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EL CONCEPTO DE LIBERTAD Y LA FORMACIÓN DE UN ESTADO MODERNO EN VENEZUELA (1810-1812) Publicado en Las Juntas, las Cortes y el Proceso de Emancipación (Venezuela, 1808-1812). Memoria de las IX Jornadas de Historia y Religión. KAS-UCAB, 2010: p. 109-142. José Javier Blanco UCV El concepto de libertad no era un concepto nuevo para el siglo XIX, había jugado un papel importante en la civilización helénica y romana y se volvió tradición en el pensamiento político occidental 1 . Sin embargo, en los siglos XVIII y XIX la libertad volvió a convertirse en un concepto fundamental, ya que si bien soportaba la carga hereditaria neoclásica, tomó implicaciones totalmente distintas a las que detentó en la Antigüedad 2 . Estas nuevas implicaciones venían dadas por los vínculos semánticos que el concepto de libertad entabló con el concepto de revolución, a medida que ambos experimentaban desplazamientos de sentido y se consolidaban en el centro del vocabulario político moderno 3 . 1 Un análisis concienzudo de la libertad en la Antigüedad lo elabora, Pierre Grimal, Los Extravíos de la Libertad, Gedisa, 1998. Mauro Barberis proporciona un breve estudio histórico de la libertad desde la Antigüedad hasta el día de hoy, Libertad, Ediciones Nueva Visión, 1999, Buenos Aires. Y para el caso más concreto del concepto de libertad en el ámbito intelectual anglosajón véase el ya clásico estudio de Quentin Skinner, Libertad antes del liberalismo, Editorial Taurus, 1998. 2 Sigue siendo emblemático el discurso sobre la libertad de los antiguos y la libertad de los modernos de Benjamin Constant. Ver Benjamin Constant, De la libertad de los antiguos comparada con la de los modernos disponible en [http://www.der.uva.es/constitucional/materiales/libros/Constant.pdf] Consultado 20/04/2009 3 La idea de Koselleck de <<léxico>> no coincide con el estudio de los <<lenguajes políticos>> por parte de J.G.A. Pocock. Aquí hablamos de léxico, ó vocabulario político moderno, sencillamente para referirnos a todos aquellos conceptos fundamentales sin los cuales sería imposible hablar de política hoy en día. Pocock, por otra parte, se refiere a determinados tipos de articulaciones discursivas, que en dado caso,

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EL CONCEPTO DE LIBERTAD Y LA FORMACIÓN DE UN ESTADO MODERNO EN VENEZUELA (1810-1812)

Publicado en Las Juntas, las Cortes y el Proceso de Emancipación (Venezuela, 1808-1812). Memoria de las IX Jornadas de Historia y Religión. KAS-UCAB, 2010: p. 109-142.

José Javier Blanco UCV

El concepto de libertad no era un concepto nuevo para el siglo XIX, había jugado un papel importante en la civilización helénica y romana y se volvió tradición en el pensamiento político occidental1. Sin embargo, en los siglos XVIII y XIX la libertad volvió a convertirse en un concepto fundamental, ya que si bien soportaba la carga hereditaria neoclásica, tomó implicaciones totalmente distintas a las que detentó en la Antigüedad2. Estas nuevas implicaciones venían dadas por los vínculos semánticos que el concepto de libertad entabló con el concepto de revolución, a medida que ambos experimentaban desplazamientos de sentido y se consolidaban en el centro del vocabulario político moderno3.

La revolución y la libertad aparecieron entonces como conceptos con vinculaciones estrechas, partes de un mismo léxico, elementos de una misma lógica4. La revolución pasó a concebirse como una acción racional llevada a cabo por el hombre para transformar conscientemente su sociedad. Ésta como acción racional y consciente, era una acción <<libre>>. Y siendo que ambas facultades le correspondían al hombre por naturaleza, la revolución se mostraba inexorable,

1 Un análisis concienzudo de la libertad en la Antigüedad lo elabora, Pierre Grimal, Los Extravíos de la Libertad, Gedisa, 1998. Mauro Barberis proporciona un breve estudio histórico de la libertad desde la Antigüedad hasta el día de hoy, Libertad, Ediciones Nueva Visión, 1999, Buenos Aires. Y para el caso más concreto del concepto de libertad en el ámbito intelectual anglosajón véase el ya clásico estudio de Quentin Skinner, Libertad antes del liberalismo, Editorial Taurus, 1998.2 Sigue siendo emblemático el discurso sobre la libertad de los antiguos y la libertad de los modernos de Benjamin Constant. Ver Benjamin Constant, De la libertad de los antiguos comparada con la de los modernos disponible en [http://www.der.uva.es/constitucional/materiales/libros/Constant.pdf] Consultado 20/04/20093 La idea de Koselleck de <<léxico>> no coincide con el estudio de los <<lenguajes políticos>> por parte de J.G.A. Pocock. Aquí hablamos de léxico, ó vocabulario político moderno, sencillamente para referirnos a todos aquellos conceptos fundamentales sin los cuales sería imposible hablar de política hoy en día. Pocock, por otra parte, se refiere a determinados tipos de articulaciones discursivas, que en dado caso, pueden echar mano de los mismos conceptos pero en sentidos diversos. Véase J.G.A Pocock, Languages and their implications, en J.G.A. Pocock, Politics, Language and Time, University of Chicago, 1989. Así como Reinhart Koselleck, Stichwort: Begriffsgeschichte, en Reinhart Koselleck, Begriffsgeschichten, 2006, Suhrkamp, p.99-102.4 Sobre la relación del concepto de libertad con el de revolución Véase. Hannah Arendt, Sobre la Revolución, Alianza, 2004

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avasallante, porque venía a reivindicar lo que al hombre le pertenecía por derecho natural: su <<libertad>>5.

Este fue el clima intelectual que respiraban aquellos que vivieron a principios del XIX en Costa Firme, pero también se trataba del clima político. Por tal razón podemos decir, que fue la lógica de una revolución que llevó la defensa de la libertad allende a sus fronteras, la que desencadenó la revolución en la América Hispana, a saber, la revolución francesa. Para ese entonces, irreversiblemente, la libertad y la revolución se volvieron referentes comunicativos y axiológicos universales –incluso aunque fuese para prevaricar sobre ellas.

Sin embargo, la universalidad de estos conceptos no evitó que en aquél entonces se pudiese pensar la realidad de la Capitanía General de Venezuela en función de sus propios problemas y en sus propios términos. De hecho, fue una herramienta para que eso fuese posible. En realidad, el concepto de libertad -junto con otros de gran relevancia- jugó un papel importantísimo, no sólo para legitimar un estado de cosas y un conjunto de aspiraciones a partir de tal situación, sino también para describir un cambio fundamental en el mundo occidental que respondía a un fenómeno estructural, también universal. Nos referimos a la aparición y desarrollo paulatino de una forma de organización política que pasaría a homogeneizar los segmentos político-territoriales en los que se diferenciaba el sistema mundo6, a saber, el Estado moderno7.

Así, pues, el problema central que abordaremos en este ensayo es cómo el concepto de libertad (en particular durante los años de 1810 hasta 1812), describía en gran medida los avatares de la formación de un Estado moderno en

5 El dominio consciente y racional de la acción llevó a prescribir –en base a la experiencia- sobre cómo hacer una revolución que tuviese un resultado feliz. Este tema es desarrollado in extenso por Luis Castro Leiva, El arte de hacer una revolución feliz, en Cahiers des Ameriques Latines: L´amerique latine face á la révolution francaise, No.10, IHEAL, p.91-121.6 Sobre el concepto de sistema mundo y la diferenciación del sistema político en segmentos territoriales ver Niklas Luhmann, Die Politik der Gesellschaft, Suhrkamp, 2000. En español Javier Torres Nafarrate, Luhmann: la política como sistema, FCE, 2004, p.236 y ss. Jaime Rodriguez ofrece una visión de las revoluciones americanas en el marco de la disolución del imperio español y la formación de nuevos estados en el sistema político mundial en, La Independencia de la América Española, FCE, 2008, p.25 y ss., la cual apoya en parte nuestra tesis central.7 Este es el caso en el que el investigador usa categorías de análisis que proyecta al pasado, sin embargo, nótese que no hablamos de Estado-nación, sino de Estado moderno a secas, ya que optando por lo primero caeríamos en un grave error de anacronismo porque no podemos hablar de nación en esta época en el mismo sentido en el que hablamos hoy en día. Para este particular véase la crítica de José Carlos Chiaramonte, Nación y Estado en Iberoamérica, Editorial Sudamericana, 2004. Hablamos de Estado en el sentido de una unidad político territorial independiente de otras, que exige un conjunto de condiciones y expectativas para su funcionamiento; y su modernidad radica en la tendencia –o al menos la pretensión- a su universalización y homogeneización. Tales condiciones y expectativas de funcionamiento las dejamos abiertas porque allí empieza la historia que queremos narrar, es decir, de qué manera se le dio contenido mediante el léxico de la libertad.

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Venezuela: a saber, mediante la legitimación de la existencia de unidades político-territoriales independientes y soberanas, y prescribiendo sobre la organización de ese Estado y sobre las relaciones entre Estados a lo externo.

Para ilustrar esto con detalle es necesario, primero, ubicar el problema dentro de un contexto más amplio de homogenización de las formas de organización política a nivel de la sociedad mundo, y segundo, observar cómo se desplegó el vocabulario de la libertad en su riqueza de referencias de sentido y qué problemas políticos suscitó en la Capitanía General de Venezuela.

Antes de entrar al tema, valdría la pena decir algunas palabras sobre la investigación histórico-conceptual, aunque sea de manera muy breve:

La libertad es un concepto porque no se puede definir, es decir, no se puede clausurar. Los conceptos están insertos en estructuras de remisión en donde están enlazados con otros conceptos; con esto se quiere decir, que hablar del concepto de libertad es hablar de otros conceptos o palabras que se asociaron con éste. No es posible hablar de la libertad en términos de sí misma sin caer en una tautología; hablar de un concepto es hablar siempre de otros conceptos anejos o integrados al mismo. Por esta razón, cuando se estudia la historia de un concepto no sólo se determinan las experiencias y expectativas que ha acumulado a lo largo del tiempo, sino que también de manera inevitable se estudia su lugar dentro de un léxico –en este caso político- y las relaciones que dentro del mismo entabla con otros conceptos8.

Hechos estos apuntes, comencemos por precisar el contexto de partida.

1. La disgregación del imperio español como contexto del discurso libertario

En el siglo XIX existían aún formas de organización política muy heterogéneas tales como Reinos, Imperios, Repúblicas y Confederaciones, cuyas estructuras sociales estaban también fuertemente marcadas por las corporaciones estamentales. Sin embargo, en lo que Hobsbawn llama el periodo de la doble revolución9, los fundamentos de la sociedad estamental se fueron desvaneciendo y el individuo como unidad fundamental de referencia ocupó el lugar de los gremios y las corporaciones –ello tanto a nivel de la filosofía ilustrada, como en el sentido de la inclusión del individuo en estructuras sociales en base a criterios

8 Véase Reinhart Koselleck, Stichwort… Op.Cit. 9 Eric Hobsbawn, La Era de la Revolución 1789-1848, Crítica, 1997

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distintos al privilegio por nacimiento10. De modo pues que, el sujeto político por excelencia era el individuo, para él se legislaba, era su libertad la que se debía proteger, la sociedad y el Estado eran producto de la unión voluntaria de un conjunto de ellos, mediante su voluntad también se podía disolver un gobierno, formar una opinión pública, etc.

