informe violencia contra la prensa durante protestas en oaxaca y cdmx
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En el marco de las recientes protestas de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), así como de colectivos y personas solidarios con el magisterio, ARTICLE 19 documentó 16 ataques contra la prensa en el estado de Oaxaca y la Ciudad de México entre el 17 y el 21 de junioTRANSCRIPT
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Cobertura bajo fuego Violencia contra la prensa durante protestas en Oaxaca y
CDMX
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Ciudad de México a 26 de junio de 2016.- En el marco de las recientes
protestas de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación
(CNTE), así como de colectivos y personas solidarios con el magisterio,
ARTICLE 19 documentó 16 ataques contra la prensa en el estado de Oaxaca y
la Ciudad de México entre el 17 y el 21 de junio. Destaca el asesinato de un
periodista y cuatro tentativas de homicidio. Además, 10 agresiones se
dirigieron contra fotoperiodistas. Los principales agresores fueron elementos de
seguridad pública, señalados como responsables en 11 casos.
En respuesta a la movilización magisterial que rechaza la reforma laboral en el
ámbito educativo, impulsada por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto,
las fuerzas de seguridad federal y estatales iniciaron una escalada represiva en
los poblados oaxaqueños de Ixtepec, Hacienda Blanca, Juchitán y Nochixtlán, y
que se extendió a la Ciudad de México.
Esta reacción de las autoridades se produce en un contexto de creciente
bloqueo de cualquier posibilidad de diálogo por parte del poder político, de
restricción del derecho a la libre expresión de disenso, y de criminalización de
los actores implicados en el cambio social. Junto a ello, se registra una mayor
limitación de las posibilidades de documentación e información sobre la
protesta, una casi absoluta impunidad ante los hechos de violencia contra
comunicadores, y un nulo reconocimiento estatal de la contribución del
periodismo a la vigencia de la democracia y los derechos humanos.
Tales acciones y omisiones del Estado mexicano se han materializado en los
últimos días en serios abusos de autoridad por parte de los elementos
policiales, un uso indiscriminado de la fuerza pública contra maestros,
periodistas y sociedad civil, así como en la creación de un clima de violencia
favorable a la comisión de agresiones muy graves contra quienes pretendían
informar de las manifestaciones del movimiento magisterial. Las consecuencias
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ya conocidas a nivel internacional y nacional son 10 personas muertas (8 en
Nochixtlán y 2 en Juchitán) y 108 lesionadas, de acuerdo con cifras oficiales.
Policías disparan balas de goma contra prensa en Ixtepec
A Pedro Rasgado, camarógrafo de la Agencia EFE; Jacciel Morales,
fotoperiodista de Reforma e Istmopress; Rusvel Rasgado, fotoperiodista de
Quadratín; y Martín Vargas, fotoperiodista de Noticias Oaxaca, elementos de la
Policía Federal, les apuntaron y dispararon balas de goma (sin que recibieran
el impacto) y rociaron gas lacrimógeno, en el municipio de Ixtepec, Oaxaca, el
viernes 17 de junio.
De acuerdo con sus testimonios, llegaron a cubrir el bloqueo de manifestantes
a la carretera de Ixtepec a alrededor de las 18:00 horas. Ahí se encontraron
con presencia de la Policía Federal y Estatal.
Rasgado comentó que los periodistas arribaron cuando manifestantes y policía
dialogaban para retirarse de la carretera. “Los manifestantes iban saliendo del
bloqueo. Todo parecía tranquilo hasta que los policías empezaron a burlarse de
ellos, les gritaban: ‘¡Lárguense de aquí!’ Eso lo estábamos grabando nosotros y
precisamente nos alejamos de los manifestantes para diferenciarnos y (la
policía) supiera que éramos prensa”, dijo el camarógrafo en entrevista con
ARTICLE 19.
