iva
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REGIMEN ESPECIAL CRITERIO DE CAJA ( RECC). ). IVA. VIVENDI BUSINESS. CRITERIOS DE CAJA. CRITERIO DE CAJA SIMPLE : Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente. Deducción del IVA soportado: (Reglas generales) Cuando recibo la factura. CRITERIO DE CAJA DOBLE : - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
)IVA
REGIMEN ESPECIAL
CRITERIO DE CAJA (RECC)
CRITERIOS DE CAJA
CRITERIO DE CAJA SIMPLE: Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente.Deducción del IVA soportado: (Reglas generales) Cuando recibo la factura.
CRITERIO DE CAJA DOBLE:Devengo del IVA: Cuando cobro del cliente.Deducción del IVA soportado: Cuando pago al proveedor.
VIVENDI BUSINESS
SISTEMA DE CAJA DOBLE
Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Requisitos: Volumen de operaciones Cobros en efectivo Opción Renuncia Exclusión
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VOLUMEN OPERACIONES
VO < 2M realizadas en el TAI
VO -IVA-RE-CA de las EB y PS + OE
Año anterior opción RECC.
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VOLUMEN DE OPERACIONES
Volumen Operaciones anual < 2 Millones € realizadas en Territorio de Aplicación del Impuesto.(TAI)
(Inicio de actividad año anterior: VO se eleva al año para el cálculo de alta en el siguiente.)(Inicio actividad se puede aplicar el RECC ese año)
Cálculo: Volumen de operaciones es decir, todas las Entregas de Bienes y Prestaciones de Servicios y operaciones exentas de iva menos:
IVA Operaciones con recargo de equivalencia Compensaciones Agrarias
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Cobros en efectivo
Los cobros en efectivo de un mismo destinatarios no puede superar el importe de 100.000 euros anuales.
Efectivo: Billetes, monedas y cheques al portador.
Limitación efectivo al importe < o = 2.500 euros ó 15.000 euros para No Residentes.
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OPCION,RENUNCIA,EXCLUSIÓN
OPCIÓN: Declaración censal, modelos 036 o 037 presentada en el mes de diciembre anterior al año en que se desea aplicar el RECC. Prórroga automática para los siguientes ejercicios sino se renuncia. Solicitud al inicio de actividad.
RENUNCIA: Declaración censal, modelos 036 o 037 presentada en el mes de diciembre anterior al año en que se desea renunciar al RECC.
No se podrá solicitar de nuevo hasta pasados tres años.
EXCLUSION: Superar volumen de operaciones Superar importe cobros de un mismo destinatarioLa exclusión tiene efectos sólo para el siguiente ejercicio. En diciembre de ese ejercicio se puede solicitar de nuevo.
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REGIMENES EXCLUIDOS Régimen simplificado
Régimen de agricultura, ganadería y pesca
Recargo de equivalencia
Régimen del oro de inversión
Régimen aplicado a los servicios prestados vía telemática
Régimen grupo de entidades
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OPERACIONES EXCLUIDAS
OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS
EXPORTACIONES Y OPERACIONES ASIMILADAS A LAS EXPORTACIONES
IMPORTACIONES Y OPERACIONES ASIMILADAS A LAS IMPORTACIONES
SUPUESTOS DE INVERSIÓN DE SUJETO PASIVO
AUTOCONSUMOS DE BIENES Y SERVICIOS
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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC I
Obligaciones Formales:
Libros registro de facturas emitidas y recibidas por fecha realización las no en RECC (criterio general).
Las que están en RECC se añadirá: Indicar operación acogida al RECC Fecha cobro/pago total o parcial e importe Indicación medio de cobro/pago o cuenta bancaria.
Indicar en Factura: “Régimen del Criterio de Caja” Modelo 347 doble declaración:
Declara la operación en RECC según devengo general(trimestral) Declara la operación en RECC según Criterio de caja (Anual)
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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC II
IVA REPERCUTIDO DE SU FACTURA EXPEDIDA:
Debe ingresar el IVA cuando:
Cobre total o parcialmente la factura emitida hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
Si no ha cobrado la factura deberá ingresar el IVA el 31 de diciembre del año siguiente a la fecha de realización.
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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC III
IVA SOPORTADO DE LA FACTURA RECIBIDA:
Debe deducirse el IVA cuando:
Pague total o parcialmente la factura recibida hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
Si no ha pagado la factura deberá deducir el IVA el 31 de diciembre del año siguiente a la fecha de realización.
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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC III
Acreditación/Justificación del cobro/pago:
Deberá acreditarse el momento del cobro/pago del precio de la factura.
Justificante: Cualquier medio de prueba. Anotación en el libro registro de la fecha, importe, medio
de cobro/pago o cuenta bancaria.
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SUJETO PASIVO ACOGIDO AL RECC IV
Concurso Acreedores
Devengo de cuotas repercutidas por el sujeto pasivo acogido al RECC aún no cobradas de sus clientes.
Deducción de las cuotas soportadas por el sujeto pasivo acogido al RECC aún no pagadas a sus proveedores.
Deducción de las cuotas soportadas por el sujeto pasivo no acogido al RECC que aún no había pagado a su proveedor en RECC
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Sujeto Pasivo NO acogido al RECC
Si recibe una factura de su proveedor indicando que aplica el criterio de caja, deberá aplicar el criterio de caja aunque no aplique el RECC, es decir, deberá deducirse el IVA en el trimestre que pague la factura.
Indicará en el libros registro de IVA la fecha de pago y el medio de pago o cuenta bancaria.
Modelo 347 igual que el aplicado en el RECC.
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IVA Y PRODUCTIVIDADCON IVA
TRIGO AGRICOLA PANIFICADORA PANADERO TOTAL
REPERCUTIDO BI 300 500 700 4% 12 20 28 SOPORTADO BI 0 300 500 4% 0 12 20 PAGO HACIENDA 12 8 8 28
SIN IVA TRIGO AGRICOLA PANIFICADORA PANADERO TOTAL
REPERCUTIDO BI 300 500 700 4% 0 0 28 SOPORTADO BI 0 300 500 4% 0 0 0 PAGO HACIENDA 0 0 28 28
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