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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS QUITO - ECUADOR 2017 AUTORES: Ing. Abg. Mauricio Torres Maldonado MSc. Dra. CPA. Gabriela Sulca Córdova MSc. Dr. CPA. Efraín Becerra Paguay MSc. EPE. Dr. Washington Paúl Torres Vargas. MBA Ing. Oswaldo Fiallos Tapia. MBA. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y FINANCIERA EN EL ECUADOR

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS QUITO - ECUADOR 2017

AUTORES:

Ing. Abg. Mauricio Torres Maldonado MSc.

Dra. CPA. Gabriela Sulca Córdova MSc.

Dr. CPA. Efraín Becerra Paguay MSc. EPE.

Dr. Washington Paúl Torres Vargas. MBA

Ing. Oswaldo Fiallos Tapia. MBA.

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y

FINANCIERA EN EL ECUADOR

Page 2: LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y FINANCIERA EN EL ECUADOR · 2020. 4. 21. · la continuidad y desenvolvimiento de la sociedad. (Gulick, 1990, págs. 599-603), señala: La Administración

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DATOS DE LOS AUTORES

Ing. Mauricio Torres Maldonado Mgt. Profesión: Ingeniero Comercial

Abogado de los Tribunales de la República

Licenciado en Jurisprudencia

Magister en Ciencias Internacionales

Docencia: Universidad Central del Ecuador (15 años)

Universidad Técnica Particular de Loja (5 años)

Correo Electrónico: [email protected]

Dra. Gabriela Cecilia Sulca Córdova MSc.

Profesión: Doctora en Contabilidad y Auditoría

Especialista en Finanzas

Magister en Finanzas y Gestión de Riesgos

Docencia: Universidad Central del Ecuador (10 años)

Correo Electrónico: [email protected]

Dr. Efraín Roberto Becerra Paguay MSc. EPE. Profesión: Doctor en Contabilidad y Auditoría

Magister en Educación Superior

Magister en Auditoría Integral

Docencia: Universidad Central del Ecuador (14 años)

Pontificia Universidad Católica del Ecuador (5 años)

Universidad Politécnica Salesiana (5 años)

Universidad Internacional SEK (5 años)

Correo Electrónico: [email protected]

Dr. Washington Paúl Torres Vargas, MBA

Profesión: Licenciado en Administración Pública

Doctor en Administración Pública

Magister en Gerencia Empresarial, MBA

Magister en Recursos Humanos y Gestión del Conocimiento

Docencia: Universidad Central del Ecuador (4 años)

Correo electrónico: [email protected]

In. Oswaldo Antonio Fiallos Tapia MBA

Profesión: Ingeniero Comercial

Magister en Gerencia Empresarial, MBA

Docencia: Universidad Central del Ecuador (10 años)

Universidad Internacional del Ecuador

Correo electrónico: [email protected]

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INTRODUCCIÓN

La Administración Pública es un conjunto de actividades que realiza el estado para

satisfacer a la comunidad, a través de toda su estructura organizacional, buscando el

cumplimiento de objetivos con la optimización de recursos.

La Administración Pública en el Ecuador, se ha transformado y ha llegado a ocupar

un puesto relevante dentro del profesionalismo de los servidores públicos.

A partir del año 2008 entro en vigencia la nueva Constitución de la República del

Ecuador, donde se cambió la visión del Estado, a un Estado Constitucional de Derechos y

Justicia Social. Dentro de este nuevo enfoque, se ha cambiado además la perspectiva del

servidor público ecuatoriano, comprendiendo este concepto al distinto personal que dispone

la administración pública.

La Administración Financiera Gubernamental (SAFI) cuenta con normas

preestablecidas y sistemas informáticos prediseñados y obligatorios, los principales de ellos

son los denominados ESIGEF y ESIPREN administrados por el Estado. Estos programas

informáticos contienen como uno de sus componentes al Sistema de Contabilidad

Gubernamental.

La finalidad de la Contabilidad Gubernamental es establecer y mantener en cada

institución del Estado, un sistema específico y único de contabilidad y de información

gerencial, que integre las operaciones financieras, presupuestarias, patrimoniales de costos.

La rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa con

el Sistema Nacional de Finanzas Públicas SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la

ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del

SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SINFIP.

La administración financiera gubernamental, se orienta a la asignación y distribución

de los recursos pertenecientes al Estado, el mismo que cumple una misión importante en la

prestación de servicios públicos, por lo que en forma adicional busca que el control de los

recursos públicos sean eficientes, efectivos, económicos, equitativos y ecológicos.

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De lo expuesto anteriormente, se desprende que el estudio de este campo es de vital

importancia para el profesional contable y como aporte para el Estado como ente

Beneficiario, se propone conocer temas relacionados con la estructura de sector público, el

origen y aplicación de los fondos públicos, la asignación presupuestaria por área, la

administración de los bienes y la recaudación de los recursos, aspectos que se integran con

la Contabilidad Gubernamental mediante sistemas de registros unificados e integrados,

(SIGEF) Sistema Integrado de Gestión Financiera. (Sulca, Espinoza, & Becerra, 2016)

Mediante Registro Oficial Suplemento 306 de 22 de octubre de 2010, se expide el

CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PUBLICAS, que contiene la

normativa para regular el campo de las finanzas públicas, pues se requiere una reforma

profunda para recuperar la funcionalidad y facilitar la acción del Estado, esta normativa está

diseñada para ajustarse al cumplimiento de programas económicos que se enfocan

prioritariamente en la estabilidad fiscal de corto plazo y dejan de lado los objetivos de

desarrollo de mediano y largo plazo, la participación ciudadana y las garantías del buen vivir.

La normativa de gestión financiera fue actualizada mediante Acuerdos Ministeriales

No. 018 y 067 de 18 de enero de y 6 de abril de 2017, respectivamente.

Todos los organismos que pertenecen al Estado, cualquiera sea la actividad que

realicen, deben disponer de un sistema contable integrado y confiable, a fin de administrar,

registrar y controlar los recursos públicos, optimizarlos a lo máximo y si no existe adquirir

o diseñar un nuevo, o mejorarlo el existente, situación que permitirá evaluar la gestión de las

autoridades responsables de tomar decisiones, a fin de adoptar políticas que conduzcan a la

consecución de objetivos previstos en los planes y programas.

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................................... 2

ÍNDICE DE CONTENIDOS .......................................................................................................................... 4

1. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA .......................................................................................................... 6

1.1. FINALIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ................................................................ 12 1.2. EL PROCESO ADMINISTRATIVO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ................................ 15 1.3. PLANIFICAR .................................................................................................................................... 17 1.4. ORGANIZAR .................................................................................................................................... 29 1.5. DIRIGIR ............................................................................................................................................. 34 1.6. CONTROLAR ................................................................................................................................... 36 1.7. CONTROL INTERNO ....................................................................................................................... 40 1.8. CONTROL EXTERNO ...................................................................................................................... 41

2. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA ..................................................................................................43

2.1. REGULACIONES LEGALES ........................................................................................................... 43 2.2. SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS (SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PÚBLICAS SINFIP). ........................................................................................................................................ 47 2.3. AMBITO DE APLICACIÓN ............................................................................................................. 47 2.4. OBJETIVOS ....................................................................................................................................... 48 2.5. PRINCIPIOS ...................................................................................................................................... 48 2.6. DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL ENTE RECTOR DEL SISTEMA NACIONAL DE

FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP ................................ 49 2.7. COMPONENTES DEL SISTEMA .................................................................................................... 52

3. DEL COMPONENTE DE LA POLITICA Y PROGRAMACION FISCAL ......................................56

3.1. POLÍTICA FISCAL: .......................................................................................................................... 56 3.2. PROGRAMACIÓN FISCAL PLURIANUAL Y ANUAL: ............................................................... 57 3.3. FASES DE LA PROGRAMACIÓN FISCAL PLURIANUAL Y ANUAL: ....................................... 57 3.4. ESTUDIOS FISCALES: .................................................................................................................... 57

4. DEL COMPONENTE DE INGRESOS ...............................................................................................57

4.1. INGRESOS PUBLICOS .................................................................................................................... 58 4.2. MECANISMOS PARA LA RECAUDACION Y DETERMINACION ............................................. 58 4.3. RECAUDACION A TRAVES DE ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS ............................... 58

5. COMPONENTE DE PRESUPUESTO ................................................................................................59

5.1 PROGRAMACION PRESUPUESTARIA ............................................................................................. 60 5.2 FORMULACION PRESUPUESTARIA ................................................................................................ 61 5.3 APROBACION PRESUPUESTARIA .................................................................................................... 64 5.4 EJECUCION PRESUPUESTARIA ........................................................................................................ 66 5.5 SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA ................................. 69 5.6 CLAUSURA Y LIQUIDACION PRESUPUESTARIA ......................................................................... 70 5.7 NORMAS TÉCNICAS DE PRESUPUESTO ......................................................................................... 71 5.8 CLASIFICADORES ............................................................................................................................... 73 5.9 RELACION CON LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .......................................................... 82

6. DEL COMPONENTE DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO ..............................................................86

6.1 DE LOS LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DESTINO DE LOS RECURSOS Y DE LOS

PROYECTOS ................................................................................................................................................... 87 6.2 DEL COMITE DE DEUDA Y FINANCIAMIENTO ............................................................................. 92 6.3 DE LA EMISION DE BONOS Y OTROS TITULOS ............................................................................. 95 6.4 DE LAS GARANTIAS ........................................................................................................................... 97

7. DEL COMPONENTE DE TESORERIA ............................................................................................98

7.1 NORMAS TÉCNICAS DE TESORERIA ............................................................................................. 103

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7.2 MECANISMOS DE RECAUDACION Y PAGOS ............................................................................... 105

8. DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .............................................. 109

8.1 NORMATIVA Y PRINCIPIOS ............................................................................................................ 113 8.2 CATÁLOGO DE CUENTAS ............................................................................................................... 119 8.3 ASOCIACIÓN CONTABLE PRESUPUESTARIA ............................................................................. 123 8.4 PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS ............................................................................. 124 8.5 NOTAS A LOS DE ESTADOS FINANCIEROS ................................................................................. 125 8.6 REQUISITOS DE LOS INFORMES .................................................................................................... 126 8.7 MODELOS INFORMES ...................................................................................................................... 128 8.8 PRINCIPALES ASIENTOS TIPO - CASO DE APLICACION PRACTICO ....................................... 135

BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................................... 145

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1. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

La administración se refiere a hacer cosas; a la realización de objetivos definidos. La

ciencia de la administración, es por lo tanto, el sistema de conocimiento con el cual los

hombres pueden entender relaciones, predecir efectos e influir resultados en cualquier

situación en que haya personas trabajando conjuntamente en forma organizada para un

propósito común.

La administración es una ciencia social compuesta de principios, teorías y escuelas,

cuya aplicación a conjuntos humanos permite establecer sistemas racionales de esfuerzo

cooperativo, a través de los cuales se pueden alcanzar propósitos comunes.

La palabra pública, al igual que el vocablo política, tienen la misma raíz etimológica

e histórica: ambas palabras derivan de la raíz pul (multiplicidad, amplitud); de ella derivó en

el griego la palabra polis (ciudad, estado), origen del concepto de política, y en el latín,

populus (pueblo), que es un sustantivo producido por la reduplicación de la voz pul. El

sustantivo populus se adjetivó en puplicus y luego en publicus, de donde derivó la palabra

público. Así, política y pública, además de este parentesco etimológico, tienen un significado

conceptual común: ambas se refieren a lo colectivo, comunitario, conglomerado. Es muy

significativo que entre los griegos y los romanos se identificara el estado por su carácter

comprensivo y colectivo: Polis y República.

Algunos autores definen a la Administración Pública de la siguiente manera:

(Guerrero, 2007, pág. 7) refiere:

La Administración Pública, caracterizada como la actividad del Estado, tiene por

objeto a la sociedad, para la cual labora en su continuidad y desarrollo. Por consiguiente,

dicha administración tiene su origen existencial, así como su legitimidad y justificación, en

la continuidad y desenvolvimiento de la sociedad.

(Gulick, 1990, págs. 599-603), señala:

La Administración Pública es aquella parte de la ciencia de la administración que

tiene que ver con el gobierno, y, por lo tanto se ocupa principalmente de la rama ejecutiva,

donde se hace el trabajo de gobierno, aunque evidentemente hay problemas administrativos

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también en relación con las ramas legislativa y judicial. La Administración Pública es, pues,

una división de la ciencia política y una de las Ciencias Sociales. Es común relacionar los

conceptos de Gobierno y Administración Pública, debido a que se encuentran estrechamente

ligados y son inherentes el uno del otro, por ejemplo, en la Administración Pública se refleja

la acción del gobierno con el fin de satisfacer las necesidades básicas de la sociedad a quien

le sirve.

(Marshall, 1967, pág. 12), argumenta:

La Administración Pública no es meramente una máquina inanimada que ejecuta

irreflexiblemente el trabajo del gobierno. Si la Administración Pública tiene relación con los

problemas del gobierno, es que está interesada en conseguir los fines y los objetivos del

Estado. La Administración Pública es el Estado en acción, el Estado como constructor.

(Moreno, 1980, pág. 87) afirma:

La Administración Pública, en tanto estructura orgánica, es una creación del Estado,

regulada por el derecho positivo y como actividad constituye una función pública establecida

por el ordenamiento jurídico nacional. Pero tanto la organización como la función o

actividad reúnen, además, caracteres técnico políticos, correspondientes a otros campos de

estudio no jurídicos, como los de la teoría de la organización administrativa y la ciencia

política. Por lo tanto la noción de la Administración Pública dependerá de la disciplina o

enfoques principales de estudio (el jurídico, el técnico o el político), en virtud de no existir,

como ya lo hemos señalado, una ciencia general de la Administración Pública capaz de

armonizar y fundir todos los elementos y enfoques de este complejo objeto del conocimiento.

(Jaramillo, 1995, pág. 19) afirma:

Es la actividad racional, técnica, jurídica y permanente, ejecutada por el Estado, que

tiene por objeto planificar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar el

funcionamiento de los servicios públicos. El fin de la administración es prestar servicios

eficientes y eficaces para satisfacer necesidades generales y lograr el desarrollo económico,

social y cultural del País. Para obtener estos resultados la administración tiene que formular

objetivos, trazar políticas, elegir procedimientos, decidir correctamente, ejecutar las

resoluciones y controlar las acciones de los servidores.

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(Constitución de la República del Ecuador, 2008) La definición Constitucional del

Art.227 señala: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se

rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,

descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”

La definición constitucional, que se ha redactado en nuestro país, es muy técnica,

muy pocas constituciones a nivel mundial tienen definiciones y dedican un capítulo entero a

la Administración Pública, en este caso el capítulo séptimo de la Constitución de la

República del Ecuador, desde el artículo 225 hasta el 237.

A la definición constitucional de Administración Pública, para una mejor

comprensión hemos creído conveniente dividirla en tres elementos: Servicio a la

colectividad, gestión y el proceso administrativo, que se lo asocia con los principios de la

Administración Pública, esto no implica que los principios sean igual al proceso

administrativo, pero tienen una relación que más adelante se la explicará.

AP = SC + G + PA

Administración Servicio a la Gestión Proceso

Pública Colectividad Administrativo

El servicio a la colectividad, busca que el estado entregue bienes y servicios que

beneficien a la ciudadanía, y con esto se pueda cumplir el precepto constitucional del buen

vivir.

La Gestión, es un conjunto de acciones sistemáticas que se enmarcan desde la

planificación hasta la evaluación del cumplimiento de sus objetivos, es decir empieza con la

planificación, pasando por la organización, la dirección hasta llegar al control, lo que hace

que en la gestión también exista proceso administrativo. La gestión pública tiene tres

elementos que son: Eficiencia, eficacia y calidad, que son los primeros principios de la

Administración Pública.

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Principio de Jerarquía.- Es la relación de subordinación o dependencia entre

autoridades y empleados en una organización, en relación a su estructura orgánica.

Principio de Desconcentración.- Se define a la delegación de funciones que entrega

una organización a otra, pero del mismo ente.

“Transferencia de competencias de una entidad administrativa del nivel nacional a

otra jerárquicamente dependiente (nivel regional, provincial o distrital), siendo la primera la

que mantiene la rectoría y asegura su calidad y buen cumplimiento” (SENPLADES, 2011,

pág. 55).

Principio de Descentralización.- Es la transferencia definitiva competencias,

responsabilidades, atribuciones, de una entidad a otra; acompañada de recursos, humanos,

materiales, tecnológicos y financieros. En el caso de una descentralización del Gobierno

Central a los GADs, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y en el Código Orgánico

de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, se realizará

conforme a lo dispuesto por el Consejo Nacional de Competencias.

Principio de Coordinación.- Busca el cumplimiento de los objetivos a través de

una buena relación entre subordinados y autoridades, obedeciendo las normas establecidas

para este fin y con la intervención de personas expertas en el tema a coordinar.

Principio de Participación.- La Administración Pública, busca involucrar a todos

los organismos del sector público y a la ciudadanía en sus procesos de toma de decisiones,

fiscalización y control, tratando que los servidores y ciudadanía se empoderen de la

participación y logren que el servicio público sea eficiente, eficaz y de calidad.

El Estado garantiza la participación en la gestión pública a través de la constitución

en el art. 278.

Para la consecución del buen vivir, a las personas y a las colectividades, y sus

diversas formas organizativas, les corresponde:

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1. Participar en todas las fases y espacios de la gestión pública y de la planificación

del desarrollo nacional y local, y en la ejecución y control del cumplimiento de los planes de

desarrollo en todos sus niveles. (Constitución de la República del Ecuador, 2008).

Planificación participativa: Proceso mediante el cual se integra al ciudadano en

forma individual o colectiva en la toma de decisiones, fiscalización, control y ejecución de

las acciones que afectan algún ámbito de la esfera pública, sea en lo político, económico,

social o ambiental. Supone construir una visión de futuro que cada sociedad desea alcanzar,

ordenando las acciones que permitan o conduzcan al logro de dicha visión. Implica una

dinámica de interacción, de información, de deliberación, de construcción de consensos y

disensos a partir de los cuales se genera conocimiento. La generación, seguimiento y

evaluación de compromisos de acción son el fundamento de la planeación participativa.

(SENPLADES, 2011, pág. 57).

Principio de Planificación.- Es la determinación de objetivos, previo a un análisis

que se determina en base a necesidades, donde se involucra a las instituciones públicas con

los organismos encargados de la planificación, todo esto relacionado con el Plan Nacional

de Desarrollo o Plan del Buen Vivir.

Principio de Transparencia.- Es el conjunto de normas, procedimientos y

conductas que definen y reconocen como un bien del dominio público, los procesos de toma

de decisiones, adquisiciones, regulaciones y en fin toda la información generada o en

posesión sobre todos los temas que maneje la Administración Pública o personas privadas

que manejen recursos públicos.

Principio de Evaluación.- Nos permite conocer el porcentaje de cumplimiento de lo

planificado con lo ejecutado y así poder tomar decisiones por parte de los administradores,

especialmente donde existan errores, para poder mejorar o corregir las brechas existentes.

De acuerdo a estas definiciones, los principios de la Administración Pública que están

determinados en la Constitución de la República, se los puede relacionar con el proceso

administrativo, sin querer decir que los principios de la Administración Pública es lo mismo

que el proceso administrativo, pero si se puede demostrar la relación entre estos dos

preceptos y determinarlos de la siguiente manera:

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Jerarquía

Organización Planificación

Coordinación

Dirección Coordinación

o Jerarquía

Ejecución Planificación

Desconcentración

Desconcentración

Planificación Descentralización

Planificación

Participación

Control Planificación

Transparencia

Evaluación

Lo que confirma la fórmula explicada anteriormente, donde Administración Pública

es igual a: servicio a la colectividad más gestión y proceso administrativo.

AP = SC + G + PA

Eficiencia Planificar

Eficacia Organizar

Calidad Dirigir

Controlar

Por lo tanto, se puede definir a la Administración Pública como un conjunto de

acciones que a través del servicio a la colectividad (SC), y del proceso administrativo que

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incluye a la planificación, organización, dirección y control (PA), nos permite optimizar

recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros (Eficiencia), para lograr el

cumplimiento de las metas y objetivos propuestos (Eficacia) y entregar un bien o servicio

que sea de satisfacción al usuario (Calidad)

1.1. FINALIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

En el análisis de la administración pública se acentúan dos corrientes: La burocracia

con un sistema de organización jerarquizado en base a un ordenamiento jurídico,

significando el paso de un sistema de dominación patrimonial-aristocrático a un sistema de

dominación racional-legal y la nueva Gestión Pública basada en resultados con eficiencia,

modelos que se han implementado por las necesidades de reformas y el empoderamiento de

la ciudadanía en la entrega de servicios directos e indirectos, buscando que las

organizaciones sean el punto de partida en la satisfacción de las necesidades de la sociedad,

considerando al ciudadano no un cliente sino un accionista de la organización.

Se puede definir a la Administración Pública como un conjunto de acciones que a través

del servicio a la colectividad (SC) y del proceso administrativo que incluye a la

planificación, organización, dirección y control (PA), nos permite optimizar recursos

humanos, materiales, tecnológicos y financieros (Eficiencia), para lograr el

cumplimiento de las metas y objetivos propuestos (Eficacia) y entregar un bien o

servicio que sea de satisfacción al usuario (Calidad) (Torres M. y Logroño M, 2017,

pág. 52)

Por lo tanto, la finalidad principal de la Administración Pública es la entrega de

servicios con eficiencia, eficacia y calidad, debiendo existir la satisfacción del ciudadano.

La ciudadanía se empodera más de la entrega de los servicios públicos, exigiendo

mayor satisfacción y mejorar la calidad con menos recursos, lo que implicaba un cambio del

modelo Weberiano que se había especializado en dominar a la población administrada pero

no en la eficiencia en los servicios.

Cuando el estado se plantea la necesidad de prestar cada vez más servicios y que estos

sean a su vez más complejos, empieza a hacer aguas la premisa de la uniformidad de las

rutinas. El principal problema radica, entonces, en que el modelo existente es muy poco

eficiente para prestar tales servicios. El modelo burocrático o Weberiano era muy útil

para dominar a la población administrada, pero resultaba ser inadecuado para prestar

servicios a unos ciudadanos cada vez más exigentes. (Borja, 2011)

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El descontento de la ciudadanía suponía un riesgo político para los gobiernos de

turno, lo que hizo imprescindible un nuevo modelo para satisfacer las necesidades y mejorar

los servicios públicos.

“…La despersonalización de la organización administrativa llevaba a subordinar la

conducta individual a la funcionalidad de los arreglos estructurales. Introduciendo

combinaciones racionales, adecuadas al marco normativo aplicable a la organización,

se obtendrían mejoras en la eficiencia o eficacia de la actividad burocrática. La "ilusión

tecnocrática" de sus proponentes terminó por desvanecerse ante la insuficiencia de sus

planteos y el ritualismo -y consecuente fracaso- en que se tradujo la enorme mayoría de

sus programas...” (Oszlak, 1977, pág. 17)

Los dos modelos buscan brindar un servicio a la sociedad, pero enfocados en

diferentes aspectos, en el modelo Weberiano tiene mayor relevancia los puestos de trabajo y

sus funciones, dejando en un segundo plano a las personas. En la Nueva gerencia pública las

personas son consideradas no solo como usuarios o clientes, sino como accionistas.

En el modelo burocrático la eficiencia, en la entrega de servicios no es fundamental,

no así en la Nueva Gestión Pública la eficiencia o la optimización de recursos se vuelve

imprescindible.

Para cumplir con el fin de la Administración Pública, La NGP se basa en resultados

sobre la satisfacción del usuario, tiene una mayor orientación hacia el servicio, mientas el

modelo burocrático en normativa y directrices establecidas.

Los principales bienes o servicios que la NGP entrega a la ciudadanía se someten a

una evaluación de resultados y desempeño, mientras que a la burocracia su evaluación es al

cumplimiento de normativa y funciones de puesto.

El establecimiento de una Administración Pública burocrática fue un elemento

crucial en la construcción de los Estados-nación modernos, por su contribución a

centralizar los procesos de toma de decisiones e implementación de políticas públicas,

sustituyendo los sistemas de patronazgo y patrimonialismo asentados en dicha

organización, ´´…La burocracia se concibe como la estructura que hacer posible la

maximización de los niveles de productividad alcanzables mediante el trabajo

organizado, dentro de una sociedad permeada por, u organizada de acuerdo a, principios

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racionales…´´ (Oszlak, 1977, pág. 6) A su vez, la NGP se convierte en un elemento

primordial de un Estado de Bienestar.

Las estrategias modernizadoras de la Nueva Gestión Pública alteran las relaciones entre

el sector público, el mercado, el tercer sector y la familia, definiendo un determinado

modelo de Estado. Sus instrumentos dan prioridad a la eficiencia, tanto del mercado

como del sector público, por encima de otros criterios, como el de la equidad. (Ramió

C. y Salvador M, 2005, pág. 71)

Según lo citado, los productos y características del modelo burocrático Weberiano y

de la nueva Gestión Pública son las siguientes:

La burocracia se fundamenta en la legalidad, donde esta organización está

conformada por un entramado de normas y reglamentos que no daban lugar a lagunas que

abarcaban los demás ámbitos de la organización. Formalidad, en virtud de la cual las

decisiones, comunicaciones, normas y cualquier actuación administrativa se formulaban por

escrito para asegurar la correcta interpretación de la legalidad. La racionalidad, entendida

como división del trabajo y caracterizada por la definición y la naturaleza de cada puesto en

concreto. Impersonalidad, importando los puestos de trabajo y sus funciones, dejando en un

segundo plano a las personas. Jerarquía, manifestada en la designación de cargos y funciones

estableciendo los ámbitos de control, y definida por una serie de normas especificadas dando

lugar a un estricto orden y subordinación entre grupos.

A diferencia la nueva gerencia pública tiene algunas características que son:

Búsqueda de mayor productividad; más confianza del público en los mercados o

mecanismos del mercado; orientación hacia el servicio; mayor descentralización de

gobiernos nacionales a subnacionales; capacidad incrementada para diseñar y realizar un

adecuado seguimiento de las políticas públicas y estrategias para mejorar la responsabilidad

sobre los resultados.

Resultados a los que se orienta

El modelo Weberiano, aportó entre otras cuestiones, racionalidad, igualdad del

administrado frente al Estado, la uniformidad de procesos, la continuidad de la organización

más allá de las personas, la unidad de dirección con disciplina y orden, así como la

previsibilidad su funcionamiento.

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La "organización burocrática" se visualiza como un tipo especial de organización

identificable, en sus rasgos fundamentales, en la configuración estructural y funcional

del ejército, los partidos políticos, la Iglesia, los sindicatos o las grandes empresas

privadas. (Oszlak, 1977, pág. 6)

El modelo de la Nueva Gestión Pública se orienta a la desagregación de las entidades

públicas en unidades independientes o agencias; introducción de competencia dentro del

propio sector público y entre sectores público y privado, utilización, dentro de la

Administración Pública, de mecanismos de gestión privados; búsqueda de fórmulas que

permitan un uso más eficiente y eficaz de los recursos públicos; elaboración explícita de

normas de medición de la actividad y de los resultados; control activo de las entidades

públicas a través de la asignación clara de responsabilidades y mayor énfasis en el control

de los outputs.

La Administración Pública Gerencial se orienta, básicamente, por el control de los

resultados, contrariamente al control paso a paso de las normas y procedimientos, como

se hacía en el modelo burocrático Weberiano (Centro Latinoamericano de

Administración para el Desarrollo CLAD, 1998)

En la nueva gerencia pública el principal objetivo es generar el valor público. Que se

caracteriza por resolver problemas, satisfacer necesidades y habilitar el ejercicio de derechos

mediante la prestación de bienes, servicios, transacciones, leyes y regulaciones.

Se genera valor público a través de:

1. Respuestas a problemas relevantes para los ciudadanos y usuarios.

2. Apertura de nuevas oportunidades para generaciones actuales y, o futuras

3. A través de procesos que construyen comunidad, ciudadanía, democracia y

capital social: deliberación, participación, etc.

1.2. EL PROCESO ADMINISTRATIVO EN LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA

El proceso administrativo y sus componentes, planificación, organización, dirección

y control, resultan de la mayor importancia para la empresa dentro del sistema de toma de

decisiones. (James A.F. Stoner, 1996)

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Es un conjunto de fases o pasos a seguir para darle solución a un problema

administrativo, en él encontraremos asuntos de planificación, organización, dirección y

control, para resolverlos se debe contar con una buena planificación, un estudio previo y

tener los objetivos bien claros para poder hacer del proceso lo más fluido posible. Para que

el proceso administrativo llevado a cabo sea el más indicado se deben tomar en cuenta una

serie de pasos que no por ser una parte del todo son menos importantes, por mencionar

algunos están, las metas, estrategias, políticas, etc.

Henry Fayol mencionó de forma afirmativa que la toma de decisiones también hace

parte de las funciones de la organización, indicando como las funciones del administrador la

prevención, organización, coordinación y control, que dicho en términos contemporáneos

no es otra cosa que la planificación, organización, dirección y control. (James A.F. Stoner,

1996)

La técnica de planificación y la organización son partes fundamentales en el proceso

ya que ahí radica la complejidad del método que se utilice pues al ser los pasos con más

cantidad de deberes se vuelve un poco más complicado tener el control, pero en estos pasos

existen más sub-categorías que no deben permitir que el procedimiento se salga de control,

podemos decir que el procedimiento se basa en un programa centralizado que delega

funciones conforme va bajando el nivel de autoridad, esto quiere decir que cada parte tiene

una función específica y que si hubiera alguna falla en cualquiera de estos pasos sería difícil

lograr un procedimiento limpio y eficiente. (James A.F. Stoner, 1996)

Considerando que no puede haber administración si no existe proceso administrativo,

es importante revisar los elementos del proceso administrativo con enfoque a la

Administración Pública, pero este proceso no se puede ejecutar, si no existe el Talento

Humano, ambos se relacionan y se vuelve imposible separarlos, ya que es el Talento

Humano el que ejecuta el proceso administrativo, donde el ser humano es la base

fundamental de la administración.

PLANIFICAR

ORGANIZAR

PROCESO ADMINISTRATIVO DIRIGIR O EJECUTAR

CONTROLAR

TALENTO HUMANO

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1.3.PLANIFICAR

Para Sánchez Guzmán, la planificación es: “Aquella herramienta de la

administración que nos permite determinar el curso concreto de acción que debemos seguir,

para lograr la realización de los objetivos previstos”. (Sánchez J. J., 1976)

Según Terry, la planeación es “Seleccionar información y hacer suposiciones

respecto al futuro para formular las actividades necesarias para realizar los objetivos

organizacionales, está compuesta de numerosas decisiones orientadas al futuro. Representa

el destinar pensamiento y tiempo ahora, para una inversión en el futuro”. (Terry, 1978).

Muchos autores se han preocupado por la función de la planificación y han

desarrollado sus propias definiciones, aunque lo expresan diferente, guardan elementos

comunes; todos ellos coinciden en considerar que la planificación se convierte en la función

fundamental del proceso administrativo para la supervivencia de la empresa. (James A.F.

Stoner, 1996)

Koontz y O’donnell

Junto a Terry apoya a Fayol al decir que la previsión es la base de la planificación.

Considera la planificación como: “una función administrativa que consiste en seleccionar

entre diversas alternativas los objetivos, las políticas, los procedimientos y los programas de

una empresa”.

Agustín Reyes Ponce

Consiste en fijar el curso concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los

principios que habrán de orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo y la

determinación de tiempo y números necesarios para su realización.

Josseph L. Massie

Método por el cual el administrador ve hacia el futuro y descubre las alternativas,

cursos de acción a partir de los cuales establece los objetivos.

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Burt K. Scanlan

Sistema que comienza con los objetivos, desarrolla políticas, planes, procedimientos

y cuenta con un método de retroalimentación de información para adaptarse a cualquier

cambio en las circunstancias.

La Planificación es la primera fase del proceso administrativo, dentro de ella se

siguen los siguientes pasos: investigación del entorno externo e interno, planteamiento de

estrategias, políticas y propósitos, así como de acciones a ejecutar en el corto, medio y largo

plazo.

Panificación implica seleccionar estrategias e indicadores, en función de los

objetivos, así como las acciones necesarias para cumplirlos, y requiere por lo tanto de la

toma de decisiones, esto es a partir de un diagnostico situacional del ambiente interno y

ambiente externo.

En el ambiente interno es en donde encontramos las fortalezas y debilidades a partir

del análisis de los recursos económicos, tecnológicos y materiales, recurso humano, y la

imagen de la empresa dada por el recurso mercadológico de posicionamiento de mercado.

En el amiente externo comprendido entre micro y macro ambiente, encontramos las

oportunidades y amenazas.

El micro ambiente es el ambiente externo más próximo a la organización aquí

encontramos a los clientes, competencia, proveedores, agentes reguladores y productos

sustitutos.

El macro ambiente, está compuesto por factores externos como son:

- Factor Económico

- Factor Político

- Factor Social

- Factor Demográfico

- Factor Cultural

- Factor Religioso

- Factor de Densidad Poblacional

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- Factor Geográfico, entre los más relevantes.

Los aspectos del micro y macro ambiente, la empresa nos los puede controlar, por lo

tanto se convierten en oportunidades y amenazas, a diferencia del ambiente interno que son

recursos que posee la empresa y por lo tanto los puede controlar, convirtiéndose así en

fortalezas y debilidades.

“La estrategia consiste en la determinación del propósito y los objetivos básicos a

largo plazo de una empresa y en la adopción de los recursos de acción y la asignación de

recursos necesarios para el cumplimiento de esas metas. Las políticas son enunciados o

interpretaciones generales que orientan las ideas de los administradores en la toma de

decisiones. Tanto estrategias como políticas sirven de guía para los planes. Constituyen la

estructura de estos y sientan las bases para el desarrollo de tácticas y otras actividades

administrativas” (Harold Koontz, 1998)

El modelo de planificación estratégica muestra el funcionamiento de este proceso.

En él se identifican los elementos básicos del proceso y se indica la relación entre ellos. La

matriz de diagnóstico situacional es un instrumento para el análisis de las amenazas y

oportunidades de las condiciones externas y de la relación de estas con las fortalezas y

debilidades (internas) de la organización.

Importantes estrategias y políticas deben desarrollarse en áreas tales como

crecimiento, finanzas, organización, personal, relaciones públicas, productos o servicios y

comercialización. Las estrategias componen una jerarquía, la cual va del nivel empresarial

al de negocios y de este al nivel funcional. El profesor Porter identifico tres estrategias

competitivas genéricas, relativas al liderazgo en costos generales, la diferenciación y el

enfoque.

“Para la efectiva instrumentación de las estrategias, los administradores deben

comunicar tanto estas como las premisas de planificación a todos aquellos necesitados de

conocerlas y comprobar que los planes contribuyan y reflejen las estrategias y metas a las

que corresponden. Asimismo deben revisar las estrategias regularmente, desarrollar

estrategias de contingencia y cerciorarse de que la estructura organizacional de la empresa

se ajusta al programa de planificación. Finalmente, deben hacer del aprendizaje acerca de la

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planificación e instrumentación de estrategias un proceso permanente” (Harold Koontz,

1998)

La necesidad de planificar se derivan del hecho de que todo organismo social en un

medio que constantemente está experimentando, cambios tecnológicos, económicos,

políticos, sociales, culturales.

Consiste en fijar el curso concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los

principios que habrán de orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo, y la

determinación de tiempos.

Planificación es la fase más importante del proceso administrativo. Planificar es

decidir con anticipación lo que se va hacer, es pensar, cómo, cuándo, con quién y qué

recursos tengo para hacer. Se puede decir que es una determinación de objetivos.

El organismo encargado de la planificación en el país, la define como: “Proceso en

el cual se diseñan y establecen objetivos, políticas y acciones para lograr un resultado

esperado, previniendo las situaciones o escenarios que se puede presentar y los obstáculos

que puedan evitar o demorar dicho resultado” (SENPLADES, 2011, pág. 57)

La Constitución de la República en el artículo 275, considera a la planificación en El

Régimen de Desarrollo como manera de garantizar el Buen Vivir, propicia equidad social y

la participación de todos los ciudadanos.

El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los

sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización

del buen vivir, del sumak kawsay.

El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los

derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios

consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial,

promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y

transparente.

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El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades

gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la

interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la

naturaleza. (Constitución de la República del Ecuador, 2008).

La Planificación en nuestro país, será participativa, estará dirigida por el Consejo

Nacional de Planificación, que tendrá una secretaría técnica; en este caso es la Secretaría

Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) según el art. 279 de la Constitución

de la República.

El sistema nacional descentralizado de planificación participativa organizará la

planificación para el desarrollo. El sistema se conformará por un Consejo Nacional de

Planificación, que integrará a los distintos niveles de gobierno, con participación ciudadana,

y tendrá una secretaría técnica, que lo coordinará. Este consejo tendrá por objetivo dictar los

lineamientos y las políticas que orienten al sistema y aprobar el Plan Nacional de Desarrollo,

y será presidido por la Presidenta o Presidente de la República.

Los Consejos de Planificación en los gobiernos autónomos descentralizados estarán

presididos por sus máximos representantes e integrados de acuerdo con la Ley.

Los consejos ciudadanos serán instancias de deliberación y generación de

lineamientos y consensos estratégicos de largo plazo, que orientarán el desarrollo nacional.

(Constitución de la República del Ecuador, 2008).

La planificación se sujeta al Plan Nacional de Desarrollo, que será el instrumento de

orientación para las directrices, programas, proyectos y presupuestos del sector público

conforme lo establece el Art. 280 de la Constitución.

EI Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas,

programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y

la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas

entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de

carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores. (Constitución

de la República del Ecuador, 2008).

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La Planificación puede ser operativa y estratégica, la planificación operativa se

realiza a corto plazo y la estratégica a mediano y largo plazo, se considera a corto plazo

aquellas cuya ejecución tiene una duración menor a un año, Las planificaciones que son de

uno a tres años se considera de mediano plazo, mientras que de cuatro años en adelante se

consideran a largo plazo. En nuestro país a las de corto plazo se las conoce como Plan

Anual de la Política Pública (PAPP) y a las de largo plazo, como Plan Plurianual de la

Política Pública (PPPP).

La Planificación Estratégica define objetivos a largo plazo, permitiendo desarrollar

la misión, visión, valores corporativos, políticas, lineamientos estratégicos e indicadores de

gestión. La Planificación estratégica no es nueva, esta data de hace muchos años atrás. El

término “estrategia” se deriva del griego “Strategos”, que significa, literalmente, “general

del ejército”.

La Planificación Operativa se refiere a la determinación de las metas de corto plazo,

es la desagregación de la Planificación Estratégica, aquí es posible realizar la programación

de las actividades y la estimación del presupuesto que se requiere para su ejecución, por eso

la importancia que exista una adecuada sintonía con las prioridades establecidas a nivel de

la Planificación Estratégica.

Planificación operativa: “Proceso mediante el cual una institución u organización

decide qué actividades se llevarán a cabo, qué departamento o persona las realizará, los

recursos que requerirán y el tiempo en el cual se realizarán. La planeación del trabajo

generalmente cubre un período de un año o menos” (SENPLADES, 2011, pág. 57).

