kelly velasquez guia total de salud

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE –SENA DESAROLLO DE LA GUÍA DE APRENDIZAJE Nº 4/575260 Para: NELLY DENISE ORTIZ POVEDA Instructora programa de formación Apoyo Administrativo en Salud Por: KELLY JOHANNA VELÁSQUEZ CERVANTES Aprendiz programa de formación Apoyo Administrativo en Salud Ficha: 625850 CENTRO DE FORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD PROGRAMA APOYO ADMINISTRATIVO EN SALUD Regional Distrito Capital Bogotá D.C. Febrero 23 de 2014

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Guia total de salud

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

DESAROLLO DE LAGUA DE APRENDIZAJE N 4/575260

Para:NELLY DENISE ORTIZ POVEDAInstructora programa de formacin Apoyo Administrativo en Salud

Por:KELLY JOHANNA VELSQUEZ CERVANTESAprendiz programa de formacin Apoyo Administrativo en SaludFicha: 625850

CENTRO DE FORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUDPROGRAMA APOYO ADMINISTRATIVO EN SALUDRegional Distrito CapitalBogot D.C.Febrero 23 de 2014

INTRODUCCION

En esta gua se recordarn unos conceptos claves del Estado Colombiano: funcionamiento, estructura y su relacin en la gestin del proceso de aseguramiento de la poblacin a travs del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), para que el derecho a la salud no sea simple retrica y se convierta en real y efectivo en la vida de los habitantes de Colombia. Para ello el recorrido partir en el reconocimiento de la Constitucin poltica y las leyes reglamentarias propias del sistema de salud.

Se le invita a participar con mucho nimo en cada una de las actividades con el fin de aclarar los conceptos al respecto. Recuerde que el xito de cada una de las actividades depende en gran medida del compromiso y responsabilidad individual en su autoestudio y que le permitir posteriormente aportar al trabajo en equipo.

DESAROLLO DE LA GUA DE APRENDIZAJE N 4/575260

3.ESTRUCTURACION DIDACTICA DE LAS ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

3.1Actividades de Reflexin inicial.

En el desarrollo de la Gua ustedes apropiaran conocimientos bsicos y conceptos claves del Estado Colombiano y su relacin con el aseguramiento de la poblacin colombiana a travs del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

3.2Actividades de contextualizacin e identificacin de conocimientos necesarios para el aprendizaje

Actividad 1:1. 1. Una vez analizados los siguientes cuestionamientos, responda las siguientes preguntas y comprtalas con sus compaeros:1. Relate brevemente tres oportunidades en los que ha ejercido sus derechos constitucionales

Respuesta:

Derecho de Peticin: Reclamos antes empresas de Gas, Telecomunicaciones Derecho a la Salud: Cuando se solicitan citas mdicas Derecho a la educacin: El Proceso de ingreso al SENA

2. Relate brevemente una experiencia en la que se haya vulnerado los derechos en Salud. Explique por qu y cul fue la accin correspondiente para corregir la situacin?

Respuesta:

Una menor muri, al parecer despus de que dos centros mdicos no la atendieron porque su madre no tena carn de la EPS.Derecho Vulnerado: Derecho a la Salud. La accin correspondiente fue: La superintendencia de salud del Valle orden abrir una investigacin por el caso de la muerte de la menor que al parecer, muri por negligencia mdica, despus de que dos hospitales se negaron a atenderla. Fuente: (Diario el pas de Cali)

3. Si usted presencia en otra persona una conducta incorrecta, qu hace? Lo ignora, o qu actitud toma. Regstrelo en un escrito muy concreto.

Respuesta:

Si noto que una persona tiene una conducta incorrecta, le hara un llamado de atencin o una observacin, para que corrija esa actitud.

4. Cuntas constituciones hay en Colombia?Respuesta:Respecto a cuntas constituciones ha tenido Colombia, se ha tenido 9 cartas magnas, incluyendo la que se constituy en 1903 cuando se separ de Panam. Adems, algunas constituciones sufrieron varias reformas, pero se rige por la C.P que est vigente de 1991.

Las Constituciones Politicas de Colombia son:

La C.P. de 1832La C.P. de 1843La C.P. de 1853La C.P. de 1856La C.P. de 1863 (Reforma de 1876)La C.P. de 1886La C.P. de 1903 Separacin de Panam y reformas en 1905, 1910, 1936, 1954, 1957, 1958, 1968 y 1984.La C.P. de 1991 (reforma del 2005).

5. Qu organismos internacionales conoce usted que velen por los derechos humanos?Respuesta: ONU: Organizacin de las Naciones Unidas UNESCO: La Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura (en ingls United Nations Educational, Scientific and Cultural OMS: La Organizacin Mundial de la Salud OPS: La Organizacin Panamericana de la Salud (OPS) OEA: Organizacin de los estados Americanos UNICEF: El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (United Nations Children's Fund).

3.3Actividades de apropiacin del conocimiento (Conceptualizacin y Teorizacin). 1. De acuerdo a la temtica que se desarrolle en la presente gua se considera importante que usted apropie el concepto de los siguientes trminos, indague en la constitucin poltica de Colombia de 1991 y en la bibliografa referida y pertinente que considere necesaria para profundizar y luego resuelva los siguientes planteamientos completando la siguiente matriz:Respuesta:

A.NACINPUEBLOGOBIERNOPODER (PUNTO DE VISTAPOLTICO).

TTULO I DE LOSPRINCIPIOSFUNDAMENTALESArt: 7 El estado reconoce y protege la diversidad tnica y cultural de la nacin colombiana.CAPTULO 2 DE LOSDERECHOS SOCIALES, ECONMICOSY CULTURALESArt:63 Los bienes de uso pblico los Parques naturales, las tierras comunales de grupos tnicos Las tierras de resguardo, el patrimonio arqueolgico de la Nacin y los bienes que determina la ley, son inalienables, imprescriptibles.

Prembulo El pueblo colombiano en ejercicio de su poder soberano, representantado por sus delegatarios al asamblea nacional constituyenteInvocando la proteccin de dios y con el fin de proteger la unidad nacional de fortalecer la unidad de la Nacin y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurdico, democrtico y participativo que garantice un orden poltico, econmico y social justo, y comprometido a impulsar la integracin de la comunidad.CAPITULO IIDEL GOBIERNOARTICULO 200. Corresponde al Gobierno, en relacin con el Congreso:1. Concurrir a la formacin de las leyes, presentando proyectos por intermediode los ministros, ejerciendo el derecho de objetarlos y cumpliendo el deber deSancionarlos con arreglo a la Constitucin.2. Convocarlo a sesiones extraordinarias.3. Presentar el plan nacional de desarrollo y de inversiones pblicas, conformea lo dispuesto en el artculo 150.4. Enviar a la Cmara de Representantes el proyecto de presupuesto de rentasy gastos.5. Rendir a las cmaras los informes que stas soliciten sobre negocios que noDemanden reserva.6. Prestar eficaz apoyo a las cmaras cuando ellas lo soliciten poniendo a suDisposicin la fuerza pblica, si fuere necesario.TITULO IVDE LA ARTICIPACION DEMOCRATICA Y DE LOS PARTIDOS POLITICOS CAPITULO I DE LAS FORMAS DE PARTICIPACION DEMOCRATICAARTICULO 103. Son mecanismos de participacin del pueblo en ejercicio de su soberana: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo Abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley losReglamentar.El Estado contribuir a la organizacin, promocin y capacitacin de lasasociaciones profesionales, cvicas, sindicales, comunitarias, juveniles,benficas o de utilidad comn no gubernamentales, sin detrimento de suautonoma con el objeto de que constituyan mecanismos democrticos deRepresentacin en las diferentes instancias de participacin, concertacin, control y vigilancia de la gestin pblica que se establezcan.

B.DEFINICIN DE ESTADOELEMENTOS DEL ESTADOESTADO DE DERECHOESTADO SOCIAL DE DERECHO

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIATITULO IDE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALESARTICULO 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en formade Repblica unitaria, descentralizada, con autonoma de sus entidadesterritoriales, democrtica, participativa y pluralista, fundada en el respeto de laDignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del inters general.se identifican como elementos tradicionales del Estado, los siguientes: lapoblacin (elemento humano), el territorio (elemento fsico), y la soberana reconocida por otrosEstados1 (elemento internacional). La anterior concepcin es compartida por el Consejo de Estado de Colombia, el cual en el Concepto 1.367 (febrero 28 de 2002), identific como elementos esenciales del Estado. Est formado por dos conceptos estado, como organizacin poltica y el derecho como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad. en estos casos , por lo tanto el poder del estado se encuentra limitado por el estado, el derecho surge por oposicin al estado absolutista , donde el gobierno se encontraba por encima de todos los ciudadanos y poda ordenar y mandar sin ningn otro poder .DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALESARTICULO 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en formade Repblica unitaria, descentralizada, con autonoma de sus entidadesterritoriales, democrtica, participativa y pluralista, fundada en el respeto de ladignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integrany en la prevalencia del inters general.

