la filosofía institucional del gimnasio pedagógico el ... · pacífica, al respeto por el otro,...

207
1

Upload: others

Post on 06-May-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1

2

––

3

COMFENALCO SANTANDER PACTO DE CONVIVENCIA

TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................10

GLOSARIO ...............................................................................................................................11

1. PACTO DE CONVIVENCIA ..............................................................................................17

1.1. FUNDAMENTOS LEGALES........................................................................................17

1.2. OBJETIVOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA ............................................................19

1.3. ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO? ..........................................................................................19

1.4. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL ........................................................................................20

1.5. PRINCIPIOS DE FORMACIÓN ......................................................................................21

1.6. FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO, QUE SIRVEN COMO APOYO A LA LIBRE EXPRESIÓN DEL PENSAMIENTO ...........................................................................22

1.7. ORGANIGRAMA ............................................................................................................23

2. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR .........................24

2.1. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL ...............................................................26

2.1.1. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN NIÑO - NIÑO ......26

DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .............................................................26

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .................................................................................................................26

2.1.2. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN NIÑO - NIÑO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .....................................................................29

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .................................................................................................................30

2.1.3. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO - NIÑO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ...........................................................34

4

PROTOCOLO DE ATENCIÓN DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ............35

2.1.4. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO CON LOS DOCENTES DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ................................36

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .................................................................................................................37

2.1.5. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL DOCENTE CON LOS NIÑOS DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ...............................42

PROTOCOLO DE ATENCIÓN DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ............42

2.1.6. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO CON LOS ADULTOS DE LA COMUNIDAD DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO. 49

2.1.7. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN PADRES CON NIÑOS Y ADULTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ................................................53

2.1.8. PROTOCOLO EN LA RELACIÓN DEL DOCENTE CON DOCENTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ...............................................................................................59

2.2. AUTORIDADES COMPETENTES PARA APOYAR LA ATENCIÓN INTEGRAL .......65

2.3. ¿CÓMO SE PROMUEVEN EN LA INSTITUCIÓN LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD, LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR Y EL RESPETO POR LA DIVERSIDAD Y POR LA INCLUSIÓN EDUCATIVA ................................................................................................68

2.4. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA .....................................................................73

REGLAMENTO .................................................................................................................73

3. ¿CUÁLES SON MIS DERECHOS Y CUALES SON MIS RESPONSABILIDADES? ........86

3.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE ........................................................................................86

3.2. MANEJO DE SITUACIONES RELACIONADAS CON LA AFECTIVIDAD EN LOS ESTUDIANTES .....................................................................................................................88

3.2.1. MANEJO DE EMBARAZOS ..................................................................................89

3.3. LO QUE DEBO EVITAR, LO QUE DEBO ASUMIR ...................................................89

3.3.1. SITUACIONES DISCIPLINARIAS ........................................................................90

3.4. PERFIL DEL PADRE Y MADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES ...........................103

3.4.1. Normas institucionales a seguir por los padres, madres de familia y/o acudientes: 104

5

3.4.2. COMO PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE TENGO DERECHO A… ..........109

3.4.3. COMO PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE TENGO LA RESPONSABILIDAD DE… 110

3.5. PERFIL DEL DOCENTE ...........................................................................................113

3.5.1. COMO DOCENTE TENGO DERECHO A… .......................................................113

3.5.2. COMO DOCENTE TENGO LA RESPONSABILIDAD DE… ...............................114

3.5.3. CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES RELACIONADAS CON LA CONVIVENCIA ESCOLAR O DE TIPO DISCIPLINARIO, PARA APLICAR POR PARTE DE LOS DOCENTES CON LOS ESTUDIANTES ...........................................................117

3.6. CALIDADES Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, TRANSPORTE, RECREACIONES DIRIGIDAS Y DEMÁS CONEXAS CON EL SERVICIO DE EDUCACIÓN QUE PRESTA EL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO .............120

4. ESTÍMULOS (APLICA SOLO PARA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA) .......................120

4.1. ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES .........................................................................120

4.2. ESTÍMULOS PARA PADRES DE FAMILIA ..............................................................121

5. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL (SBS) DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ......................................................................................................................122

5.1. ¿QUÉ ES EL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL? ................................................122

Justificación .....................................................................................................................123

5.1.1. OBJETIVO GENERAL ........................................................................................123

5.1.2. OBJETIVO ESPECÍFICOS .................................................................................123

5.2. GLOSARIO ................................................................................................................124

RELACIONADO CON NEUROPSICOPEDAGOGÍA: ......................................................124

RELACIONADO CON PSICOLOGÍA: .............................................................................127

5.3. DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DEL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL (SBS) ..................................................................................................................................129

5.3.1. PROFESIONAL DE APOYO PSICOLOGÍA ........................................................129

5.3.2. PROFESIONAL DE APOYO NEUROPSICOPEDAGOGÍA ...............................132

5.3.3. EDUCACIÓN INCLUSIVA ...................................................................................134

5.4. Evaluación Pedagógica .............................................................................................138

5.4.1. Criterios para realizar una evaluación flexible .....................................................138

6

5.5. Perfil del docente inclusivo ........................................................................................139

5.6. Perfil del padre de familia inclusivo ...........................................................................140

5.7. Documentos nacionales e internacionales que avalan y apoyan la educación inclusiva 140

6. GOBIERNO ESCOLAR PREESCOLAR Y PRIMARIA ....................................................141

6.1. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ..................141

¿Qué es el gobierno escolar y quiénes lo componen? ....................................................141

6.2. FINES DEL GOBIERNO ESCOLAR ..........................................................................142

6.3. ORGANISMOS DEL GOBIERNO ESCOLAR...........................................................142

6.3.1. EL CONSEJO DIRECTIVO .................................................................................143

6.4. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES ..................................144

6.4.1. CONSEJO DE ESTUDIANTES ...........................................................................145

6.4.2. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES ........................................................146

6.5. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA ........................148

6.5.1. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ................................................................149

6.5.2. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA ...........................................................150

7. SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL ..................................................................151

7.1. FINALIDAD DE LA EVALUACIÓN ...............................................................................152

7.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN ................................................................152

7.2.1. INFORMES ACADEMICOS ...................................................................................153

7.2.2. INFORMES ESPECIALES ...................................................................................153

7.3. MARCO LEGAL ...........................................................................................................154

7.4. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DESEMPEÑO ........................................................154

7.5. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES ...................156

7.5.1. PROCEDIMIENTOS ...........................................................................................156

7.5.2. COMPROMISOS Y ACTAS DE APOYO ..............................................................158

7.6. PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL PROFESOR PARA LA PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES ...................................................................................................................159

7.6.1. PROMOCIÓN DEL EDUCANDO ...........................................................................159

7.6.2. ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS .....................................................................160

7

7.6.3. PROMOCIÓN ANTICIPADA ..................................................................................161

7.6.4. ESTUDIANTES CON SITUACIONES ACADÉMICAS PENDIENTES ...................162

7.6.5. ESTÍMULOS .......................................................................................................163

7.7. SISTEMA DE EVALUACIÓN DE PREESCOLAR ........................................................163

7.7.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN .............................................................................163

7.7.2. SEGUIMIENTO AL DESARROLLO INTEGRAL ....................................................164

7.7.3. MARCO LEGAL .....................................................................................................164

7.7.4. ESTÍMULOS ..........................................................................................................165

8. PAUTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO JORNADA TIEMPO COMPLETO ..165

NORMAS APLICABLES .....................................................................................................165

8.1. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN ..............................................................................165

8.2. CUIDADOS EN GENERAL .......................................................................................166

8.3. ALIMENTACIÓN ........................................................................................................166

8.4. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ...............................................................167

8.5. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA............................................................168

8.6. MOTIVOS DE CANCELACIÓN DEL SERVICIO .......................................................168

9. REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN ARTÍSTICO CULTURAL Y DEPORTIVO (SEMILLEROS) .............................................................................................169

CAPÍTULO I ............................................................................................................................170

DE LOS FINES Y ALCANCES ...............................................................................................170

CAPÍTULO II ...........................................................................................................................170

DE LOS RESPONSABLES DEL DESARROLLO Y DISCIPLINA ...........................................170

CAPÍTULO III ..........................................................................................................................171

DE LA RESPONSABILIDAD DE ASISTENCIA Y CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN .........................................................................................................................171

CAPÍTULO IV .........................................................................................................................172

DE LA RESPONSABILIDAD DE ASISTENCIA Y CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS PADRES .................................................................................................................................172

CAPÍTULO V ..........................................................................................................................173

DEL PROCEDIMIENTO .........................................................................................................173

8

CAPÍTULO VI .........................................................................................................................174

DE LOS DERECHOS Y DEBERES ........................................................................................174

CAPÍTULO VII ........................................................................................................................175

DE LAS FALTAS Y SANCIONES ...........................................................................................175

CAPÍTULO VIII .......................................................................................................................177

DE LOS MÉRITOS Y HONORES ...........................................................................................177

CAPÍTULO IX .........................................................................................................................177

DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS ..............................................................177

10. POLÍTICAS DEL SERVICIO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO ...........178

10.1. Objetivo ..................................................................................................................178

10.2. Alcance ..................................................................................................................178

10.3. Descripción ............................................................................................................178

10.3.1. MATRÍCULAS..................................................................................................178

10.3.2. CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y DEVOLUCIONES ................................................................................179

10.3.3. DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS ...............................................................180

10.3.4. DESCUENTOS ....................................................................................................180

10.3.5. SANCIONES ECONÓMICAS ..............................................................................181

10.3.6. RECAUDO DE CARTERA ...................................................................................181

10.3.7. POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA .......................................................................................................181

10.3.8. ENTREGA DE BOLETINES Y PAZ Y SALVO: ....................................................181

10.3.9.SERVICIO DE TIEMPO COMPLETO EN PREESCOLAR ...................................181

10.3.10. RETIRO DEL ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN DURANTE LA JORNADA ESCOLAR .......................................................................................................................182

11. COMPROMISO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA .....................................................182

12. RESOLUCIÓN RECTORAL N° 003 .............................................................................182

CONSIDERANDO ..................................................................................................................182

RESUELVE ............................................................................................................................183

7.3.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ..........................................................................189

9

13. RESOLUCIÓN N°18066 DEL 11 SEPTIEMBRE DE 2017, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL (COSTOS EDUCATIVOS). ...........................................................190

CONSIDERANDO: .................................................................................................................190

RESUELVE: ........................................................................................................................192

ART. 1º—Objeto. ................................................................................................................192

ART. 2º—Criterios ...............................................................................................................192

ART. 3º—Clasificación de los establecimientos educativos según el Índice Sintético de Calidad Educativa (ISCE). ..................................................................................................193

ART. 4º—ISCE como indicador prioritario de servicios. ......................................................193

ART. 5º—Clasificación de los establecimientos educativos de carácter privado en Régimen Controlado por puntaje en el ISCE......................................................................................193

ART. 6º—Reconocimiento por pago a docentes de acuerdo con el escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979 ..................................................................................................194

ART. 7º—Incremento anual de tarifas en el régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad .......................................................................................................194

ART. 8º—Incremento anual de tarifas en el Régimen de Libertad Regulada por aplicación del Manual de Autoevaluación. ...........................................................................................195

ART. 9º—Incremento anual de tarifas en el Régimen de Libertad Vigilada. .......................196

ART. 10.—Incremento anual de tarifas en el régimen controlado. ......................................198

ART. 11—Incremento anual de tarifas de establecimientos clasificados en el régimen controlado que elaboren plan de mejora .............................................................................198

ART. 12. —Aplicación de incrementos en establecimientos educativos de adultos. ..........199

ART. 13. —Retención de certificados de evaluación ..........................................................199

ART. 14. —Incremento de tarifas para estudiantes beneficiarios de los cupos financiados con recursos de que trata la Ley 863 del 2003. ..................................................................200

ART. 15. —Materiales educativos. ......................................................................................200

ART. 16. —Emisión de resoluciones. ..................................................................................200

ART. 17. —Vigencia. ...........................................................................................................200

13.1. INCREMENTOS DE COSTOS EDUCATIVOS Y OTROS COBROS PERIÓDICOS DE LAS SEDES: BUCARAMANGA, SAN GIL, SOCORRO Y BARBOSA ................................200

13.1.1.GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE BUCARAMANGA ................201

13.1.2.GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE SAN GIL ..............................202

10

13.1.3.GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE SOCORRO ..........................203

INTRODUCCIÓN La filosofía institucional del Gimnasio Pedagógico Comfenalco se enfoca en el desarrollo integral del ser; por ello, enmarca todas sus actividades formativas en el fortalecimiento del saber –ser, saber – pensar, saber-hacer y saber ser convivir. Saber ser implica el reconocimiento del aprender a convivir como base de la formación de los niños (as) para aportar en la construcción de una sociedad abierta, al fortalecimiento de la convivencia pacífica, al respeto por el otro, por la norma, las leyes y principios constitucionales y al ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

El pacto de convivencia del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, enmarca el contexto en que se desarrolla la comunidad educativa en el ejercicio de la convivencia, fue construido con la participación de representantes de toda la comunidad educativa y busca dar a conocer los diferentes criterios que se manejan a nivel institucional para que haya un ambiente agradable que le permita a los niños (as) ser felices mientras comparten actividades, espacios físicos y experiencias, iniciando así la construcción de su proyecto de vida desde la edad escolar.

Se publica en la página web de COMFENALCO SANTANDER días antes de realizar el proceso de matrícula, cuya ruta de acceso es: (comfenalcosantander.com.co, Educación, Gimnasio Pedagógico, Pacto de Convivencia), además se entrega en físico a los padres o acudientes en el momento de la matrícula, quienes asumen el compromiso de hacer lectura del mismo. Igualmente se colectiviza con los docentes y personal administrativo una vez ingresen a laborar, y, con los estudiantes durante la primera semana de acuerdo al cronograma académico y durante el desarrollo de las actividades pertinentes a lo largo del año.

11

GLOSARIO

1. Acoso: tipo de violencia que incluye diversas conductas de maltrato verbal, físico, social, electrónico o psicológico; que se repiten con alta frecuencia en las relaciones que mantienen a lo largo de un tiempo determinado y que tienen la intención de lastimar a alguien.

2. Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

3. Agresión escolar: es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

a. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

b. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y

12

difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

e. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

4. Agresor: acto de acometer a alguien para matarlo, herirlo o lastimarlo.

5. Atención integral: Es atender las necesidades de los niños y las niñas de manera armónica, teniendo en cuentan los componentes de salud, nutrición, protección y educación inicial en diversos contextos (familiar, comunitario, institucional), de tal manera que se les brinde apoyo para su supervivencia, crecimiento, desarrollo y aprendizaje.

6. Autonomía: Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie. Facultad de la persona que puede obrar según su criterio, con independencia de la opinión o el deseo de otros.

7. Ciber acoso escolar (ciber bullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

8. Comité Escolar de Convivencia: es el organismo de participación escolar encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.

9. Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

10. Compromiso de Atención Profesional: Es aquel a través del cual los niños (as) deben ser atendidos, evaluados y tratados por un profesional especializado según el área en que se requiera, con el fin de lograr el normal y adecuado desarrollo de sus capacidades y el mejoramiento en su formación integral. Le asiste a los padres de familia o acudientes, sin embargo, en caso de incumplimiento por parte de éstos, la institución educativa tiene el compromiso de reportarlo ante el ICBF y/o autoridades o entidades competentes, y/o de llevar a Consejo Directivo el caso para evaluar la

13

continuidad del menor en la institución si la situación comportamental amenaza la integridad del niño (a) o la sus pares.

11. Compromiso de cambio de actitud: Es aquel que busca generar un cambio en el comportamiento hacia los demás.

12. Compromiso de mejoramiento personal: Es aquel que busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales.

13. Compromiso de restitución: Es aquel que busca restablecer los derechos vulnerados para que la persona que fue agredida tenga la tranquilidad de que el agresor/es no volverá a lastimarlo, de manera que se proporcione un ambiente de paz y tranquilidad que facilite el aprendizaje y la convivencia en la institución educativa. Busca también el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que reconozca las consecuencias de sus conductas inadecuadas y trascienda a la reparación del daño causado.

14. Comunidad educativa: La comunidad educativa está conformada por estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.

15. Concertar: Pactar, ajustar, tratar, acordar, llegar a un acuerdo.

16. Conciliar: Componer y ajustar los ánimos de quienes estaban opuestos entre sí.

17. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

18. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones no resueltas de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante, y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

19. Convivencia escolar: Se entiende como la acción de vivir en compañía de otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral.

14

20. Convivir: Es vivir en compañía de otros de manera pacífica y armónica.

21. Corresponsabilidad: Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección.

22. Derecho: Pauta o directriz que permite actuar libremente con responsabilidad y autonomía.

23. Discusión: situación en la que se defienden opiniones contrarias.

24. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos, con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables . Tomado de la ley 1620. Art 2.

25. Equidad: Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.

26. Espectadores: persona que mira con atención una situación o algo.

27. Falta: Infracción voluntaria o culposa de una norma. Son acciones que se cometen y que demuestran incumplimiento de las normas de la institución expresadas en el pacto de Convivencia, y que traen como consecuencia el abuso y la extralimitación de los derechos de la persona. Son tratadas o sancionadas de acuerdo con su grado.

28. Golpear: realizar un movimiento rápido y brusco con cualquier parte del cuerpo hacia otra persona.

29. Ley: Disposición o precepto establecido para regular con justicia las relaciones sociales.

30. Mediación: Proceso mediante el cual una persona calificada denominada mediador aplicando las estrategias específicas, interviene con el propósito de que el niño (a)

15

comprenda lo que hace, entienda el porqué de lo que aprende y reconozca en dónde lo puede aplicar.

31. Mediador: docente, tutor, padre o madre u otra persona relacionada con el niño(a), quien desempeña un rol fundamental en la selección, organización y transmisión de ciertos estímulos provenientes del exterior, para estimular un cambio en el aprendizaje o en su comportamiento.

32. Norma: Regla, acuerdo o pacto que se debe seguir o cumplir.

33. Pacto de convivencia escolar: Es un texto en el que están descritos los acuerdos llevados a cabo por todas las personas que forman parte de la comunidad educativa para lograr la armonía en las relaciones interpersonales. En este documento están descritos los derechos, obligaciones y comportamientos esperados para vivir con los demás en un clima pacífico y armonioso.

34. Protección integral: Como lo plantea el Código de la Infancia y la Adolescencia comprende el reconocimiento de la titularidad de los derechos, la garantía y el cumplimiento de los mismos, la prevención de la vulneración de cualquiera de los derechos, el restablecimiento integral de ellos cuando han sido vulnerados y la existencia de políticas públicas, entendidas como “el conjunto de acciones que adelanta el Estado, con la participación de la sociedad y de la familia, para garantizar la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes” (Art 201) .

35. Proyecto educativo institucional: Es el proyecto educativo que elabora cada Institución Educativa (IE) antes de entrar en funcionamiento y que debe ser concertado con la comunidad educativa: estudiantes, docentes, directivos y padres de familia. Contiene la identificación institucional, filosofía, currículo, relación de la institución con el entorno, etc.

36. Rechazar: Realizar acciones para que la persona no pueda participar de alguna actividad o acercarse a alguien.

37. Responsabilidad: Lo que cada uno está comprometido a hacer y aporta para la sana convivencia. Capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente

38. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

16

39. Retardo: Llegar al colegio después del horario definido de ingreso e inicio de actividades académicas.

40. Seguimiento: proceso que permite evaluar las acciones realizadas y verificar su efectividad.

41. Sensibilidad: Propensión natural del hombre a dejarse llevar de los afectos de compasión, humanidad y ternura.

42. Solidaridad: Cuando dos o más personas se unen y colaboran mutuamente para conseguir un fin común, hablamos de solidaridad.

43. Tolerancia: Capacidad para respetar las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias.

44. Trascendencia: Aquello que está más allá de los límites naturales y desligados de ellos.

45. Víctima: persona que sufre daño por caso fortuito o culpa ajena.

46. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

47. Vulneración: es la transgresión, quebranto de una ley o precepto.

48. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Glosario tomado de:

Diccionario de la Real Academia española.

Colombia aprende La Red del conocimiento.

Ley 115 de Febrero de 1994

Ley 1620 de 2013

Decreto 1965 de 2013

17

Ley 366 de 2009

1. PACTO DE CONVIVENCIA

1.1. FUNDAMENTOS LEGALES La Constitución Nacional, sus normas jurídicas y referentes normativos considerando que: “Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás” (art. 44). Así como a la educación y obligaciones del estado, la familia y la sociedad (artículos: 42,43.). Ley 115 de febrero 8 de 1994, la cual define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social. El Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994: art. 4, 5, 6, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Art 17 Reglamento o manual de convivencia. Decreto 804 del 18 de mayo de 1995: Por medio del cual se reglamenta la atención educativa para grupos étnicos. Decreto 1122 de Junio 18 de 1998 por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal del país y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1286 de 27 de abril de 2005, por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados y se adoptan otras disposiciones.

Ley 1014 de enero 26 del 2006 de Fomento a la Cultura del Emprendimiento Ley 1029 del 12 de junio de 2006 por la cual se modifica el artículo 14 de la ley 115 de 1994, el cual decreta la enseñanza obligatoria de contenidos específicos relacionados con medio ambiente, constitución, aprovechamiento del tiempo libre Ley 1098 de noviembre 8 de 2006 (Ley de infancia y adolescencia (artículos 1, 4,10, 12), mediante la cual se establecen normas sustantivas y procesales para la protección integral de

18

los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.Art. 42: “Obligaciones especiales de las instituciones educativas”. Art. 36: “Derechos de los niños y niñas adolescentes con discapacidad”. Decreto 366 del 9 de febrero de 2009: Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. (Art del 1 al 8). Decreto 1290 del 16 de abril de 2009: por el cual se reglamenta la evaluación y promoción de los niños, dentro de la institución este rige dentro de parámetros de autonomía, establecidos con la comunidad educativa.

Ley 1503 del 29 de diciembre de 2011: Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones.

Ley 1581 del 18 de octubre de 2012: Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

Ley 1620 del 15 de marzo del 2013: Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 : Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar" Decreto 2851 de diciembre de 2013, por el cual se reglamentan los artículos 3, 4,5,6,7,9, 10, 12, 13,18 Y 19 de la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones" Decreto 1038 del 25 de mayo de 2015: Por el cual se reglamenta la Cátedra de la Paz. Guía 21: Articulación de la educación con el mundo productivo.

19

Sentencias relacionadas con pactos de convivencia y normas disciplinarias en instituciones educativas: Sentencia: T-565/2013: Prohibición constitucional para imponer una apariencia física particular del educando a través del MANUAL DE CONVIVENCIA-Límites, Sentencia: T-478/2015: Discriminación por orientación sexual e identidad de género en ambientes escolares; protección del derecho a la igualdad y del libre desarrollo de la personalidad; corresponsabilidades en el desarrollo educativo de los menores de edad.

1.2. OBJETIVOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA El pacto de convivencia es una parte fundamental del proyecto educativo institucional. Es un documento en el que están descritos los acuerdos que tuvieron todas las personas que forman parte de la comunidad educativa para facilitar la armonía y convivencia. Allí está descrita la forma como se espera se comporten todas las personas que forman parte de nuestra comunidad educativa, además de los derechos y responsabilidades de todos, los recursos y procedimientos a seguir cuando hay situaciones que afectan la convivencia escolar o situaciones de incumplimiento de las normas que favorecen la disciplina. Sus objetivos son:

Promover, garantizar y defender los derechos humanos y derechos humanos sexuales y reproductivos.

Establecer las funciones, normas, deberes, comportamientos y actitudes

pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman, reconociendo la presunción de inocencia y disponiendo de los procedimientos necesarios para que el estudiante realice su defensa ante situaciones de conflicto.

Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de

solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.

1.3. ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO? El pacto de Convivencia va dirigido a todos los miembros de la comunidad educativa del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, quienes deben cumplir responsablemente los criterios, principios y normas contemplados así:

20

1.4. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL El Gimnasio pedagógico Comfenalco fundamenta la formación de los estudiantes en las relaciones de los diversos agentes de la comunidad educativa, congregada en torno a los siguientes principios: El Gimnasio Pedagógico Comfenalco concibe la educación como un proceso formativo que inicia con la familia. El fortalecimiento de valores, la adquisición de hábitos y el ejercicio de la norma constituyen los primeros aprendizajes que se adquieren en el seno de la familia y que son reforzados en el colegio. El slogan: “En el Gimnasio pedagógico Comfenalco se matricula un estudiante con su familia” expresa el compromiso que se espera asuman los acudientes a lo largo de la vida escolar.

21

Amparados en el decreto 1286 de 2005 y la ley 1620 de 2013, se pretende que los padres de familia se involucren al máximo en el proceso formativo de sus hijos, no solo como representantes en los diferentes organismos de participación escolar sino en las actividades cotidianas de la vida escolar.

1.5. PRINCIPIOS DE FORMACIÓN El Gimnasio Pedagógico Comfenalco plantea los siguientes principios institucionales que permiten guiar el camino para el cumplimiento de los fines de la educación en Colombia y de los propios. Los principios son ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta de un grupo que tienen intereses iguales. Los principios de formación del Gimnasio Pedagógico Comfenalco son:

22

1.6. FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO, QUE SIRVEN COMO APOYO A LA LIBRE EXPRESIÓN DEL PENSAMIENTO

• En el cumplimiento de las funciones contempladas en el gobierno escolar por parte del personero y voceros de aula, se abren espacios de participación para que estos representantes, reciban por parte de sus compañeros sus solicitudes quejas o reclamos, relacionados con el quehacer institucional y ellos a su vez, puedan comunicar a las directivas las situaciones presentadas.

• La participación durante las clases de los estudiantes es fundamental, se solicita el debido respeto para la expresión de pensamientos.

• Los representantes del consejo de padres, reciben las inquietudes de las familias y sirven de canal de comunicación con las directivas del colegio.

• Los directivos reciben a las familias que deseen dialogar con ellos de manera personalizada; además se realizan citaciones particulares cuando los padres informan su deseo de manifestar sugerencias, peticiones, quejas o reclamos, felicitaciones

• Los directivos tienen los siguientes correos institucionales mediante los cuales las familias pueden establecer comunicación directa:

o rectorí[email protected] o [email protected] o [email protected] o [email protected] o Además, por la mensajería de la plataforma de contenidos utilizada por la

primaria, los padres pueden enviar correos que llegan directamente a las coordinaciones institucionales como también a los docentes.

• Comfenalco Santander, cuenta con la oficina de Atención al cliente, dicha oficina que se encuentra en la Avenida González Valencia Nº 52-69, así como en cada servicio una persona que además radica las solicitudes, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, adicionalmente cuenta con el centro de contacto: 6431900-6432000.

• En el Gimnasio se encuentran dispuestas carteleras por áreas en las que se publican creaciones de los estudiantes.

• La caja de compensación cuenta con la revista Integrador que publica escritos de la comunidad educativa e informa acerca de los logros alcanzados por los estudiantes en sus diferentes participaciones externas.

• En las agendas escolares se publican los cuentos de los estudiantes que han sido galardonados en concursos externos.

23

• La institución no promueve la comunicación entre los miembros de la comunidad educativa mediante el uso de WhatsApp.

• La institución no promueve, ni autoriza el uso de redes sociales como medio de comunicación formal, por lo cual, no se hace responsable del manejo que les den cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, y del contenido que éstos difundan a través de las mismas. De requerirse intervención sobre el uso de redes sociales, se actuará conforme a las instancias legales que las regulen y controlen.

• Para cualquier queja sugerencia, consulta, o petición, los medios formales o canales de comunicación establecidos y autorizados por la institución son: comunicación escrita y mensaje escrito por medio de la plataforma de Sistema Uno internacional dirigido a los coordinadores y/o docentes, atención personal con coordinadores, docentes y/ o rectora, comunicación escrita al correo institucional de coordinadores y/ o rectora o utilizando el servicio de atención al cliente de Comfenalco Santander.

1.7. ORGANIGRAMA

24

2. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR La aplicación de la ley 1620 (Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar) y su decreto reglamentario 1965 emanado por el Ministerio de Educación Nacional, brinda la posibilidad de que las instituciones educativas fortalezcan el proceso de atención integral para actuar sobre las situaciones que afectan la convivencia escolar de manera que se promuevan los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía e integralidad en las instituciones y se permita ante todo, la restitución de derechos en las personas que han sido objeto de algún tipo de agresión garantizando la tranquilidad de que el agresor no volverá a lastimarlo, de manera que se proporcione un ambiente de paz y tranquilidad que facilite el aprendizaje y la convivencia armónica respetando las diferencias de todo tipo, entre los miembros de la comunidad.

A continuación, se presentan los protocolos del sistema de atención integral del GPC que permitirá a la comunidad educativa estimular el desarrollo de la convivencia armónica y pacífica, siendo esto, base fundamental en la construcción del ser humano integral y un ciudadano que aporte a la necesidad apremiante de fortalecer buenas relaciones inter e intrapersonales en nuestro país.

Se presentan los protocolos en la relación del NIÑO con toda la comunidad educativa y las respectivas relaciones equivalentes en la convivencia; es decir: niño-niño, niño-padres, niño docente, niño- adultos miembros de la comunidad. Igualmente la relación de convivencia de los docentes hacia los estudiantes, de los padres hacia los adultos de la institución y de docentes con sus colegas.

Estos protocolos, enmarcan la ruta de atención integral y las acciones que realizará la institución para atender las situaciones que afectan la convivencia escolar y las gestiones que se llevarán a cabo con todas las personas que formen parte en el conflicto. Estos protocolos son el producto de la construcción colectiva en la que participaron representantes de los estudiantes, docentes, padres de familia y directivos docentes, luego de la realización de un diagnóstico institucional liderado por la Coordinadora de Convivencia y Bienestar.

25

26

2.1. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL

2.1.1. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN NIÑO - NIÑO

DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

SITUACIONES TIPO I Definición: son conflictos manejados inadecuadamente y situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar. No generan daños al cuerpo ni a la salud física o mental. Se consideran también aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cualquiera de los miembros que conforman la comunidad educativa.

Procedimiento según Ministerio de educación Nacional: - Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar en términos pedagógicos. -Fijar formas de solución de manera, imparcial, equitativa y justa con acciones para la reparación de daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. –Realizar seguimiento del caso para evaluar la efectividad de la solución.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el

reconocimiento/atención del caso

Pautas y

acuerdo de convivencia de toda la

comunidad

¿Qué acciones pedagógicas se implementarían para solucionar la situación de

manera imparcial y equitativa?

¿Cómo se repararían los daños?

¿Qué tipos de compromisos/acuerdos

se pueden pactar?

Rechazar a niños por su condición física, psicológica, de raza, religión, género o inclinación sexual etc.

Las situaciones tipo I serán manejadas por los docentes de la institución. Procedimiento: 1. Indagar quiénes son las personas involucradas. 2. Escuchar a las personas involucradas para conocer

Todos merecemos respeto, por eso debo: -Escuchar al otro. -Llamarlo por su nombre

-Reflexionar sobre cómo se sintió cada uno de los involucrados (expresar sentimientos). -Reflexionar

*Presentar disculpas. *Reparar el daño si es un objeto o reponerlo si es necesario.

*Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales.

27

Acciones violentas hacia compañeros (golpear, empujar, escupir, jugar brusco, etc.)

los hechos y definir las causas. 3. Citar a los padres de los involucrados, para dar a conocer la situación y escuchar sus puntos de vista. (Si es necesario citar a padres e hijos conjuntamente). 4. Orientar a los padres sobre el apoyo que se espera para alcanzar los objetivos. 5. Si fuera necesario remitir a profesional especializado con previa concertación del equipo de bienestar social. 6. Llevar seguimiento del comportamiento del estudiante y reevaluar acciones si fuere necesario. Seguimiento del caso: -El docente titular debe estar en comunicación constante con los demás docentes para evaluar las relaciones del estudiante con el o los compañeros implicados. -Informar a la coordinadora de convivencia y bienestar los avances o retrocesos observados si fuera necesario.

-Valorar su pensamiento, cuidar las cosas de los demás y del colegio. -Esperar el turno -Saludar y pedir por favor. -Decir gracias. -Controlar mis emociones cuando tengo rabia, tristeza, alegría, etc. -Decir siempre la verdad.

sobre “si yo fuera tu” como me sentiría. -Qué pensarán las personas que me aman si yo les hago lo mismo. -Si la situación es grupal en clase se pueden aplicar estrategias pedagógicas como socio dramas, análisis de canciones, etc.

-Actividad escrita : He reflexionado y me equivoque porque… Por eso voy a …

NOTA: Estas actividades son guía para aplicar de acuerdo a la situación presentada. Pueden ser desarrolladas de manera oral, escrita o crearse otras.

*Presentar a sus compañeros un trabajo reflexivo sobre la forma correcta en que se deben manejar los conflictos.

*Compromiso de restitución de bienes: busca el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño por parte del acudiente. *Compromiso de cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás.

Uso de palabras vulgares y expresiones ofensivas. Incumplimiento de las normas de urbanidad (esperar turno, hacer fila, tomar las cosas sin permiso, etc.) Discusiones manejadas.

Equivocadamente generando peleas verbales o físicas.

Manejo incorrecto del liderazgo convocando acciones que afectan negativamente a los demás. Falta de tolerancia

Bromas pesadas o de mal gusto.

28

Manejo inadecuado de las relaciones entre pares. Comentarios inadecuados (agresión verbal)

Formación de grupos por afinidad generando acciones que estimulan la rivalidad entre las personas. Manipular la situación diciendo mentiras para evadir responsabilidades y favorecer su condición. Dañar un objeto propio o ajeno de manera intencional o sin culpa.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor y/o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. -Garantizar el restablecimiento de derechos implica que la persona que ha maltratado debe brindar a la persona a la cual le hizo daño toda su disposición de cambio, brindando la tranquilidad para continuar con su proceso de formación integral con la seguridad de que no va a volver a ser agredido. Para esto, se dejará constancia firmada por el estudiante y la coordinadora de convivencia citará a los padres quienes firmarán compromiso de seguimiento del trato de su hijo hacia su compañero. -La coordinadora de convivencia y bienestar llevará seguimiento del proceso para confirmar el nivel de convivencia entre los implicados apoyada del grupo de docentes y personal de bienestar social. Se espera que el ambiente en el que se desarrollan

29

los estudiantes (tanto el niño agresor como el niño agredido) sea apropiado para continuar su formación sin que haya rotulación, miedos, rechazos, etc. entre ellos o por parte de algún miembro de la comunidad educativa. -En caso de que se compruebe que el agresor o el agredido estén viviendo vulneración de derechos, se realizarán acciones pedagógicas en el aula para reflexionar personalmente o con el curso la situación. - En situaciones en que corre riesgo la vida o integridad emocional de alguno de los implicados, se tomarán las acciones pertinentes que sugieran los especialistas o autoridades competentes según sea el caso, incluso puede interrumpirse el proceso formativo en la institución (aplica para situaciones tipo II y III) mientras se logra alcanzar la mejora en los procesos necesarios para que se garantice el derecho a la protección y pueda restablecerse definitivamente el derecho a la educación. Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y bienestar y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012. (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

2.1.2. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN NIÑO - NIÑO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

SITUACIONES TIPO II

Definición: son situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presentan de manera repetitiva o sistémica. b. Que causen daño al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Igualmente se consideran situaciones tipo II la reincidencia en situaciones tipo I y aquel tipo de conducta o comportamiento que atenta contra los principios institucionales, afectando gravemente a las normas disciplinarias de carácter general y particular de la institución educativa. Procedimiento según Ministerio de Educación Nacional: - Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.- Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.- Adoptar

30

medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.- Informar a los padres, madres o acudientes. -Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido. -Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. -Realizar reporte en el Sistema Unificado de Convivencia escolar. El comité escolar de convivencia realizará el análisis del caso y seguimiento de las soluciones.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el reconocimiento/atenció

n del caso.

Pautas y

acuerdo de convivencia de

toda la comunidad

¿Qué acciones pedagógicas se implementarían para solucionar la situación de

manera imparcial y equitativa?

¿Cómo se repararían los

daños?

¿Qué tipos de compromisos/acuer

dos se pueden pactar?

Provocar o llevar a la práctica acciones de maltrato verbal o físico hacia una o varias personas

Las situaciones tipo II serán manejadas por los docentes de la institución. En caso de que las situaciones sean repetitivas a pesar de las estrategias aplicadas por los docentes se informará a la coordinadora de convivencia quien iniciará el procedimiento contemplado en el numeral 4. Procedimiento: 1. Indagar quienes son las personas involucradas. 2. Escuchar a las personas involucradas para conocer los hechos y definir las causas. 3. Citar a los padres de los involucrados, para dar a conocer la situación y escuchar sus puntos de vista. (Si es necesario

Para solucionar mis dificultades con los demás puedo: 1º Controlar mi rabia o ira. 2º Escuchar 3ºDecir claramente lo que me molesta. 3º Dialogar y conciliar en lugar de amenazar, chantajear o agredir verbal, física, gestual o de manera escrita a los demás. 4º Ponerme en los zapatos del otro. *Buscar al mediador del curso

Se realizarán acciones pedagógicas enunciadas en las situaciones tipo I y además analizado el caso, se puede decidir aplicar el siguiente correctivo: Amerita asistir obligatoriamente al colegio el siguiente día pero no entrar a clase, para que en el colegio, se realice una guía que le permitirá hacer reflexión (aplica para 3º, 4º y 5º). Esto implica que el estudiante: -No podrá presentar trabajos

- Presentar una disculpa pública redactada por el mismo estudiante, en las redes sociales, si la agresión se realizó mediante el uso de estos medios de comunicación y/o de manera presencial de acuerdo al caso. -Reponer el objeto sustraído en caso de hurto. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño

Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales. Compromiso de restitución de bienes: busca el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño por parte del acudiente. Compromiso de

Manejo de la burla para degradar o herir a la otra persona. Referirse con apodos hacia cualquier miembro de la comunidad educativa Amenazar verbal, gestual o de manera escrita a cualquier miembro de la comunidad educativa.

31

Agarrar sin permiso o esconder diferentes objetos de sus compañeros, con la intención de hacer burla, lastimar, etc.

citar a padres e hijos conjuntamente). 4. Levantar hoja de seguimiento por parte de la coordinadora de convivencia y bienestar y manifestar en el observador del estudiante la situación por parte del docente o coordinador académico o de convivencia y bienestar. 5. Orientar a los padres sobre el apoyo que se espera para alcanzar los objetivos. 6. Si fuera necesario remitir a profesional especializado con previa concertación del equipo de bienestar social. 7. Llevar seguimiento del comportamiento del estudiante y reevaluar acciones si fuere necesario. 8. La mejora o reincidencia en las acciones que afectan la convivencia escolar serán consignadas en el boletín del estudiante correspondiente al periodo en que fue cometida la falta y si no hay mejoría también el boletín final del año en la casilla correspondiente a

*Buscar ayuda de adultos o profesores. *Jamás debo utilizar expresiones, irónicas groserías, o burlarme de los demás cuando le ocurre un accidente o percance.

y si hay evaluaciones obtendrá como juicio valorativo 0. Los trabajos solicitados con anticipación y que tuvieran como fecha de entrega el día de la suspensión a clase serán entregados el mismo día a la coordinación académica y tendrán como nota definitiva básico. _En el caso de los estudiantes con barrera de aprendizaje que presenten reincidencia en las situaciones de tipo II el colegio puede realizar la suspensión temporal de la matrícula, una vez realizado el análisis del caso y se evidencie que el comportamiento del estudiante afecta su seguridad emocional o física

por parte del acudiente.

cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás. Compromiso de responsabilidad: por parte de los padres o acudientes para cumplir con los requisitos de atención profesional especializada, lo cual es requerimiento fundamental para el mejoramiento del desarrollo integral del niño, de lo contrario, la institución deberá reportar la situación ante el ICBF y/o llevar a consejo directivo el caso para evaluar la posibilidad de no permitir la matrícula del estudiante el siguiente año escolar (plazo de cambio) siempre y cuando la condición emocional y comportamental del estudiante amenaza su propia integridad o la sus pares. Además es responsabilidad de

Dejar escritos comentarios ofensivos en diferentes lugares. (Cuadernos, pupitres, paredes, baños, etc.) Contaminar los alimentos de sus compañeros al meter en los platos de sopa, o seco, vasos con jugo o agua otros alimentos o diferentes objetos durante la hora del almuerzo, descansos, etc. Manifestar de cualquier forma rechazo a niños que se destacan en su nivel académico o deportivo o

32

presentan debilidades en estos aspectos.

observaciones especiales. Seguimiento del caso: -El docente titular debe estar en comunicación constante con los demás docentes para evaluar las relaciones del estudiante con el o los compañeros implicados para evaluar las medidas de protección en los involucrados. -Hacer mediación inmediata. -Informar a la coordinadora de convivencia y bienestar los avances o retrocesos observados. -Todos los docentes acompañarán seguimiento en instancias fuera del aula de clases (descansos, actividades extracurriculares, etc.) -Se citará a los padres en un tiempo aproximado de un mes para intercambiar hallazgos y concretar nueva intervención formativa dejando aclaración en la hoja de seguimiento de los resultados obtenidos.

o la de sus compañeros. Esto está altamente relacionado con la falta de apoyo por parte de la familia en necesidad de realizar las terapias o procedimientos solicitados. El estudiante podrá regresar a clase cuando los padres presenten la intervención de equipo profesional.

los padres y/o acudientes mantener informada a la institución de los procesos realizados con los profesionales especializados entregando oportunamente los informes expedidos por ellos.

