la artificialidad del delito

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GERARDO SAÚL PALACIOS PÁMANES * LA ARTIFICIALIDAD DEL DELITO. EN EL PENSAMIENTO DE NILS CHRISTIE (1) Nils Christie es un hombre excepcional. Sus ideas sobre la sociedad post- industrial y el control social contemporáneo son inusuales. Su estatura tam- bién es peculiar: alcanza quizá los dos metros. Para mí, en cambio, la carac- terística más atípica que encuentro en este magnífico autor es su prosa. Es el tratadista de criminología más generoso que existe. No hay lector que esté impedido para comprender los libros de tan agudo pensador. Su narrativa es amena, su prosa sencilla y los ejemplos de la vida cotidia- na aclaran el contenido temático más sombrío. Yo admiro a este profesor y pienso que en México sus ideas no están diseminadas lo suficiente. Para contribuir a la difusión de las tesis de tan laureado académico, escribo el presente artículo. Necesito hacer una aclaración. Considero que a este sociólogo noruego no le gustaría que alguien escribiera sobre su obra empleando formalismos literarios o metáforas de sopor. Por este motivo (de elemental congruencia), me alejaré un poco de los cánones metodológicos acostumbrados. Sé que enseñar es asunto serio, pero esto no riñe con un poco de amenidad. Des- pués de todo, amenidad no es tomar las cosas a la ligera, sino aligerar las cosas que se toman. Dicho lo anterior. * Maestro en Criminología, mención honorífica. Doctor en Derecho, Summa Cum Lau- de, por la Universidad Autónoma de Nuevo León. Miembro del Sistema Nacional de Inve- stigadores, CONACyT. (1) Este artículo está basado en las obras de Nils Christie, La Industria del Control del De- lito..; Una Sensata Cantidad del Delito, y de manera especial, en su capítulo de libro: “El Delito no Existe”, visible en la obra colectiva VVAA. S.n., Estudios sobre Justicia Penal. Homenaje al Profesor Julio B.J. Maier, Buenos Aires, 2005.

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Derecho penal

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  • GerArdo sAl PAlACios PmAnes*

    LA ARTIFICIALIDAD DEL DELITo. EN EL PENSAMIENTo DE NILS CHRISTIE (1)

    Nils Christie es un hombre excepcional. Sus ideas sobre la sociedad post-industrial y el control social contemporneo son inusuales. Su estatura tam-bin es peculiar: alcanza quiz los dos metros. Para m, en cambio, la carac-terstica ms atpica que encuentro en este magnfico autor es su prosa. Es

    el tratadista de criminologa ms generoso que existe. No hay lector que est impedido para comprender los libros de tan agudo pensador.

    Su narrativa es amena, su prosa sencilla y los ejemplos de la vida cotidia-na aclaran el contenido temtico ms sombro. yo admiro a este profesor y pienso que en Mxico sus ideas no estn diseminadas lo suficiente. Para

    contribuir a la difusin de las tesis de tan laureado acadmico, escribo el presente artculo.

    Necesito hacer una aclaracin. Considero que a este socilogo noruego no le gustara que alguien escribiera sobre su obra empleando formalismos literarios o metforas de sopor. Por este motivo (de elemental congruencia), me alejar un poco de los cnones metodolgicos acostumbrados. S que ensear es asunto serio, pero esto no rie con un poco de amenidad. Des-pus de todo, amenidad no es tomar las cosas a la ligera, sino aligerar las cosas que se toman. Dicho lo anterior.

    * Maestro en Criminologa, mencin honorfica. Doctor en Derecho, Summa Cum Lau-de, por la Universidad Autnoma de Nuevo Len. Miembro del Sistema Nacional de Inve-stigadores, CoNACyT.

    (1) Este artculo est basado en las obras de Nils Christie, La Industria del Control del De-lito..; Una Sensata Cantidad del Delito, y de manera especial, en su captulo de libro: El Delito no Existe, visible en la obra colectiva VVAA. S.n., Estudios sobre Justicia Penal. Homenaje al Profesor Julio B.J. Maier, Buenos Aires, 2005.

  • 194 diritto e processo

    El verano de 2009 ingres a una tienda de autoservicio. Minutos despus y sin yo percatarme, dos varones entraron al establecimiento. Uno de ellos permaneci en la entrada, por la parte de adentro. El otro se dirigi a la empleada que en ese momento atenda a otros clientes que formaban la fila

    de pago. Intimidndola con gritos y lenguaje corporal agresivo, le orden abrir la caja registradora. Ella as lo hizo y l se inclin sobre el mostrador, alcanzando el dinero. En ese instante tom mi porttil y llam a la polica. Me identifiqu con la operadora como empleado de seguridad pblica esta-tal y le relat los hechos. Ella me afirm que enviara una patrulla. Termin

    la llamada antes de que los dos hombres salieran del lugar. Ante la mirada de todos los que all nos encontrbamos, los dos jvenes egresaron de la tienda y, caminando sin apuros, se alejaron hasta voltear en una esquina.

    Por fortuna nadie result herido. La dependiente, an asustada, reini-ci su tarea de atender a las personas que hacan fila para pagar. Yo decid

    permanecer en el lugar hasta ver llegar a la polica. Mi objetivo era tomar el tiempo de respuesta. Al cumplirse veinte minutos, decid retirarme. Pero justo cuando sala del establecimiento, arrib una patrulla municipal.

    Pronto reconoc a sus dos tripulantes. Haban sido alumnos en la escue-la de polica que dirijo. Me pidieron la media filiacin de los responsables.

    Les dije que eran varones jvenes. Uno de ellos, aquel que permaneci de pie en la puerta del inmueble, tena veinticinco aos, aproximadamente. El otro, quien tom el dinero de la caja, tal vez completaba los cuarenta aos. Despus de proporcionar otras seas, como color de piel, estatura y tipo de cabello, los policas abordaron su patrulla y partieron en busca de sos-pechosos, no sin antes pedirme que permaneciera en el lugar, pues queran demostrarme lo mucho que haban aprendido durante su entrenamiento.

    A los diez minutos regresaron con dos jvenes arrestados en la parte trasera del automvil. Al verlos me percat que se trataba de otras personas. Los policas pusieron en libertad a los detenidos y, supongo, nadie detuvo a los responsables.