Planificación Institucional

Consiste en la preparación de insumos técnicos necesarios y la gestión requerida para

la promulgación de actos administrativos que establezcan políticas de Estado, políticas

sectoriales, programación operativa y planes de inversión. La planificación institucional

debe establecer lineamientos de política de largo plazo, que permitan orientar el accionar de

la institución, así como la programación operativa de corto plazo en detalle que permita el

monitoreo del desempeño del Ministerio. (SENPLADES, 2011, pág. 57).

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De acuerdo a La Guía metodológica de planificación institucional, publicada en el

Registro Oficial No. 184 del martes 30 de agosto del 2011. El proceso de planificación

institucional involucra el desarrollo de los siguientes pasos:

1) Descripción y diagnóstico institucional

Comprende el análisis de las competencias y atribuciones otorgadas a la institución

así como también conocer la realidad en la cual opera.

Descripción de la institución.- nos permitirá conocer la razón de ser de cada entidad

e identificar su papel en el desafío de alcanzar los objetivos del Plan Nacional para el Buen

Vivir.

El diagnóstico de la institución.- nos permitirá conocer la situación actual de la

entidad, sus capacidades y limitaciones y la forma en la que opera la entidad.

2) Análisis situacional

Consiste en el conocimiento y análisis del ambiente externo (nacional e

internacional) y principalmente del sector al cual pertenece.

Análisis de Contexto.- El análisis de los factores externos a la institución permitirá

conocer los aspectos políticos, económicos, sociales, tecnológicos, culturales, laborales,

entre otros, que determinarán las intervenciones de las instituciones.

Análisis sectorial y diagnóstico territorial.- Es muy importante que la institución

realice un análisis a profundidad del sector al que pertenece. Este análisis comprende la

identificación y cuantificación de las principales variables que permiten determinar las

condiciones del sector en el nivel territorial más desagregado.

Mapa de actores y actoras.- Los actores y actoras sociales son las diferentes personas

e instituciones que actúan e inciden en el medio en que se desenvuelve la institución.

Algunos tipos de actores sociales son: instituciones y empresas públicas, empresas privadas,

comunidad, contratistas, personas naturales, entre otros.

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Análisis FODA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, Amenazas).- La

exploración de los factores positivos y negativos, internos y externos que tienen efectos

sobre la institución permitirá elaborar un estudio estratégico en el que se identifiquen las

fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas de la entidad.

Fortalezas: son las características positivas internas que deben potenciarse para

lograr una gestión eficiente e impactos nacionales positivos.

Oportunidades: son características positivas externas. Son factores del medio que

deben aprovecharse para el beneficio de la institución.

Debilidades: son deficiencias internas de la institución, en las que se debe trabajar

para cambiar o eliminar.

Amenazas: son situaciones negativas externas, que inciden en el accionar de la

institución, que si bien no pueden cambiarse, deben tomarse en cuenta para minimizar su

impacto.

3) Declaración de elementos orientadores

La misión, visión, los valores y los objetivos estratégicos institucionales constituyen

elementos orientadores para el accionar de la entidad. Los objetivos estratégicos

institucionales son los puntos futuros adonde la organización pretende llegar y cuyo logro

contribuye al cumplimiento de las políticas sectoriales y, a través de estas, al Plan Nacional

para el Buen Vivir.

Visión.- Es una imagen proyectada del futuro deseado por la organización, es una

declaración general que describe la situación a la que la institución desea llegar dentro de

los próximos años.

Misión.- Es la razón de ser de la institución, y parte del rol y las competencias de la

misma.

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Valores.- Son un conjunto de normas y creencias consideradas deseables, que guían

la gestión de la entidad; representan su orientación y cultura institucional.

Objetivos Estratégicos Institucionales.- Describe los resultados que la institución

desea alcanzar en un tiempo determinado, hacia dónde deben dirigirse los esfuerzos y

recursos. Los objetivos estratégicos institucionales (OEI), deben responder al Plan Nacional

para el Buen Vivir, a las Agendas y Políticas Sectoriales, así como a las Agendas Zonales y

Agendas para la Igualdad, en base al rol, competencias o funciones que le fueron asignadas

a la institución.

Indicadores.- Los indicadores resultan de la definición de variables críticas para cada

OEI, por lo que una vez definido el indicador, se establecerán las metas con las que se podrá

evaluar si el objetivo se cumplió o no.

Meta.- Es la expresión concreta y cuantificable de las variables críticas de los

Objetivos Estratégicos Institucionales.

Las metas deben ser alcanzables, cuantificables, realistas, cronológicamente

limitadas y reflejar los compromisos adquiridos por la institución. En el caso de los

Ministerios, las metas de los OEI serán las de la política sectorial dependiendo de la entidad.

Línea de base.- Es la situación actual, una foto de la realidad. La línea base puede ser

medida en porcentaje, número, tasa, etc., convirtiéndose en una primera medición o punto

de partida Tiene un carácter cuantitativo, y nos servirá como punto de comparación con los

logros alcanzados en función de las metas propuestas por la institución.

4) Diseño de estrategias, programas y proyectos

Las estrategias constituyen los medios que permiten plantear los cursos de acción

factibles y necesarios para el logro de objetivos y metas institucionales y, por ende, para el

cumplimiento de la política pública. Esta fase permite identificar el conjunto de acciones

destinadas al cumplimiento de los objetivos y la determinación de recursos requeridos para

este fin.

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Estrategias.- A partir de la elaboración de los Objetivos Estratégicos Institucionales

y las metas esperadas, el debate vuelve a entrar en una fase abierta donde se identifican

cuáles son las estrategias y las medidas que las entidades deben implementar para llegar a

los objetivos formulados.

Identificación de programas y proyectos.- Las intervenciones (programas y

proyectos) que se definan serán una respuesta a las causas del problema identificado, y

cuando se ejecuten en el territorio deberán responder a las características y particularidades

del mismo. Así, las decisiones de dónde y en qué invertir responderán a las necesidades

reales de cada lugar, a fin de reducir brechas territoriales e impulsar la equidad territorial en

la diversidad, de tal forma que se maximicen los impactos positivos y se optimicen los

recursos públicos.

5) Programación Plurianual y Anual de la política pública

La vinculación de los objetivos estratégicos institucionales de cada una de las

instituciones a las políticas públicas definidas por las entidades rectoras de cada sector, y su

proyección en el tiempo de acuerdo al plan formulado, constituye la Programación

Plurianual y Anual de la política pública.

Programación Plurianual de la Política Pública (PPPP).- Es un instrumento

orientador de la gestión institucional que incluye tanto a la planificación como a la

programación de mediano plazo, en el que se plasma las metas esperadas para cada uno de

los objetivos definidos, las líneas de acción para un período de gobierno (4 años) y la

inversión prevista para el mismo lapso de tiempo. La Programación Plurianual de la Política

Pública (PPPP) asegurará la sostenibilidad en el tiempo de los programas, proyectos y

actividades de la institución.

Programación Anual de la Política Pública (PAPP).- Es la desagregación anual de la

Programación Plurianual de la Política Pública (ajustada por la coyuntura, ya que esta última

es indicativa), con un desglose a nivel semestral tanto en la programación de las metas como

en su presupuestación. (SENPLADES, 2011).

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Con el fin de regular el ejercicio de las competencias de planificación y el ejercicio

de la política pública en todos los niveles de gobierno, el Plan Nacional de Desarrollo, los

planes de desarrollo y de ordenamiento territorial de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, la programación presupuestaria cuatrianual del Sector Público, el

Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas; y, todos

los recursos públicos y demás instrumentos aplicables a la Planificación y las Finanzas

Públicas, se aprueba el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en octubre del

2010, donde se refiere a la planificación en los siguientes aspectos:

Art. 9. Planificación del desarrollo.- La planificación del desarrollo se orienta hacia

el cumplimiento de los derechos constitucionales, el régimen de desarrollo y el régimen del

buen vivir, y garantiza el ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades públicas

debe enmarcarse en la planificación del desarrollo que incorporará los enfoques de equidad,

plurinacionalidad e interculturalidad. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas, 2010).

Art. 10. Planificación nacional.- La planificación nacional es responsabilidad y

competencia del Gobierno Central, y se ejerce a través del Plan Nacional de Desarrollo. Para

el ejercicio de esta competencia, la Presidenta o Presidente de la República podrá disponer

la forma en que la función ejecutiva se organiza institucional y territorialmente.

Al gobierno central le corresponde la planificación a escala nacional, respecto de la

incidencia territorial de sus competencias exclusivas definidas en el artículo 261 de la

Constitución de la República, de los sectores privativos y de los sectores estratégicos

definidos en el artículo 313 de la Constitución de la República, así como la definición De la

política de hábitat y vivienda, del sistema nacional de áreas patrimoniales y de las zonas de

desarrollo económico especial, y las demás que se determinen en la Ley.

Para este efecto, se desarrollará una Estrategia Territorial Nacional como instrumento

complementario del Plan Nacional de Desarrollo, y procedimientos de coordinación y

armonización entre el gobierno central y los gobiernos autónomos descentralizados para

permitir la articulación de los procesos de planificación territorial en el ámbito de sus

competencias. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010).

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Art. 11. Del ejercicio desconcentrado de la planificación nacional.- La función

ejecutiva formulará y ejecutará la planificación nacional y sectorial con enfoque territorial y

de manera desconcentrada. Para el efecto, establecerá los instrumentos pertinentes que

propicien la planificación territorializada del gasto público y conformarán espacios de

coordinación de la función ejecutiva en los niveles regional, provincial, municipal y distrital.

Se propiciará, además, la relación de la función ejecutiva desconcentrada con los

gobiernos autónomos descentralizados, la sociedad civil y la ciudadanía, en el marco de las

instancias de participación de cada nivel de gobierno de conformidad con la Ley. (Código

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010).

Art. 12 Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.- La

planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es competencia de los gobiernos

autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios y

demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de gobierno,

en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa. (Código

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010).

Art. 13 Planificación participativa.- El gobierno central establecerá los

mecanismos de participación ciudadana que se requieran para la formulación de planes y

políticas, de conformidad con las Leyes y el reglamento del Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas.

El Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa acogerá los

mecanismos definidos por el sistema de participación ciudadana de los gobiernos autónomos

descentralizados, regulados por acto normativo del correspondiente nivel de gobierno, y

propiciará la garantía de participación y democratización definida en la Constitución de la

República y la Ley.

Se aprovechará las capacidades y conocimientos ancestrales para definir mecanismos

de participación. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010).

Art. 14 Enfoques de igualdad.- En el ejercicio de la planificación y la política

pública se establecerán espacios de coordinación, con el fin de incorporar los enfoques de

género, étnico-culturales, generacionales, de discapacidad y movilidad. Asimismo, en la

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definición de las acciones públicas se incorporarán dichos enfoques para conseguir la

reducción de brechas socioeconómicas y la garantía de derechos. Las propuestas de política

formuladas por los Consejos Nacionales de la Igualdad se recogerán en agendas de

coordinación intersectorial, que serán discutidas y consensuadas en los Consejos Sectoriales

de Política para su inclusión en la política sectorial y posterior ejecución por parte de los

ministerios de Estado y demás organismos ejecutores. (Código Orgánico de Planificación y

Finanzas Públicas, 2010).

1.4.ORGANIZAR

Es la segunda fase, es un conjunto de reglas, cargos, comportamientos que han de

respetar todas las personas que se encuentran dentro de la empresa, la función principal de

la organización es disponer y coordinar todos los recursos disponibles como son humanos,

materiales y financieros.

“Organización es la parte de la administración que supone el establecimiento de una

estructura intencionada de los papeles que los individuos deberán desempeñar en una

empresa. La estructura es intencionada en el sentido de que debe garantizar la asignación de

todas las tareas necesarias para el cumplimiento de las metas, asignación que debe hacerse a

las personas mejor capacitadas para realizar estas tareas” (Harold Koontz, 1998)

“El propósito de una estructura organizacional es contribuir de un entorno favorable

para el desempeño humano. Se trata entonces, de un instrumento administrativo, no de un

fin en sí mismo. Aunque en la estructura deben definirse las tareas por realizar, los papeles

establecidos de esta manera también deben diseñarse tomando en cuenta las capacidades y

motivaciones del personal disponible” (Harold Koontz, 1998)

Es un sistema de actividades conscientemente coordinadas formado por dos o más

personas; la cooperación entre ellas es esencial para la existencia de la organización. Una

organización sólo existe cuando hay personas capaces de comunicarse y que están dispuestas

a actuar conjuntamente para obtener un objetivo común. Una organización es un conjunto

de cargos con reglas y normas de comportamiento que han de respetar todos sus miembros,

y así generar el medio que permite la acción de una empresa. La organización es el acto de

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disponer y coordinar los recursos disponibles (materiales, humanos y financieros). Funciona

mediante normas y bases de datos que han sido dispuestas para estos propósitos.

¿Qué son las organizaciones?

Son estructuras formales diseñadas para lograr metas o leyes por medio de los

organismos de la gestión del talento humano y de otro tipo. Están compuestas por sistema y

subsistemas interrelacionados que cumplen funciones especializadas. Convenio sistemático

entre personas para lograr algún propósito específico. Las organizaciones son el objeto de

estudio de la Ciencia de la Administración, a su vez de otras disciplinas como la Sociología,

la Economía y la Psicología. (James A & Stoner R, 1996)

Grupo social compuesto por personas, tareas y administración, que forman una

estructura sistemática de relaciones de interacción, tendientes a producir bienes y/o servicios

para satisfacer las necesidades de una comunidad dentro de un entorno y así poder satisfacer

su propósito distintivo que es su misión.

Integración de personal.- “La integración de personal implica llenar y mantener

ocupados los puestos contenidos por la estructura organizacional. Esto se lleva a cabo

mediante la identificación de los requerimientos de fuerza de trabajo, la realización de un

inventario del personal disponible y el reclutamiento, selección, ubicación, ascenso,

evaluación, planificación profesional, compensación y capacitación (o alguna otra forma de

desarrollo) tanto de los candidatos a ocupar puestos como de los ocupantes de estos en un

momento dado, a fin de lograr la eficaz y eficiente realización de las tareas” (Harold Koontz,

1998)

La Organización es la estructura que busca establecer el camino más sencillo para

realizar el trabajo, logra los objetivos planteados con la optimización del Talento Humano,

gestiona el establecimiento de funciones, procesos y actividades, en base a la

especialización, jerarquía, perfiles, competencias y responsabilidades de cada servidor, así

como establecer y mantener relaciones de autoridad entre los grupos. En pocas palabras, aquí

se distribuye el trabajo entre los que conforman el equipo. En esta etapa del proceso

administrativo, se coordinan todos los recursos disponibles como materiales, humanos,

tecnológicos y financieros.

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31

La estructuración de las unidades administrativas se puede agrupar de la siguiente

manera:

Funciones, de acuerdo a las actividades principales de la organización.

Productos, según los artículos que las personas fabrican.

Territorios, según áreas geográficas.

Por sectores sociales que se atienden, por compradores en una empresa industrial

o comercial.

Por procesos, de acuerdos a sus fases.

Por número, en el caso de agrupar personas que hacen el mismo tipo de trabajo.

En nuestro país, la estructura organizacional en el sector público debe realizarse por

procesos.

La Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y

Remuneraciones del Sector Público - SENRES, mediante Resolución No. SENRES-PROC-

2006-0000046 de 30 de marzo del 2006, publicada en el Registro Oficial No. 251 de 17 de

abril del 2006, emite la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos

de Gestión Organizacional por Procesos. Esta norma obliga a que todas las instituciones del

sector público, tengan su estructura orgánica por procesos, como se detalla a continuación:

El proceso de diseño de reglamento o estatuto de gestión organizacional por procesos,

está integrado por:

Portafolio de productos.

Cadena de valor.

Estructura Orgánica y;

Procesos

Portafolio de productos

Constituye el conjunto integrado de productos que la institución ofrece a la sociedad

para satisfacer sus necesidades y expectativas. El portafolio de productos está integrado por:

1. Productos primarios.

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2. Productos secundarios.

Cadena de valor institucional

Es la representación gráfica de las macro actividades estratégicas relevantes de una

institución. Se define del análisis realizado a los productos primarios, sin que esto represente

necesariamente que son unidades administrativas, sino que identifica el aporte de valor de

las macro actividades que permiten el cumplimiento de la misión institucional.

Estructura orgánica

Para el diseño de la estructura orgánica se deben considerar y analizar los siguientes

componentes:

1. Unidades administrativas.

2. Niveles jerárquicos.

3. Líneas de autoridad y responsabilidad.

4. Organigrama estructura.

Procesos

Los procesos al interior de cada institución se agrupan en función del grado de

contribución y valor agregado al cumplimiento de la misión institucional, se clasifican por

su responsabilidad en:

Procesos gobernantes

También denominados gobernadores, estratégicos, de dirección, de regulación o de

gerenciamiento. Estos procesos son responsables de emitir políticas, directrices y planes

estratégicos para el funcionamiento de la organización.

Procesos habilitantes

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33

Se clasifican en procesos habilitantes de asesoría y los procesos habilitantes de

apoyo, estos últimos conocidos como de sustento, accesorios, de soporte, de staff o

administrativos. Son responsables de brindar productos de asesoría y apoyo logístico para

generar el portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes,

agregadores de valor y por ellos mismos.

Procesos agregadores de valor

También llamados específicos, principales, productivos, de línea, de operación, de

producción, institucionales, primarios, claves o sustantivos. Son responsables de generar el

portafolio de productos y/o servicios que responden a la misión y objetivos estratégicos de

la institución. (SENRES, 2006).

Unidades Administrativas

Procesos

Organizacionales

Directorios

Despacho de la primera o segunda

autoridad de Las instituciones públicas.

Procesos Gobernantes

De Asesoría

Auditoría Interna.

Asesoría Jurídica.

Planificación

Comunicación Social.

De Apoyo

Procesos habilitantes.

Administración de Recursos

Humanos

Gestión Financiera.

Gestión Tecnológica.

Gestión Administrativa.

Procesos Habilitantes

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Secretaría General.

Se identificarán en relación a la

misión y objetivos institucionales.

Procesos Agregadores de

valor.

Fuente: Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por Procesos

1.5.DIRIGIR

Es la etapa del proceso administrativo donde se ejecuta todo lo planificado, por eso

se la conoce también con el nombre de ejecución o liderazgo.

Es el hecho de influir en los individuos para que contribuyan en favor del

cumplimiento de las metas organizacionales y grupales; por lo tanto, tiene que ver

fundamentalmente con el aspecto interpersonal de la administración. Todos los

administradores coincidirán en que sus problemas más importantes son los que resultan de

los individuos (sus deseos y actitudes, su comportamiento individual y en grupos) y en que

los administradores eficaces deben ser al mismo tiempo lideres eficaces. Puesto que el

liderazgo implica seguidores y las personas tienden a seguir a quienes les ofrecen medios

para la satisfacción de sus necesidades, anhelos y deseos, es comprensible que la dirección

suponga motivación, estilos y enfoques de liderazgo y comunicación.

La dirección como etapa del proceso administrativo comprende la influencia del

administrador en la realización de planes, obteniendo una respuesta positiva de sus

empleados mediante la comunicación, la supervisión y la motivación.

Los elementos del concepto son

1. ejecución de los planes de acuerdo con la estructura organizacional.

2. motivación.

3. guía o conducción de los esfuerzos de los subordinados.

4. comunicación.

5. supervisión.

6. alcanzar las metas de la organización. (James A.F. Stoner, 1996)

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35

En esta fase del proceso administrativo, el administrador, director, autoridad, jefe o

gerente; debe ejercer el liderazgo, da disposiciones coherentes con las actividades de cada

uno, trata de influenciar en sus empleados, con el fin de lograr los resultados planificados,

para esto es importante que exista una buena comunicación, motivación, liderazgo,

supervisión y toma de decisiones.

Los líderes establecen los propósitos y la orientación de la administración de la

entidad, deben crear y mantener un ambiente interno en la que los servidores públicos,

puedan involucrarse totalmente en el cumplimiento de las metas de la institución, sin dejar

de lado la supervisión que incluye las dos herramientas universales para lograr los objetivos

institucionales que son la motivación y capacitación.

La motivación no solo implica lo económico, también es lo psicológico y espiritual.

La capacitación o desarrollo personal es un derecho del servidor público, que le

permite adquirir nuevos conocimientos, habilidades y destrezas así como perfeccionarse en

las actividades que desempeña diariamente en su trabajo y que le permitan realizarse como

ser humano, a fin de hacer más satisfactorio el desarrollo de su puesto. La capacitación se

debe realizar en relación a las necesidades de la entidad, que se pueden determinar por los

cambios continuos en las organizaciones y en las evaluaciones de desempeño. Siempre se

ha considerado a la capacitación como una inversión en las organizaciones.

La capacitación en el servicio público se encuentra garantizada por la Constitución

de la República del Ecuador en el artículo 234, donde expresa lo siguiente:

El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y

servidores públicos a través de las escuelas, institutos, academias y programas de formación

o capacitación del sector público; y la coordinación con instituciones nacionales e

internacionales que operen bajo acuerdos con el Estado. (Constitución de la República del

Ecuador, 2008).

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La toma de decisiones, es la actividad más importante del administrador o líder del

grupo, el saber tomar decisiones acertadas y en el momento oportuno pueden hacer la

diferencia en la administración.

Las etapas de la toma de decisiones son:

Definir el problema.

Analizar el problema.

Evaluar las alternativas.

Elegir entre alternativas.

Aplicar la decisión.

Definir el problema.- Para tomar una decisión es básico definir perfectamente cuál

es el problema, describir de forma cualitativa y cuantitativa.

Analizar el problema.- Definido el problema, proyectar varios escenarios de

solución, y usar variables que permitan analizar de mejor manera el problema.

Evaluar las alternativas.- Abrir un abanico de alternativas, considerar las de mayor

y menor posibilidades de aplicación, para eso es necesario aplicar diferentes sistemas de

valoración de alternativas.

Elegir entre alternativas.- Una vez evaluadas las diversas alternativas, se enlista de

mayor a menor conforme los valores asignados y se escoge la primera, que sin duda será la

de mayores posibilidades de aplicación, considerar las demás en caso que se tenga que

cambiar, por motivos externos o cambios de planes.

Aplicar la decisión.- En esta etapa ya se ejecuta la decisión tomada, para esto es

importante que exista una planeación de cómo realizar, con qué recursos se cuenta, quiénes

intervendrán, cuándo se empieza y dónde se realizará.

1.6.CONTROLAR

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Controlar es el proceso de comprobación del cumplimiento de lo planificado. Es la

evaluación de cómo se ha realizado lo que tenía previsto hacer, con lo conseguido.

Es asegurar el desempeño eficiente para alcanzar los objetivos de la empresa. El

proceso de control implica tres fases que son:

1. Establecer metas, normas, directrices y políticas.

2. Medir, comparar o verificar, el desempeño logrado en relación con las metas,

normas, directrices y políticas establecidas.

3. Reforzar los aciertos y corregir las fallas.

El control es la comprobación o comparación de lo que tiene que ser (situación

deseada) con lo que está sucediendo (situación actual), esta medición determina brechas y

diferencias que van a ocasionar sanciones (responsabilidades en el sector público) con el fin

de corregir las desviaciones o fallas.

Robbins (1996) define al control como:

"El proceso de regular actividades que aseguren que se están cumpliendo como

fueron planificadas y corrigiendo cualquier desviación significativa" (Robbins & De Cenzo,

1996)

Sin embargo Stoner (1996) lo define de la siguiente manera:

"El control administrativo es el proceso que permite garantizar que las

actividades reales se ajusten a las actividades proyectadas" (Stoner J. A.-F., 1996, pág. 610)

Mientras que para Fayol, citado por Melinkoff (1990)

El control "Consiste en verificar si todo se realiza conforme al programa adoptado, a

las órdenes impartidas y a los principios administrativos…Tiene la finalidad de señalar las

faltas y los errores a fin de que se pueda repararlos y evitar su repetición". (Melinkoff R. ,

1990)

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Consiste en medir y corregir el desempeño individual y organizacional para

garantizar que los hechos se apeguen a los planes. Implica la medición del desempeño con

base en metas y planes, la detección de desviaciones respecto de las normas y la contribución

a la corrección de estas. En pocas palabras el control facilita el cumplimiento de los planes.

Aunque la planificación debe preceder al control, los planes no se cumplen solos. Los planes

orientan a los administradores en el uso de recursos para la consecución de metas específicas,

tras de lo cual las actividades son objeto de revisión para determinar si responden a lo

planificado (Harold Koontz, 1998)

“Las actividades de control suelen relacionarse con la medición de los logros.

Algunos medios de control, como el presupuesto de egresos, los expedientes de inspección

y los expedientes de horas – hombre perdidas, son muy conocidos. Cada uno de ellos sirve

para efectos de medición, y muestra si los planes funcionan. En caso de que persistan

desviaciones, es necesario proceder a su corrección. Pero, ¿qué corregir? Las actividades a

través de las personas. No puede hacerse nada para reducir desperdicios, por ejemplo,

garantizar compras acordes con las respectivas especificaciones o controlar los ingresos por

concepto de ventas si se ignora qué persona o personas son las responsables de tales

funciones. Impedir el cumplimiento de los planes en los hechos significa identificar a las

personas responsables de los resultados que difieren de las acciones planeadas para dar

después los pasos necesarios para la elevación de su desempeño. Así, los resultados se

controlan controlando lo que hacen los individuos” (Harold Koontz, 1998)

La situación deseada se relaciona con el estándar y la situación actual con el

indicador, el resultado de la medición entre estándar e indicador será la diferencia o brecha

que se originó en el control.

Índice = Indicador

Estándar

Si un servidor público, conforme a lo planificado, tenía que despachar 50

memorandos pero despachó 30, el resultado en el control será el siguiente:

Indicador (Situación actual) = 30 = 0,6 x 100 = 60%

Estándar (Situación deseada) 50

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En este caso la brecha es de 40%, existe un incumplimiento de 20 memorandos.

El control en el sector público lo realizan algunas funciones del estado y la

ciudadanía, dependiendo de la clase de control, puede ser:

Control Político.- Lo realiza la Función Legislativa, que ejecuta un control político

a los diferentes funcionarios públicos, en donde puede derivarse inclusive un juicio político.

Control Jurídico.- Lo realiza la Función Judicial, que lo efectúa a través de los

diferentes juzgados y tribunales en el país.

Control Administrativo.- Lo realiza la Función de Transparencia y Control Social,

que realiza el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas

naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de

interés público, a través de Contraloría General del Estado.

Control Social.- Lo realiza la ciudadanía con las diferentes denuncias que se

canalizan a través de los diferentes organismos de control, especialmente pertenecientes a la

Función de Transparencia y Control Social.

La Constitución de la República en el artículo 212, le faculta a la Contraloría General

del Estado, entre otras, de dirigir el sistema de control administrativo, a través del control

interno, auditoría interna y control externo, así como determinar responsabilidades

administrativas, civiles culposas e indicios de responsabilidad penal.

Serán funciones de la Contraloría General del Estado, además de las que

determine la Ley:

1. Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna,

auditoría externa y del control interno de las entidades del sector público y de las

entidades privadas que dispongan de recursos públicos.

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2. Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de

responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y gestiones sujetas a su control, sin

perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del

Estado.

3. Expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones.

4. Asesorar a los órganos y entidades del Estado cuando se le solicite. (Constitución de la

República del Ecuador, 2008).

El control, en el sector público dependiendo de quién lo realice o según la Ley

Orgánica de la Contraloría, los componentes del control pueden ser: Interno y externo.

El control interno es cuando lo realiza la propia entidad, a través de sus autoridades,

funcionarios, servidores y auditor interno. El control externo es cuando lo realiza la

Contraloría General del Estado u otros organismos de control, dependiendo de sus

competencias.

1.7. CONTROL INTERNO

El control interno que lo realiza la propia entidad, es de responsabilidad de la

máxima autoridad, busca salvaguardar los recursos públicos y el cumplimiento de metas y

objetivos, el control interno tiene tres tiempos que son:

1. Control Previo.

2. Control Continuo.

3. Control Posterior.

La Ley orgánica de la Contraloría General del Estado, en su artículo 12 determina:

Tiempos de control. El ejercicio del control interno se aplicará en forma previa,

continua y posterior:

a) Control previo.- Los servidores de la institución, analizarán las actividades

institucionales propuestas, antes de su autorización o ejecución, respecto a su legalidad,

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41

veracidad, conveniencia, oportunidad, pertinencia y conformidad con los planes y

presupuestos institucionales;

b) Control continuo.- Los servidores de la institución, en forma continua

inspeccionarán y constatarán la oportunidad, calidad y cantidad de obras, bienes y servicios

que se recibieren o prestaren de conformidad con la Ley, los términos contractuales y las

autorizaciones respectivas; y,

c) Control posterior.- La unidad de auditoría interna será responsable del control

posterior interno ante las respectivas autoridades y se aplicará a las actividades

institucionales, con posterioridad a su ejecución. (Ley Orgánica Reformatoria a la Ley

Orgánica de la Contraloría General del Estado, 2009).

El control previo y continuo lo realizan los servidores de la propia entidad, mientras

que el control posterior, lo realiza el auditor interno.

Auditoría Interna

La unidad de auditoría interna, pertenece técnica y administrativamente a la

Contraloría General del Estado, el auditor interno realizará exámenes de auditoría de gestión

y exámenes especiales, además que asesorará en los temas de su competencia.

Las entidades públicas tendrán una unidad de auditoría interna cuando se justifique.

Las máximas autoridades de las Unidades de Auditoría Interna, serán de libre designación y

remoción por parte del Contralor General del Estado.

1.8.CONTROL EXTERNO

El Control Externo en el sector público lo realiza la Contraloría General del Estado

y otras entidades que tienen esta competencia, en especial las que están comprendidas en la

Función de Transparencia y Control Social. Si nos referimos al control administrativo en el

sector público, este es competencia de la Contraloría General del Estado, según lo establece

la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado en el artículo 18, este control lo

realizará, a través de la auditoría gubernamental y el examen especial.

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El control externo que realizará la Contraloría General del Estado se ejercerá

mediante la auditoría gubernamental y el examen especial, utilizando normas nacionales e

internacionales y técnicas de auditoría. La auditoría gubernamental realizada por la

Contraloría General del Estado, consiste en un sistema integrado de asesoría, asistencia y

prevención de riesgos que incluye el examen y evaluación críticos de las acciones y obras

de los administradores de los recursos públicos. La auditoría gubernamental, no podrá

modificar las resoluciones adoptadas por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus

atribuciones, facultades o competencias, cuando éstas hubieran definido la situación o puesto

término a los reclamos de los particulares, pero podrá examinar la actuación administrativa

del servidor, de conformidad con la Ley. (Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de

la Contraloría General del Estado, 2009)).

La Auditoría Gubernamental puede ser:

Auditoría Financiera.

Auditoría de Gestión.

Auditoría de Aspectos Ambientales.

Auditoría de Obras Pública o de Ingeniería.

La auditoría financiera

Revisará con respecto a un período determinado la razonabilidad de las cifras de los

estados financieros y la realizará un grupo profesional en la rama.

La auditoría de gestión

Revisará el control interno y la gestión, así como la eficiencia, eficacia, economía,

legalidad e impacto y el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. La realiza

un equipo multidisciplinario.

La auditoría de aspectos ambientales

Revisará los procedimientos de realización y aprobación de los estudios y

evaluaciones de impacto ambiental.

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La auditoría de obras públicas o de ingeniería

Evaluará las obras en construcción, en lo relacionado a su administración,

contratación y gestión del proyecto.

El examen especial.

Evalúa aspectos específicos, limitados o de una parte de las actividades relacionadas

a la gestión financiera, administrativa, operativa y medio ambiental, como un rubro, una

cuenta etc.

2. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

2.1. REGULACIONES LEGALES

CÓDIGO DE FINANZAS PÚBLICAS

El Código de Finanzas Públicas ha sido emitido en consideración de lo siguiente:

El artículo 3 de la Constitución de la República establece como deber primordial del

Estado planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo

sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza para acceder al buen

vivir;

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El artículo 85 de la Constitución de la República define a las políticas públicas como

garantías constitucionales de los derechos, y por tanto es necesario establecer los roles que

ejercen los distintos actores públicos, sociales y ciudadano en el ámbito del proceso de

formulación, ejecución, evaluación y control;

Es necesario regular los procesos, instrumentos e institucionalidad del Sistema

Nacional Descentralizado de Planificación Participativa establecido en el artículo 279 de la

Constitución de la República y su relación con las instancias de participación establecidas

en el artículo 100 de la Constitución de la República, en la Ley Orgánica de Participación y

en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización, en el

marco de los procesos de política pública y planificación de todos los niveles de gobierno en

el ámbito de sus circunscripciones territoriales y en el marco de sus competencias propias;

El artículo 280 de la Constitución de la República establece que el Plan Nacional de

Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos

públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la

asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado

Central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter

obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores. Por tanto es necesario

regular la aplicación de los principios de sujeción coordinación establecidos

constitucionalmente;

El artículo 283 de la Constitución de la República establece que el sistema económico

es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación

dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y

tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e

inmateriales que posibiliten el buen vivir;

El artículo 284 de la Constitución de la República establece los objetivos de la

política económica, entre los que se encuentran: el asegurar una adecuada distribución del

ingreso y de la riqueza nacional; incentivar la producción nacional, la productividad y

competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la

inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias

en la integración regional; y, mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo

nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo;

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El artículo 285 de la Constitución de la República establece como objetivos

específicos de la política fiscal el financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos,

la redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios adecuados, la

generación de incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economía y para

la producción de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables;

El artículo 286 de la Constitución de la República dispone que las finanzas públicas,

en todos los niveles de gobierno, se conduzcan de forma sostenible, responsable y

transparente, y procurarán la estabilidad económica;

Para la contratación de deuda pública, la Ley debe prever la autorización por un

comité de deuda y financiamiento, la concesión de garantías de deuda por parte del Estado,

los órganos competentes que realizarán análisis financieros, sociales y ambientales previos

del impacto de los proyectos que impliquen endeudamiento público, para determinar su

posible financiación conforme así lo disponen los artículos 289, 290 y 291 de la Constitución

de la República;

El artículo 292 de la Constitución de la República establece que el Presupuesto

General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y

egresos del Estado, con excepción de los pertenecientes a la seguridad social, la banca

pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados. Lo que conlleva

la necesidad de establecer los instrumentos e instancias de coordinación que permitan

garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, el manejo eficiente del ahorro público

y la preservación del patrimonio nacional y el bien público como fin último de la

administración presupuestaria;

Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de

endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con

la Ley, conforme así lo dispone el artículo 293 de la Constitución de la República;

En el campo de las finanzas públicas, se requiere una reforma profunda para

recuperar la funcionalidad de estos recursos para facilitar la acción del Estado, puesto que,

la normativa vigente está diseñada para ajustarse al cumplimiento de programas económicos

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que se enfocan prioritariamente en la estabilidad fiscal de corto plazo y dejan de lado los

objetivos de desarrollo de mediano y largo plazo, la participación ciudadana y las garantías

del buen vivir;

La legislación vigente sobre finanzas públicas en el Ecuador se encuentra repartida

en varios cuerpos legales, tanto orgánicos como de inferior jerarquía. Esta dispersión de la

normativa causa que su aplicación se torne confusa, sobrepuesta y fragmentada, incluso

algunas veces contradictoria. La evolución de dichos cuerpos legales ha estado supeditada a

los eventos económicos y políticos de la coyuntura. Esta funcionalidad coyuntural de las

Leyes ha llevado a que la normativa que rige las finanzas públicas pierda su objetivo

principal: facilitar la acción del Estado como legítima expresión de la acción colectiva de la

sociedad; (Sulca, Espinoza, & Becerra, 2016)

El artículo 83 de la Constitución de la República, al establecer los deberes y

responsabilidades de las ecuatorianas y de los ecuatorianos, preceptúa como parte de éstos,

el promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, administrar

honradamente y con apego irrestricto a la Ley el patrimonio público, asumir las funciones

públicas como un servicio a la colectividad y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad,

conservar el patrimonio cultural y natural del país y cuidar y mantener los bienes públicos,

participar en la vida política, cívica y comunitaria del país de manera honesta y transparente.

(Constitución de la República del Ecuador, 2008).

El Código de Finanzas Públicas, derogó todas las normas legales de igual o menor

jerarquía que se opongan o no guarden conformidad con las disposiciones del Código.

En particular, las siguientes Leyes:

Ley Orgánica de Administración Financiera y Control.

Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal.

Ley Orgánica para la Recuperación del Uso de los Recursos Petroleros del Estado y

Racionalización Administrativa de los Procesos de Endeudamiento.

Ley de Presupuestos del Sector Público.

El Capítulo I de la Ley de Regulación Económica y Control del Gasto Público.

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LEY ORGANICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

Publicada en el Registro Oficial No. 595 el 12 de junio de 2002, regula el sistema de

control, fiscalización y auditoría del Estado, dentro del sistema de control interno está

comprendida la contabilidad gubernamental. Esta Ley sustituyó los sistemas de contabilidad

gubernamental y de control de los recursos públicos que contenía la LOAFYC y derogó sus

Títulos VI al XII, desde el artículo 206 en adelante.

Las dos Leyes constituyen el marco de control normativo general que regula el

sistema de administración financiera y control del sector público.

2.2. SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS (SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SINFIP).

El Sistema Nacional de Finanzas Públicas SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SINFIP, comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos,

actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público,

deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y

financiamiento públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas

públicas establecidas en la Ley. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,

2010)

2.3. AMBITO DE APLICACIÓN

Será aplicado en todas las entidades, instituciones y organismos comprendidos en los

artículos 225, 297 y 315 de la Constitución de la República se sujetarán al SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP, sin perjuicio de la facultad de gestión

autónoma de orden administrativo, económico, financiero, presupuestario y organizativo que

la Constitución o las Leyes establecen para determinadas entidades.

La rectoría del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP

corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del

Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SINFIP.

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2.4. OBJETIVOS

El SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL

DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP tendrá como objetivos específicos los siguientes:

(Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

1. La sostenibilidad, estabilidad y consistencia de la gestión de las finanzas públicas;

2. La efectividad de la recaudación de los ingresos públicos;

3. La efectividad, oportunidad y equidad de la asignación y/uso de los recursos públicos;

4. La sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento público;

5. La efectividad y el manejo integrado de la liquidez de los recursos del sector público;

6. La gestión por resultados eficaz y eficiente;

7. La adecuada complementariedad en las interrelaciones entre las entidades y organismos

del sector público y, entre éstas y el sector privado; y,

8. La transparencia de la información sobre las finanzas públicas.

2.5. PRINCIPIOS

Los principios del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP son: (Código Orgánico de Planificación

y Finanzas Públicas, 2010)

Legalidad,

Universalidad,

Unidad,

Plurianualidad,

Integralidad,

Oportunidad,

Efectividad,

Sostenibilidad,

Centralización normativa,

Desconcentración y descentralización operativas,

Participación,

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49

Flexibilidad; y,

Transparencia.

