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1 ti. •? i. __________________ .-..Tr:.---r vTr.ir-.TT.^.ry 1 Este documento es el justificante emitido por la Organization conforms usted ha presentado una solicitud en nuestro Registro Electronico. JUSTIFICANTE DE REGISTRO GRUPO POLITICO MUNICIPAL CIUDADANOS FUENGIROLA La persona con V9341579-2 Representada por lTORO*DIAZ,FRANCISCO JAVIER con 1027388640-X ha presentado en el Registro Electronico de la organizacion el siguiente tr&mite: Solicitud generica Documentacidn adjunta presentada junto al tramite: | Formulario Solicitud Datos del formulario El Ayuntamiento expide Gste justificante confbrme da por recibrdo el tramite solidtado y su documentacion anexa. El Registro ha asignado los siguientes datos a su tramite: 12017048474 Numero de Registro: Fecha y hora de presentation: [28/11/2017 14:12:37 i Fecha y hora inicio compute 128/11/2017 14:12:37 1 (primer dta habit segCin ef calendario de la organizacion) Si el tramite. documento o solicitud que usted ha presentado no pertenece al 6mbito de apiicacl6n de este Registro electronico, la presentaddn que usted ha reaiizado notendra etecto alguno, y se tendra por no reaJfeada. En caso de producirse este supuesto, le informaremos en afguno de los medtos de oontacto que usted nos ha comunlcado: [ Telefono 1: Telefono 2: I626583640 [email protected] Mail: \o A* £

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• ti.•? i.__________________ .-..Tr:.—---r — vTr.ir-.TT.—^.ry 1Este documento es el justificante emitido por la Organization conforms usted ha presentado una solicitud en nuestro Registro Electronico.

JUSTIFICANTE DE REGISTRO

GRUPO POLITICO MUNICIPAL CIUDADANOS FUENGIROLA

La persona con V9341579-2

Representada por lTORO*DIAZ,FRANCISCO JAVIER con 1027388640-X

ha presentado en el Registro Electronico de la organizacion el siguiente tr&mite:

Solicitud generica

Documentacidn adjunta presentada junto al tramite:

| Formulario Solicitud Datos del formulario 11773701271003712072

El Ayuntamiento expide Gste justificante confbrme da por recibrdo el tramite solidtado y su documentacion anexa. El Registro ha asignado los siguientes datos a su tramite:

12017048474Numero de Registro:

Fecha y hora de presentation: [28/11/2017 14:12:37i

Fecha y hora inicio compute 128/11/2017 14:12:37 1 (primer dta habit segCin ef calendario de la organizacion)

Si el tramite. documento o solicitud que usted ha presentado no pertenece al 6mbito de apiicacl6n de este Registro electronico, la presentaddn que usted ha reaiizado notendra etecto alguno, y se tendra por no reaJfeada. En caso de producirse este supuesto, le informaremos en afguno de los medtos de oontacto que usted nos ha comunlcado:

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(ggffo REGISTRO DE SALIDAFecha de registro: 05/12/2017 Numero de registro: 2017018748Ayuntamiento

~ji de FuengirolaC. de Urbanismo

GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS PZ ESPAISIA, 1 002 29640 FUENGIROLA MALAGA

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N.° N° Notif: NA/00000001/3563/000003580f1

ISr. D. Francisco Javier Toro Diaz

Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos!

Fuengirola, 05 de diciembre de 2017

En respuesta a su escrito con numero de registro de

entrada 48474, adjunto la informacion soiicitada.

P. D.: Para poder acceder a los documentos adjuntos, puede usted dirigirse a la sede electronica (sede.fuengirola.es) Seccion ’’Consulta de Datos Personates” y acceder a “Anotaciones del Registro General”. El documento aparecera en el numero de Registro de Salida indicado en la propia notification.

J.

Concejala de Urbanismo por Decreto 6857/2015

Documento firmado electronicamente (R.D. 6857/2015 art. 21.c), por MARIA HERNANDEZ MARTIN el 5 de Diciembre de 2017

Documento firmado electrdnicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 11341440532725163337 en http://sede.fuengirola.es/validacion____________

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Oficina Municipal de Urbanismo1

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parcela junto Ctra. A-7>

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D. Pedro Bravo Aragon E/r SAR QUAVITAE Ctra. Malaga-Cadiz, Km. 172,8 Urb. Azalea Beach 29660 Marbella<;

Es de referenda la parcela situada en nuestro termino municipal entre la Carretera Nacional A-7 y el rio Fuengirola propiedad de la entidad SAR QUAVITAE cuya calificacion es de Equipamiento Social.

El Ayuntamiento de Fuengirola tiene gran interes en la implantacion de la nueva Estacion de Autobuses de la localidad en terrenos aledanos al de la propiedad indicada. Asi, se propone la modificacion de la zonificacion urbanistica de dicho sector en el Plan General de Ordenacion Urbana, desplazando ligeramente su parcela hacia el Este, para mejorar la ordenacion de los terrenos resultantes y minorar la repercusion de la implantacion de la nueva Estacion de Autobuses y sus circunstancias sobre el equipamiento de caracter social.