    Los dos jvenes que fueron vctimas de este error policial tenan una media filiacin semejante a la que yo le refer a los aprehensores. Pero entre

    unos y otros haba diferencias sutiles que se pasaron por alto. Los respon-

  • 195La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    sables vestan ropa de marca. En cambio, los detenidos vestan, ms bien, prendas humildes. Desde que vi a los dos responsables dentro de la tienda, me qued claro que eran de clase media. En cambio, cuando vi a los de-tenidos no tuve duda de que se trataba de personas de estrato social bajo.

    La informacin que yo proporcion a los policas fue incompleta. Ellos rellenaron, por decirlo de alguna forma, los espacios que mi descripcin dej en blanco con sus prejuicios sociales. Esos prejuicios los hizo buscar a los responsables en un estrato determinado. En su breve averiguacin descartaron automticamente a las personas que no tuvieran apariencia de ladrones. El sego los llev a la equivocacin. Su decisin de arrestar a dos jvenes de clase baja obedeci a un estereotipo. As fue como realiza-ron la criminalizacin secundaria. Es decir, la accin y el efecto de atribuir una conducta delictiva a una persoa determinada. Cuando esa criminalizacin se hace con base en la apariencia, se dice que es selectiva.

    sta es la forma como opera el sistema punitivo mexicano y, pienso, la mayora de los sistemas punitivos. En el lenguaje formal de la criminolo-ga crtica, por sistema punitivo se entiende el conjunto de agencias que conforman el aparato de justicia penal en sentido amplio: legisladores, po-lica preventiva, polica investigadora, agente del ministerio pblico, jueces, magistrados, crceles y oficinas de ejecucin de sanciones alternativas (no

    privativas de libertad). En todas las agencias, la informacin ignorada se completa con prejuicios sociales.

    Una de las teoras ms conocidas de la vertiente criminolgica crtica, llamada labelling approach (teora del etiquetamiento), explica el fenmeno. Si ignoramos esta perspectiva, acogiendo slo aquella que proporciona la criminologa del paso al acto, no podremos conocer por qu las crceles mexi-canas estn pobladas por gente pobre, en su mayora. Si dejamos de lado el estudio sobre las formas y las motivaciones, conscientes e inconscientes, con que el sistema punitivo opera, podemos incurrir en el error de pensar que las prisiones estn llenas de pobres porque siempre o casi siempre son ellos quienes delinquen.

    En las universidades de Mxico, la criminologa del paso al acto se ensea casi como dogma. Esto es, como una verdad inobjetable, que no debe ser

  • 196 diritto e processo

    re-visada, en el sentido de volverse a ver para analizar, crticamente (con duda cientfica) la verdad o falsedad de sus principios. Esta clase de

    criminologa es aquella que, basndose en una posicin epistemolgica po-sitivista, busca las causas de la conducta antisocial en el hombre en su triple dimensin biopsicosocial.

    Conocida tambin como direccin etiolgica, primero consider al criminal como un enfermo, para despus tenerlo como una persona con peligrosidad medible y factores crimingenos susceptibles de diagnstico, pronstico y tratamiento.

    La criminologa clnica clasifica las conductas en cuatro: (1) asocial; (2)

    social; (3) parasocial; y (4) antisocial. (2) La conducta asocial se lleva a cabo en la intimidad; por lo tanto, es indi-

    ferente a la sociedad. El individuo est en el interior de su vivienda, solo. Lo que all haga es irrelevante para la sociedad; no puede cometer conduc-tas que se alejen de las expectativas sociales pues no acta dentro de un grupo.

    La conducta social es aquella que cumple las expectativas del grupo. Si yo compro comida para llevar en un restaurante, asumo que los cocine-ros respetaron las normas de higiene en el preparado de los alimentos, sin necesidad de serciorarme acudiendo a la cocina. Si ellos observaron las normas, su conducta es social.

    La conducta parasocial incumple las expectativas sociales, pero no daa a la sociedad. Ejemplos clsicos son: prostitucin, pandillerismo, vagancia, consumo de drogas, etc.

    La conducta antisocial no slo incumple las expactativas del grupo social; tambin le ocasiona un dao. Ejemplos los hay en cantidad: lesiones, homi-cidio, robo, fraude, extorsin.

    La siguiente figura expone grficamente la tipologa conductual que re-fer:

    (2) Para esta explicacin me baso en los captulos I y II de: L. rodrGuez mAnzAnerA, Criminologa Clnica, 2 edicin, Mxico, 2008.

  • 197La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    En el lenguaje formal de la criminologa clnica, por factor crimingeno se entiende la causa eficiente de la conducta antisocial. Por ejemplo, el sujeto

    A ingiere bebidas alcohlicas al interior de una cantina, en compaa de sus amigos, durante varias horas. Al calor de las copas, A es insultado por uno de sus compaeros, que llamaremos B. A y B comienzan a discutir y B le propina un puetazo a A. ste saca de entre sus ropas un pual y lo clava en el vientre de B. El sujeto B muere en el acto y A es detenido, juzgado y condenado a pena privativa de libertad.

    El ministerio pblico demostr un mvil; es decir, una causa por la cual A mat a B. No le result difcil. Los testigos declararon que A fue insulta-do por B, originndose as la discusin que termin en homicidio. Al juez le bast este dato para tener claro el mvil del crimen.

    Al criminlogo clnico, en cambio, no le es suficiente conocer el mvil.

    La causa jurdica del delito tiene, a su vez, otras causas. Aqu es convenien-te distinguir entre mvil y causa del mvil. La criminologa clnica diferencia estos dos conceptos, llamndolos causa y concausa.

  • 198 diritto e processo

    En esto los criminlogos clnicos tienen razn. No todas las personas que reciben insultos terminan matando a su interlocutor. Por qu, sin em-bargo, A s reaccion violentamente, al grado de terminar privando de la vida a B? Esta clase de respuestas las proporciona el enfoque etiolgico, de all su utilidad. Despus de la historia clnica (observacin longitudinal y entrevistas criminolgicas) el criminlogo clnico podr reconstruir la crimi-nognesis. All dir cules son los factores crimingenos del caso particular.