Actividad 2:2. Indague sobre las formas de organizacin territorial del estado, enfatizando y completando la informacin solicitada en la siguiente matriz conceptual:Respuesta:PREGUNTAESTADO FEDERALESTADO UNITARIO

Qu es?Un estado federado, entidad federativa o entidad federal es, en una de sus acepciones, la entidad subnacional en que se divide una federacin. Se caracteriza por ser una porcin de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque sometidos en ciertos asuntos a las decisiones del poder federal central. Por lo general, los estados subnacionales anteceden al nacional, lo que da coherencia al sistema federal.Es decir, es una unidad delimitada territorialmente que en unin de otras entidades conforman a una nacin. En los sistemas federales las entidades pueden participar en las actividades gubernamentales nacionales y actuar unilateralmente, con un alto grado de autonoma, en las esferas autorizadas en la constitucin, incluso en relacin con cuestiones decisivas y, en cierta medida, en oposicin a la poltica nacional, ya que sus poderes son efectivamente irrevocables. Con el mismo significado que Estado, en este contexto, tambin se utilizan en algunos pases los trminos provincia y blast.En la concepcin federalista los entes que forman la repblica se reservan ciertas decisiones de carcter importante. V.g. en los Estados Unidos, cada Estado federal decide si en su territorio se aplica o no la pena de muerte, mientras que la federacin, los Estados Unidos de Norteamrica no toman una decisin en un sentido u otro para toda la Nacin. No obstante, conforman un gobierno de corte nacional. Una de las diferencias se establece fundamentalmente frente a la existencia o no de rganos con capacidad legislativa. En la Federacin hay un parlamento central y tantos parlamentos cuantos estados conforman la federacin. En el estado unitario slo existe un legislativo y l dicta las leyes a las que est sujeta toda la repblica.El senador liberal risaraldense Rodrigo Rivera defiende esta idea y present, en compaa del representante conservador antioqueo Juan Ignacio Castrilln, un Proyecto de Acto Legislativo por medio del cual pretende que Colombia se convierta en una Repblica Federal y que el Presidente convoque una Asamblea Constituyente que le d forma a este objetivo.Colombia tiene otras particularidades: est organizado en forma de repblica unitaria, descentralizada, con autonoma de sus entidades territoriales.Las repblicas, es decir los Estados democrticos, se organizan de una manera centralista, que llaman unitaria, o de una manera federalista, confederalista (o autonomista). En la primera el poder se organiza con fundamento en la centralidad del poder, de las consideraciones fundamentales del poder; se centralizan las decisiones ms importantes, la unidad se piensa frente al centro. Un Estado unitario es aquel en donde existe un solo centro de poder poltico que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central.Adems, cuenta con un solo poder legislativo, que legisla para todo el pas; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y en cuyo seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdiccin a nivel nacional; un solo poder ejecutivo, que est conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes, etc.); y una sola constitucin poltica, que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. En otras palabras, en el Estado unitario se da la cudruple unidad: unidad de ordenamiento jurdico (derecho), unidad de autoridades gubernativas, unidad de gobernados o destinatarios del ordenamiento jurdico y de las decisiones polticas y unidad de territorio. Fuente: Wikipedia

Cmo est organizado?Existe un Estado Federal (la Federacin) y un conjunto de Estados federados (correspondientes a diferentes secciones territoriales del estado.Existe un nico Estado (representado en la persona jurdica pblica de la Nacin) el cual est organizado en secciones territoriales (representadasPor las entidades territoriales).

Cules son sus principales caractersticas? En el mbito internacional, el Estado federal es uno solo. En el mbito interno, existe una pluralidad poltica, representada por la existencia de los Estados federados. El Estado federal ejerce todas las funciones estatales (existe una Constitucin de la Federaciny rganos que ejercen las funcionesEstatales). Los Estados federados tambin ejercen todas las funciones estatales (legislativa, ejecutiva,judicial) por medio de rganos propios que no estn sometidos a los rganos del EstadoFederal (incluso algunos Estados federados tienen su propia Constitucin que se enmarcaEn la Constitucin de la Federacin). El ejercicio de las funciones del Estado federal,por la Federacin y los Estados federados,Es uno solo. En el mbito interno, existe un nico Estado (representado a escala nacional por la Nacin, y a escala territorial por las entidadesTerritoriales). El Estado unitario ejerce todas las funciones estatales (existe una nica Constitucin, y unas nicas leyes que rigen a toda la poblacin y a todo el territorio del Estado) Las entidades territoriales no pueden darse su propia Constitucin ni sus propias leyes. En las entidades territoriales se administra justicia, pero a travs de organismos que dependenDe las directrices nacionales de la Rama Judicial (organismos desconcentrados). Las entidades territoriales ejercen en su territorio, principalmente, la funcin ejecutiva o administrativa,de acuerdo con lo establecido en laConstitucin y las leyes, por lo cual hacen parte de la Rama Ejecutiva del Poder Pblico y sonUna representacin del Estado a escala territorial. El ejercicio de las funciones del Estado unitario,por la Nacin y las entidades territoriales

Mencione tres ejemplosCanad , Mxico, Brasil , argentinaPortugal ,Chile, Colombia

Imagen que mejor lo representa

Tabla 1. Matriz de conceptos del EstadoActividad 3:3. Investigue la estructura u organizacin del Estado colombiano y esquematcelo en el diagrama de un rbol, sealando los rganos que lo conforman.

Respuesta:

TITULO VDE LA ORGANIZACION DEL ESTADOCAPITULO IDE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO

ARTICULO 113. Son Ramas del Poder Pblico, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial.Adems de los rganos que las integran existen otros, autnomos e independientes, para el cumplimiento de las dems funciones del Estado. Los diferentes rganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armnicamente para la realizacin de sus fines.

El Congreso de la Repblica, estar integrado por el Senado y la Cmara de Representantes.

El Gobierno Nacional est formado por el Presidente de la Repblica, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno.Las gobernaciones y las alcaldas, as como las superintendecias, los establecimientos pblicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la Rama Ejecutiva.

RAMA EJECUTIVA

Del sector central Presidencia de la RepblicaVicepresidencia de la RepblicaMinisteriosEmpresas Industriales y Comerciales del EstadoSuperintendencias y Unidades Administrativas Especiales con Personera Jurdica

Del sector descentralizado por serviciosEmpresas Sociales del EstadoEmpresas Oficiales de Servicios Pblicos DomiciliariosInstitutos Cientficos y TecnolgicosSociedades PblicasSociedades de Economa MixtaEntidades Administrativas Nacionales con Personera Jurdica, Autonoma Administrativa y Patrimonio propio

RAMA LEGISLATIVA

Congreso de la RepblicaSenado de la RepblicaCmara de RepresentantesAsambleas DepartamentalesConcejos Municipales

RAMA JUDICIAL

Fiscala General de la NacinConsejo Superior de la JudicaturaJurisdiccin OrdinariaCorte Suprema de JusticiaTribunales Superiores de Distrito JudicialJuzgados

Jurisdiccin Contencioso-AdministrativaConsejo de Estado Tribunales Administrativos Juzgados Administrativos Jurisdiccin Constitucional Corte Constitucional Jurisdicciones EspecialesJurisdiccin Especial para los Pueblos IndgenasJurisdiccin de Paz

ENTES DE CONTROL

MINISTERIO PBLICO

Procuradura General de la NacinProcuraduras RegionalesProcuraduras Departamentales Procuraduras DistritalesDefensora del PuebloPersoneras Municipales

Contralora General de la RepblicaContraloras DepartamentalesContraloras Distritales y MunicipalesContadura General de la NacinAuditora General de la Repblica

ENTES AUTONOMOS

Banco de la RepublicaComisin de Televisin

ORGANIZACION ELECTORAL

Consejo Nacional ElectoralRegistradura Nacional del Estado Civil Delegaciones DepartamentalesRegistraduras Distritales y Municipales

ORGANIZACION TERRITORIAL

Departamentos, Municipios, DistritosTerritorios IndgenasEntidades descentralizadas locales

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Figura 1. Estructura del Estado4. Dibuje un mapa de Colombia en el que se identifique la Organizacin territorial de Colombia y dentro de l ubique como estn representados los poderes pblicos.

Respuesta:

Organizacin TerritorialColombia est subdividida en 32 departamentos y 4 distritos. Bogot Distrito capital, el Distrito Turstico y cultural de Cartagena de Indias, el Distrito turstico y cultural e histrico de Santa Marta y el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.

Tipo de gobiernoRepblica Democrtica. Presidente Juan Manuel SantosConstitucin poltica 5 de Junio de 1991.

Organizacin del poder pblico

De acuerdo con la constitucin vigente (de 1991) Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de repblica unitaria, en donde el poder pblico se encuentra separado en tres ramas Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

A. Poder Ejecutivo:

El Presidente y el Vicepresidente son elegidos para un perodo de cuatro aos por la mitad ms uno de los votos emitidos en votacin popular directa. Los ministros son determinados por el presidente.

B. Poder Legislativo:

El parlamento bicameral de Colombia es el Congreso y est compuesto por el Senado (102 escaos en circunscripcin nacional) y la Cmara de Representantes (166 escaos con circunscripcin regional proporcional a la poblacin de cada departamento y el distrito capital. Cinco de esos escaos pertenecen a sectores minoritarios como indgenas, negritudes (afrocolombianos) y colombianos en el exterior). Los miembros de ambas cmaras legislativas son elegidos por voto popular para cumplir un perodo de cuatro aos.

C. Poder Judicial

Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo de Estado, Tribunales y Juzgados y Corte Electoral. La respectiva corporacin nombra a los magistrados, a partir de listas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura.

