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PONS Patentes y Marcas Introducción a los CCP pediátricos y al Reglamento (CE) nº 1901/2006
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Javier Torrejón NietoEuropean Patent Attorney
Introducción a los CCP pediátricos y al Reglamento (CE) nº 1901/2006
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Introducción
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2PONS Patentes y Marcas
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Introducción
Unión Europea:
75 millones de niños (20% de la población)
45.000 Pediatras
12 pharmacologistas pediátricos clínicos
Hay muy pocas unidades de investigación y desarrollo de medicinas para niños.
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Subgrupos pediátricos
International conference on harmonization
ICH-E11: Clinical Investigations of medicinal products in the pediatric population
• preterm newborn infants < 36th weeks of gestation
• term newborn infants (0 to 27 days)
• infants and toddlers (28 days to 23 months)
• children (2 to 11 years)
• adolescents (12 to 16-18 years (dependent on region))
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Cálculo dosis teórico
DosisNiño=DosisAdulto
BSANiño
1,73m2Body surface area (BSA)
The Dubois & Dubois formula:
Average BSA values (m²) Dosis
Neonate 0.25 14
2 years 0.5 29
9 years 1.07 62
10 years 1.14 66
12-13 years 1.33 77
For men 1.9 100
For women 1.6 100
"Normal" BSA is generally taken to be 1.73 m² for an adult.
0,7250,4252 x 0,007184 height(cm)weight(Kg)=)BSA(m ×
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¿Son necesarios los estudios pediátricos?
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Farmacocinética experimental
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ICH-E11
International conference on harmonization
E11: Clinical Investigations of medicinal products in the pediatric population
Step 4 on 19 July 2000
“Data on the appropriate use of medicinal products in the pediatric population should be generated unless the use of a specific medicinal product in pediatric patients is clearly inappropriate”
“Pediatric study results should be part of the marketing applicationdatabase.”
“Lack of data should be justified in detail”
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Introducción al Certificado Complementario de Protección (CCP)
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CCP
Reglamento 1768/92. Versión codificada 469/2009.
Entró en vigor el 2 enero de 1993.
Objetivo: Compensación por la perdida de patente durante la concesión de la autorización de comercialización.
No es extensión de la patente, más bien es un certificado adicional.
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Solicitud patente
1ª MA
01.01.1990 01.01.1998
Caducidad patente
01.01.2010 01.01.2015
Límite de 5 años
01.01.2013
8-5 = 3 años
Solicitud patente
1ª MA
01.01.1990 01.01.2003
Caducidad patente
01.01.2010 01.01.2015
Límite de 5 años
01.01.2018
13-5 = 8 años
Duración del CCPArtículo 13 (EC) No 469.2009
El periodo entre la solicitud de patente y la primera autorizacióncomunitaria menos 5 años.
El CCP no puede ser superior a 5 años.
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Productos que pueden solicitar un CCP
Artículo 3El certificado se expedirá si, en el Estado miembro en que se
presente la solicitud y en la fecha de esta solicitud:
a) el producto está protegido por una patente de base en vigor;
b) el producto, como medicamento, ha obtenido una autorización de comercialización vigente;
c) el producto no ha sido objeto ya de un certificado;
d) la autorización mencionada en la letra b) es la primera autorización
Artículo 1 - Definicionesb) producto: el principio activo o la composición de principiosactivos de un medicamento;
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Protección conferida por un CCP
Artículo 4 - Objeto de la protección
Dentro de los límites de la protección conferida por la patente de base, la protección conferida por el certificado solo se extenderá al producto amparado por la autorización de comercialización del medicamento correspondiente, para cualquier utilización del producto como medicamento que haya sido autorizada antes de la expiración del certificado.
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Plazos para solicitar el CCP
Artículo 7 - Solicitud de certificado
1. La solicitud de certificado deberá presentarse en un plazo de seis meses a partir de la fecha en la que el producto, como medicamento, haya obtenido la autorización de comercialización.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, cuando la autorización de comercialización sea anterior a la expedición de la patente de base, la solicitud de certificado deberá presentarse en un plazo de seis meses a partir de la fecha de expedición de la patente.
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Reglamento (EC) No 1901/2006. Creación del CCP Pediátrico.
