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1 INFORME TÉCNICO SOBRE LA VIABILIDAD DE LA OFERTA DE LAS ENTIDADES UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. Y ÁLAVA REYES CONSULTORES, S.L. EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DEL CONTRATO: “SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y ALOJAMIENTO EN VIVIENDAS COMPARTIDAS PARA PERSONAS MAYORES AUTÓNOMAS” ANTECEDENTES: Mediante Resolución de 30 de octubre de 2018 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia se dispuso la publicación en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid de la licitación del contrato de servicios denominado “SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y ALOJAMIENTO EN VIVIENDAS COMPARTIDAS PARA PERSONAS MAYORES AUTÓNOMAS” mediante procedimiento abierto, con pluralidad de criterios, siendo la fecha límite de presentación de ofertas el día 15 de noviembre de 2018. Conforme al apartado 4 de la cláusula 1 del PCAP el precio de contrato era: Base imponible: 137.586,01 euros I.V.A.: 28.893,06 euros Importe total: 166.479,07 euros La apertura de las ofertas económicas presentadas por los licitadores se llevó a cabo según consta en el Acta de la Mesa de Contratación en fecha 29 de noviembre de 2018. Tal y como se establece en el apartado 9 de la cláusula 1 del PCAP la apreciación de ofertas anormalmente bajas se producirá en todas aquellas ofertas que obtengan una puntuación superior a 25 puntos en los criterios evaluables de forma automática, cuando la oferta económica sea inferior al precio de licitación IVA excluido en un porcentaje igual o superior al 10% de la media de las bajas de las ofertas. También serán consideradas ofertas anormalmente bajas todas aquellas que obteniendo una puntuación inferior o igual a 25 puntos en los criterios evaluables de forma automática, la oferta económica sea inferior al precio de licitación IVA excluido en un porcentaje igual o superior al 20% de la media de las bajas de las ofertas. De acuerdo con el criterio expuesto resultaron incursas en valores anormales las ofertas de las entidades siguientes: UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761) La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: 0981659242642420232284 Ref: 08/104692.9/19

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INFORME TÉCNICO SOBRE LA VIABILIDAD DE LA OFERTA DE LAS ENTIDADES UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. Y ÁLAVA REYES CONSULTORES, S.L. EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DEL CONTRATO: “SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y ALOJAMIENTO EN VIVIENDAS COMPARTIDAS PARA PERSONAS MAYORES AUTÓNOMAS”

ANTECEDENTES: Mediante Resolución de 30 de octubre de 2018 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia se dispuso la publicación en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid de la licitación del contrato de servicios denominado “SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y ALOJAMIENTO EN VIVIENDAS COMPARTIDAS PARA PERSONAS MAYORES AUTÓNOMAS” mediante procedimiento abierto, con pluralidad de criterios, siendo la fecha límite de presentación de ofertas el día 15 de noviembre de 2018. Conforme al apartado 4 de la cláusula 1 del PCAP el precio de contrato era:

Base imponible: 137.586,01 euros I.V.A.: 28.893,06 euros Importe total: 166.479,07 euros

La apertura de las ofertas económicas presentadas por los licitadores se llevó a cabo según consta en el Acta de la Mesa de Contratación en fecha 29 de noviembre de 2018. Tal y como se establece en el apartado 9 de la cláusula 1 del PCAP la apreciación de ofertas anormalmente bajas se producirá en todas aquellas ofertas que obtengan una puntuación superior a 25 puntos en los criterios evaluables de forma automática, cuando la oferta económica sea inferior al precio de licitación IVA excluido en un porcentaje igual o superior al 10% de la media de las bajas de las ofertas. También serán consideradas ofertas anormalmente bajas todas aquellas que obteniendo una puntuación inferior o igual a 25 puntos en los criterios evaluables de forma automática, la oferta económica sea inferior al precio de licitación IVA excluido en un porcentaje igual o superior al 20% de la media de las bajas de las ofertas. De acuerdo con el criterio expuesto resultaron incursas en valores anormales las ofertas de las entidades siguientes:

• UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761)

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• ALAVA REYES CONSULTORES S.L.U. (B83757674) • SANTAGADEA GESTIÓN AOSSA, S.A. (A41187675)

solicitándoseles la oportuna aclaración en aplicación del artículo 149.4 de la Ley de contratos del Sector Público El objeto del presente informe es establecer la viabilidad de las ofertas sobre la base de la documentación aportada justificativa de su baja de las dos primeras entidades dado que no se ha recibido la documentación justificativa solicitada a la empresa SANTAGADEA GESTIÓN AOSSA, S.A. (A41187675).

ANALISIS DE LA JUSTIFICACION DE LAS OFERTAS RECIBIDAS

1.- UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761) 1.1- JUSTIFICACION DE LA OFERTA REALIZADA: La UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761) realizó la siguiente oferta: 1. Oferta Económica: Base imponible................ 21% IVA.......................TOTAL 106.904,00 €................ 22.449,84 €............... 129.353,84 € 2. Criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas: · Recursos personales. - Oferta ½ jornada más de lo establecido en el PPT en la categoría de Trabajador social/Psicólogo. - Oferta ½ jornada más de lo establecido en el PPT en la categoría de Educador Social. · Formación - Oferta implantar un plan de formación en la materia objeto del contrato para todos los profesionales de la unidad de más de 50 horas al año.

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- Oferta que al menos uno de los trabajadores disponga de formación específica en mediación y/o resolución de conflictos. · Gestión del servicio. - Oferta presentar el programa de actuación antes de 15 días desde la formalización del contrato. - Oferta la elaboración de una encuesta de satisfacción de usuarios con carácter semestral. · Criterios sociales. - Oferta destinar un 0,8% del Presupuesto base de licitación a ayudas a los trabajadores para la financiación de centros o servicios de educación infantil y/o atención y cuidados de menores de 0 a 6 años o de personas discapacitadas o mayores dependientes a cargo del trabajador durante su jornada laboral. · Prevención, Seguridad y salud laboral. - Oferta una reducción en los plazos legales para la realización de reconocimientos médicos periódicos de forma que se incremente la frecuencia de los mismos. - Oferta la realización de cursos de formación en materia de prevención, seguridad y salud laboral relacionados con el puesto de trabajo. · Fomento de la contratación indefinida - Oferta disponer de una plantilla adscrita a la prestación del servicio objeto del contrato con el 100% de contratos indefinidos durante toda la duración del mismo. · Criterios de protección medioambiental. - Oferta la implantación de procesos administrativos de “papel 0” en la gestión del servicio: Disponer de expediente personales informatizados. En su justificación de la oferta la entidad realiza una argumentación en torno a tres apartados:

1. Breve exposición sobre la presunción de temeridad. 2. Experiencia, conocimientos y recursos con los que cuenta las licitadoras. 3. Plan económico financiero del servicio que justifica que el precio ofertado

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Por lo que respecta al primer apartado se trata de una exposición teórica de la presunción de temeridad apoyada en decisiones del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. En el segundo apartado se hace una “Descripción de la situación de partida de este proyecto” justificando su existencia (y por tanto la licitación de este contrato) en la realidad demográfica y social de las personas mayores. Seguidamente se entra a detallar la “experiencia, conocimientos y recursos de las licitadoras en proyectos de vivienda e intervención social”. En este apartado de experiencia se dice textualmente que: “Esta experiencia justifica la bajada del precio ofertado a este servicio ya que se traduce en términos de eficacia y eficiencia para optimizar los costes de gestión y puesta en marcha de las actividades que se incluyen en este proyecto. La experiencia se materializa en:

• Disponer de equipos de profesionales que cuentan con las competencias adecuadas para llevar a cabo con éxito todas y cada una de las acciones que se detallan en la oferta, destacando:

o Psicólogos y trabajadores sociales o Consultores de organización y calidad o Técnicos informáticos