Otros Representantes

Los departamentos tienen gobernadores y legisladores propios elegidos por votacin popular. Adicionalmente, cada ciudad o municipio cuenta con un alcalde elegido por votacin popular.Figura 2. Representacin Poderes PblicosREPRESENTACION PODERES PUBLICOSORGANIZACIN TERRITORIAL

ORGANIZACIN TERRITORIALRAMAS DEL PODER PUBLICOENTES DE CONTROLORGANOS ELECTORALES

EJECUTIVALEGISLATIVAJUDICIAL

NIVEL NACIONALGobierno Central Presidente Vicepresidencia de la RepblicaMinisteriosCongreso de la RepblicaSenado de la RepblicaCmara de RepresentantesFiscala General de la NacinConsejo Superior de la JudicaturaJurisdiccin OrdinariaCorte Suprema de JusticiaProcuradura General de la NacinContralora General de la RepblicaContadura General de la NacinAuditora General de la RepblicaConsejo Nacional ElectoralRegistradura Nacional del Estado Civil

NIVEL DEPARTAMENTALGobernadoresSecretarios de gabineteLas Asambleas departamentalesTribunal superior del distrito judicial y de lo Contencioso administrativoMagistradosProcuraduras Departamentales Contraloras DepartamentalesOrganizacin ElectoralDelegaciones Departamentales

NIVEL MUNICIPALEjecutivaAlcaldesSecretarios de gabineteConcejos MunicipalesLos jueces del circuitoPersoneras MunicipalesContraloras MunicipalesRegistraduras Municipales

NIVEL TERRITORIOS INDIGENASJefe Indgena - CaciqueCabildos IndgenasJueces IndgenasJurisdiccin Especial para los Pueblos IndgenasEtnias IndgenasEtnias Indgenas

Tabla 2. Representacin de los Poderes Pblicos

Actividad 4:

5. Consulte los artculos constitucionales referentes a los organismos u rganos de control del Estado, resaltando cules actan en el SGSSS; luego en el organizador de conocimiento de su eleccin plasme esa informacin. Respuesta: El Sistema general de seguridad social en salud SGSSS fue creado mediante la Ley 100 del 23 de diciembre de 1993, con el objeto de dotar de una nueva organizacin al sector salud, de modo que se hiciera posible la gradual y progresiva ampliacin de coberturas y el acceso a la salud para toda la poblacin del pas. A su vez, esta transformacin implic el rediseo de la estructura existente hasta el momento, en gran parte definida por la Ley 10 de 1990 y la Ley 60 de 1993 y la Ley 715 de 2001.

La regulacin en el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia, de manera similar a como lo plantea la OMS (2000), es una de las funciones vitales y, ms an, para el modelo de mercado adoptado en la reforma constituye el elemento indispensable de engranaje de todos los agentes, para evitar los efectos nocivos caractersticos de los mercados de salud, pues este permea todas las esferas de intercambio: el aseguramiento, la provisin de servicios y el financiamiento.

Artculo 46: El Estado, la sociedad y la familia concurrirn para la proteccin y la asistencia de las personas de la tercera edad y promovern su integracin a la vida activa y comunitaria. Artculo 48: Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.El Estado, con la participacin de los particulares, ampliar progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprender la prestacin de los servicios en la forma que determine la Ley.La Seguridad Social podr ser prestada por entidades pblicas o privadas, de conformidad con la ley. No se podrn destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella.La ley definir los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante. Artculo 49: La atencin de la salud y el saneamiento ambiental son servicios pblicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promocin, proteccin y recuperacin de la salud.Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestacin de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Tambin, establecer las polticas para la prestacin de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. As mismo, establecer las competencias de la Nacin, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los trminos y condiciones sealados en la ley.Los servicios de salud se organizarn en forma descentralizada, por niveles de atencin y con participacin de la comunidad.La ley sealar los trminos en los cuales la atencin bsica para todos los habitantes ser gratuita y obligatoria. Artculo 50: Todo nio menor de un ao que no est cubierto por algn tipo de proteccin o de seguridad social, tendr derecho a recibir atencin gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado. La ley reglamentar la materia.

Artculo 64 : Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educacin, salud, vivienda, seguridad social, recreacin, crdito, comunicaciones, comercializacin de los productos, asistencia tcnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Artculo 366: El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin son finalidades sociales del Estado. Ser objetivo fundamental de su actividad la solucin de las necesidades insatisfechas de salud, de educacin, de saneamiento ambiental y de agua potable. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

Figura 3. Artculos de la C.P.C. que actan en el SGSSS

Actividad 5:6. Realice un mentefacto conceptual sobre la centralizacin, descentralizacin, delegacin y desconcentracin, designando una imagen a cada una. Figura 4. Mentefacto Modelos de Estado

7. Elabore un cuadro comparativo de cada una de las Ramas del Poder Pblico teniendo en cuenta competencias del ente territorial, corporacin legislativa, tenga en cuenta la forma de eleccin, nmero de miembros y funcin principal.

CUADRO COMPARATIVO DE LAS RAMAS DEL PODER PUBLICO

ENTE TERRITORIALRAMAS DEL PODER PUBLICOENTES DE CONTROLORGANOS ELECTORALES

EJECUTIVALEGISLATIVAJUDICIAL

NIVEL NACIONALGobierno Central Presidente Vicepresidencia de la RepblicaMinisteriosCongreso de la RepblicaSenado de la RepblicaCmara de RepresentantesFiscala General de la NacinConsejo Superior de la JudicaturaJurisdiccin OrdinariaCorte Suprema de JusticiaMinisterio PblicoContralora General de la RepblicaContadura General de la NacinAuditora General de la RepblicaConsejo Nacional ElectoralRegistradura Nacional del Estado Civil

NIVEL DEPARTAMENTALGobernadoresSecretarios de gabineteLas Asambleas departamentalesTribunal superior del distrito judicial y de lo Contencioso administrativoMagistradosProcuraduras Departamentales Contraloras DepartamentalesOrganizacin ElectoralRegistradores Departamentales

NIVEL MUNICIPALEjecutivaAlcaldesSecretarios de gabineteConcejos MunicipalesLos jueces del circuitoPersoneras MunicipalesContraloras MunicipalesRegistraduras Municipales y AuxiliaresDelegados

NORMAS ORGANICAS Decreto 1680 de 1991 (julio 3) Reorganiza el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica. Decreto 2884 de 1991 (diciembre 26) Crea la Direccin del Programa Presidencial para la Reinsercin. Decreto 326 de 1992 (febrero 21) Establece unidades principales y auxiliares de la Subjefatura del DAPRE y se sealan sus funciones y responsabilidades. Decreto 722 de 1992 (abril 30) Modifica parcialmente el Decreto 326/92, establece una unidad auxiliar de la Subjefatura del DAPRE y seala sus funciones y responsabilidades.

Ley 05 de 1992 (junio 17) Expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cmara de Representantes. Ley 186 de 1995 (marzo 20) Crea la Unidad de Trabajo Legislativo UTL tres Comisiones especiales Ley 475 de 1998 (septiembre 7) Crea las Oficias Coordinadoras de Control Disciplinario de Senado y Cmara. Ley 974 de 2005 (julio 22) Por la cual se reglamenta la actuacin en bancadas de los miembros de las corporaciones pblicas y se adecua el Reglamento del Congreso al Rgimen de Bancadas. Ley 270 de 1996 (Marzo 7) Estatutaria de la Administracin de Justicia Decreto 2637 de 2004 (agosto 19) Por el cual se desarrolla el Acto Legislativo nmero 03 de 2002. Decreto 2697 de 2004 (agosto 24) Por el cual se corrigen yerros tipogrficos del Decreto 2637 del 19 de agosto de 2004 por el cual se desarrolla el Acto Legislativo nmero 03 de 2002. Ley 1149 de 2007 (julio 13) por la cual se reforma el Cdigo Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social para hacer efectiva la oralidad en sus procesos. Ley 497 de 1999 (febrero 10) Por la cual se crean los jueces de paz.

Ley 106 de 1993: Se dictan normas sobre organizacin y funcionamiento de la contralora general de la repblica, se establece su estructura orgnica, se determina la organizacin y funcionamiento de la auditoria externa, se organiza el fondo de bienestar social, se determina el sistema de personal, se desarrolla la carrera administrativa especial y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 41158 Decreto 267 de 2000 (febrero 22) Por el cual se dictan normas sobre organizacin y funcionamiento de la Contralora General de la Repblica, se establece su estructura orgnica. Ley 28 de 1979 (mayo 16) Conforma la Organizacin Electoral y crea la Corte Electoral.

Ley 96 de 1985 (noviembre 21) Modifica las leyes 28 de 1979 y 85 de 1981, el cdigo contencioso administrativo, se otorgan facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2241 de 1986 (julio 15) Se adopta el Cdigo Electoral. Ley 06 de 1990 (enero 5) Reforma el decreto 2241 de 1986 (Cdigo Electoral) y se dictan otras disposiciones.

EJECUTIVALEGISLATIVAJUDICIALENTES DE CONTROLORGANOS ELECTORALES

OBJETIVOLa rama ejecutiva representa al gobierno y est compuesta por las gobernaciones, las alcaldas, las superintendencias, los establecimientos pblicos y las empresas industriales o comerciales del Estado.

El presidente de la Repblica de Colombia es el jefe del Estado, el jefe del gobierno y por ende es la suprema autoridad administrativa. Corresponde al Congreso de la Repblica reformar la Constitucin, hacer las leyes y ejercer control poltico sobre el gobierno y la administracin. El Congreso de la Repblica estar integrado por el Senado y la Cmara de Representantes.Es la parte de la funcin pblica que cumple el Estado encargada por la Constitucin Poltica y la Ley de hacer efectivos los derechos, obligaciones, garantas y libertades consagrados en ellas, con el fin de realizar la convivencia social, lograr y mantener la concordia nacional.Ejercer en representacin de la comunidad la vigilancia de la gestin fiscal de la administracin y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nacin, evaluar los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado en la correcta, eficiente, econmica, eficaz y equitativa administracin del patrimonio pblico, de los recursos naturales y del medio ambiente. Perfeccionar el proceso y la organizacin electorales para asegurar que las votaciones traduzcan la expresin libre, espontnea y autntica de los ciudadanos y que los escrutinios sean reflejo de los resultados de la voluntad del elector expresado en las urnas.El Consejo Nacional Electoral tendr a su cargo la suprema inspeccin y vigilancia de la organizacin electoral y en el ejercicio de estas atribuciones cumplir las funciones que le asignen las leyes.

