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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESÚS DE PRAGA 1 “AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD” INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESÚS DE PRAGA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2019 CASTILLA – PIURA PERÚ

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL

NIÑO JESÚS DE PRAGA

1

“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESÚS DE PRAGA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2019

CASTILLA – PIURA

PERÚ

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL

NIÑO JESÚS DE PRAGA

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ÍNDICE INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………………….…….. 3

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN……………………………………………………………….4

CAPÍTULO I: MARCO LEGAL ……………………………………………….………………… 5

CAPÍTULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA …………………………………….…………….. 6

CAPÍTULO III: ORGANIGRAMA …………………………………………………….….…….. 7

CAPÍTULO IV: FUNCIONES DE LOS ESTAMENTOS DEL COLEGIO …………………….. 8

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INTRODUCCIÓN

La INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESUS DE PRAGA, tiene como Entidad Promotora al INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL NIÑO JESÚS DE PRAGA, congregación religiosa peruana con personería jurídica, sin fines de lucro, que comparte un currículo común Rechartino, acorde con la axiología de la Iglesia Católica y que responde a las necesidades educativas de la comunidad del Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, ámbito del Gobierno Regional Piura; impulsando el amor, la vivencia eucarística y siguiendo el ejemplo de nuestra fundadora Madre Angélica Recharte Corrales. Promueve la formación integral en nuestras estudiantes y contribuye al desarrollo sostenible de la sociedad, a través de la investigación permanente con el apoyo de la ciencia y tecnología, para lograr una formación humana, académica de calidad.

Como organización que somos hemos elaborado el Manual de Organización y Funciones (MOF), documento de gestión que norma la organización y funcionamiento del Colegio, con el propósito de permitir a los diferentes niveles un conocimiento global de la organización, las funciones generales y específicas de cada estamento o unidad orgánica y su ubicación jerárquica dentro del organigrama estructural del Colegio; a fin de contribuir a mejorar los canales de comunicación y coordinación organizacional. Sus disposiciones comprenden a los diferentes órganos del Colegio y determinan sus funciones, siendo de estricta observancia para todos(as).

LA DIRECCIÓN

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CAPÍTULO I MARCO LEGAL

El presente Manual de Organización y Funciones se sustenta en las siguientes normas: 1. Constitución Política del Estado Peruano. 2. Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Peruano, aprobado por Decreto Ley N°

23211 y ratificado por Decreto Legislativo Nº 626. 3. Ley General de Educación – Ley N° 28044 - y su Reglamento, aprobado por Decreto

Supremo N° 011-2012-ED. 4. Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-

ED. 5. Reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-

2005-ED. 6. Ley de Centros Educativos Privados – Ley N° 26549. 7. Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico

Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED. 8. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus

Reglamentos. 9. Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza

– Ley N° 27665. 10. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa,

Ley N° 28740 y su reglamento D.S. 018-2007-ED. 11. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y su

Reglamento D.S. Nº 045, 046 y 047-97-EF. 12. Lineamientos de los Centros Educativos de la Congregación Niño Jesús de Praga. 13. Convenio Interinstitucional celebrado entre el Colegio y la Dirección Regional de Educación

de Piura. 14. Texto único ordenado del Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad

Laboral, aprobado por D.S N° 003-97-TR y su Reglamento.

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CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA

1. ÓRGANO PROMOTOR

INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL NIÑO JESÚS DE PRAGA 2. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

2.1 DIRECCIÓN 2.2 SUB DIRECCIONES: NIVEL INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA 2.3 COORDINACIÓN DE PASTORAL

2.3.1 COORDINADOR(A) DE PASTORAL 2.3.2 SUBCOORDINADORES(AS) DE PASTORAL

3. ÓRGANOS DE ASESORÍA

3.1 RED DE COLEGIOS RECHARTINOS 3.2 CONSORCIO DE COLEGIOS CATÓLICOS 3.3 CONSEJO DIRECTIVO 3.4 ASESORÍA LEGAL 3.5 ASESORÍA CONTABLE

4. ÓRGANOS ACADÉMICOS

4.1 COORDINADORES ACADÉMICOS 4.2 DOCENTES 4.3 JEFE(A) DE LABORATORIO

4.3.1 AUXILIAR DE LABORATORIO 4.4 BIBLIOTECARIO(A)

5. COORDINACIÓN DE TUTORÍA Y SANA CONVIVENCIA

5.1 COORDINADOR(A) DE TUTORÍA Y SANA CONVIVENCIA 5.1.1 AUXILIAR DE EDUCACIÓN 5.1.2 AUXILIAR DE ENFERMERÍA

5.2 TUTORES(AS) 5.3 DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA.

6. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN

6.1 ADMINISTRACIÓN Y TESORERÍA 6.1.1 AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN

6.2 SECRETARÍA 6.2.1 RESPONSABLE DE SECRETARÍA 6.2.2 SECRETARIOS(AS)

6.3 MANTENIMIENTO 6.3.1 PERSONAL DE LIMPIEZA 6.3.2 CONSERJES 6.3.3 JARDINEROS(AS)

7. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

7.1 COMITÉ DE AULA DE PADRES DE FAMILIA 7.2 MUNICIPIO ESCOLAR 7.3 CONSEJO DE AULA

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CAPÍTULO III

ORGANIGRAMA

OR

GA

NO

PR

OM

OTO

R

Órganos de Dirección

Dirección

Sub Direcciones

Inicial

Primaria

SecundariaCoordinación

Pastoral

Órganos de Asesoría

Red de Colegios Rechartinos

Consorcio de colegios Católicos

Consejo Directivo

Asesoría Legal

Asesoría Contable

Órganos Académicos

Coordinador

Docentes

Jefe de LaboratorioAuxiliar de Laboratorio

Bibliotecaria

Coord. Tutoría y Sana Convivencia

Coord. Tutoría y Sana Convivencia

Auxiliarde Educación

Auxiliar de Enfermería

Tutores

Departamento de Psicología

Órganos de Administración

Administración y Tesorería

Secretaría Secretarias

Mantenimiento

Personal de Limpieza

Conserjes

JardinerosAuxiliar de administración y

TesoreríaÓrganos de Participación

Comite de Aula PPFF

Municipio Escolar

Consejo de Aula

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CAPÍTULO IV FUNCIONES DE LOS ESTAMENTOS DEL COLEGIO

1. ÓRGANO PROMOTOR.-

El Órgano Promotor del Colegio Parroquial Niño Jesús de Praga es el Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, congregación religiosa peruana con personería jurídica, sin fines de lucro, que comparte un currículo común Rechartino, acorde con la axiología de la Iglesia Católica. Le competen las siguientes funciones: a. Determinar la línea axiológica y objetivos del Colegio, velando por su cumplimiento y

por el fomento de la vida cristiana. b. Designar a la persona que lo representará en el Colegio. c. Proponer al personal directivo, docente, administrativo y auxiliar, que cubrirá las

plazas del Estado, en coordinación con la Dirección, cuando corresponda. d. Contratar al personal que el Colegio requiera, en coordinación con la Dirección,

cuando corresponda. e. Proponer, aprobar, modificar e interpretar el Reglamento Interno del Colegio y el

Reglamento Interno de Trabajo, de acuerdo a las normas legales vigentes. f. Garantizar el cumplimiento de las normas formativas, disciplinarias y administrativas

establecidas. g. Proponer y aprobar la calidad y cantidad de los servicios educativos que ofrece el

Colegio. h. Aprobar el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Plan Anual de Trabajo y el Plan

Pastoral, en coordinación con la Dirección. i. Garantizar el buen mantenimiento de la infraestructura, el debido equipamiento y la

oportuna renovación del mobiliario, equipos y material educativo que se requiera para una adecuada prestación de los servicios educativos.

j. Aprobar el Presupuesto Anual y administrar los recursos humanos y patrimoniales de acuerdo al régimen económico que se apruebe.

k. Aprobar el costo de las pensiones escolares y demás servicios educativos que se brinden.

l. Garantizar el pago oportuno de las prestaciones laborales, de los servicios públicos, de las prestaciones de terceros y de cualquier otra acreencia en general que se contraiga y que esté relacionada con los servicios educativos que se brindan.

m. Suscribir los documentos laborales del personal del Colegio, cuando corresponda. n. Resolver en última instancia las reclamaciones que presente el personal del Colegio y

los padres de familia. o. Visar los certificados de pago y demás constancias relacionadas con el pago de

pensiones escolares y servicios educativos en general. p. Otorgar becas parciales y/o totales de las pensiones escolares, en coordinación con la

Dirección del Colegio. q. Promover la actualización y crecimiento profesional del personal del Colegio. r. Convocar y presidir el Consejo Directivo del Colegio. s. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan.