• Disponer de aplicaciones informáticas a medida para el registro y la gestión de la

información y datos generados que facilitará el seguimiento y control del servicio además de un aprendizaje continuo y compartido entre la Consejería y las Licitadoras” (aspecto este que se considera clave en el servicio)

Se enumeran los beneficios y ventajas que, a juicio del licitador, se obtendrían:

• Reducir tiempos de lanzamiento. • Optimizar los recursos y reducir costes del servicio. • Ofrecer un servicio de calidad a los usuarios del servicio atendiendo sus expectativas

y necesidades. • Garantizar un correcto seguimiento y control del servicio para analizar y tomar

decisiones. • Mejorar y evolucionar este servicio para personas mayores.

A continuación se enumeran las referencias de las empresas que componen la UTE afirmando textualmente que: “Con la perspectiva de poder ofrecer la máxima CALIDAD en nuestros servicios, poseen las certificaciones ISO 9001, 14001 y 27001 y las clasificaciones de contratación pública L1, L2, L3, L6, V1, V2, V5 y U7”.

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A este respecto se enumeran servicios que la empresa FACTORÍA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. ha llevado o está llevando a cabo en relación con bolsas de vivienda de varios municipios y regiones reafirmando el valor de la capacidad técnica del personal en procesos de captación de vivienda y mediación de arrendamiento. En cuanto a la otra componente de la UTE: AEBIA, TECNOLOGIA Y SERVICIOS S.L. se hace hincapié en la gestión de proyectos de intervención social en materia de exclusión social. Por último se hace mención a la experiencia de la propia UTE mencionando dos contratos que se afirma son similares al que se licita (“Servicio interdisciplinar para el control y seguimiento de familias en riesgo de exclusión social en viviendas del IMV del Ayuntamiento de Málaga” y "Atención y acompañamiento a personas en situación de vulnerabilidad residencial en el distrito de Moratalaz") y se concluye que: “la UTE licitadora aúna experiencia contrastada en gestión y mediación de arrendamiento de viviendas y en gestión de proyectos sociales de mediación y atención a colectivos desfavorecidos o con necesidades de apoyo y seguimiento social” A continuación se hace referencia al “Equipo de profesionales de las licitadoras expertos en vivienda y temas sociales” asumiendo la constitución del equipo profesional requerido en pliegos con el soporte de un equipo de expertos de la propia UTE durante la totalidad del plazo de ejecución del contrato y se enumeran los nombres y capacitación de una serie de personas que constituyen el citado equipo. También se procede en un nuevo apartado a realizar una exposición teórica de los “procesos y procedimientos que garantizan la prestación de todos los servicios de manera eficiente y eficaz” en el cual se afirma la utilización de mejores prácticas, indicadores y criterios de análisis y valoración del funcionamiento del proyecto. En relación con lo anterior también se hace referencia a los sistemas de información y aplicativos a usar por la gestora a “un coste cero”:

A. Sistema de gestión “Atención a usuarios” B. Aplicativo de Mediación

Se realiza una descripción de la herramienta informática usada por la empresa de forma habitual siendo la primera una tabla Excel y la segunda una base de datos en Access, afirmándose que la UTE proporcionará las licencias de uso necesarias así como la formación para uso de las mismas. El equipamiento de trabajo se detalla a continuación: como medio de comunicación se utilizará un smartphone Samsung J5 o similar y el personal será debidamente identificado mediante tarjeta identificativa.

