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JUNTA DE GOBIERNO LOCAL INFORMACIÓN SOBRE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESION CELEBRADA EL 7 DE ABRIL DE 2016 Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015 de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local. Y visto el artículo 40 del Reglamento orgánico de Ayuntamiento de Segovia (revisión 2013), (BOP de 29 de mayo de 2013), por el que se delegan competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local: La Junta de gobierno Local en sesión ordinaria de carácter resolutivo adoptó los siguientes acuerdos: Acuerdo núm. 252.- Dación de cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada el 31 de Marzo de 2016, y aprobación de las rectificaciones que en su caso procedan. Y no formulándose más observaciones, por unanimidad de los asistentes, RESULTÓ APROBADA EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 31 DE MARZO DE 2016. A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS. A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Acuerdo núm. 254.- Expediente PAC 000010/2015-CNT.- Dación de cuenta de la Resolución 22/2016 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León por la que se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto contra Decreto de Adjudicación del Contrato de Servicios de Mantenimiento y Conservación de Zonas Verdes y Arbolado de Alineación en la Ciudad de Segovia. La Junta de Gobierno Local ha acordado: Primero .- Quedar enterada de la desestimación del recurso especial interpuesto por la entidad mercantil VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L. contra el Decreto de de fecha 2 de Febrero de 2016, por el que se adjudica el contrato de servicios de mantenimiento y conservación de zonas verdes y arbolado de alineación en la ciudad de Segovia, y en consecuencia se procede al levantamiento de la suspensión del procedimiento. Segundo .- Requerir a la empresa ACCIONA MEDIO AMBIENTE S.A.U para que proceda a formalizar el contrato administrativo correspondiente al Servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes y arbolado de alineación en la ciudad de Segovia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que reciba este requerimiento.

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JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

INFORMACIÓN SOBRE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESION CELEBRADA EL 7 DE ABRIL DE 2016

Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015 de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local.

Y visto el artículo 40 del Reglamento orgánico de Ayuntamiento de Segovia (revisión 2013), (BOP de 29 de mayo de 2013), por el que se delegan competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local:

La Junta de gobierno Local en sesión ordinaria de carácter resolutivo adoptó los siguientes acuerdos:

Acuerdo núm. 252.- Dación de cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada el 31 de Marzo de 2016, y aprobación de las rectificaciones que en su caso procedan.

Y no formulándose más observaciones, por unanimidad de los asistentes, RESULTÓ APROBADA EL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 31 DE MARZO DE 2016.

A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS.

A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA

PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Acuerdo núm. 254.- Expediente PAC 000010/2015-CNT.- Dación de cuenta de la Resolución 22/2016 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León por la que se desestima el recurso especial en materia de contratación interpuesto contra Decreto de Adjudicación del Contrato de Servicios de Mantenimiento y Conservación de Zonas Verdes y Arbolado de Alineación en la Ciudad de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Quedar enterada de la desestimación del recurso especial interpuesto por la entidad mercantil VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L. contra el Decreto de de fecha 2 de Febrero de 2016, por el que se adjudica el contrato de servicios de mantenimiento y conservación de zonas verdes y arbolado de alineación en la ciudad de Segovia, y en consecuencia se procede al levantamiento de la suspensión del procedimiento.

Segundo.- Requerir a la empresa ACCIONA MEDIO AMBIENTE S.A.U para que proceda a formalizar el contrato administrativo correspondiente al Servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes y arbolado de alineación en la ciudad de Segovia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que reciba este requerimiento.

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Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo al Servicio Responsable de este contrato y a la Intervención Municipal.

Acuerdo núm. 255.- Expediente PAC 000010/2016-CNT.- Propuesta de determinación de la oferta económicamente más ventajosa del expediente de contratación tramitado mediante procedimiento negociado sin publicidad de “Inserción sociolaboral de personas en situación de discapacidad física, psíquica y sensorial, colectivos en situación de riesgo de exclusión, a través de los trabajos de conservación y mejora de áreas naturales, zonas verdes, plazas y espacios abiertos del ‘Área Natural del Clamores – Pinarillo’ en la ciudad de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Declarar válida la licitación.

Segundo.- Declarar que la oferta económicamente más ventajosa en la contratación tramitada mediante procedimiento negociado sin publicidad de la "Inserción sociolaboral de personas en situación de discapacidad física, psíquica y sensorial, colectivos en situación de riesgo de exclusión, a través de los trabajos de conservación y mejora de áreas naturales, zonas verdes, plazas y espacios abiertos del "Área Natural del Clamores Pinarillo" en la Ciudad de Segovia, es la presentada por la empresa LOS JARDINEROS DE LA UNIDAD ESPECIAL S.L.U. en la cantidad de 53.888,43 euros IVA excluido. A esta cantidad le corresponde un IVA de 11.316,57 euros. Importe total 65.205,00 euros IVA incluido.

Tercero.- Requerir de conformidad con lo previsto en el Art. 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a la empresa LOS JARDINEROS DE LA UNIDAD ESPECIAL S.L.U. para que dentro del plazo de 10 diez hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el presente requerimiento, presente:

A) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva por importe de 2.694,42 euros, en cumplimiento de lo exigido en la cláusula 13ª del Pliego de cláusulas administrativas que rige en el presente contrato.

B) Acreditación de solvencia económica mediante el volumen anual de negocios.

Cuarto.- Publicar este requerimiento en el perfil del contratante del Órgano de Contratación.

Quinto.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal y al Servicio de Parques y Jardines.

Acuerdo núm. 256.- Expediente PAC 000027/2016-PATRIGEN.- Propuesta de aprobación de Convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Archivo Municipal para la generación de un Recurso Digital procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana custodiada por el Archivo Municipal de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

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Primero.- Aprobar el Texto del Convenio entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y el Archivo Municipal de Segovia para la generación de un recurso digital procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la hemeroteca segoviana custodiada en el Archivo municipal de Segovia, cuya literalidad dice:

“CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y EL ARCHIVO MUNICIPAL DE SEGOVIA PARA LA GENERACIÓN DE UN RECURSO DIGITAL PROCEDENTE DE LA EDICIÓN DE IMÁGENES Y EL TRATAMIENTO BIBLIOGRÁFICO DE LA HEMEROTECA SEGOVIANA CUSTODIADA EN EL ARCHIVO MUNICIPAL DE SEGOVIA.

En ..................... a de de .

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Don ...................................................., Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de Archivos y Bibliotecas, nombrado por Real Decreto 855/2014, de 3 de octubre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en ejercicio de las competencias que le confiere el Real Decreto 257/2012, de 28 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio y al amparo de lo dispuesto en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

De otra parte, Doña....................................Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Segovia, del que posee la representación legal atribuida por el artículo 21.1 b) de la Ley 7/195 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local

EXPONEN

Primero.- Que según las Directrices para proyectos de digitalización... elaboradas por un grupo de expertos de IFLA (The International Federation of Library Associations and Institutions) e ICA (International Council on Archives) a petición de la UNESCO, las principales razones para la digitalización son mejorar el acceso, facilitar nuevas formas de acceso y uso, preservar las colecciones bibliográficas y documentales, ofrecer a las instituciones oportunidades para el desarrollo de sus infraestructuras técnicas y para la formación técnica de su personal e impulsar el desarrollo de recursos cooperativos.

Segundo.- Que el artículo 44.1 de la Constitución Española establece que "los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho".

Tercero.- Que el artículo 46 de la Constitución Española establece que "los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio".

Cuarto.- Que, según el artículo 1 del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE de 28 de enero de 2012), le corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la “promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español [dentro del cual se encuentra el patrimonio bibliográfico], de los museos estatales y de las artes, del libro, la

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lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales y de la promoción y difusión de la cultura en español".

Quinto.- Como consecuencia de todo lo anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte impulsa y ejecuta, en colaboración con las Comunidades Autónomas, con el resto de administraciones públicas, órganos del Estado y con todo tipo de entidades privadas, proyectos de digitalización de ámbito supracomunitario consistentes en la generación de recursos digitales procedentes del escaneo y tratamiento bibliográfico de publicaciones en papel u otros soportes con el objetivo de contribuir a su preservación y mejorar el acceso a las mismas haciéndolas accesibles a través de Internet.

Sexto.- En relación con la propiedad intelectual y los derechos de autor, sólo se generan recursos digitales procedentes del escaneo y tratamiento bibliográfico a partir de publicaciones en papel u otros soportes cuyos derechos de explotación han pasado al dominio público por haberse extinguido conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. De otro modo, esto es, en el supuesto de publicaciones en papel u otros soportes cuyos derechos de explotación no hayan pasado al dominio público, por no haberse extinguido conforme a lo establecido en dicho Real Decreto Legislativo 1/1996, pero cuya inclusión en un proyecto de digitalización se considere de interés conforme a lo establecido en el punto primero de esta exposición, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte recabará la autorización de los titulares de dichos derechos de explotación para poder generar recursos digitales -mediante escaneo y tratamiento bibliográfico- procedentes de dichas publicaciones en papel u otros soportes, así como para difundir dichos recursos digitales a través de Internet.

Séptimo.- Dado que la Hemeroteca Segoviana conservada en el Archivo Municipal de Segovia forma parte del patrimonio histórico-artístico español, deberán tenerse en cuenta las disposiciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En consecuencia, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Archivo Municipal de Segovia acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

1. El presente convenio tiene por objeto la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana, ya digitalizada y custodiada en el Archivo Municipal de Segovia, con la finalidad de mejorar el acceso al contenido de dicha hemeroteca, incluyéndola en la Biblioteca Virtual de Prensa Histórica y lograr su preservación. En el Anexo A al presente convenio se indican los títulos que comprende la citada hemeroteca.

Segunda. Propiedad intelectual y derechos de autor.

