informe n° 092-2008-sunat_2b0000

Upload: auditor-tributario

Post on 01-Mar-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/25/2019 INFORME N 092-2008-SUNAT_2B0000

    1/5

    SUMILLA:Informe referido a los regmenes tributarios a los que podran acogerse las MYPE, de corresponder: Nuevo RgimenSimplificado o Rgimen Especial del Impuesto a la Renta.

    Adicionalmente, respecto a la documentacin que las MYPE deben presentar a la SUNAT ante un requerimiento desta a fin de verificar la correcta determinacin de la obligacin tributaria, depender del rgimen tributario en el cuase encuentren ubicadas.

    En tal sentido, si resulta estar acogido al Nuevo RUS no tiene la obligacin de llevar registros ni libros contables, ysi est acogido al RER debe llevar nicamente como libros contables el Registro de Ventas e Ingresos yadicionalmente, el Registro de Compras si se encuentra afecto al IGV, tal como se ha sealado anteriormente.

    INFORME N 092-2008-SUNAT/2B0000

    MATERIA:Regmenes Tributarios aplicables a las Micro y Pequeas Empresas (MYPE).

    BASE LEGAL:

    Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa, publicada el 3.7.2003.Reglamento de la Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa, aprobado por eDecreto Supremo N 009-2003-TR, publicado el 12.9.2003.Texto nico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N 179-2004-EFpublicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).Decreto Legislativo N 937, publicado el 14.11.2003 y normas modificatorias, Texto del Nuevo Rgimen nicoSimplificado (en adelante, Ley del Nuevo RUS).

    ANTECEDENTES:

    Mediante el Oficio N 0487/2007-2008-CT/CR, el Presidente de la Comisin de Trabajo del Congreso de la Repblicaderiv a la Comisin de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Pblicos la Carta defecha 1.2.2008 de la Asociacin de Artesanos y Actividades PYMES de Pequea Minera, Comercio yProcesamiento, Seor de Luren.En dicha carta, la citada Asociacin manifiesta que producto de su propia precariedad laboral y su naturaleza, nollevan por evidentes razones, la prolija y ampulosa documentacin que puede requerir la SUNAT, sin embargo les hasido solicitada y han cumplido con la mejor disposicin y con lo que tienen a la mano. Agrega que, por ese motivohan absuelto sendos cuestionarios alcanzados por personal de la Administracin Tributaria.

    Adiciona que, de acuerdo a lo que comprenden como desenlace de estos requerimientos, existira una altaprobabilidad de que fuesen sancionados severamente por desconocer aspectos tributarios, legales y contables, quecomo han mencionado, por su precariedad y naturaleza del trabajo no conocen cabalmente.En ese sentido, a travs del Oficio N 0715-1473-4-5, el Presidente de la Comisin de Defensa del Consumidor y

    Organismos Reguladores de los Servicios Pblicos del Congreso de la Repblica, solicita un informe de las

    alternativas que se requeriran para adecuar acertadamente las MYPE a nuestra realidad social y tributaria.

    ANLISIS:

    Poltica Fiscal

    Respecto a las alternativas que se requeriran para adecuar acertadamente las MYPE a nuestra realidad social y

  • 7/25/2019 INFORME N 092-2008-SUNAT_2B0000

    2/5

    tributaria, cabe sealar que la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) no se encuentra

    facultada para atender dicha solicitud, por tratarse de decisiones de poltica fiscal sobre las cuales esta

    Administracin Tributaria carece de competencia.

    En efecto, resulta necesario sealar que la SUNAT, como ente ejecutor de la poltica fiscal y tributaria del Estado,

    se limita, en estricto cumplimiento de sus funciones, a aplicar las normas legales de acuerdo con lo establecido en

    la Constitucin Poltica del Estado. As pues, la SUNAT aplica las normas que conforman el marco tributario dictado

    por el Poder Legislativo o el Poder Ejecutivo, segn corresponda.

    Cabe mencionar que entre las funciones y atribuciones que tiene la SUNAT([1]) se encuentra la de administrarrecaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, as como lasaportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP).De otro lado, conforme al artculo 24 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Economa y

    Finanzas([2]), corresponde a la Direccin General de Poltica de Ingresos Pblicos, emitir opinin sobre temas ydecisiones de poltica fiscal, en concordancia con la poltica econmica del gobierno.

