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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014. REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NIT. 832.010.436 Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca Teléfono: PBX 8932394 1 CAPITULO I ASPECTOS GENERALES 1 INFORMACIÓN GENERAL 1.1 OBJETO La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, quien en estos pliegos de condiciones se denominará la empresa, requiere CONTRATAR EL SUMINISTRO DE OXÍGENO MEDICINAL DOMICILIARIO Y HOSPITALARIO, CONFORME A LOS ASPECTOS TÉCNICOS, de acuerdo a lo establecido en los aspectos técnicos. 1.2 PRESUPUESTO OFICIAL. LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA – CUNDINAMARCA, para el logro del objeto que se pretende contratar cuenta con un presupuesto oficial equivalente a la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.), valor este contemplado en la disponibilidad presupuestal No. 2014000203 del 06 de Marzo de 2014, expedido por el Responsable del Presupuesto de la Empresa por un monto de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.). 1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual el CONTRATISTA se compromete a realizar el suministro, será de OCHO (08) MESES, contados a partir de la respectiva acta de iniciación suscrita con el supervisor de la orden o hasta agotar el valor del contrato, lo que primero suceda. 1.4 LEYES Y JURISDICCIÓN. La Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad Pública dedicada a la prestación de servicios de salud de primer (1) nivel, la cual por mandato legal, en materia de contratación se rige por el Derecho Privado de acuerdo con los Artículos 194 y 195 de la Ley 100 de 1993, acogiendo las cláusulas exorbitantes consagradas en la Ley 80 de 1993 y sometiéndose a los principios generales de la Contratación Estatal así como también a lo establecido en el Manual de Contratación (Acuerdo 001 de 2013), aprobado por la Junta Directiva de la misma. 1.5 MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. La Empresa Social del Estado, establece en su manual de contratación (artículo 31 – Acuerdo 001 de 2013), como elemento para seleccionar a sus contratista, el valor contemplado para contratar, así las cosas, al señalarse como valor para esta contratación la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.), esta suma en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) es igual a: 103,89, cuantía esta, que de

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394

1

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

1 INFORMACIÓN GENERAL

1.1 OBJETO

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, quien en estos pliegos de

condiciones se denominará la empresa, requiere CONTRATAR EL SUMINISTRO DE OXÍGENO

MEDICINAL DOMICILIARIO Y HOSPITALARIO, CONFORME A LOS ASPECTOS TÉCNICOS, de

acuerdo a lo establecido en los aspectos técnicos.

1.2 PRESUPUESTO OFICIAL.

LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA – CUNDINAMARCA, para el logro del objeto que

se pretende contratar cuenta con un presupuesto oficial equivalente a la suma de SESENTA Y

CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.), valor este

contemplado en la disponibilidad presupuestal No. 2014000203 del 06 de Marzo de 2014,

expedido por el Responsable del Presupuesto de la Empresa por un monto de SESENTA Y

CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.).

1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN.

El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual el CONTRATISTA se compromete a realizar el suministro, será de OCHO (08) MESES, contados a partir de la respectiva acta de iniciación suscrita con el supervisor de la orden o hasta agotar el valor del contrato, lo que primero suceda.

1.4 LEYES Y JURISDICCIÓN.

La Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad Pública dedicada a la prestación de servicios de salud de primer (1) nivel, la cual por mandato legal, en materia de contratación se rige por el Derecho Privado de acuerdo con los Artículos 194 y 195 de la Ley 100 de 1993, acogiendo las cláusulas exorbitantes consagradas en la Ley 80 de 1993 y sometiéndose a los principios generales de la Contratación Estatal así como también a lo establecido en el Manual de Contratación (Acuerdo 001 de 2013), aprobado por la Junta Directiva de la misma.

1.5 MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.

La Empresa Social del Estado, establece en su manual de contratación (artículo 31 – Acuerdo

001 de 2013), como elemento para seleccionar a sus contratista, el valor contemplado para

contratar, así las cosas, al señalarse como valor para esta contratación la suma de SESENTA Y

CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 64.000.000 M/cte.), esta suma en

salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) es igual a: 103,89, cuantía esta, que de

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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conformidad con el artículo atrás citado, lo ubica en las contrataciones de mayor cuantía y el

proceso de selección indicado para el efecto, es aquel señalado en el literal a) del numeral 3) del

artículo 31 del Acuerdo 001 de 2013, el cual determina que “…Para la celebración de contratos

cuya cuantía sea superior a cien (100) Salario Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) e

inferior a trescientos cincuenta (350) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), se

requerirá de solicitud formal de propuestas, mediante invitación pública a través de aviso fijado

en lugar público de la Institución, y en la página web de la Empresa Social del Estado María

Auxiliadora de Mosquera – Cundinamarca.

Por lo anterior la E.S.E., deberá implementar pliego de condiciones que incluyan las condiciones

con que debe contar los proponentes para participar de la invitación pública que deberá publicar

la E.S.E. María Auxiliadora.

La adjudicación del presente proceso de selección será TOTAL. En consecuencia, los proponentes

deben presentar su oferta de manera TOTAL. No se aceptarán propuestas parciales y en

caso que se presenten, serán rechazadas.

Así mismo, no se aceptarán propuestas alternativas; de presentarse ese tipo de ofertas no serán

tenidas en cuenta y solo se evaluará y verificará aquella oferta básica que cumpla con los

requisitos señalados en los Pliegos de Condiciones.

1.6 INTERPRETACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.

El Proponente asume toda la responsabilidad por consultar y analizar los Pliegos de

Condiciones; se recomienda consultar de manera permanente la página web

www.esemariaauxiliadora.gov.co efectos de informarse sobre los Formularios de

Aclaraciones y/o Adendas que se produzcan durante el desarrollo de la invitación y demás

información del proceso.

Los Pliegos de Condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben

ser entendidas de manera separada.

Todas las deducciones, errores y omisiones que realice o en que incurra el Proponente con

base en su propia información, interpretación, análisis o conclusiones respecto de los

Pliegos de Condiciones, son por su exclusiva cuenta. Por tanto, la E.S.E MARÍA AUXILIADORA

DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA no asume responsabilidad alguna por tal información,

interpretación, análisis o conclusiones.

1.7. PARTICIPANTES.

Podrán participar en el presente proceso de selección, todas las personas naturales o

jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcio o unión temporal), que tengan dentro de su

objeto social o actividad relacionada con el objeto de este proceso y cumplan con todos los

requisitos exigidos en los Pliegos de Condiciones.

Serán aplicables para los participantes en el presente proceso las reglas sobre inhabilidades e

incompatibilidades establecidas por la ley 80 de 1993 y en general todas aquellas establecidas en nuestro ordenamiento jurídico.

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Cuando se comprobare que en forma deliberada no se informó la existencia de hechos

constitutivos de inhabilidad o incompatibilidades preexistentes o sobrevinientes, LA E.S.E MARÍA

AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA desestimará la propuesta y hará efectiva la

garantía de seriedad de la oferta.

1.8. CONSULTA DE LOS PLIEGOS.

Los Pliegos de Condiciones de la presente INVITACIÓN PÚBLICA podrán ser consultados en la

página web de la entidad www.esemariaauxiliadora.gov.co o en las instalaciones de la E.S.E

MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA ubicada en Calle 2 No. 3-14 Mosquera

Tel. 8932394 - 8932392, en los plazos establecidos para el efecto en la cronología del proceso.

Los Pliegos de Condiciones se podrán consultar y acceder o retirar en las direcciones, plazos y

horarios indicados en la cronología del proceso.

Los Pliegos de Condiciones se publicarán en los plazos establecidos en la cronología del

proceso.

Los interesados podrán formular en el plazo dispuesto en la cronología del proceso, solicitudes de

aclaración o sugerencias a los Pliegos de Condiciones, las cuales serán respondidas en forma

motivada por la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA antes de la fecha

de cierre de la INVITACIÓN.

1.9. CORRESPONDENCIA.

Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con la presente Invitación Pública,

deberá dirigirse a las oficinas de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA o al correo [email protected]

En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la

presentación de observaciones a los Pliegos de Condiciones y/o verificación y evaluación de las

propuestas, deberán presentarse en escrito acompañado de medio magnético compatible con

Word. Sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen directamente en las

instalaciones de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA ubicada en

Calle 2 No. 3-14 Mosquera o se remitan al correo electrónico

[email protected]

No será atendida la correspondencia entregada en cualquier otra Dependencia de la

Entidad o cualquier otra dirección de correo diferente a la señalada con antelación ni fuera de las fechas establecidas para el efecto.

1.10 REGLAS EN RELACIÓN CON EL ENVÍO Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS POR CORREO CERTIFICADO.

La fecha y hora de recepción en LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA, de documentos enviados por interesados o Proponentes, por correo certificado,

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serán las registradas por la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA en los

documentos respectivos o en el (los) sobre(s) que los contenga al momento de su recibo por

esta.

En consecuencia, será responsabilidad de los interesados y Proponentes adoptar las medidas

pertinentes para que los documentos que envíen por correo certificado, sean recibidos por la

Terminal dentro de los plazos, horas límite y lugares establecidos en estos pliegos.

1.11. EMISIÓN DE RESPUESTAS, ACLARACIONES Y ADENDAS.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, responderá todas las observaciones y solicitudes de aclaración a los Pliegos de Condiciones que cumplan con lo

establecido en este documento, publicando dichas respuestas en la página web de la entidad.

Toda aclaración a los Pliegos de Condiciones se incorporará en un Formulario de

aclaraciones en donde se reproducirá la inquietud u observación formulada por el interesado, y

la correspondiente respuesta. Las modificaciones o adiciones a los Pliegos de Condiciones y sus

anexos se efectuarán mediante adendas, respectivamente, los cuales formarán parte integral de aquellos y serán publicados en la página web de la entidad.

Las adendas posteriores derogan a las anteriores, en cuanto se refieran a un mismo asunto. Las adendas en todo caso no podrán ser expedidas el mismo día programado para el cierre.

Tanto los Formularios de Aclaración como las Adendas forman parte de los Documentos de la presente invitación pública.

1.12. FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS.

Las propuestas se presentarán en las oficinas de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA ubicada en Calle 2 No. 3-14 Mosquera – Cundinamarca, en la hora y fecha

establecidas en la cronología del proceso, en la secretaría de la Gerencia General. No se

aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la hora y fecha que para el efecto se

determine en la cronología del proceso.

Para la entrega de propuestas y apertura de los sobres se tendrá en cuenta lo siguiente:

La propuesta se entregará en sobres debidamente sellados y rotulados un sobre con la oferta

original y uno con la copia indicando en cada sobre si se trata del original o de la copia,

identificados ambos con el objeto y número de la INVITACIÓN PÚBLICA. Las hojas deben estar

foliadas en forma consecutiva tanto en el original como en las copias. En todo caso, de

llegarse a presentar alguna discrepancia entre el contenido de las copias y el original,

prevalece este último.

El sobre original y la copia deberán contener todos los documentos de la propuesta; esto es los

de carácter habilitante y los de orden técnico, económico y ponderativo.

El Proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en PLIEGOS DE

CONDICIONES y anexar la documentación exigida en el CAPITULO 3 DOCUMENTOS DE LA

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PROPUESTA.

Las enmiendas de la propuesta deberán ser convalidadas con la firma al pie de la misma de

quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito, las enmiendas no se

considerarán válidas.

No se admitirán propuestas enviadas por fax o correo electrónico.