Por tanto, se solicita que a la mayor brevedad posible, ponga en conocimiento de esta administration local su postura ante la propuesta que se remite.

Fuengirola,116 de Abril de 2012 La Concejaipelegada de Urbanismo,

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Fdo.- Ana Midla Redruello

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AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA CONCEJALIA DE URBANISMO A./a. Sra. Ana Marfa Mula Plaza de Espafia 1 29640 - Fuenairola

Habiendo recibido escrito el pasado mes de Abril, del Exsmo, Ayuntamiento dt Fuengirola con registro de salida n° 4823 de 17 de abril de 2012, En dicho escrito se hace referenda a la parcela propiedad de SARQUAVITAE, situada enfre la Carretera Nacionaf A- 7 y el rfo Fuengirola, de calificacidn Equipamiento Social.

Se nos comunica que el Ayuntamiento tlene gran interns en la implantacidn de (a nueva Estacion de Autobuses de la iocalidad, en los terrenes aledaftos a la propiedad indicada y se propone la modificacidn de la zonificacidn urbanfstica de dfcho sector en el PGOU, con el fin de mejorar la ordenacidn de los terrenos resultanies y minorar la repercusidn de su implantacidn sobre dicho equipamiento.

Seria interesante adaptar la zonificacidn a las nuevas circunstancias, La implantacidn de la nueva Estacidn de Autobuses supondrd un impacto innegable sobre el Equipamiento, tanto si se ubica en los terrenos prdximos a fa rotonda de acceso, como si se uhfca en ei empiazamiento que prevd el PGOU. No obstante, la propuesta de zonificacidn puede permitir reordenar la zona para que el impacto sea lo rrtenor poslble. Para eio la propuesta debe garantizar el acceso a la parcela de la futura Resldencia de Mayores, de forma qua §( trafico de vehicuios que genera la Estacidn no dlficulte la accesibilidad a la misma.

Por otra parte, la geometria de la parcela actual responds at proyecto de la antigua Residencia, ya desaparecida. La poslbilldad de modlficar la zonificacldn podrfa servir para adaptar los linderos de dsta parcela a la nueva realidad, de forma que las reiaciones entre los usos que ocupardn esta zona sean rricts fluidas.

En definitiva, para SARQUAVITAE no seria un inconvenlente la modificacidn de la zonificacidn del PGOU de la zona, aunque seria importante poder partfcfpar activamente en la definicidn de la nueva parcelacidn.

SAR RESIDENCIAL Y ASfSTENCIAL SAU NIFA79059785

Domicillo Social: Arlbau 185 EM. 08021 Barcelona. Tlf. 83.306,6307- Fax: 98.3085306

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Ayuntamiento de FuengirolaOficina Municipal de Urbanismo

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www.fuengirola.org

iD. Roman GallofreSAR RESIDENCIAL Y ASISTENCIAL SAU C/ Arribau, 185, entreplanta 08021 Barcelona.

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Fuengirola, 6 de Junio de 2012

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Es conocido por esa entidad la intendon de este municipio de implantar la nueva Estacion de Autobuses en los aledanos de la parcela cuya titularidad ostenta esa entidad.

En relacion con este asunto, borrador de convenio urbamstico de planeamiento sobre el Equipamiento Social 1 (ES- 1), Sistema General ZV-15, Vial publico, Sistema General 1-3 junto con pianos de Estado Actual y Modificado.

Si es de su interes la firma de! mismc, debera contactar con la Concejalfa de Urbanismo para fijar la hora del acto que debera realizarse el dfa 15 de los corrientes. En dicha comparecencia deberan aportarse los documentos que acrediten la titularidad de los terrenos afectados, escritura de constitucion de la sociedad y poder de representacion de la persona ffsica firmante del convenio.

por medio del presente adjunto se remite

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Sin otro particular,

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Fdo.- /fna Ma ’»la Redruello Concejal Delegaqa de Urbanismo

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Ayuntamiento de FuengirolaAsesoria Juridica fnQ=irfil

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CONVENIO URBANISTICO DE PLANEAMIENTO

En Fuengirola a %...... de4uf1io.de 2012%

REUNIDOS

De una parte, Dofia Esperanza Ona Sevilla, Alcaldesa del Ayuntamiento de Fuengirola, de donde es vecina, cuyas circunstancias personates no se resenan por estar exceptuadas en razoh al cargo con que comparece. Con D.N.I. y N.I.F. numero.............

De la otra, Don........1.

