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Casa abierta al tiempo CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, EN LO SUCESIVO "LA UNIVERSIDAD", REPRESENTADA POR EL RECTOR GENERAL, DR. LUIS MIER Y TERÁN CASANUEV A, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL, DR. RICARDO solÍs ROSALES y POR LA OTRA, EL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL IFAI", REPRESENTADO POR LA COMISIONADA PRESIDENTA, DRA. MARíA MARV ÁN LABORDE, y EL SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. ÁNGEL JOSÉ TRINIDAD ZALDív AR, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: l. De "LA UNIVERSIDAD" a través de su representante: 1.1 Que es un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y patrimoniopropios, creado por Ley emitida por el Congresode la Uniónde los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembrede 1973. 1.2 Que el objeto que persigue, de acuerdo con lo señalado por el artículo 2° de su Ley Orgánica, es: a) Impartir educación superior de licenciatura, maestría y doctorado, y cursos de actualización y especialización, en sus modalidades escolar y extraescolar, procurando que la formación de profesionales corresponda a las necesidades de la sociedad; b) Organizar y desarrollar actividades de investigación humanística y científica, en atención, primordialmente, a los problemas nacionales y en relación con las condiciones del desenvolvimiento histórico; y c) Preservar y difundir la cultura. 1.3 Que para cumplir con sus fines se ha constituido en unidades universitarias, a través de las cuales lleva a efecto su desconcentración funcional y administrativa, y que en la actualidad son: Unidad Azcapotzalco, Unidad Iztapalapa y Unidad Xochimilco. 1.4 Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de su Ley Orgánica, su representante legal es el Rector General, quien de acuerdo con el artículo 16 de la citada Ley y 36 de su Reglamento Orgánico, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio General. o mIl it=ai DECLARACIONES

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Casa abierta al tiempo

CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNAPARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, EN LO SUCESIVO"LA UNIVERSIDAD", REPRESENTADA POR EL RECTOR GENERAL, DR.LUIS MIER Y TERÁN CASANUEV A, ASISTIDO POR EL SECRETARIOGENERAL, DR. RICARDO solÍs ROSALES y POR LA OTRA, EL INSTITUTOFEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO"EL IFAI", REPRESENTADO POR LA COMISIONADA PRESIDENTA, DRA.MARíA MARV ÁN LABORDE, y EL SECRETARIO EJECUTIVO, MTRO. ÁNGELJOSÉ TRINIDAD ZALDív AR, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES YCLÁUSULAS SIGUIENTES:

l. De "LA UNIVERSIDAD" a través de su representante:

1.1 Que es un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídicay patrimonio propios, creado por Ley emitida por el Congreso de la Unión delos Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de laFederación el 17 de diciembre de 1973.

1.2 Que el objeto que persigue, de acuerdo con lo señalado por el artículo 2° desu Ley Orgánica, es:

a) Impartir educación superior de licenciatura, maestría y doctorado, ycursos de actualización y especialización, en sus modalidades escolar yextraescolar, procurando que la formación de profesionales corresponda alas necesidades de la sociedad;

b) Organizar y desarrollar actividades de investigación humanística ycientífica, en atención, primordialmente, a los problemas nacionales y enrelación con las condiciones del desenvolvimiento histórico; y

c) Preservar y difundir la cultura.

1.3 Que para cumplir con sus fines se ha constituido en unidades universitarias,a través de las cuales lleva a efecto su desconcentración funcional yadministrativa, y que en la actualidad son: Unidad Azcapotzalco, UnidadIztapalapa y Unidad Xochimilco.

1.4 Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de su Ley Orgánica,su representante legal es el Rector General, quien de acuerdo con elartículo 16 de la citada Ley y 36 de su Reglamento Orgánico, tiene lafacultad para suscribir el presente Convenio General.