FUNCIONES Funciones del Presidente como Jefe de Estado:

1.Representar al pas internacionalmente

2. Suscribir tratados con otros pases

3. Elegir los embajadores que representarn a Colombia en el exterior

Funciones del Presidente como Jefe de Gobierno:

1. Es el encargado de la conduccin poltica del pas tanto en el orden nacional como en el internacional

2. Nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho y a los Directores de Deptos. Administrativos.

3. Dirigir la fuerza pblica y dispone de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la Repblica.

4. Promulgar, obedecer y sancionar las leyes.

5. Ejercer la inspeccin y vigilancia de la enseanza conforme a la ley.

6. Funciones del Presidente como suprema autoridad administrativa:

7. Dictar la ley del Banco de la Repblica.

8. Decidir el Plan Nacional de Desarrollo y de inversiones pblicas

9. Nombrar a los presidentes, directores o gerentes de los establecimientos pblicos

Funciones del Presidente como suprema autoridad administrativa:

1. Dictar la ley del Banco de la Repblica.

2. Decidir el Plan Nacional de Desarrollo y de inversiones pblicas

3. Nombrar a los presidentes, directores o gerentes de los establecimientos pblicos

4. Velar por la estricta recaudacin y administracin de las rentas y caudales pblicos y decretar su inversin de acuerdo con las leyes.

5. Celebrar los contratos que le correspondan con sujecin a la Constitucin y la ley.

6. Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspeccin, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades de carcter financiero y burstil, o de cualquier otra que est relacionada con manejo, aprovechamiento e inversin de recursos pblicos.

7. Velar por la estricta recaudacin y administracin de las rentas y caudales pblicos y debe decretar su inversin de acuerdo con las leyes. El Congreso de la Repblica cumple:

1. Funcin Constituyente, para reformar la Constitucin Poltica mediante actos legislativos.2. Funcin legislativa, para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y cdigos en todos los ramos de la legislacin.3. Funcin de control poltico, para requerir y emplazar a los Ministros del Despacho y dems autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La mocin de censura y la mocin de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad poltica.4. Funcin judicial, para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad poltica.5. Funcin electoral, para elegir Contralor General de la Repblica, Procurador General de la Nacin, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la Repblica, cuando hay falta absoluta.6. Funcin administrativa, para establecer la organizacin y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cmara de Representantes.7. Funcin de control pblico, para emplazar a cualquier persona, natural o jurdica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisin adelante.8. Funcin de protocolo, para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.

Son Funciones de la cmara de Representantes:

1. Elegir al Defensor del Pueblo.2. Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto del tesoro que le presente el Contralor General de la Repblica.3. Acusar ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la Repblica o a quien haga sus veces, a los Magistrados de la Corte Constitucional, a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura, a los Magistrados del Consejo de Estado y al Fiscal General de la Nacin.

Son Funciones del Senado de la Republica:

1. Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la Repblica o el Vicepresidente.2. Conceder licencia al Presidente de la Repblica para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad.3. Declarar el abandono del cargo y la incapacidad fsica permanente del Presidente.4. Decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la Repblica.5. Elegir los Magistrados de Corte Constitucional.6. Elegir al Procurador General de la Nacin.7. Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de la Fuerza Pblica, hasta el ms alto grado. Son funciones de la Comisin Interinstitucional de la Rama Judicial:

1. Contribuir a la coordinacin de las actividades de los diferentes organismos administrativos de la Rama Judicial.2. Solicitar informes al auditor responsable de dirigir el sistema de control interno de la Rama Judicial.3. Emitir concepto previo para el ejercicio de las facultades previstas, los numerales 5, 9, 16 y 23 del artculo 85 de la presente Ley que le corresponde cumplir a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.4. Emitir concepto previo sobre el proyecto de presupuesto unificado y sobre el proyecto del plan sectorial de desarrollo para la Rama Judicial antes de que sean adoptados por la Sala Administrativa y el Consejo en pleno respectivamente.5. Dictar su propio reglamento y el de las Comisiones Seccionales interinstitucionales de la Rama Judicial.

Son funciones del Consejo de la Judicatura:

Le corresponde la administracin de la Rama Judicial y ejercer la funcin disciplinaria.

Son Funciones de la Fiscala General de la Nacin:

1. Asegurar la comparecencia al proceso de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento.2. Si fuere del caso, tomar las medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnizacin de los perjuicios ocasionados por el delito.3. Dirigir y coordinar las funciones de Polica Judicial que en forma permanente cumple la Polica Nacional, dems organismos previstos en al Ley en los restantes entes pblicos a los cuales de manera transitoria el Fiscal General les haya atribuido tales funciones.4. Velar por la proteccin de la vctima, testigos e intervinientes en el proceso.5. Cumplir las dems funciones que le establezca la Ley.

Corresponde a la Fiscala General de la Nacin:

De oficio mediante denuncia o querella por peticin del Procurador General de la Nacin, del Defensor del Pueblo o por informe del servidor pblico Investigar los delitos, declarar precluidas las investigaciones realizadas, calificar mediante acusacin de los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes, excepto los delitos cometidos por miembros de la fuerza pblica en servicio activo y en relacin con el mismo servicio.

La Contralora General de la Nacin cumple:

1. Ejercer la vigilancia de la gestin fiscal del Estado a travs, entre otros, de un control financiero, de gestin y de resultados, fundado en la eficiencia, la economa, la equidad y la valoracin de los costos ambientales.2. Ejercer la vigilancia de la gestin fiscal conforme a los sistemas de control, procedimientos y principios que establezcan la Ley y el Contralor General de la Repblica mediante resolucin.3. Ejercer el control posterior sobre las cuentas de cualquier entidad territorial en los casos previstos por la Ley.4. Ejercer funciones administrativas y financieras propias de la entidad para el cabal cumplimiento y desarrollo de las actividades de la gestin del control fiscal.

El Procurador General de la Nacin cumple las siguientes funciones:

1. Representar a la Procuradura General de la Nacin ante las autoridades del poder pblico y los particulares.2. Formular las polticas generales y criterios de intervencin del Ministerio Pblico en materia de control disciplinario, vigilancia superior con fines preventivos, actuacin ante las autoridades administrativas y judiciales y centros de conciliacin, y promocin, proteccin y defensa de los derechos humanos.3. Expedir, en ejercicio de la suprema direccin del Ministerio Pblico, los actos administrativos, rdenes y directrices necesarios para sealar las polticas generales y criterios orientadores de actuacin de la Defensora del Pueblo en la promocin, ejercicio y divulgacin de los derechos humanos.

4. Rendir anualmente informe de su gestin al Congreso de la Repblica.5. Ejercer directamente las funciones sealadas en el artculo 278 de la Constitucin Poltica.6. Asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuradura General de la Nacin.

Son Funciones de la Defensora del Pueblo:

Disear y adoptar con el Procurador General de la Nacin las polticas de promocin y divulgacin de los Derechos Humanos en el pas, en orden a tutelarlos y defenderlos.

3. Dirigir y coordinar las labores de las diferentes dependencias que conforman la Defensora del Pueblo.4. Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violacin a los Derechos Humanos y para velar por su promocin y ejercicio. El Defensor podr hacer pblicas tales recomendaciones e informar al Congreso sobre la respuesta recibida. 5. Realizar diagnsticos de alcance general sobre situaciones econmicas, sociales, culturales, jurdicas y polticas, en las cuales se puedan encontrar las personas frente al Estado. Son funciones del Consejo Nacional Electoral:

1. Elegir al Registrador Nacional del Estado Civil y a quien haya de reemplazarlo en sus faltas absolutas o temporales.Remover al Registrador Nacional del Estado Civil por parcialidad poltica o por cualquiera de las causales establecidas en la Ley.2. Designar sus delegados para que realicen los escrutinios generales en cada Circunscripcin Electoral.3. Aprobar el presupuesto que le presente el Registrador Nacional del Estado Civil, as como sus adiciones, traslaciones, crditos y contracrditos.

4. Aprobar nombramientos de Secretario General, Visitadores Nacionales, Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil y registradores Distritales de Bogot.

Son funciones de la Registradura Nacional del estado Civil:

1. Proponer las iniciativas sobre proyectos de ley y presentarlos a consideracin del Consejo Nacional Electoral por conducto del Registrador Nacional, as como los decretos y dems normas relacionadas con la funcin de registro civil.2. Adoptar las polticas del registro civil en Colombia y atender lo relacionado con la adopcin, ejecucin y control de los planes y programas propios del registro civil con miras a garantizar su ptimo funcionamiento.

3. Expedir las copias de registro civil de las personas que sean solicitadas de conformidad con las leyes vigentes.4. Atender el manejo, clasificacin, archivo y recuperacin de la informacin relacionada con el registro civil.5. Difundir las normas y procedimientos a seguir dentro del proceso de registro civil y adelantar campaas y programas de capacitacin en la materia.6. Coordinar y armonizar con los dems organismos y entes del Estado las polticas, desarrollo y consulta en materia de registro civil.9. Adelantar inspeccin y vigilancia de los servicios de registro del estado civil de las personas.

FORMA ELECCIONEl Presidente, Vicepresidente, Gobernador, Alcalde, son elegidos por voto popular por un periodo de 4 aosEsta rama de los poderes pblicos est compuesta por el Congreso de la Repblica: la Cmara de Representantes y el Senado de la Repblica. Sus integrantes son elegidos por medio del voto popular y cada uno de ellos, representantes y senadores, tiene el mismo nivel de poder y de responsabilidad dentro de sus instituciones.El Congreso tiene la funcin de elegir a los Magistrados de la Sala JurisdiccionalDisciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.Est compuesta por seis organismos: la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones Especiales y la Fiscala General de la Nacin.

Tanto los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia como los del Consejo de Estado sern nombrados segn las listas que enva el Consejo Superior de la Judicatura.El Senado de la Republica tiene la funcin de elegir los Magistrados de la Corte Constitucional.El Senado de la Repblica tiene la funcin de elegir al Procurador General de la Nacin

La Cmara de Representantes tiene la funcin de elegir al Defensor del Pueblo

El Congreso de la Repblica tiene la Funcin de elegir al Contralor de la Repblica1. El Consejo Nacional Electoral ser elegido por el Congreso de la Repblica en pleno, que sern elegidos para un perodo institucional de cuatro (4) aos, mediante el Sistema de Cifra Repartidora, previa postulacin de los partidos o movimientos polticos con Personera Jurdica o por coaliciones entre ellos.2. El Registrador Nacional del Estado Civil ser escogido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de mritos organizado segn la ley.