INTERVENCION Y CAPACIDAD

La primera interviene en su Calidad de Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Fuengirola, con.CIF: P-2905400D, cuya representation ostenta conforme a lo dispuesto en el articulo 21.1. b). de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimen Local,; a su vez interviene en este acto de D. FRANCISCO GARCIA MARTINEZ, como Secretario de dicha Administration Municipal, al solo efedto de asistir al Alcalde-Presidente en la funcion de fe publica y el asesoramiento legal preceptivo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 92.3, apartado a) de la Norma antedicha y con la regia 6a delarticulo 113 del Texto Refundido de las Disposiciones Legates Vigentes en Materia de Regimen Local, aprobado por Real Decreto Legislative 781/1986, de

18 de abril.

El segundo , en su calidad de..............

Los intervinientes, segun actuan se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la formalization de presente convenio urbanistico a cuyo efecto

libre y voluntariamente.

EXPONEN

l.-ANTECEDENTES

a. ORDENACION URBANfSTICA VIGENTE.

Que mediante acuerdo adoptado por la por la Section de Urbanismo de la Comision Provincial de Ordenacion del Territorio y Urbanismo de Malaga, de 22 de febrero de 2011, por el que se aprueba definitivamente de manera parcial el documento de cumplimiento de las determinaciones suspendidas establecidas

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en el apartado B) del Acuerdo adoptado por la Comision el 10 de junio de 2010 y publicado en el BOJA num. 143 de 22 de julio de 2010.

b. AMBITO DE ACTUACION FISICO AL QUE SE REFIERE EL PRESENTE

CONVENIO URBANISTICO.

El ambito de actuacion del presente Convenio se circunscribe a la zona concretada en los pianos adjuntos al presente Convenio como anexo A, y cuyos linderos fisicos son al norte con Sistema General ZV 15, al sur con zona calificada como vial publico, al este con autovia a-7 y al oeste con Parque Fluvial.

Suelo Urbano Consolidado, que comprende las siguientes parcelas:

Equipamiento Social ES-1

Sistema General ZV-15

Vial Publico

Sistema General I-3

c. HECHOS QUE MOTIVAN EL PRESENTE CONVENIO URBANISTICO.

La implantacion de la nueva Estacion de Autobuses conllevara un enorme impacto sobre el Equipamiento Social, propiedad de la entidad que el presente convenio propone la modification de la zonificacion urbanistica recogida en el PGOU, con el fin de mejorar la ordenacion de los terrenos resultantes y minorar la repercusion de su implantacion sobre dicho

equipamiento.

La zonificacion establecida en el anexo A permite reordenar la zona para que el impacto sea lo menor posible, garantizando el acceso a la parcela del Equipamiento Social, de forma que el trafico de vehiculos que genera la Estacion no dificulte la accesibilidad a la misma.

por lo

Por otra parte, se adaptara los linderos de esta parcela a la nueva realidad, de forma que las relaciones entre los usos que ocuparan esta zona sean mas fluidas.

II.- FUNDAMENTOS JURIDICOS.

De conformidad con el articulo 5.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbanistica de Andalucia, las Administraciones con competencia en materia de ordenacion urbanistica tienen el deber de facilitar y promover la iniciativa privada, en el ambito de sus respectivas competencias y en las formas y con el alcance previstos en esta Ley. A estos efectos pod ran suscribir convenios urbanisticos con particulares con la finalidad de establecer los

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terminos de colaboracion para el mejor y mas eficaz desarrollo de la actividad urbanistica.

Los Convenios urbanlsticos de planeamiento vienen regulados en el articulo 30 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbanlstica de Andalucla, modificado por el artlculo 24 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.

«1. La Administration de la Junta de Andalucia y los Ayuntamientos, asi como los organismos adscritos o dependientes de una y otros, podran suscribir entre si y con otras Administraciones y sus organismos convenios interadministrativos para definir de comun acuerdo y en el ambito de sus respectivas competencias los terminos en que deba preverse en el planeamiento urbanistico la realization de los intereses publicos que gestionen.

En todo lo no previsto en esta Ley sera de aplicacion a los convenios interadministrativos lo dispuesto en la legislation de regimen juridico de las Administraciones Publicas.

2. La Administration de la Junta de Andalucia y los Ayuntamientos, actuando en el ambito de sus respectivas competencias y de forma conjunta o separada, podran tambien suscribir con cualesquiera personas, publicas o privadas, sean o no propietarias de suelo, convenios urbanisticos relativos a la formation o innovation de un instrumento de planeamiento.

Los convenios a que se refiere el parrafo anterior tendran, a todos los efectos, caracter juridico administrative y les seran de aplicacion las siguientes reglas:

1.a Solo tendran el efecto de vincular a las partes para la iniciativa y tramitacion del pertinente procedimiento sobre la base del acuerdo respecto de la oportunidad, conveniencia y posibilidad de concretas soluciones de ordenacion, y en ningun caso vincularan a las Administraciones Publicas en el ejercicio de

sus potestades.

