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IUR 2006-1 Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Presentación para COPARMEX 9 de Febrero de 2006

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IUR 2006-1Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Presentación para

COPARMEX9 de Febrero de 2006

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Impuesto Único a REPECOS

Dip. Juan Carlos Pérez GóngoraSecretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

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IUR 2006-3Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ÍndiceÍndice

1. Introducción.

2. Políticas Fiscales.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS.

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IUR 2006-4Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

1. Introducción

Se hace necesario legislar en materia tributaria y de seguridad

social; el actual Régimen de Pequeños Contribuyentes presenta

inconsistencias, es violatorio a los principios de igualdad y justicia,

la falta de un marco jurídico equitativo y confiable para estos

contribuyentes genera inseguridad, burocracia y corrupción

administrativa. Se requiere de otra u otras figuras jurídicas que

permitan establecer una solución permanente.

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IUR 2006-5Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

1. Introducción

El primero es la necesaria congruencia con los principios de equidad y proporcionalidad señalados en la Constitución.

El segundo descansa en la necesidad de incorporar a la población que se dedica a estas actividades no solamente a la tributación sino también a mecanismos que los doten de seguridad social.

La propuesta fundamental es establecer mecanismos que permitan la integración a la economía formal de aquellos que realizan actividades económicas legales al margen de una regulación institucional, por lo que el primer paso en este sentido lo constituye su incorporación al sistema tributario. Dicha incorporación debe contemplar dos enfoques:

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IUR 2006-6Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

1. Introducción

Así mismo se logrará un impacto positivo en la percepción de los contribuyentes cumplidos ya que todos los sectores serán sujetos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sin excepciones, fortaleciendo así una nueva cultura tributaria.

El esquema de seguridad social integral deberá contemplar:

Atención médica,

Fondo de retiro

Y acceso a créditos de vivienda.

El proceso de incorporación de este sector a la economía formal implica también una separación y aislamiento de las actividades no legales con lo que será más fácil su detección, ubicación y combate.

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IUR 2006-7Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ÍndiceÍndice

1. Introducción.

2. Políticas Fiscales.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS.

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IUR 2006-8Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

2. Políticas Fiscales

Para mantener congruencia con una política

económica que ponga énfasis en la generación de

empleo y el crecimiento económico, la política fiscal

en México debe concebirse con un enfoque integral.

En la cual se consideren que las funciones de

recaudación, administración, gasto y fiscalización

deben desarrollarse de forma articulada.

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IUR 2006-9Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

2. Políticas Fiscales

El combate a la evasión fiscal. La ampliación de la base de contribuyentes. La simplificación y seguridad jurídica. La creación de una nueva cultura tributaria.

Así, una política tributaria más eficiente que busque incrementar

los ingresos sin afectar el nivel de vida de las mayorías debe poner

el acento en cuatro ejes fundamentales:

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IUR 2006-10Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ÍndiceÍndice

1. Introducción.

2. Políticas Fiscales.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS.

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IUR 2006-11Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

Se hace necesaria la creación de una nueva ley que brinde a los pequeños microempresarios certeza y seguridad jurídica y sobre todo que se les brinde la garantía a que todo ser humano tiene derecho, el derecho a la seguridad social. Con esta propuesta se busca también, incorporar a un importante número de personas que realizan actividades empresariales a la base de contribuyentes que no pagan impuestos.

Así mismo, para la administración de las contribuciones, al incluir la seguridad social, la propuesta obligaría al Instituto Mexicano del Seguro Social que sea éste el recaudador, simplificándoles a los gobiernos locales su trabajo.

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IUR 2006-12Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

La propuesta de una nueva ley denominada Ley de Contribuciones para Pequeños Contribuyentes es una ley opcional, la cual comprende dos capítulos, el primero corresponde al Impuesto y el segundo a la Seguridad Social.

Las aportaciones de seguridad social pagadas por los contribuyentes serán destinadas obligatoriamente al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Al ser este esquema opcional, sustituiría las obligaciones fiscales de cuatro ordenamientos como son:

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

El Impuesto sobre la Renta,

el Impuesto al Activo,

El Impuesto al Valor Agregado

Y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

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IUR 2006-13Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Se establecería un nuevo procedimiento opcional de cuota fija

mensual mediante un esquema simple para que los Pequeños

Contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales e incrementar

la captación de recursos.

Las autoridades con base en información proporcionada por

el propio contribuyente, establecerán el monto del pago de

cuota fija que incluirá tanto el impuesto como las cuotas de

seguridad social.

Las cuotas de seguridad social pagadas por los contribuyentes se

destinarán al Seguro Social, incluyendo el fondo de pensiones por

medio de las afores y ahorro para la vivienda. Con esto si la

mayoría de los pequeños contribuyentes perdieron su empleo

formal, se les permitiría recuperar los ahorros generados en el

pasado, los cuales son parte de su patrimonio.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

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IUR 2006-14Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Cabe resaltar que con esta nueva ley se derogaría lo establecido en:

La Sección III “Del Régimen de Pequeños Contribuyentes” del Capítulo II

“De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales” del Título

IV “De las Personas Físicas” de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

El artículo 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Lo anterior

quiere decir que los contribuyentes que no adopten el nuevo régimen,

tributarán en los términos que establece la Sección I “De las Personas

Físicas con actividades empresariales y profesionales” o, en la Sección II

“Del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades

Empresariales” del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la

Renta y tendrán que sujetarse a las disposiciones establecidas en la Ley

del Impuesto al Valor Agregado, al Impuesto especial sobre Producción y

Servicios e Impuesto al Activo.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

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IUR 2006-15Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Determinación del Impuesto: Las personas físicas que paguen el impuesto en los términos de la ley propuesta, les sería determinado por la autoridad el impuesto mensual que les corresponda, aplicando la tasa del 2% a la diferencia que resulte de disminuir al total de los ingresos estimados que obtengan en el mes en efectivo, en bienes o en servicios, por su actividad empresarial, diez salarios mínimos correspondientes al área geográfica del contribuyentes, elevados al mes.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

Ejemplo:

Monto de ingreso mensual

$ 50,000.00

Menos

10 salarios mínimos mensuales correspondientes al área Geográfica del Contribuyente “Zona A”

14,040.00

Igual Base $ 35,960.00

Por Tasa

2%

Igual Impuesto mensual a pagar $ 719.20

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IUR 2006-16Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Periodo de pago: mensual

Lugar y fecha de pago: Los pagos mensuales tendrán el carácter de definitivos y se enterarán ante las oficinas autorizadas.

Las autoridades deberán estimar el ingreso gravable del contribuyente y determinar cuotas fijas para cobrar el impuesto respectivo; si el ingreso real supera el 20% del estimado deberá ajustar la cuota, si es voluntaria la rectificación, ello implicaría borrón y cuenta nueva.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

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IUR 2006-17Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Para efectos de la seguridad social se establecería un régimen

obligatorio para los pequeños contribuyentes que opten por tributar

bajo este esquema similar al de los trabajadores, y se harían, en su

caso, las modificaciones necesarias en la Ley del Seguro Social, en

la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los

Trabajadores (INFONAVIT) y en la Ley de los Sistemas de Ahorro

para el Retiro (SAR). Los contribuyentes que opten por tributar en la

ley propuesta.

3. Propuesta de Tributación para REPECOS

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IUR 2006-18Dip. Juan Carlos Pérez Góngora

Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

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[email protected]éfono 56281300, ext.3311 Desde el interior de la República

01 800 718 42 91-3311www.juancarlosperezgongora.org.mx