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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN i 1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MÉXICO Y GUATEMALA ………. . .. 1

1.1. HISTORIA …………………………………… ………………………… 1 1.2. OBJETIVOS DEL TLC .………………… … ………………………. 3 1.3. TEMAS DEL TRATADO …….……………… …… …………………….. 3

1.3.1. Reglas de Origen ..……………… ……… ………………….... 3 1.3.2. Procedimientos Aduaneros ………… ……… …………………… 4 1.3.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias … ……… ……………... 4 1.3.4. Salvaguardias ………………………… …… ……………... 4 1.3.5. Inversión ……………………………… ……… ………………….5 1.3.6. Comercio de Servicios ……………… ……… ….………….5 1.3.7. Propiedad Intelectual ………………………… … ………………6 1.3.8. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado .………………..6 1.3.9. Sector Agropecuario ……………………………… ..………….6 1.3.10. Prácticas Desleales de Comercio ………………………… 7 1.3.11. Entrada Temporal de Personas de Negocios ………………7 1.3.12. Telecomunicaciones ………………………………………….. 7 1.3.13. Servicios Financiero …………………………………………. . 7 1.3.14. Obstáculos Técnicos al Comercio .. .…………………………8 1.3.15. Solución de Controversias …………………………………… 8

1.4. ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO ..…………………………………… 8

1.4.1. Comisión Administradora …………………………………………. 8 1.4.2. Subcomisión Administradora ……………………………………..10 1.4.3. Secretariado ….……………………………………………..10

1.5. REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE

ECONOMÍA EN GUATEMALA ……………………………………… 1.6. MARCO LEGAL DEL TRATADO …………………………………………12

1.6.1. Reglas de Origen …………………………………….……… ….12 1.6.2. Procedimientos Aduaneros …………………………………….12 1.6.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias ……………………………13 1.6.4. Salvaguardias …………………………………………………15 1.6.5. Inversión ……………………………………………………….15 1.6.6. Comercio de Servicios ……………………………………… 1.6.7. Propiedad Intelectual ……………………………………….. 1.6.8. Sector Agropecuario …………………………………………… 17 1.6.9. Prácticas Desleales de Comercio ………………………………..18 1.6.10. Entrada Temporal de Personas de Negocios …………………..19 1.6.11. Telecomunicaciones ………………………………………… 1.6.12. Servicios Financieros ……………………………………… 1.6.13. Medidas Relativas a la Normalización …………………………… 1.6.14. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado …………………

i 1 1 3 3 3 4 4 4 5 5 6 6 6 7 7 7 7 8 8 8 8 10 10 11 12 12 12 13 15 15 16 16 17 18 19 20 20 21 22

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1.6.15. Solución de Controversias ………………………………………..23 1.6.16. Transparencia ………………………………………………………23 1.6.17. Excepciones ….....…………………………………………………24

1.7. LA FIRMA DEL TRATADO ... ……………………………………………25

1.7.1. Objetivos de Guatemala en la Implementación del Tratado con México…………………………………………….25

1.7.2. Tratado de Libre Comercio: Guatemala, Honduras y El Salvador con México (TLCTNM)………… ……………….26

2. COMERCIO GLOBAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO …………………………29 3. COMERCIO DE LOS 10 PRODUCTOS PRINCIPALES SEGÚN

RANGO ARANCELARIO………………………………………….……………………33

3.1. Importaciones y Exportaciones del Sector Agropecuario ..……………33 3.2. Importaciones y Exportaciones del Sector Manufacturero …………….34 3.3. Importaciones y Exportaciones del Sector Extractivo ………………….36

4. COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO …………………………..…………38

4.1. Análisis de la Participación de las Exportaciones Según Sector Económico…………………………………………….…….38 4.1.1. Participación Sector Agrícola ………………..………………….. 38 4.1.2. Participación Sector Manufacturero ……………………………. 39 4.1.3. Participación Sector Extractivo …………………………………. 39

4.2. Análisis de la Participación de las Importaciones Según Sector Económico…………………………………………..…… 40 4.2.1. Participación Sector Agrícola ………………..………………….. 40 4.2.2. Participación Sector Manufacturero ……………………………. 41 4.2.3. Participación Sector Extractivo …………………………………. 41

5. IMPORTACIA DE MÉXICO COMO ABASTECEDOR ……………………………. 43 6. IMPACTO POSITIVO Y NEGATIVO DEL TLC PARA GUATEMALA …………… 45 7. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS PARA GUATEMALA ………………………….. 47

7.1. Beneficios Macroeconómicos ……………………………………………. 47

8. ANÁLISIS DE OPORTUNIDADES Y AMENAZAS ………………………………… 48

8.1. Oportunidades….………………………………………………………….. 48 8.2. Amenazas ………………………………………………………………….. 48

9. DIFICULTADES Y LIMITACIONES PARA ENFRENTAR EL RETO DE UN TLC……………………………….…………………………….……………… 49

CONCLUSIONES ………………………………………………………………………….. 50 BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………………... 52 ANEXOS …………………………………………………………………………………… 53

23 23 24 25 25 26 29 33 33 34 36 38 38 38 39 39 40 40 41 41 43 45 47 47 48 48 48 49 50 52 53

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INTRODUCCIÓN

México no sólo es importante por ser vecino de Guatemala, comparte varios

rasgos en común con los guatemaltecos, así como el pasado, la cultura, gustos o

preferencia etc., México tiene una población de 104,907,991 habitantes, esto hace

que sea un mercado que presenta oportunidades para los guatemaltecos. Pero

existe algo que hace más favorable la exportación aún, y esto es el tratado de libre

comercio que se tiene con México. Este es un acuerdo económico, cuyo nombre es

Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte-México, que establece la supresión

gradual de aranceles, y de otras barreras al librecambio, en la mayoría de los

productos fabricados o vendidos, así como la eliminación de barreras a la inversión

internacional y la protección de los derechos de propiedad intelectual.

El mundo se ha convertido en un solo mercado; la internacionalización ya no

es una opción, sino una obligación. Es por esta razón que Guatemala debe buscar

nuevos horizontes en donde penetrar con productos nacionales. Pero para llegar a

esto los ciudadanos guatemaltecos necesitan de información con respecto a los

mercados internacionales. A continuación se presenta un análisis y comparación del

comercio de un mercado sumamente importante para el país, con respecto a la

entrada en vigencia del Tratado mencionado con anterioridad.

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1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO TRIÁNGULO NORTE Y MÉXICO 1.1 HISTORIA

Para tener un contexto claro y poder analizar los efectos tanto positivos

como negativos del tratado de libre comercio entre México y Guatemala, es

importante que se haga un poco de historia de la relación comercial entre los

países.

Guatemala y México, son dos países que han mantenido relaciones

comerciales desde hace ya varios años. Una razón muy importante por la que

se da este hecho es la cercanía de sus fronteras, ya que comparten unos

2,700 kilómetros. Los acuerdos se iniciaron con un alcance de forma parcial,

estos definían preferencias arancelarias en una sola vía y por un tiempo

determinado, generalmente la duración de estos acuerdos era entre 6 meses a

1 año.

Todos los productos contemplados en el acuerdo debían cumplir con la

norma de origen según la ALADI. No obstante, los acuerdos presentaban

ventajas para los comerciantes, también implicaba grandes limitaciones, las

cuales impedían el flujo de comercio. Unas de las limitaciones más comunes

con las que se debía enfrentar eran las cuotas y permisos de importación, ya

que las preferencias no eliminaban el arancel de importación.

Las limitantes de los acuerdos de alcance parcial empezaron a ser un

gran problema para el comercio e inversión entre los países mencionados. Los

productos de mayor interés para Guatemala, o sea, los productos agrícolas, no

estaban incluidos en los acuerdos. Para la solución de este y otros problemas

se creó el Mecanismo de Diálogo de Tuxtla, cuyo objetivo era llegar a acuerdos

comerciales mejor estructurados en beneficio de los países.

Los acuerdos empezaron como propuesta para posibles acuerdos

bilaterales entre Centro América y México, luego surgió la idea de un Tratado

de Libre Comercio. Las primeras pláticas iniciaron en el año 1990 para formar

el TLC entre México y el Triángulo del Norte. En la primera reunión de Tuxtla

en 1991 es cuando se llegó a algo más concreto, ésta se llevó a cabo el 11 de

enero y los temas que se establecieron son los siguientes:

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- Programa de Liberación Comercial.

- Programa de Cooperación Financiera.

- Programa para el Desarrollo de la Oferta Exportable de Centroamérica.

- Programa de Cooperación en el Sector Primario.

- Programa para el Abastecimiento Energético.

- Programa de Fomento de las Inversiones.

- Programa de Capacitación y Cooperación Técnica.

Después de la primera reunión en Tuxtla, se dio una suspensión que duró

hasta el año 1996, a esta segunda reunión se le llamó Tuxtla II y se llevó a cabo

el 15 y 16 de febrero. En esta reunión se tocaron los siguientes temas:

- La conclusión de las negociaciones del TLC Nicaragua – México, el cual entró

en vigor el primero de julio de 1998.

- La reanudación del proceso de negociación del TLC Triángulo Norte y México.

La firma del marco legal, el cual sirvió de referencia para las negociaciones

del TLC, se llevó a cabo el 26 de mayo de 1996 por los Ministros de Guatemala,

El Salvador y Honduras, así como el Secretario de México.

Las negociaciones del TLC se dieron por concluidas el 10 de mayo de 2000,

en la ciudad de México. El TLC se firmó el 29 de junio del 2000 y entró en vigor

hasta el 15 de marzo del 2001. Los temas tratados fueron:

- Disposiciones iniciales y generales.

- Definiciones generales.

- Trato nacional y acceso de bienes a mercado.

- Sector agropecuario.

- Medidas sanitarias y fitosanitarias.

- Reglas de origen.

- Procedimientos aduaneros para el manejo de origen de las mercancías.

- Medidas de salvaguardia.

- Prácticas desleales de comercio internacional.

- Comercio transfronterizo de servicios.

- Servicios financieros.

- Telecomunicaciones.

- Entrada temporal de personas de negocios.

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- Inversión.

- Medidas relativas a la normalización.

- Propiedad intelectual.

- Transparencia.

- Administración del tratado.

- Solución de Controversias.

- Excepciones y Disposiciones finales.

1.2 OBJETIVOS DEL TLC

- Eliminar barreras al comercio.

- Promover condiciones para una competencia justa.

- Incrementar las oportunidades de inversión.

- Proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual.

- Establecer procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la

solución de controversias.

- Fomentar la cooperación trilateral, regional y multilateral.1

1.3 TEMAS DEL TRATADO

Para que se llevara a cabo la firma de este Tratado, se expusieron 15

temas principales. Estos temas se hace necesario mencionarlos para tener un

panorama amplio de las implicaciones que tiene el Tratado.

1.3.1. Reglas de origen. Las reglas de origen son los requisitos mínimos de

fabricación, contenido o elaboración en la región que debe cumplir un producto

para poder ser considerado como originario de la región compuesta por el

Triángulo del Norte y México; es decir, para que el producto tenga derecho a los

beneficios del tratado en materia de aranceles aduaneros. Las reglas de origen

negociadas en este acuerdo siguen la misma metodología que los demás tratados

negociados en el continente y su propósito es fomentar la utilización de insumos

de la región. Los bienes serán considerados de la región cuando: sean totalmente

obtenidos o producidos en la región, cumplan con un cambio de clasificación

arancelaria específico para ese bien, o cumplan con un requisito de contenido

regional. El valor general de contenido regional aplicable será de 50%.

1 Disponible en http: www.economia.gob.mx

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1.3.2 Procedimientos aduaneros. El tratado establecerá mecanismos en materia

aduanera para que los bienes originarios puedan gozar del trato arancelario

preferencial establecido en el tratado, y para verificar el cumplimiento de las

reglas de origen. Se establecerán procedimientos claros y expeditos para que las

autoridades aduaneras verifiquen el origen. Asimismo, con el fin de dar

certidumbre y seguridad jurídica al productor, exportador o importador, éste podrá

solicitar a la autoridad aduanera del país importador, resoluciones o dictámenes

anticipados, relativos a la determinación y certificación del origen de los bienes.

