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INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS
INFORME DE AUDITORÍA
A LA SEÑORA DIRECTORA DEL
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
LIC. ANA MARÍA EDWIN
S. / D.
En virtud de las funciones conferidas por el artículo 85 de la Constitución Nacional
y en uso de las facultades conferidas por el artículo 118 de la Ley Nº 24.156, la Auditoría
General de la Nación procedió a efectuar un examen en el ámbito del Instituto Nacional de
Estadística y Censos con el objeto que se detalla en el apartado 1.
1. OBJETO DE LA AUDITORIA
Realizar una auditoría de gestión sobre El Instituto Nacional de Estadística y Censos,
Programa 19 “Servicio Estadístico” para el Ejercicio 2010 y primer semestre del ejercicio
2011.
2. ALCANCE DEL EXAMEN
El trabajo fue realizado de conformidad con las normas de auditoría externa de la
AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dictadas en virtud de las facultades
conferidas por el artículo 119, inciso d) de la Ley Nº 24.156.
A partir de una primera etapa de relevamiento, se establecieron áreas críticas a fin de
ser analizadas con mayor profundidad debido a la importancia de las mismas.
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Adicionalmente cabe aclarar que en los últimos años se han operado cambios en la
conducción del Instituto, como así que se produjo y aún se está produciendo un proceso de
reorganización, evaluación y revisión de procedimientos y metodologías que podría
impactar directamente en la madurez de los procesos lo que limita la tarea de control. Por
ejemplo: los recientes cambios o actualizaciones que tuvieron lugar en los principales
programas estadísticos desarrollados por la Dirección Nacional de Estadísticas de
Condiciones de Vida y sus Direcciones dependientes, a saber Encuesta Permanente de
Hogares e Índice de Precios al Consumidor.
A partir de ello, pueden definirse las siguientes áreas críticas:
a) Sistema Estadístico Nacional (SEN), su coordinación. En este sentido, se advierte el
gran número de organismos que integran el SEN, ya que no sólo se trata de las
Direcciones Provinciales de Estadística que a más de encontrarse radicadas en cada
una de las Provincias del país, dependen de los respectivos estados provinciales,
sino también de todos los servicios estadísticos de los Ministerios y Secretarías de
Estado, de los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas, de organismos
descentralizados y empresas del Estado que aportan información al SEN, lo que
podría generar un riesgo surgido de la dispersión geográfica de los servicios
estadísticos en todo el territorio nacional y la aplicación de los principios de
centralización normativa y descentralización ejecutiva que establece la Ley Nº
17.622.
b) Recursos Humanos, atento la relevancia que el Inciso 1 (gastos en personal) tiene
en la ejecución del presupuesto del Programa 19. El mismo representa en el
ejercicio 2010 el 69,5% ($ 127.366.922) del total del crédito inicial asignado al
Instituto que ascendió a $ 183.380.897. Asimismo en el ejercicio 2011 representa el
67,3% ($ 150.759.582) del crédito inicial asignado que ascendió a $ 223.849.086.
En la etapa de relevamiento preliminar se realizaron entrevistas con el Director
Técnico y Directores Nacionales y Directores del INDEC en las que los funcionarios
respondieron al cuestionario de relevamiento de control interno del Committee of
Sponsoring Organizations of the Treadway Commission(COSO). Se procedió al análisis de
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la normativa vigente en materia estadística a nivel nacional, como así la relacionada con
los aspectos organizacionales del INDEC. Asimismo, se recabó información en el sitio web
y la intranet del Instituto y otra información pública relacionada. Se analizaron informes de
auditorías o relevamientos anteriores realizados al auditado ya sea por la AGN, la UAI del
Ministerio de Economía y el Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento a través de
la Universidad de Buenos Aires. Asimismo, se examinó la información presupuestaria
financiera y física del organismo para los períodos bajo análisis y su documentación
respaldatoria.
Con relación al área de Coordinación del SEN, se efectuaron entre otros
procedimientos, los siguientes: entrevistas con la Directora Nacional de Planificación y
Coordinación Estadística y su dependiente Directora de Coordinación del SEN y lectura y
análisis de la normativa vigente respecto del Sistema Estadístico Nacional y de los
Convenios celebrados con los servicios estadísticos de las jurisdicciones provinciales
(DPE).
También se examinó la ejecución física (informes de avance) y financiera de dichos
Convenios y las rendiciones de cuentas respectivas, como así lo relacionado a los mismos
desde el punto de vista presupuestario. Se relevaron en las diferentes Direcciones y/o áreas
responsables, las relaciones existentes con los diferentes organismos del SEN y los
procedimientos aplicados para ejercer la coordinación, supervisión y control técnico de los
trabajos incluidos en el Programa Anual de Estadísticas acordada al INDEC por la
legislación vigente, con relación a las estadísticas que publica.
Se cotejó el registro y listado de organismos integrantes del SEN que lleva el
Instituto.
Respecto del área Recursos Humanos, se entrevistó a los dos Directores del sector,
esto es de Administración de Recursos Humanos y de Desarrollo y Carrera del Personal y
se analizó la normativa vigente específica de la ley estadística nacional y sus concordantes
y la general en la materia, los documentos aportados por el auditado con relación a Puestos
y Perfiles del Cargo y el Plan Estratégico de Capacitación 2010-2012.
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Se analizó y trabajó electrónicamente el listado de personal proporcionado por el
auditado a fin de estratificar y clasificar los recursos humanos y se realizó un análisis de
legajos de personal mediante un programa de muestreo confeccionado siguiendo las pautas
proporcionadas por el documento técnico de AGN “Técnicas de Muestreo para Auditorías
Guía Teórico - práctica”. De acuerdo a las características de la población y los objetivos
de auditoría relacionados con el muestreo se considera conveniente aplicar un plan de
muestreo simple al azar sin reposición. A fin de calcular el tamaño de la muestra se trabajó
con un nivel de confianza de 90%.
Las tareas propias del objeto de examen se llevaron a cabo entre el 13 de septiembre
de 2011 y el 6 de julio de 2012.
Por Nota Nº 67 AG5 - AGN, del 27 de mayo de 2013, se envió a la señora Directora
del INDEC el proyecto de informe para que efectúe las aclaraciones o comentarios que
considere pertinentes. Mediante Nota del 19-06-13 el organismo auditado solicitó una
prórroga al plazo previsto para responder la vista del informe, la que fue otorgada por la
Comisión de Supervisión respectiva y comunicada al INDEC mediante Nota Nº 39 - AG5
del 01-07-13. Finalmente, por Nota INDEC Nº 00804 del 12-08-13 la señora Directora del
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos remite las aclaraciones que entiende pertinentes
al proyecto de informe, las cuales fueron tenidas en cuenta al momento de la redacción
final del mismo.
3. ACLARACIONES PREVIAS
3.1. Objetivos del Instituto
De acuerdo a su Ley de creación Nº 17.622, son objetivos del Instituto Nacional de
Estadística y Censos:
a) unificar la orientación y ejercer la dirección superior de todas las
actividades estadísticas oficiales que se realicen en el territorio de la
Nación; y
b) estructurar, mediante la articulación y coordinación de los servicios
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estadísticos nacionales, provinciales y municipales, el sistema estadístico
nacional, y ponerlo en funcionamiento de acuerdo con el principio de
centralización normativa y descentralización ejecutiva.
La citada Ley establece que son funciones del Instituto Nacional de Estadística y
Censos:
• Planificar, promover y coordinar las tareas de los organismos que integran el
Sistema Estadístico Nacional.
• Confeccionar el Programa Anual de Estadísticas y Censos del Sistema
Estadístico Nacional, con su correspondiente presupuesto por programa.
• Establecer las normas metodológicas y los programas de ejecución de las
estadísticas que se incluyan en el programa anual.
• Distribuir, entre los organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional, las
tareas detalladas en el Programa Anual de Estadísticas y Censos, así como los
fondos necesarios para su ejecución, cuando correspondiere.
• Promover la creación de nuevos servicios estadísticos en el territorio nacional.
• Promover la adecuada difusión de toda información estadística en los
Ministerios, Comandos en Jefe, Secretarías de Estado, gobiernos provinciales y
municipales, organizaciones públicas y privadas y población en general.
• Concretar investigaciones, de carácter metodológico y estadístico, tendientes a
elevar el nivel técnico y científico del Sistema Estadístico Nacional.
• Celebrar acuerdos o convenios de carácter estadístico, con entidades públicas y
privadas y promoverlos con organismos extranjeros e internacionales.
• Realizar cursos de capacitación técnica estadística, con la colaboración de
organismos internacionales, nacionales y privados y otorgar becas para capacitar
personal, con el objeto de perfeccionar el nivel técnico y científico del sistema
estadístico nacional.
• Enviar delegados a los congresos, conferencias y reuniones nacionales e
internacionales, que tengan por objeto el tratamiento de cuestiones estadísticas.
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• Organizar un centro de intercambio e interpretación de informaciones
estadísticas nacionales e internacionales.
• Realizar conferencias, congresos y reuniones estadísticas nacionales.
• Elaborar las estadísticas que considere conveniente, sin afectar el principio de
descentralización ejecutiva.
• Toda otra función que contribuya al cumplimiento de los objetivos fijados en la
ley.
El INDEC es la Unidad Ejecutora de 4 Programas de la Jurisdicción 50 Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, a saber: Programa 19 “Servicio Estadístico”, Programa 20
“Censo Nacional Económico”, Programa 21 “Censo Nacional Agropecuario” y Programa
23 “Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda”.
3.2. Estructura Organizativa
De acuerdo al Decreto Nº 1359/04, con la modificación introducida por Decreto Nº
927/09, el Instituto Nacional de Estadística y Censos es un organismo desconcentrado en la
órbita de la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS, cuya estructura es la siguiente:
Dirección
Dirección Técnica
• Dirección Nac. de Cuentas Nacionales.
• Dirección Nac. de Cuentas Internacionales.
• Dirección Nac. de Estadísticas y Precios de la Producción y el Comercio.
• Dirección Nac. de Estadísticas del Sector Externo.
• Dirección Nac. de Estadísticas Sociales y de Población.
• Dirección Nac. de Estadísticas de Condiciones de Vida.
• Dirección Nac. de Planificación y Coordinación Estadística
• Dirección Gral. de Administración y Operaciones.
• Dirección Nac. de Recursos Humanos y Organización.
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• Dirección de Asuntos Jurídicos.
• Dirección de Difusión.
• Dirección de Informática.
• Dirección de Metodología Estadística.
El INDEC al ser un organismo desconcentrado tiene una autonomía restringida, es
responsable de organizar y administrar los recursos según los lineamientos trazados por el
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Esto permite que la organización actúe
libremente dentro del marco de sus atribuciones, pero está subordinada jerárquicamente a
las autoridades superiores del Ministerio; por otra parte, también está limitada en su
actuación frente a terceros al carecer de personería jurídica y por tener dependencia
presupuestaria, lo cual se evidencia tanto en la conformación del presupuesto preliminar
como en el pedido de cuotas mensuales, procesos que se llevan a cabo en la órbita del
Ministerio.
De acuerdo a lo expuesto en su sitio web, el Instituto es el organismo público, de
carácter técnico que unifica la orientación y ejerce la dirección superior de todas las
actividades estadísticas oficiales.
3.3. Secreto estadístico
La Ley Estadística Nacional Nº 17.622 regulatoria de la actividad estadística,
establece el secreto estadístico.
Esta ley prevé en su art. 10 que: “Las informaciones que se suministren a los
organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional, en cumplimiento de la presente
ley, serán estrictamente secretos y sólo se utilizarán con fines estadísticos. Los datos
deberán ser suministrados y publicados, exclusivamente, en compilaciones de conjunto, de
modo que no pueda ser violado el secreto comercial o patrimonial, ni individualizarse las
personas o entidades a quienes se refieran. Quedan exceptuados del secreto estadístico los
siguientes datos de registro: nombre y apellido, o razón social, domicilio y rama de
actividad.”
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Asimismo, en el art. 13 instituye que: “Todas las personas que por razón de sus
cargos o funciones, tomen conocimiento de datos estadísticos o censales, están obligadas a
guardar sobre ellos absoluta reserva.”
Por su parte el Decreto reglamentario de la citada ley, Nº 3110/70, establece en su
artículo 14: “Las declaraciones e informaciones individuales no podrán ser comunicadas
a terceros –aunque se trate de autoridades judiciales o de servicios oficiales ajenos al
SEN- , ni utilizadas, difundidas o publicadas en forma tal que permitan identificar a la
persona o entidad que las formula”
A través de la Disposición Nº 176/99 el INDEC ha dictado normativa interna
específica, en el Anexo a la citada norma se fijan pautas específicas en materia de secreto
estadístico, pudiendo destacarse entre otras:
• El hecho de que la información se recopile con fines estadísticos implica que la
misma no puede ser suministrada ni publicada sino en compilaciones de
conjunto. Esto significa que de ninguna forma resulte posible identificar a las
unidades estadísticas (personas, empresas, hogares, etc.).
• Ninguna persona puede suministrar a terceros copias de formularios completados
en los que aparezcan datos con individualización.
• No se puede proveer copia de planillas ni de archivos computarizados de datos
estadísticos con individualización de informantes, salvo a servicios SEN que
estén sujetos a legislación similar en cuanto a reserva de datos individuales y
cuando haya autorización escrita y específica de la Dirección del INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y mediando constancia de entrega.
• En ningún caso se podrán proveer listados de hogares, de personas físicas o
jurídicas, de establecimientos o de otras unidades que integren una muestra.
• Las personas que intervienen en el relevamiento directo de información
individual, encuestadores y recopiladores de datos de registros administrativos,
etc., deben estar expresamente autorizados por el Director del INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS. Tal autorización deberá ser
exhibida en todos los casos ante el informante.
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3.4. Programas estadísticos desarrollados por el INDEC
La producción de información estadística se realiza a través de distintos métodos de
captación de datos (censos, encuestas, registros administrativos, etc.), que permiten la
confección de indicadores en relación a diferentes áreas temáticas.
De acuerdo a lo expresado por el auditado en Nota INDEC Nº 01255 del 16/11/11, el
Instituto ejecuta su cometido mediante la instrumentación de programas estadísticos, no
resultando adecuado determinar las acciones que realiza en virtud de los indicadores y
encuestas elaborados, sino a través de estos programas.
Ello por cuanto los índices en su mayoría resultan agregados de otros índices más
específicos. Mientras que las encuestas son realizadas algunas de manera continua o
periódica y otras exclusivamente a demanda, ya sea de las autoridades del organismo o de
otros organismos solicitantes.
En virtud de este criterio resulta conveniente abordar esta temática desde estos
“programas estadísticos” los que constituyen un conjunto de actividades de producción
estadística de recolección (encuestas y censos) y/o de tratamiento de la información que
pueden ser divididos en ejes temáticos, a saber: territorio, estadísticas económicas
(agropecuario, industria-construcción-energía-minería, comercio, turismo-transporte-
comunicaciones, trabajo-empleo, ingresos-salarios, precios, cuentas nacionales-finanzas
públicas, sector externo, empresas), estadísticas demográficas (población) y estadísticas
sociales (salud, condiciones de vida-sociedad).
Por su parte, existen otros programas especiales no incluidos en la división que
antecede: programas “a demanda” de instituciones (ej: encuesta a empresas de medicina
prepaga), programas de articulación nacional (ej: Plan de acción con la Secretaría de
Energía) y programas de cooperación internacional (ej: Convenio de Cooperación con el
Instituto Interamericano de Estadística - IASI).
Asimismo, de acuerdo a los dichos del Instituto existen lo que se denomina, “áreas
transversales de gestión” entre las cuales encontramos:
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• Administración
• Informática
• Comunicación
• Programas de Gestión
• Documentación integral de los procedimientos vigentes
• Mejora de la producción documental administrativa
• Logística
• Asuntos jurídicos
• Cartografía estadística
• Sistema de Información Geográfica (SIG)
3.5. Sistema Estadístico Nacional (SEN)
3.5.1. Integración y normativa aplicable
La Ley Nacional de Estadística y Censos Nº 17.622 le asigna al INDEC la
responsabilidad de coordinar el Sistema Estadístico Nacional -SEN-, bajo el principio de
centralización normativa y descentralización ejecutiva. Esto significa que es responsable
del desarrollo metodológico y normativo para la producción de estadísticas oficiales,
debiendo asegurar la comparabilidad de la información originada en las distintas fuentes.
Conforme el artículo 4 de la citada ley el SEN estará integrado por:
a) El Instituto Nacional de Estadística y Censos;
b) Los organismos centrales de estadística, que son:
I Los servicios estadísticos de los Ministerios y Secretarías de Estado.
II Los servicios estadísticos de los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas.
III Los servicios estadísticos de organismos descentralizados de la
Administración Nacional.
IV Los servicios estadísticos de las Empresas del Estado.
c) Los organismos periféricos de estadística, que son:
I Los servicios estadísticos de los gobiernos provinciales.
II Los servicios estadísticos de los gobiernos municipales.
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III Los servicios estadísticos de las reparticiones autárquicas y descentralizadas,
provinciales y municipales.
IV Los servicios estadísticos de las empresas provinciales y municipales.
V Los servicios estadísticos de los entes interprovinciales.
Por su parte, el Decreto Nº 3110/70 reglamentario de la Ley Nº 17.622, establece
entre las principales obligaciones del Instituto como órgano coordinador y rector del SEN
las siguientes:
• Preparar el Programa Anual de Estadísticas y Censos del Sistema Estadístico
Nacional y elevarlo para su consideración y ulterior aprobación por el Poder
Ejecutivo Nacional.
• Dirigir el proceso conducente a la ejecución, en tiempo y forma, de las tareas
contenidas en el Programa Anual de Estadísticas y Censos, a cuyo efecto: i)
distribuye las áreas de competencia en materia de estadística, censos y
encuestas entre los servicios integrantes del Sistema Estadístico Nacional
(SEN); ii) prepara y establece los métodos, normas técnicas, procedimientos,
definiciones, clasificaciones, códigos, cuestionarios e instrucciones, fórmulas,
cartografía y demás exigencias metodológicas que se observarán en el proceso
destinado al relevamiento, procesamiento, presentación, elaboración y análisis
de las estadísticas permanentes, de los censos y de las encuestas especiales; iii)
fija el calendario para su realización; iv) coordina y controla las tareas
asignadas a los servicios estadísticos centrales y periféricos, sujetándose al
principio de centralización normativa y descentralización ejecutiva; y v)
analiza los resultados obtenidos por los servicios estadísticos, aprobándolos u
ordenando su revisión.
• Requerir a los servicios estadísticos centrales y periféricos, informes periódicos
sobre su funcionamiento, así como sobre las tareas que realizan, a fin de
asistirlos y asesorarlos para mejorar su nivel técnico y perfeccionar los
procesos de captación, elaboración y publicación de los datos estadísticos.
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• Coordinar la realización de programas de capacitación tendientes a elevar el
nivel científico y técnico del personal del SEN.
