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gob.mx/conalep Iztapalapa V Dirección Ahuehuetes s/n, Col. Santa Martha Acatitla, Iztapalapa, Distrito Federal CP 09530 Tel. 01 (55) 57-33-94-16, fax 57-38-18-79 ANTES DE INSCRIBIR O REINSCRIBIR AL ALUMNO(A) HEMOS LEIDO EL REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO Y FIRMAMOS AL CALCE EN EL CONTRA RECIBO, EN ACEPTACIÓN AL MISMO, CONSCIENTE DE QUE EJERCEREMOS TANTO NUESTROS DERECHOS COMO OBLIGACIONES, EN BENEFICIO DEL DESEMPEÑO ACADEMICO, FISICO Y MENTAL DEL ESTUDIANTE ( CICLO ESCOLAR ) 1-1920 y 2-1920. REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO Y ACADEMICO INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN I. Serán considerados alumnos de este plantel quienes hayan cumplido con los requisitos de ingreso y realicen oportunamente el trámite de inscripción o reinscripción, conforme a lo establecido en el reglamento Escolar para Alumnos del Sistema Nacional del Colegio de Educación Profesional Técnica. II. Para reinscribirse el alumno debe sujetarse a las fechas establecidas en el calendario escolar emitido por el plantel, así como cubrir las cuotas voluntarias y requisitos correspondientes. III. El expediente físico del alumno así como sus datos personales son de uso exclusivo del plantel, por el respeto y confidencialidad que representa la propiedad del cliente. DERECHOS DE LOS ALUMNOS IV. Que se resguarden sus datos personales de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y sus reglamentos correlativos; así como los lineamientos de Protección de Datos Personales. V. Recibir de parte de las autoridades, de los docentes, del personal administrativo y de servicios del plantel; así como de sus propios compañeros; un trato justo, digno y de respeto; VI. A expresar sus ideas libremente a título personal y a nombre del Plantel, del Colegio o del Sistema Conalep cuando se le requiera, sin más limitaciones que la de no propiciar el deterioro o perturbar el funcionamiento del Plantel; VII. A conocer el plan y programas de estudios, forma de evaluación, acreditación y regularización; así como los recursos académicos y materiales educativos requeridos para el proceso enseñanza-aprendizaje del cual es sujeto; VIII. A que se cumpla en tiempo y forma el plan de estudios vigente de la carrera en que se encuentra inscrito. IX. A ingresar a talleres y laboratorios en los horarios determinados, de acuerdo con los requisitos establecidos por el plantel; X. A hacer uso del servicio de biblioteca del plantel en el cual se encuentra inscrito, de acuerdo con los requisitos establecidos para tal efecto; XI. A hacer uso del equipo, instalaciones, herramientas y materiales destinados a la realización de las prácticas en laboratorios y talleres; XII. A recibir de manera personal y en el plazo establecido para ello, información acerca de los resultados de su evaluación; XIII. A solicitar en caso de inconformidad, rectificación de calificación, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 80 del Reglamento Escolar para Alumnos del Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica; XIV. A solicitar evaluación de competencias con fines de certificación; XV. A elegir o ser electo como representante de grupo; XVI. A que se le emita por escrito recibo de los documentos originales que entregue como requisitos para los servicios educativos que solicite; XVII. A solicitar beca de acuerdo a la normatividad establecida para tal efecto; XVIII. Hacer uso de las instalaciones deportivas, culturales o de esparcimiento del plantel, de acuerdo a las disposiciones y requisitos determinados; y XIX. A participar en actividades deportivas, culturales y sociales organizadas por el Conalep, sin ser excluidos o discriminados, debido a su edad, identidad étnica, origen natural, sexo, estado civil, condición social, condición de salud, preferencia sexual, religiosa o política, o condición de habilidad diferente, ni le serán negados por estos motivos los beneficios derivados de los servicios