Medidas relativas a la normalización. Este capítulo incorpora los derechos y

obligaciones de las Partes establecidas en el Acuerdo sobre Obstáculos al

Comercio de la OMC; asimismo, incorpora otras disposiciones que permiten una

mayor transparencia y aseguran un mayor acercamiento entre las Partes. Con lo

anterior, se asegura que las normas, los reglamentos técnicos y los

procedimientos de evaluación de la conformidad no sean discriminatorios, ni se

conviertan en una barrera encubierta al comercio. El tratado creará centros de

información que ofrezcan a los productores, consumidores y exportadores

información sobre las medidas de información existentes en cada una de las

Partes y de igual manera crea instancias para que las autoridades

correspondientes puedan resolver o consultar cualquier asunto relativo a esta

materia.

1.3.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias. La aplicación de principios y reglas

transparentes en medidas sanitarias y fitosanitarias, facilitarán el comercio

agropecuario con los países del Triángulo Norte. El tratado preservará el derecho

de adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias para proteger la vida o salud

humana, animal o vegetal contra riesgos que surjan de enfermedades, plagas,

aditivos o contaminantes, siempre y cuando estén justificadas científicamente y no

constituyan un obstáculo encubierto al comercio.

1.3.4. Salvaguardias. El tratado establece la posibilidad de imponer medidas

bilaterales durante un período de transición para hacer frente a dificultades

imprevistas que se originen de la reducción o eliminación de un arancel

establecido en el tratado. Lo anterior, sin menoscabo de que las partes conservan

su derecho de adoptar medidas al amparo del artículo XIX de la OMC sobre

importaciones de las demás Partes cuando éstas sean sustanciales y contribuyan

al daño. La utilización de cada uno de los mecanismos anteriores está sujeta a la

observancia de los principios de transparencia, equidad y certidumbre. La

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aplicación de medidas de salvaguarda sobre algún producto requiere de una

compensación a la Parte afectada. Esta disciplina incrementará la certidumbre

para los exportadores en el mercado del Triángulo del Norte ya que tendrán un

recurso en caso de un incremento súbito de exportaciones mexicanas.

1.3.5 Inversión. El capítulo en la materia incluye reglas para dar protección y

seguridad jurídica a los inversionistas de los dos países y sus inversiones, así

como un mecanismo de solución de controversias. Estas disciplinas permiten

otorgar al inversionista de una Parte y su inversión un trato no menos favorable

que el que otorgue una parte a sus propios inversionistas y sus inversiones o el

que otorgue una Parte a un inversionista y sus inversiones de un país que no es

parte de tratado. Se prohíben los requisitos de desempeño que distorsionen el

comercio o la inversión como condición de un establecimiento de la inversión o el

otorgamiento de un incentivo. Se garantiza la libre convertibilidad de la moneda y

las transferencias al exterior.

1.3.6. Comercio de servicios. En el Tratado se establecen reglas y disciplinas para

el comercio de servicios. Estas reglas son aplicables a todos los sectores con

excepción del transporte aéreo. Se establecen principios básicos como son: trato

nacional, trato de nación más favorecida y la nueva obligatoriedad de presencia

local, como condición para prestar los servicios. Asimismo, los países firmantes

de este acuerdo se comprometieron a consolidar, para la mayoría de los sectores,

el nivel de apertura existente en sus respectivas legislaciones. A fin de lograr una

mayor liberalización en el futuro las Partes negociarán la eliminación de las

restricciones contenidas en sus respectivas legislaciones. Asimismo, se

establecen procedimientos para que en el futuro se negocien acuerdos de

reconocimiento mutuo en materia de servicios profesionales que faciliten la

movilidad de estas personas entre los países. Por otra parte, se establecieron

disciplinas respecto a la movilidad de personas de negocios para las siguientes

categorías: visitantes de negocios, comerciante e inversionista y movimiento de

personal entre compañías. Estas disciplinas otorgan facilidades migratorias a las

personas que se dedican a estas actividades, sin que ello implique modificar el

marco legal migratorio o laboral existente en cada uno de estos países. En

materia de servicios financieros se establecieron principios y disciplinas básicas

con el objetivo de promover la inversión y otorgar certidumbre a las instituciones

financieras que se establezcan en el territorio de cada Parte. Las modalidades y

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nivel de apertura en este sector se negociarán en los dos años posteriores a la

entrada en vigor del acuerdo.

1.3.7. Propiedad intelectual. El tratado establecerá obligaciones, conforme a

nuestras legislaciones sobre adquisición, conservación y ejecución de los

derechos de propiedad intelectual y se confirman nuestras obligaciones y

derechos en los tratados y convenciones internacionales suscritos. Se establecerá

un comité especial de consulta para dar seguimiento a los compromisos en esta

área del tratado. Solución de controversias. El tratado establece un mecanismo

para la prevención o solución de controversias derivadas de la interpretación o

aplicación del tratado, o cuando una Parte considere que una medida vigente o en

proyecto es incompatible o puede ocasionar anulación o menoscabo. Este

mecanismo brindará certeza a los dos países sobre bases de equidad, seguridad

jurídica y neutralidad. El mecanismo consta de tres etapas: La primera, de

naturaleza consultiva, y las otras dos contenciosas; una de estas ante la Comisión

de Libre Comercio y la otra, ante un tribunal arbitral.

1.3.8. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado. El tratado estipula que cada

parte otorgará trato nacional a los bienes de la otra parte, incluyendo estados,

departamentos, municipios y provincias. También, a partir de la entrada en

vigencia del Tratado, las partes se comprometen a garantizar el acceso a sus

respectivos mercados mediante la eliminación gradual del arancel aduanero al

comercio sobre los bienes originarios, de acuerdo al programa de desgravación

establecido, con excepción de algunos productos sensibles que quedaron

excluidos. Se deberá normar de una manera no discriminatoria la aplicación de

barreras no arancelarias, tales como licencias, cupos, precios de referencia y

aduanas específicas. Ninguna de las partes incrementará, ni establecerá

derechos de trámites aduaneros por concepto del servicio prestado por la aduana

y eliminarán tales derechos sobre bienes originarios a partir de la entrada en

vigencia del Tratado.

1.3.9. Sector Agropecuario. El Tratado estipula que exista trato nacional a los

bienes agropecuarios de las partes de conformidad a las disposiciones de los

acuerdos del GATT (año 1994). La eliminación total e inmediata de las barreras

no arancelarias, tales como restricciones a la importación y a la exportación de

cualquier bien agropecuario, la aplicación de precios mínimos de importación, los

regímenes de licencias de importación y las restricciones cuantitativas a la

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importación, entre otros, deben de llevarse a cabo por ambas partes al entrar en

vigor el Tratado. Además, las partes se comprometen a eliminar en su comercio

recíproco las subvenciones a las exportaciones, cinco años después de la

vigencia del Tratado. Por último se estableció un mecanismo de salvaguardia

especial para evitar daño a la producción guatemalteca por importaciones

masivas de México.

1.3.10. Prácticas Desleales de Comercio. El Tratado estipula que las partes deben

rechazar los subsidios y las prácticas de “dumping” que causan o amenazan

causar daños al comercio. También establece un procedimiento de acción basado

en la reglamentación de la OMC y la legislación nacional de cada parte en

relación a prácticas desleales. Este respaldo hace que la credibilidad de este

procedimiento sea más fuerte.

1.3.11. Entrada Temporal de Personas de Negocios. El Tratado permite el ingreso

preferente de personas de negocios al territorio de la otra parte, con el objeto de

facilitar el comercio de bienes y servicios, así como el establecimiento de la

inversión extranjera. El Tratado también dispone la protección al trabajo de sus

nacionales y el empleo permanente en sus respectivos territorios.

1.3.12. Telecomunicaciones. El Tratado reconoce el doble papel de los servicios

de telecomunicaciones, como sector específico de actividad económica y como

medio de prestación de servicios para otras actividades económicas. Estos

medios se acoplan a las medidas que adopte o mantenga una parte, relacionadas

con la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y servicios

mejorados. Además, en este sector de telecomunicaciones se acordaron

principios que otorgan el derecho a las Partes a no ser discriminadas en el acceso

y uso de redes de telecomunicaciones en el territorio de las otras Partes.

Asimismo, se establecen compromisos para que los operadores dominantes no

utilicen su posición en el mercado para llevar a cabo prácticas anticompetitivas.

1.3.13 Servicios Financieros. El Tratado otorga trato nacional y trato de nación

más favorecida (NMF) a las instituciones financieras de las partes. En el caso de

Guatemala, estos compromisos no se aplicarán hasta que se complete la reforma

al sistema financiero nacional.

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1.3.14. Obstáculos Técnicos al Comercio. Este es el mecanismo del Tratado que

cualquier parte podrá utilizar cuando existan dudas o diferencias en cuanto a la

interpretación o aplicación del mismo. Dicho mecanismo se compone de cuatro

etapas principalmente: las consultas, le mediación, la conciliación y los buenos

oficios, el arbitraje y la suspensión de beneficios.

1.3.15. Solución de Controversias. Este es el mecanismo que cualquier parte

podrá utilizar cuando existan dudas o diferencias en cuanto a la interpretación o

aplicación del Tratado. Dicho mecanismo se compone de cuatro etapas

principalmente:

- Las consultas.

- La mediación, la conciliación y los buenos oficios

- El arbitraje

- La suspensión de beneficios.

1.4 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

Se creó la Comisión Administradora del Tratado, integrada por los Ministros de

Economía de los países centroamericanos y de México, como máxima autoridad

para la administración del Tratado. La Comisión se reunirá anualmente para

revisar aspectos relacionados con la desgravación de los productos y otros temas

sobre la aplicación del mismo. También se pueden reunir a petición por una de

las partes para ver asuntos extraordinarios. Las decisiones que se tomen

deberán de ser en consenso. Como parte de la reestructuración interna del

Ministerio de Economía de Guatemala, se creó una unidad específica orientada a

vigilar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Tratado. Ver Anexo

1, Organigrama de la Dirección de Administración del Comercio Exterior,

Ministerio de Economía de Guatemala.

1.4.1. Comisión Administradora. Artículo 18-01

1. Las partes establecen la Comisión Administradora que estará integrada por los

funcionarios a que se refiere el anexo número 2, o por las personas que éstos

designen.

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2. La Comisión tiene las siguientes funciones:

a. Velar por el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones del

Tratado.

b. Evaluar los resultados logrados en la aplicación del Tratado, vigilar su

desarrollo y recomendar a las Partes las modificaciones que estime

conveniente.

c. Proponer medidas encaminadas a la correcta administración y desarrollo del

Tratado y sus anexos.

d. Contribuir a la solución de las controversias que surjan respecto a su

interpretación y aplicación.

e. Recomendar a las Partes la adopción de medidas necesarias para

implementar sus decisiones.

f. Fijar los montos de la remuneración y los gastos que deban pagarse a los

árbitros, sus ayudantes y los expertos, los cuales serán cubiertos en partes

iguales por las Partes contendientes, y;

g. Conocer de cualquier otro asunto que pudiese afectar el funcionamiento de

este Tratado, o que le sea encomendado por las Partes2.

3. La Comisión podrá:

a. Establecer comités ad hoc o permanentes, grupos de trabajo y de expertos,

así como asignarles atribuciones.

b. Solicitar la asesoría de personas o instituciones sin vinculación

gubernamental, y;

c. Adoptar cualquier otra acción para el ejercicio de sus funciones.

4. La Comisión establecerá sus reglas y procedimientos y todas sus decisiones

se tomarán por consenso.

5. La Comisión se reunirá por lo menos una vez al año en sesión ordinaria y, a

solicitud de cualquier Parte, en sesión extraordinaria. Las sesiones ordinarias

serán presididas sucesivamente por cada Parte.

2 Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte - México proporcionado por MINECO

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1.4.2. Subcomisión Administradora. Artículo 18-02

1. Las Partes establecen la Subcomisión Administradora que estará integrada por

los funcionarios a que se refiere el anexo número 3 o por las personas que éstos

designen.

2. La Subcomisión tiene las siguientes funciones:

a. Supervisar la labor de todos los comités, los subcomités y los grupos de

trabajo establecidos en este Tratado e incluidos en el anexo número 4.

b. Dar seguimiento a las decisiones y acuerdos alcanzados por la Comisión.

c. Preparar y revisar los expedientes técnicos necesarios para la toma de

decisiones y acuerdos en el marco del tratado.

d. Fungir como secretaría técnica en las reuniones de la Comisión.

e. Designar el centro e información para cada Parte, de conformidad con el

artículo 17-01, y;

f. Conocer de cualquier otro asunto que pudiese afectar el funcionamiento del

Tratado, que le sea encomendado por la Comisión.