2.6. DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL ENTE RECTOR DEL SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SINFIP

El ente rector del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP, como ente estratégico para el país y su

desarrollo, tiene las siguientes atribuciones y deberes, que serán cumplidos por el Ministro(a)

a cargo de las finanzas públicas:

1. Formular y proponer, para la aprobación del Presidente o Presidenta de la República,

los lineamientos de política fiscal inherentes a los ingresos, gastos y financiamiento,

en procura de los objetivos del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP;

2. Ejecutar la política fiscal aprobada por el Presidente o Presidenta de la República;

3. Precautelar el cumplimiento de los objetivos de política fiscal prevista en la

Constitución de la República y las Leyes, en el ámbito de su competencia;

4. Analizar las limitaciones, riesgos, potencialidades y consecuencias fiscales que

puedan afectar a la sostenibilidad de las finanzas públicas y a la consistencia del

desempeño fiscal e informar al respecto a las autoridades pertinentes de la función

ejecutiva;

5. Acordar y definir con el ente rector de la Planificación Nacional las orientaciones

de política de carácter general, de cumplimiento obligatorio para las finanzas

públicas;

6. Dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos,

glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las

entidades del sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del

SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SISTEMA NACIONAL DE

FINANZAS PUBLICAS SINFIP y sus componentes;

7. Organizar el SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP y la gestión financiera de los

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organismos, entidades y dependencias del sector público, para lograr la efectividad

en la asignación y utilización de los recursos públicos;

8. Formular y actualizar la programación fiscal plurianual y anual;

9. Formular la proforma del Presupuesto General del Estado, y ponerla a consideración

de la Presidenta o Presidente de la República, junto con la Programación

Presupuestaria Cuatrianual y el límite de endeudamiento, en los términos previstos

en la Constitución de la República y en este código, previa coordinación con la

institucionalidad establecida para el efecto;

10. Aumentar y rebajar los ingresos y gastos que modifiquen los niveles fijados en el

Presupuesto General del Estado hasta por un total del 15% respecto de las cifras

aprobadas por la Asamblea Nacional. En ningún caso esta modificación afectará los

recursos que la Constitución de la República y la Ley asignen a los Gobiernos

Autónomos Descentralizados;

11. Dictar de manera privativa las políticas, normas y directrices respecto a los gastos

permanentes y su gestión del Presupuesto General del Estado;

12. Coordinar con otras entidades, instituciones y organismos nacionales e

internacionales para la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones

relacionados con la situación fiscal del país;

13. Requerir a las entidades, instituciones, organismos y personas de derecho público

y/o privado, la información sobre la utilización de los recursos públicos; en

coordinación con la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo;

14. Participar y asesorar en la elaboración de proyectos de Ley o decretos que tengan

incidencia en los recursos del Sector Público;

15. Dictaminar en forma previa, obligatoria y vinculante sobre todo proyecto de Ley,

decreto, acuerdo, resolución, o cualquier otro instrumento legal o administrativo que

tenga impacto en los recursos públicos o que genere obligaciones no contempladas

en los presupuestos del Sector Público no Financiero, exceptuando a los Gobiernos

Autónomos Descentralizados. Las Leyes a las que hace referencia este numeral

serán únicamente las que provengan de la iniciativa del Ejecutivo en cuyo caso el

dictamen previo tendrá lugar antes del envío del proyecto de Ley a la Asamblea

Nacional;

16. Celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o

Presidenta de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas

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públicas, excepto los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del

Estado, en el ámbito de sus competencias;

17. Dictaminar obligatoriamente y de manera vinculante sobre la disponibilidad de

recursos financieros suficientes para cubrir los incrementos salariales y los demás

beneficios económicos y sociales que signifiquen egresos, que se pacten en los

contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales;

18. Invertir los recursos de la caja fiscal del Presupuesto General del Estado, así como

autorizar y regular la inversión financiera de las entidades del Sector Público no

Financiero;

19. Asignar recursos públicos a favor de entidades de derecho público en el marco del

Presupuesto General del Estado, conforme a la reglamentación correspondiente;

20. Dictaminar en forma previa a la emisión de valores y obligaciones por parte del

Banco Central;

21. Asesorar a las entidades y organismos del sector público, en materias relacionadas

con el SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP;

22. Utilizar instrumentos financieros del mercado de valores nacional y/o internacional,

a fin de optimizar la gestión financiera del Estado;

23. Determinar los mecanismos de financiamiento público;

24. Normar los procesos de negociación y contratación de operaciones de

endeudamiento público;

25. Realizar las negociaciones y contratación de operaciones de endeudamiento público

del Presupuesto General del Estado, y designar negociadores, manteniendo la debida

coordinación con las entidades del Estado a cuyo cargo estará la ejecución de los

proyectos o programas financiados con deuda pública;

26. Participar a nombre del Estado, en procesos de negociación de cooperación

internacional no reembolsable originada en canje o conversión de deuda pública por

proyectos de interés público, que se acuerden con los acreedores;

27. Aprobar o rechazar la concesión de garantías de la República del Ecuador, para

endeudamientos de las entidades y organismos del sector público;

28. Efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión fiscal del Estado;

29. Participar en las comisiones de costeo de recursos para la transferencia de

competencias a los Gobiernos Autónomos Descentralizados;

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30. Preparar y elaborar estadísticas fiscales y consolidar la información presupuestaria,

contable, financiera y de deuda pública de las entidades sujetas a este código;

31. Elaborar y mantener actualizados los registros de los entes financieros públicos y

registro de los responsables de la gestión financiera;

32. Armonizar, homogeneizar y consolidar la contabilidad en el sector público;

33. Elaborar los Estados Financieros Consolidados de las entidades y organismos que

forman parte del Sector Público no Financiero;

34. Elaborar y proporcionar la información fiscal necesaria para la formulación de las

cuentas nacionales y las cuentas fiscales;

35. Custodiar las acciones y títulos valores que se generen en la gestión pública, sin

perjuicio de las atribuciones legales de otras entidades del sector público;

36. Realizar las transferencias y pagos de las obligaciones solicitadas por las entidades

y organismos del sector público contraídas sobre la base de la programación y la

disponibilidad de caja; y,

37. Las demás que le fueren asignadas por la Ley o por actos administrativos de la

Función Ejecutiva.

2.7. COMPONENTES DEL SISTEMA

Se entiende por componentes del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP, a cada conjunto

de procesos necesarios para la organización y gestión del mismo, contexto en el cual los

componentes son:

Política y Programación Fiscal,

Ingresos,

Presupuesto,

Endeudamiento Público,

Contabilidad Gubernamental, y;

Tesorería.

Los componentes del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS

SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP actuarán en forma coordinada

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53

y establecerán los canales de articulación entre sí con la finalidad de garantizar el

funcionamiento integrado del Sistema.

GENERALIDADES DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS

SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP.-

Recursos Públicos:

Se entienden por recursos públicos los definidos en el Art. 3 de la Ley de la

Contraloría General del Estado, los anticipos correspondientes a la contratación pública no

pierden su calidad de recursos públicos, hasta el momento de ser devengados; la normativa

aplicable a la gestión de dichos recursos será la que corresponde a las personas jurídicas de

derecho privado, con excepción de lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 299 de la

Constitución de la República. (Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la

Contraloría General del Estado, 2009)

Presupuesto General del Estado:

El Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión

de los ingresos y egresos de todas las entidades que constituyen las diferentes funciones del

Estado. No se consideran parte del Presupuesto General del Estado, los ingresos y egresos

pertenecientes a la Seguridad Social, la banca pública, las empresas públicas y los gobiernos

autónomos descentralizados.

Clasificación de Ingresos:

Los ingresos fiscales se clasifican en ingresos permanentes y no permanentes, y

podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis, organización presupuestaria y

estadística.

Ingresos permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a través

de sus entidades, instituciones y organismos públicos reciben de manera continua, periódica

y previsible. La generación de ingresos permanentes no ocasiona la disminución de la

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riqueza nacional. Por ello, los ingresos permanentes no pueden provenir de la enajenación,

degradación o venta de activos públicos de ningún tipo o del endeudamiento público.

Ingresos no-permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a

través de sus entidades, instituciones y organismos, reciben de manera temporal, por una

situación específica, excepcional o extraordinaria. La generación de ingresos no-

permanentes puede ocasionar disminución de la riqueza nacional. Por ello, los ingresos no

permanentes pueden provenir, entre otros, de la venta de activos públicos o del

endeudamiento público.

Clasificación de egresos:

Los egresos fiscales se clasifican en egresos permanentes y no permanentes, y éstos

podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis, organización presupuestaria y

estadística.

Egresos permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a través

de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter operativo que requieren

repetición permanente y permiten la provisión continua de bienes y servicios públicos a la

sociedad. Los egresos permanentes no generan directamente acumulación de capital o

activos públicos.

Egresos no-permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a

través de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter temporal, por una

situación específica, excepcional o extraordinaria que no requiere repetición permanente.

Los egresos no-permanentes pueden generar directamente acumulación de capital

bruto o activos públicos o disminución de pasivos. Por ello, los egresos no permanentes

incluyen los gastos de mantenimiento realizados exclusivamente para reponer el desgaste

del capital.

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55

Garantía de recursos de las entidades públicas:

Para la transferencia de las preasignaciones constitucionales y con la finalidad de

salvaguardar los intereses de las entidades públicas que generan recursos por autogestión,

que reciben donaciones, así como otros ingresos provenientes de financiamiento; no se

consideran parte de los ingresos permanentes y no permanentes del Estado Central, pero sí

del Presupuesto General del Estado, los siguientes: Ingresos provenientes del

financiamiento; donaciones y cooperación no reembolsable; autogestión y otras

preasignaciones de ingreso.

Todos los ingresos sean, del Estado Central o del Presupuesto General del Estado y

demás Presupuestos Públicos, deberán cumplir con la restricción del Artículo 286 de la

Constitución.

Regla fiscal:

Para garantizar la conducción de las finanzas públicas de manera sostenible,

responsable, transparente y procurar la estabilidad económica; los egresos permanentes se

financiarán única y exclusivamente con ingresos permanentes. No obstante los ingresos

permanentes pueden también financiar egresos no permanentes.

Los egresos permanentes se podrán financiar con ingresos no permanentes en las

situaciones excepcionales que prevé la Constitución de la República, para salud, educación

y justicia; previa calificación de la situación excepcional, realizada por la Presidenta o el

Presidente de la República. El cumplimiento de estas reglas se comprobará únicamente en

los agregados de: las proformas presupuestarias públicas, los presupuestos aprobados y los

presupuestos liquidados, en base a una verificación anual.

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3. DEL COMPONENTE DE LA POLITICA Y PROGRAMACION FISCAL

Comprende el análisis, seguimiento y evaluación de la política fiscal, las variables

fiscales y la programación fiscal plurianual y anual, con la finalidad de alertar oportunamente

sobre los impactos fiscales, para sustentar las elecciones económicas y administrativas, así

como fortalecer la sostenibilidad de las finanzas públicas. Para el efecto, se enmarcará en la

institucionalidad que establezca el Presidente de la República. (Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

3.1. POLÍTICA FISCAL:

La política fiscal dictada por el Presidente de la República en los campos de ingresos,

gastos, financiamiento, activos, pasivos y patrimonio del Sector Público no Financiero,

propenderá al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y de los objetivos del

SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SISTEMA NACIONAL DE

FINANZAS PUBLICAS SINFIP.

El ente rector de las finanzas públicas recomendará los lineamientos de política fiscal,

en coordinación con las entidades involucradas.

El ente rector de las finanzas públicas participará en la elaboración y consolidación

de la programación macroeconómica en lo referente al campo de las finanzas públicas, en el

marco de la coordinación de la institucionalidad establecida para el efecto.

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3.2. PROGRAMACIÓN FISCAL PLURIANUAL Y ANUAL:

La programación fiscal del Sector Público no Financiero será plurianual y anual y

servirá como marco obligatorio para la formulación y ejecución del Presupuesto General del

Estado y la Programación Presupuestaria Cuatrienal, y referencial para otros presupuestos

del Sector Público.

3.3. FASES DE LA PROGRAMACIÓN FISCAL PLURIANUAL Y ANUAL:

La programación fiscal tendrá las siguientes fases:

1. Determinación del escenario fiscal base.

2. Articulación con el Plan Nacional de Desarrollo.

3. Formulación de lineamientos para la programación fiscal.

4. Determinación del escenario fiscal final.

5. Aprobación.

6. Seguimiento, evaluación y actualización.

3.4. ESTUDIOS FISCALES:

El ente rector de las finanzas públicas elaborará los estudios correspondientes para la

toma de decisiones, el seguimiento permanente de la situación fiscal, así como para evaluar

el impacto de las propuestas de política y proyectos de reforma legal que puedan afectar el

desempeño fiscal y de la economía, sin perjuicio de las atribuciones del resto de entidades

públicas al respecto de la elaboración de estudios.

4. DEL COMPONENTE DE INGRESOS

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58

Comprende la proyección y análisis para la recomendación de políticas referidas a

los ingresos públicos y a la creación de mecanismos idóneos con el fin de racionalizar y

optimizar la determinación y recaudación.

Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas nacionales

ingresarán al Presupuesto General del Estado una vez descontados los costos inherentes a

cada actividad y las inversiones y reinversiones necesarias para el cumplimiento de la

finalidad de cada empresa. Los plazos y procedimientos para la liquidación y entrega de

estos recursos serán determinados por el Ministerio de Finanzas en coordinación con la

empresa correspondiente. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

4.1. INGRESOS PUBLICOS

Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas de los gobiernos

autónomos descentralizados ingresarán y los presupuestos de cada gobierno autónomo

descentralizado.

La determinación y cobro de los ingresos públicos está sujeta a la política fiscal.

4.2. MECANISMOS PARA LA RECAUDACION Y DETERMINACION

La determinación y cobro de los ingresos del sector público no financiero,

con excepción de los gobiernos autónomos descentralizados, se ejecutarán de manera

delegada bajo la responsabilidad de las entidades y organismos facultados por Ley

(Servicio de Rentas Internas –SRI-, Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador -

SENAE, Secretaría de Hidrocarburos - SH). (Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas, 2010)

4.3. RECAUDACION A TRAVES DE ENTIDADES FINANCIERAS

PÚBLICAS

Las entidades y organismos del sector público recaudarán los ingresos a través de las

entidades financieras u otros mecanismos o medios que se establezcan en la Ley o en la

normativa expedida por el Ministerio de Finanzas.

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59

Se entiende por gasto tributario a los recursos que el Estado, en todos los niveles de

gobierno, deja de percibir como tributos directos e indirectos debido a la deducción,

exención u otros mecanismos previstos en la Ley.

Para el gasto tributario de los ingresos nacionales, la administración tributaria

nacional estimará y entregará al Ministerio de Finanzas la cuantificación del mismo, la que

constituirá un anexo de la proforma del Presupuesto General del Estado. Para el gasto

tributario de los ingresos de los gobiernos autónomos descentralizados, la unidad encargada

de la administración tributaria de cada gobierno autónomo, lo cuantificará y anexará a

su proforma presupuestaria.

El Sistema Financiero Nacional, actuará conjuntamente con el Banco Central del

Ecuador depositario oficial del Estado, en la gestión de recaudación de recursos públicos

que forman parte del Presupuesto General del Estado.

5. COMPONENTE DE PRESUPUESTO

Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos vinculados a la previsión

de ingresos, gastos y financiamiento para la provisión de bienes y servicios públicos a fin de

cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas públicas. (Código Orgánico

de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

Etapas del ciclo presupuestario:

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60

El ciclo presupuestario es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades y

organismos del sector público y comprende las siguientes etapas:

1. Programación presupuestaria.

2. Formulación presupuestaria.

3. Aprobación presupuestaria.

4. Ejecución presupuestaria.

5. Evaluación y seguimiento presupuestario.

6. Clausura y liquidación presupuestaria.

Con la finalidad de asegurar una adecuada coordinación de procesos

interinstitucionales en todas las fases del ciclo presupuestario, el ente rector de las finanzas

públicas emitirá lineamientos a todas las entidades del Sector Público, excepto los Gobiernos

Autónomos Descentralizados. Estos lineamientos serán referenciales para los Gobiernos

Autónomos Descentralizados.

5.1 PROGRAMACION PRESUPUESTARIA

Contenido y finalidad Fase del ciclo presupuestario en la que, en base de los objetivos

determinados por la planificación y las disponibilidades presupuestarias coherentes con el

escenario fiscal esperado, se definen los programas, proyectos y actividades a incorporar en

el presupuesto, con la identificación de las metas, los recursos necesarios, los impactos o

resultados esperados de su entrega a la sociedad; y los plazos para su ejecución.

El ente rector de las finanzas públicas establecerá, sobre la base de la programación

cuatrienal, los límites máximos de recursos a certificar y comprometer para las entidades y

organismos que conforman el Presupuesto General del Estado. Si los programas y proyectos

superan el plazo de cuatro años, el ente rector establecerá los límites máximos, previo a la

inclusión del Proyecto en el Programa de Inversiones, para lo cual, coordinará con la entidad

rectora de la planificación nacional en el ámbito de la programación plurianual de la

inversión pública.

Las entidades que conforman el Presupuesto General del Estado, en base a estos

límites, podrán otorgar certificación y establecer compromisos financieros plurianuales.

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61

Para las entidades por fuera del Presupuesto General del Estado, los límites

plurianuales se establecerán con base en los supuestos de transferencias, asignaciones y otros

que se establezcan en el Presupuesto General del Estado y en la reglamentación del Código

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Las entidades sujetas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas

efectuarán la programación de sus presupuestos en concordancia con lo previsto en el Plan

Nacional de Desarrollo, las directrices presupuestarias y la planificación institucional.

(Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

5.2 FORMULACION PRESUPUESTARIA

Es la fase del ciclo presupuestario que consiste en la elaboración de las proformas

que expresan los resultados de la programación presupuestaria, bajo una presentación

estandarizada según los catálogos y clasificadores presupuestarios, con el objeto de facilitar

su exposición, posibilitar su fácil manejo, su comprensión y permitir la agregación y

consolidación. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

Universalidad de recursos:

Los recursos que por cualquier concepto obtengan, recauden o reciban las entidades

y organismos que conforman el Presupuesto General del Estado son recursos públicos, por

lo que su uso no podrá ser determinado directamente por aquellas entidades u organismos, a

excepción de los recursos fiscales generados por las instituciones, los mismos que tendrán

una reglamentación específica.

Las preasignaciones constitucionales deberán constar cada año de manera obligatoria

como asignaciones de gasto en el Presupuesto General del Estado.

El Estado garantizará la entrega oportuna de las asignaciones específicas de ingresos

permanentes y no permanentes para los Gobiernos Autónomos Descentralizados. El ente

rector de las Finanzas Públicas, en casos de fuerza mayor, podrá anticipar las transferencias

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62

a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, dentro del mismo ejercicio fiscal, de acuerdo

al Reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

En la proforma del Presupuesto General del Estado deberán constar como anexos los

justificativos de ingresos y gastos, así como las estimaciones de: gasto tributario, subsidios,

preasignaciones, pasivos contingentes, gasto para cierre de brechas de equidad, entre otros.

En cumplimiento de la Constitución de la República solamente las preasignaciones

de dicha norma podrán recibir asignación de recursos, prohibiéndose crear otras

preasignaciones presupuestarias.

Formulación de proformas institucionales:

Cada entidad y organismo sujeto al Presupuesto General del Estado formulará la

proforma del presupuesto institucional, en la que se incluirán todos los egresos necesarios

para su gestión. En lo referido a los programas y proyectos de inversión, únicamente se

incluirán los que hubieren sido incorporados en el Plan Anual de Inversión (PAI), o que

hubieren obtenido la prioridad de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional

Descentralizado de Planificación Participativa durante la ejecución presupuestaria. Dichas

proformas deben elaborarse de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo, la

programación fiscal y las directrices presupuestarias.

Las proformas presupuestarias de las empresas públicas, gobiernos autónomos

descentralizados, banca pública y seguridad social incorporarán los programas, proyectos y

actividades que hayan sido calificados y definidos de conformidad con los procedimientos,

disposiciones y demás Leyes.

Normas y directrices:

En la formulación de las proformas presupuestarias del sector público, incluidas las

de las empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados, banca pública y seguridad

social, se observarán obligatoriamente las normas técnicas, directrices, clasificadores y

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63

catálogos emitidos por el ente rector del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS

PUBLICAS SINFIP.

Contenido y envío de las proformas presupuestarias institucionales.- Las proformas

incluirán todos los ingresos y egresos previstos para el ejercicio fiscal en el que se vayan a

ejecutar. Ninguna entidad del sector público podrá excluir recursos para cubrir egresos por

fuera de su presupuesto.

Las máximas autoridades de las entidades, cuyos presupuestos conforman el

Presupuesto General del Estado, remitirán al ente rector del SISTEMA NACIONAL DE

FINANZAS PÚBLICAS SINFIP las proformas institucionales, en el plazo que el ente rector

de las finanzas públicas señale en las directrices presupuestarias.

Consolidación y elaboración de la proforma presupuestaria:

El ente rector del SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP

considerando las directrices presupuestarias emitidas y la disponibilidad real de recursos

revisará, reformará de ser el caso, recomendará y consolidará las proformas institucionales,

base sobre la cual elaborará la Proforma del Presupuesto General del Estado. En lo referente

a la inversión pública se coordinará con el ente rector de la planificación nacional. En caso

de que una entidad u organismo no presente oportunamente su proforma institucional, el ente

rector de las finanzas públicas elaborará las proformas de las entidades y organismos que

forman parte del Presupuesto General del Estado, sin perjuicio de las responsabilidades a

que haya lugar.

El ente rector de las finanzas Públicas, elaborará también la Programación

Presupuestaria Cuatrienal, por lo cual en lo referente a la inversión pública se coordinará con

el ente rector de la planificación nacional.

La Proforma del Presupuesto General del Estado y la Programación Presupuestaria

Cuatrienal será remitidas a la Presidenta o Presidente de la República, junto con una

exposición general sobre su justificación, contenido y límite de endeudamiento, para su

consideración y presentación a la Asamblea Nacional. Además, se adjuntará de ser del caso,

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una propuesta de Disposiciones Presupuestarias Generales relacionadas directa y

exclusivamente con la ejecución presupuestaria.

Prohibición de donaciones:

Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o

asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o

personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los

casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento del

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, siempre que exista la partida presupuestaria.

Recursos asignados por transferencia de nuevas competencias:

Los recursos correspondientes a las nuevas competencias que se transfieran a los

gobiernos autónomos descentralizados se incluirán en los presupuestos de éstos, para lo cual

se realizará la respectiva reducción en los presupuestos de las entidades que efectúan la

transferencia de conformidad con la Ley.

5.3 APROBACION PRESUPUESTARIA

Normativa aplicable:

La aprobación del Presupuesto General del Estado se realizará en la forma y términos

establecidos en la Constitución de la República. En caso de reelección presidencial, el

Presidente reelecto enviará la proforma 30 días después de proclamados los resultados de la

segunda vuelta.

En los gobiernos autónomos descentralizados, los plazos de aprobación de

presupuesto del año en que se posesiona su máxima autoridad serán los mismos que

establece la Constitución para el Presupuesto General del Estado y el Código de

Planificación y Finanzas Públicas.

Cada entidad y organismo que no forma parte del Presupuesto General del Estado

deberá aprobar su presupuesto hasta el último día del año previo al cual se expida.

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65

Presupuestos prorrogados:

Hasta que se apruebe el Presupuesto General del Estado del año en que se posesiona

el Presidente o Presidenta de la República, regirá el presupuesto inicial del año anterior.

En el resto de presupuestos del sector público se aplicará esta misma norma.

Obligación de incluir recursos:

Todo flujo de recurso público deberá estar contemplado obligatoriamente en el

Presupuesto General del Estado o en los Presupuestos de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, Empresas Públicas, Banca Pública y Seguridad Social.

Vigencia y obligatoriedad.

Los presupuestos de las entidades y organismos señalados en el Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, entrarán en vigencia y serán obligatorios a partir del 1 de

enero de cada año, con excepción del año en el cual se posesiona el Presidente de la

República.

Ejercicio presupuestario:

El ejercicio presupuestario o año fiscal se inicia el primer día de enero y concluye el

31 de diciembre de cada año.

Consistencia de los Presupuestos:

Las entidades y organismos que no pertenecen al Presupuesto General del Estado no

podrán aprobar presupuestos que impliquen:

1. Transferencias de recursos desde el Presupuesto General del Estado que no hayan

estado previamente consideradas en dicho presupuesto.

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66

2. Supuestos diferentes de los que se utilizan para la formulación del Presupuesto

General del Estado; y, costos e inversiones incompatibles con dicho presupuesto, en

los casos pertinentes.

Aprobación de las proformas presupuestarias de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, Empresas Públicas Nacionales, Banca Pública y Seguridad Social:

Las proformas presupuestarias de las entidades sometidas al Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, que no estén incluidas en el Presupuesto General del

Estado, serán aprobadas conforme a la legislación aplicable. Una vez aprobados los

presupuestos, serán enviados con fines informativos al ente rector de las finanzas públicas

en el plazo de 30 días posteriores a su aprobación.

Las Empresas Públicas Nacionales y la Banca Pública, tendrán además, la misma

obligación respecto a la Asamblea Nacional. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas, 2010)

5.4 EJECUCION PRESUPUESTARIA

Fase del ciclo presupuestario que comprende el conjunto de acciones destinadas a la

utilización óptima del talento humano, y los recursos materiales y financieros asignados en

el presupuesto con el propósito de obtener los bienes, servicios y obras en la cantidad, calidad

y oportunidad previstos en el mismo.

Normativa aplicable:

Las disposiciones sobre la programación de la ejecución, modificaciones,

establecimiento de compromisos, devengamientos y pago de obligaciones serán dictadas por

el ente rector de las finanzas públicas y tendrán el carácter de obligatorio para las entidades

y organismos del Sector Público no Financiero.

Certificación Presupuestaria:

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67

Ninguna entidad u organismo público podrán contraer compromisos, celebrar

contratos, ni autorizar o contraer obligaciones, sin la emisión de la respectiva certificación

presupuestaria.

Establecimiento de Compromisos:

Los créditos presupuestarios quedarán comprometidos en el momento en que la

autoridad competente, mediante acto administrativo expreso, decida la realización de los

gastos, con o sin contraprestación cumplida o por cumplir y siempre que exista la respectiva

certificación presupuestaria. En ningún caso se adquirirán compromisos para una finalidad

distinta a la prevista en el respectivo presupuesto.

El compromiso subsistirá hasta que las obras se realicen, los bienes se entreguen o

los servicios se presten. En tanto no sea exigible la obligación para adquisiciones nacionales

e internacionales, se podrá anular total o parcialmente el compromiso.

Obligaciones:

La obligación se genera y produce afectación presupuestaria definitiva en los

siguientes casos:

1. Cuando ineludiblemente por excepción deban realizarse pagos sin contraprestación,

de acuerdo con lo que dispongan las normas técnicas de presupuesto que dicte el

ente rector de las finanzas públicas; y,

2. Cuando se reciban de terceros obras, bienes o servicios adquiridos por autoridad

competente, mediante acto administrativo válido, haya habido o no compromiso

previo.

El registro de obligaciones deberá ser justificado para el numeral 1 y además

comprobado para el numeral 2 con los documentos auténticos respectivos. Para estos efectos,

se entenderá por documentos justificativos, los que determinan un compromiso

presupuestario y, por documentos comprobatorios, los que demuestren la entrega de las

obras, los bienes o servicios contratados.

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Modificación del Presupuesto;

El ente rector de las finanzas públicas podrá aumentar o rebajar los ingresos y gastos

que modifiquen los niveles fijados en el Presupuesto General del Estado hasta por un total

del 15% respecto de las cifras aprobadas por la Asamblea Nacional. En ningún caso esta

modificación afectará los recursos que la Constitución de la República y la Ley asignen a

los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Estas modificaciones serán puestas en

conocimiento de la Comisión del Régimen Económico y Tributario su Regulación y Control

de la Asamblea Nacional en el plazo de 90 días de terminado cada semestre.

En todos los casos y sin excepción alguna, todo incremento de los presupuestos

aprobados deberá contar con el respectivo financiamiento. Estos aumentos y rebajas de

ingresos y gastos no podrán modificar el límite de endeudamiento aprobado por la Asamblea

Nacional.

La Presidenta o Presidente de la República, a propuesta del ente rector, ordenará

disminuciones en los Presupuestos de las entidades fuera del Presupuesto General del

Estado, exceptuando los Gobiernos Autónomos Descentralizados y la Seguridad Social,

cuando se presenten situaciones extraordinarias e imprevistas que reduzcan los flujos de

ingresos y de financiamiento de estos presupuestos. Estos decrementos no, podrán financiar

nuevos egresos.

Durante la ejecución del Plan Anual de Inversiones del Presupuesto General del

Estado, solo se podrán incorporar programas y/o proyectos de inversión que hayan sido

priorizados por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.

Únicamente en caso de modificaciones en el Presupuesto General del Estado que

impliquen incrementos de los presupuestos de inversión totales de una entidad ejecutora o

la inclusión de nuevos programas y/o proyectos de inversión, se requerirá dictamen favorable

de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo. En los demás casos, las

modificaciones serán realizadas directamente por cada entidad ejecutora.

Las entidades y organismos que no pertenecen al Presupuesto General del Estado no

podrán aprobar presupuestos o modificaciones que impliquen transferencias de recursos

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desde el Presupuesto General del Estado y que no hayan estado previamente consideradas

en dicho presupuesto.

Sólo el ente rector de las finanzas públicas podrá establecer limitaciones a la gestión

de fuentes de financiamiento durante la ejecución presupuestaria, el cumplimiento del

Artículo 79, se comprobará únicamente en los agregados de: las proformas presupuestarias

públicas, los presupuestos aprobados y los presupuestos liquidados, en base a una

verificación anual.

5.5 SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION

PRESUPUESTARIA

Fase del ciclo presupuestario que comprende la medición de los resultados físicos y

financieros obtenidos y los efectos producidos, el análisis de las variaciones observadas, con

la determinación de sus causas y la recomendación de medidas correctivas.

La evaluación física y financiera de la ejecución de los presupuestos de las entidades

contempladas en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, será

responsabilidad del titular de cada entidad u organismo y se realizará en forma periódica.

Los informes de evaluación serán remitidos al ente rector de las finanzas públicas en

coordinación con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo y difundidos a la

ciudadanía. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

El ministro a cargo de finanzas públicas efectuará la evaluación financiera global

semestral del Presupuesto General del Estado y la pondrá en conocimiento del Presidente o

Presidenta de la República y de la Asamblea Nacional en el plazo de 90 días de terminado

cada semestre.

Para los Gobiernos Autónomos Descentralizados, aplicará una regla análoga respecto

a sus unidades financieras y de planificación. Cada ejecutivo de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, presentará semestralmente un informe sobre la ejecución presupuestaria a

sus respectivos órganos legislativos.

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70

Normativa aplicable:

Las disposiciones sobre el seguimiento y la evaluación financiera de la ejecución

presupuestaria serán dictadas por el ente rector de las finanzas públicas y tendrán el carácter

de obligatorio para las entidades y organismos que integran el sector público.

5.6 CLAUSURA Y LIQUIDACION PRESUPUESTARIA

Clausura del presupuesto:

Los presupuestos anuales del sector público se clausurarán el 31 de diciembre de

cada año. Después de esa fecha no se podrán contraer compromisos ni obligaciones, ni

realizar acciones u operaciones de ninguna naturaleza, que afecten al presupuesto

clausurado.

Los compromisos del presupuesto anual que al último día de diciembre de cada año

no se hayan transformado total o parcialmente en obligaciones, se tendrán por anulados en

los valores no devengados. Los compromisos plurianuales de ejercicios fiscales no

clausurados no se anulan, pero podrán ser susceptibles de reprogramación de conformidad

con los actos administrativos determinados por las entidades. (Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

Corresponderá, en el caso del Presupuesto General del Estado, al ente rector de las

finanzas públicas, la convalidación de los compromisos de ejercicios fiscales anteriores para

el nuevo ejercicio fiscal en los términos que el Reglamento del Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas establezca.

Una vez clausurado el presupuesto se procederá al cierre contable y liquidación

presupuestaria, de conformidad con las normas técnicas dictadas por el ente rector de las

finanzas públicas.

Liquidación del presupuesto:

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La liquidación del Presupuesto General del Estado se expedirá por Acuerdo del ente

rector de las finanzas públicas, hasta el 31 de marzo del año siguiente, de acuerdo a las

normas técnicas que éste expida para el efecto. El mismo plazo aplicará para el resto del

Sector Público.

5.7 NORMAS TÉCNICAS DE PRESUPUESTO

Mientras el Ministro de Finanzas, organismo rector del SISTEMA NACIONAL DE

FINANZAS PÚBLICAS SINFIP, emite la normativa para el Componente de Presupuesto,

continuaremos revisando las Normas Técnicas de Presupuesto, emitidas mediante Acuerdo

Ministerial 447 de 29 de diciembre de 2007 y actualizadas mediante Acuerdo 111 de 14 de

mayo de 2010.

NORMAS TÉCNICAS DE PRESUPUESTO

2.1 NORMAS GENERALES

2.1.1 OBJETIVO

2.1.2 AMBITO DE APLICACIÓN

2.1.3 MODELO DE GESTIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA

2.1.4 PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS

2.1.5 GESTIÓN PRESUPUESTARIA POR RESULTADOS

2.2 DE LA PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA

2.2.1 DEFINICIÓN

2.2.2 CRONOGRAMA DE ELABORACIÓN DE LA PROFORMA

PRESUPUESTARIA

2.2.3 PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA GLOBAL

2.2.4 PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL

2.3 DE LA FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

2.3.1 DEFINICIÓN

2.3.2 ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS

2.3.3 CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

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72

2.3.4 EXPEDICIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS Y

CLASIFICADORES

2.3.5 CLAVES PRESUPUESTARIAS

2.3.6 PROCESO DE ANÁLISIS Y VALIDACIÓN DE LAS PROFORMAS

INSTITUCIONALES

2.3.7 ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA PROFORMA DEL

PRESUPUESTO

2.3.8 PRESENTACIÓN DE LA PROFORMA AL CONGRESO

NACIONAL

2.3.9 APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DEL PRESUPUESTO

GENERAL DEL ESTADO

2.3.10 APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE LAS EMPRESAS

PÚBLICAS

2.3.11 APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE LOS ORGANISMOS

REGIONALES AUTÓNOMOS

2.4 DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

2.4.1 DEFINICIÓN

2.4.2 PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

2.4.3 REFORMAS PRESUPUESTARIAS

2.5 EVALUACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

2.5.1 DEFINICIÓN

2.5.2 PERIODICIDAD

2.5.3 NIVELES DE LA EVALUACIÓN

2.5.4 ÁMBITO DE COMPETENCIAS DE LA EVALUACIÓN

2.5.5 PROCESO GENERAL DE LA EVALUACIÓN

2.5.6 CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN FINANCIERA

2.5.7 CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN PROGRAMÁTICA

2.5.8 INFORMES

2.6 CLAUSURA Y LIQUIDACIÓN

2.6.1 CLAUSURA DEL PRESUPUESTO

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2.6.2 LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA

2.6.3 DE LAS COMPETENCIAS

5.8 CLASIFICADORES

CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS Y GASTOS

El clasificador presupuestario de ingresos y gastos se utilizará para fines

presupuestarios y contables, es obligatorio en su codificación y nomenclatura, constituye el

elemento principal de ordenamiento y de organización de las asignaciones presupuestarias,

distingue el origen y fuente de los ingresos y la naturaleza y uso de los gastos.

A continuación se presenta en resumen el contenido del Clasificador Presupuestario

de Ingresos y Gastos:

CUENTAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CLASIFICADOR

PRESUPUESTARIO DE INGRESOS Y GASTOS

1. CORRIENTES

1.1 IMPUESTOS

1.1.01 Sobre la Renta. Utilidades y Ganancias de Capital

1.1.02 Sobre la Propiedad

1.1.03 Al Consumo de Bienes y Servicios

1.1.04 Al Valor Agregado Neto

1.1.05 Sobre Comercio Internacional

1.1.06 A la Actividad Hidrocarburífera

1.1.07 Impuestos Diversos

1.1.08 Impuesto a la Renta Neto

1.2 SEGURIDAD SOCIAL

1.2.01 Aportes a la Seguridad Social

1.3 TASA Y CONTRIBUCIONES

1.3.01 Tasas Generales

1.3.02 Tasas Portuarias y Aeroportuarias

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74

1.1.03 Tasas Diversas

1.3.04 Contribuciones

1.4 VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS DE ENTIDADES E

INGRESOS OPERATIVOS DE EMPRESAS PÚBLICAS

1.4.01 Venta de Derivados de Petróleo

1.4.02 Venta de Productos y Materiales

1.4.03 Ventas No Industriales

1.4.04 Venta de Desechos y Residuos

1.4.06 Prestación de Servicios de Salud

1.4.09 Débitos por Impuestos al Valor Agregado

1.7 RENTAS DE INVERSIONES Y MULTAS

1.7.01 Rentas de Inversiones

1.7.02 Rentas por Arrendamiento de Bienes

1.7.03 Intereses por Mora

1.7.04 Multas

1.7.05 Utilidad en Venta de Bienes

1.8 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES

1.8.01 Transferencias Corrientes del Sector Público

1.8.02 Donaciones Corrientes del Sector Privado Interno

1.8.03 Donaciones Corrientes del Sector Externo

1.8.04 Aportes y Participaciones Corrientes del Sector Público

1.8.05 Subsidios

1.8.06 Aportes y Participaciones Corrientes de Gobiernos Autónomos

Descentralizados y Regímenes Especiales

1.8.07 Participaciones Corrientes de la Fuente Fiscal del Presupuesto

General del Estado en los Ingresos Petroleros

1.8.09 Participaciones Corrientes del Sector Público en Preasignaciones

1.8.10 Transferencias Corrientes a la Seguridad Social

1.8.11 Contribución para Gastos de las Administradoras

1.9 OTROS INGRESOS

1.9.01 Garantías y Fianzas

1.9.02 Indemnizaciones y Valores No Reclamados

1.9.03 Remates de Bienes y Especies

1.9.04 Otros No Operacionales

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75

2 CAPITAL

2.4 VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

2.4.01 Bienes Muebles

2.4.02 Bienes Inmuebles

2.4.03 Bienes Biológicos

2.4.04 Intangibles

2.4.05 Exportaciones de Petróleo Crudo

2.4.06 Ventas de Productos de la Actividad Minera

2.7 RECUPERACIÓN DE INVERSIONES Y RECURSOS PUBLICOS

2.7.01 Recuperación de Inversiones en Títulos y Valores

2.7.02 Recuperación de Préstamos

2.7.03 Recuperación de Inversiones en Títulos y Valores

2.7.04 Recuperación de Inversiones en Recursos Públicos

2.8 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL E

INVERSION

2.8.01 Transferencias de Capital e Inversión del Sector Público

2.8.02 Donaciones de Capital del Sector Privado Interno

2.8.03 Donaciones de Capital del Exterior

2.8.04 Aportes y Participaciones del Sector Público

2.8.06 Aportes y Participaciones de Capital e Inversión a los Gobiernos

Autónomos Descentralizados y Regímenes Especiales

2.8.07 Participaciones de Capital de la Fuente Fiscal del Presupuesto

General del Estado en los Ingresos Petroleros

2.8.08 Participaciones de Capital de los Entes Públicos en los Ingresos

Petroleros

2.8.10 Asignación Presupuestaria de Valores equivalentes al Impuesto

al Valor Agregado (IVA).

