iv. proyectos y necesidades proyectos y necesidad… · en el plan de estudios de la especialidad...
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PROYECTOS Y NECESIDADES 133
IV. PROYECTOS Y NECESIDADES
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1. PROYECTOS
En sesión ordinaria de 26 de octubre de 2011 del Pleno del Consejo
de la Judicatura Federal, el Ministro Presidente Juan N. Silva Meza, presen-
tó una propuesta de acuerdo, relacionada con la implementación de las
Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Ju-
dicial de la Federación, la cual está siendo analizada por el órgano máximo
del Consejo.
Dicha propuesta se estima plausible, toda vez que con ella se pre-
tenden armonizar las actividades de todos los órganos del Consejo involu-
crados en la implementación de las Reformas constitucionales, en un en-
granaje encaminadas a una misma meta, de modo que pensamos que el
Pleno habrá de aprobar ese acuerdo y, como consecuencia, seguiremos
las pautas en él establecidas.
En adelante a lo que correspondería a este Instituto de la Judicatura
Federal en ese plan, se trabajará en la integración de propuestas que en su
oportunidad se someterán a las instancias competentes para su realización.
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Las propuestas que se han concebido son las siguientes:
1.1 Formación, capacitación y actualización
Las líneas que orientan nuestra actividad y que seguirán rigiendo
nuestros proyectos son las siguientes:
a) Apertura de la formación judicial a los principales desarrollos de la
ciencia jurídica nacional e internacional.
b) Consolidación del Instituto de la Judicatura Federal como institu-
ción de educación superior, en materia jurisdiccional.
c) Ampliar los alcances de las actividades académicas del Instituto,
mediante el empleo de las tecnologías de la información y comu-
nicación.
d) Fomentar la participación activa de todos los alumnos, mediante la
realización de lecturas, mesas redondas, foros, conferencias, etc.
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Curso “La Oralidad en el Proceso Mercantil”
Con este curso se pretende dar a conocer a la comunidad del Poder
Judicial de la Federación, la reforma al Código de Comercio, en materia
de oralidad en el proceso mercantil. Tendría una duración de 30 horas y se
impartiría en forma presencial en la sede central del Instituto, así como en
algunas extensiones que por el número de inscritos justifican que algunas
sesiones presenciales sean trasladas a ellas.
El programa y plan de estudios de este curso fue aprobado por el
Comité Académico en sesión de 27 de octubre de este año.
Curso sobre las Reformas Constitucionales en Materia de Amparo y
de Derechos Humanos e Implicaciones para el Trabajo Jurisdiccional,
dirigido a secretarios de tribunal y de juzgado de distrito,
y a otros servidores
Derivado del “Seminario introductorio. Reformas constitucionales en
materia de amparo y de derechos humanos e implicaciones para el trabajo
jurisdiccional”, dirigido a jueces de distrito y magistrados de circuito impar-
tido en septiembre de 2011, se cuenta con un importante acervo videográ-
fico, que puede servir como material permanente de consulta.
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Una de las actividades inmediatas, a realizar en el ejercicio que se
inicia, consiste en la impartición de un curso de actualización a los secre-
tarios de tribunal y de juzgado de distrito, así como para los defensores y
asesores, que se ha diseñado en la modalidad mixta (presencial, virtual y
en video conferencia). A fase virtual contará con videos y materiales de to-
das las sesiones que se impartieron en las siete sedes en las que se llevó a
cabo el “Seminario introductorio. Reformas constitucionales en materia de
amparo y de derechos humanos e implicaciones para el trabajo jurisdiccio-
nal”, así como con bibliografía sobre la materia del curso. Se propone que
los videos del seminario sean vistos y analizados en grupo, a fin de motivar
el intercambio de ideas y el debate. Los alumnos podrían formular pregun-
tas, presentar problemas y comentarios por escrito y enviarlos al Instituto
a través del Foro de discusión del campus virtual, a fin de que puedan ser
seleccionadas y se sometan a consideración de los ponentes en la etapa
presencial.