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2. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN.- 2.1 DIRECCIÓN

La Dirección está a cargo de un(a) docente llamado(a) Director(a), que se caracteriza por sus sólidos conocimientos pedagógicos, por su identificación plena con la Axiología del Colegio y por su capacidad de dirección, organización, persuasión y comunicación. Es el (la) representante legal del Colegio, responsable de ejercer la dirección, coordinación y monitoreo permanente de todas sus actividades. Es propuesto (a) por el Órgano Promotor y nombrado(a) por la Dirección Regional de Educación de Piura. Su cargo es de confianza. Le competen las siguientes funciones: a. Garantizar el cumplimiento de los lineamientos de la política institucional establecidos

por el Órgano Promotor. b. Coordinar con el Órgano Promotor, la propuesta del personal directivo, docente,

administrativo y auxiliar, que cubrirá las plazas del Estado; así como, la contratación del personal docente y no docente que se requiera y la determinación de los cargos, funciones y responsabilidades que a cada uno le competen.

c. Conducir la marcha académica del Colegio, garantizando la calidad y eficiencia de los servicios educativos.

d. Dirigir y evaluar los procesos de planificación, organización, ejecución y monitoreo, aprobados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Plan Pastoral y el Reglamento Interno del Colegio, de manera participativa.

e. Impulsar el diseño y ejecución de proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.

f. Presidir el Consejo Directivo del Colegio, en ausencia del Órgano Promotor y presidir el CONEI y demás órganos participativos institucionales.

g. Aprobar los instrumentos de gestión del Colegio. h. Supervisar el estricto cumplimiento del Reglamento Interno del Colegio, del

Reglamento Interno de Trabajo y de las demás normas que regulan la vida institucional.

i. Dirigir la inscripción y evaluación de estudiantes nuevas; así como, los procesos de matrícula y ratificación de matrículas en coordinación con las subdirecciones.

j. Visar los Certificados de Estudios, constancias de servicios prestados al Colegio y demás documentos institucionales.

k. Dirigir la correspondencia oficial y disponer la publicación de directivas y demás documentos informativos del Colegio.

l. Garantizar la remisión oportuna de la documentación oficial a los órganos competentes, de conformidad con lo establecido en las leyes y reglamentos vigentes.

m. Coordinar la elaboración y aprobar los cuadros de distribución de horas de clase y la calendarización del año escolar.

n. Recabar informes de los diferentes órganos del Colegio, de manera periódica y cuando el caso lo requiera.

o. Informar periódicamente al Órgano Promotor o cuando este lo requiera, sobre el desarrollo de las actividades de los diferentes órganos del Colegio y sobre las incidencias que puedan repercutir en la imagen del mismo.

p. Elaborar la Memoria Anual y remitirla oportunamente a la autoridad competente. q. Delegar funciones de acuerdo a los requerimientos institucionales, dando un carácter

participativo a la organización estructural del Colegio. r. Coordinar estrategias de articulación de capacidades, destrezas, valores y actitudes de

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la comunidad educativa. s. Fomentar el espíritu de familia y las buenas relaciones humanas en todas las

actividades que realiza el Colegio. t. Otorgar el reconocimiento y felicitación al trabajo bien realizado. u. Elevar y coordinar con la UGEL, según corresponda, las solicitudes de carácter laboral

presentadas por el personal del Estado. v. Imponer las medidas disciplinarias al personal del Estado, cuando corresponda, de

acuerdo a las normas vigentes; así como, al personal contratado del Colegio ante las faltas que pudieran cometer, de acuerdo al Reglamento Interno de Personal del Colegio.

w. Presentar un informe mensual a la UGEL sobre el cumplimiento de las horas efectivas laboradas, asistencia y puntualidad del personal nombrado o designado por la Dirección Regional de Educación.

x. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

2.2 SUD DIRECCIONES Las subdirecciones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria, están a cargo de un(a) docente llamado(a) Subdirector(a), que se caracteriza por sus sólidos conocimientos pedagógicos, por su identificación plena con la axiología del Colegio y por su capacidad de dirección, organización, persuasión y comunicación. Los(as) Subdirectores(as) son los(as) responsables de la programación, organización, coordinación y del monitoreo permanente de las actividades técnico - pedagógicas del Colegio. Son propuestos (as) por el Órgano Promotor y nombrado(a) por la Dirección Regional de Educación de Piura. Su cargo es de confianza y sigue en jerarquía al Director(a) y depende de éste(a). Le competen las siguientes funciones: a. Elaborar con los(as) coordinadores(as) de los respectivos ciclos y niveles, las acciones

académicas, planes de estudio, planes de trabajo y proyecto curricular del Colegio, para su aprobación por la Dirección.

b. Elaborar anualmente el cuadro de distribución de horas de clase y la calendarización del año escolar de su nivel, para su aprobación por la Dirección.

c. Formular directivas y documentos internos con aprobación de la Dirección, sobre desarrollo de los objetivos curriculares y el proceso de evaluación.

d. Diseñar y monitorear el Plan de nivelación y/o reforzamiento académico de las estudiantes.

e. Acompañar y monitorear a los (las) docentes de su nivel en sus actividades académicas diarias, para lograr el cumplimiento de los objetivos curriculares propuestos.

f. Aprobar los textos escolares a utilizar en el año lectivo con el visto bueno de la Dirección, Coordinación de Ciclo y Nivel y de acuerdo con la elección realizada por el Comité de Padres de Familia.

g. Organizar y ejecutar acciones de monitoreo académico y formativo de acuerdo a los instrumentos de gestión institucional.

h. Planificar, coordinar y monitorear el proceso de cognitivo de las estudiantes, especialmente de las que requieren recuperación, subsanación o revalidación, de conformidad con las normas oficiales vigentes.

i. Impulsar y proyectar la realización de actividades curriculares, culturales, artísticas,

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deportivas, religiosas y cívico-patrióticas, en coordinación con los órganos competentes del Colegio.

j. Autorizar la participación de las estudiantes en actividades fuera del Colegio y garantizar su adecuada protección y cuidado.

k. Autorizar el traslado de las estudiantes al Centro de Salud o a su domicilio cuando presenten afectaciones graves de su salud.

l. Mantener informada a la Dirección y al Órgano Promotor de todas las actividades que se están realizando y de las incidencias de su respectivo nivel.

m. Elaborar un informe semestral o cuando lo requiera la Dirección y el Órgano Promotor, sobre el desarrollo técnico pedagógico del personal docente.

n. Atender a los padres de familia en asuntos de rendimiento académico y disciplinario. o. Realizar oportunamente los requerimientos necesarios a la Dirección, para el

desarrollo de las actividades académicas. p. Participar en el proceso de evaluación y selección para la contratación del personal

docente y auxiliar. q. Programar y coordinar los cursos de capacitación para el perfeccionamiento del

personal docente, en coordinación con la Dirección. r. Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y en caso de ausencia

coordinar y disponer el reemplazo oportuno con los (as) coordinadores (as), docentes o personal auxiliar disponible, asegurando la continuidad del servicio educativo.

s. Comunicar de inmediato a Dirección, Administración y Secretaría, según corresponda, sobre las ausencias y puntualidad del personal a su cargo.

t. Representar al Director(a) en actos académicos, celebraciones cívicas y otras, que éste le delegue.

u. Integrar el Consejo Directivo y participar en las reuniones que se convoque. v. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

2.3 COORDINACIÓN DE PASTORAL La coordinación de pastoral es el órgano responsable de ejecutar la Pastoral Educativa Rechartina propuesta por el Órgano Promotor. Está integrado por un(a) Coordinador(a), quien la dirige y por Sub Coordinadores(as) de Pastoral de cada Nivel (Inicial, Primaria y Secundaria).

2.3.1 COORDINADOR(A) DE PASTORAL El/la coordinador(a) de Pastoral es un(a) docente con sólida formación religiosa y moral, caracterizado(a) por su alto espíritu de pertenencia con el carisma y espiritualidad del Colegio. Es el (la) responsable de garantizar el cumplimiento del Plan Pastoral del Colegio. Es designado(a) por el Órgano Promotor y depende de éste. Le competen las siguientes funciones: a. Planificar, presentar, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan Pastoral del Colegio

aprobado por el Órgano Promotor. b. Acompañar e incentivar a la comunidad educativa para que asuma los lineamientos

de la pastoral educativa Rechartina. c. Promover la formación cristiana de toda la comunidad educativa, proporcionando la

integración y participación de los(as) docentes, padres de familia y estudiantes, en las acciones de pastoral, favoreciendo la vivencia concreta de su compromiso cristiano.

