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Jornada organizada por el Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School con la colaboración de Pixelware 28 de enero de 2015 Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School La Administración ante la nueva Directiva Europea en Contratación Pública

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Page 1: Jornada organizada por el Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School con la colaboración de Pixelware 28 de enero de 2015 Centro

Jornada organizada porel Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business

School con la colaboración de Pixelware

28 de enero de 2015

Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School

La Administración ante la nuevaDirectiva Europea en Contratación Pública

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www.pwc.es

LAS NUEVAS DIRECTIVAS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA: novedades y retos legislativos.

Centro de Innovación del Sector Público de

PwC e IE Business School

28 de enero de 2015

Page 3: Jornada organizada por el Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School con la colaboración de Pixelware 28 de enero de 2015 Centro

PwC

Índice

Introducción

Novedades de la Directiva 2014/24: ejes

Transposición: el reto en España

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3

1

Page 4: Jornada organizada por el Centro de Innovación del Sector Público de PwC e IE Business School con la colaboración de Pixelware 28 de enero de 2015 Centro

PwC

1.Introducción

2

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local identifica, como segundo de sus cuatro objetivos, racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local de

acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

Objetivo del Derecho europeo en materia de contratación pública …

Creación de un Espacio Europeo de Contratación Pública en el marco del Mercado Interior Comunitario, basado en lo principios de igualdad de trato, convocatoria transparente de licitaciones y no discriminación, reconocimiento mutuo y lucha contra el fraude y la corrupción.

Derecho europeo en materia de contratación pública

1

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3

4

5

6

Directiva 2014/24, de 26 de febrero, sobre contratación pública.

DerogaDirectiva 2004/18, de 31 de marzo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos , de obras, servicios y suministros .

Directiva 2014/25, de 26 de febrero, relativa a la contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

DerogaDirectiva 2004/17, de 31 de marzo, sobre coordinación de los procedimientos en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Directiva 2014/23, de 26 de febrero, relativa a la adjudicación de contratos de concesión.

Directiva 2014/55, de 16 de abril, de facturación electrónica.

Directiva 2009/81, de 13 de julio, de contratación en los ámbitos de defensas y seguridad.Directiva 89/665, de 21 de diciembre, y Directiva 1992/13, de 25 de febrero de procedimiento de recursos en materia de contratación.

Modificadas por

Directiva 2007/66, de 11 de diciembre, de mejora de la eficacia de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos.

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PwC

1.Introducción

3

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local identifica, como segundo de sus cuatro objetivos, racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local de

acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

Libro Verde sobre la modernización de la política de contratación pública de la Unión Europea (27 de enero de 2011).

Antecedentes y objetivos de la reforma

ANTECEDENTES Estrategia Europa 2020.

Acuerdo de contratación pública (ACP) de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

• OBJETIVOS:

Garantizar la eficiencia de los fondos públicos: i) transparencia, publicidad e igualdad de trato; ii) simplificación y flexibilización de las normas de contratación.

La contratación pública como herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos (consecución de políticas sociales, medioambientales, I+D+i).

Consecución eficiente de la prestación (regulación de la fase de ejecución).

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PwC

Integridad

Integridad

• Preservación de la confidencialidad de las ofertas.

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2.Novedades Directiva 2014/24: ejes

1

• Prevención de conflicto de intereses.

• Motivos de exclusión.

• Medidas de gobernanza.

Regulación de la ejecución del contrato: la modificación

Modificación contractual

• Laxitud en los requisitos de la modificación contractual, cuantitativa y cualitativamente.

2

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PwC

Utilización estratégica de la contratación pública

Utilización estratégica

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1

Políticas medioambientes y sociales.

2

La investigación e innovación como objetivo y la Compra Pública innovadora.

3

Mejora el acceso al mercado de las PYMES.

Coste del ciclo de vida y aspectos medioambientales y sociales para determinar la oferta económicamente más ventajosa.Etiquetas que certifiquen determinadas características medioambientales, sociales o de otro tipo de las obras, suministros o servicios.

Exclusión de la contratación precomercial del alcance de la directiva.

Asociación para la innovación.

Utilización de los procedimientos negociado y diálogo competitivo .

Fomento de la división en lotes.

Documento europeo único de contratación.

Pago directo a subcontratistas.

Utilización de medios electrónicos.

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PwC

Simplificación y flexibilización de los procedimientos de contratación

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Regla general

Procedimientos abierto y restringido

Procedimiento negociado y diálogo competitivo

Asociación para la innovación

Reducción de cargas excesivas (evaluación de impacto de las medidas por la Comisión)

Se acortan los plazos

Sin límites en contratos excluidos

Supuestos:• Por necesidad de adaptar soluciones

fácilmente disponibles.

