la directiva marco del agua y el proceso de planificaciÓn hidrolÓgica en espaÑa

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LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Agua

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LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA. Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Agua. Marco Normativo. Marco normativo europeo. Directiva Marco de Aguas (2000/60/EC): - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA Y EL PROCESO DE

PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Agua

Page 2: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Marco Normativo

Page 3: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Marco normativo europeo

• Directiva Marco de Aguas (2000/60/EC): – Marco comunitario de actuación en Política de Aguas en

los Estados miembros de la UE

• Completando el marco normativo– Aguas subterráneas (2006/118/CE)– Directiva de inundaciones (aprobada septiembre 2007)– Sustancias prioritarias (Decisión 2451/2001/CE. Normas en

negociación)– Intercalibración (Decisión 2005/646/CE. Resultados

previstos fin 2007)– Directiva de protección del medio marino (en negociación)– Comunicación de la CE al parlamento sobre escasez de

agua y sequía (publicada en julio 2007)

Page 4: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Principales aspectos de la DMA

• Integra todas las masas de agua: continentales, de transición y costeras.

• Establece objetivos medioambientales ambiciosos: alcanzar el buen estado de las masas de agua en 2015.

• Incorpora los aspectos económicos en la planificación y gestión de las aguas. Principio de recuperación de costes

• Fomenta el proceso de participación pública en la planificación hidrológica

Page 5: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Transposición a legislación nacional Dic 2003

Demarcaciones/autoridades competentes Dic 2003

Análisis ambiental/económico Dic 2004

Programas de seguimiento Dic 2006

Aprobación de planes hidrológicos Dic 2009

Objetivos ambientales Dic 2015

Calendario DMA

Page 6: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Estrategia Común de Implantación

(periodo 2007-2009)Directores Generales del Agua

Dirección del proceso de implantaciónLíder: Presidencia, Co-líder: CE

Grupo Estratégico de CoordinaciónCoordinación del Programa de Trabajo

Líder: CE

Partes interesadas, ONG’s, Investigadores, Expertos, etc.

ComitéArt. 21

Grupo de Trabajo A“Estado Ecológico”

Co-líderes: JRC, DE y UK

Grupo de Trabajo D“Informes a la CE”

Co-líderes: CE, EEA y FR

Red de expertos "GIS”

Grupo de Trabajo C“Aguas Subterráneas”

Co-líderes: CE y AT

“Seguimiento Químico”

Grupo Estratégico

“WFD y Agricultura”

Co-líderes: FR, UK y CE

Grupo Estratégico “WFD e Hidromorfología”

Co-líderes: DE, UK y CE

Grupo de Trabajo E“Sustancias Prioritarias”

Líder: CE

“Seguimiento químico”

Grupo de Elaboración de Documentos

“Objectivos/Exenciones/Economía”

Co-líderes: CE y DK

Foro de Partes Interesadas“Escasez de Agua y Sequías”

Líder: CE

Grupo de Expertos – Co-líderes: CE/FR/ES/IT

Grupo de Trabajo F“Inundaciones”

Líder: CE

Page 7: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Marco normativo español

• Transposición de la Directiva Marco de Aguas: – Artículo 129 de la Ley 62/2003 de 30 de diciembre de

medidas fiscales y administrativas y del orden social.– Produce cambios significativos a la Ley de Aguas (TRLA)

• Completando el marco normativo– RD 125/2007, de 2 de febrero, fija el ámbito territorial de

las demarcaciones hidrográficas (artículo 16 bis 5 del TRLA)

– RD 126/2007, de 2 de febrero, regula la composición, funcionamiento y atribuciones de los CAC de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias (artículo 36 bis del TRLA )

– RD 907/2007 de 6 de julio de 2007 por el que se aprueba el Reglamento de Planificación Hidrológica

– Instrucción de Planificación hidrológica (actualmente en elaboración)

Page 8: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

•Nueva definición de cuenca hidrográfica e introducción del concepto de demarcación hidrográfica: clave para la implantación de la Directiva

•Creación del Consejo del Agua de la Demarcación y del Comité de Autoridades Competentes

•Se modifican artículos que hacen referencia al objeto, contenido, elaboración y aprobación de los Planes hidrológicos

•Se introducen nuevos objetivos medioambientales, estado masas de agua y programas de medidas para la consecución de tales objetivos, el registro de zonas protegidas

•Introducción del principio de recuperación de costes de servicios relacionados con la gestión del agua

Transposición de la DMA

Page 9: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• Demarcación hidrográfica: la zona terrestre y marina compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas de transición, subterráneas y costeras asociadas a dichas cuencas. • En cada demarcación se consideran incluidas todas las

aguas subterráneas situadas bajo los límites definidos por las divisorias de las cuencas hidrográficas de la demarcación. • En el caso de los acuíferos compartidos debe

garantizarse una gestión coordinada entre demarcaciones. • En aquellas zonas donde no se hayan acordado con los

Estados vecinos los límites del mar territorial, las aguas costeras y de transición se delimitarán mediante la aplicación del principio de equidistancia (Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre el Mar territorial).

Demarcaciones HidrográficasRD 125/2007

Page 10: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Demarcaciones HidrográficasRD 125/2007

Page 11: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

•El CAC se crea en las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias.

•Objetivo: garantizar la adecuada cooperación en la aplicación de las normas de protección de las aguas

•Su creación no afecta a la titularidad de las competencias.