Los manifestantes lanzaron piedras en respuesta a los gritos de los policías,
fue cuando los elementos dispararon balas de goma y latas de gas
lacrimógeno. “Veíamos la actitud de los policías y no era profesional, no era
para llamar a la calma, era una provocación para los maestros”, describió
Vargas.
Los periodistas estaban a lado de la carretera, aproximadamente a diez metros
de donde se encontraban los policías. A pesar de identificarse como prensa,
les dispararon balas de goma y gas lacrimógeno.
“Empezaron a disparar y mi hermano (el camarógrafo Rusvel Rasgado) se
quedó como unos 10 o 15 metros detrás de mí, yo me agaché para poder
grabar y nos tiraban balas de goma. A mi hermano casi le dan. Se tiró al suelo.
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Yo gritaba ‘¡Somos prensa! ¡Somos prensa!’, pero nos tiraban para pegarnos
en el cuerpo. Uno de ellos me gritó ‘¡Párate! ¡Párate!’, mientras me apuntaba
directamente”, relató Pedro Rasgado a esta organización. “Yo sentí miedo
porque no sabía que eran balas de goma, pensé que eran armas de fuego. Los
manifestantes se alejaron rápidamente, nos quedamos solos y aun así nos
seguían disparando”.
“Ellos sabían que éramos prensa y a pesar de eso nos estaban apuntando”,
relató Vargas. Al fotoperiodista de Noticias Oaxaca no le dispararon
directamente, aunque sí fue apuntado con una de las armas.
El uso de armas no letales o incapacitantes por parte de la policía para el
control de multitudes, en contextos de protestas sociales, puede derivar en
efectos letales contra las personas. Por ello, ARTICLE 19 considera que en los
casos anteriores se incurrió en 3 tentativas de homicidio.
Federales agreden a prensa por documentar actuación policiaca
El 19 de junio, Hugo Alberto Velasco, fotoperiodista del Diario Encuentro y
Despertar en Oaxaca; y Jorge Luis Plata, fotoperiodista de Reforma, Reuters,
Periódico Imparcial y A Diario, fueron amenazados e intimidados por la Policía
Federal con el objetivo de impedir que documentaran el enfrentamiento
suscitado en Nochixtlán.
Velasco también fue despojado de su teléfono celular, mientras que Plata fue
agredido físicamente mientras se cubría en el suelo de los disparos.
Los fotoperiodistas acudieron a cubrir los enfrentamientos entre las 8:00 y 9:00
horas del domingo, con ellos se encontraban otros tres comunicadores. Las
agresiones se registraron entre las 10:30 y 11:00 horas.
Velasco documentaba la detención de unas personas en un panteón, cuando
entre 6 y 8 elementos lo privaron de la libertad e intentaron arrebatarle su
cámara. Finalmente le quitaron su teléfono y lo liberaron. “Los elementos de la
Policía Federal me rodearon, mientras otros golpeaban a un poblador. Yo en
ese momento los fotografíe pero me tiraron el celular”, relató a ARTICLE 19.
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Por su parte, federales golpearon a Plata cuando se enfrentaban manifestantes
y policías. “Como 8 federales me comienzan a patear y me quisieron quitar las
cámaras. Es claro que ellos no querían que eso se supiera”, dijo. El
fotoperiodista estaba en el suelo para protegerse de los disparos, al mismo
tiempo fotografiaba los hechos.
“Cuando uno quiere registrar los abusos de la policía, siempre hay alguien que
está cuidando que nadie grabe. Por eso, además de estar documentando
tenemos que estarnos cuidando”, agregó.
El mismo día, en Hacienda Blanca, Citlalli Granados Cid, fotoperiodista
independiente, registraba la detención de una maestra cuando fue agredida por
policías, aproximadamente a las 13:00 horas.
Tres elementos le exigieron de forma reiterada que dejara de documentar los
hechos y que se “largara de ahí”. “Llegó otro federal y me tiró el celular,
entonces me agaché rápidamente por él porque seguía grabando e intenté
acercarme a la detenida, los policías gritaron que me agarraran y que no me
dejaran seguir grabando”, declaró la periodista.