2.8.12 Participaciones de los Ingresos de Capital de la Fuente Fiscal del

Presupuesto General del Estado en la Extracción y

Comercialización Externa e Interna de Petróleo y Gas Natural

2.8.13 Participaciones sobre Ajustes a Contratos de Explotación de

Recursos Naturales no Renovables

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3. FINANCIAMIENTO

3.6 FINANCIAMIENTO PÚBLICO

3.6.01 Colocación de Títulos y Valores

3.6.02 Financiamiento Público Interno

3.6.03 Financiamiento Público Externo

3.6.04 Descuentos en Títulos y Valores

3.6.05 Créditos de Proveedores Internos

3.6.06 Créditos de Proveedores Externos

3.6.07 Otros Pasivos Externos

3.7 SALDOS DISPONIBLES

3.7.01 Saldo de Caja Bancos

3.8 CUENTAS PENDIENTES POR COBRAR

3.8.01 Cuentas Pendientes por Cobrar

3.9 VENTAS ANTICIPADAS Y POR CONVENIOS CON ENTIDADES

DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO

3.9.01 Ventas Anticipadas

5. GASTOS CORRIENTES

5.1 GASTOS EN PERSONAL

51.01 Remuneraciones Básicas

51.02 Remuneraciones Complementarias

51.03 Remuneraciones Compensatorias

51.04 Subsidios

51.05 Remuneraciones Temporales

51.06 Aportes Patronales a la Seguridad Social

51.07 Indemnizaciones

51.99 Asignaciones a Distribuir

52. PRESTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

52.01 Gastos Prestacionales

52.02 Subsidios

52.03 Atención Médica Prestadores Internos

52.04 Atención Médica Prestadores Externos

52.06 Gastos Prestacionales por Otros Conceptos

52.99 Asignaciones a Distribuir

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53. BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

53.01 Servicios Básicos

53.02 Servicios Generales

53.03 Traslados, Instalación. Viáticos y Subsistencias

53.04 Instalación, Mantenimiento y Reparación

53.05 Arrendamiento de Bienes

53.06 Contratación de Estudios, Investigaciones y Servicios Técnicos

Especializados

53.07 Gastos en Informática

53.08 Bienes de Uso y Consumo Corriente

53.09 Crédito por Impuesto al Valor Agregado

53.10 Pertrechos para la Defensa y Seguridad Pública

53.14 Bienes Muebles No Depreciables

53.15 Bienes Biológicos No Depreciables

53.16 Fondos de Reposición

53.99 Asignaciones a Distribuir

56. GASTOS FINANCIEROS

56.01 Títulos y Valores en Circulación

56.02 Intereses y Otros Cargos de la Deuda Pública Interna

56.03 Intereses y Otros Cargos de la Deuda Pública Externa

56.04 Costos Financieros por la Venta Anticipada de Petróleo y por

Convenios con Entidades del Sector Público no Financiero

56.99 Asignaciones a Distribuir

57. OTROS GASTOS

57.01 Impuestos. Tasas y Contribuciones

57.02 Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos

57.03 Dietas

57.99 Asignaciones a Distribuir

58. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

58.01 Transferencias Corrientes del Sector Público

58.02 Donaciones Corrientes Sector Privado Interno

58.03 Donaciones Corrientes al Exterior

5.8.04 Aportes y Participaciones del Sector Público

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5.8.05 Subsidios

5.8.06 Aportes y Participaciones Corrientes a Gobiernos Autónomos

Descentralizados y Regímenes Especiales

5.8.07 Participaciones Corrientes en los Ingresos Petroleros a favor de

la Fuente Fiscal del Presupuesto General del Estado

5.8.08 Por Participaciones Corrientes de los Entes Públicos y Privados

en los Ingresos Petroleros

5.8.09 Por Participaciones Corrientes de los Entes Públicos y Privados

en Ingresos Preasignados

5.8.10 Transferencias Corrientes a la Seguridad Social

5.8.11 Transferencias por Convenios Internacionales

5.8.99 Asignaciones a Distribuir

5.9 PREVISONÉS PARA REASIGNACION

5.9.01 Asignaciones a Distribuir

6 GASTOS DE PRODUCCIÓN PARA EL CASO DE ENTIDADES

Y EMPRESAS PUBLICAS QUE REQUIERAN EL

ESTABLECIMIENTO DE COSTOS DE SUS PRODUCTOS.

61. GASTOS EN PERSONAL PARA LA PRODUCCION

61.01 Remuneraciones Básicas

61.02 Remuneraciones Complementarias

61.03 Remuneraciones Compensatorias

61.04 Subsidios

61.05 Remuneraciones Temporales

61.06 Aportes Patronales a la Seguridad Social

61.07 Indemnizaciones

63. BIENES Y SERVICIOS PARA LA PRODUCCION

63.01 Servicios Básicos

63.02 Servicios Generales

63.03 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias

63.04 Instalación, Mantenimiento y Reparaciones Menores

63.05 Arrendamiento de Bienes

63.06 Contratación de Estudios, Investigaciones y Servicios Técnicos

Especializados

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63.07 Gastos en Informática

63.08 Bienes de Uso y Consumo de Producción

63.09 Créditos por Impuesto al Valor Agregado

63.10 Adquisiciones de Materias Primas

63.11 Adquisición de Productos en Proceso o Semielaborado

63.12 Adquisición de Productos Terminados

63.14 Bienes Muebles no Depreciables

63.15 Bienes Biológicos

63.99 Asignaciones a Distribuir

67. OTROS GASTOS DE PRODUCCION

67.01 Impuestos, Tasas y Contribuciones

67.02 Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos

67.03 Dietas

7. GASTOS DE INVERSIÓN

7.1 GASTOS EN EL PERSONAL PARA INVERSIÓN

71.01 Remuneraciones Básicas

71.02 Remuneraciones Complementarias

71.03 Remuneraciones Compensatorias

71.04 Subsidios

71.05 Remuneraciones Temporales

71.06 Aportes Patronales a la Seguridad Social

71.07 Indemnizaciones

71.99 Asignaciones a Distribuir

73. BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO DE INVERSIÓN

73.01 Servicios Básicos

73.02 Servicios Generales

73.03 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencia

73.04 Instalación, Mantenimiento y Reparación

73.05 Arrendamiento de Bienes

73.06 Contrataciones de Estudios, Investigaciones y Servicios

Técnicos Especializados

73.07 Gastos de Informáticos

73.08 Bienes de Uso y Consumo de Inversión

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80

73.09 Crédito por Impuesto al Valor Agregado

73.14 Bienes Muebles No Depreciables

73.15 Bienes Biológicos No Depreciables

73.16 Fondos de Reposición de Inversión

73.99 Asignaciones a Distribuir

75. OBRAS PÚBLICAS

75.01 Obras de Infraestructura

75.02 Obras para Generación de Energía

75.03 Obras en Hidrocarburos y Minas

75.04 Obras en Líneas, Redes e Instalaciones Eléctricas y

Telecomunicaciones.

75.05 Mantenimiento y Reparaciones

75.99 Asignaciones a Distribuir

77. OTROS GASTOS DE INVERSIÓN

77.01 Impuestos. Tasas y Contribuciones

77.02 Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos

77.03 Dietas

77.99 Asignaciones a Distribuir

78 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES PARA INVERSIÓN

78.01 Transferencias para Inversión al Sector Público

78.02 Donaciones de Inversión al Sector Privado Interno

78.02 Donaciones de Inversión del Exterior

78.05 Subsidios e Incentivo Económico

78.06 Aportes y Participaciones para Inversión a Gobiernos

Autónomos Descentralizados y Regímenes Especiales

78.07 Participaciones de Capital en los Ingresos Petroleros a favor de

la Fuente Fiscal del Presupuesto General del Estado

78.08 Por Participaciones de Capital de los Entes Públicos y Privados

en los Ingresos Hidrocarburíferos

78.09 Por Participaciones para Inversión de los Entes Públicos y

Privados en Ingresos Preasignados

78.99 Asignaciones a Distribuir

8. GASTOS DE CAPITAL

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81

8.4 BIENES DE LARGA DURACIÓN

8.4.01 Bienes Muebles

8.4.02 Bienes Inmuebles

8.4.03 Expropiaciones de Bienes

8.4.04 Intangibles

8.4.05 Bienes Biológicos

8.4.09 Créditos por Impuesto al Valor Agregado

8.4.99 Asignaciones a Distribuir

8.7. INVERSIONES FINANCIERAS

8.7.01 Inversiones en Títulos - Valores

8.7.02 Concesión de Préstamos

8.7.03 Inversiones en Títulos - Valores

8.7.99 Asignaciones a Distribuir

8.8 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL

8.8.01 Transferencias de Capital al Sector Público

8.8.02 Donaciones de Capital al Sector Privado Interno

8.8.04 Aportes y Participaciones al Sector Público

8.8.06 Aportes y Participaciones para Capital e Inversión a Gobiernos

Autónomos Descentralizados y Regímenes Especiales

8.8.07 Participaciones de Capital en los Ingresos Petroleros a Favor de

la Fuente Fiscal del Presupuesto del Presupuesto General del

Estado

8.8.09 Por Participaciones de Capital de los Entes Públicos y Privados

en Ingresos Preasignados

8.8.10 Reintegro del IVA

8.8.99 Asignaciones a Distribuir

9. APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO

9.6 AMORTIZACIÓN DEUDA PÚBLICA

9.6.01 Amortización de Títulos y Valores

9.6.02 Deuda Interna

9.6.03 Deuda Externa

9.6.05 Amortización de Créditos de Proveedores Internos

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82

9.6.06 Amortización de Créditos de Proveedores Externos

9.6.99 Asignaciones a Distribuir

9.7 PASIVO CIRCULANTE

9.7.01 Deuda Flotante

9.8 OBLIGACIONES POR VENTAS ANTICIPADAS DE PETRÓLEO

Y POR CONVENIOS CON ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO NO

FINANCIERO

9.8.01 Obligaciones por Ventas Anticipadas de Petróleo

9.8.02 Por Convenios con Entidades del Sector Público No Financiero

9.9 OTROS PASIVOS

9.9.01 Obligaciones no Reconocidas ni Pagadas de Ejercicios

Anteriores

5.9 RELACION CON LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Entre presupuesto y contabilidad existe una relación muy estrecha que nace de la

asignación a contabilidad de la responsabilidad por el registro e informe de todas las

operaciones patrimoniales y presupuestarias. Todas las acciones del presupuesto indicen en

la contabilidad.

La Ley de no determina ninguna modalidad de integración, lo que ha permitido la

aplicación de diferentes concepciones, en todas las etapas del procedo contable

gubernamental, esto es desde el catálogo de cuentas hasta la presentación de informes

presupuestarios. La contabilidad gubernamental integra las operaciones patrimoniales,

presupuestarias y de costos.

Operaciones Presupuestarias: son los ingresos y gastos previstos en el presupuesto.

Operaciones Patrimoniales: son aquellas que afectan a los activos, pasivos

patrimonios y resultados.

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Operaciones de costos: son los que permiten la acumulación de los valores que

representan los insumos (mano de obra, materiales directos y gastos indirectos), utilizados

para producir un bien o servicio. Este tipo de operaciones son de tipo patrimonial y sirven

para controlar los inventarios de sus materiales, de sus productos en proceso de fabricación

y de sus productos terminados.

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EJEMPLIFICACIÓN PROFORMA PRESUPUESTARIA

PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO

EJERCICIO FISCAL 2016

CÓDIGO PARTIDA AÑO 2015 AÑO 2016

1 INGRESOS CORRIENTES

1.1.00.00 IMPUESTOS 15.565.698.278,00 15.489.701.480,00 -75.996.798,00 51,92% -1,17%

1.3.00.00 TASAS Y CONTRIBUCIONES 2.095.170.942,00 1.780.008.793,44 -315.162.148,56 5,97% -4,86%

1.4.00.00 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS E INGRESOS OPERATIVOS 123.547.467,00 81.914.065,00 -41.633.402,00 0,27% -0,64%

1.7.00.00 RENTAS DE INVERSIONES Y MULTAS 429.025.180,00 344.234.795,46 -84.790.384,54 1,15% -1,31%

1.8.00.00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES 6.151.367.130,00 4.807.269.231,00 -1.344.097.899,00 16,11% -20,74%

1.9.00.00 OTROS INGRESOS 47.444.457,00 56.826.250,82 9.381.793,82 0,19% 0,14%

TOTAL INGRESOS CORRIENTES 24.412.253.454,00$ 22.559.954.615,72$ -1.852.298.838,28 75,62% -28,58%

2 INGRESOS DE CAPITAL

2.4.00.00 VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 0,00 39.615.818,84 39.615.818,84 0,13% 0,61%

2.7.00.00 RECUPERACION DE INVERSIONES 0,00 4.559.780,34 4.559.780,34 0,02% 0,07%

2.8.00.00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL E INVERSION 3.087.410.603,00 633.952.933,40 -2.453.457.669,60 2,12% -37,85%

TOTAL INGRESOS DE CAPITAL $ 3.087.410.603,00 $ 678.128.532,58 -2.409.282.070,42 2,27% -37,17%

3 INGRESOS POR FINANCIAMIENTO

3.6.00.00 FINANCIAMIENTO PUBLICO 8.806.818.876,70 5.858.287.756,49 -2.948.531.120,21 19,64% -45,49%

3.8.00.00 CUENTAS PENDIENTES POR COBRAR 10.636.109,00 13.727.416,00 3.091.307,00 0,05% 0,05%

3.9.00.00 VENTAS ANTICIPADAS 0,00 725.000.000,00 725.000.000,00 2,43% 11,18%

TOTAL INGRESO POR FINANCIAMIENTO $ 8.817.454.985,70 $ 6.597.015.172,49 -2.220.439.813,21 22,11% -34,26%

TOTAL DE INGRESOS 36.317.119.042,70 29.835.098.320,79 -6.482.020.721,91 100,00% -100,00%

CÓDIGO PARTIDA AÑO 2015 AÑO 2016

5 GASTOS CORRIENTES

5.1.00.00 GASTOS EN PERSONAL 8.718.604.843,00 8.789.691.178,26 71.086.335,26 29,46% 1,10%

5.3.00.00 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 8.244.557.248,00 4.676.207.657,00 -3.568.349.591,00 15,67% -55,05%

5.6.00.00 GASTOS FINANCIEROS 1.216.163.583,00 1.750.374.006,00 534.210.423,00 5,87% 8,24%

5.7.00.00 OTROS GASTOS CORRIENTES 152.557.539,00 271.424.940,00 118.867.401,00 0,91% 1,83%

5.8.00.00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES CORRIENTES 2.943.091.700,96 1.925.167.455,00 -1.017.924.245,96 6,45% -15,70%

TOTAL GASTOS CORRIENTES $ 21.274.974.913,96 $ 17.412.865.236,26 -3.862.109.677,70 58,36% -59,58%

7 GASTOS DE INVERSIÓN

7.1.00.00 GASTOS EN PERSONAL PARA INVERSION 273.264.278,78 167.449.108,97 -105.815.169,81 0,56% -1,63%

7.3.00.00 BIENES Y SERVICIOS PARA INVERSION 2.251.396.065,41 1.131.122.925,25 -1.120.273.140,16 3,79% -17,28%

7.5.00.00 OBRAS PUBLICAS 3.666.016.508,96 1.683.287.927,84 -1.982.728.581,12 5,64% -30,59%

7.7.00.00 OTROS GASTOS DE INVERSION 2.119.604,89 930.359,52 -1.189.245,37 0,00% -0,02%

7.8.00.00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES PARA INVERSION 177.716.957,00 1.401.721.254,67 1.224.004.297,67 4,70% 18,88%

TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 6.370.513.415,04$ 4.384.511.576,25$ -1.986.001.838,79 14,70% -30,64%

8 GASTOS DE CAPITAL

8.4.00.00 BIENES DE LARGA DURACION 1.121.093.150,56 529.433.606,08 -591.659.544,48 1,77% -9,13%

8.7.00.00 INVERSIONES FINANCIERAS 28.763.000,00 0,00 -28.763.000,00 0,00% -0,44%

8.8.00.00 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL 4.101.922.177,52 3.373.905.308,21 -728.016.869,31 11,31% -11,23%

TOTAL GASTOS DE CAPITAL 5.251.778.328,08$ 3.903.338.914,29$ -1.348.439.413,79 13,08% -20,80%

9 APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO

9.6.00.00 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA 3.090.631.585,62 2.575.444.090,99 -515.187.494,63 8,63% -7,95%

9.7.00.00 PASIVO CIRCULANTE 329.220.800,00 1.558.938.503,00 1.229.717.703,00 5,23% 18,97%

TOTAL APLICACIÓN DE FINANCIAMIENTO 3.419.852.385,62$ 4.134.382.593,99$ 714.530.208,37 13,86% 11,02%

TOTAL GASTOS 36.317.119.042,70 29.835.098.320,79 -6.482.020.721,91 100,00% -100,00%

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

PROFORMA PRESUPUESTARIA 2016

DIFERENCIAS 2015-2016 % DE INFLUENCIA

PRESUPUESTO 2016

% DE DISMINUCIÓN O

INCREMENTO 2015-2016

INGRESOS

DIFERENCIAS 2015-2016 % DE INFLUENCIA

PRESUPUESTO 2016

% DE DISMINUCIÓN O

INCREMENTO 2015-2016

GASTOS

Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas

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85

INGRESOS CORRIENTES $ 22.559.954.615,72 $ 17.412.865.236,26 5.147.089.379,46$

INGRESOS POR FINANCIAMIENTO $ 6.597.015.172,49 4.384.511.576,25$ 8.287.850.490,54$

INGRESOS DE CAPITAL $ 678.128.532,58 3.903.338.914,29$ 5348,8 millones

APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO 4.134.382.593,99$

$ 29.835.098.320,79 $ 29.835.098.320,79

INGRESOS CORRIENTES $ 24.412.253.454,00 $ 21.274.974.913,96 3.137.278.540,04$

INGRESOS POR FINANCIAMIENTO $ 8.817.454.985,70 6.370.513.415,04$ 11.593.528.743,12$

INGRESOS DE CAPITAL $ 3.087.410.603,00 5.251.778.328,08$ 8.116.0 millones

APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO 3.419.852.385,62$

$ 36.317.119.042,70 $ 36.317.119.042,70

En el 2015 se destacó la inversión en proyectos sobre todo rentables y sociales de los siguientes sectores:

· Ministerio de Electricidad y Energía Renovable: USD 1.933.82 millones

· Ministerio de Transporte y Obras Públicas: USD 933.64 millones

· Ministerio de Salud Pública: USD 870.43 millones

· Ministerio de Educación: USD 780.06 millones

2.977 millones 2014

3.253 millones Incremento 9.3% 2015

2.860 millones Reducción del 12,1% 2016

Presupuesto para Gobiernos Autonomos

GASTOS CORRIENTES

GASTOS DE INVERSIÓN

GASTOS DE CAPITAL

Sobre el Plan Anual de Inversiones, las autoridades del frente económico resolvieron que del total de recursos, el 60% se destinará a tres sectores: Talento Humano $ 829 millones (unidades educativas), Desarrollo Social $ 325 millones

(hospitales y centros de salud), e Hidroeléctricas $ 260 millones.

2015

FINANCIAMIENTO

GASTOS CORRIENTES

GASTOS DE INVERSIÓN

GASTOS DE CAPITAL

FINANCIAMIENTO

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

PROFORMA PRESUPUESTARIA 2016

2016

Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas

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86

6. DEL COMPONENTE DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO

El componente de endeudamiento público tiene bajo su responsabilidad normar,

programar, establecer mecanismos de financiamiento, presupuestar, negociar, contratar,

registrar, controlar, contabilizar y coordinar la aprobación de operaciones de endeudamiento

público, de administración de deuda pública y operaciones conexas para una gestión

eficiente de la deuda. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

El endeudamiento público comprende la deuda pública de todas las entidades,

instituciones y organismos del sector público provenientes de contratos de mutuo;

colocaciones de bonos y otros valores, incluidos las titularizaciones y las cuotas de

participación; los convenios de novación y/o consolidación de obligaciones; y, aquellas

obligaciones en donde existan sustitución de deudor establecidas por Ley. Además

constituyen endeudamiento público, las obligaciones no pagadas y registradas de los

presupuestos clausurados. Se excluye cualquier título valor menor a 360 días.

Para el caso de las empresas públicas se excluyen todos los contratos de mutuo del

tipo crédito con proveedores que no requieran garantía soberana.

Para el caso de banca y las entidades de intermediación financiera públicas se

excluyen todas las operaciones que realicen para solventar sus necesidades de liquidez y

aquellas destinadas a la intermediación financiera que no provengan de deuda externa

multilateral, de proveedores, de gobiernos ni de la banca que requiera garantía soberana del

Estado.

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87

Los pasivos contingentes tienen su origen en hechos específicos que pueden ocurrir

o no. La obligación se hace efectiva con la ocurrencia de una o más condiciones previstas en

el instrumento legal que lo generó.

Los pasivos contingentes no forman parte de la deuda pública. Un pasivo contingente

solo se constituirá en deuda pública, en el monto correspondiente a la parte de la obligación

que fuera exigible.

La deuda contingente podrá originarse:

1. Cuando el Estado, a nombre de la República del Ecuador, otorga la garantía soberana

a favor de entidades y organismos del sector público que contraigan deuda pública.

2. Por la emisión de bonos y más títulos valores cuyo objeto sea garantizar a los

contribuyentes el retorno de sus aportaciones.

3. Por la suscripción de contratos de garantía para asegurar el uso de las contribuciones

no reembolsables.

4. Por contingentes asumidos por el Estado ecuatoriano, de conformidad con la Ley, u

otras obligaciones asumidas en el marco de convenios con organismos

internacionales de crédito.

La contratación de la deuda contingente debe seguir el proceso de endeudamiento

público, en lo pertinente.

6.1 DE LOS LIMITES DE ENDEUDAMIENTO, DESTINO DE LOS

RECURSOS Y DE LOS PROYECTOS

Límite al endeudamiento público:

El monto total del saldo de la deuda pública realizada por el conjunto de las entidades

y organismos del sector público, en ningún caso podrá sobrepasar el cuarenta por ciento

(40%) del PIB. En casos excepcionales, cuando se requiera endeudamiento para programas

y/o proyectos de inversión pública de interés nacional, y dicho endeudamiento supere el

límite establecido en este artículo, se requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional con

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88

la mayoría absoluta de sus miembros. Cuando se alcance el límite de endeudamiento se

deberá implementar un plan de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal.

El ente rector de las finanzas públicas, con base en la programación de

endeudamiento cuatrienal regulará los límites específicos para las entidades sujetas al ámbito

del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Con base en la programación presupuestaria cuatrienal, el ente rector de las finanzas

públicas podrá suscribir operaciones de endeudamiento público previo al comienzo de los

siguientes ejercicios fiscales.

No existirá destino específico para el endeudamiento más allá de lo establecido en la

Constitución y en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, para lo cual el

Ministerio de Finanzas durante la ejecución presupuestaria asignará estos recursos a los

programas y proyectos que cuenten con los requisitos establecidos. El reglamento del Código

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas contiene los mecanismos que permitan

garantizar que el financiamiento, dentro del marco constitucional que pueda ser reasignado

de manera ágil entre programas y proyectos en función de la ejecución de los mismos.

En la proforma del Presupuesto General del Estado se incluirá el límite anual de

endeudamiento neto para consideración y aprobación de la Asamblea Nacional.

Límites al endeudamiento para gobiernos autónomos descentralizado:

Para la aprobación y ejecución de sus presupuestos, cada gobierno autónomo

descentralizado deberá observar los siguientes límites de endeudamiento:

1. La relación porcentual calculada en cada año entre el saldo total de su deuda

pública y sus ingresos totales anuales, sin incluir endeudamiento, no deberá ser superior al

doscientos por ciento (200%); y,

2. El monto total del servicio anual de la deuda, que incluirá la respectiva

amortización e intereses, no deberá superar el veinte y cinco por ciento (25%) de los ingresos

totales anuales sin incluir endeudamiento.

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89

Se prohíbe a las instituciones públicas y privadas conceder créditos a los gobiernos

autónomos descentralizados que sobrepasen estos límites, debiendo estos últimos someterse

a un plan de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal que será aprobado por el ente rector de

las finanzas públicas.

Destino del endeudamiento:

Las entidades del sector público que requieran operaciones de endeudamiento

público lo harán exclusivamente para financiar:

1. Programas.

2. Proyectos de inversión:

2.1 Para infraestructura; y,

2.2 que tengan capacidad financiera de pago.

3. Refinanciamiento de deuda pública externa en condiciones más beneficiosas

para el país.

Se prohíbe el endeudamiento para gasto permanente. Con excepción de los que prevé

la Constitución de la República, para salud, educación y justicia; previa calificación de la

situación excepcional, realizada por la Presidenta o el Presidente de la República.

Responsabilidad de la ejecución:

La entidad u organismo público contratante del endeudamiento será la responsable

de la ejecución de los proyectos o programas que se financien con dichos recursos. En el

caso del endeudamiento del Presupuesto General del Estado, la entidad pública responsable

de la ejecución será la establecida en la resolución que para el efecto dicte el ente rector de

las finanzas públicas.

Prohibición de financiar a entidades del sector privado y uso de recursos

originados en endeudamiento para gasto permanente:

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90

Se prohíbe a todas las entidades del sector público, excepto a la banca pública y las

entidades públicas crediticias la realización de operaciones de crédito a favor de personas

naturales o jurídicas de derecho privado, salvo anticipos. La banca pública podrá hacerlo

únicamente a favor de empresas públicas en las que el Estado tenga la participación

mayoritaria.

Cualquiera excepción a esta norma, solo se la podrá realizar previa autorización del

Comité de Deuda y Financiamiento y del Presidente o Presidenta de la República por decreto

ejecutivo.

Igualmente, se prohíbe cubrir con recursos originados en el endeudamiento público,

los gastos de carácter permanente, exceptuando las disposiciones constitucionales.

Pago de obligaciones con recursos de deuda:

En ningún caso las entidades del sector público entregarán certificados, bonos y otros

títulos de deuda pública en pago de obligaciones por remuneración al trabajo, que no

provengan de dictámenes judiciales o las establecidas por Ley. Para otro tipo de

obligaciones, además del pago en efectivo, se podrán otorgar en dación de pago, activos y

títulos - valores del Estado con base a justo precio y por acuerdo de las partes.

Registro de las operaciones de endeudamiento:

Los títulos de deuda pública, sean estos contratos, convenios u otros instrumentos

representativos de la operación de endeudamiento público, deben registrarse en el ente rector

de las finanzas públicas.

Créditos contratados por el Estado a favor de empresas públicas y/o entidades

financieras públicas:

En caso de empresas públicas y entidades financieras públicas que tengan programas

y proyectos de inversión en infraestructura o con capacidad de pago, calificados como

prioritarios por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, el ente rector de las

finanzas públicas podrá realizar operaciones de crédito para inyectar los recursos respectivos

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a la empresa pública y/o entidad financiera pública, que será la ejecutora del programa o

proyecto.

El ente rector de las finanzas públicas establecerá, de ser del caso, la factibilidad,

mecanismos y términos para la restitución por parte de la empresa o de la entidad financiera,

de los valores inherentes al financiamiento respectivo, de lo que se dejará constancia en la

resolución con la que se autorice el endeudamiento pertinente.

Participación de empresas del país prestamista:

En los contratos de financiamiento podrán establecerse estipulaciones inherentes a la

participación de las empresas del país del prestamista en la ejecución de los proyectos, en

tanto el financiamiento se confiera en términos rentables, ventajosos o concesionales para el

prestatario.

En tal caso, para la selección, calificación y adjudicación se observará el

procedimiento que establezca la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública, las demás Leyes y sus reglamentos.

Registro sobre la tenencia de títulos:

Las entidades y organismos públicos tendrán la obligación de reportar al ente rector

de las finanzas públicas la tenencia de títulos valores representativos de deuda pública

interna o externa, para su registro.

Modificación de términos y condiciones:

En el evento de modificaciones sustanciales de los términos y condiciones

financieras establecidas en los instrumentos jurídicos con los que se concretaron operaciones

de endeudamiento público del Estado o de las entidades y organismos del sector público, o

del programa o proyecto de inversión financiado con recursos del endeudamiento, el trámite

a observarse para la modificación será el vigente a la fecha en que se concrete la

modificación, en lo que fuere pertinente.

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Contratos que contribuyan a concretar operaciones de endeudamiento público

interno o externo:

En el caso de que para la negociación, instrumentación, perfeccionamiento de

operaciones de endeudamiento público, colocación o recompra de títulos emitidos por el

Estado, o la novación de deuda, se requiriera en forma previa o concurrente de la celebración

de contratos que sin ser de deuda pública, fueren indispensables para coadyuvar a los

señalados propósitos, tales contrataciones, estarán exceptuados del trámite previsto por la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; no obstante el ente rector de

las finanzas públicas, deberá expedir para el efecto, los procedimientos que normen aquellas

contrataciones, entre ellos, la selección, calificación y adjudicación.

Cuando a criterio del ente rector de las finanzas públicas, la divulgación de la

información contenida en actos administrativos, contratos, convenios o documentación

vinculada con operaciones de novación de operaciones de endeudamiento público, emisión,

colocación o recompra de títulos del Estado, pudiera generar pérdidas o condiciones

desfavorables a los intereses del Estado, los respectivos actos, contratos, convenios o

documentación serán declarados secretos y reservados por aquél Ministerio, carácter que se

mantendrá hasta que se proporcione la información previa a la subasta o transacción

respectiva en el mercado de valores en el caso de colocación y recompra, o hasta que culmine

la operación respectiva. Inmediatamente después, toda la información será publicada.

Toda persona que utilice o se beneficie de la información y/o documentación

relacionada con los actos, contratos o convenios referidos en el párrafo anterior, será

reprimida según lo previsto en la Ley.

Se podrá vincular un convenio de Préstamo con otros convenios o contratos

comerciales, de exportación, de importación, de ejecución de obras, prestación de servicios

o financieros incluyendo los de manejo de cuentas bancarias.

6.2 DEL COMITE DE DEUDA Y FINANCIAMIENTO

Comité de Deuda y Financiamiento:

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El Comité de Deuda y Financiamiento estará integrado por el Presidente(a) de la

República o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro(a) a cargo de las finanzas públicas

o su delegado y el Secretario(a) Nacional de Planificación y Desarrollo o su delegado.

El Subsecretario(a) a cargo del Endeudamiento Público actuará como Secretario del

Comité y cuando fuere requerido proporcionará asesoría técnica.

Este Comité se reunirá previa convocatoria del Ministro a cargo de las finanzas

públicas. El ente rector de las finanzas públicas, bajo responsabilidad del Secretario,

mantendrá un archivo de las actas y decisiones del Comité.

La organización interna del Comité y su funcionamiento, se establecerá en el

reglamento que aprobará el propio Comité

Atribución y autorización:

El Comité de Deuda y Financiamiento, con observancia de la Constitución de la

República y la legislación pertinente, previo el análisis de los términos financieros y

estipulaciones contenidas en los instrumentos respectivos, autorizará mediante resolución,

la contratación o novación de operaciones de endeudamiento público en el Presupuesto

General del Estado, cualquiera sea la fuente de endeudamiento, con la garantía del Estado,

cuando fuere pertinente. Además, autorizará las colocaciones o las recompras de títulos

emitidos por el Estado.

El Comité de Deuda y Financiamiento regulará los procedimientos de endeudamiento

del resto de entidades fuera del Presupuesto General del Estado, pudiendo delegar algunas

funciones del párrafo anterior a otras entidades públicas.

Cada entidad del sector público que tenga la calidad de persona jurídica de derecho

público, con la autorización previa del Comité de Deuda y Financiamiento podrá resolver en

forma definitiva sobre el endeudamiento correspondiente, y asumirá la responsabilidad de

que el respectivo endeudamiento y las estipulaciones de contratos o convenios inherentes,

no afecten la soberanía de la República del Ecuador.

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El Comité de Deuda y Financiamiento será corresponsable de las condiciones

financieras de los procesos de endeudamiento que apruebe.

Deberes del Comité de Deuda y Financiamiento:

Son deberes del Comité de Deuda y Financiamiento, los siguientes:

1. Dictar directrices para la gestión de deuda pública.

2. Normar, analizar y aprobar los términos y condiciones financieras de las operaciones

de endeudamiento público.

Se excluyen los contratos de mutuo de deuda pública interna de los Gobiernos

Autónomos Descentralizados y la deuda flotante.

En el caso de los contratos de mutuo de deuda pública suscritos con organismos

multilaterales, gobiernos, créditos comerciales y contratos de préstamo de proveedor cuyo

monto no supere el 0.15% del Presupuesto General del Estado, que no requiera garantía

soberana, no deberá contar con el análisis y recomendación del Comité de Deuda y

Financiamiento previo al proceso de negociación formal con el prestamista.

1. Aprobar los términos y condiciones financieras para las colocaciones de títulos del

Estado o de la recompra de deuda pública, a cargo del ente rector de las finanzas

públicas.

2. Regular la contratación de deuda pública.

3. Determinar las modificaciones sustanciales en las operaciones de endeudamiento

público.

4. Establecer el monto máximo de contratación de deuda pública, por tipo, que no

requiere autorización del comité, en casos no contemplados en el Código Orgánico

de Planificación y Finanzas Públicas.

Trámite y requisitos para operaciones de crédito:

Todo trámite de operaciones de endeudamiento público de las entidades del sector

público deberá observar las disposiciones del Código Orgánico de Planificación y Finanzas

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Públicas y estará a cargo del ente rector de las finanzas públicas, el que en forma previa a la

autorización del Comité de Deuda y Financiamiento, deberá verificar:

1. Que con la operación no se exceda el límite de endeudamiento previsto en el Código

Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, ni el fijado por la Asamblea Nacional,

para el respectivo ejercicio fiscal anual.

2. Que el endeudamiento público sea sostenible y conveniente al Estado en términos del

perfil de vencimiento de la deuda y/o de la tasa de interés de la deuda y de las

condicionalidades aplicables al endeudamiento.

Las entidades, organismos e instituciones del Estado beneficiarías de los recursos de

endeudamiento público, previo a la utilización de los mismos deberán verificar que el

proyecto o programa haya sido declarado prioritario por la Secretaria Nacional de

Planificación y Desarrollo. En el caso de endeudamiento para empresas públicas nacionales,

entidades financieras públicas y gobiernos autónomos descentralizados o sus empresas, la

prioridad será emitida por el directorio o por el gobierno autónomo descentralizado, según

el caso.

De conformidad con los principios de soberanía y los derechos previstos en la

Constitución de la República, en las operaciones de endeudamiento público externo, se

observarán y aplicarán las condiciones legales propias de los contratos negociados bajo la

Ley y jurisdicción internacional.

6.3 DE LA EMISION DE BONOS Y OTROS TITULOS

Emisiones de bonos y otros títulos:

En consideración a las necesidades de financiamiento y los requerimientos del

mercado, el ente rector de las finanzas públicas aprobará, para consideración y autorización,

cuando sea del caso, del Comité de Deuda y Financiamiento, la emisión de títulos de

mediano o largo plazo y el tipo de títulos del Estado a emitirse, así como sus términos y

condiciones financieras de colocación.

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Las emisiones de títulos valores incluidas las titularizaciones de otras entidades

públicas, financieras y no financieras, requerirán de la aprobación del ente rector de las

finanzas públicas.

En el caso de emisiones de títulos valores de la banca pública cuyo monto anual

supere el 0.15% del Presupuesto General del Estado deberá contar con el análisis y

recomendación del ente rector de las finanzas públicas. (Freire, 2006)

Escritura de emisión:

Autorizada legalmente una emisión de bonos o de otros títulos, se instrumentará la

respectiva escritura pública, en la que intervendrá el Ministro(a) a cargo de finanzas públicas,

tratándose de emisiones del Estado ecuatoriano, o los representantes legales de la entidad

del sector público que efectúe la emisión.

Los requisitos que reunirán la escritura pública y los bonos o valores que se emitan,

serán establecidos en las normas técnicas expedidas por el ente rector de las finanzas

públicas.

Negociación de bonos y otros títulos:

Concluido el trámite de la emisión de bonos u otros títulos valores, si se trata de los

emitidos dentro del Presupuesto General del Estado, serán negociados por el ente rector de

las finanzas públicas. Los títulos valores emitidos por otras entidades serán negociados por

ellas mismas previo autorización del ente rector de las finanzas públicas, autorización que

no implica otorgamiento de garantía por parte del Estado.

Toda emisión de bonos, en moneda de curso legal o extranjera, se negociará en forma

universal, a través de las bolsas de valores. Se exceptúan las negociaciones que se realicen

en forma directa entre entidades y organismos del sector público.

Agente oficial:

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El pago de capital e intereses de los títulos de la deuda pública interna y externa, se

hará por medio del Banco Central del Ecuador, como agente oficial del Estado, de acuerdo

con los contratos respectivos.

Esta disposición no será aplicable a las obligaciones de emisión propias de las

entidades de banca pública competentes.

6.4 DE LAS GARANTIAS

Garantías soberanas:

El Estado Central a nombre de la República del Ecuador podrá otorgar garantía

soberana a favor de entidades y organismos del sector público, que contraigan deuda pública

para el financiamiento de proyectos y programas de inversión en infraestructura, o para

proyectos, programas de inversión que generen la rentabilidad necesaria para el servicio de

la deuda. La garantía del Estado, únicamente podrá autorizarse, cuando la entidad u

organismo del sector público, inclusive las empresas del Estado, sus subsidiarias o filiales,

evidencien que cuentan con capacidad de pago de la deuda respectiva.

No se podrán emitir garantías soberanas a las otras entidades, organismos y entidades

del Sector Público, para operaciones de endeudamiento con plazo menor a 360 días.

Para el otorgamiento de garantía soberana, se deberá establecer e instrumentar los

mecanismos necesarios para la restitución de los valores que el Estado pudiere llegar a pagar

en su calidad de garante, en caso de incumplimiento del deudor.

En ningún caso se otorgará garantías por parte del Estado o de sus entidades a favor

de personas naturales o jurídicas de derecho privado, inclusive las que no tengan finalidad

de lucro, con excepción de la banca pública y aquellas empresas de derecho privado con al

menos un 70% de acciones del Estado.

Las garantías otorgadas se registrarán como deuda contingente, y solo constituirán

deuda del garante, cuando la obligación, en el monto respectivo, fuere exigible al mismo.

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Dividendos en mora:

Las obligaciones originadas en operaciones de endeudamiento público, garantizadas

por el Estado Ecuatoriano, que no fueren pagadas por la entidad del sector público

garantizada, serán canceladas por el ente rector de las finanzas públicas en la forma y

oportunidad prevista en los contratos o convenios de endeudamiento pertinentes.

El ente rector de las finanzas públicas, con cargo a la cuenta que la entidad deudora

u organismo del sector público mantiene en instituciones financieras públicas, procederá a

tomar los recursos correspondientes, en pago de valores que hubiere cancelado, con los

costos financieros que se hubiere pactado en el respectivo convenio de restitución de valores.