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d. Acompañar espiritualmente a las estudiantes, personal del Colegio y padres de familia, previa coordinación y en horarios establecidos.

e. Planificar, coordinar y acompañar espiritualmente la preparación de las estudiantes para la recepción de los sacramentos de Bautismo y Eucaristía, en consonancia con las subordinaciones de cada nivel.

f. Coordinar las celebraciones litúrgicas, ejercicios espirituales, jornadas y otras actividades de carácter religioso en la que participen las estudiantes, personal del Colegio o padres de familia.

g. Convocar y organizar a las Regidoras de Pastoral para que apoyen en las actividades pastorales.

h. Incentivar y acompañar la formación de comunidades cristianas en el Colegio, a nivel de estudiantes, personal del Colegio y padres de familia.

i. Integrar el Consejo Directivo y participar en las reuniones que se convoque. j. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

2.3.2 SUD COORDINADORES(AS) DE PASTORAL

Los(as) Subcoordinadores(as) de Pastoral son docentes con sólida formación religiosa y moral, caracterizados(as) por su alto espíritu de pertenencia con el carisma y espiritualidad del Colegio. Son responsables de la ejecución y cumplimiento del Plan Pastoral del Colegio. Son designados(as) por el Órgano Promotor y dependen de éste. Les competen las siguientes funciones: a. Coadyuvar al(a) Coordinador(a) de Pastoral en la planificación, presentación,

coordinación, ejecución y evaluación del Plan Pastoral aprobado por el Órgano Promotor.

b. Acompañar a las estudiantes, personal del Colegio y padres de familia de su nivel, en el crecimiento de su vida espiritual.

c. Informar periódicamente al (a) Coordinador(a) de Pastoral y al Órgano Promotor o cuando éstos lo soliciten, sobre la ejecución del Plan Pastoral y en general de todas las actividades pastorales que se realicen en el Colegio.

d. Monitorear e informar oportunamente al (a) Coordinador(a), sobre el cumplimiento por parte del personal del Colegio de sus deberes en las actividades pastorales que se programen.

e. Acompañar en el desarrollo de celebraciones litúrgicas, ejercicios espirituales, jornadas y otras actividades de carácter religioso en las que participen las estudiantes, personal del Colegio o padres de familia.

f. Coordinar y acompañar a los(as) responsables, tutores y docentes en la realización de las actividades pastorales.

g. Incentivar y acompañar en colaboración con el (la) Coordinador(a) de pastoral, en la formación de comunidades cristianas en el Colegio, a nivel de estudiantes, personal del Colegio y padres de familia.

a. Participar activamente en las capacitaciones (talleres, seminarios, congresos, etc.) de actualización pastoral y espiritual.

b. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne el (la) Coordinador(a) de Pastoral y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

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3. ÓRGANOS DE ASESORÍA Los Órganos de Asesoría son los responsables de brindar asesoría permanente a los diferentes órganos del Colegio, en materia espiritual, técnico pedagógico, administrativa, contable y legal, para un desarrollo eficiente y responsable de sus funciones. Lo conforman la Red de Colegios Rechartinos, el Consorcio de Colegios Católicos, el Consejo Directivo, la Asesoría Legal y la Asesoría Contable.

3.1 RED DE COLEGIOS RECHARTINOS: La Red de Colegios Rechartinos está constituida por las instituciones educativas regentadas por la Congregación de Misioneras del Niño Jesús de Praga. Le competen las siguientes funciones: a. Trabajar un modelo educativo integral a imagen y semejanza de Dios y común a todas

las instituciones educativas que la conforman. b. Ejecutar el Proyecto Común de Desarrollo del Colegio, en sus tres dimensiones:

Modelo Pedagógico, Espíritu de familia y Pastoral. c. Generar espacios de integración para fortalecer las relaciones entre los miembros de

la Red e intercambiar experiencias que contribuyan al logro de los objetivos comunes de las instituciones educativas que la conforman.

d. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan.

3.2 CONSORCIO DE COLEGIOS CATÓLICOS: El Consorcio de Centros Educativos Católicos está constituido por centros y programas educativos, que profesan la religión Católica y reconocen la autoridad y orientación de la Jerarquía Eclesiástica. Le competen las siguientes funciones: a. Brindar asesoría técnico pedagógica a los Colegios que forman parte del Consorcio. b. Proponer lineamientos de actuación conjunta de acuerdo a la axiología de la Escuela

Católica. c. Promover y coordinar las acciones de interrelación y mutua ayuda de las instituciones

educativas asociadas en beneficio de la comunidad educativa de cada colegio que lo integra.

d. Defender los derechos de sus centros asociados y de su personal. e. Presentar propuestas técnico pedagógico y administrativas ante las instancias

competentes. f. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan.

3.3 CONSEJO DIRECTIVO:

El Consejo Directivo es una instancia de participación colegiada de la comunidad educativa que brinda asesoría al Colegio en materia pedagógica, disciplinaria y administrativa. Es presidido y convocado por el Órgano Promotor e integrado por el (la) Director(a), los (as) Sub-directores(as), el (la) Coordinador del departamento de Pastoral, los (las) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia y un(a) Representante de la comunidad educativa designado (a) por el Órgano Promotor. Le competen las siguientes funciones: a. Promover y coordinar las acciones de interrelación y ayuda mutua entre los diferentes

órganos del Colegio. b. Proponer lineamientos de actuación conjunta y asesorar a la Dirección en las

decisiones y actividades pedagógicas y administrativas del Colegio.

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c. Evaluar los resultados obtenidos en la ejecución de los planes de trabajo aplicados y tomar acuerdos que garanticen el cumplimiento de los fines del Colegio.

d. Analizar los actos que puedan constituir faltas graves de las estudiantes y disponer la imposición de medidas correctivas cuando corresponda.

e. Proponer medidas disciplinarias al personal del Colegio, cuando la situación lo amerite. f. Convocar a las personas cuyo informe y asesoramiento se estime necesario y

oportuno, para los asuntos que se pongan a su consideración. g. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

3.4 ASESORÍA LEGAL: La asesoría legal es la instancia responsable de brindar asesoría en los asuntos del quehacer educativo que tengan implicancias jurídico - legales. Está a cargo de un abogado(a) designado(a) por el Órgano Promotor y depende de éste. Le competen las siguientes funciones: a. Brindar asesoría legal preventiva tendiente a evitar que el Colegio incurra en

responsabilidades legales. b. Revisar y responder los requerimientos que formulen al Colegio las diferentes

autoridades administrativas y judiciales. c. Brindar asesoría en los procesos disciplinarios de las estudiantes y personal del

Colegio. d. Revisar y/o elaborar los contratos civiles, laborales y comerciales que requiera celebrar

el Colegio. e. Defender al Colegio en los diferentes procesos judiciales, administrativos e

investigaciones penales en las que es parte. f. Acompañar y asesorar al personal del Colegio en las diligencias judiciales y/o

administrativas, en las que se le requiera por hechos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.

g. Informar periódicamente al Órgano Promotor o cuando éste lo requiera sobre los asuntos legales del Colegio.

h. Asesorar en los demás asuntos legales que se pongan a su consideración. a. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

3.5 ASESORÍA CONTABLE: La asesoría contable es la instancia responsable de brindar asesoría en los asuntos económicos contables del Colegio. Está a cargo de un contador (a) designado (a) por el Órgano Promotor y depende de éste. Le competen las siguientes funciones: a. Evaluar y clasificar la documentación contable, tributaria y financiera del Colegio. b. Registrar y actualizar permanente la información contable, tributaria y financiera de

acuerdo a las exigencias legales vigentes. c. Elaborar los estados financieros del Colegio. d. Elaborar las planillas de remuneraciones, de beneficios sociales, previsionales y otras

que corresponden al personal que labora en el Colegio. e. Cumplir con las obligaciones tributarias formales y sustanciales del Colegio.

