:

t:¡es

decenas de subdelegacwnes.

Cte:ramen-

te la

última nunca

dejó

de

estar presente. Veamos por que.

'Los

info

rmes señalados

fueron

elaborados entre 1787 Y 1789.

En ellos, alcaldes y subdelegados de Pátzcuaro , a ~ c í t a r o

Y A p a ~

zingán,

entre

otros, informaron sobre la urgenC1a combat1r

algunos vicios de la p o b l a c i ó n ~

como

el ocio, embnaguez Y

juegos

de

azar. También

apelaron

a la urgenCia de generar accw-

16

A ~ N

Subd

ele

gados,

voL 35, exps. 2

y

15. Éstos

contienen

los

i.nf

o

rmes

de

u a ~

Antonio'Riaño y

Felipe Díaz

de Ortega

sobre

el p r o b ~ e m a de los e s _ c a ~ o s rep

arti-

mientos ·que

se

practicaban en

alcaldías

mayores mtchoacanas . Rtano

1

f_ue

t ' po " mo

no p

o 1sta e

rco

en el suyo, destacando

si acaso

que Lm

l ? r ~ :

,

rclan Huarte") al que no "me fue difícil combatir , escnb to. Per? Dtaz de Orte1a

se

mostró impresionado ya

que,

la

ausencia de_

mercader_Jasde reparto,

miseria

y

el colapso económi

co existente

en la

mayona de

los

d1stntos

o s u b d e ~

· , 1 ~ 9 ? - 1 7 9 3 ) demandaban su revitalización

"controlada

desde el

seno

n:us-

gacmnes ' - ' '

1

d · t

' hvo

mode l

a in tendencia". Es tos juicios , coniro

ntad

os c.on e e_p I

eg

u e r a ~ .

ue representó esta e tapa de gobierno•en la zona e a ~ e capitulo vri): ~ o l o eJan

~ e r la difícil co

ndic

ió n

en au

e llegarop a enc ontrarse mtenden te_s _ uCldos la

problemática económica

y s;Cial de q c h o ~

sectores

sociales

s p a n o : .

a ~ ~

bién deja ver, sin embargo, cierta d i s p e n c m con que l l e g a r ; o n ~ s ; . r r u r Y .un p

s

us

ta reas fiscales y de

gobierno,

muy 1 esar de su wlan te ü

us.r"aa

.

j

i

r

115

nes

para evitar gastos superfluos

excesivos realizados

por curas

l ~ c l

,en fiestas y

ce

rem

on i

as r eligiosas, la necesidad

de

arreglar

e

esta o o de archivos

y

cárceles públicos, combatir la tala

y

el des-

monte irracional,

promover

la instalación de escuelas

públicas y,

un

punto clave, ave riguar el uso

y

destino

de

los

bienes de

las

c o m u

i d a d ~ s .

Riaño y

su equipo de

ministros

pusieron especial

atención

en este úl

ti

mo

ptmto.

Se

abocaron

a

elaborar

a

partir de

entonces (artículos 44 y 47) los reglamentos sobre el gobierno y

administración de los bienes

de

comunidad. El 10 de mayo de

1791 informaron

al virrey Revillagigedo

que ya

tenían

completos

los

Padrones

de Tributarios (artículo

133) "de 21 de

las

32

subde-

legaciones

de

la intendencia" .lB

La importancia de la actualización

de

los Padrones

de

Tributa

rios

estaba directamente

ligada a cuesti ones fiscales, demográfi-

cas y administrativas.

Cuando

Riaño dejó

la intendencia

de Valla

dolid para

trasladarse

a

Guanajuato,

sólo faltaba completar

los

padrones

de

Colima,

Jiquilpan

y

Charo. Y

el

22

de

octubre

de

1792

el

intendente

Díaz

de

Ortega informó

al

mismo virrey

Revi

llagigedo

que

le faltaba

integrar

el estado de 42 pueblos de la

intendencia; el

retraso

, explicó, se debía a que les resultaba difícil

a sus subdelegados "identificar bien a cada clase o casta" de esas

dos veintenas de pueblos.19

l captación ascendente

de

tributos durante el breve lapso

admi.'"listrativo de iaño resultó en favor del aspecto fiscal

su

toma

de

decisiones.

En 1788

se registraron ingresos

por

este

rubr

o

de

41085 pesos

, en 1789 de

50179

pesos, eh 1790 de

65178

~ s o s

en 1 ~ 9 1 de 81072

pesos,

y en 1792

de

74209 pesos, año este últi-

:zr:o

de cambio

de intendente

y de

subdelegados,

que

bien pudo

atectar

la

recolección ascendente de

los

cuatro

años

pre:rios.zo

17

AGN, Historia, vol. 73, fs. 142-408. .

18

AGN,

Pr

opios y Arbi tri os; vo l. 5, exp. 2, fs. 372-374, y vol. 34. Sobre

el informe

~ a d r o n e s T r i b u _ t a ~ i o s , ~ véase Historia, vol . 523,

s.

n. e.,

f.

24;

aunque en

éste,

Rtano

informo que

ex

1snan

..?2 subdelegaciones,

nunca pudimos comprobar cuáles

eran

d o: de ellas.