A su vez, el Decreto Nº 1831/93 y su modificatorio, tiene por finalidad fijar las
obligaciones mínimas que, en materia de producción o recopilación de información
estadística sectorial, deberán cumplir los organismos centrales y periféricos que integran el
SEN y establece que los organismos centrales que lo integran deben controlar en las áreas
de su competencia el efectivo cumplimiento de las obligaciones que en materia de
información sectorial se establecen en la norma.
Asimismo, el art. 5 de este Decreto, dispone que: “El INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS, establecerá la utilización de definiciones, normas y
clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información
requerida por el PROGRAMA ANUAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y ejercerá la
coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos incluidos en el mismo”
Con relación a los organismos periféricos que integran el SEN, en cada provincia
existe una Dirección de Estadística -DPE- dependiente del estado provincial. Dichas
Direcciones coordinan los Sistemas Estadísticos Provinciales, e intervienen en la captura,
ingreso y procesamiento de información en cumplimiento de la descentralización ejecutiva.
Esta es consolidada por el INDEC o por otros servicios nacionales para la obtención de
información a nivel nacional.
Sentado ello, y adentrados en el análisis de las actividades estadísticas que el
auditado realizó durante los períodos bajo análisis en el marco del Sistema Estadístico
Nacional, cabe hacer una distinción entre las actividades desarrolladas por los servicios
estadísticos centrales y las de los periféricos.
Las obligaciones y actividades mínimas que, en materia de producción o recopilación
de información estadística sectorial, deben cumplir los organismos centrales están
establecidas taxativamente en el Decreto Nº 1831/93.
En la siguiente tabla a modo de ejemplo se exponen los principales datos e
información incluidos en el Anexo al decreto citado, asociados con el área de
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responsabilidad respectiva.
Área Fuente Estadisticas/Indicadores
Salud
Establecimientos hospitalarios, equipamiento, ingresos y egresos de pacientes. Obras sociales y seguro de salud. PAMI. Establecimientos de salud privados, equipamiento, ingresos y egresos de pacientes. Servicios de emergencias médicas. Programas de vacunación.
Natalidad, mortalidad por causas, mortalidad infantil, morbilidad.
Educación
Establecimientos educacionales, equipamiento, matrícula, egresados y docentes en todos los niveles de enseñanza pública y privada. Indicadores de deserción, repitencia y desempeño educativo. Establecimientos, equipamiento, matrícula, egresados y docentes y no docentes en la enseñanza universitaria.
Deserción y desempeño educativo. Gastos en educación por alumno y costos de la educación universitaria en las distintas jurisdicciones.
Justicia
Estadísticas sobre inicio, estado y finalización de las causas judiciales en los juzgados nacionales. Estadísticas del Servicio Penitenciario Federal.
Actualmente discontinuadas.
Transporte
Parque de unidades, pasajeros y carga transportada en aeronavegación comercial, transporte fluvial y marítimo, transporte automotor urbano (Área Metropolitana) e interurbano de pasajeros, transporte automotor de carga, ferrocarriles y subterráneos. Precios y tarifas del transporte.
Comunicaciones
Comunicaciones telefónicas nacionales e internacionales y servicios de telecomunicaciones de valor agregado. Movimiento del correo estatal y privado. Producción, distribución y comercialización de agua potable. Precios y tarifas de las comunicaciones, el agua y los servicios sanitarios.
Servicios Públicos
Energía
Potencia y energía instalada. Valor y unidades físicas de la producción, transmisión y distribución de energía eléctrica a nivel nacional, por fuentes y usuarios. Exportaciones e importaciones de energía eléctrica. Balance energético y proyecciones de la oferta y demanda de energía y potencia. Existencias, producción, distribución y comercialización de combustibles y subproductos por fuentes y usuarios.Precios y tarifas de la energía y los combustibles.
Hacienda Ministerio de Economía Remuneraciones de los empleados públicos nacionales.
Fuente: Elaboración propia en base a Decreto Nº 1831/93 y datos aportados por el INDEC
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Respecto de las actividades que cumplieron los servicios estadísticos periféricos
durante los años 2010 y 2011, podemos destacar las siguientes:
• Encuesta Permanente de Hogares y su asociada Encuesta Nacional de Hogares
Urbanos: Sus productos son las tasas de actividad y desempleo, de subocupación,
ingresos totales de la población y de los hogares, población y hogares bajo la línea de
pobreza e indigencia, distribución del ingreso, valorización mensual de la canasta
básica alimentaria y total.
• Encuesta del Índice de Salarios: De ella resultan el Índice de Salarios y el
coeficiente de variación salarial del sector privado registrado y del sector público.
• Encuesta Nacional Económica: Cuyos productos finales son indicadores de la
actividad económica de Industria, Comercio, Servicios, Construcción, Minería y
Pesca.
• Encuesta Industrial Mensual: Su información final se presenta en los siguientes
índices: de Volumen Físico de la Producción, de Obreros Ocupados, de Horas
trabajadas, de Salario Medio por Obrero.
• Estadísticas Vitales y de Registro Civil: A partir de ellas se elaboran indicadores
sociodemográficos de evolución y estructura de la población, fecundidad, esperanza
de vida, familias, situación matrimonial.
3.5.2. Coordinación
Existe en la estructura del auditado una Dirección de Coordinación del SEN,
dependiente de la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística, que
conforme Resolución Nº 779/04 MECON, tiene entre sus principales acciones: i) coordinar
las relaciones interinstitucionales a nivel del Sistema Estadístico Nacional, en especial las
que vinculan el Instituto con las Direcciones Provinciales de Estadística, incluyendo las
referidas a las áreas sustantivas así como también las de apoyo vinculadas; ii) gestionar los
convenios marco y actas complementarias con las Direcciones Provinciales de Estadística
y los Servicios Estadísticos Centrales; iii) supervisar la ejecución de las actividades
relativas al Programa Anual de Estadística y Censos a cargo de los organismos centrales y
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periféricos de estadística y iv) elaborar y mantener actualizado el Registro de Informantes
del Sistema Estadístico Nacional.
La Dirección de Coordinación también elabora los presupuestos necesarios para la
ejecución de las actividades asignadas a cada Provincia y gestiona la suscripción de los
convenios.
En este sentido, si bien es cada área operativa quien genera un presupuesto
estimativo del costo de las actividades, es finalmente la Dirección de Coordinación quien
ajusta con la Provincia el presupuesto final de acuerdo a las características propias de la
actividad y de la jurisdicción respectiva, todo ello a través de correo electrónico.
3.5.3. Intrasen
La Intrasen es la red del Sistema Estadístico Nacional que permite a los usuarios
autorizados compartir documentos y parte de sus sistemas de información y operacionales.
A la misma tiene acceso el personal del INDEC y de las DPE con usuario y contraseña
autorizados.
Entre las opciones del menú de la red existen algunas a las que se puede acceder sin
requerimiento de nombre de usuario y contraseña específica de Intrasen desde cualquier
estación de trabajo de la red del INDEC, ya que las mismas no reúnen información sensible
o datos primarios y no vulneran la seguridad de la información estadística, encontrándose
algunas publicadas también en el sitio web del Instituto. Estas son: ACTIVIDADES SEN
(consulta de documentos relacionados con actividades estadísticas); CAPACITACION
(documentos relacionados con talleres y cursos dictados y a dictarse y documentos
metodológicos); INFORMANTES SEN (listado de organismos integrantes e informantes);
NORMATIVAS (documentos normativos nacionales y provinciales); PROGRAMAS
(submenues que incluyen los programas estadísticos desarrollados y que contienen desde
documentos metodológicos, circulares, manuales de perfiles hasta instructivos para lograr
conectividad con el sistema respectivo) y REUNIONES SEN (documentos relacionados
con los temarios y minutas de las reuniones con las DPE y demás organismos SEN).
3.5.4. Convenios con las Provincias
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Las relaciones entre el Instituto y las distintas DPE se rigen por lo normado en la Ley
Nº 17.622 y sus normas complementarias y por convenios que anualmente suscribe el
INDEC con la jurisdicción, ya sea en cabeza del Director de Estadística o de la autoridad
provincial competente de acuerdo a la estructura de cada Provincia.
El objeto de los convenios es dar cumplimiento con el Programa Anual de
Estadística, para lo cual se implementa una colaboración técnica entre los organismos
firmantes con relación a las actividades que en cada caso se detallan y cuyo modo de
realización y cumplimiento se acuerda por actas complementarias.
Entre las principales obligaciones que asume el auditado en los convenios podemos
enumerar la de financiar con cargo a su presupuesto los gastos que demande el
cumplimiento del convenio, impartir normas metodológicas para cada una de las
actividades mediante documentos y/o comunicados, capacitar a los técnicos de la DPE y
supervisar, evaluar y auditar el funcionamiento de las distintas etapas de las actividades.
Con relación a la financiación, se pacta lo siguiente: se remiten los fondos en dos
cuotas iguales, la primera a los 30 días de la suscripción del convenio y la segunda durante
el mes de junio, contra aprobación de primer informe de avance y rendición de cuentas del
primer desembolso. El INDEC imputa presupuestariamente estas remesas a la partida 3.4.1
- Servicios de estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad.
Al respecto las jurisdicciones tienen entre sus obligaciones la de presentar informe de
avance de las actividades en el mes de mayo y una certificación de la Provincia del ingreso
de los fondos dentro de los 30 días de recibidos los mismos. Finalizadas las tareas deben
aportar, informe del estado de tareas cumplidas con los fondos, resumen de las erogaciones
detallando los conceptos de los gastos y extracto bancario de la cuenta en que se depositan
los fondos correspondientes al período.
Asimismo, se obligan a rendir cuentas conforme lo normado por el art. 4 del Decreto
Nº 3110/70 (cuatrimestralmente) y a una rendición final sobre el total de los montos
pagados dentro de los 30 días de finalizadas las actividades establecidas en cada Convenio.
A los fines de la rendición de los gastos, el Instituto confeccionó y circularizó a las
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Provincias por vía correo electrónico un “Instructivo y Planillas de Rendición de
Convenios”.
En la siguiente tabla se exponen los importes remitidos por el INDEC y rendidos por
los servicios estadísticos periféricos, durante el ejercicio 2010.
Montos Remitidos % Montos Rendidos Saldos Dirección Provincial
($) (Sobre total de Montos Remitidos)
($) ($)
Ciudad de Buenos Aires 1.647.158 8,99 797.630 849.528
Buenos Aires 764.970 4,17 439.742 325.228
Catamarca 639.389 3,49 639.389 0
Córdoba 1.072.895 5,85 1.072.895 0
Corrientes 622.605 3,40 182.760 439.845
Chaco 737.751 4,02 689.771 47.980
Chubut 965.152 5,27 965.152 0
Entre Ríos 945.583 5,16 945.583 0
Formosa 274.270 1,50 274.270 0
Jujuy 564.066 3,08 279.707 284.359
La Pampa 583.229 3,18 581.182 2.047
La Rioja 591.385 3,23 573.262 18.123
Mendoza 1.147.984 6,26 30.000 1.117.984
Misiones 484.945 2,64 384.465 100.480
Neuquén 613.417 3,35 611.839 1.578
Río Negro 741.535 4,05 465.177 276.358
Salta 499.137 2,72 493.847 5.290
San Juan 466.722 2,55 337.799 128.923
San Luis 584.893 3,19 584.893 0
Santa Cruz 877.419 4,79 277.144 600.275
Santa Fe 2.141.104 11,68 2.141.104 0
Santiago del Estero 406.025 2,21 405.875 150
Tierra del Fuego 487.454 2,66 487.454 0
Tucumán 469.018 2,56 390.363 78.655
TOTALES 18.328.106 100,00 14.051.303 4.276.803 Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC.
No se incorporan en el presente cuadro saldos de ejercicios anteriores.
18
3.6. Presupuesto
En el siguiente cuadro se exponen los créditos inicial, vigente y devengado
correspondientes al Programa 19 -Servicio Estadístico-, para el Ejercicio 2010,
desagregado por objeto del gasto (Incisos) y de acuerdo a la Fuente de Financiamiento.
Programa 19 - Servicio Estadístico - Año 2010
Inciso Denominación F.F. Crédito Inicial
Crédito Vigente
Devengado Ejecución
(%)
11 127.035.922,00 132.501.922,00 129.529.644,21 97,76 1
Gastos en Personal 13 331.000,00 331.000,00 108.808,91 32,87
11 1.168.000,00 2.168.000,00 1.614.898,61 74,49 13 47.000,00 47.000,00 0 0,00 2
Bienes de consumo
21 200.000,00 200.000,00 1274,18 0,64 11 41.720.500,00 55.114.500,00 49.750.287,66 90,27 13 3.489.000,00 6.533.709,00 4.000.000,00 61,22 3
Servicios No Personales
21 5.383.475,00 5.383.475,00 1.962.020,99 36,45 4 Bienes de Uso 11 4.000.000,00 4.000.000,00 2.522.436,52 63,06
11 6.000,00 6.000,00 0 0,00 5 Transferencias
13 0,00 470.000,00 466.752,00 99,31
Totales 183.380.897,00 206.755.606,00 189.956.123,08 91,87
Fuente: Indec Ejercicio 2010
Respecto del Ejercicio 2011 en el siguiente cuadro se puede observar la ejecución
presupuestaria (Crédito Inicial, Vigente y Devengado) al 30/06/11 desagregada por inciso
y clasificados de acuerdo a la Fuente de Financiamiento:
Programa 19- Servicio Estadístico - Ejecución al 30/06/11
Inciso Denominación F.F. Crédito Inicial Crédito Vigente * Crédito Devengado
* Variación Devengado/ Vigente (%)
11 150.358.586,00 150.358.586,00 73.122.802,96 48,63% 1
Gastos en Personal 13 400.996,00 570.796,00 0,00 0,00%
11 2.168.000,00 2.168.000,00 885.562,66 40,85%
13 47.295,00 47.295,00 0,00 0,00% 2 Bienes de Consumo
21 600.000,00 600.000,00 307,80 0,05%
11 57.935.500,00 57.935.500,00 5.380.265,51 9,29%
13 3.882.709,00 3.362.909,00 0,00 0,00% 3 Servicios No Personales
21 4.150.000,00 4.150.000,00 176.369,84 4,25%
4 Bienes de Uso 11 4.000.000,00 4.000.000,00 1.062.212,95 26,56%
11 306.000,00 306.000,00 0,00 0,00% 5 Transferencias
13 0,00 350.000,00 0,00 0,00%
Totales 223.849.086,00 223.849.086,00 80.627.521,72 36,02%
Fuente: Indec Ejercicio 2011 Ref.: * Con ejecución hasta el 30/06/11.
19
3.6.1. Metas Físicas
De acuerdo a la Decisión Administrativa Nº 2/10 - Distribución del Presupuesto de
Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 las metas físicas
definidas para el Programa 19 son las siguientes:
Denominación Unidad de medida
Cantidad inicial
Cantidad Proyectada
Cantidad Ejecutada
Desvío Unidades
Desvío %
Producción y Difusión de Estadísticas
Ejemplar impreso 51.480 51.480 40.520 -10.960 -21,28
Producción y Difusión de Estadísticas
Publicación 308 308 285 -23 -7,47
Fuente: Indec
De acuerdo a la Decisión Administrativa Nº 1/11 – Determinación de Créditos
Presupuestarios, Estimación de Recursos y Fuentes Financieras para el Ejercicio 2011 las
metas físicas definidas para el Programa 19 son las siguientes:
Denominación Unidad de
medida Cantidad
inicial
Cantidad Proyectada al 30/06/11
Cantidad Ejecutada al 30/06/11
Desvío Unidades
Desvío %
Producción y Difusión de Estadísticas
Ejemplar impreso
38.148 19.074 18.900 -174 -0,91
Producción y Difusión de Estadísticas
Publicación 280 140 139 -1 -0,71
Fuente: Indec
El Instituto informa que los desvíos obedecen a cambios en la manera de comunicar
los informes basados principalmente en los cambios tecnológicos que posibilitan la
publicación de la información directamente en la página web del Instituto o a través del
envío de respuestas a consultas vía mail.
3.7. Recursos Humanos
3.7.1. Normativa aplicable
El Decreto Nº 3110/70 (reglamentario de la Ley Nº 17.622) en su Título IX Del
personal, artículos 30 y 31, regula la forma de designación del personal técnico del
Instituto, como así los requisitos que deben reunir las personas que desempeñen cargos
técnicos y directivos en el organismo.
En este sentido, el artículo 30 fija que el personal técnico sólo podrá ser nombrado
20
previo concurso de oposición y/o antecedentes ante un jurado que presidirá el Director y
estará integrado por otros dos funcionarios del Instituto que el mismo designe.
Por su parte el artículo 31 establece que los cargos directivos y técnicos deberán ser
desempeñados por egresados de universidades argentinas con títulos que acrediten sólida
formación en las disciplinas estadísticas.
Cabe aclarar que por integrar el INDEC la administración desconcentrada en el
ámbito del Ministerio Economía y Finanzas Públicas, su personal se encuentra
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General y el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
homologados por los Decretos Nº 214/06 y 2098/08, respectivamente.
3.7.2. Composición del personal
De acuerdo a la nómina de personal aportada por el Instituto y validada mediante
un programa de muestreo probabilístico, revistaban en el mismo al 30 de junio de 2011,
1481 agentes vinculados laboralmente con el auditado de tres modalidades diferentes, a
saber: los que integran la planta permanente (39%), los que integran la planta temporaria o
transitoria (17%) y los que tienen un contrato por tiempo determinado bajo el régimen del
art. 9 de la Ley Nº 25.164 de Marco de Regulación del Empleo Público regulado por la
Res. Nº 48/02 de la Subsecretaría de la Gestión Pública (44%).
Las principales diferencias prácticas que existen entre las plantas permanente y
transitoria y la contratada bajo el régimen del art. 9 de la Ley Nº 25.164, son:
a) Las plantas permanente y transitoria se encuentran congeladas y salvo algunas
excepciones, sus variaciones son sólo atribuibles a bajas por las diferentes causas
legalmente previstas, mientras que la contratada se encuentra en pleno desarrollo.
b) Las primeras son financiadas por aprobación presupuestaria de la cantidad de
cargos que se tienen asignados en cada nivel escalafonario dentro de la estructura, en la
segunda en cambio lo que se aprueba en el presupuesto es un importe sin considerar
cuántos y cuáles cargos y niveles se financiarán con ese dinero. Esta circunstancia permite
que mientras se cuente con fondos para hacer frente al pago de remuneraciones no existan
21
límites, en este aspecto, para el número de personas a contratar ni la asignación del nivel
escalafonario a las mismas.
c) La planta permanente y transitoria, perciben dentro de su remuneración los
adicionales por función específica o por plus técnico, según corresponda, mientras que el
personal contratado no percibe estos adicionales.