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f. Cumplir con las obligaciones laborales formales. g. Dar respuestas a los requerimientos que realice la autoridad competente en temas

contables, tributarios y financieros. h. Informar periódicamente al Órgano Promotor o cuando éste lo requiera sobre los

asuntos contables, tributarios y financieros del Colegio. i. Asesorar en los demás asuntos contables, tributarios y financieros que se pongan a su

consideración. b. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

4. ÓRGANOS ACADÉMICOS

Los órganos académicos son los responsables de diseñar, implementar y ejecutar los objetivos pedagógicos del año escolar. Lo integran los(as) coordinadores(as) académicos de Ciclo (Inicial y Primaria), los(as) coordinadores(as) académicos de Nivel (Secundaria), los (as) docentes, el (la) Jefe(a) de Laboratorio, el (la) auxiliar de laboratorio y el (la) Bibliotecario(a).

4.1. COORDINADORES(AS) ACADÉMICOS(AS) Los(as) coordinadores(as) académicos de Ciclo (Inicial y Primaria) y los(as) coordinadores(as) académicos de Nivel (Secundaria), son docentes que destacan por sus conocimientos en determinadas áreas o materias y por su alto espíritu de coordinación y colaboración. Son los (las) responsables de canalizar el trabajo pedagógico entre las sub direcciones y el personal docente de un determinado ciclo o nivel. Son designados(as) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor. Dependen de las subdirecciones respectivas. Les competen las siguientes funciones: a. Acompañar permanentemente al personal docente en todos los aspectos técnico

pedagógicos relacionados con su área. b. Coordinar y monitorear el desarrollo de la programación anual, las unidades de

aprendizaje, proyectos educativos, sesiones de aprendizaje, procesos de aprendizaje y todo lo relacionado con el desarrollo académico de su área.

c. Participar en el monitoreo y acompañamiento de los avances del proceso de aprendizaje – enseñanza, conjuntamente con la subdirección respectiva, a través de observación del desempeño docente en el aula.

d. Programar y ejecutar en coordinación con los(as) docentes de su área, reuniones pedagógicas, proyectos, concursos, festivales, pasacalles, exposiciones y otros afines, destinados a desarrollar o incentivar las materias del área que les compete.

e. Incentivar y ejecutar actividades que estimulen el interés de las estudiantes por el área o materia de su competencia.

f. Informar periódicamente a la subdirección de su nivel o cuando esta lo requiera, sobre el avance de su planificación curricular.

g. Recepcionar y actualizar el portafolio pedagógico de cada docente de su área. h. Cotejar y verificar el resultado de las evaluaciones que se registran en el SIAGE. c. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección o Sub dirección de su nivel y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

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4.2 DOCENTES Los(as) docentes son los(as) profesionales en pedagogía, especializados(as) en una determinada área o nivel. Son responsables de educar académica, moral y espiritualmente a sus estudiantes. Son nombrados(as) o contratados (as) por la Dirección Regional de Piura a propuesta de la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor o contratados directamente por el Colegio. Los(as) docentes asumen y se comprometen con la Axiología e Ideario del Colegio; así como, a transmitir a las estudiantes los valores de la Escuela Católica y el Carisma de la madre Angélica Racharte. Les competen las siguientes funciones: a. Planificar, organizar y ejecutar sesiones de aprendizaje-enseñanza de acuerdo al área

o nivel que les corresponde y en el horario estipulado. b. Entregar al coordinador(a) académico respectivo la programación anual, unidades de

aprendizaje, carpeta pedagógica, instrumentos de evaluación, registros y todo documento escolar propio de su labor docente, cuidando siempre la calidad, buena presentación y fechas señaladas.

c. Orientar y asesorar el rendimiento académico y velar por la disciplina de las estudiantes que la Dirección le ha confiado.

d. Asesorar en consonancia con los (as) coordinadores(as), a las estudiantes seleccionadas para participar en los concursos internos y externos oficiales.

e. Vigilar y cuidar a sus estudiantes en horas de clases, durante su permanencia en el Colegio y durante las actividades debidamente programadas y autorizadas que se realicen fuera del Colegio.

f. Velar por el cumplimiento de las normas de aseo personal y vestimenta de uniforme completo de las estudiantes, por la limpieza del salón de clase y cuidado del mobiliario escolar e infraestructura en general.

g. Registrar las evaluaciones y los promedios en sus registros y actas finales, siendo responsables directos de las mismas.

h. Entregar informes, pruebas, circulares, citaciones y documentos que envíe el Colegio a los padres de familia y recoger y archivar los desglosables respectivos.

i. Informar oportunamente al Coordinador(a) de Tutoría y Sana convivencia, sobre cualquier situación que afecte o pudiera afectar el desempeño escolar o sana convivencia de las estudiantes.

j. Imponer las medidas correctivas que correspondan por la comisión de faltas leves en las que incurran las estudiantes, de conformidad con lo estipulado por el Reglamento Interno del Colegio.

k. Informar periódicamente a la coordinación respectiva o cuando ésta lo requiera, el avance de su planificación curricular.

l. Participar de las reuniones periódicas que convoque la coordinación respectiva para la realización de su trabajo docente.

m. Asistir a las asambleas y actividades programadas dentro y fuera del Colegio. d. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asignen

las Subdirecciones o Coordinación académica respectiva y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

4.3 JEFE(A) DE LABORATORIO

Es un(a) docente del área de Ciencia y Tecnología, responsable del buen funcionamiento y mantenimiento del laboratorio. Es propuesto(a) por la Dirección en coordinación con el

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Órgano Promotor y nombrado(a) por la Dirección Regional de Educación y depende del (a) Coordinador (a) del área de Ciencia y Tecnología. Le competen las siguientes funciones: a. Formar parte del personal docente del área de Ciencia y Tecnología y desarrollar las

funciones que como tal le corresponden. b. Elaborar y velar por el cumplimiento del Reglamento Interno del Laboratorio. c. Garantizar el funcionamiento óptimo del laboratorio y la operatividad de los

instrumentos y materiales y velar por la conservación y uso adecuado de los mismos. d. Disponer la realización del inventario físico de los instrumentos, equipos, materiales,

reactivos y demás enseres del laboratorio, debiendo informar a la Administración y a (la) Coordinador (a) del área de Ciencia y Tecnología, sobre las incidencias encontradas.

e. Elaborar el horario de prácticas de laboratorio por grados y aulas en coordinación con los(as) docentes del área.

f. Elaborar el cuadro de requerimiento de equipos, instrumentos, materiales y reactivos químicos y solicitarlos oportunamente a la Administración.

a. Informar oportunamente al (a) Coordinador (a) del área de Ciencia y Tecnología o cuando éste(a) lo requiera, sobre el desarrollo de las actividades programadas o situaciones que afecten el normal funcionamiento del laboratorio.

g. Informar oportunamente a la Administración sobre los desperfectos en los instrumentos, equipos, materiales, reactivos y demás enseres del laboratorio, velando por su reparación o reemplazo oportuno.

h. Incentivar la investigación científica y asesorar las actividades complementarias, como ferias internas de Ciencias, exposiciones de inventos y proyectos del Municipio Escolar relacionados con el área de Ciencia y Tecnología.

e. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asignen la Subdirección respectiva y la Coordinación de Ciencia y Tecnología y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

4.3.1 AUXILIAR DE LABORATORIO

El (la) auxiliar de laboratorio es técnico(a) de laboratorio, responsable de asistir en todas las actividades que se desarrollen en el laboratorio. Es propuesto(a) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor y nombrado(a) por la Dirección Regional de Educación. Depende del(a) Jefe(a) de Laboratorio. Le competen las siguientes funciones: a. Coordinar y asistir al (la) jefe(a) de Laboratorio y a los(as) docentes del área de Ciencia

y Tecnología en la realización de las prácticas y actividades de laboratorio programadas.

b. Hacer cumplir a las estudiantes y docentes el Reglamento Interno del Laboratorio. c. Preparar lo necesario para la realización de las prácticas (materiales, reactivos,

muestras, etc.) d. Velar por que los ambientes del laboratorio estén limpios y ordenados, coordinando

con el personal de limpieza designado para su orden y aseo. e. Cuidar el uso adecuado de los instrumentos, equipos, materiales, reactivos y demás

enseres del laboratorio. f. Preservar el instrumental y material del laboratorio, no estando autorizado/a

disponer de él sin la respectiva autorización del Jefe(a) de Laboratorio.

