la Ética de la acción comunicativa

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LA ÉTICA DE LA ACCIÓN COMUNICATIVA: LAS CONDICIONES DE POSIBILIDAD DE UNA HERMENÉUTICA NORMATIVA La palabra "hermenéutica" proviene del vocablo griego "hermeneuo" que significa "interpretar" y "comprender". En la concepción hermenéutica de la filosofía se considera que una explicación causal de los acontecimientos es insuficiente. El sentido no se explica, sino que se entiende desde la experiencia. Para la filosofía hermenéutica la pregunta básica es "¿como es posible la comprensión"?, "¿qué elementos intervienen con el fin de hacer comprensible los sentido de las acciones humanas y de los acontecimientos históricos"?. Jürgen Habermas (en su primera etapa) y Karl-Otto Apel defienden una "hermenéutica normativa"; vale a decir, intentan descubrir y analizar las normas y los elementos concretos que nos permiten comprender los criterios interpretativos, distinguiéndolos de la "falsa comprensión" de la realidad. Una ética así planteada es procedimental: quiere averiguar cuál es el procedimiento para decidir que una norma es correcta. Eso es posible gracias a los renombres "pretensiones de validez del habla", muy diferente del diálogo cotidiano. Hay una "situación ideal de habla", que es la que permite el diálogo entre todos los afectados por una norma. Son cuatro pretensiones que acepta todo el mundo que intenta comprender un mensaje lingüístico y todo el mundo que quiera argumentar seriamente. Así, quien participe en un proceso comunicativo lingüístico pretende, con esta acción: · Verdad: El hablante pretende que lo que dice es verdadero · Veracidad: El hablante pretende que lo que expresa coincide con lo que piensa · Sentido (o inteligibilidad): El hablante pretende que en lo que se llama es inteligible · Corrección moral: El hablante pretende que el contexto de normas de acción desde el cual se habla es correcto.

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UNIVERSIDAD LA SALLE CANCUN. CIENCIAS DE LA COMUNICACION. MATERIAL DE LECTURA

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Page 1: La Ética de La Acción Comunicativa

LA ÉTICA DE LA ACCIÓN COMUNICATIVA:

LAS CONDICIONES DE POSIBILIDAD DE UNA HERMENÉUTICA NORMATIVA

La palabra "hermenéutica" proviene del vocablo griego "hermeneuo" que significa "interpretar" y "comprender". En la concepción hermenéutica de la filosofía se considera que una explicación causal de los acontecimientos es insuficiente. El sentido no se explica, sino que se entiende desde la experiencia. Para la filosofía hermenéutica la pregunta básica es "¿como es posible la comprensión"?, "¿qué elementos intervienen con el fin de hacer comprensible los sentido de las acciones

humanas y de los acontecimientos históricos"?.

Jürgen Habermas (en su primera etapa) y Karl-Otto Apel defienden una "hermenéutica normativa"; vale a decir, intentan descubrir y analizar las normas y los elementos concretos que nos permiten comprender los criterios interpretativos, distinguiéndolos de la "falsa comprensión" de la realidad. Una ética así planteada es procedimental: quiere averiguar cuál es el procedimiento para decidir que una norma es correcta.

Eso es posible gracias a los renombres "pretensiones de validez del habla", muy diferente del diálogo cotidiano. Hay una "situación ideal de habla", que es la que permite el diálogo entre todos los afectados por una norma. Son cuatro pretensiones que acepta todo el mundo que intenta comprender un mensaje lingüístico y todo el mundo que quiera argumentar seriamente. Así, quien participe en un proceso

comunicativo lingüístico pretende, con esta acción:

· Verdad: El hablante pretende que lo que dice es verdadero

· Veracidad: El hablante pretende que lo que expresa coincide con lo que piensa

· Sentido (o inteligibilidad): El hablante pretende que en lo que se llama es inteligible

· Corrección moral: El hablante pretende que el contexto de normas de acción desde

el cual se habla es correcto.

Page 2: La Ética de La Acción Comunicativa

Sólo por medio de la acción comunicativa podemos construir un mundo juntos, a través del consenso, que él nombra "dialógico - comunicativo". Hay cuatro características que tienen que ser respetadas con el fin de asegurar la validez de un acuerdo:

· En la discusión cada uno de los participantes tendrá que exponer sus argumentos,

responder las críticas, argumentar en función de los intereses propios de su grupo.

· Cada participante por el solo hecho de entrar en la discusión, reconoce a los otros

hablantes competentes como sujeto de derecho.

· Los participantes en la discusión tendrán que renunciar al uso de la fuerza, la

amenaza, el engaño, etc., con el fin de defender racionalmente sus argumentos.

· Un consenso será legítimo y fundamentará una norma moral legítima cuando se respetan todas las normas de procedimiento.

El diálogo se dirige a conseguir lo que es justo (exigible a cualquier ser humano) por encima de lo que es bueno (lo que proporciona la felicidad a un individuo o a un grupo). Con la distinción entre lo que es justo y lo que es bueno podemos intentar responder la pregunta de si hay valores o criterios morales universales: hay justicia, pero no felicidad. La justicia se exige, la felicidad se invita. Por este motivo actualmente se hace la distinción entre éticas de mínimos (éticas de la justicia) que se ocupan de la dimensión universalizable del fenómeno moral y éticas de máximos (éticas de la felicidad) que intentan ofrecer ideales de vida con el fin de ofrecer tanta

felicidad como se pueda.

Para comprobar si una norma es correcta, la ética del discurso tendrá que atenerse

también a dos principios:

· El principio de universalización ("U"), que es una nueva formulación del imperativo kantiano de la universalidad y dice así: "Una norma es válida cuando todo el mundo a quien afecte pueda aceptar libremente las consecuencias y efectos secundarios que se seguirían, previsiblemente, si se hiciera un cumplido

general para la satisfacción de los intereses de cada uno.

· El principio de la ética del discurso ("D"), según el cual: "Sólo pueden pretender validez las normas que encuentran (o podrían encontrar) la aceptación de todos los afectados como participantes en un discurso práctico" (J.

Habermas: CONCIENCIA MORAL Y ACCIÓN COMUNICATIVA).