“Otro policía se acercó y me dijo que me daba permiso de tomar foto de todo
excepto la detención, pero yo dejé claro que mi labor es informar y continué”.
Cuando los federales se llevaron a la maestra de nuevo se acercó para tomar
una fotografía y la amenazaron. “Me gritaron ‘Vieja chismosa, ya lárgate’, ‘Te
vamos a agarrar y te va a ir mal”, “Te vamos a quemar”, entre otras cosas, y
me pusieron los escudos en la cara”.
En el municipio de Juchitán, Elidio Ramos Zárate, reportero del diario El Sur, un
fotoperiodista –cuya identidad se reserva por seguridad–, y una persona
identificada como Raúl Cano, fueron atacados con armas de fuego por sujetos
desconocidos, quienes viajaban en una motocicleta. Ramos y Cano fallecieron,
mientras que el fotoperiodista fue herido.
Los hechos se registraron a las 16:00 horas, cuando el reportero de fuente
policiaca, también conocido por sus pseudónimos “Móvil Negro” y “Parie”,
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después de documentar el robo de una tienda Oxxo en una ubicación conocida
como el crucero de Juchitán.
Ese día, Ramos cubrió el incendio de autobuses de la línea Sur por supuestos
miembros de la CNTE.
José Ignacio Santiago Martínez, corresponsal de El Imparcial de Oaxaca y
colega de Ramos en el diario El Sur, dijo a ARTICLE 19 que él trabajó en la
misma zona en la que se encontraba el reportero. José Ignacio supo que
después de cubrir el incidente de la tienda, Ramos se tomó una foto con los
policías municipales y después se fue al crucero de la ciudad en donde
trabajaba, en su tiempo libre, en un negocio de autos usados.
Luciano Pacheco, director del diario El Sur, comentó que Ramos “tenía diez
años de reportero en el periódico. Era reportero de policiaca y cuando había
disturbios él era comisionado en ese tipo de coberturas. Él tenía cubriendo el
conflicto magisterial desde que salió”. También agregó que “él no me había
notificado alguna amenaza en lo personal aunque sé que hay amenazas a
compañeros de los medios”.
A las 18:00 horas, el corresponsal de La Jornada y Cuartoscuro en Oaxaca,
Jorge Arturo Pérez fue víctima de intimidación por parte de elementos de la
Policía Federal en Hacienda Blanca.
El periodista documentaba la detención de una mujer en la carretera federal
190 Oaxaca-México. Los federales, quienes jalaban el cabello de la detenida, le
dijeron que no grabara hasta que llegaran mujeres policías. Al intentar registrar
con su equipo el abuso de los uniformados, lo rodearon, lo empujaron con sus
escudos, e insistieron en que no documentara. Cuando bajó su cámara le
gritaron que se fuera.
Aproximadamente a la misma hora, Said Hernández, director del periódico
Tucán, fue intimidado en la autopista Oaxaca-México, a la altura de Hacienda
Blanca, por Policía Federal mientras transmitía en vivo el operativo
implementado por el cuerpo policiaco.
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“En el momento en que las fuerzas federales iniciaron las primeras detenciones
en Hacienda Blanca documentábamos el exceso (de fuerza) con el que
detenían a las personas y eso fue la causa de que algunos integrantes de la
Policía Federal nos intentaron quitar nuestro equipo fotográfico y celulares”,
contó Said. “Gritaban ‘Deja de grabar hijo de tu chingada madre, porque estas
cosas no se deben grabar’”.
Varios periodistas intervinieron para defender al periodista, gracias a ellos los
policías no pudieron quitarle su equipo de trabajo.