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g. Actualizar el registro de prácticas, el que debe ser firmado por el (la) docente responsable.

h. Realizar y actualizar el inventario físico del laboratorio, registrando ingresos y egresos de instrumentos, equipos, materiales, reactivos y demás enseres del laboratorio.

i. Informar periódicamente al (a) Jefe(a) de Laboratorio o cuando éste(a) lo requiera, sobre el desarrollo de las actividades programadas o situaciones que afecten el normal funcionamiento del laboratorio.

j. Actualizar los murales con noticias, pensamientos, horario de prácticas, reglamento del laboratorio, etc.

k. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne el (la) Jefe(a) de Laboratorio y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

4.4 BIBLIOTECARIO(A)

Es una persona con conocimientos en organización y recopilación de los recursos documentales, responsable de la administración de la Biblioteca Escolar. Es propuesto(a) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor y nombrado(a) por la Dirección Regional de Educación. Depende de las Subdirecciones. Le corresponden las siguientes funciones: a. Realizar y garantizar la organización, mantenimiento y utilización adecuada de los

recursos documentales de la Biblioteca Escolar. b. Custodiar los recursos documentales de la Biblioteca Escolar. c. Organizar técnicamente el catálogo de libros para el uso de las estudiantes y docentes

y de las fichas de control respectivo. d. Atender el servicio de biblioteca durante el horario escolar y en los días y horas que

determinen las Subdirecciones, facilitando el acceso a diferentes fuentes de información.

e. Orientar a las estudiantes y docentes en la utilización de los diferentes recursos documentales.

f. Mantener el orden y disciplina de las estudiantes en la sala de lectura. g. Realizar y mantener el inventario de los recursos documentales de la Biblioteca. h. Informar oportunamente a las subdirecciones respectivas en caso de pérdida o

deterioro de los recursos documentales de la Biblioteca y de las incidencias que afecten el normal uso de la misma.

i. Proponer a la Dirección la adquisición de libros y recursos documentales en general. j. Realizar actividades que estimulen el uso de los recursos documentales y la lectura

como medio de aprendizaje y enriquecimiento personal. f. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asignen

las Subdirecciones y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

5. ÓRGANOS DE TUTORÍA Y SANA CONVIVENCIA

Los Órganos de Tutoría y Sana Convivencia son los responsables de garantizar el cumplimiento del Plan Anual de Tutoría y el orden y disciplina del Colegio. Lo integran los (as) Coordinadores (as) de cada nivel (Inicial, Primaria y Secundaria), los (as) Tutores (as) y los (as) auxiliares de educación y enfermería.

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5.1 COORDINADORES (AS) DE TUTORÍA Y SANA CONVIVENCIA Los (as) Coordinadores (as) de Tutoría y Sana Convivencia son profesionales que destacan por su identificación con la Axiología del Colegio y su alto espíritu de colaboración, trabajo en grupo y facilidad para organizar e imponer orden y disciplina. Son los (las) responsables de velar por la ejecución del Plan Institucional de Tutoría y garantizar el cumplimiento de las normas disciplinarias que rigen el Colegio. Son designados (as) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor. Dependen de las Subdirecciones respectivas. Les competen las siguientes funciones: a. Organizar, coordinar, monitorear y evaluar la orientación y el acompañamiento

tutorial de las estudiantes y el orden y disciplina del Colegio, a fin de que el proceso de enseñanza - aprendizaje se desarrolle dentro de un ambiente de sana convivencia y armonía.

b. Velar por el adecuado clima institucional fomentando el bienestar general de las estudiantes y el mantenimiento de las relaciones humanas entre todos los miembros de la comunidad educativa, a través del cultivo de valores éticos, morales y cristianos.

c. Garantizar el orden y disciplina de las estudiantes en el interior del Colegio, en el ingreso y salida del Colegio y en las actividades que se realizan fuera de éste y que estén debidamente programadas y autorizadas por la Subdirección respectiva.

d. Coordinar con las Subdirecciones, Tutores y Administración, la distribución de las estudiantes por aula según el grado y sección.

e. Dar a conocer al inicio del año escolar, a las estudiantes y padres de familia, las normas disciplinarias estipuladas en el Reglamento Interno y las que se impartan durante el año escolar.

f. Dirigir y monitorear las tareas y actividades de las Auxiliares de Educación en cuanto corresponda al ámbito de tutoría y sana convivencia.

g. Organizar, orientar y monitorear la formación del Municipio Escolar y de los Grupos Integrales, para el cumplimiento de sus fines e informar periódicamente a la Dirección, sobre el cumplimiento de sus objetivos y obligaciones.

h. Promover la participación de las estudiantes en el cumplimiento de las normas de tutoría y sana convivencia, a través de los Consejos de Aula.

i. Coordinar con instituciones afines como Gobierno Local y Regional, ESSALUD, Comisaría, MINSA y otros, el desarrollo de actividades de prevención que fomenten la calidad de vida de las estudiantes y de sus familias.

j. Difundir mensualmente las actividades que desarrollará el Colegio, previa coordinación con el coordinador del Grupo Integral.

k. Organizar y promover la participación del personal del Colegio y padres de familia en las acciones de tutoría y sana convivencia que se programen.

l. Autorizar el desarrollo o la participación de las estudiantes en actividades que no son estrictamente académicas, ni pastorales y que se realizan fuera del ámbito del Colegio, necesitando para ello la aprobación de la Subdirección respectiva.

m. Coordinar y controlar la atención de docentes a los padres de familia, respetando el horario establecido.

n. Atender e informar oportunamente a los padres de familia sobre asuntos relacionados con la tutoría y sana convivencia de las estudiantes o sobre cualquier situación que pudiera afectar la integridad de las mismas y realizar visitas domiciliarias o cualquier acción urgente que el caso amerite.

o. Monitorear permanentemente el record personal de inasistencias y tardanzas de las estudiantes e informar a la Dirección y Subdirecciones respectivas las ausencias y

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tardanzas reiteradas y visitar los hogares de las estudiantes o realizar oportunamente las acciones necesarias para evitarlas.

p. Atender a los padres de familias para las justificaciones de faltas y tardanzas de las estudiantes.

q. Recibir, custodiar y entregar a los padres de familia los objetos prohibidos que le son retenidos a las estudiantes.

r. Requerir informes periódicos o cuando sea necesario, al personal competente sobre el cumplimiento de las normas de tutoría y sana convivencia o sobre cualquier asunto que afecte o pueda afectar su cumplimiento.

s. Realizar indagaciones en los casos que se afecte o ponga en riesgo la sana convivencia o el ejercicio de los derechos de las estudiantes, debiendo elevar el respectivo informe a la Dirección o al Consejo Directivo, según corresponda.

t. Realizar indagaciones en los casos de faltas disciplinarias en las que incurran las estudiantes, debiendo elevar el respectivo informe a la Dirección o al Consejo Directivo en caso de faltas graves, acompañando la propuesta de adopción de medidas correctivas que debieran implementarse de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interno.

u. Imponer medidas correctivas ante la comisión de faltas leves en las que incurran las estudiantes, siempre que revistan complejidad, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interno.

v. Integrar el Consejo Directivo y el equipo de COSAPE y participar en las reuniones que se convoque.

g. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne la Dirección o Subdirecciones y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

5.1.1 AUXILIAR DE EDUCACIÓN:

El (la) auxiliar de educación es un(a) técnico(a) en educación, responsable de apoyar de manera integral a los (as) tutores y docentes en las actividades del quehacer educativo. Es designado(a) por la Dirección Regional de Educación y dependen de los (as) Coordinador(as) de Tutoría y Sana Convivencia.

Le competen las siguientes funciones: a. Hacer cumplir las normas establecidas en el Reglamento Interno del Colegio. b. Acompañar y cuidar a las estudiantes ante la ausencia del personal docente o cuando

los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia lo dispongan. c. Recibir en la puerta de ingreso a las estudiantes y verificar que asistan correctamente

uniformadas. d. Vigilar la salida del Colegio de las estudiantes, cuidando que se realice en orden y

que éstas sean recibidas por sus padres, apoderadas o responsables, según corresponda.

e. Vigilar el cuidado y conservación de la infraestructura, mobiliario y enseres del Colegio.

f. Verificar el aseo del aula y de los diferentes ambientes del Colegio al término de las clases, debiendo informar a los (as) tutores(as) el incumplimiento de las normas establecidas.

g. Apoyar a los (as) tutores(as) en el control de la asistencia de las estudiantes, debiendo implementar y actualizar permanentemente los registros respectivos.

h. Mantener el orden y la disciplina en las diferentes formaciones generales,

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coordinando previamente con los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia y los (as) tutores (as).

i. Informar oportunamente y con la urgencia debida, a los (as) tutores (as) o a los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia, sobre los casos de incumplimiento de las normas de disciplina y sana convivencia o sobre cualquier situación que afecte o ponga en riesgo la integridad y sana convivencia de las estudiantes.