Cada uno de los anexos exigidos por la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA, y que hacen parte de la propuesta, deben firmarse en original; en caso de

presentarse firmas digitales, deberá anexarse certificado expedido por Certicámaras S.A.

Adicionalmente a la propuesta original y la copia presentadas en medio físico, el proponente deberá anexar en medio magnético (CDS) todos los Anexos.

Las Propuestas serán abiertas en la fecha y hora señaladas para el cierre de este proceso de selección.

Los sobres deberán estar rotulados así:

E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA

INVITACION PUBLICA No. ______ de 2014

PROPUESTA PARA __________________________________________________

Nombre del proponente: _______, Dirección: _______, Teléfono: ______, fax :_____,

Email:_______.

SEÑALAR SI ES EL ORIGINAL O COPIA

1.13. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

Las personas que deseen participar en el presente proceso de selección, tendrán en cuenta

que sus ofrecimientos deben tener un término de validez igual al de la vigencia de la póliza

que garantiza la seriedad de la propuesta, esto es, noventa (90) días calendario, contados a

partir de la fecha de cierre de la Invitación. En caso de incluirse un plazo de validez de la oferta

menor al exigido, ésta no será tenida en cuenta.

1.14 COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA.

Serán de cargo del Proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su

propuesta.

1.15 PROPUESTAS PARCIALES.

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No se aceptarán propuestas parciales. En caso que se presenten, serán consideradas como no

hábiles.

CAPITULO II

PROCEDIMIENTO DE LA INVITACIÓN.

2.1. PLAZO DE LA INVITACIÓN.

El Plazo de la Invitación Publica, entendido como el término que debe transcurrir entre la

fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre será el

determinado en la cronología del proceso.

2.2. ACLARACIONES ADICIONALES.

Los proponentes deberán examinar el contenido de los Pliegos de Condiciones y de las

correspondientes especificaciones técnicas, e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar.

En el evento que la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, de oficio

realice aclaraciones, correcciones o adiciones, las dará a conocer a través de las respectivas

publicaciones en los medios dispuestos para el efecto.

Cuando las aclaraciones, correcciones o adiciones, den lugar a la modificación de los Pliegos de

Condiciones, serán consignadas en adendas, que formarán parte integral del mismo.

2.3 REVISIÓN, ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES

DE LA CONTRATACIÓN.

Los interesados en la Invitación pública podrán efectuar sus observaciones y propuesta de

modificación de la distribución de los riesgos contractuales que trata los Pliegos de

Condiciones en los plazos indicados para realizar observaciones al proceso de conformidad con

la cronología del proceso.

Los riesgos estimados, tipificados y asignados son:

RIESGO OBSERVACIONES PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA IMPACTO EFECTO ASIGNACIÓN

ECONOMICO

Son aquellos que se derivan del comportamiento

del mercado, tales como la fluctuación de los

precios de los insumos, desabastecimiento y

especulación de los mismos, entre otros.

BAJO Medio -

Alto

Mayor costo de

las obras

60% el contratista y40% la entidad, lo anterior teniendo

en cuenta que los

contratistas cuentan con la

experiencia que les permite mitigar el riesgo

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sociales o políticos

Aquellos que se derivan por cambios de las

políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación

política, sistema de gobierno y cambio en las

condiciones sociales que tengan impacto en la

ejecución del contrato. También suelen

presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población,

grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los

paros, huelgas, actos terroristas

BAJO Medio -

Alto

Mayor costo de

las obras y

retraso de las

mismas

100% entidad

Operacionales

Son aquellos riesgos asociados a la operatividad

del contrato. Entre estos encontramos: la

posibilidad de que el monto de la inversión no

sea el previsto para cumplir el objeto del contrato. También se presenta la extensión del

plazo, cuando los contratos se realizan en

tiempos distintos a los inicialmente programados

por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de

no obtención del objeto del contrato como

consecuencia de la existencia de inadecuados

procesos, procedimientos, parámetros, sistemas

de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a

las partes

BAJO Medio -

Alto

Retraso en las

obras, mayor

costo de la mismas y

desfinanciamiento

del proyecto y no

ejecución de los trabajos

70% el contratista y 40% la

entidad lo anterior teniendo en cuenta que el

contratista, es el que cuenta

con mayor experiencia y

conocimiento de las variables que determinan el

valor de la inversión y

tendrá a su cargo las

actividades propias del

contrato

Financiero

Este riesgo tiene dos componentes básicos: el

riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones

financieras. El primero se refiere a la dificultad

de conseguir los recursos financieros, ya sea en

el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo

hace referencia a los términos financieros de

dichos recursos, entre estos encontramos plazos,

tasas, garantías, contragarantías,

refinanciaciones entre otros

MEDIO - BAJO Alto

desfinanciamiento del proyecto y no

ejecución de las

obras

100% el contratista, ya que en el recae la

responsabilidad de analizar

si cuenta con los recursos

suficientes y con la capacidad financiera que le

permita ejecutar el objeto

del contrato y llevarlo a un

feliz termino

Regulatorio

Son los posibles cambios regulatorios o

reglamentarios que siendo previsibles, afecten el

equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en

las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional),

designación de zonas francas, planes de

ordenamiento territorial, expedición de normas

de carácter técnico o de calidad, entre otros.

MEDIO - BAJO Bajo

Mayor costo de

las obras y retraso de las

mismas

100% la entidad

De la naturaleza

Son los eventos causados por la naturaleza sin la

intervención o voluntad del hombre, que aunque

pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes.

éstos se refieren a los hechos de la naturaleza

que puedan tener un impacto sobre la ejecución

del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros,

siempre y cuando los mismos puedan preverse

MEDIO - BAJO Medio -

Alto

Retraso en las

obras y mayor

costo

50% la entidad y 50% el

contratista, siempre y

cuando existan formas que

permitan demostrar que el contratista pudo

mitigar el riesgo.

2.4 DILIGENCIA DE CIERRE DE LA INVITACIÓN.

El cierre del Proceso se realizará en la hora y fecha indicada en la cronología del proceso.

La hora oficial se regirá por la hora legal de la República de Colombia, establecida por la división

de meteorología de la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con la directiva 013

del 6 de octubre de 2005, expedida por la Procuraduría General de la Nación.

Las propuestas que se presenten después de la hora oficial y del día fijado para el cierre no serán recibidas.

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El sobre original será abierto en acto público y se levantará un acta en la cual se incluirá los

nombres de los Proponentes, el número de folios, valor y tiempo asegurado, la forma de

presentación de las propuestas, y el cumplimiento de la presentación del medio magnético

cuando así corresponda.

A partir de la fecha y hora oficial de cierre del plazo del presente proceso de selección los

Proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas, sin perjuicio de la aplicación de las reglas de subsanabilidad que contempla el presente pliego de condiciones.

2.5 PERÍODO DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. ACLARACIONES,

PRECISIONES Y/O SOLICITUD DE DOCUMENTOS DURANTE ESTE PERÍODO.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA verificará y evaluará las ofertas

presentadas por los proponentes dentro del plazo indicado en la cronología del proceso para este

efecto.

Dentro de este término por escrito los comités verificadores y evaluadores, solicitarán a los

oferentes que sea necesario hacerlo que realicen las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los

documentos que se le requieran de conformidad con las reglas de subsanabilidad que

establece el presente pliego, sin que por ello pueda el proponente ADICIONAR O MODIFICAR las

condiciones o características de su propuesta, y la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA, no podrá hacer variación alguna en los pliegos de la misma.

Para efectos de la verificación y evaluación de requisitos habilitantes se tendrán en cuenta las

reglas de subsanabilidad según las cuales la ausencia de requisitos o la falta de documentos no

necesarios para la comparación de propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de

los ofrecimientos hechos. En consecuencia, bajo este precepto se determinará la subsanabilidad

o no de los requisitos mínimos de participación. Los requisitos que otorgan puntaje no serán

subsanables bajo ninguna forma. En todo caso no se permitirá que se subsane la acreditación

de hechos ocurridos con posterioridad al cierre del presente proceso o aspectos referentes a

capacidad del proponente, sin perjuicio de los demás aspectos insubsanables que el pliego

determine. Tampoco serán objeto de subsanación los requisitos que otorguen puntaje.

En el evento en que la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, establezca

que el plazo de evaluación no garantiza el deber de selección objetiva, esta podrá

prorrogarlo por el término que considere necesario para la expedición del informe de evaluación.

2.6. TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN.

Los Proponentes podrán consultar el informe de evaluación en las instalaciones de la E.S.E

MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y además en la página Web de la

entidad. Dicho informe estará en traslado a los proponentes por un término común de DOS (2)

días hábiles. Será dentro de este término que podrán presentar las observaciones que consideren

necesarias, las cuales deberán ser enviadas al correo

[email protected] o radicadas directamente en las instalaciones de

la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA.

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9

Los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas durante el

plazo para la presentación de observaciones al informe de evaluación, sin perjuicio de la

aplicación de las reglas de subsanabilidad dispuestas en este pliego.

2.7. ADJUDICACIÓN DE LA INVITACIÓN.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, previa consolidación de la

información resultante del proceso de verificación y evaluación, procederá a llevar a cabo la

adjudicación de la presente INVITACIÓN pública en Audiencia Pública, la cual se desarrollará de

conformidad con lo siguiente:

a. En la audiencia los oferentes podrán pronunciarse inicialmente sobre las respuestas

dadas por la entidad a las observaciones presentadas respecto de los informes de

evaluación. En ningún caso, esta posibilidad implica una nueva oportunidad para

mejorar o modificar la oferta.

b. En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE

MOSQUERA -CUNDINAMARCA, requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el

sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término

necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.

c. Se podrá conceder el uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con

el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan

presentado por los intervinientes.

d. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o las personas previamente

designadas por el oferente, y estará limitada a la duración máxima que la Terminal haya

señalado con anterioridad.

e. Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los

funcionarios de la terminal y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá

tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma,

pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.

f. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, se procederá a adoptar la

decisión que corresponda y se notificará a los presentes en estrados.

2.8. EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN.

El acto de adjudicación es irrevocable y obliga por igual a la E.S.E MARÍA AUXILIADORA

DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y al adjudicatario. Contra el acto de adjudicación no procede

ningún recurso por vía gubernativa

2.9. DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA INVITACIÓN.

Dentro del mismo término de adjudicación, la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA –

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10

CUNDINAMARCA, por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista, podrá

declarar desierta la INVITACIÓN, mediante acto administrativo motivado.

2.10. CRONOLOGÍA DEL PROCESO.

CONCEPTO FECHA Y HORA

INICIO

FECHA Y HORA

TERMINA LUGAR

Publicación de aviso de

convocatoria en cartelera y

publicación términos de

referencia en página Web.

19- 03-2014

10:00 a.m.

26-03-2014

3:00 p.m.

Cartelera de la ESE ubicada en la

Calle 2 No. 3-14 Mosquera (C) y

página web.

www.esemariaauxiliadora.gov.co

Consulta de Pliegos de

Condiciones por interesados.

19-03-2014

10:00 a.m.

26-03-2014

3:00 p.m.

Cartelera de la ESE ubicada en la

Calle 2 No. 3-14 Mosquera (C) y

página web.

www.esemariaauxiliadora.gov.co

Observaciones pliegos de

Condiciones.

19-03-2014

10:00 a.m.

21-03-2014

5:00 p.m.

Dirección Electrónica

Direccionjuridica@esemariaauxili

adora.gov.co

Respuestas a las observaciones y

expedición de Adendas – Si hay

lugar a ellas

25-03-2014

10:00 a.m.