Aproximadamente a las 23:30 horas, la periodista Janeth Martínez, del medio
Libertad Oaxaca, fue despojada de su teléfono celular cuando documentaba
saqueos a tiendas en Hacienda Blanca, por parte de personas con el rostro
cubierto, antes de la llegada de la Policía Federal.
Los jóvenes que robaban el Oxxo interceptaron a Martínez, quienes le quitaron
su teléfono para eliminar cualquier foto o video sobre el saqueo. Sin embargo,
no encontraron registro alguno y se llevaron el dispositivo. De acuerdo con la
periodista, no puede identificarse que los agresores formen parte de la CNTE.
Detenciones arbitrarias durante protestas en la Ciudad de México
Aproximadamente a las 12:00 horas del 20 de junio, el fotoperiodista de
Subversiones, Rafael Camacho, fue detenido arbitrariamente y golpeado por
policías de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México
(SSPCDMX), cuando documentaba una protesta en la representación de
Oaxaca en la capital mexicana.
Camacho tomaba registro del despliegue de elementos de tránsito de la
SSPCDMX. Momentos, él y varios manifestantes se retiraron tras instrucción
de los elementos. Mientras caminaban sobre Circuito Interior vieron a policías
correr hacia ellos.
Cuando intentó evitar que detuvieran a una manifestante, varios policías lo
sometieron: uno lo tomó por el cuello, otro por el brazo, y un tercero lo golpeó
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en el estómago. Camacho identificó a uno por su placa como Valdez A., quien
le lastimó el brazo y le dijo de manera agresiva “¿Quieres que te rompa el
brazo?”.
De acuerdo con Camacho, ya había visto participar a este elemento en
operativos de protestas anteriores. Después de que el reportero se identificara
como prensa, Valdez A. le respondió: “Pues sí eres fotógrafo, pero siempre
andas con los encapuchados”.
A Camacho le quitaron su cámara y pidió a los policías que se la dieran de
vuelta, ya que es su principal instrumento de trabajo. Después de devolverla,
los uniformados lo ingresaron a una patrulla junto con dos personas y lo
llevaron al juzgado cívico Miguel Hidalgo 3.
En las instalaciones del juzgado cívico, lo formaron junto con otros nueve
detenidos y un policía les dijo: “Acá no queremos más pedos y vamos a decir
que los detuvimos tronando cohetes y no digan nada”.
El periodista y los otros detenidos fueron liberados alrededor de las 17:00
horas, sin que les dejaran claro bajo qué motivos los detuvieron.
En mismo hecho, policías agredieron sexualmente a mujeres por medio de
tocamientos y golpes, además de amenazarlas de violación y desaparición.
Esto mientras eran detenidas ilegalmente, en lo que comúnmente se conoce
como un “encapsulamiento”. Entre ellas se encontraba la fotoperiodista
independiente Itandehui, a quien le quitaron y destrozaron su cámara.
ARTICLE 19 reconoce que la violencia, por parte de los elementos del estado,
que reciben las mujeres periodistas y manifestantes en el marco de las
protestas y conflictos sociales es diferenciada y atenta directamente contra su
dignidad e integridad. El tocamiento al ser una forma de violencia sexual
genera a su vez violencia psicológica y física.
Durante la detención arbitraria de manifestantes, hombres también fueron
agredidos físicamente.
Retienen a comunicadores durante cobertura
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El 21 de junio, el camarógrafo Fernando Albarrán y el editor Pedro Enrique
Cortés, de TV Azteca, fueron privados de la libertad por pobladores de
Nochixtlán, mientras cubrían los bloqueos en el municipio.
Esto sucedió alrededor de las 15:00 horas cuando habitantes los retuvieron y
no les permitieron seguir continuar con su trabajo. Los pobladores exigieron
que la televisora les diera 15 minutos para narrar su versión de los hechos a
cambio de que los comunicadores fueran liberados, petición que la empresa
rechazó.
Ambos comunicadores fueron puestos en libertad en la noche y posteriormente
acompañados por visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
(CNDH) a la capital del estado.