En el siguiente gráfico se expone la evolución de la composición del personal del
Instituto auditado desde el año 1995 hasta el 2010, no incluyéndose la información relativa
al primer semestre de 2011 para mantener la uniformidad y comparabilidad de la misma.
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC.
Con relación a la antigüedad del personal en el Instituto, en el gráfico siguiente se
exponen (sin discriminar forma de vinculación) las proporciones en que ese atributo se
distribuía en el total de la planta a la fecha de cierre del período auditado.
22
Antigüedad Personal en INDEC
Hasta 5 años
Entre 6 y 10 años
Entre 11 y 15 añosEntre 16 y 20 años
Más de 20 añosHasta 5 años
Entre 6 y 10 años
Entre 11 y 15 años
Entre 16 y 20 años
Más de 20 años
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC.
Asimismo, efectuado un análisis de la antigüedad relacionada con la vinculación de
empleo, la planta permanente tiene un promedio de antigüedad de 24 años; la planta
transitoria de 18 años y el personal contratado bajo el régimen del art. 9 de la Ley Marco
de Regulación de Empleo Público conforme Resolución Nº 48/02 SSGP un promedio de 4
años de antigüedad.
Por otra parte, de documentación aportada y del relevamiento de legajos de personal,
surge que ha existido en el organismo auditado personal que prestaba servicios en su sede,
en el marco de convenios de cooperación celebrados con diferentes organizaciones no
gubernamentales o universidades.
3.7.3. Capacitación
El Instituto confeccionó y aprobó mediante Disposición Nº 494/11 INDEC un Plan
Estratégico de Capacitación para el trienio 2010-2012.
Dicho Plan incluye además de las acciones de capacitación a desarrollar, la
descripción de la Misión, Visión y Objetivos Estratégicos del Instituto y contiene una
caracterización del personal dividido por áreas (Direcciones), desagregando la relación de
empleo y estudios alcanzados por el personal, la que no fue producto de un relevamiento
“ad hoc” sino que fue tomada de los registros del auditado.
El Plan se aprobó recién en noviembre de 2011, sin perjuicio de lo cual comenzó a
23
ejecutarse con anterioridad.
Según informó la responsable del área, el relevamiento de necesidades de
capacitación se realizó durante el mes de marzo de 2011 a través de una encuesta de
detección que se envió por correo electrónico y cuyo formulario de relevamiento fue
proporcionado a esta auditoría, no así la información consolidada relevada.
4. COMENTARIOS Y OBSERVACIONES
4.1. Aspectos organizacionales del Instituto
4.1.1. Planificación
El Instituto Nacional de Estadística y Censos no contó con una planificación estratégica
para los años 2010 y 2011.
Si bien el auditado aportó un documento denominado “Lineamientos Estratégicos del
Programa Estadístico Nacional (2010-2011) Versión: 13 de noviembre de 2009”, se
advierte que el mismo no es sino una enunciación y descripción de las principales líneas de
trabajo que el INDEC planeaba desarrollar durante el período para alcanzar sus objetivos
sin expresar el estado de situación preexistente ni anticipar los factores que pudieren
afectar el cumplimiento de dichos objetivos. Tampoco expresa cuáles serán los recursos
con que contaba o debería contar para llevar adelante el plan. Todo ello sin perjuicio del
Plan Estratégico que el auditado elaboró para el área de Capacitación.
El desarrollo de una planificación es fundamental y en ella se deben describir no sólo los
objetivos de una institución, sino también la metodología mediante la cual se fijan las
metas anuales y se determinan los medios para alcanzarlas (recursos físicos y financieros).
Asimismo deben analizarse por anticipado las fortalezas y debilidades a fin de planificar
cursos de acción que permitan optimizar los recursos coordinando las actividades que se
propone el Instituto.
La planificación estratégica en el ámbito público es una herramienta imprescindible para la
identificación de prioridades y asignación de recursos que, a partir de un diagnóstico de la
24
situación actual, debe ser la base para la definición de los planes operativos y la
programación presupuestaria.1
4.1.2. El Instituto Nacional de Estadística y Censos no confeccionó para los ejercicios
bajo análisis el Programa Anual de Estadísticas y Censos del Sistema Estadístico Nacional
de acuerdo a la función que le asignan la Ley Nº 17.622 y su Decreto reglamentario Nº
3110/70.
En respuesta al pedido de remisión de los Planes Anuales de Estadísticas y Censos para los
ejercicios 2010 y 2011, el auditado acompañó los Formularios de Política Presupuestaria
de la Jurisdicción o Entidad (F1) remitidos a la Oficina Nacional de Presupuesto referentes
a las políticas presupuestarias a desarrollar.
Analizado el contenido de la documentación aportada, se advierte que la misma no
constituye un Programa o Plan Operativo Anual, ya que este instrumento debe sistematizar
los aspectos operativos relacionados con las actividades que permitan materializar los
productos en una expresión anual. Para ser coherente con los objetivos y metas de la
Institución, debe recoger en su programación justamente las prioridades establecidas en
términos de la calendarización de las actividades, identificar los insumos necesarios para la
generación de los productos finales, y los procesos que conlleven inversiones,
contrataciones, etc.2
Se trata de elaborar planes, lo más detallados que se pueda, para que quede bien claro cuál
es la misión, objetivos y resultados operativos, que debe alcanzar cada una de las unidades
de gestión de la organización.
4.1.3. Sistema de Información
El Instituto no cuenta con un Sistema de Información Gerencial para la toma de decisiones
desarrollado para toda la organización, que contenga por ejemplo un tablero de comando y
1 Confr. “Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público (Versión preliminar)” Dra. Marianela Armijo Área de Políticas Presupuestarias y Gestión Pública ILPES/CEPAL, 2009, pps. 6, 7, 11 y 13. 2 Confr. “Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público (Versión preliminar)” Dra. Marianela Armijo Área de Políticas Presupuestarias y Gestión Pública ILPES/CEPAL, 2009, pág. 19.
25
que cuente con indicadores de gestión, para evaluar su desempeño, y que relacione la
información presupuestaria, tanto física, como financiera.
Estos sistemas constituyen una fuente de información dinámica capaz de mostrar los
impactos que cada decisión y acción causan en los objetivos de una organización,
permitiendo la corrección oportuna en el caso de observarse desvíos a lo planificado.
En el caso del auditado, la medición de la eficacia, eficiencia y economía, ligada a la
producción de bienes o servicios, contó además con la restricción derivada de la ausencia
de una planificación estratégica.
4.1.4. Control de gestión
El INDEC no ha elaborado durante el año 2010 y el primer semestre del 2011 informes de
control de gestión, en los que se determinen desvíos con respecto a lo planificado y
debilidades y fortalezas de las acciones desarrolladas.
La ausencia de dichos informes impide un monitoreo de la gestión destinado a obtener
elementos de juicio que adviertan sobre los problemas que se plantean durante el curso de
la ejecución, que además de resultar útiles para ajustar, corregir o mantener aspectos
claves, son una herramienta para la toma de decisiones y planificaciones futuras.
4.1.5. Manuales de procedimiento
El Instituto no contó durante los períodos bajo análisis con manuales de procedimientos
que permitan identificar, definir, organizar y unificar las tareas que se llevan a cabo tanto
en el aspecto operativo como de apoyo.
Sin ellos, la organización carece de un instrumento que permita a sus integrantes y usuarios
un mayor conocimiento, agilidad y estandarización de las actividades que deben realizar,
además de conocer los procedimientos que corresponde aplicar con el objeto de lograr
mayor eficiencia en el cumplimiento de sus funciones.
Con esta herramienta se logra una continuidad en las tareas, independientemente de quién
sea el responsable de realizarlas, se evitan la duplicidad de funciones y los pasos
26
innecesarios dentro de los procesos, y se facilitan la capacitación del personal, la
evaluación del control interno y su vigilancia.
De acuerdo a lo informado en el descargo por Nota INDEC Nº 00804 del 12-08-13 el
proceso de compras y contrataciones del Instituto posee un Sistema de Gestión de la
Calidad que cumple con la norma IRAM – ISO 9001:2008, siendo la vigencia del
Certificado otorgado desde el 18-12-12 hasta 18-12-15, atento esta certificación haberse
obtenido fuera del período auditado su análisis será objeto de futuras labores de auditoría.
4.2. Presupuesto
4.2.1. Las metas físicas definidas por el INDEC para el Programa 19 “Servicio
Estadístico” no representan la producción terminal del mismo, lo que imposibilita una
correcta planificación, ejecución y control presupuestario.
Las metas físicas son la cuantificación de los bienes y servicios terminales que realiza una
institución durante un ejercicio presupuestario y cuya producción concreta y acabada, se
pone a disposición de los usuarios.
En tal sentido, las metas físicas definidas por el INDEC para el Programa bajo tratamiento,
se encuentran supeditadas a la impresión o no de publicaciones y ejemplares que contienen
información diversa producida por el mismo. Esta situación desdibuja la producción
terminal que el Instituto pone a disposición de la sociedad, ya que en su norma de creación,
Ley Nº 17.622, se establece como objetivos entre otros, “elaborar las estadísticas que
considere conveniente”, sin importar el medio por el cual los de a conocer. Su producción
terminal es la confección de información estadística.
Un ejemplo claro de la situación planteada lo constituye la continua generación de desvíos
derivados del reemplazo por parte de los usuarios de las impresiones por consultas vía
web. Asimismo también se establece como causal de los desvíos el hecho de no contar con
información certera del año anterior de las publicaciones que se realizarán el año siguiente,
situación que evidencia la falta de planificación presupuestaria. Por otra parte, se
27
ejemplifica con Publicaciones de los diferentes Censos, los cuales se imputan en otros
Programas Presupuestarios distintos del 19.
En función que las metas físicas representen toda la producción terminal del Instituto
existen otros objetivos que no se ven reflejados en su producción física por ejemplo:
realizar cursos de capacitación técnica estadística (curso dictado o persona capacitada);
realizar conferencias, congresos y reuniones estadísticas nacionales (conferencia
realizada), etc.
4.2.2. La Dirección General de Administración y Operaciones del Instituto, como titular
del SAF, no valida la ejecución física presupuestaria del mismo, lo que compromete la
confiabilidad de la información enviada a la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP).
La cuantificación de las metas físicas es realizada por la Dirección de Difusión del Instituto
la cual constituye el Centro de Medición de las mismas, por tratarse de publicaciones y
ejemplares impresos. Sin embargo, es la Dirección de Programación y Control de
Presupuesto, dependiente de la DGA, junto con el titular de la Unidad Ejecutora, quienes
deberían responsabilizarse de la ejecución de las metas físicas del Programa.
Según informa la DGA del Instituto a esta auditoría su responsabilidad se limita a la
trascripción correcta de los datos, sin mediar análisis o verificación alguna de su contenido.
Justamente el formulario de cierre de ejecución física de metas correspondiente al ejercicio
2010, si bien fue firmado por el Director General de Administración y Operaciones del
INDEC, fue informado a esta auditoría, que ello obedeció a la vacancia en el cargo de la
Dirección de Difusión. Respecto de la ejecución física correspondiente al ejercicio 2011
fue suscripta por la Dirección de Difusión sin ser acompañada por la Dirección del
Instituto, como responsable de la Unidad Ejecutora.
Esta operatoria contradice lo normado en el art. 44 del Decreto Nº 1344/07, reglamentario
de la Ley de Administración Financiera Nº 24.156, que crea en las unidades de presupuesto
o en los SAF, los Centros de Coordinación de Información física, y le asigna las siguientes
responsabilidades. “1. Apoyar la operación de los centros de medición en las unidades
responsables de la ejecución de las categorías programáticas que se juzguen relevantes y
28
que por la magnitud o especificidad de su gestión hagan conveniente su medición. 2.
Coordinar y normatizar, en colaboración con las unidades responsables de cada una de
las categorías programáticas, la información que permita la cuantificación de la gestión
física, de modo que los registros tengan respaldo documental, sean estandarizados y
sistemáticos, sean verificables y que haya responsables de sus contenidos así como
penalidades por el incumplimiento. 3. Suministrar la información relevante de la gestión
física de los respectivos presupuestos en los plazos que al efecto fije la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO.”.
4.3. Sistema Estadístico Nacional
4.3.1. La Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional (DCSEN) no ejerce
la acción de coordinar las relaciones interinstitucionales en lo que respecta a las áreas
sustantivas a nivel del Sistema Estadístico Nacional.
La Dirección tiene que realizar las tareas necesarias para organizar los diversos procesos,
como mantener actualizados los documentos técnicos y registros, y los sistemas de
información obrantes en la Intrasen. También debe distribuir las actividades a desempeñar
por distintas unidades organizativas, asignando a cada servicio periférico del SEN las
tareas a realizar en el marco del Programa Anual de Estadística a través de la confección de
los Convenios Marco y sus respectivas Actas Complementarias. Y con relación a los
servicios centrales realizar el seguimiento y la revisión de la información estadística
sectorial que los mismos deben proveer (Decreto Nº 1831/93).
Asimismo, debe armonizar decisiones para evitar conflictos, por ejemplo utilizando
criterios objetivos para asignar los fondos a los servicios periféricos.
También resulta fundamental que realice las actividades de regular y reglamentar las
actividades tanto de apoyo como operativas, para lo cual debe aprobar y utilizar
instructivos, manuales, circulares y demás documentos metodológicos necesarios para
lograr la uniformidad, comparabilidad y confiabilidad de los datos remitidos por
organismos centrales y periféricos del SEN.
29
En el ámbito organizacional, la coordinación es un proceso que consiste en integrar las
actividades de unidades independientes a efectos de lograr las metas de una organización
con eficacia.
Por ello, la acción de coordinar debe considerar distintos ámbitos de los problemas internos
de una institución, orientando a un mismo objetivo distintas áreas de trabajo y
consiguiendo que se coopere en las labores a desempeñar.
Finalmente, el coordinar implica necesariamente la actividad de control de las acciones
desarrolladas por las distintas áreas, para lo cual la DCSEN debe analizar y expedirse sobre
los informes de avance operativos y las rendiciones de gastos remitidas por las DPE, como
así llevar adelante acciones de monitoreo en materia operativa tendientes a detectar y
corregir posibles errores en la toma y procesamiento de datos, siempre para asegurar la
comparabilidad y confiabilidad de la información.
En virtud de ello, la Resolución Nº 779/04 del Ex Ministerio de Economía y Producción, le
asigna a la Dirección la acción de coordinar las relaciones interinstitucionales en el
Sistema Estadístico Nacional, en especial las que vinculan el Instituto con las Direcciones
Provinciales de Estadística, incluyendo las referidas a las áreas sustantivas así como
también las de apoyo vinculadas. Sin embargo, pudo relevarse que la misma se ocupa
estrictamente de las relaciones interinstitucionales de apoyo (INDEC-Organismo SEN) sin
intervenir en las cuestiones operativas de las actividades estadísticas.
De hecho, estas últimas son consideradas como competencias de las áreas sustantivas que
dentro del Instituto tienen asignadas las funciones relacionadas con la actividad estadística
de que se trate, por ejemplo, las temáticas operativas relacionadas con la Encuesta
Permanente de Hogares (EPH) y la Encuesta Nacional de Hogares Urbanos (EHU) se
desarrollan desde la Dirección de Encuesta Permanente de Hogares dependiente de la
Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de Vida.
4.3.2. La Dirección de Coordinación del SEN cuenta con un listado desactualizado de
Informantes del Sistema Estadístico Nacional.
30
Según establece la Resolución Nº 779/04 corresponde a la Dirección de Coordinación del
Sistema Estadístico Nación “Elaborar y mantener actualizado el Registro de Informantes
del Sistema Estadístico Nacional”.
En respuesta a la solicitud de información y documentación relacionada la Dirección
Nacional de Planificación y Coordinación Estadística (de la cual depende la Dirección de
Coordinación), expresa que el listado de informantes SEN que se encuentra publicado en la
Intrasen del organismo es el listado más actualizado con el que cuenta, sosteniendo que se
encuentra en proceso su actualización, revisión de los organismos integrantes y
modernización de las plataformas y procedimientos informáticos de acceso al SEN.
Analizado el listado publicado se detectaron las siguientes inconsistencias: 1) algunos
registros se encuentran incompletos, es decir que no se cuenta con la misma información
para cada uno de los informantes SEN, inclusive sin detalle de la provincia donde
pertenece el organismo en algunos casos; 2) existe duplicación de registros, en algunos
casos con autoridades de gestión distintas que crean confusión. Por ejemplo se ha podido
detectar un caso en que el Organismo es el Departamento de Programación y Evaluación
de la provincia de Catamarca y sin embargo figura como dependiendo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por último, cabe referirse a la “Categoría”, el auditado informó que cuando al DCSEN
utiliza la expresión “organismos SEN” se refiere a aquella unidad orgánica (servicio
estadístico) de gobierno nacional, provincial, municipal, de categoría variable, creado con
el objeto de recopilar, interpretar, y divulgar la información estadística oficial, y cuando
expresa “informante SEN” o “productor SEN”, se alude a la oficina de gobierno que no es
un “organismo SEN” pero dispone de alguna información pertinente para la elaboración de
las estadísticas oficiales.
Aclarado ello, se pudo constatar en el listado, en el ítem “Categoría” que existen casos
que se encuentran sin completar los datos, además, en un caso puede verse la leyenda
“NINGUNA”.
31
Esta falta de integridad y desactualización impiden a la DCSEN y demás usuarios del
Registro contar con información básica de quienes son los informantes del Sistema
Estadístico Nacional y todos los datos que resultan necesarios al momento de comunicarse,
ya sea identificación de las autoridades, números de teléfono, correo electrónico, etc.
4.3.3.3 En la Dirección de Estadísticas Sectoriales, sólo se realizan algunos análisis al
momento de la carga de la información remitida por los integrantes del SEN que permiten
detectar inconsistencias o ausencias de datos con relación a las estadísticas publicadas por
el Instituto en materia de Salud y Educación.
El Decreto Nº 1831/93 tiene por finalidad fijar las obligaciones mínimas que, en materia de
producción o recopilación de información estadística sectorial, deberán cumplir los
organismos centrales y periféricos que integran el SISTEMA ESTADISTICO
NACIONAL. En este sentido establece que los organismos centrales que integran el SEN
(Ministerios, Secretarías, etc.) deben disponer lo necesario para suministrar la información
estadística básica que se detalla en su Anexo, en tiempo y forma, como así controlar en las
áreas de su competencia el efectivo cumplimiento de las obligaciones que en materia de
información sectorial se establecen en la norma.
Por su parte, el artículo 5 del Decreto, dispone que: “El INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS, establecerá la utilización de definiciones, normas y
clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información
requerida por el PROGRAMA ANUAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y ejercerá la
coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos incluidos en el mismo”.
A la luz de lo expuesto precedentemente, el auditado debería ejercer la coordinación,
supervisión y control técnico de los trabajos, no obstante esto no efectúa controles sobre la
confiabilidad de la información recibida de la Dirección de Estadísticas e Información de
Salud, Dirección de Epidemiología, Superintendencia de Servicios de Salud, Dirección
Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa y Dirección de Políticas
3 En Anexo II se detallan las fuentes de información, indicadores que generan y el impacto de las áreas observadas en los puntos 4.3.3. a 4.3.5.