1. Los derechos de explotación sobre las obras impresas que conforman la Hemeroteca Segoviana han pasado al dominio público, sin embargo, conforme a lo dispuesto en los artículos 12 y 128 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el Archivo Municipal de Segovia es titular de derechos de explotación de las imágenes digitalizadas de las obras impresas que

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conforman la Hemeroteca Segoviana que van a ser objeto de edición y tratamiento bibliográfico.

Como titular de los derechos, el Archivo Municipal de Segovia autoriza al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la realización de los actos de reproducción y, en su caso, distribución y comunicación pública que requiere el cumplimiento de las actuaciones previstas en las cláusulas tercera y cuarta del presente convenio.

2. El recurso digital generado procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana es objeto de protección conforme al artículo 12 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, correspondiendo el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la titularidad de los derechos que la misma otorga.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte autoriza al Archivo Municipal de Segovia a realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes del recurso digital generado -procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana- en cualquiera de las modalidades de explotación existentes y conocidas al día de la fecha.

Tercera. Actuaciones del Archivo Municipal de Segovia

1. Siguiendo las instrucciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Archivo Municipal de Segovia entregará a la empresa contratada por aquel o, en su caso, al propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, los ejemplares digitales de la Hemeroteca Segoviana al objeto de proceder a la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de los mismos.

Cuarta. Obligaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por medio de la empresa que, en su caso, contrate, realizará la edición de imágenes (generación de copias derivadas de difusión y miniaturas) y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana, financiando el coste completo de dicha generación conforme a sus disponibilidades presupuestarias.

2. Los trabajos a los que se refiere el número anterior se realizarán conforme a la normativa técnica y demás recomendaciones de organismos internacionales que se vienen aplicando por dicho Departamento ministerial. En concreto, se ajustará a las condiciones técnicas y controles de calidad establecidos en el documento «Requisitos técnicos de los proyectos de digitalización de patrimonio bibliográfico y de prensa histórica de la SGCB» disponible en el portal Travesía (http://hdl.handle.net/10421/8981).

3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte facilitará una copia del recurso digital resultado de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana al Archivo Municipal de Segovia. Este recurso digital incluirá las imágenes de difusión y de preservación, las miniaturas y los metadatos asociados.

4. Corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la preservación del recurso digital generado procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la

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Hemeroteca Segoviana. Un master de la reproducción en formato TIFF quedará en posesión plena y total del Estado español para su preservación.

5. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte difundirá a través de Internet, en el marco de los proyectos de "Bibliotecas Virtuales" que tiene en marcha, el recurso digital generado procedente de la edición de imágenes y el tratamiento bibliográfico de la Hemeroteca Segoviana. Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá difundir dicho recurso digital por cualquier medio y en el marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que dicho Ministerio adopte para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados, todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual de los contenidos afectados por ellos, en aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual.

Quinta. Modificación y resolución.

1. El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el oportuno acuerdo de modificación sea formalizado y se produzca antes de la expiración de su plazo de duración.

2. Serán causas de resolución de este convenio el mutuo acuerdo, así como el incumplimiento de las cláusulas del mismo por alguna de las partes.

3. Asimismo, podrá ser resuelto por acuerdo motivado de una de ellas, que deberá comunicarse por escrito a la otra parte, al menos con un mes de antelación a la fecha prevista de extinción del convenio en la cláusula sexta.

4. En función de la causa concreta de extinción, y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas se determinará según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Sexta. Vigencia del convenio.

La vigencia del presente Convenio está supeditada a la realización de su objeto, sin perjuicio de los compromisos acordados. La fecha de extinción de la vigencia del convenio es el 31 de diciembre de 2017.

Séptima. Financiación

Las actuaciones que llevará a cabo el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en base al presente convenio que se mencionan en la Cláusula Primera, no suponen compromisos de realización de gastos ni transferencia de recursos entre las partes intervinientes.

Octava. Comisión de vigilancia y seguimiento. Memoria final.

1.- Una comisión de vigilancia y seguimiento del convenio resolverá los problemas de interpretación y ejecución que pudieran plantearse y controlará su ejecución. La comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la firma del Convenio y constará de cuatro miembros nombrados a partes iguales por las personas que suscriben el convenio. La representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte estará integrada por la Subdirectora General de Coordinación Bibliotecaria y por el Jefe del Área de Proyectos, y actuarán en representación del Archivo Municipal de Segovia, el Archivero Municipal

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Don......................, y Doña................................ Concejala de Gobierno Interior y Personal y Patrimonio Municipal y Contratación o quienes les sustituyan.

La comisión estará presidida por uno de los miembros nombrados en representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se reunirá a iniciativa de cualquiera de sus miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución del convenio. La comisión ajustará su funcionamiento a lo establecido sobre órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. A la finalización del Convenio, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elaborará una memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes a través del Convenio.

Novena. Interpretación y jurisdicción

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio, en lugar y fecha arriba indicados, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.”

POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

EL Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de Archivos y Bibliotecas

POR EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

La ALCALDESA

ANEXO A: Cabeceras de la Hemeroteca Segoviana objeto de este contrato.

EL PORVENIR SEGOVIANO (1863, Septiembre 19 a 1865, Marzo 31)

Completan nuestros fondos los números: 1-27, 29, 34, 35, 37, 39, 40, 42-44, 57-59, 63-105, 133.

LA CIUDAD Y LOS CAMPOS (1931, Octubre, 10 a 1936, Octubre, 31)

Completan nuestros fondos los números: 6-8, 10-14, 16-49, 51-94, 97-122, 124-136, 137-260.

EL FARO DE CASTILLA (1888, Agosto 25 a 1893, Febrero 18)

Completan nuestro fondo los números 211 hasta el del 18 de feb de 1863.

EL ECO SEGOVIANO (1868, 1 de Noviembre a 31 de Diciembre)

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EL ERESMA (1871, Mayo 2 a 1872, Junio 29)

LA CONSECUENCIA (1872, 7 de Enero a 29 de Septiembre)

LA SEMANA (1873, 30 de Noviembre a 14 de Diciembre)

EL MOSCARDÓN (1877, Marzo 4 a 1878, Enero 20)

EL ALCAZAR (1879, 1 de Agosto a 23 de Septiembre)

LA TEMPESTAD (1880, Septiembre 15 a 1898, Diciembre 25)

EL PARDILLO (1883, Agosto 25 a 1885, Enero 3)

EL REFORMISTA DE SEGOVIA (1890, Enero 2)

EL CARPETANO (1891, Agosto 5 a 1898, Marzo 6)

SEGOVIA REPUBLICANA (1931, 5 de Mayo a 7 de Noviembre)

EL HERALDO SEGOVIANO (1935, Enero 6 a 1936, Julio 19)

LA FALANGE (1936, Octubre 28 a 1938, Enero 29)

LA LEGALIDAD (1892, Diciembre 29 a 1896, Febrero 1)

Segundo.- Facultar a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta para la suscripción del citado Convenio, de conformidad con el art. 21.1 b) de la Ley 7/195 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local y para cuantos actos y trámites sean necesarios para llevar a cabo el objeto del Convenio.

Tercero.- Encargar la puesta en marcha, tramitación, coordinación, seguimiento y gestiones oportunas al Archivero Municipal.

Cuarto.- Una vez formalizado el convenio se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaría General del Ayuntamiento a los efectos de su inclusión en el registro de convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

Quinto.- El presente acuerdo será notificado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se comunicará al Archivero Municipal.

Acuerdo núm. 257.- Expediente PAC 000126/2015-PATRIGEN.- Propuesta de terminación de expediente incoado para la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda municipal sita en calle La Dehesa núm.5 1º de Segovia, habiéndose efectuado la entrega de llaves.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Declarar la terminación del procedimiento iniciado para la resolución del contrato de arrendamiento de la vivienda de titularidad municipal sita en calle Dehesa, nº 5-1º de Segovia, que “ope legis” operó al fallecimiento del titular del contrato, sin derecho al ejercicio del derecho de subrogación posterior, al haberse

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efectuado por INTERESADA, con fecha 4 de Abril de 2016, la entrega de llaves a esta Administración.

Segundo.- Dar traslado de la presente resolución a INTERESADA.

Tercero.- Poner la vivienda a disposición de la Sección de los Servicios Sociales.

Cuarto.- Comunicar la presente resolución a la Concejalía de Servicios Sociales, a la Sección de Tributos Municipales y a la Empresa Municipal del Suelo y Vivienda S.A. (EVISEGO) a los efectos oportunos.

URBANISMO

Acuerdo núm. 258.- Expediente PAC 12/2016. Propuesta relativa a la solicitud de licencia de primer uso de ampliación de vivienda unifamiliar, sita en calle del Rosario, en Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

CONCEDER LICENCIA DE PRIMER USO para ampliación de vivienda unifamiliar sita en la Calle del Rosario, Segovia.

Dentro del plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente licencia, deberá presentar la preceptiva declaración de alta en las TASAS DE AGUA Y BASURA en el Ayuntamiento de Segovia de todas y cada una de las unidades fiscales (viviendas y locales) que componen la edificación.

La presente licencia está sujeta al pago de la Tasa por Licencias Urbanísticas, de conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales para el año 2016.

La declaración e ingreso de la tasa deberán realizarse mediante autoliquidación dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación expresa de la concesión de la licencia.

Con los datos consignados en la instancia, el Ayuntamiento va a confeccionar la liquidación de la Tasa. Esta liquidación podrá recogerse en la oficina de Atención al Público de los Servicios de Gestión Tributaria y Recaudatoria (Plaza Mayor, nº 1 de Segovia), a partir de los quince días siguientes de la concesión expresa o tácita de la licencia. En caso de no recogerse, se remitirá por correo ordinario un borrador de autoliquidación provisional, que una vez firmada por el interesado, podrá efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria.

No existe variación respecto del proyecto base para la obtención de licencia, siendo el presupuesto de ejecución material del certificado de liquidación final de obra de 117.500,00.-€, todo ello a efectos de ICIO.