4.a El acuerdo de aprobacion del convenio, que al menos identificara a los otorgantes y senalara su ambito, objeto y plazo de vigencia, sera publicado tras su firma por la Administration urbanistica competente en los terminos previstos en el artlculo 41.3 de esta Ley. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluira en un registro publico de caracter administrativo.

4. La tramitacion, celebration y cumplimiento de los convenios regulados en este articulo se regiran por los principios de transparency y publicidad».

La nueva ordenacion propuesta para los terrenos incluidos en el Convenio se ajusta a la ordenacion territorial y a las reglas sustantivas y estandares de ordenacion previstos en el articulo 17 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbanistica de Andalucia y disposiciones concordantes.

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La situation basica de los terrenos afectados por el Convenio estan clasificados como Suelo Urbano Consolidado y calificados de la siguiente forma: Equipamiento Social ES-1, Sistema General ZV-15, Vial Publico y Sistema General I-3.

Considerando que se ha verificado la idoneidad de la propuesta de alteration del planeamiento, y por consiguiente se acredita el cumplimiento de los siguientes extremos, que operan como llmite a la tramitacion de un convenio urbanlstico de tal naturaleza:

Existencia de una norma habilitante especifica que posibilite ese convenio en particular (arts. 5.2 y 30 de la Ley 7/2007, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbanlstica de Andalucia).

Su contenido no resulta contrario al Ordenamiento juridico, especialmente al urbanlstico.

No versa sobre materias no susceptibles de transaction o las someta a formulas de arbitraje, y en particular, no compromete derechos del patrimonio o del dominio publico presentes o futuros.

No enajena o condiciona por virtud del convenio la potestad publica de planeamiento, aunque solo sea mediante la incorporation de una condition suspensiva o cinendo la obligation de la Administration a un mero hacer mas

que a un resultado.

En el expositivo del convenio se contiene el equivalente informativo y justificative que se exige en la memoria de cualquier instrumento de

planeamiento.

La justification del Convenio es urbanlstica.

Queda justificado que no cabe la concurrencia publica para ese concreto convenio con la Administration.

Antes y durante el tramite de information publica se deberan promover actividades para incentivar y hacer mas efectiva la participation ciudadana (en exigencia del artlculo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion

Urbanlstica de Andalucia).

En virtud de esta regulation, las partes, libre y voluntariamente, han pactado la elaboration del presente convenio urbanlstico todo ello con sujecion a las

siguientes.

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- NATURALEZA DEL PRESENTE CONVENIO URBANISTICO.

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El presente convenio urbanlstico que en todo caso tiene caracter jundico- administrativo, se califica, por su contenido y finalidad conforme al artlculo 30 de la LOUA.

SEGUNDA. - OBJETO DEL CONVENIO URBANISTICO.

En atencion a los antecedentes expuestos, el presente convenio tiene por objeto, la nueva ordenacion de la manzana descrita en el anexo A.

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA.

El Ayuntamiento de Fuengirola, de conformidad con su voluntad politica, se compromete a alterar su planeamiento municipal, de conformidad a los arts. 36 y s.s. de la LOUA.

CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD.

se compromete a intervenir en la correspondiente escritura publica de adaptation de la realidad flsica a la registral. As! como a colaborar, con este Ayuntamiento, en el expediente de alteracion del PGOU, objeto del presente Convenio Urbanlstico de Planeamiento.

QUINTA.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA APROBACION DE ESTE CONVENIO URBANISTICO Y SU PERFECCIONAMIENTO.

Para el procedimiento de alteracion del Planeamiento se seguira, con caracter general lo dispuesto en el artlculo 36 de la LOUA, y con caracter especial lo dispuesto en el artlculo 37 de la LOUA, al tratarse de una revision del PGOU, pues se produce una alteracion sustancial de la ordenacion estructural.

SEXTA.- CUMPLIMIENTO 0 INCUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL

CONVENIO.

Si por razones de fuerza mayor, por imperativo legal o tecnico o por oposicion de instancia supramunicipales y/o jurisdiccionales, quedara frustrado, superado y/o desnaturalizado el presente convenio, el mismo quedara sin efecto no teniendo las partes nada que reclamarse respecto de su contenido.

Si el objeto del convenio no llegase a materializarse por incumplimiento negligente o culpable de las obligaciones contraldas en este pacto por cualquiera de las partes, la parte que si haya cumplido sus compromises podra exigirle a la otra el efectivo cumplimiento y en todo caso, la compensation de los danos demostrables producidos por dicho incumplimiento.

Leldo el presente texto de Convenio Urbanlstico y sus hojas adjuntas, las partes lo encuentran conforme y aceptan, por lo que firman a continuation y en sus demas folios y hojas adjuntas, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha senalados mas arriba.