No

se crearon o

se eq

uivo

al escr ibir, o las ftmdó

pero nunca

e

ncont

ro

subd;legados

. También del ramo

de

Tributos

ase vo l. 16, exp. 2,

fs

69-

90, y exp . 7 (num. 4).

19

AG N,

Historia, vo

l. 523, fs: 132-133; y Tribut

os

, vo

l

48, exp . 8,

fs.

164-417, que

c

on t

1ene. el Informe sobre

la

difiwltad

.

y vol. 59,.exp. 3, fs. 21-30, d o

nde

el inten-

d ente_ D1az de O

rt

ega c o ~ s l d ta el 20 de rebre ro

de

1793

s o b r ~

e i

tiempo

en que

debena tener lista la matncula trib u taria de Marava tío y San juan Zitácuaro.

20

ACN,

His tor ia, vo l. 7- ,

exp

. 3. ·

116

RíAÑO LA

ORGANIZ

AC

IÓN

DE LA

D E N C f . ~ .

Rl:-\1\iO: LA ORGANIZAC IÓN DE LA fNTENDENCIA

Page 42: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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Pero un

pr

omed io

anual de

ingresos

de

los : u b d e l e ~ a d o s de

apenas 130, en hmci

ón

de 5% del cobro de

tnlJtllOS,

es fa\ orab ,e a

tma dec

is ión

mu y apegada al

aspecto

legal

en

la cn:aci

ón

de

t a ~ t

subdeleaaciones ; de aquí que incluso p oco despLleS

de

qt:e R1ano

=>

1 · 1 ba

os m a res

os

iera

posesión

a mu chos de ellos, as queJaS p or os

J

o

y las renuncias al empleo aparecieran por

alg

u

nos ru

mbos

de

la

intendencia.

21

· · . ,

Revisemos también si el aspecto étnico influyó en la formaoon

relativamente ágil de tan tas subdelegaciones. En los informes .

de

los

justicias alcaldes

ma

yores los años de 17:57 a

.1789,

se

h ~ ~ ~

tina

referencia constante de asientos de poblaoon cnolla Ypen

sular residie

ndo en

los pueblos y v

illas m i c h c a ~ a s .

Zam?ra,

Tlalpujahua,

Zitácuaro

, Uruapan, Paracho, E r o n g a ~ I c u a r o Zma

pécuaro,

Carácuaro

, San ta Clara, T a c á m b ~ ~ o y demas:

lugares

los que la actividad y presencia de poblac10n de espanoles Y

en?

llos resultaba

intensa

en algunos casos.

22

Algunos

eran

ta:nbien

sitios en los que se desarrollaban febriles activi

dades.

agncolas,

comerciales e

industriales. Obviamen

te, los asentamientos con

población

criolla y europea

significati

va , o

sea españoles

, eran

clave para el

cumplimiento del

artículo 12 de la

Ü I : ~ e n a n z a

con

todo y que muy pronto fue dado de baja por la diticultad para

ejecutarlo cabalmen te. .

Encontrar

a un sujeto de origen español dispuesto a servir un

cargo público era, por lógica, más fácil hacerlo un

pu:blo

o

villa con residencia de españoles que con a u s e ~ C i a r e l ~ t i V a

éstos. Plegarse a este cri terio

significaba, en

teona,

segmr

p1e

de

la letra el nuevo ordenamiento tanto en

su

as

pedo

legal'

como

fiscal. Legal

por

el apego

al mandato

normativo, y fiscal porque

afianzar a los nue v os funcionarios implicaba el d e s e m b o l s ~

de

sumas

de

dinero

que

únicamente

de tentaba n

. los

s:c .t

ores

neos

de criollos y peninsulares.n Así, Riaño y su eqmpo

h g 1 e ~ o n

como

nuevas sedes de subdelegación a pueblos con presenoa ::al d.e

población

criolla

y

europea

. En

este

~ i s m o sentid?, tamb1en

eh

gieron

a

pueblos

y v illas

que previamente funoonaron como

21 ·

GN

SLtbdeleg

ad

os

•¡o J 51

, s. n. e., fs. 262-263. .

' ' ] l,é se Ernes¡o

22 Esta situación ya

habfa s i

do desc

rita

años

a trás

en

a

zo

na. ea . .

· · 17- '  / ·'

i l

I  N ?·'

ser•e

t. tV

em.oine, Relación de Pó

tzcuar

o y su d

tstn

to en :;¡..,

,

o erm ' ; ' - · ' '

r:úm. 1, México, 1963,

pp.

57-92 . , , , ,.

·  - :

5

de

Véa

se

el apartad o

El afianzamiento a

e tos

su

bde1eg

ad

os

J · s rete

poder 

en el capítulo sigu

iente.

117

sedes de los alcaldes ma yores .

Fuer

on los casos de C ~ i t z e o Ario,

Za mo ra,

Tlalpujahua

, Colima,

Tlaza

za lca y ApatZingán.24 .

A unq ue

la

lógica va rió en los cas

os

de las antiguas

se

des de

alcaldías e Marava tío, Tancítaro

y

Guimeo-Zirándaro, cuya po

blación

española

había

disminuido,

éstas

f

ueron

sustituidas por

los menores pero no menos

acti

vos pueblos de Apatzingán y

Huetamo.