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Todo lo anterior se ejemplifica con lo realizado para el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid del que se afirma haber sido adjudicataria de su gestión. En cuanto a las dependencias para la prestación del servicio de alega contar con “un gran despliegue de oficinas y equipos de trabajo en la Comunidad de Madrid lo que le confiere un plus de excelencia al facilitar una descentralización del Servicio y de la atención e información a los usuarios del mismo, si fuera necesario” enumerándose la existencia de cuatro oficinas en Madrid capital así como en varios municipios de la región, sin embargo se propone centralizar la gestión en una sede en la Calle Antonio López 236 (Distrito de Usera) – 28026 Madrid de la que se afirma estar “perfectamente equipada para un servicio como este, con perfecta comunicación en transporte público y completa accesibilidad a sus dependencias” y que “no tienen ningún coste para este proyecto, minimizando los costes de la UTE Licitadora”. Además se afirma se cumplirá con los requisitos del pliego mediante dos puestos de trabajo con ubicación adecuada para el acceso de los usuarios, equipados con mesa y sillas, portátil con acceso a internet, cuenta de correo electrónico, móvil, alta de un número de teléfono con al menos dos líneas para atender a los usuarios del servicio, acceso a sala de reuniones con privacidad y acceso a aulas con capacidad para un mínimo de ocho personas adjuntándose fotos de las oficinas. En cuanto a la planificación económica y financiera la UTE aporta un cuadro desglosado por conceptos:

CONCEPTO IMPORTE Gasto de personal 93.089,00 € Gastos oficina y equipamiento de sistemas 5.072,00 € Gastos de formación 750,00 € Otros gastos de mejora – criterios sociales 1.405,00 € Beneficio industrial 6.588,00 PRECIO LICITACIÓN 106.904,00 €

El importe de las distintas partidas se justifica de la manera siguiente:

1. Gasto de Personal: Se afirma sus estimaciones son conservadoras y que se basan en el respeto del convenio de aplicación: Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017, las bonificaciones posibles en la contratación indefinida (1.300 €/año) o en mayores de 45 años

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con algún tipo de discapacidad (5.700 €/año) y los costes de estructura de la licitadora a través de personal excedente que podrán aplicarse a este proyecto. Se realizan además las siguientes consideraciones: Aplicación del Plus de Coordinación por 510 €. Complemento por experiencia por importe de 739 €. La empresa no incluye este importe ya que considera que no se cumplen las condiciones de abono determinadas en el Convenio Colectivo (tres años en la empresa o entidad) ya que al solicitarse en el pliego un profesional con más de dos años de experiencia no es necesario su abono ya que “depende del profesional que se asigne cumpla o no este criterio”, y “de este modo disminuye también el Coste de Seguridad Social”. A continuación se desglosan los costes de personal por categorías profesionales mediante un cuadro y una explicación de las cifras de manera que al respecto del coste del educador social para actuaciones de acompañamiento y apoyo a la mejora, se le calculan 15 horas mensuales por vivienda que para 10 viviendas suponen un máximo de 150 horas mensuales, es decir, 1800 horas al año. No obstante en este caso se cifra un coste de 13.211 € derivado de la utilización de personal excedentario y del perfil y de la modalidad de contratación a utilizar.

2.- Gastos de oficina, equipos y sistemas. Se aporta otro cuadro en el que figuran los gastos en este apartado en el que se hacen las salvedades siguientes: No existe coste de oficina ni por infraestructura ni por funcionamiento ya que está dentro de los costes fijos de la UTE, lo mismo que las licencias de software. Se establecen unos gastos generales de 4.532 € para folletos informativos y materiales de difusión.

PERSONAL Nº TOTALTRABAJADOR SOCIAL /PSICÓLOGO 1 32.156,00 €EDUCADOR SOCIAL 1 27.427,00 €EDUCADOR SOCIAL -(Acompañamiento y apoyo) 1.800 H 13.211,00 €COSTES INDEMNIZACIÓN FIN CONTRATO 2.500,00 €COSTES ABSENTISMOS /SUSTITUCIONES 4.389,00 €MEJORA- MEDIA JORNADA TRABAJADOR SOCIAL 1/2 6.550,00 €MEJORA- MEDIA JORNADA EDUCADOR SOCIAL 1/2 6.856,00 €