32
Universitarias, fuentes de la información que en materia de Salud y Educación publica el
Instituto.
Tampoco se realizan tareas de supervisión y control técnico por parte del Instituto respecto
a la metodología aplicada por los Ministerios de Salud y Educación para relevamiento y
procesamiento de los datos.
La disposición citada ratifica el deber que el INDEC tiene, como organismo rector de la
estadística nacional, de centralizar las acciones de coordinación, seguimiento y control
para garantizar el funcionamiento eficiente del Sistema Estadístico Nacional.
Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, la necesidad de que el Instituto auditado
realice la supervisión y el control técnico de la producción estadística de los organismos
citados se ve refrendada por lo observado en los informes de esta AGN aprobados por
Disposiciones Nº 68/03 “Examen especial sobre la oportunidad, confiabilidad e integridad
del Sistema Estadístico de Salud, Ejercicio 2001” y Nº 47/05 “Informe de auditoría de
gestión sobre el Programa 32 Información y Evaluación de la Calidad Educativa,
Ejercicio 2003”, cuya unidad ejecutora es la Dirección Nacional de Información y
Evaluación de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación de la Nación.
En el primero de ellos se observó entre otras cosas la existencia de falencias de seguridad
operativas en cuanto al transporte y procesamientos de los datos primarios que podían
ocasionar una violación al secreto estadístico, la insuficiencia de la estrategia del
Ministerio de Salud para mejorar la recolección y procesamiento de la información, la
inexistencia de datos en tiempo real de la problemática de salud y el hecho de que la
información corresponde sólo al sector público.
A su turno, en el segundo informe se observó que la información con que cuenta la
DiNIECE está desactualizada y que no realizó auditorías en terreno a fin de verificar la
exactitud de los datos obtenidos en los distintos operativos, lo cual perjudica no sólo la
oportunidad de la información, sino su continuidad, confiabilidad y calidad.
La falta de cumplimiento de la obligación asignada normativamente al Instituto impactó
sobre la información estadística publicada en la materia en aquel momento.
33
4.3.4. Con relación a las estadísticas sobre servicios públicos el Instituto se limita a
ingresar los datos remitidos mensualmente por los entes reguladores de los servicios
públicos a un sistema que tiene diseñado para este fin y que, según se informó a esta
auditoría, tiene fijados parámetros de consistencia para evitar posibles errores
cuantitativos, pero no proporciona metodologías de relevamiento de datos ni realiza tareas
de monitoreo o control en las fuentes para verificar la comparabilidad de los mismos.
De acuerdo a lo establecido por el artículo 5 del Decreto Nº 1831/93 antes citado, le
compete al INDEC ejercer estas acciones de coordinación, supervisión y control técnico
también en materia de estadísticas de Servicios Públicos.
La falta de cumplimiento de la obligación asignada normativamente al Instituto, podría
impactar sobre la información estadística publicada en la materia.
4.3.5. Respecto de las estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Índice de
Salarios los procedimientos de control sobre esta información, se encuentran
principalmente introducidos en el sistema web de carga de los datos que tiene parámetros
de control de consistencia para impedir la carga de datos erróneos o inconsistentes. Los
mismos resultan insuficientes, toda vez que, según se informó no se realizan controles de
calidad y confiabilidad de los datos como auditorías operativas o monitoreos de las
actividades desarrolladas por los operadores directos ya sea en la Direcciones Provinciales
o demás fuentes.
En este programa estadístico (Índice de Salarios) se releva la masa salarial del sector
privado registrado y del sector público para establecer su coeficiente de variación mensual.
Respecto al relevamiento de la masa salarial del sector privado registrado, el mismo se
realiza mediante una encuesta de tipo económica que se realiza en cada provincia, a través
de correo postal, es decir se envían los cuestionarios a las empresas que integran la muestra
y estas devuelven el formulario firmado por el responsable designado y registrado.
Con relación al relevamiento de la masa del sector público provincial, su fuente son los
registros de los Ministerios de Economía de cada provincia. La información de la masa
salarial del sector público nacional proviene de tres fuentes: 1) la Dirección de Estadísticas
34
Salariales del Ministerio de Economía que concentra la masa salarial de la administración
central, 2) la Dirección de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y 3) el
Consejo de la Magistratura, estos dos últimos remiten la información por correo
electrónico, mientras que el primero lo carga directamente al servidor del INDEC.
De acuerdo a lo ya expresado compete al INDEC ejercer acciones de coordinación,
supervisión y control técnico de los trabajos realizados en el marco del Programa Anual de
Estadísticas y Censos y la falta de cumplimiento de la obligación acordada normativamente
al Instituto, podría impactar en la información estadística publicada en la materia.
4.3.6. En la Dirección de Coordinación del SEN existen algunos criterios que se utilizan
para la formulación de los presupuestos para el cumplimiento de Convenios Marco que se
suscriben con los distintos servicios estadísticos periféricos4, a saber: encuesta de que se
trate, tipo de cuestionario que se utilice, modo de relevamiento, si se trata de una “zona
desfavorable”, sin perjuicio de lo cual se informó que no existe formalmente ningún tipo
de manual de procedimientos o instructivo que establezca criterios objetivos para la
elaboración de los presupuestos antes mencionados.
Se pudo constatar que los presupuestos finales para la ejecución de los convenios
celebrados con los distintos servicios estadísticos periféricos surgen de un acuerdo de la
Dirección de Coordinación del SEN con las distintas jurisdicciones provinciales, tomando
como base los presupuestos estimativos de costos que son generados por las distintas áreas
operativas.
El hecho de no contar con estos criterios objetivos para la formulación de los presupuestos
trae aparejado riesgos de inequidad en la asignación de fondos a cada provincia.
4.3.7. El INDEC no realiza análisis ni se expide sobre las rendiciones de gastos ni
informes de avance remitidos por las DPE.
El Instituto no cuenta en su estructura con un sector responsable de analizar y controlar las
rendiciones de gastos ni los informes de avance de los distintos organismos SEN.
4 Ver punto 3.5.4.
35
Teniendo en cuenta que en los Convenios Marco el auditado se obliga a realizar la
transferencia de la segunda cuota de financiación de las actividades contra aprobación de
primer informe de avance y rendición de cuentas del primer desembolso, estas acciones de
análisis y aprobación o desaprobación resultan indispensables para evaluar si corresponde
remitir sucesivas remesas, especialmente a la luz de las deficiencias halladas en los
documentos referidos y que se detallan en las observaciones siguientes.
4.3.8. Los Informes de Avance de tareas remitidos por las Direcciones Provinciales de
Estadística no tienen formato uniforme y en ellos no se expresan los porcentajes de avance
de cumplimiento del Convenio Marco respectivo, ni de los subprogramas estadísticos que
incluye, como así tampoco los desvíos producidos ni sus causas.
De la lectura y análisis de dichos Informes, se advierte que en los mismos se exponen con
diferente formato y criterios las tareas realizadas por el organismo SEN. Sólo en dos de
ellos (Catamarca y Tucumán) se exhiben porcentajes de avance.
Esta deficiencia acarrea a la Dirección de Coordinación del SEN y demás áreas
involucradas la imposibilidad de tener una visión ágil y clara del estado de avance de las
tareas encomendadas a las Direcciones Provinciales y consecuente evaluación de la gestión
del Convenio de que se trate.
4.3.9. El Instituto no exige de las DPE el cumplimiento de la obligación de adjuntar a las
rendiciones de fondos girados los comprobantes de respaldo de los gastos detallados.
Los Convenios Marco estipulan que las DPE, deberán efectuar rendiciones de cuentas y
adjuntar copia autenticada de los comprobantes exigidos por la Ley de Contabilidad, todo
ello conforme al art.4 del Decreto Nº 3110/70.
Ahora bien, el documento denominado “Instructivo y planillas de rendición convenios”
sólo prevé que la documentación original permanecerá en poder de la DPE, lo que refuerza
lo convenido sobre aportar las copias autenticadas de comprobantes.
Según lo informado por el Instituto a esta auditoría, las DPE justifican la no remisión de
comprobantes aduciendo que son sus Tribunales de Cuentas los encargados del control de
gastos.
36
En virtud de que el auditado imputa presupuestariamente el gasto de estas transferencias de
fondos a la partida 3.4.1. -Servicios de estudios, investigaciones y proyectos de
sustentabilidad-, resulta necesario que exija la remisión de la documentación de respaldo
de los gastos a los fines de su control, ya que el uso de estos fondos no es pasible de
fiscalización por parte de los Tribunales de Cuentas provinciales atento la citada
imputación del gasto.
4.4. Recursos humanos
4.4.1. En el ámbito del INDEC no se ha tenido evidencia de la existencia de
procedimientos formales ni criterios objetivos para evaluar la necesidad de incorporación
de personal al Instituto.
De acuerdo a lo informado por el auditado no existen modalidades formales para realizar
esta evaluación, sino que es directamente la Dirección del Instituto quien la realiza a raíz
de solicitudes verbales de las diferentes áreas.
Esta carencia acarrea la imposibilidad de apreciar la efectiva necesidad de incorporación de
personal a una u otra área.
4.4.2. El INDEC no proporcionó evidencias de herramientas que establezcan criterios
objetivos para cubrir los diferentes puestos de trabajo con relación a su planta permanente
y transitoria. Analizados los diferentes documentos que el auditado proporcionó e
identificó como relacionados con Puestos y Perfiles del Cargo, corresponde realizar una
distinción entre los que refieren a operativos estadísticos y los del personal administrativo.
En este sentido, si bien algunos de los primeros reúnen los requisitos para ser considerados
Manuales de Puestos y Perfiles del Cargo, se encuentran destinados a las DPE a fin de que
realicen la evaluación de las competencias para la contratación de personal necesario para
la realización de cada operativo, es decir no son de aplicación dentro del Instituto.
Los segundos no son otra cosa que los Términos de Referencia del Personal Contratado
confeccionados de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N º 48/02 SSGP, es decir
37
los que se deben adjuntar a cada contrato suscripto bajo el régimen del art. 9 de la Ley Nº
25.164 y son aplicables exclusivamente al personal contratado en estos términos. Estos
incluyen la denominación de la función, su nivel escalafonario y los objetivos generales y
específicos y las tareas a realizar, pero en modo alguno establecen los perfiles necesarios
para la contratación de futuros ocupantes de los puestos, a saber: requisitos del ocupante
del puesto, nivel académico, habilidades y destrezas y conocimientos técnicos y/o
específicos.
La inexistencia de estas herramientas acarrea la imposibilidad de identificar los perfiles
necesarios para desempeñar cada puesto y los criterios que deben utilizarse para su
cobertura, impactando en la calidad de la evaluación y selección realizada para ello.
4.4.3. El personal no permanente del INDEC, compuesto por la planta transitoria y el
personal contratado por tiempo determinado bajo el régimen de la Resolución Nº 48/02
SSGP representa el sesenta y uno por ciento (61%) del total de la dotación, (integrado por
un 17% de planta transitoria y un 44% de contratados Res. Nº 48/02), superando el
porcentaje establecido por la normativa.
El segundo párrafo del art. 9 de la Ley Nº 25.164 al referirse al personal contratado por
tiempo determinado, establece que: “…El personal contratado en esta modalidad no podrá
superar en ningún caso el porcentaje que se establezca en el convenio colectivo de
trabajo, el que tendrá directa vinculación con el número de trabajadores que integren la
planta permanente del organismo.”.
Por su parte el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, aplicable al INDEC por ser organismo desconcentrado de la estructura
organizativa del primer nivel operativo del MEyFP, prevé que el personal no permanente
de las jurisdicciones y entidades descentralizadas no superará un porcentaje de hasta el
quince por ciento (15%) del personal permanente en cumplimiento de lo dispuesto por el
art. 9 de la Ley Nº 25.164 (art. 156 del Decreto Nº 214/06).
4.4.4. Existe en el Instituto personal que revista en la planta transitoria o temporaria con
un registro de antigüedad de más de diez (10) años en el organismo.
38
En efecto, de los 251 agentes (17% de la dotación) que revistaban en esta modalidad al
cierre del período sujeto a análisis, el 2% tiene hasta diez años de antigüedad, el 19% tiene
entre diez y quince años, el 56% entre quince y veinte años y el 23% más de veinte años de
antigüedad.
A continuación se grafica lo expuesto precedentemente.
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
De acuerdo a las previsiones del art. 9 de la Ley Nº 25.164, reglamentado por Decreto Nº
1421/02, el personal contratado por tiempo determinado o designado en plantas transitorias
será afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio o
estacional que resulten necesarias para complementar el ejercicio de las acciones asignadas
a cada jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del régimen de carrera. Las
primeras estarán referidas a prestación de servicios de asesoramiento técnico especializado,
coordinación y desarrollo de programas de trabajo o proyectos especiales o para atender
incrementos no permanentes de tareas; mientras que las segundas responden a tareas que se
realizan periódicamente y sólo en determinada época del año.
La antigüedad que registra el personal de la planta transitoria del auditado es evidencia de
que no realiza tareas estacionales o de carácter transitorio. Asimismo, de 13 legajos de
39
personal de planta transitoria relevados de acuerdo a la muestra seleccionada, en sólo 5 de
ellos consta la función que desempeña el titular del legajo y las mismas son de antigua data
(1993, 1996, 2000, etc.).
4.4.5. Existe personal que se encuentra vinculado laboralmente al Instituto mediante
contratos por tiempo determinado bajo el régimen del art. 9 de la Ley Marco de Regulación
del Empleo Público Nacional que registra una antigüedad mayor a los cinco (5) años y de
hasta más de veinte (20) años en el organismo.
Del análisis de la nómina proporcionada por el auditado, surge que de los 659 agentes
(44% de la dotación total) contratados bajo este régimen el 13% tiene una antigüedad
mayor a cinco años, en el siguiente grafico se expone la antigüedad correspondiente al
personal comprendido en el último porcentaje mencionado:
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
Como se expresa en la observación que antecede, conforme las previsiones del
mencionado art. 9 y su reglamentación, el personal contratado por tiempo determinado será
afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio o estacional
que resulten necesarias para complementar el ejercicio de las acciones asignadas a cada
jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del régimen de carrera.
40
La antigüedad que registra el personal contratado con más de cinco (5) años de antigüedad
es demostrativa de que no realiza tareas estacionales o de carácter transitorio.
Por otra parte, cabe tener en cuenta, que de acuerdo a lo expuesto en el gráfico del punto
3.4. “Evolución Composición Personal” recién se incorporaron agentes mediante este
régimen a partir del año 2005, sin embargo existen empleados contratados de acuerdo al
art. 9 de la Ley Nº 25.164 que registran una mayor antigüedad que desde esa fecha en el
organismo. De acuerdo a las constancias de los legajos de personal relevados mediante
muestreo se advierte que antes del 2005 estos agentes se encontraban vinculados al
Instituto bajo otros regímenes de contratación de personal para la administración pública,
como los aprobados por los Decretos Nº 92/95 y 1184/01.
Asimismo, conforme lo relevado en legajos, incluso dentro del personal que registra una
menor antigüedad existen agentes contratados de acuerdo a la Resolución Nº 48/02 SSGP
que con anterioridad a esta modalidad prestaban servicios en la sede del Instituto en el
marco de convenios de cooperación con terceras entidades.
4.4.6. Durante el ejercicio 2010 existía en el INDEC personal que cumplía tareas para el
organismo sin encontrarse vinculado laboral o contractualmente con el mismo.
Del relevamiento de los legajos de personal efectuado y demás documentación aportada se
obtuvo evidencia de que este personal prestaba servicios en el marco de convenios de
cooperación celebrados con diferentes organizaciones no gubernamentales o universidades,
por ejemplo BID (Banco Interamericano de Desarrollo), IASI (Inter American Statistic
Institute), OEI (Organización de Estados Iberoamericanos), CONSUDEC (Consejo
Superior de Educación Católica), Universidad de Tres de Febrero o con el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires.
El vínculo contractual de estas personas era con las diferentes organizaciones mencionadas
y no con el auditado, a pesar de lo cual cumplían tareas en las diferentes áreas del
organismo.
De la documentación proporcionada surge que desde el mes de diciembre del año 2002 y
hasta el 2010 inclusive se utilizó esta modalidad y que al 31 de diciembre de 2010 existían
41
134 personas bajo este régimen.
De acuerdo a certificaciones firmadas por Directores de las diferentes áreas agregadas a
legajos analizados, surge que estos contratos entre estas personas y terceras entidades, si
bien eran suscriptos anualmente, lo eran por períodos sucesivos que abarcaron hasta seis
años y que luego se incorporaron a la planta contratada -por tiempo determinado- del
auditado en los términos del art. 9 de la Ley Nº 25.164.
La realización de tareas inherentes al cumplimiento de los objetivos del Instituto por parte
de personas que no se encuentran vinculadas laboral o contractualmente con el mismo,
puede impactar en la cadena de atribución y deslinde de responsabilidades relacionadas
con dichas tareas.
4.4.7. A la fecha de cierre de las tareas de campo de las nueve (9) Direcciones Nacionales
y equiparables aprobadas en la estructura del Instituto, sólo dos (2) de ellas se encontraban
regularmente cubiertas, dos (2) se encontraban vacantes y las cinco (5) restantes con
coberturas transitorias no realizadas de acuerdo a lo normado por los arts. 30 y 31 del
Decreto Nº 3110/70.
Como se dijo en el punto 3.5.1. el Decreto Nº 3110/70 (reglamentario de la Ley Nº 17.622)
en sus artículos 305 y 316, regula la forma de designación del personal técnico del Instituto,
como así los requisitos que deben reunir las personas que desempeñen cargos técnicos y
directivos en el organismo.
La Direcciones Nacionales vacantes son: 1) de Estadísticas y Precios de la Producción y el
Comercio 2) de Estadísticas del Sector Externo, de esta última se encuentra a cargo la
funcionaria designada en forma transitoria en la Dirección de Estadísticas del Comercio
Exterior, que le depende (Disposición Nº 33/07 INDEC).
5 El artículo 30 establece que el personal técnico sólo podrá ser nombrado previo concurso de oposición y/o antecedentes ante un jurado que presidirá el Director y estará integrado por otros dos funcionarios del Instituto que el mismo designe. 6 El artículo 31 prevé que los cargos directivos y técnicos deberán ser desempeñados por egresados de universidades argentinas con títulos que acrediten sólida formación en las disciplinas estadísticas.
42
Respecto de la Dirección Nacional de Recursos Humanos y Organización, si bien se
encontraba regularmente cubierta, el cargo fue retenido por la actual Directora del
organismo que lo desempeñaba hasta su designación, de acuerdo al Decreto de su
designación Nº 1076/07. Se ha puesto a cargo de las tareas de despacho a la funcionaria
designada transitoriamente en la Dirección de Desarrollo y Carrera de Personal, que le
depende.