La etapa presencial se desarrollaría mediante una mesa redonda por
cada tema, con sede rotativa transmitiéndose mediante el sistema de video
conferencia a las extensiones del Instituto. Las mesas redondas estarían
integradas de tres a cinco ponentes, cada sesión durará tres horas y se
realizarían cada semana.
Con lo anterior se busca llevar a la gran mayoría de operadores ju-
diciales y auxiliares, la enseñanza introductoria que han recibido los jueces
y magistrados, como plataforma de lanzamiento de la programación de
mayor alcance e impacto en esa importante materia, a fin de enfrentar con
éxito los grandes retos que representan las reformas constitucionales.
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Curso “El Poder Judicial de la Federación y el Derecho Internacional
de los Derechos Humanos: Hacia un control de convencionalidad y
correcta aplicación de los instrumentos Internacionales”
Como parte de las actividades de capacitación y actualización sobre
la reforma constitucional en materia de derechos humanos, se está pre-
parando un curso de 84 horas, aproximadamente, el cual sería impartido
en coordinación con la Fundación Konrad-Adenauer. Este curso acercará
a los funcionarios judiciales a doctrina consolidada sobre los conceptos
fundamentales vinculados con el control de convencionalidad. Una vez que
se concrete este proyecto será presentado al Comité Académico y en su
oportunidad a la Comisión de Carrera Judicial.
Reproducción del Diplomado sobre Acciones Colectivas
Dado el éxito de este Diplomado, en los nuevos programas acadé-
micos de este Instituto, se procurará seguir el modelo docente en él adop-
tado y en 2012 se convocará a su segunda edición, para dar respuesta a
todos aquellos funcionarios del Poder Judicial de la Federación que en la
primera no tuvieron la oportunidad de cursarlo.
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Curso sobre teoría y práctica de la prueba
La prueba de los hechos constituye una parte toral de la confronta-
ción de pretensiones características de los litigios sometidos a la decisión
de los jueces y magistrados federales, en las diferentes materias que son
de su competencia.
De los múltiples y diversos objetos de prueba que se dan en la vida
del derecho se ocupa la teoría de la prueba, cuya enseñanza facilita la bús-
queda y hallazgo de las diferentes fuentes de prueba, y ayuda al mejor
empleo de los medios que el derecho probatorio pone a disposición de los
operadores jurídicos.
Por consiguiente, durante el ejercicio que se inicia habrá de some-
terse a la consideración del Consejo de la Judicatura Federal, la propuesta
de creación de un curso de teoría y práctica de la prueba a impartirse por
expertos nacionales y extranjeros, a fin de dotar a los operadores judiciales
de mayores elementos cognitivos que se traduzcan en una mejor decisión
de las controversias que deban resolver.
Formación en pensamiento crítico
En el Plan de Estudios de la Especialidad en Administración de
Justicia en Juzgados de Distrito, se incluyó un programa de formación en
pensamiento crítico. Se partió de la premisa de que, con el dominio del
pensamiento crítico los juzgadores quedan en condiciones de aplicar mé-
todos universalmente probados, que les permiten cuestionarse, evaluar sus
propias soluciones, sistematizar su práctica profesional, mejorándola de
manera continua, sin caer en las falacias empleadas frecuentemente en los
litigios, transponiendo sus propios perjuicios.
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Considero que la formación en pensamiento crítico no debe ser ex-
clusiva de la especialidad dirigida a los secretarios que aspiran al cargo de
juez de distrito; debe integrarse en todos los programas de formación para
cargos de carrera judicial, como el Curso Básico de Formación y Prepara-
ción de Secretarios de Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito y en la
Especialidad en Administración de Justicia en Tribunales de Circuito.
Dentro de nuestros proyectos, se encuentra instrumentar cursos,
asignaturas y programas que permitan a los funcionarios judiciales conocer
y dominar el pensamiento crítico, sea a través de los cursos de formación
para cargos de carrera judicial, o bien mediante eventos académicos especiales.