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Reglamento (EC) No 1901/2006
El reglamento (EC) No 1901/2006 fue aprobado el 12 de diciembre de 2006. El 20 de diciembre de 2006 se aprobaron pequeños cambios (EC) No 1902/2006.
Se publicó en el Diario oficial de las comunidades europeas el 27 de diciembre de 2006.
Entró en vigor el 26 de enero de 2007.
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Razones para su aprobación
El reglamento intenta:
Estimular la investigación y el desarrollo de medicamentos para niños.
Verificar que estos son seguros, de elevada calidad y eficacia para la población destinataria.
Aumentar la información sobre los medicamentos. E.g. dosificación (riesgo de reacciones adversas o ineficacia), la imposibilidad de disponer de determinados avances terapéuticos, vías de administración apropiadas.
Estos objetivos se deberían conseguir sin:
Sin someter a la población pediátrica a ensayos clínicos innecesarios.
Sin retrasar la autorización de medicamentos para otros grupos de edad de la población.
Sin impedir la libre circulación de medicamentos seguros en la Comunidad.
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Reservas éticas
Considerando 7.
Las reservas que suscita la realización de ensayos en la población pediátrica deben sopesarse a la luz del problema ético de administrar medicamentos a una población con la cual no se han puesto a prueba de forma adecuada. Una forma segura de afrontar la amenaza que representa para la salud pública el uso de medicamentos no sometidos a ensayo en la población pediátrica es el estudio de los medicamentos para uso pediátrico, de forma cuidadosamente controlada y vigilada mediante los requisitos específicos destinados a proteger a la población pediátrica que participan en ensayos clínicos en la Comunidad, recogidos en la Directiva 2001/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre la aplicación de buenas prácticas clínicas en la realización de ensayos clínicos de medicamentos de uso humano.
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Características Principales
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• El Reglamento debe aplicarse a:
Los medicamentos en fase de desarrollo que aún no hayan sido autorizados.
Los autorizados todavía protegidos por los derechos de propiedad intelectual y los autorizados que no gocen ya de dicha protección.
• Establece un sistema tanto de obligaciones como de recompensas e incentivos.
• Crea un comité científico, denominado Comité Pediátrico, en el seno de la Agencia Europea de Medicamentos
El comité pediátrico debe evaluar las propuestas de planes de investigación pediátrica (PIP) y las solicitudes de dispensas y aplazamientos (waivers anddeferrals)
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RecompensasArtículo 36.
1. […] el titular de la patente o del certificado complementario de proteccióntendrá derecho a una prórroga de seis meses del período contemplado en los apartados 1 y 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 1768/92.
El párrafo primero se aplicará también cuando la finalización del plan de investigación pediátrica aprobado no conduzca a la autorización de una indicación pediátrica, pero los resultados de los estudios realizados se reflejen en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamentoen cuestión.
4. Los apartados 1, 2 y 3 se aplicarán a los medicamentos protegidos por un certificado complementario de protección […]
5. […] los apartados 1, 2 y 3 no se aplicarán si el solicitante pide y obtiene una ampliación de un año del período de protección comercial del medicamento en cuestión […]
Si se extiende la exclusividad de datos no se puede solicitar el CCP pediátrico.
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Recompensas
Artículo 37.
Medicamento declarado huérfano
Cuando se presente una solicitud de autorización de comercialización de un medicamento declarado huérfano […] el período de diez años contemplado en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) nº 141/2000 se ampliará a doceaños.
Es decir, una extensión adicional de la exclusividad de datos de 2 años.
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Solicitud patente
1ª MA
01.01.2000 01.11.2004
Caducidad patente
01.01.202001.11.2019
Límite de 15 años
El Límite de 15 años para la duración de CCP es inferior a la caducidad de la patente.
¿CCP Negativos?El CCP pediátrico es una extensión del CCP (Art. 37(1)).¡¡¡Si no hay CCP no puede haber CCP pediátrico!!!.
Hay casos en el que un CCP no tendría sentido a priori. Por ejemplo:
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Caducidad patente
01.01.202001.11.2019
Límite de 15 años
01.05.2020
CCP pediátrico
CCP 1768/92-2 meses
CCP Pediátrico 1901/2006+6 meses
Algunas empresas han solicitado un CCP Negativo para tener base para poder solicitar más tarde el CCP pediátrico
¿CCP Negativos?