De ser pertinente, adoptará las medidas y acciones inmediatas que fueren necesarias para la

recuperación de los valores subrogados como garante, inclusive a través de la jurisdicción

coactiva, de la que queda investido, en los términos establecidos en el Código de

Procedimiento Civil, para la recuperación de obligaciones adeudadas al Estado ecuatoriano.

7. DEL COMPONENTE DE TESORERIA

Comprende el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados en la

obtención, depósito y colocación de los recursos financieros públicos; en la administración

y custodia de dineros y valores que se generen para el pago oportuno de las obligaciones

legalmente exigibles; y en la utilización de tales recursos de acuerdo a los presupuestos

correspondientes, en función de la liquidez de la caja fiscal, a través de la Cuenta Única del

Tesoro Nacional. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

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El componente de Tesorería establecerá una administración eficiente, efectiva y

transparente de los recursos financieros públicos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional,

para responder a las necesidades de pago que demanda el Presupuesto General del Estado.

La Programación de Caja determina las operaciones de ingresos y gastos públicos

que afectan al saldo de caja del tesoro nacional y a los movimientos de la deuda pública para

cubrir las obligaciones y la liquidez necesaria.

Sistema Único de Cuentas:

El Sistema Único de Cuentas está conformado por: la Cuenta Única del Tesoro

Nacional; las subcuentas de los gobiernos autónomos descentralizados; las cuentas de la

Seguridad Social; las cuentas de las empresas públicas; y, las cuentas de la banca pública.

Su operatividad constará en el reglamento.

En relación con las cuentas de la seguridad social se garantiza que en todos los

aspectos contables, operativos y de gestión se mantienen de manera autónoma la Cuenta

Corriente Única del Tesoro Nacional, por lo que estos recursos serán propios y distintos del

fisco. Conforme dispone la Constitución de la República ninguna institución del Estado

podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas.

Banca pública:

Los recursos públicos se manejarán a través de la banca pública, considerando en lo

pertinente, las respectivas normas técnicas y las capacidades de gestión de las entidades que

conforman la banca pública (Sector Financiero Público). El cobro, pago o transferencia de

dichos recursos se podrá realizar a través de otras entidades financieras.

Gestión y acreditación de los recursos públicos:

El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de la Cuenta Única del

Tesoro Nacional abierta en el depositario oficial que es el Banco Central del Ecuador, con

las subcuentas que el ente rector de las finanzas públicas considere necesarias.

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Para el manejo de los depósitos y créditos de las empresas públicas, gobiernos

autónomos descentralizados y las demás que correspondan, se crearán cuentas especiales en

el Banco Central del Ecuador.

Todo organismo, entidad y dependencia del Sector Público no Financiero, con goce

o no de autonomía económica y/o presupuestaria y/o financiera, deberá acreditar la totalidad

de recursos financieros públicos que obtenga, recaude o reciba de cualquier forma a las

respectivas cuentas abiertas en el Banco Central del Ecuador.

La salida de recursos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional se realizará sobre la

base de las disposiciones de los autorizadores de pago de las entidades y organismos

pertinentes y del ente rector de las finanzas públicas. Dicha salida de recursos se efectuará

cuando existan obligaciones de pago, legalmente exigibles, debidamente determinadas por

las entidades responsables correspondientes, previa afectación presupuestaria o registró

contable.

Se faculta a las entidades y organismos del sector público a gestionar anticipos a

través de varios desembolsos, a gestionar proyectos a través de fondos a rendir cuentas, entre

otros mecanismos; para lo cual el ente rector de las finanzas públicas emitirá la normativa

correspondiente.

No se aplicará el sigilo bancario a los recursos de las entidades del sector público,

con excepción de los créditos otorgados por la banca pública a favor de personas jurídicas

de derecho privado.

La Tesorería de la Nación ordenará el reintegro inmediato a la Cuenta Única del

Tesoro Nacional, de los recursos de las entidades públicas que violen el artículo 299 inciso

tercero de la Constitución, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y

penales, a que hubiere lugar.

La República del Ecuador previa autorización del Ente Rector de las Finanzas

Públicas, podrá aperturar y mantener en el exterior, cuentas de depósito fijo o a la vista, para

gestionar, conceder o realizar pagos, endeudamiento, inversión e interés de seguridad.

Rendimientos:

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Los rendimientos que se generen de las inversiones de la Cuenta Única del Tesoro

Nacional se restituirán a esa cuenta en su totalidad, salvo las comisiones pertinentes que

autorice el ente rector de las finanzas públicas dentro de las operaciones financieras. Estos

recursos no formarán parte de los ingresos del Banco Central del Ecuador.

Por su naturaleza las transacciones que se generen de la Cuenta Única del Tesoro

Nacional están exentas de todo tipo de retención incluidas las tributarias.

Fondos de reposición:

Las entidades y organismos del sector público pueden establecer fondos de

reposición para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas técnicas que para el

efecto emita el ente rector de las finanzas públicas. La liquidación de estos fondos se

efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente.

Manejo de la liquidez:

El ente rector de las finanzas públicas manejará y administrará los excedentes de

liquidez de la Cuenta Única del Tesoro Nacional de conformidad con las normas técnicas

que emita para el efecto.

Excedentes:

Todos los excedentes de caja de los presupuestos de las entidades del Presupuesto

General del Estado, al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos de caja del

Presupuesto General del Estado del siguiente ejercicio fiscal.

Los excedentes de caja de los gobiernos autónomos descentralizados que se

mantengan al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos caja del siguiente ejercicio

fiscal.

Inversión de recursos financieros públicos en el extranjero:

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Cualquier inversión de recursos financieros públicos en el extranjero sólo podrá

realizarse previa autorización del ente rector de las finanzas públicas.

Especies valoradas:

El ente rector de las finanzas públicas, es el único organismo que autoriza la emisión

y fija el precio de los pasaportes y más especies valoradas de los organismos, entidades y

dependencias del Sector Público no Financiero, a excepción de aquellas emitidas por los

gobiernos autónomos descentralizados, las entidades de seguridad social y las empresas

públicas.

Los costos por emisión y los ingresos por la venta de las especies valoradas deberán

constar obligatoriamente en los presupuestos.

Ningún organismo, entidad o dependencia del sector público no financiero sujeto al

ámbito de aplicación Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas podrá cobrar

tarifa alguna por la venta de bienes y servicios sin que medie la comercialización de especies

valoradas, la factura, nota de venta u otros instrumentos autorizados para el efecto.

Sentencias:

Las entidades y organismos del sector público deberán dar cumplimiento inmediato

a las sentencias ejecutoriadas y pasadas en autoridad de cosa juzgada, y si implican el egreso

de recursos fiscales, dicha obligación se financiará con cargo a las asignaciones

presupuestarias de la respectiva entidad u organismo, para lo cual si es necesario se

realizarán las reformas respectivas en el gasto no permanente. Los recursos de la Cuenta

Única del Tesoro son inembargables y no pueden ser objeto de ningún tipo de apremio,

medida preventiva ni cautelar.

Certificados de Tesorería:

El ente rector de las finanzas públicas, en el evento de presentarse deficiencias

temporales y/o para la optimización de la liquidez en la economía, podrá emitir Certificados

de Tesorería para financiar egresos permanentes o no permanentes.

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Los Certificados de Tesorería, por su naturaleza, no obstante constituir obligaciones

de pago, no estarán sujetos, para su emisión, al trámite y requisitos previstos para

operaciones de endeudamiento público, excepto la escritura pública de emisión cuyo

contenido será establecido en las normas técnicas.

En ningún caso, el plazo para el pago efectivo de los certificados podrá superar los

360 días.

Liquidación y extinción de obligaciones entre entidades del sector público:

Cuando el ente rector de las finanzas públicas, establezca que entre dos o más

entidades del Estado, o el Estado con otras entidades pueden extinguirse obligaciones

existentes entre ellas, ya sea por haberse efectuado el pago, operado la compensación o por

condonación de la deuda, les conminará para que en un plazo determinado suscriban

obligatoriamente un convenio de extinción de obligaciones. Para los efectos anotados, las

entidades del Estado observarán obligatoriamente las normas que expida el ente rector de las

finanzas públicas.

La liquidez del Sector Público:

Para el manejo integrado de la liquidez del Sector público, el Banco Central del

Ecuador en coordinación con el ente rector de las finanzas públicas, podrá gestionar la

liquidez de las cuentas creadas en dicha entidad, de conformidad con el Reglamento del

Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. No se afectará la disponibilidad de

recursos de todas las entidades y organismos del sector público y su exigibilidad inmediata.

7.1 NORMAS TÉCNICAS DE TESORERIA

Mientras el Ministro de Economía y Finanzas, organismo rector del SISTEMA

NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS SINFIP, emite la normativa para el Componente

de Tesorería, continuaremos revisando las Normas Técnicas de Tesorería, que fueron

actualizadas mediante Acuerdo Ministerial 447 de 29 de diciembre de 2007.

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7.1 TRANSFERENCIA DE FONDOS DEL TESORO NACIONAL

7.2 CUENTAS EN EL DEPOSITARIO OFICIAL DE LOS FONDOS

PÚBLICOS

7.2.1 OBLIGATORIEDAD

7.2.2 CUENTA CORRIENTE UNICA DEL TESORO NACIONAL

7.2.3 CUENTAS ESPECIALES Y EN DIVISAS

7.2.4 CUENTAS DE TRANSFERENCIAS (T)

7.3 CUENTAS EN BANCOS CORRESPONSALES

7.4 CONDICIONES PARA LA OPERACIÓN DE LAS CUENTAS

ROTATIVAS

7.5 PERCEPCION DE LOS RECURSOS FINANCIEROS

7.5.1 RESPONSABILIDAD

7.5.2 RECAUDACIÓN Y REGISTRO

7.5.3 DE LOS INGRESOS DEL TESORO NACIONAL

7.5.4 INGRESOS DE FINANCIAMIENTO

7.5.5 INGRESOS DE AUTOGESTIÓN

7.6 PAGO DE OBLIGACIONES

7.6.1 OBLIGATORIEDAD

7.6.2 ACREDITAMIENTO DE FONDOS EN LAS CUENTAS

ROTATIVAS DE PAGOS

7.6.3 MODALIDADES DE PAGO

7.6.4 PAGO DE LA DEUDA FLOTANTE

7.6.5 PAGOS DEL SERVICIO DE LA DEUDA

7.7 UTILIZACIÓN DE LOS FONDOS DE CUENTAS ESPECIALES

7.8 MANEJO DE LOS INGRESOS DE AUTOGESTIÓN

7.9 UNIDADES FINANCIERAS DESCONCENTRADAS

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7.2 MECANISMOS DE RECAUDACION Y PAGOS

SISTEMA DE RED BANCARIA

Para que la modernización de la ejecución presupuestaria se haga realidad, se

requiere de una estrategia que viabilice en el tiempo y en el espacio la nueva forma de

gestión. Para ello el Ministerio de Finanzas, considerando las actuales características de

operación, la potencialidad de los recursos tecnológicos ha definido una estrategia gradual

de tales formas de gestión por red bancaria.

La red bancaria privada operará de manera exclusiva para las fuentes de financieras

que provengan de recursos fiscales. La normativa correspondiente a los recursos

provenientes de ingresos propios, predestinados, desembolsos internos o externos será

impartida por las Subsecretaría de Presupuestos y del Tesoro Nacional. La nueva forma de

ejecución presupuestaria considera el desarrollo y aplicación de un sistema automatizado de

información.

Esta nueva forma de gestión presupuestaria tiene como uno de sus objetivos

principales el dotar de una base concreta en los esfuerzos de descentralización y

fortalecimiento regional que viene realizando las entidades y organismos públicos. No

obstante, su aplicación dependerá de sus características funcionales y de su capacidad

operativa.

El Banco Central del Ecuador, como depositario oficial de los fondos públicos,

podrán designar bancos corresponsales de entre aquellos que forman la red bancaria privada

a los que se sumará, en casos necesarios, el Banco Nacional de Fomento, ahora

BANECUADOR B.P.

El Decreto No. 677 de 13 de mayo de 2015, estableció la creación de

BANECUADOR B.P, conforme lo siguiente:

"Créase el banco público denominado BANECUADOR B.P. como una entidad financiera

pública que forma parte del Sector Financiero Público, con personería jurídica propia y

jurisdicción nacional, con patrimonio autónomo, autonomía técnica, administrativa, financiera

y presupuestaria."

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De otra parte, el Decreto Ejecutivo 952 de 11 de marzo de 2016, en relación a la

recepción de activos, pasivos y patrimonio del Banco Nacional de Fomento, dispone:

"El Banco Nacional de Fomento transferirá a título gratuito a BANECUADOR B.P., mediante

cesión en instrumento público, los activos y pasivos de los que sea titular y las cuentas

patrimoniales".

Concomitantemente la Disposición General Segunda de la normativa legal enunciada dispone:

"BANECUADOR asuma todas las obligaciones de orden administrativo, financiero, legal,

judicial y de cualquier otra índole que estuvieran a cargo del Banco Nacional de Fomento,

correspondiente a los activos, pasivos y cuentas patrimoniales que se ceden".

Las entidades y organismos mantendrán cuentas en los bancos corresponsales para

efectos de la ejecución de pagos y las recaudaciones que constituyan ingresos, las mismas

que se denominarán cuentas rotativas de pagos (G) y cuentas de recaudación

respectivamente.

SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

SISTEMA DE PAGOS INTERBANCARIOS Y SISTEMA DE PAGOS EN

LINEA

A partir del mes de junio de 2006, es obligatoria la utilización del Sistema de Pagos

Interbancarios del Banco Central del Ecuador para efectuar el pago a proveedores de bienes

y servicios así como el pago de remuneraciones a los servidores del Sector Público.

Con la emisión de este decreto se elimina la emisión de cheques en el sector público,

los pagos se deben efectuar a través de transferencias electrónicas, con créditos directos en

cuentas corrientes o de ahorros, que los beneficiarios tengan aperturadas en cualquier

institución del sistema financiero nacional.

SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

El Código Orgánico Monetario y Financiero, publicado en Registro Oficial No. 332

de 12 de septiembre de 2014, en el Capítulo 2, establece la Integración del sistema financiero

nacional, conforme lo siguiente:

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107

El Sistema financiero nacional. El sistema financiero nacional está integrado por el

sector financiero público, el sector financiero privado y el sector financiero popular y

solidario.

Sector financiero público. El sector financiero público está compuesto por:

1. Bancos; y,

2. Corporaciones.

Sector financiero privado. El sector financiero privado está compuesto por las

siguientes entidades:

1. Bancos múltiples y bancos especializados:

a) Banco múltiple es la entidad financiera que tiene operaciones autorizadas en

dos o más segmentos de crédito; y,

b) Banco especializado es la entidad financiera que tiene operaciones

autorizadas en un segmento de crédito y que en los demás segmentos sus

operaciones no superen los umbrales determinados por la Junta de Política y

Regulación Monetaria y Financiera.

2. De servicios financieros: almacenes generales de depósito, casas de cambio y

corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas; y,

3. De servicios auxiliares del sistema financiero, tales como: software bancario,

transaccionales, de transporte de especies monetarias y de valores, pagos,

cobranzas, redes y cajeros automáticos, contables y de computación y otras

calificadas como tales por la Superintendencia de Bancos en el ámbito de su

competencia.

Sector financiero popular y solidario. El sector financiero popular y solidario está

compuesto por:

1. Cooperativas de ahorro y crédito;

2. Cajas centrales;

3. Entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales y cajas de ahorro;

y,

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108

4. De servicios auxiliares del sistema financiero, tales como: software bancario,

transaccionales, de transporte de especies monetarias y de valores, pagos,

cobranzas, redes y cajeros automáticos, contables y de computación y otras

calificadas como tales por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

en el ámbito de su competencia.

5. También son parte del sector financiero popular y solidario las asociaciones

mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda.

Las entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales y cajas de ahorro se

regirán por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y las

regulaciones que dicte la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

Subsidiarias o afiliadas. También forman parte del sistema financiero nacional las

subsidiarias o afiliadas de las entidades financieras domiciliadas en el Ecuador.

a) Subsidiaria es aquella sociedad con personería jurídica propia, en la cual un

banco, corporación, caja central, cooperativa de ahorro y crédito o asociación

mutualista de ahorro y crédito para la vivienda tiene una participación

accionaria, directa o indirecta, superior al 50% del capital suscrito y pagado

de la compañía.

b) Afiliada es aquella sociedad con personería jurídica propia, en la cual un

banco, corporación, caja central, cooperativa de ahorro y crédito o asociación

mutualista de ahorro y crédito para la vivienda tiene una participación

accionaria, directa o indirecta, inferior al 50% y no menor al 20% del capital

suscrito y pagado de la compañía o en la que ejerce una influencia en su

gestión por la presencia de accionistas, directores, administradores o

empleados comunes. (Código Orgánico Monetario y Financiero, 2014).

El Sistema Financiero Nacional, actuará conjuntamente con el Banco Central del

Ecuador depositario oficial del Estado, en la gestión del Sistema Nacional de Pagos.

La Banca Pública (Sector Financiero Público) está conformado bajo el siguiente

esquema:

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109

8. DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y secuencial de las

operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades y organismos del Sector

Público no Financiero, expresadas en términos monetarios, desde la entrada original a los

registros contables hasta la presentación de los estados financieros; la centralización,

SECTOR FINANCIERO

PUBLICO

BANCA PUBLICA

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110

consolidación y la interpretación de la información; comprende además los principios,

normas, métodos y procedimientos correspondientes a la materia. (Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Públicas, 2010)

La finalidad del componente de Contabilidad Gubernamental es establecer, poner en

funcionamiento y mantener en cada entidad del Sector Público no Financiero un sistema

único de contabilidad, que integre las operaciones, patrimoniales, presupuestarias y de

costos, para asegurar la producción de información financiera completa, confiable y

oportuna, que permita la rendición de cuentas, la toma de decisiones, el control, la adopción

de medidas correctivas y la elaboración de estadísticas.

Las empresas públicas podrán tener sus propios sistemas de contabilidad de

conformidad a la Ley y el reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas. Para fines de consolidación de la contabilidad y demás información fiscal del

Sector Público no Financiero estará obligadas a realizar y enviar reportes contables en los

plazos y formatos que emita el ente rector de las finanzas públicas para el efecto.

Registro de recursos financieros y materiales:

El componente de contabilidad incluirá el registro de todos los recursos financieros

y materiales administrados por los entes públicos aun cuando pertenezcan a terceros, de

forma que ningún recurso quede excluido del proceso de registro e informes financieros.

Organización contable:

En cada entidad se establecerá la unidad encargada de la ejecución del Componente

de Contabilidad Gubernamental.

Entes financieros y unidades ejecutoras responsables:

Los entes financieros y unidades ejecutoras responsables de la administración de sus

presupuestos, dispondrán de datos e información contable y presupuestaria individualizada,

con los detalles que establecerá para el efecto el ente rector de las finanzas públicas.

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111

Obligaciones de los servidores de las entidades:

Las máximas autoridades de cada entidad u organismo público, serán los

responsables de velar por el debido funcionamiento del componente de contabilidad

gubernamental y los servidores de las unidades financieras, de observar la normativa

contable.

El titular de la unidad financiera de la entidad legalizará con su firma y/o su clave, la

información financiera y/o estados financieros de sus respectivas entidades.

Adicionalmente, las máximas autoridades de las entidades y organismos del sector

público enviarán la información financiera y presupuestaria, señalada en el Código Orgánico

de Planificación y Finanzas Públicas o en las normas técnicas y en conformidad con éstas,

dentro de los plazos previstos en dichos instrumentos. En caso de incumplimiento, el ente

rector de las finanzas públicas suspenderá la asignación de recursos y/o transferencias desde

el Presupuesto General del Estado, luego de 60 días de finalizado el mes del cual no se ha

enviado la información.

Las normas técnicas a las que hace referencia el inciso anterior abarcan

exclusivamente detalle, metodología y contenidos de la información.

Contabilización inmediata:

Los hechos económicos se contabilizarán en la fecha que ocurran, dentro de cada

período mensual; no se anticiparán ni postergarán los registros respectivos.

Ejecución presupuestaria y transacciones de caja:

La información contable contenida en las operaciones financieras reflejará, tanto la

ejecución presupuestaria, como las transacciones de caja.

Para efectos contables, en la ejecución presupuestaria que se genere en cada ejercicio,

se considerarán ingresos todos los derechos de cobro; y gastos las obligaciones derivadas de

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112

la recepción de bienes y servicios adquiridos por la autoridad competente.

El registro contable de los ingresos y gastos presupuestarios se efectuará de

conformidad con lo previsto en el principio contable del devengado.

En términos de caja, constituirán ingresos las recaudaciones tributarias y no

tributarias que se perciban en el transcurso del ejercicio, cualquiera sea la fecha en que se

hubiera generado el derecho; constituirán egresos de caja los pagos que se realicen durante

el ejercicio, cualquiera sea la fecha en que hubiera nacido la obligación, incluyendo las

salidas de dinero en calidad de anticipos.

Obligaciones pendientes de pago:

Son aquellas que quedaren pendientes de pago al 31 de diciembre de cada año.

Retención de documentos y registros:

Las unidades de contabilidad de las entidades del sector público conservarán durante

siete años los registros financieros junto con los documentos de sustento correspondientes,

en medios digitales con firma electrónica de responsabilidad, y de ser del caso los soportes

físicos.

Agregación y consolidación de la información financiera:

El ente rector de las finanzas públicas recibirá, validará, analizará, clasificará y

procesará los datos contenidos en la información financiera elaborada por cada ente

financiero del Sector Público no Financiero, con la finalidad de obtener estados financieros

agregados y consolidados, relativos a agrupaciones predefinidas y según requerimientos de

la administración del Estado.

Las políticas, normas técnicas y manuales de contabilidad establecerán la naturaleza

de la información financiera, así como su clasificación y la forma en que deberá ser

presentada.

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113

Normativa aplicable:

El ente rector de las finanzas públicas tiene la facultad privativa para expedir,

actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos, instructivos

y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte de las

entidades y organismos del Sector Público no Financiero.

Difusión de la información financiera consolidada:

El ente rector de las finanzas públicas publicará semestralmente la información

consolidada del Sector Público no Financiero, a través de su página web u otros medios.

8.1 NORMATIVA Y PRINCIPIOS

NORMATIVA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

El artículo 4 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece

como su ámbito de aplicación todas las entidades, instituciones y organismos comprendidos

en los artículos 225, 297 y 315 de la Constitución de la República”.

El Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas

tipifica en el Art 164 la Normativa contable aplicable de la siguiente manera: “En la

formulación de la normativa contable gubernamental el Ministerio de Finanzas considerará

las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público y será de cumplimiento

obligatorio para las entidades del Presupuesto General del Estado y gobiernos autónomos

descentralizados. Para las empresas, banca pública y seguridad social deberán considerarse

obligatoriamente los esquemas definidos para la consolidación de cuentas que emita el

Ministerio de Finanzas”.

Se determina la obligatoriedad de la Normativa Internacional de Contabilidad del

Sector Público para el Gobierno General, constituido por el Gobierno Central, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados; y, otras entidades que determine el Ministerio de Finanzas.

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114

La normativa contable aplicable señalada en el artículo 164 del Reglamento General

del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, entrará en vigencia, cuando

concluya el proceso de convergencia a las Normas Internacionales de Contabilidad del

Sector Público NICSP; mientras tanto, será de cumplimiento obligatorio la normativa

emitida en el Acuerdo 67 que actualiza los Principios y Normas Técnicas de Contabilidad

Gubernamental.

Las empresas públicas nacionales, empresas públicas de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados, la banca pública y los fondos de la Seguridad Social aplicarán las Normas

Internacionales de Información Financiera NIIF.

Desde la vigencia del marco normativo que regula la aplicación' del subsistema de

contabilidad gubernamental como componente de un sistema mayor denominado Sistema

Integrado de Gestión Financiera "ESGEF", emitido por el Ministerio de Finanzas en su

calidad de organismo rector, comprende principalmente en lo que a contabilidad se refiere

lo siguiente:

EL SUBSISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL SE SUSTENTA EN LA

TECNICA CONTABLE

BASE LEGAL

EL MINISTERIO DE FINANZAS COMO ORGANISMO RECTOR EMITIO MEDIANTE

ACUERDO No 182 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000, LA NORMATIVA DE

CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, CONSTITUYÉNDOSE LA MISMA EN UN

CONJUNTO DE LINEAMIENTOS QUE

CONTEMPLA CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS MODERNOS QUE

PERMITEN REGULAR LA PRACTICA DELA CONTABILIDAD EN EL SECTOR

PÚBLICO.

POSTERIORMENTE CON ACUERDO 204 DE 30 DE JULIO DE 2010 PROCEDE A LA

ACTUALIZACIÓN Y CODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA CONTABLE Y

SUSTIUIR EL CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS Y GASTOS.

LAS ACTUALIZACIONES DEL MARCO NORMATIVO DEL SISTEMA DE

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA SE REALIZARON MEDIANTE ACUERDO

MINISTERIALES NO. 018 Y 067 DE 18 DE ENERO DE Y 6 DE ABRIL DE 2017.

RESPECTIVAMENTE

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115

Políticas de Contabilidad

Principios de Contabilidad Gubernamental

Normas Técnicas de Contabilidad Gubernamental

Catálogo de Cuentas

Clasificador de ingresos y Gastos Presupuestarios

Formatos de Estados Financieros

POLÍTICAS DE CONTABILIDAD

Las políticas de contabilidad gubernamental constituyen los lineamientos,

directrices, principios, bases, reglas, procedimientos específicos y pautas básicas que guían

el proceso contable para generar información consistente, relevante, verificable y

comprensible; hacen referencia a las técnicas cualitativas y cuantitativas de valuación de los

hechos económicos en el momento en el que se realiza el registro contable y son expedidas

por el Ministerio de Finanzas, a través de la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental

en concordancia con lo que establece el Art. 148 del Código Orgánico de Planificación y

Finanzas Públicas y el Artículo 64 de su Reglamento General.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Los principios de Contabilidad Gubernamental constituyen los fundamentos básicos

que regulan el registro de las operaciones financieras que realizan las entidades y organismos

del Sector Público no financiero.

PRINCIPIO CONTENIDO

DEVENGADO

La información financiera se deberá registrar sobre la base del

devengado conforme lo establecido en el Artículo 157 del Reglamento

General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Por base

devengado se entiende que los flujos se registran cuando se crea, transforma,

intercambia, transfiere o extingue un valor económico.

Es decir, los efectos de los eventos económicos se registran el

momento en que ocurren, independientemente de que se haya efectuado o

esté pendiente el cobro o el pago de efectivo. En general, el momento que

se les atribuye es el momento en el cual cambia la propiedad de los bienes,

se suministran los servicios, se crea la obligación de pagar impuestos, surge

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116

PRINCIPIO CONTENIDO

un derecho al pago de una prestación social o se establece otro derecho

incondicional

ASOCIACION

CONTABLE

PRESUPUESTARIA

El Catálogo General de Cuentas estará asociado al Clasificador

Presupuestario de Ingresos y Gastos. Los flujos de débitos y créditos de las

cuentas, solamente tendrán asociación a un concepto del clasificador

presupuestario; dichos flujos serán comparados con las estimaciones

presupuestarias, a efectos de determinar las desviaciones en la ejecución;

sólo por excepción, la asociación presupuestaria se producirá a más de un

concepto contable.

Los flujos de débitos y créditos de las cuentas de Nivel 1 del

subgrupo Cuentas por Cobrar, en los casos que corresponda, estarán

asociados a los grupos del clasificador presupuestario de ingresos, a efectos

de compararlos con el presupuesto y el programa de caja, respectivamente.

Los flujos de créditos de las contra cuentas de Nivel 2 estarán ligados a los

ítems del clasificador presupuestario de ingresos; las cuentas a los niveles 3

y 4, a conceptos desagregados de los ítems o de otras clasificaciones

internas.

Los flujos de créditos y débitos de las cuentas de Nivel 1 del

subgrupo Cuentas por Pagar, en los casos que corresponda, estarán

asociados a los grupos del clasificador presupuestario de gastos, a efectos

de compararlos con el presupuesto. Los flujos de débitos de las contra

cuentas estarán ligados a los 12 ítems del clasificador presupuestario de

gastos; las cuentas a los niveles 3 y 4 a conceptos desagregados de los ítems

o de otras clasificaciones internas.

MEDICION

ECONOMICA

En la Contabilidad Gubernamental serán registrados los recursos

materiales e inmateriales, las obligaciones, los derechos, el patrimonio y sus

variaciones; deben considerarse mediciones apropiadas a las características

y circunstancias que dan origen a las diferentes transacciones y operaciones

del ente público, siempre que posean valor económico para ser expresados

en términos monetarios. Los hechos económicos serán registrados en la

moneda de curso legal en el Ecuador.

HECHO ECONOMICO En la Contabilidad Gubernamental es cualquier actividad u

operación que realice la Entidad: una compra, una venta, un crédito, un

abono, una regulación, ajuste, etc.

IGUALDAD

CONTABLE

En la Contabilidad Gubernamental serán registrados los hechos

económicos sobre la base de la igualdad, entre los recursos disponibles

(activos) y su financiamiento (pasivos y patrimonio), aplicando el método

de la Partida Doble.

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117

PRINCIPIO CONTENIDO

REALIZACION

En la Contabilidad Gubernamental las variaciones en el patrimonio

serán reconocidas cuando los hechos económicos que las originen cumplan

con los requisitos legales. En las operaciones que presenten opciones

alternativas para su valuación, se optará por aquellas en que exista menor

probabilidad de sobrevalorar o subvalorar las variaciones en el patrimonio.

CARACTERISTICAS

CUALITATIVAS

Las características cualitativas son atributos de la información

financiera.

RELEVANCIA

La información financiera es relevante si es capaz de influir en el

logro de los objetivos; es decir, cuando tiene valor confirmatorio, valor

predictivo o ambos. El valor confirmatorio ratifica o cambia expectativas

pasadas o presentes.

El valor predictivo comprende información sobre actividades,

objetivos y costos de prestación de servicios futuros anticipados y el importe

y fuentes de recursos que se pretende asignar a la prestación de servicios en

el futuro.

Los dos pueden estar interrelacionados cuando la misma

información ayuda a confirmar o corregir predicciones y expectativas

pasadas de los usuarios sobre la capacidad de la entidad para responder a

estos cambios.

REPRESENTACION

FIEL

Se refiere a la capacidad de exponer la información financiera de

manera objetiva, creíble, fidedigna, prudente, sin error; permitiendo

constituir una representación de los hechos puestos de manifiesto con el

máximo rigor, características básicas y condiciones de los hechos reflejados,

garantizando la utilidad y toma de decisiones de la información financiera.

PRUDENCIA

La prudencia consiste en la precaución al realizar la exposición de

determinados hechos o transacciones sujetas a incertidumbre, de tal manera

que los activos y los ingresos no se sobrevaloren y que las obligaciones y

los gastos no se infravaloren.

Los hechos económicos y de otro tipo generalmente ocurren en

condiciones de incertidumbre, por lo que se deberá tener precaución en las

estimaciones.

La información debe presentarse sin desvíos u omisiones que sean

materiales o tengan importancia relativa de forma individual o colectiva en

la descripción del hecho económico; es decir, sin errores significativos.

Además, la información presentada en los estados financieros debe

ser completa e íntegra, sin perjuicio de lo expuesto al tratar la importancia

relativa y materialidad, ya que cualquier omisión puede transformarla en

falsa o equívoca, distorsionando su análisis e interpretación.

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118

PRINCIPIO CONTENIDO

IMPORTANCIA

RELATIVA

La importancia relativa o materialidad se refiere a que los

principios, normas y procedimientos técnicos para la administración

financiera, se aplicarán con sentido práctico siempre y cuando no se

distorsione la información contable y presupuestaria institucional, sectorial

o global.

COMPRENSIBILIDAD

La comprensibilidad es la cualidad de la información financiera

que permite a los usuarios conocer y captar su significado, la misma que se

mejora cuando la información se clasifica, describe y presenta de forma

clara y concisa.

OPORTUNIDAD

La información financiera y contable deberá ser producida de

forma que las decisiones económicas y financieras puedan ser tomadas a

tiempo. La fijación de los plazos de presentación de los estados financieros

es la clave para la emisión de juicios analíticos oportunos.

COMPARABILIDAD Es la característica cualitativa y cuantitativa que permite la

identificación, comprensión simultánea y diferenciada de uno o varios

estados financieros, comparándolos entre sí, con la finalidad de simular

situaciones que permitan identificar cambios en los diferentes momentos de

análisis de las entidades y toma de decisiones.

VERIFICABILIDAD

La verificabilidad es la cualidad de la información que ayuda a

asegurar a los usuarios que la información de los estados financieros

representa fielmente los hechos económicos.

Fuente: (Ministerio de Economýa y Finanzas, 2016)

NORMAS TÉCNICAS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Las Normas Técnicas de Contabilidad Gubernamental, constituyen guías que

especifican como se deben registrar cierto tipo de transacciones y qué tipo de información

se debe revelar en los estados financieros, tienen el propósito de uniformar el tratamiento

contable lo que hará factible la comparación de la información financiera.

Entendiendo a las normas técnicas de contabilidad gubernamental como la forma de

aplicación del sistema de contabilidad gubernamental, deben ser observadas por el

profesional contable de cada una de las entidades y organismos del sector público no

financiero, lo que determinará la confiabilidad y razón habilidad de la información financiera

para la toma de decisiones.

NORMAS TECNICAS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

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119

3.1.1 Reconocimiento de los Hechos Económicos

3.1.2 Agrupación de dos Hechos Económicos

3.1.3 Inventarios

3.1.4 Inversiones Financieras

3.1.5 Propiedad, Planta Y Equipo

3.1.6 Bienes Biológicos

3.1.7 Bienes Intangibles

3.1.8 Propiedades de Inversión

3.1.9 Deterioro de Bienes

3.1.10 Inversiones en Proyectos y Programas

3.1.11 Cuentas De Dudosa Recuperación

3.1.12 Financiamiento Público

3.1.13 Contratación de Créditos

3.1.14 Colocación y Descuentos en Bonos y Otros Títulos y Valores del Estado

3.1.15 Colocación de Certificados de Tesorería

3.1.16 Pérdida de Recursos Públicos

3.1.17 Diferencial Cambiario

3.1.18 Corrección Monetaria

3.1.19 Concesión de Servicios

3.1.20 Compensación de Saldos

3.1.21 Cierre de Cuentas

3.1.22 Registro de Contribuciones Establecidas en la Constitución de la

República

3.1.23 Documentación, Formularios y Registros Contables

3.1.24 Cuentas de Orden

3.1.25 Catálogo General de Cuentas Contables

3.1.26 Catálogo de Bienes e Inventarios

3.1.27 Presentación de Estados Financieros

3.1.28 Requisitos de los Informes

3.1.29 Modelos de Informes

3.1.30 Consolidación de la Información Financiera del Sector Público

3.1.31 Presentación de Informes Consolidados

Fuente: (Ministerio de Economýa y Finanzas, 2016)

8.2 CATÁLOGO DE CUENTAS

CODIFICACIÓN

El catálogo de cuentas estará estructurado en términos de conformar una base de

datos, ordenada de acuerdo con la naturaleza de los Activos, Pasivos y el Patrimonio,

identificando los recursos de propiedad o dominio del Estado, las obligaciones directas y la

participación patrimonial

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120

La estructura del catálogo reconocerá una relación jerárquica de lo general a lo

particular, con los siguientes rangos de agrupación:

Conceptos CODIFICACION

TITULO 9.

GRUPO 9.9

SUBGRUPO 9.9.9

CUENTAS NIVEL 1 9.9.9.99

Cuentas nivel 2 9.9.9.99.99

Cuentas nivel 3 9.9.9.99.99.999

Cuentas nivel 4 9.9.9.99.99.999.99

Auxiliares: Desglose de cuentas de cualquier nivel

OBLIGATORIEDAD

Para estructurar los catálogos institucionales y/o sectoriales será obligatorio

observar las cuernas al Nivel 1.

Las cuentas a los Niveles 2 al 4 de los catálogos institucionales y/o sectoriales estarán

determinadas por los requerimientos de información interna y control; no obstante, en la

desagregación se mantendrá el ordenamiento jerárquico de acuerdo con la naturaleza de los

Activos, Pasivos y el Patrimonio.

En los catálogos de cuentas se incluirán, exclusivamente, aquellos conceptos

propios de la gestión institucional o sectorial, siendo obligatorio desagregar las cuentas de

Nivel 1, en los siguientes casos:

Si el presupuesto se aprueba a nivel de rubro o ítem y sub.-ítem presupuestario. Si

las normas presupuestarias establecen niveles inferiores para la ejecución. Si se demanda

mayor apertura para consolidación global de datos. (Sulca, Espinoza, & Becerra, 2016)

El Catálogo General de Cuentas y el Clasificador de Ingresos y Gastos del Sector

Público fueron actualizados integralmente, mediante Acuerdo Ministerial 204 de 30 de julio

de 2010, por el Ministro de Economía y Finanzas.

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121

(PARA USO DEL CATALOGO DE CUENTAS

REMITIRSE AL DOCUMENTO RESPECTIVO)

CATALOGO DE CUENTAS SINTÉTICO

CÓDIGOS NOMENCLATURA

1. ACTIVO

1.1. OPERACIONALES

1.1.1 Disponibilidades

1.1.2 Anticipos de Fondos

1.1.3 Cuentas por Cobrar

1.2. INVERSIONES FINANCIERAS

1.2.1 Inversiones Temporales

1.2.2 Inversiones Permanentes

1.2.3 Inversiones en Préstamos y Anticipos

1.2.4 Deudores Financieros

1.2.5 Inversiones Diferidas

1.2.6 Inversiones no Recuperables

1.2.8 Inversiones en Préstamos y Anticipos Recibidos en Dación de Pago

1.2.9 Inversiones Temporales Recibidas en Dación de Pago

1.3. INVERSIONES PARA CONSUMO, PRODUCCION Y

COMERCIALIZACION

1.3.1 Existencias para Consumo Corriente

1.3.2 Existencias para Producción

1.3.3 Inversiones en Productos en Proceso

1.3.4 Existencias de Bienes de Uso y Consumo para Inversión

1.3.5 Inversiones en Comercialización y Distribución

1.4 INVERSIONES EN BIENES DE LARGA DURACIÓN

1.4.1 Bienes de Administración

1.4.2 Bienes de Producción

1.4.3 Bienes de Infraestructura

1.4.4 Bienes de Proyectos

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122

1.4.5 Bienes de Programas

1.4.6 INMOBILIAR - Bienes Inmuebles Recibidos

1.4.7 Bienes Declarados en Real Propiedad

1.4.8 Bienes Concesionados

1.4.9 Bienes Intangibles

1.5 INVERSIONES EN PROYECTOS Y PROGRAMAS

1.5.1 Inversiones de Obras en Proceso

1.5.2 Inversiones en programas en ejecución

1.6 INVERSIONES PARA CONSUMO, PRODUCCIÓN Y

COMERCIALIZACIÓN Y EN BIENES DE LARGA DURACIÓN

PARA REGULACIÓN Y AJUSTES

1.6.1 Bienes de Administración para Regulación y Ajustes

1.6.2 Bienes de Producción para Regulación y Ajustes

1.6.3 Inversiones en Obras en Proceso para Regulación y Ajustes

1.6.4 Inversiones en Programas en Ejecución para Regulación y Ajustes

2 PASIVOS

2.1 DEUDA FLOTANTE

2.1.2 Depósitos de Fondos a Terceros

2.1.3 Cuentas por Pagar

2.2 DEUDA PÚBLICA

2.2.1 Títulos y Valores Temporales

2.2.2 Títulos y Valores Permanentes

2.2.3 Empréstitos

2.2.4 Financieros

2.2.5 Créditos Diferidos

6 PATRIMONIO

6.1 PATRIMONIO ACUMULADO

6.1.1 Patrimonio Público

6.1.2 Reservas

6.1.8 Resultados de Ejercicios

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123

6.1.9 (-) Disminución Patrimonial

6.2 INGRESOS DE GESTIÓN

6.2.1 Impuestos

6.2.2 Seguridad Social

6.2.3 Tasas y Contribuciones

6.2.4 Venta de Bienes y Servicios e Ingresos Operativos

6.2.5 Renta de Inversiones y Otros

6.2.6 Transferencias Recibidas

6.2.9 Actualizaciones y Ajustes

6.3 GASTOS DE GESTIÓN

6.3.1 Inversiones Públicas

6.3.2 Prestaciones a la Seguridad Social

6.3.3 Remuneraciones

6.3.4 Bienes y Servicios de Consumo

6.3.5 Gastos Financieros y Otros

6.3.6 Transferencias Entregadas

6.3.7 Obligaciones no Reconocidas de Ejercicios Anteriores

6.3.8 Costo de Ventas y Diferidos

6.3.9 Actualizaciones y Ajustes

9 CUENTAS DE ORDEN

9.1 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

9.1.1. Cuentas de Orden Deudoras

9.2 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORES

9.2.1 Cuentas de Orden Acreedoras

8.3 ASOCIACIÓN CONTABLE PRESUPUESTARIA

El Catálogo de Cuentas estará asociado al Clasificador Presupuestario de Ingresos

y Gastos. Los flujos de débitos v créditos de las cuentas, solamente tendrán asociación a un

concepto del clasificador presupuestario: dichos flujos serán comparados con las

estimaciones presupuestarias, a efectos de determinar las desviaciones en la ejecución.