    Regmenes aplicables

    El artculo 2 de la Ley de Promocin y Formalizacin de la MYPE seala que la MYPE es la unidad econmicaconstituida por una persona natural o jurdica, bajo cualquier forma de organizacin o gestin empresariacontemplada en la legislacin vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extraccin, transformacinproduccin, comercializacin de bienes o prestacin de servicios.De conformidad con lo establecido en el artculo 3 de la citada Ley, las MYPE deben reunir las siguientescaractersticas concurrentes:a) El nmero total de trabajadores:

    La microempresa abarca de 1 hasta 10 trabajadores inclusive.

    La pequea empresa abarca de 1 hasta 50 trabajadores inclusive.b) Niveles de ventas anuales:

    La microempresa: hasta el monto mximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

    La pequea empresa: a partir del monto mximo sealado para las microempresas y hasta 850 UIT.

    Ahora bien, atendiendo a que, en general, la condicin de las MYPE, responde a la poca magnitud econmicarelativa de las mismas, los regmenes tributarios a los que podran acogerse tales empresas, de corresponder

    seran([3]):1. Nuevo Rgimen nico Simplificado (Nuevo RUS).

    Es un rgimen tributario promocional dirigido a las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en epas, que exclusivamente obtengan Rentas de Tercera Categora por la realizacin de actividades empresarialesy a las personas naturales no profesionales, que perciban Rentas de Cuarta Categora nicamente po

    actividades de oficios([4]) siempre que en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus ingresosbrutos no superen los S/.360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles) y cuando en algn mestales ingresos no excedan el lmite permitido para la categora ms alta de este rgimen, entre otrascondiciones.Las ventajas que ofrece el Nuevo RUS a los sujetos que se acojan a dicho rgimen son la de ubicarse en unacategora de acuerdo con su realidad econmica, no existe la obligacin de llevar registros ni libros contables

    http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-
  • 7/25/2019 INFORME N 092-2008-SUNAT_2B0000

    3/5

    as como tampoco hay obligacin de declarar y pagar el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventase Impuesto de Promocin Municipal, pues al producirse el acogimiento a este rgimen, dichas obligaciones sonreemplazadas por la cuota mensual que deben pagar, en su calidad de contribuyentes, los sujetos acogidos a

    mismo([5]).Las obligaciones que tiene un contribuyente del Nuevo RUS, entre otras, son:a) Pagar mensualmente la cuota del Nuevo RUS de acuerdo con el cronograma de vencimientos aprobado po

    la SUNAT y archivar la constancia de dicho pago en orden cronolgico.

    b) Emitir y entregar slo los comprobantes de pago autorizados para este rgimen tributario([6]).

    c) Si tiene trabajadores dependientes, debe declarar y pagar la Contribucin al ESSALUD, as como declaray retenerles el Impuesto a la Renta de Quinta Categora y sus aportaciones a la ONP.

    2. Rgimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)([7]).

    Es un rgimen tributario promocional dirigido a personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisasy personas jurdicas domiciliadas en el pas, que obtengan Rentas de Tercera Categora provenientes de

    actividades de comercio y/o industria o actividades de servicios([8]), siempre que en el transcurso de cadaejercicio gravable el monto de sus ingresos netos no superen los S/.360,000.00 (trescientos sesenta mil y

    00/100 Nuevos Soles).Las ventajas que ofrece el RER a los sujetos que se acojan a dicho rgimen, entre otras, es la de llevanicamente como libros contables el Registro de Ventas e Ingresos y, adicionalmente, el Registro de Compras

    en los casos que se encuentren afectos al IGV([9]).

    Adicionalmente, efectan el pago de la cuota mensual con carcter cancelatorio por concepto del Impuesto a laRenta, no teniendo que presentar declaracin jurada anual ni realizar un pago adicional por este tributo. Dichopago se efecta con una tasa de 1.5% de sus ingresos netos mensuales si realizan exclusivamente actividadesde comercio y/o industria, o, con una tasa de 2.5% de sus ingresos netos mensuales si realizan exclusivamenteactividades de servicios, o, con una tasa de 2.5% de sus ingresos netos mensuales si realizan conjuntamenteactividades de comercio y/o industria y actividades de servicios.