La entidad

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Fuengirola, 2 de Julio de 2012

Es de referencia el oficio remitido con fecha 6 de Junio del corriente relativo al Borrador de Convenio Urbanfstico de Planeamiento sobre sobre Equipamiento Social 1 (ES-1), Sistema General ZV-15, Vial publico, Sistema General 1-3, al cual se adjuntaban los correspondientes pianos.

Como quiera que los pianos que se adjuntaban no se correspondian exactamente con lo estipulado en el convenio, nuevamente se remite el borrador del mismo junto con los pianos definitivos.

Asf, indicarle que si es de su interes la firma del mismo, debera contactar con la Concejalfa de Urbanismo para fijar la hora del acto que debera realizarse el dfa 6 de los corrientes. En dicha comparecencia deberan aportarse los documentos que acrediten la titularidad de los terrenos afectados, escritura de constitucion de lasociedad y poder da representadlpn.de la persona ftsica firmante del convenio.

Sin otro particular,.y ^ \fiO ’̂ I £ M 4. !•;ii; < uu

jsssul, i re 3/ aw icon/ m\ itr^i i&!t m iiN« i ?./Fdo./Ana Mfpjla .Redfulllo , ejal Delemla de Urbanismo;

ACon^

f ASISTENCIAL, S.A.

0 4 JUL, 2012

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nixps://mail.google.com/mail/?ui=2&ik=3c54a79344&view=L ivir\...

Curro Arvilla <[email protected]>

CONVENIO PLANEAMIENTO RESIDENCE DE MAYORES FUENGIROLA1 mensaje

Curro Arvilla <[email protected]> Para: [email protected]

9 de julio de 2012 10:53

Estimado Sr. Roman Gallofre:

/; Adjunto a este archivo el piano modificado definitivo con la correction del error advertido.

I

Saludos cordiales.

Francisco Arvilla.Arquitecto Municipal Ayuntamiento de Fuengirola

« MOV_PARCELAS_MODIF. JULIO 12.pdf-1 1853K

09/07/2012 101 de 1

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Ayuntamiento de Fuengirolai

Asesoria Juridicatin sio-l d-e ciiuUxd

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CONVENIO URBANISTICO DE PLANEAMIENTO

En Fuengirola a 12 de julio de 2012

REUNIDOS

De una parte, Dona Esperanza Ona Sevilla, Alcaldesa del Ayuntamiento de Fuengirola, de donde es vecina, cuyas circunstancias personales no se resenan por estar exceptuadas en razon al cargo con que comparece. Con D.N.I. y N.I.F. numero

28655598-J.

De la otra, Don Pedro Bravo Aragon, mayor de edad y con domicilio a estos efectos en

Marbella, Urbanizacion Azalea Beach, Carretera Malaga-Cadiz km. 172,8. Con D.N.I. y

N.I.F. numero 31835728-W.

INTERVENCION Y CAPACIDAD

La primera interviene en su calidad de Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de

Fuengirola, con CIF: P-2905400D, cuya representacion ostenta conforme a lo dispuesto en el artfculo 21.1. b). de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Regimen Local,; a su vez interviene en este acto el Sr. Secretario de dicha

Administration Municipal, al solo efecto de asistir al Alcalde-Presidente en la funcion

de fe publics y el asesoramiento legal preceptivo.

El segundo , en su calidad de Director Territorial Zona Sur del Grupo SARquavite, constituida por las sociedades SAR Residencial y Asistencial, S.A.U. con CIF A-79059085

y Quavitae Servicios Aistenciales, S.A. con CIF A-80106842, cuya representacion

ostenta conforme a escrituras de aporderamiento otorgadas el dia 19 de enero de

2012 ante el notario M.D. Gimenez Arbona, con numero 77 de su protocolo y ante el notario D. Jose Marfa Suarez Sanchez Ventura el 20 de julio de 2011 y protocolo

108.044.

Los intervinientes, segun actuan se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la formalization de presente convenio urbanfstico a cuyo efecto libre y

voluntariamente.

EXPONEN

l.-ANTECEDENTES

a. ORDENACION URBANISTICA VIGENTE.

-1 -

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Asesoria Juridicapi6I^lR®LAi

vm de ciudad

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Que mediante acuerdo adoptado por la por la Seccion de Urbanismo de la Comision

Provincial de Ordenacion del Territorio y Urbanismo de Malaga, de 22 de febrero de

2011, por el que se aprueba definitivamente de manera parcial el documento de

cumplimiento de las determinaciones suspendidas establecidas en el apartado B) del Acuerdo adoptado por la Comision el 10 de junio de 2010 y publicado en el BOJA num. 143 de 22 de julio de 2010.

b. AMBITO DE ACTUACION FISICO AL QUE SE REFIERE EL PRESENTE CONVENIO

URBANISTICO....

El ambito de actuacion del presente Convenio se circunscribe a la zona concretada en

los pianos adjuntos al presente Convenio como anexo A, y cuyos linderos fisicos son al norte con Sistema General ZV 15, al sur con zona calificada como vial publico, al este

con autovia a-7 y al oeste con Parque Fluvial.