25-03-2014

5:00 p.m.

Cartelera de la ESE ubicada en la

Calle 2 No. 3-14 Mosquera (C) y

página

web.www.esemariaauxiliadora.go

v.co

Presentación de las propuestas 26-03-2014

10:00 a.m.

26-03-2014

03:00 p.m.

Secretaría de Gerencia de la ESE

María Auxiliadora de Mosquera –

Cundinamarca, ubicada en la

Calle 2 No. 3-14 de la ciudad de

Mosquera, Cundinamarca.

Cierre de la Invitación 26-03-2014

3:00 p.m.

26-03-2014

3:00 p.m.

Secretaría de Gerencia de la ESE

María Auxiliadora de Mosquera –

Cundinamarca, ubicada en la

Calle 2 No. 3-14 de la ciudad de

Mosquera, Cundinamarca

Evaluación de las Propuestas 27-03-2014

03:00 p.m.

28-03-2014

5:00 p.m.

E.S.E. María Auxiliadora de

Mosquera.

Publicación y traslado de los

Resultados

31-03-2014

8:00 a.m.

01-04-2014

5:00 p.m.

Página web.

www.esemariaauxiliadora.gov.co

Presentación Observaciones a los

resultados.

02- 04-2014

8:00 a.m.

02-04-2014

5:00 p.m.

Página web.

www.esemariaauxiliadora.gov.co

Respuesta Observaciones

resultados.

03-04-2014

8:00 a.m.

03-04-2014

5:00 p.m.

Página web.

www.esemariaauxiliadora.gov.co

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11

Adjudicación

04-04-2014

04-04-2014

Oficina Jurídica de la E.S.E. Calle

2 No. 3-14 Mosquera (C)

Firma del contrato 07-04-2014 07-04-2014 Oficina Jurídica de la E.S.E. Calle

2 No 3-14 Mosquera (C)

Legalización contrato 08-04-2014

8:00 a.m.

08-04-2014

5:00 p.m.

Oficina Jurídica de la E.S.E. Calle

2 No. 3-14 Mosquera (C)

Iniciación Contrato 11-04-2014

CAPITULO TERCERO.

3.1 REQUISITOS HABILITANTES PARA PARTICIPAR Y DOCUMENTOS PARA

ACREDITARLOS.

Son requisitos para participar y verificar: La capacidad jurídica, financiera y técnica mínima.

Los requisitos jurídicos y financieros, no tienen puntaje, pero son verificables por los

evaluadores, quienes constatarán el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo

exigido por la empresa en los Pliegos de Condiciones. Si los proponentes no cumplen con

estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado.

3.2 IDIOMA DE LA PROPUESTA

La propuesta, correspondencia y todos los documentos que la integran deberán estar redactados

en idioma español. Por lo tanto cualquier documento aportado en idioma extranjero,

deberán venir acompañado de traducción simple, salvo que la ley exija traducción oficial.

3.3. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA

3.3.1 DOCUMENTOS JURÍDICOS.

3.3.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (FORMATO No. 1).

Deberá presentarse de acuerdo con el modelo suministrado por el la E.S.E MARÍA AUXILIADORA

DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, firmada por la Persona Natural proponente o por el

Representante Legal de a persona jurídica, Consorcio o Unión Temporal proponente, indicando su

nombre, documento de identidad y los demás datos requeridos en el formato suministrado con

estos Pliegos de Condiciones; lo anterior, so pena de inhabilitar la propuesta.

Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad

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o incompatibilidad para contratar a que se refieren la Constitución Política, el artículo 8º de la

Ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales, en la Carta de Presentación de la propuesta, el

Proponente declarará que no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades e

incompatibilidades y que renuncia a la presentación de la propuesta y al contrato en caso que

sobrevenga alguna de ellas.

La no presentación de este documento no es subsanable, como tampoco lo será la ausencia del

abono solicitado en casos que corresponda o la ausencia de suscripción de la misma por el

proponente, su representante legal o el profesional que abona la oferta cuando así corresponda.

3.3.1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y

AUTORIZACIÓN.

El Proponente, persona jurídica, deberá anexar el Certificado de Existencia y Representación

Legal vigente expedido por la autoridad competente. El objeto deberá incluir las actividades

principales objeto del presente proceso de selección. La certificación sobre existencia y

representación legal deberá haber sido expedida con fecha no mayor a treinta (30) días

calendario anteriores a la fecha de cierre de este proceso de selección. Cuando se prorrogue la

fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre. En este

certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior a la

del plazo de ejecución del contrato y dos años más.

En el caso de los consorcios y de las Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes que

sea persona jurídica deberá cumplir individualmente con esta regla.

Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer

obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del

órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar

el contrato hasta por el valor del Presupuesto Oficial, expedido con fecha no mayor a quince (15)

días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. Cuando se prorrogue la

fecha de cierre, esta autorización tendrá validez con la primera fecha de cierre. En el caso de

los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas

jurídicas que los integren, deberá contar con dicha autorización, hasta el valor del Presupuesto

Oficial, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.568, 1.569 y 1.571 del Código Civil.

Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas

jurídicas privadas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán,

además, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar

la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente.

De igual manera deberán presentar los documentos que acrediten su existencia y representación

legal de conformidad con las normas del país de origen.

NOTA: Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este

numeral, deberán presentarse legalizados en concordancia con los Arts. 259 y 260 del Código de

Procedimiento Civil y el Art. 480 del Código de Comercio.

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Serán inhábiles las propuestas en aquellos eventos en que del certificado de existencia y

representación o de cualquier otro documento logre establecerse que el oferente o uno

cualquiera de los asociados en casos de consorcios o uniones temporales estén afectados con

medidas cautelares sobre cualquier bien, activo o razón social, cuando no se allegue con la

propuesta la autorización del órgano competente en caso de requerirse o cuando el certificado

expedido por la Cámara de Comercio no esté vigente a la fecha de presentación de la propuesta.

3.3.1.3 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL

REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP).

En el presente proceso de selección podrán participar las personas naturales o jurídicas, en

forma individual o en Consorcio o en Unión Temporal, inscritas en el Registro Único de

Proponentes de la Cámara de Comercio. Para la fecha de cierre del presente proceso la

inscripción deberá estar en firme.

Para los efectos anteriores el proponente deberá presentar el respectivo certificado de

inscripción, calificación y clasificación (RUP) expedido por la respectiva Cámara de comercio. La

inscripción debe estar vigente y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a

treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Si se

prorroga el cierre del proceso, valdrá con la fecha inicial de cierre.

Para el caso de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o para el caso de

personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, se les

exigirá el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en

donde tiene su domicilio principal.

El proponente deberá acreditar estar inscrito en alguna de las siguientes clasificaciones:

A) Para proponentes que cuenta con clasificación de conformidad con el CIIU Rev. 4. AC deberán

acreditar estar inscritos como proveedor en las siguientes actividades:

SECCIÓN DIVISIÓN GRUPO CLASE

Sección C. 20

201 “Fabricación de sustancias químicas básicas, abonos y compuestos inorgánicos nitrogenados, plásticos y caucho sintético en formas primarias”

2011: ”La fabricación de gases industriales, gases inorgánicos comprimidos, gases licuados y gases medicinales como oxígeno, nitrógeno y gases halógenos como el cloro y el flúor; los gases refrigerantes producidos a partir de hidrocarburos como los freones; gas carbónico (hielo seco), aire líquido o comprimido, mezclas de estos gases con aplicaciones específicas y gases aislantes.”

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B) Para el caso de proponentes que aun cuenten con RUP expedido bajo la regulación del

decreto 1464 de 2010, y que se encuentre vigente, deberán acreditar las siguientes

clasificaciones:

CLASIFICACION – Proveedor

ESPECIALIDAD – 6. Productos de las industrias Químicas o de las Industrias conexas.

GRUPO -- 03 Productos farmacéuticos.

Para el caso de consorcios y uniones temporales cada uno de los integrantes deberá cumplir con

este requisito

La no presentación del RUP será subsanable. No lo será el no estar inscrito en las actividades

anteriormente señaladas antes de la fecha de cierre del proceso o no encontrarse en firme sus

inscripción lo cual genera inhabilidad de la oferta.

3.3.1.4. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES

TEMPORALES

El Proponente deberá indicar en el documento de conformación si su propuesta se formula a

título de Consorcio o Unión Temporal y deberá señalar como mínimo la siguiente información

sobre el consorcio o unión temporal

Designación de las personas naturales o jurídicas que conforman el consorcio o

unión temporal, con sus respectivos documentos de identidad.

Para el caso de personas jurídicas, indicará el nombre e identificación del

representante

legal; así como la manifestación expresa de estar debidamente facultado para actuar en

nombre de la persona jurídica que representa, lo cual será acreditado con el Certificado

de Existencia y Representación Legal o con el acta del órgano social competente, cuando

sea necesario.

Deberá señalar el nombre del consorcio o unión temporal.

Designar a la persona que representará el consorcio o unión temporal.

Indicar los términos y extensión de la participación de cada uno de sus integrantes.

Determinar el domicilio del consorcio o unión temporal,

Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán señalar las reglas

básicas que regulen las relaciones entre los integrantes y su responsabilidad.

Si se trata de un consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno

de sus integrantes, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo

de la

E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y si se trata de una Unión

Temporal, sus miembros deberán señalar la extensión de actividades y porcentaje de

su participación, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y

escrito de la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA. La omisión

de este señalamiento, hará que la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA tome la propuesta como presentada por un Consorcio para todos los

efectos legales derivados de ello.

La duración señalada como duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a

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la del plazo de ejecución del contrato y un años más.

Los integrantes del Consorcio y los de la Unión Temporal responderán por las obligaciones

derivadas de la propuesta, conforme a las disposiciones legales vigentes.

La no presentación de este documento o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos

descritos anteriormente no serán subsanables.

3.3.1.5 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.

Por el hecho de presentar la propuesta y de vencerse el plazo establecido para adelantar el

proceso de selección, se entenderá que la propuesta es irrevocable y que el proponente

mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta durante todo el tiempo

que dure el proceso de selección, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a

presentarse de acuerdo con los PLIEGOS DE CONDICIONES.

Para participar en este proceso de selección, la propuesta debe estar acompañada de la

garantía de seriedad. Esta garantía debe ser expedida a favor de E.S.E MARÍA AUXILIADORA

DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, de acuerdo con lo establecido a continuación:

La garantía deberá ser por un valor equivalente al 10% del valor total del Presupuesto Oficial,

válida como mínimo por noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre

del presente proceso de selección; en caso de prorrogarse el plazo del proceso, el proponente

deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar

la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale E.S.E MARÍA

AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA.

La garantía de seriedad de la propuesta podrá ser una garantía bancaria o una póliza de

seguros. La garantía deberá ser expedida por un Banco o Aseguradora, legalmente autorizado

para tal efecto. Si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse

con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal

expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el

referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la

propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la Garantía de Seriedad debe ser

tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y de cada uno de sus integrantes.

La omisión de presentar la garantía de seriedad inhabilita la propuesta. Cuando la Póliza de

Seguros o la Garantía Bancaria no sean expedidas de acuerdo con los requerimientos de los

Pliegos de Condiciones, el proponente deberá remitir las modificaciones del caso, dentro del

plazo que al efecto le señale E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA,

so pena de inhabilidad de la propuesta.

LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, hará efectiva la garantía

de seriedad de la propuesta en los siguientes casos:

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente

seleccionado.

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La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término

previsto en los Pliegos de Condiciones para la adjudicación del contrato se prorrogue o

cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre

y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de

cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las

obligaciones del contrato.

El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las

propuestas.

LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, previa solicitud escrita del

oferente, devolverá la garantía de seriedad de las ofertas, una vez haya sido perfeccionado el

contrato respectivo y se hayan aprobado por LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA

-CUNDINAMARCA las garantías contractuales requeridas.

3.3.1.6. CONTROL DE PAGO DE LOS RECURSOS PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD

SOCIAL.

Los proponentes que sean personas jurídicas deberán acreditar el pago de los aportes de sus

empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de

Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de

Aprendizaje, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de

acuerdo con los requerimientos de Ley o por el representante legal, durante un lapso no

menor a los seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta o a aquel desde

el cual se hubiere constituido la sociedad, si dicho plazo es menor (Artículo 50 Ley 789/02).

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la acreditación se anexará por las personas

jurídicas que los integran.

La no presentación de este documento será subsanable.

3.3.1.8 OTROS DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA:

El Proponente deberá anexar de igual forma los siguientes documentos:

Fotocopia de cedula de ciudadanía de los proponentes persona natural o del

representante legal según sea el caso.

Formato único de hoja de vida de la función pública de los proponentes personas

naturales o del representante legal según sea el caso.

Fotocopia de la libreta militar de los proponentes persona natural o del representante

legal según sea el caso.

R.U.

Declaración de Inhabilidades. Documento suscrito por la persona natural o el

Representante Legal de la persona jurídica, en el que se manifieste expresamente que

no se encuentra incurso en las inhabilidades o incompatibilidades, ni prohibiciones para

contratar con la Empresa, de que trata la Constitución, la Ley 128/76, Ley 80/93,

Decreto 679/ 94, Ley 190 /95 y demás que regulen la materia

Certificado de antecedentes disciplinarios, del representante legal de la persona jurídica,

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Representante legal e integrantes del consorcio ó unión temporal, según sea el caso.

Antecedentes fiscales del representante legal de la persona jurídica, de los integrantes

del consorcio o unión temporal, según sea el caso.

La no presentación de estos documentos será subsanable.

3.3.2. DOCUMENTOS FINANCIEROS.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, evaluará la capacidad

financiera y patrimonial del proponente que asegure a la entidad la ejecución sin riesgos

económicos del objeto a contratar, para lo cual debe cumplir con los indicadores

financieros que a continuación se indican:

El proponente deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros:

a) Tener un Capital de Trabajo mayor o igual al 100% del valor del presupuesto oficial.

Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente > ó = 100% P.O.

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el capital de trabajo se calculará sumando

los capitales de trabajo de cada integrante.

b) Tener un Índice de liquidez mayor o igual a 1.5 el cual se obtiene de la siguiente

manera:

Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente > ó = 1,5

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el índice de liquidez se calculará sumando

las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así:

(AC1*%P1) + (AC2*%P2) + ( AC…N*%P…N) / (PC1*%P1) + (PC2*%P2) + ( PC…N*%P…N)

Donde

AC1= Actico corriente integrante 1, 2 …..N

%P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N

PC1= Pasivo corriente Integrante 1, 2 ….N

c) Tener un Índice de Endeudamiento menor o igual al 50 %, el cual se obtiene de la

siguiente manera:

Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total /Activo Total) x 100 < ó = 50%

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el Nivel de Endeudamiento se calculará

sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de

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participación así:

(PT1*%P1) + (PT2*%P2) + ( PT…N*%P…N) / (AT1*%P1) + (AT2*%P2) + ( AT…N*%P…N)

Donde

PT1= Pasivo Total integrante 1, 2 …..N

%P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N

AT1= Activo Total Integrante 1, 2 ….N

d) Razón de Cobertura de Intereses mayor o igual a 2, el cual se obtiene de la siguiente

manera:

Cobertura de Intereses= Utilidad Operacional / Gastos de Intereses >o = 2.0

En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la Razón De Cobertura De Intereses se

calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje

de participación así:

(UO1*%P1) + (UO2*%P2) + (UO…N*%P…N) / (GI1*%P1) + (GI2*%P2) +(GI…N*%P…N)

Donde

UO1 = Utilidad Operacional integrante 1, 2 …..N

%P1 = Porcentaje de Participación Integrante 1, 2 ….N

GI1 = Gastos De Intereses Integrante 1, 2 ….N

Para el cálculo de los indicadores financieros, se tomará la última información financiera

registrada en el RUP, que se encuentre en firme a la fecha de presentación de la propuesta

y siempre y cuando esta esté de acuerdo a los parámetros establecidos en el decreto 1510

de 2013. De lo contrario, el proponente deberá adjuntar balances, estado de resultados,

notas a los estados financieros, certificación y dictamen, este último cuando el proponente

debe tener revisor fiscal. La información financiera corresponderá a la vigencia 2012 o 2013 a

elección del proponente. De igual manera se adjuntarán copia de la tarjeta profesional de los

profesionales de la Contaduría (Contador – Revisor Fiscal) que suscriben los respectivos

estados financieros junto con los antecedentes expedidos por la Junta Central de Contadores.

El proponente también deberá diligenciar el respectivo formulario financiero dispuesto en el

pliego para el efecto.

Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos

soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los

incisos anteriores, respecto de cada uno de los integrantes.

La ESE si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con

el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos.

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19

Cuando en desarrollo de la evaluación financiera se requiera verificar información adicional a

la a la contenida en el RUP, la E.S.E. MARÍA AUXILIADORA podrá requerirla al proponente.

El no cumplimento de las condiciones financieras mínimas solicitadas no es subsanable e

inhabilita la propuesta.

3.3.3. REQUISITOS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS.

3.3.3.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

El proponente deberá acreditar la siguiente experiencia:

El proponente deberá acreditar una experiencia en el sector médico y hospitalario en la

ejecución de contratos cuyo objeto haya consistido en la suministro y/o venta de Oxigeno

Medicinal Hospitalario y Domiciliario, iniciados y ejecutados en territorio colombiano dentro de

los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección y

cuyos valores sumados sean iguales o superiores al 100% del valor del presupuesto oficial de

este proceso expresado en SMLMV. Este requisito podrá acreditarse con la presentación de

máximo dos (2) contratos. Para efectos de realizar la conversión del valor de los contratos en

SMLMV, se tendrán en cuenta el valor de los salarios para la época de terminación de los

mismos. Cuando exista acta de recibo final y de liquidación con fechas diferentes, se

realizará el cálculo con la fecha de la liquidación.

A fin de que se consideren idóneos, los documentos soporte que acrediten la ejecución de

contratos deben permitir verificar, como mínimo, los siguientes datos:

a) Nombre del contratante.

b) Razón social o nombre de quien ejecutó el contrato. c) Objeto y/o alcance del contrato.

d) Valor del contrato.

e) Fecha de inicio y fecha de terminación.

f) La demás información que en los Datos de la Invitación se indiquen de manera expresa que

debe obrar en la documentación soporte.

Para tales efectos será aceptable, entre otros, cualquiera de los siguientes documentos:

Certificaciones expedidas por la entidad contratante y copia del respectivo contrato

cuando esta se requiera para complementar información.

Copia total de los contratos junto con su acta de liquidación o de recibo final.

Las certificaciones podrán ser expedidas por entidades públicas o privadas. En caso de

entidades públicas, la certificación deberá suscribirla el respectivo ordenador del gasto o el

funcionario autorizado. Si corresponde a entidades privadas, la certificación deberá suscribirla

el representante legal, contador, o el revisor fiscal si es el caso, o por la persona competente

o designada para tal fin por parte del contratante. Además deberá adjuntarse la copia del

contrato o los documentos que logren acreditar válidamente la ejecución de las

a c t i v i d a d e s acreditadas por parte del proponente o cualquiera de sus integrantes

para el caso de las propuestas conjuntas.

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En el caso de oferentes que participen en la modalidad de consorcio o unión temporal, la

experiencia solicitada se obtendrá de la sumatoria de la experiencia acreditada por cada uno

de los integrantes ponderada por el porcentaje de participación del consorcio o unión

temporal participante, pero por lo menos uno de los integrantes del consorcio o de la unión

temporal deberá aportar como mínimo el 50% de la experiencia requerida, y este no podrá

tener un porcentaje de participación en el consorcio o la unión temporal inferior al 50%.

Para el cálculo del valor del contrato en salarios mínimos mensuales, se presenta la tabla de

evolución del salario mínimo mensual:

PERÍODO SMLMV

Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 496.900,00

Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 515.000,00

Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 535.600,00

Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 566.700,00

Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 589.500,00

Para determinar el año aplicable al cálculo de los valores de los contratos acreditados y

expresarlos en SMLMV, se tomará la fecha de terminación del contrato.

La experiencia obtenida en virtud de consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta de

acuerdo con el porcentaje de participación señalado en la certificación correspondiente.

Los documentos tendientes a acreditar la experiencia solo serán subsanables siempre y

cuando se trate acreditación de hechos ocurridos con anterioridad al cierre del presente

proceso y que pretendan aclarara o hagan parte de información relacionada previamente en

la oferta.

Adicional a la documentación anterior, el proponente deberá diligenciar el formato No. 2

“Experiencia del Proponente”.

3.3.3.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS EXIGIDOS.

El proponente deberá presentar dentro de su propuesta:

1. Declaración de que el oxígeno objeto de adquisición no se encuentra en etapa de

experimentación

2. Registro Sanitario El oferente deberá anexar el registro sanitario LEGIBLE, claro y

completo del OXIGENO expedido por el INVIMA, el cual deberá estar vigente al momento de

presentar la oferta.

Cuando el Registro Sanitario se haya renovado, modificado o se encuentre en trámite de

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renovación o modificación se debe anexar la copia de las respectivas autorizaciones o de las

solicitudes efectuadas con el sello de radicación en la entidad destinada para tal fin, así como

la copia del Registro Sanitario vencido. No se tendrán en cuenta los documentos de solicitud

de renovación que estén radicados por fuera de los términos de tiempo establecidos en

Decreto 677 de 1995.

En caso que el Registro Sanitario esté en trámite de renovación deberá haberse radicado, de

acuerdo con los términos legales establecidos, con tres (3) meses de anticipación a su

vencimiento. Para la suscripción de los contratos deberá contarse con la renovación o

modificación debidamente autorizada por el INVIMA.

3. Certificado de buenas prácticas de manufactura (BPM): El OFERENTE deberá adjuntar el

certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del Oxigeno expedido por el INVIMA.

4. Declaración firmada por el proponente en la cual indique que los insumos y la ejecución

del contrato se ajustan a las especificaciones técnicas mínimas.

3.3.4. DOCUMENTOS ECONÓMICOS (FORMULARIO No. 4).

3.3.4.1 PROPUESTA ECONÓMICA (FORMULARIO No. 4)

El Proponente diligenciará el FORMULARIO No. 4 – PROPUESTA ECONÓMICA.

El proponente deberá cotizar cada uno de los ítems establecidos en la lista de cantidades y

precios de la propuesta. El precio de la propuesta deberá establecerse en pesos colombianos;

no se aceptarán precios en otras monedas.

El proponente cotizará cada uno de los ítems, utilizando como modelo el anexo que se

suministra en el presente pliego.