•El Presidente del Organismo de Cuenca. •Vocales :

•Administración General del Estado en nº que no supere el de las CCAA.

•Un representante de cada CCAA. •Entes locales variable de 1 a 3 según la demarcación.

Comité de Autoridades CompetentesRD 126/2007

Page 12: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• El RD 907/2007 de 6 de julio de 2007 por el que se aprueba el Reglamento de Planificación hidrológica sustituye fundamentalmente a las disposiciones establecidas en el Título II del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica (RAPAPH).

• El desarrollo reglamentario se produce a la luz de las modificaciones introducidas en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA) y de aquellos aspectos de la Directiva 2000/60/CE relacionados con la planificación hidrológica que, por su excesivo detalle, no fueron incorporados en la transposición que dio lugar a la modificación, en 2003, del TRLA.

El nuevo Reglamento de Planificación Hidrológica

Page 13: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• Completar la transposición de la DMA (caracterización de la demarcación, estado de las masas de agua, definición de objetivos ambientales y exenciones y los programas de medida).

• Integra los aspectos clásicos de la planificación hidrológica y los más novedosos relacionados con la protección de las aguas, derivados de transposición de la DMA.

• Introduce aspectos como la componente económica en el concepto de demanda de agua, la determinación de caudales ecológicos o la consideración de los efectos del cambio climático.

• Regula el desarrollo del análisis económico del uso del agua

• Establece los procedimientos para la elaboración y aprobación de los planes, así como los mecanismos de participación pública.

Aspectos más relevantes del Reglamento

Page 14: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• El proceso de planificación y en concreto el de la elaboración de los planes es de gran complejidad técnica.

• El objeto de esta Instrucción de planificación hidrológica es el establecimiento de los criterios técnicos para la homogeneización y sistematización de los trabajos de elaboración de los planes hidrológicos de cuenca, conforme a lo establecido del Reglamento de la Planificación Hidrológica.

• Se encuentra en su última fase de desarrollo y está previsto que se apruebe en los próximos meses con rango normativo de Orden Ministerial

Instrucción Técnica de Planificación Hidrológica

Page 15: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• Procedimientos para la caracterización de las masas de agua

• Identificación de las masas de agua superficiales candidatas a la designación de muy modificadas

• Criterios para la evaluación de los usos y demandas de agua y para el establecimiento del inventario de presiones

• Determinación del régimen de caudales ecológicos• Establecimiento de un sistema de clasificación del

estado ecológico de las masas de agua superficiales

• Caracterización económica del uso del agua• Procedimiento de análisis y definición del

programa de medidas

Aspectos más relevantes incluidos en la Instrucción

Técnica

Page 16: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

DMA. Tareas realizadas

Page 17: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Caracterización de las demarcaciones (masas de agua

en riesgo)

Page 18: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Programas de control de aguas superficiales y subterráneas

Page 19: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

El proceso de planificación hidrológica

(ciclo 2007-2009)

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Programa, calendario y fórmulas de consulta

• Artículo 41.5 y disposición adicional 12º del TRLA (art 76.1 y 77 del Reglamento de Planificación)

• Objeto y contenidos:

– Informar sobre el proceso de planificación al público interesado.

– Identifica las principales etapas, los plazos obligatorios y los requisitos clave establecidos en el TRLA sobre la elaboración y revisión del plan.

– Contenido y alcance de los documentos básicos del proceso de planificación

– Contenido y alcance del programa de medidas y su implantación

– Descripción y alcance del proceso de evaluación ambiental estratégica del plan hidrológico

– Fórmulas de consulta y un estudio general de la demarcación.

Page 22: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

Proyecto de Participación Pública

• El artículo 72 del Reglamento de la Planificación Hidrológica

• Organización y procedimiento a seguir para hacer efectiva la participación pública en el proceso de planificación.

• Además, se establecen las acciones necesarias para: Dar cumplimiento a las especificaciones de la Ley 27/2006, de

18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Coordinar las especificaciones que aparecen reflejadas en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Page 23: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• Organización y cronogramas de los procedimientos de participación pública del plan hidrológico.

• Establece los requerimientos para la información pública, la consulta pública, la participación activa y el programa de trabajo necesarios para desarrollarlas.

• Describe los métodos y técnicas de participación a emplear en las distintas fases del proceso.

Niveles de acción

Contenido Fundamental del Proyecto

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Proyecto de Plan Hidrológico

• Fecha límite: Diciembre 2008.

• Contenido definidos en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA).– Descripción general de la demarcación hidrográfica

– Descripción general de los usos y presiones

– Zonas protegidas

– Redes de control

– Objetivos ambientales

– Análisis económico del uso del agua

– Programas de medidas

• Proceso de consulta (mínimo 6 meses)

Page 25: LA DIRECTIVA MARCO DEL AGUA  Y EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA EN ESPAÑA

• Los programas de medidas tendrán como finalidad la consecución de los objetivos

• El programa de medidas se integrará por las medidas básicas y las complementarias que, en el ámbito de sus competencias, aprueben las Administraciones competentesa) Las medidas básicas son los requisitos mínimos que

deben cumplirse en cada demarcación.b) Las medidas complementarias son aquellas que en

cada caso deban aplicarse con carácter adicional para la consecución de los objetivos o para alcanzar una protección adicional de las aguas

• La selección de la combinación de medidas más adecuada se apoyará en un análisis coste-eficacia (complementarias).

El programa de medidas