Asimismo, las Direcciones Nacionales que se encontraban cubiertas transitoriamente se
exponen en el cuadro siguiente, explicitándose también el acto administrativo de
designación, el estado de la misma, el vínculo laboral del funcionario designado con el
Instituto y su antigüedad.
Denominación Acto de
designación Estado de la designación
Vínculo laboral con
INDEC
Antigüedad al 30/06/11 (en años)
Dirección Nacional de Cuentas Internacionales
Dto. en trámite
Decreto en trámite Permanente 6
Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de
Población
Dto. Nº 1494/11
Vencida el 20/01/12 Permanente 12
Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de
Vida
Dto. en trámite
Decreto en trámite Permanente 4
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación
Estadística
Dto. en trámite
A cargo de las tareas de despacho por Disp. Nº 562/11
INDEC
Contratado Res. Nº 48/02
0 (3 meses)
Dirección General de Administración y Operaciones
Dto. Nº 822/10
Vencida el 02/03/11 Permanente 1
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
Es de destacar que la antigüedad promedio de los designados transitoriamente para cumplir
funciones de Directores Nacionales en el organismo auditado es de 4,6 años.
Asimismo, no puede dejar de considerarse que además de que las designaciones para cubrir
estos cargos con competencias decisorias en la estructura del auditado son de carácter
transitorio, algunas se encontraban vencidas al cierre de las tareas de campo y otras ni
siquiera contaban con un acto administrativo dictado por la autoridad competente.
43
Por otra parte, si bien sólo uno de estos cinco funcionarios no pertenece a la planta
permanente del Instituto, el hecho de que todos ellos estén designados transitoriamente en
sus cargos los coloca en una situación de precariedad que podría impactar directamente en
su independencia de criterio y objetividad.
Estas dos últimas cualidades, junto a la de favorecer el principio de especialización en la
Administración Pública, son los principales fundamentos del derecho a la estabilidad en el
empleo público que consagra nuestra Constitución Nacional, se intenta así crear un cuerpo
técnico, que perdure a pesar de los cambios de gobierno, de ahí su relación con la carrera
administrativa y la capacitación.
4.4.8. A la fecha de cierre de las tareas de campo de las veinticinco (25) Direcciones
aprobadas en la estructura del INDEC, sólo dos (2) de ellas se encontraban regularmente
cubiertas, cuatro (4) se encontraban vacantes y diecinueve (19) con coberturas transitorias
no realizadas de acuerdo a lo normado por los arts. 30 y 31 del Decreto Nº 3110/70.
Las Direcciones vacantes son:
Denominación Dirección Dependencia
Dirección de Registro de Análisis y Proyecciones Dirección Nacional de Cuentas Internacionales
Dirección de Estadísticas de la Balanza de Pagos y Términos de Intercambio
Dirección Nacional de Estadísticas del Sector Externo
Dirección de Estadísticas Poblacionales Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de Población
Dirección de Coordinación de Relaciones Institucionales y Cooperación Técnica
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
44
Las Direcciones que se encuentran con una cobertura transitoria son:
Denominación Dirección Dependencia
Acto de designación
Estado de la designación
Vínculo laboral con
INDEC
Antigüedad al 30/06/11
(en años) Dirección de Consumo,
Inversión y Sector Externo
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 5
Dirección de Cuentas de la Producción, Ocupación
e Ingresos
Dirección Nacional de Cuentas Nacionales Decreto Nº
858/10 Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 9
Dirección de Estadísticas del Sector Primario
Disposición INDEC Nº
577/11
A cargo de las tareas de despacho
Contratado Res. Nº 48/02
2
Dirección de Estadísticas del Sector Secundario
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 26
Dirección de Estadísticas del Sector Terciario y
Precios
Dirección Nacional de Estadísticas y
Precios de la Producción y el
Comercio Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 16
Dirección de Estadísticas del Comercio Exterior
Dirección Nacional de Estadísticas del
Sector Externo
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 50
Dirección de Estadísticas Sectoriales
Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de
Población
Decreto Nº 1494/11
Vencida el 20/01/12. Permanente 25
Dirección de Encuesta Permanente de Hogares No informa
Asignación de las funciones inherentes a la
conducción Permanente 4
Dirección de Estudios de Ingresos y Gastos de los
Hogares
Decreto en trámite
Decreto en trámite Contratado Res.
Nº 48/02 12
Dirección de Indices de Precios de Consumo
Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de
Vida
Decreto Nº 839/09
Transitorio sin fecha de caducidad
Permanente 3
Dirección de Coordinación del Sistema
Estadístico Nacional
Dirección Nacional de Planificación y
Coordinación Estadística
Decreto Nº 2193/09
Transitorio sin fecha de caducidad
Permanente 26
Dirección de Programación y Control
Presupuestario
Decreto Nº 2342/10
Vencida el 21/09/11. Prórroga en trámite
Permanente 15
Dirección de Logística Operativa
Decreto Nº 2332/10
Vencida el 21/09/11. Prórroga en trámite
Permanente 4
Dirección de Patrimonio y Suministros
Dirección General de Administración y
Operaciones
Decreto Nº 2285/10
Vencida el 21/09/11. Prórroga en trámite
Permanente 24
Dirección de Desarrollo y Carrera del Personal
Dirección Nacional de Recursos Humanos y
Organización
Decreto Nº 1429/11
Vencida el 26/08/11. Prórroga en trámite. Permanente 24
Dirección de Difusión Decreto Nº
2350/10 Vencida el 21/09/11. Prórroga en trámite
Permanente 0 (10 meses)
Dirección de Asuntos Jurídicos
Decreto en trámite
A cargo del despacho por Disposición Nº 137/11
INDEC Permanente 0 (3 meses)
Dirección de Informática Decreto Nº
858/10. Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 16
Dirección de Metodología Estadística
Dirección Técnica
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11. Prórroga en trámite.
Permanente 21
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
45
Analizada la situación de cobertura de las Direcciones del auditado, se advierte que si bien
la antigüedad de los funcionarios designados aumenta con relación a los de las Direcciones
Nacionales, arrojando un promedio de 15 años, presentan idénticas deficiencias que
aquellas designaciones, a saber: se cubren cargos con competencias decisorias en la
estructura del Instituto con designaciones de carácter transitorio, 13 designaciones se
encontraban vencidas al cierre de las tareas de campo y otras 4 ni siquiera contaban con un
acto administrativo dictado por la autoridad competente.
Asimismo, se verifica la misma situación de precariedad en los cargos, lo que amerita
idénticas observaciones respecto de la posible afectación de su independencia e
imparcialidad por los fundamentos expresados más arriba.
5. DESCARGO DEL ORGANISMO
En oportunidad de formular su descargo -conforme lo expresado en el último párrafo del
apartado 2, y que se agrega al presente informe como Anexo III - el organismo auditado
efectuó diversas aclaraciones que ratifican, complementan o amplían los comentarios
oportunamente efectuados, pero que no permiten modificar la redacción de los aspectos
tratados.
Respecto de los Puntos 4.2.1., 4.2.2., 4.3.2., .4.3.3., 4.3.5., 4.3.6., 4.3.7., 4.3.8., 4.3.9., 4.4.6.
y 4.4.7. el organismo informó que se encuentran en proceso medidas tendientes a corregir los
aspectos observados, cuya extensión, alcance y efectiva implementación serán objeto de
verificación en oportunidad de realizarse la auditoría de seguimiento respectiva.
En los Puntos 4.1.5. y 4.3.4. se ajustó la redacción atento lo manifestado por el auditado en
el descargo.
Como ANEXO IV se incorpora el análisis efectuado al descargo confeccionado por el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
46
6. RECOMENDACIONES
6.1. Aspectos organizacionales del Instituto
6.1.1. Desarrollar una planificación estratégica en la que a partir de la misión del INDEC
se definan los objetivos, las metas anuales, la metodología mediante la cual se llegue al
cumplimiento de estos determinando los medios para alcanzarlas (recursos físicos y
financieros). Asimismo deben analizarse por anticipado las fortalezas y debilidades a fin
de planificar cursos de acción que permitan optimizar los recursos coordinando las
actividades que se propone el Instituto (Cde. 4.1.1.).
6.1.2. Confeccionar el Programa Anual de Estadísticas y Censos de modo que se
sistematicen los aspectos “operativos” relacionados con las actividades que permiten
materializar los productos en una expresión anual, se calendaricen las actividades y se
identifiquen los recursos necesarios para la generación de los productos finales (Cde.
4.1.2.).
6.1.3. Desarrollar un sistema de información gerencial y de control de gestión para la
toma de decisiones, que permita determinar si las acciones que se están desarrollando son
eficientes y económicas para alcanzar los objetivos establecidos en la planificación del
Instituto (Cde. 4.1.3.).
6.1.4. Realizar informes de gestión durante y después de la ejecución de la planificación
que oportunamente se apruebe, a fin de generar información que alimente la toma de
decisiones oportunas y pertinentes para garantizar la eficiencia, la eficacia y la calidad de
los procesos, así como los resultados producidos en el accionar de INDEC (Cde. 4.1.4.).
6.1.5. Confeccionar y utilizar manuales de procedimiento en todas las áreas del Instituto,
con el fin de identificar, definir, organizar y unificar las tareas del personal, lograr una
continuidad en las tareas, evitar la duplicidad de funciones y los pasos innecesarios dentro
de los procesos, y facilitar la capacitación del personal, la evaluación del control interno y
su vigilancia (Cde. 4.1.5.).
6.2. Presupuesto
47
6.2.1. Definir metas físicas del Instituto que representen todos sus productos terminales
(Cde. 4.2.1.).
6.2.2. Cumplir con las acciones que la normativa asigna respaldando los formularios de
ejecución física respectivos a través de la Dirección General de Administración y
Operaciones, como Centro de Coordinación de Ejecución Física (Cde. 4.2.2.).
6.3. Sistema Estadístico Nacional
6.3.1. Instruir a la Dirección de Coordinación del SEN a fin de que ejerza la coordinación
de las relaciones interinstitucionales a nivel del Sistema Estadístico Nacional en lo que
respecta a las áreas sustantivas, en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto Nº
1.831/93, artículo 5, en el que indica que el INDEC deberá establecer “…la utilización de
definiciones, normas y clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la
comparabilidad de la información requerida por el PROGRAMA ANUAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS y ejercerá la coordinación, supervisión y control técnico de los
trabajos incluidos en el mismo” (Cde. 4.3.1).
6.3.2. Depurar y actualizar el Registro de Informantes del Sistema Estadístico Nacional
(Cde. 4.3.2.).
6.3.3. Cumplir con la obligación de ejercer la coordinación, supervisión y control técnico
de los trabajos incluidos en el Programa Anual de Estadísticas acordada al INDEC, con
relación a las estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Salud y Educación (Cde.
4.3.3.).
6.3.4. Cumplir con la obligación de ejercer la coordinación, supervisión y control técnico
de los trabajos incluidos en el Programa Anual de Estadísticas acordada al INDEC, con
relación a las estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Servicios Públicos (Cde.
4.3.4.).
6.3.5. Cumplir con la obligación de ejercer la supervisión y control técnico de los trabajos
incluidos en el Programa Anual de Estadísticas acordada al INDEC, respecto de las
estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Índice de Salarios (Cde. 4.3.5.).
48
6.3.6. Establecer y utilizar criterios objetivos para la formulación de los presupuestos
destinados al cumplimiento de los Convenios Marco a suscribirse con los servicios
estadísticos periféricos (Cde. 4.3.6.).
6.3.7. Implementar procedimientos de análisis y control de las rendiciones de gastos y los
informes de avance remitidos por los servicios estadísticos periféricos y emitir opinión
sobre los mismos, a efectos de garantizar el cumplimiento de las distintas etapas previstas
en los Convenios Marco (Cde. 4.3.7.).
6.3.8. Establecer un formato y contenido uniforme para la remisión por parte de las DPE
de los Informes de Avance de tareas que incluya porcentajes de avance de cumplimiento de
los Convenios Marco respectivos, como así los desvíos producidos y sus causas y exigir su
cumplimiento (Cde. 4.3.8.)
6.3.9. Exigir de las Direcciones Provinciales de Estadística el cumplimiento de la
obligación de adjuntar a las rendiciones de fondos girados los comprobantes de respaldo de
los gastos detallados (Cde. 4.3.9.).
6.4. Recursos humanos
6.4.1. Implementar procedimientos formales que contengan criterios objetivos para la
evaluación de las necesidades de incorporación de personal a fin de dar transparencia en la
toma de decisiones en la materia (Cde. 4.4.1.).
6.4.2. Definir los Puestos y Perfiles del Cargo de los diferentes puestos de trabajo para
todas las áreas del Instituto, tanto sustantivas como de apoyo, estableciendo claramente la
denominación de la función, su nivel escalafonario, las dependencias, las tareas a realizar,
nivel académico, habilidades y destrezas y conocimientos técnicos y/o específicos (Cde.
4.4.2.).
6.4.3. Cumplir con el porcentaje de personal no permanente que establecen el art. 9 de la
Ley Nº 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
aprobado por Decreto Nº 214/06 (Cde. 4.4.3.).
49
6.4.4. Utilizar la Planta Transitoria para designar al personal que realice actividades de
carácter transitorio o estacional que resulten necesarias para complementar el ejercicio de
las acciones asignadas a cada jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del
régimen de carrera (Cde. 4.4.4.).
6.4.5. Contratar bajo el régimen del art. 9 de la Ley Marco de Regulación del Empleo
Público Nacional al personal que realice actividades de carácter transitorio o estacional que
resulten necesarias para complementar el ejercicio de las acciones asignadas a cada
jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del régimen de carrera (Cde. 4.4.5.).
6.4.6. Evitar la implementación de mecanismos de utilización de personal contratado por
terceras entidades y que no se encuentre vinculado contractual o laboralmente con el
Instituto para el cumplimiento de tareas propias del mismo (Cde. 4.4.6.).
6.4.7. Gestionar la cobertura de las Direcciones Nacionales de acuerdo a la normativa
específica aplicable al INDEC en aras de propiciar la formación de un cuerpo técnico, que
perdure a pesar de los cambios de gobierno y el principio de especialización en la
Administración Pública (Cde. 4.4.7.).
6.4.8. Gestionar la cobertura de las Direcciones de acuerdo a la normativa específica
aplicable al INDEC en aras de propiciar la formación de un cuerpo técnico, que perdure
apoyando el principio de especialización en la Administración Pública (Cde. 4.4.8.).
7. CONCLUSIÓN
En la auditoría de gestión realizada en el Instituto Nacional de Estadística y Censos,
Programa 19 “Servicio Estadístico” para el Ejercicio 2010 y primer semestre del ejercicio
2011, se analizaron aspectos organizacionales y presupuestarios para luego profundizar la
evaluación del Sistema Estadístico Nacional (SEN) y la temática de los Recursos Humanos
del Instituto.
En relación con la información estadística generada por el SEN y publicada por el
Instituto en materia de Salud, Educación, Servicios Públicos e Índice de Salarios, se
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advirtió que el auditado no efectúa controles sobre la confiabilidad de la información
recibida de las Provincias, Ministerios y Secretarías de Estado, de los Comandos en Jefe de
las Fuerzas Armadas, de Organismos Descentralizados y empresas del Estado, etc., como
así tampoco realiza tareas de monitoreo y control técnico, por lo que cumple parcialmente
con las tareas que la ley le asigna como organismo rector de la estadística nacional, a
saber: centralizar las acciones de coordinación, seguimiento y control para garantizar el
funcionamiento eficiente del Sistema Estadístico Nacional. Esto se origina, entre otras
causas, en que la Dirección de Coordinación del SEN no ejerce la acción de coordinar las
relaciones interinstitucionales en lo que respecta a las áreas sustantivas de este, tiene
desactualizado el listado de Informantes del SEN, no utiliza criterios objetivos para
formular los presupuestos asignados a los distintos servicios estadísticos periféricos ni
analiza las rendiciones de gastos ni informes de avance remitidos por estos.
Se observó que la política de Recursos Humanos del auditado no permite el
desarrollo del principio de especialización en la materia específica del Instituto atento no
haber creado un cuerpo técnico a partir de la carrera administrativa y la capacitación. Ello
se evidencia en hallazgos tales como la inexistencia de procedimientos formales ni criterios
objetivos para evaluar la necesidad de incorporar personal ni para cubrir los diferentes
puestos de trabajo con relación a su planta permanente y transitoria. A lo cual debe
sumarse que el personal no permanente del INDEC representa el sesenta y uno por ciento
(61%) de toda su dotación superando el porcentaje establecido por la normativa y que
además registra una antigüedad mayor a los cinco (5) años y de hasta más de veinte (20)
años en el organismo, demostrando esto que no realiza tareas estacionales o transitorias no
incluidas en las funciones propias del régimen de carrera. Asimismo, se cubren cargos, que
tienen competencias decisorias en la estructura del Instituto, con designaciones de carácter
transitorio.
Finalmente, en cuanto a los aspectos organizacionales y presupuestarios, el Instituto
no contó para el período analizado con una Planificación Estratégica, un Programa Anual
de Estadísticas y Censos del Sistema Estadístico Nacional, Sistema de Información
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Gerencial, Manuales de Procedimientos, Informes de Control de Gestión, como tampoco
metas físicas que permitan visualizar la real producción de la organización.
8. LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME
Buenos Aires,
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ANEXO I
GLOSARIO
INDEC: Instituto Nacional de Estadística y Censos.
SEN: Sistema Estadístico Nacional.
COSO: Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission.
UAI: Unidad de Auditoría Interna.
DPE: Dirección de Estadística dependiente del estado provincial.
IASI: Instituto Interamericano de Estadística.
SIG: Sistema de Información Geográfica.
MECON: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Intrasen: Es la red del Sistema Estadístico Nacional.
F.F.: Fuente de Financiamiento.
SINEP: Sistema Nacional de Empleo Público.
ILPES: Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe.
ONP: Oficina Nacional de Presupuesto.
DGA: Dirección General de Administración.
SAF: Servicio Administrativo Financiero.
DCSEN: Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional.
EPH: Encuesta Permanente de Hogares.
EHU: Encuesta Nacional de Hogares Urbanos.
DiNIECE: Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa del
Ministerio de Educación de la Nación
SSGP: Subsecretaría de Gestión Pública.
BID: Banco Interamericano de Desarrollo.
IASI: Inter American Statistic Institute.
OEI: Organización de Estados Iberoamericanos.
CONSUDEC: Consejo Superior de Educación Católica.
ANEXO II
INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS PUNTOS 4.3.3. A 4.3.5.
Observación Área Fuente Estadísticas/Indicadores Impacto del incumplimiento
Salud
Dirección de Estadísticas e Información de Salud (DEIS), Dirección de Epidemiología y Superintendencia de Servicios de Salud.
Natalidad, mortalidad por causas, mortalidad infantil, morbilidad.