Estos valores deberán contener los elementos esenciales de cada una de los bienes y

servicios ofertados o trabajos a realizar según corresponda y de acuerdo con lo establecido

en el pliego de condiciones y en las especificaciones técnicas.

El proponente deberá tener en cuenta que todos los trabajos requeridos para la completa

ejecución del contrato deben estar incluidos en alguno de los ítems de pago de la lista de

cantidades y precios y no se aceptarán interpretaciones diferentes en este sentido si se omitió

citar alguno específico, pero que deba efectuarse para cumplir con el alcance total del

contrato. De la misma manera, el proponente deberá tener en cuenta que en el valor de su

propuesta se encuentran comprendidos todos los costos, gastos, administración, imprevistos

y utilidades del contratista con ocasión de la ejecución de los trabajos, por cuanto

corresponde al estudio cuidadoso de los pliegos de esta INVITACIÓN pública.

El proponente no podrá efectuar cambio y/o variación alguna respecto de la descripción,

unidad de medida o cantidad de los ítem requeridos por la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE

MOSQUERA -CUNDINAMARCA, so pena del rechazo de la oferta.

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Cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una

oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que

sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, la E.S.E MARÍA

AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, recomendará el rechazo o la continuidad de

la oferta en el proceso, explicando sus razones.

Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el

valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no

ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de

que se adjudique el contrato ha dicho proponente.

CAPITULO IV.

4. EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN DE PROPUESTAS.

4.1. PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

4.1.1. ADMISIBILIDAD DE LA PROPUESTA

Una propuesta será admisible o elegible, y se incluirá en el orden de elegibilidad, cuando haya

sido presentada oportunamente y se encuentre ajustada a los Pliegos de Condiciones.

Se considera ajustada a los Pliegos de Condiciones, y por consiguiente será admisible o

elegible, la propuesta que cumpla todos y cada uno de los REQUISITOS MÍNIMOS DE

ADMISIBILIDAD y los REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ADMISIBILIDAD, y no se halle

comprendida en una o más de las causales de inadmisibilidad que aparezcan en los Pliegos

de Condiciones.

4.1.2. INADMISIBILIDAD DE LA PROPUESTA

Serán inadmisibles o inelegibles, y no se incluirán en el orden de elegibilidad, las propuestas

que se encuentren incursas en una o varias de las siguientes situaciones, o en las restantes

causales de inadmisibilidad o rechazo que aparezcan en los Pliegos de Condiciones; entre

otras:

a) Cuando, sin perjuicio de la posibilidad de saneamiento prevista en los Pliegos de

Condiciones, la propuesta no cumpla con uno o varios de los REQUISITOS GENERALES Y/O

ESPECÍFICOS DE ADMISIBILIDAD, de orden jurídico, financiero, técnico y económico.

b) Cuando la propuesta: i) se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier

condición o modalidad; ii) sea extemporánea, iii) se presente en un lugar diferente al indicado

en los Pliegos de Condiciones, o iv) sea parcial.

c) Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes se encuentre en una o varias de las

siguientes situaciones: Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad previstas en la ley; tenga un conflicto de interés de origen legal o

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contractual; o no se encuentre en situación de cumplimiento por concepto de pago de giros y

aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales.

d) Cuando el Proponente, o alguno de sus integrantes sea una persona jurídica incursa en una

causal de disolución no enervada antes del Cierre de la selección o que se encuentre en

liquidación a dicha fecha.

e) Cuando el Proponente, de manera expresa, indique que no cumple con un requisito mínimo

o que no aporta un documento cuya ausencia es calificada como insubsanable por la ley, por

estos Pliegos de Condiciones o que su propuesta se encuentra condicionada.

f) Cuando la propuesta no se ajuste a los aspectos esenciales de la contratación o no cumpla

con las especificaciones técnicas solicitadas.

g) Cuando la propuesta esté incompleta o cuando contenga defectos que no sean

subsanables, de acuerdo con lo previsto al respecto en los Pliegos de Condiciones.

h) Cuando la información consignada en los documentos que integran la propuesta no sea

veraz, esto es, no corresponda a la realidad.

i) Cuando no se cotice algún ítem solicitado o sean cambiadas la descripción, unidad de

medida o cantidad de alguno de los ítem cotizados.

j) Las demás establecidas en los presentes Pliegos de

Condiciones.

4.2. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA estará encargada de

verificar el cumplimiento de requisitos mínimos, evaluar y calificar las propuestas recibidas,

establecer el orden de elegibilidad y resolver las observaciones que formulen los

Proponentes, todo dentro de los términos establecidos en el presente Pliegos de Condiciones.

4.3. SISTEMA DE PONDERACIÓN DE PROPUESTAS.

ASIGNACIÓN DE PUNTAJES.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA otorgará un puntaje

total de 1000 Puntos así:

ASPECTO ECONÓMICO 700

ASPECTO TÉCNICO

Y DE CALIDAD

MENOR TIEMPO DE ENTREGA DE

MATERIALES 200

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100

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A. OFERTA ECONÓMICA (700) PUNTOS.

Se aplicará el siguiente procedimiento de calificación económica únicamente a las propuestas

hábiles:

Se procederá a realizar la verificación y valoración de la oferta económica del proponente

para lo cual se procederá así:

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA verificará que las ofertas

económicas no contengan errores aritméticos y si es procedente, efectuará la rectificación de

los errores que encuentre de la siguiente manera:

• La rectificación de los errores aritméticos se efectuará sobre las operaciones

matemáticas únicamente tanto para el formato económico como para los análisis de precios

unitarios. Tanto para efectos de evaluación de la propuesta como para su eventual

adjudicación. Si realizada la respectiva corrección aritmética el valor de la oferta total varia

en más de un 2% del valor propuesto inicialmente, la oferta será rechazada..

• Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en

palabras.

• No se aceptarán modificaciones a los equipos y/o mobiliario ni a las cantidades emitidas

por la ENTIDAD CONTRATANTE, so pena del rechazo de las ofertas, para el formato

económico.

• En caso de error en la suma de la lista de cantidades y precios, el resultado total correcto

será el que se obtenga de revisar dichas sumas.

• Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s) modificación(es) en el valor de

las ofertas, la ENTIDAD CONTRATANTE procederá a comunicar a la totalidad de los

proponentes la(s) modificación(es) realizada(s). Si el licitante afectado no aceptare la

corrección realizada, su propuesta será rechazada y la ENTIDAD CONTRATANTE podrá hacer

efectiva la garantía de seriedad de la misma, sin perjuicio de lo establecido en la viñeta 1°.

Para la determinación del puntaje de la evaluación económica, sólo se tendrán en cuenta las

ofertas hábiles.

La oferta más ventajosa será la calificada mediante los siguientes criterios:

El puntaje de calificación será de 700 puntos al precio. Se calificará con el máximo puntaje a

la propuesta que presente el menor valor total de su oferta, el cual se obtendrá de la

sumatoria de los valores unitarios de cada uno de los ítems requeridos. A las demás

propuestas se les asignará un puntaje de conformidad con lo siguiente:

A medida que su valor total se aleje del valor de la oferta con menor precio, se le

descontarán 20 puntos y así sucesivamente.

B. ASPECTO TÉCNICO (200 PUNTOS)

MENOR TIEMPO DE ENTREGA (200 PUNTOS)

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Se otorgará un total de doscientos (200) puntos para el tiempo de entrega del Oxigeno

Medicinal Hospitalario y Domiciliar, tanto en cilindros y/o concentrador una vez realizada la

solicitud de suministro por parte del supervisor. Se otorgará el puntaje máximo al proponente

que dentro de su propuesta garantice la entrega de los requerimientos de oxígeno en un

tiempo inferior a las 24 horas siguientes a la solicitud de suministro realizada por el

supervisor del contrato.

C. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS)

El proponente deberá presentar una certificación suscrita por el proponente o su

representante legal, en la cual indique la procedencia de los bienes a suministrar.

Si la totalidad de los bienes es de origen nacional se otorgarán cien (100) puntos. Si el

porcentaje de bienes nacionales ofertados esta entre el 50% y el 70% se otorgarán

cincuenta (50) puntos. Si el porcentaje de bienes nacionales ofertados está dentro de un

rango del 20% al 50% se otorgarán treinta (30) puntos. Si el porcentaje de bienes

nacionales es inferior al 30% no se otorgará puntaje

4.4 DESEMPATE

En caso de que una vez aplicadas las fórmulas de calificaciones determinadas en el presente

pliego dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje se aplicará las siguientes reglas de

desempate:

• Quedará en primer orden de elegibilidad la propuesta que haya obtenido el mayor

puntaje de orden técnico.

Si después de aplicar esta regla persiste el empate, se entenderá que las ofertas se

encuentran en igualdad de condiciones, para lo cual se aplicaran las siguientes reglas de

desempate:

• En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de servicios Nacionales frente

a la oferta de servicios extranjeros.

• Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se

preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o

promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.

• Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se

encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga

participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.

• Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado

laboralmente por lo menos un mínimo de 10% de sus empleados en las condiciones de

discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la ley 361 de 1997,

debidamente certificados por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido

contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que

mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.

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• En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren

proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o

promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las

circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será

preferido frente a los demás.

• Si persiste el empate se realizará un sorteo con un sistema definido conjuntamente por

la entidad y los proponentes empatados.

CAPITULO V

CONDICIONES DE CONTRATO.

5.1 OBJETO DEL CONTRATO.

El contratista se obliga con la E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA a realizar el

Suministro de oxígeno medicinal domiciliario y hospitalario, conforme a los aspectos técnicos.

5.2 PLAZO DE EJECUCIÓN.

El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual el CONTRATISTA se compromete a

realizar el suministro, será de OCHO (08) MESES, contados a partir de la respectiva acta de

iniciación suscrita con el supervisor de la orden o hasta agotar el valor del contrato, lo que

primero suceda.

5.3 FORMA DE PAGO.

El valor que genere la ejecución del contrato que aquí se pretende suscribir, se pagará

mediante mensualidades vencidas previa facturación del proponente adjudicatario,

correspondiente a los elementos efectivamente suministrados durante dicho período. Se

realizará el pago treinta días después de presentada, aceptada y certificada la respectiva

factura o cuenta de cobro por parte del supervisor conforme a los valores estipulados en la

certificación de cumplimiento que para este efecto expida el supervisor del presente contrato.

5.4 PLAZO PARA SUSCRIBIR Y LEGALIZAR EL CONTRATO.

Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación

del contrato, el proponente deberá suscribir y legalizar el contrato mediante el otorgamiento

de la garantía única.

En el evento en que el proponente favorecido con la adjudicación no suscriba o legalice el

contrato dentro de los términos antes señalados, la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE

MOSQUERA -CUNDINAMARCA podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta y

mediante acto administrativo motivado podrá adjudicarlo dentro de los quince (15) días

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siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta

también sea favorable para LA ENTIDAD. Todo lo anterior sin perjuicio de las acciones

legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos con el valor de

los citados depósitos o garantía.

En éste evento, la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA

mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de

los quince (15) días siguientes, al Proponente calificado en segundo lugar, siempre y

cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.

5.5 MULTAS.

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, podrá imponer o solicitar

que se impongan multas al contratista que incumpla con alguna de las obligaciones

establecidas en el pliego de condiciones y/o en el contrato. El valor de cada multa no

puede exceder el 0,5% del valor total del contrato, sin que exceda el 10% del valor total del

mismo.