Con la retención de Albarrán y Cortés, y la detención arbitraria de Rafael
Camacho, ARTICLE 19 registró 3 privaciones de la libertad en contexto de las
protestas magisteriales: 2 en Oaxaca y 1 en la Ciudad de México.
Estándares sobre uso de la fuerza pública
El uso de la fuerza pública es un tema que debe ser analizado y regulado con
especial cuidado, pues si bien existen parámetros internacionales en esta
materia, también debe quedar claro que en ésta se encuentran inmersos
derechos fundamentales como son la vida, integridad, seguridad y libertad
personales, por lo que una deficiente regulación o mala aplicación pondría en
severo riesgo la garantía de estos derechos.
Es importante recordar que conforme al artículo 1° de la Constitución Federal,
todas las autoridades están obligadas a prevenir, respetar, proteger y
garantizar los derechos humanos. Por tanto, la facultad del Estado de hacer
uso de la fuerza, siempre debe encontrarse limitada por la estricta observancia
de los derechos y su pleno ejercicio, minimizando cualquier riesgo en el que
pudieran colocarse tales derechos y realizando un escrutinio cuidadoso
apegado estrictamente a los estándares internacionales.
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En este sentido, el uso de la fuerza debe partir de los siguientes principios: a)
legitimidad, b) necesidad y c) proporcionalidad. Estos representan un piso
mínimo a observar como punto de partida, ya que el tema de la fuerza pública,
su regulación y aplicación, engloba otros aspectos sumamente importantes, los
cuales también se abordarán más adelante.
La legitimidad se refiere a las facultades establecidas para regular la actuación
de aquellos funcionarios o agentes encargados de la seguridad, mismas que
deben adecuarse a los parámetros de la materia, como ya se refirió.
La necesidad consiste en la aplicación de los medios menos lesivos y pacíficos
que tutelen la integridad y seguridad de las personas, usando la fuerza
estrictamente necesaria, siempre salvaguardando el ejercicio de derechos
humanos. Una cuestión fundamental es el uso gradual de la fuerza, que se
abordará más adelante.
La proporcionalidad implica la moderación en el actuar de los funcionarios,
teniendo siempre como objetivo evitar cualquier lesión o daño; e implica
analizar determinados factores como la conducta de las personas, su
resistencia, así como la intensidad o gravedad en las mismas. Debe existir un
uso diferenciado de la fuerza, reiterando el respeto y protección absolutos de
los derechos humanos.
Estos principios deben observarse de manera correlacionada e
interdependiente, no excluyente entre ellos. En la medida en que se inobserve
uno, se estarán desatendiendo los otros, poniendo en riesgo los derechos de
las personas.
Además de lo anterior, en el uso de la fuerza están inmersas otras cuestiones
que son relevantes para entender esta temática de una manera cabal, siendo
las siguientes: a) capacitación y evaluación, b) profesionalización, c) uso
gradual de la fuerza, d) excepcionalidad, e) armas incapacitantes con efectos
letales, f) regulación, y g) responsabilidades por cadena de mando.
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Posteriormente se analizarán las particularidades del uso de la fuerza en
contexto de manifestaciones y cobertura periodística.
De entrada, la capacitación y evaluación de los agentes de seguridad es
indispensable. Al respecto, la disposición 18 de los Principios para el uso de la
fuerza de la ONU establecen que es responsabilidad de los Estados “que todos
los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sean seleccionados
mediante procedimientos adecuados, posean aptitudes éticas, psicológicas y
físicas apropiadas para el ejercicio eficaz de sus funciones y reciban
capacitación profesional continua y completa. Tales aptitudes para el ejercicio
de esas funciones serán objeto de examen periódico”.
Todo agente que se encargue de seguridad pública debe recibir una
capacitación previa e inicial en uso de la fuerza, atendiendo los estándares
señalados, así como en uso de armamento. Esta parte es una medida
preventiva esencial, la cual no se reduce a capacitación física, sino también
psicológica, en cuanto a evaluación, atención y reacción frente a situaciones
difíciles, debiendo ser una política institucional imprescindible.