Algo similar ocurrió con

la

creación

como

sedes

de

subdelegados

de

Zinapécuaro

,

Coaguayana

y La Piedad. De

ma

nera adicional, algunos

pueblos

que

mostraban estar

habitados

'por núcleos

criollos y europeos

con

propiedades

de

producción

comercial (haciendas, ranchos, reales mineros,

etc

.), la

interpreta

ción refo rmista de Riaño las dotó de pueblos indígenas que pre

viamente habían estado bajo jurisdicción de

alcaldías

y correo-i-

. o

mientas como Michoacán (Pátzcuaro-

Valladolid),

TlaJpujahua,

Ario y Zitácuaro.

Fueron los

casos

de

Cuitzeo,

Ario, Zamora,

Huetamo,

Tlalpujahua, Zinapécuaro

y Jiquilpan.zs .

En el

caso de

las

alcald

ías mayores que operaban con doble y

hasta

triple

sede

cabecera,

Riaño llegó

a

nombrar

en algunos

casos a un

subdelegado

en cada

una

de ellas. Se

apegó

al

dictado

legal

de

nombrar tm nuevo ministro

en

donde

existiera un tenien

te

de alcalde mayor

. Fueron

los

casos de Ario, Huango y

Chu

cándiro.

No operó

así, sin embargo, en

los

casos

de

Jacona,

Tin

güindín, Peribán, Guimeo

y

Zirándaro. A la larga,

estos

últimos

fueron quedando rezagados dentro

del

concierto de consolida

ción de las nuevas y más dinámicas sedes distritales. Y por lo

mismo, permanecieron adscritas o subordina<las a otras con ma-

.

yor importancia

desde la óptica

del

reformismo y su órbita fiscal.

(Mapa

III.2.) .

La

excepción

que

confirmó la regla

sucedió

en

el

correo-imiento

de Michoacán,

hasta antes

de 1776

conocidc

como

la

0

alcaldía

Pátzcuaro-Valladolid

debido a la

secular

disputa existente en t

re

ambas

ciudades.

A

partir de esta jurisdicción dE gran

extensión,

la

reforma

dio origen a

no

menos de nueve subdelegaciones.

Además

de

Valladolid como sede de la intendencia, se desprendieron de

ella las subdelegaciones de Pátzc uaro, Zinapécuaro, Tiripe tío,

Tacámbaro, Huaniqueo, Puruándiro, I n d a p a ~ a p e o Taretan y

Uruapan

. Una

elevada concentración

demográ.fica in d ígena que

AGN,

H

isto

ri::l,

'-'Cl.

73; Subdelegados,

vo

ls. 73,

7

y

S1  

.

· "n-'"NDl'l' -'r , 

R.IAÑ O

:

LA

ORGAt iiZAC ON DE LA n

t i r

RIAÑO:

lA

ORGANIZACIÓN DE LA ll \.ITENDENCIA

119

Page 43: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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ns

.

rv1AP. -. III.2. Territorio de la intenden

cia '

de Vallado l

id

de

Michoacá

n

GOLFO DE Zv ÉXI  O

· , , · d de los Padrones

de

motivaba

precisamente

la elaboraClon rapl a - .· ,

Tributarios·

la presencia

o ausencia de

la

Iglesia (

curas, v l c a ~ a ~

etc

)

q

ue

aÚrnentaba

lapolítica

de fortalecimiento de la

autorb1

ad

· ' bl · ,

bl

que

o-oza

a e

·

·1

d

Rian

o y v arios asientos de po acwn .

anca

. o

c1v1 e , e • d h s comer-

rivilegios económicos

importantes

(haClen as,_ranc o '

~ i ó s obrajes y demás) eran sustanciales para aphcar con creces

la

reforma. · · d d

tr

de los lími-

Seis

de

esas

subdeleg aciones fueron crea as

en

o .

tes

d

el correo-imiento antes de que terminase 1788, es deUcu,

cuantl

o · · · rtante na no

a

do

Riaño actuó

con un margen

eJecutiVO Impo . . . , f

1

relevante la dio Pátzcuaro

pues,

debido a la

~ f o r m a perdlü, ma

mente la lucha

por

la instauración como capital qu:

sostema c?n

Valladolid

desde

años atrás:

No sin

conflictos

pre

v

ws

y p o ~ t ~ r ; o

res con el aytmtamiento criollo patzcuarense , la sede del su e

oado

en

Pátzcuaro se creó hasta diciembre de 179?, lo que en

par

_

lica el

retraso

del padrón de tributarios r e f ~ n ~ ~ por el r o ~ l ~

R i ~ o

y desde esa fecha, cada

pe

rsona que sl

rvlü

la sub de leoa

2

6

[bid

cw n

debió someterse a

continuas

d isputas eón

los grupos

de

cabi

ldant

es d e cepa oligarca formados dentro del

ayunta

m iento

de

la ciu

da

d lacustre.