    Los clasificar en endgenos (los que posee A en s mismo), exgenos (los que provienen del entorno hacia adentro: de afuera hacia A); predisponen-tes (A naci con ellos); preparantes (aproximan a A hacia la comisin de la conducta antisocial); y desencadenantes (son los que empujaron a A, hacia la comisin del crimen).

    El temperamento colrico sera ejemplo de un factor predisponente. Pues a diferencia del carcter, el temperamento se hereda. La ingesta de al-cohol ejemplifica un factor preparante. La ebriedad provoc que A perdiera capacidad de reflexin y se disminuyeran sus frenos inhibitorios.

    Explicado en otros trminos, si A hubiera estado sobrio al momento de ser insultado, jams habra clavado el pual en el vientre de B. El factor des-encadenante fue el puetazo que B le propin al sujeto A. Sin ese puetazo, la discusin no hubiera llegado a la agresin fsica y, por ende, a la muerte violenta de una persona.

  • 199La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    Esta perspectiva criminolgica debe seguirse enseando en las univer-sidades mexicanas. Segn me parece, su utilidad es incuestionable. Lo que debe cambiar es el monismo ideolgico. Las escuelas tienen que abrirse a la diversidad; sobre todo si son univers(ales)idades. La criminologa del paso al acto estudia, segn afirm, las concausas del crimen. Su aproxima-cin es antropolgica. Mira al hombre en sus esferas biolgica, psicolgica y sociolgica. En cambio, escapa a su objeto de estudio otro fenmeno que tambin es observable y medible, lo mismo que susceptible de explicacin y prediccin.

    Ese objeto de estudio es la reaccin social. Antes de explicar el concepto, debo fijar algunas premisas. Mientras que la criminologa basada en el pa-radigma (3) etiolgico considera a la conducta antisocial como un hecho, en el sentido de conducta; la criminologa basada en el paradigma interaccionis-ta la concibe como un proceso, en el sentido de constructo.

    La diferencia es importante. Una conducta slo es atribuible a su autor. La responsabilidad social (moral y/o jurdica) corresponde al individuo. La explicacin del hecho se busca, entonces, en el individuo mismo.

    (3) Molde, esquema, idea dominante.

  • 200 diritto e processo

    Por el contrario, considerar la conducta antisocial como un proceso, im-plica afirmar que su existencia obedece a relaciones complejas de factores,

    muchos de los cuales exgenos o externos al individuo. Si esta tesis tiene sustento, parecer claro que buscar en el hombre la explicacin de la anti-socialidad, es una perspectiva incompleta, pues deja fuera de su visin las causas exosomticas (exo: fuera; soma: cuerpo), de la conducta desviada.

    stas se buscan a travs del interaccionismo simblico, que explicaremos ms tarde. Adems, el estudio de la reaccin social implica incluir el anlisis del uso del poder de castigar, ejercido por el Estado y entendido como violencia que, aunque basada en la ley, es indeseable per se y por tanto necesita ser mantenida en niveles tolerables.

    Har un alto en el camino, para explicar el concepto desviacin y por qu prefiero utilizarlo en vez de conducta antisocial. La criminologa estudia sobre todo la conducta antisocial. Si se quiere determinar el carcter cientfico de

    esta disciplina (mucho se ha discutido sobre si la criminologa es o no una ciencia, pero a m me parece un tema poco relevante) es necesario delimitar su objeto de estudio. As resulta importante saber qu es conducta antiso-cial, pues no ha quedado claramente definido.

    El problema se presenta porque lo anti-social, como su nombre lo indica, es aquello que est en contra de la sociedad. La criminologa no puede limitarse al estudio de las conductas previstas en la ley como delitos, sin negar su propia autonoma. Hacerlo sera permitir que otra disciplina (el Derecho) definiera el objeto de estudio de la criminologa. Esto sera

    cientficamente cuestionable. Adems, existen conductas que, si bien estn

    prohibidas por las leyes penales, no tienen contenido negativo, en el sentido de ser contrarias a la sociedad. Pinsese por ejemplo en la evasin fiscal.

    Si antisocial es lo que est en contra de la sociedad, debe definirse con

    claridad en contra de qu. Un robo no pone en riesgo la continuidad de la sociedad, ni el patrimonio de todos los miembros de la colectividad. Sin embargo, s podra afirmarse que la mayora de los consocios coincide en

    que la propiedad privada es un derecho, y que ese derecho debe protegerse contra ataques de terceros. Caso ms difcil sera el delito contra derechos de autor.

  • 201La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    Comnmente conocida como piratera, esta conducta est prohibida en la ley penal, pero no es antisocial. La razn por la que sostengo que la pira-tera no es antisocial consiste en que la mayora de los mexicanos consume productos pirata. Si conducta antisocial es aquella que contradice los valo-res que la mayora de la sociedad comparte, pero la mayora de la sociedad compra productos pirata, entonces se trata de una conducta delictiva pero social, en el sentido de no-anti.

    Para sortear este problema, el distinguido criminlogo mexicano, Luis Rodrguez Manzanera, dice que la conducta antisocial es aquella que va en contra del bien comn. Y qu es bien comn? La explicacin que voy a

    dar parecera redundante, pero a veces invertir el orden de las palabras nos ayuda a esclarecer su significado. En mi concepto, bien comn es aquello

    que para el comn de la gente es bien. Expuesto en otros trminos, es todo lo que la mayora considere til por bello, necesario, virtuoso o genero-so. Aquello cuya consecucin permite una convivencia armoniosa.