Es necesaria la supervisión y control en virtud de que en el informe aprobado por Disp. 68/03 AGN se observaron falencias de seguridad operativas en cuanto al transporte y procesamiento de los datos primarios, insuficiencia de la estrategia del Ministerio para mejorar la recolección y procesamiento de la información y el hecho de que la información sólo corresponde al sector público. 4.3.3.
Educación
Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa (DINIECE) y Dirección de Políticas Universitarias.
Deserción y desempeño educativo. Gastos en educación por alumno y costos de la educación universitaria en las distintas jurisdicciones.
De acuerdo al informe aprobado por Disp. 47/05 AGN se verificó que la continuidad, confiabilidad y calidad de la información, así como su oportunidad son afectadas por los procedimientos aplicados, lo cual refuerza la necesidad de que el órgano rector del SEN (INDEC) cumpla con su obligación de controlar y supervisar las tareas.
Entes Reguladores del Transporte y Secretaría de Transporte.
Parque de unidades, pasajeros y carga transportada en aeronavegación comercial, transporte fluvial y marítimo, transporte automotor urbano (Área Metropolitana) e interurbano de pasajeros, transporte automotor de carga, ferrocarriles y subterráneos. Precios y tarifas del transporte.
4.3.4. Servicios Públicos
Entes Reguladores de las Comunicaciones y del Servicio Sanitario.
Comunicaciones telefónicas nacionales e internacionales y servicios de telecomunicaciones de valor agregado. Movimiento del correo estatal y privado. Producción, distribución y comercialización de agua potable. Precios y tarifas de las comunicaciones, el agua y los servicios sanitarios.
El INDEC se limita a ingresar los datos remitidos por los informantes sin controlar la calidad de los mismos y no proporciona metodologías de relevamiento, ni realiza tareas de monitoreo y control en las fuentes para verificar la confiabilidad de los datos.
Entes Reguladores de Energía y Secretaría de Energía.
Potencia y energía instalada. Valor y unidades físicas de la producción, transmisión y distribución de energía eléctrica a nivel nacional, por fuentes y usuarios. Exportaciones e importaciones de energía eléctrica. Balance energético y proyecciones de la oferta y demanda de energía y potencia. Existencias, producción, distribución y comercialización de combustibles y subproductos por fuentes y usuarios. Precios y tarifas de la energía y los combustibles.
4.3.5. Salarios
Salarios Sector Público: Dirección de Estadísticas Salariales Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, Ministerios de Economía de las Provincias a través de sus DPE, Dirección de Políticas Universitarias y Consejo de la Magistratura, Salarios Sector Privado Registrado: DPE a través de encuesta de tipo económica.
Remuneraciones de los empleados públicos nacionales y provinciales y de los empleados privados registrados (en blanco) y Coeficiente de Variación Salarial Mensual.
Se informó que los únicos procedimientos de control existentes sobre esta información son los que se realizan en el sistema web de carga a través de parámetros de consistencia pero no se realizan controles de la calidad y confiabilidad de los datos en lo que respecta a su captura y procesamiento previo a la carga en el sistema. Tampoco se realizan auditorías operativas o monitoreos de las actividades desarrolladas.
ANEXO IV
ANÁLISIS DEL DESCARGO DEL ORGANISMO
Proyecto de Informe de la AGN Descargo INDEC Comentarios sobre el Descargo
COMENTARIOS Y OBSERVACIONES 4.1. Aspectos organizacionales del Instituto 4.1.1. Planificación El Instituto Nacional de Estadística y Censos no contó con una planificación estratégica para los años 2010 y 2011. Si bien el auditado aportó un documento denominado “Lineamientos Estratégicos del Programa Estadístico Nacional (2010-2011) Versión: 13 de noviembre de 2009”, se advierte que el mismo no es sino una enunciación y descripción de las principales líneas de trabajo que el INDEC planeaba desarrollar durante el período para alcanzar sus objetivos sin expresar el estado de situación preexistente ni anticipar los factores que pudieren afectar el cumplimiento de dichos objetivos. Tampoco expresa cuáles serán los recursos con que contaba o debería contar para llevar adelante el plan. Todo ello sin perjuicio del Plan Estratégico que el auditado elaboró para el área de Capacitación. El desarrollo de una planificación es fundamental y en ella se deben describir no sólo los objetivos de una institución, sino también la metodología mediante la cual se fijan las metas anuales y se determinan los medios para alcanzarlas (recursos físicos y financieros). Asimismo deben analizarse por anticipado las fortalezas y debilidades a fin de planificar cursos de acción que permitan optimizar los recursos coordinando las actividades que se propone el Instituto. La planificación estratégica en el ámbito público es una herramienta imprescindible para la identificación de prioridades y asignación de recursos que, a partir de un
El INDEC se encuentra actualmente abocado a la gradual y persistente incorporación de prácticas ligadas con un Sistema de Gestión de la Calidad. En este sentido, se espera contar, en el corto y mediano plazo, con una definición más precisa relacionada con sus lineamientos estratégicos, incluyendo sus objetivos y metas, así como también una descripción de los medios adecuados para su respectivo logro. En lo que respecta específicamente a las metas físicas, se encuentra en curso en el INDEC un proceso de redefinición de las mismas, de modo tal de poder reflejar, adecuadamente, la producción del Organismo.
El auditado informa que se encuentra abocado a contar o mejorar las herramientas observadas en el Proyecto de Informe, las mismas serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría., no se modifica la observación.
Proyecto de Informe de la AGN Descargo INDEC Comentarios sobre el Descargo
diagnóstico de la situación actual, debe ser la base para la definición de los planes operativos y la programación presupuestaria. 4.1.2. El Instituto Nacional de Estadística y Censos no confeccionó para los ejercicios bajo análisis el Programa Anual de Estadísticas y Censos del Sistema Estadístico Nacional de acuerdo a la función que le asignan la Ley Nº 17.622 y su Decreto reglamentario Nº 3110/70. En respuesta al pedido de remisión de los Planes Anuales de Estadísticas y Censos para los ejercicios 2010 y 2011, el auditado acompañó los Formularios de Política Presupuestaria de la Jurisdicción o Entidad (F1) remitidos a la Oficina Nacional de Presupuesto referentes a las políticas presupuestarias a desarrollar. Analizado el contenido de la documentación aportada, se advierte que la misma no constituye un Programa o Plan Operativo Anual, ya que este instrumento debe sistematizar los aspectos operativos relacionados con las actividades que permitan materializar los productos en una expresión anual. Para ser coherente con los objetivos y metas de la Institución, debe recoger en su programación justamente las prioridades establecidas en términos de la calendarización de las actividades, identificar los insumos necesarios para la generación de los productos finales, y los procesos que conlleven inversiones, contrataciones, etc. Se trata de elaborar planes, lo más detallados que se pueda, para que quede bien claro cuál es la misión, objetivos y resultados operativos, que debe alcanzar cada una de las unidades de gestión de la organización.
Los Convenios Marco que se firman con cada una de las Direcciones Provinciales de Estadística (DPE), así como con otras Organizaciones, conjuntamente con el Calendario de Difusión que periódicamente actualiza el INDEC, conforman, de hecho, el Plan Anual de Estadísticas y Censos del Organismo.
En el descargo el INDEC afirma que los “Convenios Marco” firmados con las Direcciones Provinciales más otros convenios firmados con otras organizaciones, más el Calendario de Difusión conforman de hecho el Plan Anual de Estadísticas y Censos. Los convenios y el Calendario de Difusión constituyen la ejecución de la Planificación, no la acción de planificar en sí misma, y si bien esta Auditoría comparte el criterio sobre que estos elementos son parte importante del Plan Anual, los mismos no están sistematizados de forma tal que permitan ver de forma conjunta todas las actividades previstas indicando los insumos materiales y humanos necesarios así como las fechas previstas para su relevamiento, elaboración y publicación. Atento lo expuesto, no se modifica la observación.
4.1.3. Sistema de Información El Instituto no cuenta con un Sistema de Información Gerencial para la toma de decisiones desarrollado para toda la organización, que contenga por ejemplo un
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
Proyecto de Informe de la AGN Descargo INDEC Comentarios sobre el Descargo
tablero de comando y que cuente con indicadores de gestión, para evaluar su desempeño, y que relacione la información presupuestaria, tanto física, como financiera. Estos sistemas constituyen una fuente de información dinámica capaz de mostrar los impactos que cada decisión y acción causan en los objetivos de una organización, permitiendo la corrección oportuna en el caso de observarse desvíos a lo planificado. En el caso del auditado, la medición de la eficacia, eficiencia y economía, ligada a la producción de bienes o servicios, contó además con la restricción derivada de la ausencia de una planificación estratégica. 4.1.4. Control de gestión El INDEC no ha elaborado durante el año 2010 y el primer semestre del 2011 informes de control de gestión, en los que se determinen desvíos con respecto a lo planificado y debilidades y fortalezas de las acciones desarrolladas. La ausencia de dichos informes impide un monitoreo de la gestión destinado a obtener elementos de juicio que adviertan sobre los problemas que se plantean durante el curso de la ejecución, que además de resultar útiles para ajustar, corregir o mantener aspectos claves, son una herramienta para la toma de decisiones y planificaciones futuras.
En el marco de la gradual incorporación de prácticas ligadas con un Sistema de Gestión de la Calidad, se irán desarrollando, paulatinamente, diversos instrumentos que permitirán un mejor soporte de información gerencial válido para la toma de decisiones. Asimismo, la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística del INDEC ha completado la preparación de un tablero de control relacionado con el seguimiento de actividades vinculadas con los operativos en curso en las provincias (actualmente el mismo está en etapa de prueba, estimándose que en el corto plazo podrá estar plenamente operativo).
El auditado informa que se encuentra desarrollando instrumentos que sirvan de soporte para la toma de decisiones, los mismos serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
4.1.5. Manuales de procedimiento El Instituto no contó durante los períodos bajo análisis con manuales de procedimientos que permitan identificar, definir, organizar y unificar las tareas que se llevan a cabo tanto en el aspecto operativo como de apoyo. Sin ellos, la organización carece de un instrumento que permita a sus integrantes y usuarios un mayor conocimiento, agilidad y estandarización de las
El INDEC continúa avanzando con los objetivos establecidos durante el 2010 en relación con la necesidad de documentar los procedimientos vigentes en todas sus áreas. En parte debido a ello, se ha obtenido durante el 2012 el certificado de Sistema de Gestión de la Calidad de acuerdo con los requisitos de la norma ISO 9001:2008 (IRAM / IQNET) para el proceso de compras y
Se informa en el descargo que se ha obtenido para el ejercicio 2012 “el certificado de Sistema de Gestión de la Calidad de acuerdo con los requisitos de la norma ISO 9001:2008 (IRAM / IQNET) para el proceso de compras y contrataciones”. Atento esto se
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actividades que deben realizar, además de conocer los procedimientos que corresponde aplicar con el objeto de lograr mayor eficiencia en el cumplimiento de sus funciones. Con esta herramienta se logra una continuidad en las tareas, independientemente de quién sea el responsable de realizarlas, se evitan la duplicidad de funciones y los pasos innecesarios dentro de los procesos, y se facilitan la capacitación del personal, la evaluación del control interno y su vigilancia.
contrataciones. Asimismo, el Organismo se encuentra abocado a la ampliación del alcance de la citada certificación y a la capacitación de funcionarios del INDEC para dar continuidad a esta iniciativa y poder extender su alcance en todo el Instituto. El INDEC cuenta con los Manuales de Puestos correspondientes a cada uno de los nuevos operativos desarrollados durante el período bajo análisis
solicito al organismo el certificado correspondiente el cual fue remitido por Nota-S01:0078456/2013. Se agrega a la redacción del informe el siguiente párrafo: “De acuerdo a lo informado en el descargo por Nota INDEC Nº 00804 del 12-08-13 el proceso de compras y contrataciones del Instituto posee un Sistema de Gestión de la Calidad que cumple con la norma IRAM – ISO 9001:2008, siendo la vigencia del Certificado otorgado desde el 18-12-12 hasta 18-12-15, atento esta certificación haberse obtenido fuera del período auditado su análisis será objeto de futuras labores de auditoría.”
4.2. Presupuesto 4.2.1. Las metas físicas definidas por el INDEC para el Programa 19 “Servicio Estadístico” no representan la producción terminal del mismo, lo que imposibilita una correcta planificación, ejecución y control presupuestario. Las metas físicas son la cuantificación de los bienes y servicios terminales que realiza una institución durante un ejercicio presupuestario y cuya producción concreta y acabada, se pone a disposición de los usuarios. En tal sentido, las metas físicas definidas por el INDEC para el Programa bajo tratamiento, se encuentran supeditadas a la impresión o no de publicaciones y ejemplares que contienen información diversa producida por el mismo. Esta situación desdibuja la producción
Si bien en el presente punto no se realizan comentarios, en el último párrafo del descargo al punto 4.1.1. se informa que en “…lo que respecta específicamente a las metas físicas, se encuentra en curso en el INDEC un proceso de redefinición de las mismas, de modo tal de poder reflejar, adecuadamente, la producción del Organismo.”. No se modifica la observación, la redefinición de las metas serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría.
Proyecto de Informe de la AGN Descargo INDEC Comentarios sobre el Descargo
terminal que el Instituto pone a disposición de la sociedad, ya que en su norma de creación, Ley Nº 17.622, se establece como objetivos entre otros, “elaborar las estadísticas que considere conveniente”, sin importar el medio por el cual los de a conocer. Su producción terminal es la confección de información estadística. Un ejemplo claro de la situación planteada lo constituye la continua generación de desvíos derivados del reemplazo por parte de los usuarios de las impresiones por consultas vía web. Asimismo también se establece como causal de los desvíos el hecho de no contar con información certera del año anterior de las publicaciones que se realizarán el año siguiente, situación que evidencia la falta de planificación presupuestaria. Por otra parte, se ejemplifica con Publicaciones de los diferentes Censos, los cuales se imputan en otros Programas Presupuestarios distintos del 19. En función que las metas físicas representen toda la producción terminal del Instituto existen otros objetivos que no se ven reflejados en su producción física por ejemplo: realizar cursos de capacitación técnica estadística (curso dictado o persona capacitada); realizar conferencias, congresos y reuniones estadísticas nacionales (conferencia realizada), etc. 4.2.2. La Dirección General de Administración y Operaciones del Instituto, como titular del SAF, no valida la ejecución física presupuestaria del mismo, lo que compromete la confiabilidad de la información enviada a la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP). La cuantificación de las metas físicas es realizada por la Dirección de Difusión del Instituto la cual constituye el Centro de Medición de las mismas, por tratarse de publicaciones y ejemplares impresos. Sin embargo, es la Dirección de Programación y Control de Presupuesto,
Ver respuesta relacionada con el Comentario y Observación 4.1.1.
Ídem punto anterior.
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dependiente de la DGA, junto con el titular de la Unidad Ejecutora, quienes deberían responsabilizarse de la ejecución de las metas físicas del Programa. Según informa la DGA del Instituto a esta auditoría su responsabilidad se limita a la trascripción correcta de los datos, sin mediar análisis o verificación alguna de su contenido. Justamente el formulario de cierre de ejecución física de metas correspondiente al ejercicio 2010, si bien fue firmado por el Director General de Administración y Operaciones del INDEC, fue informado a esta auditoría, que ello obedeció a la vacancia en el cargo de la Dirección de Difusión. Respecto de la ejecución física correspondiente al ejercicio 2011 fue suscripta por la Dirección de Difusión sin ser acompañada por la Dirección del Instituto, como responsable de la Unidad Ejecutora. Esta operatoria contradice lo normado en el art. 44 del Decreto Nº 1344/07, reglamentario de la Ley de Administración Financiera Nº 24.156, que crea en las unidades de presupuesto o en los SAF, los Centros de Coordinación de Información física, y le asigna las siguientes responsabilidades. “1. Apoyar la operación de los centros de medición en las unidades responsables de la ejecución de las categorías programáticas que se juzguen relevantes y que por la magnitud o especificidad de su gestión hagan conveniente su medición. 2. Coordinar y normatizar, en colaboración con las unidades responsables de cada una de las categorías programáticas, la información que permita la cuantificación de la gestión física, de modo que los registros tengan respaldo documental, sean estandarizados y sistemáticos, sean verificables y que haya responsables de sus contenidos así como
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penalidades por el incumplimiento. 3. Suministrar la información relevante de la gestión física de los respectivos presupuestos en los plazos que al efecto fije la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.”. 4.3. Sistema Estadístico Nacional 4.3.1. La Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional (DCSEN) no ejerce la acción de coordinar las relaciones interinstitucionales en lo que respecta a las áreas sustantivas a nivel del Sistema Estadístico Nacional. La Dirección tiene que realizar las tareas necesarias para organizar los diversos procesos, como mantener actualizados los documentos técnicos y registros, y los sistemas de información obrantes en la Intrasen. También debe distribuir las actividades a desempeñar por distintas unidades organizativas, asignando a cada servicio periférico del SEN las tareas a realizar en el marco del Programa Anual de Estadística a través de la confección de los Convenios Marco y sus respectivas Actas Complementarias. Y con relación a los servicios centrales realizar el seguimiento y la revisión de la información estadística sectorial que los mismos deben proveer (Decreto Nº 1831/93). Asimismo, debe armonizar decisiones para evitar conflictos, por ejemplo utilizando criterios objetivos para asignar los fondos a los servicios periféricos. También resulta fundamental que realice las actividades de regular y reglamentar las actividades tanto de apoyo como operativas, para lo cual debe aprobar y utilizar instructivos, manuales, circulares y demás documentos metodológicos necesarios para lograr la uniformidad, comparabilidad y confiabilidad de los datos remitidos por organismos centrales y periféricos del SEN. En el ámbito organizacional, la coordinación es un
La Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional (DCSEN) del INDEC depende, de acuerdo con la estructura orgánico-funcional vigente, de la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística. En ese ámbito, y de acuerdo con un trabajo que, de todos modos, se realiza de manera conjunta e interrelacionada entre ambas Direcciones, se llevan adelante las relaciones interinstitucionales con las áreas sustantivas localizadas en todo el ámbito del Sistema Estadístico Nacional. Asimismo, cabe agregar que es la DCSEN el área encargada de solicitar a todas los Organismos antes citados (esto es, las Direcciones Provinciales de Estadística y todas aquellas oficinas de estadística del ámbito nacional, provincial y/o municipal que formen parte del SEN) la actualización y el envío de los datos correspondientes para cada edición anual del Anuario de Estadísticas publicado por el INDEC.
Si bien se informa, que la coordinación que en la observación se indica no se ejerce, se realiza en forma conjunta entre la Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional y la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística, atento a que no fue esta la situación observada durante los relevamientos realizados durante las tareas de campo, no se modifica la observación.