• Por incluir proyectos o soluciones innovadoras.

• Por complejidad o riesgos.

• Por imposibilidad de precisar especificaciones técnicas.

• Por procedimientos abierto o restringido previo con ofertas irregulares o inaceptables.

Consultas preliminares al mercado

Negociado sin publicación previa

• Procedimiento abierto o restringido sin oferta.

• Sólo puede ser adjudicado a un operador por motivos técnicos, artísticos o de propiedad intelectual o industrial.

• Imperiosa urgencia.

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PwC

Obligación de utilización de medios electrónicos y las nuevas técnicas

para la contratación agregada y electrónica

Ventajas de la contratación electrónica

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Ayuda a obtener los insumos necesarios para los servicios públicos sin incrementar necesariamente el gasto público.

Mejora la accesibilidad y la transparencia.

Fomento de la participación.

Reducción de costes administrativos para las empresas.

Eficiencia en la gestión de la contratación.

Agiliza los procedimientos.

Obstáculos (salvables)

Costes de inversión y mantenimiento (recuperables a corto plazo).

Cultura/hábito de utilización por parte de Administraciones y empresas: apoyo para la formación.

Técnicos: Falta de interoperabilidad transfronteriza y complejidad de la interfaz: Libro de Oro de las buenas prácticas en contratación pública electrónica.

Actualmente su penetración es bajísima (<5% de la contratación en la UE).

Obligación utilización medios electrónicos en contratación(Directivas 2014, -salvo concesiones- + Facturación electrónica)

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Obligatoriedad medios electrónicos en las comunicaciones, al menos en los elementos esenciales del procedimiento de contratación: pliegos, solicitudes de participación, confirmaciones de interés y ofertas (salvo concesiones).

Las herramientas y dispositivos que deban utilizarse para la comunicación por medios electrónicos, así como sus características técnicas, serán no discriminatorios, estarán disponibles de forma general y serán compatibles con los productos informáticos de uso general, y no restringirán el acceso de los operadores económicos al procedimiento de contratación.

Excepciones

Debido al carácter especializado de la contratación, el uso de medios electrónicos de comunicación requeriría herramientas, dispositivos o formatos de archivo específicos que no están en general disponibles o no aceptan los programas generalmente disponibles.

Las aplicaciones que soportan formatos de archivo adecuados para la descripción de las ofertas utilizan formatos de archivo que no pueden ser procesados por otros programas abiertos o generalmente disponibles o están sujetas a un régimen de licencias de uso privativo y el poder adjudicador no pueda ofrecerlas para su descarga o utilización a distancia.

La utilización de medios de comunicación electrónicos requeriría equipos ofimáticos especializados de los que no disponen generalmente los poderes adjudicadores.

Los pliegos de la contratación requieren la presentación de modelos físicos o a escala que no pueden ser transmitidos utilizando medios electrónicos.

Obligación de utilización de medios electrónicos y las nuevas técnicas

para la contratación agregada y electrónica5

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PwC 9

Fortalecimiento de las técnicas de contratación agregada a través de medios electrónicos:

Acuerdos marco.

Contratación conjunta: esporádica y con intervención de poderes adjudicadores de diferentes Estados miembros.

Ventajas adicionales a la utilización de medios electrónicos: agregación demanda, economías de escala, reducción de precios y costes y profesionalización de la gestión.

1

2

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6

Sistemas dinámicos de adquisición.

Subasta electrónica.

Catálogos electrónicos.

Centrales de compra.

Obligación de utilización de medios electrónicos y las nuevas técnicas

para la contratación agregada y electrónica5

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PwC

3. Transposición: el reto en España

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18 de abril de 2016dracionalización y sostenibilidad de la Administración Local identifica, como segundo de sus cuatro objetivos, racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

Obligación medios electrónicos en centrales

de compra.

PLAZO GENERAL (incluyendo obligación de

medios electróncios en sistemas dinámicos, subastas

electrónicas, catálogos electrónicos, envío de anuncios y disponibilidad electrónica de

pliegos).

18 de abril de 2017 18 de octubre 2018

Obligación medios electrónicos en el resto.

No mas reformas “parche”: Fin ciclo depuración normativa e incorporación jurisprudencia de TJUE.

Necesidad nueva norma global.-Código de Contratación Pública: (i) Contratos Públicos, (ii) Concesiones, y (iii) Sectores excluidos.

Norma “sencilla” que adapte las categorías jurídicas al Ordenamiento Jurídico español.

Objetivo: Optimización de los fondos públicos para consolidar las políticas propias de nuestro modelo de Estado, incorporando como premisa la eficacia en el marco de la integridad.

Dificultad cohonestarlo con flexibilización.

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Muchas gracias

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