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Oficina Patentes Decisión
UK CCP Negativo concedido
NL CCP Negativo concedido
DE, PT, SI Rechazado
GR Concedido pero “0 días”
ES No consultable
IE Pendiente
Sitagliptin
Caducidad Patente: 04/07/2022 Primera autorización: 21/03/2007Duración de CCP: menos 3 meses y 11 días
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RequisitosArtículo 36
1. Cuando una solicitud […] contenga los resultados de todos los estudios realizados de acuerdo con un plan de investigación pediátrica aprobado, el titular de la patente […] tendrá derecho […]
El párrafo primero se aplicará también cuando la finalización del plan de investigación pediátrica aprobado no conduzca a la autorización de una indicación pediátrica, pero los resultados de los estudios realizados se reflejen en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamento en cuestión.
3. Cuando se haya recurrido a los procedimientos establecidos en la Directiva 2001/83/CE, (procedimiento No centralizado) la prórroga de seis meses del período contemplado en el apartado 1 se concederá únicamente si el medicamento está autorizado en todos los Estados miembros.
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El Comité Pediátrico y el PIP
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El Comité Pediátrico
Fue creado el 26 de julio de 2007.
Está compuesto por 33 miembros:
a) Cinco miembros del Comité de Medicamentos de Uso Humano;
b) Un miembro designado por cada Estado miembro cuya autoridad nacional competente no esté representada por alguno de los miembros nombrados por el Comité de Medicamentos de Uso Humano;
c) Tres miembros nombrados por la Comisión Europea en representación de los profesionales de la salud;
d) Tres miembros nombrados por la Comisión Europea en representación de las asociaciones de pacientes.
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El Comité Pediátrico
Los miembros del comité pediátrico:
• Serán nombrados por un período de tres años, renovable. Podrán asistir a las reuniones del Comité Pediátrico acompañados por expertos.
• La Agencia hará públicos los nombres y las cualificaciones de los miembros del Comité Pediátrico.
• No deben tener intereses financieros o de otro tipo en la industria farmacéutica que puedan afectar a su imparcialidad.
• Deben comprometerse a actuar en interés público y de manera independiente.
• Deben presentar una declaración anual de sus intereses financieros.
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El Comité Pediátrico
Tareas y Responsabilidades:
a) evaluar el contenido de todo plan de investigación pediátrica y emitir un dictamen al respecto;
b) Evaluar las dispensas y aplazamientos y emitir un dictamen al respecto;
c) Bajo petición, evaluar la conformidad de la solicitud de autorización de comercialización con el correspondiente plan de investigación pediátrica aprobado, y emitir un dictamen al respecto;
d) Bajo petición, evaluar cualquier dato procedente de un plan de investigación pediátrica aprobado, y emitir un dictamen sobre la calidad, seguridad o eficacia del medicamento para su empleo en pediatría;
e) Prestar asistencia científica en la elaboración de todo documento relacionado con el cumplimiento de los objetivos del Reglamento;
d) Asesorar sobre cualquier cuestión relacionada con los medicamentos para uso en la población pediátrica,
f) Establecer un inventario específico de necesidades de medicamentos para uso en la población pediátrica (antes del 26/01/2010)
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Plan de Investigación Pediátrica - PIP
Definiciones
Artículo 2 (2)
Programa de investigación y desarrollo destinado a garantizarque se generen los datos necesarios para determinar las condiciones en las que un medicamento puede ser autorizadopara su administración a la población pediátrica;
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Plan de Investigación Pediátrica - PIPEl contenido del PIP puede ser discutido y/o modificado. Es un proceso dinámico
Lo tiene que aprobar el comité pediátrico
Sin PIP una solicitud de autorización no es válida
El PIP es vinculante
Los datos podrán proceder de publicaciones existentes o de estudios nuevos. Puede tomar como referencia datos relativos a un medicamento que esté o haya estado autorizado en la Comunidad
El plan de investigación pediátrica detallará:
• el calendario de las investigaciones
• las medidas que se propongan para evaluar la calidad, seguridad y eficacia del medicamento
• todos los subgrupos de la población pediátrica destinataria.