93.089,00 €GASTO PERSONAL

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GASTOS EQUIPOS Y SISTEMAS UND. IMPORTE MESES TOTALOFICINA 1 0,00 € 0,00 €PORTÁTILES 2 0,00 € 0,00 €MOVILES 2 0,00 € 0,00 €GASTO MÓVIL 2 15,00 € 12 360,00 €TELÉFONO FIJO 1 15,00 € 12 180,00 €IMPRESORA 1 0,00 € 0,00 €LICENCIA Office 1 0,00 € 0,00 €Gastos generales – Folletos / Material de difusión. 4.532,00 € 4.532,00 €

5.072,00 € 3.- Gastos de formación y consultoría. La UTE establece un coste de 750 € en este apartado para un mínimo de 50 horas de formación afirmándose que al ser enmarcada esta formación dentro de las bonificaciones de la Fundación Tripartita (13 €/hora por participante) tendrá un coste reducido en el que no se incluyen costes de infraestructura. Además se realiza una descripción de las acciones formativas a desarrollar en once módulos de 5 horas aproximadamente de formación presencial cada uno que abarcan distintos aspectos del servicio a prestar. 4.- Otros gastos: criterios sociales: Se realiza también en este apartado un desglose por conceptos:

Otros gastos – Criterios sociales IMPORTE MESES TOTALCONCILIACIÓN VIDA LABORAL Y FAMILIAR 855 855,00 €MATERIA DE SEGURIDA Y SALUD LABORAL 550 550,00 €FOMENTO CONTRATACIÓN INDEFINIDA 0 0,00 €GESTIÓN MEDIOAMBIENTE- PAPEL CERO 0 0,00 €ENCUESTA ANUAL 0 0,00 €TOTAL 1.405,00 € En este caso se imputan gastos en conciliación vida laboral y familiar con un coste máximo del 0.8% del Presupuesto Base de Licitación en ayudas a los trabajadores, que cifran en, 855 euros. Por otra parte en actuaciones que superen los estándares mínimos en materia de seguridad y salud laboral se estiman 550 euros por la reducción de plazos en las revisiones médicas y realización de cursos de formación en materia de prevención, seguridad y salud laboral. El fomento de la contratación indefinida se estima que no solo no tendrá coste para la UTE sino que significará un ahorro de 6.500 € al año. La encuesta anual de satisfacción entre

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usuarios y profesionales se realizará con medios propios por lo que tampoco tendrá coste y tampoco lo tendrá la Política de Protección Medioambiental de la empresa. 5.- Beneficio industrial La UTE afirma haber realizado un gran ajuste en su beneficio previsto renunciando a un mayor margen “para posicionarse con un proyecto innovador en la Comunidad de Madrid para dejarlo en 6.588 €. 1.2- VALORACION De lo anteriormente expuesto se pueden deducir lo siguiente: En primer lugar se afirma textualmente en relación con las empresas que componen la UTE que: “Con la perspectiva de poder ofrecer la máxima CALIDAD en nuestros servicios, poseen las certificaciones ISO 9001, 14001 y 27001 y las clasificaciones de contratación pública L1, L2, L3, L6, V1, V2, V5 y U7”. No obstante la documentación mencionada no se adjunta a la documentación justificativa de la oferta que se utiliza para la elaboración de este informe por lo que no se estima realizar valoración alguna en este aspecto. Entrando en la justificación de su oferta económica, que es el apartado clave para determinar su viabilidad, hay que señalar que la empresa establece criterios distintos respecto de los adoptados por esta unidad promotora en el momento de efectuar el cálculo del precio de licitación en lo que se refiere a los conceptos retributivos definidos en convenio colectivo que han de ser abonados a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato al mismo tiempo que se afirma que las estimaciones de la UTE son conservadoras y que se basan en el respeto del convenio de aplicación la empresa. Así la empresa considera que ha de abonar al Psicólogo o Trabajador social que ejercerá las labores de Coordinación el plus de Coordinación por 510 € que en pliegos está presupuestado en 2.346 €. También afirma que no abonará el Complemento por experiencia presupuestado por importe de 739 € ya que cuenta con que los profesionales que van a desempeñar los cometidos del contrato no van a tener derecho a su percepción. Por otra parte en el informe justificativo se afirma que se va a contratar personal indefinido con una bonificación de entre 1.300 €/año y 5.700 €/año, aunque en otro momento del informe se estima que significará un ahorro de 6.500 € al año sin más explicaciones. De esta manera la disminución de retribuciones estimada por la empresa asciende a 8.091,77 € en el caso del Trabajador Social/Psicólogo y de 9.354,52 € en el Educador social, esto es, un total de 17.446,29 € frente a lo presupuestado en pliegos. Esta cifra no es explicable bajo los criterios expresados por la empresa ni siquiera con el añadido del absentismo (que la empresa cifra aparte en un global para todo el contrato y, se supone, para toda la plantilla, de 4.389 €) ni tampoco con la participación de personal excedentario de la empresa para

