justicia transicional
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AVANCE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
PRESENTADO POR: JUAN CAMILO RUBIANO FONTECHA
PRESENTADO A: DIEGO HIGUERA
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA JUAN DE CASTELLANOS
TUNJA
2016
Justicia Transicional en Colombia.
Este es un tema que tiene un enfoque jurídico sociológico, ya que la Justicia
Transicional es de carácter jurídico en la medida que esta aplica para el
cumplimiento de acuerdos jurisdiccionales para el abordaje de las violaciones a los
Derechos Humanos, al Derecho Internacional Humanitario y políticas sociales.
¿Qué es las Justica Transicional y cómo se desarrollan sus objetivos en
Colombia?
La Justicia transicional es un mecanismo, el cual se ensaña en resolver los
problemas derivados de un pasado de abusos y atropellos contra la población civil,
está puede ser posible siempre y cuando los responsables rindan cuentas de sus
actos, reparen a la víctimas y logren como único objetivo el hacer justicia eso sí de
la mano con la reconciliación no solo de las víctimas sino también con el país en
donde se cometieron estos abusos y atropellos.
Sus objetivos son muy numerosos pero vale destacar. El abordar e intentar sanar, las heridas que surgen en la sociedad como resultado de las violaciones a los derechos humanos; para nadie es un secreto que estos
abusos y atropellos no solo dejan heridas en la victimas si no también afecta a un
país y por supuesto a sus habitantes, en donde ya no se puede vivir en paz
porque estos actos perturban el orden social, económico y emocional de un país.
Aquí la justica transicional tiene que ser muy comprensiva y por supuesto sanar
todos estos vacíos sociales que afectaron la historia de una nación. Reducir la impunidad, proveer de justicia a las víctimas y responsabilizar a los culpables. Este aspecto es muy claro y trata nada más y nada menos en que
‘paguen los culpables’ en ese orden de ideas se puede hablar de una nación con
menos inseguridad porque una vez estos jefes criminales estén tras las rejas esa
estructura criminal que implica no solo delitos de lesa humanidad sino también
delitos como el narcotráfico y el crimen organizado ‘cae por que cae’. La
materialización de estos aspectos tiene como eje central el fortalecimiento de la
ética democrática y la previsión de la impunidad, dejando como resultado la sana
convivencia y la paz durable.
Objetivo general.
Cuál es el carácter de la Justica Transicional en Colombia.
La Justica Transicional es de carácter judicial, en donde esta se aplica para el
cumplimiento de acuerdos jurisdiccionales para el abordaje de las violaciones a los
Derechos Humanos, al Derecho Internacional Humanitario o políticas sociales.
Hay dos clases de Mecanismos, en primer lugar están los judiciales los cuales se
conforman de: Leyes de indulto y de amnistía e investigación, procesos judiciales
y sentencias penales. Y en segundo lugar están los mecanismos que resultan de
los acuerdos políticos y sociales, estos se estructuran de los siguientes elementos:
indemnización, recuperación moral, peticiones públicas de perdón y definición de
fechas de conmemoración.
Objetivos Específicos.
Establecer que se entiende por víctima y como se manifiesta la condición de
víctima.
La víctima se define como las personas o grupos de personas que hayan sufrido
daños ocasionados por actos u omisiones que violen los derechos consagrados en
normas del ordenamiento constitucional legal vigente de los estados, del Derecho
internacional, de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario y
del Derecho Penal Internacional. La condición de víctima se adquiere con
independencia de que se identifique, por consiguiente se aprehende o condena al
autor de la conducta punible. Según las Organismos internacionales la víctima no
solamente los individuos pueden ser considerados como victimas sino que en
ciertos casos las mismas comunidades que pueden entenderse como pueblos
indígenas o grupos políticos pueden ser considerados como grupos políticos.
Identificar los principios de la Justica Transicional.
Es importante abordar un muy importante antecedente histórico en materia de
Justica Transicional, el cual remonta en los años de 1997 eso si gracias al autor
JOINET, por consiguiente los principios de la justica transicional se tipifican en: el
Derecho a la verdad, el Derecho a la Justicia y el Derecho a la reparación. Por
derecho a la Justicia se debe entender la justicia como ‘virtud política’ por ende le
corresponde al estado garantizar el cumplimento de los principios establecidos por
el debido proceso, en donde se le garantice a la víctima la protección de sus
derechos e imponer penas frente a los delitos de lesa humanidad, crímenes de
guerra y vulneraciones graves a los Derechos Humanos. El Derecho a la verdad,
vale destacar la verdad eso si como garantía individual fundamental, en donde
esta consiste en el libre acceso de la víctima al conocimiento de las circunstancias
de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos. Es importante tener en
cuenta la construcción o reconstrucción publica de la verdad de los hechos, ya que
la memoria histórica de los individuos y de los pueblos es el punto de partida de la
actividad jurisdiccional como única respuesta legítima y eficaz ante la barbarie y la
impunidad. El Derecho a la reparación integral es importante entender que
significa la reparación, esta se entiende como la satisfacción material que el
estado o agresor está obligado a dar a la víctima de un delito o de una violación a
sus Derechos Humanos, esta se contextualiza en una indemnización o
compensación económica la cual es dada por el agresor para compensar así su
agravio conferido por el crimen. No basta con la indemnización de la víctima para
que su derecho sea del todo restituido también hay que tener en cuenta la
rehabilitación y esta trae consigo el brindarle a la víctima asistencia médica, o
psicológica para entender así la crisis o enfermedad permanente que nace en esta
violación de derechos.
Mencionar los niveles de la Justica Transicional.
Esta Justicia se conforma de cuatro niveles. En primer lugar está el individual, este
es muy claro y menciona a la víctima o victimario como actor en la justicia
transicional. En segundo lugar están los estados-nación, a estos le corresponde
definir los acuerdos y disposiciones que son necesarias para que las partes del
conflicto hagan efectiva la transición eso si enfocada hacia la democracia. En
estos casos los estados-nación tienen que someterse a lo que diga el Derecho
Internacional Público y el Derecho Internacional Humanitario. En tercer lugar están
los actores corporativos se conforman de partidos políticos, iglesias, empresas
económicas, las asociaciones profesionales y las entidades administrativas de
orden territorial, todas estas pueden adquirir el rol de víctimas o victimarios dentro
del proceso de la Justica Transicional. Y por último están las instituciones
supranacionales, vemos aquí los tribunales internacionales en donde estos
cumplen su papel en la Justicia Transicional, cunado en el ámbito nacional no
existe la capacidad ni la voluntad política de enjuiciar a los sospechosos de
crímenes de guerra.