Acuerdo núm. 259.- Expediente PAC 605/2016.- Propuesta relativa a la solicitud de licencia de obra, con proyecto de ejecución para reforma de viviendas para apertura de hueco y construcción de escalera en el paseo Ezequiel González núm. 32, bl-4,bj y 1º , Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

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CONCEDER LICENCIA DE OBRA para reforma de viviendas para apertura de hueco y construcción de escalera (unificar dos viviendas en una) en el Paseo Ezequiel González nº 32, BL-4, BJ Y 1º Segovia, según Proyecto presentado y bajo las siguientes condiciones:

• Esta obra está sujeta al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras de conformidad con lo dispuesto en los artículos 100 a 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo B.O.E. num. 59 de 9 de Marzo).

• El presupuesto de ejecución material asciende a 19.446,27 €, a efectos de ICIO.

Acuerdo núm. 260.- Expediente PAC 1451/2010.- Propuesta relativa a la petición de prórroga para la finalización de la construcción de vivienda unifamiliar con garaje en la parcela núm. 16 de la calle de nuevo trazado de la unidad de actuación núm. 4 de Fuentemilanos (Segovia) entre calles Cristo y la Dehesa.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Conceder nueva prórroga de 6 meses para la terminación de las obras de construcción de la vivienda unifamiliar y garaje en la parcela 16, en calle de nuevo trazado de la Unidad de Actuación nº 4, entre calles Cristo y de la Dehesa de Fuentemilanos (Segovia), así como para la finalización de las obras de urbanización pendiente de ejecución en la Unidad de Actuación donde se ubica esta parcela para que adquiera la condición de solar.

Acuerdo núm. 261.- Expediente PAC 1549/2010. Propuesta relativa a la solicitud de “La Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Segovia” de licencia de primer uso para edificio destinado a sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en la calle Pinar de Valsaín núm. 1 (parcela D-7ª del Sector I “Plaza de Toros”)

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

CONCEDER A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA, LICENCIA DE PRIMER USO para edificio destinado a sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad social, sita en la Calle Pinar de Valsaín nº 1 ( Parcela D-7ª del Sector I “Plaza de Toros”).

La presente licencia está sujeta al pago de la Tasa por Licencias Urbanísticas, de conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales para el año 2016.

Conforme al Informe del Arquitecto Técnico Municipal, el presupuesto de ejecución material final de las obras ha sufrido un incremento respecto del que sirvió de base para la concesión de la licencia de obras, que asciende a la cantidad de 2.571.872,29 €, todo ello a efectos de ICIO.

SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO

Acuerdo núm. 262.- Expediente PAC 000425/2016-general. Propuesta de

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rectificación de error advertido en el acuerdo núm. 235 adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2016, relativo a la propuesta de resolución del contrato de alquiler de vivienda municipal sita en calle General Santiago num. 14, bajo y adjudicación de vivienda municipal, en régimen de alquiler, sita en calle la Fragua de Hontoria (Segovia).

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Proceder a la rectificación del acuerdo nº 235 adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de celebrada el pasado 31 de marzo de 2016, relativo a la propuesta de resolución del contrato de alquiler de vivienda municipal sita en Calle General Santiago num. 14, bajo y adjudicación de vivienda municipal en régimen de alquiler, sita en calle la Fragua de Hontoria (Segovia), en el siguiente sentido:

En donde dice:

“La renta mensual que deberán abonar al Ayuntamiento en concepto de arrendamiento y gastos de comunidad, será de 45,36 €/mes, que se deberán ingresar en los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 1 de diciembre de 2015, teniendo en cuenta los ingresos familiares disponibles y según el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2014.

DEBE DECIR:

“La renta mensual que deberán abonar al Ayuntamiento en concepto de arrendamiento y gastos de comunidad, será de 45,36 €/mes, que se deberán ingresar en los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 1 de abril de 2016, teniendo en cuenta los ingresos familiares disponibles y según el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2014.

Acuerdo núm. 263.- Expediente PAC 000426/2016-general. Propuesta de rectificación de error advertido en el acuerdo núm. 236 adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2016, relativo a la propuesta de adjudicación de vivienda municipal en régimen de alquiler sita en calle Jorge Manrique num. 13, 2º, y garaje de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Proceder a la rectificación del acuerdo nº 236 adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de celebrada el pasado 31 de marzo de 2016, relativo a la propuesta de adjudicación de vivienda municipal, en régimen de alquiler, sita en Calle Jorge Manrique nº 13, 2º y garaje, de Segovia, en el siguiente sentido:

En donde dice:

“Aprobar una renta mensual que deberá abonar de 96,92 €/mes, en concepto de arrendamiento y gastos de comunidad, en los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 8 de Junio de 2015, de acuerdo con los ingresos familiares disponibles, y el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2014.

DEBE DECIR:

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“Aprobar una renta mensual que deberá abonar de 96,92 €/mes, en concepto de arrendamiento y gastos de comunidad, en los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 1 de abril de 2016, de acuerdo con los ingresos familiares disponibles, y el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2014.

Acuerdo núm. 264.- Expediente PAC 000483/2016-general. Propuesta de adjudicación de vivienda municipal en régimen de alquiler sita en calle la Dehesa núm. 9, bajo.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero. APROBAR LA CONCESIÓN DE VIVIENDA MUNICIPAL, EN RÉGIMEN DE ALQUILER, integrada por tres miembros más, sita en calle la Dehesa nº 9 bajo, a partir del día 1 de Mayo de 2016.

Segundo.- La formalización del correspondiente contrato de arrendamiento de vivienda municipal sita en calle la Dehesa nº 9 bajo, cuya duración ha de ser de un año prorrogable hasta tres, de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificada por Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

Tercero.- La renta mensual que deberá abonar, al Ayuntamiento de Segovia, será de 102,24 €/ mes, en concepto de alquiler de vivienda y comunidad de propietarios, en los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 1 de mayo de 2016, de acuerdo con los ingresos familiares disponibles, y el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2014.

Cuarto.- Por la inquilina se abonarán los gastos de suministros de la vivienda como agua, basura, electricidad, etc, así como la contratación de un seguro multiriesgo del hogar anual, circunstancias que constarán en el contrato de alquiler.

Quinto.- Dar cuenta del presente acuerdo al Departamento de Patrimonio y Contratación.

Acuerdo núm. 265.- Expediente PAC 000498/2016-general. Propuesta de adjudicación de vivienda municipal en régimen de alquiler sita en calle la Dehesa núm. 5, bajo.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- APROBAR LA CONCESIÓN DE VIVIENDA MUNICIPAL, EN RÉGIMEN DE ALQUILER, integrada por esposa y tres miembros más, sita en calle la Dehesa nº 5 bajo a partir del día 1 de Mayo de 2016.

Segundo.- La formalización del correspondiente contrato de arrendamiento de vivienda municipal sita en calle la Dehesa nº 5 bajo, cuya duración ha de ser de un año prorrogable hasta tres, de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificada por Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

Tercero.- La renta mensual que deberá abonar, al Ayuntamiento de Segovia, será de 87,59 €/ mes, en concepto de alquiler de vivienda y comunidad de propietarios, en

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los diez primeros días de cada mes, y a partir del día 1 de mayo de 2016, de acuerdo con los ingresos familiares disponibles, y el baremo aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2014.

Cuarto.- Por el inquilino se abonarán los gastos de suministros de la vivienda como agua, basura, electricidad, etc., así como la contratación de un seguro multiriesgo del hogar anual, circunstancias que constarán en el contrato de alquiler.

Quinto.- Dar cuenta del presente acuerdo al Departamento de Patrimonio y Contratación.

CULTURA

Acuerdo núm. 266.- Expediente PAC 000493/2016. Propuesta relativa a la colaboración municipal con la XXXII Edición del Premio “Cirilo Rodríguez” convocado por la Asociación de la Prensa Segoviana (año 2016).

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la colaboración municipal en la XXXII Edición del Premio de Periodismo “Cirilo Rodríguez”, correspondiente al actual ejercicio 2016, para corresponsales y enviados españoles en el extranjero, organizado y convocado por la Asociación de la Prensa de Segovia.

Segundo.- Aprobar un gasto de QUINCE MIL EUROS (15.000,00.- €) en concepto de dicha colaboración con la Asociación de la Prensa Segoviana, que se distribuirá de la siguiente forma:

• Dotar económicamente el Premio de Periodismo “Cirilo Rodríguez”, correspondiente al actual ejercicio 2016 con un importe de SEIS MIL EUROS (6.000.- € ). En el plazo de tres meses, a contar desde el abono de la dotación económica del Premio que en este acto se aprueba, la Asociación de la Prensa, deberá presentar, como justificante de la misma, copia del Acta del Jurado del Premio de Periodismo “Cirilo Rodríguez”, comprensivo de los beneficiarios de los mismos y justificante de abono de los citados Premios.

• Colaborar con los Gastos de la organización del mencionado evento, mediante la asunción de gastos hasta un importe máximo de NUEVE MIL EUROS (9.000.- € ). Se harán efectivos contra presentación de facturas, reglamentariamente expedidas a nombre del Ayuntamiento de Segovia, por conceptos relacionados con el desarrollo del Premio Cirilo Rodríguez; y se tramitarán de conformidad con las vigentes bases de Ejecución del Presupuesto.

• Asimismo, la Asociación de la Prensa Segoviana deberá presentar certificados acreditativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal Tributaria, Ayuntamiento de Segovia y con Seguridad Social.

Acuerdo núm. 267.- Expediente PAC 000192/2016. Propuesta relativa a la aprobación del fallo del Jurado calificador del Concurso de Fotografía de Carnaval 2016 y del pago al ganador del mismo.

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La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el fallo del Jurado, emitido con motivo del Concurso de Fotografía “Carnaval de Segovia 2016”.

Segundo.- Que se proceda al abono de la cantidad de SEISCIENTOS EUROS (600.- €), a la que se aplicarán los descuentos previstos en la legislación vigente, en concepto de premio como ganador del Concurso de Fotografía “Carnaval de Segovia 2016”.