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124

Los flujos de débitos y créditos de las cuentas Nivel del 1 subgrupo Cuentas por

Cobrar, en los casos que corresponda, estarán asociados a los grupos del clasificador

presupuestario de Ingresos, a efectos de compararlos con el presupuesto y el programa de

caja, respectivamente.

Los flujos de créditos de las contra cuentas, estarán ligados a los subgrupos del

clasificador presupuestario de ingresos y las cuentas Nivel 2 a los Ítems, y así sucesivamente

si existieran otras desagregaciones. Los flujos de créditos y débitos de tas cuentas Nivel 1

del subgrupo Cuentas por Pagar, en los casos que corresponda, estarán asociados a los grupos

del clasificador presupuestario de gastos, a efectos de compararlos con el presupuesto y el

programa de caja, respectivamente. Los flujos de débitos de las contra cuentas, estarán

ligados a los subgrupos del clasificador presupuestario de gastos y las cuentas Nivel 2 a los

ítems, y así sucesivamente si existieran otras desagregaciones.

Los flujos de débitos y créditos de las contra cuentas, excepcionalmente, podrán estar

asociados a un mismo concepto presupuestario de ingresos o gastos, si éstos operan por

compensación de movimientos.

8.4 PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS

En el ámbito público es obligatorio preparar y presentar periódicamente al Ministerio

de Finanzas, los siguientes reportes financieros:

Las máximas autoridades de cada Entidad del sector público que no forman parte del

Presupuesto General del Estado, enviarán mensualmente, dentro de los 30 días del mes

siguiente, al Ministerio de Finanzas, la información financiera y contable, en la aplicación

informática que el Ministerio de Finanzas ponga a disposición de las Entidades.

Asiento de apertura

Balance de Comprobación de Sumas (Acumulado al mes del reporte)

Estado de Situación Financiera

Estado de Resultado

Estado de Flujo de Efectivo

Estado de Ejecución Presupuestaria

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125

Cédulas presupuestarias de ingresos y gastos (Acumuladas al mes del reporte)

Detalle de transferencias recibidas y entregadas y transacciones entre entidades

del Sector Público

Notas aclaratorias

En el mes de enero de cada año, con corte al 31 de diciembre, la información

financiera y presupuestaria que se precisa a continuación, adicional a la indicada en el inciso

anterior, se la entregará en forma impresa, debidamente legalizada y con sus

correspondientes notas aclaratorias:

Balance de Comprobación Acumulado (8 columnas)

Estado de Resultados

Estado de Situación Financiera

Estado de Flujo del Efectivo

Estado de Ejecución Presupuestaria y sus anexos (cédulas presupuestarias de

ingresos y gastos)

Notas aclaratorias

Internamente en cada ente financiero público deberá producirse, mensualmente, la

información financiera precisada en el inciso anterior y obligatoriamente, con corte a una

fecha determinada, cuando deban producirse cambios en la administración, la cual servirá

para que obligatoriamente se realicen las actas de entrega recepción entre los servidores,

funcionarios y dignatarios públicos entrantes y salientes.

8.5 NOTAS A LOS DE ESTADOS FINANCIEROS

Las notas a los Estados Financieros son las aclaraciones o explicaciones de los hechos

económicos que se presenta en los movimientos contables, estas representan información

adicional que no se encuentra directamente reflejada en los estados financieros.

Las notas deberán ser anexadas a los estados financieros para una correcta

interpretación de los mismos para generar una toma de decisiones clara y objetiva.

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126

8.6 REQUISITOS DE LOS INFORMES

Balance de Comprobación

El Balance de Comprobación presentará la información desde el 1 de enero hasta la

fecha de corte y será preparado en el formato de ocho columnas que contendrá: el asiento de

apertura, flujos, sumas y saldos.

Estado de Resultados

El Estado de Resultados será preparado con los saldos de las cuentas de Ingresos y

Gastos de Gestión a nivel 2, según constan en el Catálogo General de Cuentas, determinando

como resultados parciales los correspondientes a Explotación, Operación, Transferencias,

Financieros y Otros Ingresos y Gastos, antes de obtener el resultado del ejercicio.

Estado de Situación Financiera

El Estado de Situación Financiera será preparado con los saldos de las cuentas a nivel

2, según la apertura constante en el Catálogo General de Cuentas; si hubiere más de una

opción de agrupamiento para una misma cuenta, respecto al corto y largo plazo, su saldo se

desglosará en aquellas que correspondan a su naturaleza y característica.

En los Activos y Pasivos Corrientes se informará la porción de corto plazo de las

Inversiones Financieras y Deuda Pública, de acuerdo con los plazos de vencimiento de sus

carteras, considerando que el corto plazo es de un año desde la fecha de corte del estado; el

largo plazo es cuando excede el tiempo antes señalado y se informarán en los Activos y

Pasivos de Largo Plazo.

Estado de Flujo del Efectivo

El Estado de Flujo del Efectivo se obtendrá aplicando el método directo, a partir de

obtener las fuentes y usos de fondos de los flujos de créditos de las Cuentas por Cobrar y de

los flujos de débitos de las Cuentas por Pagar, respectivamente y calculando separadamente

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127

el Superávit o Déficit Corriente 77 y de Capital; de la sumatoria de los conceptos antes

indicados se obtendrá el Superávit o Déficit Total.

La Aplicación del Superávit o el Financiamiento del Déficit, según corresponda al

resultado obtenido en el inciso anterior, se determinará sumando al Superávit o Déficit de

Financiamiento, el resultado neto de las variaciones en los flujos acreedores de las Cuentas

por Cobrar y deudores de las Cuentas por Pagar que no tienen asociación a grupos

presupuestarios, y las variaciones no presupuestarias registradas en las cuentas de

Disponibilidades, Anticipos de Fondos, Depósitos y Fondos de Terceros y Disminución de

Disponibilidades.

Estado de Ejecución Presupuestaria

El Estado de Ejecución Presupuestaria será preparado con los datos al nivel de Grupo

presupuestario, obtenidos del devengado del Balance de Comprobación. Sus totales deberán

ser conciliados con los flujos acumulados deudores y acreedores de las Cuentas por Cobrar

y de las Cuentas por Pagar asociadas a la naturaleza del ingreso o del gasto, respectivamente.

La diferencia determinada en la ejecución, resultado de comparar las sumatorias de los

ingresos y gastos, se denominará Superávit o Déficit Presupuestario, según el caso.

Cédulas Presupuestarias

Las cédulas presupuestarias de ingresos y gastos, que constituyen los anexos del

Estado de Ejecución Presupuestaria, serán preparadas al nivel que se hubiere aprobado el

Presupuesto, con sumatorias parciales a los diversos niveles de agregación del Clasificador

Presupuestario de Ingresos y Gastos, así como también, a los diversos niveles funcionales y

programáticos institucionales.

Notas Aclaratorias

En los estados financieros será requisito indispensable incorporar notas aclaratorias

respecto de situaciones cuantitativas o cualitativas que puedan tener efecto futuro en la

posición financiera o en los resultados obtenidos.

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128

Detalle de Transferencias Recibidas y Entregadas y transacciones entre

entidades del Sector Público

Se detallará mensualmente el valor de los aportes fiscales por otorgante y receptor,

las transferencias de fondos, corrientes y de capital, recibidas y entregadas y más

transacciones realizadas entre instituciones del Sector Público no Financiero. La información

de las transacciones registradas en la Contabilidad por estos conceptos se la obtendrá de los

auxiliares de las respectivas Cuentas por Cobrar y por Pagar.

Para remitir la información mensual las Entidades utilizarán la página Web del

Ministerio de Finanzas y las aplicaciones informáticas puestas a su disposición.

8.7 MODELOS INFORMES

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129

Balance de Comprobación:

(Identificación del Ente Público)

BALANCE DE COMPROBACION

Del 1 de enero del 20XX al 31 de diciembre de 20XX

CUENTA SALDOS INICIALES FLUJOS SUMAS SALDOS FINALES

CODIGO DENOMINACION DEUDOR ACREEDOR DEBITOS CREDITOS DEBITOS CREDITOS DEUDOR ACREEDOR

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130

Estado de Resultados

(Identificación del Ente Público)

ESTADO DE RESULTADOS

Del _______de_________Al_________de ____________

CUENTAS DENOMINACION Año

Vigente

Año

Anterior GUÍA (*)

RESULTADO DE EXPLOTACION

Venta de Bienes y Servicios 624.01/04

Ventas Internas de Petróleo (Traslado a Filiales) SG 624.31

Ventas Internas de Derivados de Hidrocarburos (Traslado a

Petrocomercial) SG 624.33

Venta de bienes producto de la actividad minera SG 624.36

(-) Costo de Venta y Otros) SG 638.01 / 04 -07

Exportaciones de Petróleo Crudo SG 624.35

(-) Costo de Ventas de Petróleo Crudo SG 638.35

RESULTADO DE OPERACIÓN

Impuestos SG 621

Tasas y Contribuciones SG 623

(-) Gastos en Inversiones Públicas SG 631

(-) Gastos en Remuneraciones SG 633

(-) Gastos en Bienes y Servicios de Consumo SG 634

(-) Gastos Financieros y Otros 635.01 - 04/05

Obligaciones no Reconocidas de Ejercicios Anteriores SG 637

TRANSFERENCIAS NETAS

Transferencias Recibidas 625.01/04

(-) Transferencias Entregadas 635.02/03-07/08

OTROS INGRESOS Y GASTOS

Venta de Bienes y Servicios 624.07 - 21/27

(-) Costo de Ventas y Diferidos 638.08 - 21/27-37

(-) Depreciaciones, Amortizaciones y Otros 638.51/93

Rentas de Inversiones y Otros 625.21/24

Actualizaciones y Ajustes de Ingresos SG 629

(-) Actualizaciones y Ajustes de Gastos SG 639

RESULTADO DEL EJERCICIO VIGENTE 618.03 GUIA* : Sirve para orientar a los funcionarios financieros públicos a cerca de las cuentas de ingresos y gastos de gestión, que hay

que detallar, al lado izquierdo, a los nivel es 1 ó 2, tal como constan en el Catálogo General de Cuentas.

* El signo (/) se debe interpretar como que la codificación es continua (del al); en cambio que el signo (-) representa que la

codificación no es continua (el y el ).

RESULTADO DEL EJERCICIO VIGENTE: Será igual a Ingreso de Gestión(62) menos Gasto de Gestión (63); es decir

este valor constará en el Estado de Situación Financiera.

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131

Estado de Situación Financiera

(Identificación del Ente Público)

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA

Al ________de_______________de _____________

CUENTAS DENOMINACION Año

Vigente

Año

Anterior GUÍA (*)

ACTIVO

CORRIENT

E

Disponibilidades SG 111

Anticipo de Fondo SG 112

Cuentas por Cobrar SG 113

Inversiones Temporales SG 121

Inversiones Temporales Recibidas en Dación en Pago SG 129

Inversiones para consumo corriente SG 131

Inversiones para producción SG 132

NO CORRIENTE

INVERSIONES

Inversiones Permanentes en Títulos y Valores SG 122

Inversiones en Préstamos y Anticipos SG 123

DEUDORES FINANCIEROS

SG 124

OTROS ACTIVOS FINANCIEROS

Inversiones Diferidas SG 125

(-) Amortización Acumulada 125.99

Inversiones No Recuperables SG 126

(-) Provisión Cuentas Incobrables 126.99

Inversiones en Préstamos y Anticipos recibidos en Dación

en Pago SG 128

INVERSIONES EN BIENES DE LARGA DURACION

Bienes en Administración SG 141

(-) Depreciación Acumulada 141.99

Bienes de Producción SG 142

(-) Depreciación Acumulada 142.99

Bienes de Infraestructura SG 143

(-) Depreciación Acumulada 143.99

INMOBILIAR - Bienes Inmuebles SG 146

(-) INMOBILIAR - Depreciación Acumulada 146.99

Bienes Declarados en Real Propiedad SG 147

(-) Depreciación Acumulada 147.99

Bienes Concesionados SG 148

(-) Depreciación Acumulada 148.99

Bienes Intangibles SG 149

(-) Amortización Acumulada 149.97

INVERSIONES EN PROYECTOS Y PROGRAMAS

Inversiones en Productos y Procesos SG 133

Inversiones en Comercialización y Distribución SG 135

Inversiones en Obras en Proceso SG 151

(-) Aplicación de Gastos de Gestión 151.98

Inversiones en Programas en Ejecución SG 152

(-) Aplicación de Gastos de Gestión 152.98

TOTAL ACTIVO

PASIVO

CORRIENT Depósitos y Fondos de Terceros SG 212

Cuentas por Pagar SG 213

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132

CUENTAS DENOMINACION Año

Vigente

Año

Anterior GUÍA (*)

Títulos y Valores Temporales SG 221

NO CORRIENTE

ENDEUDAMIENTO

Títulos y Valores Permanentes SG 222

Empréstitos SG 223

FINANCIEROS

Deudores Financieros SG 224

PROVISIONES

Créditos Diferidos SG 225

TOTAL PASIVO

PATRIMONIO

Patrimonio Público SG 611

Reservas SG 612

Resultado del Ejercicio Vigente 618.03

(-) Disminución Patrimonial SG 619

TOTAL PATRIMONIO

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO

CUENTAS DE ORDEN

CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS SG 911

CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS SG 912

NOTAS EXPLICATIVAS: Hacer constar las notas aclaratorias que se estimen necesarias, ordenadas o secuencialmente

GUIA* :Sirve para orientar a los funcionarios financieros públicos, acerca de las cuentas de los diversos subgrupos que hay que

detallar, al lado izquierdo, a los niveles 1 ó 2, según constan en el Catálogo General de Cuentas.

RESULTADO DEL EJERCICIO VIGENTE: Este valor en la ejecución del ejercicio vigente se deberá calcular la 62 -63 cuando

un ejercicio fiscal este cerrado este valor será tomado directamente de la 618.03

Estado de Flujo de Efectivo

(Identificación del Ente Público)

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

Al _________de______________de ______________

DENOMINACION Año

Vigente

Año

Anterior

FLUJOS

DE (*)

FUENTES OPERACIONALES

Impuestos 113.11

Tasa y Contribuciones 113.13

Venta de Bienes y Servicios 113.14

Renta de Inversiones y Multas 113.17

Transferencias Corrientes 113.18

Otros Ingresos 113.19

USOS OPERACIONALES

Gastos de Personal 213.51

Bienes y Servicios de Consumo 213.53

Gastos Financieros 213.56

Otros Gastos 213.57

Transferencia y Donaciones Corrientes 213.58

SUPERAVIT / DEFICIT CORRIENTE

FUENTES DE CAPITAL

Venta de Activos No Financieros 113.24

Transferencia y Donaciones de Capital e Inversión 113.28

USOS DE PRODUCCION CAPITAL E INVERSION

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133

DENOMINACION Año

Vigente

Año

Anterior

FLUJOS

DE (*)

Gastos de Personal para Producción 213.61

Bienes y Servicios de Consumo para Producción 213.63

Otros Gastos de Producción 213.67

Gastos en Personal para Inversión 213.71

Bienes y Servicios y Consumo para Inversión 213.73

Obras Públicas 213.75

Otros Gastos de Gestión 213.77

Transferencias y Donaciones para Inversión 213.78

Inversiones en Bienes de Larga Duración 213.84

Inversiones Financieras 213.87

(-) Recuperación de Inversiones 113.27

Transferencias y Donaciones de Capital 213.88

SUPERAVIT / DEFICIT DE CAPITAL

DEFICIT BRUTO

FINANCIAMIENTO DEL DEFICIT O APLICACIÓN DEL SUPERAVIT

FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Financiamiento Público 113.36

Cuentas por Cobrar por Ventas Anticipadas de petróleo 113.39

Cobros y Anticipos de años anteriores 113.97

Cobros pendientes de años anteriores 113.98

USO DE FINANCIAMIENTO

Amortización de pasivos diferidos por Ventas Anticipadas de Petróleo 213.94

Amortización de Deuda Pública 213.96

Pagos Depósitos y Fondos de Terceros de Años Anteriores 213.97

Pagos de Años Anteriores 213.99

Obligaciones no reconocidas ni pagadas de años anteriores 213.99

SUPERAVIT DE FINANCIAMIENTO

FLUJOS NO PRESUPUESTARIOS

FUENTES

Cuentas por Cobrar Títulos y Valores Temporales del Tesoro 113.40

Cuentas por Cobrar - Operaciones de Microcrédito 113.41

IVA por Compensar con Notas de Crédito Emitidas 113.51

Anticipos por Obligaciones de otros Entes Públicos de Años Anteriores 113.77

Cobros IVA 113.81

Cuentas por Cobrar Anticipos de Fondos de Años Anteriores 113.82

Cobros Años Anteriores 113.83

Cuentas por Cobrar por Pagos en Exceso del Impuesto a la Renta 113.85

Cuentas por Cobrar Créditos Otorgados 113.93

USOS

Cuentas por Pagar Notas de Crédito 213.15

Pagos IVA 213.81

Pagos de Depósitos y Fondos de Terceros de Años Anteriores 213.82

Pagos Años Anteriores 213.83

Pagos Año Anterior 213.85

Pagos de Años Anteriores al 2008 213.86

Cuentas por Pagar Acreedores por Subrogaciones de Deuda 213.93

Cuentas por Pagar Impuesto a la Renta Sobre Utilidades del Ejercicio Anterior EE.

PP. 213.95

FLUJOS NETOS

VARIACIONES NO PRESUPUESTARIAS

Disponibilidades (SI - SF) SG 111

Anticipo de Fondos (SI - SF) SG 112

Disminución de Disponibilidades (SI - SF) 619.91

Depósitos y Fondos de Terceros ( SF - SI ) SG 212

VARIACIONES NETAS

DIFERENCIA

SUPERAVIT TOTAL

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134

(SI - SF) = Saldo Inicial, menos Saldo Final

(SF - SI) = Saldo Final, menos Saldo Inicial

Los flujos de créditos de las cuentas por cobrar constituyen las fuentes de fondos; los débitos de las cuentas por pagar, en cambio los usos de fondos.

El valor de los Superávit o Déficit Bruto de ambas partes del Estado deberán ser iguales, pero con signo contrario.

Si da un resultado positivo la suma algebraica del Superávit o Déficit Corriente con el Superávit o Déficit de Capital, la siguiente sección

detallará la Utilización del Superávit; caso contrario, si da un resultado negativo, la siguiente sección detallará el Financiamiento del Déficit

FLUJOS DE*: sirve para orientar a los funcionarios financieros públicos a cerca de los flujos monetarios de las cuentas de nivel 1 que hay que detallar en este Estado.

Estado de Ejecución:

(Identificación del Ente Público)

ESTADO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA

Al _________de________________de ______________

GRUPOS CONCEPTO CODIFICADO DEVENGADO DIFERENCIA CUENTA

CONTABLE

INGRESOS CORRIENTES

11 Impuestos 113.11

13 Tasas y Contribuciones 113.13

14 Venta de Bienes y Servicios 113.14

17 Renta de Inversiones y Multas 113.17

18 Transferencias y Donaciones Corrientes 113.18

19 Otros Ingresos 113.19

GASTOS CORRIENTES

51 Gastos en Personal 213.51

53 Bienes y Servicios de Consumo 213.53

56 Gastos Financieros 213.56

57 Otros Gastos Corrientes 213.57

58 Transferencias y Donaciones Corrientes 213.58

59 Previsiones para Reasignación

SUPERAVIT O DEFICIT CORRIENTE

INGRESOS DE CAPITAL

24 Venta de Activos no Financieros 113.24

27 Recuperación de Inversiones 113.27

28

Transferencias y Donaciones de Capital

e Inversión 113.28

GASTOS DE PRODUCCION

61 Gastos en Personal para Producción 213.61

63 Bienes y Servicios para Producción 213.63

67 Otros Gastos de Producción 213.67

GASTOS DE INVERSION

71 Gastos en Personal para Inversión 213.71

73 Bienes y Servicios para Inversión 213.73

75 Obras Publicas 213.75

77 Otros Gastos de Inversión 213.77

78

Transferencias y Donaciones para

Inversión 213.78

GASTOS DE CAPITAL

84 Bienes de Larga Duración 213.84

87 Inversiones Financieras 213.87

88 Transferencias y Donaciones de Capital 213.88

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135

GRUPOS CONCEPTO CODIFICADO DEVENGADO DIFERENCIA CUENTA

CONTABLE

DEFICIT DE INVERSION

INGRESOS DE FINANCIAMIENTO

36 Financiamiento Público 113.36

37 Saldos Disponibles

38 Cuentas Pendientes por Cobrar

39 Ventas Anticipadas 113.39

APLICACION DEL FINANCIAMIENTO

96 Amortización Deuda Pública 213.96

97 Pasivo Circulante 213.97

98

Obligaciones por Ventas Anticipadas de

Petróleo 213.98

99 Otros Pasivos 213.99

SUPERAVIT O DEFICIT DE FINANCIAMIENTO

SUPERAVIT O DEFICIT PRESUPUESTARIO

8.8 PRINCIPALES ASIENTOS TIPO - CASO DE APLICACION PRACTICO

Con la finalidad de tener una visión clara de la forma de registro contable de las

principales transacciones que realizan la mayoría de entidades del sector público a continuación

se presenta un conjunto de asientos tipo que constituye la base para el registro especifico que

cada una de las entidades y organismos del sector público deberá realizar de acuerdo al tipo de

entidad y servicio que la misma presta a la comunidad.

A continuación, se presenta un ejercicio de aplicación práctica que incluye todo el

proceso de contabilidad gubernamental, con registros que contienen la afectación, patrimonial

y presupuestaria, para esto se utiliza el registro de entrada original DIARIO GENERAL

INTEGRADO, para fines didácticos.

Desarrolle el siguiente EJERCICIO PRÁCTICO DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL, que corresponde a la Contabilidad del Primer Trimestre del año 2016,

del Municipio de Cotacachi.

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136

PROCEDIMIENTOS A CONSIDERAR

1. El movimiento de las cuentas bancarias correspondientes al Banco Central y las

cuentas de recaudación y pagos del Banco del Fomento se procederá de acuerdo a lo

establecido para el efecto.

2. Para el registro del Impuesto al Valor Agregado y Retenciones Fiscales, aplique la

normativa vigente (Registro de Recuperación del Impuesto al Valor Agregado, pago de

retenciones, etc.). El número de Registro Único de Contribuyentes es 1760000679001.

El presupuesto de la entidad fue aprobado con fecha 2 de enero del 2016.

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137

EJERCICIO PRÁCTICO

MUNICIPIO "COTACACHI"

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

AL 1 DE ENERO DEL 2016

1

ACTIVOS

2,930,268.75

11

OPERACIONALES

331,788.00

11.1

DISPONIBILIDADES 325,000.00

111.03

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR 171,000.00

111.05

BANCO COMERCIAL M/N 154,000.00

11.2

ANTICIPO DE FONDOS - 6,788.00

112.13

FONDOS DE REPOSICION 6,788.00

-

-

13

INVERSIONES EN EXISTENCIAS -

559,050.00

13.1

EXISTENCIAS PARA CONSUMO CORRIENTE E INVERSIONES - 12,350.00

131.04

EXISTENCIAS MATERIALES DE OFICINA 12,350.00

13.2

EXISTENCIAS PARA PRODUCCION Y VENTA - 546,700.00

132.07

EXISTENCIAS DE BIENES DE USO Y CONSUMO PARA PRODUCCION 546,700.00

-

14

INVERSIONES EN BIENES DE LARGA DURACION -

2,039,430.75

14.1

BIENES DE ADMINISTRACION -

141.01

BIENES MUEBLES - 1,159,241.00

MOBILIARIOS 245,673.00

VEHÍCULOS 567,890.00

EQUIPOS SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS 345,678.00

141.03

BIENES INMUEBLES - 1,560,000.00

EDIFICIO 1,560,000.00

TERRENO -

141.99

DEPRECIACION ACUMULADA 679,810.25

2

PASIVOS

38,000.00

21

DEUDA FLOTANTES

38,000.00

213.83

CUENTAS POR PAGAR AÑOS ANTERIORES 38,000.00

6

PATRIMONIO

2,892,268.75

61

PATRIMONIO ACUMULADO

2,892,268.75

611

PATRIMONIO PUBLICO 2,892,268.75

TOTAL DE PASIVOS Y PATRIMONIO 2,930,268.75

DIRECTOR FINANCIERO CONTADOR GENERAL

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138

MUNICIPIO "COTACACHI"

PRESUPUESTO

AÑO 2016

INGRESOS

CÓDIGO PARTIDA PRESUPUESTO CODIFICADO

1. CORRIENTES

1.1 IMPUESTOS

1.1.02 SOBRE LA PROPIEDAD

1.1.02.01 A LOS PREDIOS URBANOS 1.800.000,00

1.1.02.06 DE ALCABALAS 1.102.500,00

1.3 TASAS Y CONTRIBUCIONES

1.3.01 TASAS GENERALES

1.3.01.08 PRESTACIÓN DE SERVICIOS 967.500,00

1.4 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS

1.4.02 VENTA DE PRODUCTOS Y MATERIALES

1.4.02.01 AGROPECUARIOS Y FORESTALES 770.000,00

1.8 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.8.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES S.P

1.8.01.08 CUENTAS O FONDOS ESPECIALES 560.000,00

3 INGRESOS DE FINANCIAMIENTO

3.7 FÍNANCIAMIENTO INTERNO

3.7.01 SALDOS DE CAJA Y BANCOS

3.7.01.01 DE FONDOS DEL GOBIERNO CENTRAL 325.000,00

3.7.01.99 OTROS SALDOS 6.788,00

TOTAL DE INGRESOS 5.531.788,00

GASTOS

5.1 GASTOS EN EL PERSONAL

5.1.01 REMUNERACIONES BASICAS

5.1.01.01 SUELDOS 2.946.500,00

5.1.02.02 DECIMO CUARTO SUELDO 125.500,00

5.1.06 APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

5.1.06.01 APORTE PATRONAL 360.000,00

5.3 GASTO BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

5.3.01 SERVICIOS BASICOS

5.3.01.01 AGUA POTABLE 2.004,00

5.3.01.04 ENERGIA ELECTRICA 2.544,00

5.3.01.05 TELECOMUNICACIONES 4.140,00

5.3.02 SERVICIOS GENERALES

5.3.02.04 IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y PUBLICACION 10.500,00

5.3.03 VIATICOS Y MOVILIZACION INTERIOR

5.3.03.03 VIATICOS Y MOVILIZACION INTERIOR 13.000,00

5.3.08 BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

5.3.08.04 MATERIALES DE OFICINA 300.000,00

5.7 OTROS GASTOS

5.7.02 SEGUROS, COSTOS FINANCIEROS Y OTROS GASTOS

5.7.02.01 SEGUROS 72.000,00

8 GASTOS DE CAPITAL

8.4 ACTIVOS DE LARGA DURACION

8.4.01 BIENES MUEBLES

8.4.01.03 MOBILIARIO 145.600,00

8.4.02 BIENES INMUEBLES

8.4.02.01 TERRENO 1.550.000,00

TOTAL GASTOS $ 5.531.788,00

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139

APERTURA DEL EJERCICIO

1. 01 de Enero

Se efectúa el asiento de apertura para la aplicación del sistema de contabilidad

gubernamental vigente a la fecha, en función del estado de situación financiera.

Con la finalidad de financiar parte del presupuesto del presente ejercicio, se contabiliza

la ejecución presupuestaria de las partidas de "SALDOS DE CAJA BANCOS".

TRANSACCIONES REALIZADAS DURANTE EL AÑO

2. 02 de Enero

Se realiza la apertura de los registros presupuestarios, en función del presupuesto

aprobado para el año fiscal.

3. 10 de Enero

Se procede a la cancelación de los pasivos corrientes originados en la ejecución

presupuestaria del ejercicio anterior, con cheque del Banco Fomento.

4. 18 de Enero

Se procede a la emisión de Especies Valoradas por un monto de $350.000,00, cuyo costo

de impresión fue de $12.500, valor que fue cancelado mediante transferencia bancaria

de la cuenta del Banco Central del Ecuador.

5. 25 de Enero

Se recauda por impuestos a los predios urbanos la suma de $955.000, valores que son

depositados en la cuenta rotativa de ingresos que la Entidad mantiene en el Banco

Nacional de Fomento.

6. 28 de Enero

Se cancelan los haberes al personal, conforme al rol de pagos, que presenta la siguiente

información.

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140

SUELDOS 156.000,00

APORTE PATRONAL 12.000,00

RETENCIONES

APORTE INDIVIDUAL 14.000.00

IMPUESTO A LA RENTA 5.000,00

ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS 2.300,00

7. 1 de Febrero

Se adquiere materiales de oficina por $45.000,00 y muebles por $82.00,00; el valor de

los materiales de oficina se cancela mediante transferencia bancaria, para el valor del

mobiliario se solicita un crédito de corto plazo.

8. 5 de Febrero

Se procede a pagar las retenciones los valores retenidos en el correspondiente rol de

pagos, mediante transferencia de fondos del Banco Central del Ecuador.

9. 12 de Febrero

Por venta de productos agropecuarios se recauda $670.000 valor que en esta misma

fecha se deposita en la cuenta corriente de la entidad; se vende el 45% del Inventario de

Productos Agropecuarios.

10. 22 de Febrero

Se adquiere una póliza de seguros a fin de proteger los bienes de la entidad contra

diferentes riesgos, el valor de la póliza adquirida a seguros la "Alianza" con una vigencia

de un año es de $35.000,00

11. | 23 de Febrero

Se entrega en calidad de anticipo de viáticos a dos funcionarios de la entidad la suma de

$ 600,00; para cumplir una comisión de trabajo en la ciudad de Cuenca, por 8 días. (El

viático diario por funcionario es de $90).

12. 24 de Febrero

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141

Se procede al registro de transferencia de retenciones de impuestos.

13. 25 de Febrero

Se crea un fondo rotativo por el valor de $400,00; valores que serán destinados para el

pago de servicios básicos, para el efecto se procedió a la apertura de una cuenta ahorros

específica en el BANCO DEL PACIFICO, mediante la emisión de un cheque del banco

corresponsal.

14. 28 de Febrero

Se cancelan los haberes al personal, conforme al rol de pagos, que presenta la siguiente

información.

SUELDOS 146.000,00

APORTE PATRONAL 12.000,00

RETENCIONES

APORTE INDIVIDUAL 13.500.00

IMPUESTO A LA RENTA 6.500,00

ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS 4.800,00

15. 1 de Marzo

Se recibe la transferencia correspondiente a los fondos especiales por el monto de $

356.00,00 para cubrir gastos corrientes, valor que nos fue acreditado a nuestra cuenta

corriente del Banco Central del Ecuador.

16. 5 de Marzo

Se procede a pagar las retenciones los valores retenidos en el correspondiente rol de

pagos, mediante transferencia de fondos del Banco Central del Ecuador.

17. 7 de Marzo

Se procede a realizar la liquidación definitiva de viáticos en función del informe

presentado por los funcionarios responsables, según el cual se desprende que uno de los

funcionarios no acudió a la Comisión de Servicios.

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142

18. 12 de Marzo

Se procede a la reposición del fondo rotativo por los valores cancelados a los respectivos

beneficiarios por los siguientes conceptos:

Agua potable..............................................$ 50,00

Energía Eléctrica........................................$ 75,00

Telecomunicaciones...................................$ 85.00

19. 20 de Marzo

Se procede a la cancelación de la deuda de corto plazo adquirida el 1 de febrero,

correspondiente a la compra bienes muebles, mediante la emisión de cheque del

correspondiente.

20. 23 de Marzo

Se procede al registro de transferencia de retenciones de impuestos

21. 24 de Marzo

La planificación financiera institucional, determina que existen remanentes de liquidez

temporal, por tanto se resuelve colocar US $ 500.000,00 en una inversión financiera en

el Banco del Estado. A 62 días plazo, con una rentabilidad del 3,25% anual, que ha sido

autorizada por el Banco Central del Ecuador.

22. 25 de Marzo

Se realiza la reforma presupuestaria externa al presupuesto vigente

REFORMA PRESUPUESTARIA

2. INGRESOS DE CAPITAL

2.8 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES DE CAPITAL

2.8.03 DONACIONES DE CAPITAL DE SECTOR EXTERNO

2.8.03.01DE ORGANISMOS MULTILATERALES $ 134.000.00

8. CAPITAL

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143

8.4 ACTIVOS DE LARGA DURACION

8.4.01 BIENES MUEBLES

8.4.01.07 EQUIPOS SIST. Y PAQUETES INFORM. $ 134.000,00

Se recibe en esta misma fecha la transferencia de capital correspondiente a los fondos

entregados en calidad de donación, para la compra de computadoras por $134.000, valor

que nos fue acreditado a nuestra cuenta corriente del Banco Central del Ecuador.

23. 25 de Marzo

Se adquiere computadoras por un monto en $134.000, pagando de contado el valor

correspondiente, con cheque del Banco Fomento; (Si el Presupuesto vigente, lo permite,

realice la reforma presupuestaria interna respectiva, a fin de efectuar la adquisición

solicitada, por cuanto en el valor de la compra no se presupuestó el valor del IVA).

24. 26 de Marzo

Se pagó el decimocuarto sueldo al personal que labora en la Región costa, por un monto

en $150.500, (Si el Presupuesto vigente, lo permite, realice la reforma presupuestaria

interna respectiva, a fin de efectuar el pago solicitado.)

25. 27 de Marzo

Se recauda por servicios administrativos un monto total de $678.000,00 y por impuestos

de alcabalas la suma de 678.000 valores que son depositados en el Banco Fomento.

26. 28 de Marzo

Se cancelan los haberes al personal, conforme al rol de pagos, que presenta la siguiente

información.

SUELDOS 138.000,00

APORTE PATRONAL 14.500,00

RETENCIONES

APORTE INDIVIDUAL 15.600.00

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144

IMPUESTO A LA RENTA 7.600,00

ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS 5.800,00

INFORMACION COMPLEMENTARIA:

1. LOS CONSUMOS DE BODEGA DE SUMINISTROS DE OFICINA DEL

TRIMESTRE ALCANZAN El 34%.

2. NO SE HA REGISTRADO LA PARTE DEVENGADA DE SEGUROS

CONTRATADO

3. SE EFECTÚA LA DEPRECIACIÓN DE LOS ACTIVOS FIJOS

CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE.