Cursos de Lenguas Extranjeras
En la formación judicial del siglo XXI no puede soslayarse la nece-
sidad de conocer los instrumentos legales, la jurisprudencia y la doctrina
surgida a nivel internacional, para lo cual existe, dado el avance de las tec-
nologías de la información, especialmente la red de Internet y el comercio
electrónico, la posibilidad de allegarse de material de consulta de especial
relevancia que pueda dar pauta a la transformación que requiere la labor
jurisdiccional.
Sin embargo, gran parte de esa información se encuentra redactada
en idiomas distintos al español, destacadamente el inglés, el francés, el ita-
liano y el alemán, por lo que es conveniente que los operadores judiciales
dominen otros idiomas a un nivel suficiente que les permita el acceso directo
a los textos de interés.
Por tal motivo, se ha examinado la posibilidad de crear el Centro de
Idiomas del Instituto de la Judicatura Federal, y se cuenta con un estudio de
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las modalidades que podrían utilizarse para su implementación. Una prime-
ra etapa consistiría en la contratación de cursos de dos lenguas extranjeras,
en consecuencia durante el siguiente ejercicio se someterá la propuesta al
Comité Académico.
Especialidad en Administración de Justicia
en Juzgados de Distrito en la modalidad virtual
La Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de Dis-
trito está dando resultados satisfactorios. Con la finalidad de que los be-
neficios obtenidos en ella tengan un alcance mayor, y su contenido pueda
llegar a ser aprovechado por un amplio número de secretarios, se ha con-
cebido la idea de impartir esta especialidad en la modalidad virtual.
Para tal efecto, se está elaborando un proyecto, a partir de la revisión
de los programas de la especialidad impartida en la modalidad presencial,
con la finalidad de crear programas adecuados a la modalidad virtual, que
logren un aprovechamiento satisfactorio acorde con el perfil de egreso que
se ideó para la Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de
Distrito.
Con el objeto de que esta especialidad cumpla con alta calidad sus
propósitos, se está preparando un programa que tome en cuenta todos los
recursos que sean necesarios y se encuentren disponibles para alcanzar
un óptimo desarrollo. Se está analizando la posibilidad de que cada alum-
no cuente con laptop y una conexión a Internet lo suficientemente amplia,
que permitan la impartición uniforme del curso, evitando los obstáculos que
puedan surgir de la diversidad de marcas, modelos, formatos o velocidad
de conexión a la Red.
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También se está integrando la propuesta con la posibilidad de con-
tratar docentes de reconocido prestigio a quienes se asigne la titularidad de
la materia, quienes diseñarían contenido, ejercicios y evaluaciones, junto
con tutores que den seguimiento personalizado al desempeño de los alumnos.
A fin de reforzar la formación de los alumnos, se programarían semi-
narios presenciales, que se desarrollarían los fines de semana en las sedes
que determinara el Instituto, atendiendo a la proximidad de los alumnos.
Se estima que de concretarse este proyecto alcanzaría una calidad
equiparable a la especialidad presencial, en la medida que permitiría pro-
poner que los egresados de la modalidad virtual también puedan conservar
su calificación para excentar la primera etapa de los concursos de oposi-
ción.
De obtenerse el resultado esperado con este proyecto, se contaría
con un programa académico que proporcionaría una preparación adecua-
da a los aspirantes a jueces de distrito, con un alcance cuantitativo mayor
al de la modalidad presencial y con un costo considerablemente menor.
La relación costo beneficio de este proyecto es indiscutible. Estimo
que sería una inversión valiosa asumir los costos de la especialidad en la
modalidad virtual, pues se destinaría recurso público a un grupo considera-
ble de secretarios que probablemente serán jueces de distrito y que aplica-
rían el conocimiento adquirido de manera inmediata, mejorando la calidad
de la impartición de justicia en los órganos federales.
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Especialidad en Administración de Justicia en Tribunales de Circuito
La impartición de esta Especialidad se encuentra ordenada en el
acuerdo general 8/2011, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal,
en el que se establece que la selección de magistrados debe hacerse con
base en elementos objetivos apegados al marco constitucional y legal apli-
cable en materia de carrera judicial, que permitan total certidumbre a los
participantes. Por ello, se propone una Especialidad previa al concurso,
que permita a los jueces de distrito y magistrados electorales adquirir una
formación más sólida y fortalecer sus conocimientos jurídicos mediante la
experiencia y vivencias en tareas propias del cargo.