Acuerdo núm. 268.- Expediente PAC 000341/2016. Propuesta relativa a la aprobación de Bases del Concurso Poema Escondido, Antonio Machado 1919/2019.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

La aprobación de las Bases reguladoras del Concurso Poema Escondido, Antonio Machado 1919-2019, cuyo tenor es el siguiente:

“BASES DEL CONCURSO “POEMA ESCONDIDO”:

ANTONIO MACHADO 1919-2019

Dentro del proyecto “Constelación Machado”, creado para celebrar el centenario de la llegada de Antonio Machado a Segovia, el Ayuntamiento de Segovia convoca la primera edición del Concurso “POEMA ESCONDIDO” dirigido a poetas con vínculos segovianos que no hayan publicado aun su primer libro. Entre todas las obras recibidas, el jurado seleccionará 10 poemas, que serán entregados a compositores y compositoras de Segovia y provincia para que los recreen musicalmente. Las canciones basadas en los 10 poemas premiados formarán parte de un disco cuya grabación se realizará durante el año 2016.

BASES:

PRIMERA.- Podrán participar poetas de Segovia y su provincia que aún no hayan publicado un libro completo en ningún tipo de formato. Se admitirán poemas publicados siempre que lo hayan sido, solamente, en antologías y/o revistas.

SEGUNDA.- Cada participante podrá enviar hasta tres poemas. Cada poema no podrá superar los 30 versos.

Los poemas deberán presentarse bajo seudónimo, estarán escritos en castellano y el tema de los mismos será libre.

Deberán mandarse 6 copias de cada poema en el siguiente formato:

- DIN-A4.

- Doble espacio.

- Tamaño de letra 12.

- Tipo de letra “Times New Roman”

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Las obras se presentarán en sobre cerrado, indicando en el exterior del mismo Concurso “POEMA ESCONDIDO” y el seudónimo bajo el que se presentan los poemas.

Dentro del sobre principal, se incluirá otro sobre menor cerrado en cuyo exterior aparecerá también el seudónimo, y en su interior los datos reales del autor o autora de los poemas: nombre y apellidos, dirección, correo electrónico y teléfono de contacto, así como una breve reseña biográfica.

TERCERA.- El Plazo de recepción de poemas finaliza el 6 de mayo de 2016

Las obras han de dirigirse, en mano o por correo postal, a la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Segovia:

AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

CONCEJALÍA DE CULTURA

C/Judería Vieja, 12

40001 Segovia

CUARTA.- El Jurado encargado de fallar los premios será nombrado por Resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Segovia, y estará integrado por personas relevantes del ámbito de la creación artística y la cultura.

QUINTA.- Entre todas las obras recibidas, el jurado seleccionará 10 poemas que se entregarán a compositores y compositoras de Segovia y provincia para que los musicalicen.

Las canciones basadas en los 10 poemas premiados formarán parte de un disco cuya grabación se realizará durante el año 2016.

El Jurado concederá, además, dos premios especiales de 150 y 100 € en vales para compra de libros a dos de los poemas seleccionados. Estos premios estarán sometidos a los descuentos aplicables que determina la legislación vigente.

SEXTA.- Derechos de las obras.- De conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, el AUTOR, sin perjuicio de los derechos morales que le corresponden, cede al Ayuntamiento de Segovia, con carácter de exclusividad y con la facultad de cesión a terceros, los derechos de explotación del poema premiado en este concurso.

El Ayuntamiento de Segovia se compromete a ejercitar los derechos de explotación conforme a los buenos usos y con estricto respeto en todo caso de los derechos morales del AUTOR.

SÉPTIMA.- Obras no premiadas.

Los poemas no seleccionados serán destruidos.

OCTAVA.- Interpretación y Aceptación de las bases.

El Ayuntamiento de Segovia se reserva el derecho de interpretación de las presentes Bases y la resolución de los casos no contemplados en las mismas, de acuerdo con su mejor criterio.

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La participación en el presente Concurso implica la total aceptación de las presentes bases.

NOVENA.- Publicidad de las bases.

El Ayuntamiento de Segovia, a través de la Concejalía de Cultura, dará publicidad al presente Concurso a través de medios de comunicación, en las web del Ayuntamiento de Segovia y Segovia Cultura Habitada (www.segovia.es y www.segoviaculturahabitada.com) y otros medios que estime oportunos para su correcta y más amplia difusión.”

Acuerdo núm. 269.- Expediente PAC 001530/2015. Propuesta relativa a la aprobación de justificantes y abono de la subvención concedida a la Asociación Cultural Ntra. Sra. del Rocío de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar los justificantes presentados por la A. C. Ntra. Sra. del Rocío de Segovia.

Segundo.- Proceder al abono del 60% de las cantidades concedidas a dicha Asociación, y que están pendientes de abono: 180,00.-€.

Acuerdo num. 270.- Expediente PAC 001530/2015. Propuesta relativa a la aprobación de justificantes y abono de la subvención concedida a la Asociación Peña Taurina “El Espontáneo”.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar los justificantes presentados por la A. C. Peña Taurina el Espontáneo.

Segundo.- Proceder al abono del 60% de las cantidades concedidas a dicha Asociación, y que están pendientes de abono: 180,00.-€.

Acuerdo núm. 271.- Expediente PAC 001530/2015. Propuesta relativa a la aprobación de justificantes y abono de la subvención concedida a la Asociación de Peruanos de Ayuda Mutua.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar los justificantes presentados por la Asociación de Peruanos de Ayuda Mutua.

Segundo.- Proceder al abono del 60% de las cantidades concedidas a dicha Asociación, y que están pendientes de abono: 150,00.-€.

Acuerdo núm. 272.- Expediente PAC 001530/2015. Propuesta relativa a la aprobación de justificantes y abono de la subvención concedida a la Sociedad Micológica Segoviana.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar los justificantes presentados por la Sociedad Micológica Segoviana.

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Segundo.- Proceder al abono del 60% de las cantidades concedidas a dicha Asociación, y que están pendientes de abono: 180,00.-€.

PATRIMONIO HISTÓRICO Y TURISMO

Acuerdo núm. 273.- Expediente PAC 000031/2016-Patrimonio. Propuesta relativa a la aprobación de Proyecto Reformado núm. 1 del Proyecto de Renovación del Servicio y Mejora de la Pavimentación en la calle Rebollo Dicenta

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el Proyecto Reformado núm. 1 del Proyecto de Renovación de Servicios y Mejora de la Pavimentación en la Calle Rebollo Dicenta en el Barrio de San José (Segovia).

Segundo.- Publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para apertura de trámite de información pública de quince días de duración a efectos de reclamaciones y sugerencias.

Acuerdo núm. 274.- Expediente PAC 000032/2016-Patrimonio. Propuesta relativa a la aprobación del Proyecto de Reurbanización Integral en la calle Hermanos Larrucea, Fase 1, de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el Proyecto de Reurbanización Integral de la Calle Hermanos Larrucea, Fase I en Segovia.

Segundo.- Publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para apertura de trámite de información pública de quince días de duración a efectos de reclamaciones y sugerencias.

DESARROLLO ECONÓMICO EMPLEO E INNOVACIÓN

Acuerdo num. 275.- Expediente PAC 000481/2016-GENERAL. Propuesta relativa a la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia y el Colegio Marista Ntra. Sra. De la Fuencisla de Segovia para el Proyecto – Concurso Hiperbaric Challenge.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el Convenio marco de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia y el Colegio Marista Ntra. Sra. de la Fuencisla de Segovia para la realización del proyecto-concurso Hiperbaric Challenge, cuyo tenor es el siguiente:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COLEGIO MARISTA NTRA. SRA. DE LA FUENCISLA DE SEGOVIA Y EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

En Segovia, a …. de …. de 2016

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Reunidos

De una parte, el Colegio Marista Ntra. Sra. de la Fuencisla de Segovia con CIF nº y domicilio a estos efectos en Camino de la Piedad nº 8 40.002 Segovia, y en su nombre y representación doña en calidad de directora del Colegio Marista Ntra. Sra. de la Fuencisla de Segovia (en adelante “el COLEGIO”).

De otra parte, El Excmo. Ayuntamiento de Segovia con CIF nº y domicilio a estos efectos en Plaza Mayor nº1 de Segovia 40.001, y en su nombre doña , con DNI nº en calidad de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia (en adelante “el AYUNTAMIENTO”).

Las partes, en el carácter con que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de colaboración en el proyecto SEGOGRAVITY, dentro de la tercera edición del programa-concurso Hiperbaric Challenge, a cuyo efecto:

Exponen

I. Que el colegio Marista Nuestra Señora de la Fuencisla es un centro educativo que se implica de forma especial en la búsqueda de experiencias para formar al alumnado en la actividad innovadora y emprendedora.

II. Que el Ayuntamiento de Segovia tiene por objetivo estimular el espíritu innovador y emprendedor en el ámbito educativo, como uno de los pilares fundamentales del desarrollo económico del municipio de Segovia.

Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes

Cláusulas

Primera. Objeto del ACUERDO.

El presente convenio tiene como propósito formalizar la relación entre el colegio Marista Nuestra Señora de la Fuencisla y el Ayuntamiento de Segovia para el desarrollo del proyecto “Segogravity” dentro de la tercera edición del programa-concuso Hiperbaric Challenge .

Segunda. Ámbito de la colaboración.

Programa-Concurso Hiperbaric Challenge:

El COLEGIO ha puesto en marcha en el centro educativo el proyecto “SEGOGRAVITY” dentro de la tercera edición del programa-concurso “HIPERBARIC CHALLENGE”, cuyo objetivo consiste en el diseño y construcción por parte de los propios alumnos de un coche de inercia. Los principales hitos del concurso son:

• la presentación de un Plan de viabilidad de la empresa creada “SEGOGRAVITY”,

• la presentación y defensa técnica del proyecto técnico realizado,

• la competición deportiva en la carrera de coches de inercia en la categoría C-3 de acuerdo con el reglamento de la Federación de Deportes de Inercia (FDI).