Riaño , d en tro d e la lógica reformi sta, en tend ió qu e pa ra es ta

bl

ec

er u n mejor gobi

ern

o econó m ico, la c

on

cent ración d e

habitan

tes y

de

recursos eco

micos

era

n clave

par

a potenci

ar

la nu eva

leg

alidad

y la

ur

g

en

te fiscali

dad;

suscritas, sobre tod o e

sta

úl ti

ma,

en la ma yor

pa r

te del articul

ad

o

de

la

Or

denanza de 1786. Y para

lograrlo, qu é mejor que contar con

un

n úmero am p lio d e jueces

su balternos capaces de o

bten

er, en primera instancia, a sus afianza

dores;

pe

ro

también

de cumplir, en segunda, con aspectos torales

def articulado de la

nue

va le y, como la elaboración

rápida

de los

pa drones, info

rmes,

censos, y

demás

estadísticas del territorio.

La eficiente captación fiscal de su

adm

inistración en Valladolid

ejemplificó mu y bien esto último,27 con todo

y que

algunos de los

subdelegados nombrados

por

él

eran

"p recisamente criollos", es

de

cir, persona jes con trayectoria resid encial en la Nu eva España,

o

bien

, c

on

buen número de prop

i

edades

e intereses

económicos

en la colonia. Veamos con más

detalle

a qué se

debió

esto.

LA

D FÍCIL LEGALIDAD

Uno de los factores en los que se sustentaba el éxito

de

la reforma

administrati

va

era la aplicación cabal

de

la Ordenanza, sobre todo

aquellos artículos que apelaban al sentimiento de

origen

e

iden

tidad con la figura e intereses reales. Éste fue el caso del ar tículo

12

.

Los intendentes Riaño y Díaz de Ortega lo

afirmaron

así en algu

nos

escritos,

pero

fue difícil

cumplirlo

a

partir

de

que

se

d i

ctó

la

real orden

de

7

de

ochtbre de 1788, que propició

su

incumplimien

to fiel y preciso,

mas,

como también lo sugería, no el término de

su

observancia.

El

artículo

12

original

de la

Ordenanza

i

ndicó en s u

primera

parte que los

intendentes

debían

nombrar

subdelegados en

las

cuatro causas. Para que éstos administrasen justicia en los

pue

blos que correspondan "al Parti

do

y

manteng

a a los

nahtrales

en

bu en ord en, ob ediencia y civilida d'',

el su

bd elegado debía ser

2

7

AG

N Hist

oria/ voL 74; exp

3

120

RiA I\1 0: LA ORGANlZACJÓN DE LA INTENDEN

CL

 -.

RJ.'\

i\ 0:

LA ORGANIZACIÓN

DE

LA IN

TENDENCIA

.

121

Page 44: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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precisamente

espar.or'. El acento qu e

la

r

edac

c

ión

p

us

o a la

expresión pre is ment  esp ñol

hacía refer

en

c

ia

a1 or

igen

eur

op eoo

amer

ic

an

o

que debía

c

umplir

el

nu ev o

funcionari

o.

No estaba

ce

rr a

da, pues, la opción a los

llamad

os espai\oles americanos o

criollos.

Pero para

tender

un puente

en tre los

antiguos

funciona

rios

loc

al

es

(los

alcaldes ma

yores) y

los nu e

vos (los

subdelega

dos

)

se

dejó

entre

ver

c

on

ello

que

éstos

no

debían

te

ner

al

n tipo

de nexo

económico,

familiar; ni po líti

co

, en

la

Nueva Espai\a.

Mucho

menos , por supuesto,

en

la

jurisdicción

o

partido que

le

correspondía

gobernar.

·

No

obstante esta línea

teórica,

desde

el

principio

de

la organi

zación de

la

intendencia de Va

lladolid el

in t

e

ndente

t

uvo

dificul

tades

para

seguir el

curso l ~ g a establecido en el

ar

tículo

12.

P

or

ejemplo,

Riaño, ante la tardanza

del asesor

letrado

oficialmente

nombrado licenciado

Onésimo Antonio Durán, procedió

a

postu

lar

p a r ~

un interinafo

a

diversos abogados

criollos

ligados

a las

audiencias novohispanas

. Y

preocupado

por

la renuncia

de uno

de

ellos

(el

licenciado Manuel

de Orve)

después

de

que había

logrado la

autorización provisional,

postuló infructuosamente a

otro

abogado: el

criollo

licenciado

Matías Antonio de

los Ríos .

Ltgado

éste

al

cabildo

vallisoletano, a

un

sector

de la

Iglesia valli

soletana

y

miembro además de

la

Audiencia de Guadala

jara,

su

candidatura

fue agriamente

denegada

por

Fernando

Mangino ,

principal

responsable

de la reforma

administrativa hasta

fines

de

1788. El

abogado De los Ríos era en el

sentido

de

lo

señalado

precisamen' te criol lo

  ,

es

decir, un

sujeto

con

intereses económi

cos y políticos mu y

fuertes

en la colonia.

Ciertamente, Riaño

no postuló

a De

los

Ríos para

una

subde- ·

legación.

Sí,

en

todo

caso,

para

un

cargo

de

primer

nivel

dentro

·de la nueva i

nstitución; por

eso el tono

preocupado

de

la respues

ta

de

Mangino.