Su perodo ser de cuatro (4) aos, deber reunir las mismas calidades que exige la Constitucin Poltica para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y no haber ejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos polticos dentro del ao inmediatamente anterior a su eleccin.

Podr ser reelegido por una sola vez y ejercer las funciones que establezca la ley, incluida la direccin y organizacin de las elecciones, el registro civil y la identificacin de las personas, as como la de celebrar contratos en nombre de la Nacin, en los casos que aquella disponga.

NUMERO MIEMBROSPresidencia de la RepblicaVicepresidencia de la RepblicaMinisteriosEmpresas Industriales y Comerciales del EstadoSuperintendencias y Unidades Administrativas Especiales con Personera Jurdica1. El Senado de la Repblica est compuesto por 102 miembros, 100 son elegidos por voto popular y dos representan a las comunidades indgenas.2. La Cmara cuenta con 166 representantes de los cuales 161 son elegidos en los departamentos y en el Distrito Capital. Los otros cinco representantes ocupan unas curules especiales: dos para las comunidades afrodescendientes una para las comunidades indgenas, una representa a los colombianos que viven en el exterior y otra curul es para las minoras polticas.El Consejo de Estado est compuesto por un nmero impar de magistrados, el cual es determinado por la ley. Los magistrados no pueden ser reelegidos.La Corte Constitucional est compuesta por un nmero impar de miembros, los cuales son escogidos por el Senado de la Repblica para periodos de ocho aos. Tampoco pueden ser reelegidos.Procurador General de la Nacin

Defensor del Pueblo

Contralor de la RepblicaEl Consejo Nacional Electoral se compondr de nueve (9) miembros Que sern servidores pblicos de dedicacin exclusiva, tendrn las mismas calidades, inhabilidades, incompatibilidades y derechos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y podrn ser reelegidos por una sola vez.

Un Registrador Nacional del Estado Civil.

Registradores Departamentales.

Registradores Municipales.

EJECUTIVALEGISLATIVAJUDICIALENTES DE CONTROLORGANOS ELECTORALES

Tabla 2. Tabla del Cuadro Comparativo Ramas del poder Pblico

Actividad 6:8. Realice un glosario de los siguientes trminos jurdicos y polticos: posteriormente y con los trminos buscados elabore un crucigrama para ser compartido con sus compaeros (6 grupos). Agrpese con otros compaeros y mantenga la estructura inicial de trabajo de binomios.

Acto administrativo Decreto LeyJurisprudencia ResolucinLegitimidadSentenciaSoberanaLeyDeberes Constitucin PolticaDerechosDemocraciaLegalidad

El acto administrativo:Es el medio a travs del cual la administracin pblica cumple sus objetivos de satisfacer los intereses colectivos o inters. Es la finalizacin de la voluntad administrativas y debe ser dictado de conformidad con el principio de legalidad. Fuente: www.wikipedia.com.co

Democracia:Significa poder del pueblo, se trata de un sistema de gobernacin en la que todas las decisiones polticas importantes estn con el pueblo que eligen a sus representantes mediante votacin. Se trata de un sistema de gobierno que puede existir en el sistema presidencial donde el presidente es el mximo representante del pueblo o sistema parlamentario.El artculo 40 reza de manera textual: Que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformacin, ejercicio, control del poder poltico para ejercer este derecho, puede: Elegir o ser elegido Tomar parte en elecciones, plebiscitas, referendos, consultas populares, entre otras. Legitimidad: Es un trmino utilizado en la teora del derecho en ciencia poltica y la filosofa se define la cualidad ser conforme a un mandato legal a la justicia, en la razn o cualquier otro mandato el proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad. En nuestra constitucin en nuestra constitucin esas referencias se hacen en los art: 24, 80, 81, 29, 32, 70.Fuente: www.wikipedia.com.co

Soberana: Es un derecho que tiene el pueblo a elegir a su gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio, segn esto, habra que considerar el derecho que se tiene frente a alguien y porque alguien le concede, en consecuencia habra que convenir en que la soberana ms que un derecho es el poder y se reza en nuestra constitucin: artculo 3 Constitucin poltica: Es nuestra mxima ley, como ella misma lo dice, es la norma de normas, en otras palabras es un conjunto de reglas que establecen la forma en que debemos comportarnos todos los que vivimos en Colombia, para que exista bienestar y todos los que viven en paz. La constitucin poltica adems de todos los deberes, establece una organizacin del estado, cuntos y cules son las ramas del poder pblico y que tareas hacen cada una de ellas para poder cumplir con sus fines.Fuentes: www.senado.org

Derecho: Es el orden normativo constitucional de la conducta humana y sociedad, inspirado en postulados de justicia y certeza jurdica cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carcter en un lugar o momento dado, en otras palabras son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. Fuentes: www.wikipedia.com

Ley: Es una norma jurdica dictada por el legislador, es decir un precepto establecido por la autoridad competente y que se manda y se prohbe algo en consonancia con la justicia. Su cumplimiento trae aparejada una sancin. La ley es una norma dictada por una autoridad que a todos ordena, prohbe o permite y a la cual todos deben obediencia. Artculo 5.Fuente: www.wikipedia.com

Jurisprudencia: Es la doctrina establecida por los rganos judiciales del Estado (por lo general, el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia) que se repiten en ms de una resolucin. Esto significa que para conocer el contenido completo de las normas vigentes, hay que considerar cmo han sido aplicadas en el pasado. En otras palabras, la jurisprudencia es el conjunto de sentencias que han resuelto casos fundamentndose en ellas mismas.Fuente: www.wikipedia.com

Deberes:El trmino deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligacin moral o tica. Fuente: www.definicionabc.com

Resolucin judicial:Es el acto procesal proveniente de un tribunal, mediante el cual resuelve las peticiones de las partes, o autoriza u ordena el cumplimiento de determinadas medidas.Dentro del proceso, doctrinariamente se le considera un acto de desarrollo, de ordenacin e impulso o de conclusin o decisin.Las resoluciones judiciales requieren cumplir determinadas formalidades para validez y eficacia, siendo la ms comn la escrituracin o registro (por ejemplo, en audio), segn sea el tipo de procedimiento en que se dictan.Fuente: www.wikipedia.com

Decreto:Es un tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo y que, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerrquicamente inferior a las leyes.Esta regla general tiene sus excepciones en casi todas las legislaciones, normalmente para situaciones de urgente necesidad, y algunas otras especficamente tasadas.Fuente: www.wikipedia.com

Legalidad:Es un principio fundamental conforme al cual todo ejercicio del poder pblico debera estar sometido a la voluntad de la ley y de su jurisdiccin y no a la voluntad de las personas (ej. el Estado sometido a la constitucin o al Imperio de la ley). Por esta razn se dice que el principio de legalidad establece la seguridad jurdica.Se podra decir que el principio de legalidad es la regla de oro del Derecho pblico y en tal carcter acta como parmetro para decir que un Estado es un Estado de Derecho, pues en l poder tiene su fundamento y lmite en las normas jurdicas.Fuente: www.wikipedia.com

Sentencia:Es una resolucin judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal.La sentencia declara o reconoce el derecho o razn de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaracin y cumplirla. En derecho penal, la sentencia absuelve o condena al acusado, imponindole la pena correspondiente.Fuente: www.wikipedia.com

Figura 4. Crucigrama

Figura 5. Crucigrama 2

Actividad 7:9. Realice una lectura del documento Elementos bsicos sobre el estado colombiano, identifique el grfico de la sobre la jerarqua de las normas, (pirmide invertida) plsmelo dando una explicacin y analice y sus implicaciones en el SGSSS. (Exponga su punto de vista) Binomios.

Respuesta:ARTICULO 48. La Seguridad Social es un servicio pblico de carcter obligatorio que se prestar bajo la direccin, coordinacin y control del Estado, en sujecin a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los trminos que establezca la Ley.

ARTICULO 49. La atencin de la salud y el saneamiento ambiental son servicios pblicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promocin, proteccin y recuperacin de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestacin de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

ARTICULO 64. Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educacin, salud, vivienda, seguridad social, recreacin, crdito, comunicaciones, comercializacin de los productos, asistencia tcnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Constitucion politica de colombiaCAPITULO II DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES

Pirmide de Kelsen

PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHOJURISPRUDENCIACIRCULARESACUERDOSDECRETOSREGLAMENTOS LEYES TRATADOS INTERNACIONALES CONSTITUCION POLITICA

9. a. Explicacin:

Se tiene en la pirmide de Kelsen, se encuentran las normas establecidas sobre el sistema nacional de Salud, se relacionan unas con otras de acuerdo con el principio de jerarqua; en la cspide de la pirmide se sita la Constitucin Poltica de Colombia, en el escaln inmediatamente inferior Los tratados internacionales existentes en temas de Salud, en un escaln inferior las leyes, en el siguiente escaln inferior los reglamentos y as sucesivamente hasta llegar a la base de la pirmide, compuesta por las sentencias (normas jurdicas individuales), que son en s principios Generales del derecho que en la actualidad existen en materia de salud.

9. b. Anlisis:

De esta forma, la promulgacin de la nueva Constitucin Poltica de Colombia de 1991 Julio 04 sent los precedentes sobre lo que posteriormente sera el sistema de salud, pero no estableci cual sera la forma que tomara dicho sistema.

ARTICULO 49. La atencin de la salud y el saneamiento ambiental son servicios pblicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promocin, proteccin y recuperacin de la salud.