3. La Subcomisión se reunirá cuando menos dos veces al año alternando la sede

entre las Partes.

4. La Subcomisión presentará anualmente un informe de labores a la Comisión.

1.4.3. Secretariado. Artículo 18-03

1. La Comisión establecerá y supervisará un Secretariado integrado por

secciones nacionales.

2. Cada Parte:

a. Establecerá la oficina permanente de su sección nacional.

b. Se encargara de:

- La operación y costos de su sección y,

- La remuneración y los gastos que deban pagarse a los árbitros, sus

asistentes y expertos nombrados de conformidad con el capítulo XIX.

c. Designará al Secretario de su sección nacional, quien será el funcionario

responsable de su administración, y;

d. Notificará a la Comisión el domicilio de su sección nacional.

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3. El Secretariado tendrá las siguientes funciones:

a. Proporcionar asistencia a la Comisión y a la Subcomisión.

b. Brindar apoyo administrativo a los tribunales arbitrales creados de

conformidad con el capítulo IXI.

c. Por instrucciones de la Comisión, apoyar la labor de comités, subcomités y

grupos de expertos establecidos de conformidad con este Tratado, y;

d. Las demás que le encomiende la Comisión.

1.5 REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA

EN GUATEMALA

Artículo 15. Dirección de Administración del Comercio Exterior. Tiene

como objetivo administrar los instrumentos económico-comerciales de carácter

internacional vigentes para Guatemala, propiciando su óptimo aprovechamiento.

La Dirección de Administración del Comercio Exterior, para el

cumplimiento de sus objetivos y funciones se integrará con los dos departamentos

siguientes:

- Departamento de Aspectos Normativos de Comercio.

- Departamento de Aplicación de Acuerdos Económicos.

Las funciones que desempeña son las siguientes:

- Establecer procedimientos para la aplicación de los convenios y tratados

comerciales de los que Guatemala sea parte.

- Proporcionar la armonización legal para facilitar el cumplimiento de los

compromisos contraídos y el ejercicio de los derechos derivados de los

instrumentos comerciales vigentes.

- Orientar a los productores nacionales sobre la conveniente aplicación de los

aspectos normativos del comercio.

- Coordinar procesos de consulta inter institucional e inter sectorial para la

aplicación de instrumentos comerciales vigentes.

- En defensa de los intereses nacionales o en cumplimiento de los convenios y

tratados, proponer modificaciones arancelarias.

- Contribuir a la actualización y difusión de información sobre los convenios,

tratados y otros instrumentos comerciales.

- Administrar los contingentes arancelarios u otros mecanismos similares y

asesorar en dicha materia.

11

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- Otras que le asigne el Despacho Viceministerial respectivo3.

1.6 MARCO LEGAL DEL TRATADO

Para poder analizar el impacto del Tratado sobre Guatemala, es necesario

hacer un resumen de las normas y acuerdos acordados. A continuación se

presenta unos artículos de suma importancia para cada uno de los temas del

Tratado.

1.6.1. Reglas de Origen.4

Artículo 6-03 Bienes Originarios: un bien será originario cuando:

- Sea obtenido en su totalidad o producido enteramente en territorio de una o

más de las partes.

- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir

exclusivamente de materiales que califican como originarios de una o más de

las partes de conformidad con las reglamentaciones.

- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir de materiales

no originarios que cumplan con un cambio de clasificación arancelarias y otros

requisitos, y que el bien cumplan con las demás disposiciones aplicables.

- En el territorio de una o más de las partes a partir de materiales no originarios

que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria y otros requisitos, y

que el bien cumpla con las demás disposiciones aplicables.

- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir de materiales

no originarios que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria y otros

requisitos, y el bien cumpla con un requisito de valor de contenido regional y

con las demás disposiciones generales.

- Siempre que el valor de contenido regional del bien no sea inferior al 50%,

salvo disposición contraria, y que el bien cumplan con las demás

disposiciones aplicables, será tomado como bien de origen regional.

1.6.2. Procedimientos Aduaneros.5

- Artículo 7-02. Declaración y certificación de origen: las partes elaborarán un

formato único para el certificado de origen y un formato único para la

declaración de origen, los cuales entrarán en vigor conjuntamente con este

3 Acuerdo Gubernativo No. 182-2000, Reglamento Orgánico Interno, MINECO 4Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 5 Fuente: LOC CIT

12

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tratado, y podrán ser modificados posteriormente previo acuerdo entre las

Partes.

- Artículo 7-03. Obligaciones respecto a las importaciones: Cada parte requerirá

al importador que solicite tratado arancelario preferencial para un bien

importado a su territorio proveniente del territorio de otra parte.

- Artículo 7-04. Obligaciones respecto a las exportaciones: Cada parte

dispondrá que su exportador o productor, que haya llenado y firmado un

certificado o una declaración de origen, entregue copia del certificado o

declaración de origen, en su caso, a su autoridad competente cuando ésta lo

solicite.

- Artículo 7-07. Procedimientos para verificar el origen: La parte importadora

podrá solicitar a la parte exportadora información respecto al origen de un bien

por medio de su autoridad competente.

- Para determinar si un bien que se importe al territorio de una parte

proveniente del territorio de otra parte bajo trato arancelario preferencial

califica como originario, la Parte importadora podrá, por conducto de su

autoridad competente, verificar el origen del bien.

- Artículo 7-08. Confidencialidad: Cada parte mantendrá, de conformidad con lo

establecido en su legislación, la confidencialidad de la información obtenida y

la protegerá de toda divulgación que pudiera perjudicar a la persona que la

proporcione.

- La información confidencial obtenida sólo podrá darse a conocer a las

autoridades responsables de la administración y aplicación de las

resoluciones de determinación de origen y de los asuntos aduaneros y

tributarios.

- Artículo 7-09. Sanciones: Cada parte establecerá o mantendrá sanciones

penales, civiles o administrativas por infracciones a sus leyes y

reglamentaciones relacionadas con las disposiciones de la temática.

- Articulo 7-12. Comité de Origen: Las partes establecen el Comité de Origen,

integrado por representantes de cada una de ellas.

1.6.3 Normas Sanitarias y Fitosanitarias. 6

- Artículo 5-02 Ámbito de aplicación: La normativa de la temática es aplicable a

todas las medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar directa o

indirectamente al comercio de bienes entre las partes.

6 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

13

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- El marco de reglas y disciplinas que regulan la adopción y cumplimiento de

dichas medidas será compatible con el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y

Fitosanitarias.

- Las partes considerarán como autoridades competentes, aquellas que

ostentan la responsabilidad legal de garantizar el cumplimiento de las

exigencias sanitarias y fitosanitarias contempladas en este capítulo.

- Artículo 5-07. Reconocimiento de zonas libres de plagas o enfermedades y

zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades: Cada parte se

asegurará que sus medidas sanitarias y fitosanitarias se adapten a las

características sanitarias o fitosanitarias de las zonas de origen y de destino

del bien, ya se trate de todo el territorio de un parte o de la totalidad o partes

de los territorios de varias partes.

- Al evaluar las características sanitarias o fitosanitarias de una zona, las partes

tendrán en cuenta, entre otras, el nivel de prevalencia de enfermedades o

plagas específicas, la existencia de programas de erradicación o de control, y

los criterios o directrices elaborados por las organizaciones internacionales

competentes acordados por las partes.

- Artículo 5-08. Procedimientos de control, inspección y aprobación: Las partes

deben de revisar y acordar en lo que se refiere a los procedimientos de

control, inspección y aprobación, con inclusión de los sistemas de aprobación

del uso de aditivos o de establecimiento de tolerancias de contaminantes en

los productos alimenticios, en las bebidas o en los piensos.

- Cuando la Parte importadora requiera llevar a cabo un procedimiento de

control o inspección en la etapa de producción, la parte exportadora adoptará,

a solicitud de la parte importadora, las medidas que faciliten el acceso a su

territorio y le proporcionará la asistencia necesaria para la ejecución del

procedimiento de control o inspección.

- Para asegurar los alimentos, bebidas y piensos, cada Parte podrá establecer,

en sus procedimientos de aprobación y de acuerdo con su legislación vigente,

requisitos de autorización para el uso de un aditivo alimentario, o el

establecimiento de un nivel de tolerancia para un contaminante en los

mismos, antes de conceder el acceso a su mercado. Cuando esa parte así lo

requiera, podrá adoptar una norma, directriz o recomendación internacional

pertinente, como base para conceder acceso a estos bienes, hasta que se

tome un determinación definitiva.

14

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1.6.4. Salvaguardias.7

- Artículo 8-03. Medidas de Salvaguardia Bilateral: Cada Parte podrá adoptar y

aplicar medidas de salvaguardia bilateral si, como resultado de la reducción o

eliminación de un arancel aduanero estipulado en este tratado, el volumen de

importaciones de uno o varios bienes beneficiados por el Programa de

Desgravación Arancelaria, aumenta en un ritmo y en condiciones tales que

cause un daño grave o amenaza de daño grave a una rama de producción

nacional.

- Artículo 8-04. Medidas de Salvaguardia Global: Las Partes conservan sus

derechos y obligaciones para aplicar medidas de salvaguardia global

conforme al Artículo IXI del GATT de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias,

que forma parte del Acuerdo sobre la OMC, excepto los referentes a

compensación o represalia y exclusión de una medida de salvaguardia global

en cuanto sean incompatibles con las disposiciones de este artículo.

- Artículo 8-05. Procedimiento. Cada Parte establecerá procedimientos claros

y estrictos para la adopción y aplicación de medidas de salvaguardia.

- Las solicitud prestada ante la autoridad competente deberá ser apoyada por el

25% de la rama de producción nacional.

- Dentro de un plazo de 30 días, contado a partir de la presentación de la

solicitud, la autoridad competente podrá desecharla, o iniciar la investigación

si ha determinado que es apoyada por productores que representen al menos

el 25% de la producción total de los bienes similares o directamente

competidores.

1.6.5. Inversión.8

- Artículo 14-03. Nivel Mínimo de trato: Cada parte otorgará a los inversionistas

de otra parte y a sus inversiones, un trato acorde con el derecho internacional

así como protección y seguridad jurídica dentro de su territorio.

- Artículo 14-04. Trato Nacional: Cada Parte otorgará al inversionista de una

parte y a la inversión de un inversionista de una parte, un trato no menos

favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a sus propios

inversionistas y a las inversiones de dichos inversionistas en lo referente al

establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción,

operación, venta u otra disposición de las inversiones.

7 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 8 Fuente: LOC CIT

15

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- Artículo 14-05 Trato de nación más favorecida: Si una Parte hubiere otorgado

un trato especial al inversionista de un país no parte o a la inversión de un

inversionista de un país no parte, en virtud de convenios establezcan

disposiciones para evitar la doble tributación, zonas de libre comercio, uniones

aduaneras, mercados comunes, uniones económicas o monetarias e

instituciones similares, dicha parte no estará obligada a otorgar el tratamiento

que se trate al inversionista de una parte o a la inversión de un inversionista

de una parte.

1.6.6. Comercio de Servicios.9

- Artículo 10-04 Trato Nacional: Cada parte otorgará a los servicios y los

prestadores de servicios de otra Parte, un trato no menos favorable que el que

el que conceda a sus servicios similares o prestadores de servicios similares.

- Artículo 10-05. Presencia Local: Ninguna Parte exigirá a un prestador de

servicios de otra parte que establezca o mantenga una oficina de

representación u otro tipo de empresa, o que resida en su territorio como

condición para la prestación transfronteriza de un servicio.

- Artículo 10-10. Comité de Comercio, Transfronterizo de Servicios e Inversión:

Las Partes establecen un Comité de Comercio Transfronterizo de Servicios e

Inversión, integrado por representantes de cada parte. En su caso, el Comité

podrá autorizar la participación de representantes de otras instituciones.

- El Comité se reunirá por lo menos una vez al año, o en cualquier tiempo a

solicitud de cualquiera de las partes, o de la Comisión.

1.6.7. Propiedad Intelectual 10

- Artículo 16-02. Protección de los derechos de Propiedad Intelectual: Cada

parte otorgará en su territorio a los nacionales de otra parte, protección y

defensa adecuada y eficaz para los derechos de propiedad intelectual y

asegurará que las medidas destinadas para hacer valer esos derechos no se

conviertan, a su vez, en obstáculos al comercio legítimo.