Chantajear mediante amenaza verbal, escrita, gestual o usando herramientas virtuales. Utilizar las herramientas virtuales para degradar o agredir a otra persona de la comunidad educativa. Ofensas verbales o actitudinales que indican discriminación hacia las personas por su condición sexual, religiosa o racial. Tocar el cuerpo de las otras personas vulnerando su derecho a la intimidad. Mirar por encima o debajo de las puertas del baño, o tratar de

33

abrirlas cuando está siendo usado por otra persona irrespetando su privacidad.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. Garantizar el restablecimiento de derechos implica que la persona que ha maltratado debe brindar a la/s persona/s a la cual le hizo daño toda su disposición de cambio, brindando la tranquilidad para continuar con su proceso de formación integral con la seguridad de que no va a volver a ser agredido. Para esto, se dejará constancia firmada por el estudiante y la coordinadora de convivencia citará a los padres quienes firmarán compromiso de seguimiento del trato de su hijo hacia su compañero. -La coordinadora de convivencia llevará seguimiento del proceso para confirmar el nivel de convivencia entre los implicados apoyada del grupo de docentes y personal de bienestar social. Se espera que el ambiente en el que se desarrollan los estudiantes (tanto el niño agresor como el niño agredido) sea apropiado para continuar su formación sin que haya rotulación, miedos, rechazos, etc. entre ellos o por parte de algún miembro de la comunidad educativa. -En caso de que se compruebe que el agresor o el agredido estén viviendo vulneración de derechos, se realizarán acciones pedagógicas en el aula para reflexionar personalmente o con el curso la situación. - En situaciones en que corre riesgo la vida o integridad emocional de alguno de los implicados, se tomarán las acciones pertinentes que sugieran los especialistas o autoridades competentes según sea el caso, incluso puede interrumpirse el proceso formativo en la institución (aplica para situaciones tipo II y III) mientras se logra alcanzar la mejora en los procesos necesarios para que se garantice el derecho a la protección y pueda restablecerse definitivamente el derecho a la educación. Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y bienestar y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012 (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

34

2.1.3. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO - NIÑO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

SITUACIONES TIPO III

Definición: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Artículo 41. Además se entiende por este tipo de situaciones todas las conductas o actitudes en las que se lesiona, en gran medida, los valores individuales y colectivos de la institución educativa, o es considerada delito en la legislación colombiana. De acuerdo con lo anterior, antes de tomar cualquier tipo de determinación de orden administrativo, pedagógico o disciplinario, deberá seguirse un orden que garantice la correcta aplicación de los procedimientos acordes con el debido proceso. Procedimiento según el Ministerio de Educación Nacional: En casos de daño al cuerpo o a la salud: garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia, informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. Inclusión educativa: La población objeto del Gimnasio Pedagógico Comfenalco incluye estudiantes con criterios asociados a las necesidades educativas especiales (NEE) y/o barreras para el aprendizaje (Ver políticas de Inclusión Educativa), lo cual indica que cuenta dentro de su oferta educativa con la Inclusión Escolar. Dado que las características de dicho grupo estudiantil los hace merecedores de una mayor atención, orientación, asesoría, apoyo y seguimiento, les otorga también los mismos deberes y

35

derechos que sus pares. En consecuencia, y debido a que sus funciones registran alguna alteración más no discapacidad psíquica o mental que les identifique como riesgo propio y social, ellos serán vistos de la misma manera que los demás compañeros cuando cualquier situación requiera la atención integral tipo III.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el

reconocimiento/atención del caso

¿Qué acciones pedagógicas se implementarían para solucionar la situación de manera imparcial y

equitativa? Insinuación de tipo sexual El Gimnasio Pedagógico Comfenalco

maneja educación inicial y los niveles de preescolar y básica primaria, por lo que las edades de sus estudiantes están comprendidas en promedio entre los 1 y 12 años, siendo así, el procedimiento de reconocimiento del Gimnasio ante situaciones tipificadas como III se acoge a los artículos de la ley de infancia y adolescencia: Art 1°: Finalidad, Art 2° .Objeto, Artículo 143: Comisión de delitos en menores de 14 años, Art 145: Intervención de la policía judicial, Art 192: principios a tener en cuenta por el funcionario judicial y todos los artículos que incluyan la violación de derechos. PROCEDIMIENTO: Basados en los artículos anteriores de la Ley de Infancia y Adolescencia se define que la institución no está obligada a realizar acciones de reconocimiento, únicamente se dispondrá de las evidencias que se hayan encontrado en la acción cotidiana del manejo del caso,

¿Qué acciones pedagógicas se implementarían para solucionar la situación de manera imparcial y equitativa? Para el GPC la formación integral reconoce el desarrollo de todas las dimensiones del ser, por ello, su formación se direcciona hacia el desarrollo del respeto hacia sí mismo y hacia los demás, igualmente, se busca que el niño valore la naturaleza y el entorno en general. Por lo anterior, el reconocimiento de situaciones de tipo III buscarán siempre acciones pedagógicas más que punitivas por lo que se aplicarán las mismas estrategias tipo II aceptando y aplicando las recomendaciones emanadas por las autoridades competentes pues teniendo en cuenta el art 1: Finalidad de la Ley de Infancia y Adolescencia y el art 2: Objeto de la ley, es de carácter obligatorio la denuncia de la situación a las autoridades competentes para garantizar el debido proceso al aplicar acciones para que el niño pueda ejercer y restablecer sus derechos.

Abuso sexual Agresión física y/o emocional que genera incapacidad Hurtar objetos de otras personas o de la institución Exponer la vida, condición social, de género u orientación sexual de algún niño a otras personas por cualquier medio de comunicación escrita, verbal o por redes sociales. Llevar consigo, almacenar, conservar, vender, ofrecer, adquirir, o suministrar sustancias estupefacientes, sicotrópica o drogas sintéticas, dentro de la institución o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica.

36

reportado por los docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa. ACCIONES: Se ejecutarán las acciones sugeridas por el Ministerio de Educación Nacional contempladas en el decreto 1965.

2.1.4. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO CON LOS DOCENTES DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Para el Gimnasio Pedagógico Comfenalco el proceso de formación que se inicia en el hogar se complementa con la educación inicial y la educación formal, dicho proceso se desarrolla en la medida en que el niño, al relacionarse con los miembros de la comunidad educativa, va modificando o reacomodando sus aptitudes, habilidades y actitudes para responder ante las diferentes situaciones que se van presentando en su cotidianidad. Tanto los padres como las instituciones educativas esperan evidenciar los avances en la comprensión de los comportamientos adecuados en su relación con los demás, pues las diferentes experiencias, el ejemplo de quienes lo rodean, la relación con los otros, etc., poco a poco va consolidando en ellos la imagen mental de las relaciones interpersonales idóneas en la cultura en la que se desarrolla. Teniendo en cuenta la afirmación anterior, se puede esperar que dependiendo de la edad de los niños, se puedan presentar reacciones comportamentales consideradas como normales a una edad y no aprobadas para otras. Es por esto, que tipificar el comportamiento de los niños hacia sus docentes resulta difícil pues según la edad, grado o nivel educativo se pueden manejar los comportamientos de agresividad o que interfieren en las relaciones interpersonales. Bajo esta premisa, se han organizado las diferentes situaciones que afectan la convivencia escolar de manera que sirvan como parámetro a los miembros de la comunidad en el protocolo a seguir para alcanzar la reflexión y el aprendizaje en la búsqueda de la formación integral hacia la construcción de ciudadanía, sin embargo, el procedimiento a seguir depende del caso en particular, por lo que se describe un paso a paso que permitirá atender la situación utilizando una gran variedad de opciones pedagógicas en la búsqueda de la formación integral y la defensa de los derechos del docente.

37

SEGUIMIENTO: Ante dificultades comportamentales que afectan la convivencia del niño con los docentes, el seguimiento debe realizarse por parte del Comité Escolar de Convivencia siempre y cuando las acciones sean catalogadas como tipo 1 y 2. Las acciones tipo 3 son de tipo legal. Sin embargo, en las tres situaciones la coordinadora de convivencia y bienestar realizará observaciones en clase, a la hora del descanso y diálogos periódicos para reconocer aspectos relevantes de la convivencia entre los implicados y aplicar nuevas acciones pedagógicas que busquen restablecer los derechos del docente.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el reconocimiento/atención

del caso

Pautas y acuerdo de convivencia de toda la

comunidad

¿Qué acciones pedagógicas se implementarían

para solucionar la situación de

manera imparcial y equitativa?

¿Cómo se repararían los

daños?

¿Qué tipos de compromisos/acuerdos se pueden pactar?

TIPO I 1. Los docentes deben intervenir, con respeto y calma a las situaciones presentadas con los niños, recordando que son los adultos dentro del proceso y que son modelo a seguir por sus estudiantes. 2. El docente informará la situación a su jefe inmediato, coordinadora de convivencia y bienestar o rectora. 3. Cualquiera de las personas mencionadas escuchará las versiones de los implicados. 4. Se buscarán nuevas fuentes de información para comprender la situación:

El docente es considerado autoridad en el aula para los estudiantes , por ello: -Le brindo un trato digno, respetándolo como persona y profesional, escuchándolo atentamente, hablándole con un tono de voz adecuado, llamándolo por su nombre, expresándole sentimientos e ideas con respeto así

SITUACIONES TIPO I

-Toda falta será consignada en el observador del estudiante. -El diálogo reflexivo permitirá a las partes reconocer errores y posibles causas de la situación. -El mediador aplicará estrategias reflexivas para que el estudiante por si mismo encuentre otras maneras de solucionar la situación si volviera a ocurrirle

- Reparar el daño si es un objeto o reponerlo si es necesario. -Se espera el reconocimiento verbal y el ofrecimiento de excusa personalmente y en público si fuere el caso. -En el caso de daño físico o mental los padres responderán legalmente por las acciones realizadas por sus hijos pues son menores de

Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales. Compromiso de restitución de bienes: busca el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño por parte del acudiente. Compromiso de

Decir mentiras. Realizar gestos con el objetivo de burlarse del docente. Responder con groserías o palabras que indican burla hacia el docente. Contestar o dar quejas alzando la voz o con altanería. Utilizar apodos para referirse a sus docentes. Agarrar sin permiso o esconder cualquier

38

objeto que pertenezca al docente, con la intención de hacer burla, lastimar, etc.

otros niños, docentes o personas que hayan estado en el momento de lo ocurrido. 5. Se realizará análisis de la situación para conocer las causas que ocasionaron el conflicto. 6. Se citarán a los acudientes del estudiante para informar la situación y establecer correctivos de acuerdo a lo estipulado en el manual de convivencia y aplicar acciones de mejora conjunta que busquen el fortalecimiento de valores en el niño y el restablecimiento de los derechos vulnerados en el docente. 7. En las situaciones tipo II y III se levantará hoja de seguimiento por parte de la coordinadora de convivencia y bienestar. Se consignará en el observador del estudiante la situación, este proceso puede hacerlo el docente, la coordinadora académica o de convivencia y bienestar. 8. Orientar a los padres sobre el apoyo que se espera para alcanzar los

esté de acuerdo con él o no, esforzándome por aprender en su asignatura y participando activamente para hacer de su clase un espacio agradable en el que todos podamos aprender de los demás.

algo similar: “En vez de……hubiera hecho……. Seguramente las consecuencias hubieran sido…

SITUACIONES TIPO II

-Presentar una disculpa pública oral o redactada por el mismo estudiante en las redes sociales, si la agresión se realizó mediante el uso de estos medios de comunicación y/o de manera presencial de acuerdo al caso. -Realizar reflexión escrita sobre lo sucedido de manera que en esta se expresen los errores cometidos y la forma como se va a resarcir el daño causado. - De acuerdo a la situación, se remitirá al estudiante a especialistas

edad. cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás. Compromiso de responsabilidad: por parte de los padres o acudientes para cumplir con los requisitos de atención profesional especializada, lo cual es requerimiento fundamental para el mejoramiento del desarrollo integral del niño, de lo contrario, la institución deberá reportar la situación ante el ICBF u otras autoridades o entidades competentes. y/o llevar a consejo directivo el caso para evaluar la continuidad del menor en la institución si su situación comportamental amenaza su propia integridad o la sus pares. Además mantener informada a la institución de los procesos realizados con los profesionales

Dejar escritos comentarios ofensivos en diferentes lugares (cuadernos, pupitres).

TIPO II Interferir en las actividades y desarrollo de clases con el ánimo de sabotearla. Cambiar o tergiversar la información suministrada por el docente o evitar dar la información real a sus padres u otras personas. Expresar a los compañeros u otras personas de la comunidad comentarios con la intención de

39

perjudicar, herir o dañar la reputación del docente, utilizando cualquier medio (oral, escrito, virtual).

objetivos. 9. Si fuera necesario remitir a profesional especializado. 10. Llevar seguimiento del comportamiento del estudiante y reevaluar acciones si fuere necesario. 11. La mejora o reincidencia en las acciones que afectan la convivencia escolar serán consignadas en el boletín del estudiante correspondiente al periodo en que fue cometida la falta y si no hay mejoría también el boletín final del año en la casilla correspondiente a observaciones especiales.

pertinentes con el objeto de que se realice la intervención o tratamiento necesario.

SITUACIONES TIPO III

-Cuando el estudiante cometiera delito en contra del docente se realizará el denuncio a las entidades correspondientes según el caso. -Para el Gimnasio Pedagógico Comfenalco el reconocimiento de situaciones de tipo III buscarán siempre acciones pedagógicas más que punitivas por lo que se aplicarán las mismas estrategias tipo II aceptando y aplicando las recomendaciones emanadas por las autoridades competentes pues teniendo en cuenta el art 1: Finalidad

especializados entregando oportunamente los informes expedidos por ellos.

TIPO III Agredir físicamente al docente (lanzar objetos, patadas, o herirlo con cualquier tipo de material). Amenazar o chantajear al docente. Provocar que el docente sea víctima de amenazas hacia su persona o integridad utilizando terceras personas. Acosar al docente de manera directa o indirecta (a través de otras personas) utilizando medios

40

virtuales y/o audiovisuales.

de la Ley de Infancia y Adolescencia y el art 2: Objeto de la ley, es de carácter obligatorio la denuncia de la situación a las autoridades competentes para garantizar el debido proceso al aplicar acciones para que el niño pueda ejercer y restablecer sus derechos. Si las autoridades competentes (policía de infancia y adolescencia, bienestar familiar) sugieren dentro del proceso de restitución de derechos del docente, la protección y el bienestar del mismo y de los demás miembros de comunidad educativa la suspensión temporal de clases por parte del niño, la institución podrá hacerlo mientras el estudiante es

Robar pertenencias de docentes.

41

atendido por personal especializado mientras ejerce su restablecimiento de derechos.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. - Teniendo en cuenta que en este caso los derechos de un adulto han sido vulnerados por un niño quien está en proceso de formación, se entiende que en los procesos de restablecimiento de derechos necesariamente debe actuar el docente involucrado quien con la colaboración del comité de convivencia escolar realizará acciones para comprender las causas de la reacción del niño y poder así lograr un mayor acercamiento (aplica para situaciones tipo I y II). -Garantizar el restablecimiento de derechos implica que la persona que ha maltratado debe brindar a la persona a la cual le hizo daño toda su disposición de cambio; tratándose de niños, los padres deben garantizar la atención del niño por parte de especialistas de ser necesario para así poder dar evidencia del debido proceso para que la institución permita la permanencia del estudiante en el colegio con la seguridad de que no va a volver a agredir a un adulto. Para esto, se dejará constancia firmada por el estudiante, los padres del niño y la coordinadora de convivencia en un compromiso de seguimiento y mejora del trato de su hijo hacia el docente. - En situaciones de tipo III o en las que se sospeche que corre riesgo la vida o integridad emocional del docente, se tomarán las acciones pertinentes que sugieran los especialistas o autoridades competentes según sea el caso, incluso puede interrumpirse el proceso formativo del estudiante en la institución (aplica para situaciones tipo II y III) mientras se logra alcanzar la mejora en los procesos necesarios para que se garantice el derecho a la protección y pueda restablecerse definitivamente el derecho a la educación. -La coordinadora de convivencia llevará seguimiento del proceso para confirmar el nivel de convivencia entre los implicados apoyada del grupo de docentes y personal de bienestar social. Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012 (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

42

2.1.5. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL DOCENTE CON LOS NIÑOS DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

PROTOCOLO DE ATENCIÓN DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el reconocimiento/atención

del caso

Responsabilidades del docente en su

relación con estudiantes

¿Qué acciones se implementarían

para solucionar la situación de

manera imparcial y equitativa?

¿Cómo se repararían los daños?

¿Qué tipos de

compromisos/acuerdos se pueden pactar?

TIPO I Dirigir expresiones que generen en el niño una imagen negativa de sí mismo. Ej.: “Usted es agresivo”

1. Los estudiantes, padres de familia y acudientes tienen el derecho de expresar sus inquietudes a cualquier miembro del comité escolar de convivencia, y este tiene el deber de presentar la situación a los miembros del comité escolar de convivencia o por lo menos a uno de ellos quien a su vez manejará la información adecuada y prudentemente. 2. La presidenta y o coordinadora de convivencia escuchará al afectado realizando proceso de recopilación de información de manera que esta pueda ser confrontada con la versión del docente y de

Expresar su pensamiento, recomendaciones y solicitudes de manera asertiva cuando se dirige hacia el estudiante. Velar por el cumplimiento de las normas por parte del estudiante respetando los derechos fundamentales del niño. Escuchar y atender las necesidades del niño en cualquier lugar de la institución y si su atención influye con el desarrollo de alguna actividad,

Aunque en la ruta de atención integral emanada por el Ministerio de Educación Nacional las situaciones de tipo I se definen como “conflictos manejados inadecuadamente y situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar. No generan daños al cuerpo ni a la salud física o mental”, es necesario enfatizar que por tratarse de una situación de una persona adulta hacia un menor de

-Si se verificara error de procedimiento por parte del docente, y si la situación obedece a situación de convivencia escolar tipo 1 o 2, es deber del docente: -Ofrecer disculpas a las personas afectadas haciendo reconocimiento del error de manera oral o escrita si fuere el

Se establecerá compromiso personal por parte del docente el cual quedará registrado en el formato seguimiento al desempeño docente. La situación se reflejará en la evaluación final semestral realizada al docente. Se aplicarán los compromisos pertinentes emanados del establecimiento receptor del caso de cometimiento de posibles delitos.

Decirle al estudiante expresiones que reafirmen defectos. Ej. Para variar usted como siempre…… Utilizar expresiones hirientes, irónicas, de doble sentido, soeces o que falten al respeto para hacer llamados de atención. Llamar con apodos al estudiante. Falta de

43

disposición para escuchar las solicitudes de los estudiantes.

otras personas que pudieran según el caso ser testigos de la situación. En este proceso puede participar la psicóloga de la institución. 3. Se informará a los padres del estudiante el proceso realizado para recopilar la información y los resultados del proceso. 4. Cuando la situación presenta las características de delito, se informará inmediatamente a la entidad correspondiente y se evitará que el docente tenga cualquier tipo de contacto con el estudiante mientras la institución aclara la situación. El estudiante puede continuar su proceso de formación con los docentes pero deberá estar acompañado por la psicóloga o coordinadora de convivencia mientras las entidades competentes reportan el proceso a seguir por parte de la institución.

atenderlo lo antes posible en el momento adecuado. Realizar la vigilancia en los momentos de descanso sin abandonar el lugar designado salvo por alguna urgencia presentada y evitando utilizar teléfonos, iPod o cualquier distractor que interfiera con la atención de los estudiantes. Utilizar frases para corregir de manera que se enuncie el comportamiento adecuado que se espera y no se refuercen comportamientos negativos en el estudiante. No utilizar frases irónicas o de doble sentido que puedan sugerir burla hacia el estudiante. Realizar las

edad y además por la connotación de su profesión de docente, para el Gimnasio Pedagógico Comfenalco este tipo de situaciones se manejarán como vulneración de derechos y se le dará la importancia y tratamiento necesarios para evitar que esta situación vuelva a suceder por lo que se manifestará en la hoja de seguimiento al desempeño docente y se le hará el respectivo acompañamiento en pro de la defensa del estudiante. En dicho documento quedará consignado si hay o no evidencias de la situación manifestada por el estudiante y se realizará el debido acompañamiento y seguimiento por

caso. -Disponer su atención por mejorar la comunicación con el estudiante comprendiendo que el docente es el adulto y debe dar ejemplo para el refuerzo de la sana convivencia entre las partes. -Cuando la situación es catalogada como tipo III: El docente debe responder legalmente y el Gimnasio implementará las medidas solicitadas por la entidad pública legal que lleve el caso.

Dirigir a los estudiantes frases que desmotiven su participación e interés por la clase. Ej.: “Es que se las da de sobrado” Expresar mediante gestos y entonaciones inapropiadas (fuertes, burlescas, irónicas, sarcásticas) su opinión del estudiante. Corregir a los estudiantes utilizando el sarcasmo o ironía.

TIPO II NOTA: una situación tipo II puede ser catalogada como tipo III cuando cumple por lo menos uno de los siguientes criterios: Cuando se compruebe que la

44

situación se haya repetido por lo menos una vez con el mismo niño o con otros. Cuando se compruebe que la actitud haya sido agresiva.

correcciones pertinentes al estudiante bajo los principios de responsabilidad, respeto y ética. Dar a conocer oportunamente a la presidenta del comité escolar de convivencia o coordinadora de convivencia y bienestar, cualquier situación que pueda afectar la convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

parte de coordinación de convivencia y bienestar. Personal: Las acciones serán realizadas bajo el debido proceso establecido en las acciones de reconocimiento /atención del caso. Posteriormente se realizará observación en el formato seguimiento al desempeño docente en el que se describe la situación, el proceso realizado y los compromisos que se esperan si se evidenciara error en algún procedimiento realizado por el docente. Si la situación corresponde más bien a falta disciplinaria o de convivencia por parte del niño, se realizará el debido

Rotular a los estudiantes utilizando expresiones o haciendo comentarios hacia ellos, docentes, padres de familia u otros miembros de la comunidad que fomenten el uso de información confidencial o que degraden la imagen del mismo. Sancionar inadecuadamente a un estudiante utilizando métodos antipedagógicos o que vulneren sus derechos como menor de edad. Por ejemplo: dejarlos de pie en una esquina o espacio cualquiera aislándolos de los demás (a no ser

45

que se pretenda defender la integridad de sí mismo o de los demás compañeros y se pueda evidenciar este objetivo), dejarlos sin tomar sus alimentos a la hora del descanso, sacarlos del salón de clase siempre y cuando la actitud del estudiante no sea riesgo hacia sí mismo o los demás.

proceso descrito a continuación. Con el estudiante: La coordinadora del comité escolar de convivencia junto con la jefe inmediata del docente dialogarán con las partes para realizar el reconocimiento de la causas de la situación y establecer conjuntamente (niño-docente) las acciones de mejora en beneficio de la convivencia mutua. Se realizará seguimiento de la situación y se espera la no reincidencia, en ese caso, se llevará la situación a consejo directivo para tomar las medidas pertinentes según el caso. Analizado el caso se evaluarán los

Ridiculizar a los niños con comentarios entre docentes o hacia otros estudiantes. Ej.: “si quiere ser payasito mejor hágalo en el circo”, “pero qué se puede esperar de usted si nunca le rinde” Infundir temor con amenazas o frases que predispongan el buen rendimiento y comportamiento de los niños. Ej.: “ahora es que

46

anden con quejas en coordinación, en este periodo me encargaré de que nadie esté en el cuadro de honor”

motivos que llevaron a la situación y si se comprobara que se evidencia o no error en el actuar del docente, se informará a los padres de familia el procedimiento realizado y las decisiones tomadas por el comité de convivencia escolar. Estas acciones deberán quedar registradas en actas.

TIPO III Promover la manipulación mediante solicitudes personales, como por ejemplo obsequios, favores personales por parte de los padres, o cualquier otro relacionado con el mismo. Responder con represalias individuales o colectivas ante quejas o requerimientos de los padres de familia. Vulnerar la intimidad del estudiante mediante el uso de palabras, físicamente, realizando insinuaciones, propuestas

47

indecentes o realizando cualquier tipo de acoso o cibera coso. No suministrar oportunamente cualquier información relacionada con maltrato verbal, físico o psicológico que afecte la integridad del estudiante. Agarrar del brazo o de cualquier parte del cuerpo a un niño con una actitud brusca para obligarlo a realizar alguna actividad o corregirlo. Divulgar información privada de los estudiantes por redes sociales o con miembros de la comunidad educativa o externa.

48

Llevar consigo, almacenar, conservar, vender, ofrecer, adquirir, o suministrar sustancias estupefacientes, sicotrópica o drogas sintéticas, dentro de la institución o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. -En este caso, un adulto vulnera derechos de un niño por lo que se aplican los procedimientos establecidos en la constitución nacional, los derechos del niño, ley 1098 (ley de infancia y adolescencia), ley 1620, decreto 1965 y el protocolo de atención integral establecido por la institución y los manuales internos de Comfenalco Santander. -Garantizar el restablecimiento de derechos implica que la persona que ha maltratado debe brindar a la persona a la cual le hizo daño toda su disposición de cambio, brindando la tranquilidad para continuar con su proceso de formación integral con la seguridad de que no va a volver a ser agredido. Para esto, la coordinadora de convivencia y bienestar llevará seguimiento del proceso realizando acciones para confirmar el nivel de convivencia entre los implicados apoyada del personal de bienestar social. Se espera que el ambiente en el que se desarrollan los estudiantes sea apropiado para continuar su formación sin que haya rotulación, miedos, rechazos, etc. -La situación debe describirse en la hoja de seguimiento periódico al desempeño del docente y se firmará compromiso de cambio de actitud hacia el estudiante dependiendo de la complejidad, impacto y consecuencias se decidirá la continuidad del docente en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco. -Para el tratamiento de las situaciones tipo III, se tendrá en cuenta el reglamento interno de trabajo de la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Santander, capítulo XIX, XX, XXI y todos aquellos relacionados con la situación.

49

Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y bienestar y/o comité escolar de convivencia, están regidos por la ley 1581 de 2012. (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

2.1.6. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN DEL NIÑO CON LOS ADULTOS DE LA COMUNIDAD DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO.

Adultos que hacen parte de la comunidad educativa a los cuales aplica este protocolo: padres de familia, directivos, personal de apoyo logístico, supernumerario, vigilantes, personal que labora con el servicio de loncheras y almuerzos, personal que labora con el servicio de transporte.

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el

reconocimiento/atención del caso

Responsabilidades del adulto en su

relación con estudiantes

¿Qué acciones se

implementarían para solucionar la

situación de manera imparcial

y equitativa?

¿Cómo se repararían los

daños?

¿Qué tipos de compromisos/acuer

dos se pueden pactar?

TIPO I Hacer caso omiso de las órdenes dadas.

Los adultos deben intervenir, con respeto y calma ante las situaciones presentadas con los estudiantes, recordando que son los adultos dentro del proceso y que son modelo a seguir por los niños. El interesado informará la situación a su jefe inmediato: coordinadora de convivencia y bienestar o presidenta del comité de convivencia. Es importante manejar con

Es responsabilidad del adulto brindar ejemplo en su comportamiento hacia los estudiantes. Ante cualquier situación de vulnerabilidad de derechos, el adulto debe manejar la situación de manera prudente expresando al niño su pensamiento sin generar ningún tipo de enfrentamiento. Posteriormente informará a su jefe inmediato. Las observaciones que el adulto haga hacia los

SITUACIONES TIPO I -El diálogo reflexivo permitirá a las partes reconocer errores y posibles causas de la situación. -El mediador aplicará estrategias reflexivas para que el estudiante por si mismo encuentre otras maneras de solucionar la situación si

-Se espera el reconocimiento verbal y el ofrecimiento de excusa personalmente y en público si fuere el caso. -Reparar el daño si es un objeto o reponerlo si es necesario. -En el caso de daño físico o mental los padres responderán

Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales. *Compromiso de restitución de bienes: busca el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio

Responder con altanería, groserías o gestos y expresiones ofensivas que indican burla o falta de respecto (sacar la lengua, subir los hombros, decir groserías,

50

etc.) suma prudencia la información sobre lo sucedido evitando hacer comentarios con otras personas que puedan hacerse una idea errónea de la situación o afectar la recopilación de la información. Cualquiera de las personas mencionadas escuchará las versiones de los implicados. Se buscarán nuevas fuentes de información para comprender la situación: otros niños, docentes o personas que hayan estado en el momento de lo ocurrido. Se realizará análisis de la situación para conocer las causas que ocasionaron el conflicto. Ambas partes serán escuchadas para mediar sobre la situación y establecer compromisos de cambio. La mediación será enfocada al reconocimiento de errores y comprensión del daño que se realiza a la otra persona, al valor de la persona humana y al reconocimiento del perdón como parte fundamental en la vida

niños deben guardar siempre el respeto hacia el menor de edad.

volviera a ocurrirle algo similar: “En vez de…hubiera hecho… Seguramente las consecuencias hubieran sido… SITUACIONES TIPO II - Además de las anteriores estrategias, se realizará reflexión escrita sobre lo sucedido de manera que en esta se expresen los errores cometidos y la forma como se va a resarcir el daño causado. SITUACIONES TIPO III -Cuando el estudiante cometiera delito en contra del adulto se realizará el denuncio a las entidades correspondientes según el caso.

legalmente por las acciones realizadas por sus hijos pues son menores de edad.

estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño por parte del acudiente. *Compromiso de cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás. Compromiso de responsabilidad: por parte de los padres o acudientes para cumplir con los requisitos de atención profesional especializada, lo cual es requerimiento fundamental para el mejoramiento del desarrollo integral del niño, de lo contrario, la institución deberá reportar la situación ante el ICBF u otras autoridades o entidades competentes y/o llevar a consejo directivo el caso para evaluar la continuidad del menor en la institución si su situación comportamental

Dirigirse hacia las personas dando órdenes para pedir las cosas en lugar de emplear las normas de cortesía. Interrumpir conversaciones o actividades abruptamente sin emplear las normas de cortesía.

TIPO II Utilizar expresiones hirientes o degradantes. Amenazar a las personas para obtener lo que se desea. Agredir a las personas con puños, patadas, mordiscos, empujones, etc. Provocar o llevar a la práctica

51

acciones de maltrato verbal o físico

de las personas. Se citarán a los acudientes del estudiante para informar la situación y establecer correctivos de acuerdo a lo estipulado en el pacto de convivencia y aplicar acciones de mejora conjunta que busquen el fortalecimiento de valores en el niño y el restablecimiento de los derechos vulnerados en el adulto. Si la situación lo amerita se continuará con los siguientes pasos del procedimiento: Levantar hoja de seguimiento por parte de la coordinadora de convivencia y bienestar y consignar en el observador del estudiante la situación por parte del docente, coordinador académico o de convivencia y bienestar. Orientar a los padres sobre el apoyo que se espera para alcanzar los objetivos. Si fuera necesario remitir a profesional especializado. Llevar seguimiento del

-Para el Gimnasio Pedagógico Comfenalco el reconocimiento de situaciones de tipo III buscarán siempre acciones pedagógicas más que punitivas por lo que se aplicarán las mismas estrategias tipo II aceptando y aplicando las recomendaciones emanadas por las autoridades Competentes pues teniendo en cuenta el art 1: Finalidad de la Ley de Infancia y Adolescencia y el art 2: Objeto de la ley, es de carácter obligatorio la denuncia de la situación a las autoridades competentes para garantizar el debido proceso al aplicar acciones para que el niño

amenaza su propia integridad o la sus pares. Además los padres deben mantener informada a la institución de los procesos realizados con los profesionales especializados entregando oportunamente los informes expedidos por ellos.

Manejo de la burla para degradar o herir a la otra persona. Amenazar verbal, gestual o de manera escrita a cualquier miembro de la comunidad educativa. Agarrar sin permiso o esconder diferentes objetos de la institución, con la intención de hacer burla, lastimar, o preocupar a los demás, etc. Dejar escritos comentarios ofensivos en diferentes lugares (cuadernos, pupitres). Chantajear mediante

52

amenaza verbal, escrita, gestual o usando herramientas virtuales. Utilizar las herramientas virtuales para degradar o agredir a otra persona de la comunidad educativa.

comportamiento del estudiante y reevaluar acciones si fuere necesario. La mejora o reincidencia en las acciones que afectan la convivencia escolar serán consignadas en el boletín del estudiante correspondiente al periodo en que fue cometida la falta y si no hay mejoría también en el boletín final del año en la casilla correspondiente a observaciones especiales.

pueda ejercer y restablecer sus derechos. Si las autoridades competentes (policía de infancia y adolescencia, bienestar familiar) sugieren dentro del proceso de restitución de derechos del adulto, la protección y el bienestar del mismo y de los demás miembros de comunidad educativa la suspensión temporal de clases por parte del niño, la institución podrá hacerlo mientras el estudiante es atendido por personal especializado mientras ejerce su restablecimiento de derechos.

Ofensas verbales o actitudinales que indican discriminación hacia las personas por su trabajo.

TIPO III Insinuación de tipo sexual. Abuso sexual Agresión física que genera incapacidad. Hurtar objetos de cualquier persona o de la institución Consumir o vender sustancias ilegales dentro de la

53

institución o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

2.1.7. PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN LA RELACIÓN PADRES CON NIÑOS Y ADULTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012 (por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado). Con la ley 1620 se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en el marco de la corresponsabilidad de los individuos, las instituciones educativas, la familia, la sociedad y el Estado son los principales organismos que deben velar por la defensa de los menores de edad. Este Sistema reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, y a la comunidad educativa en los niveles de preescolar, básica y media como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política Nacional, las Leyes 115 de 1994 y 1098 de 2006, las disposiciones del Consejo Nacional de Política Social y demás normas asociadas a violencia escolar, que plantean demandas específicas al sistema escolar. Es así como se espera que los padres de familia como primera instancia formativa de los niños, sean las principales personas que ofrezcan ejemplo de convivencia, sin embargo, la realidad de nuestra comunidad confirma que los adultos en ciertas ocasiones no reaccionan ante las dificultades o inconvenientes regidos por pautas de convivencia. A continuación se presenta el protocolo de atención para el manejo de las dificultades que se pueden presentar en la relación padres con niños y adultos de la comunidad y establece el proceso a seguir para alcanzar la convivencia entre los miembros adultos de la comunidad educativa. Se espera que las acciones implementadas (que son más bien reflexivas y conciliatorias) de alguna manera aminoren la posibilidad de que ocurra algún hecho que pueda ser considerado como delito, el cual deberá ser tratado por las autoridades competentes.

Tipo de situaciones

Acciones para realizar

el reconocimiento/atenci

¿Qué acciones se implementarían para

solucionar la situación de manera imparcial y

¿Cómo se repararían los daños?

¿Qué tipos de compromisos/acuerdos se pueden pactar?

54

ón del caso equitativa? TIPO I 1. La persona agredida

informará a la coordinadora de convivencia la situación ocurrida. El reconocimiento de la situación hará énfasis en la identificación de las causas del conflicto. 2. Se buscarán nuevas fuentes de información para comprender la situación: docentes, personal de apoyo, niños, o personas que hayan estado en el momento de lo ocurrido. 3. Dependiendo de la situación la coordinadora de convivencia de la institución informa a la presidenta del comité de convivencia y cita a los involucrados para su intervención y manejo. 4. La coordinadora de convivencia hará reconocimiento de la situación con cada actor del conflicto, hará énfasis en la identificación de las causas de éste. El objetivo de esta reunión individual es realizar reflexión para que las

SITUACIONES TIPO I La coordinadora de convivencia citará a los implicados individual o conjuntamente, dependiendo de la situación, con el objetivo de hacer reflexión para establecer acciones de mejora que faciliten el buen trato y la convivencia entre los miembros de la comunidad educativa. Se espera poder alcanzar la reconciliación entre las partes. SITUACIONES TIPO II

Estas situaciones, aunque no revisten características de delito sí afectan de manera contundente las relaciones interpersonales por lo que no sólo amerita el proceso de reflexión y conciliación sino de un compromiso de cambio que se firmará en el formato de atención a padres. Si es necesario se

-Se espera el reconocimiento verbal y el ofrecimiento de excusa personalmente y en público si fuere el caso. -Reparar el daño si es un objeto o reponerlo si es necesario. -En el caso de daño físico o mental los padres responderán legalmente por las acciones realizadas si fuese el caso.

Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales. Compromiso de restitución: busca el arreglo o la devolución del daño material. Debe ser conciliado con los padres de manera que sea el propio estudiante el que asuma las consecuencias de sus actos y no solo el pago del daño por parte del acudiente. Compromiso de cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás. Compromiso de responsabilidad: por parte de los padres o acudientes para cumplir con los requisitos de atención profesional especializada, lo cual es requerimiento fundamental para el

Ingresar a las aulas de clase sin el permiso de la rectora, coordinadora académica o de convivencia y bienestar. Ej. Al ingresar se interrumpe el desarrollo de la clase, los niños pierden la concentración, la organización de la clase se afecta. Cuando los padres ingresan al salón a revisar armarios, escritorios o pertenencias de otros estudiantes o docentes, so pretexto de buscar pertenencias extraviadas de sus hijos. Llevar tarde a los niños de preescolar y en primaria a su salón (posterior a la hora de inicio de actividades) interrumpiendo el desarrollo de la clase. Ej. Haciendo preguntas al docente sobre diferentes aspectos del estudiante o del salón en general, acomodando en la silla a los niños, sacando los cuadernos del maletín, atravesándose entre los

55

estudiantes para acomodar maletines y lonchera; entregar almuerzos, tareas, trabajos, entre otros.

partes analicen su participación en la conformación del conflicto y se solicitarán los cambios actitudinales por parte de la persona agresora. 5. Se informará la situación al comité de convivencia escolar para analizar el caso y determinar el debido proceso y definir la participación de la institución en el seguimiento del caso o para informar la situación y el proceso realizado por la presidenta del comité escolar de convivencia si hubiese tenido que actuar inmediatamente para manejar la situación antes de la reunión del comité. 6. En toda situación en donde se vean amenazados los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa que trabaje en la institución, esta, fundamentada en la ley 1620 debe informar a la autoridad competente

realizará reunión conjunta entre las partes. El caso debe ser llevado al comité de convivencia escolar para llevar seguimiento del mismo. SITUACIONES TIPO III El comité de convivencia escolar analizará la situación para determinar si correspondería a la institución realizar el denuncio a las autoridades competentes o la persona involucrada directamente.

mejoramiento del desarrollo integral del niño, de lo contrario, la institución deberá reportar la situación ante el ICBF u otras autoridades o entidades competentes. y/o llevar a consejo directivo el caso para evaluar la continuidad del menor en la institución si su situación comportamental amenaza su propia integridad o la sus pares. Además mantener informada a la institución de los procesos realizados con los profesionales especializados entregando oportunamente los informes expedidos por ellos.

Interrumpir las clases: llamando a los niños por teléfono celular durante la jornada de estudio o presentándose personalmente. Acercarse a cualquier estudiante para hacer llamado de atención, incluso dentro de las busetas de transporte.

TIPO II Dirigirse a los docentes o a cualquier miembro de la comunidad educativa de manera agresiva o utilizando expresiones hirientes, gestos, actitudes hostiles o groserías. Manejo de la burla o humillación para degradar o herir a la otra persona. Ofensas verbales o actitudinales que indican discriminación hacia las personas por su trabajo o condición.

TIPO III Omitir cualquier aspecto de la atención integral a su hijo que por derecho

56

constitucional le corresponde.

de la situación ocurrida o hacer el respectivo denuncio. No necesariamente la presidenta del comité Escolar de convivencia o su delegado, deberá esperar a hacer reunión del comité para realizar la gestión anteriormente mencionada.

Evadir la responsabilidad en su participación como agente activo en los procesos educativos de su hijo. Amenazar a cualquier miembro de la comunidad educativa con quejas a directivos de la caja para que se les concedan beneficios fuera de los procesos y políticas de la institución. Amenazar verbal, gestual o de manera escrita a cualquier miembro de la comunidad educativa. Provocar o llevar a la práctica acciones de maltrato verbal o físico. Utilizar las herramientas virtuales: redes sociales, WhatsApp, medios de comunicación telefónicos, plataformas, medios masivos de comunicación, para degradar o agredir a otra persona de la comunidad educativa. Promover acciones en contra del prestigio o buen nombre de

57

cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea de manera verbal, escrita o utilizando los medios de comunicación virtuales. Hacer públicas grabaciones realizadas durante las actividades escolares utilizando cualquier medio de comunicación. Actuar con ira realizando acciones peligrosas con cualquier tipo de vehículos que ponga en riesgo la vida de cualquier miembro de la comunidad. Sobornar Realizar insinuación de tipo sexual. Realizar cualquier tipo de acoso a un miembro de la comunidad educativa. Amenazar a familiares de los miembros de la comunidad educativa. Abuso sexual en cualquiera de sus manifestaciones Llevar consigo, almacenar, conservar, vender, ofrecer, adquirir, o suministrar sustancias estupefacientes, sicotrópica o drogas

58

sintéticas, dentro de la institución o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica.

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. En las situaciones de tipo I se citará al padre de familia para garantizar que esta situación no vuelva a presentarse. Se apela al cumplimiento de las normas establecidas por la institución que se encuentran en el perfil del padre de familia en el presente pacto de convivencia. En las situaciones de tipo II o III la institución o los miembros de la comunidad educativa podrán hacer denuncia ante las autoridades competentes según el caso quienes aplicarán las medidas pertinentes para restablecer los derechos del afectado. La coordinadora de convivencia realizará proceso de reconocimiento e informará a la presidenta del comité de convivencia escolar la situación, se citará al padre o acudiente para solicitar compromiso de cambio de actitud inmediata. -En cualquiera de las situaciones si el acudiente no demuestra intención de cambio, se asume que no está conforme con el Pacto de Convivencia de la Institución, se llevará el caso al Comité Escolar de Convivencia, al Consejo Directivo y se evaluará la posibilidad de no renovación de matrícula para el siguiente año. Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012 (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

59

2.1.8. PROTOCOLO EN LA RELACIÓN DEL DOCENTE CON DOCENTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Aunque las relaciones del docente con sus compañeros no se encuentran articuladas directamente con la relación del niño y todos los miembros de la comunidad educativa, estas podrían afectar la convivencia y directamente a los estudiantes dependiendo de la respuesta emocional del docente ante la situación. Por ello, es importante que a pesar de que el comportamiento del personal que labora en la institución está regido por el código de ética empresarial, el Gimnasio Pedagógico Comfenalco apoya el fortalecimiento de la convivencia escolar ofreciendo el siguiente protocolo que tiene como objetivo favorecer procesos de convivencia entre colegas y ofrecer pautas para que los docentes conozcan el debido proceso para el manejo de situaciones conflictivas.

Tipo de situaciones

Acciones para realizar el reconocimiento/atención

del caso

¿Qué acciones se implementarían para

solucionar la situación de manera

imparcial y equitativa?

¿Cómo se repararían los

daños?

¿Qué tipos de

compromisos/acuerdos se pueden pactar?

TIPO I Interrumpir constantemente las clases so pretexto de buscar material.

1. La persona agredida informará a la presidenta del comité de convivencia escolar o a la coordinadora de convivencia la situación ocurrida. El reconocimiento de la situación hará énfasis en la identificación de las causas del conflicto. 2. Se buscarán nuevas fuentes de Información para comprender la situación: docentes, personal de apoyo, niños, o personas que hayan estado en el momento de lo ocurrido.

SITUACIONES TIPO I La presidenta y/o la coordinadora de convivencia citarán a los implicados individual o conjuntamente, dependiendo de la situación, con el objetivo de hacer reflexión para establecer acciones de mejora que faciliten el buen trato y la convivencia entre los miembros de la

-Se espera el reconocimiento verbal y el ofrecimiento de excusa personalmente y en público si fuere el caso. -Si se evidencia, previo seguimiento del comité de convivencia escolar con el apoyo del personal de bienestar social de la institución que el docente presenta

Compromiso de mejoramiento personal: busca el reconocimiento de los errores, la comprensión de que con las fortalezas se pueden mejorar las debilidades personales. Compromiso de restitución: busca el arreglo o la devolución del daño material. Compromiso de cambio de actitud: busca manifestar claramente cambio en su comportamiento y respeto hacia los demás.

Falta de empleo de las normas de cortesía al dirigirse hacia sus compañeros. Falta de apoyo en la realización de procesos pedagógicos: planeación, ejecución y desarrollo de actividades

60

provocando recarga laboral en sus compañeros.

3. Dependiendo de la situación la presidenta del comité de convivencia y/o la coordinadora de convivencia citará individual o conjuntamente a las personas implicadas para conocer la situación y comprender los puntos de vista de los agentes participantes en el conflicto. 4. El reconocimiento de la situación con cada actor del conflicto hará énfasis en la identificación de las causas de éste. El objetivo de esta reunión individual es realizar reflexión para que las partes analicen su participación en la conformación del conflicto y se solicitarán los cambios actitudinales inmediatos por parte de la persona agresora. 5. Se informará la situación al comité de convivencia escolar para tomar decisiones de procedimiento y realizar seguimiento del caso. 6. Dependiendo de la situación se informará a la subdirectora de Educación y Cultura de Comfenalco Santander quien podrá realizar acciones de apoyo a la gestión desarrollada o

comunidad educativa. Se espera poder alcanzar la reconciliación entre las partes. SITUACIONES TIPO II Estas situaciones, aunque no revisten características de delito sí afectan de manera contundente las relaciones interpersonales y pueden afectar la buena imagen o buen nombre de los docentes ante la comunidad educativa principalmente ante los niños de la institución, por lo que se realizará observación de la situación en el formato de desempeño docente y se tendrá en cuenta en la evaluación final. Dependiendo de la situación, se puede hacer anotación especial en la hoja de vida del docente para hacer seguimiento de su continuidad en la

debilidades en sus relaciones interpersonales que le impiden relacionarse asertivamente con los demás es necesario evaluar la situación para tomar decisiones con respecto a la continuidad de su contrato laboral. -Reparación legal conforme al dictamen de la entidad pública que lleva el caso.