j. Referir a enfermería a las estudiantes que presenten algún problema de salud o que hayan participado en algún suceso que pueda afectar su salud.

k. Entregar circulares, comunicados, avisos y otros, al personal responsable de su reparto, cuidando no interrumpir las actividades académicas.

l. Apoyar en las reuniones generales en las actividades que le encomienden los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia o los tutores.

h. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne la Dirección o Subdirecciones, los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia y Tutores (as) y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

5.1.2 AUXILIAR DE ENFERMERÍA:

El (la) auxiliar de enfermería es un(a) profesional de la salud, técnico(a) en enfermería, responsable de la atención primaria de la salud de las estudiantes y personal del Colegio. Es designado(a) por el Órgano Promotor del Colegio en coordinación con la Dirección y dependen de los (as) Coordinador(as) de Tutoría y Sana Convivencia. Le corresponde las siguientes funciones: a. Brindar atención primaria de salud y/o primeros auxilios a las estudiantes y personal

del Colegio que lo requieran y si el caso lo amerita, acompañar a las estudiantes a su domicilio previa autorización de la Subdirección respectiva.

b. Informar oportunamente y con la urgencia debida, a los (as) tutores (as) o a los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia, sobre cualquier situación que afecte o ponga en riesgo la salud de las estudiantes, para la adopción de las medidas respectivas.

c. Impulsar y apoyar a los responsables en el desarrollo de las campañas de salud o de bienestar integral.

d. Llevar un parte diario de los diferentes casos que atiende, debiendo registrar las incidencias relevantes.

e. Mantener implementado el botiquín con medicamentos básicos. f. Orientar a las estudiantes sobre conocimientos básicos de primeros auxilios y

cuidado de su salud e integridad física. g. Participar activamente en los simulacros y acciones de Defensa Civil y en general en

las acciones de prevención que dispongan los órganos competentes. h. Elaborar e implementar conjuntamente con las regidoras de salud y medio ambiente,

proyectos de cuidado de la salud, prevención de enfermedades y primeros auxilios. i. Permanecer en su área de trabajo para cumplir con el servicio a su cargo. j. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección o Subdirecciones, los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia y Tutores (as) y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

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5.2 TUTOR(A) Es un(a) docente identificado(a) con la axiología del Colegio y el aprendizaje integral de las estudiantes, es el (la) responsable de acompañar y colaborar permanentemente con el proceso de formación de las estudiantes. Es designado(a) por la Dirección y dependen de las Subdirecciones respectivas. Le competen las siguientes funciones: a. Planificar, ejecutar y evaluar permanentemente el plan tutorial con los(as) docentes

de grado y participar activamente en las reuniones de coordinación. b. Realizar el acompañamiento tutorial individual y grupal de las estudiantes que la

Dirección le ha confiado. c. Evaluar permanentemente el desarrollo académico y el comportamiento de sus

estudiantes, teniendo presente los objetivos pedagógicos, el Reglamento Interno y los acuerdos de convivencia adoptados.

d. Asesorar al Consejo de aula para el cumplimiento de las funciones encomendadas. e. Promover la participación de sus estudiantes en todas las actividades programadas

por el Colegio. f. Informar oportunamente a la Subdirección respectiva, sobre cualquier situación que

afecte o pudiera afectar el desempeño escolar o sana convivencia de las estudiantes. g. Derivar oportunamente y cuando el caso lo requiera, al departamento de Psicología,

Coordinación de Pastoral o Tutoría y Sana Convivencia, las situaciones problemáticas de sus estudiantes, según corresponda.

h. Acompañar y supervisar la entrada, recreo y salida de sus estudiantes en los turnos establecidos (nivel inicial y primaria).

i. Canalizar la información entre el Colegio y los padres de familia a través de las reuniones académicas e informativas, actividades pastorales, culturales y otros.

j. Desarrollar la Escuela para Padres en coordinación con el Departamento de Psicología. k. Colaborar con las actividades de Pastoral, Defensa Civil, Deportes y otros propuestos

por la Dirección. i. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección o Subdirecciones o los (as) Coordinadores(as) de Tutoría y Sana Convivencia y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

5.3 DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA:

El departamento de psicología es el responsable de la evaluación y orientación psicológica de las estudiantes y del asesoramiento psicológico de los(as) coordinadores(as), tutores(as), docentes y padres de familia. Está a cargo de profesionales en Psicología, que son designados por la Dirección y dependen de las subdirecciones respectivas. Le competen las siguientes funciones: a. Evaluar, diagnosticar, asesorar y orientar psicológicamente a las estudiantes, con la

ayuda y participación de los padres de familia, tutores(as) y docentes. b. Orientar personalmente a las estudiantes en el conocimiento de sí mismas y su

relación con el grupo. c. Integrar las comisiones de evaluación, tanto de estudiantes postulantes y/o docentes

nuevos. d. Evaluar de manera objetiva y sistemática las capacidades y aptitudes en todas las áreas

de desarrollo de las estudiantes que ingresan al Colegio y de las estudiantes que sean derivadas a su departamento.

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e. Proponer y ejecutar programas de acompañamiento para las estudiantes cuando el caso lo amerite.

f. Contribuir a elevar el rendimiento académico y el comportamiento de las estudiantes a través del desarrollo de proyectos psicopedagógicos.

g. Informar oportunamente a los (as) tutores(as), subdirectores (as) y padres de familia, o cuando éstos lo requieran, sobre las evaluaciones y el resultado del acompañamiento psicológico realizado a las estudiantes y sobre situaciones que afecten o puedan afectar su bienestar y sana convivencia.

h. Elaborar y ejecutar el proyecto de orientación vocacional profesional para las estudiantes promocionales.

i. Fomentar las relaciones armónicas entre el personal de la comunidad educativa a través de distintas actividades psicopedagógicas.

j. Instruir al personal del Colegio y a los padres de familia sobre problemas de aprendizaje y/o conducta de las estudiantes.

k. Brindar asesoramiento continuo y capacitación a los (as) coordinadores(as), los(as) tutores(as) y docentes, en temas específicos relacionados con el desarrollo cognitivo y psicológico de las estudiantes.

l. Desarrollar el programa de Escuela de Padres conjuntamente con los(as) tutores(as). m. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección o Subdirecciones respectivas.

6. ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Los órganos administrativos son los responsables de la administración y custodia de los recursos humanos y patrimoniales del Colegio de acuerdo a las disposiciones impartidas por el Órgano Promotor. Lo integran Administración y Tesorería, Secretaría y Mantenimiento.

6.1 ADMINISTRACIÓN Y TESORERÍA

La Administración y Tesorería es el área responsable gestionar y administrar los recursos humanos y patrimoniales del Colegio, garantizando un funcionamiento eficaz y eficiente del Colegio. Está cargo de un(a) Administrador(a), con conocimientos en administración. Es designado(a) por el Órgano Promotor y depende directamente de éste. Su cargo es de confianza. Le competen las siguientes funciones: a. Programar y gestionar de manera oportuna la asignación y disposición de los recursos

en coordinación con el Órgano Promotor. b. Velar por el cumplimiento de las disposiciones administrativas que se impartan. c. Percibir los ingresos y fondos del Colegio de acuerdo a las estipulaciones impartidas

por el Órgano Promotor. d. Llevar el registro de los ingresos y egresos diarios, archivando las facturas y/ o boletas

correspondientes y demás información económica/contable del Colegio. e. Presentar oportunamente los informes que se le requieran sobre los aspectos

económicos/contables del Colegio. f. Realizar las transacciones económicas en representación del Colegio, con el

consentimiento del Órgano Promotor. g. Realizar oportunamente los pagos de la planilla laboral y los servicios varios del

Colegio, previa coordinación y autorización del Órgano Promotor.