    Claro est que nuestra explicacin es apenas una aproximacin al pro-blema. Luis Rodrguez Manzanera, al decir que lo antisocial es lo contrario al bien comn, sabe que elude un obstculo para, inmediatamente, quedar frente a otro de igual proporcin. Cuando este criminlogo se pregunta qu se entiende por bien comn?, acude a la encclica ecumnica de Juan

    XXIII, titulada Pacem in Terris.Ser sta una respuesta satisfactoria? No estoy tan seguro. Pero s s

    que es la mejor que se ha proporcionado. Pienso que la dificultad consiste

    en que se considera a lo anti como malo y a lo social como bueno. No me parece que las categoras de bueno y malo puedan utilizarse en el lenguaje cientfico; menos como ngulos de acometida o de aproximacin

    al objeto. Por esta razn yo prefiero el trmino desviacin. Comenz a utilizarse en

    estudios sociolgicos cuyos resultados fueron obtenidos empleando el m-todo estadstico. Pensemos en el siguiente ejemplo. En alguna ciudad de Japn, mil casos fueron observados, de los cuales novecientos ochenta arro-jaron resultados idnticos, mientras que veinte tuvieron resultados idnticos entre s, pero distintos con respecto a aquella mayora. En los novecientos

  • 202 diritto e processo

    ochenta casos (mayora), el peatn que vio la billetera abandonada delibera-damente en la calle por los autores del estudio, no se detuvo a recogerla. En cambio, los otros veinte (minora) s se apoderaron del objeto.

    Si los autores de la investigacin vacan estos datos en una matriz estads-tica, dibujarn dos lneas. La primera, que representa a la mayora de casos, trazar una trayectoria vertical. La segunda, en cambio, trazar una trayecto-ria desviada, con respecto de aquella. El comportamiento de los veinte fue bueno o malo? Esa pregunta es moral, no cientfica. Lo importante es

    que, el comportamiento de los veinte, comparado con el de los novecientos ochenta, es un comportamiento desviado, en la medida en que se separa de la media o constante.

    De esta manera, hablar de desviacin y no de antisocialidad, permite man-tener al objeto de estudio libre de contaminaciones religiosas, morales y jur-dicas. Como dice Massimo Pavarini, el concepto desviacin puede usarse para referir una anormalidad estadstica; esto es, cada vez que un comporta-miento se separa de la media de los comportamientos estandarizados. (4) El nico problema a resolver (menor que los ofrecidos por los conceptos anti-socialidad y bien comn) es que existen dos tipos de desviacin. Para explicarlo agregar una variable al ejemplo anterior.

    Supngase que de los veinte comportamientos minoritarios, uno no con-sisti en el apoderamiento de la billetera, en el sentido de apropiacin. El sujeto tom ese objeto ajeno para buscar en su interior alguna identifica-cin personal. Encontr informacin que le permiti conocer la identidad del dueo y su nmero telefnico. Lo cit en un lugar y le entreg su cartera.

    A este caso le llamar el caso nmero veinte. Cmo lucira el caso nmero veinte en la matriz estadstica? Veamos. La lnea (1) mayoritaria, traza una

    trayectoria recta en vertical. La lnea (2) minoritaria, dibuja una trayectoria desviada, inclinndose hacia la derecha. La lnea (3), que corresponde al caso nmero veinte, muestra una desviacin hacia la izquierda de la lnea (1), slo que su grado de desviacin es an mayor que el de la lnea minoritaria.

    (4) Vase: M. PAVArini, Control y Dominacin. Teoras Criminolgicas Burguesas y Proyecto He-gemnico. Traduccin: I. muAGorri, 8 edicin, Mexico City, 2003. p. 63.

  • 203La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    Aqu, tanto el comportamiento de apoderamiento, como el del caso nmero veinte, son desviados. Cul es digno de estudio clnico? Los dos,

    a mi parecer. El uno para conocer los factores crimingenos; el otro para conocer sus reforzadores psicolgicos. Pero para la criminologa del paso al acto, slo ser objeto de estudio el caso de apoderamiento. Por qu? Por-que se considera antisocial, es decir, contrario a lo que la sociedad desea que suceda.

    Ahora modificar mi ejemplo. Imagnese que este experimento se realiza

    en el Distrito Federal. Setecientas personas toman la cartera. En la grfi-ca, este comportamiento se representar con una lnea constante, (vertical) mientras que los trescientos casos en que el transente no tom la billetera reflejarn la desviacin. En el Distrito Federal, contrario a lo sucedido en la

    ciudad de Japn, el apoderamiento de la cartera es una conducta alineada, no desviada.

    La desviacin, en este sentido, es cuantitativa, no valorativa (axiolgica). Sin embargo, resulta evidente que no por ser mayoritario el comportamiento de apoderamiento puede la criminologa omitir su estudio. Aqu sucede que la criminologa, a diferencia del Derecho, no es autorreferente, en el sentido como lo expresa Niklas Lhumann, sino que necesita una heterorre-ferencia.

  • 204 diritto e processo

    Aunque estos conceptos parecen difciles de asimilar, en realidad son sencillos. El Derecho es autorreferente porque se define a s mismo. La lgi-ca jurdica opera con un binomio legal/no legal. Al Derecho (positivo) no le interesa si un hecho es justo o injusto; slo debe ponerlo a contraluz con leyes para saber si aquel es legal o no legal. Si es legal, est per-mitido; si es ilegal, est prohibido. As, el Derecho no necesita de la moral para saber qu es bueno y qu es malo. En esa disciplina, las categoras beno y malo se sustituyen por legal y no legal.

    La criminologa no puede estudiar si un hecho es legal o ilegal; tampoco si es bueno o es malo. Lo primero le corresponde al Derecho; lo segundo, a la moral. Si la criminologa no puede definir por s sola qu eventos son

    criminales y cules no lo son, entonces necesita que otro sistema de ideas se lo indique. Esta necesidad significa que la criminologa no es ciencia? A m

    me parece irrelevante. Lo que s tiene trascendencia es definir adecuadamente el punto de refe-

    rencia. Importa saber, no slo qu conducta es la que se comete mayoritaria-mente en una sociedad, sino qu conductas son las que, mayoritariamente, los miembros de una sociedad desearan en abstracto que no se cometieran. Adoptar la perspectiva del dueo de la billetera puede servir para dilucidar esta cuestin.

    En el lenguaje formal del Derecho, se habla de la existencia de deli-tos. Esta creencia ha traspasado los libros de doctrina legal y el lenguaje tcnico con que los juicios penales se desarrollan, hasta compenetrarse en el lenguaje ordinario o vulgar. Los conversadores en un caf, los medios de comunicacin y, en general, todas las personas, hablan de la existencia de delitos. Sin embargo, el delito no existe.

    Siguiendo a Nils Christie podemos recuperar esta verdad. El delito no tiene dimensin ntica. Es decir, no es un fenmeno natural. As como el delito no cae de un rbol, como la manzana de Newton, las conductas existen con independencia de que el lenguaje formal del Derecho las refiera

    como delitos. Lo que existe en realidad son conductas indeseables. En el Estado de Nuevo Len, hasta hace unos aos, el adulterio fue

    considerado delito; ahora slo es causal de divorcio. El hecho de que los

  • 205La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    legisladores hayan eliminado al adulterio de la lista de conductas amenaza-das mediante una pena, no significa el fin de las infidelidades. Las relaciones

    extramaritales continuarn existiendo mientras haya matrimonios. Ms an: mientras en la cultura exista la monogamia. A esto me refiero cuando, si-guiendo al profesor de oslo, sostengo que el delito no existe.

    Para la labor del criminlogo, es muy importante recuperar esta verdad. La palabra delito es un ropaje que encubre a la realidad. No haberlo ad-vertido a tiempo ha implicado tener que pagar un costo. El concepto de-lito, originalmente jurdico, se ha convertido en una construccin social. La costumbre de llamar y considerar delito a cierta clase de conductas, sin reflexionar que tal denominacin es un ropaje semntico, gener que la

    criminologa etiolgica no haya estudiado crticamente el fenmeno de la criminalizacin primaria.

    Ahora tengo oportunidad de referir qu significa criminalizacin primaria.

    En el lenguaje formal de la criminologa de la reaccin social, se conoce con ese nombre a la accin y el efecto de que el legislador incorpore una con-ducta al listado de conductas que estn prohibidas mediante la amenaza de pena. Expuesto en otros trminos: al acto tipificador.

    Si la criminologa clnica se hubiera percatado a tiempo de que la decisin de tipificar conductas como delito no siempre obedece al bien comn, o a

    lo que la mayora de los habitantes de la sociedad desea en abstracto, desde su nacimiento como disciplina hubiera hecho suyo este objeto de estudio.

    A la criminologa debe corresponder no slo el estudio de la conducta antisocial; tambin la reaccin social que sta provoca. As llego al punto no-dal de este captulo. Arriba dije que la criminologa del paso al acto considera a la conducta criminal como un hecho, mientras que la criminologa crtica lo estudia como un proceso. Este proceso se conforma por la interaccin com-pleja de factores sobre todo exosomticos. Entre estos factores estn los sociales, econmicos, mediticos y estatales.

    Antes de explicar estos factores, debo precisar una diferencia epistemo-lgica fundamental entre la criminologa del paso al acto y la criminologa de la reaccin social. Qu es, a todo esto, una posicin epistemolgica? Intentar exponerlo con un ejemplo.

  • 206 diritto e processo

    Imagnese un llano rodeado de montaas. Usted, lector, sube a la cima de una y yo a la de otra. Desde esas alturas, ambos vemos un objeto que est ubicado abajo, en el llano. Ese objeto es una casa. Por nuestra respectiva ubicacin, Usted ve el frente de la casa; yo, en cambio, la parte posterior. Desde su punto de vista, Usted describe el objeto, diciendo que tiene dos ventanas rectangulares, una puerta de madera y un prtico.

    yo veo otras caractersticas. Describo la casa diciendo que tiene una sola ventana en forma de cuadro, una puerta de hierro y un jardn. Con base en los datos empricos que Usted obtuvo, no puede afirmar que la casa tiene

    jardn. yo s puedo. En cambio, no puedo concluir que la casa tenga prtico. Mi informacin es limitada comparada con la de Usted y viceversa.

    Mi interpretacin final sobre el objeto estudiado ser distinta a la que

    Usted realice. La razn es simple: vimos el objeto desde cumbres diferentes. En este smil, cada montaa es una posicin epistemolgica. La siguiente figura ayudar:

    Espero haber aclarado el punto. Ahora s explicar las diferencias episte-molgicas entre la criminologa del paso al acto y la criminologa de la reaccin social.

    La primera se basa en la teora del consenso. Derivada del mito del contrato social, la teora del consenso ve a la sociedad como un grupo de individuos que, gracias a negociaciones done todos tuvieron voz y voto (como iguales) definieron las reglas del juego para convivir con paz y disputar los bienes

    disponibles en igualdad de circunstancias (competencia leal).

  • 207La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    Fijadas las pautas de comportamiento, la mayora adapta su comporta-miento a stas. No poda ser de otra manera, si todos, por igual, participaron en el diseo del contrato. En efecto, sera ilgico que alguien violara una norma a cuya redaccin l mismo contribuy.

    Slo un enfermo podra violar el pacto social! o, desde otro ngulo: que una persona violente el pacto es tan absurdo que su conducta slo puede interpretarse como sntoma de la enfermedad llamada criminalidad. Teniendo a la teora del consenso como suelo firme, la criminologa etiolgica edific

    su saber cientfico.

    Denominacin Funcin dentro del SistemaConsensualismo IdeologaContractualismo Teora de Base

    Paradigma Etiolgico Posicin EpistemolgicaCriminologa del Paso al Acto Legitimacin de la Violencia Estatal

    En la sociologa, la teora del consenso fue un paradigma (un sistema de ideas dominante) que se quebr. La realidad conflictiva lo desminti. La so-ciedad est lejos de ser un conjunto armonioso de individuos. Consiste, ms

  • 208 diritto e processo

    bien, en un sistema de conflictos que es necesario encauzar y resolver con

    base en ciertas reglas del juego, diseadas precisamente a partir del recono-cimiento de que el choque constante de intereses significa su caracterstica

    esencial. Resultando falsa la teora del consenso y quedando sta en desuso, el

    edificio de la criminologa etiolgica (construido sobre suelo movedizo) se

    cimbr. No cay a tierra, pero sus bases cientficas quedaron agrietadas.

    En medio de este cambio epistemolgico, es decir, del trnsito de la teo-ra del consenso hacia la teora del conflicto, al interior de la criminologa ya

    haba disidencias. A muchos criminlogos ya no les convenca la perspectiva etiolgica. Basados en la idea del conflicto, ellos cambiaron de objeto de

    estudio. A este movimiento, sucedido dentro del saber criminolgico, se le denomin La Gran Negacin.