Suelo Urbano Consolidado, que comprende las siguientes parcelas:

Equipamiento Social ES-1

Sistema General ZV-15

Vial Publico

Sistema General 1-3

c. HECHOS QUE MOTIVAN EL PRESENTE CONVENIO URBANISTICO.

La implantacion de la nueva Estacion de Autobuses conllevara un enorme impacto

sobre el Equipamiento Social, propiedad del Grupo SARquavite, por lo que el presente

convenio propone la modificacion de la zonificacion urbanistica recogida en el PGOU, con el fin de mejorar la ordenacion de los terrenos resultantes y minorar la

repercusion de su implantacion sobre dicho equipamiento.

La zonificacion establecida en el anexo A permite reordenar la zona para que el impacto sea lo menor posible, garantizando el acceso a la parcela del Equipamiento

Social, de forma que el trafico de vehfculos que genera la Estacion no dificulte la

accesibilidad a la misma.

Por otra parte, se adaptara los linderos de esta parcela a la nueva realidad, de forma

que las relaciones entre los usos que ocuparan esta zona sean mas fluidas.

-2-

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Ayuntamiento de Fuengirola☆ Z

Asesoria JuridicaI

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II.- FUNDAMENTOS JURIDICOS.

De conformidad con el arti'culo 5.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de

Ordenacion Urbam'stica de Andalucia, las Administraciones con competencia en

materia de ordenacion urbamstica tienen el deber de facilitar y promover la iniciativa

privada, en el ambito de sus respectivas competencias y en las formas y con el alcance

previstos en esta Ley. A estos efectos podran suscribir convenios urbam'sticos con

particulares con la finalidad de establecer los terminos de colaboracion para el mejor y

mas eficaz desarrollo de la actividad urbam'stica.

Los Convenios urbam'sticos de planeamiento vienen regulados en el arti'culo 30 de la

Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbam'stica de Andalucia, modificado

por el arti'culo 24 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda

Protegida y el Suelo.

\

«1. La Administration de la Junta de Andalucia y los Ayuntamientos, asi como los

organismos adscritos o dependientes de una y otros, podran suscribir entre si y con

otras Administraciones y sus organismos convenios interadministrativos para definir de

comun acuerdo y en el ambito de sus respectivas competencias los terminos en que

deba preverse en el planeamiento urbanistico la realization de los intereses publicos

que gestionen.

En todo lo no previsto en esta Ley sera de aplicacion a los convenios

interadministrativos lo dispuesto en la legislation de regimen juridico de las

Administraciones Publicas.

2. La Administration de la Junta de Andalucia y los Ayuntamientos, actuando en el ambito de sus respectivas competencias y de forma conjunta o separada, podran

tambien suscribir con cualesquiera personas, publicas o privadas, sean o no

propietarias de suelo, convenios urbam'sticos relativos a la formation o innovation de

un instrumento de planeamiento.

Los convenios a que se refiere el parrafo anterior tendran, a todos los efectos, caracter juridico administrativo y les serdn de aplicacion las siguientes reglas:

1° Solo tendran el efecto de vincular a las partes para la iniciativa y tramitacion del pertinente procedimiento sobre la base del acuerdo respecto de la oportunidad, conveniencia y posibilidad de concretas soluciones de ordenacion, y en ningun caso

vincularan a las Administraciones Publicas en el ejercicio de sus potestades.

-3 -

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Ayuntamiento de Fuengirola& c

Asesorfa JuridicaI

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4.9 El acuerdo de aprobacidn del convenio, que a I menos identificard a los otorga rites y

senalara su ambito, objeto y plazo de vigencia, sera publicado tras su firma por la

Administracion urbanlstica competente en los terminos previstos en el arti'culo 41.3 de

esta Ley. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluira en un registro publico de

caracter administrativo.

4. La tramitacion, celebracion y cumplimiento de los convenios regulados en este

artlculo se regiran por los principios de transparencia y publicidad».

La nueva ordenacion propuesta para los terrenos incluidos en el Convenio se ajusta a

la ordenacion territorial y a las reglas sustantivas y estandares de ordenacion previstos

en el arti'culo 17 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbam'stica de

Andaluda y disposiciones concordantes.

La situacion basica de los terrenos afectados por el Convenio estan clasificados como

Suelo Urbano Consolidado y calificados de la siguiente forma: Equipamiento Social ES- 1, Sistema General ZV-15, Vial Publico y Sistema General 1-3.

Considerando que se ha verificado la idoneidad de la propuesta de alteracion del planeamiento, y por consiguiente se acredita el cumplimiento de los siguientes

extremos, que operan como limite a la tramitacion de un convenio urbanistico de tal naturaleza:

TExistencia de una norma habilitante especi'fica que posibilite ese convenio en

particular (arts. 5.2 y 30 de la Ley 7/2007, de 17 de diciembre, de Ordenacion

Urbam'stica de Andaluda).

i

Su contenido no resulta contrario al Ordenamiento juridico, especialmente al urbanistico.