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DECLARACIONES

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1.5 Que no está sujeta al pago de impuestos, ni tampoco estarán gravados losactos y contratos en que ella intervenga, conforme a lo establecido en elartículo 5° de su Ley Orgánica.

1.6 Que su domicilio legal es el ubicado en la Universidad AutónomaMetropolitana, Rectoría General, Prolongación Canal de Miramontes, No.3855, Colonia Ex-Hacienda de San Juan de Dios, Delegación Tlalpan,Código Postal 14387, México, Distrito Federal.

De "EL IFAI" a través de su representante:11.

11.1 Que de conformidad con el artículo 33 de la Ley Federal de Transparenciay Acceso a la Información Pública Gubernamental publicada en el DiarioOficial de la Federación el 11 de junio de 2002, es un órgano de laAdministración Pública Federal, con autonomía operativa, presupuestaria yde decisión, encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho deacceso a la información; resolver sobre la negativa a las solicitudes deacceso a la información y proteger los datos personales en poder de lasdependencias y entidades.

11.2 Que de acuerdo con los artículos 37, fracción XV de la Ley Federal deTransparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, tienecomo atribución la de cooperar respecto de la materia de esta Ley, con losdemás sujetos obligados, las entidades federativas, los municipios, o susórganos de acceso a la información, mediante la celebración de acuerdos oprogramas.

11.3 Que de acuerdo con el artículo 37, fracciones VI y XIII de la Ley Federal deTransparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, tambiéntiene como atribuciones las de orientar y asesorar a los particulares acercade las solicitudes de acceso a la información y difundir entre los servidorespúblicos y los particulares, los beneficios del manejo público de lainformación, como también sus responsabilidades en el buen uso yconservación de aquélla.

11.4 Que fue creado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federaciónde 24 de diciembre de 2002, y que de acuerdo al artículo 10 es unorganismo descentralizado del Estado mexicano, no sectorizado, conpersonalidad jurídica y patrimonio propios.

11.5 Que con fundamento en los artículos 36 de la Ley Federal de Transparenciay Acceso a la Información Pública Gubernamental; 5° del Decreto deCreación de "EL IFAI" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24de diciembre de 2002; 6°, fracción "' y 22, fracciones I y XVI delReglamento Interior de "EL IFAI", publicado en el Diario Oficial de laFederación el 11 de junio de 2003, la Dra. María Marván Laborde,

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Comisionada Presidenta de "EL IFAI", cuenta con facultades para suscribirel presente instrumento, asistida por el Mtro. Ángel José Trinidad Zaldívar,Secretario Ejecutivo de "EL IFAI", de conformidad con lo dispuesto por losartículos 6° del Decreto de Creación, 6° fracción V y 24 fracciones VI, VIII YX de su Reglamento Interior.

11.6 Que para los efectos legales derivados del presente Convenio General,señala como domicilio el ubicado en Avenida Insurgentes Sur No. 1971,Torre 111, piso 9, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón,Código Postal 01020, México, Distrito Federal.

DECLARAN AMBAS PARTES111.

111.1 Que se reconocen en forma recíproca la personalidad con la que seostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio General.

111.2 Que están en la mejor disposición de apoyarse para cumplir cabalmentecon el objeto del presente instrumento jurídico.

Expuesto lo anterior, las partes convienen en sujetar sus compromisos en lostérminos y condiciones previstos en las siguientes:

PRIMERA.- OBJETO

El objeto del presente Convenio General consiste en elestablecimiento de las bases y mecanismos operativos entre "LAUNIVERSIDAD" Y "EL IFAI", para coordinar la ejecución de diversasestrategias y actividades dirigidas al fortalecimiento de la cultura dela transparencia y del acceso a la información públicagubernamental, la formación o capacitación del personal de "LAUNIVERSIDAD" en materia de acceso a la información pública, asícomo para elaborar programas de difusión acerca del derecho deacceso a la información y de la Ley Federal de Transparencia yAcceso a la Información Pública Gubernamental (en lo sucesivo laLFTAIPG) y de la normatividad de "LA UNIVERSIDAD" en lasmismas materias.