Ocasionalmente

, el

intendente Riaño

estab

a ac

tuando

bajo.

circunstancias un

tanto

desesperadas

. Las

intenden

cias eran tema poco más que polémico por entonces,

y

quizá

sentía

el

peso

de

la re

sponsabilidad de

organ

iz

ar

una

en tma

zoúa

difícii

pero

~ u e conocía

bien

y

_en_

la que

n_e

v

aba

bue:c.

tiemp

o re

sidiendo. Los problemas economKos,

sooales

y pol1t1cos

en ella

eran ú l t i p

i e ~

y

c

omplejos

. Esto

expllca en parte

sus reiteradas

solicitudes de asesores letrados

i

nterinos, así

fueran

éstos perso

najes con

piroclive

identiclad

cri o

Lla. Su conducta

frente

a 1os

a

rt í

cu

los

9,

U

y 12

fue,

po

r lo

mismo

y c

omo

ve

r

emos,

muy

re

ser

v

ad

a.

Ha

cia fines

de

1790 aCm operaba com

o

alcalde

m

ayor

en

Jiquil

pan

Pab

lo

López

y Ginory.

Pronto

termi

n ar ía

su encargo como

tal, pero López

y

Ginory era

prácticamente

el

ún i

.

co funcionario

de cep a antigua q

ue

qu

edaba en la intendencia. Junto con ét

labor

a

ban

dentro

del

nu e

vo

territ

or

io

y

marco administrativo

y

fiscal

29 subdelegados, cuatro ministros de

primer

nivel de la

·

intendencia, seis

administradores

de

alcabalas

y 14 funcionarios

admin istradores de las rentas

del tabaco;

pólvora

y

naipes.

En

totaL 53

empleados

reales,

de

los

cuales sólo

uno poseía un

título

pronto

en

desuso , o sea, López y Ginory.

28

Media centena

de fun

cionarios

de gobierno y fiscales

operaba

n

dentro de

la

nu eva

ins

titución, en una

zona de

alrede

dor de

300 000

habitantes.

Es decir,

por cada

subdelegado

(

en

teoría) 10 000 habitantes, y

por

cada

funcionario

real 6 000. Tal

pareció

ser la

lógica del

primer

inten

dente de Valladolid.

Sin

embargo

,

no

todos

los

funcionarios

eran

espai\oles

penin

sulares, y algunos

de

los

subdelegados que el

mismo

Riaño

nom

bró

si

bien habían nacido en

la

península,

su arraigo

de años

a

la

colon

ia

los

había

llev

ado

a

generar intereses materiales en ésta

u

otras

regiones. Tales

son

los casos

de

los

alcaldes

mayores que

per

manecieron

un tiempo más

como

funcionarios

reales, sólo

que

ahor

a corno subdelegados:

Bernardo

Peñalva, Marcos Larrondo,

José

María Argumedo,

Luis

Gamboa González, Matías de Robles

y el

capitán

Félix

Gutiérre

z

de

la Lama. Este

último

contrajo matri

monio poco después

d:e

abandonar

el c

argo,

en

1793,

con

la

criolla

María Guerra

y

Arrillaga,

quien

era

hija

de Lm matrimonio s p ~ o l

europeo

que

res

idía

en

Pátzcuaro.

29

Los

argumentos que expuso

Riaño

cuando creó algunas subde

legaciones

ilustran mejor su

visión

del problema

.

Por ejemplo,

a

la·

alcaldía mayor de Tlalpujahua consideró pertinente dividirla

en dos subd

elegaciones.

Una continuó con el nombre de su

sede

orig

i

na l

, y a la

otra

la

nombró de Zinapécuaro en función del

pu

eb

io

que

fue

elevado

a

sede

de gobierno.

Riaño

aceptó

la

re

nuncia

definiti

va

del anterior

alcalde mayor de Tlalpujahua,

Domi.Tlgo Vélez Escalante (activo colector

de

donativos

de la eta-

AGI,

Hi s to ri:t,

vo L

73,

fs. 137-137v;

Subdelegad

os,

v oL 48, ex p . 10, fs.

205

-212.

9

.l.c:--;

,

Su

bd

d

eg

11c os, voL - 8

,

exp.

10, fs.

:2

05-212.

122

RIAi':.rO: LA ORGAN IZACIÓN DE L lN ENDENCL .

RU·

.;'r

O: LA ORGA NI ZACIÓN DE LA INTEí'<'DENCI A ·

1

23

Page 45: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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pa 1781-i/ 84), y nombró c

omo

subdelegado de la

nueva

jurisdic

ción de Zinapécuaro a Marcos Larrondo, mientras que a José

i\i a

ría Argumedo lo no mbró como subdelegado de la primera.

Larrondo había fun g

ido

cómo alcald e

mayor

en Zitácuaro, y

Argumedo había

sido probablemente ten iente

de

alcalde m ayor

t;n

Apatzingán

.3°

Así,

en

oficio

dirigido

al virrey y con el

que hacía

referencia a

las posturas de Larrondo

y Arg

umedo, Riaño

destacó

que ambos

eran empleados antiguos

del real erario y personas rectas; le su

girió entonces concederles su preferencia en virtud de lo

indicado

·

en el artículo

12 de la Ordenanza. Paradój

icamente,

pero ciñén

dose

a lo

pr e

venido en la real orden de 25 de

octubre de

1787,

escribió

que

la

infelicidad de estos dos destinos

no

sufren, el que los desempeñen

[ . .]sujetos

que

ya

por

sus

bienes raíces, o por sus primitivos empleos

gozan de

proporciones decentes de subsistencia y no hacen consistir,

ni

depender

ésta

únicamente de la Vara de Juez, que es un

recurso

mu

y

expuesto

y

arriesgado

en

territor

ios

miserables.