Compromiso de responsabilidad civil o penal de acuerdo a la ley.

Expresar opiniones o sentimientos agrediendo a la persona a la que se dirige. No apoyar en el mantenimiento del orden en sala de docente u otros espacios institucionales. Incumplimiento en la entrega de documentos o compromisos académicos a los líderes de área. Manifestar inconformismo cuando el docente líder de área solicita la entrega oportuna de dicho material. Falta de apoyo a compañeros nuevos generando rechazo por los demás. Manejo de liderazgo para generar ambiente laboral inadecuado. No devolver los objetos prestados oportunamente o dejarlo en otros

61

lugares diferentes a los asignados, devolverlos en mal estado y no reparar el daño.

realizar el debido proceso de acompañamiento para gestionar el denuncio a las autoridades competentes si fuera necesario. (Gestión humana de Comfenalco Santander, Fiscalía, policía nacional).

institución. SITUACIONES TIPO III Las situaciones tipo III serán remitidas inmediatamente a la autoridad competente (Fiscalía o Policía nacional).

Solicitar material a destiempo no teniendo en cuenta los horarios asignados. Expresar su desacuerdo sobre el trabajo de sus compañeros a padres de familia. Incumplir con la vigilancia del espacio asignado en los descansos o realizar otra actividad que lo distraiga de sus obligaciones. Realizar comentarios sobre algún compañero de trabajo en presencia de otros, manejando información personal. Incumplir el conducto regular cuando se presentan dificultades o conflictos entre compañeros buscando al jefe inmediato en lugar de hablar directamente con la persona implicada.

62

Hacer bromas pesadas. Llegar tarde cuando hay intercambio de clases. Conformar grupos de trabajo muy cerrados, no permitiendo el ingreso de nuevas personas. Realizar comentarios con la intención de opacar el trabajo de los demás.

TIPO II Dirigirse a sus compañeros de manera agresiva o utilizando expresiones hirientes, gestos o groserías. Expresar frases irónicas o de doble sentido cuando interviene en cualquier tipo de reunión que pueda ser interpretada como ofensiva o direccionada específicamente a algún compañero o funcionario de la institución. La forma de interpretar a quien va dirigida se infiere por la sugerencia de

63

que haya habido conflictos anteriores que la comunidad educativa conoce. Omitir participar en las reuniones de área/ docentes o llegar tarde. Tomar objetos sin autorización sobrepasando los límites de la confianza. Promover acciones en contra del prestigio o buen nombre de cualquier compañero ya sea de manera verbal, escrita o utilizando los medios de comunicación virtuales. Sacar alimentos dejados en la nevera que no le pertenecen. Manejo de la burla para degradar o herir a la otra persona. Tergiversar la información para alcanzar beneficio individual. Ofensas verbales o actitudinales que indican cualquier tipo de discriminación. Dar a directivos

64

información errónea sobre el trabajo de algún compañero con la intención de dañar su buen nombre y poniendo en tela de juicio su ética profesional.

TIPO III Emplear el chantaje. Amenazar verbal, gestual o de manera escrita a sus compañeros. Provocar o llevar a la práctica acciones de maltrato verbal o físico. Utilizar las herramientas virtuales para degradar o agredir a su compañero. Sobornar Llevar consigo, almacenar, conservar, vender, ofrecer, adquirir, o suministrar sustancias estupefacientes, sicotrópica o drogas sintéticas, dentro de la institución o durante el desarrollo de cualquier actividad pedagógica. Realizar insinuación

65

de tipo sexual. Hurto de objetos personales o laborales. Abuso sexual

Restablecimiento de derechos Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de la dignidad e integridad de las personas que han sido víctima de vulneración de derechos (agresor o agredido) se busca restablecer la capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. - Se espera que realizado el debido proceso, el docente (precisamente por el rol que desempeña en la institución), restablezca los derechos de su compañero brindándole la tranquilidad de poder permanecer en la institución en un clima adecuado. Se firmará en el formato de desempeño docente los acuerdos a que se llegó en la atención del caso para garantizar un compromiso de cambio escrito. Sin embargo, si se continúa presentando las situaciones catalogadas como tipo I y II, este comportamiento será reportado a la jefe de gestión humana de Comfenalco Santander para su intervención si lo amerita o manejado por el comité de convivencia escolar. - En las situaciones de tipo III, se informará a las autoridades pertinentes quienes realizarán el debido proceso de restitución de derechos. - Las situaciones serán reportadas al jefe de gestión humana cuando lo amerite. Decisión a cargo de la presidenta del comité de convivencia escolar. Parágrafo: los procesos realizados por parte de coordinación de convivencia y/o comité de convivencia escolar, están regidos por la ley 1581 de 2012 (Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales), motivo por el cual los procedimientos realizados son de carácter privado.

2.2. AUTORIDADES COMPETENTES PARA APOYAR LA ATENCIÓN INTEGRAL SEDE BUCARAMANGA ENTIDADES DE SALUD

CRUZ ROJA COLOMBIANA 132 (Emergencia) y 6305133 LÍNEA EFECTIVA ARP 018000919667 CLINICA BUCARAMANGA 6576367 CLINICA SAN LUIS 6430026 HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BUCARAMANGA 6343536 EXT 1102 HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SANTANDER 6346110-6342738 CLINICA METROPOLITANA 6960875 SOLIDARIA 018000512021 SECRETARIA DE SALUD 6337000 EXT 230

66

HOSPITAL LOCAL DEL NORTE 6405757 COMISARIA DE FAMILIA (AMPARO POLICIVO)

Comisaria de familia La Joya calle 39 4-36 6337508 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Instituto Colombiano de Bienestar familiar 6402128-6328484-6328494 Centro zonal Luis Carlos Galán Sarmiento (protección)

calle 41 no. 4-19 6523097

FISCALÍA CAVIF, CAIVAS Cra. 19 No. 24-61 4to piso 6522222 EXT. 2412 POLICÍA JUDICIAL – CTI 6522222 EXT. 3203 SIJIN 6339015 EXT. 260 MEDICINA LEGAL (Calle. 45 No. 1-51 Campo Hermoso)

6520742 EXT. 2747

SEGURIDAD CUADRANTE 3013461893 CAI MÓVIL CEMENTERIO 3116851184

SEDE SOCORRO ENTIDADES DE SALUD

DEFENSA CIVIL 7272592 BOMBEROS 7276565 HOSPITAL MANUELA BELTRÁN 7274000-7274572-3183307924 SECRETARIA DE SALUD 7272582 EXT.104

COMISARIA DE FAMILIA (AMPARO POLICIVO) Comisaria de familia 3176688694 Inspección de policía 7272596-3212472057

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Instituto Colombiano de Bienestar familiar 7273942-7274750-7296742

FISCALÍA FISCALÍA 7273443 POLICÍA JUDICIAL – CTI 7272360 SIJIN 7272596

SEDE BARBOSA ENTIDADES DE SALUD

67

HOSPITAL INTEGRADO SAN BERNARDO 7486100 CLÍNICA BARBOSA 7482614

COMISARIA DE FAMILIA Comisaria de familia Kr. 9 7-15 ( Alcaldía Municipal) 7486186-7486341

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Instituto Colombiano de Bienestar familiar ( seccional Vélez) Kr 3 9-31 Centro 7564816-7564956-3166934017

FISCALÍA CTI 7485438 POLICÍA CUADRANTE BARRIO EL PRADO 3118827309 FISCALÍA BARBOSA 7486789 SIJIN 3115994844

SEDE SAN GIL ENTIDADES DE SALUD

CUERPO DE BOMBEROS 119 7243417 CLINICA SALUCOOP SAN GIL CALLE 12 No.12-20 tel. 7245863 CLINISALUD CALLE 16 No 9-76 TEL, 7244447 HOSPITAL SAN GIL 7243556 -57 ASEGURADORA SOLIDARIA 7244900 SECRETARIA DE SALUD 7237849 EXT 104 ALCALDIA 7244958

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CRA. 8 NO. 16-66 7242695

FISCALÍA ESTACION DE POLICIA 7243433 POLICÍA JUDICIAL – CTI 7247651 SIJIN 7240760 MEDICINA LEGAL 7237661

68

2.3. ¿CÓMO SE PROMUEVEN EN LA INSTITUCIÓN LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD, LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR Y EL RESPETO POR LA DIVERSIDAD Y POR LA INCLUSIÓN EDUCATIVA

Participación: mediante las estrategias planteadas por el Macro proyecto de Competencias Ciudadanas y de Afectividad, el Proyecto Pedagógico para la Educación de la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía PESCC, además de las asignaturas de Religión, Ética y valores, Democracia y constitución política así como también Cátedra para la paz, se busca promover la convivencia pacífica, la participación y la valoración de las diferencias, a partir de la formación de ciudadanos con valores democráticos, respetuosos de lo público, de lo humano y capaces de ejercer sus derechos, dar cumplimiento a sus responsabilidades en diferentes ambientes de participación y de organización social y de respetar las ideas, creencias, culturas y diferencias en la vivencia de la sexualidad, integrando a toda la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos como constructores de convivencia ciudadana.

69

Por ello, el macro proyecto estimula el principio de participación y socialización cumpliendo con los siguientes objetivos.

Generar ambientes para el desarrollo de las Competencias Ciudadanas apoyados en la gestión institucional, las instancias de participación escolar, las actividades pedagógicas propuestas por las diferentes disciplinas del conocimiento, los proyectos pedagógicos y las actividades de tiempo libre.

Diseñar actividades lúdicas, recreativas, deportivas y culturales que involucren a toda la comunidad educativa para favorecer el clima escolar.

Fortalecer la función del Consejo Estudiantil con la participación de sus miembros en el proyecto pedagógico e investigativo Gestores de Paz.

Generar espacios de participación y conciliación, para que los estudiantes comprendan la importancia de tomar decisiones frente a situaciones que lo afecten y requieran su liderazgo.

Evaluar cada año la institucionalización de las Competencias Ciudadanas para saber en qué lugar se encuentra en el proceso y decidir qué rumbo y qué acciones se deben tomar para mejorar efectivamente la formación ciudadana en la institución.

Alcanzar procesos de integración curricular para que desde las diferentes asignaturas se generen espacios de participación en la búsqueda de soluciones a las situaciones de conflictos presentadas.

Corresponsabilidad: El slogan que enmarca la filosofía del Gimnasio Pedagógico Comfenalco dice: "En el Gimnasio Pedagógico Comfenalco se matricula el estudiante y su familia". Esta frase resume el grado de responsabilidad que la institución espera de todos los miembros que forman parte de la comunidad educativa En el pacto de convivencia están estipuladas las responsabilidades de los miembros de la comunidad educativa, además las acciones implementadas por coordinación de bienestar social que involucra ampliamente a la familia en el desarrollo del proyecto institucional de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, talleres de padres, y en las diferentes actividades que se desarrollan en los macro proyectos institucionales como son: Medio Ambiente, Aprovechamiento del Tiempo libre, Plan lector, Competencias ciudadanas y en los proyectos de Diversidad Cultural y Étnica, Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, Educación en Tránsito y Seguridad vial, Educación Económica y Financiera, Proyecto de Emprendimiento y Competencias laborales.

70

El proyecto de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía emanado por el Ministerio de Educación Nacional, ha sido la base de todo un proceso de construcción realizado con la participación de estudiantes, docentes, y padres de familia como miembros de la comunidad educativa, para definir estrategias que satisfagan las necesidades evidenciadas en los estudiantes y sus familias. Para su elaboración se tuvieron en cuenta cuatro aspectos principales: una Gestión Institucional, una Producción Pedagógica, una formación permanente a la comunidad educativa y unas acciones pertinentes para su sostenibilidad. Cada uno de los componentes descritos tiene unas características pedagógicas y operativas en las que se espera que la institución educativa avance y se transforme. La propuesta de este programa busca que los colegios y escuelas oficiales y privados, tengan una guía en el desarrollo de proyectos pedagógicos en Educación para la Sexualidad y que además, propendan por el desarrollo de las competencias básicas para la toma de decisiones responsables, informadas y autónomas sobre el propio cuerpo; basadas en los valores que resaltan el respeto y la dignidad del ser humano de manera que se valore la integridad de la persona, se respete la diferencia de identidades y formas de vida que conozca en su entorno, se promuevan la vivencia y la construcción de relaciones de pareja, familiares y sociales pacíficas, equitativas y democráticas respetando la diversidad, la orientación sexual amparadas por los fallos legales y la reforma al código penal colombiano. Este proyecto tiene una estructura basada en la construcción permanente de actitudes y valores que promocionan las cualidades esenciales del ser humano como son: el afecto, la solidaridad, la capacidad de dar, de comprender, de reconocer en los demás su propio valor personal y la enseñanza de la toma de decisiones de una forma asertiva y lógica. La dinámica personal de la sexualidad se enmarca en la dinámica integral de la vivencia de estos valores, la prevención y protección contra el abuso sexual, para su desarrollo, el colegio está implementando convivencias desde el grado caminadores hasta 5º de básica primaria de manera que se trabajan las necesidades relacionadas con estas temáticas con una mirada de confianza, tranquilidad para expresar dudas e inquietudes y además determinar criterios para reconocer cuando alguna situación vivida con respecto a la sexualidad en la vida cotidiana es considerada incómoda y qué hacer al respecto. Competencias ciudadanas en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco: Siendo la corresponsabilidad un principio que compromete a todos los miembros de la comunidad educativa del Gimnasio Pedagógico Comfenalco en la formación de ciudadanos con valores éticos, que ejerzan los derechos humanos, cumplan con las responsabilidades sociales y promuevan la convivencia en paz; se generan en nuestra

71

institución ambientes escolares desde Competencias Ciudadanas que dan paso a un trabajo en equipo, partiendo de valores como son, la responsabilidad, el compromiso y el liderazgo. Entre los ambientes se destaca la Gestión Institucional, el Gobierno Escolar, la participación de los docentes y estudiantes y los Macro proyectos transversales. Es así, como desde la Gestión Institucional se generan acciones e iniciativas de liderazgo por parte de los directivos en la realización de actividades, tareas, cronogramas y planes de acción que buscan fortalecer los procesos académicos, de convivencia y de democracia en el Gimnasio, siempre buscando la participación, la responsabilidad y la concomitancia entre la visión, la misión y el Pacto de Convivencia institucional. Además, el Gimnasio organiza anualmente el Gobierno Escolar, una Instancia de Participación que pretende vincular a la comunidad educativa en estamentos que cumplen diversas funciones a través de prácticas deliberativas, informativas y de diligencia en el establecimiento. Asimismo, los docentes también son actores principales de corresponsabilidad institucional al participar en la formulación, revisión y actualización del PEI y al desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia institucional para promover ambientes escolares adecuados para el desarrollo humano de los estudiantes y su integración con los demás estamentos educativos, así como a promover la convivencia, el respeto por la persona, por su dignidad sin distinción de raza, nivel socioeconómico, al tipo de familia, al género, en general a propender por la inclusión del ser humano y a evitar la exclusión y menos precio de la persona a pesar de sus características. Los estudiantes también cuentan con dos instancias de participación, el Consejo de Estudiantes y el Personero, quienes participan activamente en los procesos democráticos a favor de los derechos de los estudiantes, la creación de propuestas de trabajo para la promoción y prevención de la violencia escolar en aulas de clase y otros espacios pedagógicos. Además, encontramos en los Macro proyectos Institucionales la formulación de actividades que propician la solución de problemas para enfrentar las situaciones relacionadas con el contexto donde se desarrolla el estudiante. Entonces, se puede afirmar que las actividades llevadas a cabo en el establecimiento educativo desde Competencias Ciudadanas se desarrollan para promover la convivencia pacífica, la participación y la valoración de las diferencias, a partir de la

72

formación de ciudadanos con valores democráticos, respetuosos de lo público y capaces de ejercer sus derechos en diferentes ambientes de participación. Autonomía: amparados en la ley 1620 y el decreto 1965, se desarrollaron procedimientos para la actualización del pacto de convivencia y la creación de la ruta de atención integral teniendo en cuenta las necesidades institucionales y las características de la población que forma parte de la comunidad educativa. Entre las actividades desarrolladas están: capacitaciones, actividades lúdicas para manejar conceptualización, análisis de dilemas y estudio de casos, este trabajo se hizo con la metodología de mesas de trabajo. Diversidad: Los macro proyectos institucionales se fundamentan en la ley 115 y la ley 1029 del Ministerio de Educación Nacional, cada uno de ellos busca fortalecer la formación integral de los estudiantes, enfatizando en las diferentes dimensiones del ser y teniendo en cuenta el respeto por las diferencias individuales manejando una concepción integral de la persona, la dignidad humana libre de discriminación de cualquier tipo. Por su parte el Gimnasio Pedagógico Comfenalco, basado en el Decreto 366 del 9 de Febrero de 2009, ha manejado el ingreso a la institución de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, específicamente con problemas para el aprendizaje de la lectura, la escritura y la matemática, y/o estudiantes con barreras para el aprendizaje, es decir, estudiantes con trastorno por déficit de atención e hiperactividad/impulsividad, disminución visual o auditiva. Aunque ambos grupos por lo general requieren de la asistencia terapéutica, la institución y los docentes de las diferentes áreas implementan para los casos de NEE la flexibilidad curricular como punto de partida para la atención a la diversidad de los estudiantes y el respeto a su condición. Integralidad: la ruta de atención escolar compila todos los procedimientos que realizará la institución encaminados a realizar acciones pedagógicas más que punitivas, encontrando complementariedad con los aspectos que caracterizan la filosofía institucional en el desarrollo de los siguientes valores: La libertad, la participación, el trabajo individual y el trabajo en equipo, la producción y la construcción del conocimiento, el liderazgo, la autonomía, la sensibilidad, la responsabilidad, la solidaridad y la tolerancia; todo lo anterior, en un ambiente que favorece el desarrollo personal, el conocimiento del medio natural y el compromiso por su conservación y, el fortalecimiento del uso de las normas de cortesía y las buenas maneras en el trato.

73

2.4. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

REGLAMENTO ARTÍCULO PRIMERO. Creación del Comité Escolar de Convivencia. Créase el Comité Escolar de Convivencia del Gimnasio Pedagógico Comfenalco como una instancia del establecimiento educativo encargada de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Corresponde a este comité mediar y ayudar en la conciliación y resolución de los conflictos escolares mediante la aplicación del manual de convivencia, garantizando en todo caso, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este último y una vez agotadas las instancias directas de mediación. El comité será la instancia que activa la ruta de atención integral que define la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario cuando hayan sido agotadas las vías establecidas en el manual de convivencia. El Comité podrá incorporar recomendaciones de los Comités Municipales, Distritales o Departamentales de Convivencia Escolar, en el marco de la autonomía escolar y apoyará la implementación de mecanismos de prevención y mitigación de la violencia escolar.

ARTÍCULO SEGUNDO. Conformación del Comité Escolar de Convivencia. El rector del Gimnasio Pedagógico Comfenalco convocará a la constitución del Comité de Convivencia Escolar levantando un acta de constitución y declarando sus objetivos, naturaleza, composición y normas de funcionamiento.

El comité Escolar de Convivencia estará conformado por: El presidente del comité asumido por el rector del Colegio, quien preside el

comité. En caso de que el presidente del comité no pueda asistir, su reemplazo sería el coordinador de convivencia escolar en la sede de Bucaramanga. En las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa, el rector de la institución también presidirá el comité y el reemplazo será la persona que ejerce el cargo de coordinador académico. Los casos que ameriten ser reportados a las autoridades competentes deben ser informados al rector del Gimnasio Pedagógico

74

Comfenalco (presidente del comité de convivencia escolar) para su aprobación aunque este no se encuentre en la ciudad.

El personero estudiantil: quien participará de las reuniones salvo cuando el tema a tratar pudiera afectar emocionalmente al estudiante o afecte su derecho a la protección.

El psicólogo de la institución. El coordinador El presidente del consejo de padres de familia. El presidente del consejo de estudiantes. El docente líder del área de Sociales en el caso de la sede de Bucaramanga y

en las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa, el docente líder del macro proyecto de competencias ciudadanas o el docente que demuestre capacidad para el manejo de situaciones relacionadas con convivencia escolar.

Los siguientes cargos tendrán suplentes: Presidente será reemplazado por la Coordinadora de Convivencia y Bienestar. El representante del consejo de padres de familia. El representante del área de sociales.

Parágrafo: cuando la presidenta considere necesario, podrá invitar un especialista o experto que puede aportar su conocimiento para hacer un mejor análisis de la situación lo cual favorecerá en el comité la toma de decisiones. El comité escolar de convivencia tendrá vigencia de un año hasta la reelección del siguiente comité. Los roles que son asumidos por directivos o docentes del colegio continúan ejerciendo sus cargos dentro del comité hasta nueva indicación de la presidenta del comité, los roles de padres de familia y estudiantes serán cambiados cada año.

ARTÍCULO TERCERO. Funciones del Comité Escolar de Convivencia. Son funciones del comité:

1. Establecer su organización y reglamentación interna. 2. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre

docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

3. Liderar en el colegio acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la

75

prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

4. Promover la vinculación del colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

5. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente con el fin de facilitar el restablecimiento de la convivencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. Los estudiantes convocados a este espacio de conciliación serán citados en compañía de sus padres y/o acudientes.

6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

9. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

10. De acuerdo a la necesidad podrá participar en las actividades programadas por los macro proyectos de competencias ciudadanas y afectividad que estén relacionadas con los objetivos del comité escolar de convivencia previa invitación.

76

11. Hacer seguimiento de los casos analizados y/o presentados ante la autoridad pertinente.

Parágrafo: el Gimnasio Pedagógico Comfenalco está regido por el código de Buen Gobierno y Ética de la Caja de Compensación Comfenalco Santander, que en su capítulo IV, establece que la información manejada por los funcionarios de la Corporación con ocasión del ejercicio de sus funciones, tiene carácter de confidencial, por lo que si algún momento un empleado llegara a divulgar información, se aplicará el procedimiento contemplado en el reglamento interno de trabajo de la Caja. Si otro miembro del comité escolar de convivencia llegase a incurrir en error en cuanto al manejo de la información, una vez comprobado, la presidenta le informará su inhabilidad y el reemplazo escogido en el consejo de padres tomará su lugar.

ARTÍCULO CUARTO: Acciones realizadas en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento. El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar. El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de

77

manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia u acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del colegio. El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

ARTÍCULO QUINTO: Acciones del componente de Promoción: El Comité de Convivencia Escolar en virtud del componente de promoción deberá adelantar las siguientes acciones:

a. Liderar el ajuste del pacto de Convivencia conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título III del Decreto 1965 de 2013.

b. Proponer Políticas Institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del Proyecto Educativo Institucional PEI atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la ley 115 de 1994.

c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

d. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida con la

78

participación de sus familias en un primer manejo de la información sobre las que el niño presente inquietud y curiosidad.

e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar entre otros.

f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.

ARTÍCULO SEXTO: Acciones del componente de Prevención:

El Comité de Convivencia Escolar en virtud del componente de prevención deberá adelantar las siguientes acciones:

a. Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa

b. Identificación de riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa.

c. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

d. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos.

e. Armonizar y articular las políticas, estrategias y métodos, garantizando su implementación, operación y desarrollo dentro del marco de la Constitución y la Ley.

79

f. Revisión de las políticas, actualización y ajuste permanente del Manual de convivencia, de los programas educativos institucionales y de los Protocolos de la Ruta de Atención Integral.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Acciones del componente de Atención:

El Comité de Convivencia Escolar en virtud del componente de Atención deberá adelantar las siguientes acciones:

a. Asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos del establecimiento educativo.

b. Activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.

ARTÍCULO OCTAVO: Acciones del componente de Seguimiento:

El Comité de Convivencia Escolar en virtud del componente de Seguimiento deberá adelantar las siguientes acciones:

a. Realizar seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción y el fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos.

b. Seguimiento y evaluación de las acciones para la prevención y mitigación de la Violencia Escolar y el embarazo en adolescencia; y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos con el apoyo principal de las familias primeras responsables de educar a sus hijos.

ARTÍCULO NOVENO: Funciones del Presidente del Comité Escolar de Convivencia. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia tendrá entre otras, las siguientes funciones:

1. Convocar a los miembros del Comité Escolar de Convivencia, a las sesiones que se programen de acuerdo a las necesidades que se presenten.

2. Presidir y orientar las reuniones del Comité en forma dinámica y eficaz.

80

3. Tramitar ante las distintas autoridades y/o entidades competentes, las recomendaciones aprobadas en el Comité, propias de los diversos procesos y determinaciones, según el seguimiento y acciones que se consideren pertinentes, respecto a los casos presentados ante el Comité.

Diseñar los formatos correspondientes, para las citaciones, actas y acuerdos, entre otros; teniendo en cuenta lo establecido institucionalmente dentro del Sistema de Gestión Documental.

ARTÍCULO DECIMO: Funciones del Secretario del Comité Escolar de Convivencia.

El Comité Escolar de Convivencia, deberá elegir entre sus miembros un secretario por mutuo acuerdo, quien tendrá entre otras que le sean asignadas, las siguientes funciones:

1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir una violación a la Convivencia Escolar, así como las pruebas que las soportan.

2. Citar a las respectivas reuniones de manera verbal, por escrito o por medio electrónico, a todos los miembros del Comité Escolar de Convivencia, cuando se lo indique el Presidente, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.

3. Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.

4. Citar conjuntamente a las partes involucradas en las quejas, con el fin de establecer compromisos de conciliación, concertación y de convivencia que se pacten y/o las acciones y a que dieran lugar los hechos y lo dialogado.

5. Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.

6. Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las reuniones del Comité.

7. Enviar las comunicaciones con las recomendaciones y decisiones dadas por el Comité, a las diferentes dependencias del Colegio y/o entidades competentes según sea el caso.

8. Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas.

9. Elaborar los respectivos informes que le sean solicitados, con relación a lo actuado dentro del Comité Escolar de Convivencia.

81

10. Las demás que le sean asignadas y hagan parte fundamental de la buena marcha del Comité Escolar de Convivencia.

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Responsabilidades del Colegio en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de Violencia Escolar. Además de las que establece la normativa vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 12° y 13° de la Ley 1620 de 2013.

3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del colegio e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

82

7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

ARTÍCULO DÉCIMOSEGUNDO: Responsabilidades del Rector en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Además de las que establece la normativa vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 12° y 13° de la Ley 1620 de 2013

2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el reglamento o Pacto de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normativa vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO: Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Además de las que establece la normativa vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

83

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11° y 12° de la Ley 1146 de 2007 y demás normativa vigente, con el Reglamento o Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al Comité Escolar de Convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

4. Contribuir a la construcción y aplicación del Reglamento o Manual de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO: Participación de la familia.

La familia como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67° de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del colegio.

84

5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y fomentar en sus hijos (as) el cumplimiento de las mismas, asumiendo de manera conjunta la responsabilidad cuando se infringe alguna de las normas allí definidas.

7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del colegio.

8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean vulnerados.

ARTÍCULO DÉCIMOQUINTO: Sesiones y Quórum Decisorio.

El Comité Escolar de Convivencia, sesionará como mínimo una vez cada dos (02) meses, convocados por el Presidente a través del secretario; y sesionará con la mitad más uno de sus integrantes.

1. El Comité Escolar de Convivencia, sesionará como mínimo una vez cada dos (02) meses, convocados por el Presidente a través del secretario.

2. El quórum será aprobado siempre y cuando asista la coordinadora de convivencia, quien no puede delegar su asistencia, el representante de los padres o su reemplazo y el docente del área de sociales. En este caso serán 3 personas, salvo la mayoría de las veces en que asistirá el presidente se cumplirá el criterio de mitad más uno con las personas mencionadas anteriormente.

Parágrafo: Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente del Comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Recursos para el funcionamiento del Comité Escolar de Convivencia.

La Institución Educativa, garantizará un espacio físico para el desarrollo de las reuniones y demás actividades del Comité Escolar de Convivencia, así como para el manejo reservado de la documentación y realizar actividades de capacitación para los miembros del Comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y otros temas considerados prioritarios para el funcionamiento del mismo.

ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO: Actas.

85

De todas las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10º del Decreto 1965 de 2013. Parágrafo: El Comité Escolar de Convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los Tratados Internacionales, Ley 1098 de 2006, Ley Estatutaria 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables sobre la materia. ARTÍCULO DECIMOCTAVO: Conflictos de Intereses y Causales de Impedimento y Recusaciones: Cuando en las actuaciones adelantadas por parte del Comité Escolar de Convivencia se presenten conflictos de interés o causales de impedimento o recusación, respecto de los integrantes que ostenten la calidad de servidores públicos, los mismos se tramitarán conforme a lo establecido en el artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo: Art 11. Conflictos de interés y causales de impedimento y recusación. “Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido”. Art 12. Trámite de los impedimentos y recusaciones. En caso de impedimento el servidor enviará dentro de los tres (3) días siguientes a su conocimiento la actuación con escrito motivado al superior, o si no lo tuviere, a la cabeza del respectivo sector administrativo. Procedimiento de resolución en el caso de inhabilidades: En el caso de que algún miembro del comité se encuentre inhabilitado, la presidenta informará a la persona con anticipación los motivos de la situación. Es deber de los miembros del comité de convivencia escolar informar su situación de inhabilidad. ARTÍCULO DECIMONOVENO: Período del Comité Escolar de Convivencia. Excepto la señora rectora, el coordinador, la psicóloga y el docente líder del área de sociales, los demás integrantes del Comité Escolar de Convivencia, estarán por el período de un (1) año, a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación. ARTÍCULO VIGÉSIMO: Estudio y conocimiento de la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013. Absolutamente todos los integrantes de los distintos estamentos de la Comunidad Educativa del Gimnasio Pedagógico Comfenalco deben: leer, conocer y dar aplicación a la Ley de Convivencia Escolar (Ley 1620) y su decreto reglamentario (1965) con el fin de asumirla plena e integralmente en el manejo de sus relaciones interpersonales

86

Esta ley se colectivizará utilizando diferentes estrategias pedagógicas, éstas pueden ser aplicadas por los docentes, personas directivo, invitados especiales, representantes del comité escolar de convivencia o del consejo de padres. A cada docente y personal administrativo se le hace entrega del pacto de convivencia, y en jornadas pedagógicas se realizan talleres de conocimiento. ARTICULO VIGÉSIMO PRIMERO: Sanciones. Las conductas de los actores del sistema en relación con la omisión, incumplimiento o retraso en la implementación de la Ruta o en funcionamiento de los niveles de la estructura del Sistema, se sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Código General y de Procedimiento Penal, el Código Único Disciplinario y el Código de la infancia y la Adolescencia. ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Participación honoraria de los miembros del Comité Escolar de Convivencia. Los miembros del Comité escolar de convivencia, no percibirán honorarios por su participación en el mismo.

3. ¿CUÁLES SON MIS DERECHOS Y CUALES SON MIS RESPONSABILIDADES?

3.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE

Por su razón de ser como Institución educativa, para el Gimnasio pedagógico Comfenalco los derechos del niño deben ser respetados y promulgados y serán defendidos teniendo en cuenta su rol de estudiantes y en lo que atañe a la institución como colaboradores en el proceso de formación. La institución implementará su defensa basada en el slogan: “mis derechos terminan donde empiezan los derechos de los demás”. Los derechos del niño están contemplados en la Convención Internacional de los derechos del Niño enmendada el 18 de noviembre de 2002 entrando en vigencia 18 derechos.

Teniendo en cuenta la premisa anterior, a continuación se describe el perfil del estudiante del Gimnasio Pedagógico Comfenalco compilando así el cumplimiento de sus responsabilidades o deberes para alcanzar este perfil de ser humano que nuestra institución propende basada en el ejercicio de sus derechos como niños.

El estudiante del GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO se debe caracterizar por cumplir con las siguientes responsabilidades:

87

Presentarse al colegio: aseado, peinado y con el uniforme limpio correspondiente al horario de clase.

Poner en práctica las normas de cortesía en el trato hacia los demás.

Cumplir las normas establecidas por su colegio, hogar o lugares que visita.

Tener habilidades intelectuales con conocimientos fundamentales en todas las

áreas que le permitan un alto nivel académico de acuerdo con la edad y grado que cursa.

Tener en cuenta los principios éticos y valores desarrollados en la familia y

fortalecidos en el colegio para tomar decisiones responsables y autónomas.

Ser capaz de expresar respeto, tolerancia, solidaridad, cooperación, compañerismo, valorando las diferencias individuales de pensamiento u opinión, raza, género y religión.

Poseer una capacidad de expresión oral y escrita para comunicarse con su

entorno adecuadamente según su edad cronológica.

Demostrar en sus actitudes respeto por su propia cultura expresando valores ciudadanos.

Desarrollar progresivamente su capacidad de autocontrol y seguridad en sí

mismo para lograr su constante superación personal.

Disfrutar de las prácticas deportivas, el ejercicio físico y las actividades recreativas, reconociendo la importancia de estas actividades para mantener su cuerpo y mente sanos. Su motivación hacia la investigación y su capacidad de análisis frente a los hechos de la naturaleza de acuerdo a su edad.

Valorar su medio ambiente natural y escolar.

Cuidar su uniforme e implementos escolares para evitar su pérdida.

Cumplir diariamente con sus responsabilidades escolares presentando

oportunamente sus tareas, trabajos y organizando sus útiles escolares de acuerdo al horario escolar.

Ser participante activo durante las clases, compartiendo sus experiencias y

preguntando en caso de no entender alguna noción, concepto o proceso.

Expresar sus sentimientos respetando a los demás miembros de la comunidad educativa, controlando sus emociones de acuerdo a la edad.

88

Desarrollar sus habilidades y destrezas manuales y deportivas representando con orgullo a su Institución.

Usar de manera correcta los baños y demás zonas de la institución utilizando

responsablemente el agua, papel higiénico y jabón de baño consumiendo solo lo necesario, procurando dejarlos limpios y aseados.

Conocer y cumplir las normas establecidas en el colegio, en casa o en su

ambiente cotidiano, reconociendo al docente y padres como autoridad y siendo crítico, responsable y respetuoso al manifestar su inconformidad.

Demostrar respeto por las ideas de sus compañeros aunque no las comparta.

3.2. MANEJO DE SITUACIONES RELACIONADAS CON LA AFECTIVIDAD EN LOS ESTUDIANTES

A nivel del desarrollo de la sexualidad, las interacciones entre niños en la edad preescolar (1 a 6 años) corresponden al reconocimiento de su naturaleza sexual como niño o niña y las diferencias que cada uno tienen, por lo que son muy comunes entre ellos los juegos de interacción y contemplación de los órganos sexuales propios de cada sexo. A este nivel, es importante que tanto docentes como padres de familia orienten a los niños acerca de la importancia, reconocimiento y valoración del propio cuerpo así como el respeto y pudor sobre la exhibición y manipulación de sus partes íntimas.

Al comenzar la etapa escolar (6 a 7 años) propiamente dicha, los primeros años de básica primaria estarán enmarcados en el reconocimiento de su propia identidad sexual, los juegos entre niños y niñas están enmarcados en el fortalecimiento de las relaciones sociales y poco se interesan en su desarrollo sexual, sin embargo, los juegos sexuales entre ellos se hacen más por imitar las conductas sexuales de los adultos.

El tercer año de básica primaria (8 años a 9 años) perfila los albores de la pre adolescencia, las relaciones entre los niños y las niñas nuevamente cobran importancia, las interacciones entre ellos en estas edades les permite crear vínculos de amistad que son muy importantes para crear y reconocer los elementos básicos de confianza, lealtad, y demás valores de la relaciones sociales y de las futuras relaciones de pareja que tendrán más adelante.

Hacia el quinto año de básica primaria (10 a 11 años), la pre adolescencia propiamente dicha, su desarrollo hormonal y cambios corporales, hacen que tanto niños como niñas se interesen más los unos por los otros, no sólo como amigos, sino que hay interacciones más cercanas que podrían parecerse más a las relaciones de noviazgo que establecen los adolescentes y los adultos. En esta edad, la educación sexual que

89

ha dado la familia y que se apoya desde el colegio comienza a ver sus resultados, los niños deberán tener información muy clara acerca de las relaciones sexuales, el embarazo, las enfermedades de transmisión sexual y el noviazgo en general, pautas y claridades que deben ser dadas por los padres de familia incluso las diferencias de género.

Teniendo en cuenta las etapas que viven los niños y niñas en el reconocimiento de su identidad, las manifestaciones de afecto son vistas como parte del proceso de desarrollo entre los estudiantes y serán manejadas por parte de la psicóloga de la institución teniendo en cuenta en primera instancia los principios constitucionales de: libre desarrollo de la personalidad, dignidad humana, igualdad y no discriminación, y el debido proceso (Sentencia 478/2015).

De acuerdo a lo anterior, en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco, los padres o acudientes, serán quienes aborden en primera instancia las respuestas a las inquietudes que manifieste su hijo en relación a la sexualidad e identidad de género. Basado en los pre-saberes de los niños sobre estos temas, los docentes harán la labor educativa que les corresponde velando por la prevención y promoción del respeto de las personas desde sus similitudes y diferencias.

3.2.1. MANEJO DE EMBARAZOS En el Proyecto Pedagógico de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, se encuentran descritas las estrategias aplicadas en la institución para fortalecer la prevención del embarazo, sin embargo, si llegado el caso se presenta la situación de que una estudiante llegase a quedar en este estado, la institución respetará su derecho constitucional a la educación, por lo que la estudiante permanecerá desarrollando las actividades académicas propias del grado al que pertenece con las precauciones que su estado de salud ameriten. Se manejarán las consideraciones y acuerdos sobre el trabajo académico que puede continuar realizando en casa posterior al parto, mientras se cumple con el periodo de receso obligatorio (por la incapacidad médica) que presenten los padres a la institución, de esta manera (con acuerdo entre padres de familia o acudientes y colegio), se continuará con el proceso de formación que será evaluado al regresar al colegio. Serán los padres quienes decidan la continuidad de su hija o no en la institución mientras transcurre su periodo de embarazo y nacimiento del bebé. En el Gimnasio no habrá lugar a ninguna discriminación por este motivo.

3.3. LO QUE DEBO EVITAR, LO QUE DEBO ASUMIR

“MIS DERECHOS TERMINAN DONDE EMPIEZAN LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS”

90

La convivencia en cualquier espacio democrático está influenciada por la existencia de conflictos. Los conflictos deben ser asumidos como espacios que nos permiten aprender a manejar situaciones en las que se deben controlar las emociones, ponerse en el lugar del otro, escuchar atentamente y disponerse actitudinal mente para poder encontrar una solución entre todas las personas involucradas. Las soluciones deben favorecer el gana-gana, es decir, se espera que las personas involucradas acepten los errores cometidos y cada cual comprenda que la mejor solución es la que favorece a todos.

3.3.1. SITUACIONES DISCIPLINARIAS

En el presente capítulo se tipifican las situaciones comportamentales esperadas, las acciones consideradas como indisciplina y las sanciones de acuerdo al caso. Se debe tener en cuenta que todos los comportamientos de tipo disciplinario se subirán al observador del estudiante.

3.3.1.1. NORMAS DISCIPLINARIAS

SITUACIÓN ESPERADA INDISCIPLINA ACCIÓN/SANCIÓN Asistir puntualmente a la primera hora de clase o entrar a clase inmediatamente termine el descanso o periodo de almuerzo.

Llegar tarde a la primera hora de clase, inmediatamente después del descanso o después del almuerzo.

Nivel de básica primaria: Si el estudiante llega tarde a la primera hora de clase, inmediatamente después del descanso o en el periodo de almuerzo ingresará a la clase, tendrá el retardo y continuará desarrollando las actividades de acuerdo a la programación del docente. En caso que se esté efectuando una actividad evaluable, el estudiante tendrá derecho a presentarla hasta el tiempo asignado para tal fin. Cuando los estudiantes llegan tarde a clase y se esté desarrollando una actividad evaluable, se le permitirá que la desarrolle, pero en el tiempo

91

estipulado para ello, no se dará tiempo adicional para que lo termine, salvo que se presente en ese momento excusa formal con fecha del día en la que se evidencie la asistencia a cita médica o asistencia a terapias con especialistas; calamidad doméstica o cita para otros asuntos que requiere la presencia del estudiante. La coordinadora de Convivencia y Bienestar o coordinadora Académica, analizará la situación y entregará al docente la aprobación de la excusa. Si la excusa no es considerada como justa, se informará a la familia para establecer compromiso de asistencia puntual. Las evaluaciones y quices se realizarán siempre en los primeros minutos de la clase según horario académico. Adicionalmente, al cumplir mínimo tres llegadas tarde en el periodo se ubicará en el boletín una observación relacionada con la puntualidad en el espacio de compromiso familiar Nivel de preescolar: La coordinadora de preescolar y las docentes realizarán actividades específicas con el grupo para motivar a los niños a alistarse pronto en la mañana, acostarse temprano, etc. Se citará a los padres para solicitar más cumplimiento con los horarios.

Traer sus útiles escolares según horario establecido.

Traer otros objetos que no corresponden a la lista de útiles escolares y que pueden distraer en clase.

La institución no se hace responsable por los elementos que traigan los estudiantes como iPad, celulares, portátiles, juguetes, joyas, elementos de gran valor, de traerlos, la institución no se hace responsable de su custodia y cuidado. Los docentes harán la solicitud de guardarlos y no

92

continuar con el uso e informará a los padres de familia para que haga cumplir a su hijo estas normas. Se hará el registro en el observador del estudiante.

Portar armas de cualquier tipo (navajas, cuchillos, pistolas, revólveres, pistolas de balines o fulminantes, etc.)

Se citará inmediatamente al acudiente para informar la situación y establecer compromiso de seguimiento a su hijo y orientarlo sobre el apoyo de especialistas si fuese necesario.- De acuerdo a la situación, se informará a la comisaría de familia de acuerdo a lo establecido en la ley 1620 y decreto 1965 (Convivencia escolar) y la ley 1098 (Ley de la infancia y la adolescencia). Dentro del trabajo de prevención y promoción que se realiza en el Colegio se hará difusión de la no conveniencia de uso de armas bélicas en concordancia con los procesos de paz, con los propósitos de la convivencia y ciudadanía.

93

Utilizar el celular en el colegio o durante el desarrollo de cualquier actividad académica para observar y/o mostrar páginas con contenido de tipo erótico o pornográfico

El docente escuchará al estudiante como parte del reconocimiento de la situación con el objetivo de comprender el porqué de su comportamiento. Se decomisará el celular y se citará inmediatamente al acudiente para informar lo ocurrido y recalcar en que es responsabilidad de la familia la orientación en el uso adecuado de las herramientas de información y establecer necesidades de orientación con respecto al desarrollo de la curiosidad en el manejo de temas relacionados con la sexualidad. – Para titulatura deberá el estudiante presentar un trabajo de consulta sobre implicaciones de que un menor este haciendo uso de redes sociales, de páginas restringidas para menores y sobre la permisividad de los padres a no tener control sobre el uso que hacen sus hijos de estos dispositivos. (Este trabajo será presentado únicamente al docente que evidenció la situación durante el tiempo correspondiente a titulatura). El docente debe informar a la coordinadora de Convivencia y Bienestar lo ocurrido, debe haber reporte en el observador del estudiante.

Portar o distribuir propagandas, revistas, libros, folletos, dibujos o mensajes que atenten contra la dignidad de las personas, que inciten a la violencia, al consumo de sustancias alucinógenas, alcohol, o a la pornografía.

El docente escuchará al estudiante como parte del reconocimiento de la situación con el objetivo de comprender el porqué de su comportamiento. _ Se decomisará el objeto y se entregará directamente a su acudiente. – Se citará inmediatamente a los acudientes para establecer el procedimiento a seguir y si es necesario la intervención de especialistas o de recibir orientación pedagógica. – La

94

persona que reportó la falta, hará el registro en el observador del estudiante.