• Medidas destinadas a adaptar la composición del medicamento
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DispensasPIP por defecto cubre todos los subgrupos poblacionales
Pero…
La presentación de la información contemplada el artículo 7, apartado 1, letra a) (resultados de los estudios) no será obligatoria para medicamentos que:
a) puede ser ineficaz o nociva para el conjunto de la población pediátrica o parte de la misma;
b) que la enfermedad sólo se da en adultos;
c) no presenta una ventaja terapéutica significativa con respecto a los tratamientos pediátricos existentes.
podrá otorgarse para uno o más subgrupos específicos de población pediátrica o para una o más indicaciones terapéuticas determinadas,
Una dispensa total “Full waiver” cubriría todos los subgrupos
Una dispensa total significa que no hay recompensa
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¿Quién solicita las dispensas?
(Artículo 12 y 13)
El Comité Pediátrico podrá, por iniciativa propia, emitir un dictamen basado en los motivos previstos a efectos de que se otorgue la dispensa contemplada en dicho apartado a un medicamento específico o a una clase de medicamentos.
El solicitante podrá pedir a la Agencia una dispensa para un medicamento específico por cualquiera de los motivos indicados.
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Aplazamientos
(Artículo 20 y 21)
En el momento en que se presente un PIP se podrá solicitar el aplazamiento del comienzo o de la finalización de algunas o de todas las medidas previstas en dicho plan. El aplazamiento estará justificado sobre bases científico-técnicas o de salud pública.
•Se concederá un aplazamiento cuando sea conveniente realizar estudios con adultos antes de comenzarlos con la población pediátrica,
•o cuando los estudios con la población pediátrica vayan a durar más tiempo que los estudios con adultos
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Obligaciones para la industria
Para productos en desarrollo:
Incluir los resultados de los estudios realizados, PIP, dispensas y aplazamientos antes del 26 de julio de 2008.
El PIP se debe de presentar al final de los estudios en fase inicial, a no ser que el producto este en una fase más avanzada.
Para productos ya aprobados:
Quedarán sometidos al Reglamento respecto de las solicitudes de autorización de nuevas indicaciones, incluidas las pediátricas, nuevas formas farmacéuticas y nuevas vías de administración.
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Incentivos para la industria
Seis meses de extensión de la patente o de la exclusividad si los resultados de los estudios están incluidos en el prospecto. Puede un año adicional de exclusividad si aporta un beneficio significativo sobre terapias ya existentes
La Agencia asesorará a título gratuito en las materias reguladas por el presente artículo (Articulo 26)
Cuando se conceda una autorización de comercialización de un medicamento para una indicación pediátrica, en la etiqueta del medicamento figurará el símbolo (Artículo 32)#
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Incentivos para la industria
Para los medicamentos declarados huérfanos la exclusividad puede ser extendida de 10 a 12 años
Para productos sin patente:
Se puede conseguir 10 años de exclusividad pediátrica - PUMA
Posibilidad utilizar la marca combinada con el símbolo pediátrico.#
Se puede utilizar literatura ya publicada o puede que el medicamento solo esté aprobado en un estado miembro.
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Otras disposiciones
Cuando un PIP haya conducido a la autorización de una indicación pediátrica de un medicamento ya […] el titular […] estará obligado a comercializarlo incorporando la información pediátrica antes de transcurridos dos años desde la fecha de autorización de tal indicación. (Artículo 33)
Para mejorar la información disponible sobre la administración de medicamentos a la población pediátrica, debe poder exigirse a las empresas que dispongan de tales datos que los presenten a la autoridad competente. (Considerando 34)
[…] la base de datos europea […] incluya un registro europeo de ensayos clínicos de medicamentos para la población pediátrica que comprenda todos los ensayos pediátricos en curso, interrumpidos prematuramente y finalizados tanto en la Comunidad como en terceros países. (Considerando 31)
Se creará una red europea que agrupe las redes, investigadores y centros existentes a escala nacional y europea con el objetivo y evitar repeticiones innecesarias. (Articulo 44)
Se establece sistema robusto de farmacovigilancia.