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145

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1 ACTIVOS 2.930.268,75

11 OPERACIONALES 331.788,00

11.1 DISPONIBILIDADES 325.000,00

111.03 BANCO CENTRAL DEL ECUADOR 171.000,00

111.09 BANCO COMERCIAL M/N 154.000,00

11.2 ANTICIPO DE FONDOS - 6.788,00

112.13 FONDOS DE REPOSICION 6.788,00

-

-

13 INVERSIONES EN EXISTENCIAS - 559.050,00

13.1 EXISTENCIAS PARA CONSUMO CORRIENTE E INVERSIONES - 12.350,00

131.04 EXISTENCIAS MATERIALES DE OFICINA 12.350,00

13.2 EXISTENCIAS PARA PRODUCCION Y VENTA - 546.700,00

132.07 EXISTENCIAS DE BIENES DE USO Y CONSUMO PARA PRODUCCION 546.700,00

-

14 INVERSIONES EN BIENES DE LARGA DURACION - 2.039.430,75

14.1 BIENES DE ADMINISTRACION -

141.01 BIENES MUEBLES - 1.159.241,00

MOBILIARIOS 245.673,00

VEHÍCULOS 567.890,00

EQUIPOS SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS 345.678,00

141.03 BIENES INMUEBLES - 1.560.000,00

EDIFICIO 1.560.000,00

TERRENO -

141.99 DEPRECIACION ACUMULADA 679.810,25

2 PASIVOS 38.000,00

21 DEUDA FLOTANTES 38.000,00

213.83 CUENTAS POR PAGAR AÑOS ANTERIORES 38.000,00

6 PATRIMONIO 2.892.268,75

61 PATRIMONIO ACUMULADO 2.892.268,75

611 PATRIMONIO PUBLICO 2.892.268,75

TOTAL DE PASIVOS Y PATRIMONIO 2.930.268,75

-

DIRECTOR FINANCIERO

EJERCICIO PRÁCTICO

MUNICIPIO "COTACACHI"

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

AL 1 DE ENERO DEL 2016

CONTADOR GENERAL

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CÓDIGO PARTIDA

PRESUPUESTO

CODIFICADO

1. CORRIENTES

1.1 IMPUESTOS

1.1.02 SOBRE LA PROPIEDAD

1.1.02.01 A LOS PREDIOS URBANOS 1.800.000,00

1.1.02.06 DE ALCABALAS 1.102.500,00

1.3 TASAS Y CONTRIBUCIONES

1.3.01 TASAS GENERALES

1.3.01.08 PRESTACIÓN DE SERVICIOS 967.500,00

1.4 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS

1.4.02 VENTA DE PRODUCTOS Y MATERIALES

1.4.02.01 AGROPECUARIOS Y FORESTALES 770.000,00

1.8 . TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.8.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES S.P

1.8.01.08 CUENTAS O FONDOS ESPECIALES 560.000,00

3 INGRESOS DE FINANCIAMIENTO

3.7 FÍNANCIAMIENTO INTERNO

3.7.01 SALDOS DE CAJA Y BANCOS

3.7.01.01 DE FONDOS DEL GOBIERNO CENTRAL 325.000,00

3.7.01.99 OTROS SALDOS 6.788,00

TOTAL DE INGRESOS 5.531.788,00

CÓDIGO PARTIDA VALOR

5.1 GASTOS EN EL PERSONAL

5.1.01 REMUNERACIONES BASICAS

5.1.01.01 SUELDOS 2.946.500,00

5.1.02.02 DECIMO CUARTO SUELDO 125.500,00

5.1.06 APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

5.1.06.01 APORTE PATRONAL 360.000,00

5.3 GASTO BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

5.3.01 SERVICIOS BASICOS

5.3.01.01 AGUA POTABLE 2.004,00

5.3.01.04 ENERGIA ELECTRICA 2.544,00

5.3.01.05 TELECOMUNICACIONES 4.140,00

5.3.02 SERVICIOS GENERALES

5.3.02.04 IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y PUBLICACION 10.500,00

5.3.03 VIATICOS Y MOVILIZACION INTERIOR

5.3.03.03 VIATICOS Y MOVILIZACION INTERIOR 13.000,00

5.3.08 BIENES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE

5.3.08.04 MATERIALES DE OFICINA 300.000,00

5.7 OTROS GASTOS

5.7.02 SEGUROS, COSTOS FINANCIEROS Y OTROS GASTOS

5.7.02.01 SEGUROS 72.000,00

8 GASTOS DE CAPITAL

8.4 ACTIVOS DE LARGA DURACION

8.4.01 BIENES MUEBLES

8.4.01.03 MOBILIARIO 145.600,00

8.4.02 BIENES INMUEBLES

8.4.02.01 TERRENO 1.550.000,00

TOTAL GASTOS 5.531.788,00$

INGRESOS

EJERCICIO PRÁCTICO

MUNICIPIO "COTACACHI"

PRESUPUESTO

AÑO 2016

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COMPROMISO DEVENGADO PAGO DEVENGADO COBRO

---------------------- 1 ----------------------- A

1-ene-16 111.03 1 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional A 171.000,00 37.01.01 De fondos Gob. Ctral 171.000,00 171.000,00

1-ene-16 111.09 1 Banco Comerciales Moneda Nacional A 154.000,00 37.01.01 De fondos Gob. Ctral 154.000,00 154.000,00

1-ene-16 112.13 1 Fondos de Reposición A 6.788,00 37.01.99 Otros saldos 6.788,00 6.788,00

1-ene-16 112.13.01 1 Caja Chica A 6.788,00

1-ene-16 132.05 1 Existencia de Productos Terminados A 546.700,00

1-ene-16 132.05.01 1 Existencias de Productos Agropecuarios A 546.700,00

1-ene-16 141.01 1 Bienes Muebles A 1.159.241,00

1-ene-16 141.01.03 1 Mobiliarios A 245.673,00

1-ene-16 141.01.05 1 Vehiculos A 567.890,00

1-ene-16 141.01.07 1 Equipos, Sistemas y Paquetes Informaticos A 345.678,00

1-ene-16 141.03 1 Bienes Inmuebles A 1.560.000,00

1-ene-16 141.03.02 1 Edificios A 1.560.000,00

1-ene-16 141.03.01 1 Terreno -

1-ene-16 131.01 1 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente A 12.350,00

1-ene-16 141.99 1 Depreciación Acumulada A 679.810,25

1-ene-16 213.97 1 Cuentas por pagar Años Anteriores A 38.000,00

1-ene-16 611.09 1 Patrimonio Gobiernos Seccionales A 2.892.268,75

v/. Registro estado de situacion financiera inicial

---------------------- 2 -----------------------

10-ene-16 213.97 2 Cuentas por pagar Años Anteriores F 38.000,00

10-ene-16 111.09 2 Banco Comerciales Moneda Nacional F 38.000,00

10-ene-16 111.09.01 2 Banco Nacional de Fomento F 38.000,00

v/. Registro pago cuentas pendientes del ejercicio anterior

---------------------- 3 -----------------------

18-ene-16 634.02 3 Bienes de Servicio de Consumo F 12.500,00 53.02.04 Edición, impresión, reproducción, publicación, suscripción 12.500,00 12.500,00

18-ene-16 634.02.04 3 Edición, impresión, reproducción, publicación, suscripción F 12.500,00

18-ene-16 113.81 3 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado F 1.500,00

18-ene-16 113.81.01 3 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado - Compras F 1.500,00

18-ene-16 213.53 3 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 12.500,00

18-ene-16 Proveedor 98% F 12.250,00

18-ene-16 Retención Impuesto a la Renta 2% F 250,00

18-ene-16 213.81 3 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 1.500,00

18-ene-16 213.81.05 3 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 30% F 450,00

18-ene-16 213.81.06 3 Cuentas por pagar IVA Servicios - SRI 70% F 1.050,00

v/. Registro impresión especies valoradas

---------------------- 4 -----------------------

18-ene-16 213.53 4 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 12.250,00 53.02.04 Edición, impresión, reproducción, publicación, suscripción 12.250,00

18-ene-16 213.81 4 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 450,00

18-ene-16 213.81.05 4 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 30% F 450,00

18-ene-16 111.03 4 Banco Central Moneda de Curso Legal 12.700,00

v/. Registro impresión especies valoradas

---------------------- 5 -----------------------

18-ene-16 911.07 5 Especies valoradas emitidas O 350.000,00

18-ene-16 921.07 5 Emision de Especies valoradas O 350.000,00

v/. Registro impresión especies valoradas

---------------------- 6 -----------------------

25-ene-16 113.11 6 Cuentas por cobrar impuestos F 955.000,00

25-ene-16 621.02 6 Impuestos sobre la propiedad F 955.000,00

25-ene-16 621.02.01 6 A los predios urbanos F 955.000,00 11.02.01 A los predios urbanos 955.000,00

V/R: Recaudación de Impuestos

---------------------- 7 -----------------------

25-ene-16 111.09 7 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal F 955.000,00

25-ene-16 113.11 7 Cuentas por Cobrar Impuestos F 955.000,00 11.02.01 A los predios urbanos 955.000,00

V/R: Cobro impuesto

---------------------- 8 -----------------------

25-ene-16 111.03 8 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 955.000,00

25-ene-16 111.09 8 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal F 955.000,00

V/R: Transferencia BCE

---------------------- 9 -----------------------

28-ene-16 633.01 9 Remuneraciones básicas F 156.000,00

28-ene-16 633.01.01 9 Sueldos F 156.000,00 51.01.01 Sueldos 156.000,00 156.000,00

28-ene-16 633.06 9 Aportes patronales a la Seguridad Social F 12.000,00

28-ene-16 633.06.01 9 Aporte patronal F 12.000,00 51.06.01 Aporte patronal 12.000,00 12.000,00

28-ene-16 213.51 9 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 168.000,00

28-ene-16 9 Liquido a recibir F 134.700,00

28-ene-16 9 Aporte Individual F 14.000,00

28-ene-16 9 Aporte patronal F 12.000,00

28-ene-16 9 Impuesto a la Renta F 5.000,00

28-ene-16 9 Asociación de empleados F 2.300,00

V/R Pago sueldos mes de enero 2016

---------------------- 10 -----------------------

28-ene-16 213.51 10 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 134.700,00

PARCIAL DEBE HABERTM

MUNICIPIO "COTACACHI"

INGRESOS

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28-ene-16 111.03 10 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 134.700,00 51.01.01 Sueldos 134.700,00

V/R Pago sueldos mes de enero 2016

---------------------- 11 -----------------------

1-feb-16 131.01 11 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente F 45.000,00

1-feb-16 131.01.04 11 Existencia de materiales de oficina F 45.000,00 53.08.04 Existencia de materiales de oficina 45.000,00 45.000,00

1-feb-16 141.01 11 Bienes muebles F 82.000,00

1-feb-16 141.01.03 11 Mobiliarios F 82.000,00 84.01.03 Mobiliario 82.000,00 82.000,00

1-feb-16 113.81 11 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado F 15.240,00

1-feb-16 113.81.01 11 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado - Compras F 15.240,00

1-feb-16 213.53 11 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo F 45.000,00

1-feb-16 11 Proveedor 99% F 44.550,00

1-feb-16 11 Retención Impuesto a la Renta 1% F 450,00

1-feb-16 213.84 11 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 82.000,00

1-feb-16 11 Proveedor 99% F 81.180,00

1-feb-16 11 Retención Impuesto a la Renta 1% F 820,00

1-feb-16 213.81 11 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 15.240,00

1-feb-16 213.81.03 11 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 70% F 10.668,00

1-feb-16 213.81.04 11 Cuentas por pagar IVA Servicios - SRI 30% F 4.572,00

P/R Registro de compra de materiales y mobiliario

---------------------- 12 -----------------------

1-feb-16 213.53 12 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo F 44.550,00 53.08.04 Existencia de materiales de oficina 44.550,00

1-feb-16 213.81 11 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 10.668,00

1-feb-16 213.81.03 12 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 70% F 10.668,00

1-feb-16 111.03 12 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 55.218,00

1-feb-16 213.84 12 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 81.180,00

1-feb-16 12 Proveedor 99% F 81.180,00

1-feb-16 223.01 12 Crèditos Internos F 81.180,00

1-feb-16 223.01.04 12 Crèditos del Sector Privado no Financiero F

1-feb-16 12 Proveedor 99% F 81.180,00

P/R Pago compra de materiales y reeclasificación mobiliario

5-feb-16 ---------------------- 13 -----------------------

5-feb-16 213.51 13 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 28.300,00

5-feb-16 13 Aporte Individual F 14.000,00 51.01.01 Sueldos 16.300,00

5-feb-16 13 Aporte patronal F 12.000,00 51.06.01 Aporte patronal 12.000,00

5-feb-16 13 Asociación de empleados F 2.300,00

5-feb-16 111.03 13 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 28.300,00

P/R Pago de retenciones de sueldos

12-feb-16 ---------------------- 14 -----------------------

12-feb-16 113.14 14 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios F 670.000,00

12-feb-16 624.02 14 Venta de Productos y Materiales F 670.000,00

12-feb-16 624.02.01 14 Productos Agropecuarios y Forestales F 670.000,00 14.02.01 Productos Agropecuarios y Forestales 670.000,00

P/R Venta productos agropecuarios

12-feb-16 ---------------------- 15 -----------------------

12-feb-16 111.09 15 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal F 670.000,00

12-feb-16 113.14 15 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios F 670.000,00 14.02.01 Productos Agropecuarios y Forestales 670.000,00

P/R Venta productos agropecuarios

12-feb-16 ---------------------- 16 -----------------------

12-feb-16 111.03 13 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal A 670.000,00

12-feb-16 111.09 15 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal A 670.000,00

P/R Venta productos agropecuarios

12-feb-16 ---------------------- 17 -----------------------

12-feb-16 638.02 17 Costo de ventas de productos y materiales A 246.015,00

12-feb-16 132.05 17 Existencia de Productos Terminados A 246.015,00

12-feb-16 132.05.01 17 Existencias de Productos Agropecuarios A 246.015,00

P/R Venta productos agropecuarios

12-feb-16 ---------------------- 18 -----------------------

12-feb-16 125.31 18 Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes F 35.000,00

12-feb-16 125.31.01 18 Prepago de Seguros F 35.000,00 57.02.01 Seguros 35.000,00 35.000,00

12-feb-16 113.81 18 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado F 4.200,00

12-feb-16 113.81.01 18 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado-Compras F 4.200,00

12-feb-16 213.57 18 Cuentas por Pagar Otros Gastos F 35.000,00

12-feb-16 18 Proveedor 99,90% F 34.965,00

12-feb-16 18 Retención Impuesto a la Renta 1x1000% F 35,00

12-feb-16 213.81 18 Cuentas por Pagar IVA F 4.200,00

12-feb-16 213.81.11 18 Cuentas por Pagar IVA Servicos Contribuyente Especial-SRI 20% F 840,00

12-feb-16 213.81.12 18 Cuentas por Pagar IVA Servicos Contribuyente Especial-Proveedor 80% F 3.360,00

P/R Contratación póliza de seguros

22-feb-16 ---------------------- 19 -----------------------

22-feb-16 213.57 19 Cuentas por Pagar Otros Gastos F 34.965,00 57.02.01 Seguros 34.965,00

22-feb-16 213.81 18 Cuentas por Pagar IVA F 3.360,00

22-feb-16 213.81.12 19 Cuentas por Pagar IVA Servicos Contribuyente Especial-Proveedor 80% F 3.360,00

22-feb-16 111.03 19 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 38.325,00

P/R Contratación póliza de seguros

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COMPROMISO DEVENGADO PAGO DEVENGADO COBROPARCIAL DEBE HABERTM

MUNICIPIO "COTACACHI"

INGRESOS

PARTIDAS

EJECUCION PRESUPUESTARIA

FECHA CODIGO REF.

DIARIO GENERAL INTEGRADO

JORNALIZACION

GASTOS

CODIGODETALLE

23-feb-16 ---------------------- 20 -----------------------

23-feb-16 112.15 20 Fondos a Rendir Cuentas F 600,00

23-feb-16 112.15.01 20 Anticipos de Viáticos, Pasajes y Otros Viajes Institucionales F 600,00

23-feb-16 111.03 20 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 600,00

P/R Contratación póliza de seguros

24-feb-16 ---------------------- 21 -----------------------

24-feb-16 213.53 21 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 250,00 53.02.04 Edición, impresión, reproducción, publicación, suscripción 250,00

24-feb-16 21 Retención Impuesto a la Renta 2% F 250,00

24-feb-16 213.51 21 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 5.000,00 51.01.01 Sueldos 5.000,00

24-feb-16 21 Impuesto a la Renta F 5.000,00

24-feb-16 213.81 21 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 1.050,00

24-feb-16 213.81.06 21 Cuentas por pagar IVA Servicios - SRI 70% F 1.050,00

24-feb-16 112.70 21 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios F 253,51

24-feb-16 111.03 21 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 6.553,51

P/R Retenciones impuestos enero 2016

24-feb-16 ---------------------- 22 -----------------------

24-feb-16 112.13 22 Fondos de Reposición F 400,00

24-feb-16 112.13.03 22 Fondo Rotativo Institucional F 400,00

24-feb-16 111.03 22 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 400,00

P/R Creación fondo rotativo

---------------------- 23 -----------------------

28-feb-16 633.01 23 Remuneraciones básicas F 146.000,00

28-feb-16 633.01.01 23 Sueldos F 146.000,00 51.01.01 Sueldos 146.000,00 146.000,00

28-feb-16 633.06 23 Aportes patronales a la Seguridad Social F 12.000,00

28-feb-16 633.06.01 23 Aporte patronal F 12.000,00 51.06.01 Aporte patronal 12.000,00 12.000,00

28-feb-16 213.51 23 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 158.000,00

28-feb-16 23 Liquido a recibir F 121.200,00

28-feb-16 23 Aporte Individual F 13.500,00

28-feb-16 23 Aporte patronal F 12.000,00

28-feb-16 23 Impuesto a la Renta F 6.500,00

28-feb-16 23 Asociación de empleados F 4.800,00

P/R sueldos mes de febrero 2016

---------------------- 24 -----------------------

28-feb-16 213.51 24 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 121.200,00

28-feb-16 111.03 24 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 121.200,00 51.01.01 Sueldos 121.200,00

P/R sueldos mes de febrero 2016

---------------------- 25 -----------------------

1-mar-16 113.18 25 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones F 356.000,00

1-mar-16 626.01 25 Transferencias y Donaciones Corrientes del Sector Público F 356.000,00 18.01.08 De Cuentas o Fondos Especiales 356.000,00

1-mar-16 626.01.08 25 De Cuentas o Fondos Especiales F 356.000,00

P/R Recaudación Transferencias corrientes

---------------------- 26 -----------------------

1-mar-16 111.03 26 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 356.000,00 18.01.08 De Cuentas o Fondos Especiales 356.000,00

1-mar-16 113.18 26 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones F 356.000,00

P/R Recaudación Transferencias corrientes

5-mar-16 ---------------------- 27 -----------------------

5-mar-16 213.51 27 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 30.300,00

5-mar-16 27 Aporte Individual F 13.500,00 51.01.01 Sueldos 18.300,00

5-mar-16 27 Aporte patronal F 12.000,00 51.06.01 Aporte patronal 12.000,00

5-mar-16 27 Asociación de empleados F 4.800,00

5-mar-16 111.03 27 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 30.300,00

P/R Pago de retenciones de sueldos

---------------------- 28 -----------------------

7-mar-16 634.03 28 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias F 720,00

7-mar-16 634.03.03 28 Viáticos y Subsistencias en el Interior F 720,00 53.03.03 Viáticos y Subsistencias en el Interior 720,00 720,00

7-mar-16 213.53 28 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo F 720,00

7-mar-16 P/R Liquidación Viáticos

---------------------- 29 -----------------------

7-mar-16 213.53 29 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 720,00 53.03.03 Viáticos y Subsistencias en el Interior 720,00

7-mar-16 112.15 29 Fondos a Rendir Cuentas F 600,00

7-mar-16 112.15.01 29 Anticipos de Viáticos, Pasajes y Otros Viajes Institucionales F 600,00

7-mar-16 111.03 29 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 120,00

P/R Liquidación Viáticos

---------------------- 30 -----------------------

12-mar-16 634.01 30 Servicios Básicos 210,00

12-mar-16 634.01.01 30 Agua Potable F 50,00 53.01.01 Agua Potable 50,00 50,00

12-mar-16 634.01.04 30 Energía Eléctrica F 75,00 53.01.04 Energía Eléctrica 75,00 75,00

12-mar-16 634.01.05 30 Telecomunicaciones F 85,00 53.01.05 Telecomunicaciones 85,00 85,00

12-mar-16 213.53 30 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 210,00

P/R Reposición Fondo Rotativo

---------------------- 31 -----------------------

12-mar-16 213.53 31 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 210,00 53.01.01 Agua Potable 50,00

12-mar-16 111.03 31 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 210,00 53.01.04 Energía Eléctrica 75,00

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MUNICIPIO "COTACACHI"

INGRESOS

PARTIDAS

EJECUCION PRESUPUESTARIA

FECHA CODIGO REF.

DIARIO GENERAL INTEGRADO

JORNALIZACION

GASTOS

CODIGODETALLE

P/R Reposición Fondo Rotativo 53.01.05 Telecomunicaciones 85,00

---------------------- 32 -----------------------

20-mar-16 223.01 32 Crèditos Internos F 81.180,00

20-mar-16 223.01.04 32 Crèditos del Sector Privado no Financiero F

20-mar-16 32 Proveedor 99% F 81.180,00

20-mar-16 213.84 32 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 81.180,00

P/R Deuda Corto Plazo

---------------------- 33 -----------------------

20-mar-16 111.09 33 Banco Comerciales Moneda Nacional F 81.180,00

20-mar-16 111.03 33 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 81.180,00

P/R Transferencia Fondos Rotativa de Pagos F

---------------------- 34 -----------------------

20-mar-16 213.84 34 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 81.180,00 84.01.03 Mobiliario 81.180,00

20-mar-16 111.09 34 Banco Comerciales Moneda Nacional F 81.180,00

P/R Deuda Corto Plazo

---------------------- 35 -----------------------

23-mar-16 213.53 35 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo F 450,00 53.08.04 Existencia de materiales de oficina 450,00

23-mar-16 35 Retención Impuesto a la Renta 1% F 450,00

23-mar-16 213.84 35 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 820,00 84.01.03 Mobiliario 820,00

23-mar-16 35 Retención Impuesto a la Renta 1% F 820,00

23-mar-16 213.57 35 Cuentas por Pagar Otros Gastos F 35,00 57.02.01 Seguros 35,00

23-mar-16 35 Retención Impuesto a la Renta 1x1000% F 35,00

23-mar-16 213.51 35 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 6.500,00 51.01.01 Sueldos 6.500,00

23-mar-16 35 Impuesto a la Renta F 6.500,00

23-mar-16 213.81 35 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 5.412,00

23-mar-16 213.81.04 35 Cuentas por pagar IVA Servicios - SRI 30% F 4.572,00

23-mar-16 213.81.11 35 Cuentas por Pagar IVA Servicos Contribuyente Especial-SRI 20% F 840,00

23-mar-16 112.70 35 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios F 531,85

23-mar-16 111.03 35 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 13.748,85

P/R Pago retenciones febrero 2016

---------------------- 36 -----------------------

25-mar-16 113.28 36 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión F 134.000,00

25-mar-16 626.23 36 Donaciones de Capital del Exterior F 134.000,00 28.03.01 Donaciones de Capital del Exterior 134.000,00

25-mar-16 626.23.01 36 De Organismos Multilaterales F 134.000,00

P/R Transferencia de Capital Sector Externo F

---------------------- 37 -----------------------

25-mar-16 111.03 37 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 134.000,00

25-mar-16 113.28 37 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión F 134.000,00 28.03.01 Donaciones de Capital del Exterior 134.000,00

P/R Cobro Transferencia de Caopital Sector Externo

---------------------- 38 -----------------------

25-mar-16 141.01 38 Bienes Muebles F 134.000,00

25-mar-16 141.01.07 38 Equipos, Sistemas y Paquetes Informáticos F 134.000,00 84.01.07 Equipos, Sistemas y Paquetes Informáticos 134.000,00 134.000,00

25-mar-16 113.81 38 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado F 16.080,00

25-mar-16 113.81.01 38 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado-Compras F 16.080,00

25-mar-16 213.84 38 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 134.000,00

25-mar-16 38 Proveedor 99% F 132.660,00

25-mar-16 38 Retención Impuesto a la Renta 1% F 1.340,00

25-mar-16 213.81 38 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 16.080,00

25-mar-16 213.81.03 38 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 70% F 11.256,00

25-mar-16 213.81.04 38 Cuentas por pagar IVA Servicios - SRI 30% F 4.824,00

P/R Registro de compra de Equipos Sistema y Paquetes Informaticos

---------------------- 39 -----------------------

25-mar-16 111.09 39 Banco Comerciales Moneda Nacional F 143.916,00

25-mar-16 111.03 39 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 143.916,00

P/R Registro de compra de Equipos Sistema y Paquetes Informaticos

---------------------- 40 -----------------------

25-mar-16 213.84 40 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración F 132.660,00 84.01.07 Equipos, Sistemas y Paquetes Informáticos 132.660,00

25-mar-16 40 Proveedor 99% F 132.660,00

25-mar-16 213.81 40 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado F 11.256,00

25-mar-16 213.81.03 40 Cuentas por pagar IVA Servicios - Proveedor 70% F 11.256,00

25-mar-16 111.09 40 Banco Comerciales Moneda Nacional F 143.916,00

P/R Registro de compra de Equipos Sistema y Paquetes Informaticos

---------------------- 41 -----------------------

26-mar-16 633.02 41 Remuneraciones Complementarias F 150.500,00

26-mar-16 633.02.02 41 Decimocuarto Sueldo F 150.500,00 51.02.04 Decimocuarto Sueldo 150.500,00 150.500,00

26-mar-16 213.51 41 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 150.500,00

P/R Registro pago décimo cuarto

---------------------- 42 -----------------------

26-mar-16 213.51 42 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 150.500,00

26-mar-16 111.03 42 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 150.500,00 51.02.04 Decimocuarto Sueldo 150.500,00

P/R Registro pago décimo cuarto

---------------------- 43 -----------------------

27-mar-16 113.13 43 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones F 678.000,00

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COMPROMISO DEVENGADO PAGO DEVENGADO COBROPARCIAL DEBE HABERTM

MUNICIPIO "COTACACHI"

INGRESOS

PARTIDAS

EJECUCION PRESUPUESTARIA

FECHA CODIGO REF.

DIARIO GENERAL INTEGRADO

JORNALIZACION

GASTOS

CODIGODETALLE

27-mar-16 623.01 43 Tasas Generales F 678.000,00

27-mar-16 623.01.08 43 Prestación de Servicios F 678.000,00 13.01.08 Prestación de Servicios 678.000,00

P/R Registro cobro prestación servicios

---------------------- 44 -----------------------

27-mar-16 111.09 44 Banco Comerciales Moneda Nacional F 678.000,00 13.01.08 Prestación de Servicios 678.000,00

27-mar-16 113.13 44 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones F 678.000,00

P/R Registro cobro prestación servicios

---------------------- 45 -----------------------

25-mar-16 111.03 45 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional F 678.000,00

25-mar-16 111.09 45 Banco Comerciales Moneda Nacional F 678.000,00

P/R Registro cobro prestación servicios

---------------------- 46 -----------------------

28-mar-16 633.01 45 Remuneraciones básicas F 138.000,00

28-mar-16 633.01.01 45 Sueldos F 138.000,00 51.01.01 Sueldos 138.000,00 138.000,00

28-mar-16 633.06 45 Aportes patronales a la Seguridad Social F 14.500,00

28-mar-16 633.06.01 45 Aporte patronal F 14.500,00 51.06.01 Aporte patronal 14.500,00 14.500,00

28-mar-16 213.51 45 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 152.500,00

28-mar-16 45 Liquido a recibir F 109.000,00

28-mar-16 45 Aporte Individual F 15.600,00

28-mar-16 45 Aporte patronal F 14.500,00

28-mar-16 45 Impuesto a la Renta F 7.600,00

28-mar-16 45 Asociación de empleados F 5.800,00

P/R Registro pago sueldos marzo 2016

---------------------- 47 -----------------------

28-mar-16 213.51 46 Cuentas por pagar Gastos en Personal F 109.000,00

28-mar-16 111.03 46 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal F 109.000,00 51.01.01 Sueldos 109.000,00

P/R Registro pago sueldos marzo 2016

---------------------- 48 -A -----------------------

31-mar-16 634.08 47-A Costo de Venta A 19.499,00

31-mar-16 634.08.04 47-A Materiales de Oficina A 19.499,00

31-mar-16 131.01 47-A Existencia de bienes de uso y consumo corriente A 19.499,00

31-mar-16 131.01.04 47-A Existencia de materiales de oficina A 19.499,00

P/R Ajuste consumo materiales de oficina

---------------------- 49 -A -----------------------

31-mar-16 635.04 48-A Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos A 3.547,95

31-mar-16 635.04.01 48-A Seguros A 3.547,95

31-mar-16 125.31 48-A Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes A 3.547,95

31-mar-16 125.31.01 48-A Prepago de Seguros A 3.547,95

P/R Ajuste devengamiento de seguros

---------------------- 50 -A -----------------------

31-mar-16 638.51 49-A Depreciación Bienes de Administración A 57.623,54

31-mar-16 141.99 49-A Depreciación Acumulada A 57.623,54

P/R Depreciación Bienes en Administración primer trimestre

14.504.241,85 14.504.241,85 938.430,00 938.430,00 893.590,00 3.124.788,00 3.124.788,00

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Datos

CODIGO FECHA REF. DETALLE Suma de DEBE Suma de HABER Saldo

111.03 01/01/2016 1 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 171.000,00

18/01/2016 4 Banco Central Moneda de Curso Legal 12.700,00

25/01/2016 8 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 955.000,00

28/01/2016 10 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 134.700,00

01/02/2016 12 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 55.218,00

05/02/2016 13 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 28.300,00

12/02/2016 13 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 670.000,00

22/02/2016 19 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 38.325,00

23/02/2016 20 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 600,00

24/02/2016 21 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 6.553,51

22 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 400,00

28/02/2016 24 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 121.200,00

01/03/2016 26 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 356.000,00

05/03/2016 27 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 30.300,00

07/03/2016 29 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 120,00

12/03/2016 31 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 210,00

20/03/2016 33 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 81.180,00

23/03/2016 35 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 13.748,85

25/03/2016 37 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 134.000,00

39 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 143.916,00

45 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 678.000,00

26/03/2016 42 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 150.500,00

28/03/2016 46 Banco Central del Ecuador Moneda de Curso Legal 109.000,00

Total 111.03 2.964.000,00 926.971,36 2.037.028,64

111.09 01/01/2016 1 Banco Comerciales Moneda Nacional 154.000,00

10/01/2016 2 Banco Comerciales Moneda Nacional 38.000,00

25/01/2016 7 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal 955.000,00

8 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal 955.000,00

12/02/2016 15 Banco de Fomento y Desarrollo Moneda de Curso Legal 670.000,00 670.000,00

20/03/2016 33 Banco Comerciales Moneda Nacional 81.180,00

34 Banco Comerciales Moneda Nacional 81.180,00

25/03/2016 39 Banco Comerciales Moneda Nacional 143.916,00

40 Banco Comerciales Moneda Nacional 143.916,00

45 Banco Comerciales Moneda Nacional 678.000,00

27/03/2016 44 Banco Comerciales Moneda Nacional 678.000,00

Total 111.09 2.682.096,00 2.566.096,00 116.000,00

112.13 01/01/2016 1 Fondos de Reposición 6.788,00

24/02/2016 22 Fondos de Reposición 400,00

Total 112.13 7.188,00 7.188,00

112.15 23/02/2016 20 Fondos a Rendir Cuentas 600,00

07/03/2016 29 Fondos a Rendir Cuentas 600,00

Total 112.15 600,00 600,00 0,00

112.70 24/02/2016 21 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios 253,51

23/03/2016 35 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios 531,85

Total 112.70 785,36 785,36

113.11 25/01/2016 6 Cuentas por cobrar impuestos 955.000,00

7 Cuentas por cobrar impuestos 955.000,00

Total 113.11 955.000,00 955.000,00 0,00

113.13 27/03/2016 43 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones 678.000,00

44 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones 678.000,00

Total 113.13 678.000,00 678.000,00 0,00

113.14 12/02/2016 14 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios 670.000,00

15 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios 670.000,00

Total 113.14 670.000,00 670.000,00 0,00

113.18 01/03/2016 25 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones 356.000,00

26 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones 356.000,00

Total 113.18 356.000,00 356.000,00 0,00

113.28 25/03/2016 36 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión 134.000,00

37 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión 134.000,00

Total 113.28 134.000,00 134.000,00 0,00

113.81 18/01/2016 3 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 1.500,00

01/02/2016 11 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 15.240,00

12/02/2016 18 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 4.200,00

25/03/2016 38 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 16.080,00

Total 113.81 37.020,00 37.020,00

125.31 12/02/2016 18 Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes 35.000,00

31/03/2016 48-A Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes 3.547,95

Total 125.31 35.000,00 3.547,95 31.452,05

131.01 01/01/2016 1 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente 12.350,00

01/02/2016 11 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente 45.000,00

31/03/2016 47-A Existencia de bienes de uso y consumo corriente 19.499,00

Total 131.01 57.350,00 19.499,00 37.851,00

132.05 01/01/2016 1 Existencia de Productos Terminados 546.700,00

12/02/2016 17 Existencia de Productos Terminados 246.015,00

Total 132.05 546.700,00 246.015,00 300.685,00

141.01 01/01/2016 1 Bienes Muebles 1.159.241,00

01/02/2016 11 Bienes Muebles 82.000,00

25/03/2016 38 Bienes Muebles 134.000,00

Total 141.01 1.375.241,00 1.375.241,00

141.03 01/01/2016 1 Bienes Inmuebles 1.560.000,00

Total 141.03 1.560.000,00 1.560.000,00

141.99 01/01/2016 1 Depreciación Acumulada 679.810,25

31/03/2016 49-A Depreciación Acumulada 57.623,54

Total 141.99 737.433,79 -737.433,79

213.51 28/01/2016 9 Cuentas por pagar Gastos en Personal 168.000,00

10 Cuentas por pagar Gastos en Personal 134.700,00

05/02/2016 13 Cuentas por pagar Gastos en Personal 28.300,00

24/02/2016 21 Cuentas por pagar Gastos en Personal 5.000,00

28/02/2016 23 Cuentas por pagar Gastos en Personal 158.000,00

24 Cuentas por pagar Gastos en Personal 121.200,00

05/03/2016 27 Cuentas por pagar Gastos en Personal 30.300,00

23/03/2016 35 Cuentas por pagar Gastos en Personal 6.500,00

26/03/2016 41 Cuentas por pagar Gastos en Personal 150.500,00

M A Y O R E S

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Datos

CODIGO FECHA REF. DETALLE Suma de DEBE Suma de HABER Saldo

M A Y O R E S

213.51 26/03/2016 42 Cuentas por pagar Gastos en Personal 150.500,00

28/03/2016 45 Cuentas por pagar Gastos en Personal 152.500,00

46 Cuentas por pagar Gastos en Personal 109.000,00

Total 213.51 585.500,00 629.000,00 -43.500,00

213.53 18/01/2016 3 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 12.500,00

4 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 12.250,00

01/02/2016 11 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo 45.000,00

12 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo 44.550,00

24/02/2016 21 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 250,00

07/03/2016 28 Cuentas por pagar bienes y servicios de consumo 720,00

29 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 720,00

12/03/2016 30 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 210,00

31 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 210,00

23/03/2016 35 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 450,00

Total 213.53 58.430,00 58.430,00 0,00

213.57 12/02/2016 18 Cuentas por Pagar Otros Gastos 35.000,00

22/02/2016 19 Cuentas por Pagar Otros Gastos 34.965,00

23/03/2016 35 Cuentas por Pagar Otros Gastos 35,00

Total 213.57 35.000,00 35.000,00 0,00

213.81 18/01/2016 3 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 1.500,00

4 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 450,00

01/02/2016 11 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 10.668,00 15.240,00

12/02/2016 18 Cuentas por Pagar IVA 4.200,00

22/02/2016 18 Cuentas por Pagar IVA 3.360,00

24/02/2016 21 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 1.050,00

23/03/2016 35 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 5.412,00

25/03/2016 38 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 16.080,00

40 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 11.256,00

Total 213.81 32.196,00 37.020,00 -4.824,00

213.84 01/02/2016 11 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 82.000,00

12 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 81.180,00

20/03/2016 32 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 81.180,00

34 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 81.180,00

23/03/2016 35 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 820,00

25/03/2016 38 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 134.000,00

40 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 132.660,00

Total 213.84 295.840,00 297.180,00 -1.340,00

213.97 01/01/2016 1 Cuentas por pagar Años Anteriores 38.000,00

10/01/2016 2 Cuentas por pagar Años Anteriores 38.000,00

Total 213.97 38.000,00 38.000,00 0,00

223.01 01/02/2016 12 Crèditos Internos 81.180,00

20/03/2016 32 Crèditos Internos 81.180,00

Total 223.01 81.180,00 81.180,00 0,00

611.09 01/01/2016 1 Patrimonio Gobiernos Seccionales 2.892.268,75

Total 611.09 2.892.268,75 -2.892.268,75

621.02 25/01/2016 6 Impuestos sobre la propiedad 955.000,00

Total 621.02 955.000,00 -955.000,00

623.01 27/03/2016 43 Tasas Generales 678.000,00

Total 623.01 678.000,00 -678.000,00

624.02 12/02/2016 14 Venta de Productos y Materiales 670.000,00

Total 624.02 670.000,00 -670.000,00

626.01 01/03/2016 25 Transferencias y Donaciones Corrientes del Sector Público 356.000,00

Total 626.01 356.000,00 -356.000,00

626.23 25/03/2016 36 Donaciones de Capital del Exterior 134.000,00

Total 626.23 134.000,00 -134.000,00

633.01 28/01/2016 9 Remuneraciones básicas 156.000,00

28/02/2016 23 Remuneraciones básicas 146.000,00

28/03/2016 45 Remuneraciones básicas 138.000,00

Total 633.01 440.000,00 440.000,00

633.02 26/03/2016 41 Remuneraciones Complementarias 150.500,00

Total 633.02 150.500,00 150.500,00

633.06 28/01/2016 9 Aportes patronales a la Seguridad Social 12.000,00

28/02/2016 23 Aportes patronales a la Seguridad Social 12.000,00

28/03/2016 45 Aportes patronales a la Seguridad Social 14.500,00

Total 633.06 38.500,00 38.500,00

634.01 12/03/2016 30 Servicios Básicos 210,00

Total 634.01 210,00 210,00

634.02 18/01/2016 3 Bienes de Servicio de Consumo 12.500,00

Total 634.02 12.500,00 12.500,00

634.03 07/03/2016 28 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias 720,00

Total 634.03 720,00 720,00

634.08 31/03/2016 47-A Costo de Venta 19.499,00

Total 634.08 19.499,00 19.499,00

635.04 31/03/2016 48-A Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos 3.547,95

Total 635.04 3.547,95 3.547,95

638.02 12/02/2016 17 Costo de ventas de productos y materiales 246.015,00

Total 638.02 246.015,00 246.015,00

638.51 31/03/2016 49-A Depreciación Bienes de Administración 57.623,54

Total 638.51 57.623,54 57.623,54

911.07 18/01/2016 5 Especies valoradas emitidas 350.000,00

Total 911.07 350.000,00 350.000,00

921.07 18/01/2016 5 Emision de Especies valoradas 350.000,00

Total 921.07 350.000,00 -350.000,00

Total general 14.504.241,85 14.504.241,85 0,00

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CODIGO DENOMINACION DEUDORAS ACREEDORAS DEBITO CREDITO DEBITO CREDITO DEUDOR ACREEDOR

1 111.03 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 171.000,00 - 2.793.000,00 926.971,36 2.964.000,00 926.971,36 2.037.028,64 -

2 111.09 Banco Comerciales Moneda Nacional 154.000,00 - 2.528.096,00 2.566.096,00 2.682.096,00 2.566.096,00 116.000,00 -

3 112.13 Fondos de Reposición 6.788,00 - 400,00 - 7.188,00 - 7.188,00 -

4 112.15 Fondos a Rendir Cuentas 600,00 600,00 600,00 600,00 - -

5 112.70 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios 785,36 - 785,36 - 785,36 -

6 113.11 Cuentas por cobrar impuestos 955.000,00 955.000,00 955.000,00 955.000,00 - -

7 113.13 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones 678.000,00 678.000,00 678.000,00 678.000,00 - -

8 113.14 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios 670.000,00 670.000,00 670.000,00 670.000,00 - -

9 113.18 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones 356.000,00 356.000,00 356.000,00 356.000,00 - -

10 113.28 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 - -

11 113.81 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 37.020,00 - 37.020,00 - 37.020,00 -

12 125.31 Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes 35.000,00 3.547,95 35.000,00 3.547,95 31.452,05 -

13 131.01 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente 12.350,00 45.000,00 19.499,00 57.350,00 19.499,00 37.851,00 -

14 132.05 Existencia de Productos Terminados 546.700,00 - - 246.015,00 546.700,00 246.015,00 300.685,00 -

15 141.01 Bienes Muebles 1.159.241,00 - 216.000,00 - 1.375.241,00 - 1.375.241,00 -

16 141.03 Bienes Inmuebles 1.560.000,00 - - - 1.560.000,00 - 1.560.000,00 -

17 141.99 Depreciación Acumulada - 679.810,25 - 57.623,54 - 737.433,79 - 737.433,79

18 213.51 Cuentas por pagar Gastos en Personal 585.500,00 629.000,00 585.500,00 629.000,00 - 43.500,00

19 213.53 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo 58.430,00 58.430,00 58.430,00 58.430,00 - -

20 213.57 Cuentas por Pagar Otros Gastos 35.000,00 35.000,00 35.000,00 35.000,00 - -

21 213.81 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado 32.196,00 37.020,00 32.196,00 37.020,00 - 4.824,00

22 213.84 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración 295.840,00 297.180,00 295.840,00 297.180,00 - 1.340,00

23 213.97 Cuentas por pagar Años Anteriores - 38.000,00 38.000,00 - 38.000,00 38.000,00 - -

24 223.01 Crèditos Internos 81.180,00 81.180,00 81.180,00 81.180,00 - -

25 611.09 Patrimonio Gobiernos Seccionales - 2.892.268,75 - - - 2.892.268,75 - 2.892.268,75

26 621.02 Impuestos sobre la propiedad - 955.000,00 - 955.000,00 - 955.000,00

27 623.01 Tasas Generales - 678.000,00 - 678.000,00 - 678.000,00

28 624.02 Venta de Productos y Materiales - 670.000,00 - 670.000,00 - 670.000,00

29 626.01 Transferencias y Donaciones Corrientes del Sector Público - 356.000,00 - 356.000,00 - 356.000,00

30 626.23 Donaciones de Capital del Exterior - 134.000,00 - 134.000,00 - 134.000,00

31 633.01 Remuneraciones básicas 440.000,00 - 440.000,00 - 440.000,00 -

32 633.02 Remuneraciones Complementarias 150.500,00 - 150.500,00 - 150.500,00 -

33 633.06 Aportes patronales a la Seguridad Social 38.500,00 - 38.500,00 - 38.500,00 -

34 634.01 Servicios Básicos 210,00 - 210,00 - 210,00 -

35 634.02 Bienes de Servicio de Consumo 12.500,00 - 12.500,00 - 12.500,00 -

36 634.03 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias 720,00 - 720,00 - 720,00 -

37 634.08 Costo de Venta 19.499,00 - 19.499,00 - 19.499,00 -

38 635.04 Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos 3.547,95 - 3.547,95 - 3.547,95 -

39 638.02 Costo de ventas de productos y materiales 246.015,00 - 246.015,00 - 246.015,00 -

40 638.51 Depreciación Bienes de Administración 57.623,54 - 57.623,54 - 57.623,54 -

41 911.07 Especies valoradas emitidas 350.000,00 - 350.000,00 - 350.000,00 -

42 921.07 Emision de Especies valoradas - 350.000,00 - 350.000,00 - 350.000,00

T O T A L E S : 3.610.079,00 3.610.079,00 10.894.162,85 10.894.162,85 14.504.241,85 14.504.241,85 6.822.366,54 6.822.366,54

SUMAS SALDOS

MUNICIPIO "COTACACHI"

BALANCE DE COMPROBACION

Del 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

No.