que el Sistema Conalep proporciona. XX. A conocer los mecanismos medios o formas en el que se le evaluara las competencias. Para tal efecto el docente tendrá la obligación de informar el mecanismo en los primeros días del ciclo escolar; XXI. A ser incorporado al régimen obligatorio del seguro social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, cuando no cuente con la misma o similar protección por parte del IMSS o cualquier otra institución de Seguridad Social. XXII. El alumno podrá justificar sus inasistencias cuando éstas sean por causas de fuerza mayor, plenamente comprobables, dentro de los dos días hábiles siguientes a las inasistencias, solicitando el trámite correspondiente en el área de Trabajo Social; en caso de cumplir con justificar las inasistencias en tiempo y forma, el alumno podrá solicitar que el docente pueda evaluar sus evidencias de las actividades que se hayan realizado durante su ausencia (siempre y cuando el docente lo considere pertinente), lo que deberá ser antes de la siguiente evaluación. Tipos de inasistencias que son justificables: Por causas de enfermedad, comprobadas mediante recetas médicas expedidas por el IMSS. ISSEMYM, CRUZ ROJA, DIF, SSA presentando los días de incapacidad. Cuando se requiera la presencia del alumno en algún evento o conferencia relativo a su formación académica o física y por lo cual no se pueda presentar. Por fallecimiento de algún familiar. OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: XXIII. Además de lo que establece el presente reglamento, el plantel Iztapalapa V, se regirá de manera interna por acuerdos hechos en juntas con padres de familia, y por los reglamentos que se expidan en laboratorios, talleres, biblioteca, aula de clases, debiendo el alumno acatarlos sin excepción alguna; XXIV. Los horarios establecidos en el plantel son los siguientes: TURNO HORARIO DE ACCESO AL PLANTEL HORARIO DE CLASES TOLERANCIA DE ENTRADA AL PLANTEL RECESO DE CLASES MATUTINO 6:45 HORAS 7:00 A 13:30 HORAS 10 MINUTOS DESPUES DE LA HORA DE ENTRADA A CLASES 9:45 A 10:15 HORAS VESPERTINO 13:50 HORAS 14:00 A 20:30 HORAS 16:30 A 17:00 HORAS XXV. Una vez dentro del plantel ningún alumno podrá abandonarlo antes de la hora de salida, salvo autorización expresa por parte de la dirección o autoridad administrativa; XXVI. La credencial es personal e intransferible, oficialmente expedida y acreditada por las autoridades del Plantel, deberá portarla durante su estancia en el mismo; mostrarla a la entrada y para todo tipo de tramite a realizar; o cuando le sea requerida. En caso de pérdida ò deterioro deberá renovarla; asimismo en caso de hacer mal uso, usurpación o falsificación de identidad de la misma se hará acreedor a la sanción correspondiente. XXVII. Cuando un docente no asista, los alumnos deberán permanecer en su aula realizando alguna actividad designada por el área de Formación Técnica, Orientación Educativa, y/o Preceptoría Escolar o en su caso se dará la salida del grupo; XXVIII. Cada alumno será responsable de sus pertenencias y de aquellos materiales, equipo o herramienta que se les proporcione, por lo que tendrá especial cuidado en el manejo de los mismos; XXIX. El alumno debe de cumplir con: a) Comportarse de manera respetuosa y con honestidad, dentro y fuera del plantel, con las Autoridades y personal del Plantel, Docentes, compañeros, demás personal y sociedad en general; b) Abstenerse de organizar, realizar o participar en cualquier tipo de actos de índole político o religioso que deterioren o perturben el funcionamiento del Plantel. c) Participar en los procesos de evaluación que para tal efecto establezca el Conalep; (CENEVAL,EGREMS, PRUEBA PLANEA); d) Participar en los programas de apoyo a la comunidad y de protección civil, cuando se le solicite; e) Cumplir con lo establecido en el reglamento o lineamientos de talleres, laboratorios, biblioteca, aulas, sanitarios, instalaciones deportivas, culturales y recreativas, así como otros espacios de uso común determinados por el plantel;