- Cada parte podrá otorgar en su legislación protección a los derechos de

propiedad intelectual más amplia que la requerida en este capítulo, siempre

que tal protección no infrinja las disposiciones del mismo.

9 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 10 Fuente: LOC CIT

16

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- Las partes podrán establecer libremente el procedimiento adecuado para

aplicar las disposiciones de este capítulo, en el marco de su propio sistema y

práctica jurídica.

- Artículo 16-07. Control de Prácticas y Condiciones Abusivas o Contrarias ala

Competencia: Cada Parte podrá aplicar medidas apropiadas para prevenir el

abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares o el recurso a

prácticas que limiten de manera injustificable el comercio o redunden en

detrimento de la transferencia internacional de tecnología.

- Artículo 16-08. Cooperación para eliminar el comercio de bienes infractores:

las Partes cooperarán entre sí con objeto de eliminar el comercio de bienes

que infrinjan los derechos de propiedad intelectual. Con este fin, establecerán

servicios de información en su administración e intercambiarán información

sobre el comercio de los bienes infractores.

1.6.8. Sector Agropecuario.11

- Artículo 4-04. Acceso a Mercados: Las Partes eliminarán progresivamente sus

aranceles aduaneros sobre los bienes agropecuarios originarios.

- Las partes, a petición de cualquiera de ellas, realizarán consultas a través del

Comité, para examinar la posibilidad de acelerar la eliminación de aranceles

aduaneros prevista en el Programa de Desgravación Arancelaria.

- Una vez al año a partir de la entrada en vigor de este tratado, las partes

examinarán, a través del Comité, la posibilidad de incorporar al Programa de

Desgravación Arancelaria los bienes excluidos del mismo. Los acuerdos por

medio de los cuales se incorporen esos bienes al Programa de Desgravación

Arancelaria, se adoptará por las Partes de conformidad con sus

procedimientos legales.

- Artículo 4-05. Medidas no arancelarias: Salvo que se disponga otra cosa en

este tratado, ninguna parte adoptará o mantendrá prohibiciones ni

restricciones a la importación y a la exportación de cualquier bien

agropecuario.

- Artículo 4-06. Ayudas Internas: Las Partes reconocen que las medidas de

ayuda interna pueden ser importantes para sus sectores agropecuarios, pero

que también pueden distorsionar el comercio y afectar la producción. En este

sentido, las partes aplicarán ayudas internas conforme se establezcan en las

11 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

17

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negociaciones agropecuarias multilaterales dentro del marco del Acuerdo

sobre la OMC y cuando una parte decida apoyar a sus productores

agropecuarios se esforzará por avanzar hacia medidas de ayuda interna que:

- Tengan efectos de distorsión mínimos o inexistentes sobre el comercio o

la producción y,

- Estén en la plena conformidad con las disposiciones Acuerdo Sobre la

Agricultura, que forma del Acuerdo sobre la OMC.

- Artículo 4-08. Subvenciones a la exportación: Cinco años a partir de la entrada

en vigor de este tratado, ninguna parte podrá mantener o adoptar subsidios a

la exportación sobre bienes agropecuarios en su comercio recíproco.

- Salvaguardia Agrícola Especial entre Guatemala y México: Guatemala podrá

aplicar para los bienes específicos, a partir del segundo año de vigencia del

tratado, a solicitud de parte interesada, una salvaguardia agrícola especial

(SAE) cuando la totalidad de las siguientes tres condiciones se cumplan:

- El volumen de importaciones de un bien proveniente de México tenga una

participación promedio ponderada de las importaciones totales de

Guatemala de ese bien en los últimos tres años calendario mayor a 5%.

- Las importaciones de Guatemala provenientes de México del bien en

cuestión hayan sobrepasado el 10% de su tasa de crecimiento promedio

anual de los últimos tres años calendario, y;

- La tasa de crecimiento promedio anual de los últimos tres años calendario

de las importaciones de Guatemala provenientes de México dicho bien sea

mayor al 5%.

- Para México las condiciones que se deben cumplir son las siguientes:

- El volumen de importaciones de un bien proveniente de Guatemala tenga

una participación promedio ponderada de las importaciones totales de

México de ese bien en los últimos tres años calendario, mayor a 5%.

1.6.9. Prácticas Desleales de Comercio. 12

- Artículo 9-02. Principio General: Las Partes rechazan toda práctica desleal de

comercio internacional y reconocen la necesidad de eliminar las políticas

internas que causen distorsiones al comercio.

- Artículo 9-03. Subvenciones: Salvo lo dispuesto en el artículo 4-08, ninguna

parte otorgará subvenciones a la exportación de bienes al territorio de otra

parte.

12 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

18

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- A la entrada en vigor de este tratado, cada parte eliminará todas las partes

subvenciones a la exportación de bienes al territorio de otra parte, salvo

aquéllos permitidos en el marco del Acuerdo sobre la OMC.

- Cuando una parte mantenga u otorgue subvenciones después de la entrada

en vigor de este tratado y éstas causen daño a una rama de producción

nacional, la parte afectada podrá iniciar una investigación.

- Autoridad Competente e Investigadora: Para el caso de Guatemala el

Ministerio de Economía, o el que oportunamente se designe para ejercer

como autoridad investigadora.

- Para el caso de México la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales

de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial o su sucesora.

1.6.10 Entrada Temporal de Personas de Negocios.13

- Artículo 13-02. Principios Generales: Las disposiciones de este capítulo

reflejan la relación comercial preferente entre las partes, la conveniencia de

facilitar la entrada temporal de personas de negocios conforme el principio de

reciprocidad y la necesidad de establecer criterios y procedimientos

transparentes para tal efecto. Así mismo, reflejan la necesidad de garantizar la

seguridad de las fronteras y particularmente en cuanto al ingreso, a través de

los lugares autorizados para el tránsito migratorio y de proteger el trabajo de

sus nacionales y el empleo permanente en sus respectivos territorios.

- Artículo 13-03. Obligaciones Generales: Cada Parte aplicará las medidas de

manera expedita para evitar demoras o perjuicios indebidos, en el comercio

de bienes y de servicios, o en las actividades de inversión comprendidas en

este tratado.

- Las Partes procurarán desarrollar y adoptar criterios, definiciones e

interpretaciones comunes para la aplicación.

- Artículo 13-04. Autorización de Entrada Temporal: De conformidad con las

disposiciones, cada parte autorizará la entrada temporal a personas de

negocios que cumplan con las demás medidas aplicables, relativas a salud y

seguridad públicas, así como con las referentes a seguridad nacional.

13Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

19

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1.6.11. Telecomunicaciones.14

- Artículo 12-03. Acceso a redes y servicios públicos de telecomunicaciones y

su uso: Cada Parte garantizará que cualquier persona de otra Parte tenga

acceso a cualquier red o servicio público de telecomunicaciones y pueda

hacer uso de ellos, incluyendo a los circuitos privados arrendados, ofrecidos

en su territorio o de manera transfronteriza en términos y condiciones

razonables y no discriminatorios, para la conducción de sus negocios.

- Artículo 12-04. Condiciones para la prestación de servicios mejorados o de

valor agregado: Cada Parte garantizará que cualquier procedimiento que

adopte o mantenga para otorgar licencia, permisos registros o notificaciones

referentes a la prestación de servicios mejorados o de valor agregado sea

transparente y no discriminatorio y que las solicitudes se tramiten conforme a

los plazos establecidos en la legislación de cada parte.

- Y que la información requerida conforme a tales procedimientos se limite a la

necesaria para acreditar que el solicitante tiene la solvencia financiera para

iniciar la prestación del servicio, o que los servicios, el equipo terminal u otro

equipo del solicitante cumplen con las normas técnicas o reglamentaciones

técnicas aplicables de la parte.

1.6.12. Servicios Financieros.15

- Artículo 11-03. Organismos autorregulados: cuando una parte requiera que

una institución financiera o un prestador de servicios financieros

transfronterizos de otra parte sea miembro, participe o tenga acceso a un

organismo autorregulado para ofrecer un servicio financiero en su territorio o

hacia él, la parte se asegurará que dicho organismo cumpla con las

obligaciones estipuladas.

- Artículo 11-04. Derecho de Establecimiento: Las Partes reconocen el principio

que a los inversionistas de una Parte se les debe permitir establecer una

institución financiera en territorio de otra Parte, mediante cualquiera de las

modalidades de establecimiento y de operación que la legislación de ésta

permita.

- Cada Parte podrá imponer, al momento del establecimiento de una institución

financiera, términos y condiciones que sean compatibles con el trato nacional.

- Artículo 11-05. Comités de Servicios Financieros: Las Partes establecen el

Comité de Servicios Financieros integrado por las autoridades competentes 14Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 15 Fuente: LOC CIT

20

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de cada parte. Asimismo, podrán participar representantes de otras

instituciones cuando las autoridades competentes lo consideren conveniente.

- Autoridad Competente: Para el caso de Guatemala es la Junta Monetaria, El

Banco de Guatemala, El Ministerio de Economía y la Superintendencia de

Bancos. Para México la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

1.6.13. Medidas relativas a la Normalización16

- Artículo 15-02. Ámbito de aplicación: Este capítulo se aplica a las medidas

relativas a la normalización y metrología de las partes, así como a las medidas

relacionadas con ellas que puedan afectar, directa o indirectamente, el

comercio de bienes o servicios entre las mismas. Estas medidas no se aplican

a las medidas sanitarias o fitosanitarias.

- Artículo 15-04. Extensión de las Obligaciones: Cada parte cumplirá con las

disposiciones de este capítulo y adoptará las medidas necesarias para

garantizar su cumplimiento por parte de su gobierno federal o central y estatal

o departamental y municipal y adoptará las medidas en ese sentido que estén

a su alcance respecto de los organismos no gubernamentales de

normalización en su territorio.

- Artículo 15-05. Principales derechos y obligaciones: Cada parte podrá fijar el

nivel de protección que considere apropiado para lograr sus objetivos

legítimos.

- Cada parte podrá elaborar, adoptar, aplicar y mantener las medidas relativas a

la normalización que permitan garantizar su nivel de protección de la salud o

la vida humana, animal o vegetal, o del ambiente, o para la prevención de

prácticas que puedan inducir a error o engaño al consumidor, así como las

medidas que garanticen su aplicación y cumplimiento, incluyendo los

procedimientos de aprobación pertinentes.

- Ninguna parte elaborará, adoptará, aplicará o mantendrá medidas relativas a

la normalización o procedimientos de aprobación que tengan la finalidad o el

efecto de crear obstáculos innecesarios al comercio entre ellas. Con este fin,

cada parte se asegurará que las medidas relativas a la normalización o

procedimientos de aprobación no restrinjan al comercio, salvo lo estrictamente

necesario para el logro de sus objetivos legítimos, tomando en cuenta las

posibilidades técnicas y económicas, y los riesgos que crearía su

incumplimiento.

16Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

21

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1.6.14 Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado.17

- Artículo 3-03. Trato Nacional: Cada Parte otorgará trato nacional a los bienes

de otra Parte, de conformidad con el Artículo III del GATT de 1994, incluidas

sus notas interpretativas. Para tal efecto, el Artículo III del GATT y sus notas

interpretativas se incorporan a este tratado y son parte integrante del mismo.

- Artículo 3-04. Desgravación Arancelaria: Salvo que se disponga otra cosa en

este tratado, ninguna parte podrá incrementar ningún arancel aduanero

vigente, ni adoptar ningún arancel aduanero nuevo, sobre bienes originarios

sujetos al Programa de Desgravación Arancelaria.

- No obstante cualquier otra disposición de este tratado, respecto a los bienes

excluidos del Programa de Desgravación Arancelaria, cualquier Parte podrá

mantener o adoptar una prohibición o restricción, o un arancel aduanero sobre

la importación de esos bienes, de conformidad con sus derechos y

obligaciones derivados del Acuerdo sobre la OMC.

- Una vez al año a partir de la entrada en vigor de este tratado, las partes

examinarán, a través del Comité, la posibilidad de incorporar al Programa de

Desgravación Arancelaria los bienes excluidos del mismo. Los acuerdos por

medio de los cuales se incorporen esos bienes al Programa de Desgravación

Arancelaria, se adoptarán por las partes de conformidad con sus

procedimientos legales.

- Artículo 3-07. Importación libre de arancel aduanero para muestras sin valor

comercial: Cada parte autorizará la importación libre de arancel aduanero a

las muestras sin valor comercial provenientes del territorio de otra parte.