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cubrir la parte de la plantilla equivalente, participación que se menciona repetidamente a lo largo de la justificación pero que no aparece cuantificada. Con respecto a los cálculos derivados de la supervisión de las viviendas compartidas el coste del educador social que ha de llevar a cabo dicha labor se establece en 13.211 €. La explicación de esta cifra frente a la calculada en pliegos (37.836 €/año máximo) se basa únicamente en el “perfil”, “modalidad de contratación” y “uso de personal excedentario” de la empresa, cuya contribución además no aparece cuantificada, por lo que no resulta aceptable. Asimismo no se ofrece explicación alguna acerca del importe calculado por “costes de indemnización de fin de contrato”: 2.500 €. De otra parte el incremento de media jornada de trabajador social y de educador social que se ofertan para su valoración en el apartado de criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas (Recursos personales) se estiman en 6.550 € y 6.856 €, respectivamente sin que tampoco se explique adecuadamente como se han obtenido estas cifras ya que este gasto supone poco más de la tercera parte del coste teórico de un trabajador a media jornada en ambas categorías profesionales según convenio colectivo. En cuanto al resto de conceptos de coste en el apartado gastos de oficina y equipamiento de sistemas por importe de 5.072 € se computan únicamente los de telefonía, a razón de 15 € cada mes y por equipo, y una cifra de 4.532 € en “Gastos Generales – folletos / material de difusión de la que no se ofrecen más explicaciones. En cuanto a los otros costes asociados a la oferta la empresa justifica 1.405 € por criterios sociales que corresponden a 855 € por conciliación de la vida familiar y laboral y 550 € por seguridad y salud laboral. Hay que tener en cuenta que si la empresa se compromete a dedicar un 0,8% del Presupuesto base de licitación a ayudas a los trabajadores para la financiación de centros o servicios de educación infantil y/o atención y cuidados de menores de 0 a 6 años o de personas discapacitadas o mayores dependientes a cargo del trabajador durante su jornada laboral el importe debería ser 1.100,69 € y no 855 € como se afirma. No se declaran otros costes asumidos por los compromisos derivados de su oferta y, de hecho, se afirma, como se ha reflejado con anterioridad, que la contratación indefinida será motivo de ahorro. Se explican los procedimientos de gestión medioambiental que también carecen de coste y sólo se presupuestan 750 € dedicados a formación justificados en virtud de bonificaciones generales que se puedan obtener de su organización. Por último el beneficio industrial que calcula la empresa: 6.588,00 € alcanza el 6.57 % de sus costes, porcentaje superior al que declara en su justificación que es del 6,2 %, afirmando también textualmente “haber realizado un gran ajuste en su beneficio previsto renunciando a un mayor margen”.

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Por todo lo anteriormente expuesto se considera que la UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761) NO justifica adecuadamente su oferta.