31

Riaño

dio

a

entender

así que tanto Larrondo

como

Argumedo

no

eran sujetos

que

necesitaran

el empleo

de

subdelegados en

"territorios miserables , como calificó a ambos distritos . e m o s ~

tró además

estar

consciente de que los dos ex alcaldes

eran

espa

ñoles

que ya

se habían hecho

de propiedades en

la colonia, aun

que destacó la honestidad que los caracterizaba como

empleados

públicos.

:

Pero hay

algo más.

Su

decisión

de

dividir

en dos partidos

tina

jurisd

icción

que

él mismo calificaba de

miserable

lo exhibió en su

papel de

ejecutor

fiel

del

reformismo

fiscal, o

sea,

preocupado

mucho

menos de

las posibilidades de ingresos de sus subalter

nos, y

mucho

más de los del real erario. Marcos Larrondo y José

María Argumedo fueron confirmados por el virrey el 16 de

diciembre

de

1788.

Larrondo

fue eficiente colector

de donativos

patrióticos

en

1791, y

en

1798 figuró

como

hacendado

donador

desd

e la

misma

jurisdicción de Zin

ap é

cuaro.

32

Una

situación

30

AGN, ;

l"lt

end encias, voL 81, fs. l42-142v, y Trihutos, voL 16 , exp. (

núm

. 2).

31

1bid.

J2 Véase

cap

.

'1 1.

simi lar se dio con el nombramiento de Luis

Gamboa

González a

principios de enero de 1788 en la jurisdicción de Colima.33

Otros casos

de

alcaldes

ma

yores con años

de

servició y

arraigo

en Michoacán, que

también

se ubicaron como subdelegados, fue

ron los

de

Juan José de Enciso y Juan Zárate y Manzo. Enciso fue

nombrado subdelegado en Ario después de haber servido como

alcalde

ma

y

or

en

Maravatío

a

partir deJ782.

Y

Zárate

y

Manzo

se

ubicÓ'

como

subdelegado en Tlazazalca,

luego

de cumplir como al

calde mayor

desde

ese mismo año

en

la alcaldía del

mismo nom

bre. Ambos fueron apoyados por el intendente Riaño. También

destacaron como colectores

< le

dona'tivos patrióticos

en sus

juris

dicciones durante

la

primera etapa de 1781-1783.34 Éste

púdo

ha

ber sido uno de los ptmtos a favor de los alcaldes ma yores nom

brados

como

subdelegados,

y la

base de

juicios

como el

de la

"rectitud de

actuación .

La totalidad de subdelegados del periodo

de

Riaño

en

la inten

dencia

de

Valladolid fue sustituida a partir

de

1793. Sin

embargo,

algunos de

los

que tomaron posesión

en

1787 y 1788

fueron

rele

vados hasta 1794 y 1795 (siete y

ocho

años después) por falta de

posturas;

muy pocos peninsulares

mostraron

disposición

para

ocupar desde entonces los cargos. Los que sí los ocuparon (criollos

o europeos) se quejaron incluso

de

los bajos ingresos

que

se perci

bían y de lo adverso que les resultaba a ellos y a sus familias los

climas calurosos de

algunas

regiones .

Otros

sólo cumplieron el ci

clo legal

de

servicio de cinco años, lo que indica su exclusión rápi

da como funcionarios

que

UV.ciaron la reforma del gobierno locaL

En cuanto al arraigo por estado civil,

parece

ser que bajo el

g o ~ i e r n o pionero de Juan Antonio Riaño ningún subdelegado

solicitó permisos

o licencias

matrimoniales. En cambio, inicián-

33

AGN , Intendencias, vol. 81, f. Colima no era una jurisdicción que pudiera

ser calificada de

"pobre"

o más aú n, de miserable" .

Porque

incluso

en

1790

comenzó a

operar

en la ciudad una oficina de cobros alcabala torios que aumentó

a seis el total

de

estas administraciones en los suelos de la

intendencia

de Vallado

lid. Es más, hacia 1795 Colima dejó

de

formar

parte de

esta intendencia y pasó a la

de Guadalaja,ra,

dentro

de

tm

conflicto

que involucró

también la

separación de

gran parte

de

esta región del obispado

de

Ivlichoacán al de la

propia

Guadalajara; v ~ a s e Jorge Silv a Riqtj:er, La administración de alcaba las y u ques de

Michoacán  1776-1 821  Instituto José ?i}Iaría Luis Mora, México, 1993.

34

AHAM, lib. s/n,

años

1779-1 783. Cran parte de la información vertida en

este

volu

men,

ubicado

en

el Arch..ivo Mumcipal de Morelia, fue :Callada

posteriormen

te

en

los libros del ramo Donativos P r é s t a

de  N.