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Page 1: Iztapalapa V Dirección...a las inasistencias, solicitando el trámite correspondiente en el área de Trabajo Social; en caso de cumplir con justificar las inasistencias en tiempo

gob.mx/conalep

Iztapalapa V Dirección

Ahuehuetes s/n, Col. Santa Martha Acatitla, Iztapalapa, Distrito Federal CP 09530 Tel. 01 (55) 57-33-94-16, fax 57-38-18-79

ANTES DE INSCRIBIR O REINSCRIBIR AL ALUMNO(A) HEMOS LEIDO EL REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO Y FIRMAMOS AL CALCE EN EL CONTRA

RECIBO, EN ACEPTACIÓN AL MISMO, CONSCIENTE DE QUE EJERCEREMOS TANTO NUESTROS DERECHOS COMO OBLIGACIONES, EN BENEFICIO DEL

DESEMPEÑO ACADEMICO, FISICO Y MENTAL DEL ESTUDIANTE ( CICLO ESCOLAR ) 1-1920 y 2-1920.

REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO Y ACADEMICO

INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN I. Serán considerados alumnos de este plantel quienes hayan cumplido con los requisitos de ingreso y realicen oportunamente el trámite de inscripción o

reinscripción, conforme a lo establecido en el reglamento Escolar para Alumnos del Sistema Nacional del Colegio de Educación Profesional Técnica. II. Para reinscribirse el alumno debe sujetarse a las fechas establecidas en el calendario escolar emitido por el plantel, así como cubrir las cuotas voluntarias y

requisitos correspondientes. III. El expediente físico del alumno así como sus datos personales son de uso exclusivo del plantel, por el respeto y confidencialidad que representa la propiedad

del cliente.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS IV. Que se resguarden sus datos personales de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

y sus reglamentos correlativos; así como los lineamientos de Protección de Datos Personales. V. Recibir de parte de las autoridades, de los docentes, del personal administrativo y de servicios del plantel; así como de sus propios compañeros; un trato justo,

digno y de respeto; VI. A expresar sus ideas libremente a título personal y a nombre del Plantel, del Colegio o del Sistema Conalep cuando se le requiera, sin más limitaciones que la

de no propiciar el deterioro o perturbar el funcionamiento del Plantel; VII. A conocer el plan y programas de estudios, forma de evaluación, acreditación y regularización; así como los recursos académicos y materiales educativos

requeridos para el proceso enseñanza-aprendizaje del cual es sujeto; VIII. A que se cumpla en tiempo y forma el plan de estudios vigente de la carrera en que se encuentra inscrito. IX. A ingresar a talleres y laboratorios en los horarios determinados, de acuerdo con los requisitos establecidos por el plantel; X. A hacer uso del servicio de biblioteca del plantel en el cual se encuentra inscrito, de acuerdo con los requisitos establecidos para tal efecto; XI. A hacer uso del equipo, instalaciones, herramientas y materiales destinados a la realización de las prácticas en laboratorios y talleres; XII. A recibir de manera personal y en el plazo establecido para ello, información acerca de los resultados de su evaluación;

XIII. A solicitar en caso de inconformidad, rectificación de calificación, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 80 del Reglamento Escolar para Alumnos del Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica;

XIV. A solicitar evaluación de competencias con fines de certificación; XV. A elegir o ser electo como representante de grupo; XVI. A que se le emita por escrito recibo de los documentos originales que entregue como requisitos para los servicios educativos que solicite; XVII. A solicitar beca de acuerdo a la normatividad establecida para tal efecto; XVIII. Hacer uso de las instalaciones deportivas, culturales o de esparcimiento del plantel, de acuerdo a las disposiciones y requisitos determinados; y XIX. A participar en actividades deportivas, culturales y sociales organizadas por el Conalep, sin ser excluidos o discriminados, debido a su edad, identidad étnica,

origen natural, sexo, estado civil, condición social, condición de salud, preferencia sexual, religiosa o política, o condición de habilidad diferente, ni le serán negados por estos motivos los beneficios derivados de los servicios que el Sistema Conalep proporciona.

XX. A conocer los mecanismos medios o formas en el que se le evaluara las competencias. Para tal efecto el docente tendrá la obligación de informar el mecanismo en los primeros días del ciclo escolar;

XXI. A ser incorporado al régimen obligatorio del seguro social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, cuando no cuente con la misma o similar protección por parte del IMSS o cualquier otra institución de Seguridad Social.