CUENTAS FLUJOSSALDOS INICIALES

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CODIGO DENOMINACION DEUDORAS ACREEDORAS DEBE HABER DEBE HABER GASTOS RENTAS DEBE HABER

1 111.03 Banco Central del Ecuador Moneda Nacional 2.037.028,64 - 2.037.028,64 - 2.037.028,64 -

2 111.09 Banco Comerciales Moneda Nacional 116.000,00 - 116.000,00 - 116.000,00 -

3 112.13 Fondos de Reposición 7.188,00 - 7.188,00 - 7.188,00 -

4 112.15 Fondos a Rendir Cuentas - - - - - -

5 112.70 Anticipos de Fondos por Recuperar- Pagos realizados en Exceso a Funcionarios 785,36 - 785,36 - 785,36 -

6 113.11 Cuentas por cobrar impuestos - - - - - -

7 113.13 Cuentas por Cobrar Tasas y Contribuciones - - - - - -

8 113.14 Cuentas por cobrar Venta de Bienes y Servicios - - - - - -

9 113.18 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones - - - - - -

10 113.28 Cuentas por Cobrar Transferencias y Donaciones de Capital e Inversión - - - - - -

11 113.81 Cuentas por Cobrar Impuesto al Valor Agregado 37.020,00 - 37.020,00 - 37.020,00 -

12 125.31 Prepagos de Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos-Corrientes 31.452,05 - 31.452,05 - 31.452,05 -

13 131.01 Exis. De Bienes de Uso y consumo Corriente 37.851,00 - 37.851,00 - 37.851,00 -

14 132.05 Existencia de Productos Terminados 300.685,00 - 300.685,00 - 300.685,00 -

15 141.01 Bienes Muebles 1.375.241,00 - 1.375.241,00 - 1.375.241,00 -

16 141.03 Bienes Inmuebles 1.560.000,00 - 1.560.000,00 - 1.560.000,00 -

17 141.99 Depreciación Acumulada - 737.433,79 - 737.433,79 - 737.433,79

18 213.51 Cuentas por pagar Gastos en Personal - 43.500,00 - 43.500,00 - 43.500,00

19 213.53 Cuentas por Pagar Bienes y Servicio de Consumo - - - - - -

20 213.57 Cuentas por Pagar Otros Gastos - - - - - -

21 213.81 Cuentas por pagar Impuesto al Valor Agregado - 4.824,00 - 4.824,00 - 4.824,00

22 213.84 Cuentas por pagar inversiones en bienes de larga duración - 1.340,00 - 1.340,00 - 1.340,00

23 213.97 Cuentas por pagar Años Anteriores - - - - - -

24 223.01 Crèditos Internos - - - - - -

25 611.09 Patrimonio Gobiernos Seccionales - 2.892.268,75 - 2.892.268,75 - - 2.892.268,75

26 621.02 Impuestos sobre la propiedad - 955.000,00 - 955.000,00 - 955.000,00

27 623.01 Tasas Generales - 678.000,00 - 678.000,00 - 678.000,00

28 624.02 Venta de Productos y Materiales - 670.000,00 - 670.000,00 - 670.000,00

29 626.01 Transferencias y Donaciones Corrientes del Sector Público - 356.000,00 - 356.000,00 - 356.000,00

30 626.23 Donaciones de Capital del Exterior - 134.000,00 - 134.000,00 - 134.000,00

31 633.01 Remuneraciones básicas 440.000,00 - 440.000,00 - 440.000,00 -

32 633.02 Remuneraciones Complementarias 150.500,00 - 150.500,00 - 150.500,00 -

33 633.06 Aportes patronales a la Seguridad Social 38.500,00 - 38.500,00 - 38.500,00 -

34 634.01 Servicios Básicos 210,00 - 210,00 - 210,00 -

35 634.02 Bienes de Servicio de Consumo 12.500,00 - 12.500,00 - 12.500,00 -

36 634.03 Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias 720,00 - 720,00 - 720,00 -

37 634.08 Costo de Venta 19.499,00 - 19.499,00 - 19.499,00 -

38 635.04 Seguros, Costos Financieros y Otros Gastos 3.547,95 - 3.547,95 - 3.547,95 -

39 638.02 Costo de ventas de productos y materiales 246.015,00 - 246.015,00 - 246.015,00 -

40 638.51 Depreciación Bienes de Administración 57.623,54 - 57.623,54 - 57.623,54 -

41 911.07 Especies valoradas emitidas 350.000,00 - 350.000,00 - - 350.000,00 -

42 921.07 Emision de Especies valoradas - 350.000,00 - 350.000,00 - - 350.000,00

6.822.366,54 6.822.366,54 - - 6.822.366,54 6.822.366,54 969.115,49 2.793.000,00 5.853.251,05 4.029.366,54

618.03 Resultado del Ejercicio Vigente 1.823.884,51 1.823.884,51

2.793.000,00 2.793.000,00 5.853.251,05 5.853.251,05

MUNICIPIO "COTACACHI"

H O J A D E T R A B A J ODel 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

No.CUENTAS SALDOS AJUSTES BALAN. COMP. AJUSTADO ESTADO DE SIT. FINANCIERAESTADO DE RESULTADOS

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CUENTAS DENOMINACION Año Vigente Año Anterior GUÍA (*)

423.985,00

Venta de Bienes y Servicios 670.000,00 624.01/04

Ventas Internas de Petróleo (Traslado a Filiales) SG 624.31

Ventas Internas de Derivados de Hidrocarburos (Traslado a Petrocomercial) SG 624.33

Venta de bienes producto de la actividad minera SG 624.36

(-) Costo de Venta y Otros) 246.015,00 SG 638.01 / 04 -07

Exportaciones de Petróleo Crudo SG 624.35

(-) Costo de Ventas de Petróleo Crudo SG 638.35

967.523,05

Impuestos 955.000,00 SG 621

Tasas y Contribuciones 678.000,00 SG 623

(-) Gastos en Inversiones Públicas SG 631

(-) Gastos en Remuneraciones 629.000,00 SG 633

(-) Gastos en Bienes y Servicios de Consumo 32.929,00 SG 634

(-) Gastos Financieros y Otros 3.547,95 635.01 - 04/05

Obligaciones no Reconocidas de Ejercicios Anteriores SG 637

490.000,00

Transferencias Recibidas 490.000,00 625.01/04

(-) Transferencias Entregadas 635.02/03-07/08

-57.623,54

Venta de Bienes y Servicios 624.07 - 21/27

(-) Costo de Ventas y Diferidos 638.08 - 21/27-37

(-) Depreciaciones, Amortizaciones y Otros 57.623,54 638.51/93

Rentas de Inversiones y Otros 625.21/24

Actulizaciones y Ajustes de Ingresos SG 629

(-) Actualizaciones y Ajustes de Gastos SG 639

RESULTADO DEL EJERCICIO VIGENTE 1.823.884,51 618.03

RESULTADO DE OPERACIÓN

TRANSFERENCIAS NETAS

OTROS INGRESOS Y GASTOS

Del 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

MUNICIPIO "COTACACHI"

ESTADO DE RESULTADOS

RESULTADO DE EXPLOTACION

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CUENTAS DENOMINACION Año Vigente Año Anterior FLUJOS DE*

ACTIVO

CORRIENTE 2.536.558,00 890.838,00

Disponibilidades 2.153.028,64 325.000,00 SG 111

Anticipo de Fondo 7.973,36 6.788,00 SG 112

Cuentas por Cobrar 37.020,00 SG 113

Inversiones Temporales SG 121

Inversiones Temporales Recibidas en Dación en Pago SG 129

Inversiones para consumo corriente 37.851,00 12.350,00 SG 131

Inversiones para producción 300.685,00 546.700,00 SG 132

NO CORRIENTE

INVERSIONES -

Inversiones Permanentes en Títulos y Valores SG 122

Inversiones en Préstamos y Anticipos SG 123

DEUDORES FINANCIEROS SG 124

OTROS ACTIVOS FINANCIEROS 31.452,05 -

Inversiones Diferidas 31.452,05 SG 125

(-) Amortización Acumulada 125.99

Inversiones No Recuperables SG 126

(-) Provisión Cuentas Incobrables 126.99

Inversiones en Préstamos y Anticipos recibidos en Dación en Pago SG 128

INVERSIONES EN BIENES DE LARGA DURACION 2.197.807,21 2.039.430,75

Bienes en Administración 2.935.241,00 2.719.241,00 SG 141

(-) Depreciación Acumulada 737.433,79 679.810,25 141.99

Bienes de Producción SG 142

(-) Depreciación Acumulada 142.99

Bienes de Infraestructura SG 143

(-) Depreciación Acumulada 143.99

INMOBILIAR - Bienes Inmuebles SG 146

(-) INMOBILIAR - Depreciación Acumulada 146.99

Bienes Declarados en Real Propiedad SG 147

(-) Depreciación Acumulada 147.99

Bienes Concesionados SG 148

(-) Depreciación Acumulada 148.99

Bienes Intangibles SG 149

(-) Amortización Acumulada 149.97

INVERSIONES EN PROYECTOS Y PROGRAMAS - -

Inversiones en Productos y Procesos SG 133

Inversiones en Comercialización y Distribución SG 135

Inversiones en Obras en Proceso SG 151

(-) Aplicación de Gastos de Gestión 151.98

Inversiones en Programas en Ejecución SG 152

(-) Aplicación de Gastos de Gestión 152.98

TOTAL ACTIVO 4.765.817,26 2.930.268,75

CORRIENTE 49.664,00 38.000,00

Depósitos y Fondos de Terceros SG 212

Cuentas por Pagar 49.664,00 38.000,00 SG 213

Títulos y Valores Temporales SG 221

NO CORRIENTE

ENDEUDAMIENTO -

Títulos y Valores Permanentes SG 222

Empréstitos SG 223

FINANCIEROS

Deudores Financieros SG 224

PROVISIONES

Créditos Diferidos SG 225

TOTAL PASIVO 49.664,00 38.000,00

PATRIMONIO

Patrimonio Público 2.892.268,75 2.892.268,75 SG 611

Reservas SG 612

Resultado del Ejercicio Vigente 1.823.884,51 618.03

(-) Disminución Patrimonial SG 619

TOTAL PATRIMONIO 4.716.153,26 2.892.268,75

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 4.765.817,26 2.930.268,75

350.000,00 SG 911

350.000,00 SG 912

NOTAS EXPLICATIVAS:

1.

2.

3.

4.

CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

CUENTAS DE ORDEN

Al 30 de abril de 2016

PASIVO

MUNICIPIO "COTACACHI"

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA

CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

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CÓDIGO DE LA PARTIDA: 1.1.02.01

1.1.02 NOMBRE DE LA PARTIDA A LOS PREDIOS URBANOS

ACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 1.800.000,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

0-ene-00 Apertura del ejercicio PRESUP. 1.800.000,00 1.800.000,00 1.800.000,00

25-ene-14 Recaudación de impuestos 6 1.800.000,00 955.000,00 955.000,00 955.000,00 955.000,00 845.000,00 845.000,00

- 845.000,00 845.000,00

1.800.000,00 955.000,00 955.000,00 845.000,00 845.000,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 1.1.02.06

1.1.02 NOMBRE DE LA PARTIDA DE ALCABALAS

ACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 1.102.500,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 1.102.500,00 1.102.500,00 1.102.500,00

- -

- - -

1.102.500,00 - - 1.102.500,00 1.102.500,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 1.3.01.08

1.3.01 NOMBRE DE LA PARTIDA PRESTACIÓN DE SERVICIOSACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 967.500,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 967.500,00 967.500,00 967.500,00

27-mar-16 P/R Registro cobro prestación servicios 43 967.500,00 678.000,00 678.000,00 678.000,00 678.000,00 289.500,00 289.500,00

- 967.500,00 678.000,00 678.000,00 289.500,00 289.500,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 1.4.02.01

1.4.02 NOMBRE DE LA PARTIDA AGROPECUARIOS Y FORESTALESACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 770.000,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 770.000,00 770.000,00 770.000,00

12-feb-14 Venta 14 770.000,00 670.000,00 670.000,00 670.000,00 670.000,00 670.000,00 100.000,00

- 770.000,00 670.000,00 670.000,00 670.000,00 100.000,00

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADOINGRESO DEVENGADO RECAUDADO

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADOINGRESO DEVENGADO RECAUDADO

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

INGRESO DEVENGADO RECAUDADOFECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO

REF. MODIFICADO CODIFICADO

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

INGRESO DEVENGADO RECAUDADOFECHA DETALLE

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CÓDIGO DE LA PARTIDA: 1.8.01.08

1.8.01 NOMBRE DE LA PARTIDA CUENTAS O FONDOS ESPECIALESACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 560.000,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 560.000,00 560.000,00 560.000,00

1-mar-14 Transferencias Corrientes 26 560.000,00 356.000,00 356.000,00 356.000,00 356.000,00 204.000,00 204.000,00

- 560.000,00 356.000,00 356.000,00 204.000,00 204.000,00

G

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 3.7.01.01

3.7.01 NOMBRE DE LA PARTIDA DE FONDOS DEL GOBIERNO CENTRALACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 325.000,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 325.000,00 325.000,00 325.000,00

2-ene-14 Apertura del ejercicio 1 325.000,00 325.000,00 325.000,00 325.000,00 - 325.000,00

- 325.000,00 325.000,00 325.000,00 - 325.000,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 3.7.01.99

3.7.01 NOMBRE DE LA PARTIDA OTROS SALDOSACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 6.788,00

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

1-ene-16 Apertura del ejercicio PRESUP. 6.788,00 6.788,00 6.788,00

2-ene-14 Apertura del ejercicio 1 6.788,00 6.788,00 6.788,00 6.788,00 - -

- - 6.788,00 6.788,00 6.788,00 - -

CÓDIGO DE LA PARTIDA: 2.8.03.01

2.8.03 NOMBRE DE LA PARTIDA DONACIONES DE CAPITAL DEL SECTOR EXTERNOACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL:

SALDO POR SUPERÁVIT

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO RECAUDAR O DÉFICIT

25-mar-16 Reforma Presupustaria Externa Reforma ####### 134.000,00 134.000,00 134.000,00

25-mar-16 P/R Transferencia de Capital Sector Externo 37 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 - -

- - 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 - -

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADOINGRESO DEVENGADO RECAUDADO

INGRESO DEVENGADO RECAUDADOFECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADOINGRESO DEVENGADO

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADOINGRESO DEVENGADO RECAUDADO

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE INGRESOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL INGRESO

FECHARECAUDADO

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CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.1.01.01

5.1 5.1.01 NOMBRE DE LA PARTIDA SUELDOS

ACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 2.946.500,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO

1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 2.946.500,00 2.946.500,00 2.946.500,00 2.946.500,00

28-ene-14 Sueldo 9 2.946.500,00 156.000,00 156.000,00 2.790.500,00 156.000,00 156.000,00 2.790.500,00 134.700,00 2.811.800,00

5-feb-14 Pago de sueldos 13 2.946.500,00 156.000,00 2.790.500,00 156.000,00 2.790.500,00 16.300,00 2.795.500,00

24-feb-14 Pago impuestos 21 2.946.500,00 156.000,00 2.790.500,00 156.000,00 2.790.500,00 5.000,00 2.790.500,00

28-feb-14 Sueldo 22 2.946.500,00 146.000,00 302.000,00 2.644.500,00 146.000,00 302.000,00 2.644.500,00 121.200,00 2.669.300,00

5-mar-16 P/R Pago de retenciones de sueldos 27 2.946.500,00 302.000,00 2.644.500,00 302.000,00 2.644.500,00 18.300,00 2.651.000,00

23-mar-16 P/R Pago retenciones febrero 2016 35 2.946.500,00 302.000,00 2.644.500,00 302.000,00 2.644.500,00 6.500,00 2.644.500,00

2.946.500,00 302.000,00 2.644.500,00 302.000,00 2.644.500,00 302.000,00 2.644.500,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.1.02.025.1 5.1.01 NOMBRE DE LA PARTIDA DECIMO CUARTO SUELDOACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 125.500,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 125.500,00 125.500,00 125.500,00 125.500,00

26-mar-16 Reforma Interna Reforma 25.000,00 150.500,00 - 150.500,00 - 150.500,00 150.500,00 26-mar-16 P/R Registro pago décimo cuarto 41 150.500,00 150.500,00 150.500,00 - 150500 150.500,00 - 150.500,00 -

- - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - -

25.000,00 150.500,00 150.500,00 - 150.500,00 - 150.500,00 -

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.1.06.015.1 5.1.06 NOMBRE DE LA PARTIDA APORTE PATRONALACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 360.000,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 360.000,00 360.000,00 360.000,00 360.000,00

28-ene-14 Aporte patronal 9 360.000,00 12.000,00 12.000,00 348.000,00 12.000,00 12.000,00 348.000,00 360.000,00 5-feb-14 Pago aporte patronal 13 360.000,00 12.000,00 348.000,00 12.000,00 348.000,00 12.000,00 348.000,00

28-feb-14 Aporte patronal 22 360.000,00 12.000,00 24.000,00 336.000,00 12.000,00 24.000,00 336.000,00 - 348.000,00 5-mar-16 P/R Pago de retenciones de sueldos 27 360.000,00 24.000,00 336.000,00 24.000,00 336.000,00 12.000,00 336.000,00

26-mar-16 Reforma Interna 42 -25.000,00 335.000,00 24.000,00 336.000,00 24.000,00 336.000,00 336.000,00

-25.000,00 335.000,00 96.000,00 336.000,00 24.000,00 336.000,00 24.000,00 336.000,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.01.015.3 5.3.01 NOMBRE DE LA PARTIDA AGUA POTABLEACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 2.004,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 2.004,00 2.004,00 2.004,00 2.004,00

12-mar-16 P/R Reposición Fondo Rotativo 30 2.004,00 50,00 50,00 1.954,00 50 50,00 1.954,00 50,00 1.954,00

- 2.004,00 50,00 1.954,00 50,00 1.954,00 50,00 1.954,00

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOS

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"

AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOS

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

SALDO POR

PAGAR

COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADOMODIFICADO CODIFICADOFECHASALDO POR

DEVENGARDETALLE REF. PAGO

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CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.01.045.3 5.3.01 NOMBRE DE LA PARTIDA ENERGIA ELECTRICAACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 2.544,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 2.544,00 2.544,00 2.544,00 2.544,00

12-mar-16 P/R Reposición Fondo Rotativo 30 2.544,00 75,00 75,00 2.469,00 75 75,00 2.469,00 2.544,00 12-mar-16 P/R Reposición Fondo Rotativo 31 2.544,00 75,00 2.469,00 2.544,00 75,00 2.469,00

- - - - 7.632,00 150,00 2.469,00 75,00 2.544,00 75,00 2.469,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.01.055.3 5.3.01 NOMBRE DE LA PARTIDA TELECOMUNICACIONESACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 4.140,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 4.140,00 4.140,00 4.140,00 4.140,00

12-mar-16 P/R Reposición Fondo Rotativo 30 4.140,00 85,00 85,00 4.055,00 85 85,00 4.055,00 4.140,00 12-mar-16 P/R Reposición Fondo Rotativo 31 4.140,00

- 4.140,00 85,00 4.055,00 85,00 4.055,00 - 4.140,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.02.045.3 5.3.02 NOMBRE DE LA PARTIDA IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y PUBLICACIONACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 10.500,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 10.500,00 10.500,00 10.500,00 10.500,00

18-ene-14 Reforma Presupuestaria Interna 2.000,00 12.500,00 - 12.500,00 - 12.500,00 12.500,00 18-ene-14 Impresión Especies Valoradas 12.500,00 12.500,00 - 12.500,00 12.500,00 - 12.250,00 250,00 24-feb-14 Pago impuestos 21 - - 250,00 -

2.000,00 12.500,00 12.500,00 - 12.500,00 - 12.500,00 -

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.03.035.3 5.3.03 NOMBRE DE LA PARTIDA VIATICOS Y MOVILIZACION INTERIORACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 13.000,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 13.000,00 13.000,00 13.000,00 13.000,00 7-mar-16 P/R Liquidación Viáticos 28 13.000,00 720,00 720,00 12.280,00 720 720,00 12.280,00 720,00 12.280,00

- 13.000,00 720,00 12.280,00 720,00 12.280,00 720,00 12.280,00

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOS

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CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.3.08.045.3 5.3.08 NOMBRE DE LA PARTIDA MATERIALES DE OFICINAACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 300.000,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 300.000,00 300.000,00 300.000,00 300.000,00

18-ene-14 Reforma Presupuestaria Interna -2.000,00 302.000,00 - 300.000,00 - 300.000,00 300.000,00 1-feb-14 Compra Materiales de oficina 11 302.000,00 45.000,00 45.000,00 255.000,00 45000 45.000,00 255.000,00 44.550,00 255.450,00

23-mar-16 P/R Pago retenciones febrero 2016 35 302.000,00 45.000,00 255.000,00 45.000,00 255.000,00 450,00 255.000,00

-2.000,00 302.000,00 90.000,00 45.000,00 255.000,00 45.000,00 255.000,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 5.7.02.015.7 5.7.02 NOMBRE DE LA PARTIDA SEGUROSACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 72.000,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 72.000,00 72.000,00 72.000,00 72.000,00

22-feb-14 Contrato de seguro 18 72.000,00 35.000,00 35.000,00 37.000,00 35.000,00 35.000,00 37.000,00 34.965,00 37.035,00 23-mar-16 P/R Pago retenciones febrero 2016 35 72.000,00 35.000,00 37.000,00 35.000,00 37.000,00 35,00 37.000,00

- 216.000,00 70.000,00 37.000,00 70.000,00 146.000,00 35.000,00 37.000,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 8.4.01.038.4 8.4.01 NOMBRE DE LA PARTIDA MOBILIARIOACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 145.600,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 145.600,00 145.600,00 145.600,00 145.600,00 1-feb-14 Compra de Mobiliario 11 145.600,00 82.000,00 82.000,00 63.600,00 82.000,00 82.000,00 63.600,00 145.600,00

20-mar-16 P/R Deuda Corto Plazo 34 145.600,00 - 82.000,00 63.600,00 82.000,00 63.600,00 81.180,00 64.420,00 23-mar-16 P/R Pago retenciones febrero 2016 35 145.600,00 82.000,00 63.600,00 82.000,00 63.600,00 820,00 63.600,00

- 582.400,00 82.000,00 63.600,00 82.000,00 63.600,00 82.000,00 63.600,00

CÓDIGO DE LA PARTIDA 8.4.02.018.4 8.4.02 NOMBRE DE LA PARTIDA TERRENOACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL: 1.550.000,00

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO1-ene-15 Registro de apertura PRESUP. 1.550.000,00 1.550.000,00 1.550.000,00 1.550.000,00

1.550.000,00 - 1.550.000,00 - - 1.550.000,00 - 1.550.000,00

SALDO POR

PAGAR

COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGOFECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO

SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGOFECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO

SALDO POR

PAGAR

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGOFECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

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CÓDIGO DE LA PARTIDA 8.4.01.078.4 NOMBRE DE LA PARTIDA EQUIPOS SISTEMAS Y PAQUETES INFORMATICOS

ACTIVIDAD: ESTIMACIÓN INICIAL:

PARCIAL ACUMULADO PARCIAL ACUMULADO25-mar-16 Reforma Presupuestaria Externa Reforma 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 25-mar-16 P/R Registro de compra de Equipos Sistema y Paquetes Informaticos 38 134.000,00 134.000,00 - 134.000,00 134.000,00 - 132.660,00 1.340,00

134.000,00 134.000,00 134.000,00 - 134.000,00 - 132.660,00 1.340,00

MUNICIPIO "COTACACHI"AUXILIAR PRESUPUESTARIO DE GASTOSDel 1 de enero al 31 de diciembre de 2016

CLASIFICACIÓN DEL GASTO

FECHA DETALLE REF. MODIFICADO CODIFICADO COMPROMISO SALDO POR

COMPROMETER

DEVENGADO SALDO POR

DEVENGARPAGO SALDO POR

PAGAR

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A B C= ( A + B ) D E= ( C - D ) F G= ( C - D ) >0

ASIGNACION

INICIALREFORMAS CODIFICADO DEVENGADO

SALDO POR

DEVENGARRECAUDADO

SALDO POR

RECAUDAR

1 INGRESOS CORRIENTES 5.200.000,00 5.200.000,00 2.659.000,00 2.541.000,00 2.659.000,00 2.541.000,00

1.1 Impuestos 2.902.500,00 - 1.800.000,00 955.000,00 845.000,00 955.000,00 845.000,00

1.3 Prestación de Servicios 967.500,00 - 967.500,00 678.000,00 289.500,00 678.000,00 289.500,00

1.4 Venta de Bienes y Servicios 770.000,00 - 770.000,00 670.000,00 100.000,00 670.000,00 100.000,00

1.8 Transferencias corrientes 560.000,00 - 560.000,00 356.000,00 204.000,00 356.000,00 204.000,00

2 INGRESOS DE CAPITAL 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 134.000,00 -

2.8 Transferencias y Donaciones de Capital 134.000,00 134.000,00 134.000,00 - 134.000,00 -

3 INGRESOS DE FINANCIAMIENTO 331.788,00 - 331.788,00 331.788,00 - 331.788,00 -

3.7 De Fondos del Gobierno Central 325.000,00 - 325.000,00 325.000,00 - 325.000,00 -

Otros Saldos 6.788,00 6.788,00 6.788,00 - 6.788,00 -

TOTALES 5.531.788,00 134.000,00 5.665.788,00 3.124.788,00 2.675.000,00 3.124.788,00 2.541.000,00

DIRECTOR FINANCIERO CONTADOR

MUNICIPIO "COTACACHI"

CÉDULA PRESUPUESTARIA DE INGRESOSDel 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

CÓDIGO

DE LA

PARTIDA

DENOMINACIÓN

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A B C= ( A + B ) D E F= ( C - D ) G H= ( E - G )

ASIGNACION

INICIALREFORMAS CODIFICADO COMPROMISO DEVENGADO

SALDO POR

DEVENGARPAGADO

SALDO POR

PAGAR

1 GASTOS CORRIENTES 3.836.188,00 3.836.188,00 722.005,00 604.930,00 3.114.183,00 569.845,00 3.266.343,00

5.1 Gastos de Personal 3.432.000,00 - 3.432.000,00 548.500,00 476.500,00 2.955.500,00 476.500,00 2.955.500,00

5.3 Bienes y Servicios de Consumo 332.188,00 - 332.188,00 103.505,00 58.430,00 273.758,00 58.345,00 273.843,00

5.7 Otros Gastos 72.000,00 - 72.000,00 70.000,00 70.000,00 2.000,00 35.000,00 37.000,00

-

8 GASTOS DE CAPITAL 1.695.600,00 134.000,00 1.829.600,00 1.829.600,00 216.000,00 1.613.600,00 214.660,00 1.614.940,00

8.4 Activos de Larga Duración 1.695.600,00 134.000,00 1.829.600,00 216.000,00 216.000,00 1.613.600,00 214.660,00 1.614.940,00

TOTALES 5.531.788,00 134.000,00 5.665.788,00 2.551.605,00 820.930,00 4.727.783,00 784.505,00 4.881.283,00

DIRECTOR FINANCIERO CONTADOR

MUNICIPIO "COTACACHI"

CÉDULA PRESUPUESTARIA DE GASTOSDel 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

CÓDIGO

DE LA

PARTIDA

DENOMINACIÓN

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CODIGO CONCEPTOS PRESUPUESTO REFORMAS EJECUCION SALDO % EJECUCIION

1. INGRESOS CORRIENTES 5.200.000,00 - 2.659.000,00 2.541.000,00 51,13%

113.11 Impuestos 2.902.500,00 955.000,00 1.947.500,00 32,90%

113.13 Tasas y Contribuciones 967.500,00 678.000,00 289.500,00 70,08%

113.14 Venta de Bienes y Servicios 770.000,00 670.000,00 100.000,00 87,01%

113.15 Aporte Fiscal Corriente -

113.17 Rentas de Inversiones y Multas -

113.18 Transferencias y Donaciones Corrientes 560.000,00 356.000,00 204.000,00 63,57%

113.19 Otros Ingresos

2. GASTOS CORRIENTES 3.836.188,00 - 604.930,00 3.231.258,00 15,77%

213.51 Gastos en Personal 3.432.000,00 476.500,00 2.955.500,00 13,88%

213.53 Bienes y Servicios de Consumo 332.188,00 58.430,00 273.758,00 17,59%

213.55 Aporte Fiscal Corriente -

213.56 Gastos Financieros -

213.57 Otros Gastos Corrientes 72.000,00 70.000,00 2.000,00 97,22%

213.58 Transferencias y donaciones Corrientes -

3= 1-2 SUPERAVIT/DEFICIT CORRIENTE 1.363.812,00 - 2.054.070,00 -690.258,00 150,61%

4. INGRESOS DE CAPITAL - 134.000,00 134.000,00 -134.000,00 0%

113.24 Venta de Bienes de Larga Duración

113.25 Aporte Fiscakl de Capital

113.27 Recuperación de Inversiones

113.28 Transferencias y Donaciones de Capital - 134.000,00 134.000,00 - 100,00%

5. GASTOS DE PRODUCCION - -

213.61 Gastos en Personal para Producción

213.63 Bienes y servicios para Producción

213.67 Otros Gastos de Producción

6. GASTOS DE INVERSION - -

213.71 Gastos en Personal para Inversión

213.73 Bienes y servicios para Inversión

213.75 Obras Públicas

213.77 Otros Gastos de Inversión

213.78 Transferencias y Donaciones de capital

7. GASTOS DE CAPITAL 1.695.600,00 134.000,00 216.000,00 -1.479.600,00 12,74%

213.84 1.695.600,00 134.000,00 216.000,00 1.479.600,00 12,74%

8= 4 - (5.6.7) SUPERAVIT/DEFICIT DE INVERSION -1.695.600,00 - -82.000,00 -1.613.600,00 4,84%

9. INGRESOS DE FINANCIAMIENTO 331.788,00 - 331.788,00 - 100,00%

113.36 Financiamineto Público

37. Saldos Disponibles 331.788,00 331.788,00 0,00%

10. APLICACIÓN FINANCIAMIENTO - -

213.96 Amortización Deuda Pública

213.97 Pasivo Circulante

11= 9-10 SUPERAVIT/DEFICIT DE FINANCIAMIENTO 331.788,00 - 331.788,00 - 100,00%

12=3+/- 8+- 11 SUPERAVIT/DEFICIT PRESUPUESTARIO - - 2.303.858,00 2.303.858,00

ESTADO DE EJECUCION PRESUPUESTARIADel 1 de enero AL 31 de diciembre del 2016

MUNICIPIO "COTACACHI"

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CONCEPTOS AÑO VIGENTE AÑO ANTERIOR

(1) FUENTES CORRIENTES 2.659.000,00 - CREDITOS

Impuestos 955.000,00 113.11

Tasas y Contribuciones 678.000,00 113.13

Venta de Bienes y servicios 670.000,00 113.14

Aporte Fiscal Corriente 113.15

Rentas de inversiones y Multas 113.17

Transferencias y Donaciones Corrientes 356.000,00 113.18

Otros Ingresos 113.19

(2) - USOS CORRIENTES 678.930,00 - DEBITOS

Gastos en personal 585.500,00 213.51

Bienes y Servicios de Consumo 58.430,00 213.53

Aporte Fiscal Corriente 213.55

Gastos Financieros 213.56

Otros Gastos Corrientes 35.000,00 213.57

Trasferencias y donaciones Corrientes 213.58

(3) = (1) -(2) SUPERAVIT/DEFICIT CORRIENTES 1.980.070,00 -

(4) FUENTES DE CAPITAL 134.000,00 - CREDITOS

Venta de Bienes y servicios 113.24

Aporte Fiscal de Capital 113.25

Transferencias y Donaciones de Capital 134.000,00 113.28

(5) USOS DEPRODUCCION, INVERSIONES Y CAPITAL 214.660,00 - DEBITOS

Gastos en Personal de Producción 213.61

Bienes y Servicios de Producción 213.63

Otros Gastos de Producción 213.67

Gastos en Personal Para Inversión 213.71

Bienes y Servicios para Inversión 213.73

Obras Públicas 213.75

Otros Gastos de Inversión 213.77

Trasferncias y Donaciones para Inv. 213.78

Bienes de Larga Duración 214.660,00 213.84

Aporte Fiscal de Capital 213.85

Inversiones Financieras 213.87

(-) Recuperación de Inversiones 113.27

Trasferencia y Donacioens de capital

(6)= (4) -(5) SUPERAVIT/DEFICIT DE CAPITAL -80.660,00 -

(7)= (3) *-(6) SUPERAVIT/ DEFICIT BRUTO 1.899.410,00 -

APLICACIÓN DEL SUPERAVIT O FINANCIAMIENTO DEL DEFICIT

(8) FUENTES DE CREDITOS - CREDITOS

Financiamiento Público 113.36

Cobros Pendientes de Años Anteriores - 113.98

(9) - USOS DE FINANCIAMIENTO 38.000,00 DEBITOS

Amortización de la Deuda Pública 213.96

Pagos de Años Anteriores 38.000,00 213.97

(10)= (8) -(9) SUPERAVIT O DEFICIT DE FINANCIAMIENTO -38.000,00

FLUJOS NO PRESUPUESTARIOS - CREDITOS

Cobros IVA - 113.81

Cobros Años Anteriores - 113.83

32.196,00 DEBITOS

Pagos IVA 32.196,00 213.81

Pagos Años Anteriores 213.83

FLUJOS NETOS -32.196,00

VARIACIONES NO PRESUPUESTARIAS -1.829.214,00

De Disponibilidades (SI-SF) -1.828.028,64 SG111

Anticipo de fondos (SI-SF) -1.185,36 SG112

Disminuc. De Disponibilidades (SI-SF)

Depósitos y fondos de terceros (SI-SF) - SG212

VARIACIONES NETAS -1.829.214,00

SUPERAVIT / DEFICIT BRUTO -1.899.410,00

MUNICIPIO "COTACACHI"

ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVODEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016

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FECHA: 18/01/2016 FORM.SEF-DNP-100

CONCEPTO

5.3.02.04 IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y PUBLICACION 10.500 - 10.500 0% 2.000,00 12.500,00 - 12.500,00 0%

5.3.08.04 MATERIALES DE OFICINA 300.000 - 300.000 0% 2.000,00 298.000,00 - 298.000,00 0%

- - - -

TOTAL 310.500,00 - 310.500,00 - 2.000,00 2.000,00 310.500,00 - 310.500,00 -

FECHA: 26/03/2016 FORM.SEF-DNP-100

CONCEPTO

5.1.06.01 APORTE PATRONAL 360.000 24.000,00 336.000 7% 25.000,00 335.000,00 24.000,00 311.000,00 7%

5.1.02.02 DECIMO CUARTO SUELDO 125.500 - 125.500 0% 25.000,00 150.500,00 150.500,00 0%

- - - -

TOTAL 485.500,00 24.000,00 461.500,00 5% 25.000,00 25.000,00 485.500,00 24.000,00 461.500,00 5%

PRESUPUESTO CODIFICADO

AL 31-DIC/2016

(A)

SALDO

C=(A-B)

RELACION%

C=(B/A)

RELACION%

C=(B/A)

MUNICIPIO "COTACACHI"

PRESUPUESTO 2016

REFORMA PRESUPUESTARIA

PARTIDA

EVALUACION PERIODO ENERO - MARZO 2016REFORMA PRESUPUESTARIA

EVALUACION PERIODO ENERO - MARZO 2016

(Valores en miles de dólares) (Valores en miles de dólares)

PRESUPUESTO

CODIFICADO

AL 31-DIC/2016

(A)

EJECUCION

EFECTIVA

(B)

SALDO

C=(A-B)

RELACION%

C=(B/A)

PARTIDAS QUE SE

INCREMENTAN

PARTIDAS QUE

SE DISMINUYEN

MUNICIPIO "COTACACHI"

PRESUPUESTO 2016

REFORMA PRESUPUESTARIA

PARTIDA

EVALUACION PERIODO ENERO - MARZO 2016REFORMA PRESUPUESTARIA

EVALUACION PERIODO ENERO - MARZO 2016

(Valores en miles de dólares) (Valores en miles de dólares)

PRESUPUESTO CODIFICADO

AL 31-DIC/2016

(A)

SALDO

C=(A-B)

RELACION%

C=(B/A)

RELACION%

C=(B/A)

PARTIDAS QUE

SE DISMINUYEN

PRESUPUESTO

CODIFICADO

AL 31-DIC/2016

(A)

EJECUCION

EFECTIVA

(B)

SALDO

C=(A-B)

RELACION%

C=(B/A)

PARTIDAS QUE SE

INCREMENTAN

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