A nivel intelectual, esta construcción individual de lo social y lo político le otorgó una base ideológica común a toda forma de organización política11, constituyéndose en un cuerpo teórico sobre el Estado y la sociedad. Sin embargo, paralelamente a nivel estructural, los Estados territoriales resultaron más eficientes que los grandes imperios y otras formas de organización política para defenderse, fomentar su economía y mantener su estabilidad política interna12, por lo cual pasaron paulatinamente a generalizarse como forma de organización política. Este éxito se racionalizó en el XVIII y el XIX, en base a un conjunto de supuestos ideológicos, a saber, la posibilidad de determinación de unas máximas políticas, accesibles a la razón y legibles en la historia, que garantizasen el orden, la felicidad y la libertad individual13.

De modo pues, que el imperio español era un forma política en crisis que estaba a punto de desintegrarse para dar lugar al nacimiento de un nuevo conjunto de Estados modernos, incluyendo a la propia España14. En este marco no nos interesan las causas de la caída del imperio español, se reduzcan estas a lo económico o político, lo cierto es que la forma de organización política imperial empezó paulatinamente a declinar a favor de un nuevo tipo de organización política que llamamos Estado moderno15, que sólo a partir de mediados del siglo

10 Para el caso de la subjetividad política moderna en relación con las revoluciones hispanoamericanas ver Luis Castro Leiva, Memorial de la Modernidad: Lenguajes de la razón e invención del individuo, en Annino, Guerra y Castro Leiva (eds), De los imperios a las Naciones: Iberoamérica, Ibercaja, Madrid, 1994, p.129-165.11 Aunque ello no significa que este lenguaje basado fundamentalmente en la tradición del derecho natural no presentase variantes que justificasen el estatus quo, la diversidad de formas de gobierno, etc., ni que además existiesen otros discursos tales como el republicano clásico o el republicano de la sociedad comercial. Los discursos políticos son esencialmente discutibles y disputables. Aquí sólo queremos indicar un discurso que tuvo gran resonancia, aunado al hecho de que el problema del individuo permeó a casi todos los discursos. 12 Para un estudio sobre el estancamiento de los imperios véase Paul Kennedy, Auge y Caída de las Grandes Potencias, Plaza & Janes Editores, 1994.13 Véase nuestro trabajo El Lenguaje de la Ciencia Política en el Observador Caraqueño, en Memorias VIII Jornadas de Historia y Religión. 200 años de periodismo:200 años de libertad, UCAB- KAS (en imprenta junio 2009)14 Para un estudio desde el punto de vista económico de la desintegración del imperio español ver Leandro Prados de la Escosura, De imperio a Nación. Crecimiento y atraso económico en España (1780-1930), Alianza Universidad, 1988. Ver también J.H. Elliot, La Decadencia de España, en Carlo Cippola, J.H.Elliot y P. Vilar, La decadencia económica de los imperios, Alianza Editorial, p.129-156, 1999.15 Para una descripción de la emergencia de aquellos elementos que pasarán a constituirse como característicos del Estado moderno véase, Perry Anderson, El Estado Absoluto, Edt. Siglo XXI, 1987

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XIX podemos empezar a llamar Estado-nación. Sencillamente, argüimos que este paulatino proceso de diferenciación y estandarización de una nueva forma política constituía el trasfondo de los acontecimientos y acciones discursivas que se suscitaron en toda la América Española.

La acefalia del imperio produjo de facto la ruptura de su unidad y lanzó a todos sus miembros ante el reto de darse su propio gobierno. ¿Cómo lo hicieron y cómo intentaron justificarlo?, ¿cómo buscaron mantener la integridad del imperio?, ¿de qué conceptos y tradiciones discursivas disponían para representarse tal situación y poder orientarse en ella?, ¿en qué controversias se vieron sumidos? Al contestar este tipo de preguntas, se reflejarán los estertores de una forma de organización política que luchaba por sobrevivir, así como la irreversibilidad de un estado de cosas que había que afrontar recurriendo a nuevas formas de organización política -formas las cuales la ciencia política y legislativa de la época ya habían puesto a disposición de aquellos actores.

2. El léxico de la libertad

Los nexos de sentido del concepto de libertad no nos interesan en su totalidad, sino solamente en aquellas vinculaciones que sean políticas, y dentro de las políticas aquellas que denuncien el problema de la diferenciación de unidades político territoriales autónomas.

Desde este punto de vista, seleccionamos seis dimensiones del concepto de libertad: Libertad, independencia y soberanía (donde veremos reflejado los problemas de la delimitación territorial, de la organización político territorial interna, forma de gobierno a adoptar y separación de España); Libertad y revolución (a este nivel principalmente se justifican ideológicamente las acciones llevadas a cabo, a la vez que se crea consciencia de la radicalidad del cambio que debía llevarse a cabo); Libertad, virtud y luces (se representan los avatares de la manutención de la libertad en un cuerpo político, sobre todo cuando éste se ha recién librado de la esclavitud); Libertad o muerte (en este nivel se hacen exhortaciones patéticas que llaman a la conservación del nuevo sistema); Libertad e igualdad (representa el problema del mantenimiento del orden social mientras se realizan transformaciones radicales en lo político); y Libertad y civilización (donde veremos cómo a partir de la condición de libertad se pasaba a tematizar las relaciones entre los Estados)

A continuación describiremos este vocabulario de la libertad de manera más detallada.

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a. Libertad, Independencia y Soberanía

Cuando Napoleón invadió España se convirtió en un déspota que oprimía a la Nación española, la cual luchaba por recuperar su libertad e independencia. Era entonces el emperador francés el tirano, y tanto los españoles americanos como los europeos, miembros de una misma Nación, repudiaban la acción de los franceses a la vez que hacían llamados de patriotismo.

“La historia de todos los siglos no presenta un ejemplar comparable a la identidad de principios, ideas y conducta, manifestada contra el tirano de Europa, por lo habitantes de todos los dominios Españoles. En un vasto imperio, esparcido sobre todo el globo, compuesto de partes separadas por un océano inmenso, solo se ha oído un grito general, PRIMERO MORIR QUE ACEPTAR EL YUGO DE NAPOLEON!- La gloria de la lealtad Española es haberse todos decidido en un momento, y todos sin noticia unos de otros. Se ha parecido seguir un solo impulso, y se ha obrado como una especie de inspiración simultanea. Las noticias recientes de Santa Fe, Cartagena y la Isla de Cuba confirman esta maravillosa identificación de cuantos se honran con el nombre Español.”16

En un arrebato de liberalidad el 14 de Febrero de 1810 la Regencia emite un documento en el cual se expresaba de la siguiente manera sobre las relaciones de los españoles europeos y los americanos:

“Desde este momento, españoles americanos, os veis elevados a la dignidad de hombres libres: no sois ya los mismos que antes, encorvados bajo un yugo mucho más duro mientras más distantes estabais del centro de poder, mirados con indiferencia, vejados por la codicia y destruidos por la ignorancia. Tened presente que al pronunciar o al escribir el nombre del que ha de venir a representaros en el congreso nacional, vuestros destinos ya no dependen ni de los ministros, ni de los virreyes, ni de los gobernadores: están en

vuestras manos.”17

Esto tendrá resonancia inmediata y consecuencias gravísimas en tanto la Regencia se retracte de sus palabras y vea con celo la formación de la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII –lo cual como es sabido se produjo a lo largo y ancho del imperio. En Caracas se encontrarán referencias como ésta:

“Venezuela declarada libre, y digna de serlo, llamada á la representación de la Soberanía que ha reasumido ahora en nombre de su legítimo Rey, é independiente ya su suerte de la arbitrariedad de sus Virreyes, de sus Ministros, y su Gobernadores*, no veía sin embargo en ellos más que obstáculos para entrar en plenitud de los goces de tan merecidas prerrogativas…” “(*Así lo expresa el Consejo de Regencia)”18

16 Noticias, 24 de Octubre de 1808, Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo I, Caracas, 198317 Citado por Caracciolo Parra-Pérez, Historia de la Primera República, Biblioteca Ayacucho, 1992, p.196.18 Gaceta de Caracas, 4 de Mayo de 1810, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983

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Fernando VII, soberano de aquellos dominios, estaba en prisión por lo que surgió la pregunta ¿dónde se encuentra ahora la soberanía? Unos arguyeron que la soberanía debería retornar a los pueblos, -lo que implicaba admitir que inicialmente le pertenecía al pueblo19-, mientras que otros adujeron que debería convocarse a todo el Reino a Cortes en las cuales residiría la soberanía. Manejose la segunda opción en un primer momento y sin problemas se convocó la Junta Central Gubernativa del Reino, sin embargo, disuelta ésta se constituye la Regencia sin la representación de los americanos, por lo que se arguyó que sus resoluciones no podían vincular a los que no estaban representados en ella20.

Ahora la soberanía, argüía la Junta Suprema Conservadora, residiría provisoriamente en su seno mientras se calmaba la situación política y se convocaba a un Congreso donde todas las Provincias enviarían sus Representantes. Caracas sabía que arrogaba temporalmente los derechos de otras provincias, ciudades y pueblos de ejercer su soberanía, y para hacer que esto se aceptara tuvo incluso que recurrir a la fuerza en par de ocasiones, en contra de Coro y en contra de Guayana. Y esto de manera análoga, en términos de derecho natural, a como la Regencia arrogaba los derechos de los españoles americanos.

Tanto en el caso de que la soberanía retornara a los pueblos o en el que una corporación representase a la Nación se sostenía una teoría de la soberanía popular, mas el problema que se presentaba era ¿cómo mantener la unidad del imperio y evitar la anarquía y el desorden si la soberanía debe retornar a los pueblos? Pero también resultaba problemático el concepto de pueblo, ¿cuándo se estaba en presencia de un pueblo y cuando no?, ó ¿la soberanía debería retornar a cualquier asentamiento poblado del reino?