XXII. El alumno podrá justificar sus inasistencias cuando éstas sean por causas de fuerza mayor, plenamente comprobables, dentro de los dos días hábiles siguientes a las inasistencias, solicitando el trámite correspondiente en el área de Trabajo Social; en caso de cumplir con justificar las inasistencias en tiempo y forma, el alumno podrá solicitar que el docente pueda evaluar sus evidencias de las actividades que se hayan realizado durante su ausencia (siempre y cuando el docente lo considere pertinente), lo que deberá ser antes de la siguiente evaluación.

Tipos de inasistencias que son justificables:

Por causas de enfermedad, comprobadas mediante recetas médicas expedidas por el IMSS. ISSEMYM, CRUZ ROJA, DIF, SSA presentando los días de incapacidad.

Cuando se requiera la presencia del alumno en algún evento o conferencia relativo a su formación académica o física y por lo cual no se pueda presentar.

Por fallecimiento de algún familiar.

OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: XXIII. Además de lo que establece el presente reglamento, el plantel Iztapalapa V, se regirá de manera interna por acuerdos hechos en juntas con padres de familia, y

por los reglamentos que se expidan en laboratorios, talleres, biblioteca, aula de clases, debiendo el alumno acatarlos sin excepción alguna; XXIV. Los horarios establecidos en el plantel son los siguientes:

TURNO HORARIO DE ACCESO AL PLANTEL

HORARIO DE CLASES TOLERANCIA DE ENTRADA AL PLANTEL

RECESO DE CLASES

MATUTINO 6:45 HORAS 7:00 A 13:30 HORAS 10 MINUTOS DESPUES DE LA HORA DE ENTRADA A CLASES

9:45 A 10:15 HORAS

VESPERTINO 13:50 HORAS 14:00 A 20:30 HORAS 16:30 A 17:00 HORAS XXV. Una vez dentro del plantel ningún alumno podrá abandonarlo antes de la hora de salida, salvo autorización expresa por parte de la dirección o autoridad

administrativa; XXVI. La credencial es personal e intransferible, oficialmente expedida y acreditada por las autoridades del Plantel, deberá portarla durante su estancia en el mismo;

mostrarla a la entrada y para todo tipo de tramite a realizar; o cuando le sea requerida. En caso de pérdida ò deterioro deberá renovarla; asimismo en caso de hacer mal uso, usurpación o falsificación de identidad de la misma se hará acreedor a la sanción correspondiente.

XXVII. Cuando un docente no asista, los alumnos deberán permanecer en su aula realizando alguna actividad designada por el área de Formación Técnica, Orientación Educativa, y/o Preceptoría Escolar o en su caso se dará la salida del grupo;

XXVIII. Cada alumno será responsable de sus pertenencias y de aquellos materiales, equipo o herramienta que se les proporcione, por lo que tendrá especial cuidado en el manejo de los mismos;

XXIX. El alumno debe de cumplir con: a) Comportarse de manera respetuosa y con honestidad, dentro y fuera del plantel, con las Autoridades y personal del Plantel, Docentes, compañeros, demás

personal y sociedad en general; b) Abstenerse de organizar, realizar o participar en cualquier tipo de actos de índole político o religioso que deterioren o perturben el funcionamiento del Plantel. c) Participar en los procesos de evaluación que para tal efecto establezca el Conalep; (CENEVAL,EGREMS, PRUEBA PLANEA); d) Participar en los programas de apoyo a la comunidad y de protección civil, cuando se le solicite; e) Cumplir con lo establecido en el reglamento o lineamientos de talleres, laboratorios, biblioteca, aulas, sanitarios, instalaciones deportivas, culturales y

recreativas, así como otros espacios de uso común determinados por el plantel;

Page 2: Iztapalapa V Dirección...a las inasistencias, solicitando el trámite correspondiente en el área de Trabajo Social; en caso de cumplir con justificar las inasistencias en tiempo