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestacin de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Tambin, establecer las polticas para la prestacin de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. As mismo, establecer las competencias de la Nacin, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los trminos y condiciones sealados en la ley.

Los servicios de salud se organizarn en forma descentralizada, por niveles de atencin y con participacin de la comunidad. La ley sealar los trminos en los cuales la atencin bsica para todos los habitantes ser gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

Los tres principios que guan la salud en la Constitucin de 1991 dan cuenta de ello, pues si bien la solidaridad es muestra del inters de transformar al Estado colombiano en un Estado Social de Derecho y darle progresividad al ingreso, la eficiencia da cuenta de un inters por delegar funciones al mercado y permitir que la regulacin est en manos de la libre competencia, inclusive en el campo de la salud.

Todo lo anterior tuvo sus implicaciones en los debates que se dieron para la reforma al sistema de salud, y finalmente tambin tuvo sus repercusiones en el resultado final, esto es, en la creacin del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

9. c. Reflexin:

La Ley 100 transform a todos los hospitales pblicos en Empresas Sociales del Estado (ESE), lo cual las ha obligado a impulsar su autogestin y que ellas logren ser autosostenibles financieramente mediante la venta de servicios a ARS y EPS en competencia con las IPS.Lo que a la par trajo consigo muchas inconsistencias entre lo que la ley establece y las formas o las maneras como se aplica esa ley en las entidades prestadoras de servicios de salud. Entre esas inconsistencias estn: Pacientes que no se atienden por no figurar en la base de datos, citas con especialistas que tardan ms de un mes, medicamentos y cirugas que se niegan, pese a estar incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), estas son algunas de las quejas que ms se presentan en todo el pas contra las Empresas Promotoras de Salud del Rgimen Subsidiado (EPSS).

10. Identifique las funciones y orgenes de los organismos que en el contexto mundial estn encarcargados de velar por la proteccin de los derechos humanos: ONU, UNESCO, OMS, OPS, UN, OEA, BID, UNICEF luego plasme esta informacin en el organizador del conocimiento de su preferencia.

Respuesta:

Los organismos que en el contexto mundial estn encargados de vigilar por la proteccin de los derechos humanos son:

10.1. ONU: Organizacin de las Naciones Unidas Origen: La ONU fue fundada el 24 de octubre de 1945 en San Francisco (California), por 51 pases, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas. Funciones:

Arreglo pacfico de las diferencias: Ante cualquier signo de diferencias o desacuerdos entre dos naciones, el consejo de seguridad puede actuar por iniciativa propia, o bien, por la peticin de cualquier Estado. Dicho consejo puede optar por cualquiera de estas dos acciones: investigar sobre esas diferencias o invitar a ambos pases a que solucionen sus problemas. En definitiva, se trata de un rgano que ejerce una funcin de arbitraje. Accin en caso de amenaza contra la paz: El Consejo de Seguridad puede actuar ante cualquier situacin de amenaza, ruptura o agresin contra la paz. En estos casos, hace recomendaciones o adopta decisiones para mantener la paz y la seguridad internacional. Accin econmica y social: La ONU favorece el progreso econmico y social de todos los pueblos mediante la cooperacin internacional. Las comisiones econmicas regionales organizan a escala continental la cooperacin internacional mediante estudios, informes, reuniones y preparacin de acuerdos. Su labor se desarrolla, principalmente, en los pases subdesarrollados. Accin humanitaria: La Asamblea General adopt una Declaracin Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948. El consejo econmico y social y sus comisiones, principalmente de la comisin de los derechos humanos, estudian las condiciones de su aplicacin y preparan convenciones particulares. Se han adoptado dos pactos, uno relativo a los derechos polticos y civiles.

Accin jurdica: La ONU debe elaborar y codificar el derecho internacional. Su comisin se encarga de preparar los estudios de codificacin que se discuten posteriormente en una serie de conferencias internacionales.

10.2. UNESCO: La Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura (en ingls United Nations Educational, Scientific and Cultural).

Origen: En 1942, en plena Segunda Guerra Mundial, los gobiernos de los pases europeos que enfrentan a la Alemania nazi y sus aliados se reunieron en Inglaterra en la Conferencia de Ministros Aliados de Educacin (CAME). La guerra est lejos de terminar, pero los pases se preguntan ya sobre la manera en que van a reconstruir los sistemas educativos una vez restablecida la paz. Muy rpidamente este proyecto crece y adquiere una dimensin universal. Nuevos gobiernos deciden participar, entre ellos el de los Estados Unidos de Amrica.

Funciones: Desempea cinco funciones principales, que son las siguientes:

Estudios prospectivos: es decir, las formas de educacin, ciencia, cultura y comunicacin para el mundo del maana. El adelanto, la transferencia y el intercambio de los conocimientos, basados primordialmente en la investigacin, la capacitacin y la enseanza. Actividad normativa, mediante la preparacin y aprobacin de instrumentos internacionales y recomendaciones estatutarias. Conocimientos especializados, que se transmiten a travs de la "cooperacin tcnica" a los Estados Miembros para que elaboren sus proyectos y polticas de desarrollo. Intercambio de informacin especializada.

10.3 OMS: La Organizacin Mundial de la SaludEs un rgano perteneciente a las Naciones Unidas (ONU) que se va a encargar de la coordinacin de diferentes pases en materia de salud.

Origen: La Organizacin Mundial de la Salud fue creada en 1948 como organismo especializado de las Naciones Unidas para que actuara como autoridad directiva y coordinadora en los asuntos sanitarios y la salud pblica a nivel internacional. Funciones:

Ofrecer liderazgo en temas cruciales para la salud y participar en alianzas cuando se requieran actuaciones conjuntas. Determinar las lneas de investigacin y estimular la produccin, difusin y aplicacin de conocimientos valiosos. Establecer normas y promover y seguir de cerca su aplicacin en la prctica. Formular opciones de poltica que anen principios ticos y de fundamento cientfico. Prestar apoyo tcnico, catalizar el cambio y crear capacidad institucional duradera. Seguir de cerca la situacin en materia de salud y determinar las tendencias sanitarias.

10.4. OPS: La Organizacin Panamericana de la Salud (OPS) es el organismo especializado de salud del sistema interamericano, encabezado por la Organizacin de los Estados Americanos (OEA).

Origen: Creada el 2 de diciembre de 1902 en la I Convencin Sanitaria Internacional celebrada en Washington D.C., siguiendo la resolucin de la II Conferencia Internacional Americana. La OPS es reconocida como organismo especializado de la Organizacin de los Estados Americanos (OEA) en 1950. Denominaciones anteriores de la OPS: Oficina Sanitaria Internacional (1902-1923) y Oficina Sanitaria Panamericana 1923; cambi a su actual nombre en 1958, conservando su secretara la denominacin de Oficina Sanitaria Panamericana. Funciones:

Organizar un frente unido contra la propagacin de epidemias y enfermedades infecto-contagiosas. Cooperar tcnicamente con los Gobiernos miembros y estimular la cooperacin entre ellos para que, a la vez que se conserva un ambiente saludable y se avanza hacia el desarrollo humano sostenible, la poblacin de las Amricas alcance la Salud para Todos y por Todos. La OPS lleva a cabo esa misin en colaboracin con los ministerios de salud, otros organismos gubernamentales e internacionales, organizaciones no gubernamentales, universidades, organismos de la seguridad social, grupos comunitarios y muchos otros. Promover la estrategia de atencin primaria en salud como una manera de extender los servicios de salud a la comunidad y aumentar la eficiencia en el uso de los escasos recursos. Colabora con los pases en la lucha contra enfermedades que han reaparecido, tales como el clera, el dengue y la tuberculosis, y enfermedades nuevas como la epidemia del sida que se est propagando.

10.5. OEA: Organizacin de los estados Americanos

Origen: Fue un 30 de abril de 1948 que los 21 pases fundadores de la OEA aprobaron la Carta e la Organizacin de Estados Americanos que dio origen a un organismo que, segn su propia definicin, apunta a fortalecer la cooperacin mutua en torno a los valores de la democracia, defender los intereses comunes y debatir los grandes temas de la regin y el mundo.

Funciones:

Estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de Amrica Formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos Preparar los estudios e informes que considere convenientes para el desempeo de sus funciones; Solicitar de los gobiernos de los Estados miembros que le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos Funciones de la ONU: Mantener la paz mundial (evitar el uso de la fuerza).

Respetar los derechos y libertades de todos los seres humanos.

Velar por el cumplimiento del Derecho Internacional, que es el conjunto de leyes que rigen el funcionamiento de la comunidad

13.6. UNICEF: El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (United Nations Children's Fund) o Unicef es un programa de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU).

Con base en Nueva York. Es uno de los miembros y la comisin ejecutiva de la El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (United Nations Children's Fund) o Unicef1 es un programa de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) con base en Nueva York y que provee ayuda humanitaria y de desarrollo a nios y madres en pases en desarrollo.

Origen:

Originalmente fue creado en 1946 con el nombre de United Nations International Children's Emergency Fund (UNICEF, en espaol Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia) para ayudar a los nios de Europa despus de la Segunda Guerra Mundial.

Funciones:

Proveer ayuda humanitaria y de desarrollo a nios y madres en pases en desarrollo. Trabajar en programas de salud, agua, saneamiento y nutricin para intentar garantizar ese derecho.

Actuar en situaciones de emergencia con el objetivo de salvar vidas, aliviar el sufrimiento y proteger los derechos de los nios y nias. Para lo cual, realiza campaas de adquisicin de suministros que sern destinados tanto a los programas de desarrollo como a las actuaciones en situaciones de emergencia.

Garantizar a los nios el derecho a sobrevivir y a desarrollarse desde la primera infancia hasta la adolescencia, proporcionando alimento, ropa y atencin mdica a los nios de todo el mundo, y ha intentado asimismo satisfacer sus dems necesidades.