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Otras disposiciones[…] como mínimo, anualmente, la Comisión hará pública una lista de las empresas y de los productos que se hayan beneficiado de alguna de las recompensas o incentivos establecidos por el presente Reglamento, y de las empresas que hayan incumplido alguna de las obligaciones del mismo.(Artículo 50)
Hay disposiciones para sanciones económicas por el incumplimiento del reglamento (Artículos 47-50)
A más tardar el 26 de enero de 2013, la Comisión presentará un informe general sobre la experiencia adquirida incluyendo un inventario detallado de todos los medicamentos autorizados para uso pediátrico desde su entrada en vigor.
A más tardar el 26 de enero de 2017, la Comisión presentará informe incluyendo un análisis de los efectos económicos de las recompensas e incentivos y un análisis de las consecuencias estimadas del presente Reglamento en la salud pública, con el fin de proponer las modificaciones que puedan resultar necesarias.
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Plazos
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Plazos Solicitud
•El CCP PED se puede solicitar mientras el CCP este pendiente.
•Si el CCP está ya concedido:
El CCP pediátrico se presentará, a más tardar, dos años antes de la fecha de expiración.
Pero durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del reglamento la solicitud se presentará, a más tardar, seis meses antes de la fecha de expiración.
26/01/2007 + 5 Años 26/01/2012
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Plazos Solicitud
Entrada en Vigor + 5 Años
26.01.201201.01.2011
Caducidad CCP 2
01.01.2015
Caducidad CCP 1
Plazo límite-2 años
01.01.2013
Fecha límite
Plazo límite-6 meses
01.07.2010
Fecha límite
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Plazos Solicitud
Entrada en Vigor + 5 Años
26.01.2012 01.01.2013
Caducidad CCP 3
Plazo límite-2 años
01.01.2011
Fecha límite
El plazo se alarga
26.01.2014
2 Años
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2010
anastrozole, docetaxel y pramipexole.
2011
atorvastatin, latanoprost y valsartan.
2012
ácido zoledronico, rabeprazole, montelukast y candesartan.
Posibles futuros PED CCP
Fuente: TheSPCblog
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Legislación Americana
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US Pediatric Exclusivity505(b)(1) (21 U.S.C. 355(b)(1)) aprobada el 21 noviembre 1997. En vigor desde el 1 de abril de 1999.
Concede un periodo adicional de exclusividad de 6 meses que se anexa a:
La exclusividad de datos (Hatch-Waxman exclusivity)Orphan drug exclusivityLa caducidad de las patentes listadas en el Orange Book.
Esta sujeta a la existencia de periodos de exclusividad o de protección de patentes todavía no expirados
Abarca a todas las formulaciones, dosis, usos aprobados siempre y cuando estos disfruten de protección de patentes o de exclusividad.
Es posible de disfrutar de más de una exclusividad pediátrica.
Autoriza a la FDA a obligar a los poseedores de una autorización de comercialización bajo circunstancias especiales.
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US Data Exclusivity
La US Pediatric exclusivity no es extensión de la patente sino no de la exclusividad de datos y esta da derecho a:
•Proteger al innovador de la entrada del genérico en el mercado.
•La FDA retrasa la aprobación del genérico hasta la expiración de la exclusividad de datos
•La hace cumplir la FDA
•Se lista en el orange Book (dominio publico)
•Empieza a contar desde el día de la aprobación, excepto la PediatricExclusivity que se anexa a las exclusividades existente o a la caducidad de la patente.
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Requisitos básicos
La FDA tiene que haber emitido “Written Request” de motu propio o promovido por el propietario de la autorización de comercialización. En caso de recibir un written request no es obligatorio la realización de los estudios.
El exponsor presentará una planificación de los estudios después de emitirse en written request.
Presentar los resultados de los estudios en el periodo fijado. No es necesario que el resultado conlleve la aprobación de una indicación pediátrica.