No versa sobre materias no susceptibles de transaccion o las someta a formulas de

arbitrage, y en particular, no compromete derechos del patrimonio o del dominio

publico presentes o futuros.

I No enajena o condiciona por virtud del convenio la potestad pubiica de planeamiento, aunque solo sea mediante la incorporacion de una condicion suspensiva o cinendo la

\x i obligacion de la Administracion a un mero hacer mas que a un resultado.

En el expositivo del convenio se contiene el equivalente informativo y justificative que

se exige en la memoria de cualquier instrumento de planeamiento.

-4 -

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Ayuntamiento de Fuengirolac

Asesoria JuridicaI

un sol de cind&fi

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La justificacion del Convenio es urbanistica.

Queda justificado que no cabe la concurrencia publica para ese concreto convenio con

la Administracion.

Antes y durante el tramite de informacion publica se deberan promover actividades

para incentivar y hacer mas efectiva la participacion ciudadana (en exigencia del articulo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenacion Urbanistica de

Andalucia).

En virtud de esta regulacion, las partes, libre y voluntariamente, han pactado la

elaboracion del presente convenio urbanistico todo ello con sujecion a las siguientes.

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- NATURALEZA DEL PRESENTE CONVENIO URBANISTICO.

El presente convenio urbanistico que en todo caso tiene caracter juridico- administrativo, se califica, por su contenido y finali dadconforme a I articulo 30 de la

LOUA.

SEGUNDA. - OBJETO DEL CONVENIO URBANISTICO.

En atencion a los antecedentes expuestos, el presente convenio tiene por objeto, la

nueva ordenacion de la manzana descrita en el anexo A.

ITERCERA.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA.

El Ayuntamiento de Fuengirola, de conformidad con su voluntad politica, se

compromete a alterar su planeamiento municipal, de conformidad a los arts. 36 y s.s. de la LOUA.

CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD.

El Grupo SARquavite se compromete a intervenir en la correspondiente escritura

publica de adaptacion de la realidad fisica a la registral. Asi como a colaborar, con este

Ayuntamiento, en el expediente de alteration del PGOU, objeto del presente Convenio

Urbanistico de Planeamiento.

QUINTA.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA APROBACION DE ESTE CONVENIO

URBANISTICO Y SU PERFECCIONAMIENTO.

- 5 -

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Ayuntamiento de Fuengirolai s

Asesoria Juridicaun sol cle cindad

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Para el procedimiento de alteracion del Planeamiento se seguira, con caracter general lo dispuesto en el articulo 36 de la LOUA, y con caracter especial lo dispuesto en el articulo 37 de la LOUA, al tratarse de una revision del PGOU, pues se produce una

alteracion sustancial de la ordenacion estructural.

SEXTA.- CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL CONVENIO.

Si por razones de fuerza mayor, por imperativo legal o tecnico o por oposicion de

instancia supramunicipales y/o jurisdiccionales, quedara frustrado, superado y/o

desnaturalizado el presente convenio, el mismo quedara sin efecto no teniendo las

partes nada que reclamarse respecto de su contenido.

Si el objeto del convenio no llegase a materializarse por incumplimiento negligente o

culpable de las obligaciones contraidas en este pacto por cualquiera de las partes, la

parte que si haya cumplido sus compromises podra exigirle a la otra el efectivo

cumplimiento y en todo caso, la compensacion de los danos demostrables producidos

por dicho incumplimiento.

Leido el presente texto de Convenio Urbanistico y sus hojas adjuntas, las partes lo

encuentran conforme y aceptan, por lo que firman a continuacion y en sus demas

folios y hojas adjuntas, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha

senalados mas arriba.

ftA^u^viteAyuntamiento de Fuengirola

\

7/miCL

D3. Esberanza Ona Sevilla D.Pedro Bravo Aragon

WSr. Secrstario Municipal

-6-

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ESTADO MODIFICADO

SITUACldN;

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ESTADO MODIFICADOemplazamiento

II!

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Arquitecto Municipal - Ayuntamiento de Fuengirola

Arquitecto Municipal - Ayuntamiento de Fuengirola <[email protected] > miercoles, 24 de octubre de 2012 13:31 '[email protected]'PROPUESTA DE MODIFICACION DE DELIMITACION PARCELA ACUERDO SUSCRITO AYTO-SAR.pdf; PROPUESTAApdf; PROPUESTA.B.pdf

De:

Enviado el: Para:Asunto:Datos adjuntos:

Estimado Roman:

De acuerdo a nuestra conversation de esta misma manana, adjunto te remito la ultima propuesta de delimitacion de la parcela del SAR de Fuengirola.

Necesito tu respuesta lo antes posible para poder iniciar el tramite del Expediente de la Modificacion del PGOU correspondiente.