Utilizar los canales de comunicación establecidos para informar a los padres las diferentes situaciones que se puedan presentar dentro de la institución.

Hacer llamadas a los padres desde sus teléfonos celulares para que los vengan a recoger

Se realizará llamado de atención al estudiante, con anotación en el observador del estudiante. Se citará y solicitará al acudiente su apoyo para que fortalezca el cumplimiento de esta norma.

Realizar únicamente actividades escolares o las pertinentes al proceso de aprendizaje.

Vender cualquier tipo de objeto, producto, alimento, etc. en la institución, para beneficio propio o familiar.

La venta de objetos está prohibida pues generan inconvenientes entre los estudiantes. Se decomisará el objeto y se entregará directamente al acudiente. Se citará a los acudientes para informar la situación y solicitar el apoyo de la familia para evitar que esta situación vuelva a suceder. La institución no se hace responsable por deudas adquiridas entre los estudiantes.

Ingresar únicamente a las áreas permitidas.

Ingresar al laboratorio, oficinas, sala de profesores sin la autorización del adulto.

Se escucharán los motivos por los cuales ha ingresado y se realizará la debida advertencia de peligros o situaciones riesgosas, además de la solicitud expresa de prohibición de ingreso. Si vuelve a suceder se citará a los acudientes para informar la situación y prever conjuntamente situaciones de riesgo futuras. Con la reincidencia se realizará anotación en el observador del estudiante.

Esperar al docente en los cambios de clase dentro del salón.

Salir del salón para ir al baño o a otros lugares de la institución en los cambios de clase, sin pedirle permiso al docente o incluso cuando este lo haya negado.

El docente de la siguiente clase escuchará los motivos por los cuales el estudiante incumplió la norma; si el motivo no es justificable realizará el llamado de atención correspondiente con anotación en la agenda del estudiante y en la plataforma para informar a los acudientes lo sucedido. En caso que se esté efectuando una actividad

95

evaluable, el estudiante tendrá derecho a presentarla en el tiempo que dure esa clase y no dispondrá de más tiempo para terminarla.

Mantener una actitud adecuada para aprender y permitir el proceso de aprendizaje a sus compañeros. Hablar en un tono moderado sin perjudicar el trabajo de los demás.

Hacer desorden, no acatar el reglamento de aula, promover comportamientos de indisciplina: juegos no adecuados para el espacio del salón, uso de elementos ajenos a la clase como balones, trompos, interrumpir el trabajo de los demás, etc.

El docente realizará observación verbal, si continúa la situación se verá afectada su evaluación en el componente del saber ser. Se enviará comunicado en la agenda escolar. Se subirá anotación al observador del estudiante. Si hay reincidencia se citará a los padres para informar sobre la situación y que en casa se apoye el proceso disciplinario.

Usar de manera responsable las redes sociales o plataformas institucionales para fines pedagógicos.

El uso de las plataformas para mantener comunicaciones no relacionadas con los procesos académicos como saludos, pensamientos en contra de la imagen de estudiantes, docentes o directivos del colegio, además enviar imágenes obscenas o pornográficas.

El estudiante que haga mal uso de las herramientas de información relacionadas con los procesos académicos obtendrá un juicio valorativo de cero en la actividad que se está desarrollando y en la casilla relacionada con los procesos del saber ser. Se realizará el debido proceso descrito en los protocolos de atención integral.

Crear grupos en las redes sociales utilizando el nombre del Gimnasio Pedagógico Comfenalco.

Se citará inmediatamente al acudiente para informar lo sucedido y establecer compromiso de eliminación inmediata del grupo.

Portar el uniforme de la institución completo, limpio y de acuerdo al horario de clases.

Traer otras prendas de vestir diferentes a las estipuladas por la institución como tenis o zapatos de color diferentes al aprobado, collares, aretes largos, suéteres diferentes al reglamentario, etc. Traer el uniforme equivocado según horario de clases.

Es responsabilidad de la familia velar porque el estudiante asista a clases con el uniforme completo correspondiente y responsabilidad de los docentes hacer seguimiento de este cumplimiento. El estudiante no podrá portar las prendas que no corresponden al uniforme de diario o educación física. Los suéteres, cadenas, pulseras, etc. serán decomisados y entregados a los padres en citación a padres. Se realizará la anotación de la situación en el

96

observador del estudiante y se realizará citación a los padres de familia para fortalecer los procesos de apoyo con las normas de la institución, las cuales buscan evitar riesgos innecesarios, peligros y comparaciones que pueden fomentar conflictos entre estudiantes. Los docentes deben mantener informada a la coordinadora de convivencia y bienestar de las situaciones relacionadas al respecto.

Cuidar los elementos que formen parte de las instalaciones de la institución, incluyendo muebles y enseres

Dañar cualquier elemento que forme parte de las instalaciones de la institución, rayar pupitres, puertas, paredes, dañar el locker asignado o de sus compañeros, romper hojas de los libros de la biblioteca, computadores, mesas, sillas, etc.

Se escuchará al estudiante para que manifieste cómo sucedieron los hechos, si se evidencia que ha incurrido en la falta se solicitará que arregle lo dañado, si no fuere posible, se pedirá reposición a los acudientes del implemento dañado mediante citación personal y se orientará a la familia para que en casa se aplique una estrategia pedagógica que permita al estudiante reconocer las consecuencias de sus actos Ej.: ahorro, manejo de la mesada para descansos, etc.

Respetar y hacer buen uso de los documentos institucionales que permiten la comunicación colegio-familia.

Sustraer, adulterar o falsificar documentos, materiales o elementos del colegio como evaluaciones, informes académicos, recibos, mensajes y demás.

El docente informará a la coordinadora de convivencia y bienestar la situación cuando sospeche que el estudiante incurrió en la falta. La persona encargada de realizar el debido proceso para verificar la inocencia o no del estudiante es la coordinadora de convivencia y bienestar quien escuchará los motivos por los cuales se realizó la acción. Se realizará reflexión escrita como evidencia del proceso realizado con el objetivo de analizar consecuencias en su proyecto de vida futuro y se citarán a los padres para informar lo sucedido. Se realizará anotación en el observador del estudiante.

97

Entregar a los acudientes el mismo día de envío o en el menor tiempo posible, los comunicados, circulares, citaciones enviadas por el colegio a los acudientes.

Incumplir con la entrega de citaciones, cartas o desprendibles enviados por rectora, coordinadores, o docentes.

Escuchar al estudiante para que exprese los motivos por los cuales no entregó oportunamente el documento enviado, citar al acudiente para manifestar la situación y realizar compromiso de cumplimiento de su responsabilidad. Subir en el observador la descripción de la situación una vez se realice reunión con el acudiente.

Respetar las pertenencias propias y de los demás.

Hurtar materiales, documentos, útiles escolares o implementos de la institución o de los miembros de la comunidad educativa.

En el proceso de reconocimiento, se permitirá al estudiante brindar su defensa para poder tomar las decisiones pertinentes según sea el caso; se citará inmediatamente a la familia para informar lo ocurrido. El estudiante debe presentar al día siguiente un trabajo reflexivo durante la hora de titulatura al docente que manejó la situación. El hurto es calificado como un delito, dependiendo de la situación, se realizará el debido proceso estipulado en la ley de Infancia y adolescencia.

Tratar con cuidado y respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.

Realizar acciones que pongan en peligro inminente a los demás miembros de la comunidad educativa.

De acuerdo a la situación el docente hará: - Llamado de atención verbal y comunicado a los padres en la agenda escolar. - Citación a los padres de familia para informar la situación y establecer compromiso de cambio por parte del estudiante o la orientación de personal especializado. - Realizar anotación en el observador del estudiante. - En el caso de cometimiento de delitos se realizará el debido proceso según la ley 1098 (de la infancia y la adolescencia), ley 1620 y decreto1965 (convivencia escolar).

Escupir o lanzar objetos desde los pisos superiores: vasos, cajas de jugo, escupir.

Asumir con respeto y responsabilidad su compromiso formativo aceptando los resultados

Adulterar firmas, planillas, informes académicos, notas de profesores y otros documentos. Copiar, suplantar la nota o

- Realizar reflexión sobre las consecuencias de los actos realizados en su vida. – Citar a los acudientes para informar lo

98

de su esfuerzo. respuestas de evaluaciones, tareas o trabajos y demás.

ocurrido y continuar con el proceso de reflexión. -Presentar trabajo escrito al docente que evidenció la situación realizado en familia sobre las consecuencias de los actos durante la hora de titulatura. -Subir lo ocurrido al observador del estudiante.

Cuidar y respetar las plantas que se encuentran en su entorno.

Arrancar hojas o ramas, colgarse de los árboles, botar alimentos, basura o desechos en los diferentes espacios de la institución.

Se escucharán los motivos por los cuales el estudiante realizó la acción para verificar lo ocurrido y decidir el procedimiento a seguir. - Se enviará comunicado en la agenda a los padres de familia informando la situación para que apoyen el trabajo reflexivo que debe traer el niño según la indicación dada sobre el cuidado del medio ambiente. El proceso será realizado por la persona que evidenció la situación quien se encargará de recibir el trabajo. En caso de que el niño presente el trabajo, el docente lo orientará para que lo realice en su presencia lo antes posible.

Mantener los espacios y ambientes institucionales limpios, organizados y en buen estado.

Botar basuras fuera de las canecas de reciclaje, uso inadecuado de las canecas de reciclaje, rayar los troncos de los árboles, ingresar a la cancha con calzado inapropiado, sacar la gravilla de la cancha, consumir alimentos mientras se baja o suben escaleras; botar basura o útiles escolares al piso o por las ventanas y barandas; subir o bajar las escaleras corriendo.

PARÁGRAFO: Se considera un retardo o inasistencia justificada si cumple con los siguientes requisitos:

Citas médicas, prioritarias, con especialista, por urgencias, exámenes

médicos: se debe presentar evidencia escrita.

Para los estudiantes que no pueden justificar su retardo con base en el criterio anterior se asume como falla.

3.3.1.2. REGLAS BÁSICAS PARA EL USO DEL LABORATORIO

99

La seguridad y la protección son indispensables para un buen uso y trabajo seguro en el laboratorio. Los estudiantes y docentes que hagan uso del laboratorio, deben cumplir las siguientes reglas:

1. Evitar llevar y consumir alimentos en el laboratorio. 2. Lavar sus manos antes y después de cualquier actividad. 3. Use zapatos cerrados, gafas, guantes de látex y bata para su seguridad. 4. Mantenga la puerta abierta y sin cerradura en todo momento durante el

uso de este espacio con estudiantes. 5. Los estudiantes solo pueden hacer uso del laboratorio si están con el

docente. 6. Escuchar las indicaciones de la persona responsable de la actividad,

antes de dar inicio a ella. 7. Trabajar en orden y en silencio, para una mejor comprensión y

entendimiento de las indicaciones. 8. Cuidar los mesones, butacas y demás elementos que se encuentran

dentro del laboratorio. 9. Únicamente se deben llevar al laboratorio, los libros o materiales

indispensables para realizar la actividad y ubicarlos en lugares que no impidan el uso de los equipos y elementos del laboratorio.

10. Al finalizar la actividad, asegurarse de limpiar los mesones y los instrumentos utilizados.

11. Antes de salir cerrarlas llaves de gas, aire comprimido y agua. 12. Las personas que tienen el cabello largo deben tenerlo recogido mientras

realizan actividades dentro del laboratorio. 13. Los armarios que tienen elementos químicos, deben permanecer todo el

tiempo con llave y solo podrán tener acceso a los mismos los docentes del área de Ciencias Naturales.

3.3.1.3. REGLAMENTO PARA EL USO DE LA SALA DE LECTURA

Con el objetivo de darle el uso adecuado a la sala de lectura, los estudiantes, docentes y personal administrativo cumplirán las siguientes reglas:

1. Utilizar los libros con cuidado teniendo en cuenta la fragilidad de sus

páginas. 2. Tomar sólo un libro a la vez y cuando termine de leerlo, dejarlo en el

mismo lugar donde se encontraba organizado. 3. Permanecer en silencio para promover la concentración de la lectura

realizada.

100

4. Se prohíbe el ingreso de alimentos y bebidas a la sala de lectura. 5. Mantener las manos limpias y secas cuando utilice los libros o materiales

de la sala de lectura. 6. Cuando se necesite tomar apuntes o hacer resumen de los libros leídos,

debe utilizar hojas o un cuaderno, para evitar rayones en los mismos. 7. La mesa debe permanecer libre de objetos: bolsos, carpetas, libros o

material didáctico. 8. Dar un buen uso al mobiliario de la sala de lectura. (Mesa, sillas, estantes) 9. Evitar dejar objetos personales como: lápices, cartucheras, borradores y

demás útiles escolares en la sala de lectura. 10. Si alguna persona desea solicitar un libro en calidad de préstamo, podrá

hacerlo presentando el carnet estudiantil o el carnet laboral a la persona encargada del control de préstamos. En caso de pérdida del libro solicitado, se debe reponer, si no es posible, podrá ser por otro de la misma calidad y temática.

3.3.1.4. REGLAMENTO DE USO DE MATERIALES Y ESPACIOS

DEPORTIVOS

1. Cuando un estudiante o docente requiera un material deportivo, lo solicitará al docente encargado quien lleva planilla de control de materiales.

2. Una vez finalizada la actividad, los materiales utilizados, deberán ser ubicados en el lugar designado y en el estado en que fueron dados en préstamo.

3. Los docentes encargados de los juegos se encargarán de contar las fichas y verificar el buen estado del mismo antes de su entrega y devolución.

4. Cada estudiante y docente será responsable de entregar personalmente el material que solicitó.

5. El uso de los espacios deportivos, se realizará conforme a la organización programada por los docentes del área de Educación Física.

6. En la cancha sintética no se pueden consumir alimentos. 7. Los balones se utilizarán en los espacios adecuados para cada disciplina. 8. Los aros y lazos, serán utilizados teniendo en cuenta las instrucciones dadas por

el docente, evitando siempre, amarrarlos entre sí, tirarlos al aire o sujetar a otros compañeros con estos materiales.

9. Sólo podrán ingresar a la cancha sintética los estudiantes que porten el uniforme de educación física y zapato adecuado.

10. Mantener los escenarios deportivos limpios y ordenados, durante y después de su uso.

11. Las escaleras de paso corto en las graderías solo se utilizarán para hacer desplazamiento, no para sentarse.

12. Solamente podrán ingresar a la cancha, los estudiantes asignados por el docente de Educación Física, conforme a la organización de uso de la misma.

13. Ninguna cancha podrá ser utilizada para jugar durante los primeros 10 minutos del descanso, durante este tiempo, los estudiantes consumirán el alimento correspondiente a este descanso.

14. Caminar con precaución en las áreas donde se realiza el descanso, evite correr.

101

15. Se prohíbe sentarse en las bases de los postes de energía y colgarse de los tubos de las banderas que están ubicados en las canchas.

16. Si un estudiante o docente pierde un juego o material, deberá reponerlo; si no se consigue igual podrá entregar otro de la misma calidad.

3.3.1.5. REGLAMENTO DE USO DE LA SALA DE INFORMÁTICA

1. Entrar y salir de la sala en silencio y en orden, con porte adecuado de uniforme. 2. Utilizar la puerta con precaución, verificando que no haya alguien detrás cuando

se abra o cierre. 3. Utilizar un tono de voz adecuado para el lugar en donde se encuentra. 4. Se prohíbe ingresar o consumir alimentos, chicle y/o bebidas a la sala. 5. Levantar las sillas con precaución, sin hacer ruido. 6. No colocar los pies sobre la silla. 7. La sala debe permanecer en perfectas condiciones de limpieza e higiene. 8. Cada estudiante utilizará el equipo que el profesor le asigne. 9. Cuidar los equipos: no manipular el computador ni los switches de la luz con

elementos como lápices, lapiceros, etc. No introducir papel u otro elemento extraño en ninguna parte de los equipos.

10. Desarrollar las actividades indicadas por el profesor, se prohíbe ingresar a páginas no autorizadas o hacer otro tipo de actividades sin el permiso del docente.

11. La instalación de programas o aplicaciones en los equipos de la sala es responsabilidad única del docente de informática.

12. Apagar los equipos solo cuando el docente lo indique y realizarlo de la manera adecuada.

13. Solo el docente está autorizado para manipular instalaciones eléctricas (cables,

enchufes) 14. Los estudiantes tienen prioridad para el uso de la sala, durante la clase de

informática ninguna persona podrá disponer de los equipos. 15. En caso de pérdida o daño de algún elemento, el estudiante debe acudir al

profesor y comentarle lo sucedido inmediatamente. 16. Cuando se evidencie que algún equipo se haya dañado por mal uso, la persona

responsable deberá asumir el costo del arreglo o asumir el costo del mismo con las mismas características y calidad (debe ser nuevo).

17. El aire acondicionado sólo podrá ser manipularlo por el personal encargado de la sala.

18. La sala de informática no puede ser utilizada para el desarrollo de otras actividades diferentes a las correspondientes a su objetivo.

3.3.1.6. REGLAMENTO PARA EL USO DE LAS SALAS DE PROFESORES

La sala de profesores es un espacio de reunión, charla, compartir de experiencias, trabajo y también de descanso.

102

Por eso, es importante que este lugar sea agradable y lo más acogedor posible. Todos podemos aportar para lograrlo, poniendo en práctica las siguientes normas: 1. Fomentar un ambiente ameno durante su permanencia en la sala. 2. Mantener organizados los objetos personales (bolso, celular, cargador, IPod etc.) 3. Evitar traer a la sala de profesores hojas, carteleras, libros, y cuando deba hacerlo,

manténgalos ordenados ( Las hojas en carpetas, los libros organizados) 4. Cuando se utilice la mesa para comer, no habiendo otro espacio para hacerlo, por

favor limpiar el espacio utilizado, así se evita que otros compañeros dañen sus trabajos o se ensucien.

5. Evitar que los estudiantes ingresen a recoger o llevar material o útiles escolares que se encuentren en esta sala.

6. Revisar constantemente la información expuesta en las carteleras, sin quitar las hojas o los alfileres para que se mantengan siempre organizadas.

7. Cuando se haga uso de los computadores, guardar los documentos en el correo personal o dispositivos externos de almacenamiento, no dejar archivos en el escritorio. Utilizar un tono de voz adecuado, cuando se trabaja, pueden haber docentes que están en hora de descanso.

8. No tomar elementos que no son propios sin haber solicitado el permiso del dueño. 9. En la sala de profesores en donde hay computadores no se puede ingresar con

alimentos. 10. La sala de profesores debe utilizarse para realizar únicamente actividades

relacionadas con las funciones laborales. 11. Para el uso de los computadores, se debe tener en cuenta el reglamento de la sala

de informática y las políticas de gestión estratégica y tecnológica.

3.3.1.7. NORMATIVA SOBRE EL USO DE TELÉFONOS CELULARES, CÁMARAS, PORTÁTILES, EQUIPOS DE AUDIO (TIC) EN EL COLEGIO

1. El celular será de uso personal al interior de la institución. 2. Los estudiantes y docentes que traen su teléfono celular, cámara, portátiles y/o

equipos electrónicos al colegio, es bajo su única responsabilidad, en cuanto a extravío, robo o hurto, daño o pérdida del mismo.

3. El colegio no responderá de ninguna manera, ni asume ningún tipo de compromiso por la pérdida, robo, hurto o daño del teléfono celular, cámara, portátil o equipo electrónico de ningún estudiante, sea este de primaria o secundaria.

4. El teléfono celular, la cámara, el portátil o equipo electrónico deberá permanecer apagado, al ingresar al aula, laboratorio o durante la realización de cualquier actividad académica, sea esta al aire libre o en lugar cerrado.

5. El estudiante, podrá hacer uso de su teléfono celular en las áreas comunes del colegio: patio, cafetería, coliseo, a la salida de clases etc., para comunicarse de manera restrictiva y de uso prioritario.

6. El estudiante, no podrá hacer uso del celular, cámara, portátil o equipo electrónico para tomar fotos o videos sin autorización de la respectiva coordinación en ninguna área del colegio y menos subirlas a internet sin autorización.

103

7. No deberá utilizar el celular o equipo electrónico dentro de los baños. 8. Es importante que los estudiantes no llamen a los padres de familia de cualquier

compañero que sufra un percance en el colegio, generando a veces angustia e incertidumbre innecesaria; esta responsabilidad es del personal directivo o docente.

9. Se establece como sanción por el incumplimiento de estas normas: citación a los padres para informar la situación ocurrida. Si los padres no asisten a la citación, se enviará por plataforma la información de los hechos ocurridos. Si hay repetición de la falta, inmediatamente, esta se subirá al observador del estudiante. Si continúa la situación, y no se logran los cambios en el estudiante, se realizará observación en el boletín en los criterios: observación especial y compromiso familiar.

10. El personal docente, de apoyo, oficinas y administrativo igualmente tiene la obligación de mantener su celular apagado y no conversar por teléfono durante sus clases y/o labores.

3.4. PERFIL DEL PADRE Y MADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

Enmarca la actitud de compromiso que se espera por parte de los acudientes como agentes activos en el proceso formativo de su hijo-a y primeros educadores de sus hijos.

Protagonistas activos en la educación de sus hijos (as) brindándoles seguridad y confianza, administrando con criterio formativo los estímulos y sanciones, con disposición para atender y considerar las sugerencias del Gimnasio.

Capaces de cumplir los compromisos adquiridos con sus hijos o estudiantes representados, con el fin de brindarles el acompañamiento requerido para superar las insuficiencias o deficiencias que se presenten en la obtención de los logros de una o más áreas como soportes del desarrollo académico y educativo de éstos.

Conocedores del Proyecto Educativo del Gimnasio Pedagógico, identificándose con él y comprometiéndose en su desarrollo, cumplimiento y mejoramiento.

Cumplidores de las normas contempladas en el pacto de convivencia de la institución, normas de urbanidad y buenas costumbres y aquellas que sean implementadas y debidamente comunicadas tales como: puertas de acceso a niños transportados por sus padres, parqueo de vehículos, etc.

Participativos en las actividades culturales, recreativas y académicas programadas por la Institución.

Transmisores de valores a sus hijos invitándolos a la reflexión y convivencia en armonía sin discriminación alguna.

Motivadores permanente de su hijo hacia el desarrollo total de sus capacidades. Visionarios y deseosos de buscar siempre el avance y desarrollo armónico de la

familia y la sociedad. Comprometidos con la institución educativa, con la filosofía, visión, misión, políticas,

metas, estrategias y los objetivos que orientan la propuesta educativa que se ofrece.

104

Responsables de los compromisos adquiridos con el establecimiento educativo, en cumplimiento del pacto de convivencia y las obligaciones pertinentes.

Poseedores de sentido de pertenencia con el colegio, asumiendo el rol que les corresponde en la educación de sus hijos: y promoviendo positivamente la imagen de la Institución.

Partícipes democráticos y activos en la asociación de padres de familia, consejo directivo, comisión de evaluación y evaluación institucional, y otros proyectos como miembros activos de la comunidad educativa.

Respetuoso de las normas establecidas por la institución y consignadas en el pacto de convivencia.

Se espera de los padres la articulación con la institución en el cumplimiento de las siguientes normas:

3.4.1. Normas institucionales a seguir por los padres, madres de familia y/o acudientes:

1. Los padres o acudientes no pueden ingresar a los salones sin autorización. Ante cualquier necesidad de atención o diálogo con su hijo debe acercarse a coordinación de convivencia o académica para solicitar el permiso correspondiente, y en caso de no encontrarse en ese momento ningún directivo, el permiso podrá ser gestionado por una profesional de apoyo o en última instancia por la secretaria académica.

2. Durante la jornada escolar no se pasan llamadas a docentes ni a estudiantes. Ante cualquier eventualidad de los niños, el colegio informará telefónicamente o por escrito a los padres. En el caso de los niños que tienen el servicio de transporte, la empresa entrega a los padres el número celular del conductor para que puedan recibir la información en caso de demora, además los conductores tienen grupo de WhatsApp para informar a todos los padres cualquier situación relevante.

3. Los padres y/o acudientes serán atendidos por los docentes o personal administrativo en los horarios establecidos por la institución pues los docentes no pueden atender a los padres mientras se encuentran en clase con estudiantes o incluso cuando están desarrollando otras actividades que requieren de su atención y gestión permanente. (acompañamiento de los niños durante el almuerzo, vigilancia, entrega de niños entre otros).

4. Ni el vigilante, ni el personal de proveedores, ni personal en outsourcing, están autorizados para buscar en los salones a los estudiantes.

5. No se recibirán durante la jornada escolar trabajos, materiales, libros dejados por los niños en casa. No traer los útiles escolares se verá reflejado con juicio valorativo de en el saber- ser de cada asignatura. Las familias deben enviar los almuerzos de los

105

estudiantes con tiempo teniendo en cuenta los horarios informados en circular o comunicado, enviar el almuerzo tarde afecta la salud del estudiante y además le impide iniciar nuevamente sus clases (aplica sanción disciplinaria en el caso de retardo para ingresar al salón).

6. En el caso de que el acudiente y/o padre de familia no pueda recoger al niño, se debe enviar con anticipación una carta firmada por el padre, la madre o el acudiente autorizado en el proceso de matrícula, con el nombre completo y número de cédula de la persona que recogerá al niño. Solamente se permitirá la salida de los estudiantes con las personas autorizadas en el formato “personas autorizadas para retirar a los estudiantes del colegio”. Por ningún motivo se entregarán los niños a taxistas, mensajeros de empresa o motorizados aunque los padres envíen autorización por escrito.

7. Para que el padre de familia, acudiente o persona autorizada por los padres de familia saque del colegio al estudiante durante la jornada escolar, necesita como requisito, el formato de autorización de salida de la institución que diligencian las coordinadoras o el personal administrativo. El vigilante no dejará salir a ningún estudiante sin este requisito.

8. Por ningún motivo, un padre de familia y/o acudiente podrá hacer reclamos a otros niños dentro o fuera de la institución, a la salida de la misma o en las busetas. Si tiene alguna inconformidad deberá presentarla a la Coordinadora de Convivencia y Bienestar quien realizará el debido proceso de atención.

9. Ninguna persona que labore en la institución podrá suministrar datos de carácter personal, de estudiantes o de cualquier miembro de la comunidad a los padres de familia y/o acudientes. Por ello, está prohibido solicitar información privada basándonos en le ley 1581 de 2012 (por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales).

10. Está prohibido el ingreso de mascotas, ni siquiera siendo cargadas por sus dueños; salvo que la actividad sea planeada por la institución. Cuando los acudientes tengan que realizar alguna gestión dentro del colegio, las mascotas no podrán ingresar, ni dejarlas en la puerta y tampoco es responsabilidad del vigilante cuidarlas.

11. Teniendo en cuenta que la puerta principal de la institución es el lugar por donde ingresan y salen los estudiantes que son transportados en busetas escolares, está prohibido el parqueo en este espacio durante las horas ingreso y salida de los estudiantes de los niveles de preescolar AM y PM y Básica Primaria. Lo anterior, tiene como finalidad, promover la seguridad de los estudiantes cuando ingresan o salen de la institución.

12. Cumplir con el horario de recoger a su hijo-a estipulado por la institución que aplique en cualquiera de las actividades programadas (horario habitual de clases, reglamento del programa de formación artístico cultural y deportivo, cursos de formación complementaria): En la segunda oportunidad en

106

que los acudientes incumplan con recoger a los niños antes de las 6:00 p.m. el acudiente firmará un compromiso de puntualidad con la institución; si ocurre nuevamente el incumplimiento en el horario de recoger al estudiante, el personal autorizado por el Gimnasio Pedagógico Comfenalco llevará al estudiante al Instituto Colombiano de Bienestar familiar cuya dirección sea la más cercana al colegio donde los padres tendrán que ir a recogerlos.

13. Velar porque los estudiantes porten los uniformes de manera correcta:

PREESCOLAR Uniforme de diario

Niños: Zapatos negros de cordón, medias blancas lisas, pantalón corto tela a cuadros de colores rojo, verde, azul, negro y blanco, camisa blanca con el logo de Comfenalco. (La camisa debe ser portada por dentro del pantalón).

Niñas: Zapatos negros con hebilla tipo Mafalda, medias blancas lisas hasta la rodilla, blusa blanca, jardinera de acuerdo con el modelo establecido por el colegio y delantal blanco.

Para los días fríos y de lluvia solo se permite el uso del buzo de educación física. Uniforme de educación física Para todos los estudiantes: Tenis blancos sin adornos, medias blancas no

tobilleras, sudadera institucional color verde con blanco, camisa blanca de acuerdo con el modelo definido, y buzo.

PRIMARIA Uniforme de diario

Niños: Zapatos negros de cordón, medias blancas no tobilleras, pantalón largo de color verde grisáceo y camisa blanca (según modelo establecido), correa negra.

Niñas: Falda a cuadros con pliegues hasta la rodilla, camisa blanca manga corta, chaleco rojo, (según modelo establecido), medias blancas hasta la rodilla, zapatos negros de hebilla.

Para los días fríos y de lluvia solo se permite el uso del buzo de educación física. Parágrafo: Traer prendas de vestir que no corresponden al uniforme de la institución es considerado falta disciplinaria conforme lo prevé este documento.

Uniforme de educación física, deportes y otras actividades

Para todos los estudiantes: Tenis blancos sin adornos, medias blancas (no tobilleras), sudadera color verde con blanco (según modelo establecido), camisa blanca con bordes verdes, camiseta blanca, lycra blanca (niñas), pantaloneta blanca (niños) y buzo.

107

Para los días fríos y de lluvia solo se permite el uso del buzo de educación física. Parágrafo: Traer prendas de vestir que no corresponde al uniforme de la institución es considerado falta disciplinaria, conforme lo prevé este documento.

PORRISMO Tenis blancos, falda negra cruzada con bordes negros con blanco lycra negra, buzo según modelo, moña para el cabello y pompones, valetas o zapatillas de porrismo. Para la celebración de cumpleaños dentro de la institución, favor tener en cuenta las siguientes observaciones:

La actividad podrá realizarse únicamente en el margen de tiempo correspondiente al primer descanso durante la jornada de estudio que le corresponde al estudiante (jornada de la mañana).

Los niños vendrán con el uniforme correspondiente del día, nunca de particular.

Se trata de celebrar con amigos por lo que no se enviarán tarjetas anunciando la celebración en el colegio.

3.4.1.1. SEGURIDAD DE LOS ESTUDIANTES:

Para disminuir los riesgos de seguridad con los estudiantes solicitamos tener en cuenta las siguientes normas:

Se prohíbe el ingreso de mascotas al colegio, salvo para las actividades planeadas por la institución.

Los padres deben acogerse a la organización institucional en cuanto a la recepción y entrega de niños.

Se entregará a los estudiantes a las personas autorizadas por sus acudientes en el formato “Personas autorizadas para retirar a los estudiantes del colegio”. No se entregarán estudiantes a personas desconocidas, salvo que en caso fortuito, el padre de familia y/o acudiente, se haya comunicado con la institución y haya enviado carta escrita de autorización o enviado una nota en la agenda con los datos completos: nombre y curso del estudiante, nombre completo de la persona que autoriza con firma, nombre completo y número de cédula de la persona que se llevará al estudiante, fecha (s) exacta(s) en que se llevará al niño y la hora de la entrega.

Es necesario que la persona que recoge al niño presente su cédula. También se solicita que le expliquen las normas en cuanto a la entrega de estudiantes respetando las

108

puertas de ingreso y salida y evitando invadir el espacio destinado para la entrega de los niños de transporte.

Si un niño es de transporte y llega su padre, madre y/o acudiente a buscarlo justo a la hora de la salida, debe esperar a que el transportador de la ruta tenga conocimiento de la situación.

No se entregarán niños a transportadores diferentes a los que están establecidos por el proveedor de transporte, si hay alguna situación especial relacionada con eventos personales, son los padres o acudientes y no los transportadores los que deben gestionar con la institución la entrega de los niños.

Los niños deben asistir diariamente con su uniforme de acuerdo a su horario académico, no se permitirá que los niños asistan a las salidas pedagógicas sin su respectivo uniforme pues este facilita su supervisión e identificación como estudiante del Gimnasio Pedagógico.

A la hora de entrada y salida de estudiantes no se deben parquear carros particulares cerca de las puertas de acceso al colegio, principalmente en la carrera 50 pues esto aumenta la posibilidad de accidentes de los estudiantes en la medida que tendrían que salir del colegio hasta donde la buseta haya encontrado lugar para parquear.

Está prohibido el ingreso de padres y/o acudientes a los salones salvo que hayan sido invitados por un docente para desarrollar alguna actividad con el grupo. En este caso, el docente debe haber informado previamente a las coordinaciones.

Ningún padre y/o acudiente puede hacer llamados de atención a otros estudiantes ni dentro de la institución ni en las busetas escolares. Todas las situaciones de convivencia escolar deben ser manejadas por los docentes, siguiendo los protocolos establecidos en el pacto de convivencia y realizando el correspondiente reporte a la Coordinadora de Convivencia y Bienestar, quien deberá informar a la rectora.

Los niños que llegan tarde deben presentarse en la oficina de coordinación de convivencia y bienestar en primera instancia o en la coordinación académica para solicitar su respectiva boleta de ingreso.

Fuera de los horarios de salida, para que un padre, madre y/o acudiente o persona autorizada pueda sacar a un estudiante debe presentarse en la oficina de las coordinadoras para solicitar la autorización de salida pues sin este requisito el vigilante no lo dejará llevarse al niño.

Se prohíbe a los estudiantes llamar desde sus teléfonos celulares a sus padres para que los vengan a recoger; ellos deben informar a sus docentes, en secretaría o a las directivas la situación para que sean estas personas las que realicen las llamadas respectivas.

La celebración de cumpleaños puede hacerse solo durante el primer descanso siempre y cuando se haya acodado anticipadamente con la coordinadora y docente titular.

No se recibirán paquetes, útiles escolares, ni cualquier otro objeto para los estudiantes durante la jornada escolar, así sean enviados por sus acudientes. Con esta medida, se

109

busca fortalecer el valor del orden y responsabilidad primeramente en los estudiantes y en segunda instancia en los padres de familia.

Los acudientes, firmarán en el momento de la matrícula, un documento de autorización para la toma de fotos o grabaciones de los estudiantes durante las actividades pedagógicas. Se tendrá en cuenta que si la familia no autoriza dichas tomas, la institución se abstendrá de que los estudiantes aparezcan en fotos de grupos o en actividades pedagógicas; pero es la familia, la responsable de explicar a su hijo los motivos de la decisión ya que el colegio deberá retirar al estudiante de los grupos en los cuales se va a realizar el registro, esta medida se toma como acatamiento a la decisión de los padres no con el ánimo de excluir a los niños de las actividades. Se prohíbe hacer públicas grabaciones realizadas durante las actividades escolares utilizando cualquier medio de comunicación, sin la autorización de los acudientes de los estudiantes o de las directivas del Gimnasio Pedagógico Comfenalco. El colegio con esta autorización firmada por los padres de familia podrá utilizar las fotos o videos como apoyo a la promoción del servicio o para informes internos.

3.4.2. COMO PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE TENGO DERECHO A…

Los padres y madres de familia son las personas más importantes en el proceso de formación de los niños y niñas, razón por la cual para el Gimnasio pedagógico Comfenalco es fundamental que el apoyo que estos ofrezcan sea coherente, y un modelo positivo que pueda ser imitado por los menores.

Teniendo en cuenta lo anterior, como padres de familia, tienen derecho a:

Recibir oportunamente el cronograma general de actividades, atención a padres de familia, las consignaciones para el pago de pensión, y demás obligaciones asumidas con la Institución.

Recibir orientación por parte de los docentes, profesional de apoyo de psicología, orientadora pedagógica o coordinadora, ante alguna situación particular referente a la formación integral de su hijo.

Recibir asesoría y capacitación para fortalecer la formación de buenos hábitos en los niños.

Expresar de manera respetuosa de manera verbal o escrita, solicitudes, quejas o reclamos siguiendo el conducto regular establecido, y recibir respuesta oportuna.

Recibir el Pacto de convivencia de la Institución en la que matriculó a su hijo el cual se encuentra en la página web: www.comfenalcosantander.com.co en la ruta: Educación, Gimnasio Pedagógico Comfenalco, manual de convivencia, este también será entregado en cd.

110

Recibir atención oportuna y respetuosa por parte del personal directivo y docente, en los horarios estipulados por la Institución.

Ser atendido oportunamente según horario designado como atención a padres por cada docente.

Nota: Además de los anteriores derechos, se contemplarán los mencionados en el Sistema de Evaluación Institucional (decreto 1290) que corresponde al desempeño académico.

3.4.3. COMO PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE TENGO LA RESPONSABILIDAD DE…

Asistir y participar en las reuniones convocadas por las directivas o docentes del Gimnasio Pedagógico, en las que se realiza retroalimentación de los procesos de los estudiantes que contribuyan a su fortalecimiento. Es responsabilidad de los padres realizar los procesos de organización personal, laboral y familiar necesarios para cumplir con la asistencia a las citaciones. El formato de citación se envía con anticipación, (salvo en casos extremos o fortuitos en los que se requiere la asistencia inmediata del acudiente), y es la evidencia que brinda la institución para que los padres demuestren el compromiso de la citación en sitios de trabajo.

Cumplir oportunamente con los compromisos económicos con la Institución: Pensiones, pago de cursos de formación complementaria, actividades complementarias, libros de trabajo, matricula a cursos deportivos, artísticos o cognitivos, según contrato de prestación de servicio educativo.

Proporcionar oportunamente a los estudiantes todos los materiales necesarios para el oportuno y buen desarrollo de las actividades pedagógicas.

Enviar al colegio a los niños y niñas bien aseados y con los uniformes correspondientes según el horario académico establecido.

Velar porque su hijo asista a clase con su uniforme limpio y completo, y lo porte de manera adecuada.

Informar oportunamente la inasistencia del niño ya sea por motivos de enfermedad, calamidad doméstica o cualquier otra eventualidad, enviando la incapacidad médica emitida por el especialista indicado o la carta del acudiente reportando la situación que dio lugar a la no asistencia a la institución.. (Ver sistema de evaluación institucional)

Acudir de manera prioritaria a la institución cuando ésta le informe que su hijo se encuentra enfermo o ha sufrido algún accidente.

111

Mantener una comunicación respetuosa al dirigirse al personal docente, directivo, de apoyo logístico y demás miembros de la institución, ya sea por medio verbal o escrito.

Enviar carta a la coordinadora académica solicitando el permiso para ausentarse por uno o varios días de la Institución cuando lo requieran, asumiendo la responsabilidad en cuanto al cumplimiento con las tareas, trabajos o evaluaciones programadas.

Cumplir con los horarios asignados por la Institución para la entrada y la salida de los niños.

Informar al personal docente y directivo de manera respetuosa, sobre cualquier irregularidad que se presente con el niño o la familia y por ende perjudique el proceso de formación.

Manifestar o expresar respetuosamente las observaciones personales en pro del mejoramiento institucional.

Proporcionar los medios y recursos necesarios para que el niño tenga una adecuada presentación personal.

Brindar acompañamiento a su hijo orientando sus tareas e interesándose por sus actividades escolares, así como también en la resolución de dudas e inquietudes alusivas a la educación sexual promoviendo comportamientos respetuosos desde el entendimiento y aceptación de las diferencias de cualquier índole entre sus pares.

Asistir a las reuniones y actividades institucionales convocadas por los docentes o directivas para atender situaciones individuales o grupales.

Recibir los boletines entregados por la institución en la fecha y hora estipulada, los cuales solo serán entregados a padres o acudientes autorizados.

Leer y firmar notas, circulares, comunicados, agenda, cuaderno comunicador enviado por docentes o directivos en la fecha correspondiente.

Mantener informada a la Institución del cambio de residencia, teléfonos, y de lugar de trabajo.

Contribuir en la formación y fortalecimiento de hábitos y cumplimiento de los deberes escolares en sus hijos.

Brindar al niño atención especializada según los requerimientos de intervención para colaborar con la superación de dificultades escolares o necesidades educativas especiales, de acuerdo con la remisión del profesional de apoyo de psicología de la Institución.

No enviar a los niños enfermos a la Institución. Utilizar la plataforma de comunicación vigente de manera adecuada, evitando el

uso de la misma para realizar comentarios inapropiados de cualquier miembro de la comunidad educativa.

112

Entregar oportunamente al Gimnasio Pedagógico Comfenalco, los informes necesarios sobre el desempeño del niño en la atención especial recibida por parte de los especialistas al que fue remitido por la Institución.

Los padres de familia mantendrán a la Institución al margen de las situaciones familiares conflictivas en casos de divorcios, separaciones, que afecten la salud emocional de los niños y que tengan que ver con delegación de la patria potestad, en cualquier caso los padres deben comprobar las decisiones tomadas por un ente legal o instituciones del estado en relación con la prohibición para reclamarlos en los horarios de salida y entregar copia a la institución del documento expedido por la autoridad competente. La institución no permite visita de los padres durante la jornada escolar.

Brindar a sus hijos atención y trato considerado y amoroso siendo ejemplo en sus comportamientos.

Informar a las directivas o docentes de cualquier situación que le incomode relacionada con la convivencia de su hijo y otros compañeros. Por ningún motivo el padre podrá acercarse a otro estudiante para hacer personalmente el reclamo o llamado de atención (aplica también cuando los niños se encuentran haciendo su recorrido de transporte).

Respetar la organización institucional en cuanto a prohibiciones de parqueo en las zonas que obstaculizan el tránsito de transportes escolares en los horarios de llegada o salida de estudiantes, así como recoger a los niños por las puertas estipuladas y el horario definido.

Presentar las incapacidades originales emanadas por los médicos pertinentes sin ningún tipo de enmendaduras en fecha o diagnóstico.

Respetar los tiempos de entrega de certificados y documentaciones que expide oficialmente la institución de acuerdo a la organización administrativa. La institución cuenta con 5 días hábiles para hacer entrega de tales documentos, razón por lo cual los padres de familia deberán realizar la solicitud con suficiente antelación. NOTA: No se emitirán certificados o documentos por cualquier miembro de la comunidad educativa que sean solicitados por los acudientes, cuando se refieran a contenidos oficiales de conocimiento público o que ya hayan sido entregados o publicados en la plataforma institucional.

Cumplir con los compromisos económicos y de apoyo académicos y comportamental contraídos en el Contrato de Prestación del Servicio Educativo.

Conocer el Pacto de Convivencia y apoyar su implementación.

113

Nota: El incumplimiento de algunas de las anteriores responsabilidades puede generar el reporte de la situación a las instituciones reguladoras que corresponda.

Según la ley 1620 y el decreto 1965, las instituciones educativas están obligadas a reportar el incumplimiento de las responsabilidades de los padres si esta situación denota los aspectos relacionados con los artículos 14 y 23 de la ley de Infancia y adolescencia, teniendo la institución la responsabilidad social de reportar ante el Bienestar Familiar la sospecha de maltrato o abandono por parte de sus padres o acudientes.

3.5. PERFIL DEL DOCENTE

Partiendo de la filosofía y los objetivos institucionales del Gimnasio Pedagógico Comfenalco y basándose en los valores corporativos de la Caja, el docente orienta su trabajo hacia el desarrollo integral de los educandos y la formación de valores fundamentales como el respeto, la honestidad, el amor y la justicia, estableciendo el siguiente perfil:

Seguro de sí mismo. Responsable, enseñando con su ejemplo. Democrático, toma en cuenta las opiniones de los estudiantes y media en la

resolución de conflictos entre estudiantes y entre estudiantes y maestros. Sabe escuchar, comprender y respetar las opiniones del equipo de trabajo, de

sus estudiantes y sus acudientes. Justo, respetando a los demás desde sus diferencias. Un profesional auténtico, con identidad vocacional. Emocionalmente equilibrado con una adecuada interacción con los miembros

de la comunidad educativa. Un profesional con capacidad técnico-científica dispuesto a actualizarse

constantemente y adaptarse a los cambios. Colaborador y participante comprometido de las actividades que se realizan en

la Institución y especialmente con la niñez, sus necesidades, y por la defensa de sus derechos.