El problema de la unidad se representaba con el concepto de Nación, pero ¿qué significaba Nación? Fundamentalmente, la Nación estaba representada por el Rey, la Religión y la Ley. Para 1810 a los ojos de los americanos la situación era la siguiente: el Rey estaba preso pero se le mantenía la fidelidad, la Religión católica se conservaba y la Ley era observada por la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII al defender el derecho de retroversión de la soberanía a los pueblos. Esto significaba que gobernarse por sí mismos no implicaba destruir la unidad de la Nación. Así lo manifestaba el Sr. José Blanco:

19 Se produjo un debate muy interesante entre el Sr. Roscio y el Sr. Yánez en el Supremo Congreso sobre si la prisión de Fernando VII o la abdicación habían producido nuestra libertad e independencia. Véase Congreso de Venezuela, Sesión del día 25 de Junio, 8 de Agosto de 1811, El Publicista de Venezuela, No.6.20 Gaceta de Caracas, 11 de Mayo de 1810, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983

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“Mas si se considera la independencia en el sentido á que naturalmente la reduce el reconocimiento de Fernando VII que confirman los americanos al tiempo mismo de usarla, de ningún modo es contraria á los intereses de la actual monarquía española. Independencia, reunida á la obediencia de los legítimos monarcas de España, no puede jamás expresar separación de aquellos dominios. Independencia, entendida de este modo, es una medida de gobierno interior que todos los pueblos de España han tomado según les ha dictado las circunstancias, y que no puede convertirse en delito porque la tomen americanos”21

Sin embargo, existía otra forma de interpretar tal situación, la cual pudieron haber manejado los españoles americanos. La doctrina del derecho natural, siempre desafiada por el caso del Sacro Imperio Romano Germánico, contemplaba la posibilidad de que existiesen distintas corporaciones políticas, tales como ciudades, reinos, etc., que estuviesen unidas por vínculos de lealtad y estuviesen comprometidas en ciertos ámbitos con el emperador, pero que se gobernasen autónomamente y se diesen sus propias leyes22. Por ende, era perfectamente concebible para los hombres de aquél tiempo imaginar que la Capitanía General de Venezuela fuese un Estado soberano e independiente en unión (Bundnis) con otro tipo de corporaciones a través de la fidelidad a un mismo Rey.

Por otra parte, al estar España ocupada por fuerzas francesas y haber perdido su libertad, y por ende, estar sumida en el despotismo, no se podía ser libre conservando los vínculos de dependencia con una Regencia no sólo deslegitimada sino víctima, e incluso instrumento, del despotismo.

“La corrupción y libertinaje de la España; facilitó a Napoleón la entrada en ella. Por esto ha faltado al Pueblo dirección para defender su libertad; pues los hombres capaces y pudientes, o vieron caer con indiferencia el honor de su Patria, o se vendieron al tirano.”23

Ergo, ser libre implicaba autogobierno e independencia y recuperación de los derechos de soberanía; de modo que, siendo España un despotismo, ser libres implicaba desligarse de la misma como medida profiláctica. Sin embargo, se hacía énfasis en que quedaban las puertas abiertas a los hermanos españoles europeos, para que disfrutasen de un país que vivía bajo un sistema de libertad.

21 Integridad de la Monarquía Española, Sr. José Blanco El Español, 16 de Noviembre de 1810, Gaceta de Caracas, Tomo II, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, 1983.22 El caso de Imperio alemán fue un ítem obligatorio para los autores importantes del derecho natural, fue abordado por Althusio, Paurmeister, Besold, Arumeus, Pufendorf, entre otros, para una descripción exhaustiva del tema véase Otto Gierke, Johannes Althusius und die Entwicklung der naturrechtlichen Staatstheorien, Verlag Anton Hain, 1958. En cuanto a la recepción de esos autores en nuestras latitudes está el hecho referido por Chiaramonte, Op. Cit. p.110, de la creación en 1771 de los Reales Estudios de San Isidro para la enseñanza del derecho natural. Por otra parte, Elías Palti sugiere que Althusio fue conocido en España, en especial por Francisco Martínez Marina, ver El Tiempo de la Política: el siglo XIX reconsiderado, Siglo XXI Editores, 2007, p.96. De todas formas es necesaria mayor investigación para sustentar esta tesis.23 A los habitantes de Guayana, 5 de Marzo de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983

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“Mientras vosotros peleabais por nuestra gloria común, hubo un Pueblo en América que atento á vuestros males previo su termino con una imparcialidad patriótica, quiso no ser envuelto en ellos, y haceros participar de todas la ventajas de su suelo, de todas su delicias, y de toda su libertad bajo una constitución menos expuesta á los abusos que han corrompido á la vuestra, y os han hecho perder la patria que os dio naturaleza.”24

Queda claro, pues, cómo España se había corrompido, pero no como consecuencia directa de su ocupación por Napoleón, sino por disponer de una constitución que no le garantizó adecuadamente la libertad; la forma de gobierno del imperio español había degenerado a una forma corrupta. Ya no podía ser ejemplo de patriotismo y virtud, sino de vicios y vileza.

“…no podremos desconocer en la historia de nuestros días que la corrupción y la perfidia allanó últimamente el camino de nuestra libertad, y nos abrió paso a la gloriosa independencia que hoy comenzamos a gozar…”“…la España corrompida, atacada y disuelta arroja de sí un espíritu vivificador que produce en la extensión del nuevo mundo porción de Estados o Naciones que protegidas de la naturaleza, regidas por sí mismas, dilatan en cierta manera la extensión del Universo…”25

Aunado a ello, estaba la actitud hostil de la Regencia la cual impuso un bloqueo naval a las costas de la Capitanía General de Venezuela. Tales acciones desencadenaron un discurso patético de la libertad26, con seguridad configurado bajo los estándares de la retórica forense27. Éste es un tipo de discurso que discurre sobre lo justo y lo injusto; en nuestro caso particular, observamos que la voz <<causa>> y la misma voz <<justicia>>, manifiestamente o no, son recurrentes en el discurso político:

“…Cada Provincia, o cada Reino reasumiendo el ejercicio de la Soberanía, la explicaba por medio de sus Juntas Provinciales, o Supremas. Valencia, Cataluña, Extremadura mucho menos distantes de la Central que Venezuela, quedaron separadas de ella y llevaban por si mismas las riendas del Gobierno, cuando el centro del poder era insuficiente para cuidar de su conservación y sostener los derechos de su independencia y libertad pérfidamente atacados por el común enemigo.”28

24 Conclusión de los vicios de la Regencia, 6 de Julio de 1810, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 198325 Contestación del Sr. Presidente del Supremo Poder Ejecutivo, Dr. D Cristóbal Mendoza. 1 de Agosto de 1811, El Publicista de Venezuela. No.4., Academia Nacional de la Historia,26 Sobre el discurso patético y el discurso racional de la libertad ver Luis Castro Leiva, La Elocuencia de la Libertad, en Obras: para pensar a Bolívar, Vol. I, Fundación Polar-UCAB, 2005, p.184-221.27 Ha sido Luis Castro Leiva quien se ha encargado de señalar la importancia de la retórica para el estudio de los lenguajes políticos, en particular en nuestra independencia, incluso antes que el mismo Skinner. Véase Luis Castro Leiva, Retórica, Historia y Acción lingüística: intenciones y efectos en el arte de historiar discursos. Investigaciones Semióticas, IS, 5, 1985-87. Kari Palonen, quien compara las obras de Skinner y Koselleck, estima también la importancia de la retórica basándose en las investigaciones de Skinner quien recién en 1991 advirtió su importancia en el pensamiento de Hobbes y en relación con su método, compárese Palonen, Die Entzauberung der Begriffe, Lit Verlag, 2004, p.155. 28 La Suprema Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII a la Junta Superior del Gobierno de Cádiz , 25 de Mayo de 1810, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.

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“Las voces con que nos producimos por fuertes que parezcan, son enteramente conformes a los hechos, adecuadas á la noble libertad con que un pueblo debe reclamar justicia, y no pueden parecer escandalosas sino á los oídos de los que las comparen con el antiguo sistema de terror que desearían eternizar.”29

Las disputas con la Regencia sólo parecieron acelerar el camino hacia la independencia, el cual estaba claramente abierto como lo podemos observar en el discurso de la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII30. Se trata de un discurso donde se construye una imagen de Venezuela que se proyecta al pasado, como si ésta hubiese existido ya antes de la conquista tal y como existía para el momento en el que se proferían estos juicios. Este tipo de acto de habla es un claro síntoma de la generación de una identidad que buscará sustentar la nueva unidad político-territorial, proceso que va acompañado de la reescritura de la historia, de la generación de una historia propia.

“Llegó por fin el día feliz en que Venezuela debía fijar para siempre sus destinos y el cinco de Julio tendrá el lugar más señalado en las páginas de su historia. El será para lo venidero la época de nuestra libertad, que no estaba segura sin el apoyo de una absoluta independencia…Era, pues, justo por ley divina y natural que usase sus derechos cuando pudiese recobrarlos. Este principio de eterna verdad está escrito en el corazón de todo hombre, y sólo pueden negarle aquellos que amen la destrucción de sus semejantes, y que aborrezcan la naturaleza. Venezuela afligida por el espacio de tres siglos, y sacrificada a todos los rigores de una dominación extranjera y tiránica estaba autorizada para reconquistar su libertad a toda costa, y para restituirse a la independencia en que había nacido.”31

Vale la pena detenerse en el sintagma <<dominación extranjera>>, ya que su función es romper toda vinculación o lazo de hermandad que pudo existir. Aquí podemos ver la condición de posibilidad de una historia patria cuyos orígenes radican en la liberación frente a un poder despótico y que fue forjada por una gesta heroica. Por otra parte, en el discurso político Venezuela aparece también como una sociedad que fue oprimida por los españoles durante trescientos años y que ante tan grandes agravios no exigía retaliación alguna, pero que había llegado la hora en la que se daría su propio gobierno32. Son repetidas las quejas de que

29 Orden reservada de la Regencia de España al Capitán General de Caracas , 2 de Junio de 1810, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.30 Para una visión del proceso teórico argumental que llevó del 19 de Abril al 5 de Julio ver Carole Leal, ¿radicales o timoratos? La declaración de la independencia absoluta como una acción teórica-discursiva (1811), en POLITEIA, Instituto de Estudios Políticos FCJP-UCV. No.40, Vol.31, 2008.31 Independencia de Venezuela, 9 de Julio de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983. En el artículo titulado Reflexiones políticas y filosóficas sobre la Independencia de Venezuela, publicado el 12 de Julio de 1811 por la Gaceta de Caracas puede asimismo leerse: Ella (Venezuela) era libre y gobernada por autoridades, que sus habitantes habían constituido, y tan separada de la España, y de toda otra potencia, que ignoraba tal vez la existencia de otros países del mundo. ¿Qué derecho, pues tuvieron los Reyes de la Península para conquistarla y hacerla parte de sus dominios?” Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983. 32 “Nosotros, pues, a nombre, y con la voluntad y autoridad que tenemos del virtuoso Pueblo de Venezuela, declaramos solemnemente al mundo, que sus Provincias Unidas, son, y deben ser de hoy más, de hecho y de

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las diferencias entre españoles europeos y españoles americanos llegaban a ser indignantes, y esto se plasmó también en los usos del concepto de libertad:

“Las palabras de fraternidad, de igualdad, de partes integrantes, no son más que los lazos que tienden a vuestra credulidad. Ya no somos colonos; pero no podemos pronunciar la palabra libertad, sin ser insurgentes. Advertid que hay un Diccionario para la España Europea, y otra para la España Americana: en aquella las palabras libertad (e) independencia son virtud; en esta insurrección y crimen: en aquella la conquista es el mayor atentado de Bonaparte; en esta la gloria de Fernando y de Isabel: en aquella la libertad de comercio es un derecho de la nación; en esta una ingratitud contra cuatro comerciantes de Cádiz.”33

Esta cita es reveladora de un acontecimiento sumamente interesante. Aquel patriotismo compartido por los españoles europeos y americanos, aquella libertad e independencia que ambos reclamaron para la madre patria ocupada por las tropas napoleónicas, de pronto empezó a partidizarse, a adquirir distintas connotaciones según frente a quién estuviesen dirigidas, fuesen españoles americanos o europeos. Esto muestra cómo se correlaciona la expansión del espectro de formas de uso de la voz libertad con fenómenos extralingüísticos, tal como lo fue la crisis estructural del Imperio español.