1'7.1

R I A ~ ~ ¡ O : L.'\ ORC AN ZACiÓN D.C LA I

NT E

1

DE1

·erA

RI.- u

\10 : LA ORC:>.NIZACTÓN DE LA INTENDE

NC

IA

125

Page 46: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

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dose la gestión. de Díaz de Ortega, el subd elegado de Pátzn1 a:ro,

cap itán Félix Gutíérrez de la Lama, solicitó y ob tu vo licencia

r i m o pa ra

ca

sarse

con

Maria Guerra v Ar rillaga. A Gutié

rrez de la

L a ~ a quien estuvo

de

stacado

o m ~

ay

u da n te de l cuer

po

de

drago n es de Pátzcua ro y en tre 1

78

1 y 1792 en las milicias

de la cos ta del sur,

pa r

ece

no

hab

er

le

impor

L

do mucho

la n u

eva

·

legisl

ac ión re

fo rm is ta

. A la l

arga se

conv

ir

t

ió en

un influy

en te

afianzador

de

subdele

gad os

de

la

jur

i

sdic

c

ió n

,

en donde

t

ambién

destacaba por su influencia en el cabildo.

El intendente Riaño, a pesar del embate contrarreformista ,

parece haber dispuesto cier ta pulcritud en la elección y nombra

miento de tod o su

cuerpo de funcionarios sub

a

lternos

de 17

88

-

1792. En los lu gares en donde no pudo nombrar a sujetos precisa- ·

mente espaf,oles optó por delegar las tareas y

resp

ons abi lidades

administrativas a personas que tuvieran una decorosa carrera

pública, en especial aquellos criollos que

tenían

experiencia admi

nistrativa

en las

alcaldías mayores

en

los ramos hacendarías e

incluso en

los

mismos

cabildos locales.

Así operó en

el caso de la

ausencia

retardada del asesor letrado de

la

intendencia

y

tal fue

su

criterio en el

nombramiento de sus subdelegad

os . A és tos, in

cluso, les permitió aparentemente ob t

ener

otro tipo de ingresos

(ingresos por judicatura), previamente ejercidos por los alcaldes

mayores. No podemos afirmar

si

Díaz de Ortega, quien por el

contrario

dio de

baja

varias subdelegaciones, autorizó

la

perma-

nencia de esta modalidad de ingresos complementarios de los

subdelegados vallisoletanos. Lo

que

sí podemos probar, como se

verá, es que bajo sl.t régimen los abusos y la corrupción permea

ron a muchos de sus subordinados

inmediatos.

EL

CLIM

A AN

TI

RR

EFO

RMJSTA

En

síntesis, cu ando el capitán santanderino Juan Antonio Riaño

abandonó e

sta

juri

sdicción para trasladarse

a

gobernar

la vecina

intendencia

de Gua:najua to, de jó como he rencia a

su

sucesor tres

decenas de

subdelegaciones.

Menos de una tercera pa rte de éstas

pod ían se r calificad as, sigu

iend

o los pa t

ro

nes en boga, com o de

pr im ero y

se g

u ndo

nivet

es decir, qu e rep rese n taran ingresos

an uale s de

mil pes

os o

s.

El

resto no pasaba

de

ser un núcleo

'

.

.

j

,•

l

¡

{

de distritos

creados

a

la

sombra

de

una ley q u e ~ pese a

esta

r su

friend o

un tropiezo

tras otro,

en

co

nt

ró un r

esqui

cio enVa

ll

ad oiid

para jus ti ficar su presencia com o en tidades

ad m

inis t

ra

tiv as .

Tal res

qu

icio fue a tarea gube

rn

ativa

de

Ju

an An

toni o Riaño,

un militar mu y ce rcano al' círculo po lí tico reformis ta d el visitador

Gálvez y sus p rimos, los vi r reyes Be

rn

ar do

y

Mat ías de Gá lvez.

Co

n

an

tecede

nt

es p revios co

mo

corre

g

id

or

en

Vallád

olid

, Rí

año

im pulsó de

sd

e entonces d ive rsas in iciativas de cor te reform is ta .

l n

ejem

pl

o d e ello fue e l Regla

me

nto real para

reo

rganizar

la

s Cajas

ae Comunzdad en 1783 -

1784 Otro

más

fue

su

apoyo

del Reglamento

para ltt organiz ción del Pósito y la hóndiga de la ciudad de Valladolid 

elaborado, no sin conflictos, con la p articipación de una parte del

cuerpo capi tular de la

ci

u

dad.

Y seguramente hubo algunos más.

Pero a(m más cierto es

que

su la

bor

or

ganiza

tiva

de

la intendencia

de

Valladolid fue quizá

una de

las más avanzadas

en la Nueva

Es

paña. No

en bald

e su

labor

al frente

de

la

intendencia

de

Guana

ju ato, a partir

de

1

79

2

y ha

s ta

cuando

cayó

muerto

por las balas

·

de

los

insurgentes

,

le

ot

orgó reconocimiento

como

uno

de

los

ao-

b

,

o

emantes borbónicos más eficientes y cultos de la Nu eva España.3s .