- Artículo 3-08. Valoración Aduanera: A la entrada en vigor de este tratado, el

valor en aduana de un bien importado se determinará de conformidad con los

principios del Código de Valoración Aduanera.

- Artículo 3-09. Restricciones a la importación y a la exportación: Salvo que se

disponga otra cosa en este tratado, ninguna parte podrá adoptar o mantener

prohibición o restricción alguna a la importación de cualquier bien de otra

parte o a la exportación o venta para la exportación de cualquier bien

destinado al territorio de otra parte, excepto por lo previsto en el Artículo III del

GATT de 1994, incluidas sus notas interpretativas.

17 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

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1.6.15. Solución de Controversias.18

- Artículo 19-04. Cooperación: Las Partes procurarán siempre llegar a un

acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este tratado mediante la

cooperación y consultas, y se esforzarán por alcanzar una solución

mutuamente satisfactoria de cualquier asunto que pudiese afectar su

funcionamiento.

- Artículo 19-03. Solución de controversias conforme al Acuerdo sobre la OMC:

Las controversias que surjan con relación a lo dispuesto en este tratado y en

el Acuerdo sobre la OMC o en los convenios negociados de conformidad con

este último, podrán resolverse en uno u otro foro, a elección de la parte

reclamante.

- Una vez que se haya iniciado un procedimiento de solución de controversias

de conformidad con el reglamento, el foro seleccionado será excluyente de

cualquier otro.

1.6.16 Transparencia19

- Artículo 17-01. Centro de Información: Cada Parte designará una dependencia

u oficina como centro de información para facilitar la comunicación entre las

partes sobre cualquier asunto comprendido en este tratado.

- Cuando una Parte lo solicite, el centro de información de otra parte indicará la

dependencia o el funcionario responsable del asunto y prestará el apoyo que

se requiera para facilitar la comunicación con la parte solicitante.

- Artículo 17-02. Publicación: Cada Parte se asegurará que sus leyes,

reglamentos, procedimientos y resoluciones administrativas de aplicación

general, que se refieran a cualquier asunto comprendido en este tratado, se

publiquen a la brevedad o se pongan a disposición para conocimiento de las

partes y de cualquier interesado.

- Artículo 17-03. Notificación y suministro de información: Cada Parte notificará,

en la medida de lo posible, a las otras partes, toda medida vigente o en

proyecto que la Parte considere que pudiera afectar o afecte sustancialmente

los intereses de las otras Partes en los términos de este tratado. Dicha

notificación se realizará sin que ello prejuzgue si la medida es o no compatible

con el mismo.

18 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 19 Fuente: LOC CIT

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- Cada Parte, a solicitud de otra Parte, proporcionará información y dará

respuesta pronta a sus preguntas relativas a cualquier medida vigente o en

proyecto.

- Artículo 17-04. Garantías de audiencia, legalidad y debido proceso: Las Partes

reafirman las garantías de audiencia, de legalidad y del debido proceso

contempladas en sus respectivas legislaciones.

- Cada Parte mantendrá procedimientos judiciales o administrativos para la

revisión y, cuando proceda, la corrección de los actos definitivos relacionados

con este tratado.

- Cada Parte se asegurará que en los procedimientos judiciales y

administrativos relativos a cualquier medida que afecte la aplicación de este

tratado, se observen las formalidades esenciales del procedimiento y se

fundamente y motive la causa legal del mismo.

1.6.17 Excepciones.20

- Artículo 20-02. Excepciones generales: Se incorporan a este tratado y forman

parte integrante del mismo Artículo III del GATT de 1994 y sus notas

interpretativas para efectos de los capítulos III, IV, VI, VII, VIII, IX y XV, salvo

en la medida en que alguna de sus disposiciones se apliquen al comercio de

servicios o a la inversión.

- Se incorporan a este tratado y forman parte integrante del mismo, los

apartados a, b y c del Artículo XIV del AGCS, para efectos de los capítulos X,

XII y XV, salvo en la medida en que alguna de sus disposiciones se aplique al

comercio de bienes.

- Artículo 20-03. Seguridad Nacional: las disposiciones de este tratado no se

interpretarán en el sentido de:

- Obligar a una parte a proporcionar, ni a dar acceso a información cuya

divulgación considere contraria a sus intereses esenciales en materia de

seguridad.

- Impedir a cualquier parte adoptar medidas de conformidad con sus

obligaciones derivadas de la Carta de las Naciones Unidas para el

mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.

20 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México

24

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1.7 LA FIRMA DEL TRATADO

Guatemala suscribe el Tratado de Libre Comercio con México con el

objetivo de establecer normas claras que permitan un flujo de bienes y

servicios entre los dos países, creando instancias que permitan resolver las

controversias que puedan generarse por el comercio bilateral.

Tanto el sector privado aglutinado en el Comité Coordinador de

Cámaras Empresariales CACIF, como el gobierno; plantean como principal

ventaja del TLC con México, la posibilidad de ingresar a dicho mercado bajo un

marco general de reglamentación clara. La Comisión Empresarial CENCIT lo

reconoce como un logro de la negociación "alcanzar el objetivo de contar con

un instrumento que dé certeza jurídica y transparencia al comercio bilateral, así

como mejor acceso a los productos guatemaltecos".

El TLC con México le permitía al país, además, de tener un acuerdo

comercial, una experiencia negociadora que carecía, de cara a los tratados

comerciales que ha negociado con República Dominicana, Canadá, Panamá,

Chile, Comunidad Andina y de paso se preparaba para ingresar al Acuerdo de

Libre Comercio de Las Américas ALCA.

Guatemala inició una apertura comercial amplia, acompañada de un

programa de ajuste que fue incorporando la política de desregulación de la

economía y la privatización de las empresas públicas, una década antes.

Dicha apertura se basaba más en el convencimiento de que el país

necesitaba competir a nivel internacional, dado el avance del proceso de

globalización, y para hacerlo, la alternativa más viable era la promoción de las

relaciones comerciales que permitan explotar las ventajas derivadas del

comercio internacional, traduciéndolas en crecimiento económico.

Estrategia compartida también por un sector del empresariado

guatemalteco que ha apostado a la apertura comercial para lograr alianzas y

atraer inversiones que le permitan modernizar su aparato productivo una vez

alcanzado el objetivo de ampliar el mercado.

1.7.1 Objetivos de Guatemala en la implementación del Tratado con México.

- Abrir nuevos mercados a los productos nacionales y brindar a la población

25

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mayores oportunidades de desarrollo.

- Propiciar la creación de nuevas fuentes de trabajo que contribuya a mejorar

el nivel de vida de los Guatemaltecos(a).

- Atraer capitales extranjeros estableciendo reglas claras que garanticen un

proceso adecuado y estable para la inversión y el desarrollo de las

actividades productivas.

- Fomentar la competitividad de las empresas guatemaltecas ofreciéndoles la

oportunidad de importar materias primas insumos bienes de capital e

intermedios libres de aranceles y agregar valor y exportar productos

terminados a la región.

- Alcanzar un mejor equilibrio de las relaciones comerciales entre Guatemala y

México, partiendo del nivel de desarrollo económico del país.

- Poner al alcance de los 12 millones de consumidores Guatemaltecos una

mayor variedad de productos a precios más bajos.

- Ofrecer nuevos servicios.

- Mejorar el nivel educativo a nivel nacional.

- Incrementar la participación de los guatemaltecos en la creación de riqueza,

mejorando el nivel de vida de la población pobre.

- Llevar progreso a las zonas del interior del país con el establecimiento de

nuevas y modernas empresas.

1.7.2. Tratado de libre Comercio Guatemala, Honduras y El Salvador con México

(TLCTNM). El Tratado de Libre Comercio México-Triángulo del Norte (TLCTNM)

constituye un gran avance en la estrategia política de negociaciones comerciales

internacionales de México y de los países centroamericanos, la cual busca

ampliar, diversificar y mejorar el acceso de los productos nacionales a los

mercados extranjeros. También permite obtener reciprocidad al proceso de

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liberalización comercial reduciendo la vulnerabilidad de los exportadores ante

medidas unilaterales por parte de los socios comerciales, fomentado los flujos de

inversión extranjera directa.

El tratado de libre comercio entre México, Guatemala, El Salvador, y Honduras

facilita la compra y venta de productos industriales y agrícolas entre los cuatro

países, a través de la eliminación de aranceles que pagan los productos para

entrar a dichos mercados y un conjunto de disciplinas que regulan la relación

comercial entre los países integrantes del tratado; así mismo incluye disciplinas

para regular la compra y venta de servicios.

Se logró un acuerdo moderno, ambicioso, integral y completo, que abre nuevas

y mejores oportunidades para el incremento de las exportaciones, la mayor

disponibilidad de insumos y servicios para la industria nacional, así como la

atracción de nuevas inversiones y creación de alianzas estratégicas entre

empresas; fomentando así el crecimiento económico, el incremento en

productividad y competitividad de los productos guatemaltecos, el desarrollo

industrial y regional y la creación de más y mejores empleos.

Los países que integran el Triángulo del Norte representan un mercado

potencial de 23 millones de personas, que en 1998 realizaron compras al exterior

por más de 9.5 y registraron un PIB de más de 36 mmd (millones de dólares).

México tiene una posición privilegiada en ese mercado, por la cercanía

geográfica, similitudes de idioma, cultura y gustos en los consumidores.

En 1999, las exportaciones de México al Triángulo del Norte fueron

comparables a la suma de las exportaciones hechas a Brasil, Argentina y Chile.

Las ventas mexicanas representaron el 9% (850 millones de dólares), del total

importado por el Triángulo del Norte en 1998, por lo que se considera, aún existe

un gran potencial para incrementar el comercio entre los cuatro países. Esta

región representa un mercado creciente para los productos mexicanos, la

exportación no petrolera de México al Triángulo del Norte se incrementó más de

160% en los últimos 6 años, al pasar de 330 mdd (millones de dólares) en 1993 a

más de 940 mdd (millones de dólares). En 1999. Con este tratado se consolida y

se mejora el acceso que México tiene en esta región del mundo.21

21 Disponible en http: www.cinu.org.mx

27

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Este tratado tendrá un gran impacto económico regional, principalmente en el

estado de Chiapas. Este estado, por su localización geográfica y por ser el vecino

más cercano de estos tres países tendrá un aumento muy importante en

comercio, producción y en el sector servicios.

28

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29

2. COMERCIO GLOBAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO

En el 2003 Guatemala ocupó el 3° lugar de los países con los que México

mantiene superávit comercial (después de los Estados Unidos); el 2° lugar como

país destino de las exportaciones a Latinoamérica y el Caribe (después de

Aruba); el 10° lugar como país destino de las exportaciones de México al mundo;

el 25° lugar en el comercio exterior total de México y el 41° como país origen de

las importaciones de México.22

Asimismo, México es también socio importante para Guatemala. En ese

mismo período, representó: 8.4% de las importaciones de Guatemala (2° país

proveedor de Guatemala después de Estados Unidos); México ocupó el 6° lugar

como país destino de las exportaciones de Guatemala al mundo (después de

Estados Unidos, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica), representando

el 4.1% de las exportaciones totales de Guatemala. 23

Como se puede ver en la gráfica #1, las exportaciones de Guatemala hacia

México se han incrementado en el rubro agropecuario y manufactura en los años

2002 y 2003 respectivamente. El incremento de estos sectores ha sido constante;

pero en los años en el que el Tratado ha estado vigente, se dio un incremento

mayor. Las importaciones de Guatemala, en ese rubro igualmente han tenido un

notable crecimiento, siendo notable el gran déficit en la balanza comercial que

ronda en 446,675.40 miles de dólares en el año 2002 y 429,010.20 miles de dólares

para el año 2003 de las exportaciones favorables para México.

El sector económico más importante para México en esta relación comercial es

el sector manufacturero, ya que, como se aprecia en el cuadro #1, es un rubro en

el cual las importaciones mexicanas siempre han sido en gran escala hacia

Guatemala, aunque la gráfica indica un pequeño estancamiento con respecto al

año 2002 y 2003.

Con respecto al sector extractivo, Guatemala importa la mayor parte de su

materia prima, por lo tanto las importaciones mexicanas son importantes para el

país. Este rubro ha tenido un repunte significativo para el comercio, ya que en el

año 2002 y 2003 se ha incrementado considerablemente.