Resuelto el problema de la unidad frente al exterior (declaración de independencia absoluta), quedaba discurrir sobre cómo resolverlo a lo interno, es decir, empezando por lo primero, ¿por qué Caracas había de representar con su Junta a todas las demás Provincias? Segundo, ¿qué implicaba que la soberanía retornase a los pueblos?, ¿implicaba mantener la vieja división territorial ó implicaba hallarse en un estado de naturaleza en el cual todos los pueblos (entendido como cualquier población o asentamiento) se disponían a pactar la formación de un Estado? Tercero, ¿cómo debía conformarse este Estado?, ¿a partir de la confederación de Estados independientes y soberanos ó constituyendo un gobierno federal para todas las Provincias donde éstas, sin embargo, mantienen su soberanía e independencia en todas aquellas competencias que no haya cedido al gobierno federal, es decir, un Estado federal?

En cuanto al primer punto, el sustantivo libertad se convirtió en verbo <<libertar>> o <<liberar>>, lo cual podía ser llevado a cabo o por la fuerza o por

derecho, Estados libres, Soberanos e independientes, y que están absueltos de toda sumisión y dependencia de la Corona de España…, y que como tal Estado libre e independiente, tiene un pleno poder para darse la forma de Gobierno que sea conforme a la voluntad general de sus Pueblos, declarar la guerra, hacer la paz, formar alianzas, arreglar tratados de comercio, límites, y navegación, y hacer y ejecutar todos los demás actos que hacen y ejecutan las naciones libres e independientes.” Declaratoria de Independencia en el nombre del Dios Todopoderoso, 11 de Julio de 1811, El Publicista de Venezuela,33 Suplemento a la Bagatela Santa Fe, Domingo 11 de Agosto de 1811, esto se llama fraternal advertencia o sea primera amonestación, 11 de Octubre de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.

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las luces. Aquellas Provincias que habían decidido no crear su Junta Provincial y plegarse a la Junta Suprema debían ser obligadas a ser libres por la fuerza. El discurso fue siempre patético, lamentando tener que recurrir a la fuerza ya que ambos bandos estaban integrados por hermanos de una misma sangre. Así hablado en Marqués del Toro a los corianos:

“Por consiguiente la Suprema Junta así como se cree constituida en la obligación de libertar á los vecinos de Coro de una influencia tan maléfica, se ve en la precisión de tomar entre tanto disposiciones activas que atajen el mal, ó lo remedien.”34

Mas, por otro lado, los corianos argüían que “las Juntas Provinciales desconocidas en nuestras leyes, nunca pueden representar la soberanía de un gobierno monárquico, como el Español… siendo por su naturaleza indivisible el poder soberano, no puede ser representado en distintas partes ni por diversas corporaciones”35. Esto nos lleva al problema que planteamos en segundo lugar: En 1811 se convocó finalmente al Supremo Congreso de Venezuela, en cuyo seno se agudizaron y desplegaron los problemas de la división territorial y de la naturaleza y sujeto de la representación. Las posiciones lideradas por Fernando de Peñalver y Juan Germán Roscio expondrán con mayor claridad y riqueza en argumentos la dimensión del problema de quién era el sujeto de la representación y, por tanto, capaz de detentar poderes soberanos, a saber, las Provincias o los pueblos informes. Peñalver resume sus argumentos de la siguiente manera:

“Desde el instante en que Fernando VII fue preso en Bayona…y renunciaron él y su padre la corona de España, quedaron rotos los lazos que ligaban todos los Pueblos de la Monarquía, a formar un solo Estado y Soberanía. Los de la Península se dividieron por provincias; y las ciudades capitales, sin ningún derecho, erigieron Juntas Soberanas del distrito, sin que contribuyesen a formarlas el voto de todos los pueblos. Estas Juntas formaron otra Soberanía en la Central, y de este modo se constituyó ilegal e imperfectamente un nuevo Estado, y nuevo Gobierno que volvió a ligar los Pueblos como antes estaban. Los de América fueron compelidos por el despotismo de sus Gobernadores, a permanecer sumisos indebidamente al nuevo gobierno de la Península, hasta que… depusieron a sus tiranos, y recobraron sus derechos inajenables. Desde este punto quedó disuelto el pacto que ligaba unos pueblos con otros, el que dividía el territorio, y ya las capitales de las que antes eran Provincias, dejaron de serlo, y entraron como uno de los

34 La Suprema Junta de Venezuela á los habitantes de los distritos comarcantes de Coro. 22 Junio de 1810. Gaceta de Caracas. Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de Historia, Tomo II, Caracas, 1983. Ver también A los habitantes de Guayana, 5 de Marzo de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983; y la Proclama. Habitantes y Tropas del Pedregal, 27 de Noviembre de 1810, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de Historia, Tomo II, Caracas, 1983.35 Respuestas del Ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Coro al Marqués del Toro . En Blanco y Azpurúa, Documentos para la Historia de la vida pública del Libertador , Tomo II, p.409-504. Citado por Elina Lovera Reyes, Autonomismo y realismo en la Provincia de Coro durante la Independencia, en Anuario de Estudios Bolivarianos, Instituto de Investigaciones Históricas Bolivarium, USB, Año I, No.1, 1990, p.151-213.

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pueblos que recobraban su libertad, a formar el nuevo contrato que había de unirlos en una sociedad común.”36

Insistía Peñalver en que si la masa común que se confederaría no se dividía por partes iguales con equidad y justicia para conservar la libertad, proporcionarse seguridad y defender la igualdad, lo que se quería era tiranía y despotismo37. La mejor respuesta de Juan Germán Roscio ante este problema la pronunció en 1812 ante los sucesos de la insurrección de Valencia:

“Se ha dicho que Valencia como cualquiera otro pueblo tiene libertad para hacerse independiente y tomar el partido que quisiese, cuando se han roto los lazos políticos con que antes dependía de otro gobierno; y que habiendo llegado este caso por la declaratoria de independencia que hizo el Congreso en 5 de Julio, Valencia usó de su derecho.La proposición es verdadera con respecto a aquellos Pueblos que pueden por sí solos figurar entre las naciones, y cuando efectivamente han quedado disueltos los anteriores vínculos sociales como aconteció en España el año de 1808. Pero una ciudad, una Villa, un Pueblo, un barrio, una casa o familia carece de esta libertad, porque no puede llevar la representación del soberano, y debe por tanto seguir la voluntad general de las demás partes que nuevamente se constituyen dentro de sus antiguos límites. Tendrán libertad estas pequeñísimas corporaciones, y los individuos de las mayores que estuvieren descontentos, para obtener sus pasaportes del nuevo gobierno constituido, y emigrar a otros países, donde haya la constitución que les acomode.”38

Igualmente alegaba Roscio la existencia de un pacto tácito el cual expresaba la voluntad general que ratificó la unión de la Provincias al conformarse la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII39. Por otra parte, también se debatió sobre la naturaleza de la representación, es decir, no ya qué se representaba sino qué potestades debían poseer los representantes -más concretamente los representantes de las Provincias ante el Congreso Supremo. El diputado Yánez plantea el problema:

“Causa alguna confusión ver que los Diputados de una misma Provincia son de contrario parecer sobre la división; pero esto seguramente proviene de confundir su misma representación. Unas veces se conceptúan como Diputados de sus respectivos partidos capitulares, y otros como representantes de la Provincia a quien pertenecen. El primer concepto es en mi dictamen el más cierto…”40

36 Memoria presentada al Supremo Congreso de Venezuela, en que se manifiesta sus opiniones sobre la necesidad de dividir la provincia de Caracas, para hacer la Constitución Federal permanente; y los artículos con que cree deben ligarse las Provincias a formar un solo Estado y Soberanía. Fernando de Peñalver. 26 de Julio de 1811. En Testimonios de la época emancipadora, Academia Nacional de la Historia, 1961. p.11 y ss.37 Ibídem.38 Insurrección de Valencia. Discurso del Diputado Roscio, 15 de Febrero de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, 1983.39 “…Todos aceptaron y ratificaron la momentánea y condicional conservaduría de los imaginarios derechos de Fernando de Borbón: era por tanto inútil y superfluo el consultar de nuevo la voluntad de los venezolanos; y Valencia no pudo armarse para resistir la independencia sancionada por medio de sus representantes, y de los demás que componían el Cuerpo soberano de la Nación”. Ibídem. 40 14 de Noviembre de 1811, El Publicista de Venezuela, No.20

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Empero el debate en torno al sujeto y a la naturaleza de la representación, discurrió simultáneamente con otro no menos importante, a saber, la propuesta del diputado Peñalver sobre la división de la Provincia de Caracas.

“Ni a la conveniencia de los Pueblos, ni a la forma de Gobierno que adoptamos, importa que ninguna de las Provincias que se confederan, tengan un territorio tan vasto como el de la Provincia de Caracas. No conviene a los Pueblos porque sus recursos quedan muy distantes para proporcionarse los medios de mejorar sus territorios en agricultura, industria, educación, buenas costumbres, administración de justicia, y leyes convenientes al local. No conviene a la Confederación ni a la libertad; porque la Provincia de Caracas sola tiene una importancia política mayor que todas las otras juntas, y quedaría expuesta la Confederación a que este Estado el día que quisiere, rompiese el pacto, sin que las otras pudiesen compelerla a cumplir el contrato. Quedaba expuesta la libertad común, porque un ambicioso que lograse acreditarse, y hacerse dueño de la ciudad de Caracas, se haría también con mucha facilidad de toda Provincia, que arrastraría a las otras a sufrir el mismo yugo.”41

En la argumentación de Peñalver se refiere que uno de los objetivos de la Confederación es la manutención de la libertad, y que cuando una de las Provincias pactantes puede ejercer mayor influencia en los negocios de la Confederación que las demás, la libertad común que a través de la misma se buscaba alcanzar quedaba en riesgo, ya que una de las partes podía imponer por la fuerza sus resoluciones coartando la libertad de las demás.

Sin embargo, la argumentación del diputado Paúl de Caracas también tenía gran peso. Caracas como Provincia había elegido una Junta en cuyos representantes quedaba depositada su soberanía de modo que, ninguna otra Provincia podía decidir sobre la división de Caracas sino ella misma: “Caracas es libre y sólo pertenece a sí misma, porque no ha perdido ninguno de sus derechos, puesto que no ha sancionado aun el contrato que se quiere alegar contra ellos.”42

Además, al adherirse las diferentes Juntas Provinciales a la Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII, argüían, no se había condicionado tal adhesión a la división de la Provincia de Caracas. En las sesiones del Congreso se consignaron los documentos constitutivos de la Junta Suprema para defender la tesis de que tal asentimiento constituía un pacto tácito de mantener el status quo que debía respetarse para entrar a constituir el pacto confederativo. Pero, ¿cuáles constituían esas condiciones iniciales para formar la Confederación? Esto era algo que no estaba del todo claro. El diputado Cabrera propuso entonces una tesis interesante:

“…las Provincias en su estado actual se hallaban lo mismo que el hombre antes de entrar en sociedad: que para ello era menester formar pactos y estipular condiciones, que de ningún modo obligan al cumplimiento hasta que el contrato esta aceptado y convenido por

41 Congreso de Venezuela Sesión del 18 de Junio, 11 de Julio de 1811, El Publicista de Venezuela, Academia Nacional de la Historia, p.1042 Ibíd.

