judicial esmeraldas 4 septiembre 2015

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK AVISOS A13 VIERNES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2015 La Hora ESMERALDAS I JUDICIALES www.lahora.com.ec DICCIONARIO JURÍDICO OBJETIVIDAD >Calidad de objetivo, en lo adjetival. Capacidad críti- ca o de juzgar según la máxima imparcialidad, lejos de todo perjuicio o concepto interesado, y sin más base que la conducta y los méritos en lo personal y los hechos o las pruebas en lo material. La objetivi- dad es tan necesaria en los jueces como el sentimien- to de justicia y el conocimiento de las leyes; y como sentido moral, más que objeto de estudio, proviene del ejemplo y de la educación, y también de la noble tradición jurídica de la magistratura de los países sanos. OBJETIVISMO JURÍDICO > El conjunto de normas, principios, teorías, doctrinas y tendencia que ponen en relieve, en el fenómeno jurídico, todo aquello que, formal o materialmente, reconoce mayor grado de autonomía e independencia en relación a las estructuras mentales, actividades psicológicas y facultades valorativas de los sujetos del Derecho. En enfoque más accesible, la posesión, de tenencia prag- mática que quiere prescindir, en las reglas jurídicas y en su interpretación, de cuanto sea adjetivo, a la busca de criterios realistas de validez general y de identificación demostrable. Así, la culpa apreciada en concreto, en vez de en abstracto; la eliminación de las presunciones por el legislador y la relegación de las ficciones. OBJETIVO POLÍTICO >Tanto como los fines de guerra de cada beligerante; sea la conquista total del territorio enemigo, la anex- ión parcial de algunas ciudades o comarcas, la repa- ración de un agravio, la modificación del régimen o sistema interno del país, entre tantas otras preten- siones que los pueblos y bandos en lucha se propo- nen para la satisfacción y quebranto del enemigo. La verdad de estos objetos, no se descubre al principio de las hostilidades, en que la propaganda y el pudor de la ambición refrenan los apetitos confesados; pero sigue en su crudeza para el vencedor, con el triunfo, en las cláusulas del tratado de paz o en las condicio- nes del armisticio. ORGANISMO AUTÓNOMO >Entidad de Derecho Público creada por la ley, con personalidad jurídica y patrimonio propio, inde- pendientes de los del Estado, a lo que se encomienda expresamente, en régimen de descentralización, la organización y administración de algún servi- cio público y de los fondos adscritos al mismo, el cumplimiento de actividades económicas, al servicio de los fines diversos y la administración de determi- nados bienes del Estado, ya sea patrimoniales o de dominio público. CURSOS ANULACIONES JUDICIALES Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número 4003753464, perteneciente a: ESPAÑA BAGUI JOSE ALBERTO ANULACION P94279-VE COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA. Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro número 4501888426 Perteneciente a.: DE LA CRUZ SATIZA- BAL MAYRA KATHERINE P94266 COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA. Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro cuyo número de Libreta es 4501363154 Perteneciente a.: VALENCIA SOLIS CARMEN LILIAN P94272 COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA. Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro cuyo número de Libreta es 4501370690 Perteneciente a.: LASTRA CASTILLO JONATHAN JOSE P94282 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS PUBLICACION-EXTRACTO JUICIO: ORDINARIO - NULIDAD DE CONTRATO NUMERO DE JUICIO N° 08303- 2014-0095 ACTOR.- MORA PLAZA EFREN LUPERCIO DEMANDADO: MASSACHE YOUNG DANIEL EUGENIO JUEZ: DR. ALEJANDRO SANCHEZ MUÑOZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, 01 de septiembre de 2015. Las 11h1012. VISTOS. Una vez que el actor ha reconocido firma y rúbrica el mismo que ha declarado bajo juramen- to que desconoce el domicilio del demandado MASSACHE YOUNG DANIEL EUGENIO, se dispone conforme a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, que cite al demandado en mención por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación en la provincia, en tres días diferentes, el citado si no compareciere vein- te días después de la última publi- cación, se lo declarará en rebeldía. PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE. Esmeraldas, 01 de Septiembre de 2015 Ab. Manny Johanna Gracia Betancourt SECRETARIA 94276 xxxxxx EXTRACTO-CITACIÓN JUICIO: INVENTARIO No. 02282- 2015 ACTORA: MARÍA FERNANDA INTRIAGO HERRERA (PROCURADORA COMÚN) DEMANDADAS: MARIBEL DEL ROCÍO INTRIAGO FUENTES, MARTHA CECILIA INTRIAGO FUENTES y DILIA ELlZABETH INTRIAGO FUENTES CUANTÍA: INDT. JUEZA: DRA. ANA LUCIA PACHECO ALARCÓN. OBJETO DE LA DEMANDA.- María Fernanda Intriago Herrera (PROCURADORA COMÚN), com- parece solicitando la FACCIÓN DE INVENTARIO de los bienes heredi- tarios del señor que en vida se llamó JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN.- Fundamenta su demanda de conformidad con lo que dispone el Art. 629 del CPC. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, miércoles 26 de Agosto del 2015, las 15h42. VISTOS: Cumplida la diligencia de declaración jurada, la demanda de inventarios de bienes del causante N°: 2015-02282, pre- sentada por MARIA FERNANDA INTRIAGO HERRERA, procura- dora común de MARIA ELENA DEL ROSARIO HERRERA VACA, MAYRA ALEJANDRA INTRIAGO HERRERA y DORA KARINA INTRIAGO FIGUEROA, es clara, precisa y reúne los demás requisi- tos de ley por lo que se la acepta al trámite especial previsto en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Con la partida de defunción que se encuentra apa- rejada a la demanda se comprueba la defunción de quien en vida se llamó Jaime Secundino Intriago Holguín, por lo que se declara abierta la suce- sión de los bienes dejados a su falleci- miento, y se manda a formar el inven- tario y avalúo de los bienes del señor JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN+, con la intervención del perito que será designado opor- tunamente por el sistema de sor- teos del sistema SATJE.- Cítese a los HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causan- te señor JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN+, por la prensa de conformidad con los Arts. 82 y 83, ambos del Código de Procedimiento Civil en uno de los periódicos de MAYOR circulación de la ciudad.- Actúe la señora Ab. Georgina Núñez Gamboa, secretaria del despacho.- Notifíquese. Esmeraldas Septiembre 01 del 2015 Abg. Georgina Núñez Gamboa Secretaria P94271 xxxxx R. DEL E. EXTRACTO DE CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN LORENZO DE LA PROVINCIA DE ESMERALDAS. JUICIO: VERBAL SUMARIO DIVORCIO NRO. 08256-2013- 00343. ACTOR: VALENCIA GONZALES OLINDA JESSICA DEMANDADA: DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO. JUEZ: DR. LUIS ALBERTO CEVALLOS VEINTIMILLA OBJETO DE LA DEMANDA.- La señora VALENCIA GONZALES OLINDA JESSICA, comparece a esta Unidad Judicial Multicompete y presenta demanda de divorcio, en contra del señor DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO. La pre- sente acción la fundamento en el art.110 numeral 11 del código Civil; a fin de que en sentencia aceptan- do mi demanda se declare disuel- to el vínculo matrimonial que me une a él, disponiendo que en sen- tencia se margine en el Registro Civil de San Lorenzo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SAN LORENZO PROVINCIA DE ESMERALDAS. San Lorenzo 17 de Agosto del 2015, a las 12h22. VISTOS.- La demanda presen- tada por la señora VALENCIA GONZÁLES OLINDA JESSICA, se la califica de clara, precisa y comple- ta, por reunir los requisitos de ley, por lo que se la admite a tramite en Juicio Verbal Sumario de Divorcio; Cítese al accionado DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO, através de la prensa, de conformidad como lo establece el art.82 del Código de Procedimiento civil, esto es tres publicaciones y se haran cada una de ellas en fechas distintas, por un periódico de amplia circula- ción del lugar y de no haberlo se hará en periódico de la capital de la Provincia, la misma que contendrá un extracto de la demanda y solici- tud pertinente de la providencia. Se advierte a la demanda la obligación que tiene de señalar casiller judi- cial, dentro del perímetro urbano del Cantón San Lorenzo, para posterio- res notificación, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y últi- ma publicación, caso contrario será declarado rebelde. San Lorenzo, 17 de agosto del 2015. Abg. Darwin Quintero Lastra Secretario. p94284 xxx R. DEL E. EXTRACTO DE CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN LORENZO DE LA PROVINCIA DE ESMERALDAS. JUICIO: VERBAL SUMARIO DIVORCIO NRO. 08256-2013- 00184 ACTOR: CASTILLO VALENCIA JAMES LUIS DEMANDADA: MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZA JUEZ: DR. LUIS ALBERTO CEVALLOS VINTIMILLA OBJETO DE LA DEMANDA.- El señor CASTILLO VALENCIA JAMES LUIS, comparece a esta Unidad Judicial Multicompetente y presenta demanda de divorcio en contra de la señora MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZA. La presen- te acción la fundamento en el art. 100 numeral 111 del Código Civil; a fin de que en sentencia aceptan- do mi demanda se declare disuel- to el vínculo matrimonial que me une a él, disponiendo que en sen- tencia se margine en el Registro Civil de San Lorenzo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.- San Lorenzo, 17 de agosto del 2015, a las 12h01.- VISTOS.- La demanda Presentada por el señor CASTILLO VALENCIA JAMES LUIS, se la califica de clara , precisa y completa, por reunir los requisitos de ley por lo que se la admite a trámite en Juicio Verbal Sumario de Divorcio; cítese a la accio- nada MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZA, a través de la prensa, de conformidad como lo establece el art.82 del Código de Procedimiento Civil, esto es tres publicaciones y se harán cada una de ellas en fechas distintas, por un periódico de la capi- tal de la provincia, la misma que contendrá un extracto de la demanda y solicitud pertinente de la provi- dencia. Se advierte a la demandada obligación que tiene de señalar casi- llero judicial, dentro del perímetro urbano del Cantón San Lorenzo, para posteriores