    La negacin consisti en invertir el sentido de la mxima fundamental de la criminologa etiolgica: La desviacin produce reaccin social. Para quedar como sigue: La reaccin social produce desviacin. y si la reaccin social produce desviacin, en el sentido de ser factor crimingeno (y a veces crimen de lege ferenda) entonces la reaccin social se deba convertir en objeto de estudio de la criminologa que se encontraba en formacin.

    Esta Revolucin Coperanicana de la criminologa, como le llaman al-gunos, se desarroll dentro de un sistema de ideas que lucira as:

  • 209La artificiaLidad deL deLito. en eL pensamiento de niLs christie

    Denominacin Funcin dentro del SistemaConflictivismo Ideologa

    Marxismo Teora de baseInteraccionismo Simblico Posicin epistemolgica

    Criminologa de la Reaccin Social Deslegitimacin de la Violencia Estatal

    Ahora s, considero pertinente explicar lo que yo comprendo por factores crimingenos exosomticos. Segn lo expuse lneas arriba, aquellos son:

    Por factores econmicos me refiero al modelo econmico adoptado por un Estado, gracias al cual pueden explicase las reglas bajo las cuales los miem-bros de una sociedad definen: (1) su tica frente al otro; (2) la idea de xito;

    (3) los caminos institucionales (permitidos) para llegar al xito; (4) la regula-cin de la lucha de los estratos sociales; (5) la asignacin de roles sociales de-terminados; (6) la forma como habr de administrarse la riqueza disponible en trminos de dinero, materias primas, etc.; y (7) las bases para una poltica criminal coherente con la poltica econmica misma (conservacin de las ventajas, divisin de las clases bajas, proteccin de los monopolios, etc.).

    Al hablar de factores estatales me concentro en la reaccin social. En el lengua-je de la penologa, (5) se conoce con este trmino a las polticas, estrategias,

    (5) Disciplina que estudia la reaccin social formal e informal frente a la conducta des-viada negativamente. Sobre este tema, recomiendo dos obras de fcil acceso: (1) L. rodr-Guez mAnzAnerA, Penologa. 4 edicin. Editorial Porra. Mxico. 2004; y (2) J.M. rAmrez delGAdo, Penologa. Estudio de las Diversas Penas y Medidas de Seguridad, 3 edicin, Mxico City, 2000.

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    acciones y programas que el Estado pone en marcha para hacer frente al fe-nmeno criminal, sobre todo a travs de la produccin legislativa (creacin de normas legales). Por excelencia, la reaccin social se realiza a travs de la criminalizacin primaria y la criminalizacin secundaria.

    Para la criminologa crtica, en cambio, el objeto de la reaccin social es en realidad la conservacin de un statu quo que permita la dominacin de una clase sobre las otras.

    Por factores mediticos me refiero a la reproduccin consciente o incons-ciente de los factores econmico y estatal, a travs de menajes que legitiman las reglas del juego definidas por el modelo econmico y la reaccin social.

    Cuando hablo de factores sociales estoy pensando en la cultura; en ese com-plejo entramado de normas morales que se han creado con la costumbre y el paso del tiempo con el propsito y el efecto de regular las relaciones de los miembros de una colectividad. Las costumbres se conforman con la interac-cin entre las personas. Pero, contrario a lo que pudiera sugerir la teora del consenso, esa interaccin no siempre se realiza en un plano de igualdad. Hay actores que intervienen con los propsitos de imponer ideologas, a manera de adoctrinamiento, y de modificar las preexistentes.

    Bajo esta categora ubico tambin las estructuras del pensamiento, los simbolismos y prejuicios que comparte el grupo. Por ejemplo, el trabajo a destajo (ganar dinero segn lo producido, y no por horas de trabajo) signi-fica para un anglosajn la oportunidad de ganar ms dinero. Para un latino-americano, representa la oportunidad de trabajar lo necesario, por ejemplo, de lunes a jueves, para descansar el resto de la semana. A esto le llamo estructura de pensamiento. Quiz el trmino no sea el mejor, pero aqu me sirve para aclarar el punto.

    Por simbolismos me refiero a imgenes que encapsulan parte de la cultura de un pueblo. En el caso mexicano, la Virgen de Guadalupe, Madre interce-sora que le conseguir al mexicano el perdn de sus pecados con tal que se arrepientan a tiempo; la Catrina, caricatura y alebrije con la que el mexicano le expresa a la muerte su irreverencia, etc.

    La Madre que intercede quiz es el reflejo del amor destructivo del mexi-cano a la madre biolgica; tema del que ya otros autores ms autorizados

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    han hablado. El desdn a la muerte y su significado, en trminos de desen-fado por la vida edificante.

    El factor econmico es el que define cul es la tica de un pueblo, a partir

    del utilitarismo. Los valores se reordenan en una escala jerrquica segn su utilidad para la clase dominante, y no de acuerdo a su importancia per se. Qu conductas sern consideradas buenas y cules malas. Detrs del ropaje semntico bueno, malo se esconden intereses de dominacin. La clase en el poder desea perpetuarse en esa posicin de privilegio. Para lograrlo debe mantener a la plebe a raya, como dira Noam Chomsky. (6)

    La violencia contra el estrato social bajo debe ejercerse desde la estruc-tura. La violencia es estructural en la medida en que proviene del diseo del modelo econmico. Ese diseo garantiza a los ricos su riqueza y a los pobres su pobreza. Pero no importa, la pobreza es la exaltacin del espritu: los sufrimientos terrenales garantizan los placeres celestiales. Para trasladar esa violencia hacia sus formas menos evidentes; vale decir: para poder adminis-trarla, es necesario modificar la cultura.

    La cultura se modifica de tal suerte que las personas creen que las reglas

    del juego son justas, en el sentido de que procuran igualdad. Este engao se produce a travs de lo que yo llamo agencias de legitimacin. Se encargan de legitimar el statu quo. Estas agencias de legitimacin reproducen el statu quo,

    que consiste en la acumulacin del capital. El dinero es un fin per se. El dinero debe producir ms dinero. Para qu? Para tener

    ms dinero. El objetivo es tener ms dine-ro, acumularlo, invertirlo para multiplicarlo y guardarlo para conservarlo. Tales agen-cias mantienen vigente el principio de San Mateo. Se conoce con ese nombre al crculo vicioso del capitalismo, que consiste en que

    los ricos sean ms ricos y los pobres sean ms pobres. As lo dice Jess:

    (6) Vase: N. Chomsky, Cmo Mantener a Raya a la Plebe. Entrevistas por: BArsAmiAn, David. Trad. VeriCAt Nez, Isabel. 2 ed., Mxico City, 2002, pp. 132-133.