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proceso que consiste en integrar las actividades de unidades independientes a efectos de lograr las metas de una organización con eficacia. Por ello, la acción de coordinar debe considerar distintos ámbitos de los problemas internos de una institución, orientando a un mismo objetivo distintas áreas de trabajo y consiguiendo que se coopere en las labores a desempeñar. Finalmente, el coordinar implica necesariamente la actividad de control de las acciones desarrolladas por las distintas áreas, para lo cual la DCSEN debe analizar y expedirse sobre los informes de avance operativos y las rendiciones de gastos remitidas por las DPE, como así llevar adelante acciones de monitoreo en materia operativa tendientes a detectar y corregir posibles errores en la toma y procesamiento de datos, siempre para asegurar la comparabilidad y confiabilidad de la información. En virtud de ello, la Resolución Nº 779/04 del Ex Ministerio de Economía y Producción, le asigna a la Dirección la acción de coordinar las relaciones interinstitucionales en el Sistema Estadístico Nacional, en especial las que vinculan el Instituto con las Direcciones Provinciales de Estadística, incluyendo las referidas a las áreas sustantivas así como también las de apoyo vinculadas. Sin embargo, pudo relevarse que la misma se ocupa estrictamente de las relaciones interinstitucionales de apoyo (INDEC-Organismo SEN) sin intervenir en las cuestiones operativas de las actividades estadísticas. De hecho, estas últimas son consideradas como competencias de las áreas sustantivas que dentro del Instituto tienen asignadas las funciones relacionadas con la actividad estadística de que se trate, por ejemplo, las temáticas operativas relacionadas con la Encuesta
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Permanente de Hogares (EPH) y la Encuesta Nacional de Hogares Urbanos (EHU) se desarrollan desde la Dirección de Encuesta Permanente de Hogares dependiente de la Dirección Nacional de Estadísticas de Condiciones de Vida. 4.3.2. La Dirección de Coordinación del SEN cuenta con un listado desactualizado de Informantes del Sistema Estadístico Nacional. Según establece la Resolución Nº 779/04 corresponde a la Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nación “Elaborar y mantener actualizado el Registro de Informantes del Sistema Estadístico Nacional”. En respuesta a la solicitud de información y documentación relacionada la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística (de la cual depende la Dirección de Coordinación), expresa que el listado de informantes SEN que se encuentra publicado en la Intrasen del organismo es el listado más actualizado con el que cuenta, sosteniendo que se encuentra en proceso su actualización, revisión de los organismos integrantes y modernización de las plataformas y procedimientos informáticos de acceso al SEN. Analizado el listado publicado se detectaron las siguientes inconsistencias: 1) algunos registros se encuentran incompletos, es decir que no se cuenta con la misma información para cada uno de los informantes SEN, inclusive sin detalle de la provincia donde pertenece el organismo en algunos casos; 2) existe duplicación de registros, en algunos casos con autoridades de gestión distintas que crean confusión. Por ejemplo se ha podido detectar un caso en que el Organismo es el Departamento de Programación y Evaluación de la provincia de Catamarca y sin embargo figura como dependiendo del Gobierno de la Ciudad
La observación resulta válida. En ese sentido, se destaca que la Dirección de Coordinación del Sistema Estadístico Nacional, al momento de realizarse la Auditoria, se encontraba actualizando el listado de informantes del SEN (tarea que sigue en curso en la actualidad).
El INDEC informa que se encuentra regularizando la situación observada, lo cual será objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
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Autónoma de Buenos Aires. Por último, cabe referirse a la “Categoría”, el auditado informó que cuando al DCSEN utiliza la expresión “organismos SEN” se refiere a aquella unidad orgánica (servicio estadístico) de gobierno nacional, provincial, municipal, de categoría variable, creado con el objeto de recopilar, interpretar, y divulgar la información estadística oficial, y cuando expresa “informante SEN” o “productor SEN”, se alude a la oficina de gobierno que no es un “organismo SEN” pero dispone de alguna información pertinente para la elaboración de las estadísticas oficiales. Aclarado ello, se pudo constatar en el listado, en el ítem “Categoría” que existen casos que se encuentran sin completar los datos, además, en un caso puede verse la leyenda “NINGUNA”. Esta falta de integridad y desactualización impiden a la DCSEN y demás usuarios del Registro contar con información básica de quienes son los informantes del Sistema Estadístico Nacional y todos los datos que resultan necesarios al momento de comunicarse, ya sea identificación de las autoridades, números de teléfono, correo electrónico, etc. 4.3.3. En la Dirección de Estadísticas Sectoriales, sólo se realizan algunos análisis al momento de la carga de la información remitida por los integrantes del SEN que permiten detectar inconsistencias o ausencias de datos con relación a las estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Salud y Educación. El Decreto Nº 1831/93 tiene por finalidad fijar las obligaciones mínimas que, en materia de producción o recopilación de información estadística sectorial, deberán cumplir los organismos centrales y periféricos que integran el SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL. En
El INDEC está actualizando diversos indicadores socio-demográficos asociados con los resultados obtenidos durante la implementación del Censo Nacional de Población, Hogares, y Viviendas 2010. En este sentido, en conjunto con técnicos de los distintos Organismos públicos asociados, se están llevando a cabo trabajos de coordinación y comparación de bases de datos en temas tales como, entre otros, Salud, Educación, Acceso a la Justicia, Población, Migraciones, Género, Vivienda, Condiciones de Vida, Trabajo y
El Instituto está actualizando diversos indicadores socio-demográficos asociados con los resultados obtenidos durante la implementación del Censo Nacional de Población, Hogares, y Viviendas 2010, a partir de los cuales se podría modificar la situación observada. Con respecto a las actualizaciones que se estarían realizando sobre diversos
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este sentido establece que los organismos centrales que integran el SEN (Ministerios, Secretarías, etc.) deben disponer lo necesario para suministrar la información estadística básica que se detalla en su Anexo, en tiempo y forma, como así controlar en las áreas de su competencia el efectivo cumplimiento de las obligaciones que en materia de información sectorial se establecen en la norma. Por su parte, el artículo 5 del Decreto, dispone que: “El INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, establecerá la utilización de definiciones, normas y clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información requerida por el PROGRAMA ANUAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y ejercerá la coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos incluidos en el mismo”. A la luz de lo expuesto precedentemente, el auditado debería ejercer la coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos, no obstante esto no efectúa controles sobre la confiabilidad de la información recibida de la Dirección de Estadísticas e Información de Salud, Dirección de Epidemiología, Superintendencia de Servicios de Salud, Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa y Dirección de Políticas Universitarias, fuentes de la información que en materia de Salud y Educación pública el Instituto. Tampoco se realizan tareas de supervisión y control técnico por parte del Instituto respecto a la metodología aplicada por los Ministerios de Salud y Educación para relevamiento y procesamiento de los datos. La disposición citada ratifica el deber que el INDEC tiene, como organismo rector de la estadística nacional, de centralizar las acciones de coordinación, seguimiento y control para garantizar el funcionamiento eficiente del
Tecnologías de la Información. Cabe aclarar, asimismo, que la labor del INDEC en conjunto con el Ministerio de Salud de la Nación vinculada con la realización de operativos ligados a temáticas específicas se realiza mediante la suscripción de Planes de Acción o Convenios respectivos, los cuales, en todos los casos, contienen una cláusula referida al respeto ineludible de las normas asociadas con el secreto estadístico por parte de todos los firmantes.
indicadores socio-demográficos aludidos por el organismo auditado, serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
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Sistema Estadístico Nacional. Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, la necesidad de que el Instituto auditado realice la supervisión y el control técnico de la producción estadística de los organismos citados se ve refrendada por lo observado en los informes de esta AGN aprobados por Disposiciones Nº 68/03 “Examen especial sobre la oportunidad, confiabilidad e integridad del Sistema Estadístico de Salud, Ejercicio 2001” y Nº 47/05 “Informe de auditoría de gestión sobre el Programa 32 Información y Evaluación de la Calidad Educativa, Ejercicio 2003”, cuya unidad ejecutora es la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación de la Nación. En el primero de ellos se observó entre otras cosas la existencia de falencias de seguridad operativas en cuanto al transporte y procesamientos de los datos primarios que podían ocasionar una violación al secreto estadístico, la insuficiencia de la estrategia del Ministerio de Salud para mejorar la recolección y procesamiento de la información, la inexistencia de datos en tiempo real de la problemática de salud y el hecho de que la información corresponde sólo al sector público. A su turno, en el segundo informe se observó que la información con que cuenta la DiNIECE está desactualizada y que no realizó auditorías en terreno a fin de verificar la exactitud de los datos obtenidos en los distintos operativos, lo cual perjudica no sólo la oportunidad de la información, sino su continuidad, confiabilidad y calidad. La falta de cumplimiento de la obligación asignada normativamente al Instituto impactó sobre la información estadística publicada en la materia en aquel momento. 4.3.4. La Coordinación de Comercio y Servicios, En primer lugar, se aclara que no existe en el Atento lo manifestado en el
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dependiente de la Dirección Técnica del Instituto se limita a ingresar los datos remitidos mensualmente por los entes reguladores de los servicios públicos a un sistema que tiene diseñado para este fin y que, según se informó a esta auditoría, tiene fijados parámetros de consistencia para evitar posibles errores cuantitativos, pero no proporciona metodologías para el relevamiento de datos ni realiza tareas de monitoreo o control en las fuentes para verificar la comparabilidad de los mismos. De acuerdo a lo establecido por el artículo 5 del Decreto Nº 1831/93 antes citado, le compete al INDEC ejercer estas acciones de coordinación, supervisión y control técnico también en materia de estadísticas de Servicios Públicos. La falta de cumplimiento de la obligación asignada normativamente al Instituto, podría impactar sobre la información estadística publicada en la materia.
ámbito de la estructura orgánico funcional aprobada para el INDEC ningún área bajo el nombre de “Coordinación de Comercio y Servicios”. En segundo lugar, se resalta que la producción de los datos unitarios es competencia primaria de los informantes (en este caso, los entes reguladores). Dichos Organismos son los únicos que pueden brindarle al INDEC los datos para que luego este Instituto elabore los indicadores estadísticos respectivos.
descargo se aclara que durante las tareas de campo se celebraron entrevistas con la persona indicada por el auditado para brindar información sobre las estadísticas de servicios públicos, quien manifestó que su función era la de Coordinadora de Comercio y Servicios, (la apertura del organigrama no llega a este nivel). Sin perjuicio de ello y analizada nuevamente la información relacionada con el personal se advierte que la misma cumple funciones en la Dirección de Estadísticas del Sector Terciario y Precios, por lo que se modifica el primera párrafo de la observación quedando redactada de la siguiente manera: “Con relación a las estadísticas sobre servicios públicos el Instituto se limita a ingresar los datos remitidos mensualmente por los entes reguladores de los servicios públicos a un sistema que tiene diseñado para este fin y que, según se informó a esta auditoría, tiene fijados parámetros de consistencia para evitar posibles errores cuantitativos, pero no proporciona metodologías de relevamiento de datos ni realiza tareas de monitoreo o control en las fuentes
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para verificar la comparabilidad de los mismos.” Con relación a los otros comentarios del descargo sobre este punto, se destaca que en lo observado queda claro que son los entes reguladores quienes deben proporcionar los datos primarios o unitarios al Instituto, por lo que solo se modifica el primer párrafo de este punto.
4.3.5. Respecto de las estadísticas publicadas por el Instituto en materia de Índice de Salarios los procedimientos de control sobre esta información, se encuentran principalmente introducidos en el sistema web de carga de los datos que tiene parámetros de control de consistencia para impedir la carga de datos erróneos o inconsistentes. Los mismos resultan insuficientes, toda vez que, según se informó no se realizan controles de calidad y confiabilidad de los datos como auditorías operativas o monitoreos de las actividades desarrolladas por los operadores directos ya sea en la Direcciones Provinciales o demás fuentes. En este programa estadístico (Índice de Salarios) se releva la masa salarial del sector privado registrado y del sector público para establecer su coeficiente de variación mensual. Respecto al relevamiento de la masa salarial del sector privado registrado, el mismo se realiza mediante una encuesta de tipo económica que se realiza en cada provincia, a través de correo postal, es decir se envían los cuestionarios a las empresas que integran la muestra y estas devuelven el formulario firmado por el responsable designado y registrado.
En relación al sistema web de carga de datos (el cuál es empleado únicamente para el sector privado registrado), en primer lugar cabe destacar que no es únicamente de carga sino que es un sistema integral que incluye el análisis de la información y el cálculo del índice. Es decir, en un mismo sistema se realizan las tareas de impresión del cuestionario, recepción, ingreso, análisis y cálculo (publicación mensual). De esta forma, al ser un único sistema, se evitan pasajes de información entre sistemas con la posible pérdida de información. Entre cada uno de los eslabones del sistema existen pautas de consistencia y de control. Las tareas y obligaciones de las DPE se expresan en los convenios firmados anualmente entre las mismas y el INDEC. Entre ellas se encuentran, además del relevamiento e ingreso de la información, el resguardo en los términos de la Ley de Secreto Estadístico y el archivo de la información por un período no inferior a 5 años. Dicha información debe estar disponible cuando el INDEC lo requiera.
Si bien el Instituto responde en su descargo que practica análisis de la información recibida, en oportunidad del trabajo de campo se relevó que dicho análisis se acotaba a pruebas de consistencia de datos. Por otra parte el INDEC informa que “…a partir del mes de julio de 2012, el INDEC ha mejorado el Índice de Salarios mediante una serie de actualizaciones y modificaciones metodológicas muy relevantes respecto al Índice anteriormente vigente. Así, es posible mencionar el diseño de una nueva muestra de empresas, los cambios en las ponderaciones por sector, rama o actividad, la redefinición de parámetros correspondientes a ciertos conceptos salariales y la imputación de valores faltantes en los registros.”.
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Con relación al relevamiento de la masa del sector público provincial, su fuente son los registros de los Ministerios de Economía de cada provincia. La información de la masa salarial del sector público nacional proviene de tres fuentes: 1) la Dirección de Estadísticas Salariales del Ministerio de Economía que concentra la masa salarial de la administración central, 2) la Dirección de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y 3) el Consejo de la Magistratura, estos dos últimos remiten la información por correo electrónico, mientras que el primero lo carga directamente al servidor del INDEC. De acuerdo a lo ya expresado compete al INDEC ejercer acciones de coordinación, supervisión y control técnico de los trabajos realizados en el marco del Programa Anual de Estadísticas y Censos y la falta de cumplimiento de la obligación acordada normativamente al Instituto, podría impactar en la información estadística publicada en la materia.
Las tareas de control que realiza la DPE consisten en: a) gestión del contacto con el área del Índice de Salarios en el INDEC (incluye el reclamo por empresas no impresas, por baja tasa de respuesta o por deficiencias en el ingreso), b) contacto realizado a través de la Coordinación del SEN con los Directores Provinciales (envío mensual a la Coordinación del SEN de un informe con el desempeño de cada DPE), y c) contacto con las fuentes primarias (ante determinadas consultas puntuales se contacta directamente a las empresas respondentes). Asimismo, se destaca que a partir del mes de julio de 2012, el INDEC ha mejorado el Índice de Salarios mediante una serie de actualizaciones y modificaciones metodológicas muy relevantes respecto al Índice anteriormente vigente. Así, es posible mencionar el diseño de una nueva muestra de empresas, los cambios en las ponderaciones por sector, rama o actividad, la redefinición de parámetros correspondientes a ciertos conceptos salariales y la imputación de valores faltantes en los registros.
No se modifica la observación, con respecto a las mejoras del Índice de Salarios aludido por el organismo auditado, las mismas serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría.
4.3.6. En la Dirección de Coordinación del SEN existen algunos criterios que se utilizan para la formulación de los presupuestos para el cumplimiento de Convenios Marco que se suscriben con los distintos servicios estadísticos periféricos, a saber: encuesta de que se trate, tipo de cuestionario que se utilice, modo de relevamiento, si se trata de una “zona desfavorable”, sin perjuicio de lo cual se informó que no existe formalmente ningún tipo de manual de procedimientos o instructivo que establezca criterios objetivos para la elaboración de los presupuestos antes mencionados.
Se reiteran los avances logrados (y en curso) vinculados con los lineamientos consistentes con un Sistema de Gestión de Calidad. Asimismo, el INDEC procedió a readecuar los Convenios a efectos que permitieran cumplir con la normativa vigente y tornaran tanto la rendición como su posterior análisis y revisión en cierta y posible, con el fin de asegurar una eficaz y transparente gestión de administración de los fondos públicos de acuerdo al artículo 88 de la Ley 24.156.
El auditado informa que se encuentra desarrollando un Sistema de Gestión de Calidad. Con respecto a las readecuaciones de los Convenios aludidos por el organismo auditado, las mismas serán objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
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Se pudo constatar que los presupuestos finales para la ejecución de los convenios celebrados con los distintos servicios estadísticos periféricos surgen de un acuerdo de la Dirección de Coordinación del SEN con las distintas jurisdicciones provinciales, tomando como base los presupuestos estimativos de costos que son generados por las distintas áreas operativas. El hecho de no contar con estos criterios objetivos para la formulación de los presupuestos trae aparejado riesgos de inequidad en la asignación de fondos a cada provincia. 4.3.7. El INDEC no realiza análisis ni se expide sobre las rendiciones de gastos ni informes de avance remitidos por las DPE. El Instituto no cuenta en su estructura con un sector responsable de analizar y controlar las rendiciones de gastos ni los informes de avance de los distintos organismos SEN. Teniendo en cuenta que en los Convenios Marco el auditado se obliga a realizar la transferencia de la segunda cuota de financiación de las actividades contra aprobación de primer informe de avance y rendición de cuentas del primer desembolso, estas acciones de análisis y aprobación o desaprobación resultan indispensables para evaluar si corresponde remitir sucesivas remesas, especialmente a la luz de las deficiencias halladas en los documentos referidos y que se detallan en las observaciones siguientes.
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
4.3.8. Los Informes de Avance de tareas remitidos por las Direcciones Provinciales de Estadística no tienen formato uniforme y en ellos no se expresan los porcentajes de avance de cumplimiento del Convenio Marco respectivo, ni de los subprogramas estadísticos que incluye, como así tampoco los desvíos producidos ni sus causas.