El plan de estudios fue aprobado por el Comité Académico en sesión
extraordinaria de 25 de agosto del presente año, sin embargo, la Comisión
de Carrera Judicial realizó algunas observaciones sobre su contenido las
que serán estudiadas, y tan pronto sean solventadas se presentará una
propuesta que permita su impartición en 2012.
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Especialidad en el Sistema Procesal Penal Acusatorio
El Instituto de la Judicatura Federal tiene la responsabilidad de for-
mar a jueces federales en el Nuevo Sistema de Enjuiciamiento Penal, cuya
implementación en el ámbito federal se ve cercana, por lo que resulta im-
prescindible establecer un programa permanente de formación en ese nue-
vo sistema, de manera que los funcionarios judiciales tengan la certeza de
que existe una oferta educativa regular que les permita conocer las reglas y
principios que regulan los sistemas procesales penales acusatorios.
Durante el próximo año se presentará el proyecto de una Especia-
lidad en el Nuevo Sistema Procesal Acusatorio, la cual también tendrá el
beneficio adicional de que sus egresados contarán con un grado acadé-
mico de postgrado, y fundamentalmente, habrán adquirido el dominio del
sistema y las habilidades necesarias para enfrentarlo en la práctica.
Maestría en Derechos humanos, Impartición de Justicia y Género
El 28 de octubre del presente año, concluyó el trámite para el regis-
tro ante la Secretaría de Educación Pública de la Maestría en Derechos Hu-
manos, Impartición de Justicia y Género, que originalmente fue organizada
por el Consejo de la Judicatura Federal en colaboración con la Universi-
dad Nacional Autónoma de México. Habiéndose otorgado el registro de la
maestría a nombre del Instituto de la Judicatura Federal, se llevarán a cabo
las actividades necesarias para que los alumnos que ya comenzaron ese
programa puedan concluirlo con éxito.
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Dentro de esas actividades se programará la impartición de las asig-
naturas pendientes de cursar, así como tutorías para la elaboración de las
tesis de grado, y se coordinará la aplicación de los exámenes correspon-
dientes.
Maestría en Derechos Humanos
Con motivo de las reformas constitucionales en materia de derechos
humanos, resulta imperiosa la necesidad de dotar de información sustenta-
ble a los juzgadores mexicanos en esa materia. Para cubrir esa necesidad
se estudia la posibilidad de adoptar un programa de maestría, que abarque
integralmente el conocimiento teórico práctico relacionado con los dere-
chos humanos. Este programa además daría oportunidad a muchos miem-
bros del Poder Judicial de la Federación de contar con un grado académico
judicial, lo que redundaría en beneficio de la profesionalización de los jueces
mexicanos.
Al finalizar este año, o al principio de 2012, se espera presentar al
Comité Académico el proyecto de maestría en derechos humanos, cuyo
programa se diseñaría para que fuera aprovechado por funcionarios judi-
ciales adscritos a diferentes zonas del país, mediante la modalidad virtual,
el sistema de video conferencia y un programa rotativo de sesiones presen-
ciales en distintas sedes de este Instituto.
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1.2 Investigación
La investigación científica jurisdiccional se debe posicionar como
una de las actividades sustanciales del Instituto, que permite la generación
de conocimiento útil para mejorar el desarrollo y funcionamiento del Poder
Judicial de la Federación, como lo dispone el artículo 97 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación.
El Instituto de la Judicatura Federal puede llevar a cabo esta activi-
dad de tres formas distintas:
a) Realización de investigación con proyectos y recursos propios.
b) Asesoría y apoyo a funcionarios judiciales que estén interesados en
llevar a cabo investigaciones.
c) Colaboración con otras instituciones y académicos externos en la
realización de investigaciones que sean útiles para el Poder Judicial
de la Federación.