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CLÁUSULAS

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A efecto de lograr lo anterior, las partes realizarán, entre otrasactividades, un programa de trabajo, una vez suscrito se integrará alpresente Convenio General mediante Acuerdos Específicos deColaboración.

SEGUNDA.- COMPROMISOS DE AMBAS PARTES

Para la realización del objeto del presente Convenio General, laspartes se comprometen a:

a) Organizar cursos, talleres, seminarios, certámenes, entre otros. eventos para el personal de ambas instituciones y de todo aquel

que esté interesado, con el fin de divulgar y aumentar suconocimiento en relación a la importancia de la transparencia y elcumplimiento de la LFTAIPG y de los Lineamientos para elAcceso a la Información dela Universidad AutónomaMetropolitana, darles a conocer los programas que al respectodesarrolla "EL IFAI", particularmente en materia de clasificaciónde documentos, y proporcionarles capacitación que les permitaparticipar activamente en el desarrollo de propuestas concretasde formación y difusión en la materia.

b) Expedir las constancias a quienes cursen alguno de losprogramas o actividades a que se refiere el inciso anterior,cuando las partes las realicen conjuntamente y cuando el casoasí lo amerite.

c) Impulsar un programa de distribución y difusión de los materialesimpresos dirigidos a promover la cultura de la transparencia y elderecho de acceso a la información pública.

d) Proporcionar en la medida de sus posibilidades, el materialdidáctico y el apoyo técnico y documental para el diseño,formulación, desarrollo y evaluación de las distintaspublicaciones, cursos y contenidos de los programas relacionadoscon la transparencia y el derecho de acceso a la informaciónpública.

e) Coadyuvar en la reproducción del material didáctico para loseventos académicos, seminarios y certámenes que seanorganizados.

f) Promover y difundir entre el personal de ambas instituciones losprogramas y eventos que sean organizados, así como el materialgenerado por "LA UNIVERSIDAD" Y "EL "IFAI" relativo al objetodel presente Convenio General.

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g) Apoyar en la elaboración de propuestas de programasacadémicos para los diversos cursos de capacitación,conferencias, seminarios, diplomados y demás eventos con lafinalidad de fomentar la cultura de la transparencia en laciudadanía, de sus funcionarios y personal.

h) Intercambiar experiencias y retroalimentarse en temas y análisisen torno a la clasificación de documentos, medios de acceso a lainformación y protección de los datos personales.

i) Concordar y calendarizar reuniones de trabajo y diagnósticosobre el derecho de acceso a la información pública entre losfuncionarios de la Coordinación de Enlace y Acceso a laInformación Universitaria y de las Unidades de Enlace y otrosfuncionarios y empleados competentes que acuerden las partes.

TERCERA.- COMPROMISOS ESPECíFICOS DE "LA UNIVERSIDAD

a) Promover el derecho al acceso a la información, de latransparencia y de la rendición de cuentas como parte integralde la formación de los alumnos y de la comunidad universitaria.

b) Proporcionar apoyo para que en las instalaciones que ocupa laCoordinación de Enlace y Acceso a la Información Universitaria,las personas puedan presentar solicitudes de acceso a lainformación y recursos de revisión a través del programa decómputo que corresponda y demás tecnologías que "EL IFAI"establezca para tales fines.

c) Proporcionar al IFAI el informe anual de actividades, al que serefieren los artículos 39 y 62 de la LFTAIPG y al artículo 16,fracción VII, de los Lineamientos para el Acceso a laInformación de la Universidad Autónoma Metropolitana.

d) Realizar la supervisión, evaluación y seguimiento de lasactividades materia de este Convenio General.

COMPROMISOS ESPECíFICOS DEL "EL IFAI"CUART A.-

a) Brindar capacitación a los funcionarios y personal de "LAUNIVERSIDAD" en lo concerniente al derecho de acceso a lainformación pública, clasificación de la información y protecciónde datos personales.