Iztapalapa V Dirección

Ahuehuetes s/n, Col. Santa Martha Acatitla, Iztapalapa, Distrito Federal CP 09530 Tel. 01 (55) 57-33-94-16, fax 57-38-18-79

f) Acatar la sanción que se le aplique por haber incurrido en alguna infracción, g) Cumplir con las medidas preventivas, de seguridad y Protección Civil o higiénicas dictadas por el Plantel con el fin de preservar su salud o su seguridad; h) Presentar cuando se le requiera por parte de la autoridad del plantel, los documentos que acredite, en su caso, la vigencia de derechos para recibir la protección

por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social o cualquier otra institución de Seguridad Social ; i) Asistir puntualmente a todas sus clases, laboratorios, talleres, prácticas, programas de desarrollo integral del estudiante, servicio social y prácticas profesionales,

en el lugar y a la hora previamente establecidas, supeditándose al registro y control que existen para tal efecto; j) Cumplir con las actividades académicas solicitadas por los docentes, participar en las actividades de evaluación señaladas en el programa de estudios; así como

los programas que contribuyan a la permanencia y desarrollo del alumno, establecidos por el CONALEP; k) Cumplir con los mecanismos, medios o formas en el que se le evaluaran las competencias; l) Cumplir con el Servicio Social, por una duración de 6 meses o 480 horas, a partir de cuarto semestre; m) Cumplir con las Prácticas Profesionales por una duración de 360 horas, a partir de quinto semestre; n) El alumno a su ingreso al Plantel, así como durante su estancia, debe portar su uniforme escolar formal (Suéter ò chaleco, pantalón de vestir no entubado,

playera, falda, calzado escolar según corresponda a su grado escolar y a su género), de lunes a viernes. Deberà portarlo en forma obligatoria y adecuadamente dentro de las instalaciones del Plantel y/o en eventos en los que participe.

o) Los Varones, no pueden ingresar ni permanecer en el Plantel con tenis, botas, gorras, lentes obscuros, cadenas, guantes con estoperoles de cualquier tipo, parches en la nariz, piercing, (perforaciones con aretes) en lugares visibles (cejas, nariz, oreja, mentón, lengua), así mismo las uñas por ningún motivo deberán ser largas y/o pintadas, también sin maquillaje; y/o cualquier accesorio o atuendo que deteriore su imagen de estudiante.

p) Las mujeres no pueden ingresar ni permanecer en el plantel con tenis, botas, gorras, lentes obscuros, cadenas, guantes con estoperoles de cualquier tipo, parches en la nariz, piercing, (perforaciones con aretes) en lugares visibles (cejas, nariz, oreja, mentón, lengua); con maquillaje exagerado y/o cualquier accesorio o atuendo que deteriore su imagen de estudiante.

q) El corte de cabello en los Varones debe ser corto ò regular, color natural, (Estrictamente prohibibo traer el cabello teñido, rastas, rayitos, etc.); y en las mujeres con el cabello normal natural, (Estrictamente prohibido el teñido y/o decoloración del cabello, peinados extravagantes, rastras, rayitos, etc.);

r) No portar teléfono celular así como aparatos que graben imágenes o reproduzcan música dentro de la institución.

INFRACCIONES

XXX. De acuerdo al reglamento escolar vigente se consideran infracciones las siguientes: a) Incumplimiento a las reglas de convivencia establecida por la dirección del plantel en acuerdo por escrito con padres de familia; b) No portar el uniforme, c) Incurrir en conductas inadecuadas o en actos de indisciplina en el plantel o fuera del mismo, donde esté realizando cualquier actividad relacionada con su

formación y que este bajo la responsabilidad el plantel; d) Copiar en cualquier proceso de evaluación individualizada del aprendizaje o reproducir trabajos o información de otros alumnos, para presentarlos como propios