2.- ALAVA REYES CONSULTORES S.L.U. (B83757674) 2.1- JUSTIFICACION DE LA OFERTA REALIZADA: La empresa ALAVA REYES CONSULTORES S.L.U. (B83757674) realizó la siguiente oferta: 1. Oferta Económica: Base imponible................ 21% IVA.......................TOTAL 111.444,67 €................ 23.403,38 €............... 134.848,05 € 2. Criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas: · Formación - Oferta implantar un plan de formación en la materia objeto del contrato para todos los profesionales de la unidad de más de 50 horas al año. - Oferta que al menos uno de los trabajadores disponga de formación específica en mediación y/o resolución de conflictos. · Gestión del servicio. - Oferta presentar el programa de actuación antes de 15 días desde la formalización del contrato. - Oferta la elaboración de una encuesta de satisfacción de usuarios con carácter semestral. · Criterios sociales. - Oferta destinar un 0,8% del Presupuesto base de licitación a ayudas a los trabajadores para la financiación de centros o servicios de educación infantil y/o atención y cuidados de menores de 0 a 6 años o de personas discapacitadas o mayores dependientes a cargo del trabajador durante su jornada laboral. · Prevención, Seguridad y salud laboral. - Oferta una reducción en los plazos legales para la realización de reconocimientos médicos periódicos de forma que se incremente la frecuencia de los mismos.

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- Oferta la realización de cursos de formación en materia de prevención, seguridad y salud laboral relacionados con el puesto de trabajo. · Fomento de la contratación indefinida - Oferta disponer de una plantilla adscrita a la prestación del servicio objeto del contrato con el 100% de contratos indefinidos durante toda la duración del mismo. · Criterios de protección medioambiental. - Oferta la implantación de procesos administrativos de “papel 0” en la gestión del servicio: Disponer de expediente personales informatizados. En su justificación de la oferta la entidad realiza una argumentación en torno a la experiencia en servicios similares, la valoración económica del servicio ofertado, y el ajuste de los costes indirectos. Como experiencia en servicios similares argumenta que en la empresa está “integrado por un experimentado equipo multidisciplinar de psicólogos, psiquiatras, neuropsicólogos, trabajadores sociales y logopedas, lo que nos permite trabajar con todas las problemáticas psicológicas en los diferentes rangos de edad (niños, adolescentes, jóvenes y adultos), con el respaldo y asesoramiento de reconocidos profesionales en cada una de las unidades clínicas que conforman su estructura y que prestan apoyo interno a los trabajadores y trabajadoras designados a los distintos proyectos”. Se afirma además que desde su creación en los años ochenta el Centro de Psicología Álava Reyes ha acumulado una amplia experiencia en mayores y que presta ya servicios para la administración (Apoyo y atención psicológica para familiares en el Instituto Anatómico Forense, y para personas en dificultad social en el Distrito de Chamartín entre otros) Además se afirma que la empresa no persigue un fin lucrativo sino “un fin social que dé respuesta a su Responsabilidad Social Corporativa para con las personas que requieren de una atención psicológica especializada, y en especial, para aquellos colectivos en riesgo de exclusión social que no pueden permitirse el elevado coste de las terapias especializadas ejercidas en el entorno privado de nuestro Centro de Psicología”.

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En cuanto a los cálculos de coste se desglosan en un cuadro adjunto:

VALORACIÓN ECONÓMICA PRESTACIÓN DEL SERVICIO COSTEPersonal y Supervisión 105.088,21 €Costes Indirectos 2.976,93 €MEJORA: Oferta destinar un 0,8% del Presupuesto base de licitación a ayudas a los trabajadores para la financiación de centros o servicios de educación infantil y/o atención y cuidados de menores de O a 6 años o de personas discapacitadas o mayores dependientes a cargo del trabajador durante su jornada laboral.