Siempre está latente la posibilidad de un exceso en las atribuciones de dichos
funcionarios, detonando en la violación de derechos, por lo que la existencia de
controles institucionales es importante para evitar ese riesgo. En este sentido,
la capacitación y evaluación también debe ser constante, no sólo inicial,
teniendo como objetivo la profesionalización de los elementos de seguridad.
Además, debe documentarse y registrarse por escrito con el objeto de llevar un
control y registro puntual de los procesos de capacitación y evaluación.
Lo anterior resulta fundamental como una medida preventiva con la finalidad de
evitar daños a la integridad de las personas, que incluso puedan ser
irreversibles, ante un uso excesivo de la fuerza pública por parte de los agentes
de seguridad, y cuenten con una mejor capacidad de evaluar y reaccionar ante
escenarios difíciles. De lo contrario, la falta o deficiente capacitación se
traducirá en un elemento facilitador de violaciones a derechos humanos. Bajo
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ningún motivo, el uso de la fuerza debe conducir al abuso de autoridad, tortura,
tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Otro punto importante a tomar en cuenta es el uso gradual de la fuerza. Es
decir, siempre deben emplearse medios pacíficos como primer contacto, esto
es, la disuasión y persuasión son elementos que de entrada deben realizarse, a
través de la mera presencia física o, en su caso, instrucciones verbales. Lo
importante es emplear como primer recurso este nivel de concertación, a efecto
de dar cauce pacífico a la situación correspondiente. Conforme a los
estándares internacionales, dicha gradualidad puede avanzar conforme al nivel
de resistencia presentado, o por el contrario, disminuir.
Tanto la capacitación como dicha gradualidad se encuentran relacionados. En
la disposición 20 de los Principios sobre uso de la fuerza de la ONU se
establece que “(e)n la capacitación de los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley, los gobiernos y los organismos correspondientes prestarán
especial atención a las cuestiones de ética policial y derechos humanos,
especialmente en el proceso de indagación, a los medios que puedan sustituir
el empleo de la fuerza y de armas de fuego, por ejemplo, la solución pacífica de
los conflictos, el estudio del comportamiento de las multitudes y las técnicas de
persuasión, negociación y mediación, así como a los medios técnicos, con
miras a limitar el empleo de la fuerza y armas de fuego...”.
Sin embargo, todo uso de la fuerza que represente algún riesgo a la vida e
integridad de las personas, como la utilización de armas incapacitantes o
letales, debe llevarse a cabo de manera totalmente excepcional. Entender que
el uso de la fuerza debe ser siempre el último recurso, y de ahí la importancia
de agotar los medios que no resulten lesivos a las personas. Aquí es
importante aclarar que el uso de armas como latas de gas, balas de goma,
toletes, etc, aunque se clasifiquen como no letales o incapacitantes, su mala
utilización puede derivar en letalidad, por ejemplo, disparar balas de goma a
corta distancia. Es decir, se trata de armas incapacitantes con efectos letales.
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La regulación del uso de la fuerza pública por parte de los Estados constituye
otro aspecto que merece analizarse. Estos tienen la obligación de adoptar sus
disposiciones internas conforme a los estándares internacionales y buscando la
mayor protección a las personas. Finalmente, el tema de las responsabilidades
frente a un uso excesivo de la fuerza y la consecuente violación de derechos
humanos debe analizarse conforme a la teoría de responsabilidad por cadena
de mando, a partir de la cual debe hacerse también responsable, no sólo a los
agentes de seguridad que directamente hayan excedido en la fuerza y
perpetrado violaciones a derechos humanos, pues también se encuentra la
responsabilidad de los superiores jerárquicos por la falta o deficiente
planeación, así como la omisión de control y supervisión de sus subordinados.