notificaciones, den- tro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario será declarado rebelde. San Lorenzo, 17 de agosto del 2015. Abg. Darwin Quintero Secretario p94284 xxxxx REPÚBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS CITACION -EXTRACTO TRAMITE: CONTENCIOSO GENERAL JUICIO: TENENCIA Nª 2401-2014 ACTORA: MONTAÑO CASTILLO ClNDY MALENA DEMANDADO:TAPIA FARES PAUL ALEJANDRO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. MANUEL RAUL CELI SOTO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS. Esmeraldas, lunes 4 de agosto del 2014, las 09h44. VISTOS: Dr. Raúl Celi Soto, en mi calidad de juez de la Unidad judicial Especializada en Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del can- tón Esmeraldas, legalmente posesio- nado el 11 de abril del año 2012, en concordancia con lo establecido en el Art. 171, 233 Y 234 del Código Orgánico de la Función judicial, Avoco conocimiento y competencia de la presente, en virtud del sor- teo constante, la misma ha recaído en esta judicatura la demanda de Tenencia W: 2401-2014, presentada por CINDY MALENA MONTAÑO en contra de PAUL ALEJANDRO TAPIA FARES. En lo principal de clara, completa y precisa se califica la demanda, por lo que se la acepta al trámite Contencioso General que le corresponde.- Previo a cumplir con la citación conforme lo solicita en su demanda se requiere que demuestre las diligencias realizadas en fuentes de información factibles tales como guías telefónicas, Registro Civil, Cedulación e Identificación, regis- tro de movimiento migratorio, para obtener los datos necesarios para ubicar la individualidad y residencia de la demandada, en cumplimiento al fallo de triple reiteración de la Ex Corte Suprema de justicia publicado en el R.O. 416 del 20 de septiembre de 2002 y la sentencia de la Corte Constitucional Nro. 020-10-SEP-CC, caso Nro. 0583-09-EP. (R.O. 228 de 5 de julio 2010).- Se dispone que el presente caso pase a conocimiento de la Oficina Técnica de la Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Esmeraldas, para lo cual la actora deberá comparecer el día jueves 7 de agosto del 2014 a las 09HOO am, para la primer entrevista con el equipo técnico de esta Unidad Judicial, debiendo emitir el respectivo informe antes de la Audiencia de Conciliación.- Téngase en cuenta el casillero judi- cial señalado por la compareciente el correo electrónico, la cuantía de la acción así como la autorización que le confiere a su abogado defensor para que suscriba peticiones en su nombre.-Agréguese al proceso los documentos aparejados a la deman- da.- Interviene el Dr. Basilio Antonio Proaño en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- Notifíquese y Cúmplase. Una vez que la actora ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la indivi- dualidad o residencia del demanda- do, dispongo de conformidad al artí- culo 82 del Código de Procedimiento Civil, la citación por la prensa en un diario de amplia circulación en la provincia de Esmeraldas al señor TAPIA FARES PAUL ALEJANDRO, para lo cual a través de secretaría se deberá emitir el extracto pertinente. La actora podrá retirar el extracto en esta Unidad Judicial.- Siga actuan- do el Dr. Basilio Antonio Proaño Arteaga, en calidad de Secretario del despacho legalmente nombra- do mediante Acción de Personal Nº1612-DNTH-2015, de fecha 01 de febrero del 2015.- CÚMPLASE y NOTIFIQUESE.- LO QUE LE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY.-CERTIFICO Ab. Luis Chasin Valencia SECRETARIO Esmeraldas, 28 de julio del 2015 Hay firma y sello. P94021 xxxxx EXTRACTO JUDICIAL JUICIO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO NO.02315-2015 ACTOR: MARTHA IGNACIA CORTEZ JAMA DEMANDADO: DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL DE ESMERALDAS. CUANTÍA: INDT. JUEZA: DRA. ANA LUCIA PACHECO ALARCÓN OBJETO DE LA DEMANDA: Martha Ignacia Cortez Jama, compa- rece solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, donde consta el nombre de su señor padre como JULIO CORTEZ GRUEZO, cuando lo correcto es JULIAN CRECENCIO CORTEZ LANDAZURI y demanda al Jefe del Registro Civil, identifica- ción Cedulación e Esmeraldas.- fun- damenta su demanda en lo dispues- to en el art.89 de la Ley De Registro Civil, Identificación y Cedulación. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, lunes 14 de agosto del 2015, las 14h34. VISTOS: Dra. Ana Lucía Pacheco Alarcón, avoco conoci- miento y competencia de la pre- sente demanda por el sorteo legal correspondiente… Por compelar la demanda que antecede se la califi- ca de clara, precisa por reúne los demás requisitos de Ley y se la acepta al trámite en juicio suma- rio de reforma o rectificación y nulidad judicial de partida de nacimiento, previsto en el artícu- lo 89 de la Ley de Registro Civil, identificación y cedulación. La demanda y auto de calificación se citará por la prensa, por una sola vez en uno de los periódicos de Mayor Circulación de esta ciudad de Esmeraldas, por secretaría ela- bórese el extracto de prensa. Actúe la señora Ab. Georgina Núñez Gamboa, Secretaria del Despacho.- Cítese, publíquese y notifíquese. Esmeraldas, agosto 26 de julio del 2015. Abg. Georgina Núñez Gamboa. Secretaria P94285