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b)

e)

QUINTA.- COMISiÓN TÉCNICA.- Para el adecuado desarrollo de lasactividades que se generaren con motivo del cumplimiento de esteConvenio General se integra una Comisión Técnica con dosrepresentantes de cada una de las partes, quienes podrán sersustituidos en cualquier tiempo previa notificación a la otra parte.

POR "LA UNIVERSIDAD"

NOMBRE: Braulio Ramírez Reynoso

CARGO: Abogado General

UBICACiÓN: Prolongación Canal deMiramontes No. 3855, Edificio A- Oriente, 4°Piso, Col. Exhacienda San Juan de DiosDelegación Tlalpan, C.P. 14387, México D.F.

TELÉFONO: 56 03 33 47

NOMBRE: Jaime Muñoz Flores

CARGO: Coordinador General de Planeación

UBICACiÓN: Prolongación Canal deMiramontes No. 3855, Edificio A- Poniente, 4°Piso, Col. Exhacienda San Juan de DiosDelegación Tlalpan, C.P. 14387, México D.F.

TELÉFONO: 56033346

[email protected]

[email protected]

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"EL IFAI", a petición de "LA UNIVERSIDAD", proporcionará laasesoría que ésta le requiera sobre la aplicación de criteriospara clasificar la información, así como para resolver lassolicitudes de acceso a la información y los recursos queinterpongan los solicitantes, entre otros aspectos.

Realizar la supervisión, evaluación y seguimiento de lasactividades materia de este Convenio General.

POR "EIIFAI"

NOMBRE: Ricardo Fernando Becerra Laguna.

CARGO: Director General de Atención a laSociedad y Relaciones Institucionales.

UBICACiÓN: Insurgentes Sur No. 1971, Torre111, Piso 8, Col. Guadalupe Inn, DelegaciónAlvaro Obregón, México, D. F.

TELÉFONO: 30-67-24-23.

NOMBRE: Gregorio D. Castillo Porras

CARGO: Director de VinculaciónSujetos Obligados

UBICACiÓN: Insurgentes Sur No. 1971, Torre111, Piso 8, Col. Guadalupe Inn, Deleg. AlvaroObregón, México, D. F.

TELÉFONO: 30-67-24-00 ext. 2594

CORREO ELECTRÓNICO:qreqorio.castillo(Q).ifai .orq .mx

ELECTRÓNICO:ELECTRÓNICO: CORREOricardo.becerrat.Q>.ifai .orQ .mx

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ELECTRÓNICO:

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Las atribuciones de esta Comisión serán:

a) Determinar y apoyar las acciones a ejecutar con el fin de darcumplimiento al objeto del Convenio General y de los AcuerdosEspecíficos de Ejecución que se deriven de aquél;

b) Coordinar la realización de actividades señaladas en las cláusulasde este instrumento legal y sus derivados;

c) Dar seguimiento e informar periódicamente de los resultados a laspartes que representan, y

d) Las demás que acuerden las partes.

RESPONSABILIDAD CIVILSEXTA.-Las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios

que pudieran causarse como consecuencia de paro de laboresacadémicas o administrativas, así como por caso fortuito o fuerzamayor, en especial los que provoquen la suspensión de los trabajosque se realicen con motivo del cumplimiento del presentedocumento, por lo que de ser posible, una vez que desaparezcan lascausas que suscitaron su interrupción, se procederá a reanudar lastareas pactadas.

SÉPTIMA.- PROPIEUAU IN II:LI:('; I UAL

En lo relativo a la propiedad intelectual, ambas partes convienen enreconocerse mutuamente los derechos que al respecto cada unatiene sobre patentes, modelos de utilidad, diseños industriales yderechos de autor, obligándose a mantenerlos vigentes para laejecución del objeto de este Convenio General.