22 Fuente: Romeo Escobar Castillo, México y los TLC´s, El Punto de vista de Centro América 23 Fuente: LOC CIT

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Gráfica # 1

EVOLUCIÓN GLOBAL DEL COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO

0.00

100,000.00

200,000.00

300,000.00

400,000.00

500,000.00

600,000.00

700,000.00

1994

1996

1998

2000

2002

Exportaciones Agropecuaria

Exportaciones Manufacturera

Exportaciones Extractiva

Exportaciones Extractiva

Importaciones Agropecuaria

Importaciones Manufacturera

Importaciones Extractiva

Importaciones Extractiva

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

30

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En la siguiente gráfica se puede profundizar el análisis de la relación comercial entre México y Guatemala, en el marco del

tratado comercial vigente. La balanza comercial con México muestra saldos negativos, el cuadro siguiente proporciona los datos:

Evolución Global del Comercio

-2000000-1000000

010000002000000

94 95 96 97 98 99 00 01 02 03

Año

Mile

s de

D

ólar

es

Exportaciones Importaciones Saldo

EVOLUCIÓN GLOBAL DEL COMERCIO

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

Gráfica # 2

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México exporta mayor cantidad de productos hacia Guatemala que los que

importa de este país. El TLC debería permitir a los países centroamericanos

revertir la tendencia actual del comercio con México en el largo plazo, ya que este

es uno de los principales objetivos de la suscripción del Tratado.

Guatemala no ha incrementado sus exportaciones a México desde 1994;

mientras que Costa Rica sextuplicó sus exportaciones de 1994 a 1999 en parte,

por la apertura comercial que significó para sus exportaciones a México el TLC

firmado entre ambos países.24

De no hacerlo, para los países del Triángulo Norte de Centroamérica, el

desequilibrio comercial podría agudizar más los efectos negativos que tendría en

el mercado interior y en la propia producción nacional.

24 Romeo Escobar Castillo, México y los TLC, El punto de vista de Centro América.

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3. COMERCIO DE LOS 10 PRODUCTOS PRINCIPALES SEGÚN RANGO ARANCELARIO

3.1. IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL SECTOR AGROPECUARIO

Cuadro #1

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO EN EL AÑO 2003

Importación*

Partida Arancelaria INDUSTRIAS AGROPECUARIAS 9024.1

1 40.01 CAUCHO NATURAL (HULE) 2062 2 8.11 FRUTAS FRESCAS, SECAS O CONGELADAS 1353.5 3 52.01 ALGODÓN 1107.9

4 12.11 PLANTAS, SEMILLAS Y FRUTAS PARA USO MÉDICO Y PERFUMERIA 1097.5

5 12.07 SEMILLA DE AJONJOLÍ 1057.9 6 7.03 CEBOLLA 759.3 7 6.01 BULBOS, RAICES Y PLANTAS ORNAMENTALES 394.5 8 OTROS PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Y VEGETAL 359.1 9 10.05 MAIZ 306.9 10 9.04 PIMIENTA 221.6

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

La industria agropecuaria es un sector económico muy importante para ambos

países, sobre todo para el caucho natural, ya que ocupa el primer lugar en las

importaciones, con un total de 2032 miles de dólares en el año 2003.

En el cuadro anterior, se puede observar que en el rubro de maíz no hay

capacidad de producción nacional para suplir la demanda, ya que se importaron

306.9 miles de dólares, en este rubro existe la oportunidad de mejorar la

producción y sustituir la importación. Lo mismo sucede en el rubro del Algodón,

ya que la producción nacional es casi inexistente, lo que representa también una

oportunidad para el sector de iniciar una producción como lo están haciendo otros

países del área. Se puede observar que la industria algodonera en Guatemala es

alta, ya que se importaron 1107.9 miles de dólares en al año 2003.

Con respecto a los demás productos más importados, los guatemaltecos

debieran prestar atención a los productos agropecuarios procesados, tales como

las frutas congeladas y las plantas, semillas y frutas para fines medicinales o de

perfumería, ya que ese es un mercado que en Guatemala no lo han sabido

explotar.

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Cuadro #2

EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO EN EL AÑO 2003

Exportación*

Partida Arancelaria INDUSTRIAS AGROPECUARIAS 33310.6

1 40.01 CAUCHO NATURAL (HULE) 28340.7 2 7.1 LEGUMBRES Y HORTALIZAS 2425.3 3 12.07 SEMILLA DE AJONJOLI 1467.1 4 6.01 BULBOS, RAICES Y PLANTAS ORNAMENTALES 590.1 5 OTROS PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Y VEGETAL 95.8 6 9.1 ESPECIAS 95.7 7 10.05 MAIZ 90.1 8 9.01 CAFÉ 81.6 9 7.01 PAPA 49.3

10 10.02 CEREALES DIVERSOS (CENTENO, CEBADA, AVENA, SORGO, ETC) 35.9

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

México tiene una gran industria de vejigas, esto favorece la exportación

Guatemalteca, ya que el caucho natural ocupa el primer lugar en las

exportaciones agropecuarias hacia México, con 28340.7 miles de dólares en el

año 2003.

Debido al clima favorable para la cosecha de legumbres y hortalizas,

Guatemala pudo exportar 2425.3 miles de dólares en el año 2003, este producto

ocupó el segundo lugar de los productos más exportados hacia México.

3.2. Importaciones y Exportaciones del Sector Manufacturero.

10 Principales Productos del Año 2003 en la Industria Manufacturera Cuadro #3

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO

Importación* INDUSTRIAS MANUFACTURERAS 515645.9 1 38.01 PRODUCTOS DIVERSOS DE LA INDUSTRIA QUÍMICA 90220.4 2 39.01 MATERIALES PLÁSTICOS Y SUS MANUFACTURAS 49012.5 3 85.01 MAQUINAS Y APARATOS MECÁNICOS 37545.4 4 30.01 PRODUCTOS FARMACEUTICOS 31377.2 5 48.02 MANUFACTURAS DE PAPEL Y CARTON 28707.9 6 33.01 PRODUCTOS DE PERFUMERIA, TOCADOR Y COSMETICOS 27410.2 7 19.04 PREPARADOS A BASE DE CEREALES 23036.8 8 87.02 VEHICULOS Y MATERIAL DE TRANSPORTE 22940.3 9 83.01 OTRAS MANUFACTURAS DE METALES COMUNES 17580.4 10 32.01 PINTURAS Y BARNICES 16106.1

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

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En el sector económico de la industria manufacturera se puede ver que la

balanza comercial se inclina a favor de México en 396,893.50 miles de dólares, no

se puede decir que esto es totalmente negativo, si las importaciones que está

realizando el sector industrial son para modernizar el parque de equipos y

máquinas para la transformación de la materia prima, pero se puede ver que el

rubro #6 de productos de perfumería es alto con respecto a lo que Guatemala

produce en este rubro.

Cuadro #4

EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO

Exportación* INDUSTRIAS MANUFACTURERAS 118752.4 1 15.01 GRASAS Y ACEITES COMESTIBLES 22376.1 2 50.01 MATERIALES TEXTILES (TEJIDOS O TELAS) 14368.5 3 85.06 BATERIAS ELECTRICAS 10923 4 62.01 ARTICULOS DE VESTUARIO 8932

5 16.01 PREPARADOS DE CARNE, PESCADO, CRUSTACEOS Y MOLUSCOS 8636.1

6 39.01 MATERIALES PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS 5394.4 7 38.01 PRODUCTOS DIVERSOS DE LA INDUSTRIA QUIMICA 4567.5 8 17.01 AZUCAR 4295.7

9 85.01 MAQUINAS Y APARATOS MECANICOS PARA USOS ELECTROTECNICOS 3799.5

10 22.01 BEBIDAS LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRES 3589.1 Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

El producto mayor exportado en el año 2003 fue el de grasas y aceite

comestibles, con 22376.1 miles de dólares. Esta exportación significa mucho para

este rubro y para las exportaciones en general. El rubro de los textiles es

sumamente importante para la reactivación económica de este país, en el año

2003 ocupó el segundo lugar de las exportaciones manufactureras con 14368.5

miles de dólares.

Existe una tendencia a la importación de bienes de consumo como

electrodomésticos, vehículos y otros, productos que no necesariamente están

ligados a la producción. Es en este sector que Guatemala debería mostrar

disciplina económica, ya que si bien las remesas familiares subsidian el consumo

actual, el cual beneficia al sector comercio interno, esta no es permanente y

agrega poco valor a la producción nacional limitándola.

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En este sector, Guatemala y México se complementan bastante bien con los

productos que comercian, ya que como se observó en el sector agropecuario, los

productos son muy similares.

3.3 Importaciones y Exportaciones del Sector Extractivo

TOP 10 Productos del Año 2003 Industria Extractiva

Cuadro #5

IMORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO

Importaciones* INDUSTRIAS EXTRACTIVAS 60771.2

1 26.06 ALUMINIO 32919.1

2

72.01 y 73.01 HIERRO Y ACERO 10884.3

3 79.01 ZINC 4533.1

4 27.05 GASES INDUSTRIALES 4094.6

5 68.06 PRODUCTOS MINERALES DIVERSOS 2934.9 6 27.10 OTROS DERIVADOS DE PETROLEO 2638.3

7 25.23 CEMENTO 1009.6

8 27.14 ASFALTO 946.6 9 25.15 MÁRMOL 301

10 26.03 COBRE Y SUS MANUFACTURAS 264.4 Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

Cuadro #6

EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO

Exportaciones* INDUSTRIAS EXTRACTIVAS 4368 1 27.10 OTROS DERIVADOS DE PETROLEO 3435.2 2 26.06 ALUMINIO 218.9 3 25.15 MARMOL 218.3 4 79.01 ZINC 176.8 5 72.04 DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METALES (CHATARRA) 135 6 68.06 PRODUCTOS MINERALES DIVERSOS 121.9 7 26.17 ANTIMONIO 38.2

8 72.01 y 73.01 HIERRO Y ACERO 20.7

9 27.05 GASES INDUSTRIALES 1.1 10 26.07 PLOMO 0.9

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

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En las industrias extractivas el déficit en la balanza comercial es notorio,

ya que Guatemala importó en el año 2033 un total de 607,711 miles de dólares y

exportó solamente 4368 miles de dólares. A raíz de que Guatemala debe de

importar mucha de la materia prima que necesita pues no existe una industria

extractiva “real” aparte de cemento el cual no es competitivo exportar hacia

México.

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4. COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO

4.1. ANÁLISIS DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS EXPORTACIONES SEGÚN

SECTOR ECONÓMICO

Cuadro # 7

EXPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO SEGÚN SECTOR

ECONÓMICO

Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Agrícolas 21,725.20 22,886.00 19,896.60 133,756.40 156,431.00Participación 22% 19% 25% 56% 56%Manufacturero 69,154.00 68,702.00 48,855.70 105,932.40 118,752.40Participación 71% 57% 62% 44% 42%Extractivas 6,510.40 28,594.60 10,301.60 1,270.80 4,368.00Participación 7% 24% 13% 1% 2%Total 97,389.60 120,182.60 79,053.90 240,959.60 279,551.40

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

El cuadro anterior muestra la participación de cada sector en las

exportaciones de Guatemala hacia México desde el año 1999 hasta el año 2003,

esto con el fin de analizar el impacto de la entrada en vigor del Tratado.

A partir del año 2002 el sector agrícola incrementó su participación en las

exportaciones de un 25% en el año 2001 a un 56% para el 2002, esto significa

que para este sector la entrada en vigor del Tratado fue favorable. No obstante,

para los otros dos rubros; Manufacturero y Extractivo, el impacto fue negativo, ya

que el sector Manufacturero tenia una participación del 62% en el año 2001 y bajo

a 44% en el 2002, y el sector extractivo ocupaba un 13% de participación en el

año 2001 y bajo a tener un 1% de participación en el año 2002.

4.1.1. Participación Sector Agrícola

Cuadro #8

EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR AGRÍCOLA

Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Agrícolas 21,725.20 22,886.00 19,896.60 133,756.40 156,431.00Participación 22% 19% 25% 56% 56%Tasa de Crecimiento -5% 5% -15% 85% 14%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

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El cuadro número 8 indica la participación que tuvo el sector agropecuario en

los años del 1999 al 2003, pero también indica la tasa de crecimiento que tuvo

con respecto esos años.