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Page 1: Judicial Esmeraldas 4 septiembre 2015

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK esmeraldas

CIUDADA4 VIERNES

04 DE SEPTIEMBRE DE 2015La Hora ESMERALDAS I

AVISOS

A13VIERNES04 DE SEPTIEMBRE DE 2015

La Hora ESMERALDASI

Que conocemos mucho de otras culturas y poco de lo nuestro, es la principal moti-vación para organizar lo que serán dos días de charlas ma-gistrales dirigidas a profesores de Ciencias de todos los niveles académicos.

En las hablas se tratará te-mas de identidad, historia, gé-nero, comunicación entre otros ejes que los ponentes de cada área lo harán entre el 13 y 14 de noviembre, en el Salón Cívico Tácito Ortiz Urriola, de la Pre-fectura de Esmeraldas.

Para el encuentro se aspira a convocar a unos 600 docentes de Estudios Sociales, para lo cual se cuenta con el permiso del Distrito de Educación con la finalidad de que los mentali-zadores ingresen a los estable-cimientos educativos y hagan

la convocatoria que al final les permitirá obtener un certifica-do y un libro de 140 páginas que sintetiza lo expuesto en las charlas.

Cambio de pensumDentro del mismo escenario se socializará entre los asistentes la propuesta de solicitar un cambio del pensum académico de los centros educativos en la espe-cialidad de las Ciencias Sociales, idea que luego será transmitida al Ministerio de Educación.

“Porque es a través de las Ciencias Sociales que se reafirma la identidad de un pueblo y por ello cada texto debe estar enfo-cado en la realidad de cada pue-blo”, destaca Xavier Vera, quien impulsa la iniciativa.

Mas, aclaró que no desmere-ce que se enseñe, por ejemplo,

la historia del Muro de Berlín, el viaje a Luna o de otras culturas, pero esto, dice, debería ser como cultura general y no materia del alto análisis en los centros de es-tudios, porque es información de fácil acceso en el internet.

Cierre culturalDentro de la planificación de las charlas magistrales se tiene pre-visto al final utilizar una de las casas patrimoniales de Esme-raldas para, desde los exteriores, proyectar imágenes del Esmeral-das de ayer y de hoy.

Además, en el cierre se pre-sentarán poetas, decimeros, grupos de marimba, violín, en-tre otros exponentes de la cultu-ra esmeraldeña, que se suman a esta iniciativa que busca reafir-mar la identidad cultural de los esmeraldeños. (MGQ)

Charlas magistralespara afianzar identidad

La Casa de Cultura, Académica Nacional de Historia y Universidad Luis Vargas Torres, dan el aval de las exposiciones.

PLANIFICACIÓN. El antropólogo Xavier Vera y el coordinador de la las charlas magistral que busca reafirmar la identidad esmeraldeña.

La Prefectura de Esmeraldas, a través del grupo África Negra de la Unidad de Asistencia Mé-dica, Desarrollo Social y Cultu-ral (Unamydesc), se encuentra exponiendo la cultura ancestral afro-esmeraldeña en diferentes partes del país.

La última participación del gru-po fue en el pregón de bienvenida a las candidatas a Reina Mundial del Banano, donde acompañó a la Reina de la provincia, Verónica Cedeño, quien participó en el cer-tamen de belleza y ganó la cinta de Señorita Fotogénica.

Además, cumplió con la pre-sentación artística en varias escuelas como Sulima García Valarezo, Isabel la Católica y Si-món Bolívar del cantón Macha-la, provincia de El Oro, donde

Prefectura promocionala cultura ancestral

DELEITE. El grupo África Negra de la Unamydesc deleitó en el pregón de bien-venida a las candidatas a Reina Mundial del Banano.