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h. Hacer firmar las planillas de pago mensual del personal que labora en el Colegio y entregar las boletas respectivas.

i. Orientar al personal sobre el cumplimiento de sus deberes laborales y sobre el ejercicio de sus derechos.

j. Controlar la asistencia y puntualidad del personal contratado por el Colegio e informar periódicamente al Órgano Promotor o cuando éste lo requiera.

k. Informar a la Dirección, con la urgencia debida, sobre las faltas laborales en las que pueda incurrir el personal contratado del Colegio.

l. Atender las solicitudes de carácter laboral (permisos, licencias, cambio de jornada u horario de trabajo, etc.) presentadas por el personal contratado por el Colegio, previa coordinación con el Órgano Promotor.

m. Organizar y supervisar al personal administrativo del Colegio, debiendo programar su jornada, horario y turnos de trabajo, sus vacaciones y demás aspectos relacionados con el ejercicio de sus derechos laborales.

n. Imponer las sanciones por la comisión de faltas leves en las que incurra el personal contratado del Colegio.

o. Realizar el control y seguimiento permanente del pago de pensiones de las estudiantes.

p. Informar trimestralmente al Órgano Promotor sobre el flujo en el pago de las pensiones escolares, haciendo incidencia en los retrasos en los que incurren los padres de familia.

q. Atender las solicitudes referidas al cumplimiento del pago de las pensiones escolares. r. Organizar, administrar y gestionar ante el Órgano Promotor el mantenimiento de los

inmuebles, muebles y equipos del Colegio; la compra de los bienes y materiales y la contratación de los servicios que se requiera para el normal funcionamiento del Colegio.

s. Entregar oportunamente el material que le sea requerido por el personal competente de los diferentes órganos del Colegio.

t. Disponer la realización del inventario físico de los bienes del Colegio, debiendo informar al Órgano Promotor sobre las incidencias encontradas.

u. Garantizar la adecuada protección de los datos de los diferentes archivos que gestiona el Colegio, velando por el cumplimiento de las normas vigentes.

j. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne el Órgano Promotor y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

6.1.1 AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN

El/la auxiliar de Contabilidad es un(a) técnica en contabilidad y/o administración, responsable de asistir al(a) Administrador(a) en la gestión y administración de los recursos del Colegio. Es designado(a) por el Órgano Promotor y depende de la Administración y Tesorería. Le competen las siguientes funciones: a. Coordinar y asistir al (a) Administrador(a) en la realización de las actividades propias

del área. b. Mantener actualizada y organizada la documentación contable en el archivo físico y

virtual, según corresponda. c. Informar permanentemente sobre las condiciones y estados económicos de pago de

las pensiones escolares.

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d. Realizar el cobro de los servicios escolares que le hayan sido autorizados por la Administración e informar permanentemente sobre la ejecución de los mismos.

e. Mantener actualizada la base de datos de las estudiantes y del personal del Colegio, de acuerdo a la plataforma virtual.

f. Mantener ordenado y actualizado el archivo documentario de la Administración. g. Realizar los pagos de los servicios y las compras que le requiera la Administración. h. Apoyar en la realización del inventario físico de los bienes del Colegio. i. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Administración y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

6.2 SECRETARÍA:

La Secretaría es el órgano responsable de gestionar eficientemente el trámite documentario y custodiar y preservar el acervo documentario del Colegio. Está conformada por (el) la responsable de Secretaría y los(as) Secretarios(as).

6.2.1 RESPONSABLE DE SECRETARÍA El (la) responsable de Secretaría, es una persona con conocimientos en secretariado, con gran capacidad de comunicación y organización. Es propuesto(a) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor y designado por la Dirección Regional de Educación. Depende de la Dirección y en asuntos académicos de las Subdirecciones de los distintos niveles. Le competen las siguientes funciones: a. Dirigir, organizar, implementar y controlar las acciones de trámite documentario del

Colegio. b. Garantizar la custodia y preservación del acervo documentario del Colegio, velar por

su veracidad y por la adecuada protección de los datos personales que contienen. c. Cumplir las decisiones e instrucciones que imparta el Órgano Promotor, la Dirección

del Colegio y las Subdirecciones de cada nivel. d. Informar, con la urgencia debida, a los órganos que corresponda, de los asuntos

documentarios que les competen, debiendo dejar constancia de su entrega y conocimiento de los mismos.

e. Garantizar la actualización de la información académica y personal de las estudiantes.

f. Velar por el correcto registro de los datos de las estudiantes, tanto ante el Colegio como ante los organismos oficiales.

g. Clasificar y archivar las actas de evaluación e informes de las estudiantes. h. Revisar y verificar la veracidad de las certificaciones que se elevan al Órgano

Promotor y a la Dirección para su expedición a los interesados. i. Preparar la nómina de matrícula de las estudiantes para su aprobación respectiva y

actualizar las fichas de matrícula. j. Garantizar la actualización de la información laboral del personal del Estado que

labora en el Colegio. k. Atender las solicitudes de permisos del personal del Estado e informar

mensualmente a la Dirección o cuando ésta lo requiera, sobre los permisos otorgados y las incidencias que se susciten en su ejecución.

l. Dar fe de los diplomas y certificados, evaluación de exámenes, expedientes académicos y disciplinarios del Colegio.

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m. Preservar y custodiar el archivo de los documentos de interés del Colegio y del sector de Educación.

n. Coordinar y monitorear permanentemente las actividades de los(as) Secretarios(as). o. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asignen

la Dirección, Subdirecciones o la Administración y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

6.2.2 SECRETARIOS (AS):

Los(as) secretarios(as) son personas con conocimientos técnicos en secretariado, responsables de gestionar el manejo eficiente del trámite documentario y ejecutar la organización del acervo documentario. Son propuestos(as) por la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor y designados por la Dirección Regional de Educación. Dependen del(a) responsable de Secretaría. Les competen las siguientes funciones: a. Atender la mesa de partes, debiendo recibir y despachar, oportunamente la

correspondencia, documentos y datos que le solicitan con carácter oficial. b. Recepcionar, clasificar, archivar y distribuir la documentación que se le encargue,

debiendo dejar constancia de su entrega oportuna. c. Realizar trabajos de computación relacionados con la Administración. d. Redactar y despachar, de acuerdo con las instrucciones, documentos varios. e. Recepcionar las llamadas telefónicas y transferirlas a los anexos respectivos. f. Coordinar con los órganos requeridos la atención de las autoridades, padres de

familia y público en general. g. Atender y orientar al usuario y estudiantes sobre trámites y consultas que formulen h. Custodiar los sellos oficiales del Colegio. i. Coordinar con la Dirección y Subdirecciones respectivas, el proceso de admisión,

matrícula y programas de nivelación. j. Mantener actualizada la información personal y académica de las estudiantes. k. Realizar el registro de notas de las estudiantes en el sistema y la impresión de las

Hojas Informativas. l. Actualizar las fichas de matrícula de las estudiantes. m. Elaborar nóminas de matrículas, actas de evaluación final, recuperación y aplazados. n. Realizar el llenado de cuadros estadísticos y censos emitidos por la Dirección

Regional de Educación, previa coordinación con los órganos competentes. o. Cumplir con la transcripción de certificados de la promoción y otras que soliciten en

el transcurso del año. p. Realizar trámites con su respectivo seguimiento ante la Dirección Regional de

Educación u otros organismos oficiales. q. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asignen

el (la) Responsable de secretaría, la Dirección o Subdirecciones y la Administración.

6.3 MANTENIMIENTO El área de Mantenimiento es el órgano responsable de orden, limpieza y mantenimiento

general de toda la infraestructura, bienes y enseres del Colegio. Está conformado por el personal de limpieza, conserjes y jardineros(as).

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6.3.1 PERSONAL DE LIMPIEZA El personal de limpieza está integrado personas con amplia experiencia en servicios

complementarios de cuidado, limpieza y mantenimiento de bienes inmuebles y bienes muebles. Son nombrados (as) o contratados (as) por la Dirección Regional de Piura a propuesta de la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor o contratados (as) directamente por el Colegio. Le competen las siguientes funciones: a. Realizar labores de limpieza y mantenimiento integral de los ambientes que se le

asignan y durante las jornadas establecidas. b. Velar por la buena conservación del mobiliario y enseres de las oficinas. c. Solicitar con anticipación el material que necesite para el desarrollo de su labor. d. Participar en las jornadas de limpieza general que programe la Administración y

Dirección. e. Hacer buen uso del material e implementos de limpieza, muebles y enseres del

Colegio. f. Informar oportunamente a la Administración sobre situaciones que afecten el orden,

limpieza, buen uso y conservación de los bienes del Colegio. g. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Administración y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

6.3.2 CONSERJES

Los (as) Conserjes son personas con amplia experiencia en vigilancia privada y oficios varios, que se caracterizan por su organización y buen trato a las personas. Son los responsables de la custodia y vigilancia del Colegio y de la realización de servicios auxiliares necesarios para garantizar el óptimo funcionamiento del Colegio. Son nombrados(as) o contratados (as) por la Dirección Regional de Piura a propuesta de la Dirección en coordinación con el Órgano Promotor o contratados directamente por el Colegio. Les compete realizar las siguientes funciones: a. Cumplir con las disposiciones que se impartan sobre vigilancia, custodia y seguridad

de las estudiantes, personal y bienes del Colegio; así como, sobre el horario de atención de los diferentes órganos del Colegio.

b. Cuidar los diferentes ambientes del Colegio siendo el responsable de la custodia y cuidado de todos los enseres de la misma.

c. Atender con amabilidad y respeto a las estudiantes, padres de familia y público en general.

d. Controlar el ingreso y salida del personal que labora en Colegio, debiendo registrar sus ingresos y salidas, incluso las que se realicen fuera de la jornada académica regular. En este último caso se requiere de la autorización de Subdirecciones respectivas.

e. Requerir la papeleta de permiso al personal del Colegio, cuando deban abandonar el centro de trabajo durante su jornada laboral y comunicar de inmediato a Administración cuando el personal no cumpla con entregar la papeleta.

f. Coordinar el ingreso y salida de las estudiantes, debiendo requerir el correspondiente permiso cuando deban salir del Colegio durante la jornada académica.