1.100,69 €

Margen Empresarial 2.278,84 €TOTAL OFERTA SIN IVA 111.444,67 €

Siendo los costes de personal desglosados de la siguiente forma:

COSTES DE PERSONAL COSTEPsicólogo 40.247,77 € Educador Social 36.781,82 € Supervisión 28.058,62 € TOTAL 105.088,21 € En lo que respecta a los costes de personal se afirma “que los costes de personal están calculados con las tablas del Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017 siendo la tabla salarial vigente la establecida en la Resolución de 12 de junio de 2018. Igualmente, estos costes salariales incluyen: Seguridad Social a cargo de la empresa, absentismo y sustitución en vacaciones. En todo momento, para el cálculo de los costes de personal, se han tenido en cuenta los costes estimados en el pliego de prescripciones técnicas así como los marcados por el citado convenio”. Por último los otros costes se desglosan de la siguiente manera:

COSTES INDIRECTOS COSTEMaterial informativo/divulgativo (tirada de 1.000 ejemplares) 1.000,00 €2 ordenadores modelo Yoga 600,00 €2 móviles modelo Huawei P20 Lite con tarifas por líneas telefónicas y datos 880,00 €Otros Costes internos de Álava Reyes 496,93 €Total Costes Indirectos 2.976,93 € Estos costes son explicados por cuanto las oficinas de la empresa son propias y los proveedores “ofrecen precios y tarifas económicas por el escalado de volúmenes contratado”

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Se afirma por ultimo “poder hacer frente a todos los requerimientos establecidos en los pliegos de contratación”. 2.2- VALORACION En la justificación de la oferta económica de la empresa y más en concreto en el apartado de gastos de personal, la justificación aportada sigue lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación y lo calculado en pliegos en cuanto a las retribuciones del Psicólogo y el Educador Social. Sin embargo el coste de supervisión establecido por la empresa es de 28.058,62 €, cifra notablemente inferior a la estimada en pliegos (37.836,00 €) sin que quede justificada esa disminución. En cuanto a los costes indirectos únicamente se justifican partidas de material divulgativo, de informática y de tecnología por un importe también muy inferior al estimado en la licitación: 2.976,93 € frente a 14.932,53 €, y sin otra justificación que la del uso de oficinas en propiedad de la empresa para llevar a cabo el servicio. Además dentro de las partidas de costes indirectos aparece un epígrafe “Otros costes indirectos de Álava Reyes” por 496,93 € del que nada se explica. Por otra parte en cuanto a los gastos originados por la asunción de los otros criterios de selección de las ofertas por parte de la empresa, únicamente se computan los establecidos por destinar un 0,8% del presupuesto base de licitación a ayudas a los trabajadores para la financiación de centros o servicios de educación infantil y/o atención y cuidados de menores de 0 a 6 años o de personas discapacitadas o mayores dependientes a cargo del trabajador durante su jornada laboral por un importe de 1.100,69 €. Nada se dice sin embargo del coste derivado de los otros compromisos asumidos como la formación, la gestión del servicio, prevención, seguridad y salud laboral, contratación indefinida o criterios medioambientales. Por último y de acuerdo con el desglose de gastos aportado, el beneficio industrial se cifra en 2.278,84 €, esto es, un 2 % del global de los costes calculados. Por lo anteriormente expuesto se considera que la empresa ALAVA REYES CONSULTORES S.L.U. (B83757674) NO justifica adecuadamente su oferta.

CONCLUSIONES

Analizada la documentación justificativa aportada por las licitadoras UTE FACTORIA, GESTIÓN Y CONSULTORÍA S.L. (B-85802312) - AEBIA TECNOLOGÍA Y SERVICIOS, S.L. (B84382761) y por la empresa ALAVA REYES CONSULTORES S.L.U. (B83757674) se considera que la ofertas realizadas para la prestación del “SERVICIO DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y ALOJAMIENTO EN VIVIENDAS COMPARTIDAS PARA PERSONAS MAYORES AUTÓNOMAS” incursas en valores anormales o

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desproporcionados NO quedan debidamente justificadas, lo que se informa al objeto de que la Mesa de Contratación pueda proponer la adjudicación del servicio de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del concurso.

Madrid a 29 de enero de 2019. EL DIRECTOR GENERAL DE ATENCION

A LA DEPENDENCIA Y AL MAYOR

Fdo.: Carlos González Pereira.

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