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los individuos que lo proponen: que la Confederación no siendo otra cosa más que una sociedad de Provincias, debían haberse establecido y sancionado las bases federativas antes de proceder a cualquier otra cosa…”43

No obstante, el punto de vista, apoyado por distintos publicistas44, de que los Estados que pactaban para constituir una unión debían tener más o menos la misma proporción prevaleció entre los diputados del Congreso. Así lo podemos leer en la intervención del Diputado Álamo en las actas del Congreso:

“Exhibido el número de sus respectivas poblaciones (a separarse de Caracas), conocidos cuáles son sus recursos territoriales, el estado de su agricultura y comercio, su situación local, sus conexiones con estos habitantes, y el superávit del que pueden disponer en beneficio de la Confederación, entonces llegará a confesarse la justicia y la necesidad con que algunos distritos capitulares solicitan la separación. Pero si acaso se viese con desprecio una demanda tan racional, y tan en el orden de las cosas…procederíamos contra esa libertad, que es y será una de las bases de nuestra regeneración, la atacaríamos de lleno… Ella (la discordia), pues, se evita en mi dictamen con que llegado el caso, no vulneremos la libertad sagrada que goza un ciudadano, cuanto más una corporación de elegir y adoptar aquel partido que crea más ventajoso y conducente a su prosperidad. Me lisonjeo de que entre poco tiempo quedaremos todos persuadidos de la importancia política de algunos distritos interiores que pretenden la separación…”45

El problema entonces pasó a ser si la división de Caracas debía realizarse antes de confederarse las Provincias ó después de confederarse, aceptándose que la Junta de Caracas debía proceder a consultar a sus representados sobre la forma en que debía realizarse tal división. En tal marco surgieron discordias dentro de la misma Provincia de Caracas como la que protagonizó el diputado Bermúdez, quien aducía que a la Provincia de Caracas le faltaba la libertad porque la ciudad de Barquisimeto no era libre. Así lo registra el Publicista de Venezuela:

“El S. Clemente pidió al S. Bermúdez le dijese qué entendía por libertad que faltaba a la Provincia de Caracas, y éste le contestó que el ser Señor, y poseedor de sus derechos; y en seguida suplicó el S. Clemente se preguntase a su Diputado en que no es libre Barquisimeto, alegado, por ejemplo, en el discurso anterior, y el S. Bermúdez respondió que según lo alegado por su mismo Diputado, creía que Barquisimeto no podría hacer navegables sus ríos, promover el cultivo del tabaco, ni otro cualquier ramo de industria, sin recurrir a Caracas por medio de su representante.”

La libertad entonces, según el diputado Bermúdez, quería decir ser señor y propietario de sus propios derechos. Resulta interesante destacar cómo el adjetivo de <<libre>> se le podía adjudicar tanto a una corporación como a un individuo, ¿cómo era esto posible? Esto sólo se puede entender en el marco de las doctrinas

43 21 de Noviembre de 1811. El Publicista de Venezuela. No. 21. Academia Nacional de la Historia44 Entre ellos destacan J-J. Rousseau, Constitutional Project for Corsica, 1765. Y Montesquieu, El Espíritu de las Leyes, Libro IX, Cap.II, Ediciones Universales, Bogotá. 45 Congreso de Venezuela Sesión del día 25 de Junio, 8 de Agosto de 1811, El Publicista de Venezuela. No.6. Academia Nacional de la Historia

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del derecho natural, en las cuales las corporaciones tanto públicas como privadas e inclusive las políticas, (ciudades, provincias, Estados, etc.,) eran considerados como personas morales, y como tales, podían ser titulares de derechos y privilegios46.

En tercer lugar, estaba el problema de cómo debía lucir esa unión; se sabía que se quería una confederación, pero ¿qué implicaba esto? He aquí los argumentos de Francisco Javier Yánez:

“Yo entiendo que confederación no es otra cosa que la asociación de varios Estados libres, soberanos e independientes que, queriendo conservarse en libertad de gobernarse cada uno por sus propias leyes, y no teniendo bastante fuerza para resistir los insultos de sus enemigos, se unen por medio de un pacto general y perpetuo para ver si encuentran en esa unión las fuerzas necesarias a mantener su seguridad, cediendo cada confederado una parte de la soberanía para constituir un jefe común; de suerte que no parezca más que un solo cuerpo…Primero deben ser libres, soberanos e independientes los Estados de Venezuela para entrar a celebrar aquel pacto…y en virtud de este solemne acto reasumirán todos y cada uno de ellos los derechos de libertad, igualdad y soberanía que la naturaleza ha concedido a todos los Estados y de que se habían privado los de Venezuela para formar la asociación política en el anterior gobierno.”47

Libres soberanos e independientes eran los Estados que pasarían a conformar la confederación mediante un pacto donde expresaran su voluntad. Esto último era sumamente importante ya que en un pacto la voluntad de los contratantes es lo que vincula, no la expresión de las mayorías48. Mas, ¿qué ocurría entonces con la libertad, independencia y soberanía una vez consumada la confederación?, ¿cuáles eran sus límites? Esta era la opinión que se reflejaba en la Gaceta de Caracas del 10 de Mayo de 1811:

“Así cuando decimos que cada Provincia debe gobernarse por sí sola, debe solo entenderse que retiene en si su soberanía, libertad e independencia, y todo poder, jurisdicción y derechos que no se hayan delegado expresamente al Congreso por la Confederación General…Si falta este gobierno, o esta autoridad general de que se habla, que defienda y proteja los derechos e intereses, internos o externos, y que provea para la defensa y seguridad común, siempre que sea necesario; en tal caso, sucederá…la confusión, el desorden y la

división; y por consiguiente la ruina inevitable de todos.”49

La nueva realidad política decantó en un rechazo hacia toda otra forma de gobierno que no fuese la republicana, la cual era entendida como un sistema en

46 Un autor frecuentemente consultado en este ámbito era Pufendorf y su divulgador Jacques Burlamaqui. Véase también José Carlos Chiaramonte, Nación y Estado…. Op. Cit. 47 Sesión de 3 de Julio, Libro de Actas del Supremo Congreso de Venezuela 1810-1811, Academia Nacional de la Historia, 1959, p.158.48 Véase la intervención del diputado Yánez en El Publicista de Venezuela, 14 de Noviembre de 1811, No.2049 Observaciones sobre el sistema federal, mandadas a publicar de orden superior, 10 de Mayo 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, 1983.

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donde el soberano era el pueblo y que se regía mediante el principio de la representación. Para esta variante del lenguaje republicano, que tuvo en Thomas Paine uno de sus principales divulgadores, el principio representativo era la máxima expresión republicana50. Y a ello se le aunaba el principio federativo, basado en las experiencias Norteamericanas y difundidas en estas tierras gracias al conocimiento de los Federalists Papers51.

“…veamos la especie de gobierno que quiere Venezuela, y constituyámosla, según las reglas que convienen a su naturaleza y principios. Se requiere una república federal democrática. La naturaleza de ésta exige que el Pueblo sea el Soberano, que gobierne por Magistrados elegidos por él mismo. Que el territorio sea dividido en pequeñas repúblicas, a poco más o menos de igual influencia política, y que todas reunidas por una representación común que las confedere, formen un solo Estado y Soberanía, que asegure la libertad e independencia común.”52

Para otorgarse una Constitución que pudiese conservar la libertad que recién se había ganado era necesario aplicar todos los conocimientos disponibles sobre los principios de la política y de legislación53. Entre ellos no podía faltar el prescrito por el célebre Montesquieu, base de las libertades civiles, a saber la división de poderes54. Así lo podemos constatar en un documento proveniente de de Cartagena publicada en la Gaceta de Caracas:

“Los vecinos abajo firmados…deseosos de asegurar sobre las bases más permanentes la libertad política… persuadidos de que estos fines jamás podrán conseguirse sin una sabia constitución que estableciendo un equilibrio político entre los poderes de que necesariamente debe componerse todo gobierno, ponga una barrera insuperable a los ataques de la arbitrariedad, consecuencia inevitable de la reunión de aquellos; hacen presente al Sr. Sindico Procurador General, para que… incite al Excmo. Cabildo… se forme nuestra constitución provincial, dividiendo exactamente el cuerpo legislativo del ejecutivo, y judicial...”55

Conviene también preguntarse, ¿existía alguna diferencia para entonces entre confederación y federación? Al parecer empezaban a marcarse las diferencias; la siguiente cita puede ser reveladora al respecto:

50 Véase mi trabajo, El Lenguaje de la Ciencia Política en el Observador Caraqueño, Op.Cit.51 Véase este revelador descubrimiento en el trabajo de Fernando Falcón, “Voz Federal-Federalismo” en Diccionario Iberoamericano de Conceptos Políticos y Sociales (1750-1850) , Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid (por publicarse en Septiembre de 2009)52 Memoria presentada al Supremo Congreso de Venezuela…Op.Cit.53 Estos argumentos fluyeron en dos tipos de discurso sumamente imbricados entre sí que hemos identificado en otro lugar, véase, El Lenguaje Republicano en Sieyés y Rousseau, inédito. 54 El principio de la división de poderes fue popularizado por Montesquieu, pero en realidad no fue un invento suyo ni de Locke, sino que en realidad evolucionó en Inglaterra bajo el clima intelectual de la reforma como una variante de la tesis neoclásica de la constitución mixta. Para una relación detallada de ambas ideas, véase, Otto Gierke, Johannes Althusius und… Op.Cit. 55 Cartagena Junio 28 Representación hecha por los vecinos de esta Ciudad, 10 de Septiembre de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.

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“Pero no es el sistema federativo de gobierno un mero tratado de alianza y amistad, apoyado solamente en promesa de buena fe, que se quebrantan desde que falta una fuerza coercitiva, que haga realizar los comprometimientos. El edificio se desplomaría dentro de breve tiempo, y quedaría reducido a la anonadación política, si no estuviese construido sobre los intrastornables principios de la unidad nacional, con todo el poder necesario para asegurar la conservación del Estado y la libertad del Pueblo.”56

Se llegó entonces a ver a la confederación como sinónimo de libertad, ya sólo mediante la unión se podía garantizar la continuidad del nuevo sistema que se intentaba erigir.