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
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De la lectura y análisis de dichos Informes, se advierte que en los mismos se exponen con diferente formato y criterios las tareas realizadas por el organismo SEN. Sólo en dos de ellos (Catamarca y Tucumán) se exhiben porcentajes de avance. Esta deficiencia acarrea a la Dirección de Coordinación del SEN y demás áreas involucradas la imposibilidad de tener una visión ágil y clara del estado de avance de las tareas encomendadas a las Direcciones Provinciales y consecuente evaluación de la gestión del Convenio de que se trate. 4.3.9. El Instituto no exige de las DPE el cumplimiento de la obligación de adjuntar a las rendiciones de fondos girados los comprobantes de respaldo de los gastos detallados. Los Convenios Marco estipulan que las DPE, deberán efectuar rendiciones de cuentas y adjuntar copia autenticada de los comprobantes exigidos por la Ley de Contabilidad, todo ello conforme al art.4 del Decreto Nº 3110/70. Ahora bien, el documento denominado “Instructivo y planillas de rendición convenios” sólo prevé que la documentación original permanecerá en poder de la DPE, lo que refuerza lo convenido sobre aportar las copias autenticadas de comprobantes. Según lo informado por el Instituto a esta auditoría, las DPE justifican la no remisión de comprobantes aduciendo que son sus Tribunales de Cuentas los encargados del control de gastos. En virtud de que el auditado imputa presupuestariamente el gasto de estas transferencias de fondos a la partida 3.4.1. -Servicios de estudios, investigaciones y proyectos de sustentabilidad-, resulta necesario que exija la remisión de la documentación de respaldo de los gastos a
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
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los fines de su control, ya que el uso de estos fondos no es pasible de fiscalización por parte de los Tribunales de Cuentas provinciales atento la citada imputación del gasto. 4.4. Recursos humanos 4.4.1. En el ámbito del INDEC no se ha tenido evidencia de la existencia de procedimientos formales ni criterios objetivos para evaluar la necesidad de incorporación de personal al Instituto. De acuerdo a lo informado por el auditado no existen modalidades formales para realizar esta evaluación, sino que es directamente la Dirección del Instituto quien la realiza a raíz de solicitudes verbales de las diferentes áreas. Esta carencia acarrea la imposibilidad de apreciar la efectiva necesidad de incorporación de personal a una u otra área.
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
4.4.2. El INDEC no proporcionó evidencias de herramientas que establezcan criterios objetivos para cubrir los diferentes puestos de trabajo con relación a su planta permanente y transitoria. Analizados los diferentes documentos que el auditado proporcionó e identificó como relacionados con Puestos y Perfiles del Cargo, corresponde realizar una distinción entre los que refieren a operativos estadísticos y los del personal administrativo. En este sentido, si bien algunos de los primeros reúnen los requisitos para ser considerados Manuales de Puestos y Perfiles del Cargo, se encuentran destinados a las DPE a fin de que realicen la evaluación de las competencias para la contratación de personal necesario para la realización de cada operativo, es decir no son de aplicación dentro del Instituto. Los segundos no son otra cosa que los Términos de
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
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Referencia del Personal Contratado confeccionados de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N º 48/02 SSGP, es decir los que se deben adjuntar a cada contrato suscripto bajo el régimen del art. 9 de la Ley Nº 25.164 y son aplicables exclusivamente al personal contratado en estos términos. Estos incluyen la denominación de la función, su nivel escalafonario y los objetivos generales y específicos y las tareas a realizar, pero en modo alguno establecen los perfiles necesarios para la contratación de futuros ocupantes de los puestos, a saber: requisitos del ocupante del puesto, nivel académico, habilidades y destrezas y conocimientos técnicos y/o específicos. La inexistencia de estas herramientas acarrea la imposibilidad de identificar los perfiles necesarios para desempeñar cada puesto y los criterios que deben utilizarse para su cobertura, impactando en la calidad de la evaluación y selección realizada para ello. 4.4.3. El personal no permanente del INDEC, compuesto por la planta transitoria y el personal contratado por tiempo determinado bajo el régimen de la Resolución Nº 48/02 SSGP representa el sesenta y uno por ciento (61%) del total de la dotación, (integrado por un 17% de planta transitoria y un 44% de contratados Res. Nº 48/02), superando el porcentaje establecido por la normativa. El segundo párrafo del art. 9 de la Ley Nº 25.164 al referirse al personal contratado por tiempo determinado, establece que: “…El personal contratado en esta modalidad no podrá superar en ningún caso el porcentaje que se establezca en el convenio colectivo de trabajo, el que tendrá directa vinculación con el número de trabajadores que integren la planta permanente del organismo.”. Por su parte el Convenio Colectivo de Trabajo General
No se realizan comentarios sobre este punto en el descargo del INDEC.
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para la Administración Pública Nacional, aplicable al INDEC por ser organismo desconcentrado de la estructura organizativa del primer nivel operativo del MEyFP, prevé que el personal no permanente de las jurisdicciones y entidades descentralizadas no superará un porcentaje de hasta el quince por ciento (15%) del personal permanente en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 9 de la Ley Nº 25.164 (art. 156 del Decreto Nº 214/06). 4.4.4. Existe en el Instituto personal que revista en la planta transitoria o temporaria con un registro de antigüedad de más de diez (10) años en el organismo. En efecto, de los 251 agentes (17% de la dotación) que revistaban en esta modalidad al cierre del período sujeto a análisis, el 2% tiene hasta diez años de antigüedad, el 19% tiene entre diez y quince años, el 56% entre quince y veinte años y el 23% más de veinte años de antigüedad. A continuación se grafica lo expuesto precedentemente.
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el
INDEC De acuerdo a las previsiones del art. 9 de la Ley Nº 25.164, reglamentado por Decreto Nº 1421/02, el
Al momento de la evaluación por parte de la Auditoría, la Planta Permanente se encontraba congelada. El INDEC está trabajando para el inicio del llamado a concurso para cubrir vacantes. En esa instancia se procederá a incluir el detalle de puestos y perfiles requeridos.
Visto lo informado por el Instituto no se modifica la observación.
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personal contratado por tiempo determinado o designado en plantas transitorias será afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio o estacional que resulten necesarias para complementar el ejercicio de las acciones asignadas a cada jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del régimen de carrera. Las primeras estarán referidas a prestación de servicios de asesoramiento técnico especializado, coordinación y desarrollo de programas de trabajo o proyectos especiales o para atender incrementos no permanentes de tareas; mientras que las segundas responden a tareas que se realizan periódicamente y sólo en determinada época del año. La antigüedad que registra el personal de la planta transitoria del auditado es evidencia de que no realiza tareas estacionales o de carácter transitorio. Asimismo, de 13 legajos de personal de planta transitoria relevados de acuerdo a la muestra seleccionada, en sólo 5 de ellos consta la función que desempeña el titular del legajo y las mismas son de antigua data (1993, 1996, 2000, etc.). 4.4.5. Existe personal que se encuentra vinculado laboralmente al Instituto mediante contratos por tiempo determinado bajo el régimen del art. 9 de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional que registra una antigüedad mayor a los cinco (5) años y de hasta más de veinte (20) años en el organismo. Del análisis de la nómina proporcionada por el auditado, surge que de los 659 agentes (44% de la dotación total) contratados bajo este régimen el 13% tiene una antigüedad mayor a cinco años, en el siguiente grafico se expone la antigüedad correspondiente al personal comprendido en el último porcentaje mencionado:
Lamentablemente, en todo el ámbito del Sector Público Nacional, desde el congelamiento de la Planta Permanente ocurrido en 1994, se ha hecho común esta manera de contratación. Ver, asimismo, la contestación relacionada con el Comentario 4.4.1.
Visto lo informado por el Instituto no se modifica la observación.
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Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el
INDEC Como se expresa en la observación que antecede, conforme las previsiones del mencionado art. 9 y su reglamentación, el personal contratado por tiempo determinado será afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio o estacional que resulten necesarias para complementar el ejercicio de las acciones asignadas a cada jurisdicción y no incluidas en las funciones propias del régimen de carrera. La antigüedad que registra el personal contratado con más de cinco (5) años de antigüedad es demostrativa de que no realiza tareas estacionales o de carácter transitorio. Por otra parte, cabe tener en cuenta, que de acuerdo a lo expuesto en el gráfico del punto 3.4. “Evolución Composición Personal” recién se incorporaron agentes mediante este régimen a partir del año 2005, sin embargo existen empleados contratados de acuerdo al art. 9 de la Ley Nº 25.164 que registran una mayor antigüedad que desde esa fecha en el organismo. De acuerdo a las constancias de los legajos de personal relevados mediante
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muestreo se advierte que antes del 2005 estos agentes se encontraban vinculados al Instituto bajo otros regímenes de contratación de personal para la administración pública, como los aprobados por los Decretos Nº 92/95 y 1184/01. Asimismo, conforme lo relevado en legajos, incluso dentro del personal que registra una menor antigüedad existen agentes contratados de acuerdo a la Resolución Nº 48/02 SSGP que con anterioridad a esta modalidad prestaban servicios en la sede del Instituto en el marco de convenios de cooperación con terceras entidades. 4.4.6. Durante el ejercicio 2010 existía en el INDEC personal que cumplía tareas para el organismo sin encontrarse vinculado laboral o contractualmente con el mismo. Del relevamiento de los legajos de personal efectuado y demás documentación aportada se obtuvo evidencia de que este personal prestaba servicios en el marco de convenios de cooperación celebrados con diferentes organizaciones no gubernamentales o universidades, por ejemplo BID (Banco Interamericano de Desarrollo), IASI (Inter American Statistic Institute), OEI (Organización de Estados Iberoamericanos), CONSUDEC (Consejo Superior de Educación Católica), Universidad de Tres de Febrero o con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El vínculo contractual de estas personas era con las diferentes organizaciones mencionadas y no con el auditado, a pesar de lo cual cumplían tareas en las diferentes áreas del organismo. De la documentación proporcionada surge que desde el mes de diciembre del año 2002 y hasta el 2010 inclusive se utilizó esta modalidad y que al 31 de diciembre de 2010 existían 134 personas bajo este régimen. De acuerdo a certificaciones firmadas por Directores de
Se destaca que el INDEC no contrata personal a través de terceras Instituciones, sino que suscribe convenios con las mismas para el desarrollo de actividades específicas. Asimismo, los convenios citados en el punto 4.4.6. no están más vigentes en la actualidad.
El descargo del INDEC aclara que en la actualidad no están vigentes los convenios citados en la observación, lo cual será objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
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las diferentes áreas agregadas a legajos analizados, surge que estos contratos entre estas personas y terceras entidades, si bien eran suscriptos anualmente, lo eran por períodos sucesivos que abarcaron hasta seis años y que luego se incorporaron a la planta contratada -por tiempo determinado- del auditado en los términos del art. 9 de la Ley Nº 25.164. La realización de tareas inherentes al cumplimiento de los objetivos del Instituto por parte de personas que no se encuentran vinculadas laboral o contractualmente con el mismo, puede impactar en la cadena de atribución y deslinde de responsabilidades relacionadas con dichas tareas. 4.4.7. A la fecha de cierre de las tareas de campo de las nueve (9) Direcciones Nacionales y equiparables aprobadas en la estructura del Instituto, sólo dos (2) de ellas se encontraban regularmente cubiertas, dos (2) se encontraban vacantes y las cinco (5) restantes con coberturas transitorias no realizadas de acuerdo a lo normado por los arts. 30 y 31 del Decreto Nº 3110/70. Como se dijo en el punto 3.5.1. el Decreto Nº 3110/70 (reglamentario de la Ley Nº 17.622) en sus artículos 30 y 31, regula la forma de designación del personal técnico del Instituto, como así los requisitos que deben reunir las personas que desempeñen cargos técnicos y directivos en el organismo. La Direcciones Nacionales vacantes son: 1) de Estadísticas y Precios de la Producción y el Comercio 2) de Estadísticas del Sector Externo, de esta última se encuentra a cargo la funcionaria designada en forma transitoria en la Dirección de Estadísticas del Comercio Exterior, que le depende (Disposición Nº 33/07 INDEC). Respecto de la Dirección Nacional de Recursos Humanos y Organización, si bien se encontraba regularmente
EL INDEC está desarrollando todas las tareas vinculadas con el llamado a concurso para cubrir los cargos simples del Organismo de acuerdo con la normativa vigente. En razón de la falta de llamado a concurso para la cobertura de cargos con funciones ejecutivas las Direcciones son cubiertas con designaciones transitorias, al igual que lo que acontece en el resto de la Administración Pública Nacional.
El INDEC informa estar desarrollando concursos para cubrir vacantes, lo cual será objeto de análisis en futuras labores de auditoría, no se modifica la observación.
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cubierta, el cargo fue retenido por la actual Directora del organismo que lo desempeñaba hasta su designación, de acuerdo al Decreto de su designación Nº 1076/07. Se ha puesto a cargo de las tareas de despacho a la funcionaria designada transitoriamente en la Dirección de Desarrollo y Carrera de Personal, que le depende. Asimismo, las Direcciones Nacionales que se encontraban cubiertas transitoriamente se exponen en el cuadro siguiente, explicitándose también el acto administrativo de designación, el estado de la misma, el vínculo laboral del funcionario designado con el Instituto y su antigüedad.
Denominación Acto de designación
Estado de la designación
Vínculo laboral con INDEC
Antigüedad al 30/06/11 (en años)
Dirección Nacional de Cuentas
Internacionales
Dto. en trámite
Decreto en trámite
Permanente 6
Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y
de Población
Dto. Nº 1494/11
Vencida el 20/01/12 Permanente 12
Dirección Nacional de Estadísticas de
Condiciones de Vida
Dto. en trámite
Decreto en trámite Permanente 4
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística
Dto. en trámite
A cargo de las tareas de
despacho por Disp. Nº 562/11
INDEC
Contratado Res. Nº 48/02
0 (3 meses)
Dirección General de Administración y
Operaciones
Dto. Nº 822/10
Vencida el 02/03/11 Permanente 1
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
Es de destacar que la antigüedad promedio de los designados transitoriamente para cumplir funciones de Directores Nacionales en el organismo auditado es de 4,6 años. Asimismo, no puede dejar de considerarse que además de que las designaciones para cubrir estos cargos con competencias decisorias en la estructura del auditado son de carácter transitorio, algunas se encontraban vencidas al
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cierre de las tareas de campo y otras ni siquiera contaban con un acto administrativo dictado por la autoridad competente. Por otra parte, si bien sólo uno de estos cinco funcionarios no pertenece a la planta permanente del Instituto, el hecho de que todos ellos estén designados transitoriamente en sus cargos los coloca en una situación de precariedad que podría impactar directamente en su independencia de criterio y objetividad. Estas dos últimas cualidades, junto a la de favorecer el principio de especialización en la Administración Pública, son los principales fundamentos del derecho a la estabilidad en el empleo público que consagra nuestra Constitución Nacional, se intenta así crear un cuerpo técnico, que perdure a pesar de los cambios de gobierno, de ahí su relación con la carrera administrativa y la capacitación. 4.4.8. A la fecha de cierre de las tareas de campo de las veinticinco (25) Direcciones aprobadas en la estructura del INDEC, sólo dos (2) de ellas se encontraban regularmente cubiertas, cuatro (4) se encontraban vacantes y diecinueve (19) con coberturas transitorias no realizadas de acuerdo a lo normado por los arts. 30 y 31 del Decreto Nº 3110/70. Las Direcciones vacantes son:
Denominación Dirección Dependencia Dirección de Registro de Análisis y Proyecciones
Dirección Nacional de Cuentas Internacionales
Dirección de Estadísticas de la Balanza de Pagos y Términos de Intercambio
Dirección Nacional de Estadísticas del Sector Externo
Dirección de Estadísticas Poblacionales Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de Población
Dirección de Coordinación de Relaciones Institucionales y Cooperación Técnica
Dirección Nacional de Planificación y Coordinación Estadística
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
Las Direcciones que se encuentran con una cobertura transitoria son:
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Denominación Dirección Dependencia Acto de
designación Estado de la designación
Vínculo laboral con
INDEC
Antigüedad al 30/06/11 (en años)
Dirección de Consumo, Inversión y
Sector Externo
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 5
Dirección de Cuentas de la Producción, Ocupación e
Ingresos
Dirección Nacional de
Cuentas Nacionales Decreto Nº
858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 9
Dirección de Estadísticas del Sector Primario
Disposición INDEC Nº
577/11
A cargo de las tareas
de despacho
Contratado Res. Nº 48/02
2
Dirección de Estadísticas del
Sector Secundario
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 26
Dirección de Estadísticas del Sector Terciario
y Precios
Dirección Nacional de
Estadísticas y Precios de la
Producción y el Comercio
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 16
Dirección de Estadísticas del
Comercio Exterior
Dirección Nacional de
Estadísticas del Sector Externo
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 50
Dirección de Estadísticas Sectoriales
Dirección Nacional de Estadísticas Sociales y de
Población
Decreto Nº 1494/11
Vencida el 20/01/12.
Permanente 25
Dirección de Encuesta
Permanente de Hogares
No informa
Asignación de las
funciones inherentes
a la conducción
Permanente 4
Dirección de Estudios de Ingresos y
Gastos de los Hogares
Decreto en trámite
Decreto en trámite
Contratado Res. Nº 48/02 12
Dirección de Indices de Precios de Consumo
Dirección Nacional de
Estadísticas de Condiciones de
Vida
Decreto Nº 839/09
Transitorio sin fecha
de caducidad
Permanente 3
Dirección de Coordinación del
Sistema Estadístico Nacional
Dirección Nacional de
Planificación y Coordinación Estadística
Decreto Nº 2193/09
Transitorio sin fecha
de caducidad
Permanente 26
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Dirección de Programación y
Control Presupuestario
Decreto Nº 2342/10
Vencida el 21/09/11.
Prórroga en trámite
Permanente 15
Dirección de Logística Operativa
Decreto Nº 2332/10
Vencida el 21/09/11.
Prórroga en trámite
Permanente 4
Dirección de Patrimonio y Suministros
Dirección General de
Administración y Operaciones
Decreto Nº 2285/10
Vencida el 21/09/11.
Prórroga en trámite
Permanente 24
Dirección de Desarrollo y Carrera del Personal
Dirección Nacional de Recursos
Humanos y Organización
Decreto Nº 1429/11
Vencida el 26/08/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 24
Dirección de Difusión
Decreto Nº 2350/10
Vencida el 21/09/11.
Prórroga en trámite
Permanente 0 (10 meses)
Dirección de Asuntos Jurídicos
Decreto en trámite
A cargo del despacho
por Disposició
n Nº 137/11 INDEC
Permanente 0 (3 meses)
Dirección de Informática
Decreto Nº 858/10.
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 16
Dirección de Metodología Estadística
Dirección Técnica
Decreto Nº 858/10
Vencida el 09/03/11.
Prórroga en trámite.
Permanente 21
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por el INDEC
Analizada la situación de cobertura de las Direcciones del auditado, se advierte que si bien la antigüedad de los funcionarios designados aumenta con relación a los de las Direcciones Nacionales, arrojando un promedio de 15 años, presentan idénticas deficiencias que aquellas designaciones, a saber: se cubren cargos con competencias decisorias en la estructura del Instituto con designaciones de carácter transitorio, 13 designaciones se encontraban vencidas al cierre de las tareas de campo y otras 4 ni siquiera contaban con un acto administrativo
Proyecto de Informe de la AGN Descargo INDEC Comentarios sobre el Descargo
dictado por la autoridad competente. Asimismo, se verifica la misma situación de precariedad en los cargos, lo que amerita idénticas observaciones respecto de la posible afectación de su independencia e imparcialidad por los fundamentos expresados más arriba.