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) IVA REGIMEN ESPECIAL CRITERIO DE CAJA (RECC)

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REGIMEN ESPECIAL CRITERIO DE CAJA ( RECC). ). IVA. VIVENDI BUSINESS. CRITERIOS DE CAJA. CRITERIO DE CAJA SIMPLE : Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente. Deducción del IVA soportado: (Reglas generales) Cuando recibo la factura. CRITERIO DE CAJA DOBLE : - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: IVA

)IVA

REGIMEN ESPECIAL

CRITERIO DE CAJA (RECC)

Page 2: IVA

CRITERIOS DE CAJA

CRITERIO DE CAJA SIMPLE: Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente.Deducción del IVA soportado: (Reglas generales) Cuando recibo la factura.

CRITERIO DE CAJA DOBLE:Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente.Deducción del IVA soportado: Cuando pago al proveedor.

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SISTEMA DE CAJA DOBLE

Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Requisitos: Volumen de operaciones Cobros en efectivo Opción Renuncia Exclusión

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VOLUMEN OPERACIONES

VO < 2M realizadas en el TAI

VO -IVA-RE-CA de las EB y PS + OE

Año anterior opción RECC.

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VOLUMEN DE OPERACIONES

Volumen Operaciones anual < 2 Millones € realizadas en Territorio de Aplicación del Impuesto.(TAI)

(Inicio de actividad año anterior: VO se eleva al año para el cálculo de alta en el siguiente.)(Inicio actividad se puede aplicar el RECC ese año)

Cálculo: Volumen de operaciones es decir, todas las Entregas de Bienes y Prestaciones de Servicios y operaciones exentas de iva menos:

IVA Operaciones con recargo de equivalencia Compensaciones Agrarias

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Cobros en efectivo

Los cobros en efectivo de un mismo destinatarios no puede superar el importe de 100.000 euros anuales.

Efectivo: Billetes, monedas y cheques al portador.

Limitación efectivo al importe < o = 2.500 euros ó 15.000 euros para No Residentes.

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OPCION,RENUNCIA,EXCLUSIÓN

OPCIÓN: Declaración censal, modelos 036 o 037 presentada en el mes de diciembre anterior al año en que se desea aplicar el RECC. Prórroga automática para los siguientes ejercicios sino se renuncia. Solicitud al inicio de actividad.

RENUNCIA: Declaración censal, modelos 036 o 037 presentada en el mes de diciembre anterior al año en que se desea renunciar al RECC.

No se podrá solicitar de nuevo hasta pasados tres años.

EXCLUSION: Superar volumen de operaciones Superar importe cobros de un mismo destinatarioLa exclusión tiene efectos sólo para el siguiente ejercicio. En diciembre de ese ejercicio se puede solicitar de nuevo.

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REGIMENES EXCLUIDOS Régimen simplificado

Régimen de agricultura, ganadería y pesca

Recargo de equivalencia

Régimen del oro de inversión

Régimen aplicado a los servicios prestados vía telemática

Régimen grupo de entidades

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Page 9: IVA

OPERACIONES EXCLUIDAS

OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

EXPORTACIONES Y OPERACIONES ASIMILADAS A LAS EXPORTACIONES

IMPORTACIONES Y OPERACIONES ASIMILADAS A LAS IMPORTACIONES

SUPUESTOS DE INVERSIÓN DE SUJETO PASIVO

AUTOCONSUMOS DE BIENES Y SERVICIOS

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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC I

Obligaciones Formales:

Libros registro de facturas emitidas y recibidas por fecha realización las no en RECC (criterio general).

Las que están en RECC se añadirá: Indicar operación acogida al RECC Fecha cobro/pago total o parcial e importe Indicación medio de cobro/pago o cuenta bancaria.

Indicar en Factura: “Régimen del Criterio de Caja” Modelo 347 doble declaración:

Declara la operación en RECC según devengo general(trimestral) Declara la operación en RECC según Criterio de caja (Anual)

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Page 11: IVA

SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC II

IVA REPERCUTIDO DE SU FACTURA EXPEDIDA:

Debe ingresar el IVA cuando:

Cobre total o parcialmente la factura emitida hasta el 31 de diciembre del año siguiente.

Si no ha cobrado la factura deberá ingresar el IVA el 31 de diciembre del año siguiente a la fecha de realización.

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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC III

IVA SOPORTADO DE LA FACTURA RECIBIDA:

Debe deducirse el IVA cuando:

Pague total o parcialmente la factura recibida hasta el 31 de diciembre del año siguiente.

Si no ha pagado la factura deberá deducir el IVA el 31 de diciembre del año siguiente a la fecha de realización.

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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC III

Acreditación/Justificación del cobro/pago:

Deberá acreditarse el momento del cobro/pago del precio de la factura.

Justificante: Cualquier medio de prueba. Anotación en el libro registro de la fecha, importe, medio

de cobro/pago o cuenta bancaria.

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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC IV

Concurso Acreedores

Devengo de cuotas repercutidas por el sujeto pasivo acogido al RECC aún no cobradas de sus clientes.

Deducción de las cuotas soportadas por el sujeto pasivo acogido al RECC aún no pagadas a sus proveedores.

Deducción de las cuotas soportadas por el sujeto pasivo no acogido al RECC que aún no había pagado a su proveedor en RECC

VIVENDI BUSINESS

Page 15: IVA

Sujeto Pasivo NO acogido al RECC

Si recibe una factura de su proveedor indicando que aplica el criterio de caja, deberá aplicar el criterio de caja aunque no aplique el RECC, es decir, deberá deducirse el IVA en el trimestre que pague la factura.

Indicará en el libros registro de IVA la fecha de pago y el medio de pago o cuenta bancaria.

Modelo 347 igual que el aplicado en el RECC.

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IVA Y PRODUCTIVIDADCON IVA  

TRIGO AGRICOLA   PANIFICADORA  PANADERO TOTAL

   REPERCUTIDO BI 300 500 700   4% 12 20 28    SOPORTADO BI 0 300 500   4% 0 12 20    PAGO HACIENDA   12   8   8 28      

SIN IVA  TRIGO AGRICOLA   PANIFICADORA  PANADERO TOTAL

   REPERCUTIDO BI 300 500 700   4% 0 0 28    SOPORTADO BI 0 300 500   4% 0 0 0    PAGO HACIENDA   0   0   28 28

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