“No pasemos de aquí sin reflexionar profundamente sobre nuestra situación y circunstancias; si así lo hacemos, conoceremos: que la unión es necesaria, que con ella lo podemos todo; y sin ella nada: que ella envuelve en sí nuestro destino y el de la posteridad: y que el santo nombre de la libertad está identificado con ella. Ya persuadidos de la necesidad de la unión, conoceremos que esta no puede conservarse, según se infiere evidentemente de lo dicho, si cada Provincia quiere retener una soberanía y libertad absoluta y mal entendida…”57

Son interesantes aquí las referencias al destino y a la posteridad, ya que resulta un elemento constante en los usos del concepto de libertad asociado con independencia este tipo de alusiones. En ellas podemos ver una particular relación de la libertad con el tiempo, en su devenir la libertad es un momento que se ha de realizar necesariamente, que es inevitable, inexorable, y que está enmarcada en una filosofía de la historia que dibuja una línea en ascenso hacia el progreso y la felicidad. Así podemos leer a William Burke:

“¿Esperáis que vuestro débil brazo sea capaz de detener el progreso de la libertad sobre este vasto Continente y de impedir que rompan sus cadenas 16 millones de hombres, que conociendo sus derechos, se deciden por la libertad?”58

Pero simultáneamente también podemos observar cómo la libertad es querida por Dios, y por tanto, se ubica en una temporalidad judeo-cristiana.

“Son autores principales de estos errores una gran parte de Españoles Europeos, que malcontentos con la Divina Providencia y con el cumplimiento de los Decretos, con que, desde la eternidad, había determinado la Independencia y Libertad de la América para el presente siglo, quisieran ser más poderosos que Dios para frustrar sus altos y sabios designios, y mantener para siempre encadenada esta preciosa porción del globo.”59

56 Despedida de la Sección Legislativa de Caracas, dirigida a los habitantes de la Provincia al terminar sus sesiones a presentarles la Constitución Provincial que ha trabajado, 3 de Marzo de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.57 Cartagena…Op.Cit.58 William Burke, Derechos de la América del Sur y México, Academia Nacional de la Historia, Tomo II, 1811, p. 19.59 Insurrección de Valencia. Sentencia Definitiva de la Sala Extraordinaria en Comisión, 19 de Febrero de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.

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b. Libertad y Revolución

De regeneración política se pasó a concebir las acciones llevadas a cabo por la Junta Suprema y el Congreso como revolucionarias. Uno bien se podría preguntar ¿qué es lo que distinguía la regeneración de la revolución? Ello no es fácil de determinar, pero ciertamente tuvo que ver con la radicalización de la enemistad política frente a la Regencia, así como frente a la toma de conciencia de las dimensiones de los cambios que se habían de efectuar para dar con una organización constitucional que garantizase la libertad y felicidad. En el extracto que leeremos a continuación podemos observar la necesidad de radicalizar las transformaciones para evitar los males del despotismo:

“Conocen bien poco las terribles impresiones del despotismo, y el modo de curar radicalmente esta gravísima enfermedad los que piensan que no deben atacarse y destruirse de una vez los abusos y corruptelas engendrados por las máximas de semejante gobierno sino que deben reformarse poco a poco, y con tanta lentitud que sea insensible el tránsito de la servidumbre a la libertad. Un pueblo que por largo tiempo ha gemido encorvado bajo el duro yugo de la tiranía debe en el mismo instante que recobra su libertad y se regenera desmoronar hasta los cimientos del antiguo edificio y plantar sobre ellos de firme las bases que han de servir para la continuación del nuevo sistema.”60.

La revolución, entonces, estaba ligada con el tránsito de la servidumbre a la libertad, el cual para completar sus efectos debía realizarse radicalmente, de lo contrario, las costumbres provenientes de los siglos de sometimiento y esclavitud echarían por tierra la obra revolucionaria. Para representarse esta tarea se recurrió a metáforas arquitectónicas, lo que delata la intencionalidad de la obra y su realización conforme a un plan.

“Ningún Gobierno es perfecto en sus principios. El efecto de una revolución, es la desorganización de todas las partes del cuerpo gubernativo. Es fácil destruir; pero es muy difícil edificar. Para construir un Palacio, se forma el plano, y al principio es un borrón que necesita de muchas correcciones: pero la meditación, el sosiego y la aplicación, ponen al fin la casa en estado de ser el perfecto modelo de un grande, espacioso y cómodo edificio. No es pues de admirar, que en los principios de la obra de nuestra libertad, haya habido algunos defectos: todos los hombres tenemos muy limitados talentos, y la ciencia del gobierno es muy nueva en las Américas. Pero el deseo de acertar, la continua meditación, y las luces de los hombres sabios van poco á poco corrigiendo los defectos que el fuego del patriotismo, el deseo de seguridad, y la multitud de objetos interesantes que se presentaron á un tiempo produjeron necesariamente en los primeros días de la revolución.”61

60 Reflexiones sobre las protestas con que se ha publicado la Constitución Federal, hechas por un diputado en el Congreso General, al remitir un Ejemplar de ella a sus comitentes ,17 de Marzo de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983. 61 Discurso Político, 11 de Enero de 1811, Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.

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El telos de esta transformación radical no era otro que alcanzar la libertad, y éste era un proceso racional llevado a cabo por la acción humana, la cual era susceptible perfeccionarse por medio de las luces, pero también de degenerar por cuenta de las pasiones62. El arte de hacer una revolución feliz implicaba, pues, evitar esa degeneración cuya lógica ataba los vicios con la ignorancia y a ambas con la corrupción y el despotismo, de modo que, un feliz término pasaba por la ilustración y por la divulgación de los derechos del hombre. Venezuela se gloriaba de haber llevado a cabo su revolución sin haber caído en la anarquía y la violencia:

“El interés general de la América, puesto en acción por vuestro glorioso ejemplo, del patriotismo guiado por la filantropía y la libertad ayudada de la justicia, han sido los agentes que han dirigido vuestra conducta para dar al mundo el primer ejemplo de un pueblo libre, sin los horrores de la anarquía ni los crímenes de las pasiones revolucionarias. […] Siglos enteros de gloria han pasado para la América, desde que resolvisteis ser libres, hasta que conseguisteis serlo por medio de la Constitución, sin la cual aun no habíais expresado solemnemente al mundo vuestra voluntad ni el mundo llevarla a efecto.”63

La revolución se realizaba y desplegaba en el ámbito de lo público, y estaba asociada a una forma de gobierno que permitiera la apertura de un espacio donde las opiniones discurriesen con libertad, y donde no hubiese lugar para la censura y el secreto. Tal espacio sea creaba mediante la libertad de imprenta y en consecuencia con el ejercicio de la libertad de opinión.

“Cesó ya el reinado de la tiranía, y comienza el de la libertad. Expira el despotismo, y la ignorancia cede a la influencia de la justicia y de la razón. Después de un transcurso de tantos años de continuas vejaciones…bajo el cetro de hierro del más ofensivo despotismo…¿qué podríamos decir sino verdades terribles y penosas? Ahora que la libertad de la prensa ha constituido en cada ciudadano un defensor de los derechos de su patria, y le preceptúa como un deber que sostenga sus prerrogativas y leyes, ¿quién negará su sagrada influencia?...nosotros como seres libres debemos defender nuestros derechos, y resistir cualquier sistema vergonzoso y degradante a la naturaleza humana. Proclamaremos verdades destructoras de la tiranía y gritaremos contra los males que nos oprimen……Refórmese el Gobierno y los individuos de la Nación también se reformarán.”64

Pero la libertad de opinión podía también producir anarquía, podía conducir al desorden y arruinar el nuevo sistema que se instauraba, por ello era necesario restringirla. De modo que, había que ponerle límites a la libertad para evitar caer en el libertinaje. Observemos estas relaciones con mayor detalle.

62 Nos referimos a las pasiones que producían la discordia, pero el amor como pasión era indispensable para la acción revolucionaria. Al respecto Luis Castro Leiva, El arte de hacer una revolución feliz, Op. Cit. 63 Reflexiones sobre las protestas con que se ha publicado la Constitución Federal, hechas por un diputado en el Congreso General, al remitir un Ejemplar de ella a sus comitentes. Alocución del Congreso Federal de Venezuela al presentar a los pueblos la Constitución de 1811, 23 de Diciembre de 1811, en Textos Oficiales de la Primera República de Venezuela, Biblioteca de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Tomo II, 1982, p.140-14264 Discurso sobre la libertad de imprenta, 25 de Julio de 1811, El Publicista de Venezuela,

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c. Libertad, virtud y luces

Este trío conceptual presenta sus respectivos contra conceptos, a saber, esclavitud, vicio e ignorancia. Entre estos tres pares de conceptos se despliega otra estructura temporal del concepto de libertad que no es lineal sino circular. Se trata de una concepción del tiempo proveniente de la Antigüedad; es la doctrina del estagirita quien advierte sobre la corrupción de lo natural y predica moderación. Este esquema de pensamiento también se aplicaba a la lógica de la libertad, el logro de ésta dependía de la manutención de cierto equilibrio.

Al exceso de libertad se le denominaba también <<libertinaje>> lo que conllevaba desorden y anarquía, tal estado era considerado como de esclavitud, no tanto ya por las cadenas sino por la costumbre de llevarlas65. Romper esas costumbres implicaba educación y luces, cuyo efecto era sembrar las virtudes cívicas en todos los ciudadanos que habrían de integrar la república. Siendo la justicia la reina de las virtudes no podía ésta faltar en la república. Así lo recalcaba Miguel José Sanz: “El ciudadano se reputa libre en donde son protegidos sus derechos y aun el freno mismo que se pone a los que se los turban, es una parte de su libertad. Nadie es libre en donde alguno puede ser impunemente injusto…”66. De cualquier modo, si un pueblo no era virtuoso, estaba expuesto a perder su libertad, tal como ocurrió con España. La ignorancia alimentaba el vicio y éste destruía las buenas costumbres, entonces, el remedio lo constituía la acción y efecto de ilustrar en un esfuerzo extendido a lo largo del tiempo.

“La Ilustración que solo puede existir bajo la benéfica luz de la libertad bien entendida, no puede ser la obra de la fermentación, de la sorpresa, y del tumulto de aquellos momentos en que todos no ven sino un solo objeto según la disposición anterior de los órganos de cada uno. ¿Y cuál será es báculo que nos evite los tropiezos, las caídas, y los precipicios de una carrera tan peligrosa como la que debemos andar para llegar al santuario de la paz, y de la felicidad? La virtud sola es el apoyo del hombre cuando tiene que hacer esfuerzos superiores al orden en que ha vivido, y quiere mejorar la suerte de su patria.”67

65 Además, no faltaban hechos políticos como los de Guárico que generasen pánico frente a la voz de libertad, sin embargo, no faltaban voces para apaciguarlo: “La desolación de Santo Domingo fue producida no por los principios de la libertad, como los enemigos de esta han pretendido hacer creer, sino por su imprudente aplicación. La Francia por un celo desordenado a la aplicación de estos principios…decretó precipitada e indiscretamente la entera libertad de los esclavos de aquella Isla.” Derechos de la América del Sur y México. Por el Sr. William Burke, 1 de Marzo de 1811. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983. 66 Miguel José Sanz, Teoría Política y Ética de la Independencia, Ediciones del Colegio Universitario Francisco de Miranda, Caracas, 1979, p. 49 y ss.67 Sin virtud no felicidad pública, ni individual. 27 de Abril de 1810.Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.

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<<Ilustrar>> era un verbo que conllevaba en su lógica el verbo de <<liberar>>, por lo tanto suponía la posibilidad de hacerlo incluso contra la voluntad del otro68. Por otra parte, la expansión de las luces no podía prescindir de la imprenta.