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Para la gestión del trabajo SEGOGRAVITY se organiza en cuatro equipos: equipo de comunicación, equipo técnico, equipo económico y equipo de diseño.

Tercera. Compromiso de las partes.

Con el fin de llevar a cabo el desarrollo de la colaboración objeto del presente convenio, el COLEGIO se compromete a:

- llevar a cabo el proyecto “SEGOGRAVITY” dentro de la tercera edición del programa “HIPERBARIC CHALLENGE”.

- cumplir los principales hitos del proyecto consistentes en:

• la presentación de un Plan de viabilidad de la empresa creada “SEGOGRAVITY”,

• la presentación y defensa técnica del proyecto técnico realizado,

• la competición deportiva en la carrera de coches de inercia en la categoría C-3.

- incluir en las comunicaciones del proyecto el logotipo del Ayuntamiento de Segovia como patrocinador del proyecto.

Por su parte, el AYUNTAMIENTO asume el compromiso de:

- Colaborar y asesorar técnicamente en el desarrollo del proyecto-reto HIPERBARIC CHALLENGE” en la empresa ficticia “SEGOGRAVITY”, poniendo a disposición los recursos que la Concejalía de Desarrollo económico, Empleo e Innovación considere adecuados.

- Asumir los gastos derivados de la construcción del coche de inercia recogido en la tercera edición del proyecto-reto HIPERBARIC CHALLENGE” empresa SEGOGRAVITY (correspondiente a gastos de piezas y construcción) hasta un importe máximo de 550€.

Cuarta. Duración.

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración inicial de 1 año desde la misma.

Asimismo, finalizada la duración inicial, las Partes convienen que el presente Convenio se podrá prorrogar mediante la formalización de la correspondiente adenda por periodos de un (1) año.

Quinta. Publicidad.

El AYUNTAMIENTO y el COLEGIO podrán realizar acciones de difusión y promoción del proyecto a través de los diferentes medios, utilizando siempre los logotipos aprobados por ambas entidades.

Sexta.- Resolución

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Las Partes podrán instar a la resolución del convenio, además de por las causas generales establecidas en Derecho y las contempladas en el presente convenio, por las siguientes:

(i) Por el incumplimiento de las obligaciones de las Partes, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la Parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.

(i) Por mutuo acuerdo entre las Partes, podrá instarse en cualquier momento.

En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso.

Séptima. Jurisdicción y competencia.

El presente Convenio se rige por la ley española. Ambas partes según intervienen y con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales de Castilla y León para la solución de las controversias que pudieran surgir con relación a la interpretación, ejecución y cumplimiento de este convenio.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede las partes firman por duplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

Por el Excmo. Ayuntamiento de Segovia; Por el colegio Marista Ntra. Sra. de la Fuencisla”

Segundo.- Habilitar a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia para suscribir dicho Convenio de colaboración en nombre del Ayuntamiento así como para todos los demás actos y trámites administrativos que se deriven en el marco del convenio.

Tercero.- Autorizar un gasto de hasta 550,00 € (con cargo a aplicación presupuestaria 422.01 22799) para el presente ejercicio 2016, que se harán efectivos contra presentación de facturas a nombre del Ayuntamiento de Segovia.

Cuarto.- Una vez formalizado el convenio se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaría General del Ayuntamiento a los efectos de su inclusión en el registro de convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

Acuerdo núm. 276.- Expediente PAC 000499/2016-GENERAL. Propuesta relativa a la aprobación del Convenio Marco de Colaboración y de la Primera Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre la Fundación Junior Achievement y el Ayuntamiento de Segovia para el Proyecto Voluntariado.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el Acuerdo de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia y la Fundación Junior Achievement España, cuyo tenor literal es el siguiente:

“CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN JUNIOR ACHIEVEMENT Y EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA PARA EL PROYECTO VOLUNTARIADO

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En Segovia, a x de xx de 2016

Reunidos

Por una parte, la Fundación Junior Achievement España con CIF nº y domicilio a estos efectos en calle Príncipe de Vergara 75, 1º A de Madrid (28006), en adelante, el “Promotor” o la “Fundación Junior Achievement”, y en su nombre y representación doña actuando como apoderado de conformidad con la escritura de poder otorgada el 20 de octubre de 2014 ante el Notario de Madrid, D. , con el número 2551 de su protocolo.

Y de otra parte, El Excmo. Ayuntamiento de Segovia con CIF nº y domicilio a estos efectos en Plaza Mayor nº1 de Segovia (40.001), y en su nombre doña , con DNI nº actuando en su condición de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia (en adelante “el AYUNTAMIENTO”).

Las partes, en el carácter con que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio de colaboración en el proyecto voluntariado en los colegios del municipio de Segovia, a cuyo efecto:

Exponen

III. Que la Fundación Junior Achievement España (en adelante, la Fundación) es una entidad sin ánimo de lucro, que tiene por objeto “generar en los jóvenes el espíritu emprendedor que les permita alcanzar sus metas, en un marco de responsabilidad y libertad”.

IV. Que el Ayuntamiento de Segovia tiene por objetivo estimular el espíritu emprendedor en el ámbito educativo, como uno de los pilares fundamentales del desarrollo económico del municipio de Segovia.

Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes

Cláusulas

Primera. Objeto del ACUERDO.

El presente convenio tiene como propósito formalizar la relación entre el Ayuntamiento de Segovia y la Fundación Junior Achievement para establecer los términos de colaboración en la difusión de la cultura emprendedora a través del Proyecto Voluntariado, con los diferentes programas que se implementen en los diferentes centros educativos del municipio de Segovia.

Sin perjuicio de las iniciativas de carácter general identificadas en el presente Convenio, las Partes podrán concretar iniciativas y oportunidades de colaboración relacionadas con el Programa.

En dicho caso, se suscribirán las correspondientes adendas específicas (en adelante “Adenda”) al presente Convenio, pactadas de forma expresa, en las que se reflejarán pormenorizadamente las dimensiones y alcances de la colaboración, así como los compromisos, tanto económicos como de cualquier otro tipo, asumidos por las Partes.

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Estas Adendas tendrán, desde el momento de su firma válida, la consideración de Parte integrante de este Convenio, siéndoles de aplicación el régimen y las normas reguladoras contenidas en el mismo.

Así mismo, el Ayuntamiento conoce que su participación en esta iniciativa será compartida con otros posibles Ayuntamientos.

Segunda. Ámbito de la colaboración.

El Ayuntamiento apoyará a la Fundación Junior Achievement aportando voluntariado corporativo en la implementación de los programas solicitados por los centros educativos del municipio de Segovia que cuenten con su correspondiente financiación.

Con el fin de llevar a cabo el desarrollo de la colaboración objeto del presente convenio, la Fundación Junior Achievement se compromete a:

- Organizar y coordinar el desarrollo de la implementación de los programas educativos solicitados por los diferentes centros educativos del municipio de Segovia, siempre y cuando el centro educativo cuente con la financiación necesaria.

- Comunicar al Ayuntamiento los convenios suscritos entre la Fundación Junior Achievement y los centros educativos del municipio de Segovia.

- Informar al Ayuntamiento del número de voluntarios necesarios para llevar a cabo dichos programas con al menos una antelación mínima de un mes.

- Llevar a cabo la sesión de formación presencial o telefónica a los voluntarios del Ayuntamiento, necesaria para poder impartir adecuadamente los programas educativos a los alumnos.

- Aportar al Ayuntamiento en cualquier momento información referente al desarrollo de los programas educativos objeto del presente Convenio.

Por su parte, el Ayuntamiento asume el compromiso de:

- Proporcionar Voluntarios para la realización de los mencionados programas educativos, en la medida de sus posibilidades.

- Cooperar para que exista acuerdo entre las fechas y horarios facilitados por los centros educativos y la disponibilidad horaria de los voluntarios.

- Autorizar a la Fundación Junior Achievement a la difusión de dicha colaboración a través de notas de prensa y comunicaciones escritas donde podrá incluirse el logotipo del Ayuntamiento.

- Colaborar a la Fundación Junior Achievement en la difusión y búsqueda de voluntarios financiadores (empresas) para los programas educativos de la Fundación Junior Achievement.

Tercera. Duración.

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El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración inicial de 2 (dos) años

desde la misma.

Asimismo, finalizada la duración inicial, las Partes convienen que el presente Convenio se prorrogará

de forma automática por periodos de un (1) año, salvo que una de las Partes notifique por escrito a la

otra sobre su voluntad de no prorrogar el plazo del Convenio con, al menos, sesenta (60) días

naturales de anticipación a la fecha de terminación de la respectiva prórroga. Finalizado este plazo

inicial de prórroga sin que se haya notificado la voluntad de no prorrogar, se formalizará mediante

diligencia o adenda según corresponda.

Cuarta. Propiedad intelectual.

En ningún caso las cláusulas del presente convenio suponen la cesión o transmisión de cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad del Ayuntamiento de Segovia ni de la Fundación Junior Achievement.

La Fundación Junior Achievement es titular en exclusiva de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a los Programas educativos establecidos en el presente convenio y de todos sus materiales complementarios como a título meramente enunciativo títulos, nombres, logos y/o contenidos. En particular, salvo por las autorizaciones expresamente contempladas en el presente convenio queda prohibida la explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación total o parcial de los programas educativos sin autorización escrita de la Fundación Junior Achievement. A título meramente enunciativo, queda bien entendido que queda prohibida su transmisión en cualquier forma o por cualquier medio, ya sea electrónico o mecánico, incluidas fotocopias, grabación, almacenamiento en un sistema de recuperación de información o por cualquier otro medio.

Quinta. Confidencialidad

Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información reservada a la obtenida en aplicación de este convenio y más concretamente la relativa al material educativo utilizado para los programas desarrollados, por lo que asumen de buena fe el tratamiento restrictivo en su utilización o en la divulgación de la misma por sus respectivas organizaciones. No obstante lo anterior, el Ayuntamiento de Segovia podrá hacer pública su participación y colaboración en los programas educativos, de conformidad con lo establecido en el presente Convenio.

Sexta. Protección de Datos

Las Partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), con lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, o con cualquier otra norma que sea de aplicación en la materia.

En el supuesto de que una de las Partes con motivo del desarrollo de la presente colaboración tenga acceso a datos de carácter personal respecto de los que la otra Parte sea responsable de su tratamiento, la Parte que tenga acceso habrá de: i) utilizarlos exclusivamente, y en la medida en que sea estrictamente necesario, a los efectos de la finalidad que motiva su acceso, y siempre conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento; ii) observar y adoptar las medidas de seguridad necesarias; iii) no cederlos o comunicarlos en ningún caso a terceras

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personas ni tan siquiera a efectos de su conservación; iv) no realizar ‘transferencias internacionales’ temporales ni definitivas; v) cumplir los requerimientos del responsable del tratamiento en cuanto a su destrucción o devolución; vi) informar inmediatamente al responsable del tratamiento de cualquier requerimiento que reciba de un tercero respecto a los datos.

Las Partes no responderán de las consecuencias que se deriven de incumplimientos de la legislación vigente en la materia en los que incurra la otra Parte.

En el supuesto de que con motivo de la colaboración objeto de este convenio, una Parte comunique a la otra Parte datos de carácter personal, lo hará habiendo recabado de los interesados el correspondiente consentimiento expreso para llevar a cabo dicha cesión.

Séptima.- Resolución

Las Partes podrán instar a la resolución del convenio, además de por las causas generales establecidas

en Derecho y las contempladas en el presente convenio, por las siguientes:

(ii) Por el incumplimiento de las obligaciones de las Partes, de acuerdo con los términos

establecidos en el presente documento. Es este caso, la Parte cumplidora notificará a la otra el

incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará

por finalizado y extinguido el Convenio.

(ii) Por mutuo acuerdo entre las Partes, podrá instarse en cualquier momento.

En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso.

Octava. Jurisdicción y competencia.

El presente Convenio se rige por la ley española. Ambas partes según intervienen y con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales de Castilla y León para la solución de las controversias que pudieran surgir con relación a la interpretación, ejecución y cumplimiento de este convenio.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede las partes firman por triplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

Por el Excmo. Ayuntamiento de Segovia Por la Fundación Junior Achievement”

Segundo.- Aprobar la Primera Adenda al Convenio Marco de colaboración entre la Fundación Junior Achievement y el Ayuntamiento de Segovia, cuyo tenor literal es el siguiente:

“PRIMERA ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN JUNIOR ACHIEVEMENT Y EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

En Segovia, a x de xx de 2016

Reunidos

Por una parte, la Fundación Junior Achievement España con CIF nº y domicilio a estos efectos en calle Príncipe de Vergara 75, 1º A de Madrid (28006), en adelante, el “Promotor” o la “Fundación Junior Achievement”, y en su nombre y representación doña actuando

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como apoderado de conformidad con la escritura de poder otorgada el 20 de octubre de 2014 ante el Notario de Madrid, D. , con el número 2551 de su protocolo.

Y de otra parte, El Excmo. Ayuntamiento de Segovia con CIF nº y domicilio a estos efectos en Plaza Mayor nº1 de Segovia (40.001), y en su nombre doña , con DNI nº 03427530-R actuando en su condición de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia (en adelante “el AYUNTAMIENTO”).

Las partes, en el carácter con que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para suscribir la presente adenda al convenio marco de colaboración en el proyecto voluntariado en los colegios del municipio de Segovia, a cuyo efecto:

Exponen

I. Que el Ayuntamiento de Segovia y Fundación Junior Achievemente firmaron con fecha x de

abril de 2016 un Convenio Marco de Colaboración para el Proyecto Voluntariado en los

colegios del municipio de Segovia (en adelante, el “Convenio Marco”).

II. Que como primera medida de ejecución del citado Convenio Marco, el Ayuntamiento de

Segovia colaborará en la implantación de dicho proyecto en el Colegio del Claret de Segovia.

Las partes formalizan el presente convenio sujetándolo a las siguientes

Cláusulas

Primera. Compromisos de las partes.

El Ayuntamiento apoyará a la Fundación Junior Achievement aportando voluntariado corporativo en la implementación del Proyecto Voluntariado a través de los programas solicitados por el Colegio del Claret de Segovia que cuenten con su correspondiente financiación.

Con el fin de llevar a cabo el desarrollo de la colaboración objeto del presente convenio, la Fundación Junior Achievement se compromete a:

- Organizar y coordinar el desarrollo de la implementación de los programas educativos solicitados por el Colegio del Claret de Segovia, siempre y cuando cuente con la financiación necesaria.

- Informar al Ayuntamiento del número de voluntarios necesarios para llevar a cabo dichos programas con al menos una antelación mínima de un mes.

- Llevar a cabo la sesión de formación presencial o telefónica a los voluntarios del Ayuntamiento, necesaria para poder impartir adecuadamente los programas educativos a los alumnos.

- Aportar al Ayuntamiento en cualquier momento información referente al desarrollo de los programas educativos objeto del presente Convenio.

Por su parte, el Ayuntamiento asume el compromiso de:

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- Proporcionar Voluntarios para la realización de los mencionados programas educativos, en la medida de sus posibilidades en el Colegio del Claret de Segovia.

- Cooperar para que exista acuerdo entre las fechas y horarios facilitados por los centros educativos y la disponibilidad horaria de los voluntarios.

- Autorizar a la Fundación Junior Achievement a la difusión de dicha colaboración a través de notas de prensa y comunicaciones escritas donde podrá incluirse el logotipo del Ayuntamiento.

- Ayudar a la Fundación Junior Achievement en la difusión y búsqueda de voluntarios financiadores (empresas) para los programas educativos de la Fundación Junior Achievement.

Tercera. Duración.

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración inicial de 2 (dos) años

desde la misma.

Asimismo, finalizada la duración inicial, las Partes convienen que el presente Convenio se prorrogará

de forma automática por periodos de un (1) año, salvo que una de las Partes notifique por escrito a la

otra sobre su voluntad de no prorrogar el plazo del Convenio con, al menos, sesenta (60) días

naturales de anticipación a la fecha de terminación de la respectiva prórroga. Finalizado este plazo

inicial de prórroga sin que se haya notificado la voluntad de no prorrogar, se formalizará mediante

diligencia o adenda según corresponda.

Cuarta. Aplicación de las cláusulas del Convenio Marco.

Todo lo relativo a Propiedad Industrial, Confidencialidad, Protección de Datos, Causas de Resolución

así como Jurisdicción y competencia de esta Adenda se regirá por lo establecido en el Convenio

Marco.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede las partes firman por triplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

Por el Excmo. Ayuntamiento de Segovia Por la Fundación Junior Achievement”

Tercero.- Habilitar a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia para suscribir el Convenio marco de colaboración en nombre del Ayuntamiento así como para todos los demás actos y trámites administrativos que se deriven en el marco del acuerdo.

Cuarto.- Habilitar a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia para suscribir la Primera Adenda al Convenio marco de colaboración en nombre del Ayuntamiento así como para todos los demás actos y trámites administrativos que se deriven en el marco del acuerdo.

Quinto.- Una vez formalizado el convenio se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaría General del Ayuntamiento a los efectos de su inclusión en el registro de convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

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Acuerdo núm. 277.- Expediente PAC 001773/2015-GENERAL. Propuesta relativa a la resolución de la 2ª convocatoria: “Actividad de formación online para la preparación de la fase de preselección de los procesos selectivos de la Oficina Europea de Selección de Personal, para grupos de funciones de asistentes”.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- La resolución de la 2ª convocatoria de actividad de formación on line para la preparación de la fase de preselección de los procesos selectivos de la oficina europea de selección de personal, para grupos de funciones de asistentes.

Segundo.- Que se proceda al inicio de la formación on line para los 22 admitidos en la forma prevista en las bases aprobadas en la JGL de 12 de noviembre de 2015.

Tercero.- Que las 28 licencias restantes de formación on line sean reservadas en la Concejalía de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación para futuras convocatorias.

Acuerdo núm. 278.- Expediente PAC 000500/2016-GENERAL. Propuesta relativa a la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Exma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia y la Universidad de Valladolid a través del Vicerrectorado del Campus de Segovia para la puesta en marcha de la Segunda Edición de Tándem, Feria de Empleo de Segovia y provincia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Tener por ejecutadas las actuaciones objeto del convenio suscrito en fecha 30 de marzo de 2015 para la puesta en marcha de la primera edición de TÁNDEM, Feria de Empleo de Segovia y provincia, así como prestar conformidad a las actuaciones realizadas.

Segundo.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Excma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios y la Universidad de Valladolid para la realización de la segunda edición de la Feria de Empleo de Segovia y Provincia, denominada TÁNDEM para el ejercicio 2016, cuyo tenor es el siguiente:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE SEGOVIA, LA FEDERACIÓN EMPRESARIAL SEGOVIANA, LA ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS DE SEGOVIA Y LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID A TRAVÉS DEL VICERRECTORADO DEL CAMPUS DE SEGOVIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA DE EMPLEO DE SEGOVIA Y SU PROVINCIA (TÁNDEM) 2016.

“En la ciudad de Segovia, a …..de ……. de 2016

REUNIDOS

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De una parte la ILMA. SRA. doña , mayor de edad, provista de DNI. nº , en calidad de ALCALDESA-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, con domicilio en Plaza Mayor 1 40.001 Segovia, actuando en nombre y representación del mismo, con CIF .

De otra parte D. , mayor de edad, provisto de DNI. nº , Presidente de la EXCMA: DIPUTACIÓN

PROVINCIAL DE SEGOVIA con domicilio en Calle San Agustín 23 40.001 Segovia, actuando en nombre

y representación de la misma, con CIF .

De otra parte D. , mayor de edad, provisto de DNI , Presidente de la FEDERACIÓN EMPRESARIAL SEGOVIANA, con domicilio en Calle de Los Coches 1 40.002 Segovia, actuando en nombre y representación de la misma, con CIF .

De otra parte D. , mayor de edad, provisto de DNI Presidente de la ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS DE SEGOVIA, con domicilio en Segovia en calle Los Coches 1 40.002 Segovia, actuando en nombre y representación de la misma, con CIF (en los sucesivo también AJE SEGOVIA).

De otra parte D. , mayor de edad, provisto de DNI , Vicerrector del CAMPUS UNIVERSITARIO DE SEGOVIA MARÍA ZAMBRANO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, con domicilio en Plaza de la Universidad, 1 40005 de Segovia, actuando en nombre y representación de la misma, con CIF por delegación del Magfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Valladolid por Resolución Rectoral de 19 de junio de 2014 (BOCYL nº 127 de 4 de julio), por la que se delegan determinadas competencias del Rector en diversos órganos unipersonales de la Universidad (artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), y conforme a las atribuciones que le confiere el Título II de los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Acuerdo 104/2003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León (BOCYL nº 136, de 16 de julio).

Las cinco partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para obligarse en derecho y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Que son fines coincidentes entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Excma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia, y el Campus Universitario de Segovia María Zambrano de la Universidad de Valladolid el fomento de la empleabilidad y de la cultura emprendedora, la dinamización y generación de actividad económica en Segovia.

Que el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, a través de su Concejalía Delegada de Empleo, Desarrollo y

Tecnología, tiene entre sus fines el desarrollo del municipio de Segovia, llevando a cabo actuaciones de

fomento del empleo y dinamización empresarial.

Que la Excma. Diputación de Segovia desarrolla la promoción y el desarrollo de las zonas rurales en la provincia de Segovia, dinamizando la economía segoviana en la provincia, compaginando el máximo desarrollo posible (a nivel particular y a nivel colectivo) con el máximo respeto por el Medio Ambiente y un Desarrollo Sostenible.

Que la Federación Empresarial Segoviana tiene, entre sus fines, la defensa de los intereses legítimos de las empresas y organizaciones asociadas, referidas a las actividades

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profesionales en sentido amplio, así como apoyar y fomentar cuantas actividades tiendan al mejor logro de sus fines además de organizar conferencias y demás actos para el fomento del espíritu emprendedor.

Que, entre los fines de AJE Segovia, se encuentran el fomento, desarrollo y la participación en programas de desarrollo empresarial de toda índole, el apoyo y la defensa de la empresa e industria segovianas y promover la implicación de la Administración Pública en todas sus formas y estamentos en el desarrollo de la actividad empresarial, con especial relevancia a la iniciativa propia de los jóvenes empresarios.

Que la Universidad de Valladolid, a través del Vicerrectorado del Campus de Segovia María Zambrano, tiene entre sus objetivos fomentar la empleabilidad de sus alumnos, así como promover el conocimiento mutuo de la esfera universitaria y la red productiva y de servicios de la provincia.

En virtud de lo expuesto, todas las partes

C O N V I E N E N

PRIMERO.- OBJETO

Es objeto del presente convenio establecer las bases de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Excma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia, y la Universidad de Valladolid a través del Vicerrectorado Campus de Segovia María Zambrano para la realización de Feria de Empleo de Segovia y provincia, denominada TÁNDEM en 2016, conforme a los derechos y obligaciones que se establecen en las cláusulas siguientes.

SEGUNDO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

El Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Excma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia, y la Universidad de Valladolid a través del Vicerrectorado del Campus de Segovia María Zambrano, colaborarán entre sí para la realización de Feria de Empleo de Segovia y provincia, denominada TÁNDEM en el 2016.

El Excmo. Ayuntamiento de Segovia, la Excma. Diputación de Segovia, la Federación Empresarial Segoviana, la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia, y la Universidad de Valladolid a través del Vicerrectorado del Campus de Segovia María Zambrano, acuerdan no incurrir ni autorizar ningún gasto derivado de la organización de la feria que no sea cubierto por los ingresos generados de la actividad comercial de la feria (alquiler de stands) y de las aportaciones comprometidas.

EXCMO AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

El Excmo. Ayuntamiento de Segovia, se compromete a colaborar en la organización, planificación, programación, y desarrollo de TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia.

El Excmo. Ayuntamiento de Segovia, se compromete a colaborar en la difusión del proyecto, y a poner a disposición del mismo los recursos que la Concejalía de Empleo, Desarrollo y Tecnología considere adecuados.

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El Excmo. Ayuntamiento de Segovia se compromete a asumir los gastos derivados de la organización de la feria en el ejercicio 2016 (correspondientes a gastos de ponentes de talleres y conferencias, actividades de diseño, desarrollo página web y acciones de difusión) hasta un importe máximo de 5.000€. Para futuras convocatorias de la Feria, el Excmo. Ayuntamiento de Segovia determinará la aportación que realizará.

EXCMA. DIPUTACIÓN DE SEGOVIA

La Excma. Diputación de Segovia se compromete a colaborar en la organización, planificación, programación, y desarrollo de TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia.

La Excma. Diputación de Segovia, se compromete a colaborar en la difusión del proyecto, y a poner a disposición del mismo los recursos que considere adecuados.

La Excma. Diputación de Segovia se compromete a asumir los gastos derivados de la organización de la feria en el ejercicio 2016 (correspondientes a gastos de ponentes de talleres y conferencias, actividades de diseño, desarrollo página web y acciones de difusión) hasta un importe máximo de 5.000€. Para futuras convocatorias de la Feria, la Excma. Diputación de Segovia determinará la aportación que realizará.

FEDERACIÓN EMPRESARIAL SEGOVIANA

La Federación Empresarial Segoviana, se compromete a colaborar en la organización, planificación, programación, y desarrollo de TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia.

La Federación Empresarial Segoviana, se compromete a colaborar en la difusión del proyecto, y a poner a disposición del mismo los recursos que considere adecuados.

La Federación Empresarial Segoviana no se compromete a efectuar ninguna aportación en dinero en el ejercicio 2016 a fin de sufragar ninguno de los gastos derivados de la programación, desarrollo y ejecución del proyecto TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia. Para futuras convocatorias de la Feria, la Federación Empresarial Segoviana determinará la aportación que realizará.

La Federación Empresarial Segoviana, será la encargada de realizar el seguimiento y control de los ingresos derivados del proyecto TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia (alquiler de stands). Una vez finalizada la misma, y liquidada su cuenta de ingresos y gastos, la Federación Empresarial Segoviana custodiará los remanentes resultantes que, una vez liquidados los impuestos correspondientes, se emplearán en la organización de siguientes ediciones de dicha Feria.

LA ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS DE SEGOVIA (AJE SEGOVIA)

AJE Segovia, se compromete a colaborar en la organización, planificación, programación, y desarrollo de TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia.

AJE Segovia, se compromete a colaborar en la difusión del proyecto a través de los distintos canales que se encuentren vigentes y operativos a tal efecto en la Asociación, y a poner a disposición del mismo los recursos que considere adecuados.

AJE Segovia no se compromete a efectuar ninguna aportación en dinero en el ejercicio 2016 a fin de sufragar ninguno de los gastos derivados de la programación, desarrollo y ejecución del

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proyecto TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia. Para futuras convocatorias de la Feria, AJE Segovia determinará la aportación que realizará.

VICERRECTORADO DEL CAMPUS DE SEGOVIA DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

El Vicerrectorado del Campus de Segovia de la Universidad de Valladolid se compromete a colaborar en la organización de TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia, fundamentalmente en la cesión de espacios para el desarrollo de la misma.

El Vicerrectorado del Campus de Segovia de la Universidad de Valladolid se compromete a colaborar en la difusión del proyecto, y a poner a disposición del mismo los recursos que considere adecuados, para ello utilizará a la Fundación Parque Científico Universidad de Valladolid como ente instrumental de la universidad.

El Vicerrectorado del Campus de Segovia de la Universidad de Valladolid no se compromete a efectuar ninguna aportación en dinero en el ejercicio 2016 a fin de sufragar ninguno de los gastos derivados de la programación, desarrollo y ejecución del proyecto TÁNDEM Feria de Empleo de Segovia y provincia. Para futuras convocatorias de la Feria, El Vicerrectorado del Campus de Segovia de la Universidad de Valladolid determinará la aportación que realizará.

TERCERO.- USO DE SIGNOS DISTINTIVOS E IMÁGENES.

En todas las comunicaciones del proyecto deberán recogerse el logo del Excmo. Ayuntamiento de Segovia y su Concejalía de Desarrollo económico, Empleo e Innovación, el logo de la Excma. Diputación de Segovia, el logo de la Federación Empresarial Segoviana, el logo de la AJE Segovia, el logo del Campus de Segovia María Zambrano de la Universidad de Valladolid y el logo de la Fundación Parque Científico Universidad de Valladolid.

A tal objeto, y siempre dentro de los límites y finalidades contemplados en el presente convenio, las partes se autorizan entre sí al uso de los respectivos logotipos y marcas en sus respectivas publicaciones y elementos de marketing y comunicación bajo cualquier formato. Cualquier uso de los referidos logotipos y marcas que exceda del aquí contemplado, podrá considerarse ilícito y dará lugar a las correspondientes acciones e indemnizaciones.

Cada una de las partes podrá informar públicamente de la existencia y ejecución del presente convenio usando de manera leal y respetuosa, los signos distintivos de las otras o las fotografías o nombres de los representantes de las otras.

CUARTO.- VIGENCIA

La vigencia del Convenio se establece en un año, pudiéndose producir su prórroga por idénticos periodos para futuras ediciones de la feria por acuerdo entre todas las partes mediante conformidad a través de la correspondiente adenda.