en sus evaluaciones; e) Faltar el respeto a cualquiera de los integrantes de la comunidad del sistema Conalep; f) Suplantar a cualquier autoridad del plantel o algún otro alumno; g) Portar, usar o vender armas de fuego, blancas u otras de cualquier tipo; h) Sustraer sin autorización por escrito, información, documentación, herramientas, materiales o equipo del plantel; i) Ingerir, portar, distribuir, vender y/o comprar dentro del plantel o su área de influencia, bebidas alcohólicas, drogas, o cualquier tipo de sustancia adictiva

prohibida; o en su caso ingresar al plantel bajo los efectos de sustancias adictivas o en estado de ebriedad; j) Apoderarse de las instalaciones o realizar cualquier tipo de acto que altere el funcionamiento del plantel; k) Agredir física o verbalmente, así como a través de impresos en medios físicos o electrónicos como las redes sociales, a cualquier integrante de la comunidad del

sistema Conalep u otro que tenga relación a este; l) Dañar o deteriorar intencionalmente la infraestructura y equipamiento del plantel; m) Falsificar, sustraer o alterar documentación oficial así como realizar cualquier acto fraudulento con esta; n) Apoderarse de cuentas y/o contraseña asignada a servidores públicos y docentes del plantel; para acceder a los sistemas informáticos oficiales del sistema

Conalep y alterar registros existentes o incorporar información no autorizada; o) Cometer algún delito en las instalaciones del plantel o área de influencia del mismo; p) Difundir videos y/o escritos de manera física o virtual que dañen la imagen del plantel o del sistema Conalep;

SANCIONES Las sanciones impuestas al alumno que infrinja las disposiciones establecidas en el presente Reglamento así como en la normatividad Institucional vigente, son las siguientes: Amonestación escrita; Suspensión temporal; y Baja definitiva por motivos de conducta. El tipo de sanción dependerá de la gravedad de la falta, los casos no previstos y/o que por la gravedad lo ameriten serán resueltos por la autoridad correspondiente.

EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE La evaluación del aprendizaje de un alumno se deberá realizar conforme a lo establecido en la guía de evaluación que corresponde al programa de estudios del módulo, para lo cual el alumno deberá integrar y resguardar un portafolio con todas las evidencias de aprendizaje requeridas, una vez que éstas hayan sido valoradas por el docente; quien a su vez llevará el registro de dichas evidencias en una bitácora. El portafolio del alumno deberá contener evidencias de aprendizaje y evaluación que demuestren la aplicación de actividades de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación, congruentes con los programas y guías pedagógicas diseñadas para tal efecto. Se considerara que un alumno acreditó un módulo cuando al concluir el semestre el resultado de aprendizaje sea igual o superior al 7.0 El alumno que no acredite un módulo podrá regularizar su situación académica, sujetándose a la programación y disposición del plantel de acuerdo con los siguientes:

1. Cursándolo en el semestre regular; 2. Presentando asesorías complementarias intersemestrales, cuando el alumno haya obtenido por lo mensos 50% de evaluación acumulada al final del curso. 3. Presentando asesorías complementarias semestrales cuando el alumno haya obtenido menos del 50% de la evaluación acumulada al final del curso. 4. Recursando el módulo, cuando el alumno no haya acreditado asesorías complementarias intersemestrales, o complementarias semestrales. 5. Por equivalencias de estudios. 6. Por evaluación de competencias adquiridas de manera autodidacta, por capacitación o por experiencia en el trabajo. 7. Por portabilidad de estudios.

REGULARIZACIÓN ACADÉMICA El alumno podrá regularizar su situación académica sujetándose a las condiciones de programación y disponibilidad del plantel, de acuerdo con lo siguiente:

Tomando Asesorías Complementarias Intersemestrales las ocasiones que requiera, siempre y cuando haya obtenido al cursar o recursar el módulo por lo menos el 50% de evaluación acumulada.

Tomando Asesorías Complementarias Semestrales las ocasiones que requiera, cuando al cursar o recursar un módulo obtuvo menos del 50% de evaluación acumulada.