“Sin libertad de imprenta nunca podrán extenderse las luces, ni ilustrarse los hombres. La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es el derecho más precioso del hombre; todo ciudadano puede hablar, escribir, e imprimir libremente. El derecho de imprimir con libertad es un derecho tan sagrado como el de hablar, o por mejor decir, es el mismo derecho de hablar. La ley no puede quitar ni restringir un derecho; solo puede reprimir el abuso de su ejercicio.”69

Sin embargo, la libertad de ésta también podía ser vehículo de amenazas a la libertad. Algunos eran optimistas y pensaban que no era necesaria censura alguna70, ya que la razón al final se impondría sobre las opiniones falsas. En este orden de Bentham defendía la libertad de imprenta sin importar los inconvenientes que ésta pudiese traer, ya que sus frutos se gozaban a largo plazo.

“La sana razón clama que se oigan los consejos de todos, puesto que con ellos puede hacerse lo mejor sin riesgo de empeorar las cosas. Establecer la Libertad de la Prensa es admitir los consejos de todo el mundo. Verdad es que en muchos casos no se oye la opinión pública antes de tomar una resolución; sino después de estar esta ejecutada. No obstante este juicio puede traer sus utilidades, ya sea con respecto a los decretos legislativos que pueden deformarse, o con respecto a los de administración que pueden renovarse. El mejor dictamen dado en particular a un Ministro puede perderse; pero un buen aviso dado al público, sino sirve a uno; sirve a otro, sino sirve hoy; puede servir otro día, si ahora no se presenta bajo una forma conveniente; puede recibir después de otra mano los adornos que la hagan aceptar. La instrucción es una semilla que es preciso, en cierto modo, probarla en una gran diversidad de terrenos, y cultivarla con paciencia, porque sus frutos son por lo común tardíos.”71

No obstante, otros creían necesarios ciertos límites, sin los cuales esa libertad acabaría degenerando en libertinaje y anarquía. Cuáles eran los límites de esta libertad nos lo revela Juan Germán Roscio:

“Por conclusión se alegó la doctrina de Paine, que enseña deberse tolerar en los nuevos gobiernos las opiniones inveteradas que no pueden extirparse sino con lentitud y con el discurso del tiempo. Está bien semejante tolerancia, pero ella no puede tener lugar sino

68 Esta fue la labor en la que Caracas arguyó que se vio envuelta dados los acontecimientos políticos de la Península ver Respuesta de la Junta de Mérida á los anteriores oficios del Gobierno de la Ciudad de Maracaibo, 30 de Noviembre 1810. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.69 Concluyen las Advertencias que hace un Español a las Cortes sobre el Gobierno Representativo. 17 de Mayo de 1811. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.70 Ver Discurso Político sobre la libertad de escribir, 2 de Julio de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983. 71 Libertad de Imprenta, 30 de Abril de 1811, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.

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cuando tales opiniones no subvierten el sistema, si se arman para sostenerse. Pero una vez que se arman; y armadas destruyen la libertad, y la vida de los que opinan de otro modo, o de los que llevan las riendas del gobierno establecido sobre la opinión contraria, está fuera del caso la doctrina citada. – He dicho.”72

Estas observaciones de Roscio nos obligan a abordar otro aspecto importante del concepto de libertad asociado con su inexorabilidad. Se trata de aquél momento en el cual la libertad es la única opción aceptable.

d. Libertad o muerte

La oposición libertad o muerte remite a un kairós particular, a saber, el de la crisis. En su sentido antiguo esta palabra se empleaba en el argot médico para designar aquel momento en el cual se debe tomar una decisión de vida o muerte. Dado que las unidades políticas fueron comprendidas mediante metáforas orgánicas durante gran parte de la Edad Media, no fue muy difícil que este término se emplease en sentido político73. Desde este punto de vista, el epígrafe de la Gaceta de Caracas <<salus populi suprema lex esto>> resulta revelador, ya que el término salud, elevado a suprema ley, conmina a realizar todo lo que sea necesario para conservarla. Siendo que la salud del pueblo se mide por su libertad, libertad o muerte equivale a aquel dilema representado por Shakespeare: ser o no ser. De modo que lo que estaba en juego entonces, era una exhortación patética a la conservación del nuevo sistema.

“La generosa Provincia de Barinas, que á ninguna cede en lealtad y patriotismo…ha resuelto ponerse en conservación formando una Junta que la represente y que ha reasumido la autoridad que le corresponde por todos los derechos y cuya importancia nadie podrá desconocer… paz y tranquilidad son nuestros deseos: morir o ser libres nuestra divisa: la conservación de la patria, la defensa de un soberano legitimo e inocente y de la Santa Religión…”74

72 Insurrección de Valencia. Discurso del Diputado Roscio. 15 de Febrero de 1812, Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983.73 Koselleck nos advierte que en la Antigüedad el concepto de crisis no sólo se usaba en la medicina sino también en lo jurídico y teleológico, sin embargo, a pesar de que la metáfora del cuerpo había sido aplicada desde la Antigüedad a la comunidad, no fue sino hasta el siglo XVII cuando el concepto médico de crisis se empleó en relación con cuerpos políticos. Ver Reinhart Koselleck, Crisis, en Reinhart Koselleck, Crítica y Crisis. Un estudio sobre la patogénesis del mundo burgués. Editorial Trotta, 2007, p. 244. Para el examen de la relación entre la lógica temporal de la revolución y la crisis véase, Reinhart Koselleck, Crítica y Crisis. Un estudio sobre la patogénesis del mundo burgués. Editorial Trotta, 2007.74 Suplemento a la Gaceta de Caracas. 2 Junio de 1810, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983. Ya estaba en marcha la experiencia del autogobierno, de modo que no hay contradicción al referirse la lealtad al Rey Soberano.

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La oposición libertad o muerte estaba estrechamente vinculada con otra voz, a saber, la de patriotismo. Conservar el nuevo sistema y conservar la patria se volvieron sinónimos. Así se reflejó en el caso de la insurrección de Valencia:

“…los facciosos de Valencia, desgraciadamente amotinados por los viles satélites de la tiranía, para oponerse al recibimiento de la santa libertad y justa independencia de Venezuela, había tenido el dolor de retardar hasta ahora tan digno encargo a causa de las continuas, graves y urgentes atenciones que han ocupado nuestro patriótico celo y vigilancia a favor de la causa de los hombres libres, que animados solo del fuego sagrado de la libertad, juran sostener hasta la muerte la independencia, y conservar eternamente la soberanía de nuestra amada Patria”75

Este momento de crisis exigía decisiones resueltas, y ello empujaba a obligar a otros a ser libres o a morir. Así lo podemos leer de la pluma del General Francisco de Miranda: “Escoged Valencianos entre estos dos extremos, o ser libres o morir; este es el voto que han formado los republicanos que tengo el honor de mandar; y este es el mismo que de fuerza o grado habéis de adoptar vosotros.”76

Se trataba también de un llamado al heroísmo, al sacrificio, cuya gloria se desplegaría en un horizonte temporal infinito: la eternidad; y cuyos actores transcenderían la vida terrena hacia la inmortalidad.

“Vosotros, bravos barceloneses, habéis sido escogidos para concurrir a esta gloriosa empresa…Vais a dar libertad a nuestros hermanos oprimidos… vais a escarmentar los caudillos del incendio, y de la discordia con que el miserable Gobierno de Cádiz nos hace la guerra; y vais en fin a levantar sobre las playas del gran Río el Pabellón de la Independencia…Corred, pues…a cumplir sobre el campo de batalla tan sagrados deberes! Vencer, o morir libres! Ved aquí, amigos, cual debe ser vuestra divisa, y no dudéis que llevándola siempre con vosotros, subiréis a la cumbre de la inmortalidad.”77

En el sacrificio ante el altar de la Patria no había distinción, ya que todos por igual debían concurrir a defenderla. Además, al menos para la muerte, todos somos iguales. En el nuevo sistema republicano y en su discurso político, la igualdad era un tópico ineludible pero sometido igualmente a límites que lo moderaran. Veamos ahora las relaciones de la libertad con la igualdad.

e. Libertad e igualdad

75 Patriotismo recomendable de la Villa de Cura, 24 de Septiembre de 1811, Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983. 76 Proclama de Francisco de Miranda Generalísimo de los Ejércitos de Venezuela, a los habitantes de la ciudad y distrito de Valencia, 12 de Mayo de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.77 Proclama. El Ciudadano Ramón García de Sena Comandante General en Comisión de la Provincia de Barcelona al Ejército de la misma que marcha contra Guayana. 15 de Febrero de 1812. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.

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En una sociedad con una estructura jerárquica sumamente compleja como la de la CGV hablar de igualdad y de libertad podía tener efectos perturbadores –como de hecho los tuvo. Por ello se tomaron muchas precauciones desde el discurso político. Cuando se hablaba se libertad se procuraba poner de su lado al orden y cuando se hablaba de igualdad se procuraba acentuar que se trataba de igualdad ante la ley. La libertad y la igualdad sólo se podían armonizar cuando ninguna de ellas alcanzaba los extremos, sólo en un perfecto equilibrio podían los ciudadanos de una república ser libres e iguales. Ese equilibrio lo otorgaba la ley.

“…un pueblo libre debiendo tener honores, distinciones y demás premios con que se recompensan el mérito y la virtud, no puede admitir una igualdad absoluta; ella es opuesta a su libertad… Pero si el de una igualdad absoluta hace al hombre precipitarse en un caos inmenso de crímenes…Es necesario que el hombre tenga correctivos que le moderen; que tenga leyes penales”78

Sin embargo, las buenas leyes no bastan sino se las conserva, y para ello es necesario el amor, el cual se cultiva mediante la educación pública y el ejercicio de una sana y racional libertad79. Sanz, a través de su órgano de ilustración (El Semanario de Caracas) buscaba hacer del republicanismo aquella ideología que amparase y orientase los cambios radicales que se suscitaban, no obstante, parece que la tarea era mucho más compleja que la mera difusión de luces.

El problema subyacente a estas acciones discursivas era la manutención de la unidad hacia el interior de la unidad política. ¿Cómo reorganizarse políticamente sin perturbar la estabilidad social o incluso manteniendo la estructura social tal como estaba? Esta fue la calamidad de la revolución. ¿Cómo era posible hablar a la vez de libertad y vivir en una sociedad esclavista y aristocrática? Algunos estaban conscientes de la contradicción, mas, apostaban por la moderación y el transito gradual hacia la libertad, pero, ¿admitía la lógica de la revolución tal moderación? ¿Hasta qué punto y a qué velocidad estaban dispuestos a cambiar?

La diferenciación de nuevas unidades político-territoriales implicaba también el sacudimiento de los antiguos marcos de referencia políticos, sociales, y económicos. Estos habían de construirse desde adentro, había que echar nuevos cimientos, establecer nuevos pactos, y en esta tarea los lenguajes que se hablaron para justificar tales cambios, abrieron nuevos horizontes que no podían ser controlados por sus locutores. Tenían que ensayarse nuevas formas de justificar y representar las diferencias sociales, pero mientras esto no se lograba la violencia y el conflicto se encargaban de realizar los ajustes necesarios.