A fin de atender estas actividades, se analiza la viabilidad de presen-
tar en 2012, los siguientes proyectos:
Seminario de Investigación sobre Acciones Colectivas
Como segunda etapa del Diplomado sobre Acciones Colectivas está
programado un seminario de investigación, en el cual podrán participar los
jueces y magistrados más destacados. Consistirá en el desarrollo de inves-
tigaciones asesoradas por expertos en la materia, sobre los distintos temas
que integran la reforma sobre acciones colectivas.
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A quienes acrediten este seminario se les expedirá la certificación en
esta materia, y como resultado de esta actividad académica se editará una
obra colectiva que aborde los distintos tópicos tratados en el curso.
Programa de Investigación
Conforme al artículo 97 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación, el Instituto de la Judicatura Federal debe llevar a cabo progra-
mas de investigación que mejoren la calidad de la impartición de justicia.
Para dar cumplimiento a esa obligación legal, en el próximo año se pre-
sentará un proyecto de programa que precise el tipo de investigación que
realizaría el Instituto, así como las líneas de investigación a las que dará
prioridad.
Vínculo Web Observatorio Jurídico Internacional
El ejercicio de la función jurisdiccional, así como las recientes refor-
mas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos, permiten
advertir la necesidad de que los jueces y magistrados federales cuenten con
herramientas que les permitan conocer los criterios de interpretación judicial
de los tribunales extranjeros e internacionales, en especial de aquellos con
mayor tradición e influencia en el desarrollo contemporáneo del derecho, en
sus distintas ramas, y que, por no encontrarse disponibles para su consulta
en español, se dificulte el acceso a su contenido por los integrantes de la
judicatura federal.
Con base en lo anterior, se ha examinado la posibilidad de crear un
micrositio o un vínculo en la página web del Instituto, que se propone deno-
minar “Observatorio jurídico internacional”, destinado a proporcionar a los
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funcionarios del Poder Judicial de la Federación, las principales novedades
en textos relevantes, fundamentalmente sentencias de tribunales extranje-
ros e internacionales, verbigracia, el Tribunal Europeo de Derechos Huma-
nos, así como leyes relacionadas con esos fallos o que, por su contenido,
resulten de interés para los jueces y magistrados mexicanos, traducidas
del inglés al español.
De igual manera, podrá incluirse la misma información de aquellas
cortes que, siendo susceptible de consultarse en español, por ejemplo, la
Corte Interamericana de Derechos Humanos, se estime de utilidad para el
mejor ejercicio de la función jurisdiccional.
La implementación del observatorio jurídico internacional entrañará
una labor de localización de textos y de traducción que forma parte, indu-
dablemente, de la más amplia tarea de investigación que debe fomentarse
en el Instituto.
Ese observatorio constituirá una herramienta que será útil, además,
para la comunidad jurídica nacional, con lo que se logrará estrechar la in-
dispensable vinculación entre judicatura y sociedad a la cual sirve, y sin la
cual no se justificaría su existencia.
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1.3 Publicaciones
Con motivo de las reformas constitucionales en materia de Dere-
chos Humanos y Amparo, existe la necesidad de realizar y difundir estu-
dios sobre las nuevas normas constitucionales. En este sentido se promo-
verá la edición de una obra colectiva que contenga diversos ensayos con
contenidos de cada uno de los principales temas en los que incidieron
estas reformas.
Se tiene proyectado que participen académicos de prestigio y juz-
gadores federales, que permita un trabajo conjunto entre las perspectivas
teórica y práctica de la reforma.
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2. NECESIDADES
2.1 Autonomía técnica y funcional del Instituto
El Instituto es un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Fede-
ral, por disposición expresa de los artículos 88 y 92 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación. Estas disposiciones le otorgan un recono-
cimiento expreso como órgano, lo que implica que sea una institución con
identidad propia, para realizar una función específica en auxilio del Consejo.
De ahí que, en atención a la naturaleza peculiar de sus funciones, la ley pro-
porcione directrices que apuntan hacia su autonomía académica, funcional
y en la medida de lo necesario financiera, además de ser la autonomía un
imperativo categórico para su más eficaz desempeño.
