inspeccion de obras civiles

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2.Crear una cuenta en forma gratuita en slideshare y montar tus diapositivas ya creadas. Las diapositivas deben ser identificadas con tu nombre apellido y cedula. 3.Pegar en el espacio actividades denominado SUBIR AQUÍ ACTIVIDAD 20% III CORTE, el link que se genera una vez subidas tus diapositivas. El Jefe de Obra(Residente): Es el profesional designado por la empresa constructora para conducir la obra. Tiene a su cargo la planificación y organización de los trabajos, la dirección del personal y la administración de los recursos puestos a su disposición para la ejecución de la obra de acuerdo a las condiciones contractuales y teniendo en cuenta los presupuestos de la empresa. En algunos casos esta función es asumida por el Representante Técnico, lo cual es razonable ya que al ser el responsable por la ejecución de la obra es natural que se ocupe de la conducción de los trabajos. Pero es habitual que la empresa, teniendo en cuenta las atribuciones del RT, prefiera otorgar este cargo a una persona de su confianza que generalmente pertenece a un nivel gerencial. El Asesor en Seguridad e Higiene: Es un profesional con formación específica quien tiene a su cargo el asesoramiento integral sobre las normas de seguridad e higiene del trabajo y la protección ambiental. El Inspector de Obra: En las obras públicas la dirección de obra la ejerce la repartición del estado a la que le es inherente la obra (Dirección de Arquitectura, Dirección de Vialidad, etc.). En ese caso la repartición encomienda la “inspección” de la obra a un profesional quien será responsable de controlar el correcto cumplimiento del contrato. El Representante Técnico: Es el profesional contratado por la empresa constructora que adquiere la total responsabilidad que implica la ejecución de la obra. Puede tomar decisiones y asumir

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Page 1: Inspeccion de obras civiles

2.Crear una cuenta en forma gratuita en slideshare y montar tus diapositivas ya creadas. Las diapositivas deben ser identificadas con tu nombre apellido y cedula.

3.Pegar en el espacio actividades denominado SUBIR AQUÍ ACTIVIDAD 20% III CORTE, el link que se genera una vez subidas tus diapositivas.

El Jefe de Obra(Residente): Es el profesional designado por la empresa constructora para conducir la obra. Tiene a su cargo la planificación y organización de los trabajos, la dirección del personal y la administración de los recursos puestos a su disposición para la ejecución de la obra de acuerdo a las condiciones contractuales y teniendo en cuenta los presupuestos de la empresa. En algunos casos esta función es asumida por el Representante Técnico, lo cual es razonable ya que al ser el responsable por la ejecución de la obra es natural que se ocupe de la conducción de los trabajos. Pero es habitual que la empresa, teniendo en cuenta las atribuciones del RT, prefiera otorgar este cargo a una persona de su confianza que generalmente pertenece a un nivel gerencial.

El Asesor en Seguridad e Higiene: Es un profesional con formación específica quien tiene a su cargo el asesoramiento integral sobre las normas de seguridad e higiene del trabajo y la protección ambiental.

El Inspector de Obra: En las obras públicas la dirección de obra la ejerce la repartición del estado a la que le es inherente la obra (Dirección de Arquitectura, Dirección de Vialidad, etc.). En ese caso la repartición encomienda la “inspección” de la obra a un profesional quien será responsable de controlar el correcto cumplimiento del contrato.

El Representante Técnico: Es el profesional contratado por la empresa constructora que adquiere la total responsabilidad que implica la ejecución de la obra. Puede tomar decisiones y asumir compromisos en representación de la empresa siempre dentro de los términos contractuales.

El Director Ejecutivo: En algunos casos, como en obras por administración (en las que la empresa constructora es también propietaria), o en obras en las que intervienen distintas empresas (por contratos separados), las funciones de dirección de obra y de representación técnica las asume un mismo profesional quien recibe el nombre de Director Ejecutivo.

-Normas y especificación del proceso de inspección.

Normas y Especificaciones

Usuario

Promotor

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Financista

Constructor

Proyectista

Ing.Inspector

Ing.Residente

Actividad Económica

Ejercicio profesional

Presupuesto Costos

-Objetivos de la inspección.

GENERALES

INTERESES DE LA COLECTIVIDAD

• Seguridad • Calidad • Precio justo • Ordenanzas

-Funciones y responsabilidades del Ingeniero Inspector.

ESPECÍFICOS INTERESES DE LOS ACTORES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO

• Económicos • Técnicos • Legales • Sociales

FUNDAMENTAL

O B R A B I E N R E A L I Z A D A

-Funciones y responsabilidades del Ingeniero Inspector.

Profesional de la Ingeniería (Colegiado) especializado en el campo de la naturaleza del proyecto a ejecutar, con experiencia suficiente para ser el responsable de la Inspección de la obra y de controlar que la construcción se realiza cumpliendo cada una de sus requerimientos y etapas, de acuerdo con los planos, las especificaciones y demás documentos del proyecto.

El Ingeniero Inspector es el representante del Ente Contratante y generalmente es el único autorizado para comunicar al contratista, las posibles modificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas

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propuestas técnicas que modifiquen el proyecto o el presupuesto. Todos los supervisores o superiores jerárquicos deberían comunicar estos cambios a través del Ingeniero inspector. Un Ingeniero Inspector necesita dominar dos aspectos fundamentales:

• Aspecto Técnico:

- El conjunto de normas y especificaciones para la construcción.

- Las pruebas, sistemas de muestreo, ensayos y verificaciones.

• Aspecto Metodológico.

Constituido por la forma y sistema de realizar el trabajo de inspección con la debida eficacia desde el punto de vista económico-administrativo e informativo.

SON ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL INGENIERO INSPECTOR DE OBRAS LAS SIGUIENTES:

1. Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los Trabajos, conjuntamente con el Ingeniero Residente y el contratista.

2. Supervisar la calidad de materiales, los equipos y la tecnología que el contratista utilizará en la obra.

3. Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales y equipos que no reúnan las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra.

4. Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, a las especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus modificaciones, a las instrucciones del órgano o ente contratante y a todas las características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista.

5. Suspender la ejecución de partes de la obra cuando éstas no se estén ejecutando conforme a los documentos y normas técnicas, planos y especificaciones de la misma.

6. Recibir las observaciones y solicitudes que formule por escrito el contratista en relación con la ejecución de la obra, e indicarle las instrucciones, acciones o soluciones que estime convenientes, dentro de los plazos previstos en el contrato o con la celeridad que demande la naturaleza de la petición.

7. Informar, al menos mensualmente, el avance técnico y administrativo de la obra y notificar de inmediato, por escrito, al órgano o ente contratante cualquier paralización o anormalidad que observe durante su ejecución.

8. Coordinar con el proyectista y con el órgano o ente contratante para prever, con la debida anticipación, las modificaciones que pudieren surgir durante la ejecución.

9. Dar estricto cumplimiento al trámite, control y pago de las valuaciones de obra ejecutada.

Page 4: Inspeccion de obras civiles

10. Conocer cabalmente el contrato que rija la obra a inspeccionar o inspeccionada.

11. Elaborar y firmar el acta de terminación y recepción provisional o definitiva de la obra conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista.

12. Velar por el estricto cumplimiento de las normas laborales, de seguridad industrial y de condiciones en el medio ambiente de trabajo.

13. Elaborar, firmar y tramitar, conforme al procedimiento establecido en estas condiciones, las actas de paralización y reinicio de los trabajos y las que deban levantarse en los supuestos de prórroga, conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista.

14. Cualquiera otra que se derive de las obligaciones propias de la ejecución del contrato.