    Adems de las indicadas, las obligaciones que tiene un contribuyente del RER, entre otras, es la de declarar ypagar sus obligaciones tributarias por los dems tributos a los que se encuentre afecto, as como efectuar ypagar las retenciones que seala la ley, de acuerdo con el cronograma de pagos aprobado por la SUNAT.

    Finalmente, respecto a la documentacin que las MYPE deben presentar a la SUNAT ante un requerimiento de staa fin de verificar la correcta determinacin de la obligacin tributaria, depender del rgimen tributario en el cual seencuentren ubicadas.En tal sentido, si resulta estar acogido al Nuevo RUS no tiene la obligacin de llevar registros ni libros contables, ysi est acogido al RER debe llevar nicamente como libros contables el Registro de Ventas e Ingresos yadicionalmente, el Registro de Compras si se encuentra afecto al IGV, tal como se ha sealado anteriormente.

    Lima, 05 de julio de 2008Original firmado porCLARA URTEAGA GOLDSTEINIntendente Nacional Jurdico

    [1] De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organizacin y Funciones de la SUNAT, aprobado por eDecreto Supremo N 115-2002-PCM, publicado el 28.10.2002.

    [2] Modificado por la Resolucin Ministerial N 158-2001-EF/15, publicada el 19.5.2001, en lo concerniente a los

    rganos dependientes del Viceministro de Economa.

    http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-
  • 7/25/2019 INFORME N 092-2008-SUNAT_2B0000

    4/5

    [3] Cabe mencionar que el artculo 50 de la Ley N 28015 dispone que los trabajadores y conductores de lasmicroempresas comprendidos en esta norma son asegurados regulares al Rgimen Contributivo de la SeguridadSocial en Salud.De otro lado, el artculo 51 de la misma Ley establece que los trabajadores y los conductores de lasmicroempresas comprendidas en el presente rgimen podrn afiliarse a cualquiera de los regmenesprevisionales, siendo opcin del trabajador y del conductor su incorporacin o permanencia en los mismos.

    [4] Sin perjuicio de las exclusiones contenidas en el artculo 3 del Decreto Legislativo N 937.

    [5] Respecto de los tributos no comprendidos por este Rgimen, los contribuyentes acogidos al Nuevo RUStambin estarn sujetos a dichos tributos, siempre que de conformidad con las normas que los regulan seantambin contribuyentes de los mismos.

    [6] Esto es, boletas de venta, tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras que no permitan ejercer e

    derecho al crdito fiscal ni ser utilizados para sustentar gasto y/o costo para efectos tributarios, u otrosdocumentos que expresamente les autorice el Reglamento de Comprobantes de pago aprobado por la SUNAT.

    [7] Regulado en el Captulo XV del Texto nico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por e

    Decreto Supremo N 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004, sus normas modificatorias, reglamentarias ycomplementarias.

    [8] Sin perjuicio de las exclusiones contenidas en el artculo 118 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.[9] De acuerdo a lo sealado en la nica Disposicin Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N 968

    publicado el 24.12.2006

    Hasta el ejercicio gravable 2006, segn. lo establecido en el artculo 3 de la Resolucin de Superintendencia N071-2004/SUNAT, publicada el 26.3.2004, los sujetos que se acogan al RER tenan la obligacin de llevar comolibros contables el Registro de Ventas e Ingresos, Registro de Compras y el Libro de Inventarios y Balances.

    http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-http://-/?-
  • 7/25/2019 INFORME N 092-2008-SUNAT_2B0000

    5/5

    DESCRIPTOR :I. CDIGO TRIBUTARIO

    4. INFRACCIONES SANCIONES Y DELITOS4.1 Determinacin de la infraccinII. IMPUESTO A LA RENTA16. RGIMEN ESPECIALVII. RGIMEN NICO SIMPLIFICADOrap

    A0249-D8IMPUESTO A LA RENTA Rgimen Especial de Renta Micro y Pequea EmpresaNUEVO RUS Micro y Pequea EmpresaCDIGO TRIBUTARIO Sanciones a Micro y Pequea Empresa