Jn saludo.

Francisco Arvilla.

1

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Arquitecto Municipal - Ayuntamiento de Fuengirola

Arquitecto Municipal - Ayuntamiento de Fuengirola <[email protected]> martes, 13 de noviembre de 2012 15:02 [email protected] PLANOS ESTADO MODIFICADO PARCELA SARQUAVITAE ESTADO MODIFICADO DEF.NOV.12. SITUACION PARCELA SARQUAVITAE.pdf; ESTADO MODIFICADO DEF.NOV.12. PARCELA SARQUAVITAE.pdf

De:

Enviado el: Para:Asunto:Datos adjuntos:

PLANOS PARA SUSCRIBIRY SUSTITUIR DEL CONVENIO ORIGINAL

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Asesoria urbanismo

De:’

Enviado el:Para:Asunto:

Pedro Bravo <[email protected]> viernes, 07 de diciembre de 2012 17:12 [email protected] RE: Convenio Fuengirola

Buenas tardes Jose Antonio, por favor si es posible lo enviais directamente a Barcelona: f SARquavitae | A/A ROMAN GALLOFRE J c/Aribau 185, entreplanta I

II08021- BARCELONA

Muchas gracias. Saludos,

Pedro Bravo Aragon Director Territorial Zona Sur

’Rquavitae. /. Azalea Beach,

;tr^. Malaga-Cadiz Km.. 172,8 29660-Nueva Andaiucla, Marbella Telf: 952 90 62 17 Movil: 670 04 30 58

SAR Antes de imprimir este correo, piensa bten si es neceserlo hacerlo. El medtoambtente es cosa de tod os

L*»lc r ^ e i mi wm a r\sni»nf*ir r.^ lip dirciiri s Envi 1 uc co Is leg,sa&hn v-gente. cLsaa p~onifcida sue divu?gad6n, cepia o cafcribjcon a isrceros sin la ora via autonzacifir escrkz de SARquav4a©. &n caa« da "eeftoda xsle oom&a per err&* s& rusga ncaificar gl ’•emi&afute y preside' a te dessrucditodel mfema

De: Asesoria urbanismo [mailto:[email protected]] Enviado el: viernes, 07 de diciembre de 2012 11:11 Para: Pedro Bravo *sunto: Convenio Fuengirola

cstimado Pedro,

Conforme a lo acordado, te informo que tengo a tu disposicion vuestra copia del piano del convenio.

Te ruego me indiques el iugar donde enviartelo o si pasaras por el Ayuntamiento para recogerlo.

Un saludo.

Jose Antonio Canales Rodriguez Asesoria Juridica Ayuntamiento de Fuengirola

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Ayuntamiento de FuengirolaAlcaldia

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ffiSyun s*

www.fuengirola.org*SAR Residencial y Asistencial, STA.U.

Quavitae Servicios Asistcnciales, S.A. Urbanizacidn Azalea Beach C/ Ana de Austria, s/n,29660 Marbella

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ANA Ma. MULA REDRUELLO, Alcaldesa-Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Fuengirola, en uso de las atribuciones que me confiere la Ley, y

En relation al Convenio Urbanistico suscrito con fecha 12 de julio de 2012 por este Consistorio con las entidades SAR Residencial y Asistencial, S.A.U. y Quavitae Servicios Asistenciales, S.A., sobre la modification del PGOU de Fuengirola en lo que respecta a la ordenacion del ambito en el que se encuentran Equipamiento Social ES-1, Sistema General ZV-15 y Sistema General 1-3, tengo a bien comunicarle lo siguiente:

Que a pesar de las multiples gestiones, entrega de documentation y demas actuaciones realizadas no ha sido posible obtener el informe favorable de la Consejeria de Medio Ambiente respecto al documento de aprobacion inicial de innovation- modification de elementos del PGOU de Fuengirola, resultando que las propuestas de prevention de avenidas e inundaciones al ambito de la innovation que nos ocuva, se consideraron no suficientes para la funcion que le son razon de ser ya que se tienen que basar en los calculos hidrdulicos del Estudio Hidrolosico para la ordenacion de las Cuencas de la Costa del Sol Occidental, provecto de codigo A6.S03.674.0411 de esa Consejeria.

Por lo expuesto, le COMUNICO que ante la inviabilidad de la propuesta de ordenacion recogida en el Convenio debemos deiar el mismo sin efecto dandole traslado de esta informacion a los efectos oportunos.

' Am CENTROS RES12ENGIALES, S.A, A - 81827305

R E C l BIDO

En Fuengirola a\l 1 de agosto de 2017

1 ! AGO. 201?LA ALCA'SARQUAVITAE AZALEA

URB. AZALEA BEACH, S/N. KM. 172'8 C P. 29660 - NUEVAANDALUGIA

MARBELLA - MALAGAANA Ml MULA