Respetuoso ante el libre desarrollo de la personalidad de los miembros de la comunidad educativa y que no admite la discriminación.

Que se evidencie en su actuar pertenencia institucional.

3.5.1. COMO DOCENTE TENGO DERECHO A…

114

Recibir un tratamiento respetuoso, sin discriminación por parte de los estudiantes, compañeros de trabajo, padres de familia, jefes inmediatos, personal administrativo y apoyo logístico.

Ser escuchado y apoyado por parte del personal directivo ante una dificultad o problema con algún miembro de la comunidad educativa.

Recibir capacitación y entrenamiento en lo relacionado con la política institucional académica y administrativa.

Recibir la dotación del material de trabajo indispensable para el desempeño de su labor.

Tener oportunidad de participar en actividades de actualización, capacitación o ha eventos socioculturales que redunden en beneficio de la comunidad educativa y de la cualificación docente que potencien sus talentos, sus aptitudes y competencias laborales.

Recibir apoyo por parte del equipo de bienestar social de la institución en el manejo de los estudiantes que requieran ayuda profesional o diálogo para establecer compromisos con los padres de familia, cuando ya se hayan agotado diferentes estrategias que le corresponden como docente.

Utilizar el tiempo disponible dentro o fuera de la Institución, para el estudio y actualización en temas pedagógicos, que aporten a la calidad de su trabajo.

3.5.2. COMO DOCENTE TENGO LA RESPONSABILIDAD DE…

Velar por la permanente asistencia de los estudiantes a las actividades y reportar oportunamente los casos de inasistencia, evitando que se presente deserción escolar, e investigando las causas de tales casos, con el fin de tomar los correctivos necesarios cuando la inasistencia sea injustificada.

Implementar todas las medidas de prevención que favorezcan el estado emocional, físico y de salud, requeridos para el desempeño del cargo.

Informar a las directivas sobre los inconvenientes de índole familiar, de salud o personal que le impidan presentarse en la Institución para cumplir con sus labores, así mismo, en caso de incapacidad hacerla llegar oportunamente a la institución y los documentos requeridos para dar continuidad a los procesos académicos de las áreas que le han sido asignadas, así como también compensar el tiempo cuando a ello haya lugar, lo cual deberá acordarse con el eje inmediato.

Evitar expresiones y actitudes discriminatorias por cualquier motivo que afecten el normal desarrollo de las relaciones interpersonales con los miembros de la comunidad educativa.

115

Informar acerca de cualquier situación importante fuera de lo común o que afecte la integridad del niño o la convivencia escolar en relación con cualquier miembro de la comunidad educativa siguiendo el conducto regular establecido.

Planear oportunamente y dar cumplimiento a las diferentes actividades curriculares y extracurriculares, aportando su disposición para el éxito de estas.

Participar con iniciativas y sugerencias que contribuyan al desarrollo de la comunidad educativa, a través de los diversos comités o actividades curriculares y extracurriculares.

Atender a los padres de familia dentro del horario establecido por la Institución. Responder por la reposición de los elementos que se le encomienden para realizar

sus labores académicas, cuando se extravíen, dañen o por negligencia en su uso. Utilizar los equipos, mobiliario y material de apoyo, con los cuidados requeridos

para su conservación y funcionamiento. Realizar vigilancia de manera permanente y adecuada en las horas de descanso,

durante los espacios de clase, actividades curriculares y extracurriculares intramurales o extramurales.

Supervisar que todos los estudiantes hayan salido del salón para el descanso y que todos regresen a sus salones una vez terminado el mismo.

Realizar únicamente las actividades relacionadas con sus funciones laborales; no es permitido chatear o hacer uso de las redes sociales durante el horario laboral.

Hacer el proceso educativo en cuanto a la adquisición de rutinas para el ingreso o salida de estudiantes y otras actividades institucionales evitando el uso de medios electrónicos u otros distractores que impidan la concentración en el ejercicio de la actividad en pro de la seguridad de los niños y la consecución de objetivos.

Dar respuesta oportuna a los comentarios, sugerencias o quejas que envían los padres de familia y/o acudiente en los comunicados o agendas.

Mantener el hábito de consulta y estudio autónomo para la implementación de los proyectos o programas que emprenda la Institución y en los cuales debe participar, para que estos se revisen, actualicen y ejecuten con los criterios de calidad y oportunidad requeridos que la Institución le otorga fuera de la carga académica.

Participar en la organización y el funcionamiento del gobierno escolar. Abstenerse de solicitar dinero a los padres de familia, estudiantes o demás

miembros de la comunidad educativa sin autorización de la rectora. Entregar oportunamente a la persona encargada estos dineros.

Acompañar a los estudiantes en todo momento en las actividades curriculares, extracurriculares y descansos, aplicando la medida de prevención de accidentes y conflictos entre ellos.

Prestar los primeros auxilios (si ha tenido la capacitación para ello) a los niños en caso de accidente o llamar inmediatamente a un brigadista de la institución.

116

Permanecer en el colegio durante todo el tiempo de la jornada escolar, prestando su colaboración en las actividades que se le asignen, y ocupando el tiempo de horas no clase en las actividades establecidas. Ante la necesidad justificada de retirarse antes de la finalización de la jornada laboral, solicitar el permiso a la jefa inmediata y dejar diligenciado el formato de permiso, de lo contrario incurre en abandono de cargo.

Presentar al coordinador de forma organizada y siguiendo los procesos establecidos, formatos y los planes de clase y planificación de actividades, según la fecha acordada.

Promover la formación de valores morales, espirituales y cívicos a partir de su ejemplo de vida.

Elaborar la programación de su área o asignatura de los proyectos pedagógicos teniendo en cuenta la promoción de valores según los objetivos del PEI.

Ser objetivo en el proceso de seguimiento y evaluación de los estudiantes y evidenciar la apropiación de los lineamientos legales que rigen estos procesos, así mismo conocer los procesos y subprocesos que se manejan en educación formal, y diligenciar oportunamente los formatos utilizados como apoyo para esta actividad.

Mantener actualizados los planes de área y de período, de acuerdo con los tiempos y directrices anuales.

Orientar permanentemente a los estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje o necesidades educativas especiales. Según sea el caso, firmar compromisos con los padres de familia y/o acudiente, ya sea académico, de comportamiento, de asistencia o de puntualidad; o remitirlos a psicología con el respectivo formato y estar en permanente comunicación con los involucrados, para estar enterados de los avances y nuevas acciones que requiera el estudiante.

Citar a los padres de familia tantas veces como el comportamiento y situaciones académicas de los estudiantes lo ameriten sea o no titular de grupo y en coherencia con el proceso de evaluación y observador de los estudiantes.

Los titulares de grupo deben citar mínimo 1 vez a los padres de cada uno de los estudiantes a su cargo durante cada período académico; esta citación es diferente a la entrega de informes de desempeño.

Aplicar las evaluaciones y quices al inicio de la jornada o de la clase para la cual esté programado el proceso de evaluación. Si un estudiante llega tarde a la clase, podrá presentar la evaluación tomando el tiempo que queda para presentarla. Se reprogramarán solo las evaluaciones de los niños que presenten incapacidad médica o evidencia de haber estado en cita médica o en trámites para los cuales es requerida la presencia del estudiante o situaciones contempladas en el ítem calamidad doméstica o cita para sacar documentos.

117

Organizar con la debida anticipación los materiales que requiere para el desarrollo de su clase, evitando enviar a otros miembros de la comunidad a buscarlos.

Todos los docentes deberán publicar en las fechas indicadas las notas de los estudiantes con el fin de que los padres de familia apoyen las necesidades sobre el desempeño académico de los estudiantes.

Atender a los estudiantes cuando ellos deseen expresar sus criterios, desacuerdos y situaciones en las que requieren ser escuchados, aplicando las estrategias necesarias para comprender la causa de la situación y evitar que esta continúe.

Mantener la reserva en cuanto a confesiones de los estudiantes sobre temas personales, y según la complejidad y gravedad de la confesión, buscar ayuda u orientación en el Rector o Coordinador de Convivencia y Bienestar para que por medio de ellos se determine el trámite a seguir respetando siempre el debido proceso que amerite cada situación.

Evidenciar control de grupo aplicando estrategias lúdicas, pedagógicas y disciplinarias acorde con las edades de los estudiantes y su nivel de desarrollo.

Portar adecuadamente su dotación de trabajo, así como cuidar de su presentación personal en general usando su uniforme según horario establecido y portándolo limpio en todo momento.

Llamar a los acudientes de los estudiantes cuando estos han tenido algún tipo de accidente por más sencillo que parezca. En caso de que los acudientes no contesten, deben dejar mensaje de voz y escribir en la agenda la situación presentada. Solicitar la atención del servicio médico de emergencia contratado por Comfenalco Santander (AME).

Estar actualizándose para conocer las leyes y decretos relacionados con educación y aplicar las acciones respectivas que evidencien su compromiso para atender las situaciones que se presenten con los estudiantes en el manejo de la disciplina, respeto por las diferencias individuales, necesidades específicas de aprendizaje, manejo de conflictos relacionados con el respeto por la diferencia, el libre desarrollo de la personalidad y las situaciones propias de las diferentes etapas de desarrollo así como las relacionadas con los procesos académicos.

3.5.3. CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES RELACIONADAS CON LA CONVIVENCIA ESCOLAR O DE TIPO DISCIPLINARIO, PARA APLICAR POR PARTE DE LOS DOCENTES CON LOS ESTUDIANTES

El docente como formador de ciudadanos de paz, tiene la responsabilidad de crear un ambiente escolar que permita la convivencia, es la primera persona que interviene en la situación de conflicto, siendo el encargado de evitar que esto vuelva a suceder, o que otras personas tengan que intervenir; por lo que la aplicación de criterios de

118

atención de acuerdo a la situación y a las edades de los estudiantes regidos por la filosofía institucional es fundamental.

Para ello, es necesario que:

1. Desde de la planificación de su clase se incluyan actividades para captar y mantener la atención y que favorezcan en el estudiante el deseo por aprender y por participar, lo cual evita en los niños la actitud de aburrimiento y desmotivación; sobre este aspecto, es necesario estar evaluándose, reorientando y modificando las estrategias, didáctica y recursos a fin de lograr captar el interés.

2. Es prioridad atender las observaciones o quejas de los niños, pues la atención oportuna evita la materialización de situaciones de conflicto más graves.

3. La respuesta emocional del docente para abordar situaciones de conflicto entre los estudiantes, es la base para lograr una verdadera reflexión de aprendizaje para la vida. La forma de mantener el control de la situación depende de la capacidad del docente para escuchar, mediar y encontrar soluciones con un manejo pedagógico donde todos ganen especialmente experiencia y madurez.

4. Cuando se presente una situación de conflicto, aplique estrategias para conocer la causa, es a esto a lo que debe apuntar su rol de mediador, pues lo ocurrido generalmente es consecuencia de situaciones que pasaron hace tiempo y que no fueron bien manejadas o son el producto de necesidades relacionadas con la aceptación social. (Una situación puede ser la evidencia de situaciones inconclusas o con inadecuado manejo).

5. La intervención del docente debe tener a futuro como objetivo evitar situaciones de conflicto, entonces su actitud debe ser más reflexiva y conciliatoria que sancionatoria. Utilice frases como: ¿Qué podemos hacer para que esto no vuelva a suceder? en lugar de utilizar frases que refuercen conductas inapropiadas como: “usted como siempre”, “otra vez, para variar”.

6. Intervenga en las situaciones procurando no pretender cambiar la conducta del niño sino procurando que el niño asuma el entendimiento de su conducta y el mismo llegue a la conclusión de la necesidad de modificarla para… Para ello, analice lo que le perturba generalmente, así podrá apoyarlo para manejar futuras situaciones.

7. Los principios en que sustente la intervención ante situaciones conflictivas son más importantes que las estrategias que se apliquen. Puede utilizar algunos de estos:

119

i. Los derechos propios terminan donde empiezan los de los demás. ii. Los estudiantes tienen la responsabilidad o el deber de permitir que la

clase continúe en un ambiente de armonía, pues todos tienen el derecho de participar activamente en ella sin interrupciones, ni contratiempos.

iii. El descanso en espacios abiertos es necesario para la salud, por lo que este tiempo debe ser utilizado para favorecer la tranquilidad y el sano esparcimiento, siendo responsabilidad de todos favorecer un ambiente de armonía y convivencia.

iv. Debemos procurar que los estudiantes aprendan y trabajen sin ser afectados en su proceso de concentración.

8. Evitar choque de roles con el estudiante (no implicarse personalmente, la función de los docentes es favorecer la formación integral), la imposición es menos efectiva que el trato respetuoso, además genera rebeldía. Recordar siempre como le gusta que lo traten como persona y docente si está en la misma situación.

9. Las situaciones reiterativas deben consignarse en el observador del estudiante, en lo posible el mismo día y es necesario que contemple las acciones realizadas por el docente en el manejo de la situación. En las situaciones catalogadas como tipo II (en cualquiera de los protocolos de atención integral) que involucre en su relación a los estudiantes, se debe registrar en el observador del estudiante, para que se evidencie el compromiso que él mismo asumió.

10. Citación al acudiente del estudiante para informar de la situación que se haya presentado para que se pueda iniciar la intervención en el proceso de formación del niño. Manejar la situación de manera que, más que ofrecer quejas, se puedan intercambiar referentes para buscar soluciones a la situación. En ocasiones situaciones familiares son generadoras de comportamientos inapropiados en los estudiantes, por lo que conocerlos facilita la intervención adecuada y efectiva. Establecer compromisos para buscar soluciones conjuntas, en un tiempo establecido.

11. En última instancia comunicar la situación a la coordinadora de convivencia y bienestar, presentando evidencias del seguimiento realizado desde el aula, cuando se evidencie que el procedimiento realizado no ha funcionado, para analizar conjuntamente el proceso a seguir.

12. Para cumplir con los criterios anteriores es necesario, que el docente conozca muy bien el Pacto de Convivencia Institucional, lo analice y aplique en el diario quehacer con los estudiantes, aprovechando las diferentes situaciones que se presentan en la vida escolar.

120

3.6. CALIDADES Y CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, TRANSPORTE, RECREACIONES DIRIGIDAS Y DEMÁS CONEXAS CON EL SERVICIO DE EDUCACIÓN QUE PRESTA EL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Comfenalco Santander invita a proveedores inscritos a la caja dedicados a ofrecer el servicio de alimentos, transporte y uniformes a los estudiantes del Gimnasio pedagógico Comfenalco. Los padres de familia interesados deberán solicitar directamente a cada proveedor el servicio y el pago se le realizará a éste directamente. La decisión de los padres de familia es autónoma en cuanto a si toma o no el servicio con estos proveedores o si optan por otros, los cuales deberán acogerse a los horarios y demás normas del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, y le corresponde al padre de familia gestionar directamente con ellos, cualquier inquietud sobre el producto solicitado a ellos.

La rectora del Gimnasio Pedagógico Comfenalco realiza seguimiento regularmente a la prestación del servicio de alimentos y transporte, realiza reuniones periódicas de las cuales se deja acta con los compromisos de mejoramiento a que haya lugar. Para el servicio de alimentos se programan esporádicamente auditorías realizadas por la IPS Comfenalco Santander.

De acuerdo a los resultados de la auditoría se envía el informe al proveedor quien responde con el plan de mejoramiento al cual se le hace seguimiento.

4. ESTÍMULOS (APLICA SOLO PARA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA)

4.1. ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES El Gimnasio Pedagógico Comfenalco otorga algunos reconocimientos como estímulo al esfuerzo y dedicación en busca de la excelencia, siempre y cuando se cumpla con los siguientes criterios:

Haber obtenido juicio valorativo final de superior en todas las asignaturas durante el periodo académico evaluado.

Haber observado buen comportamiento dentro y fuera de la Institución. No tener llamados de atención, ni anotaciones de comportamientos inadecuados

en el observador del estudiante. Cumplimiento en la puntualidad a la hora de la llegada y en los intercambios de

clase o descansos.

Estos méritos darán lugar a los siguientes incentivos o estímulos:

121

Publicación en cartelera “cuadro de honor”. Tendrán esta distinción los estudiantes de cada curso que al final del periodo hayan logrado un destacado desempeño integral, tanto en sus habilidades básicas (estándares) como en valores y habilidades personales. Requisito: Haber obtenido juicio valorativo final de superior en todas las asignaturas durante el periodo académico evaluado. (Aplica para el nivel de básica primaria).

Izada de Bandera. Gozará de este estímulo el estudiante que se haya destacado en cada curso en la vivencia de valores y desempeño académico o comportamental.

Mención de honor (excelencia académica, comportamiento) Se dará al finalizar el año escolar a los estudiantes de cada curso que hayan alcanzado el mejor nivel de excelencia en los logros propuestos en los cuatro periodos académicos, de igual manera a los estudiantes que se hayan destacado de manera integral en diferentes campos.

Mención de honor o medalla por su permanencia en la institución. Requisito: haber permanecido en la institución de manera continua desde el grado caminadores (primer grado que ofrece la institución) a quinto de básica primaria.

Participación de estudiantes representando en eventos al Gimnasio Pedagógico Comfenalco:

Se ofrecerá este estímulo a los estudiantes, grupos o cursos que se hayan destacado en los diferentes niveles y actividades escolares, asumiendo entre las familias, la asociación de padres de familia y la Institución las cuotas de representación, según lo que se pacte para cada evento. Por su participación los estudiantes pueden recibir: Reconocimiento público ante los compañeros. Recibir notas de felicitación, diplomas y menciones de honor. Anotaciones positivas en el observador del estudiante y en el boletín. Tener prioridad para participar en actividades artísticas, culturales, cognitivas

y deportivas dentro y fuera de la Institución, previo análisis de las directivas y docentes sobre el cumplimiento de criterios por parte de los estudiantes de acuerdo a la actividad.

4.2. ESTÍMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Tener reconocimientos como diplomas o medallas por su gestión y su colaboración. Los padres de familia que excedan las expectativas de participación de las actividades

y reuniones que el colegio programa (escuela de padres, cumplimiento a las citaciones previas de la docente titular, orientadora o coordinadora) recibirán una nota de felicitación y reconocimiento en el boletín de su hijo por su compromiso familiar.

122

5. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL (SBS) DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

5.1. ¿QUÉ ES EL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL?

Es un servicio conformado por un equipo interdisciplinario que lidera los procesos que propenden por el bienestar de los estudiantes y que ofrecen actividades permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral de los estudiantes, desde los diferentes enfoques pedagógicos, psicológicos y neuropsicopedagógicos realizando también orientación a las familias de los niños matriculados en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco.

123

Justificación El Servicio de Bienestar Social (SBS) orienta sus acciones, desde sus diferentes proyectos y programas, al mejoramiento de la calidad de vida de estudiantes, del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, orientando a sus padres, contribuyendo así al desarrollo de los valores institucionales y a la promoción de ambientes basados en principios; todo ello en congruencia con lo estipulado en su Pacto de convivencia y de común acuerdo con las políticas institucionales.

La coordinadora de convivencia y bienestar, la psicóloga y neuropsicopedagoga quienes conforman el equipo de SBS lideran acciones que buscan llevar seguimiento de los progresos y debilidades de los estudiantes en los aspectos psicológicos, de barreras para el aprendizaje y dificultades de aprendizaje.

5.1.1. OBJETIVO GENERAL

Ofrecer a la comunidad educativa en general proyectos y programas encaminados a la formación, orientación, apoyo y asesoría con el fin de fortalecer los principios institucionales que contribuyen al desarrollo integral y al mejoramiento de la calidad de vida de los estudiantes.

5.1.2. OBJETIVO ESPECÍFICOS

Brindar un entorno adecuado de aprendizaje a los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) y/o con barreras de aprendizaje acorde a sus características, a través de la implementación de estrategias pedagógicas y de la flexibilización curricular.

Prestar atención oportuna y efectiva a través del servicio de psicología a la comunidad educativa en forma individual, en forma grupal o por grupos focales realizando un adecuada asesoría y orientación, así como el acompañamiento al desarrollo del Macro proyecto de Afectividad que abarca: el Proyecto Escuela de Padres, el Proyecto Pedagógico en Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía y las convivencias)

Brindar el apoyo a la comunidad educativa a partir de la implementación de estrategias pedagógicas y metodológicas que propendan por la atención de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) y/o con barreras para el aprendizaje desde las bases neuropsicológicas y comportamentales del

124

aprendizaje escolar, como soporte a los casos especiales referidos en la comisión de evaluación y a quienes lo requieran.

Desarrollar actitudes, habilidades, procesos intelectuales y talentos en los niños, niñas, a través de actividades especializadas de educación informal.

Desarrollar procesos de formación complementaria a través del programa de semilleros habilidades artísticas y culturales, y destrezas físicas en los educandos en los cuales se fortalece su desarrollo individual y social, promoviendo principalmente los valores de responsabilidad y disciplina, entre otros.

Realizar el seguimiento del estado de salud de los niños de preescolar llevando control de talla y peso como un apoyo más a las familias en el desarrollo integral de la primera infancia.

Realizar auditorías internas relacionadas con el control de calidad para hacer el seguimiento de proveedores en convenio.

Ofrecer a la comunidad educativa el servicio escolar de tiempo completo para favorecer la permanencia de los niños en la contra jornada y brindar una asistencia integral.

Atender y llevar seguimiento de las diferentes situaciones que se puedan presentar relacionadas con cualquier tipo de discriminación.

5.2. GLOSARIO

RELACIONADO CON NEUROPSICOPEDAGOGÍA:

Ansiedad: Es el estado emocional en el que se experimenta una sensación de angustia y desesperación permanentes, por causas no conocidas a nivel consciente. Puede afectar a personas de todas las edades y sobre todo a aquellas que están sometidas a una tensión familiar o laboral constante, y en aquellas que han arraigado en sus patrones conductuales un sentido de perfeccionismo hacia todo lo que hacen y dicen.

Barreras para el aprendizaje: Los estudiantes con barreras para el aprendizaje son aquellos que presentan criterios asociados al déficit de atención, a la hiperactividad y a la impulsividad.

Competencias del estudiante: Son los conocimientos, habilidades y destrezas que desarrolla una persona para comprender, transformar y participar en el mundo en el que vive.

La competencia no es una condición estática, sino que es un elemento dinámico que está en continuo desarrollo. Puede generar, potenciar apoyar y promover el conocimiento.

125

Conducta disruptiva: Es aquella conducta inapropiada que no se ajusta a las normas socialmente aceptadas. Suele predominar el malestar alrededor del niño o adolescente, quien se muestra frecuentemente "nervioso", irritable, enojado, provocador, insatisfecho, aburrido, demandante, desafía permanentemente la autoridad, puede encontrarse aislado socialmente, sin amigos, y ante los inevitables llamados de atención reprimendas por parte de padres, cuidadores y docentes, retroalimenta su "modo de mirarse y de mirar a los otros" generando un "círculo vicioso" en el cual el mal comportamiento con la consecuente crítica de sus figuras parentales, aumenta la sensación de ineptitud y la baja autoestima, con mayor deterioro de los vínculos intrafamiliares y sociales.

Déficit de Atención: Desde la perspectiva de la neurología, el déficit de atención, se produce por una disfunción del cerebro que padecen niños y adultos y que puede diagnosticarse por presentar ausencia, carencia o insuficiencia de las actividades de orientación, selección y mantenimiento de la atención, así como la deficiencia del control.

Depresión: La depresión es un trastorno mental frecuente que se caracteriza por la presencia de tristeza, pérdida de interés o placer, sentimientos de culpa o falta de autoestima, trastornos del sueño o del apetito, sensación de cansancio y falta de concentración. Puede llegar a hacerse crónica o recurrente, y dificultar sensiblemente el desempeño en el trabajo o la escuela y la capacidad para afrontar la vida diaria. En su forma leve se puede tratar sin necesidad de medicamentos, pero cuando tiene carácter moderado o grave se pueden necesitar medicamentos y psicoterapia profesional.

Diagnóstico Inicial: Son los referentes dados por los docentes, de los estudiantes nuevos y antiguos, que presentan algunos aspectos o dificultades particulares durante el primer mes de ingreso a la jornada escolar y que requieren ser atendidos desde el comienzo del año por la profesionales de apoyo, las Coordinadoras y/o la Rectora.

Docente Mediador: Es el profesional que enlaza, ordena y estructura los estímulos y los aprendizajes para ayudar al educando a construir sus propios conocimientos. Tiene una clara intención de transmitir, despertar reciprocidad y transferir todo conocimiento a las diversas situaciones de la vida. Adapta los procesos y estrategias de enseñanza - aprendizaje a las necesidades del estudiante; por tanto hay una mirada más abarcadora y contemplativa del mundo, más proyectiva de su propia práctica, de su propia realidad para que de esta manera pueda pensar y planificar intencionalmente aquellas experiencias de aprendizaje que mejor estimulará y modificarán la estructura cognitiva de los alumnos.

126

Estrategias Pedagógicas: Son aquellas acciones que realiza el maestro con el propósito de facilitar la formación y el aprendizaje en los estudiantes.

Flexibilización curricular: Un currículo flexible es aquel que mantiene los mismos objetivos generales para todos los estudiantes, pero da diferentes oportunidades de acceder a ellos: es decir, organiza su enseñanza desde la diversidad social, cultural de estilos de aprendizaje de sus alumnos, tratando de dar a todos la oportunidad de aprender. Es el conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional. Ley 115 de 1994, Artículo 76) (MEN)

Grupo Focal: Es el grupo de padres de familia y/o de estudiantes que se forma para que, con la orientación y el apoyo del servicio de Bienestar Estudiantil, se comprenda y se de solución a determinada situación actual.

Habilidades Cognoscitivas: Son aquellas que se ponen en marcha para analizar y comprender la información recibida, cómo se procesa y como se estructura en la memoria. Las capacidades y habilidades cognoscitivas son la capacidad de razonamiento, el autoaprendizaje, el pensamiento autónomo, el pensamiento crítico, la solución de problemas y la creatividad.

Habilitación y Rehabilitación: Son procesos destinados a permitir que las personas con discapacidad alcancen y mantengan un nivel óptimo de desempeño físico, sensorial, intelectual, psicológico y/o social. La rehabilitación abarca un amplio abanico de actividades, como atención médica de rehabilitación, fisioterapia, psicoterapia, terapia del lenguaje, terapia ocupacional y servicios de apoyo.

Hiperactividad: La hiperactividad se caracteriza por dificultad para permanecer quieto al igual que por exceso de actividad física en situaciones en las cuales se espera un comportamiento diferente y hablan excesivamente

Impulsividad: Se define como la tendencia a emitir una respuesta de forma rápida, en ausencia de reflexión, y se caracteriza por comportamientos inadecuados, poco planificados (Alcázar, Verdejo, Bouzo, y Bezos (2010)). Hace referencia a la dificultad marcada para esperar turnos, aplazar respuestas, atender normas, respetar las pertenencias de los otros y/o medir el peligro.

Necesidades Educativas Especiales (NEE): Son aquellas necesidades que evidencian los estudiantes con dificultades específicas en el aprendizaje por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar.

127

Neuropsicopedagoga: La Neuropsicología se ubica entre la Neurología y la Psicología y estudia la organización cerebral de los procesos cognoscitivos – comportamentales y sus alteraciones en caso de daño o disfunción cerebral. Como campo del saber, se fundamenta en el conocimiento interdisciplinario de las bases Neuropsicológicas y Comportamentales en el campo del aprendizaje escolar, así como en las alteraciones cognoscitivas y comportamentales del desarrollo que afectan los procesos de aprendizaje escolar. Por tanto una intervención desde lo neuropsicopedagógico hace especial énfasis en el aspecto pedagógico de las funciones psicológicas y enfoca a la escuela en sus prácticas y sus metodologías.

Trastornos Específicos del Aprendizaje (TEA): Surgen de alteraciones de los procesos cognoscitivos y constituyen un conjunto de problemas que interfieren significativamente en el rendimiento en la escuela, dificultando el adecuado progreso del niño y la consecución de las metas marcadas en los distintos planes educativos. Suelen presentarse conjuntamente con alteraciones en el funcionamiento del sistema nervioso central (SNC). Lo que los caracteriza es que el déficit se plantea en un área muy concreta; los más habituales son los que hacen referencia a la adquisición de la lectura (dislexia), a la escritura (digrafía) o al cálculo (discalculia). Este tipo de déficits específicos, están acompañados de otros trastornos del habla o lenguaje e incluso de conducta, por ejemplo TDAH, así como problemas emocionales secundarios y alteraciones en la dinámica familiar.

Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad/Impulsividad (TDAH): Es un trastorno del desarrollo caracterizado por unos niveles evolutivamente inapropiados de problemas atencionales, sobre actividad e impulsividad. Normalmente surgen en la primera infancia, son de naturaleza relativamente crónica y no pueden explicarse por ningún déficit neurológico importante ni por otros de tipo sensorial, motor o del habla, sin que tampoco se detecte retraso mental o trastornos emocionales graves. Estas dificultades guardan una gran relación con una dificultad para seguir las conductas gobernadas por reglas (CGR) y con problemas para mantener una forma de trabajo consistente a lo largo de períodos de tiempo más o menos largos” (Barkley).

RELACIONADO CON PSICOLOGÍA:

Psicología: Es la ciencia que se ocupa tanto teórica, como prácticamente, al estudio de los aspectos biológicos, sociales y culturales del comportamiento humano, tanto a nivel social como individual, así como también del funcionamiento y desarrollo de la mente humana. La palabra psicología se deriva de dos voces griegas: psique que quiere decir alma y logos que es tratado, estudio, argumentación o discurso.

128

La psicología se enmarca en las diferentes áreas de las ciencias. No es posible encasillarla entre las ciencias naturales, las ciencias sociales, o las humanas, pues abarca todos los aspectos del funcionamiento psíquico.

Orientación y consejería: Proceso de ayuda que tiene lugar a través de una relación personal y directa en la cual se utilizan teorías, principios, métodos y estrategias basados en el conocimiento científico, para promover el desarrollo y el bienestar integral de las personas.. Requiere destrezas de ayuda que permitan al consejero escuchar y comprender a las personas que requieren de su servicio, darles apoyo y comprensión. Para los fines del servicio del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, se presta ayuda en consejería familiar, consejería a niños, consejería a ambientes educativos y consejería individual.

Afectividad: Es aquella capacidad de reacción que tiene un sujeto ante los estímulos que provienen del medio interno o externo y cuyas principales manifestaciones serán los sentimientos y las emociones. En un lenguaje más coloquial cuando se habla de afectividad se refiere a aquellas muestras de amor que un ser humano brinda a las personas que quiere y a otras especies que también son parte de su entorno.

Sexualidad: Es un sistema de comunicación que los seres humanos poseen para permitir la expresión de la función sexo. Bien sea para cualquiera de sus fines: reproducción, placer, o descarga emocional. Es una dimensión constitutiva del ser humano: biológica, psicológica, cultural, histórica y ética, que compromete sus aspectos emocionales, comportamentales, cognitivos y comunicativos tanto para su desarrollo en el plano individual como en el social.

Sexualidad infantil: La sexualidad infantil tiene una serie de características que la hacen diferente de las otras etapas de la vida. De hecho, es posible afirmar que las posteriores etapas encontrarán su base en la sexualidad de este período evolutivo. El que se puedan establecer vínculos afectivos satisfactorios en este período servirá de referente para un desarrollo armónico en la edad adulta. La percepción de la genitalidad tal y como se vive en la adultez no tiene especial importancia en esta etapa. Más bien las expresiones de la sexualidad son un reflejo de las necesidades del propio desarrollo.

Competencias ciudadanas: Son los conocimientos y habilidades que los niños ponen en evidencia cuando comprenden las regularidades del mundo social; atribuyen estados psicológicos a sí mismos y a los otros en función de sus actuaciones, reconocen la perspectiva del otro en un hecho social, identifican múltiples posiciones en un conflicto, establecen acuerdos en la resolución de un problema, comprenden las soluciones que median situaciones y predicen acciones futuras en una interacción.

129

Hilos conductores: son los ejes temáticos que guían la educación para la sexualidad. Son una propuesta sistémica, cuya complejidad y riqueza radica en su conjunto. Se fundamentan en los derechos humanos sexuales y reproductivos y son un apoyo para el diseño e implantación de los Proyectos Pedagógicos en Educación para la sexualidad a partir de: Las funciones, los componentes y los contextos. Se nutren de los estándares en competencias ciudadanas y en ciencias naturales y sociales.

5.3. DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DEL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL (SBS)

5.3.1. PROFESIONAL DE APOYO PSICOLOGÍA 5.3.1.1. OBJETIVO GENERAL

Propender por el bienestar psicológico de la comunidad educativa del Gimnasio

Pedagógico Comfenalco a través del desarrollo de proyectos que a gran escala que tienen una incidencia determinante en el desarrollo psicológico de los niños de la institución.

Servir de orientador y asesor en el desarrollo de otros proyectos educativos del Gimnasio Pedagógico Comfenalco en los cuales el saber del psicólogo es un apoyo importante.

5.3.1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Dar asesoría y orientación psicológica a los estudiantes en casos de atención individual o grupal.

Proveer asesoría y orientación psicológica a los padres de familia en forma individual o en pareja, para un mejoramiento del ambiente familiar y de la educación de los niños. En caso necesario, se realiza remisión a otros profesionales (terapeutas ocupacionales, fonoaudiólogos, neuropediatras, psiquiatras) para realizar un trabajo interdisciplinario.

Proporcionar asesoría y orientación a los docentes en casos individuales o grupales en un trabajo interdisciplinar para contribuir al mejoramiento del bienestar psicológico de los niños y de sus familias.

Planear, desarrollar y orientar otras acciones propias del servicio de psicología como observación en salones de clase y construcción de grupos focales para padres y estudiantes, que servirán para reforzar el manejo de casos individuales y proporcionaran herramientas eficaces para el manejo de problemáticas específicas de grupo.

Desarrollar y ejecutar los proyectos de escuela de padres y el proyecto de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía (PESCC) y

130

convivencias con los estudiantes como apoyo importante al Macro proyecto de Afectividad.

Apoyar el proceso de selección de estudiantes nuevos, por medio de una entrevista a los padres de familia de los niños aspirantes, en colaboración con directivos y docentes.

Contribuir en la orientación, asesoría y apoyo de todas las acciones que el comité escolar de convivencia dispone como una forma de promoción de los derechos humanos, la formación ciudadana, la educación para la sexualidad y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos y la prevención de la violencia escolar, tal y como dispone la ley 1620 de 2013 y su decreto 1965 de 2014.

Representar al Gimnasio junto a la rectora del colegio en las organizaciones o redes que favorezcan la formación de escuelas de padres, sus acciones van en pro de la familia, de la construcción de una sociedad más protectora de niños, niñas y adolescentes desde la perspectiva de los derechos ciudadanos.

5.3.1.3. RUTA DE ATENCIÓN DEL SERVICIO DE PSICOLOGÍA

Remisión de estudiantes por parte de docentes en la comisión de evaluación. Entrevista Inicial a los padres de familia de casos remitidos por la comisión de

evaluación, atención inmediata, asesoría y orientación para casa. Remisión a especialistas externos en caso necesario.

Atención individual a los niños si es necesario. Seguimiento de los casos de niños, docentes y padres de familia Observación en el aula Cierre del proceso.

La asesoría y orientación a los estudiantes del gimnasio se realiza mediante:

Remisión de los docentes o directivas del plantel Petición voluntaria de los estudiantes del Gimnasio Intervención directa del servicio de psicología Remisión de otros especialistas externos: Médicos, Neurólogos, odontólogos

entre otros.

5.3.1.4. Descripción de los Proyectos y Programas que Apoya

5.3.1.4.1. Macro proyecto de Afectividad Este macro proyecto es liderado por la psicóloga con el apoyo de un grupo de docentes de preescolar y primaria. Surge como respuesta a las necesidades de una sociedad en donde la familia, la escuela, el grupo de semejantes y los medios de comunicación, son los ámbitos en los que los estudiantes desarrollan sus capacidades y construyen

131

un esquema de valores, por tanto el macro proyecto de afectividad apunta al fortalecimiento de las bases que fundamentan los vínculos familiares por medio de la creación y desarrollo de actividades pedagógicas y formativas, que contribuyen al enriquecimiento de los valores humanos. El SBS por medio del servicio de psicología, apoya, asesora y orienta este macro proyecto implementando el Proyecto de Escuela de Padres como espacio para el fortalecimiento del rol de la familia, el Proyecto Pedagógico en Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, y el programa de valores. Este último lo ejecutan los docentes de forma transversal en las diferentes áreas académicas y apoya el servicio de psicología con las convivencias.

5.3.1.4.2. Proyecto Pedagógico de Educación para la Sexualidad y Construcción De Ciudadanía (PESCC)

Este Proyecto se implementa en la institución de acuerdo con lo estipulado en la resolución No. 03353 del 2 de Julio de 1993; le anteceden los artículos 14 y 15 de la Ley 115 del 8 de febrero de 1994 la cual consagra la educación sexual de manera obligatoria desde preescolar hasta undécimo en todos los centros educativos del país; más recientemente, la creación de la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 complementa lo instaurado anteriormente, esta ley crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Este proyecto pretende que estudiantes de la institución desarrollen competencias básicas basados en el conocimiento de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos (DHSR), para la toma de decisiones responsables, informadas y autónomas sobre el propio cuerpo; basadas en el respeto a la dignidad del ser humano de manera que se valore la pluralidad de identidades y formas de vida, y se promueva la vivencia y la construcción de relaciones de pareja, familiares y sociales pacíficas, equitativas y democráticas.

El proyecto incluye unos hilos conductores que son los que hacen, a partir de su relación con los estándares de competencias, que el proyecto sea transversal y se articule al PEI y al plan de mejoramiento.

Las actividades que se realizan para implementar este proyecto se estructuran a través de las matrices pedagógicas, las cuales vinculan a toda la comunidad educativa.

5.3.1.4.3. Proyecto de Escuela de Padres La temática a desarrollar va de acuerdo a las necesidades inmediatas de la comunidad educativa y a su vez apoya al PESCC y al programa de Valores. Se orienta a través de conferencias, talleres y convivencias.

Comfenalco, como Caja de Compensación Familiar, da prioridad a la familia puesto que la considera como la base fundamental para la formación en valores y la construcción

132

de la sociedad. Las actividades de este proyecto se establecen en el cronograma de actividad anual y trabaja temas relacionados con la salud y el neurodesarrollo, entre otros.

5.3.2. PROFESIONAL DE APOYO NEUROPSICOPEDAGOGÍA 5.3.2.1. OBJETIVO GENERAL

Brindar apoyo a la comunidad educativa a partir de la implementación de estrategias pedagógicas y metodológicas que propendan por la atención de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) y/o con barreras para el aprendizaje desde las bases neuropsicológicas y comportamentales del aprendizaje escolar

5.3.2.2. FUNCIONES DE LA PROFESIONAL DE APOYO: NEUROPSICOPEDAGOGÍA

5.3.2.2.1. Entrevista con los padres: En la cual se conocerá si el niño en condición de discapacidad física, mental y/o sensorial tiene apoyo de los padres en procesos de rehabilitación o habilitación lo cual es vital para garantizar un proceso de inclusión adecuado a sus necesidades. De ser negativa la respuesta de los padres, se debe realizar un compromiso para que la familia atienda las necesidades del niño, puesto que la institución puede fortalecer dichos procesos, pero no es la llamada a implementarlos. De igual manera se debe generar un compromiso con los padres para que asistan a las escuelas de padres, a las citaciones por parte de psicología y de Neuropsicopedagogía, asistir a los servicios profesionales a los que sea remitido, y presentar informes a la institución. Este mismo procedimiento se realizará para niños diagnosticados con Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad TDAH, niños con trastornos específicos del aprendizaje TEA, y en aquellos niños con conducta desafiante y disruptiva, quienes deben tener acompañamiento fuera de la escuela para favorecer su proceso educativo.

Es necesario confirmar que las instituciones educativas tienen el deber de velar porque los niños reciban por parte de sus familias el tratamiento adecuado para complementar su formación académica y de necesidades educativas y, además, la gran responsabilidad de llevar seguimiento de su aplicación ((Ley de Infancia y adolescencia (1098 de 2006)), decreto 366 de 2009, ley 1620 de 2013). Por lo anterior, el Gimnasio Pedagógico Comfenalco desarrollará los procesos contemplados en los protocolos de atención descritos en el Pacto de Convivencia cuando se vulneren los derechos de los estudiantes incluso por parte de sus padres de familia y/o acudientes.

133

5.3.2.2.2. Asesoría y acompañamiento al docente frente al estudiante con NEE y/o con barreras para el aprendizaje

Brindar al docente estrategias de apoyo en el aula a partir de las jornadas pedagógicas, de la asesoría individual según el horario, de la planeación de los grupos focales y de los informes de los especialistas externos, entre otros.

5.3.2.2.3. Sensibilización a los estudiantes para favorecer la inclusión del niño con NEE y/o con barreras para el aprendizaje

Esta sensibilización será apoyada a lo largo del año escolar por el Servicio de Bienestar Social y por todo el equipo docente a través de dinámicas de grupo y momentos de diálogo sobre las características respectivas de sus compañeros.

5.3.2.3. PROCESOS QUE APOYA

Realizar asesoría, seguimiento y apoyo constante de los casos especiales remitidos por los docentes y los solicitados por los padres de familia, en forma individual o grupal (grupo focal), de acuerdo a una determinada situación.

Implementar procesos de apoyo en el aula y de estrategias de evaluación para los estudiantes con NEE y/o con barreras para el aprendizaje

Fortalecer el perfil del docente inclusivo a partir de la asistencia a las jornadas de capacitación programadas por la institución y del horario de atención individual, favoreciendo los procesos de inclusión educativa de niños que presenten NEE y/o barreras para el aprendizaje.

Apoyar el proceso de selección de los estudiantes nuevos por medio de una entrevista a los padres de familia y estudiantes que aspiran ingresar a la institución.

5.3.2.4. RUTA DE ATENCIÓN DEL SERVICIO DE NEUROPSICOPEDAGOGÍA

Remisión de estudiantes por parte de docentes en la comisión de evaluación o por petición voluntaria de los padres de familia

Observación en el aula de los estudiantes Entrevista Inicial: Apertura de datos históricos y atención inmediata de acuerdo

con el caso. Asesoría y orientación para casa Citación a padres de familia para acordar remisión a especialistas externos, de

ser necesario. Establecer comunicación con especialistas externos Colectivización de los informes de evolución emitidos por los especialistas

externos a los docentes Seguimiento con docentes y padres de familia Atención individual a niños en caso necesario.

134

5.3.3. EDUCACIÓN INCLUSIVA 5.3.3.1. OBJETIVO GENERAL:

Atender los procesos de educación inclusiva para niños con Necesidades Educativas Especiales (NEE), con barreras para el aprendizaje o estudiantes de diferentes étnicas culturales.

5.3.3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Vincular a la educación regular aquellos estudiantes que presentan necesidades educativas especiales (NEE) y/o barreras para el aprendizaje; se agrupan de la siguiente manera:

Trastornos Específicos en el Aprendizaje de la lectura, la escritura y la matemática.

Trastornos generalizados del desarrollo: Deficiencia cognitiva leve y moderada, Síndrome de Down.