Personal de la Armada del Ecuador, a través del Subco-mando de Guardacostas, el 2 de septiembre, aproximadamente a las 20:00, prestó ayuda a tres tripulantes a bordo de una lan-cha que se encontraba a la de-riva por aproximadamente 10 horas frente a Esmeraldas, a 15 millas náuticas.

Se coordinó con la Capita-nía del Puerto de Esmeraldas sobre la embarcación que se encontraba a la deriva, acti-

vándose el plan SAR, por lo que se destacó la unidad pa-trullera ‘Río Blanco’.

Durante la navegación se divisó a la embarcación ‘Ingrid Cristina’ de bandera nacional, que con señales pedían auxilio porque se encontraban con el motor averiado, por lo que se realizó la maniobra de remol-que hacia el puerto pesquero de Esmeraldas, donde se verificó el buen estado de salud del per-sonal. (Boletín de prensa)

Armada rescata embarcaciónfrente a costas de Esmeraldas

GARANTÍA. La Armada del Ecuador mantiene vigilancia en las aguas jurisdic-cionales del país, garantizando la seguridad de la vida humana en el mar.

P

PLACA EXTRAVIADARIVAS VALAREZO

WASHINGTON PATRICIO Con CED.

1308017308, se le extravió la placa

HI428O. Perteneciente a su MOTOCICLE

color ROJOMarca: SUZUKI

PLACA EXTRAVIADAARGUELLO REASCOS

ANA GUADALUPE Con CED.

0801335993, se le extravió la placa

E010423. Perteneciente

a su MOTOCICLE color ROJO

Marca: EASTWAN

P5258 P5259

fueron recibidos con aplausos, coreadas las canciones tradicio-nales, además, de bailar junto a los artistas ancestrales.

Vestimenta y baileClara Alvarado Naranjo, alum-na de la escuela Sulima García Valarezo, dijo que le gustó la vestimenta, el baile y el ritmo del grupo ancestral.

Justin Paredes, de la escuela Isabel la Católica, refirió que disfrutó col el baile y la vesti-menta, además, de agradecer a la prefecta de Esmeraldas, Lu-cía Sosa, por promocionar la cultura en otras provincias del

país, como en El Oro.Para Gladys Capirai Moro-

cho, directora de la escuela Su-lima García Valarezo, le pareció un grupo maravilloso, porque se convierten en embajador del país en su propio país, además, que de esta forma se conserva y transmiten las tradiciones como la afro-descendiente, que es de la provincia de Esmeraldas.

Herencia de pueblosJavier Jaramillo Bone, director de la escuela centenaria Simón Bolívar de la ciudad de Machala, agradeció a la Prefectura de Es-meraldas porque han llevado a través de la Prefectura de El Oro, al grupo folklórico que es la he-rencia de los pueblos “y es lo que tenemos que rescatar como son las raíces de cada comunidad”.

Gloria Espinoza, directora de la escuela Isabel la Católica de Machala, también agrade-ció a la prefecta Lucía Sosa, por sorprenderles con el baile tradi-cional, mostrando que Ecuador tiene varias manifestaciones cul-turales. (Boletín de prensa)

JUDICIALES

www.lahora.com.ec

DICCIONARIOJURÍDICO

OBJETIVIDAD >Calidad de objetivo, en lo adjetival. Capacidad críti-ca o de juzgar según la máxima imparcialidad, lejos de todo perjuicio o concepto interesado, y sin más base que la conducta y los méritos en lo personal y los hechos o las pruebas en lo material. La objetivi-dad es tan necesaria en los jueces como el sentimien-to de justicia y el conocimiento de las leyes; y como sentido moral, más que objeto de estudio, proviene del ejemplo y de la educación, y también de la noble tradición jurídica de la magistratura de los países sanos.

OBJETIVISMO JURÍDICO > El conjunto de normas, principios, teorías, doctrinas y tendencia que ponen en relieve, en el fenómeno jurídico, todo aquello que, formal o materialmente, reconoce mayor grado de autonomía e independencia en relación a las estructuras mentales, actividades psicológicas y facultades valorativas de los sujetos del Derecho.En enfoque más accesible, la posesión, de tenencia prag-mática que quiere prescindir, en las reglas jurídicas y en su interpretación, de cuanto sea adjetivo, a la busca de criterios realistas de validez general y de identificación demostrable. Así, la culpa apreciada en concreto, en vez de en abstracto; la eliminación de las presunciones por el legislador y la relegación de las ficciones.