Es importante que las corporaciones policiacas sean supervisadas por
organismos externos e independientes.
Uso de la fuerza en contexto de manifestaciones públicas
Una especie dentro del género en el uso de la fuerza pública, es aquella que se
presenta en el desarrollo de manifestaciones públicas, la cual debe abordarse
atendiendo sus particularidades.
De entrada, una deficiencia en la regulación del uso de la fuerza, para la que se
emplearon términos ambiguos como “orden público” o “paz social” como
objetivos justificantes en el uso de la fuerza, abren la posibilidad de
interpretaciones y actuaciones arbitrarias por parte de las autoridades, debido a
la amplitud y poca claridad en los mismos. Además, el orden público no debe
entenderse como un término apartado o contrapuesto a los derechos humanos.
Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido
clara en referir que “es frecuente que las autoridades subordinen el ejercicio del
derecho a la protesta social al presunto mantenimiento de intereses colectivos
como el orden público y la paz social, basándose en la vaguedad o
ambigüedad de estos términos para justificar decisiones restrictivas de los
derechos. La noción de orden público y paz social que se impone parece
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preocupada únicamente en garantizar el orden como una expresión del poder
del Estado y privilegiar los derechos e intereses de quienes se puedan ver
afectados circunstancialmente por las protestas.”1
Asimismo, la CIDH reconoció que “las manifestaciones y protestas sociales son
regularmente afectadas por el despliegue excesivo y desproporcionado de la
fuerza por parte de la policía u otros cuerpos estatales, lo que ha provocado
lesiones y hasta la muerte de manifestantes, en inobservancia de los principios
fundamentales del derecho internacional de los derechos humanos”.2
Respecto al trabajo de periodistas en manifestaciones, expresó que existen
“prácticas destinadas a obstaculizar el acompañamiento de las manifestaciones
públicas por parte de periodistas y comunicadores sociales, que incluyen
regularmente la represión física a estos profesionales, el establecimiento de la
necesidad de registro previo, así como la práctica de las fuerzas de seguridad
de establecer un cordón policial que impide su acercamiento a los hechos que
se cubren”.3
En la Declaración Conjunta sobre violencia contra periodistas y comunicadores
en el marco de manifestaciones sociales, de la Relatoría Especial de las
Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, y la
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, fueron claras al
señalar que “en el contexto de manifestaciones y situaciones de alta
conflictividad social, el trabajo de periodistas y comunicadores, y el libre flujo de
información a través de medios alternativos como las redes sociales, es
1
Informeanual2015.CIDH.CapítuloIV.A,UsodelaFuerza.Párr.59,pág.556. 2
Ídem,párr.61,pág.557
3
Ídem,párr.62,pág.558
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fundamental para mantener informada a la población sobre los
acontecimientos, a la vez que cumple un importante rol al reportar sobre la
actuación del Estado y de la Fuerza Pública ante las manifestaciones,
previniendo el uso desproporcionado de la fuerza y el abuso de autoridad.”
Por ello, reconocieron que el Estado “debe otorgarles el máximo grado de
garantías para que cumplan su función. Este deber no se limita a otorgar
medidas concretas de protección para los comunicadores. Incluye también la
obligación de crear las condiciones necesarias para mitigar el riesgo del
ejercicio de la profesión en esas situaciones”.
Por tanto, el Estado se encuentra obligado a respetar, proteger y garantizar los
derechos a la libertad de expresión y reunión, así como el ejercicio periodístico
en contexto manifestaciones sociales, garantizando el libre flujo de información
y protegiendo la doble dimensión de la libertad de expresión: individual, en
cuanto a la búsqueda, recepción y difusión de información; y social, en cuanto
al derecho de la sociedad a recibir información.