Proveer de vacunas para los pases en desarrollo, trabaja para mejorar la salud y la nutricin de la infancia; el abastecimiento de agua y saneamiento de calidad.

Financiar en su totalidad por las contribuciones voluntarias de individuos, empresas, fundaciones y gobiernos. Se le otorg el Premio Nobel de la Paz en 1965 y el Premio Prncipe de Asturias de la Concordia en 2006.

Figura 5. Organismos de Proteccin de Derechos Humanos 11. Consulte la bibliografa y analice el video sobre derechos humanos (Link), posteriormente analice esta informacin y realice una lnea del tiempo en espina de pescado sealando las causas las que dieron origen a la evolucin de los derechos humanos.( Diego Mesa tica)Lunes:17/02/14.

Respuesta:

Tras los 6 aos que dur la segunda guerra mundial se cometieron atrocidades contra la vida y libertad de las personas, para evitar que eso volviera a ocurrir, la Asamblea General de las Naciones Unidas se reuni el 10 de diciembre de 1948 en Pars, para firmar la resolucin 217 III con la que se aprob la declaracin Universal de los Derechos Humanos.

Precedentes histricos de los Derechos Humanos:

Se remonta a la declaracin inglesa de 1689 Ideas de ilustracin de estados liberales Revoluciones Americana y Francesa, esos hechos abonaron el terreno parque naciera un texto definitivo para que nacieran esas mximas de libertad e igualdad.

La Asamblea General de las Naciones Unidas formada por 18 representantes en sus inicios; los estados miembros de la Organizacin creo una comisin de los Derechos Humanos a la que encarg la labor de elaborar una serie de cdigos y medidas.

Dentro de esa comisin se cre un comit de 8 miembros representantes de Reino Unido, Estados Unidos, China, Chile, Unin Sovitica, Francia, Lbano, Australia adems de Canad. Finalmente fue aprobada con 48 votos a favor 8 abstenciones de Unin Sovitica, Arabia Saud, Sudfrica y pases de Europa del Este, desde ese da se celebra el da internacional de los Derechos Humanos el 10 de Diciembre de 1948.

Figura 6. Lnea de Tiempo en Espina de pescado de los Derechos Humanos

Actividad 8:

12. Identifique los objetivos del milenio y explique de dnde naci esta iniciativa? Plasme un grfico de estos objetivos de su eleccin (mandala).

Nacimiento de la Iniciativa:

A partir de 1990, la ayuda oficial al desarrollo (AOD) perdi su utilidad como herramienta en la lucha de bloques y, probablemente, los Estados no cambiarn sus polticas de ayuda hasta que no vuelvan a entender la AOD como una herramienta, esta vez, para la lucha contra el terrorismo. En el nuevo tablero de juego internacional en el que el Sur vala, si cabe, an menos y en el que frica quedaba definitivamente a la deriva, desde la Secretara General de Naciones Unidas el egipcio Butros Butros-Ghali propuso la celebracin de una serie de cumbres internacionales para afrontar y poner remedio a los grandes problemas de la culpabilidad. A da de hoy, 1.200 millones de personas subsisten con un dlar al da, otros 925 millones pasan hambre, 114 millones de nios en edad escolar no acuden a la escuela, de ellos, 63 millones son nias. Al ao, pierden la vida 11 millones de menores de cinco aos, la mayora por enfermedades tratables; en cuanto a las madres, medio milln perece cada ao durante el parto o maternidad. El sida no para de extenderse matando cada ao a tres millones de personas, mientras que otros 2.400 millones no tienen acceso a agua potable. En este contexto, tras la celebracin de dichas citas a lo largo de los noventa y con la pujanza de los movimientos antiglobalizacin, tuvo lugar en septiembre de 2000, en la ciudad de Nueva York, la Cumbre del Milenio. Representantes de 189 estados recordaban los compromisos adquiridos en los noventa y firmaban la Declaracin del Milenio.

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio, tambin conocidos como Objetivos del Milenio (ODM), son ocho propsitos de desarrollo humano fijados en el ao 2000, que los 189 pases miembros de las Naciones Unidas acordaron conseguir para el ao 2015. Estos son:

Objetivo 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre.

Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporcin de personas que sufren hambre. Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporcin de personas cuyos ingresos son inferiores a un dlar diario. Conseguir pleno empleo productivo y trabajo digno para todos, incluyendo mujeres y jvenes.

Objetivo 2: Lograr la enseanza primaria universal.

Asegurar que en 2015, la infancia de cualquier parte, nios y nias por igual, sean capaces de completar un ciclo completo de enseanza primaria. Objetivo 3: Promover la igualdad entre los gneros y la autonoma de la mujer.

Eliminar las desigualdades entre los gneros en la enseanza primaria y secundaria, preferiblemente para el ao 2005, y en todos los niveles de la enseanza antes de finales de 2015

Objetivo 4: Reducir la mortalidad infantil.

Reducir en dos terceras partes, entre 1990 y 2015, la mortalidad de nios menores de cinco aos.

Objetivo 5: Mejorar la salud materna

Reducir en tres cuartas partes, entre 1990 y 2015, la m

Objetivo 6: Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades.

Haber detenido y comenzado a reducir la propagacin del VIH/SIDA en 2015. Lograr, para 2010, el acceso universal al tratamiento del VIH/SIDA de todas las personas que lo necesiten. Haber detenido y comenzado a reducir, en 2015, la incidencia de la malaria y otras enfermedades graves

Objetivo 7: Garantizar el sustento del medio ambiente. Incorporar los principios del desarrollo sostenible en las polticas y los programas nacionales y reducir la prdida de recursos del medio ambiente.

Objetivo 8: Fomentar una asociacin mundial para el desarrollo.

Desarrollar an ms un sistema comercial y financiero abierto, basado en normas, previsible y no discriminatorio. Atender las necesidades especiales de los pases menos adelantados. Atender las necesidades especiales de los pases en desarrollo sin litoral y los pequeos Estados insulares en desarrollo (mediante el Programa de Accin para el desarrollo sostenible de los pequeos Estados insulares en desarrollo y los resultados del vigsimo segundo perodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General) entre otras.

Figura 7. Mandala Objetivos del Milenio ODM13. Despus de leer y revisar la Ley 100 de 1993 identifique cuntos libros tiene?Respuesta:Libro primero:Sistema general de pensiones Libro segundo: Sistema general de seguridad social en salud Libro tercero:Sistema general de riesgos profesionalesLibro cuarto:Servicios sociales complementarios Libro quinto:Disposiciones finales

14. Complete el cuadro comparativo entre los componentes del Sistema de Seguridad Social Integral, consultando la Ley 100 de 1993:

CRITERIOSALUDPENSIONRIESGOS PROFESIONALESSERVICIOS SOCIALES COMPLEMENTARIOS

OBJETOTitulo 1 capitulo 1Art 152: Los objetivos del SGSSSSon regular el servicio pblico esencial de al poblacin al servicio de todosLos niveles de atencin

Titulo 1 capitulo 1Art 2 el sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la poblacin, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejes, la invalides y la muerte, mediante conocimiento de pensiones y prestaciones que se predeterminan en la presente ley asi como propender la ampliacin progresivaDe cobertura a los segmentos de poblacin no cubiertos con un sistema de pensiones

Artculo 1. Definicin.El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades pblicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasin o como consecuencia del trabajo que desarrollan.El Sistema General de Riesgos Profesionales establecido en este Decreto forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral, establecido por la Ley 100 de 1993.Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevencin de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, con las modificaciones previstas en este Decreto, hacen parte integrante del sistema general de riesgos profesionales.Artculo 2. Objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales.Artculo.258.-Objeto del programa. El programa para los ancianos tendr por objeto apoyar econmicamente y hasta por el 50% del salario mnimo legal mensual vigente, a las personas que cumplan las condicione sealadas en el artculo anterior y de conformidad con las metas que el Conpes establezca para tal programa.Derogado por el art. 44, Ley 344 de 1996. El programa se financiar con los recursos del presupuesto general de la nacin que el Conpes destine para ello anualmente, y con los recursos que para tal efecto puedan destinar los departamentos, distritos y municipios.

POBLACIN Y OBJETO DE PROTECCIN.Captulo 2 de los afiliados al sistemaArt 157Todo colombiano participara en el servicio pblico esencial de la salud que permite elSGSSS unos lo har en su condicin de afiliados en al rgimen contributivo o subsidio o otros lo harn el forma temporal como participantes vinculados

ARTICULO. 10.- Objeto del sistema general de pensiones. El sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la poblacin, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, as como propender por la ampliacin progresiva de cobertura a los segmentos de poblacin no cubiertos con un sistema de pensiones.Artculo 2. Objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales.El Sistema General de Riesgos Profesionales tiene los siguientes objetivos:a) Establecer las actividades de promocin y prevencin tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la poblacin trabajadora, protegindola contra los riesgos derivados de la organizacin del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como los fsicos, qumicos, biolgicos, ergonmicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.b) Fijar las prestaciones de atencin de la salud de los trabajadores y las prestaciones econmicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.c) Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones econmicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional.d) Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.

PARAGRAFO. 1-El Gobierno Nacional reglamentar el pago de los auxilios para aquellas personas que no residan en una institucin sin nimo de lucro y que cumplan los dems requisitos establecidos en este artculo.

CARACTERSTICAS

Todos los afiliados al SGSSS recibirn un plan integral de proteccin de saludcon atencin preventiva,medio-quirrgica, y medicamentos esenciales (POS)Los afiliados al SGSSS podrn elegir la EPS, IPSyprofesionales que deseenQue los atiendano quieran pertenecer.Las IPS son entidades oficiales, mixtas, privadas, comunitarias y solidariasOrganizadas para la prestacin de servicios de salud a los afiliados del SGSS.Dentro o fuera de las EPS. El estado apoya y orienta estas institucionesLas EPS prestaran sus servicios a los afiliados por medio de sus propias IPSo contratar instituciones que presten el servicio requerido.La nacin y las entidades territoriales atraves de hospitales pblicos y privadosgarantizaran el acceso al servicio que ellas prestana las personas que no estnAmparadas por el SGSSS.