5.6 GARANTÍA ÚNICA

El CONTRATISTA constituirá a su costo y a favor de la CONTRATANTE garantía única

otorgada por una Compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, en donde el

beneficiario sea la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA y la cual

debe contemplar los siguientes amparos:

1. Cumplimiento del Contrato: Su cuantía no será inferior al 10% del valor del contrato y

su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y seis (6) meses más.

2. Calidad de los bienes: Su cuantía no será inferior al 30% del valor del contrato y su

vigencia será mínimo de cuatro (04) meses.

3. Responsabilidad Civil Extracontractual: Su cuantía será equivalente a 200 SMLMV y

su vigencia se otorgará por todo el período de ejecución del contrato.

5.7 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.

La Empresa Social del Estado procederá a la liquidación del contrato dentro de los

términos señalados en el Manual Interno de Contratación para lo cual contará con un plazo

máximo de seis (6) meses, para lo cual previamente la Empresa deberá enviar notificación

o convocatoria al Contratista. De no poderse suscribir el acta dentro de dicho plazo se

procederá a liquidar el contrato unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes. De

no realizarse ni la liquidación bilateral, ni la unilateral dentro de los plazos establecidos, se

podrá liquidar la orden o el contrato dentro de los dos (2) años siguientes en forma bilateral

o unilateral.

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28

CAPÍTULO VI

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

6.1 GENERALIDADES.

Estas especificaciones técnicas se deben utilizar y son las estrictamente necesarias para concursar

y ejecutar los ítems que se consignan en los formularios de la Propuesta, cualquier cambio que

proponga el Contratista deberá ser consultado por escrito al Interventor y no podrá proceder a su

ejecución sin la aceptación escrita de éste.

6.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Los requerimientos establecidos en este numeral son de carácter obligatorio y constituyen el mínimo

de los requerimientos técnicos exigidos por la E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA -

CUNDINAMARCA para cada ITEM.

La E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA - CUNDINAMARCA, se reserva el derecho de hacer las

verificaciones que considere necesarias.

Los productos a suministrar deben cumplir las normas y reglamentaciones que regulen la materia,

vigentes a la fecha de la publicación de los pliegos y relacionadas para los materiales médico

quirúrgico a adquirir. Así como lo dispuesto en las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan

y de los requisitos exigidos en los pliego de condiciones y ofertados por el proponente.

Teniendo en cuenta le necesidad indicada en el numeral anterior, los insumos requeridos son los

siguientes:

OXÍGENO DOMICILIARIO

Ítem Descripción Unidad

1 Suministro integral de Oxigeno Medicinal a través de concentradores

1

2 Suministro integral de Oxigeno Medicinal a través de cilindros

1

3

Suministro integral de oxigeno medicinal domiciliario a través de cilindros portátiles de acero x 1 m3, con carro para transportarlo y regulador de 0-5 LPM y sus respectivas recargas.

1

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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29

OXÍGENO HOSPITALARIO

Item Descripción Unidad

1 Oxigeno gaseoso med. 7 m3 1

2 Oxigeno gaseoso med. 6.5 m3 1

3 Oxigeno gaseoso med. 3 m3 1

4 Oxigeno gaseoso de 1 m3 1

5 Oxigeno gaseoso de 0.5 m3 1

6 Transporte medicinal de 6.5 m3 1

7 Arrendamiento de cilindros 1

Estos insumos deberán ser suministrados por la persona natural o jurídica seleccionada por la

ESE. La ejecución de respectivo contrato deberá observar lo siguiente:

a. Trámite para pedidos: Con base en las necesidades del servicio y por medio de requisición u

órdenes de suministro generadas por el supervisor del contrato, se indicará por escrito la

relación y cantidades de productos a proveer como mínimo, mensualmente por el Contratista;

para lo cual el proveedor contará con máximo 24 horas para realizar la respectiva entrega en

los sitios en donde le indique el supervisor del contrato.

b. Recepción Técnica: Durante la ejecución del contrato se deberá garantizar el cumplimiento

sobre las especificaciones técnicas establecidas para la conservación y seguridad acorde a la

naturaleza química y/o biológica del Oxígeno Hospitalario y Domiciliar.

c. Todos los productos deben contar con el respectivo Registro Invima,

d. El oxígeno a suministrar debe estar certificado en Buenas Prácticas de Manufactura por el

INVIMA.

e. El suministro debe contar con ficha de Seguridad de Gases (Oxigeno)

f. El oxígeno debe contar con fecha envase del producto.

g. Fechas de Vencimiento: El oxígeno debe contar con la respectiva fecha de vencimiento.

h. Señalización del Producto

6.3 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.

En desarrollo del objeto contractual, el contratista se obliga para con la E.S.E. María

Auxiliadora, a cumplir con las siguientes obligaciones:

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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30

1. Cumplir con el objeto del contrato dentro de los plazos establecidos y en la propuesta

presentada por EL CONTRATISTA.

2. Realizar el suministro con la debida diligencia y cuidado, protegiendo siempre los intereses

de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA en todos los asuntos a él encomendados y que se puedan

derivar del objeto contractual.

3. Responder a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA por cualquier daño y/o perjuicio que se pueda

presentar en desarrollo del objeto contratado

4. Cuidar y dar buen uso de los elementos que sean asignados para el desarrollo de las

actividades, manteniendo orden y aseo al sitio donde se ubique e informar cualquier anomalía.

5. Resolver todas las consultas que LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA formule acerca del objeto

contratado.

6. Constituir las garantías que se llegaren a exigir.

7. Suministrar con diligencia y calidad los informes a que haya lugar.

8. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en

tratamientos.

9. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA

E.S.E. MARÍA AUXILIADORA.

10. Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad Social y aportes

Parafiscales, en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y demás normas

concordantes

11. Cumplir con las condiciones técnicas, económicas y comerciales exigidas en la invitación y

presentadas en la propuesta.

12. Reportar de manera inmediata al interventor del contrato cualquier novedad o

anomalía.

13. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus

actividades, salvo requerimiento expreso de Autoridad competente.

14. Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en el contrato.

15. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley, con el fin de

obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, debiendo informar inmediatamente a LA E.S.E

MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA, a través de la persona responsable del

control de la ejecución del contrato, acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas

y a las demás autoridades competentes, para que se adopten las medidas y correctivos que

fueren necesarios.

16. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que

le sean imputables.

17. Desempeñar las demás actividades que sean necesarias para lograr un total y

adecuado cumplimiento de sus obligaciones aunque no estén específicamente

señaladas y que sean de la naturaleza del contrato. 18. Las demás inherentes al objeto y la naturaleza del contrato.

6.3 OBLIGACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATISTA

1. El contratista deberá entregar durante la ejecución del contrato el oxígeno

correspondiente a las marcas ofertadas y de acuerdo a los requerimientos realizados

por la entidad.

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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31

2. El contratista debe garantizar que los suministros tengan los certificados y registros

exigidos por las disposiciones legales vigentes.

3. Se debe contar con recurso humano que garantice el proceso de suministro y

dispensación oportuno, requerido por la Empresa Social del Estado María Auxiliadora

de Mosquera.

4. El contratista garantizará el transporte del oxígeno medicinal domiciliario y hospitalario

a las instalaciones indicadas por el supervisor del contrato.

5. Realizar el suministro de oxígeno medicinal a través de concentradores de alta

tecnología.

6. Realizar el suministro de humificador y cánula durante el primer servicio y cambio cada

tres meses

7. Respaldo al concentrador a través de un cilindro de 6.5 m3 con su respectivo regulador

y cambio mínimo cada 3 meses.

8. Entregar bolsa protectora para cada cilindro

9. Realizar capacitación al personal de la E.S.E. MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA

10. Realizar elaboración de informes mensuales.

11. Entregar cilindro portátil cuando sea requerido el cual será tramitado de acuerdo a los

procesos establecidos.

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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32

FORMATO No 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Ciudad y fecha

Señores

E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA –

Mosquera- Cundinamarca

Ref.: INVITACIÓN PÚBLICA NO. 003 DE 2014: OBJETO:

El suscrito, actuando en calidad de representante legal de la (empresa o consorcio o unión

temporal) denominada con

domicilio en la ciudad de , se permite someter a consideración de la

E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA - la oferta de esta

sociedad, para la INVITACIÓN PÚBLICA en referencia, en un todo de acuerdo con lo

establecido en este documento y con los valores indicados en la propuesta adjunta.

Asimismo, el suscrito declara:

1. Que la sociedad , en caso de

salir favorecida con la adjudicación, será quien celebre el contrato con la E.S.E MARÍA

AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA.

2. Que adjunta la garantía de seriedad de la Propuesta a nombre de la firma mencionada por

un valor de $ y vigencia de días contados a partir del

expedida por .

3. Que he leído cuidadosamente los documentos de esta Invitación y acepta todos los

requisitos prescritos en ella.

4. Que he revisado detenidamente la propuesta y considera que está exenta de errores.

5. Que renuncia a cualquier reclamo por ignorancia o interpretación errónea de los

documentos de esta Invitación.

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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Teléfono: PBX 8932394

33

6. Que en la eventualidad de que esta Propuesta sea seleccionada, el Oferente se obliga a

presentar las garantías exigidas en los PLIEGOS DE CONDICIONES y además a prorrogar

la póliza de seriedad de la oferta, hasta tanto se legalice el contrato.

7. Que acepta cumplir todas y cada una de las cláusulas que contendrá la minuta del

contrato y lo estipulado en estos PLIEGO DE CONDICIONES.

8. El oferente declara bajo la gravedad del juramento no encontrarse incurso en causal de

inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE

MOSQUERA -CUNDINAMARCA- además declara bajo las mismas condiciones que la

información dada en los documentos y anexos incluidos en esta oferta es cierta y

veraz y que se obliga en los PLIEGOS DE CONDICIONES de la misma.

9. Que para fijar el precio se ha tenido en cuenta todos y cada uno de los aspectos señalados

en la Invitación Publica y todas y cada una de las variables que inciden en el mismo. En

consecuencia renuncia expresamente a cualquier reclamación o adición por este concepto

Así mismo, manifiesta expresamente que ha analizado y valorado todas las circunstancias

de tiempo, modo y lugar que inciden en la realización del mismo, aspectos estos que

también ha tenido en cuenta para la fijación del precio, razón por la cual renuncia a

cualquier reclamación al respecto por cuanto ha obrado con diligencia y cuidado en este

tema.

10. Consorcio o Unión Temporal está formado por las siguientes (compañías ) si aplica:

.

11. La compañía

representante del Consorcio o unión Temporal (si aplica). es la firma

12. Que la oferta es válida hasta el día del mes de del año 2014, y en

todo caso mantiene la vigencia de la misma hasta que se produzca la firma y legalización

del contrato resultante de la presente Invitación.

Atentamente,

_

Nombre Nombre

Cargo Cargo

Compañía Compañía

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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34

Firma del Representante Legal Firma de quien elabora la Propuesta.

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003 DE 2014.

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NIT. 832.010.436

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

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FORMATO No. 2

EXPERIENCIA DEL

PROPONENTE

FORMATO No. 2

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

PROCESO No.

NOMBRE DEL PROPONENTE:

O

R

D

E

N

CONTRATISTA

CONTRATO

CONTRATANT

E (RAZON

SOCIAL)

FORMA DE

EJECUCION

1

PLAZO

VALOR EN PESOS

VALOR

EN

SALARIO

S

MINIMOS

No.