OBJETIVO POLÍTICO >Tanto como los fines de guerra de cada beligerante; sea la conquista total del territorio enemigo, la anex-ión parcial de algunas ciudades o comarcas, la repa-ración de un agravio, la modificación del régimen o sistema interno del país, entre tantas otras preten-siones que los pueblos y bandos en lucha se propo-nen para la satisfacción y quebranto del enemigo. La verdad de estos objetos, no se descubre al principio de las hostilidades, en que la propaganda y el pudor de la ambición refrenan los apetitos confesados; pero sigue en su crudeza para el vencedor, con el triunfo, en las cláusulas del tratado de paz o en las condicio-nes del armisticio.

ORGANISMO AUTÓNOMO>Entidad de Derecho Público creada por la ley, con personalidad jurídica y patrimonio propio, inde-pendientes de los del Estado, a lo que se encomienda expresamente, en régimen de descentralización, la organización y administración de algún servi-cio público y de los fondos adscritos al mismo, el cumplimiento de actividades económicas, al servicio de los fines diversos y la administración de determi-nados bienes del Estado, ya sea patrimoniales o de dominio público.

CURSOS

ANULACIONES JUDICIALES

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número 4003753464, perteneciente a: ESPAÑA BAGUI JOSE ALBERTO

ANULACION

P94279-VE

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

“29 DE OCTUBRE” LTDA.

Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro número 4501888426 Perteneciente a.: DE LA CRUZ SATIZA-BAL MAYRA KATHERINE

P94266

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

“29 DE OCTUBRE” LTDA.

Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro cuyo número de Libreta es 4501363154 Perteneciente a.: VALENCIA SOLIS CARMEN LILIAN

P94272

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

“29 DE OCTUBRE” LTDA.

Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro cuyo número de Libreta es 4501370690 Perteneciente a.: LASTRA CASTILLO JONATHAN JOSE

P94282

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS PUBLICACION-EXTRACTO JUICIO: ORDINARIO - NULIDAD DE CONTRATO NUMERO DE JUICIO N° 08303-2014-0095 ACTOR.- MORA PLAZA EFREN LUPERCIO DEMANDADO: MASSACHE YOUNG DANIEL EUGENIO JUEZ: DR. ALEJANDRO SANCHEZ MUÑOZ

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, 01 de septiembre de 2015. Las 11h1012. VISTOS. Una vez que el actor ha reconocido firma y rúbrica el mismo que ha declarado bajo juramen-to que desconoce el domicilio del demandado MASSACHE YOUNG DANIEL EUGENIO, se dispone conforme a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, que cite al demandado en mención por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación en la provincia, en tres días diferentes, el citado si no compareciere vein-te días después de la última publi-cación, se lo declarará en rebeldía. PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE.Esmeraldas, 01 de Septiembre de 2015 Ab. Manny Johanna Gracia BetancourtSECRETARIA 94276

xxxxxx

EXTRACTO-CITACIÓN JUICIO: INVENTARIO No. 02282-2015 ACTORA: MARÍA FERNANDA I N T R I AG O H E R R E R A (PROCURADORA COMÚN) DEMANDADAS: MARIBEL DEL ROCÍO INTRIAGO FUENTES, MARTHA CECILIA INTRIAGO FUENTES y DILIA ELlZABETH INTRIAGO FUENTES CUANTÍA: INDT. JUEZA: DRA. ANA LUCIA PACHECO ALARCÓN. OBJETO DE LA DEMANDA.- María Fernanda Intriago Herrera (PROCURADORA COMÚN), com-parece solicitando la FACCIÓN DE INVENTARIO de los bienes heredi-tarios del señor que en vida se llamó JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN.- Fundamenta su demanda de conformidad con lo que dispone el Art. 629 del CPC. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, miércoles 26 de Agosto del 2015, las 15h42. VISTOS: Cumplida la diligencia de declaración jurada, la demanda de inventarios de bienes del causante N°: 2015-02282, pre-sentada por MARIA FERNANDA INTRIAGO HERRERA, procura-dora común de MARIA ELENA DEL ROSARIO HERRERA VACA, MAYRA ALEJANDRA INTRIAGO HERRERA y DORA KARINA INTRIAGO FIGUEROA, es clara,

precisa y reúne los demás requisi-tos de ley por lo que se la acepta al trámite especial previsto en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Con la partida de defunción que se encuentra apa-rejada a la demanda se comprueba la defunción de quien en vida se llamó Jaime Secundino Intriago Holguín, por lo que se declara abierta la suce-sión de los bienes dejados a su falleci-miento, y se manda a formar el inven-tario y avalúo de los bienes del señor JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN+, con la intervención del perito que será designado opor-tunamente por el sistema de sor-teos del sistema SATJE.- Cítese a los HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causan-te señor JAIME SECUNDINO INTRIAGO HOLGUIN+, por la prensa de conformidad con los Arts. 82 y 83, ambos del Código de Procedimiento Civil en uno de los periódicos de MAYOR circulación de la ciudad.- Actúe la señora Ab. Georgina Núñez Gamboa, secretaria del despacho.- Notifíquese. Esmeraldas Septiembre 01 del 2015Abg. Georgina Núñez GamboaSecretariaP94271

xxxxx

R. DEL E.EXTRACTO DE CITACIÓN

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL

CANTÓN SAN LORENZO DE LA PROVINCIA DE ESMERALDAS.