Conclusiones
Con base en los hechos anteriormente narrados y a la luz de los estándares
internacionales en materia de uso de la fuerza, lo ocurrido del 17 al 21 de junio
en Oaxaca y la Ciudad de México, puede catalogarse como un uso
indiscriminado, arbitrario y desproporcionado de la fuerza por parte de
elementos de Policía Federal y de la Secretaría de Seguridad Publica de la
Ciudad de México.
Tal uso de la fuerza causó consecuencias funestas entre manifestantes y
periodistas. En lo que concierne a los últimos, como se desprende de los
hechos aquí documentados, el Estado faltó a su deber de prevenir, garantizar,
proteger y respetar los derechos humanos de los periodistas que se
encontraban cubriendo las manifestaciones. Ello conforma un patrón que se ha
recrudecido en los últimos 3 años, en el cual los periodistas carecen de las
mínimas garantías para realizar su labor en el marco de protestas sociales.
En este contexto, resulta particularmente grave que la mayoría de los
perpetradores de agresiones directas contra la prensa sean elementos
policiacos. No menos lamentable resulta que las agresiones contra periodistas
realizadas por particulares, no fueran debidamente prevenidas, sumándose al
clima de hostilidad contra la prensa.
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Por lo tanto, en el contexto de las protestas sociales del magisterio, personas y
movimientos sociales solidarios, las autoridades policiales deben garantizar el
libre ejercicio de derechos humanos; y en casos verdaderamente
excepcionales, cumplir con todos los principios de principios de legitimidad,
necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza. En este supuesto, bajo
ninguna circunstancia deberán restringir el libre ejercicio periodístico en la
cobertura de manifestaciones.
Recomendaciones al Estado
A los gobiernos federal, Oaxaca y de la Ciudad de México:
1. Garantizar, proteger y respetar el pleno ejercicio del derecho a la libertad
de expresión y la labor periodística bajo condiciones de seguridad en
contexto de manifestaciones públicas
2. Reconocer públicamente la importancia del ejercicio de la libertad de
expresión así como del periodismo en una sociedad democrática
3. Garantizar la seguridad de las y los periodistas agredidos y de aquellos
que aportaron material fotográfico y videográfico que documentó las
graves violaciones a derechos humanos cometidas contra la población y
manifestantes durante las protestas
A la Comisión Nacional de Seguridad, Secretaría de Seguridad Pública de
Oaxaca y Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México:
1. Capacitar y evaluar de manera integral a los elementos tanto de la
Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca de la Ciudad de México y de
la Policía Federal, en el uso de la fuerza pública, conforme a los
principios y estándares internacionales, privilegiando en todo momento
los medios pacíficos para la solución de los conflictos y el pleno respeto
y protección de derechos humanos.
2. Sancionar administrativamente a los elementos policiacos implicados en
las agresiones contra la prensa.
A la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y a la Fiscalía Especial para la
Atención de los Delitos contra la Libertad de Expresión:
1. Esclarecer los hechos ocurridos el domingo 19 de junio, en los cuales el
periodista Elidio Ramos Zárate fue asesinado, y sancionar a los
responsables.
2. También en el resto de las agresiones contra periodistas, y con la debida
diligencia, llevar a cabo las investigaciones correspondientes conforme a
sus obligaciones constitucionales y legales, debiendo actuar con
imparcialidad, objetividad, profesionalismo, eficiencia y exhaustividad, a
fin de sancionar a todos los responsables, tanto de Policía Federal,
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Policía Estatal de Oaxaca y Secretaría de Seguridad Pública de la
Ciudad de México, como los particulares implicados.
A la Comisión Nacional de los Derechos Humanos:
1. Lleve a cabo una investigación con motivo de violaciones graves a
derechos humanos, particularmente determine la responsabilidad del
Estado por uso excesivo de la fuerza e investigué violaciones a la
libertad de expresión y ejercicio periodístico, tomando en cuenta la
Recomendación General 24 de la misma Comisión.
Nota para prensa
Para mayor información, favor de contactar a [email protected] o
hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org
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trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad
de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.