Asimismo, las partes convienen en que los derechos de propiedadintelectual resultantes de los Acuerdos Específicos de Ejecuciónderivados del presente, corresponderán a la Parte que los haya

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Asimismo, las partes convienen en que los derechos de propiedadintelectual resultantes de los Acuerdos Específicos de Ejecuciónderivados del presente, corresponderán a la Parte que los hayaproducido o a ambas en proporción a sus aportaciones.

Las partes asumen la responsabilidad total en caso de que infrinjanderechos de autor o violen otros registros de derechos de propiedadintelectual, a nivel nacional e internacional.

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CESiÓN O TRANSFERENCIA DE DERI

Ninguna de las partes podrá ceder ~

obligaciones que emanen del presenteAcuerdos Específicos de Ejecución.

OCTAVA.-

APLlCABILlDAD DE LOS ACUERDOS ESPECíFICOS DEEJECUCiÓN

NOVENA.-

Las declaraciones y cláusulas del presente Convenio General deColaboración se entenderán como aplicables a los AcuerdosEspecíficos de Ejecución, salvo estipulación expresa en contrario.

DÉCIMA.- PROYECTOS ESPECIALES

Derivado de este acuerdo de voluntades, cualesquiera de las partespodrá presentar propuestas de proyectos particulares de trabajo, lascuales serán sometidas a la consideración de la otra parte y, en casode ser aprobadas, serán elevadas a la categoría de AcuerdosEspecíficos de Ejecución. Una vez suscritos pasarán a formar partede este documento legal.

DÉCIMO

PRIMERA.- DEL CUIDADO DEL MATERIAL DIDÁCTICO Y EQUIPO TÉCNICO

Ambas instituciones convienen utilizar en forma adecuada losmateriales didácticos y el equipo de apoyo técnico proporcionadospor las mismas, por lo que en caso de que sufrieran algún daño porel uso negligente que se haga de ellos durante el desarrollo de lasactividades, se comprometen a realizar su reparación o reposición,según convenga. Las partes quedan relevadas de todaresponsabilidad por el deterioro derivado del uso natural del materialy equipo señalado.

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lA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES

drá ceder o transferir los derechos ylel presente Convenio General o de los

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DÉCIMO

SEGUNDA.- RELACiÓN LABORAL

Las partes convienen en que el personal aportado por cada una parala realización del presente Convenio General, se entenderárelacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende,cada una asumirá su responsabilidad por ese concepto y en ningúncaso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos obeneficiarios. Aclarando que cada una de las partes que intervienenen este Convenio General tienen medios propios y suficientes paraafrontar la responsabilidad que derive de las relaciones de trabajoque se establezcan con sus trabajadores.

DÉCIMO

TERCERA.- INTERPRETACiÓN Y CONTROVERSIAS

Este acuerdo de voluntades es producto de la buena fe, por lo quetodo conflicto que se llegase a presentar por cuanto a suinterpretación, aplicación, formalización y cumplimiento, será resueltode común acuerdo y de buena fe entre las partes.

DÉCIMO

CUART A.- MODIFICACIONES

El presente Convenio General podrá ser modificado o adicionadopor voluntad de las partes, quienes se obligarán a cumplir talesmodificaciones a partir de la fecha de su suscripción, en el entendidode que éstas tendrán como única finalidad perfeccionar y coadyuvaren el cumplimiento de su objeto.

DÉCIMO

QUINT A.- VIGENCIA

Este instrumento jurídico tendrá una vigencia por cinco añoscontados a partir de su fecha de firma. No obstante, cualquiera de laspartes podrá darlo por terminado anticipadamente con la simplenotificación que se haga por escrito a la contraparte con 30 díasnaturales de antelación a la fecha que se pretenda dar por concluido;sin embargo, se comprometen a cumplir con todos los compromisosconvenidos que estuvieran pendientes de realización o que seencuentren en desarrollo.

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