JUICIO: VERBAL SUMARIO DIVORCIO NRO. 08256-2013-00343.ACTOR: VALENCIA GONZALES OLINDA JESSICADEMANDADA: DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO.JUEZ: DR. LUIS ALBERTO CEVALLOS VEINTIMILLAOBJETO DE LA DEMANDA.- La señora VALENCIA GONZALES OLINDA JESSICA, comparece a esta Unidad Judicial Multicompete y presenta demanda de divorcio, en contra del señor DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO. La pre-sente acción la fundamento en el art.110 numeral 11 del código Civil; a fin de que en sentencia aceptan-do mi demanda se declare disuel-to el vínculo matrimonial que me une a él, disponiendo que en sen-tencia se margine en el Registro Civil de San Lorenzo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SAN LORENZO PROVINCIA DE ESMERALDAS. San Lorenzo 17 de Agosto del 2015, a las 12h22. VISTOS.- La demanda presen-tada por la señora VALENCIA GONZÁLES OLINDA JESSICA, se la califica de clara, precisa y comple-ta, por reunir los requisitos de ley, por lo que se la admite a tramite en Juicio Verbal Sumario de Divorcio; Cítese al accionado DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ RODOLFO, através de la prensa, de conformidad como lo establece el art.82 del Código de Procedimiento civil, esto es tres publicaciones y se haran cada una de ellas en fechas distintas, por un periódico de amplia circula-ción del lugar y de no haberlo se hará en periódico de la capital de la Provincia, la misma que contendrá un extracto de la demanda y solici-tud pertinente de la providencia. Se advierte a la demanda la obligación que tiene de señalar casiller judi-cial, dentro del perímetro urbano del Cantón San Lorenzo, para posterio-res notificación, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y últi-ma publicación, caso contrario será declarado rebelde.San Lorenzo, 17 de agosto del 2015.Abg. Darwin Quintero LastraSecretario.p94284xxx

R. DEL E.EXTRACTO DE CITACIÓN

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL

CANTÓN SAN LORENZO DE LA PROVINCIA DE ESMERALDAS.

JUICIO: VERBAL SUMARIO DIVORCIO NRO. 08256-2013-00184ACTOR: CASTILLO VALENCIA JAMES LUISDEMANDADA: MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZAJUEZ: DR. LUIS ALBERTO CEVALLOS VINTIMILLAOBJETO DE LA DEMANDA.- El señor CASTILLO VALENCIA JAMES LUIS, comparece a esta Unidad Judicial Multicompetente y presenta demanda de divorcio en contra de la señora MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZA. La presen-te acción la fundamento en el art. 100 numeral 111 del Código Civil; a fin de que en sentencia aceptan-do mi demanda se declare disuel-to el vínculo matrimonial que me une a él, disponiendo que en sen-tencia se margine en el Registro Civil de San Lorenzo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE ESMERALDAS.- San Lorenzo, 17 de agosto del 2015, a las 12h01.- VISTOS.- La demanda Presentada por el señor CASTILLO VALENCIA JAMES LUIS, se la califica de clara , precisa y completa, por reunir los requisitos de ley por lo que se la admite a trámite en Juicio Verbal Sumario de Divorcio; cítese a la accio-nada MONTENEGRO CORTEZ LUZ NELZA, a través de la prensa, de conformidad como lo establece el art.82 del Código de Procedimiento Civil, esto es tres publicaciones y se harán cada una de ellas en fechas distintas, por un periódico de la capi-tal de la provincia, la misma que contendrá un extracto de la demanda y solicitud pertinente de la provi-dencia. Se advierte a la demandada obligación que tiene de señalar casi-llero judicial, dentro del perímetro urbano del Cantón San Lorenzo, para posteriores notificaciones, den-tro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario será declarado rebelde.San Lorenzo, 17 de agosto del 2015.Abg. Darwin QuinteroSecretariop94284

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REPÚBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL

ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS

CITACION -EXTRACTO TRAMITE: CONTENCIOSO GENERAL JUICIO: TENENCIA Nª 2401-2014 ACTORA: MONTAÑO CASTILLO ClNDY MALENA DEMANDADO:TAPIA FARES PAUL ALEJANDRO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. MANUEL RAUL CELI SOTO U N I DA D J U D I C I A L ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS. Esmeraldas, lunes 4 de agosto del 2014, las 09h44. VISTOS: Dr. Raúl Celi Soto, en mi calidad de juez de la Unidad judicial Especializada en Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del can-tón Esmeraldas, legalmente posesio-nado el 11 de abril del año 2012, en concordancia con lo establecido en el Art. 171, 233 Y 234 del Código Orgánico de la Función judicial, Avoco conocimiento y competencia de la presente, en virtud del sor-teo constante, la misma ha recaído en esta judicatura la demanda de Tenencia W: 2401-2014, presentada por CINDY MALENA MONTAÑO en contra de PAUL ALEJANDRO TAPIA FARES. En lo principal de clara, completa y precisa se califica la demanda, por lo que se la acepta al trámite Contencioso General que le corresponde.- Previo a cumplir con la citación conforme lo solicita en su demanda se requiere que demuestre las diligencias realizadas en fuentes de información factibles tales como guías telefónicas, Registro Civil, Cedulación e Identificación, regis-tro de movimiento migratorio, para obtener los datos necesarios para ubicar la individualidad y residencia de la demandada, en cumplimiento al fallo de triple reiteración de la Ex Corte Suprema de justicia publicado en el R.O. 416 del 20 de septiembre de 2002 y la sentencia de la Corte Constitucional Nro. 020-10-SEP-CC, caso Nro. 0583-09-EP. (R.O. 228 de 5 de julio 2010).- Se dispone que el presente caso pase a conocimiento de la Oficina Técnica de la Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Esmeraldas, para lo cual la actora deberá comparecer el día jueves 7 de agosto del 2014 a las 09HOO am, para la primer entrevista con el equipo técnico de esta Unidad Judicial, debiendo emitir el respectivo informe antes de la Audiencia de Conciliación.- Téngase en cuenta el casillero judi-cial señalado por la compareciente el correo electrónico, la cuantía de la acción así como la autorización que le confiere a su abogado defensor para que suscriba peticiones en su nombre.-Agréguese al proceso los documentos aparejados a la deman-da.- Interviene el Dr. Basilio Antonio Proaño en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- Notifíquese y Cúmplase. Una vez que la actora ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la indivi-dualidad o residencia del demanda-do, dispongo de conformidad al artí-culo 82 del Código de Procedimiento Civil, la citación por la prensa en un diario de amplia circulación en la provincia de Esmeraldas al señor TAPIA FARES PAUL ALEJANDRO, para lo cual a través de secretaría se deberá emitir el extracto pertinente. La actora podrá retirar el extracto en esta Unidad Judicial.- Siga actuan-do el Dr. Basilio Antonio Proaño Arteaga, en calidad de Secretario del despacho legalmente nombra-do mediante Acción de Personal

Nº1612-DNTH-2015, de fecha 01 de febrero del 2015.- CÚMPLASE y NOTIFIQUESE.- LO QUE LE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY.-CERTIFICOAb. Luis Chasin Valencia SECRETARIO Esmeraldas, 28 de julio del 2015 Hay firma y sello. P94021

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EXTRACTO JUDICIALJUICIO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

NO.02315-2015ACTOR: MARTHA IGNACIA CORTEZ JAMADEMANDADO: DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL DE ESMERALDAS.CUANTÍA: INDT.JUEZA: DRA. ANA LUCIA PACHECO ALARCÓNOBJETO DE LA DEMANDA: Martha Ignacia Cortez Jama, compa-rece solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, donde consta el nombre de su señor padre como JULIO CORTEZ GRUEZO, cuando lo correcto es JULIAN CRECENCIO CORTEZ LANDAZURI y demanda al Jefe del Registro Civil, identifica-ción Cedulación e Esmeraldas.- fun-damenta su demanda en lo dispues-to en el art.89 de la Ley De Registro Civil, Identificación y Cedulación.UNIDAD JUDICIAL DE

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, lunes 14 de agosto del 2015, las 14h34. VISTOS: Dra. Ana Lucía Pacheco Alarcón, avoco conoci-miento y competencia de la pre-sente demanda por el sorteo legal correspondiente… Por compelar la demanda que antecede se la califi-ca de clara, precisa por reúne los demás requisitos de Ley y se la acepta al trámite en juicio suma-rio de reforma o rectificación y nulidad judicial de partida de nacimiento, previsto en el artícu-lo 89 de la Ley de Registro Civil, identificación y cedulación. La demanda y auto de calificación se citará por la prensa, por una sola vez en uno de los periódicos de Mayor Circulación de esta ciudad de Esmeraldas, por secretaría ela-bórese el extracto de prensa. Actúe la señora Ab. Georgina Núñez Gamboa, Secretaria del Despacho.- Cítese, publíquese y notifíquese.Esmeraldas, agosto 26 de julio del 2015.Abg. Georgina Núñez Gamboa.SecretariaP94285