Trastornos del estado de ánimo (ansiedad y depresión). Déficits sensoriales (visuales, auditivos) y motoras. Talentos y capacidades excepcionales. Los estudiantes con barreras para el aprendizaje pueden presentar déficit de

atención e hiperactividad (TDAH) con predominio de la inatención o de la hiperactividad, o TDAH combinado (inatención e hiperactividad) y trastorno por déficit de atención e hiperactividad/Impulsividad. Determinar los parámetros generales a seguir para realizar la flexibilización

curricular en los estudiantes que lo requieran. Implementar el currículo flexible y la generación de estrategias pedagógicas

y metodológicas para el desarrollo del aprendizaje de los niños con necesidades educativas especiales.

Fortalecer el perfil del docente, para que desde el ejercicio de sus funciones, beneficie las buenas prácticas pedagógicas y apoye los procesos de inclusión educativa de niños que presenten necesidades educativas especiales –NEE- y/o barreras para el aprendizaje.

Utilizar el protocolo de ingreso, atención, permanencia, evaluación y promoción en los niños que presenten NEE y/o barreras para el aprendizaje.

5.3.3.3. ¿Qué es la flexibilización curricular? La flexibilización curricular es un proceso dinámico que impacta la práctica pedagógica, el currículo y la estructura administrativa institucional. Se puede ver desde dos perspectivas: Primero, dentro de la formación docente, como portadores de la inserción de contenidos en materia de discapacidad, y segundo desde las adecuaciones de

135

acceso al currículum, es decir, como los apoyos técnicos, didácticos y humanos dirigidos a facilitar la mejor inclusión escolar de los estudiantes con NEE.

Para que el currículo permita la flexibilización de los procesos pedagógicos es necesario que la institución implemente los siguientes criterios:

Ayuda al estudiante a compensar los retos intelectuales, físicos y/o de comportamiento.

Permite al estudiante usar sus habilidades actuales mientras promueve la adquisición de otras nuevas.

Previene el desajuste entre sus habilidades y el contenido académico. Reduce el nivel de información abstracta para hacer que el contenido sea

relevante para la vida actual y futura del estudiante. Crea armonía entre el estilo de aprender del estudiante y el estilo de enseñar del

docente. Son orientados por un docente mediador que debe tener habilidades para

observar las características, destrezas, habilidades y necesidades de los estudiantes y de acuerdo a éstas, diseñar estrategias pedagógicas diferenciales que respondan a las necesidades de todos los alumnos.

5.3.3.4. La educación en la diversidad cultural y étnica

Dentro de las políticas de inclusión implementadas en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco se ha tenido en cuenta lo contemplado en los siguientes artículos de la CONSTITUCIÓN NACIONAL: art.7 Que el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana; art.8 El ordenamiento Constitucional ha establecido que es obligación del Estado y de todas las personas proteger las riquezas culturales de la nación y ha previsto una especial protección para los pueblos indígenas existentes en nuestro país. Art.13 y art.93 Reconoce que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, de igual manera protegen los derechos de los pueblos indígenas de Colombia. También se ha atendido a lo consagrado en la Ley 21 del 1991 art. 26 Deberán adoptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional, y en la ley 115 de 1994 (febrero 8) “art.3 educación para grupos étnicos, la que se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura , una lengua, unas tradiciones, y unos fueros propios y autóctonos , esta educación debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso social, y cultural con el debido respeto de sus creencias y tradiciones”. Este artículo apunta a terminar con la discriminación

136

frente a los estudiantes pertenecientes a los grupos étnicos dentro de las escuelas y colegios, por ser diferentes, al imponerles arbitrariamente el pensamiento occidental con grave deterioro de la cosmovisión y del pensamiento propio.

En Colombia se han identificado como grupos étnicos a los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el pueblo ROM o Gitano, los cuales han propendido por su reconocimiento como partícipes activos en la construcción de la nación colombiana, buscando su autodeterminación política, económica organizativa y cultural. En este contexto, la autoeducación aparece y se oficializa en el país como una política de Estado para la atención educativa de los grupos étnicos, respondiendo también a la movilización política del movimiento indígena en los años 70 y como desarrollo del principio constitucional de reconocimiento a la diversidad étnica y cultural de la nación, que trajo como consecuencia la generación de un marco normativo especial.

Teniendo en cuenta el aporte de las culturas AFROAMERICANAS, de la población INDÍGENA y de la población ROM O GITANO a nuestra diversidad nacional, hace necesario el conocimiento por parte de los niños, jóvenes estudiantes, padres de familia, docentes y administrativos, a través de su incorporación en los contenidos curriculares de los diferentes grados y la transversalidad con los Macro proyectos implementados en el Gimnasio pedagógico Comfenalco. En este sentido, la educación para grupos étnicos, se constituye en un elemento significativo, ya que con su implementación se pretende "eliminar", en todas las instancias sociales, institucionales e individuales, los comportamientos negativos frente a la diversidad para contribuir a una ética sin fronteras donde tenga espacio la diferencia; es así como desde el preescolar y primaria se implantarán actividades que los lleve a vivenciar valores como el respeto por la diferencias , por su cultura, lengua y tradiciones.

5.3.3.5. Características de un currículo que atienda a la diversidad

Favorece las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, los hace avanzar hacia los objetivos y las metas enunciadas y los cualifica para obtener un certificado de estudios.

Tiene presente las características de los estudiantes que evidencian alguna deficiencia y/o necesidad para acceder al currículo, analizando sus capacidades individuales que son entendidas con la interacción en los contextos.

Articula el proceso de enseñanza y aprendizaje, es decir, el docente adecua su intervención a la manera de aprender de cada estudiante.

Guía la enseñanza en la realización de las situaciones pedagógicas, en la planificación y evaluación de los aprendizajes, respetando las necesidades de los alumnos en materia de educación y de los resultados esperados.

137

Pone en marcha los programas de estudios, selecciona y organiza, elige las experiencias de aprendizaje que permiten la obtención de los objetivos y refleja las opciones y los valores educativos promulgados. (García Pastor, 1993).

Centra más la atención en los procesos del estudiante con necesidades educativas especiales que en los resultados.

Tiene presente en el diseño, la ejecución y la valoración, las características individuales de la población objeto.

Incita a la creatividad del docente en su quehacer, para planear y desarrollar el proceso de enseñanza y de aprendizaje.

En la intervención propende más por la prevención de las dificultades que por la remediación de éstas.

5.3.3.6. Seguimiento y apoyo constante por parte del Servicio de Bienestar Social de la institución.

Realizar un proceso de seguimiento para verificar que el niño esté asistiendo a programas complementarios de apoyo y de terapias de acuerdo con las responsabilidades adquiridas por los padres desde que se realiza el proceso de matrícula (ver pacto de convivencia-perfil del padre de familia).

Procedimiento ante el incumplimiento de los padres:

Cuando se evidencie por parte de la institución, que los acudientes no han ofrecido de manera eficaz el acompañamiento necesario así como los tratamientos que el estudiante debe recibir para favorecer la mejora en las dificultades académico comportamentales que presenta lo cual es deber de la familia (según el pacto de convivencia institucional y según los derechos del niño y de la niña), la institución podrá aplicar la acción de suspensión temporal para que éste inicie o retome los procedimientos terapéuticos que necesita para atender su necesidad especial si el estudiante presenta en el colegio crisis de difícil manejo en su conducta que ponga en riesgo su integridad, la de sus compañeros y docentes a cargo.

Esta suspensión temporal tiene como objetivos que: los acudientes comprendan que es apremiante la atención del niño-a , además de brindar a las familias el tiempo para que de manera inmediata, se inicie o retome la atención médica especializada y/o el apoyo terapéutico al estudiante y la orientación a la familia por parte de personal externo a la institución educativa lo cual es fundamental para que a su vez se mejore su proceso de aprendizaje, situaciones familiares, emocionales y afectivas.

5.3.3.7. Implementación de apoyos en el aula y de estrategias de evaluación para los estudiantes con NEE y/o con barreras para el aprendizaje

138

Tales apoyos y estrategias se deben evaluar de manera permanente para verificar la efectividad de las mismas y/o para renovarlas si la situación del estudiante así lo amerita.

5.4. Evaluación Pedagógica El docente realiza una evaluación pedagógica inicial del estudiante, de ella se desprenden los apoyos requeridos en el aula, además de la forma más adecuada de evaluación que le permita ser exitoso en su proceso académico, de igual manera se continúa con un seguimiento y evaluación por procesos, no por contenidos sino por sus habilidades/capacidades. Al final se deja un informe con los logros obtenidos durante el año y la sistematización de los apoyos utilizados, tanto los exitosos como los fallidos, que sirvan de guía para el siguiente docente. La evaluación pedagógica inicial y la determinación de apoyos en el aula son expuestas por parte del docente en la primera comisión de evaluación que corresponde al diagnóstico inicial.

A lo largo del año escolar se llevan a cabo en el Gimnasio cinco reuniones de Comisión de evaluación a través de las cuales se hace el seguimiento de los casos anteriormente reportados y de otros que puedan presentarse durante el siguiente periodo.

Parágrafo: Se determina que el Gimnasio Pedagógico Comfenalco no se especializará en la atención de alguna condición de discapacidad específica ni en una necesidad educativa especial, ni en los estudiantes con barreras para el aprendizaje, sino que, brindará el servicio educativo pertinente a los niños que así lo requieran y que desarrollen el proceso anterior; teniendo en cuenta que se pueden y deben solicitar apoyos en capacitación pedagógica específica para dar continuidad al proceso de aprendizaje de la población educativa con tales características y para que los docentes fortalezcan su rol de mediadores.

5.4.1. Criterios para realizar una evaluación flexible Los logros deben trascender la esfera puramente conceptual; se deben plantear

logros que apunten al desarrollo de habilidades cognoscitivas, sociales y emocionales.

Los logros deben explicitarse de tal modo que se puedan alcanzar en diferente grado y por distintas vías de ejecución.

Se requiere incluir técnicas y procedimientos de evaluación diversos y adecuados a las características de todos los estudiantes, así como un registro del progreso, del retroceso y del estancamiento en el proceso de aprendizaje, y en el comportamiento de cada uno.

5.4.1.1. Criterios de Promoción:

139

Evolución del estudiante con respecto a sí mismo: Considerar la autonomía que va adquiriendo y la consecución de los logros propuestos de acuerdo a sus adaptaciones curriculares.

Nivel de aceptación del grupo: En la promoción debe tenerse en cuenta la integración social en el grupo y el grado de aceptación mutua, es decir, si le favorece el grupo de compañeros por el apoyo que le brinda y las relaciones que se han establecido.

Edad del estudiante: la diferencia de edad máxima del estudiante con respecto al curso en el que se encuentra no puede ser superior a los dos años debido a las características de desarrollo emocional, intereses propios de la edad y maduración física en general si se evidencia que el comportamiento del estudiante afecta el normal desarrollo de las actividades escolares de los compañeros del curso.

Criterios sobre repitencia: El estudiante con NEE y/o con barreras para el aprendizaje, puede repetir un año si la institución mediante el debido proceso realizado por las instancias de participación determina que es más conveniente la repitencia para alcanzar los niveles de maduración emocional, cognitivos y social.

Reubicación: Un estudiante puede ser reubicado de grado si durante el primer periodo escolar se evidencia inmadurez cognitiva, emocional y social requerido para el grado. (Es necesario tener en cuenta los criterios sobre la diferencia de edad descrita anteriormente).

Flexibilidad de logros y procesos:

Teniendo en cuenta los lineamientos curriculares emanados por el Ministerio de Educación Nacional, el colegio realizará las adaptaciones pertinentes de los logros e indicadores necesarios conforme a las necesidades de aprendizaje presentada por los estudiantes de inclusión.

5.5. Perfil del docente inclusivo Reconoce que todos los estudiantes con NEE y los estudiantes con barreras

para el aprendizaje son una población muy heterogénea y diversa, por lo tanto se tiene en cuenta el nivel de competencia curricular de cada uno, su estilo y su ritmo de aprendizaje.

El docente debe tener habilidades para observar las características, destrezas, competencias y necesidades de los estudiantes y de acuerdo a éstas, diseñar estrategias pedagógicas diferenciales que respondan a las necesidades de todos los alumnos.

Considera que todos los estudiantes son inteligentes y pueden desarrollar un aprendizaje continuo y avanzar en su proceso educativo, todos necesitan hacer parte de una institución educativa y tienen derecho a hacerlo.

140

5.6. Perfil del padre de familia inclusivo La Familia comprenderá que en la institución se matricula no un estudiante sino

la familia y que se requiere un compromiso constante y un apoyo para el avance de los procesos pedagógicos del estudiante, por tanto deben asumir la responsabilidad de lo pactado en las reuniones con el personal directivo, docente y/o de bienestar social; es decir, deben cumplir con la asistencia del niño a sus tratamientos y terapias a los que haya lugar para su beneficio y progreso.

La Familia se compromete a asistir a las asesorías pedagógicas, psicológicas y neuropsicopedagógicos que la institución sugiere para apoyar la inclusión de niños que presentan necesidades educativas especiales y/o de niños con barreras para el aprendizaje

El padre comprenderá que la función del Gimnasio Pedagógico Comfenalco es brindar una atención educativa y no de salud, por lo que la atención y el acompañamiento en salud física, mental y de rehabilitación debe estar a cargo tener el apoyo de la entidad de salud a la que pertenezca el estudiante.

5.7. Documentos nacionales e internacionales que avalan y apoyan la educación inclusiva

1. Ciudad de Salamanca, España. (1994). Declaración de Salamanca y el Marco de Acción de Las Necesidades Educativas Especiales.

2. Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. (2002) Carta Andina Para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos.

3. DANE, Departamento Administrativo Nacional de Estadística. (2005). Censo Colombia.

4. MEN, Ministerio de Educación Nacional de Colombia. (2002). Plan Sectorial 2002-2006:“La Revolución Educativa”

5. MEN, Ministerio de Educación Nacional de Colombia. (2003). RESOLUCIÓN 2565 de 2003

6. MEN, Ministerio de Educación Nacional de Colombia y Corporación Síndrome de Down (2005). Indicadores de Buenas Prácticas de Educación Inclusiva.

7. MEN, Ministerio de Educación Nacional. (2005) Camino Hacia La Educación Inclusiva.

8. MEN, Ministerio De Educación Nacional De Colombia. (2006). Orientaciones Pedagógicas para la Atención Educativa a Estudiantes con Discapacidad Cognitiva.

9. OEA, Organización de Estados Americanos. (1999). Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad.

10. ONU, Organización de Las Naciones Unidas. (1948) Declaración Universal de los Derechos Humanos.

141

11. ONU, Organización de Las Naciones Unidas. (1989) Convención Sobre los Derechos del Niño.

12. ONU, Organización de las Naciones Unidas. (1994). Normas Uniformes Sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

13. ONU, Organización de Las Naciones Unidas. (2000). Objetivos de Desarrollo del Milenio.

14. ONU, Organización de Las Naciones Unidas. (2006). Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad.

15. República de Colombia, Gobierno Nacional. (1991). Constitución Política de Colombia.

16. República de Colombia, Gobierno Nacional. (1994). Ley 115: “Ley General de Educación”.

17. República de Colombia, Gobierno Nacional. (1996). Decreto 2082 18. República de Colombia, Gobierno Nacional. (1997). Ley 361. 19. República de Colombia, Gobierno Nacional. (2002). Ley 762. 20. República de Colombia, Gobierno Nacional. (2002) Decreto 3020 21. República de Colombia, Gobierno Nacional. (2004). Documento Conpes Social:

“Política Pública Nacional De Discapacidad”. 22. República de Colombia, Gobierno Nacional. (2009). Decreto 366 23. República de Colombia, Gobierno Nacional. (2006). Ley 1098. 24. García Pastor, C. (1999): Diversidad e inclusión. Almería: Servicio de

Publicaciones de la Universidad. 25. García Pastor, C. (1993). Una escuela común para niños diferentes. La

integración escolar. Barcelona: EUB. 26. Constitución Política Nacional: arts.: 7, 8, 13, 93. 27. Ley 21 del 1991 art. 26.

6. GOBIERNO ESCOLAR PREESCOLAR Y PRIMARIA

6.1. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

¿Qué es el gobierno escolar y quiénes lo componen? El Gobierno Escolar es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

En esta Instancia de Participación serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las

142

actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas, comunitarias, y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.

Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del PEI que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa.

Se compone de los siguientes estamentos:

1. Los estudiantes que se han matriculado. 2. Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación

de los alumnos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboren en la Institución. 4. Los directivos docentes y personal administrativo que cumplen funciones directas en

la prestación del servicio educativo. 5. Los egresados organizados para participar.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean remplazados.

6.2. FINES DEL GOBIERNO ESCOLAR

6.3. ORGANISMOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Con base en el artículo 20 del Decreto 1860 del 1994, el gobierno escolar en los establecimientos educativos estará constituido por los siguientes órganos:

Garantizar la participación

democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa y vivenciar prácticas de paz, respeto por el otro, tolerancia, diálogo, manejo de

conflicto, concertación.

Fortalecer la cultura de participación,

mediante la acción efectiva del Gobierno

Escolar y de participación a todos los miembros de la

comunidad educativa entorno a metas y

propósitos comunes.

Fomentar y desarrollar

competencias ciudadanas,

habilidades sociales y otros valores como

la creatividad y la cooperación.

Participar y llevar a cabo proyectos y

actividades planeadas por cada

órgano del Gobierno Escolar

143

Los representantes en los órganos del Gobierno Escolar serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.

6.3.1. EL CONSEJO DIRECTIVO ¿Quiénes lo conforman? Según como lo estable el artículo 21 del decreto 1860 de 1994, el Consejo Directivo del Gimnasio Pedagógico Comfenalco estará integrado por:

1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente según cronograma y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia o del Consejo de Padres de Familia. Siempre y cuando se cumpla con el parágrafo 2 del artículo 9 del decreto 1286/2005: “Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo”.

4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.

5. Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local.

•Es la instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del Gimnasio Pedagógico Comfenalco

Consejo Directivo

•Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica del Gimnasio Pedagógico Comfenalco.

Consejo Académico

• Es el representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar que correspondan por se institución primvada y las que por autonomía escolar le correspondan.

Rector

144

Parágrafo 1º. Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. Para esto debe levantar acta de inicio.

¿Cuáles son sus funciones? Las funciones del Consejo Directivo según lo establecido en el artículo. 23 del Decreto 1860 de 1994 serán las siguientes:

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o pacto de convivencia.

3. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

4. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o pacto de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

5. Participar en la evaluación de los docentes, directivos y personal administrativo de la Institución.

6. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

7. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

8. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.

6.4. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES La participación estudiantil es un derecho que se consagra en el artículo 41 y 45 de la Constitución Política Nacional de Colombia, que busca la formación en valores democráticos, sociales y éticos de los estudiantes que conforman la comunidad educativa.

Las dos instancias de participación son el Consejo de Estudiantes y la Personería.

145

6.4.1. CONSEJO DE ESTUDIANTES El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos.

¿Quiénes lo conforman? Según el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, está conformado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos en la institución educativa. En este caso, se elige un vocero por cada uno de los grupos de los grados de tercero, cuarto y quinto de primaria. Para las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa se elige un vocero de los grados de Jardín y Transición.

Parágrafo 1. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, a los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

Parágrafo 2. Los estudiantes de preescolar y de los tres primeros grados de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta extra temporánea para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado y que fueron elegidos por sus compañeros previamente como voceros de aula del grupo correspondiente. Para las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa será elegido un estudiante del grado Transición.

¿Cuáles son las funciones del Consejo de Estudiantes? Corresponde al Consejo de Estudiantes según lo establecido en el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994 las siguientes funciones.

1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del

establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas

sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Pacto de Convivencia.

Una vez elegidos los representantes del consejo de estudiantes, estos deberán reunirse por lo menos una vez en cada periodo académico para hacer seguimiento al cumplimiento de las propuestas de los voceros y compartir las necesidades expuestas por los compañeros de cada salón. Se realizarán dos rendiciones de cuentas por parte del personero, una a mitad y otra a final de año, cuyo objetivo es informar las acciones realizadas para poder evaluar así su gestión y que este reciba las orientaciones necesarias de acuerdo a sus logros o dificultades.

146

¿Cuáles son las funciones del vocero de aula? Este cargo se desarrolla en conjunto con el personero de la Institución. Sus funciones son:

1. Incluir en las propuestas del plan de trabajo, actividades que permitan el fortalecimiento del clima escolar, apoyando así, el trabajo que realiza el Proyecto de Convivencia Escolar de la Ley 1620 del 2013 y la propuesta pedagógica Gestores de Paz.

2. Promover dentro de su aula los derechos, deberes y responsabilidades de sus compañeros de clase.

3. Ser modelo de buen comportamiento, disciplina y desempeño académico ante sus compañeros.

4. Recibir y gestionar ante el Personero del colegio, las quejas y reclamos que presenten sus compañeros de clase sobre las lesiones a sus derechos.

5. Cumplir con el plan de trabajo propuesto durante su campaña electoral.

¿Cómo elegimos al vocero de aula? Para la elección del vocero de aula se postulan como candidatos estudiantes de la respectiva aula o curso quienes deben presentar por escrito su hoja de vida y su plan de trabajo, que será sometido a previa revisión por un comité evaluador conformado por la coordinadora de convivencia y bienestar y los docentes del área de ciencias sociales; quien se encargará de dar o no el visto bueno y de esta forma dar inicio al proceso de campaña en el aula de clase.

Parágrafo 3. Los voceros electos del grado tercero realizarán la campaña en preescolar, en el grado primero y el grado segundo durante la siguiente semana a su posesión. Posteriormente al proceso de campaña, el rector convocará a la asamblea para elegir mediante el voto secreto al vocero de aula representante de estos grados. En el caso de las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa serán electos los estudiantes de los grados Jardín y Transición que realizarán las campañas dentro de cada salón.

El vocero de aula será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al inicio de clases. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

6.4.2. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

¿Quién es el Personero de los estudiantes?

147

El Personero de los Estudiantes será un estudiante que curse el último grado de la institución, quien será el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Pacto de Convivencia.

¿Cuáles son sus funciones? Según el Decreto 1860 de 1994, en el artículo 28 se establece las siguientes funciones para el Personero de los Estudiantes:

1. Incluir en las propuestas del plan de trabajo, actividades que permitan el fortalecimiento del clima escolar, apoyando así, el trabajo que realiza el Proyecto de Convivencia Escolar de la Ley 1620 del 2013 y la propuesta pedagógica Gestores de Paz.

2. Ser modelo de buen comportamiento, disciplina y desempeño académico, ante todos los niños de la Institución.

3. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos, y las que formulen cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

5. Presentar ante el Rector, las solicitudes o peticiones que haya recibido de parte de los voceros de aula o de los estudiantes, para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

6. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo (o el organismo que haga sus veces) las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

7. Cumplir con las todas las propuestas presentadas durante su campaña electoral. 8. Representar al colegio en las diferentes actividades y proyectos institucionales

que le sean asignados.

Parágrafo 1. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

Nota aclaratoria: El ejercicio del cargo de Personero de los Estudiantes es incompatible con el de Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.

¿Cómo elegimos al Personero Estudiantil?

148

Para la elección del Personero Estudiantil se postulan como candidatos los estudiantes por aula del último grado de primaria para la sede de Bucaramanga, estos deben presentar por escrito su hoja de vida y el plan de trabajo teniendo en cuenta las sugerencias propuestas por el Proyecto de Convivencia Escolar. Las propuestas presentadas serán sometidas a previa revisión por un comité evaluador , conformado por la coordinadora de convivencia y bienestar y los docentes del área de ciencias sociales quien se encarga de dar o no el visto bueno y de esta forma dar inicio al proceso de campaña institucional. Para las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa serán electos los estudiantes de los grados de Transición que realizarán las campañas dentro de cada salón y también cumplirán con los requisitos mencionados anteriormente.

El candidato que más votos tenga será elegido como el personero de la Institución.

Nota aclaratoria: No se permitirá durante las campañas electorales (que inician en febrero y finalizan antes de terminar el mes de marzo), coaccionar a los sus compañeros votantes a través de detalles, obsequios (bombas, golosinas, etc.). Solo se permitirá utilizar en la campaña carteleras, discursos y actividades pedagógicas que den muestras de sus propuestas, previo acuerdo con los docentes integrantes del Macro proyecto de Competencias Ciudadanas.

Perfil del Personero Estudiantil y del Vocero de Aula Distinguirse por su buen rendimiento académico y sobresalir por su excelente

comportamiento. Contar con el apoyo incondicional de los padres para la participación y desarrollo

de las actividades propias de su cargo, durante todo el año escolar. Identificarse con el perfil del estudiante de Comfenalco. Disponibilidad de tiempo (Para candidato a personero: liderar la campaña y

durante la ejecución de mando cuando sea necesario). Mantener con sus compañeros una relación de cordialidad, respeto y, sobre

todo, ser capaz de trabajar en equipo. Poseer liderazgo y dinamismo, que le permitan enfrentarse a un público y

expresar con seguridad las necesidades e inquietudes de su grupo.

6.5. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA 6.5.1. Asamblea General de Padres de Familia. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos.

149

Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del Rector o Director del establecimiento educativo.

6.5.1. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA El Gimnasio Pedagógico Comfenalco se adhiere al decreto 1286 del 27 de abril de 2005, por el cual se establece como obligatoria la conformación el Consejo de Padres de Familia, cuyo objetivo es el mejoramiento de los procesos educativos del establecimiento y la elevación de la calidad del servicio. Este órgano estará conformado por mínimo uno (1) y máximo tres (3) padres de familia de cada uno de los grados que ofrece el establecimiento educativo de conformidad con el PEI.

“Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector o Director del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia.

La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Pacto de Convivencia.

Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.” (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)

¿Cuáles son sus funciones?

a) Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado;

b) Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes;

c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad;

d) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados;

150

e) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño;

f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa;

g) Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley;

h) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente;

i) Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002;

j) Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994;

k) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del decreto 1286/2005

Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

6.5.2. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

“Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.

Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante

151

la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.

Parágrafo 1º. La asamblea general de la asociación de padres es diferente de la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la asociación.

Parágrafo 2º. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo.

Parágrafo 3º. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio”.

Tomado del artículo 1286 de 27/04/2005

¿Cuáles son sus funciones? Las funciones de la Asociación de Padres de Familia según el artículo 10 del decreto 1286 del 2005, son:

a) Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo;

b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa;

c) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia;

d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje;

e) Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad;

f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

7. SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL La institución establece y formula el plan general de evaluación y promoción, con base en las políticas emanadas del Ministerio de Educación. Este es un instrumento necesario para el

152

desarrollo del proceso de evaluación y promoción de educandos y hace parte integral del plan de estudios para la construcción del PEI.

7.1. FINALIDAD DE LA EVALUACIÓN

• Valorar el alcance de los logros, indicadores de competencias y conocimientos de los estudiantes.

• Determinar la promoción de cada grado. • Diseñar e implementar estrategias de apoyo para los estudiantes con necesidades

educativas especiales. • Establecer acciones e implementar estrategias que faciliten el proceso de aprendizaje

en procura de permitir la formación de las competencias de acuerdo al grado y nivel cursado y evitar la pérdida del año escolar.

• Identificar fortalezas y debilidades de los estudiantes, plantear estrategias de superación de dificultades, refuerzo y planes de apoyo/mejoramiento en el proceso de aprendizaje.

• Propiciar información que contribuya a la autoevaluación académica de la institución y la actualización permanente.

7.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN De acuerdo con los fines de la educación la institución desarrolla un proceso de evaluación continua, integral, sistemática, flexible, interpretativa, participativa y formativa. Se expresará en informes descriptivos y comprensibles de tal manera que los padres, educadores y estudiantes puedan apreciar el avance en la formación integral. El sistema de evaluación del Gimnasio Pedagógico Comfenalco se caracteriza por su carácter procesual, no de tipo sumativo sino cualitativo acumulativo. Esto quiere decir que se valora el proceso de aprendizaje de cada uno de los indicadores de desempeño planteados para cada área, según el nivel y periodo académico. Para efectos de ponderación se tiene en cuenta el porcentaje asignado a cada Indicador de desempeño, el cual refleja los componentes y competencias propias del área la asignatura. A su vez, para verificar el alcance de los procesos plasmados en cada indicador, se plantean una serie de actividades verificables y evaluativas que permiten determinar el desempeño alcanzado por el estudiante (Bajo, Básico, Alto, Superior) Cada una de estas actividades verificables está orientada por una rúbrica o lista de chequeo/verificación que define los criterios a partir de los cuales se evaluará al estudiante, según el desempeño que se pretende valorar y considera las dimensiones del saber-saber, saber-hacer y saber-ser (de forma simultánea e integral). Teniendo en cuenta que la evaluación busca identificar las fortalezas y debilidades, el estudiante podrá demostrar a lo largo del periodo y del año escolar que ha avanzado en la escala de desempeño o que ha superado las dificultades presentes en uno o más indicadores.

153

7.2.1. INFORMES ACADEMICOS De acuerdo a las disposiciones reglamentarias el colegio tiene dividido el año escolar en cuatro periodos académicos. Al finalizar cada uno de los cuatro periodos académicos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se presentan los avances de los educandos en el proceso de formación de cada una de las áreas. Este deberá incluir información detallada expresada en forma cualitativa bajo los criterios de fortalezas, debilidades, recomendaciones y estrategias de mejoramiento, directamente proporcional a las escalas de valoración vigentes. De igual forma, al finalizar el año escolar, se entregará a los padres de familia o acudientes un informe final (denominado quinto boletín o boletín promocional), el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento para cada área durante todo el año. Esta evaluación deberá tener en cuenta el cumplimiento por parte de los educandos, de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores. Dado que este quinto boletín debe establecer juicios valorativos por áreas, cada una de las mismas deberá diseñar logros generales donde se completen avances en el desarrollo integral de los estudiantes.

7.2.2. INFORMES ESPECIALES Las asignaturas de menor intensidad horaria semanal como son: Constitución, Democracia y Civismo, Cátedra de Paz, Ética, valores y Afectividad, Religión; así como todas aquellas generadas como áreas obligatorias u optativas con 1 hora semanal que disponga la institución educativa, tendrán las siguientes características para la evaluación y generación de reportes:

1. Estas asignaturas forman parte de las áreas institucionales, pero no determinan la pérdida del año escolar.

2. Estas asignaturas serán evaluadas de forma práctica en el aula de clase. 3. No se dejarán tareas escritas para la casa, salvo actividades de observación,

indagación y/o análisis, a partir de la cotidianidad en el hogar o momentos de esparcimiento del educando, que serán materializadas de acuerdo a lineamientos de clase.

4. La información suministrada para el logro y alcance de las competencias en estas asignaturas serán en juicio netamente cualitativo. No se asignará juicio cuantitativo en las asignaturas antes mencionadas.

5. Sin embargo, los estudiantes que no alcancen los indicadores y competencias en estas asignaturas, deberán presentar un trabajo de aplicación práctica en el contexto escolar, familiar o comunitario, donde se demuestren los aprendizajes y se efectúe transposición del conocimiento.

154

6. Si el estudiante no cumple con el trabajo de aplicación práctico, esto se verá reflejado en el boletín (con juicio cualitativo), tanto en los boletines periódicos como en el boletín final. Con el fin de facilitar el tránsito entre instituciones en el boletín promocional a quienes hayan alcanzado las competencias se les pondrá aprobado y si no alcanza las competencias se les escribirá: no aprobó.

7.3. MARCO LEGAL Ley 115 del 08 de febrero de 1994 Resolución 2343 del 05 de junio de 1996 Ley 715 del 2001 Decreto 1290 de 1 de abril de 2009

7.4. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DESEMPEÑO Teniendo en cuenta la Misión, Visión y el Sistema de Gestión de Calidad, la institución implementa diversas estrategias en el proceso de evaluación. En la básica primaria, estos procesos cumplen con algunas pautas, en los siguientes aspectos:

DESEMPEÑO ABREVIATURA

Superior DS

Alto DA

Básico DB

Bajo DJ Las rúbricas o listas de chequeo que se plantean para verificar el desempeño en el que se encuentra el estudiante, parten de los siguientes criterios institucionales:

SUPERIOR

Estudiante que alcanza los logros propuestos, sin actividades complementarias. Se constituye en un referente mediador con buenas actitudes y prácticas sociales,

apreciables en su comportamiento frente a las relaciones interpersonales, disciplinarias y de convivencia escolar.

Desarrolla actividades curriculares de manera autónoma que exceden las exigencias esperadas y estructuradas en el plan de estudio.

Es propositivo, participativo y colaborativo en los procesos y exigencias académicas, disciplinarias y de convivencia escolar.

Manifiesta sentido de pertenencia, participa en actividades curriculares y extracurriculares, valora y promueve su propio desarrollo.

155

Es promotor de ideas innovadoras, proyectos y actividades a partir de sus habilidades, destrezas y talentos que vincula y comparte con sus pares, contribuyendo con el ambiente escolar. Parágrafo: En todo caso, se deberá realizar análisis individual de las características

(psicosociales, emocionales y personales, entre otras) propias de cada educando.

ALTO

Alcanza todos los logros propuestos con algunas actividades complementarias. Requiere de verificación y seguimiento para que el proceso de aprendizaje no se vea

afectado. Reconoce y supera sus dificultades en relaciones interpersonales, comportamiento,

disciplina y convivencia escolar a partir del diálogo y la intervención de los docentes, coordinadores o miembros de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares específicas estructuradas en el plan de estudio. Tiene un buen rendimiento académico, necesita de estrategias de refuerzos para alcanzar

los resultados.

Parágrafo: En todo caso, se deberá realizar análisis individual de las características (psicosociales, emocionales y personales, entre otras) propias de cada educando.

BÁSICO

Alcanza un promedio de logros con actividades de refuerzo regularmente, planes de apoyo-mejoramiento y recuperación dentro del proceso académico.

Requiere de verificación y seguimiento reiterado para que el proceso de aprendizaje no se vea afectado.

Presenta dificultades para reconocer y aceptar las faltas en sus relaciones interpersonales, comportamiento, disciplina y convivencia escolar, requiere de la intervención por parte de docentes, superiores o profesionales de apoyo.

Desarrolla un mínimo de actividades curriculares estructuradas en el plan de estudio. Manifiesta mínima responsabilidad en su proceso de formación. Alcanza el promedio de competencias y conocimientos con tiempo adicional, seguimiento

del docente y acompañamiento en casa.

BAJO

No alcanza los logros mínimos, requiere actividades de refuerzo, planes de apoyo-mejoramiento y recuperación dentro del proceso académico; sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar ni superar las dificultades académicas.

156

Pese al seguimiento y diversas estrategias implementadas, el proceso de aprendizaje se vea afectado.

Tiene dificultad para autoevaluarse y autorregularse, generando inconvenientes en sus relaciones interpersonales, en el comportamiento, la disciplina y la convivencia escolar a pesar de la intervención por parte de docentes, superiores o profesionales de apoyo.

No desarrolla ni el mínimo de actividades curriculares requeridas y estructuradas en el plan de estudio.

Los aspectos comportamentales son valorados en cada una de las actividades verificables evaluadas en la dimensión del Saber-Ser e inciden directamente en el desempeño del estudiante, para ello se parte de la observación constante y directa de las actuaciones de los estudiantes. El docente titular de grupo reportará los casos reiterados, teniendo en cuenta el aporte de los demás docentes, el personal directivo (coordinaciones, rectoría) y profesionales de apoyo que intervienen en el proceso.

7.5. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES

7.5.1. PROCEDIMIENTOS El consejo académico conformará las comisiones de evaluación y promoción para cada grado con el fin de definir la promoción de los estudiantes, estudio de casos y recomendaciones pertinentes con los estudiantes que requieren de actividades especiales y/o complementarias (refuerzo, apoyo/mejoramiento, recuperación) de acuerdo a su condición previamente notificada por el médico especialista correspondiente (Decreto 366 – Inclusión escolar), y los estudiantes que en otro caso deban repetir el año. A mitad de cada periodo, los docentes titulares de primaria, enviarán el reporte parcial de rendimiento académico de los estudiantes. Para quienes no presenten desempeños bajos, se envía con el estudiante; caso contrario, se citará a los padres para dar el respectivo reporte y hacer entrega de las actividades de apoyo y mejoramiento (actividades de refuerzo) escolar de las asignaturas perdidas a la fecha de corte. El padre de familia/acudiente, dejará por escrito un compromiso de apoyo y seguimiento en casa, con el docente titular. Al finalizar cada periodo académico escolar, las comisiones de evaluación se reunirán para analizar la situación académica y de convivencia escolar de los estudiantes de cada grado. Para los estudiantes con juicio valorativo BAJO, en uno o más indicadores de desempeño de una o más asignaturas, se harán las recomendaciones pertinentes. Según el caso, se informará al estudiante y a sus padres de las actividades de refuerzo (para quienes tengan una o más indicadores y/o asignaturas en bajo). Al finalizar cada periodo académico el docente programa y aplica en el aula, las actividades de superación de dificultades que se requieren para que el estudiante tenga herramientas que le permitan demostrar que alcanzó un desempeño Básico, dejándose constancia en el observador del estudiante.

157

Parágrafo:

1. Las actividades de apoyo y mejoramiento (actividades de refuerzo) escolar deben ser desarrolladas por los estudiantes como parte de actividades extracurriculares que le permitan mejorar sus procesos académicos, durante el resto del periodo; pero no tendrá juicio valorativo.

2. Un estudiante puede tener Desempeño Bajo en un indicador de desempeño sin afectar la aprobación de la asignatura en el periodo, para tal efecto sus actividades de superación estarán encaminadas únicamente a demostrar que desarrolló los procesos mínimos esperados para este indicador de desempeño y en el boletín se realizará la observación pertinente.

3. En todo caso, si el estudiante no alcanza las competencias mínimas en uno o varios indicadores de desempeño durante el periodo académico, tendrá derecho a presentar actividades de superación al finalizar las evaluaciones de síntesis (de acuerdo al cronograma general y académico), si aún no ha logrado desarrollar las competencias que presentaron falencias, podrá demostrar que superó sus dificultades a mitad de año y/o al finalizar el año escolar.

4. Si el estudiante tiene indicadores de distintos periodos en desempeño Bajo y no logra demostrar la superación de esas dificultades al finalizar el año, puede ser promovido al siguiente grado si el nivel de competencia alcanzado lo permite, pero se harán las debidas observaciones en el quinto boletín. El juicio descriptivo, (traducido en juicio valorativo) alcanzado por el estudiante en la actividad de recuperación será siempre Desempeño Básico, pues la evaluación de recuperación solo se orientará a demostrar que el estudiante alcanzó las competencias mínimas requeridas. En la emisión del boletín, deberá indicarse mediante una observación la aprobación o no de la asignatura.

Para los estudiantes que al finalizar el año escolar, persistan en la pérdida de una o más asignaturas (quinto boletín), tendrán derecho a presentar actividades de recuperación en los tiempos planteados de acuerdo a cronograma general y académico del año en vigencia. El juicio valorativo alcanzado por el estudiante en la actividad de superación será siempre Desempeño Básico, pues la evaluación de superación solo se orientará a demostrar que el estudiante alcanzó las competencias mínimas requeridas. Para los niños de educación preescolar que presenten algunas necesidades especiales de acompañamiento se determinará el ingreso al programa de PAP (Programa de apoyo pedagógico) que ofrece la institución sin costo alguno en la jornada contraria y de acuerdo al cronograma establecido por la institución.

158

7.5.2. COMPROMISOS Y ACTAS DE APOYO

1. Se firmarán acta de apoyo y remisión a PAP, cuando un estudiante presente dificultades académicas durante un periodo escolar y sea citado a estas actividades. La familia aceptará los términos para la participación al programa y se informará cuando el estudiante supere las dificultades. De no aceptar el programa, la familia debe manifestarlo y establecer compromiso con la institución; así mismo, deben evidenciar un apoyo personalizado que contribuya a la superación de los inconvenientes académicos del educando. (Aplica para los estudiantes de preescolar).

2. Se firmará Acta de Compromiso cuando se evidencien las siguientes situaciones:

• El continuo incumplimiento (dos veces o más) en la presentación de actividades

académicas (tereas, trabajos, exposiciones) que se dejan para desarrollar en casa y todas aquellas que se desarrollen en clase. Parágrafo: Las actividades prácticas de aula (exposiciones, talleres individuales y grupales, laboratorios, entre otros) no se repetirán si se presentan ausencias no justificadas, se planteará el trabajo práctico que el docente asigne con el fin de contar con la correspondiente calificación si es una actividad verificable. Se exceptúan los casos de excusas justificadas y en este caso deberá ser concertado con el docente de la asignatura la presentación de los mismos en los tiempos establecidos y comunicados por correo/plataforma a los padres del estudiante.

• Cuando el estudiante de manera reiterativa (dos veces o más), se presente al colegio sin

los útiles escolares necesarios para la clase (libros, cuadernos, diccionarios y los artículos solicitados previamente por el docente para el desarrollo de las actividades en la clase).

• Si pasadas dos (2) citaciones, los padres no acuden al llamado escrito que hacen los docentes, las coordinaciones, la rectoría y las profesionales de apoyo de bienestar estudiantil; así como, la inasistencia a las reuniones de entrega de los informes parciales y boletines académicos y valorativos de sus hijos.

Parágrafo: Si firmado el respectivo compromiso, la ausencia persiste se aplicarán los procesos conforme al Pacto de Convivencia Escolar.

• Si el estudiante durante el año escolar presenta dificultades académicas (con una o más

asignaturas), de comportamiento (disciplina o convivencia), puntualidad (al inicio de las actividades académicas y actividades extracurriculares, inasistencias por retardos no justificados entre clases).

Nota: Con relación a la básica primaria, para todos los casos mencionados en este numeral y en cualquiera que amerite firma de compromiso, es necesaria la firma del padre o acudiente, el estudiante, docente, Coordinación Académica, Coordinación de Bienestar y Convivencia y de la Rectoría de la Institución, según el caso.

159

• Los acuerdos y compromisos son de estricto cumplimiento en el instante que firmen cada una de las partes.

• En caso de reincidencia por incumplimiento, es requisito indispensable la firma de matrícula con compromiso (firma de acta especial), para el año siguiente en el momento de la entrega del último boletín.

Sin excepción alguna, en todos los casos mencionados anteriormente donde se firme actas de compromiso y apoyo, deberá ser registrado en el observador del estudiante. Para los casos de niños de preescolar que persisten aun finalizando el año en sus necesidades educativas especiales, los padres firmarán compromisos académicos de nivelación y refuerzo. Para casos excepcionales se sugiere presentar una evaluación diagnóstica para identificar la evolución en los proceso de aprendizaje del educando.

7.6. PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL PROFESOR PARA LA PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES

Evaluar técnicamente las pruebas de evaluación y planear su asignatura. Las pruebas deben estar dirigidas a la consecución de los logros institucionales y del área. Deben formular pruebas acordes al desarrollo de competencias, razonamiento,

comunicación procesos de pensamiento y valores. Aplicar pruebas diagnósticas en el tiempo establecido. Registro de resultados de los logros en la plataforma (primaria) y en la planilla (preescolar). Entrega de planillas a coordinación en la fecha fijada en el cronograma (preescolar) y

cierre de notas en el sistema (exportación de planilla en formato PDF/Archivo digital). Informar a la comisión de promoción y evaluación y a coordinación académica, en el

momento de entrega de planillas o archivo digital, los nombres de los estudiantes que presentaron dificultades durante el periodo académico las actividades, que se le sugirieron y los resultados obtenidos.

Elaborar el plan de recuperación para los estudiantes que presenten dificultades y entregarlo a la coordinación académica; con los informes de mitad de periodo (actividades de refuerzo) y al final del periodo (actividades de recuperación).

Las comisiones analizarán a los estudiantes -casos excepcionales- y desempeño Superior, con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Esto se realizará una vez finalice primer periodo académico.

Las decisiones, observaciones y recomendaciones se consignarán en actas y esta constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos.