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g. Permitir y registrar el ingreso de las estudiantes fuera de la jornada académica habitual, sólo y únicamente cuando haya recibido la correspondiente autorización de Subdirección respectiva.

h. Controlar el ingreso y salida de los padres de familia, debiendo requerir su documento de identificación y permitir y registrar su ingreso al Colegio, sólo por motivos justificados: citaciones, convivencia escolar u otra dependencia, previa coordinación u orden de atención.

i. Controlar y registrar el ingreso y salida de terceros, debiendo permitir su ingreso previa autorización de la Dirección y/o Subdirección respectiva y presentación de su documento de identidad.

j. Verificar que las personas que ingresen al Colegio se dirijan directamente al lugar donde será atendido y que sean atendidas por quien corresponda.

k. No recibir ningún encargo para las estudiantes (trabajos, loncheras, cuadernos, libros, etc.).

l. Mantener el control estricto de las llaves de los ambientes del Colegio. m. Reportar de inmediato a Administración, cualquier situación irregular o sospechosa

que pudiera poner en riesgo la seguridad de las personas y/o de los bienes del Colegio.

n. Mantener orden y limpieza en el área de recepción del Colegio. o. Participar en las jornadas de limpieza general que programe la Administración y/o

Dirección. p. Realizar las acciones que resulten necesarias para la seguridad de las personas y/o

de los bienes del Colegio. q. Atender de manera oportuna los requerimientos de impresiones que le soliciten los

órganos del Colegio, de acuerdo a las disposiciones impartidas por la Administración. r. Coordinar directamente con las Subdirecciones u órganos responsables, con una

anticipación de 48 horas, salvo situaciones de urgencia, la recepción del material a imprimir (evaluaciones, informes, notas técnicas, módulos, notificaciones, etc.).

s. Cuidar y preservar el buen estado y funcionamiento de los equipos a su disposición. t. Informar oportunamente a Administración de los problemas o situaciones que

afecten la operatividad de los equipos que utiliza o el buen desempeño de su trabajo. u. Prever el abastecimiento de los materiales a utilizar, debiendo coordinar

oportunamente con Administración su entrega. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne la Administración y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

6.3.3 JARDINERO

El (la) jardinero (a) es una persona con conocimientos en jardinería y paisajismo interior, es el (la) responsable del cuidado y preservación de las áreas verdes, jardines, adornos florales y en general de todas las plantaciones del Colegio. Es designado(a) por el Órgano Promotor y depende de la Administración.

Le competen las siguientes funciones: a. Cuidar y mantener en óptimas condiciones las áreas verdes, jardines, adornos

florales y en general de todas las plantaciones. b. Cultivar flores y plantas, realizando las plantaciones, podas, aclarado, recorte,

limpieza y cualquier otra acción que se requiera para su buen estado y ornato del Colegio.

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c. Preparar y aplicar insecticidas cuidando las dosis adecuadas y adoptando las medidas de prevención pertinentes.

d. Prever el abastecimiento de los materiales a utilizar, debiendo coordinar oportunamente con Administración.

e. Proponer la creación de nuevos espacios verdes a través de la plantación de nuevos arbustos y flores.

f. Proponer la adopción de medidas para el cuidado y respeto de las áreas verdes por parte de las estudiantes y personal del Colegio.

g. Informar oportunamente a Administración de los problemas o situaciones relacionadas con el mal uso de las áreas verdes o que afecten el buen desempeño de su trabajo.

h. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne la Administración y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

8. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

Los Órganos de Participación son la instancia de colaboración y apoyo de las estudiantes, y padres de familia con las actividades y objetivos del Colegio. Está integrado por el Comité de Aula de Padres de Familia, el Municipio Escolar y el Consejo de Aula.

8.1 COMITÉ DE AULA DE PADRES DE FAMILIA El Comité de Aula de Padres de Familia se conforma en cada sección y es un órgano de coordinación, participación y apoyo a las actividades del Tutor(a) y del Colegio, en asuntos relacionados con el desarrollo pedagógico de las estudiantes y el buen funcionamiento de los servicios del Colegio. No es autónomo, ni ejerce funciones de control y fiscalización. Depende jerárquicamente de la Dirección y está constituido por un(a) presidente(a), un(a) secretario(a) y un(a) vocal, elegidos en la primera reunión de padres de familia o apoderados de las estudiantes matriculadas, entre aquellos que se identifican con los lineamientos del Colegio, tienen disposición de trabajar en coordinación con el (a) tutor(a) y los (as) docentes de aula. Le competen las siguientes funciones: a. Participar y colaborar en las actividades de formación espiritual, cultural y cívica que

promueva el Colegio, a fin de mejorar los niveles de desarrollo personal de las estudiantes.

b. Apoyar al (a) tutor(a) y los (as) docentes de aula, en las actividades que programe el Colegio durante el año escolar, sin interferir en los aspectos técnicos pedagógicos y respetando siempre su autonomía.

c. Colaborar con las actividades que realice el Colegio para mejorar los servicios educativos.

d. Cumplir con las exigencias técnicas pedagógicas y el Reglamento Interno del Colegio. k. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Dirección y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.

8.2 MUNICIPIO ESCOLAR El Municipio Escolar es el órgano de participación de las estudiantes del nivel Inicial, Primario y Secundario. Está conformado por la Alcaldesa, la Teniente Alcaldesa, una Regidora de educación, cultura y deporte, una Regidora de salud y medio ambiente, una Regidora de producción y servicios, una Regidora de derechos del niño, niña y adolecente,

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una Regidora de comunicación y tecnologías de la información y una de Regidora de pastoral. Se rigen por su propio reglamento interno y dependen de las Subdirecciones respectivas. Le competen las siguientes funciones: a. Participar en la gestión educativa, como un ente dinamizador de las relaciones entre

estudiantes, personal docente, padres de familia y los diferentes órganos del Colegio. b. Planificar y ejecutar la participación de las estudiantes en actividades relacionadas con

el quehacer educativo de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado. c. Realizar propuestas de mejora de los servicios educativos. d. Informar sobre situaciones que afecten el buen desempeño de las estudiantes o el

buen funcionamiento de los servicios educativos. e. Impulsar y participar campañas escolares relacionadas con la cultura, el medio

ambiente, la salud, la sana recreación y el deporte. f. Promover los derechos de los niños(as) y adolescentes y velar por el cumplimiento de

sus obligaciones. g. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne

la Subdirección respectiva.

8.3 CONSEJO DE AULA Es el órgano de participación de las estudiantes que pertenecen a la misma sección y que contribuyen con la organización y ejecución de actividades académicas, pastorales y de disciplina y sana convivencia en coordinación estrecha con su Tutor(a). Está conformado por la Alcaldesa, una Regidora de salud y medio ambiente, una Regidora de Pastoral, una Regidora de los derechos del niño, niña y adolescente, una Regidora de Producción y Servicios, una Regidora de cultura y deportes y una Regidora de Pastoral. Le competen las siguientes funciones: a. Colaborar con las actividades y funciones del Municipio Escolar con quien coordina

estrechamente. b. Promover la participación de las estudiantes en actividades propias del quehacer

educativo. c. Identificar e informar oportunamente a su Tutor (a) situaciones que afecten el buen

desempeño de las estudiantes o el buen funcionamiento del servicio educativo. d. Fomentar activamente la disciplina y la sana convivencia de las estudiantes. e. Elaborar su plan de Trabajo con el asesoramiento del(a) docente designado(a) por la

Subdirección respectiva. f. Las demás funciones que por ley o por su naturaleza le correspondan o que le asigne la

Subdirección respectiva y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales.