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JULIO ALFONSO ARIZA PINEDA INSTRUCTOR DEL SENA DERECHOS DEL NIÑO Y SU APLICACIÓN CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA LEY 1098 del 2006

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JULIO ALFONSO ARIZA PINEDAINSTRUCTOR DEL SENA

DERECHOS DEL NIÑO Y SU APLICACIÓN

DERECHOS DEL NIÑO Y SU APLICACIÓN

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

LEY 1098 del 2006

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TECNICO DEL SENA AIPITECNICO DEL SENA AIPI

-SENA REGIONAL PITALITO DIRECTOR (HENRY LISCANO)-SENA REGIONAL PITALITO COORDINADORA ACADÉMICA (BEATRIZ STERLING ROJAS)- SENA REGIONAL PITALITO INSTRUCTOR (JULIO ALFONSO ARIZA PINEDA)

-SENA REGIONAL PITALITO DIRECTOR (HENRY LISCANO)-SENA REGIONAL PITALITO COORDINADORA ACADÉMICA (BEATRIZ STERLING ROJAS)- SENA REGIONAL PITALITO INSTRUCTOR (JULIO ALFONSO ARIZA PINEDA)

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PROGRAMAS Y SERVICIOS ICBF PROGRAMAS Y SERVICIOS ICBF

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DERECHOS DEL NNADERECHOS DEL NNA

VIDA

INTEGRIDAD PERSONAL

REHABILITACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN

PROTECCIÓN

LIBERTAD Y

SEGURIDAD

PERSONAL

A TENER UNA

FAMILIA

CUSTODIA Y

CUIDADO

PERSONAL

A LOS ALIMENTOS

A LA IDENTIDADAL DEBIDO PROCESO

SALUD

EDUCACIÓN

DESARROLLO INTEGRAL 1ª INFANCIA

RECREACIÓN, VIDA

CULTURAL Y ARTES

PARTICIPACIÓN

ASOCIACIÓN INTIMIDAD

A LA INFORMACIÓN

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A LA VIDA, CALIDAD DE VIDA Y UN AMBIENTE SANO

A LA VIDA, CALIDAD DE VIDA Y UN AMBIENTE SANO

Los/as niños/as y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano.

Este derecho supone la generación de condiciones que les aseguren desde la CONCEPCIÓN cuidado, protección, alimentación nutritiva y equilibrada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario adecuado, recreación y vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano.

Los/as niños/as y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano.

Este derecho supone la generación de condiciones que les aseguren desde la CONCEPCIÓN cuidado, protección, alimentación nutritiva y equilibrada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario adecuado, recreación y vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano.

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REHABILITACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN

REHABILITACIÓN Y RESOCIALIZACIÓN

Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan

cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación

y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados

por las instituciones y organizaciones que este

determine en desarrollo de las correspondientes políticas

públicas.

Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan

cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación

y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados

por las instituciones y organizaciones que este

determine en desarrollo de las correspondientes políticas

públicas.

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Sistema de responsabilidad penal para adolescentes

• El sistema busca establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.

• Qué es la reparación del daño? Es la responsabilidad de los padres o representantes legales del niño/a, & /ó adolescente que cometió el delito para reparar los daños o perjuicios a que haya lugar.

• ¿Cuáles son las sanciones que se imponen a los adolescentes que se les declara responsabilidad penal? •Amonestación •Reglas de conducta •Prestación de servicios a la comunidad •Libertad asistida •Internación en medio semicerrado •Privación de libertad en centro de atención especializado

• Los menores de 14 años no serán juzgados, declarados responsables penalmente ni privados de la libertad por delito. También aplica para las personas mayores de 14 años y menores de 18 años con discapacidad psíquica o mentalLos menores de 14 años que cometen delitos se les impondrán medias de protección y se vincularan a procesos de educación

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• ICBF (Defensor Familia ), COMISARIA, PONAL . • FISCALÍA (adulto involucrado)• JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL (recibe)– JUZGADO DE FAMILIA (comisorios)

• MEDIDAS– INSTITUCIONALIZACIÓN- (cerrado, abierto, semi)– ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO ICBF.

• ICBF (Defensor Familia ), COMISARIA, PONAL . • FISCALÍA (adulto involucrado)• JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL (recibe)– JUZGADO DE FAMILIA (comisorios)

• MEDIDAS– INSTITUCIONALIZACIÓN- (cerrado, abierto, semi)– ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO ICBF.

ACTUAR ACTUAR

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DIFICULTADESDIFICULTADES-Ausencia de instituciones de rehabilitación-Dificultades con el traslado de los jóvenes infractores-Zona de difícil comunicación.-Ausencia de lugares de paso para tener jóvenes-Falta de políticas publicas sobre el tema.-Tolerancia social frente a la transgresión de la norma

-Ausencia de instituciones de rehabilitación-Dificultades con el traslado de los jóvenes infractores-Zona de difícil comunicación.-Ausencia de lugares de paso para tener jóvenes-Falta de políticas publicas sobre el tema.-Tolerancia social frente a la transgresión de la norma

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DERECHO A TENER UNA FAMILIA

Y NO SER SEPARADO DE ELLA

DERECHO A TENER UNA FAMILIA

Y NO SER SEPARADO DE ELLA

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener y crecer en el seno de la familia, a ser acogidos y no ser

expulsados de ella. Los niños, las niñas y los

adolescentes sólo podrán ser separados de la familia cuando

ésta no garantice las condiciones para la realización y el ejercicio de

sus derechos conforme a lo previsto en este Código. En

ningún caso la condición económica de la familia podrá dar

lugar a la separación.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener y crecer en el seno de la familia, a ser acogidos y no ser

expulsados de ella. Los niños, las niñas y los

adolescentes sólo podrán ser separados de la familia cuando

ésta no garantice las condiciones para la realización y el ejercicio de

sus derechos conforme a lo previsto en este Código. En

ningún caso la condición económica de la familia podrá dar

lugar a la separación.

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INTIMIDADINTIMIDAD

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la intimidad personal, mediante la

protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida

privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra

toda conducta, acción o circunstancia que afecte su

dignidad.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la intimidad personal, mediante la

protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida

privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra

toda conducta, acción o circunstancia que afecte su

dignidad.

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QUE HACER EN ESTOS CASOS

QUE HACER EN ESTOS CASOS

-Evite exponer el caso ante personas que no manejen el

tema.- Absténgase de preguntar

detalles al NNA- No permita que los medios

publiquen, mencionen o indaguen datos del NNA

- Disminuya la probabilidad de que el NNA cuente una y otra vez

el mismo hecho.

-Evite exponer el caso ante personas que no manejen el

tema.- Absténgase de preguntar

detalles al NNA- No permita que los medios

publiquen, mencionen o indaguen datos del NNA

- Disminuya la probabilidad de que el NNA cuente una y otra vez

el mismo hecho.

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QUE HACER EN CASOS DELICADOS

QUE HACER EN CASOS DELICADOS

-Tenga a la mano datos de contacto del personal profesional del ICBF y

Comisaria de familia de su localidad o sitio mas cercano.

-Si el NNA hace parte del conflicto armado informe

inmediatamente a Comisaria de Familia o ICBF.

-Tenga a la mano datos de contacto del personal profesional del ICBF y

Comisaria de familia de su localidad o sitio mas cercano.

-Si el NNA hace parte del conflicto armado informe

inmediatamente a Comisaria de Familia o ICBF.

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CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL

CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que sus padres (u otros familiares) en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que sus padres (u otros familiares) en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral.

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INTEGRIDAD PERSONALINTEGRIDAD PERSONAL

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser

protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte,

daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen

derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole

por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su

cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y

comunitario.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser

protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte,

daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen

derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole

por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su

cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y

comunitario.

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MALTRATO INFANTILMALTRATO INFANTILPara los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda

forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido,

omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos

sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el

adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra

persona.

Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda

forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido,

omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos

sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el

adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra

persona.

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ABUSO SEXUAL

EVALUACÍON PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA ABUSO SEXUAL

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LO QUE USTED NECESITA SABER

La apariencia del niño o niña• Dificultad para caminar o sentarse• Roto, manchado o sangrientos los

pantaloncitos interiores.• Morados o sangre en el área genital, vaginal o

anal.• Sangre o semen en la ropa.

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LO QUE USTED NECESITA SABER

• Cuerpos extraños en los orificios de los genitales, ano o en la uretra.

• Esperma en la vagina • Trauma en los senos, nalgas, parte

baja del abdomen, o en los muslos.• Embarazo• Infecciones de Transmisión Sexual

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LO QUE USTED NECESITA SABER

Comportamientos del niño• Estado emocional• Parece muy retraído, entra en fantasías o

comportamientos inusualmente infantiles.• Respuesta exagerada sin estimulo externo

aparente identificable• Repentina decaída académica o pérdida de

interés en actividades

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LO QUE USTED NECESITA SABER

Comportamientos del niño• Estado emocional

• Dificultad para dormir o pesadillas.• Comportamiento agresivo.• Continuamente deprimida• Actúa como adulto

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LO QUE USTED NECESITA SABER

• Comportamiento Sexual• Presenta comportamientos bizarros,

inusuales, sofisticados con respecto al sexo ( entre mas pequeño/a sea el niño/a mas fuerte es el indicador).

• El niño/a juega muy frecuentemente con sus muñecos y con el resto de sus juguetes con contenido sexual.

• El niño/a inicia juegos sexuales con otros niños/as

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LO QUE USTED NECESITA SABER

Relaciones con otros• Generalmente muy pobres relaciones

con sus iguales.• No deseoso de participar en actividades

físicas.• Súper complaciente

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LO QUE USTED NECESITA SABER

• Se queja de ardor o dolor en el área genital• Se escapa de su hogar• Dice que el o ella ha sido forzada a

tener relaciones sexuales• Habla de suicidio

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Un niña/o puede haber sido abusado/a aunque no haya

evidencia médica, por ejemplo: manoseo, estimulación oral, masturbación, fotografías o

pornografías

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QUE HACER INMEDIATAMENTE USTED SE ENTERA

Dígale al niño(a) que se alegra que le haya contado a usted, que usted siente mucho que esto le haya pasado, y se le protegerá para que esto no vuelva a ocurrir.

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QUE HACER INMEDIATAMENTE USTED SE ENTERA

Si usted sospecha que el niño(a) esta lastimado o herido, por favor llévelo a Medicina Legal.

Llevarlo a la fiscalía inmediatamente, y el fiscal iniciará el proceso legal pertinente.

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QUE HACER INMEDIATAMENTE USTED SE ENTERA

Lleve al niño(a) donde un especialista que sepa entrevistarlo, sin dañar la prueba. Para iniciar un proceso legal y posteriormente iniciar un proceso terapéutico.

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MITOS DEL ABUSO SEXUAL

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MITOS DEL ABUSO SEXUAL

MITO 1. El abusador es un hombre viejo y sucio.

MITO 2. El abusador de niños es un total extraño de la victima.

MITO 3. El abusador de niños es un retrasado mental.

MITO 4. El abusador de niños es alcohólico o drogadicto.

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MITOS DEL ABUSO SEXUAL

MITO 5. El abusador de niños es un ser frustrado sexualmente.

MITO 6. El abusador de niños es insano.

MITO 7. El abusador de niños progresivamente empieza a tener actos violentos

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MITOS DEL ABUSO SEXUAL

MITO 8.

Los niños están a mas alto riesgo de

ser abusados de personas “ Gay” (homosexuales), que de personas

(heterosexuales) adultas.

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A LOS ALIMENTOSA LOS ALIMENTOS

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los alimentos y demás medios para su

desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la CAPACIDAD

ECONÓMICA DEL ALIMENTANTE. Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, HABITACIÓN, VESTIDO, ASISTENCIA

MÉDICA, RECREACIÓN, EDUCACIÓN O INSTRUCCIÓN y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los

adolescentes. LOS ALIMENTOS COMPRENDEN LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR A LA MADRE LOS

GASTOS DE EMBARAZO Y PARTO.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los alimentos y demás medios para su

desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la CAPACIDAD

ECONÓMICA DEL ALIMENTANTE. Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, HABITACIÓN, VESTIDO, ASISTENCIA

MÉDICA, RECREACIÓN, EDUCACIÓN O INSTRUCCIÓN y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los

adolescentes. LOS ALIMENTOS COMPRENDEN LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR A LA MADRE LOS

GASTOS DE EMBARAZO Y PARTO.

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DEBIDO PROCESODEBIDO PROCESOLos niños, las niñas y los adolescentes

tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas

las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren

involucrados. En toda actuación administrativa,

judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán

derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en

cuenta.

Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas

las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren

involucrados. En toda actuación administrativa,

judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán

derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en

cuenta.

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EN LA APREHENSIÓN EN LA APREHENSIÓN - Explicarle el motivo de la

aprehensión.-Hacerle saber y permitirle comunicarse

con alguien de su familia.-Leerle sus derechos como a guardar silencio y no se obliga a declarar en

contra de su cónyuge, compañero(a) o 4º grado

-Entrevistarse con un abogado (defensor de familia)

-Buen trato-Entregarlo lo mas pronto a las

autoridades competentes.

- Explicarle el motivo de la aprehensión.

-Hacerle saber y permitirle comunicarse con alguien de su familia.

-Leerle sus derechos como a guardar silencio y no se obliga a declarar en

contra de su cónyuge, compañero(a) o 4º grado

-Entrevistarse con un abogado (defensor de familia)

-Buen trato-Entregarlo lo mas pronto a las

autoridades competentes.

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OTROS DERECHOS.OTROS DERECHOS.

Derecho a la recreación, participación en la Vida cultural y en las artes

Derecho a la participación de los niños, Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes (LEY las niñas y los adolescentes (LEY 387/1997)387/1997)

Derecho de asociación y reuniónDerecho de asociación y reunión

Derecho a la recreación, participación en la Vida cultural y en las artes

Derecho a la participación de los niños, Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes (LEY las niñas y los adolescentes (LEY 387/1997)387/1997)

Derecho de asociación y reuniónDerecho de asociación y reunión

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GRACIASGRACIAS