LIBRO PRIMEROSistema general de pensionesTTULO IDisposiciones generalesCAPTULO IObjeto y caractersticas del sistema general de pensionesARTICULO.13.- Caractersticas del sistema general de pensiones.DECRETO 1295 DE 1994(junio 22)Reglamentado por el Decreto Nacional 1771 de 1994,Reglamentado por el Decreto Nacional 1530 de 1996

Por el cual se determina la organizacin y administracin del Sistema General de Riesgos Profesionales.EL MINISTRO DE GOBIERNO DE LA REPBLICA DE COLOMBIA,DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES OTORGADAS MEDIANTE EL DECRETO 1266 DE 1994,en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el numeral 11 del artculo 139 de la Ley 100 de 1993,DECRETA:CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALESARTICULO 4

FORMA DE AFILIACINCaptulo II de los afiliados al sistema ttulo 1pargrafo 2la afiliacin podr ser individual o colectiva atreves de las empresas, las agremiaciones o por asentamiento geogrficos de acuerdo a la reglamentacin que para el efecto se expida

ARTICULO15.-Modificado por el art. 3, Ley 797 de 2003Afiliados. Sern afiliados al sistema general de pensiones:1.En forma obligatoria:Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores pblicos, salvo las excepciones previstas en esta ley. As mismo, los grupos de poblacin que por sus caractersticas o condiciones socioeconmicas sean elegibles para ser beneficiarios de subsidios a travs del fondo de solidaridad pensional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales.2.En forma voluntaria:Los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el pas y los colombianos domiciliados en el exterior, que no tengan la calidad de afiliados obligatorios y que no se encuentren expresamente excluidos por la presente ley.Los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el pas y no estn cubiertos por algn rgimen de su pas de origen o de cualquier otro.

Artculo 3. Campo de aplicacin.El Sistema General de Riesgos Profesionales, con las excepciones previstas en el artculo 279 de la ley 100 de 1993, se aplica a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional, y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores pblico, oficial, semioficial, en todos sus rdenes, y del sector privado en general.

ARTICULO. 257.-Programa y requisitos. Establcese un programa de auxilios para los ancianos indigentes que cumplan los siguientes requisitos:a)Ser colombiano;b)Llegar a una edad de sesenta y cinco o ms aos;c)Residir durante los ltimos diez aos en el territorio nacional;d)Carecer de rentas o de ingresos suficientes para su subsistencia, o encontrarse en condiciones de extrema pobreza o indigencia, de acuerdo con la reglamentacin que para tal fin expida el Consejo Nacional de Poltica Social, ye)Residir en una institucin sin nimo de lucro para la atencin de ancianos indigentes, limitados fsicos o mentales y que no dependan econmicamente de persona alguna. En estos casos el monto se podr aumentar de acuerdo con las disponibilidades presupustales y el nivel de cobertura. En este evento parte de la pensin se podr pagar a la respectiva institucin.

REGMENESContributivoSubsidiadoEspeciala)Rgimen solidario de prima media con prestacin definida, yb)Rgimen de ahorro individual con solidaridad.

Son afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales:a) En forma obligatoria:1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores pblicos;2. Los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores pblicos, y3. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institucin, cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminacin de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentacin que para el efecto se expida.b)En forma voluntaria:Reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 2800 de 2003Los trabajadores independientes, de conformidad con la reglamentacin que para tal efecto expida el gobierno nacional.

FUENTES DE FINANCIACINTitulo 3 de la administracin y financiacin del sistemaart 201comformacion SGSSSen sistemas general de SGSS Coexisten articuladamente, para su financiamiento y administracin, un rgimen contributivo de la salud y un rgimen subsidiado en salud con vinculaciones mediante el fondo de solidaridad y garantas

ARTICULO.17.-Modificado por el art. 4, Ley 797 de 2003Obligatoriedad de las cotizaciones. Durante la vigencia de la relacin laboral debern efectuarse cotizaciones obligatorias a los regmenes del sistema general de pensiones por parte de los afiliados y empleadores, con base en el salario que aqullos devenguen.ARTICULO.18.- Base de cotizacin de los trabajadores dependientes de los sectores privado y pblico. La base para calcular las cotizaciones a que hace referencia el artculo anterior, ser el salario mensual.Modificado por el art. 5, Ley 797 de 2003En ningn caso la base de cotizacin podr ser inferior al monto del salario mnimo legal mensual vigente, salvo lo dispuesto para los trabajadores del servicio domstico conforme a la Ley 11 de 1988.Cuando se devengue mensualmente ms de 20 salarios mnimos legales mensuales vigentes, la base de cotizacin podr ser limitada a dicho monto por el Gobierno Nacional.

Artculo83.Reglamentado Decreto Nacional 1515 de 1998. Garanta a las Prestaciones econmicas reconocidas DECRETA: Artculo 1.-Por medio de esta Ley se adoptan medidas tendientes a racionalizar y disminuir el gasto pblico, garantizar financiamiento y reasignar recursos hacia sectores deficitarios de la actividad estatal, como condicin fundamental para mantener el equilibrio financiero y garantizar el cumplimiento de los principios de economa, eficacia y celeridad en el uso de los recursos pblicos, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 209 de la C.P. Este Decreto. Sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones a cargo de los reaseguradores, la Nacin, a travs del Fondo de Garantas de Instituciones Financieras FOGAFIN, garantiza el pago de las pensiones en caso de menoscabo patrimonial o suspensiones de pago de la entidad administradora de riesgos profesionales, de acuerdo con la reglamentacin que para tal efecto se expida.El Fondo de Garantas de Instituciones Financieras sealar primas correspondientes a esta garanta y su costo ser asumido por las entidades administradoras de riesgos profesionales. En todo caso las administradoras de riesgos profesionales respondern en primera instancia con sus propios recursos.DECRETA:Artculo 1.-Por medio de esta Ley se adoptan medidas tendientes a racionalizar y disminuir el gasto pblico, garantizar su financiamiento y reasignar recursos hacia sectores deficitarios de la actividad estatal, como condicin fundamental para mantener el equilibrio financiero y garantizar el cumplimiento de los principios de economa, eficacia y celeridad en el uso de los recursos pblicos, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 209 de la Constitucin Poltica.

Tabla 3. Cuadro Comparativo SGSSS

Actividad 9:

15. Consulte la Ley 100 de 1993, y la Ley 1438 de 2011, e identifique la siguiente informacin:

LEY 100LEY 1438IMAGEN REPRESENTATIVADEL PRINCIPIO

Principios de la seguridad social integralEficienciaEficiencia

Principios de la seguridad social en salud

Eficiencia, Universalidad, Solidaridad , Integridad ,Unidad ,Participacin,Igualdad, Obligatoriedad Prevalencia de derechos, Enfoque diferencial, Equidad ,Calidad, Participacin social, Libre escogencia, Sostenibilidad, Transparencia, Descentralizacin administrativa, Complementariedad y concurrencia, Irrenunciabilidad, Intersectorialidad, Prevencin, Continuidad.

Actividad 10:

Actividad 10:16. Realice la lectura del libro segundo de la Ley 100 de 1993 y complete la informacin de la siguiente mandala.

Figura 8. libro segundo de la Ley 100 de 1993

17. Indague sobre los diferentes regmenes del SGSSS, y plsmelo en un diagrama de Venn teniendo en cuenta los siguientes criterios: Fuente de financiacin, Periodos mnimos de cotizacin, Poblacin objeto, Copagos, cuotas moderadoras y cuotas de recuperacin.

Figura 9. Diagrama de Venn de los Regmenes del SGSSSActividad 12:18. Consulte los planes de beneficio del SGSSS en el Decreto 806 de 1998, Ley 100 de 1993, Ley 1122 de 2011, Ley 1438 de 2011 y esa informacin organcela en el siguiente cuadro:Tipo de beneficioPoblacin objetoEntidad encargada de la administracinCobertura

1. Plan de Atencin Bsica en Salud, PAB.como afiliado cotizante,como afiliado beneficiario,como afiliado subsidiado,como vinculado al Sistema General Seguridad Social en Salud.Estado1 de julio de 2012UnificacinCon/ Sin capacidadEconmica

2. Plan Obligatorio de Salud del Rgimen Contributivo, POS.como afiliado cotizante,como afiliado beneficiario,como afiliado subsidiado,como vinculado al Sistema General Seguridad Social en Salud.Estado1 de julio de 2012UnificacinCon/ Sin capacidadEconmica

3. Plan Obligatorio de Salud del Rgimen Subsidiado, POSS.como afiliado cotizante,como afiliado beneficiario,como afiliado subsidiado,como vinculado al Sistema General Seguridad Social en Salud.Estado1 de julio de 2012UnificacinCon/ Sin capacidadEconmica

4. Atencin en accidentes de trnsito y eventos catastrficos.como afiliado cotizante,como afiliado beneficiario,como afiliado subsidiado,como vinculado al Sistema General Seguridad Social en Salud.Estado1 de julio de 2012UnificacinCon/ Sin capacidadEconmica

5. Atencin inicial de urgencias.como afiliado cotizante,como afiliado beneficiario,como afiliado subsidiado,como vinculado al Sistema General Seguridad Social en Salud.Estado1 de julio de 2012UnificacinCon/ Sin capacidadEconmica

Tabla 3. Cuadro Comparativo beneficios SGSSS

Actividad 13:19. Consulte qu es el plan obligatorio de salud, en la Resolucin 5521 de 2013 y complete el siguiente grfico:

Figura 10. Grfico Plan Obligatorio de Salud19 (a). Revise el artculo 3 de la resolucin 5521 de 2013 y nombre los principios generales para la aplicacin del plan oblig