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Objeto de los estudios pediátricos
Tipo de prescripciones más frecuentes
Adultos Niños
% % %
CNS 19 CNS 23 Respiratorio 30
Cardiovascular 16 Cardiovascular 19 Antiinfectiva 28
Sistema digestivo 12 Sistema digestivo 14 Piel 12
Antiinfectiva 12 Respiratorio 9 Organos sensoriales 7
Antineoplastico 11 Antiinfectiva 8 CNS 4
Respiratorio 8 Musculo-Esquleto 6 Endocrino 3
Musculo-Esquleto 5 Urologia 6 Sangre 3
Otros 17 Otros 15 Otros 13
Boots et al, Eur J Pediatr 166:849, 2007
Experiencia en US
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Experiencia en US
Según Boots et al, (Eur J Pediatr 166:849, 2007);
•Los incentivos para la industria llevan 10 años en vigor.
•Medicamentos de los adultos han sido estudiados en niños
•Medicación específicamente pediátrica todavía no ha sido suficientemente estudiada.
•Los beneficios para la industria farmacéutica ascienden a 35 Mill $ US por medicamento.
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Primeras decisiones e incertidumbres
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Caspofungina
1ª Autorización de Comercialización: 24/10/2001 EU
Número de Patente: EP 620 232
Fecha de Solicitud de patente: 09/03/1994
Caducidad de la patente: 08/03/2014
Solicitud CCP (IE): 12/12/2001
Caducidad CCP: 23/10/2016
Solicitud PED CCP: 3º trimestre 2008
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Caspofungina
Oficina Patentes Estado
DK, NL Concedido
BE, FI, FR, IE, SE Publicación Solicitud
UK Rechazado
Fuente: TheSPCblog
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Caspofungina UKArgumentos del examinador
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56
Caspofungina UKArgumentos de Merck
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57
Caspofungina UKRazones para la decisión
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58
Caspofungina UK
¿Sobre que base se ha concedido en DK y NL si la variación tipo II estaba pendiente?
Razones para la decisión
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59
Losartan
1ª Autorización de Comercialización: 02/09/1994 SE
Número de Patente: EP 253310
Fecha de Solicitud de patente: 09/07/1987
Caducidad de la patente: 09/07/2007
Solicitud CCP (UK): 01/06/1995 (MA UK 14/12/1994)
Caducidad CCP: 02/09/2009
Solicitud PED CCP: 18/02/2009
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60
Oficina Patentes Estado
DK, FI, FR, NL, SE, DE, IE Concedido
AT, BE Publicación SolicitudES No tenia CCP
UK Concedido en apelación
Losartan
Fuente: TheSPCblog
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61
Losartan UK
Fue rechazado por la oficina de patentes en primera instancia
Argumentos del solicitante
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Losartan UKArgumentos del examinador
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63
Losartan UKDecisión apelación administrativa (oficina de patentes)
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64
Losartan UKDecisión apelación administrativa (oficina de patentes)
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65
Losartan UKDecisión apelación Civil (según UK IPO)
14.07.2009 Further to the entry dated 21.04.2009, in an Order of the HighCourt dated 22 May 2009 (CH/2009/APP/0210), the appeal was dismissed. The appellant was granted permission to appeal to the Court of Appeal.
24.08.2009 Following the decision of the Court of Appeal on 19 August 2009, an extension of six months was granted to SPC/GB95/010 for meeting therequirements of EC regulation 1901/2006 on medicinal products forpaediatric use.
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Losartan UKSummary of product Characteristics (5 June 2009)
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67
Incertidumbres
* CCP negativos
* Falta de publicación de concesión del CCP PED
* Concesión después de la caducidad del CCP
* Celeridad del procedimiento de invalidez
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68
Caso Práctico
9
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69
Caso Práctico
Seleccionar un medicamento
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70
Estado regulatorio
Agencia Europea del Medicamento
Agencia española del medicamento
Caso Práctico
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71
Caso Práctico
Estado regulatorio US
FDA Written Request
Orange Book
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Caso Práctico
Patente Básica Europea
1. Equivalente de la listada en el OB (espacenet)
2. Buscar Patente y SPC en las oficinas de patentesnacionales
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Caso Práctico
¿Puede solicitar aun el PED CCP?
Entrada en Vigor + 5 Años
26.01.2012
Caducidad
Plazo límite-2 años
Plazo límite-6 meses
Caducidad
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74
Caso Práctico
Estado del PIP EMEA
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75
¡Gracias por vuestra atención!