7.6.1. PROMOCIÓN DEL EDUCANDO

160

1. En los grados de preescolar, todos los estudiantes aprobarán el año y se tendrá en cuenta la descripción cualitativa/descriptiva emitida por el docente, de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en el presente documento.

2. Para la básica primaria, la institución determina que el estudiante es promovido cuando:

• Ha alcanzado el nivel Superior o Alto en todas las asignaturas. • Estudiantes que hayan alcanzado el nivel de desempeño Básico en todas las

asignaturas. • Ha alcanzado como mínimo el nivel de desempeño Bajo en máximo dos asignaturas;

siempre que no sean dos asignaturas en que se haya obtenido este mismo resultado (Bajo) el año anterior consecutivos.

Cuando analizado los diferentes casos especiales de los estudiantes y bajo diagnósticos médicos (de especialistas externos), la comisión de evaluación establece el proceso educativo de un estudiante bajo flexibilidad curricular, (Política de Inclusión Educativa Institucional, Decreto 361 de 1997), éste aspecto debe ser comunicado a los padres con citación formal una vez se tome la decisión y enunciado en el quinto boletín.

7.6.2. ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS

Al finalizar el año, el consejo académico previa verificación de la comisión de evaluación, examinará qué estudiantes deben repetir un grado determinado. Se considera para la repetición de un grado los siguientes casos: 1. Los niños de preescolar no reprobarán el año: Cada docente hará un registro cualitativo,

más no cuantitativo del proceso de desempeño de cada estudiante, con el fin de dar a conocer sus habilidades y aptitudes. Esto requiere mayor compromiso por parte de la familia, pues se requiere su acompañamiento en cada uno de los procesos de maduración de su hijo (a).

2. Para la básica primaria se tendrá en cuenta al finalizar el año académico el consolidado

de los cuatro periodos (los cuales tienen la misma valoración en el proceso de evaluación del año escolar) y no serán promovidos los estudiantes con algunas de las siguientes situaciones:

• Estudiante que haya obtenido desempeño Bajo en tres o más asignaturas en el boletín

promocional (Quinto boletín).

• Estudiante que haya obtenido desempeño Bajo en las mismas asignaturas durante dos años consecutivos. (Mínimo dos asignaturas).

Nota:

161

• Se considera pérdida del año, cuando el estudiante tenga el 20% de inasistencia injustificada durante el año escolar.

• Cuando las excusas presentadas no sean evidentemente válidas (Pacto de convivencia

Escolar), será analizada por el consejo académico quien determinará si es aceptada o no.

Parágrafo: 1. Los padres de familia deben presentar la excusa médica o por calamidad doméstica por

escrito, el mismo día del evento o por tarde, dos (2) días hábiles después de la inasistencia, ante la coordinación académica. Solamente después de la presentación de los respectivos soportes, la coordinación autorizará a los docentes para recibir pendientes académicos o aplicar pruebas generadas durante la ausencia del estudiante, así como las explicaciones y plan de contingencia.

2. En caso se ausencia por situaciones familiares particulares (viajes, vacaciones, entre otros), es responsabilidad de los padres/acudientes que el estudiante se ponga al día en las actividades académicas que se generen durante su ausencia. Una vez retorne a la institución y desde el mismo día, el estudiante debe presentar sus trabajos, tareas, evaluaciones y los pendientes, en cada una de las asignaturas, de acuerdo al horario de clases. Por ningún motivo habrán tiempos de espera o reprogramación de fechas ante esta situación, la no presentación de estas responsabilidades académicas implica juicios de desempeño bajo.

7.6.3. PROMOCIÓN ANTICIPADA Se entiende por promoción anticipada al proceso por el cual un estudiante accede al grado siguiente por demostrar suficiencias en las competencias requeridas en el nivel en el cual está matriculado que le permiten acceder al siguiente grado. Los estudiantes que demuestren constantemente un desempeño en sus competencias que superan las expectativas para el grado serán propuestos por los docentes ante la comisión de evaluación y el consejo académico y directivo para la promoción anticipada, se informará a los padres de familia la decisión para que consideren si la aceptan o no. Para ello se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

• La intención de promoción debe ser solicitada por los docentes ante la comisión de evaluación, se llevará para aprobación del consejo académico y directivo. Si un padre es el solicitante, se deberá realizar todo el proceso de análisis ante las instancias mencionadas en el anterior ítem.

• Si un estudiante reprueba el año escolar y en el primer periodo del año siguiente demuestra, mediante las actividades programadas de evaluación y verificación, que superó las dificultades que impidieron su promoción, será promovido al grado siguiente a partir del segundo periodo. Siendo así, el educando deberá realizar un proceso de

162

nivelación en los indicadores de desempeño evaluados durante el primer periodo del grado al que fue promovido.

• La solicitud será analizada en comisión de evaluación la cual se reunirá una vez

termine el primer periodo académico. A dicha comisión se debe presentar el folio completo del estudiante, el cual incluye además de los elementos mencionados anteriormente, el concepto del psicólogo de la institución donde se pueda evidenciar capacidad de adaptación y madurez emocional del estudiante para ser promovido.

• Los casos analizados y el respectivo concepto de la comisión de evaluación serán

presentados ante el consejo académico. Este organismo, emitirá un concepto el cual debe responder al cumplimiento del proceso establecido, de las competencias básicas del estudiante y los estándares establecidos de cada nivel o grado.

• La aprobación de la solicitud de promoción anticipada será dada a conocer al consejo

directivo levantando acta. Posteriormente se informarán los resultados del proceso a los padres de familia y/o acudiente.

• Es requisito fundamental para la promoción cumplir con el 100% de la asistencia del

primer periodo académico del año lectivo, o el 80% cuando exista excusa justificada.

• Para la contabilización de las fallas del estudiante, debe tenerse en cuenta que los retardos no justificados se constituyen en fallas.

• Es deber del padre de familia o acudiente del Estudiante que haya sido promovido,

realizar acompañamiento y seguimiento continuo del proceso de formación integral, aún después de haberse aceptado o denegado la promoción anticipada.

7.6.4. ESTUDIANTES CON SITUACIONES ACADÉMICAS PENDIENTES La comisión de evaluación y si es necesario, el consejo académico sesionará para todos los grados de la institución y podrá negar o aprobar cupos en los casos de estudiantes nuevos:

1. Si tiene el año aprobado en el boletín promocional pero obtuvo un nivel de desempeño Bajo o su equivalente en dos o más asignaturas, no será aceptado, para el siguiente grado. Se le recomendará a la familia la repetición del año en cuestión.

2. En caso de que el estudiante se presente con una sola asignatura pérdida:

• La institución evaluará el desempeño académico-comportamental del estudiante,

teniendo en cuenta los resultados del último boletín del colegio anterior y el informe de los indicadores de desempeños en el Saber ser (actitudes, comportamiento, responsabilidades...), saber –saber-pensar y saber hacer y tiene la potestad para aceptar o no su ingreso.

163

• La coordinación académica cita a los padres de familia para presentar el informe,

concertar y sugerir las estrategias que se utilizarán para fortalecer destrezas y habilidades en sus procesos académicos.

• A los estudiantes que persistan en las dificultades para el alcance de los logros o

desempeños, los padres deberán incluirlos en el proceso de nivelación necesario de la asignatura donde presenten dificultades y/o certificar el acompañamiento en casa de una persona especializada en el área de dificultad.

• La institución hará registro del proceso de seguimiento realizado con el estudiante

en el observador.

7.6.5. ESTÍMULOS Los estudiantes que demuestren y tengan habilidades en una o más asignaturas, serán incentivados y tenidos en cuenta para participar y representar al colegio en eventos externos. Así como los reconocimientos mencionados en el Pacto de Convivencia. El estudiante que demuestre un desempeño Superior en todos los indicadores de desempeño planteados para el periodo, en una o varias de las asignaturas básicas, será exonerado de presentar la evaluación de síntesis de dicha signatura. Esto como reconocimiento a su laboriosidad, responsabilidad y constancia.

7.7. SISTEMA DE EVALUACIÓN DE PREESCOLAR La Institución con base en las políticas emanadas del Ministerio de Educación y a los referentes técnicos para la educación inicial en el marco de la atención integral establece y formula el plan general de evaluación y promoción, instrumento necesario para el desarrollo de proceso de evaluación y promoción de educandos, el cual hace parte integral del plan de estudios para la construcción de PEI.

7.7.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El seguimiento al desarrollo integral de las niñas y niños en educación inicial, para los grados de caminadores, párvulos, pre- jardín y jardín será de tipo cualitativo, implicará una descripción de los avances de los propios procesos de desarrollo de cada estudiante sin escala de valoración.

Para el grado de transición, será de tipo cualitativo e implicará una descripción de los avances en los logros, de acuerdo a las aptitudes y habilidades de cada estudiante.

El niño o niña que ha logrado Satisfactoriamente el nivel de desarrollo de los procesos acordes a los

164

APRENDIZAJE CONSTRUIDO(AC) lineamientos curriculares y criterios del proyecto educativo institucional en sus diferentes dimensiones.

APRENDIZAJE EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN (APC)

El niño o niña que ha logrado progresos básicos en el nivel de desarrollo de sus diferentes dimensiones, acorde a los lineamientos curriculares y criterios del proyecto educativo institucional.

NECESIDAD DE REFUERZO (NR)

Niño o Niña que requiere apoyo especializado y pedagógico adicional al ofrecido por la institución así como acompañamiento permanente del núcleo familiar.

La anterior escala se aplicará para los grados de jardín y transición en cada uno de los periodos académicos, así el informe para padres de familia será expresado con indicadores de desempeño.

7.7.2. SEGUIMIENTO AL DESARROLLO INTEGRAL

Los niños de educación preescolar que presenten algunas necesidades especiales de acompañamiento, podrán ingresar al programa de PAP (Programa de apoyo pedagógico), que ofrece la institución sin costo alguno en la jornada contraria y de acuerdo al cronograma establecido por la institución.

Así mismo en comisión de evaluación de cada periodo, se determinarán los casos especiales que serán atendidos por los servicios de psicología y Neuropsicopedagoga de ser necesario.

El manejo de casos de estudiantes con necesidades educativas especiales está contemplado en las políticas de inclusión que maneja la institución.

En el transcurso de cada periodo se citan a los padres para darles a conocer los avances o debilidades que presenta el niño o niña en su proceso escolar.

7.7.3. MARCO LEGAL

Decreto 2247 1997, Art 10 Documento No. 25 Seguimiento al desarrollo integral de las niñas y los niños en

la educación inicial.

165

7.7.4. ESTÍMULOS Los estudiantes que demuestren tener mayor habilidad en una o más asignaturas, serán incentivados y tenidos en cuenta para participar y representar al colegio en eventos externos, previo análisis de las directivas y docentes sobre el cumplimiento de criterios por parte de los estudiantes de acuerdo a la actividad específica.

8. PAUTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO JORNADA TIEMPO COMPLETO

NORMAS APLICABLES

8.1. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN

A NIVEL PEDAGÓGICO

• Organizar un horario, que permita a los niños-as, disfrutar del descanso, de la realización de actividades lúdico-recreativas y de momentos de juego libre.

• Planificar actividades con objetivos definidos que favorezcan el desarrollo integral de los estudiantes: socialización, desarrollo de la expresión en sus diferentes manifestaciones, procesos de pensamiento, desarrollo volitivo, psicomotricidad, rutinas de higiene, entre otros.

• Durante el primer trimestre se hará proceso diagnóstico para identificar estados de salud, desarrollo y crecimiento de niño sano, adaptación al sistema escolar, posibles problemas de salud dental, visual, auditiva, y emocional que serán reportadas a los padres para iniciar los procesos pertinentes al caso y del cual asumirán las recomendaciones del docente y/o psicólogo de la institución. Los resultados de este reconocimiento serán consignados en cada caso en la ficha de seguimiento como es el observador del alumno. Es importante

• Favorecer el uso de diferentes materiales pedagógicos que permitan la interacción con material concreto y didáctico.

• Ofrecer un trato amable, respetuoso y cariñoso que brinde seguridad y confianza.

• Acompañar los momentos de consumo de alimentos (descanso y almuerzo) para incentivar la sana alimentación.

• Cuando se observen indicios de enfermedad en un niño durante su permanencia en la institución, será inmediatamente comunicado a los padres o acudientes para que tomen las medidas necesarias del cuidado de su hijo e hija.

166

8.2. CUIDADOS EN GENERAL

• Las docentes acompañarán los momentos de toma de lonchera y almuerzo de los estudiantes velando por el consumo de los mismos. Estos o son enviados de la casa por los padres o contratados por los padres con el proveedor que atiende la cafetería del colegio.

• El colegio realiza seguimiento periódico a la prestación del servicio del proveedor de alimentos y auditoria de segunda parte para verificar el cumplimiento de los procesos que les aplican en materia de manipulación y preparación de alimentos.

• Se dispondrá de material didáctico y de juego adecuado en su estado y elaboración para los fines pedagógicos para lo cual fueron adquiridos.

• El agua disponible en los dispensadores de uso de los niños reunirá las debidas condiciones de potabilidad requeridas.

• Las aulas y espacios para la realización de las actividades planificadas por las docentes y otras actividades lúdicas, estarán provistos de, iluminación, ventilación, colchonetas, mesas y sillas adecuadas a las edades de los estudiantes. Los Baños y lavamanos también son acordes a la edad, al igual que los recursos didácticos disponible.

• El personal de la institución no puede suministrar medicamentos a los niños, por lo que las solicitudes en este aspecto serán analizadas particularmente. Solo se podrán suministrar medicamentos a estudiantes cuando los padres de familia hayan hecho la solicitud formalmente por escrito a la coordinadora académica de preescolar y presentando la fórmula médica.

• En el caso de enfermedad se informará a los padres para que lo retiren de la institución.

• Dependiendo la situación la institución cuenta con el servicio de AME. • El padre de familia debe registrar y dar a conocer los datos de la persona que

acudirá a la institución en el momento de la salida del niño o niña. En caso de imprevistos debe avisar oportunamente por escrito o telefónicamente el cambio de acudiente o familiar que se encargará de recoger al niño en la institución el cual debe presentar su cédula en el momento de la entrega del niño para corroborar la información suministrada por el acudiente.

8.3. ALIMENTACIÓN

La jornada de tiempo completo servirá para la promoción de hábitos saludables en los niños y fomento de una adecuada alimentación a fin de evitar déficit nutritivos generales.

167

Para tal efecto el Gimnasio Pedagógico Comfenalco, mediante el personal competente a su servicio, podrá:

• Hacer el seguimiento permanente al proveedor que proporciona los alimentos a los niños que toman este servicio para verificar que el menú cumpla con los criterios de calidad, cantidad y preparación requerida. El menú o minutas son creadas por la nutricionista de la empresa proveedora y serán analizadas por la rectora o coordinadora de convivencia. El personal docente asignado se encarga de revisar que las minutas se estén cumpliendo conforme a la oferta.

• Acompañar y motivar al niño para el consumo diario de los alimentos descritos en el menú incentivando la alimentación saludable.

• Informar a los padres en caso de que el estudiante no esté consumiendo los alimentos para que contribuyan a la adquisición de hábitos sanos de alimentación.

8.4. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

• Cancelar oportunamente los pagos de pensión y que por otros conceptos estipule la institución.

• Será requisito indispensable para el ingreso y permanencia de los niños en el SERVICIO TIEMPO COMPLETO:

Presentar el certificado médico del estudiante en el que se haga constar: Que no padecen enfermedades transmisibles, y que están inmunizados en el momento del ingreso con las vacunas propias de su edad. Este certificado deberá quedar archivado en la secretaría del Gimnasio para consulta del personal de Bienestar cuando se requiera. Cuando un niño se ausente temporalmente de la institución, a causa de padecimiento de una enfermedad, en el momento de su reincorporación deberá comprobar que ha superado su crisis o, en su defecto, presentar certificación médica, de su curación clínica o de su situación infecto-contagiosa si fue el caso (viruela, sarampión, alergias etc.).

• Cumplir con los horarios de llegada y salida de los niños estipulados por la institución. Pasada la hora de entrega de los niños, estos quedarán a cargo del vigilante de turno, dado que después de esta hora no hay personal docente a cargo de los mismos.

• Es responsabilidad de la familia organizar sus actividades personales para cumplir con la hora de recoger a su hijo para llevarlo a casa. De no lograrlo deberá solicitar el servicio de transporte para su hijo.

168

• Responder notas y firmar las circulares y recomendaciones que se envían en el cuaderno comunicador con el fin de establecer acuerdos de información oportuna.

• Atender a las recomendaciones de la docente en caso de niños que presenten comportamientos inadecuados, dialogando y colaborando en el proceso para prevenir accidentes, y maltrato entre los niños y niñas en el proceso de adaptación.

• Devolver a la institución, al día siguiente, el cuaderno o carpeta de informe sobre alimentación diaria

• En caso de no cumplir con estos acuerdos se establecerá compromiso con los padres quienes firmarán y se comprometerán a su cumplimiento en tiempos establecidos por la institución. De lo contrario se tomarán medidas como suspensión del servicio y el estudiante permanecerá en la institución en la jornada escolar (AM o PM).

8.5. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

• Recibir información clara y oportuna por parte de institución y el personal a cargo del servicio, respecto a las reglas, servicios, horarios y capacidades del personal de la institución

• A que sus hijos reciban un servicio atento, seguro, higiénico y de calidad. • A que sus hijos reciban supervisión y cuidado en todo momento mientras

permanezcan en la institución • Que sus hijos sólo sean entregados a las personas previamente autorizadas por

ellos. • Que la institución cuente con instalaciones adecuadas y seguras para los niños • A conocer el comportamiento de los niños en el colegio durante la jornada

escolar de manera que puedan apoyar el proceso con normas y hábitos de: aseo, sueño, y disciplina y alimentación.

• A cumplir con las Reglas establecidas por la institución sobre horarios, alimentos e higiene, u otras que se consideren necesarias para el adecuado cuidado y atención de los niños

8.6. MOTIVOS DE CANCELACIÓN DEL SERVICIO

• Estudiantes que durante la etapa de adaptación al colegio muestren señales como llorar continuamente, no consumir sus alimentos, a pesar de las diferentes estrategias de manejo de docentes y personal de bienestar.

169

• Falta de compromiso de los padres, evidenciándose no demostrar actitud de cambio ante las sugerencias ofrecidas.

• Demora, por parte del padre o acudiente, en retirar al niño de la institución una vez terminada la jornada.

• Niños cuyo comportamiento vulnere los derechos de los demás al afectar física o psicológicamente a los compañeros y que no haya respondido a las estrategias aplicadas por la institución para alcanzar su integración al grupo bajo parámetros de sana convivencia.

• Niños que presenten enfermedad a repetición. Es necesario priorizar la atención a la necesidad de salud presentada por el estudiante cuando su condición lo ha llevado a faltar durante tiempo prolongado (semanas).

• Incumplimiento oportuno en el pago de la pensión por mora a 30 días • Negación de apoyo especializado adicional al que se remita a los niños o padres

para la superación de debilidades.

9. REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN ARTÍSTICO CULTURAL Y DEPORTIVO (SEMILLEROS)

De acuerdo con los lineamientos establecidos en el marco de la Ley 115 de 1994, y dando cumplimiento a los fines de la educación, donde para el Gimnasio Pedagógico Comfenalco exaltamos a partir de estos grupos artísticos, culturales y deportivos.

• “El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

• La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber.

• El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

• La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como su valoración como fundamento del desarrollo individual y social.

• La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización del tiempo libre.

170

• Además de la promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo”.

Y conforme a los aspectos de la misma Ley, planteamos el presente Reglamento Interno:

CAPÍTULO I

DE LOS FINES Y ALCANCES

Artículo 1. El presente Reglamento Interno establece normas genéricas de comportamiento, compromiso y responsabilidad que deben desarrollar todos los miembros de los grupos del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, con la finalidad de mantener y fomentar la comprensión y unión entre todos, salvaguardando el orden institucional y disciplinario.

Artículo 2. Todo miembro de los grupos debe conocer el contenido del presente Reglamento y darle cumplimiento.

Artículo 3. El presente Reglamento es un instrumento normativo de acuerdo con las disposiciones previstas en el Manual de Convivencia de la Institución; puede ser modificado cuando así lo exija el desarrollo, las necesidades y los intereses de los Semilleros.

CAPÍTULO II

DE LOS RESPONSABLES DEL DESARROLLO Y DISCIPLINA

Artículo 4. Los docentes responsables de cada grupo deben velar por el cumplimiento del presente Reglamento; así como de salvaguardar el orden institucional y disciplinario durante los ensayos y presentaciones, dentro y fuera de la Institución.

Parágrafo: El incumplimiento de carácter disciplinario por parte del estudiante durante ensayos y presentaciones, dentro y fuera de la Institución, aplica al desarrollo de llamados de atención y debido proceso, conforme lo estipula el Pacto de Convivencia con relación a las faltas.

171

Artículo 5. Son funciones del docente responsable del grupo:

a. Plantear y desarrollar un horizonte claro de las actividades anuales estipuladas por el semillero y acordes con la filosofía institucional y de la Caja.

b. Velar por la buena marcha, organización, orden institucional y disciplinario en las prácticas y presentaciones, dentro y fuera de la Institución.

c. Reportar los actos de indisciplina e incumplimiento a la coordinadora de convivencia y bienestar y a los padres de familia mediante atención a padres.

d. Comunicar fechas, eventos, jornadas especiales y actividades a la coordinadora de convivencia y bienestar, para que se emitan los respectivos oficios a los padres o acudientes.

e. Informar personalmente a los padres de familia del incumplimiento de los deberes del estudiante en el semillero y la decisión de suspensión del mismo, previo análisis con la coordinadora de convivencia y bienestar.

Parágrafo: En ningún caso, el docente (maestro o entrenador) del semillero emitirá comunicados a título personal (verbal o escrito); ni realizará marketing de actividades o empresas ajenas a Comfenalco.

CAPÍTULO III

DE LA RESPONSABILIDAD DE ASISTENCIA Y CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 6. El Gimnasio Pedagógico Comfenalco deberá ser apoyo en todas y cada una de las dificultades que se presenten durante todo el proceso de los grupos.

Artículo 7. La Institución es un medio dinamizador y culturizado que exalta los beneficios que presta el pertenecer a los grupos, toda vez que representa una gran oportunidad para los estudiantes que le permitirán profundizar de manera objetiva sus talentos y proyecciones a partir de la dinamización de sus habilidades y destrezas.

Artículo 8. La Institución planea y apoya los aspectos logísticos para el desarrollo de las actividades de ensayos y presentaciones.

Artículo 9. El colegio puede designar un docente de la misma institución como reemplazo en caso fortuito de que la persona que dirige el grupo haya sufrido algún percance y no pueda presentarse a la clase.

172

Parágrafo: Los horarios establecidos para trabajos de los semilleros obedecen a una planeación anual, teniendo como referencia objetivos y alcances planteados a partir de las áreas que los lideran; así mismo, el marco de referencia y soporte teórico son los macro proyectos.

CAPÍTULO IV

DE LA RESPONSABILIDAD DE ASISTENCIA Y CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS PADRES

Artículo 10. El padre de familia o acudiente es responsable de la autorización para que el estudiante pertenezca al semillero al que se le sugiere pertenecer con base en su talento.

Artículo 11. El padre de familia o acudiente se comprometerá a cumplir con todas las pautas inscritas en el reglamento interno.

Artículo 12. El padre de familia o acudiente deberá comprometerse a asistir a todas las reuniones del grupo; y aportará, participará y apoyará este proyecto. Aquellos que no asistan deberán asumir las decisiones tomadas en dicha reunión por mayoría de común acuerdo con los docentes y directivos de la Institución

Artículo 13. El padre de familia o acudiente deberá brindar el apoyo necesario con relación al transporte, uniformes, alimentación, vestuario y demás recursos para el desarrollo y desempeño óptimo del estudiante en los ensayos y presentaciones del grupo.

Parágrafo: El padre que tiene convenio de transporte y alimentación con los proveedores adscritos a la Institución deben informar con antelación a la secretaría, para ser referenciado en los comunicados. De lo contrario, deberán informar la manera en que se suplirá estos aspectos para los estudiantes, de tal forma que no se generen traumatismos por la ausencia de la información.

Artículo 14. El padre de familia o acudiente se compromete a enviar copia de carnés de salud: “EPS o Seguro Médico Estudiantil” (cuando se requiera), y verificar que su hijo (o hija) siempre porte los documentos necesarios en los entrenamientos o presentaciones (dentro y fuera de la Institución).

173

Artículo 15. El padre de familia o acudiente se compromete a contribuir de manera libre, voluntaria y responsable con pagos de inscripción (cuando se requiera), para la participación del estudiante en eventos externos.

Artículo 16. El padre de familia o acudiente es responsable del cumplimiento del horario de entrada y salida de los estudiantes. Si la llegada tarde por parte del acudiente a recoger al estudiante es repetitiva (tres veces), la institución puede suspender su asistencia al programa por el incumplimiento en la organización institucional o y recomendará a los padres optar por la solicitud del servicio de transporte.

Artículo 17. El padre de familia o acudiente es responsable de pagar la única cuota que se cobra el mismo mes en que se inicia el servicio.

CAPÍTULO V

DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 18. Ingreso a los grupos: Los estudiantes ingresarán a los grupos voluntariamente hasta que se completen los cupos, los cuales son limitados. Los acudientes diligencian el formato de inscripción autorizando la participación del estudiante que será enviado por secretaría de la institución junto con el polígrafo de pago.

Parágrafo 1: Generalidades de la prestación del servicio:

• Tiempo máximo para la inscripción: hasta que se complete el cupo teniendo en cuenta la definición de fecha final.

• Se cobrará la prestación del servicio por el hecho de haber firmado la autorización y/o haber participado a dos clases.

• Sin importar la fecha de ingreso del estudiante al semillero, se pagará completa la única cuota que se cobra.

• Se iniciarán las clases cuando se haya completado el cupo mínimo del semillero. Cantidad máxima de estudiantes por semillero: informática: 28, microfútbol: 30; Tenis: 12, Porrismo: 40 en cada categoría, Coros: 30, danzas: 30 en cada nivel, banda: 50.

• Los docentes trabajarán en cada semillero fomentando valores como la persistencia, el compromiso y la calidad, y procurando la continuidad de los niños en el semillero, con el fin de lograr un mejor desempeño en las habilidades específicas del grupo al que se pertenece.

174

• Se aceptará cambio de semillero siempre y cuando el cupo lo permita. No es aconsejable que los niños estén cambiando de decisión constantemente, pues no se llevarían a cabo procesos formativos que permitan desarrollar competencias; por ello, el cambio de semillero debe ser informado por los padres a la Coordinadora de Convivencia y Bienestar para evaluar los motivos de la solicitud y si es posible el cambio. Es necesario tener en cuenta que para la participación en presentaciones, los estudiantes deben haber alcanzado el nivel de competencias necesario y esto se obtiene en la medida que se practique y desarrollen las habilidades de manera constante.

• Cuando la familia decide retirar al estudiante del semillero debe dirigir una carta dirigida a la coordinadora de convivencia especificando los motivos de su retiro.

• Cuando un estudiante se retira del semillero no será devuelto el valor cancelado. • El estudiante puede estar en dos grupos a la vez dependiendo de los horarios de

los mismos, y es responsabilidad de los acudientes velar porque el rendimiento académico del estudiante no se vea afectado. Se deben pagar los dos semilleros por separado.

Parágrafo 2: Las evaluaciones, tareas y trabajos asignados no serán pospuestos para los estudiantes que participen en cualquier grupo.

Parágrafo 3: Es responsabilidad de la familia llevar el seguimiento del rendimiento académico del estudiante, sin embargo, la institución puede sugerir a los acudientes el análisis de la situación para verificar si la participación en estos grupos podría estar afectando los resultados académicos.

• El estudiante no podrá iniciar ni asistir a los ensayos o entrenamientos del grupo hasta que no se evidencie el único pago.

Artículo 19. Los padres deberán firmar un compromiso de asistencia del estudiante y apoyo familiar al proceso formativo de su hijo en el semillero. En caso de la negativa a este trámite se asumirá la no participación en el grupo.

CAPÍTULO VI

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Artículo 20. Son derechos de los integrantes de los Grupos:

a. Un descanso en el intermedio de los ensayos y prácticas del grupo, proporcional al tiempo de duración de la jornada total (15-20 minutos).

175

b. Ser informado oportunamente del cronograma de actividades del grupo. c. Ser escuchados y tener en cuenta las solicitudes y las sugerencias respetuosas

que se presenten para el buen desarrollo de las actividades y la convivencia armónica entre los miembros, incluido el docente.

d. Conocer previamente los reglamentos de las competencias en que participarán. e. Gozar de los espacios pertinentes y necesarios para el desarrollo de las

actividades de entrenamiento. f. Tener como líder un docente (maestro o entrenador) idóneo en las áreas de

especialidad del semillero. g. Tener claridad frente al horizonte y fines de los grupos; incentivo de sus

competencias, fortalecimiento de habilidades y destrezas individuales y colectivas.

Artículo 21. Son deberes de los integrantes de los Grupos:

a. Cumplir con las disposiciones disciplinarias dentro y fuera de la Institución, estipuladas en el presente reglamento y el Pacto de Convivencia.

b. Acatar y desarrollar las actividades dirigidas por el docente a cargo del grupo. c. Desarrollar actividades individuales y colectivas que fortalezcan los niveles de

desempeño y competitividad. d. Mantener una presentación personal adecuada en ensayos y presentaciones,

dentro y fuera de la Institución. e. Portar con dignidad, respeto, de manera completa y pulcra los uniformes o

trajes (cuando se requieran) en las presentaciones institucionales. f. Responsabilizarse de sus propios elementos durante los entrenamientos y

presentaciones. g. No está permitido portar objetos de valor tales como dinero, joyas, relojes.

elementos electrónicos, etc., durante los entrenamientos o eventos. h. Rendir satisfactoriamente tanto académica como disciplinariamente. i. Informar al docente (o entrenador) sobre su estado de salud previo al

entrenamiento, evento o presentación. j. Participar activamente en las actividades propuestas por el grupo.

CAPÍTULO VII

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Artículo 22. Cuando el integrante del grupo o semillero haya faltado dos veces consecutivas a los ensayos sin haber presentado justificaciones por escrito, será citado

176

el estudiante junto con su padre de familia o acudiente, para realizar un compromiso de asistencia y permanencia.

Dichas justificaciones deben entregarse el mismo día de reintegro al semillero. Son consideradas excusas válidas las relacionadas con enfermedad o calamidad.

Artículo 23. Será excluido del grupo o semillero el estudiante que presente tres (3) ausencias consecutivas a los ensayos, sin alguna justificación presentada por escrito; dentro de las cuales se contemplan: Enfermedad, tratamiento, viaje por fuerza mayor, entre otros. Una vez presentada la justificación podrá continuar en el grupo. Otra causal de retiro obedece al incumplimiento de los acudientes en el horario de recoger a los estudiantes para llevarlos a su casa por tres veces.

La situación será evaluada por el docente, la coordinadora de convivencia y bienestar y la rectora de la institución. Si se toma la decisión de exclusión del semillero ésta será informada a los acudientes por la Coordinadora de Convivencia y Bienestar.

Parágrafo 1: El incumplimiento del reglamento, la falta de responsabilidad y respeto necesaria para asumir el trabajo en equipo, la participación y la disciplina, amerita la suspensión en el ensayo y/o la participación de eventos hasta cuando se evidencie el cumplimiento de los requisitos.

Parágrafo 2: La inasistencia a presentaciones del grupo por parte de los estudiantes será motivo de exclusión inmediata; salvo si dicha inasistencia ha sido justificada por escrito con los soportes necesarios (carta del acudiente, remisión médica, etc.).

El estudiante no podrá ingresar durante el año en curso.

Artículo 24. Los constantes retrasos -tres (3) o más- a la hora de llegada y salida de los ensayos será motivo de exclusión del estudiante del grupo al que pertenezca.

El estudiante no podrá reingresar durante el año en curso.

Artículo 25. La reincidencia en su comportamiento inadecuado, según los protocolos de atención integral de la institución o de normas disciplinarias.

Artículo 26. Cuando el estudiante obtenga como juicio valorativo bajo en dos asignaturas, se llevará el caso al consejo académico para que realice el análisis del caso y se analice la posibilidad de retiro del estudiante del grupo o semillero o establecer el plan de mejoramiento tomando como base la habilidad del niño, el gusto por la disciplina a la que pertenece para motivar la superación de la necesidad académica.

177

CAPÍTULO VIII

DE LOS MÉRITOS Y HONORES

Artículo 27. Los grupos participarán en festivales o competencias deportivas, muestras, concursos culturales escolares y locales de danza, teatro y música, cuando los docentes instructores consideren que tienen el nivel artístico esperado para participar en el evento. La rectora con el apoyo de la Subdirectora de Educación y Cultura podrá decidir la participación del semillero en actividades a nivel nacional previo análisis de situaciones que pudieran afectar el bienestar o la seguridad de los estudiantes.

Parágrafo 1: Por ningún motivo los estudiantes podrán participar en actividades nacionales sin el aval de la Rectora de la institución o de la Subdirectora de Educación y Cultura, si necesitan utilizar el nombre de la institución, aunque para ello sus padres asuman todos los gastos de transporte, alimentación, estadía entre otros. Sin el aval de la Rectora o de la Subdirectora de Educación y Cultura de Comfenalco Santander, por ningún motivo se podrá utilizar el logo de Comfenalco Santander como distintivo en las participaciones que realicen los grupos.

Artículo 28. El grupo podrá participar en la gran actividad de la institución educativa, (Festival Artístico y Cultural); así como, en actividades de carácter cultural que ayuden a la construcción de la cultura ciudadana, entre otros.

Artículo 29. Los estudiantes que pertenecen y permanecen durante todo el año al grupo y han mostrado responsabilidad y compromiso con el grupo, podrán recibir motivaciones como salidas, premiaciones, reconocimientos públicos, entre otros.

Artículo 30. Los grupos representarán a la Institución en los eventos importantes y en a los que ameriten de acuerdo a su nivel de competencia.

CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS

Artículo 31. La Institución y los padres de familia (cada uno desde su competencia ) serán constantes colaboradores y muy oportunos en cuanto al suministro de recursos

178

que se necesiten dentro de los proyectos e innovaciones para el óptimo desarrollo de los grupos que pertenecen al programa de formación artístico, cultural y deportivo.

Artículo 32. Cualquier caso no contemplado en el presente Reglamento será resuelto por las Directivas del Gimnasio Pedagógico Comfenalco (Educación Formal).

Artículo 33. El presente Reglamento será de carácter público y se colectivizará cada año al inicio de las actividades de los grupos artísticos, culturales y deportivos.

10. POLÍTICAS DEL SERVICIO DEL GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

Políticas de Educación Formal

Fecha: 23 de agosto de 2017

Subproceso al que pertenece: Educación Formal

10.1. Objetivo Establecer las directrices y guías de acción que rigen la prestación del servicio del Gimnasio Pedagógico Comfenalco que permiten la unidad de criterios en los procesos.

10.2. Alcance • Aplica a los servicios de Educación preescolar de Bucaramanga, San Gil,

Socorro y Barbosa y básica primaria ofrecidos en Bucaramanga.

NOTA: Para la prestación del servicio de educación informal en las sedes del Gimnasio Pedagógico Comfenalco aplican las políticas de educación para el trabajo y el desarrollo humano.

• Con el fin de facilitar la gestión sobre las decisiones que tengan que tomarse sobre este servicio en las sedes del Gimnasio Pedagógico Comfenalco estas podrán ser autorizadas por la Rectora del Gimnasio Pedagógico Comfenalco.

10.3. Descripción

10.3.1. MATRÍCULAS a. En la fecha de inicio de clase el estudiante debe tener pago los derechos de matrícula y

otros costos educativos. Además firmada la hoja de matrícula. Ningún estudiante puede

179

iniciar el año escolar sin el cumplimiento de este requisito. b. Para realizar la matrícula en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco los padres de familia se deben encontrar a paz y salvo por todo concepto, por los servicios recibidos en el Gimnasio Pedagógico Comfenalco el año anterior. c. Después de la fecha de pago ordinaria, la se considera la matrícula extemporánea tiene un incremento del 20% sobre el valor de la matrícula. * Los costos educativos cambian cada año,; su valor depende de la resolución emanada por del Ministerio de Educación Nacional y son autorizados por la Secretaría de Educación Municipal para el caso de la sede de Bucaramanga, y por la Secretaria de Educación Departamental, para el caso de las sedes de San Gil, Socorro y Barbosa. d. En la básica primaria los padres pagan en dos cuotas el costo de los libros de los niños directamente a la editorial. Si el estudiante ingresa a estudiar en el segundo semestre paga el 70% del costo de estos libros. Si el estudiante se retira después del mes de julio debe pagar el valor completo correspondiente a los libros pues ya se han solicitado con anterioridad.

10.3.2. CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y DEVOLUCIONES

Toda solicitud de cancelación de contrato de prestación de servicios debe pasarse por escrito a la rectora del Gimnasio Pedagógico Comfenalco. Para evitar el pago de pensión la solicitud de terminación de contrato se debe radicar antes de iniciar el mes siguiente. La solicitud de devolución deberá pasar por escrito y firmado por la persona que firmó el contrato y el pagaré. - El valor de los costos educativos se devolverá en los siguientes casos: a. Antes de iniciar el ciclo del año escolar, con el descuento del 10% por gastos de administración. b. Una vez iniciado el ciclo escolar se acepta la devolución de dinero solo de otros costos educativos hasta el mes de febrero. No se hace devolución del valor de la matrícula y de la pensión después de iniciar el año escolar. Para la devolución de otros costos educativos, diferentes a la pensión y a la matrícula, se descontarán los servicios que se hayan ejecutado al momento del retiro del estudiante, y se hará el cálculo de ejecución de los demás costos educativos para la devolución del saldo por ejecutar.

180

c. No se hace devolución de dinero sobre servicios tomados en años anteriores. d. Para los casos de padres que hayan cancelado la totalidad de las pensiones del año o pensiones anticipadas se devolverán las pensiones de los meses que hacen falta por cursar. e. No se acepta la cancelación del contrato de prestación de servicios educativos sin la solicitud escrita de quienes lo firmaron. Para cancelar el contrato de prestación de servicios educativos el acudiente debe pasar una solicitud por escrito. Sin la solicitud por escrita, el Gimnasio Pedagógico Comfenalco no podrá formalizar la cancelación del contrato. f. Se cancela unilateralmente el contrato de prestación del servicio educativo a partir del mes de ausencia del estudiante al colegio si no se logra establecer comunicación con los padres de familia o los responsables del estudiante. A partir de la cancelación unilateral del contrato cesa la facturación del servicio.

10.3.3. DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS Toda solicitud de devolución deberá presentarse por escrito.

- El valor de los costos educativos se devolverá en los siguientes casos: PARA PREESCOLAR: a. Se acepta la devolución de todo lo pagado por derechos educativos a quien firma el contrato de prestación de servicios educativos, antes de iniciado el ciclo escolar descontando el 10% por gastos de administración. b. En el Gimnasio Pedagógico se hace la devolución de dinero hasta terminar el mes de febrero. Una vez iniciado el mes de marzo, no se acepta devolución de dinero. c Para los casos de padres que hayan cancelado la totalidad de las pensiones del año o pensiones anticipadas, se devolverán las pensiones que apliquen luego de la fecha que se informa el retiro. e. Cuando los padres o acudientes informan del retiro al docente o auxiliar de oficina, pero no tramitan por escrito la solicitud de terminación de contrato, y el estudiante no vuelve a asistir al Gimnasio Pedagógico, se hace efectivo el retiro antes de que se venza el mes de ausencia del estudiante y así cesan los compromisos económicos de los padres, y se deja por escrito la novedad del docente o secretaria que recibió la comunicación.

10.3.4. DESCUENTOS a. Se otorgará el 10% de descuento a los padres afiliados categoría C o no afiliados que

paguen por anticipado todas las pensiones del año. b. Se otorgará el 5% de descuento a hermanos que estén matriculados en la institución y que sean afiliados categoría C o no afiliados. Este descuento aplica para 1 solo de los hijos. También aplica a los hermanos que tomen algún curso del servicio de formación

181

complementaria. c. Los usuarios escogerán uno solo de los descuentos y podrá elegir el que más lo beneficie.

10.3.5. SANCIONES ECONÓMICAS Los padres de familia o acudientes que no cancelen la pensión en la fecha de pago oportuno

indicada en el polígrafo, deberán cancelar en el mes siguiente el interés de mora vigente. El plazo máximo para pagar será es el último día hábil del mes en curso. No se aceptan pagos en la jornada adicional del Banco el último día del mes por vencimiento de fecha.

10.3.6. RECAUDO DE CARTERA El Rector del Gimnasio Pedagógico se encargará de hacer un seguimiento permanente al

cumplimiento de pago de los padres de familia de los estudiantes matriculados. En este proceso podrá aceptar compromisos de pago por escrito de los padres y hacer seguimiento al cumplimiento de los mismos si la mora no ha llegado a los 90 días. Los coordinadores académicos de San Gil, Socorro y Barbosa, apoyan la gestión de cobro en cada una de las sedes, enviando circulares, enviando la información de los padres a la rectora para que desde el centro de contacto se realice la gestión de cobro. - Después de 90 días de mora, la jefe del departamento de cartera de la Caja inicia la gestión de cobro a los padres de familia, por petición escrita de la rectora del Gimnasio Pedagógico Comfenalco, para esto la rectora envía la solicitud escrita con el pagaré y la cédula de quienes figuran en el documento como deudor y codeudor. NOTA: Los padres de familia que incumplan con los pagos relacionados en el contrato de prestación de servicios deberán asumir los costos y trámites correspondientes a los cobros jurídicos.

10.3.7. POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA Inscripción:

- En la fecha de inicio de clase el estudiante debe tener pago el servicio que va a tomar. - Los usuarios de este servicio deben contar con seguro estudiantil o EPS.

10.3.8. ENTREGA DE BOLETINES Y PAZ Y SALVO: No se entregarán boletines parciales, ni finales, a los padres de familia que tengan

compromisos económicos pendientes con la institución.

10.3.9.SERVICIO DE TIEMPO COMPLETO EN PREESCOLAR: Las condiciones especiales de salud, situaciones psicosociales del menor, se analizarán con

los padres de familia para establecer la conveniencia de la continuidad en este servicio.

182

10.3.10. RETIRO DEL ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN DURANTE LA JORNADA ESCOLAR Los padres de familia o acudientes deberán informar por escrito cuáles son las personas

autorizadas por ellos para retirar a los niños de la institución durante la jornada de estudio o al terminar la jornada escolar, para esto deben informar los nombres completos y número de documento de identificación de los autorizados.

11. COMPROMISO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA “La comunidad educativa del Gimnasio Pedagógico Comfenalco se compromete a cumplir con sus deberes y responsabilidades para aplicar y vivenciar los criterios definidos en el Pacto de Convivencia Institucional, con el objetivo de contribuir a la formación integral de los estudiantes y el desarrollo de todas las competencias y habilidades en cada una de las disciplinas del conocimiento; de aportar a la construcción de una sociedad abierta, al fortalecimiento de la convivencia pacífica, al respeto por el otro, por la norma, las leyes y principios constitucionales, y al ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos”.

12. RESOLUCIÓN RECTORAL N° 003

15 DE DICIEMBRE DE 2017

Por la cual se aprueba la actualización del Pacto de convivencia del GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO del Municipio de Bucaramanga

La Suscrita Rectora del Gimnasio Pedagógico Comfenalco en uso de sus atribuciones administrativas y legales, en especial las conferidas por las Leyes 115 de 1994, Decreto reglamentario 1860 de 1994, Ley 715 de 2001, Ley 1098 de 2006, Ley 1453 de 2011, Ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013, las sentencias de la corte constitucional Nº 565/2013 y 478/2015.

