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versión julio 2018
Instituto Canario de Seguridad Laboral
Diplomas y certificados de formación ICASEL
DIPLOMAS
Los diplomas de asistencia a nuestras actividades se expedirán quien lo haya solicitado en la ficha de inscripción.
Una vez finalizada la actividad, en el plazo de tres meses, se enviará por correo electrónico.
CERTIFICADOS
Sólo se extenderá certificado de asistencia, previa petición, a aquellas personas que asistan, cumplimenten y
abonen la tasa a través del MODELO 700 del Gobierno de Canarias. Para ello, deben presentar la “copia para la
administración” en nuestras oficinas, o bien lo envíe por correo postal una vez realizado el pago. El certificado, se
enviará por correo electrónico, en un plazo de dos mes después de celebrada la jornada, o retirarlo personalmente
en nuestras instalaciones
Direcciones de correo electrónico.
Provincia de Las Palmas: [email protected]
Provincia de Santa Cruz de Tenerife: [email protected]
Proceso para la obtención del MODELO 700 (Sólo para certificados). Pasos a seguir :
1. Acceder a la siguiente dirección:
https://sede.gobcan.es/tributos/jsf/publico/presentacion/formularios/mod700/formulario.jsp
2. Elegir la administración (Las Palmas o Santa Cruz de Tenerife).
3. Recuerde cumplimentar los campos marcados con (*), que son obligatorios.
4. Poner los datos de la persona (física o jurídica) obligada al pago:
5. Dentro de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, seleccionar el concepto 170 (Tasa de
servicios administrativos).
6. Seleccionar expedición de certificados:
7. Por defecto aparece que el pago se realiza en efectivo, esto se puede cambiar.
8. Hay un campo en liquidación que se denomina “concepto” poner el nombre de la jornada o actividad:
9. Pulsar en “generar impreso” (automáticamente generará un impreso en formato PDF, con 3 copias (para el banco,
la administración y el interesado) que deben llevarse a la entidad bancaria para realizar el pago.
Observación
La carta de pago que presente el ciudadano a la administración deberá ser el original (ejemplar para la
administración) debidamente tramitado por la entidad bancaria. También lo puede tramitar en la SEDE
ELECTRÓNICA.
Entidades colaboradoras:
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