    CaDa InDIvIDuO TIEnE Su PERSOnal fORma DE

    InTERPRETaR El munDO; PERO ESa InTERPRETaCIn

    la REalIza SIEmPRE DEnTRO un ESquEma

    DE PEnSamIEnTO SOCIalmEnTE COnSTRuIDO

  • 212 diritto e processo

    Pues al que tiene, se le dar ms, y tendr bastante; pero al que no tiene, hasta lo poco que tiene se le quitar. (7) Entre stas destaco a los mass media, como reproductores del discurso oficial. Llegan a la gente hasta introducir

    en la cultura la verdad aparente (el consenso de legitimidad). El empresario es un benefactor que da empleo. El enemigo es de clase

    baja. El dueo del capital no roba a sus asalariados; el ladrn es un joven tatuado de clase baja y tez morena. Hay mucha delincuencia. La ciudadana ya no pude estar segura, de no ser por la intervencin heroica del Estado. La autoridad debe responder con ms policas, patrullas, armamento, penas y crceles. Si todo esto no funciona, siempre estar el abnegado Ejrcito. Los muchachos nos salvarn!

    La ciudadana compra este producto meditico y exige al Estado reac-cionar contra la ola de criminalidad. El Estado, obediente al principio vox populi vox Dei (La voz del pueblo es la voz de Dios), acta en consecuencia. La solucin a la violencia es la violencia. y dnde qued la consideracin de la violencia estructural? Se perdi de vista.

    Lo importante es ms criminalizacin primaria y ms criminalizacin secundaria. La ciudadana, inmersa en la sensacin de inseguridad que le producen los mass media y creyendo que sin la proteccin el Estado no sobre-vivir, seguir pidiendo ms violencia. La frmula es sencilla pero efectiva: el miedo produce violencia. Si se genera miedo, se legitimar el incremento de la violencia.

    As, la reaccin social, como violencia que es, en vez de legitimarse me-diante el respeto de principios tico-jurdicos tendientes a minimizarla, se legitima con el principio vox Dei. Esta ruta de accin no garantiza ms se-guridad en el sentido de menos crmenes, sino ms divisin de la clase baja, mediante la criminalizacin secundaria, as como la conservacin del statu quo. Es de esta manera como funcionan las agencias de legitimacin y se dirige el sistema punitivo.

    Nils Christie descubre, en el sentido de des-cubrir o remover el velo, la realidad para decir que el delito no existe. Lo existente son las conductas

    (7) San Mateo, 13, 12.

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    indeseables. Pienso que, en sentido semejante, es necesario des-cubrir que la reaccin social es violencia. Un incremento en el nmero de policas es percibido por la ciudadana como ms seguridad; sin embargo, representa en realidad ms control sobre las libertades.

    La construccin de ms crceles es interpretada por los habitantes de una ciudad como una inversin para mejorar la seguridad en las calles; pero sig-nifica que habr ms espacios disponibles en prisin para sacar de circula-cin a personas que hoy estn libres. Igualmente, una reforma a la ley penal que prevea ms castigos, puede ser aplaudida por las personas que han sido mimetizadas por el discurso de las agencias de legitimacin; no obstante, representa menos derechos.

    La violencia no deja de ser violencia porque se legalice, o dependiendo de quin la ejerza. Sea el Estado, sea el ciudadano, la violencia es, tambin, una conducta indeseable. A la reaccin social, considerada como violencia, la podemos referir ahora como violencia estatal. Recuperando esta realidad, se rescata tambin una pregunta que haba sido sumergida en el fondo de todos los mares, gracias al discurso legitimante. Esa interrogante dice: cunta reac-cin social es permisible? Christie se pregunta: Cul es una sensata cantidad

    de delito; yo agrego: Cul es una cantidad sensata de violencia estatal.Thomas Mathiesen reflexiona que la televisin ha contribuido lo suficien-

    te, en el mundo occidental, para la escalada del encarcelamiento. o sea, para el aumento en el uso de la prisin. Dice que la televisin, con su publicidad, corroe las defensas culturales (los valores) que se podran oponer a la escala-da del encarcelamiento.

    Sostiene tambin que anteriormente, La poltica criminal estaba ms o menos controlada por reflexiones tericas, filosficas y an cientficas. En

    cambio, hoy es gobernada mucho ms por la clase denoticias preocupa-cin (nota roja) que son vendibles en televisin y por la opinin comer-cial difundida en los medios de comunicacin.

    Anota tambin un cambio en la naturaleza del debate pblico acerca de la poltica criminal. Antes el debate filosfico permita la racionalidad comuni-cativa, es decir, poner un nfasis en la veracidad, importancia y sinceridad de la argumentacin. Era posible discutir con honestidad y esperar cierta aten-

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    cin por parte de los tomadores de decisiones. Pero hoy da, la racionalidad comunicativa vive su vida en las esquinas aisladas de las revistas cientficas y

    en reuniones acadmicas. Mientras tanto, el debate pblico est inundado de iniciativas polticas oportunistas en el contexto de una parodia televisiva que muestra shows de entretenimiento denominados debates. De esta manera, la racionalidad comunicativa degenera en racionalidad del mercado. (8)

    Vistas las cosas desde esta perspectiva, vuelvo a pensar en lo que sucedi aquel da que presenci el asalto en una tienda de autoservicio. Los policas arrestaron a dos personas que coincidan con el estereotipo de criminal, que sin embargo no tenan responsabilidad alguna. Quiz durante el patrullaje que hicieron para detener a los sospechosos, los oficiales s coincidieron en

    tiempo y espacio con los verdaderos asaltantes, pero no los detectaron. Esto es explicable. Pienso en algo similar que me sucedi. Termin mi

    clase de criminologa y sal del saln, olvidando mi libro sobre el escritorio. Cuando me percat de este descuido regres al aula, donde ya slo haba a un alumno. l me inform que una de sus compaeras tom mi libro, para guardrmelo. Pero como yo necesitaba leer unas notas, decid no esperar hasta el da siguiente, as que la busqu por los corredores.