Las au toridades civ il es creadas con la Ordenanza de 1786

represer-üaban, en

te

oría,

un

modelo

mejor

articulado y jerarqui-

za d

o de

gobierno

. La

au

to r idad que se les

otorgó para

gobernar

en las

cuatro causas

(por el artículo

12

) les dio a la vez ci

erta

fa

cultad ejecutiva omnímoda para incidir du rante

un

lapso en

todos

los ren glones de la vida pública y administrativa de sus jurisdic-

cione

;

Sin embargo, cuando

el19

de enero de 1792 se dictó la real

orden

que re

vo

có definit ivamen te la facultad

de

los intendentes

de nombrar por sí solos a los subdelegados, la ma yoría de ellos

entendi

ó

que

la re fo

rma

de Gálvez y con ella

su

a

utorid

ad ejecuti

va en

el

nivel

local ha

an su frido

una merma important€

.

Según

esa re,1l orden, los intend entes tendrían la obligación, a partir de

la fecha ind icada, de

pr

es entar una terna al virrey en

turno.

És te

sería a

partir

de

en t

onces, y ya no el intendente o el superi

nten-

dente, quie

n da ría la

apro

bación definitiva

de la

person a

que

se

haría ca rgo de la ju risd icción por cinco

año

s.

Es t

e

golpe s ign ificó

para la

mayoría de los in tenden tes el ci

erre

d e un r

posib

ili

dad: a de

in tegra r adm

in

is tr

Zlci

on

es

locales efi-

35

r ~ _ ~ l n

op

c:t pp. 323-35:' / -\53-454.

RIAÑO: i:_A O R G A ~ - I I Z A C Ó N DE LA INTEND::NCIA

RIAl'iü : LA ORGANJZACIÓN

DE L \ iNTENDENCIA

1

27

Page 47: La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres

http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 47/47

cientes, re

sp

onsables leales. Pero el cristal con el que miraban

los miembros de la Audiencia criolla era dis ti...ito . Para ellos,

per

-

mitir la total autonomía ejecutiva a Ios intenden tes

en

la confor-

ma ción

de

sus c

uerpo

s

de

gobierno

.; d

ministrativos

implicaba

dejar libre la

formación de grupos

aut orit arios locales, y

en parte

tenían razón,

pues

,

com

o los

antiguo

s alcaldes mayores,

muchos

subdel

eg

ados pronto incurri

er

on en componendas con partic

ul

a-

res (d

espo

j

os

de bienes

de indígenas

, robos, etc.), que

alentaro

n ia

ex

presión

de sentimien

tos d e

agravio

entre sectores de

las

nuevas

jurisdicciones en cuestión. Esto

también

propició

que

sectores del

clero se identificaran con las causas

de

la población, como se indi-

ca posteriormente. ·

Si

se consideran

las

dificultades

que

sobre

la ma r

cha

fueron

encontrando

los intendentes

para edif

icar

sus

cuerpos

de

gobier-

no

(a

usencia de person

as

idóneas

,

por

ejemplo),

entonces

podemos entender

que el caos

aparente

vi

st

o

por

el sucesor

de

Riaño

en

Valladolid, Dfaz

de Ortega,

tenía orígenes

mucho más

profundos,

tanto

internos

(poca

población tributaria en

aJgunas

z

onas

por

lógica

bajos

salarios

,

distancias largas,

etc.)

corno

externos   (

una

legislac

ión vacilante

,

intromisión

y resistencia al

cambio de

la

autoridad virreinal) y demás

. Incluso la

misma

di-

ficultad

de los postores para encontrar afianzadores fue otro obs

táculo con que se toparon quienes deseaban servir el empleo de

subdelegado.

RECAPIT

ULA

CIÓN

Pese al

poco

tiempo que

se

mantuvo en el

puesto

de intendente

de

Valladolid,

l capitán

Riaño

puso

especial énfasis

en

la orga

nización de

la i

ntendencia.

Y si

bien tuvo dificultades para en

-

cont

r

ar

personas

idóneas pa ra nombrarlas

como

subde

l

egados,

logró crear tres decenas de subdelegaciones e-n

una

intendencia

con

uno de

los índices demográficos

más

bajos de t

oda

la Nueva

España. Valladobd de Michoacán, de hecho, ocupaba el

octavo

lugar en tre las 12 intendencias en el aspecto

poblacional.

Pero

es to

no

pareció interesar mucho a un ilustrado como Riaño, ya

que logró

dar

de alta a 30 jueces subalternos, sin

L 11

por tar mucho,

en ap ariencia, que la nu eva i

nstituc

ió n fuera ace

ptad

a por la

?Obiación, o que los sueldos por 5%

de

cobros tributarios de los

subdelegados sólo generaran inseguridad e inconformidad entre

éstos

Lo cierto es que, enclavada est a intendencia dentrG del iní1u-

yente cabildo mitra episcopal valliso

le

tana, tanto la actitud

de

Riaño como la de las autoridades reformistas del momento

pare

-

cieron resp

onder

a

un

claro objetivo

polít

i

co de fortalecimiento

de la autoridad civil ,

en

una zona secularmente doblegada a la

autoridad

religiosa.

Sin

embarg

o

pronto

se

vería que

el

carácter

·

radical o apego estricto a la nueva

norma no

fue

del

todo acertado.

El breve paso

de

Riafto anunció, eso sí, lo que trajo consigo el va-

cilante reformismo borbónico. Y esto fue más presencia•estatal en

todas las instancias cotidianas de la sociedad novohispana y ma

yor

presión

fiscal.