78 Miguel José Sanz, Teoría Política y Ética de la Independencia, Ediciones del Colegio Universitario Francisco de Miranda, Caracas, 1979, p.3079 Ibíd. p.31-32

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f. Libertad y civilización

Se pensaba que acceder al teatro de las Naciones libres era el derecho de Venezuela, ya que por ley natural toda Nación debía darse su propio gobierno, ser libre e independiente. Tales derechos fueron negados en el anterior estado.

“Nuestro presente código, las leyes de India, compuesto solamente para el uso de neófitos, y que manda como en obsequio de la piedad lo que por derecho natural, corresponde al individuo de una comunidad, puede justamente llamarse un sistema de comercio, fundado en el monopolio, y en sus ruinosas consecuencias; donde un comercio libre con las naciones de la tierra, se declara como un crimen digno de la última pena…”80

Sin embargo, encontrarse entre las naciones libres tenía ciertas implicaciones: había que imitar a las más cultas y civilizadas en la manera en cómo éstas habían logrado mantener la libertad, el orden y la seguridad81:

“No pudiendo pues negarse jamás que los miembros de todos los Estados civilizados, y cultivados con la razón ilustrada, vista bajo de ciertas leyes que se llaman fundamentales, porque son, ó contienen la regla y fundamento con que depositaron el poder en un Rey, Príncipe, Senado, ó en la Asamblea del Pueblo formalmente congregada: con que constituyeron, ó establecieron su gobierno: y con que guarnecieron su libertad, su orden y seguridad, ó se escudaron contra los abusos y excesos de la ambición, injusticia, arbitrariedad y despotismo…”82

Estos principios se condensaban en la llamada libertad civil, la cual William Burke resumió en las páginas de sus Derechos de América del Sur y México de la siguiente manera:

“…El Gobierno será construido sobre principios de representación y dividido en tres ramos distintos: el Legislativo, el Judicial y el Ejecutivo…Ningún ciudadanos será arrestado, ni registrada su casa, tomada su propiedad, sin un procedimiento legal… Las dos grandes columnas de la libertad civil, tanto en Inglaterra como en Estados Unidos, la ley de Habeas Corpus y el Juicio por Jury serán introducidos e incorporados en la constitución de cada Estado, como parte de los…derechos del pueblo…Serán libres las elecciones, así como la prensa, en cuanto pueda ser conforme a las circunstancias y seguridad del país. El poder militar estará subordinado al civil y no excederá los límites de sus funciones militares… Los ciudadanos poseerán el derecho de petición y el de llevar armas y gozarán de la más completa libertad para ejercer en cualquier lugar el oficio o profesión para que se crean más a propósito… No se concederán nuevos títulos de nobleza…El Gobierno mirará con la debida atención la educación de los ciudadanos…”83

80 Ensayo Político. 7 de Mayo de 1811. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de Historia, Tomo II, Caracas, 1983.81 Sobre la forma en que el concepto de civilización ocultaba una ideología imperial europea véase, Anthony Pagden, Señores de todo el mundo, Península, 1997, Barcelona. 82 Miguel José Sanz, Teoría Política… Op. Cit. p.6183 William Burke, Derechos de América del Sur y México, Academia Nacional de la Historia, Tomo I, 1959, p.203-207.

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Aunado a ello, se entraba también en un conjunto de nuevas relaciones con la demás naciones que dulcificaba las costumbres y consumaba la civilización, a saber, el comercio84:

“Caracas desde el 19 de Abril de 1810, reclamó su libertad, y juró conservar su verdadera Religión, y este mismo juramente repitió con la mayor solemnidad el día memorable de la instalación del Congreso de representantes del Pueblo: aquella exige un trato franco y seguro con todos los hombres: su comunicación y comercio, sean del culto que fueren, para felicidad del Estado…”85

Venezuela como nación libre, soberana e independiente, integrada en el concierto de las naciones debía pues aspirar a su grandeza, procurar su riqueza y la felicidad de sus ciudadanos. Tenía que ser, pues, opulenta:

“No basta que un pueblo sea feliz, porque es libre: es necesario que lo sea porque es opulento. La opulencia le da un poder capaz de ponerle a cubierto de las miras ambiciosas de los demás pueblos, por los medios y recursos de hacerse respetar y conservar su libertad con la dignidad y el decoro que le corresponden……El oro y la plata ocultos en las entrañas de la tierra, y las riquezas de los vegetales que se esconden en su superficie son inútiles a la sociedad, si se las dejan en su ignorado retiro.El poder de un pueblo para que le sea útil y le haga respetable, debe ser proporcionado al número y calidad de los individuos que le componen”86

Determinar cuál actividad procuraba esta riqueza llevaba a una controversia donde la conservación de la libertad era el eje central. Si la libertad se mentaba desde un lenguaje republicano clásico era la agricultura la cual debía ser la principal actividad económica; empero, si se mentaba desde un lenguaje republicano moderno el comercio ocupaba el lugar más importante87.

“Una de las principales ventajas que un régimen de vida y Gobierno libre trae a los hombres que le poseen, en (sic) la industria; por cuyo medio se destierran los vicios inseparables del ocio, y mejorando sus costumbres los Pueblos hacen al mismo tiempo que buenos, opulentos y respetables. La agricultura sobre las artes tiene la primacía, y como dice aquél filósofo orador Romano, es la más conviene al hombre libre…Vivamos pues

84 Sobre la tesis del doux commerce y su relación con el lenguaje republicano moderno en la pluma de Adam Ferguson ver Miguel Ron Pedrique, Los Orígenes del Liberalismo, Fundación Mirón Editores, 1991. Sobre las ideas de Ferguson en los escritos de Miguel José Sanz véase Fernando Falcón “Adam Ferguson y el pensamiento ético y político de Miguel José Sanz: Notas para la reinterpretación del Semanario de Caracas (1810-1811)”, en POLITEIA, Instituto de Estudios Políticos FCJP-UCV. No.21, 1998, p.191-223.85 Contestación. 22 de Abril de 1811. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de Historia, Tomo II, Caracas, 1983.86 Miguel José Sanz, Teoría Política… Op. Cit. p.32-33.87 La moderación y el énfasis en la virtud fue un obstáculo para la penetración del lenguaje republicano de la sociedad comercial durante los primeros años de la emancipación. Véase al respecto el análisis detallado de Luis Castro Leiva, La Dictadura de la Virtud o la Opulencia del Comercio, a ser publicado en Luis Castro Leiva Obras, UCAB-Fundación Polar, Tomo II.

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contentos con nuestra suerte…por habernos destinado a una profesión tan honorífica, tan útil y tan análoga al sistema que acabamos de adoptar…”88

Si no se moderaban las riquezas, el vicio entraría a corromper las buenas costumbres destruyendo la virtud -sostén de una república-, y por ende, su libertad. Pero también una masa depauperada y una minoría opulenta representaban una amenaza para la libertad, por ende,

“Es más opulento el pueblo cuyas riquezas están en la superficie de la tierra, porque su distribución es más justa y general; en él no se oirán los dolorosos gemidos de un número excesivo de miserables que sacrifican su existencia al engrandecimiento de un poderoso. Es pues necesario conocer estas riquezas de un modo capaz de la mejor distribución y de la mayor economía pública.”89

En fin, el concepto de libertad en su despliegue universal, como principio inexorable que se realizaba en todo el mundo, representaba un orden entre las naciones regido por el derecho de gentes y donde el comercio estrechaba los lazos de los pueblos. El tejido de estas relaciones producía civilización y ésta pasaba a significar una comunidad de la humanidad toda. Desde este punto de vista, el concepto de libertad describía y justificaba el proceso estructural de diferenciación de segmentos político-territoriales autónomos e iguales entre sí, que se realizaba paulatinamente en el mundo occidental.

3. Apuntes finales

Hemos mostrado cómo se desplegó el concepto de libertad desde 1810 hasta 1812 en sus referencias de sentido más relevantes y cómo es posible observar en ellos la legitimación de un nuevo estado de cosas en el cual se establecen nuevos patrones normativos con pretensiones de universalidad. Entonces, ya no era aceptable la dominación de una unidad política por otra, cada pueblo debía darse su propio gobierno, las relaciones entre Estados, además, estaban también enmarcadas bajo ciertas expectativas: respeto a los tratados y a las naciones libres, hacer la guerra por causas justas, y en fin, todas aquellas pautas que sistematizó el moderno derecho de gentes.

Todo este lenguaje, todos estos artefactos semánticos, describían y justificaban un cambio estructural que se había realizado de hecho tiempo atrás. A saber, aquello que en la literatura se estudia como la génesis del Estado moderno: formación de ejércitos con lealtades fundadas en valores trascendentales, centralización del poder político, homogeneización y estandarización de los

88 Proclama. Gral. Francisco de Miranda. 1 de Noviembre de 1811.Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo II, Caracas, 1983. 89 Miguel José Sanz, Teoría Política… Op.Cit. p.33

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sujetos de dominio (el individuo), demarcación territorial definida, pretensión incontestable de poder absoluto, etc. Cambios que apuntaban a un proceso de diferenciación de las formas de organización política que respondían a un creciente contexto de complejidad económica, social, científica, así como también a la complejidad que la política misma generaba. Son estas transformaciones las que permiten hablar con propiedad de la existencia de un sistema político mundial.

Las condiciones de interdependencia que supone el concepto de sistema, no permiten aislar demasiado un fenómeno para estudiarlo, sino que exige un abordaje holista que permita contemplar las distintas variables que entran a jugar un rol en la configuración de los cambios políticos y sociales. Tal es el caso de la independencia de los países de América, cuya catalización obedece a elementos tanto endógenos (relativos a la situación interna del imperio con sus colonias) como exógenos (la situación del imperio frente a los otros Estados en el escenario político y económico mundial).

Ciertamente, el lenguaje y los conceptos tienen una dimensión disputable90, por lo que no siempre pueden servir de guía para observar cambios estructurales, por tal razón hemos excluido ciertas hebras discursivas en la medida en que sólo sirvan para desplegar la dimensión y grado de la enemistad política, tal como el caso del uso del concepto de libertad por parte de los realistas en 1812 (una falsa libertad; una libertad que escondía el despotismo, etc.91). En tales casos, el uso del concepto de libertad obedece más a una estrategia discursiva que propiamente a la descripción de un cambio estructural.

El presente escrito tuvo, pues, como finalidad ubicar la independencia de Venezuela en el contexto de diferenciación del sistema político mundial, mostrando cómo el léxico de la libertad permitía dar cuenta de un estado de cosas que no se correspondía con el del Antiguo Régimen, a la vez que proporcionó vehículos para canalizar las expectativas sociales y generar futuros abiertos que orientasen la acción y la experiencia política.

90 Sobre todo cuando se entiende al acto de habla como una acción política, de modo que no semánticamente no hay nada establecido. Para un concienzudo análisis de estas relaciones en el pensamiento de Skinner ver Kari Palonen, Die Entzauberung… Op Cit. p.91 y ss.91 Ver Caracas, 6 de Diciembre de 1812, Gaceta de Caracas, Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983. Ver también Manifiesto que a nombre de Don Domingo Monteverde dirige una pluma perjura, que todos conocemos, a los incautos e ignorantes con el objeto de seducirlos y engañarlos. 5 de Junio de 1812. Gaceta de Caracas. Biblioteca de la Academia Nacional de la Historia, Tomo III, Caracas, 1983.