    En la escuela donde trabajo, la poblacin estudiantil es muy grande. Vi a jvenes por todas partes. Como eran tantos, me concentr en las mujeres. Esta seleccin me impidi ver que uno de los varones tena mi libro en sus manos, pues la alumna que yo buscaba se lo dio a cuidar para ella poder ingresar a la biblioteca.

    yo eleg descartar a los varones con base en la informacin que recib del alumno que encontr en el saln. Los policas decidieron descartar a los de clase media con base en la informacin que recibieron del imaginario colectivo, conformado por los medios de comunicacin y la forma como operan tanto las agencias de legitimacin como las agencias que conforman el sistema punitivo.

    Este fenmeno encuentra su explicacin en la teora del interaccionismo

    (8) Vase: T. mAthiesen, Television, Public Space and Prison Population. A commentary on Mauer and Simon. En la obra colectiva: GARLAND, DAVID (Editor). Mass Imprisonment. obra citada. pp. 31-32.

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    simblico. Tal sistema de ideas concibe la conducta desviada como un proceso complejo. Sostiene, entre otras cosas, que al sujeto que responde a un este-reotipo cultural de criminal se le coloca una etiqueta. Es tratado como cri-minal porque luce como criminal. Se le arresta por resultar sospechoso. Lo ingresan a prisin y luego tal vez salga de sta. El patrn se repite, hasta que el etiquetado termina asimilando la categorizacin de desviado, asumiendo la conducta desviada como propia. As es como resulta verdadera la frase: La reaccin social produce desviacin.

    A mis alumnos explico este proceso con el ejemplo del semforo simblico:Imaginen que conducen su vehculo por una avenida transitada, hasta

    detener la marcha en un crucero con semforo en luz roja. A la izquierda de ustedes hace alto total otro vehculo, de modelo antiguo, descapotado, en precarias condiciones. Miran al conductor. Ven a un joven de tez morena y barba prominente que viste camisa de tirantes. En el brazo tiene varios ta-tuajes. Escuchan la msica salsa que, en alto volumen, sintoniza en la radio. Esta persona los voltea a ver. Ustedes cortan el contacto visual y, en auto-mtico, suben el cristal de su ventana. Qu ven en este semejante? Ellos

    siempre responden: Un criminal. Ahora miran hacia el lado derecho, donde otro conductor espera la luz

    verde. A bordo de un coche lujoso, ltimo modelo, est otra persona, de tez blanca, que viste traje y corbata. Escucha msica clsica. l no los observa, pues est atendiendo una llamada a travs de su porttil. Qu ven en este semejante?. Ellos siempre contestan: Un hombre exitoso.

    Bueno, pues les tengo una noticia. El hombre del lado izquierdo es un trabajador de tornos. Es pobre, pero vive de su trabajo. En cambio, el de la derecha es un defraudador fiscal que adems comete crmenes contra el me-dio ambiente por medio de su sociedad annima, sin responsabilidad penal alguna. Se dedica a la industria de refrescos embotellados. Constantemente contamina los mantos acuferos (aun cuando, segn el discurso formal, son de todos los mexicanos) que explota gracias a una concesin del gobierno. El mes pasado cerr una de sus plantas de produccin, lanzando al desem-pleo a mil personas, porque le resulta ms redituable abrirla en otro pas, donde puede pagar sueldos todava ms bajos que los que cubra aqu.

  • 216 diritto e processo

    Ahora que Ustedes tienen ms informacin de estas dos personas, ms all de su sola apariencia fsica, pueden decirme quin es el criminal? Mis

    alumnos reflexionan y luego ren sorprendidos. Algunas veces, uno o dos de

    ellos exclaman: Las apariencias engaan!. yo corrijo: Las agencias enga-an. Sobre ese engao construimos todas nuestras las relaciones sociales.

  • Antonio PAlAzzo*

    CITTADINANzA, AMBIENTE E CoSTITUzIoNEDEI BENI CoMUNI (1)

    sommArio: 1. Levoluzione dellidea di status di cittadinanza. 2. Il pensiero kantiano e quello marxista sullunit di status cosmopolita. 3. Capacit e status dalla geopolitca alla politica della biosfera. 4. Le Convenzioni internazionali sullo status di cittadinanza e la tutela dellambiente. 5. Il progetto Rodot sui beni comuni. 6. Ambiente e beni comuni. 7. Laccesso allambiente come accesso ai beni comuni. 8. Il riconosci-mento dei diritti economici per lattuazione dei diritti politici. 9. La tutela dei diritti economici ed il ruolo del Comitato dei diritti dellUomo. 10. Il diritto alla correttezza del mercato economico e finanziario.

    1. Levoluzione dellidea di status di cittadinanza.

    Tra le figure storiche di status della persona quella che si presenta sem-pre pi in evoluzione la cittadinanza. Il nucleo dellidea generale di status si ritrova nel periodo rinascimentale del diritto civile quando Donello e Duareno nel commento al De statu hominum del titolo V, libro I del Digesto guardano al suo contenuto costituito dai diritti e dai doveri dellindivi-duo (2). Ma era ancora, in quel momento storico, la condizione sociale della persona, e cio la sua classe di appartenenza, il criterio giuridico per la loro determinazione.

    * Universit degli Studi di Perugia. (1) Relazione tenuta il 27 giugno 2012 nel Centro studi sulle radici culturali ebraico-

    cristiane della civilt europea, a conclusione dellincontro di studio su Lidea di status nel XXI secolo.

    (2) F. duArenus, Opera omnia, tomus I, Francofurti, 1592, in Tit. V, lib. I Pand., p. 10; H. donnellus, Opera omnia. Commentarium de iure civili, tomus I, Lucae, 1762, lib. II, cap. IX, pp. 231-232. Citazioni che abbiamo trovato nella monumentale opera di P. Costa, Civitas. Storia della cittadinanza europea, vol. 1, Dalla civilt comunale al settecento, Roma-Bari, 1999, p. 597.