Recursando el módulo durante un ciclo semestral; y

gob.mx/conalep

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Iztapalapa V Dirección

Ahuehuetes s/n, Col. Santa Martha Acatitla, Iztapalapa, Distrito Federal CP 09530 Tel. 01 (55) 57-33-94-16, fax 57-38-18-79

Cuando el Titular del Colegio Estatal, UODDF o de la RCEO; presente solicitud debidamente justificada, el Titular de la Dirección de Servicios Educativos podrá autorizar cursar módulos no cursados, a través de Asesorías Complementarias Semestrales.

El alumno podrá tomar Asesorías Complementarias Intersemestrales de hasta tres módulos como máximo, pudiendo ser de módulos no acreditados durante el último ciclo semestral cursado o de ciclos semestrales anteriores, de acuerdo con lo siguiente:

Durante los meses de enero y julio respectivamente; y

Cuando el director del plantel solicite y le autorice el Colegio Estatal, UODDF o de la RCEO, según corresponda, se podrá incorporar alumnos que obtuvieron por lo menos el 50% de evaluación acumulada; a regularizarse en periodo semestral con los alumnos que toman asesorías complementarias semestrales, sin alterar la programación.

El alumno deberá presentar la solicitud en la ventanilla de Servicios Escolares del plantel, para tomar asesoría complementaria o recursar módulos; acompañada del comprobante de pago correspondiente. Dada la importancia de la asistencia a clases y en virtud de que el alumno se prepare para ocupar puestos importantes en las empresas, debe cubrir como mínimo el 80 % de asistencia en el semestre. Cuando el alumno no presente ningún tipo de evidencia para poder acreditar una actividad, el resultado de la actividad será asignada como NO PRESENTÓ. Concluido el plan de estudios y trámites, se expedirá a los alumnos constancias, certificados, diplomas y títulos que acredite y legalice los estudios que cursaron.

SON OBLIGACIONES DE LOS PADRES. I. Firmar y atender los comunicados enviados por el plantel (citatorios, cartas, amonestaciones); II. Conocer y apoyar las actividades y programas de estudio del colegio; III. Procurar en el hogar un ambiente sano que favorezca la educación de sus hijos; IV. Tener sumo cuidado de proveer al alumno, de los útiles y materiales necesarios para el desarrollo de sus actividades escolares, así mismo

de que porten el uniforme con limpieza y dignidad de acuerdo al modelo estipulado y en perfecto estado de limpieza; V. Asistir puntualmente a las juntas de padres de familia, para verificar el avance individualizado de su hijo así como el llamado de las

autoridades del plantel, son 3 reuniones; VI. Vigilar que se cumplan las normas estipuladas en este reglamento así como las tareas escolares; VII. Estimular y apoyar el aprovechamiento y buena conducta de los alumnos; VIII. Asistir de forma constante a informarse de la conducta y avance académico del alumno; IX. Resarcir el deterioro o daño que el alumno ocasione al mobiliario, equipo o infraestructura, así como a terceros; X. Conocer el procedimiento y las reglas de las actividades culturales y deportivas, prácticas profesionales, servicio social y titulación. XI. Por protocolo de seguridad, estar al pendiente y participar con la institución educativa, a realizar y llevar a cabo, la practica de operación

mochila, en base a los lineamientos que establece dicha actividad. Apoyar el establecimiento de cámaras de video, instaladas en el plantel, como medida preventiva, para salvaguardar la integridad del alumno, en caso de algún siniestro, sismos, tormentas, asaltos, etc. Dichos videos se mantendrán bajo estricto resguardo de la institución.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- EL PRESENTE REGLAMENTO ES UN EXTRACTO DEL REGLAMENTO ORIGINAL, ASÍ COMO LOS ACUERDOS TOMADOS EN REUNIONES DE TRABAJO CON PADRES DE FAMIILIA Y TUTORES; PARA MEJOR COMPRENSIÓN, SI USTED DESEA CONOCERLO A FONDO PODRA ACCEDER A: www.conalep.edu.mx HEMOS LEÍDO EL REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO Y ACADÉMICO, Y FIRMAMOS EN ACEPTACIÓN AL MISMO. NOMBRE Y FIRMA DEL ALUMNO (A): ___________________________________________________________________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL PADRE O TUTOR (A) : ____________________________________________________________________________________________________

gob.mx/conalep