Se puede observar un cambio sumamente drástico del año 2001 al 2002, ya

que tuvo un crecimiento con respecto al año anterior de 85%. Pero,

lastimosamente, en el año 2003 el porcentaje vuelve a bajar a un 14% con

respecto al año 2002, por lo tanto las exportaciones se mantuvieron.

4.1.2. Participación Sector Manufacturero.

Cuadro #9

EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR

MANUFACTURERO

Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Manufacturero 69,154.00 68,702.00 48,855.70 105,932.40 118,752.40Participación 71% 57% 62% 44% 42%Tasa de Crecimiento -14% -1% -41% 54% 11%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

Para el sector manufacturero, la suscripción del Tratado fue favorable, ya

que a partir del año 2002 la tasa de crecimiento de este rubro ha sido favorable,

sobre todo para el año 2002, ya que incremento de un 41% negativo a un 54%

positivo, esto fue una cambio muy drástico para este rubro. Luego en el año 2003

hubo un incremento, pero más moderado.

4.1.3. Participación Sector Extractivo.

Cuadro #10

EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR EXTRACTIVO

Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Extractivas 6,510.40 28,594.60 10,301.60 1,270.80 4,368.00Participación 7% 24% 13% 1% 2%Tasa de Crecimiento 41% 77% -178% -711% 71%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

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Para el sector agropecuario y manufacturero, la suscripción del Tratado

trajo mejores porcentajes de crecimiento, pero para el este rubro, el rubro

extractivo fue todo lo contrario. Los años 1999 y 2000 las cifras presentaban datos

positivos, pero a partir del año 2001 (año en el que entra en vigencia el Tratado),

los datos se vuelven sumamente desfavorables para este sector. Es hasta el año

2003 en donde las exportaciones extractivas vuelven a ser positivas.

4.2. EVALUACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS IMPORTACIONES

SEGÚN SECTOR ECONÓMICO

Cuadro #11

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO SEGÚN SECTOR

ECONÓMICO

Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Agrícolas 7,204.70 9,889.20 8,755.00 580,431.80 585,441.20Participación 1% 2% 2% 50% 50%Manufacturero 406,078.60 437,403.50 466,417.70 515,290.30 515,645.90Participación 81% 76% 84% 45% 44%Extractivas 86,511.00 127,280.10 77,988.10 54,285.90 60,771.20Participación 17% 22% 14% 5% 5%Total 499,794.30 574,572.80 553,160.80 1,150,008.00 1,161,858.30

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

El cuadro anterior muestra un resumen de lo que han sido las

importaciones con México a partir del año 1999. El sector agrícola es el más

afectado, en cuanto a la participación que ocupa con respecto los demás rubros y

es el único sector que a partir del año 2002 ha incrementado sus cifras en

consideración. Prácticamente, antes de la suscripción del Tratado, no había

comercio en este rubro.

4.2.1. Participación Sector Agrícola

Cuadro #12

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR AGRÍCOLA

Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Agrícola 7,204.70 9,889.20 8,755.00 580,431.80 585,441.20

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Participación 1% 2% 2% 50% 50%Tasa de Crecimiento -35% 27% -13% 98% 1%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

El cuadro anterior, presenta la tasa de crecimiento del sector agrícola, es

notoria la forma en que este sector da un giro a partir del año 2002, ya que tiene

un crecimiento del 98% con respecto al año 2001.

4.2.2. Participación Sector Manufacturero.

Cuadro #13

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR

MANUFACTUTERO

Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Manufacturero 406,078.60 437,403.50 466,417.70 515,290.30 515,645.90Participación 81% 76% 84% 45% 44%Tasa de Crecimiento 2% 7% 6% 9% 0%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

El sector manufacturero, con respecto las importaciones, es el sector que

menos se ve afectado con la suscripción del Tratado. Ya que como se observa en

el cuadro anterior, la tasa de crecimiento que ha tenido es constante, aunque, en

el año 2003 no se vio ningún crecimiento en este sector.

4.2.3. Participación Sector Extractivo.

Cuadro #14

IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR EXTRACTIVO

Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003

Extractivo 86,511.00 127,280.10 77,988.10 54,285.90 60,771.20Participación 17% 22% 14% 5% 5%Tasa de Crecimiento 9% 32% -63% -44% 11%

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.

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El sector extractivo es el sector que presenta una irregularidad constante, ya

que sus cifras muestran grandes abismos un año con otro. Este sector no se ve

favorecido con la suscripción del Tratado en los primeros años, pero

probablemente a largo plazo si le favorecerá.

El desbalance del comercio en el marco del Tratado de Libre Comercio

entre Guatemala y México es muy grande y los efectos negativos se comienzan a

percibir más en el cierre de muchas empresas que no lograron sobreponerse al

impacto después de la entrada en vigor en el año 2001, ya que en el 2002 se vió

como las importaciones aumentan considerablemente y las exportaciones si bien

se duplicaron no son lo suficientemente grandes como para compensar los

efectos del desbalance comercial.

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5. IMPORTANCIA DE MÉXICO COMO ABASTECEDOR

La negociación final, si bien es bastante amplia pues incluye una multiplicidad

de áreas, también tuvo sus limitantes para Guatemala, ya que México logró: a)

excluir productos como el café, azúcar y banano, en los que Guatemala posee

ventajas comparativas claras; b) imponer reglas de origen relativamente drásticas

(un mínimo de contenido regional del 50%); c) las normas sanitarias y

fitosanitarias continúan con un enfoque unilateral que podría provocar

restricciones por parte de México.

El Tratado ha dado lugar, como ocurre con todo acuerdo comercial a dos

fenómenos opuestos: creación de comercio entre ambos países, ya que se bajan

o suprimen los aranceles entre los firmantes y distracción de comercio con

respecto a terceros ya que al mantenerse los aranceles respecto a terceros se

encarece su precio relativo y se vuelven menos competitivos sus productos.

Es importante resaltar que el papel que juega México como abastecedor

principal de productos elaborados, materias primas y productos agropecuarios de

acuerdo a los diferentes cuadros que se presentan en este documento es muy

alto, debido en parte a los beneficios arancelarios y a la competitividad que

muestran los productos mexicanos con respecto a los nacionales. En este sentido

es importante destacar que las exportaciones de México hacia Guatemala han

tenido un crecimiento constante, desde antes de la suscripción del Tratado.

En parte será una simple formalización de la informalidad comercial, reducción del contrabando,

aunque ésta siempre seguirá existiendo mientras persista el estímulo para evadir el pago del IVA

sobre importaciones (lo cual se da a gran escala en estos momentos).

Gráfica #3

BALANZA COMERCIAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO

0

500000

1000000

1500000

2000000

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

SaldoImportacionesExportacionesAño

Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares. El eje “X” representa los años del 1994 hasta 2003 (desde el número 1 hasta el número 10).

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Al analizar los saldos negativos en la mayoría de los rubros, se puede

observar que a partir del año 2002, aproximadamente un año después de que

entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio con México, Guatemala es un

50% más dependiente de los productos mexicanos, convirtiéndose México en el

principal abastecedor de materias primas y productos elaborados en Guatemala.

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6. IMPACTO POSITIVO Y NEGATIVO DEL TLC PARA GUATEMALA

El TLC crea bastante controversia entre políticos, comerciantes y

consumidores, algunas personas se oponen y otras están de acuerdo. Esta

controversia no se puede eliminar, pero lo que si es cierto es que TLC ha traído

tanto aspectos positivos como aspectos negativos a Guatemala. A continuación

se presentan algunos aspectos positivos que el mismo ha tenido.

6.1. IMPACTO POSITIVO

- Se obtendrá mayor ingreso de divisas.

- Mayor oportunidad de trabajos bien reembolsados para la población

guatemalteca.

- Los productos que provengan de México tendrán los aranceles más bajos,

beneficiando al consumidor.

- Mayor campo para la exportación de productos no tradicionales

guatemaltecos.

- Se abrirá una agenda de cooperación que va más allá del simple comercio

exterior.

- Aumentara las posibilidades de inversión extranjera en Guatemala.

- Estimulará la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios

entre las partes.

Así como ha generado aspectos positivos, la suscripción de este Tratado ha

traído consecuencias también negativas. A continuación se presenta una lista de

aspectos que han generado un impacto negativo para Guatemala. Esto es

importante analizarlo para poder tener un panorama de lo que se debe de cambiar

o de lo que un nuevo exportador debe de atenerse.

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6.2. IMPACTO NEGATIVO

- Muchas empresas de Guatemala han desaparecido aunque no existe un dato

oficial.

- Se pone en riesgo la seguridad alimentaria nacional, al volver a los

consumidores, más dependientes de los productos mexicanos.

Específicamente hablando de granos básicos.

- Se ha incrementado la tasa de desempleo como consecuencia directa del

cierre de muchas empresas lo cual ha generado mayor delincuencia.

- Se ha incrementado el contrabando.

- Se ha incrementado la triangulación (Dumping).

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7. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS PARA GUATEMALA

7.1. BENEFICIOS MACROECONÓMICOS

- Amplia las oportunidades de mercado a nuestros productos, garantizando las

normas y requisitos a cumplir para entrar al mercado Mexicano.

- Constituye un instrumento importante para la atracción de inversión extranjera

que genera empleo y ayuda en el desarrollo sostenible del país.

- Provee un mecanismo ágil de solución de controversias comerciales.

- Mejor acceso de los productos guatemaltecos en otro mercado.

- Transparencia en las normas que se apliquen a nuestros productos de

exportación, y a los servicios que se pueden ofrecer.

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8. ANÁLISIS DE OPORTUNIDADES Y AMENAZAS PARA GUATEMALA

8.1. OPORTUNIDADES

- Incremento de las importaciones de materias primas básicas a bajo costo para

alimentar la producción industrial nacional.

- Incremento de las inversiones, tanto del empresariado nacional como de

inversionistas extranjeros.

- Incremento de las exportaciones, aumentando el ingreso de divisas.

- Incremento del empleo, lo que requiere mejor personal capacitado tanto para

las antiguas empresas como para las nuevas.

- Las altas cargas tributarias pueden bajar a través de medidas correctivas del

Gobierno en apoyo a los empresarios.

- Disminución de costos al importarse libre de aranceles bienes con altos

componentes para la inversión y la producción.

- Por último modernización en toda su amplitud (planta productiva, institucional,

servicios públicos y privados, lo que si bien es cierto es una oportunidad es

una condicionante básica para que los impactos del tratado no sean

negativos).

8.2. AMENAZAS

- La avalancha de importaciones mexicanas a corto, mediano y largo plazo a

más bajo costo, provocarán el cierre de muchas empresas e industrias

nacionales las cuales no se encuentran todavía adecuadamente

modernizadas.

- La competencia mexicana es una fuerte amenaza para la producción

doméstica, más en el sector agropecuario, provocando un desbalance de

nuestra seguridad alimenticia.

- La falta de RRHH capacitados, bajos niveles de competitividad se convierten

en un riesgo que minimizaría una cabal utilización de los beneficios del TLC y

limitaría la inversión extranjera, ya que muchas empresas multinacionales

solicitan personal altamente calificado.

- Triangulación del comercio.

- Cierre de pequeñas y medianas empresas, que a la fecha no han alcanzado

niveles de competitividad adecuados frente a los productos importados.

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9. DIFICULTADES Y LIMITACIONES PARA ENFRENTAR EL RETO DE UN TLC

Sector Agrícola

Sector Industrial Comercio/Servicios

Baja producción

Alta carga tributaria

Se protegieron

productos para los

cuales no existe

producción en

Guatemala.

Problema propiedad

Altos costos de

producción

Falta de infraestructura

adecuada en cuanto a

centros de negocios.

Caminos de

penetración

deficientes.

Tecnología deficiente

y obsoleta.

No existe suficiente

personal capacitado

tanto a nivel de

empleados como a nivel

ejecutivo.

Problemas de

seguridad ciudadana.

Problemas de

transporte

Deficiente

infraestructura de

puertos, carreteras

Deficiente

infraestructura de

puertos, carreteras.

Alto costo de la

energía

Alto costo e

ineficiente energía

eléctrica.

Mantenimiento de

carreteras.

Problemas de

Recursos humanos

capacitados

Escaso capital de

trabajo y costoso.

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CONCLUSIONES

- El Tratado de Libre Comercio Triángulo del Norte-México, generó un aumento

en el sector agropecuario y manufacturero de los años 2002 y 2003 con

respecto a las exportaciones. Pero al mismo tiempo incrementó las

importaciones, tanto de los sectores mencionados como del sector extractivo.