CONSIDERANDO

Que en la Ley 115 Art 77 sobre autonomía escolar especifica que dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimientos definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza

183

y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

Que en el artículo 23 del decreto1860 se manifiesta que las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán entre otras las siguientes en lo relacionado con las modificaciones al pacto de convivencia:

a) Adoptar el Pacto de convivencia y el reglamento de la institución;

b) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;

c) Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes

d) Aprobar las tarifas de matrícula, pensión y otros costos educativos como recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos tales como derechos académicos, uso de libros del texto, lista de útiles, uniformes y calendario académico y similares,

e) Darse su propio reglamento.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Realizar la actualización del pacto de convivencia. Modifíquese el pacto de convivencia conforme a las necesidades académicas, pedagógicas y de convivencia institucionales. Dicha modificación obedece a la aplicación de las disposiciones emanadas por la Corte Constitucional de Colombia, por la orientación del Ministerio de Educación Nacional sobre actualización de los pactos de convivencia desde un enfoque de derechos, en cuyo proceso han participado estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes. ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobada la propuesta por el consejo académico, se presentará al consejo directivo. ARTÍCULO TERCERO: Según consta en el acta del consejo académico Nº006 del 30 de noviembre de 2017, acta del consejo de padres N°004 del 11 de diciembre de 2017 y acta del consejo directivo del 14 de diciembre de 2017. Además de la colectivización en asamblea de padres por grados desde preescolar hasta 5° grado los días 13 y 18 de diciembre de 2017 según consta en las actas de cada grado. Se aprueban los siguientes ajustes: 1.1. FUNDAMENTOS LEGALES:

Se anexó en la documentación que soporta el pacto de convivencia el Decreto 1286 de 27 de abril de 2005, por el cual se establecen normas sobre la participación de los

184

padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados y se adoptan otras disposiciones.

1.4. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL Se refuerza en la filosofía institucional la importancia de los padres de familia en el proceso educativo y la responsabilidad en la participación de las actividades escolares.

3.3.1.1. NORMAS DISCIPLINARIAS En relación con las llegadas tardes (primaria): Al cumplir mínimo tres retardos en el periodo se ubicará en el boletín una observación relacionada con la puntualidad en el espacio de compromiso familiar

3.4.1. NORMAS INSTITUCIONALES A SEGUIR POR LOS PADRES, MADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES:

Solamente se permitirá la salida de los estudiantes con las personas autorizadas en el formato “personas autorizadas para retirar a los estudiantes del colegio”. No se recibirán durante la jornada escolar trabajos, materiales, libros dejados por los niños en la casa. No traer los útiles escolares se verá reflejado en el proceso de evaluación de cada área.

3.4.1.1. SEGURIDAD DE LOS ESTUDIANTES: Para que el padre de familia, acudiente o persona autorizada por los padres de familia saque del colegio al estudiante durante la jornada escolar, necesita como requisito, el formato de autorización de salida de la institución que diligencian las coordinadoras o el personal administrativo. El vigilante no dejará salir a ningún estudiante sin este requisito.

6.1. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA - En cuanto a la conformación del consejo directivo se especificó: Dos representantes de los padres de familia elegidos uno por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y el otro por el Consejo de Padres de Familia. Siempre y cuando se cumpla con el parágrafo 2 del artículo 9 del decreto 1286/2005: “Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo”. - En cuanto a las funciones del consejo de estudiantes: Una vez elegidos los representantes del consejo de estudiantes, estos deberán reunirse por lo menos una vez en cada periodo académico para hacer seguimiento al cumplimiento de las propuestas de los voceros y compartir las necesidades expuestas por los compañeros de cada salón. Se realizarán dos rendiciones de cuentas por parte del personero, una a mitad y otra a final de año, cuyo objetivo es informar las acciones realizadas para poder evaluar así su gestión y que este reciba las orientaciones necesarias de acuerdo a sus logros o dificultades.

- En cuanto a la conformación del consejo de padres, se ajustó conforme a la ley vigente:

185

“Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector o Director del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Pacto de Convivencia. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.” Se actualizaron las funciones del consejo de padres de acuerdo a la legislación vigente. - Conformación de la asociación de padres de familia: se actualizó de acuerdo a la

normativa vigente. El tiempo máximo estipulado para la entrega de incapacidades médicas es de tres días hábiles. Cuando el niño presenta enfermedad y es atendido en la casa, el acudiente debe presentar carta informando la situación ocurrida para que la coordinadora académica autorice el proceso de apoyo pedagógico al estudiante por parte de los docentes. Sin embargo, si se evidencia que hay negligencia por parte de los padres y el niño continúa enfermo y la familia no atiende la necesidad, el colegio se verá obligado a informar a Bienestar Familiar la situación. Cuando las faltas a clases son reiteradas sin justificación, se citará a los acudientes para firmar compromiso de asistencia clase, si la situación persiste se informará a Bienestar familiar.

7. SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL 7.1. FINALIDAD DE LA EVALUACIÓN 7.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN

El sistema de evaluación del Gimnasio Pedagógico Comfenalco se caracteriza por su carácter procesual, no de tipo sumativo sino cualitativo acumulativo. Esto quiere decir que se valora el proceso de aprendizaje de cada uno de los indicadores de desempeño planteados para cada área, según el nivel y periodo académico. Para efectos de ponderación se tiene en cuenta el porcentaje asignado a cada Indicador de desempeño, el cual refleja los componentes y competencias propias del área la asignatura. A su vez, para verificar el alcance de los procesos plasmados en cada indicador, se plantean una serie de actividades verificables y evaluativas que permiten determinar el desempeño alcanzado por el estudiante (Bajo, Básico, Alto, Superior) Cada una de estas actividades verificables está orientada por una rúbrica o lista de chequeo/verificación que define los criterios a partir de los cuales se evaluará al estudiante, según el desempeño que se pretende valorar y considera las dimensiones del saber-saber,

186

saber-hacer y saber-ser (de forma simultánea e integral). Teniendo en cuenta que la evaluación busca identificar las fortalezas y debilidades, el estudiante podrá demostrar a lo largo del periodo y del año escolar que ha avanzado en la escala de desempeño o que ha superado las dificultades presentes en uno o más indicadores.

7.2. MARCO LEGAL Resolución 4118 de 2016 Ley 715 del 2001

7.4. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DESEMPEÑO Teniendo en cuenta la Misión, Visión y el Sistema de Gestión de Calidad, la institución implementa diversas estrategias en el proceso de evaluación. En la básica primaria, estos procesos cumplen con algunas pautas, en los siguientes aspectos:

DESEMPEÑO ABREVIATURA Superior DS Alto DA Básico DB Bajo DJ

Las rúbricas o listas de chequeo que se plantean para verificar el desempeño en el que se encuentra el estudiante, parten de los siguientes criterios institucionales:

Los aspectos comportamentales son valorados en cada una de las actividades verificables evaluadas en la dimensión del Saber-Ser e inciden directamente en el desempeño del estudiante, para ello se parte de la observación constante y directa de las actuaciones de los estudiantes. El docente titular de grupo reportará los casos reiterados, teniendo en cuenta el aporte de los demás docentes, el personal directivo (coordinaciones, rectoría) y profesionales de apoyo que intervienen en el proceso.

7.4.1. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES

7.4.1.1. PROCEDIMIENTOS Para los estudiantes con juicio valorativo BAJO, en uno o más indicadores de desempeño de una o más asignaturas, se harán las recomendaciones pertinentes. Según el caso, se informará al estudiante y a sus padres de las actividades de refuerzo (para quienes tengan una o más indicadores y/o asignaturas en bajo). Al finalizar cada periodo académico el docente programa y aplica en el aula, las actividades de superación de dificultades que se requieren para que el estudiante tenga herramientas que le permitan demostrar que alcanzó un desempeño Básico, dejándose constancia en el observador del estudiante. Parágrafo:

187

1. Un estudiante puede tener Desempeño Bajo en un indicador de desempeño sin afectar

la aprobación de la asignatura en el periodo, para tal efecto sus actividades de superación estarán encaminadas únicamente a demostrar que desarrolló los procesos mínimos esperados para este indicador de desempeño y en el boletín se realizará la observación pertinente.

2. En todo caso, si el estudiante no alcanza las competencias mínimas en uno o varios

indicadores de desempeño durante el periodo académico, tendrá derecho a presentar actividades de superación al finalizar las evaluaciones de síntesis (de acuerdo al cronograma general y académico), si aún no ha logrado desarrollar las competencias que presentaron falencias, podrá demostrar que superó sus dificultades a mitad de año y/o al finalizar el año escolar.

3. Si el estudiante tiene indicadores de distintos periodos en desempeño Bajo y no logra demostrar la superación de esas dificultades al finalizar el año, puede ser promovido al siguiente grado si el nivel de competencia alcanzado lo permite, pero se harán las debidas observaciones en el quinto boletín.

Para los estudiantes que al finalizar el año escolar, persistan en la pérdida de una o más asignaturas (quinto boletín), tendrán derecho a presentar actividades de recuperación en los tiempos planteados de acuerdo a cronograma general y académico del año en vigencia. El juicio valorativo alcanzado por el estudiante en la actividad de superación será siempre Desempeño Básico, pues la evaluación de superación solo se orientará a demostrar que el estudiante alcanzó las competencias mínimas requeridas.

7.4.1.6. PROMOCIÓN ANTICIPADA

El ajuste principal consiste en: Si un estudiante reprueba el año escolar y en el primer periodo del año siguiente demuestra, mediante una evaluación de suficiencia, que superó las dificultades que impidieron su promoción, será promovido al grado siguiente a partir del segundo periodo. Siendo así, el educando deberá realizar un proceso de nivelación en los indicadores de desempeño evaluados durante el primer periodo del grado al que fue promovido.

Lo anterior se describe en el sistema de evaluación institucional de la siguiente manera: Se entiende por promoción anticipada al proceso por el cual un estudiante accede al grado siguiente por demostrar suficiencias en las competencias requeridas en el nivel en el cual está matriculado que le permiten acceder al siguiente grado. Los estudiantes que demuestren constantemente un desempeño en sus competencias que superan las expectativas para el grado serán propuestos por los docentes ante la comisión de evaluación y el consejo académico y directivo para la promoción anticipada, se informará a los padres de familia la decisión para que consideren si la aceptan o no. Para ello se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

188

• La intención de promoción debe ser solicitada por los docentes ante la comisión de

evaluación, se llevará para aprobación del consejo académico y directivo. Si un padre es el solicitante, se deberá realizar todo el proceso de análisis ante las instancias mencionadas en el anterior ítem.

• Si un estudiante reprueba el año escolar y en el primer periodo del año siguiente demuestra, mediante las actividades programadas de evaluación y verificación, que superó las dificultades que impidieron su promoción, será promovido al grado siguiente a partir del segundo periodo. Siendo así, el educando deberá realizar un proceso de nivelación en los indicadores de desempeño evaluados durante el primer periodo del grado al que fue promovido.

• La solicitud será analizada en comisión de evaluación la cual se reunirá una vez termine el primer periodo académico. A dicha comisión se debe presentar el folio completo del estudiante, el cual incluye además de los elementos mencionados anteriormente, el concepto del psicólogo de la institución donde se pueda evidenciar capacidad de adaptación y madurez emocional del estudiante para ser promovido.

• Los casos analizados y el respectivo concepto de la comisión de evaluación serán presentados ante el consejo académico. Este organismo emitirá un concepto el cual debe responder al cumplimiento del proceso establecido, de las competencias básicas del estudiante y los estándares establecidos de cada nivel o grado.

• La aprobación de la solicitud de promoción anticipada será dada a conocer al consejo directivo levantando acta. Posteriormente se informarán los resultados del proceso a los padres de familia y/o acudiente.

• Es requisito fundamental para la promoción cumplir con el 100% de la asistencia del primer periodo académico del año lectivo, o el 80% cuando exista excusa justificada.

• Para la contabilización de las fallas del estudiante, debe tenerse en cuenta que los retardos no justificados se constituyen en fallas.

• Es deber del padre de familia o acudiente del Estudiante que haya sido promovido, realizar acompañamiento y seguimiento continuo del proceso de formación integral, aún después de haberse aceptado o denegado la promoción anticipada.

7.5.2. COMPROMISOS Y ACTAS DE APOYO

Parágrafo: Las actividades prácticas de aula (exposiciones, talleres individuales y grupales, laboratorios, entre otros) no se repetirán si se presentan ausencias no justificadas, se planteará el trabajo práctico que el docente asigne con el fin de contar con la correspondiente calificación si es una actividad verificable. Se exceptúan los casos de excusas justificadas y en este caso deberá ser concertado con el docente de la asignatura la presentación de los mismos en los tiempos establecidos y comunicados por correo/plataforma a los padres del estudiante.

7.6. ESTÍMULOS

El estudiante que demuestre un desempeño Superior en todos los indicadores de desempeño planteados para el periodo, en una o varias de las asignaturas básicas, será exonerado de

189

presentar la evaluación de síntesis de dicha signatura. Esto como reconocimiento a su laboriosidad, responsabilidad y constancia.

7.3.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 7.3.1.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL PREESCOLAR

El seguimiento al desarrollo integral de las niñas y niños en educación inicial, para los grados de caminadores, párvulos, pre- jardín y jardín será de tipo cualitativo, implicará una descripción de los avances de los propios procesos de desarrollo de cada estudiante sin escala de valoración. (Se agregó el grado jardín que no estaba anteriormente).

Para el grado de transición, será de tipo cualitativo e implicará una descripción de los avances en los logros, de acuerdo a las aptitudes y habilidades de cada estudiante. (Se quitó el grado jardín que estaba anteriormente).

8. PAUTAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO JORNADA TIEMPO COMPLETO 8.6. MOTIVOS DE CANCELACIÓN DEL SERVICIO

Motivos de cancelación del servicio: Niños cuyo comportamiento vulnere los derechos de los demás al afectar física o psicológicamente a los compañeros y que no haya respondido a las estrategias aplicadas por la institución para alcanzar su integración al grupo bajo parámetros de sana convivencia.

9. REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN ARTÍSTICO CULTURAL Y DEPORTIVO (Semilleros) Generalidades de la prestación del servicio:

- Tiempo máximo para la inscripción: Hasta que se complete el cupo teniendo en cuenta la definición de fecha final. Se espera completar el cupo mínimo necesario; en caso de que no se complete el cupo esperado, se analizará la situación y se decide si se cancela o no el semillero.

- Cantidad máxima de estudiantes por semillero: informática: 28, microfútbol 30 y tenis:12 ; Porrismo: 40 en cada categoría, Coros: 30, danzas: 30 en cada nivel, banda: 50

- Artículo 25: Cuando el estudiante obtenga como juicio valorativo bajo en dos asignaturas, se llevará el caso al consejo académico para que realice el análisis del caso y se analice la posibilidad de retiro del estudiante del grupo o semillero o establecer el plan de mejoramiento tomando como base la habilidad del niño, el gusto por la disciplina a la que pertenece para motivar la superación de la necesidad académica.

ARTÍCULO CUARTO: El consejo directivo, según consta en las actas N°003 de 9 de noviembre de 2017 en Bucaramanga, N°005 de 9 de noviembre de Barbosa, N°003 de 8 de noviembre de San Gil y N°005 de 7 de noviembre de Socorro; aprueba los costos educativos y otros cobros periódicos, cronograma académico, listas de útiles escolares y ajustes al pacto de convivencia para el año 2018.

190

ARTÍCULO QUINTO: Notifíquese de la presente resolución al Consejo Directivo, al Personero estudiantil, al presidente del Consejo estudiantil y a la comunidad educativa. COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, a partir del 15 de diciembre de 2017 MARÍA EUGENIA CELIS QUINTERO Rectora

13. RESOLUCIÓN N°18066 DEL 11 SEPTIEMBRE DE 2017, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL (COSTOS EDUCATIVOS).

“Por la cual se establecen los parámetros para la fijación de las tarifas de matrícula, pensiones y materiales educativos del servicio de educación preescolar, básica y media prestado por los establecimientos educativos de carácter privado para el año escolar que inicia en el 2018”.

La Ministra de Educación Nacional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 202 de la Ley 115 de 1994 y 5 (numeral 5.12) de la Ley 715 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 202 de la Ley 115 de 1994 dispone los criterios para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros originados de la prestación del servicio educativo en los establecimientos educativos de carácter privado y, adicionalmente, establece la competencia del Ministerio de Educación Nacional para reglamentar o reajustar las tarifas mencionadas dentro de los regímenes de libertad regulada, libertad vigilada y régimen controlado.

Que el numeral 5.12 del artículo 5º de la Ley 715 de 2001 establece como competencia de la Nación la de expedir la regulación sobre costos, tarifas de matrículas, pensiones, derechos académicos y otros cobros en las instituciones educativas.

Que en los capítulos 2 y 3 del título 2 de la parte 3, libro 2 del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, se establece el reglamento general para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos originados en la prestación del servicio público educativo, por parte de los establecimientos de carácter privado de educación formal, definiendo su clasificación en alguno de los tres regímenes establecidos por el artículo 202 de la Ley 115 de 1994.

191

Que los establecimientos educativos o sus jornadas se clasifican en uno u otro régimen dependiendo de la acreditación de los requisitos consagrados para cada uno de ellos mediante los artículos 2.3.2.2.2.2, 2.3.2.2.3.2, 2.3.2.2.4.2, 2.3.2.2.3.6 y 2.3.2.2.3.7 del Decreto 1075 de 2015.

Que el artículo 2.3.2.2.1.5 del precitado Decreto 1075 de 2015 indica que el consejo directivo de los establecimientos educativos de carácter privado, cada año académico debe adelantar un proceso de evaluación y clasificación, atendiendo las características del servicio educativo prestado, la calidad de los recursos utilizados y la duración de la jornada y de calendario escolar, atendiendo a los lineamientos, indicadores e instrucciones contenidos en el Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, el cual fue ajustado por el Ministerio de Educación Nacional mediante la Resolución 18904 de 2016.

Que en dicho manual se incluye la evaluación que debe hacer cada establecimiento educativo en materia de convivencia escolar conforme a la Ley 1620 de 2013, la cual fue incorporada en la guía 4, adoptada por el artículo 2º de la Resolución 18904 de 2016, en la cual se establece entre las variables evaluadas, el funcionamiento de la Ruta de Atención Integral de la Convivencia Escolar, lo que se encuentra acorde con los procedimientos administrativos de que tratan los artículos 2.3.2.2.3.6 y 2.3.2.2.3.7 del Decreto 1075 de 2015.

Que el numeral 1º del artículo 2.3.8.8.2.3.1 del Decreto 1075 de 2015 dispone que el Índice Sintético de Calidad Educativa (ISCE) es el instrumento de medición de la calidad educativa de los establecimientos educativos y de las entidades territoriales certificadas en educación. Agrega la referida norma que, para el caso de los referidos establecimientos, el ISCE se consolida a partir de los siguientes componentes: progreso, desempeño, eficiencia y ambiente escolar.

Que teniendo en cuenta que el ISCE es una herramienta importante dentro de los procesos de mejoramiento que deben adelantar los establecimientos educativos, este Ministerio considera necesario incorporar los resultados obtenidos por cada establecimiento educativo en este instrumento de medición para su clasificación en los distintos regímenes que dispone el artículo 202 de la Ley 115 de 1994, en razón a que el mismo es un indicador resumido y confiable de la calidad educativa impartida en dichos establecimientos.

Que en razón de lo anterior, se hace necesario determinar los parámetros que guiarán la definición de las tarifas de matrículas, pensiones y cobros originados de la prestación del servicio educativo en los establecimientos educativos de carácter privado para el año escolar que inicia en el 2018.

Que mediante la Sentencia C-673 de 2001, la Corte Constitucional resolvió la demanda de inconstitucionalidad instaurada en contra del artículo 4º del Decreto-Ley 2277 de 1979 y, como consecuencia de ello, en la parte considerativa del fallo indicó que los docentes que laboran en establecimientos educativos de preescolar, básica y media de carácter privado no están obligados a inscribirse en el escalafón docente regulado en la citada normativa.

Que una proporción importante de establecimientos educativos privados vinculan a docentes que se encuentran inscritos en el escalafón docente de que trata el Decreto-Ley 2277 de 1979 y, por lo tanto, el salario de estos trabajadores no puede ser inferior a la asignación básica mensual que define anualmente el Gobierno nacional para los educadores

192

del sector oficial que hacen parte del mencionado escalafón, de acuerdo con el grado en el cual se encuentren inscritos.

Que como consecuencia de los acuerdos con la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode), en el marco de las negociaciones colectivas adelantadas en los años 2014 y 2015, el incremento salarial de los educadores oficiales entre 2014 y 2017 fue de seis (6) puntos por encima del aumento ordinario del salario mínimo, lo que ha significado un esfuerzo adicional para los establecimientos educativos de carácter privado por cuanto durante las referidas vigencias, reconocieron a sus docentes inscritos en el Escalafón Docente regulado en el Decreto-Ley 2277 de 1979, un incremento en su salario cuyo porcentaje superó el porcentaje de incremento que anualmente autorizó el Ministerio de Educación Nacional para el reajuste de las tarifas de matrícula y pensiones.

Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto, el incremento para el año 2018 debe reconocer el impacto económico generado en los establecimientos educativos privados a raíz de los incrementos salariales de los docentes que se encuentran regidos por el Decreto-Ley 2277 de 1979, que fue más alto que el reajuste de las tarifas de las matrículas y pensiones, por lo cual se debe disminuir dicho impacto en el año siguiente mediante el reconocimiento de medio punto por cada punto que los salarios docentes crezcan sobre el salario mínimo.

Que adicionalmente el parágrafo 1º del artículo 203 de la Ley 115 de 1994, modificado por el artículo 1º de la Ley 1269 de 2008, establece que el Consejo Directivo de los establecimientos educativos deben aprobar el listado de materiales educativos e implementos que se usarán durante el siguiente año académico, los cuales, en sintonía con la Ley 1340 de 2009, no pueden incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en materiales educativos ni exigir proveedores, marcas específicas o el establecer mecanismos que de cualquier forma impidan la concurrencia de múltiples proveedores de útiles, uniformes o textos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ART. 1º—Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los parámetros para la

fijación de tarifas de matrícula y pensiones del servicio de educación preescolar, básica y media, prestado por establecimientos educativos de carácter privado para el año escotar que inicia en el 2018.

ART. 2º—Criterios. Para la fijación de tarifas se deberán tener en cuenta las siguientes variables:

1. El grupo del Índice Sintético de Calidad Educativa (ISCE) en el que se clasifique el establecimiento educativo, de acuerdo con los resultados que haya obtenido en este indicador en el año 2017.

2. El régimen de matrícula y pensiones en el que se encuentre clasificado el establecimiento educativo, según lo dispuesto en los artículos 2.3.2.2.2.2, 2.3.2.2.3.2 y 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015. La clasificación en el régimen de libertad regulada por acreditación o certificación, según lo dispuesto por los artículos 2.3.2.2.3.6 y 2.3.2.2.3.7 del Decreto 1075 de 2015.

193

ART. 3º—Clasificación de los establecimientos educativos según el Índice Sintético de Calidad Educativa (ISCE). Para que a un establecimiento educativo de carácter privado se clasifique en alguno de los grupos del ISCE a fin de definir los incrementos en tarifas a que se refiere la presente resolución, deberá tomar el valor más alto que haya obtenido en el ISCE 2017 en uno de los niveles educativos que ofrezca, y de acuerdo con este, seleccionar el grupo que le corresponda, según la tabla que se presenta a continuación:

ART. 4º—ISCE como indicador prioritario de servicios. Uno de los indicadores prioritarios de servicios de que trata el literal e) del artículo 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015 que se evalúa para clasificar a los establecimientos educativos de carácter privado en el régimen controlado, será el puntaje que hayan obtenido en el ISCE del año 2017.

ART. 5º—Clasificación de los establecimientos educativos de carácter privado en Régimen Controlado por puntaje en el ISCE. El establecimiento educativo que obtenga un puntaje en el ISCE 2017 igual o inferior a 4.57 en el nivel de básica primaria, igual o inferior a 4.12 en secundaria, o igual o inferior a 4.15 en el nivel de media, si los ofrece, le corresponderán los grupos ISCE 1 o 2 previstos en el artículo 4º de la presente resolución y se clasificará en el régimen controlado por haber obtenido una clasificación inferior a los valores mínimos establecidos para este indicador prioritario de servicios.

PAR.—Se exceptúan de la clasificación establecida en el presente artículo aquellos establecimientos educativos de carácter privado que, habiendo obtenido alguno de los puntajes en el ISCE 2017 indicados en este artículo, alcancen puntajes superiores al percentil 30 entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación en las pruebas Saber 3º, 5º, 9º y 11 según sea el caso, practicadas en el año 2016,

194

caso en el cual formarán parte del grupo ISCE 3 previsto en el artículo 4º de la presente resolución.

ART. 6º—Reconocimiento por pago a docentes de acuerdo con el escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979. Los establecimientos educativos de carácter privado que demuestren que el pago del salario de al menos el ochenta por ciento (80%) de sus educadores, se sujeta a la escala de remuneración que fija anualmente el Gobierno nacional para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto-Ley 2277 de 1979, podrán incrementar sus tarifas en porcentajes adicionales a diferencia de aquellos establecimientos que no cumplan con este requisito, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7º a 11 de la presente resolución, según corresponda.

La demostración de este requisito deberá hacerse por medio de la aplicación EVI, de evaluación institucional, disponible en el sitio web www.mineducacion.gov.co/ educación privada, para lo cual deberán adjuntar la certificación de un contador público autorizado o del revisor fiscal del establecimiento educativo, en los casos que aplique, en la que conste que al menos al ochenta por ciento (80%) de sus docentes se les reconoce en el año 2017 su salario de acuerdo con el escalafón docente reglamentado mediante el Decreto-Ley 2277 de 1979.

PAR.—El incremento adicional en las tarifas dispuesto por los artículos 7º a 11 de la presente resolución, según corresponda, se aplicará también a los establecimientos educativos de carácter privado que suscriban y entreguen a la secretaría de educación de su jurisdicción un plan de mejora, anexo a la autoevaluación, que incorpore el compromiso específico de que en el año 2018 al menos el ochenta por ciento (80%) de sus docentes percibirá su salario de acuerdo con la escala de remuneración que fije para dicha anualidad el Gobierno nacional para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto-Ley 2277 de 1979.

Los establecimientos que suscriban el plan de que trata el presente parágrafo deberán adjuntar para la autoevaluación del año 2018 una certificación firmada por un contador público en la que conste que en dicho año se han cumplido estos compromisos hasta la fecha de la autoevaluación. De incumplirse este requisito, se clasificará al establecimiento en el régimen controlado, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015.

ART. 7º—Incremento anual de tarifas en el régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad. Los establecimientos educativos de carácter privado que se clasifiquen en el régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad fijarán la tarifa anual para el año académico que inicia en el 2018, sin superar los porcentajes que se presentan a continuación:

1. Para el primer grado:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

3 5.4% 6.4% 4 5.6% 6.6% 5 5.8% 6.8%

195

6 Libre Libre 7 Libre Libre 8 Libre Libre 9 Libre Libre

10 Libre Libre

2. Para los siguientes grados, el incremento se realizará sobre la tarifa cobrada en el año inmediatamente anterior, como máximo en los porcentajes establecidos en la siguiente tabla:

3.

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

3 5.4% 6.4% 4 5.6% 6.6% 5 5.8% 6.8% 6 6.0% 7.0% 7 6.2% 7.2% 8 6.4% 7.4% 9 6.6% 7.6%

10 6,8% 7.8%

PAR. 1º—Los establecimientos educativos de carácter privado certificados o acreditados, que no tengan resultados del ISCE 2017, podrán incrementar sus tarifas para el año escolar que inicia en el 2018 hasta en un 6,8% en caso de cumplir el criterio de pago por escalafón establecido en el presente artículo y 5.8% en caso contrario; el incremento se aplicará sobre la tarifa cobrada en el año y grado anterior.

PAR. 2º—Cuando se trate de establecimientos de educación básica y media para adultos que no hayan sido evaluados con pruebas Saber en ninguno de los ciclos ofrecidos o de jardines infantiles que ofrezcan únicamente el nivel de preescolar, podrán fijar libremente la tarifa del primer grado o ciclo ofrecido.

ART. 8º—Incremento anual de tarifas en el Régimen de Libertad Regulada por aplicación del Manual de Autoevaluación. Los establecimientos educativos de carácter privado, o sus jornadas, que se clasifiquen en el régimen de libertad regulada por su puntaje en la evaluación institucional, fijarán la tarifa anual para el año escolar que inicia en el 2018, sin superar el porcentaje que se presenta a continuación:

1. Para el primer grado:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

196

3 4.8% 5.8% 4 5.0% 6.0% 5 5.2% 6.2% 6 Libre Libre 7 Libre Libre

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

8 Libre Libre 9 Libre Libre

10 Libre Libre

2. Para los siguientes grados, el incremento se realizará sobre la tarifa cobrada en el año inmediatamente anterior, como máximo en los porcentajes establecidos en la siguiente tabla:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

3 4.8% 5.8% 4 5.0% 6.0% 5 5.2% 6.2% 6 5.4% 6.4% 7 5.6% 6.6% 8 5.8% 6.8% 9 6.0% 7.0% 10 6.2% 7.2%

PAR. 1º—Los establecimientos educativos de carácter privado clasificados en Régimen de Libertad Vigilada por puntaje en la evaluación institucional, que no tengan resultados del ISCE para el año 2017, podrán incrementar sus tarifas para el año que inicia en el 2018 hasta en un 6,2%, si cumplen el criterio de pago por escalafón establecido en el artículo 7º de la presente resolución y del 5.2% si no lo hacen; el incremento se aplicará sobre la tarifa cobrada en el año y grado anterior.

PAR. 2º—Cuando se trate de establecimientos de educación básica y media para adultos que no hayan sido evaluados con pruebas Saber en ninguno de los ciclos ofrecidos, o de jardines infantiles que ofrezcan únicamente el nivel de preescolar, podrán fijar libremente la tarifa del primer grado o ciclo ofrecido.

ART. 9º—Incremento anual de tarifas en el Régimen de Libertad Vigilada. Los establecimientos educativos de carácter privado, o sus jornadas, que se clasifiquen en el régimen de libertad vigilada, fijarán la tarifa anual para el año escolar que inicia en el 2018, sin superar los porcentajes que se presentan a continuación:

197

1. Para el primer grado:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

3 4.5% 5.5% 4 4.7% 5.7% 5 4.9% 5.9% 6 Libre Libre 7 Libre Libre 8 Libre Libre 9 Libre Libre 10 Libre Libre

2.(Modificado).* Para los siguientes grados, el incremento se realizará sobre la tarifa cobrada en el año inmediatamente anterior, como máximo en los porcentajes establecidos en la siguiente tabla:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

3 4.5% 5.5% 4 4.7% 5.7% 5 4.9% 5.9% 6 5.1% 6.1% 7 6.3% 6.3% 8 5.5% 6.5% 9 5.7% 6.7% 10 5.9% 6.9%

*(Nota: Modificado por la Resolución 18907 de 2017 artículo 1° del Ministerio de Educación Nacional)

PAR. 1º—Los establecimientos educativos de carácter privado clasificados en Régimen de Libertad Vigilada que no tengan resultados del ISCE para el año 2017 podrán incrementar sus tarifas para el año que inicia en el 2018 hasta en un 5,9%, en caso de que cumplan el criterio de pago por escalafón establecido en el artículo 7 de la presente resolución y del 4.9% de no hacerlo; el incremento se aplicará sobre la tarifa cobrada en el año y grado anterior.

198

PAR. 2º—Cuando se trate de establecimientos de educación básica y media para adultos que no hayan sido evaluados con pruebas SABER en ninguno de los ciclos ofrecidos, o de jardines infantiles que ofrezcan únicamente el nivel de preescolar, podrán fijar libremente la tarifa del primer grado o ciclo ofrecido.

ART. 10.—Incremento anual de tarifas en el régimen controlado. La tarifa para todos los grados ofrecidos por un establecimiento educativo o jornada de carácter privado clasificado en el Régimen Controlado se fijará, teniendo en cuenta como máximo los porcentajes dispuestos en la siguiente tabla:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

1 4.0% 5.0% 2 4.0% 5.0% 3 4.0% 5.0% 4 4.2% 5.2% 5 4.4% 5.4% 6 4.6% 5.6% 7 4.8% 5.8% 8 5.0% 6.0% 9 5.2% 6.2%

10 5.4% 6.4%

PAR. 1º—Los establecimientos educativos de carácter privado clasificados en régimen controlado que no tengan resultados del ISCE para el año 2017 podrán incrementar sus tarifas para el año que inicia en el 2018 hasta en un 5,4% en caso de que cumplan el criterio de pago por escalafón establecido en el artículo 7º de la presente resolución y del 4.4% de no hacerlo; el incremento se aplicará sobre la tarifa cobrada en el año y grado anterior.

PAR. 2º—Cuando se trate de establecimientos de básica y media para adultos que no hayan sido evaluados con pruebas Saber en ninguno de los ciclos ofrecidos o de jardines infantiles que ofrezcan únicamente el nivel de preescolar, podrán fijar libremente la tarifa del primer grado o ciclo ofrecido.

ART. 11—Incremento anual de tarifas de establecimientos clasificados en el régimen controlado que elaboren plan de mejora. Los establecimientos educativos privados que por alguna de las causales establecidas en el artículo 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015 se encuentren clasificados en el régimen controlado podrán suscribir por medio de su rector un plan remedial para superar las causas que ocasionaron dicha sanción.

Dicho plan deberá ser remitido a la secretaría de educación de la entidad territorial certificada en educación competente para ejercer la inspección y vigilancia de su institución a través de la aplicación EVI de evaluación institucional, referida en el artículo 3º de la Resolución 18904 de 2016.

Para la elaboración del plan, los establecimientos educativos interesados pueden encontrar orientación en el curso virtual “Colegios que Mejoran”, disponible en el campus virtual del

199

portal “Colombia Aprende”, en la sección “Educación Privada”. Así mismo, las Secretarías de Educación pueden encontrar orientación en el curso «Inducción a educación privada para secretarías de educación”.

Cumplido lo anterior, los establecimientos educativos de que trata el presente artículo podrán aplicar, como máximo, los incrementos en tarifas que se presentan a continuación para todos los grados que ofrezcan:

Grupo ISCE

Incremento máximo aplicable Establecimientos que no pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

Establecimientos que pagan por escalafón docente del Decreto-Ley 2277 de 1979

1 4.5% 5.5% 2 4.5% 5.5% 3 4.5% 5.5% 4 4.7% 5.7% 5 4.9% 5.9% 6 5.1% 6.1% 7 6.3% 6.3% 8 5.5% 6.5% 9 5.7% 6.7% 10 5.9% 6.9%

PAR.—Los establecimientos educativos de carácter privado clasificados en régimen controlado, que no tengan resultados del ISCE para el año 2017, podrán incrementar sus tarifas hasta en un 5,9%, si cumplen el criterio de pago por escalafón establecido en el artículo 7º de la presente resolución y en caso contrario en un 4.9% Estos incrementos se aplicarán sobre lo cobrado el año y grado anterior, y cuando se trate de establecimientos educativos de adultos que no hayan sido evaluados con pruebas Saber en ninguno de los ciclos ofrecidos o de jardines infantiles que ofrezcan únicamente el nivel de preescolar, podrán fijar libremente la tarifa del primer grado o ciclo ofrecido. (Nota: Modificado en lo pertinente por la Resolución 18907 de 2017 artículo 2° del Ministerio de Educación Nacional)

ART. 12. —Aplicación de incrementos en establecimientos educativos de adultos. Los establecimientos de educación básica y media de adultos aplicarán para el ciclo V un cincuenta y cinco por ciento (55%) del incremento dispuesto en los artículos 7º a 11, según corresponda.

ART. 13. —Retención de certificados de evaluación. En caso de no pago oportuno de los valores de la matrícula o pensiones, los establecimientos educativos de carácter privado de preescolar, básica y media podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a menos que los padres o responsables de esta obligación puedan demostrar imposibilidad de pago por justa causa, en los términos del parágrafo 1º del artículo 2º de la Ley 1650 de 2013.

En ningún caso, los establecimientos educativos podrán impedir a los estudiantes participar en el proceso educativo, lo que incluye evaluaciones y otras actividades académicas.

200

ART. 14. —Incremento de tarifas para estudiantes beneficiarios de los cupos financiados con recursos de que trata la Ley 863 del 2003. El incremento de tarifas que se cobran a estudiantes beneficiarios de los subsidios financiados con recursos del sector solidario para educación, reglamentados por el Decreto 2880 del 2004, solo podrá hacerse en el caso de tratarse de subsidios parciales y únicamente sobre la parte no subsidiada.

ART. 15. —Materiales educativos. Los establecimientos educativos no pueden incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en materiales educativos, tales como útiles, uniformes y textos, así como el exigir proveedores, marcas específicas o el establecer mecanismos que

de cualquier forma impidan la concurrencia de múltiples proveedores de útiles, uniformes o

textos. ART. 16. —Emisión de resoluciones. Las entidades territoriales certificadas en educación

expedirán los actos administrativos pertinentes para la fijación de tarifas aplicables durante el año escolar que inicia en el año 2018 para cada uno de los establecimientos educativos de carácter privado de preescolar, básica y media de su jurisdicción, antes de que estos inicien su periodo de matrículas.

PAR. 1º—De conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 2.3.2.2.2.3, el inciso 5º del artículo 2.3.2.2.3.5, el inciso 3º del artículo 2.3.2.2.3.7 y el artículo 2.3.2.2.3.9 del Decreto 1075 de 2015, los establecimientos educativos de carácter privado que dentro de los sesenta (60) días anteriores al inicio de su periodo de matrículas no hayan reportado a la secretaría de educación de la respectiva entidad territorial certificada en educación la documentación a la que se refieren las citadas disposiciones, se clasificarán en régimen controlado, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015.

PAR. 2º—Las entidades territoriales certificadas en educación solo expedirán los actos administrativos de que trata este artículo a los establecimientos educativos amparados por una licencia de funcionamiento para operar en su jurisdicción, que corresponda al servicio ofrecido, tanto en ubicación como en grados y demás condiciones que hayan sido consagradas en dicha licencia.

ART. 17. —Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga los artículos 1º y 4º a 16 de la Resolución 18904 de 2016.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2017.

13.1. INCREMENTOS DE COSTOS EDUCATIVOS Y OTROS COBROS PERIÓDICOS DE LAS SEDES: BUCARAMANGA, SAN GIL, SOCORRO Y BARBOSA

201

EDUCACIÓN Y CULTURA INCREMENTO DE COSTOS EDUCATIVOS Y OTROS COBROS PERIÓDICOS

PARA EL AÑO 2018

13.1.1. GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO

SEDE BUCARAMANGA

GRADO % INCREMENTO

VALOR ANUAL VALOR MATRÍCULA

VALOR PENSIÓN

2018 CAMINADORES 10% 3.262.832 $ 326.283 $ 293.655 PÁRVULOS 10% 3.232.280 $ 323.228 $ 290.905 PRE JARDÍN 10% 3.232.280 $ 323.228 $ 290.905 JARDÍN 7,6% 3.161.757 $ 316.176 $ 284.558 TRANSICIÓN 7,6% 3.161.757 $ 316.176 $ 284.558 PRIMERO 7,6% 3.134.527 $ 313.453 $ 282.107 SEGUNDO 7,6% 3.134.527 $ 313.453 $ 282.107 TERCERO 7,6% 3.134.527 $ 313.453 $ 282.107 CUARTO 7,6% 3.134.527 $ 313.453 $ 282.107 QUINTO 7,6% 3.134.527 $ 313.453 $ 282.107

OTROS COBROS PERIÓDICOS INCREMENTO 2018

Certificados y/o constancias de estudio 7,6% $ 5.703 Proceso de admisión de alumnos nuevos 7,6% $ 41.426 Plataforma/sistemas 7,6% $ 24.318 Guías de estudio (preescolar y primaria) 7,6% $ 234.353 Proclamación transición/quinto 7,6% $ 17.862

202

13.1.2. GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE SAN GIL

Salidas Pedagógicas 7,6% $ 38.413

Bibliobanco 7,6% $ 85.865

Escarapela/carne 7,6% $ 12.589 Seguro escolar 0% $ 15.000 Actividades para la familia 7,6% $ 80.485

TOTAL $ 556.013 OTROS COBROS

PERIÓDICOS INCREMENTO 2018 Certificados y/o constancias de estudio 5,8% $ 8.041 Proceso de admisión de alumnos nuevos 5,8% $ 6.771 Plataforma/sistemas 5,8% $ 23.911 Guías de estudio (preescolar) 5,8% $ 46.764 Proclamación transición 5,8% $ 12.379 Salidas Pedagógicas 5,8% $ 37.771 Escarapela/Carne 5,8% $ 12.379 Seguro escolar 0% $ 8.000 Actividades para la familia 5,8% $ 24.863

TOTAL $ 180.877

203

13.1.3. GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE SOCORRO

GRADO % INCREMENTO

VALOR ANUAL

VALOR MATRÍCULA

VALOR PENSIÓN

2018 CAMINADORES 0% 0 $ 0 $ 0 PÁRVULOS 10% 1.297.563 $ 129.756 $ 116.781 PRE JARDÍN 10% 1.297.563 $ 129.756 $ 116.781 JARDÍN 5,8% 1.224.988 $ 122.499 $ 110.249 TRANSICIÓN 5,8% 1.229.240 $ 122.924 $ 110.632

GRADO % INCREMENTO

VALOR ANUAL

VALOR MATRÍCULA

VALOR PENSIÓN

2018 CAMINADORES 0% 0 $ 0 $ 0 PÁRVULOS 10% 1.269.074 $ 126.907 $ 114.217 PRE JARDÍN 10% 1.269.074 $ 126.907 $ 114.217 JARDÍN 5,8% 1.087.154 $ 108.715 $ 97.844 TRANSICIÓN 5,8% 1.118.887 $ 111.889 $ 100.700

OTROS COBROS PERIÓDICOS INCREMENTO 2018

204

13.1.4. GIMNASIO PEDAGÓGICO COMFENALCO SEDE BARBOSA

Certificados y/o constancias de estudio 5,8% $ 8.041 Proceso de admisión de alumnos nuevos 5,8% $ 6.771 Plataforma/sistemas 5,8% $ 23.911 Guías de estudio (preescolar) 5,8% $ 46.764 Proclamación transición 5,8% $ 12.379 Salidas Pedagógicas 5,8% $ 37.771 Escarapela/Carne 5,8% $ 12.379 Seguro escolar 0% $ 8.000 Actividades para la familia 5,8% $ 24.863

TOTAL $ 180.877

GRADO % INCREMENTO

VALOR ANUAL

VALOR MATRÍCULA VALOR PENSIÓN

2018 CAMINADORES 0% 0 $ 0 $ 0 PÁRVULOS 10% 1.269.074 $ 126.907 $ 114.217 PRE JARDÍN 10% 1.269.074 $ 126.907 $ 114.217 JARDÍN 5,8% 1.198.093 $ 119.809 $ 107.828 TRANSICIÓN 5,8% 1.144.603 $ 114.460 $ 103.014

205

206

OTROS COBROS PERIÓDICOS INCREMENTO 2018

Certificados y/o constancias de estudio 5,8% $ 8.041 Proceso de admisión de alumnos nuevos 5,8% $ 6.771 Plataforma/sistemas 5,8% $ 23.911 Guias de estudio (preescolar) 5,8% $ 46.764 Proclamación transición 5,8% $ 12.379 Salidas Pedagógicas 5,8% $ 37.771 Escarapela/Carne 5,8% $ 12.379 Seguro escolar 0% $ 8.000 Actividades para la familia 5,8% $ 24.863

TOTAL $ 180.877

207