QUINTO.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio se podrá resolver:

1º.- Por las causas comunes de resolución por incumplimiento de sus obligaciones por cualquiera de las partes. En este caso la parte cumplidora tendrá derecho de reclamar a la parte que incumpla la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de su incumplimiento.

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2º.- Por causas de fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización alguna por los daños y perjuicios que se puedan ocasionar como consecuencia de la resolución.

SEXTO.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

Las partes acuerdan tratar con estricta confidencialidad y no desvelar a terceras partes salvo acuerdo previo por escrito, cualquier información, documentos, y conocimientos ya sean de carácter legal, financiero, técnicos u otro tipo, que hayan sido dados a conocer durante reuniones mantenidas entre ambas partes.

Todas las partes se comprometen al cumplimiento estricto de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el Reglamento de desarrollo de dicha ley aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre y en el Reglamento sobre protección de datos de carácter personal de la UVa aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de julio de 2001.

SÉPTIMO.- JURISDICCIÓN- INTERPRETACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO.

El presente convenio está sometido a Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LRBRL), y Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (TRRL) y los Estatutos de la Universidad de Valladolid aprobados por Acuerdo 104/2003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León.

Para la resolución de las cuestiones litigiosas que puedan surgir será competente el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por quintuplicado y a un sólo efecto, en la fecha “ut supra” la Ilma. Sra. Alcaldesa de Segovia, el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Segovia, el Presidente de la Federación Empresarial Segoviana, el Presidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Segovia y el Vicerrector del Campus de Segovia de la Universidad de Valladolid.

ILMA. SRA. ALCALDESA – PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE SEGOVIA

PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN EMPRESARIAL SEGOVIANA

PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS

VICERRECTOR DEL CAMPUS DE SEGOVIA DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID”

Tercero.- Habilitar a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia para suscribir dicho Convenio de colaboración en nombre del Ayuntamiento así como para todos los demás actos y trámites administrativos que se deriven en el marco del convenio.

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Cuarto.- Autorizar un gasto de hasta 5.000,00 € (con cargo a aplicación presupuestaria 433.01 22799) para el presente ejercicio 2016, que se harán efectivos contra presentación de facturas a nombre del Ayuntamiento de Segovia.

Quinto.- Una vez formalizado el convenio se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaría General del Ayuntamiento a los efectos de su inclusión en el registro de convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

ECONOMÍA Y HACIENDA

Acuerdo núm. 279.- Expediente PAC 000021/2016-INTER. Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito, para la provisión de puesto de Educadora de Familia vinculada al Acuerdo Marco 2015-2016, por importe de 40.763,93 €.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar la Modificación Presupuestaria, mediante Transferencia de Crédito, por el concepto, importe de 40.763,93 €, y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, según la Base 20ª. e) de las de Ejecución del vigente Presupuesto, al realizarse entre aplicaciones del Capítulo 1º de gastos de personal.

PARTIDAS MINORADAS

PARTIDA IMPORTE

33701.12006 Trienios 1.444,72 €

33701.12007 Retribuciones básicas, excepto trienios 7.703,15 €

33701.12100 Complemento Destino 5.941,54 €

33701.12101 Complemento Específico 12.494,03 €

33701.14300 Retribuciones de otro personal 4.867,92 €

33701.16000 Seguridad Social 8.312,57 €

TOTAL 40.763,93 €

PARTIDAS EN AUMENTO

PARTIDA IMPORTE

23101.12006 Trienios 1.444,72 €

23101.12007 Retribuciones básicas, excepto trienios 9.884,84 €

23101.12100 Complemento Destino 7.137,76 €

23101.12101 Complemento Específico 13.984,04 €

23101.16000 Seguridad Social 8.312,57 €

TOTAL 40.763,93 €

Acuerdo núm. 280.- Propuesta de aprobación de facturas, certificaciones de obras, facturas electrónicas y facturas de ejercicios cerrados

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

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A) Aprobar la relación de facturas registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL OCHENTA Y TRES EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (37.083,29 €).

B) Aprobar la relación de facturas electrónicas registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (138.695,42 €).

C) Aprobar la relación de facturas de ejercicios cerrados registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHO EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (36.608,24 €).

D) Aprobar la relación de facturas electrónicas de ejercicios cerrados registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (64.830,18 €).

Acuerdo núm. 281.- Autorización de diversos gastos.

Se acordó la aprobación de las distintas propuestas de gastos formuladas, según el siguiente resumen:

A) RECONOCIMIENTOS MÉDICOS VIGILANCIA DE LA SALUD 2016, por importe de CATORCE MIL QUINIENTOS EUROS (14.500,00 €).

B) ANALÍTICAS - VIGILANCIA DE LA SALUD, por importe de SIETE MIL OCHOCIENTOS EUROS (7.800,00 €).

C) REVISIONES GINECOLÓGICAS – VIGILANCIA DE LA SALUD 2016, por importe de SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (7.200,00 €).

D) REVISIONES OFTALMOLÓGICAS - VIGILANCIA DE LA SALUD, por importe de QUINIENTOS EUROS (500,00 €).

E) RADIODIAGNÓSTICO – VIGILANCIA DE LA SALUD, por importe de TRES MIL EUROS (3.000,00 €).

F) VACUNAS – VIGILANCIA DE LA SALUD, por importe de MIL EUROS (1.000,00 €).

G) BOTIQUINES – VIGILANCIA DE LA SALUD 2016, por importe de MIL EUROS (1.000,00 €).

H) MANTENIMIENTO BASE DE DATOS CORPORATIVA ORACLE 2016, por importe de TRES MIL QUINIENTOS CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (3.505,67 €).

I) MANTENIMIENTO DEL CORTAFUEGOS SONICWALL, por importe de TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (3.375,90 €).

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J) ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN INVITADAS DE MUJERES QUE TRANSFORMAN EL MUNDO, por importe de CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (4.631,27 €).

K) SEGURO EDIFICIO MUNICIPAL CL JUDERIA VIEJA (CASA A. LAGUNA) DEL 12/10/15 AL 11/10/16, por importe de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (5.675,79 €).

L) REPOSICIÓN CABLEADO ROBADO Y SELLADO ARQUETAS ALUMBRADO PÚBLICO, URBANIZACIÓN PZA TOROS, por importe de SIETE MIL VEINTIUN EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (7.071,15 €).

M) REPOSICIÓN CABLE Y ADECUACIÓN Y PUESTA EN MARCHA ALUMBRADO PÚBLICO UA4 FUENTEMILANOS, por importe de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (4.734,73 €).

N) PROGRAMA “CONSTRUYENDO MI FUTURO” 2016, por importe de TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500,00 €).

DE URGENCIA.- FUERA DEL ORDEN DEL DIA Y CON LA PREVIA Y ESPECIAL DECLARACIÓN DE URGENCIA SE TRATARON, ADEMÁS, LOS SIGUIENTES ASUNTOS:

U.1.- Propuesta relativa a la aprobación de la documentación a remitir al Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la justificación de los recursos destinados en virtud de la Resolución de 27 de Febrero de 2015, a Entidades Locales en materia de empleo, anexo I justificación de los fondos percibidos.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la documentación elaborada en orden a la justificación de la subvención; Certificación de la justificación de los fondos recibidos, según modelo ANEXO I y de acuerdo con los datos obrantes en el expediente.

Segundo.- Aprobar, que los gastos, obligaciones reconocidas y pagos realizados, desglosados por cada uno de los trabajadores, son los que se indican a continuación en “TOTAL GENERAL”.y que así se certifique por la Secretaria general conforme al del modelo normalizado “ANEXO I- CERTIFICACIÓN DE JUSTIFICACIÓN DE LOS FONDOS RECIBIDOS, y se proceda a su remisión

-

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SEX

O

Nombre y apellidos N.I.F/N.I.E H M EDAD (años)

Desempleado de larga duración

(más de 12 meses (Sí/No)

Obra o servicio

realizado

Fecha alta Seg.

Soc.

Fecha baja Seg. Soc.

Periodo justific. (Nºdías)

Jornada% Costes salariales (€)

Mª Fernanda Fernández Gutiérrez

70239388X M 57 SI Trafico 05/05/201

5 09/10/2015 158 73,33 5.606,91

TOTAL 5.606,91

Page 37: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL INFORMACIÓN SOBRE LOS …De otro modo, esto es, en el supuesto de publicaciones en papel u otros soportes cuyos derechos de explotación no hayan pasado al

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CMS AYG_JGL_20160407_ACT información_sede

- Aprobar la declaración de que la/s obra/s o servicio/s se ha/n realizado conforme a lo dispuesto en la Resolución de 27 de febrero de 2015.

- Aprobar la declaración de la veracidad y regularidad de la documentación justificativa de la subvención concedida, que se encuentra en esta Entidad, quedando, al menos, durante cinco años, archivada y a disposición de los órganos competentes de la Administración de Castilla y León.

U.2.- Expediente PAC 000008/2016-CNT Propuesta de aprobación de expediente de contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad para la selección de entidades de crédito para la prestación de servicios bancarios financieros al Ayuntamiento de Segovia

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la contratación para la Selección de entidades de Crédito para la prestación de Servicios Bancarios Financieros al Ayuntamiento de Segovia.

Segundo.- Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan.

Tercero.- Aprobar la adjudicación del presente contrato por el procedimiento negociado sin publicidad y tramitación ordinaria, en virtud de lo dispuesto en los artículos 138.2, 169, 174 a) y 170 d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Cuarto.- Disponer la invitación a las entidades de crédito (Bancos, Cajas de ahorro, Cooperativas de Crédito) de conformidad con lo dispuesto 9.1 del Reglamento General de Recaudación, y de acuerdo con la relación obrante en el expediente.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las NUEVE HORAS Y QUINCE MINUTOS del mismo día, la Presidencia levantó la sesión.

Segovia, a 7 de Abril de 2016