- Es preocupante el hecho qué como istmo centroamericano con tantos

proyectos de carácter internacional, donaciones, etc., se arrastre un déficit

promedio anual cercano a los 1,000 millones de dólares con México, pese al

Tratado de libre comercio con ese país, donde Costa Rica y Guatemala

registran las mayores exportaciones.

- La integración de las economías de México y Guatemala es bastante débil

como lo muestran las cifras estadísticas, tanto en lo que tiene que ver con

comercio, como en lo relativo a inversión directa.

- Una integración económica débil es muy característica de economías

atrasadas, tanto por el hecho de que tienden a ser economías parecidas en su

producción y por lo tanto, no complementarias, cuando la tendencia es abrirse

con quién se realiza la mayor parte del comercio de exportación, en estos

casos los Estados Unidos de América y otros países desarrollados.

- Es un hecho que la inversión directa en Guatemala, de empresas asentadas

en México está creciendo y seguramente lo seguirá haciendo. Hasta ahora es

un flujo en una sola dirección y no se avizora que esto puede ser distinto, ni

siquiera en el mediano plazo. Los capitales Guatemaltecos no muestran hasta

ahora la fortaleza y/o agresividad necesaria como para incursionar

significativamente en la economía mexicana

- Si bien los montos de inversión no son muy altos y las empresas no son

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muchas, su presencia es significativa; especialmente lo es la presencia de las

empresas de alimentos, las constructoras y mas recientemente las televisoras.

No sería de sorprender que a mediano plazo TELMEX incremente su

presencia.

- Pero el gran reclamo centroamericano es que México no se está abriendo en

productos donde Centroamérica tiene ciertas fortalezas competitivas como

azúcar, calzado, bicicletas y otros. Todo parece indicar que México está

protegiendo a ciertas producciones por razones más sociales y políticas que

económicas, como sería el caso del azúcar.

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BIBLIOGRAFÍA

- Cámara de Industria de Guatemala, CIG - Banco Centroamericano de Integración Económica –BCIE- Presentación de

Servicios. - Banco SCI, Informe de servicios. 2,002 - Bancomext, ¨Guía para el Exportador - Martínez, Alejandro. Perfil de mercado de México. Cámara de Industria de

Guatemala. 2002 - Servicio de Administración Tributaria – SAT- , ¨ Guía de Importación a México.

2,003 - Sistema Arancelario Centroamericano –SAC- - Ministerio de Economía de Guatemala, MINECO - Banco de Guatemala, BANGUAT - Naciones Unidas – Centro de información: Comisión Económica para América

Latina y el Caribe (CEPAL)

INTERNET:

- www.mineco.gob.gt

- www.banguat.gob.gt

- www.sieca.org.gt

- www.inegi.gob.mx

- www.bancomext.com

- www.sat.gob.gt

- www.economia.gob.mx

- http://www.cinu.org.mx

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Anexo 1

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ANEXO 2

FUNCIONARIOS DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA

Los funcionarios que integran la Comisión serán:

- Para el caso de El Salvador: el Ministro de Economía o su sucesor.

- Para el caso de Guatemala: el Ministro de Economía o su sucesor.

- Para el caso de Honduras: el Secretario de Estado en los Despachos de

Industria y Comercio, o su sucesor.

- Para el caso de México: el Secretario de Comercio y Fomento Industrial, o su

sucesor.

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ANEXO 3

FUNCIONARIOS DE LA SUBCOMISIÓN ADMINISTRADORA

Los funcionarios que integran la Subcomisión serán:

- Para el caso de El Salvador: el Viceministro de Economía, o su sucesor.

- Para el caso de Guatemala: el Viceministro de Economía Encargado de los

Asuntos de Integración, o su sucesor.

- Para el caso de Honduras: el Subsecretario de Integración Económica y

Comercio Exterior, o su sucesor, y

- Para el caso de México: el jefe de la Oficina de Negociaciones para América

Latina, Acceso a Mercados y el ALCA, o su sucesor.

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ANEXO 4

COMITÉS Y SUBCOMITÉS

- Comité de Comercio de Bienes (artículo 3-18).

- Comité de Comercio Agropecuario (artículo 4-10).

- Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (artículo 5-10).

- Comité de Origen (artículo 7-12).

- Comité de Comercio Transfronterizo de Servicios e Inversión (artículo 10-10).

- Comité de Servicios Profesionales (anexo sobre servicios profesionales).

- Comité de Servicios Financieros (artículo 11-11).

- Comité de Entrada Temporal de Personas de Negocios (artículo 15-14).

- Comité de Medidas Relativas a la Normalización (artículo 15-14).

- Subcomité de Etiquetado, Envasado y Embalaje (artículo 15-15).

- Subcomité de Procedimientos de Aprobación (artículo 15-16).

- Subcomité de Medidas Relativas a la Normalización de Telecomunicaciones

(artículo 15-17).

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ANEXO 5

PASOS A REALIZAR EN GUATEMALA PARA EXPORTAR.

1. REQUISITOS PREVIOS:

Para convertirse en una empresa exportadora, se deben cumplir ciertos requisitos

previos, los cuales son:

1. Estar registrado como empresa en el Registro Mercantil General de la

República.

2. Estar inscrito en la Dirección General de Rentas Internas y tener número

de Número de Identificación Tributaria –NIT-.

3. Obtener número de código de exportador - importador.

4. En el caso de alimentos y medicamentos, debe obtener su licencia

sanitaria de empresa y sus registros sanitarios de productos.

1.1 Registrarse como empresa en el Registro Mercantil General de la República:

Los requisitos de inscripción para obtener la Patente de Comercio en dicho Registro

son:

Personas individuales Personas jurídicas

1. Llenar la solicitud de inscripción.

2. Presentar cédula de vecindad.

3. Presentar balance de inicio de

operaciones o apertura (estado

financiero), firmado por un perito

contador. Capital Mínimo Q2, 000.00

1. Llenar la solicitud de inscripción.

2. Pago de derecho de inscripción.

3. Presentar testimonio de la escritura

constitutiva.

4. Fotocopia legalizada de nombramiento

del Representante legal.

5. Balance de iniciación de operaciones

(estado financiero). Capital mínimo

Q5, 000.00

El Registro Mercantil actualmente se encuentra en:

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6a calle 7-57 zona 01. Ciudad de Guatemala (a una cuadra del Palacio Nacional).

Teléfonos 2220-88-93, 2220-8912 y 2220-8926.

Adicionalmente, existen Oficinas del Registro Mercantil en las cabeceras

departamentales de Zacapa y Jalapa (en las sedes de los Palacios Legislativos) y

próximamente se inaugurarán oficinas del Registro en las cabeceras

departamentales de Cobán, Escuintla, Quetzaltenango, Suchitepequez, San Marcos

y Petén.

1.2. Forma de registrarse en la Dirección General de Rentas Internas y obtener el Número de Identificación Tributaria –NIT- Los requisitos de inscripción para obtener el Número de Identificación Tributaria

(NIT), en el Ministerio de Finanzas Públicas son los siguientes:

Personas individuales Personas jurídicas

1. Formulario para inscripción, y

actualización de contribuyentes en el

Registro Tributario Unificado (DRI –

RTU- 01). Dirección de Rentas

Internas.

2. Presentar Patente de Comercio.

3. Fotocopia de cédula de vecindad.

4. Solicitud de habilitación de libros (DRI-

07)

5. Solicitud de autorización de impresión

y uso de documentos (DRIVA – 09)

1. Formulario para inscripción, afiliación y

actualización del contribuyente, en el

Registro Tributario Unificado (DRI RTU

01). Dirección de Rentas Internas

2. Presentar Patente de Comercio.

3. Presentar testimonio de escritura

constitutiva de la persona jurídica de que

se trate.

4. Fotocopia autorizada por el Registro

Mercantil del Nombramiento del

Representante Legal.

5. Solicitud de habilitación de libros (DRI-

07)

1.3. Manera de obtener el código de exportador

Después de haberse inscrito la empresa en el Registro Mercantil General de la

República y haber obtenido el NIT, debe tramitarse el código de exportador en el

Banco de Guatemala.

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Para obtener el código de exportador se deben presentar los siguientes

documentos:

Personas Individuales Personas Jurídicas

1. Solicitud de Código para operar con

divisas, adjuntando:

1. Solicitud de código para operar con

divisas, adjuntar:

a. Fotocopia de patente de comercio de

Empresa.

a. Fotocopia de patente de comercio:

- De sociedad.

- De empresa

b. Fotocopia de cédula de vecindad b. Fotocopia del Nombramiento del

Representante Legal.

c. Constancia de Inscripción en el

Registro Tributario Unificado

c. Constancia de inscripción en el

Registro Tributario Unificado.

El código de exportador se entrega 24 horas después de haberse solicitado.

1.4. Para los exportadores de alimentos y medicamentos para consumo humano: Obtención de la Licencia Sanitaria de la empresa y los registros sanitarios de los productos

La Licencia Sanitaria autoriza el funcionamiento de una industria o comercio

dedicado a la transformación, procesamiento y comercialización de productos

alimenticios o farmacéuticos, y los registros sanitarios autorizan la comercialización

de dichos productos con marca comercial, y favorecen la emisión de los certificados

de registro o de libre venta para consumo humano, exigidos en los países

importadores. Los mismos se tramitan en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia

Social, para fábricas de alimentos el encargado es el Departamento de Regulación y

Control de Alimentos; y para las fábricas de medicamentos y droguerías es el

Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y afines.

2. PROCEDIMIENTO PARA EXPORTAR Documentos necesarios25:

1. Declaración de exportación26.

2. Licencia de exportación.

3. Documentos de transporte.

4. Licencias de operaciones especiales.

5. Factura comercial. 25 Mayor información en la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-. Ver dirección Anexo 1. 26 Es necesaria cuando la exportación es mayor a 500 pesos centroamericanos (ó 500 dólares)

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Información mínima requerida en la declaración de exportación:

♦ Régimen aduanero.

♦ Identificación y registro tributario del declarante.

♦ Agente aduanero27, cuando corresponda.

♦ Medio de transporte y transportista.

♦ Origen, procedencia y destino de las mercancías.

♦ Numero de manifiesto de carga.

♦ Peso y cantidad de bultos.

♦ Código arancelario.

♦ Valor en aduana de las mercancías.

♦ Monto de la obligación tributaria aduanera.

Licencia de Exportación: Se obtiene en la Ventanilla Única de Exportaciones -

VUPE- , o, en el caso de exportaciones de café, en las instalaciones de ANACAFÉ.

El exportador con su número de código de exportador debe solicitar una Licencia de

Exportación por cada embarque que realice.

Para solicitar la licencia, únicamente debe llenar:

- Solicitud de Exportación.

- Adjuntar copia de la factura de exportación.

- Copia del código de exportador (solamente la primera vez).

Estos últimos documentos se deben presentar en la Ventanilla Única para las

Exportaciones en sus oficinas Centrales o las de la Aduana Express Aéreo. Si es

ingresada antes de las 14:00 horas, la Licencia de Exportación le será entregada el

mismo día.

En un plazo máximo de 8 días después de la salida de la carga el exportador debe

presentar a la aduana la póliza de exportación.

- Costos de obtener la licencia de exportación:

En el sistema actual para obtener la licencia de exportación, los costos aproximados

son Q58.00 si se exporta al mercado centroamericano y de Q193.00 si se exporta al

resto del mundo.

27 Es optativo en caso de exportaciones definitivas.

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Próximamente el exportador podrá realizar este trámite desde su oficina a través del

Servicio Electrónico de Autorización de Exportaciones -SEADEX-, de una forma más

rápida y con menores costos a los actuales. El propósito de este sistema es que el

exportador realice sus propios trámites de exportación, sin tener que presentarse en

las oficinas de VUPE para hacer el trámite y aprobación de los documentos de

exportación.

FLUJOGRAMA DE PASOS EN GUATEMALA PARA EXPORTAR

¿Está la empresa registrada en el Registro Mercantil General de la República?

Iniciar trámite en el Registro Mercantil

Iniciar trámite para obtener

SI

NO

NIT en Ministerio de Finanzas

La empresa tiene Número de Identificación Tributaria (NIT)?

S i

NO

Se solicita

Código de

Exportador

Si

Se puede solicitar licencia de exportación en la Ventanilla Única de Exportaciones (VUPE)

¿Se tiene Código de Exportador?

61