la direccion general de gente de mar través del ... maritima... · establece que toda formación y...

2

Click here to load reader

Upload: phamminh

Post on 28-Sep-2018

212 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: La Direccion General de Gente de Mar través del ... maritima... · establece que toda formación y evaluación de marinos, como está contemplado en el Convenio de STCW 78/95, emprendido

La Dirección General de Gente de Mar a través del Departamento de Formación Marítima tiene la responsabilidad de supervisar el buen funcionamiento y desempeño de los CFM nacionales e internacionales, reconocidos por la Autoridad Marítima de Panamá. Esto se realiza basándose en el Articulo 33 del Decreto de Ley No 7 del 10 de Febrero de 1998, y las disposiciones contenidas en la sección A-1/6 del Código sobre Normas de Formación Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978 enmendado en 1995. De igual manera el Departamento de Formación Marítima cumple con las siguientes funciones: Hacer cumplir la Política de Calidad de la Dirección General de Gente de Mar a través de la mejora continua de los procedimientos que garantice la conformidad del Sistema de Gestión de Calidad. Evaluar las solicitudes de reconocimiento presentadas por los representantes legales de los centros de formación marítima de acuerdo a los requerimientos establecidos en la Resolución No. ADM-026-2005. Realizar auditorias en sitio a los centros de formación marítima nacionales e internacionales, según los criterios establecidos en su Sistema de Gestión de Calidad y en el Convenio STCW 78/95 Mantener una comunicación permanente que facilite el buen ejercicio de la formación teórica y práctica de los centros de formación marítima que imparten cursos reconocidos por la Autoridad Marítima de Panamá Administrar en la página Web de la Autoridad Marítima de Panamá una base de datos de los centros de formación marítima reconocidos para impartir cursos. Convocar a la Comisión Consultiva una vez hayan sido auditados los centros de formación marítima basados en el programa anual de auditorias. Mantener una base de datos de aquellos jóvenes que tienen la vocación y reúnen los requisitos indispensables para laborar a bordo de naves de servicio nacional e internacional de la marina mercante panameña. Requisitos para el Reconocimiento o Renovación del Reconocimiento de Centros de Formación Marítima Internacionales y Nacionales De conformidad al Convenio STCW 95´, Regulación I/6, I/8 y I/12, Secciones A-1/6, A-1/8 y A-1/12 del Convenio, establece que toda formación y evaluación de marinos, como está contemplado en el Convenio de STCW 78/95, emprendido sea en tierra o a bordo, deberá ser evaluado y auditado de conformidad con las reglas mencionadas. La regla especifica que las personas encargadas de la formación y evaluación deberán tener la calificación correspondiente de conformidad con los requisitos. La regla I/8 requiere que toda actividad de formación y evaluación de marinos sea supervisada continuamente por un sistema de calidad e inspección periódica de las facilidades. La recomendación contemplada en la Sección B-I/8 con respecto a las evaluaciones independientes de un centro de formación u organización puede ser útil para el desarrollo de programas de formación. De acuerdo al Articulo 33 del Decreto de Ley No. 7 de 1998, la Dirección General de Gente de Mar de la Autoridad Marítima de Panamá tiene la función de autorizar, controlar y supervisar el cumplimiento de los planes de educación y entrenamiento conducidos por otras instituciones en las cuales se impartan conocimientos sobre educación náutica o marítima en general. Para obtener reconocimiento oficial para los programas de formación, el Centro de Formación Marítima debe suministrar la siguiente información:

Page 2: La Direccion General de Gente de Mar través del ... maritima... · establece que toda formación y evaluación de marinos, como está contemplado en el Convenio de STCW 78/95, emprendido

REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO

1) Formalidades a. Poder otorgado a un abogado Panameño o firma de abogados de la República de Panamá legalizado

por apostilla. b. La aplicación debe contener una petición formal por parte del centro dirigida a la Dirección General

de Gente de Mar, con copia para el Departamento de Formación Marítima. c. Pago de B/. 250.00 en concepto de evaluación de cursos.

2) Documentación a. Manuales desarrollados de los cursos que el Centro de Formación desea que sean reconocidos o para

los cuales desea la renovación del reconocimiento en conformidad al STCW 78/95 y las regulaciones de la República de Panamá. (Esto debe incluir planes de estudio detallados y carga horaria).

b. Lista de los instructores asignados para dictar los cursos que el centro desea reconocer. c. Hoja de Vida de los instructores y documentos que sustenten el conocimiento pedagógico y su

experiencia. (copia de los títulos, certificados, cartas de experiencia, etc.). Si los cursos son impartidos con simuladores, el centro de formación deberá de proveer documentos que sustenten el conocimiento de los profesores en técnicas de enseñanza que incluyan el uso de simuladores de radar, simuladores ARPA, GMDSS, y otros equipos.

d. Formato de los certificados que expide el Centro a los estudiantes que culminan los cursos. e. Copia del certificado de reconocimiento del Centro de Formación por parte de su propia

Administración Marítima y otras Administraciones. (esto ultimo si aplica). f. Copia del certificado de Gestión de Calidad. g. Manual del Sistema de Gestión de Calidad h. Ultimo informe de auditoria externa. i. Ultimo informe de auditoria interna. j. Fotos y videos del centro de formación marítima (en formato de CD). Estos documentos deben ser suministrados en formato CD al Departamento de Formación Marítima de la Dirección de la Gente de Mar.

Lista de Contactos Yazim Valles + 507 501-5053/97 [email protected] David Gonzalez + 507 501-5209/97 [email protected] Marilyn Maylin + 507 501-5378 [email protected] Elsa Montenegro +507 501-5098 [email protected] Fax: +507 501-5209 [email protected]