OBJETO

INCIO TERMINACION EN SMMLV

TOTAL EN

SMMLV

AÑO SMMLV

2009 496.900,00

2008 461.500,00

2007 433.700,00

2006 408.000,00

2005 381.484,00

1. PARA CADA CONTRATO SE DEBE I NDICAR SI SE EJECUTÓ EN FORMA INDIVIDUAL (I), EN CONSORCI O (C) O EN UNIÓN TEMPORAL ( UT) E INDICAR ELPROCENTAJE DE PARTICIPACION

2 . EN CASO DE CONTRATOS EJECUTADOS EN CORSORCI O O UNI ÓN TEMPORAL SE DEBERÁ INFORMAR ÚNICAMENTE EL VALOR FACTURADO CORRESPONDIENTE A SU PORCENTAJE

DE PARTICIPACI ÓN Y DE ACUERDO CON LAS ACTIVIDADES EXIGIDAS COMO EXPERIENCIA ESPECIFICA

OBSERVACIONES

* ESTE ANEXO DEBERA DILI GENCIARSE EN TODAS LAS COLUMNAS. LA INFORMACION I NCLUIDA EN EL SERA RESPONSABILI DAD DEL PROPONENTE, SO PENA DE LAS ACCIONES LEGALES

PERTI NENTES

* EN CASO QUE ESTE CUADRO NO SEA SUFICIENTE PARA LA CONSIGNACI ON DE LA INFORMACI ON SUMINISTRADA PODRA REPRODUCI RSE.

FIRMA DEL PROPONENTE

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 36

FORMATO 3

ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS MINIMOS DESDE EL PUNTO DE VISTA

TÉCNICO

CONDICIONES DEL SERVICIO

La E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, debe contar con los insumos necesarios en especial de Oxigeno Medicinal Hospitalario y Domiciliario que le permita desarrollar su actividad asistencial de manera eficiente, garantizando a sus usuarios calidad y atención oportuna en la prestación del servicio,

OXIGENO DOMICILIARIO

Ítem Descripción Unidad

1 Suministro integral de Oxigeno Medicinal a través de

concentradores 1

2 Suministro integral de Oxigeno Medicinal a través de

cilindros 1

3

Suministro integral de oxigeno medicinal domiciliario a

través de cilindros portátiles de acero x 1 m3, con

carro para transportarlo y regulador de 0-5 LPM y sus

respectivas recargas.

1

OXÍGENO HOSPITALARIO

Item Descripción Unidad

1 Oxigeno gaseoso med. 7 m3 1

2 Oxigeno gaseoso med. 6.5 m3 1

3 Oxigeno gaseoso med. 3 m3 1

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 37

Item Descripción Unidad

4 Oxigeno gaseoso de 1 m3 1

5 Oxigeno gaseoso de 0.5 m3 1

6 Transporte medicinal de 6.5 m3 1

7 Arrendamiento de cilindros 1

Estos insumos deberán ser suministrados por la persona natural o jurídica seleccionada por la ESE. La ejecución de respectivo contrato deberá observar lo siguiente:

a. Trámite para pedidos: Con base en las necesidades del servicio y por medio de requisición u órdenes de suministro generadas por el supervisor del contrato, se indicará por escrito la relación y cantidades de productos a proveer como mínimo, mensualmente por el Contratista; para lo cual el proveedor contará con máximo 24 horas para realizar la respectiva entrega en los sitios en donde le indique el supervisor del contrato..

b. Recepción Técnica: Durante la ejecución del contrato se deberá garantizar el cumplimiento sobre las especificaciones técnicas establecidas para la conservación y seguridad acorde a la naturaleza química y/o biológica del Material Médico Quirúrgico.

c. Todos los productos deben contar con el respectivo Registro Invima,

d. El oxígeno a suministrar debe estar certificado en Buenas Prácticas de Manufactura por el

INVIMA.

e. El suministro debe contar con ficha de Seguridad de Gases (Oxigeno)

f. El oxígeno debe contar con fecha envase del producto.

g. Fechas de Vencimiento: El oxígeno debe contar con la respectiva fecha de vencimiento.

h. Señalización del Producto

FIRMA DEL PROPONENTE ____________________________

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 38

FORMATO NO. 4

PROPUESTA ECONOMICA.

NOTA IMPORTANTE: DILIGENCIAR CUADRO DISCRIMINANDO ITEM, VALOR UNITARIO, IVA,

VALOR TOTAL UNITARIO.

OXIGENO DOMICILIARIO

ITEM DESCRIPCION

CANTIDAD VALOR

UNITARIO IVA

VALOR

TOTAL

UNITARIO

01

02

03

OXÍGENO HOSPITALARIO

ITEM DESCRIPCION

CANTIDAD VALOR

UNITARIO IVA

VALOR

TOTAL

UNITARIO

01

02

03

04

05

06

07

FIRMA DEL PROPONENTE ____________________________

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

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NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 39

Se debe diligenciar el cuadro con la información de los elementos ofertados, observando el

mismo número del ítem señalado en el FORMATO NO. 3 y adjuntar en medio magnético el

Anexo 4, este documento deberá ser firmado por el oferente si se trata de persona natural, o

por el Representante Legal, en caso de ser persona jurídica, consorcio o unión temporal.

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 40

FORMATO No. 5

FORMULARIO FINANCIERO.

“Digite la ciudad y la fecha"

Señores:

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA

Calle 3 No. 1-19 Este,

Mosquera, Cundinamarca

-El (La) suscrito(a) contador(a) _____________________, identificado(a) con la cédula de

ciudadanía número _________________ y Tarjeta Profesional número ________________

certifica los indicadores financieros del proponente _________________________ identificado

con Nit número ______________, para el proceso de selección cuyo objeto es "Digite el

objeto”, así:

LIQUIDEZ

CUENTA(S) DESCRIPCIÓN VALOR EN PESOS RESULTADO EN NÚMERO

(CON DOS DECIMALES)

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO.

CUENTA(S) DESCRIPCIÓN VALOR EN PESOS

RESULTADO EN

PORCENTAJE (%) (CON

DOS DECIMALES)

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 41

CAPITAL DE TRABAJO

CUENTA(S) DESCRIPCIÓN VALOR EN

PESOS

RESULTADO EN

PORCENTAJE (%) (CON

DOS DECIMALES)

RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES

CUENTA(S) DESCRIPCIÓN VALOR EN PESOS

RESULTADO EN PORCENTAJE (%) (CON DOS DECIMALES)

FIRMA DEL PROPONENTE:___________________________________________

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INVITACIÓN PÚBLICA No 003-2014

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

NIT. 832.010.436-9

Calle 2 No. 3-14, Calle 3 No. 1-19 Este, Mosquera - Cundinamarca

Teléfono: PBX 8932394 42

ANEXO No. 06

CONTRATO DE SUMINISTRO No_____________ CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA

SOCIAL DEL ESTADO MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, CUNDINAMARCA Y

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Entre los suscritos a saber PAOLA ALEXANDRA LINARES ESCOBAR, mayor de edad, vecina de

esta ciudad, identificada con Cedula de Ciudadanía No. 52.225.908 de Bogotá, nombrada

mediante decreto No. 001 del 02 de Enero de 2014 y posesionado como consta según acta de

posesión No. 001 del 02 de Enero de 2014, actuando como Gerente (I) y Representante Legal

de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA – CUNDINAMARCA,

entidad pública descentralizada del orden municipal adscrita a la Secretaría de Salud de

Mosquera, creada por el acuerdo No. 021 de diciembre 04 de 2003 del Concejo Municipal de

Mosquera, sometida al régimen jurídico previsto en los artículos 194 y 195 de la ley 100 de

1993, el decreto 1876 de 1994 y la ley 1122 de 2007; parte que en adelante se denominará

E.S.E. MARIA AUXILIADORA, y por la otra parte, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad,

identificada con Cédula de Ciudadanía No. XXXXXXXX de XXXXXX, actuando en nombre y

representación de XXXXXXXXX. identificada con el NIT No. XXXXXXXXX quien en adelante y

para los efectos legales de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido en

celebrar el presente contrato de suministro, regida por las cláusulas que se transcriben a

continuación y en lo no previsto en ellas, por el derecho privado de conformidad con el numeral

6 del Artículo 195 de la Ley 100 de 1993, el artículo 16 del Decreto No. 1876 de 1994, por el

código civil, el código de comercio, previas las siguientes consideraciones 1) Que de

Conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo

No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera,

Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial

de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía

administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de

Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo

194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. 2) Que la E.S.E. María

Auxiliadora es una entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que

habita en el Municipio de Mosquera, Cundinamarca, con énfasis, en la población afiliada a las

administradoras del régimen subsidiado, atendiendo adicionalmente a la población de régimen

contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de

algún tipo de seguro (S.O.A.T., Seguros Estudiantiles, entre otros), así como personas sin

ningún tipo de afiliación al S.G.S.S.S. y que requieran atención en salud. 3) Dentro de la cápita

establecida con las E.P.S. del Régimen Subsidiado (Cafam), la contratación del servicio a la

Población Pobre y Vulnerable no afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud

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(vinculados), y nuevos contratos con otras E.P.S. la Empresa Social del Estado María

Auxiliadora, tiene contratado el suministro a los pacientes que requieran oxigeno medicinal

domiciliario; aspecto por el cual se hace necesario contratar un proveedor de este tipo de

medicamento. Así mismo, para la atención del servicio de urgencias, se requiere oxigeno

hospitalario para el tratamiento de pacientes que así lo requieran.4) Que la E.S.E. MARIA

AUXILIADORA cuenta con la disponibilidad presupuestal No. 2014000XXX del XX de XXXXX de

2014, por valor de SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($

64.000.000 M/cte.),. 5) Que la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, acatando lo establecido en Manual

Interno de Contratación, realizó convocatoria a personas naturales, personas jurídicas,

consorcios y uniones temporales interesadas en realizar el suministro de oxígeno medicinal 8)

Que atendiendo el cronograma establecido en la invitación pública No. 003 de 2014, el 00 de

Febrero de 2014, presentaron propuesta XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. 9) Que surtida

la evaluación jurídica y financiera, la propuesta presentadas por

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, fueron habilitadas para la evaluación técnica y económica

por cumplir con las condiciones, jurídicas y financieras exigidas en los Pliegos de Condiciones.

10) Que en la evaluación técnica adelantada a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, obtuvo un puntaje de

xxx puntos de los 1000 puntos establecidos en los Pliegos de Condicioens. 11) Que en la

evaluación económica adelantada a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, obtuvo un puntaje de xxxxx puntos

de los 1000 puntos establecidos en los Pliegos de condiciones. 12) Que el resultado obtenido en

la evaluación, surtió el proceso de publicidad en el término de tiempo establecido en el

cronograma de la Convocatoria Pública, es decir el día xxxxxxx. 13)

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Hechas las anteriores consideraciones, el presente

contrato se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA -OBJETO El contratista se

obliga con la E.S.E MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA a realizar el SUMINISTRO DE OXÍGENO

MEDICINAL DOMICILIARIO Y HOSPITALARIO, CONFORME A LOS ASPECTOS TÉCNICOS, de

acuerdo a lo establecido en los aspectos técnicos. EL CONTRATISTA deberá suministrar el

oxígeno medicinal de acuerdo con la descripción y cantidades establecidas por las necesidades

que mensualmente se atiende en las instalaciones de la E.S.E. Para el cumplimiento de las

Especificaciones Técnicas el contratista, además deberá garantizar los siguientes aspectos a.