Ciertamente, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
dota directamente al Instituto de las facultades siguientes:
• Las funciones de investigación, formación, capacitación y actuali-
zación de los miembros del Poder Judicial de la Federación y de
quienes aspiren a ingresar al mismo (Art. 92).
• El establecimiento de extensiones regionales de apoyo a progra-
mas y cursos de los poderes locales, en los términos que le sea
solicitado (Art. 92).
• De coordinación con universidades del país, para el auxilio en la
realización de las tareas de su incumbencia (Art. 92).
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• Determinar por medio del Comité Académico con el Director Ge-
neral, los programas de investigación, preparación y capacitación
de los alumnos del Instituto y de los mecanismos de evaluación y
rendimiento (Arts. 94 y 95).
• La elaboración de los proyectos de reglamentos del Instituto, por
medio del Comité Académico (Art. 94).
• La participación de los miembros del Comité Académico en los
concursos de oposición para magistrados de circuito y jueces de
distrito (Arts.116 y 117).
• El establecimiento de los programas y cursos dirigidos a promover
intercambios académicos con instituciones de educación superior.
• La impartición de cursos de preparación para los exámenes de
aptitud, para las distintas categorías componentes de la carrera
judicial.
• El establecimiento de un área de investigación, con la función pri-
mordial de realizar los estudios necesarios para el desarrollo y me-
joramiento del Poder Judicial de la Federación, con la facultad del
Comité Académico de fijar el programa correspondiente (Arts. 94 y 97).
• La facultad de designar un integrante del Comité Académico y un
suplente, para la integración del jurado de los exámenes orales
en los concursos de oposición, en los términos que establezca el
reglamento respectivo (Arts. 116 y 117).
Ese conjunto de atribuciones constituyen un núcleo de una institu-
ción dotada de autonomía técnica en los puntos previstos en la ley, ya que
ninguna de ellas se puede suprimir o asignar a ningún otro órgano median-
te una normatividad de menor peso, como sería un reglamento, un acuer-
do general o un acuerdo específico, cualquiera que sea su proveniencia.
Esta esfera de atribuciones concreta los principios de la carrera judicial,
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previstos en el artículo 100 constitucional, y a mi juicio es necesaria para
implementar el modelo docente de formación judicial que exige el Estado
constitucional y democrático de derecho de nuestro tiempo.
Tocante a la necesidad de la autonomía para la optimización del fun-
cionamiento de la escuela judicial, ésta viene de la dinámica indispensable
para la organización de varios cursos o de otras actividades, en donde la
oportunidad puede resultar determinante. Verbigracia, la urgencia de im-
partir un curso de actualización legislativa; la oportunidad de aprovechar en
un momento determinado el ofrecimiento de una actividad de importancia,
proveniente de alguna institución nacional o extranjera; el beneficio que se
puede conseguir con la invitación a ponentes extranjeros que, invitados por
otras entidades o por otros motivos, se encuentren temporalmente en el
país, para participar en nuestros cursillos, foros o seminarios, y en general
todas aquellas actividades que requieran una decisión ejecutiva inmediata y
que sean acordes con el objeto legal del Instituto. Con lo anterior comenza-
ría una simplificación administrativa que produciría frutos inmediatamente.
Sin esa autonomía, la impartición de cualquier curso se ve sujeta a
uno o varios procedimientos que ocupan improductivamente a los órga-
nos del Instituto, que por lo menos son los siguientes. Elaboración de un
proyecto con plan de estudios por la administración del Instituto; convo-
catoria y fijación en la agenda para sesión del Comité Académico; discu-
sión y aprobación del proyecto por dicho comité; envío a la Comisión de
Carrera Judicial; inclusión en la lista de la siguiente sesión de la Comisión,
con posibilidades de aplazamiento en ella; aprobación del proyecto en la
mejor hipótesis; convocatoria a los posibles destinatarios del curso, proce-
dimientos de inscripción y admisión; búsqueda e invitación a los profesores
idóneos, que frecuentemente tienen la agenda saturada con meses de an-
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ticipación. Si éstos son externos, la solicitud y obtención de un acuerdo de
suficiencia presupuestaria para pagar a los maestros hasta pequeñísimas
cantidades; la celebración y revisión de cada contrato, en varios tantos, por
diversas áreas administrativas del Consejo, y finalmente, la realización del
pago, que muchas veces se lleva a cabo varias semanas o meses después
de concluido el curso. Todo lo anterior significa la aplicación de tiempos
que el Instituto podría dedicar a actividades más productivas, y que a su
vez podrían ser aprovechados por las diversas áreas que participan en los
procedimientos para atender sus propias actividades sustanciales.