Trámite para pedidos: Con base en las necesidades del servicio y por medio de requisición u

órdenes de suministro generadas por el supervisor del contrato, se indicará por escrito la

relación y cantidades de productos a proveer como mínimo, mensualmente por el Contratista;

para lo cual el proveedor contará con máximo 24 horas para realizar la respectiva entrega en

los sitios en donde le indique el supervisor del contrato. b. Recepción Técnica: Durante la

ejecución del contrato se deberá garantizar el cumplimiento sobre las especificaciones técnicas

establecidas para la conservación y seguridad acorde a la naturaleza química y/o biológica del

Material Médico Quirúrgico. c. Todos los productos deben contar con el respectivo Registro

Invima, d. El oxígeno a suministrar debe estar certificado en Buenas Prácticas de Manufactura

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por el INVIMA. e. El suministro debe contar con ficha de Seguridad de Gases (Oxigeno) f. El

oxígeno debe contar con fecha envase del producto. g. Fechas de Vencimiento: El oxígeno debe

contar con la respectiva fecha de vencimiento. h. Señalización del Producto. CLAUSULA

SEGUNDA – a) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: 1.El contratista deberá

entregar durante la ejecución del contrato el oxígeno correspondiente a las marcas ofertadas y

de acuerdo a los requerimientos realizados por la entidad. 2.El contratista debe garantizar que

los suministros tengan los certificados y registros exigidos por las disposiciones legales

vigentes. 3.Se debe contar con recurso humano que garantice el proceso de suministro y

dispensación oportuno, requerido por la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de

Mosquera. 4. El contratista garantizará el transporte del oxígeno medicinal domiciliario y

hospitalario a las instalaciones indicadas por el supervisor del contrato. 5. Realizar el suministro

de oxígeno medicinal a través de concentradores de alta tecnología. 6. Realizar el

suministro de humificador y cánula durante el primer servicio y cambio cada tres meses 7.

Respaldo al concentrador a través de un cilindro de 6.5 m3 con su respectivo regulador y

cambio mínimo cada 3 meses. 8. Entregar bolsa protectora para cada cilindro 9. Realizar

capacitación al personal de la E.S.E. MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA 10. Realizar

elaboración de informes mensuales. 11. Entregar cilindro portátil cuando sea requerido el cual

será tramitado de acuerdo a los procesos establecidos. B) OBLIGACIONES GENERALES DEL

CONTRATISTA: En virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga para con la E.S.E.

MARIA AUXILIADORA a: 1. Cumplir con el objeto del contrato dentro de los plazos establecidos y

en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. 2. Realizar el suministro con la debida

diligencia y cuidado, protegiendo siempre los intereses de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA en

todos los asuntos a él encomendados y que se puedan derivar del objeto contractual. 3.

Responder a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA por cualquier daño y/o perjuicio que se pueda

presentar en desarrollo del objeto contratado 4. Cuidar y dar buen uso de los elementos que

sean asignados para el desarrollo de las actividades, manteniendo orden y aseo al sitio donde se

ubique e informar cualquier anomalía. 5. Resolver todas las consultas que LA E.S.E. MARÍA

AUXILIADORA formule acerca del objeto contratado. 6. Constituir las garantías que se llegaren

a exigir. 7. Suministrar con diligencia y calidad los informes a que haya lugar. 8. Obrar con

lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en tratamientos.

9. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte de LA

E.S.E. MARÍA AUXILIADORA. 10. Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad

Social y aportes Parafiscales, en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y

demás normas concordantes. CLAUSULA TERCERA – OBLIGACIONES DE LA E.S.E MARIA

AUXILIADORA: LA E.S.E. MARIA AUXILIADORA tendrá las siguientes obligaciones: a. Pagar el

valor de la factura presentada por EL CONTRATISTA, treinta días después de haber sido

presentada, aceptada y certificada la respectiva factura por parte del supervisor conforme a los

valores estipulados en la certificación de cumplimiento que para el efecto expida este último, así

como también se tenga el recibido a satisfacción e ingreso de los elementos comprados por

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parte del almacén de la E.S.E. María Auxiliadora. b. Las demás que se deriven de la naturaleza

del contrato. CLAUSULA CUARTA – TERMINO DE EJECUCION: El término de ejecución del

presente contrato será de OCHO MESES o hasta agotar recursos. CLAUSULA QUINTA -

REQUISITOS DE EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con el acuerdo de voluntades

de las partes con la suscripción de la misma y la firma del acta de iniciación del contrato.

Requiere para su legalización, registró presupuestal correspondiente, aprobación de la póliza,

recibo de pago de la estampilla de pro-cultura de Mosquera, Cundinamarca y el cumplimiento de

los requerimientos de la E.S.E. María Auxiliadora. Parágrafo: Para el cumplimiento de los

requisitos de legalización a cargo del contratista, este cuenta con un (1) días a partir de la

suscripción del contrato, para allegar tanto la póliza como el soporte de pago de la estampilla de

pro-cultura del Municipio de Mosquera, Cundinamarca. CLAUSULA SEXTA – VALOR: El valor del

presente contrato para todos sus efectos se fija en la suma de: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

DE PESOS M/CTE ($ XXXXXXX),. CLAUSULA SEPTIMA: - IMPUTACION PRESUPUESTAL: El valor

del presente contrato será pagado con cargo al rubro presupuestal No. XXXXXXX, según

certificado de disponibilidad presupuestal 2014000XXX del XX de XXX de 2014. CLAUSULA

OCTAVA: - FORMA DE PAGO: El valor que genere la ejecución del contrato que aquí se pretende

suscribir, se pagará mediante mensualidades vencidas cada una de ($.........................) M/te,

previa facturación del proponente adjudicatario, correspondiente a elementos efectivamente

suministrados durante el período de facturación. Se realizará el pago treinta días después de

presentada, aceptada y certificada la respectiva factura o cuenta de cobro por parte del

supervisor conforme a los valores estipulados en la certificación de cumplimiento que para este

efecto expida el supervisor del presente contrato. CLAUSULA NOVENA - CESION DEL

CONTRATO: El contratista no podrá ceder parcial ni totalmente los derechos y obligaciones

emanados de este contrato a persona natural o jurídica, nacional o extranjera sin contar con

autorización previa y escrita de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA. CLAUSULA DECIMA - MULTAS:

En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL

CONTRATISTA en virtud del presente contrato, la Empresa Social del Estado María Auxiliadora

de Mosquera, Cundinamarca, podrá imponer multas mensuales sucesivas equivalentes al uno

(1%) por ciento diario, sobre el valor total del contrato, acorde con la gravedad del

incumplimiento, la cual deberá ser determinada por el supervisor de la misma, sin que el valor

total de la multa exceda el diez (10%) por ciento del valor total del contrato, de igual forma sin

perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria pactada en el mismo. CLAUSULA DECIMA

PRIMERA - CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento grave de la obligaciones

contractuales por parte de EL CONTRATISTA, la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de

Mosquera, Cundinamarca, podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria equivalente al diez

(10%) por ciento del valor total del contrato. EL CONTRATISTA, autoriza con la suscripción del

presente contrato a la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca,

para que descuente el mencionado porcentaje de las sumas que por cualquier concepto le

adeude la entidad y desde ya renuncia a cualquier requerimiento judicial para constituirlo en

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mora. Así mismo y para todos los efectos legales este contrato presta merito ejecutivo, según

lo estipulado en el Articulo 562 del Código de Procedimiento Civil. CLAUSULA DECIMA

SEGUNDA - CLAUSULAS EXCEPCIONALES: La Empresa Social del Estado María Auxiliadora de

Mosquera, Cundinamarca haciendo uso de las facultades señaladas en el artículo 195 de la Ley

100 de 1993, artículo 16 del Decreto 1876 de 1994 y ley 1122 de 2007, incorpora al texto del

presente contrato las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación

de la Administración Pública, por lo tanto, podrá declarar la caducidad administrativa, la

terminación, modificación o interpretación unilateral. CLAUSULA DECIMA TERCERA –

GARANTIAS: Para garantizar el cumplimento de las obligaciones aquí contraídas, el contratista

se compromete a constituir a su costo y a favor de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, una vez

suscriba el presente contrato, una garantía única, expedida por una compañía de seguros

legalmente constituida en Colombia y que cubra los siguientes riesgos: a) De cumplimiento del

contrato: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones

contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten en el contrato. Su cuantía

será igual al 20% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato

y seis (6) meses más. b) De calidad: Para precaver las eventualidades que uno o varios bienes

de los contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que

no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como precaver también los

vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía será igual al 30%

del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo del contrato y veinticuatro (24)

meses. CLAUSULA DECIMA TERCERA - CADUCIDAD: En caso de incumplimiento grave del

contratista, en las obligaciones de Ley generadas por la suscripción del presente contrato

igualmente las consignadas en las cláusulas del cuerpo de este documento. La E.S.E. María

Auxiliadora podrá declarar la caducidad administrativa del contrato por escrito, previo informe

del supervisor CLAUSULA DECIMA CUARTA - SOLUCION DE CONFLICTOS: Las partes buscarán

resolver de forma ágil, rápida y directa, discrepancias que se susciten con ocasión de la

actividad contractual. Para tal efecto acudirán al empleo de los mecanismos de solución de

controversias contractuales previstos en la ley, así como a la conciliación, amigable composición

y a la transacción. De no lograrse ningún acuerdo entre las partes, se avocará conocimiento a la

Procuraduría General de la Nación mediante solicitud escrita. CLAUSULA DECIMA QUINTA -

RELACION LABORAL: El presente contrato no genera relación jurídica laboral alguna con el

contratista, ni con las personas que este contrate para la ejecución del mismo, de igual forma

tampoco da lugar al pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de costos distintos al valor

acordado en la cláusula cuarta de este contrato. En consecuencia, el contratista será el único

responsable de los actos, errores u omisiones de sus subcontratistas o proveedores. CLAUSULA

DECIMA SEXTA – INDEMNIDA: El contratista se obliga con la firma de este contrato a mantener

indemne a la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, de

cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del

contratista. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA - CONTROL DE EJECUCIÓN: El control de ejecución del

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presente contrato estará a cargo del funcionario de planta que para el efecto designe el

Gerente. CLAUSULA DECIMA OCTAVA - LIQUIDACIÓN: La Empresa Social del Estado procederá

a la liquidación del contrato dentro de los términos señalados en el Manual Interno de

Contratación para lo cual contará con un plazo máximo de seis (6) meses, para lo cual

previamente la Empresa deberá enviar notificación o convocatoria al Contratista. De no poderse

suscribir el acta dentro de dicho plazo se procederá a liquidar el contrato unilateralmente dentro

de los dos (2) meses siguientes. De no realizarse ni la liquidación bilateral, ni la unilateral

dentro de los plazos establecidos, se podrá liquidar la orden o el contrato dentro de los dos (2)

años siguientes en forma bilateral o unilateral. CLAUSULA DECIMA NOVENA - MANIFESTACION

DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD: EL contratista manifiesta no estar incurso en las

causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993,

en la Constitución Nacional y en la ley colombiana, declaración que se entiende prestada con la

firma del presente contrato. CLAUSULA VIGESIMA – DOMICILIO: Para todos los efectos se tiene

como domicilio el municipio de Mosquera, Cundinamarca, Calle 2 No. 3-14, zona centro, para

constancia se firma a los _________________________

Por la E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca.

PAOLA ALEXANDRA LINARES ESCOBAR

Gerente

El Contratista

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

C.C. XXXXXXXXXXXXXX de XXXXXX