Por tanto, la implementación de la autonomía técnica y funcional
del Instituto, conduciría a que el Consejo de la Judicatura estableciera, por
ejemplo, por períodos anuales, las políticas generales que el Instituto que-
daría obligado a seguir, y en su caso, aprobara desde el principio un pro-
grama anual de los cursos, diplomados, especialidades, maestrías, que
operara la escuela judicial, con una evaluación genérica y sustancial de su
necesidad y posibilidad, así como del impacto económico que pudieran re-
presentar, pero sin verse precisado a revisar pormenorizadamente los actos
concretos de preparación, programación y realización del programa, que
son de la incumbencia legal del Comité Académico, cuyo cumplimiento se
verificaría en el informe anual del Director General del Instituto.
El Comité Académico asumiría su responsabilidad legal de elaborar
los programas y planes de estudio, mecanismos de evaluación y de ren-
dimiento, y estaría en aptitud de modificarlos de estimarse conveniente y
oportuno, sin tener que acudir a la contraloría inmediata de los órganos del
Consejo.
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Finalmente, la Dirección General, con la colaboración de todo el per-
sonal del Instituto, se encargaría de las operaciones restantes.
En esa vía de simplificación y agilización de trámites, se torna indis-
pensable que las áreas competentes del Consejo formulen un estudio para
constituir al Instituto en una unidad de gasto, con todas las atribuciones,
obligaciones y responsabilidades consecuentes de su ejercicio, para agi-
lizar la operación de la Escuela Judicial y librarla de los trámites innecesa-
rios.
2.2 Reglamento
Todo lo anterior debe ser organizado debidamente en el reglamento
del Instituto, que se encuentra previsto por el artículo 92 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación, y que tiene por objeto precisamente la
regulación del funcionamiento y atribuciones del Instituto de la Judicatura,
con lo que la ley establece una reserva reglamentaria y guía hacia un regla-
mento sistemático específico, donde se comprenda todo lo concerniente al
Instituto.
En este reglamento se podría desarrollar a detalle el planteamiento
de autonomía técnica, funcional y financiera planteada, con los candados o
medidas de seguridad, de fiscalización o de contraloría que fueran necesa-
rias.
Hasta ahora el cúmulo de actividades de los órganos competentes
no ha permitido que prospere el procedimiento para emitir el reglamento,
pues desde el año 2005 se presentó un proyecto que no ha sido posible
llevar hasta su última discusión y aprobación.
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Valdría la pena aprovechar la sensibilidad despertada por las recien-
tes reformas constitucionales para optimizar el Estado de Derecho mexica-
no en el interior de la judicatura, para retomar lo relativo a la expedición del
reglamento, con lo que se cubriría el déficit legal y se facilitarían y harían
transparentes todos los actos del Instituto y de los demás órganos que con
él interactúan.
El reglamento no sólo reportaría los beneficios enunciados, sino que
cubriría una exigencia ordinaria de la Secretaría de Educación Pública y de
su normativa, para el registro de las especialidades y demás estudios de
posgrado ante dicha institución, para que esta escuela siga por el cauce
marcado por el Consejo, de consolidación de la enseñanza judicial imparti-
da por la academia judicial, a la que se apunta en los Acuerdos Generales
30/2010 y 8/2011, que prevén expresamente las Especialidades para Jue-
ces de Distrito y para Magistrados de Circuito.
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APÉNDICES
Dos documentos enviados por la Dirección General
del Instituto de la Judicatura Federal al Consejo de la
Judicatura Federal con temas vinculados al Vigésimo
Segundo Concurso Interno de Oposición para
la Designación de Magistrados de Circuito.